INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA JESÚS MEJÍA MANUAL DE CONVIVENCIA CÓDIGO: GD_MC_02
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ÍNDICE AGRADECIMIENTO PRESENTACION ACUERDO JUSTIFICACION OBJETIVOS PARA FORTALECER LA CONVIVENCIA TITULO I: DE LAS GENERALIDADES CONVIVENCIA CAPITULO 1. ALCANCE CAPITULO 2. MARCO LEGAL
DEL
MANUAL
DE
TITULO II: DE LA ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DEL GOBIERNO ESCOLAR CAPITULO 1. GOBIERNO ESCOLAR. CAPÍTULO 2. ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN TITULO III: DE LOS DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS CAPÍTULO 1. LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES CAPÍTULO 2. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES CAPITULO 3. ESTÍMULOS DE LOS ESTUDIANTES TITULO IV: DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y SUS PROTOCOLOS DE ATENCIÓN CAPÍTULO 1. DEFINICIÓN DE TÉRMINOS CAPITULO 2. COMPONENTE DE PROMOCIÓN CAPITULO 3. COMPONENTE DE PREVENCIÓN CAPITULO 4. COMPONENTE DE ATENCIÓN CAPITULO 5. SITUACIÓN TIPO I CAPITULO 6. SITUACION TIPO II CAPITULO 7. SITUACION TIPO III CAPITULO 8: SEGUIMIENTO CAPITULO 9. DEBIDO PROCESO TITULO V. DEL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNOS DEL ESTABLECIMIENTO CAPITULO 1. MEDIOS DE COMUNICACIÓN
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TÍTULO VI. DEL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE, LA HIGIENE, LA SALUD PUBLICA Y EL COMPROMISO PARA PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS BIENES CAPÍTULO 1. NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN RELACIÓN CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE CAPITULO 2. NORMAS DE HIGIENE GENERAL, PREVENCIÓN Y SALUD PÚBLICA CAPITULO 3. NORMAS PARA EL USO DE LAS SALAS Y EQUIPOS ESPECIALIZADOS CAPITULO 4. NORMAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL CAPITULO 5. NORMAS PARA LAS SALIDAS PEDAGÓGICAS TITULO VII. DE LA REFORMA DEL MANUAL CAPITULO 1. PROCEDIMIENTO DE LA ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ANEXOS ANEXO 1. COMPONENTES DE ATENCION ANEXO 2. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO I ANEXO 3. APERTURA DEL PROCESO SITUACION TIPO I ANEXO 4. PROCEDIMIENTO DE MEDIACION ANEXO 5. MEDIACION ANEXO 6. NEGOCIACION DIRECTA ANEXO 7. MODELO DE ACUERDO NEGOCIACION ESCOLAR ANEXO 8. ATENCIÓN SITUACIÓN TIPO II ANEXO 9.APERTURA DEL PROCESO SITUACION TIPO II ANEXO 10. JUSTICIA RESTAURATIVA ANEXO 11. REQUISITOS JUSTICIA RESTAURATIVA ANEXO 12. HERRAMIENTAS JUSTICIA RESTAURATIVA ANEXO 13. CONFERENCIAS VICTIMA - OFENSOR ANEXO 14. CIRCULOS DE PAZ ANEXO 15. CONFERENCIAS FAMILIARES ANEXO 16. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACIÓN TIPO III ANEXO 17. APERTURA DEL PROCESO PARA SITUACION TIPO III ANEXO 18. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO III SI HAY DAÑO AL CUERPO O LA SALUD ANEXO 19. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO III CUANDO NO HAY DAÑO AL CUERPO O LA SALUD ANEXO 20. SISTEMA DE INFORMACION UNIFICADO CONVIVENCIA ESCOLAR ANEXO 21. PASOS SEGUIMIENTO E INDICADORES ANEXO 22. PROCESO DISCIPLINARIO CON DEBIDO PROCESO BIBLIOGRAFIA
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AGRADECIMIENTO
La Institución Educativa María Jesús Mejía da los más sinceros agradecimientos a Isabel Puerta Lopera, Luis Fernando Builes Builes y Martha Cecilia Sepúlveda Álzate, por el servicio de asesoría y retroalimentación al Comité de Convivencia Escolar, a través del proveedor Holises para la articulación del Manual de Convivencia con base a la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario.
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PRESENTACIÓN LA CONVIVENCIA se entiende como un ejercicio de aprender a vivir juntos. Aprender a convivir con los demás. Es el respeto mutuo y la aceptación de unas normas comunes, otras opiniones y estilos de vida y la resolución por medios no violentos de las tensiones, conflictos y disputas. El artículo 87 de la Ley General de Educación dispone que “Todos los establecimientos educativos tendrán un Reglamento Estudiantil, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. “LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARÍA JESÚS MEJÍA” basada en este artículo diseñó el Manual de Convivencia, como un instrumento que permita y favorezca el ejercicio de la participación y la convivencia, fundamentado en el equilibrio que debe darse entre el cumplimiento cabal de los DEBERES y el respeto ineludible de los DERECHOS colectivos e individuales, fomentando un clima escolar de armonía y bienestar para todos los miembros de la comunidad educativa. Con base a la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario, se conforma el Comité de Convivencia escolar que debe promover la vivencia de los derechos humanos fortaleciendo la convivencia escolar a través de la ruta de atención: promoción, prevención, atención y seguimientos, y en casos específicos con acciones correctivas pedagógicas. Se tiene en cuenta la formación para el ejercicio de la ciudadanía identificando tres dimensiones que aportan a la sociedad democrática, a saber: -
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Convivencia y paz: Convivir pacífica y constructivamente con personas que frecuentemente tienen intereses que riñen con los propios. Participación y responsabilidad democrática: Construir colectivamente acuerdos y consensos sobre normas y decisiones que rigen a las personas y que debe favorecer el bien común.
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Pluralidad, identidad y valoración por las diferencias: Construir sociedad a partir de la diferencia, es decir, del hecho que a partir de compartir la misma naturaleza humana, las personas son diferentes de muchas maneras.
Por ello se da valor a un grupo cuando se reúne para trabajar en la búsqueda de un fin común que redunde en beneficio de todos, debe organizarse, para que, activando las mejores potencialidades de sus integrantes y respetando también las diferencias de cada uno, se puedan lograr los mejores resultados. Un factor importante de esta organización es la construcción de una pauta de comportamiento que contenga normas claras, precisas y razonables convenidas entre los miembros de la comunidad educativa que se vayan interiorizando gradualmente y lleguen a incorporarse al desenvolvimiento natural de la persona como ser eminentemente social. Es decir que comprenda que la norma es necesaria para mantener un orden social mediado por relaciones de afecto, de tolerancia, de asertividad, de lealtad, de solidaridad y de espíritu de superación. En la convivencia escolar cotidiana se presentan situaciones tipo 1, 2 y 3, que llevan necesariamente a una reflexión crítica de los conflictos para darle solución de acuerdo con la Ley 1620 de 2013, poniendo en práctica la ruta de atención y prevención. El educador es un líder que orienta en las situaciones cotidianas a los estudiantes mediante el diálogo, la comprensión y la persuasión, manejando criterios adecuados y desarrollando competencias ciudadanas con base en la participación, democracia y trabajo dentro de un ambiente acogedor generando aprendizajes significativos para la vida y el ejercicio para la mediación, capacitando lideres escolares. El estudiante es una persona en proceso de formación que contempla diferentes fases en su desarrollo cognitivo, afectivo y social. Un individuo inquieto por el aprendizaje y el descubrimiento del mundo, la ciencia y el entorno en el que convive.
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INSTITUCIÓN EDUCATIVA MARIA JESUS MEJIA ACUERDO CODIGO: NA
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JUSTIFICACIÓN En la convivencia escolar cotidiana se presentan situaciones que llevan necesariamente a una reflexión crítica de los conflictos para darle solución de acuerdo a la realidad de la comunidad educativa. El Manual de Convivencia Escolar es una herramienta de apoyo en el respeto mutuo y reconocimiento de las individualidades, los derechos propios y los de los demás como también la toma de conciencia de los deberes y responsabilidades. La relación docente - padre de familia / madre de familia o acudiente está enmarcada dentro de unos mismos códigos en forma clara pero concertada que permitan y enriquezcan el desarrollo de la personalidad del estudiante para su vida. El Manual de Convivencia Escolar es la propuesta concertada con estudiantes, docentes, padres de familia, directivos docentes y personal administrativo, buscando una empatía, para dar solución pacífica a los conflictos con criterios éticos, que reafirma la misión educativa siendo coherentes en el marco jurídico.
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OBJETIVOS PARA FORTALECER LA CONVIVENCIA ESCOLAR Orientar a los estudiantes, padres de familia y educadores en sus derechos y deberes en pro de una convivencia pacífica. Reconocer a los estudiantes como personas titulares de derechos y deberes. Fomentar acciones que logren la superación personal, el bien de sí mismo y de la comunidad de la cual son parte integrante respetando los derechos y deberes. Fortalecer la participación democrática a través del Gobierno Escolar para el ejercicio de sus funciones. Ser un instrumento de resolución de conflictos en las relaciones interpersonales de los miembros de la comunidad educativa. Determinar los estímulos y orientaciones pedagógicas que necesitan los estudiantes y reglamentar su aplicación. Generar estrategias de prevención y promoción que aporten a la formación integral del estudiante. Promover los derechos humanos, sexuales y reproductivos, haciendo restablecimiento de derechos cuando se vean vulnerados. Activar la ruta de atención de los casos que se vean afectados según la situación tipo 1, 2 y 3.
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TÍTULO I
DE LAS GENERALIDADES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA CAPITULO 1. Alcance Las disposiciones contenidas en el presente manual cobijan a todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa de la Institución Educativa María Jesús Mejía del municipio de Itagüí, de acuerdo a su condición, dignidad y competencia, conforme a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. CAPÍTULO 2. Marco Legal El Manual de Convivencia debe estar enmarcado en lo dispuesto por la nueva Constitución Política Colombiana, en la Ley de Infancia y Adolescencia y las normas reglamentarias que los interpreten, y debe constituir la carta de principios morales, éticos y sociales que sirvan de base para formar, orientar, evaluar, corregir o estimular los comportamientos de los estudiantes. La Ley 30 de 1986 es referente al manejo Institucional de sustancias psicoactivas: Debe existir programas de educación en la primaria y secundaria con información sobre los riesgos de la farmacodependencia y las campañas de prevención contra el consumo de alcohol y tabaco. Ley 12 de 1991. Convención internacional sobre los derechos de la niñez. La Ley 115 de 1994. Ley General de Educación, de conformidad con el artículo 73 y 87. Ley 734 de 2002. Código disciplinario único. La Ley Nº 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia. Reconoce el derecho a la educación como un derecho: fundamental, de alcance social, económico y cultural; como servicio público que
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tiene una función social y a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades se debe implantar la enseñanza básica primaria obligatoria y gratuita, el fomento de desarrollo de la enseñanza básica secundaria, que los niños dispongan de información educativa, entre otras; este derecho se consagra en los artículos 67, 68 y 69 de la Constitución Política y el 28 de la Convención Internacional de los derechos de los niños y de los jóvenes. La Ley 1029 de 2006. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatoria en los niveles de la educación preescolar, básica y media y deben cumplir con: -
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El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el art. 41 de la Constitución Política: jurisdicción de paz, mecanismos de solución de conflictos, derecho de familia, derecho laboral y contratos más usuales. Aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión o desarrollo. La enseñanza de la protección del medio ambiente, la ecología y preservación de los recursos naturales. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y la formación en valores humanos.
La educación sexual, impartida de acuerdo con las necesidades psíquicas, físicas y afectivas de los educandos según su edad. Ley 1437 de 18 Enero de 2011. Por la cual se expide el código del procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. La ley 1566 de 31 de Julio de 2012. Normas para garantizar la atención integral a personas que consumen sustancias psicoactivas. Ley 1620 de Marzo de 2013 y Decreto reglamentario 1965 de Septiembre 2013. Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos
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humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Decreto 1108 de 1994. Todo niño(a) y adolescente debe ser protegido contra la drogadicción, siendo una responsabilidad de padres y maestros la orientación mediante programas de prevención e intervención externa en caso que amerite su proceso de rehabilitación como derecho a la salud. El Decreto 1860 de 1994. Reglamenta la Ley 115. Artículo 17 por medio del cual se reglamenta el Manual de Convivencia. El Decreto 1286 de Abril 27 de 2005. Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados, y se adoptan otras disposiciones. El Decreto 366 del 9 de Febrero de 2009. Brindar las adecuaciones curriculares para la atención de las necesidades educativas especiales (NEE) transitorias y permanentes. Decreto reglamentario 1075 del 26 de Mayo de 2015. Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación. De acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo 3, sección 4, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional, un reglamento o Manual de Convivencia. La Resolución 7036 de Mayo de 1991 del Ministerio de Salud. Prohíbe el consumo de tabaco en sus instalaciones y entidades adscritas con el fin de proteger la salud de los trabajadores y usuarios de los servicios de salud. La Resolución 1956 del 30 de Mayo de 2008 del Ministerio de Protección restringe también el cigarrillo en instituciones educativas (preescolar, básica y media). La Resolución 133080 de 1 de Octubre de 2015. Calendario académico. Artículo 8 celebración del día de la convivencia escolar 15 de septiembre.
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La Ordenanza 26 del 30 de Diciembre de 2009. Por medio de la cual se establece la figura de contralor estudiantil. La Circular 247 del 28 de Junio de 2010. Mediante la cual se dan orientaciones para la elección e institucionalización del contralor estudiantil en la institución educativa del departamento de Antioquia. La Sentencia T- 519 de 1992, Corte Constitucional: “El carácter fundamental del derecho a la educación no entraña una obligación de las directivas del plantel consistente en mantener indefinidamente entre sus discípulos a quienes de manera reiterada desconoce las directivas disciplinarias y el rendimiento académico.” “Siendo la educación un derecho fundamental, el cumplimiento de las acciones para el ejercicio del derecho, como seria en no responder el estudiante a sus obligaciones académicas y el cumplimiento exigidos por el reglamento, puede dar lugar a las sanciones establecidas en el ordenamiento jurídico para el caso.” La Corte Constitucional expresó: “De no atenderse este llamado de atención, la institución podrá disponer de severas sanciones que pueden llegar a la expulsión del alumno, ya quien se matricula en el centro educativo con el objeto de ejercer el derecho constitucional que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que cumplir”. “Cuando el colegio exige al estudiante respuesta en materias académicas, disciplinaria, moral, física, y demanda de unas responsabilidades propias de su estado o impone sanciones proporcionales a las faltas, no viola sus garantías fundamentales”. Sentencia T- 478 de 2015. Por medio de la cual se sentencia la discriminación por la orientación sexual e identidad de género en ambientes escolares, protección del derecho a la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad; corresponsabilidades en el desarrollo educativo de los menores de edad. Ley estatutaria 1581 de 2012. Mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y confidencialidad de los documentos de medio físico y electrónico.
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Decreto 1377 de 2013. Mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y confidencialidad de los documentos de medio físico y electrónico.
TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DEL GOBIERNO ESCOLAR
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CAPITULO 1. Gobierno Escolar. Es una forma de preparación para la convivencia democrática, por medio de la participación de todos los estamentos de la comunidad educativa en la organización y funcionamiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI). Artículo 1. Órganos del Gobierno Escolar. Son órganos del Gobierno Escolar: -
El Consejo Directivo: Instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.
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El Consejo Académico: Instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.
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El Rector: Representante del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.
CAPÍTULO 2. Organismos de Participación Artículo 2. Comité Escolar de Convivencia El Comité Escolar de Convivencia es el encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, así como del desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar. Integrantes: El Comité Escolar de Convivencia estará conformado por: - El rector(a) del establecimiento educativo, quien preside el comité. - El personero(a) estudiantil. - El docente con función de orientación escolar. - El coordinador(a) cuando exista este cargo. - El presidente del Consejo de Padres de familia. - El presidente del Consejo de Estudiantes. - Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.
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Funciones: - Liderar el ajuste del Manual de Convivencia. - Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias ciudadanas orientadas a fortalecer un clima escolar y de aula positivos. - Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. - Liderar en el establecimiento educativo acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. - Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa. - Convocar a un espacio de mediación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo. - Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. - Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
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- Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité. Reglamento Interno del Comité de Convivencia Escolar Son Deberes de los integrantes del Comité de Convivencia Escolar: - Desempeñar con eficiencia y solicitud las funciones del cargo. - Dar un trato respetuoso a los miembros del Comité Escolar de Convivencia y a los invitados. - Compartir las actividades y tareas con unidad de propósito, con espíritu de solidaridad sin intereses personales sino corporativos, siempre en bien de la mayoría. - Participar en las comisiones que se designe o sea requerido. - Asistir puntualmente a las reuniones programadas por el Comité Escolar de Convivencia. - Acatar las decisiones del Comité Escolar de Convivencia cuando sean tomadas por las vías legales, así de manera personal no las comparta o no estén de acuerdo con ellas. - Guardar la suficiente prudencia, confidencialidad y respeto con las decisiones tomadas por mayoría y el trato de la información de los involucrados. - Sesionará como mínimo una vez cada dos (2) meses. Las sesiones extraordinarias serán convocadas por el presidente del comité escolar de convivencia, cuando las circunstancias lo exijan o· por solicitud de cualquiera de los integrantes del mismo. - El quorum de la toma de decisiones será la mitad más uno. - Cuando se presenten conflictos de interés y causales de impedimento y recusación se tramitará conforme a los establecido en el artículo 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011. Derechos de los integrantes del Comité de Convivencia Escolar: - A tener voz y voto en todas las deliberaciones.
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A ser informado oportunamente cuando se hicieren las reuniones del Comité Escolar de Convivencia y de los asuntos a tratar en las mismas. A presentar propuestas, proyectos y sugerencias y ser oído y sí son de interés general a someterlas a consideración y aprobación. A recibir un trato digno y cortés de todos los miembros del Comité Escolar de Convivencia. A participar en igualdad de condiciones con los demás miembros de Comité Escolar de Convivencia.
Prohibiciones de los integrantes del Comité de Convivencia Escolar: - Distorsionar las decisiones adoptadas en el Comité Escolar de Convivencia. - Hacer comentarios de mal gusto o dañinos en contra del Comité Escolar de Convivencia con el propósito de causar daño dentro de la comunidad educativa. - Faltar a una reunión sin previo aviso o justificación por escrito. - Revelar información sin estar autorizado para ello. Pérdida de investidura del Comité de Convivencia Escolar. Se consideran como causales para la pérdida de la investidura como representantes del Comité Escolar de Convivencia: - Inasistencia a tres reuniones sin causa justificada. - Incurrir en algunas de las prohibiciones establecidas en el presente reglamento. - Incumplimiento o falta de confidencialidad e idoneidad en el desempeño de las funciones asignadas como miembro del Comité Escolar de Convivencia. Parágrafo. Cuando un miembro del Comité Escolar de Convivencia sea separado del mismo, se citará al sector que representa para que nombre su reemplazo. Artículo 3. Personero(a) Estudiantil
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Alumno del grado 11º elegido por votación popular para promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes establecidos en la Constitución, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia. Funciones: - Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. - Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. - Presentar ante el rector(a), según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. - Apelar cuando lo considere necesario, ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del rector(a) respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. Parágrafo. El personero(a) de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días calendario siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto el rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. Artículo 4. Consejo Estudiantil Es el órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Está integrado por un vocero de cada uno de los grados. Los estudiantes del nivel preescolar y los tres primeros grados del ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Funciones:
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Darse su propia organización interna. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia. Artículo 5. Contralor(a) Estudiantil Es un estudiante de grado 10° elegido por votación estudiantil, encargado de promover y actuar como veedor del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la Institución Educativa, incluyendo los fondos de servicios educativos. Funciones: -
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Promover la rendición de cuentas en las Instituciones educativas. Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las Instituciones Educativas. Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el plan de mejoramiento, el presupuesto y el plan de compras de la Institución Educativa. Velar por el cuidado del medio ambiente. Promover en la comunidad educativa, programas para incentivar el uso racional de los recursos. Cumplir en las fechas señaladas, con la entrega de informes y reportes objeto del manual del contralor estudiantil, diseñado por la contraloría general de Antioquia. Seguir conducto regular de comunicación frente a presuntas inconsistencias surgidas en el control social. Conservar una actitud personal adecuada frente a normas sociales, internas del manual de convivencia y en general mantener el buen comportamiento propio de un estudiante con sentido de pertenencia frente a su comunidad educativa y al perfil que representa.
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Mantener una actitud reflexiva y propositiva que le permitan orientar una favorable gestión de control social en la Institución Educativa, de modo que se facilite el ejercicio paralelo en el reconocimiento de debilidades y elementos de mejoramiento continuo.
Artículo 6. Consejo de Padres Es un medio para asegurar la continua participación de los padres y acudientes en el proceso pedagógico de la Institución Educativa, está integrado por los voceros de los padres de los alumnos que cursan cada uno de los diferentes grados que ofrece la institución. Funciones: -
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Contribuir con el rector o director en el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado. Exigir que el establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES. Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadana y la creación de la cultura de la legalidad. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño. Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa. Presentar propuestas de mejoramiento del manual de convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.
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Elegir al padre de familia que participará en la comisión de evaluación y promoción. Presentar las propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia. Elegir los dos representantes de los padres de familia en el Consejo Directivo.
Artículo 7. Comité de Calidad El Comité de Calidad es un órgano interno de apoyo a la gestión directiva en materia de planeación, programación, ejecución y evaluación de los diversos procesos que aportan a la gestión educativa y al mejoramiento institucional con base en las políticas educativas y las asesorías externas para el fortalecimiento de la institución y el servicio de una educación con calidad. Artículo 8. Consejo de Profesores Es un órgano interno de apoyo a la institución, cuya función es liderar los procesos académicos, culturales, psicológicos, sociales y afectivos de los estudiantes, padres de familia o acudientes, de manera que puedan brindar toda su experiencia pedagógica direccionada a la solución concertada de dificultades que se vayan presentando en la convivencia escolar.
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TÍTULO III DE LOS DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS CAPÍTULO 1. Los derechos y deberes de los estudiantes De acuerdo con la misión institucional y el contenido de la formación integral los derechos y deberes de los estudiantes de la Institución Educativa María Jesús Mejía de Itagüí, se interpretan en coherencia con los principios emanados de la Constitución (Art. 67-68), especialmente el de responsabilidad, como: la capacidad de hacerse cargo de sí mismo, del otro, de la realidad histórica y de trascender. Concepción que se articula con el enfoque pedagógico integral social por desarrollo de competencias. En la promoción de los derechos se valora la dignidad de las personas y la convivencia pacífica entre quienes conforman la comunidad educativa. Para todos los efectos la Ley 1098, considera que todas las personas menores de 18 años son sujetos titulares de derechos (Art. 3 / 1098); derechos que son irrenunciables (Art. 5 / 1098) y, que se orientan a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes, materializándose a través del Manual de Convivencia (Art. 7 / 1098)¸ por lo cual se entienden estos derechos como de interés superior en tanto que deben satisfacer de manera integral y simultanea todos los derechos universales, prevalentes e interdependientes relacionados con los niños, las niñas y los adolescentes (Arts. 8, 9 / 1098). En consecuencia, las directivas y demás personas responsables de la oferta educativa de la Institución Educativa, asumen la corresponsabilidad que les compete en la protección integral de estos derechos (Art. 10, 15 / 1098).
Artículo 9. Derechos de los estudiantes Derechos fundamentales. Derechos Constitución Política y de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia).
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Artículo 10. Deberes de los estudiantes Los estipulados en la Constitución Política, art. 95; además de: 1. Cumplir con las responsabilidades académicas y de convivencia asignadas. 2. Utilizar todos los mecanismos, canales de comunicación y procesos para solucionar problemas y tensiones, solicitar ayuda, acompañamiento, asesoría y atención en el aprendizaje, de acuerdo con el conducto regular. 3. Tratar de manera respetuosa al personal administrativo y de servicios de la institución; a los directivos-docentes, así como, a demandar de estos los servicios en coherencia con las funciones a aquellos asignadas. 4. Mantener informados a sus padres de familia de manera veraz, transparente y ponderada a cerca de todos aquellos proyectos y procesos que les competen en su formación integra. 5. Contribuir con su comportamiento a la construcción de un clima escolar de bienestar. 6. Generar ambiente pacifico de convivencia no promoviendo el acoso u hostigamiento escolar. 7. Tener hábitos de vida saludables. 8. Participar en las actividades lúdicas, culturales, recreativas, artísticas a los cuales sea invitado con responsabilidad. 9. Hacer buen uso del tiempo libre a través de la recreación, deporte, cultura, lectura, aportando a su sano desarrollo. 10. Respetar los organismos democráticos que tiene la institución. 11. Valorar y consumir los alimentos en los lugares asignados conservando las normas de higiene. 12. Usar un vocabulario respetuoso y correcto. 13. Valorar y cuidar los enseres del establecimiento. 14. Mantener limpias las aulas de clase y las dependencias de la institución. 15. Proyectar en todo momento la buena imagen de la institución. 16. Respetar las diferencias individuales. 17. Realizar el aseo del salón de clase. 18. Portar el uniforme que identifica la institución. 19. Cumplir con el servicio social los estudiantes de grado 10° y 11° y las horas de constitución política grado 11°. 20. Entregar a los padres de familia o acudientes circulares, citaciones enviadas por la institución educativa.
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21. Cumplir con las responsabilidades que implica al ser elegido como integrante del gobierno escolar. 22. Cumplir con los acuerdos de convivencia. Artículo 11. Derechos y deberes de los estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes y transitorias Los docentes con apoyo del docente orientador escolar, deben identificar los estudiantes que presentan diagnóstico y aplicar las adecuaciones curriculares que favorezcan su aprendizaje. El alumno debe tener claro que contar con un diagnóstico no lo excluye de los procedimientos disciplinarios o académicos que contempla este Manual de Convivencia, ni del cumplimiento de sus deberes. El padre de familia debe comprometerse con buscar los recursos para la atención de su hijo(a) en caso de tener una necesidad educativa especial (permanente o transitoria). El estudiante que sea medicado debe ser responsable de tomar la medicina como lo indica el médico. Parágrafo: La responsabilidad de la medicación es competencia de la familia no de la institución educativa. El estudiante que sea remitido por docente orientador(a) escolar para ser evaluado por sospecha de algún diagnóstico que amerita valoración externa y/o tratamiento, el padre de familia se debe comprometer de consultar con la EPS y/o institución que preste el servicio. Para el estudiante con NEE, a lo largo del año escolar se realizan observaciones, seguimientos, de acuerdo con las necesidades presentadas.
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CAPÍTULO 2. Los derechos y deberes de los padres de familia o acudientes Artículo 12. Derechos de los padres de familia: Los derechos de los padres de familia están consignados en el decreto 1286 del año 2005 en el Artículo 2. Artículo 13. Deberes de los Padres de Familia: Los deberes de los padres de familia están consignados en: -
El decreto 1286 del año 2005 en el Artículo 3 La Ley 1620 de 2013 en el Artículo 22. Código de Infancia y Adolescencia, capítulo 1, artículos 38 y 39 CAPITULO 3. Estímulos para los Estudiantes -
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Reconocimiento escrito en la hoja de vida. Resaltar públicamente en actos cívico al estudiante y grupos que han obtenido méritos. Mención de honor al estudiante destacado por: el buen rendimiento académico, el sentido de pertenecía, la colaboración, el espíritu deportivo, los primeros puestos en la muestra de la creatividad y el emprendimiento, y otras actividades que merecen ser reconocidas públicamente Representación en actividades institucionales dentro y fuera de la institución. Reconocimiento al personero, a la consejera estudiantil y los líderes de grupo. Mención de honor para el bachiller integral y para el bachiller que obtenga el mejor puntaje en las pruebas SABER.
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TITULO IV
DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y SUS PROTOCOLOS DE ATENCIÓN La ruta de atención integral es un camino que debe transitarse para dar salida a las situaciones que deterioran la convivencia. CAPITULO 1: Definición de términos: Se da a conocer a continuación la definición de palabras que se deben tener presentes en la situación a intervenir por el Comité Escolar de Convivencia. 1. Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. 2. Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. 3. Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica.
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4. Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. 5. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. 6. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. 7. Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. 8. Amonestación: Advertencia o prevención. Es hacer presente alguna cosa para que se le 0considere, procure o evite. 9. Apelación: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que revoque o anule la decisión de la instancia anterior. 10. Autonomía: Capacidad de la persona para auto dirigirse, gobernarse a sí misma, con base a un código de conducta asumido personalmente y teniendo en cuanta la relación con los demás, fruto del ejercicio de la libertad. 11. Ciberacoso escolar o ciberbullying. De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado.
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12. Compromiso: Convenio que se realiza entre las personas con el fin de comprometer la palabra para no reincidir en una o varias faltas. 13. Comunidad educativa: Está formada por los estudiantes matriculados en el colegio, los egresados, directivos docentes, los profesores, personal administrativo, los padres y madres de familia o acudientes de los actuales estudiantes. 14. Competencias ciudadanas: Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en una sociedad democrática 15. Conflicto: Situación que se presenta entre dos o más personas de desavenencia, desacuerdo o dificultad para establecer una relación afable. 16. Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. 17. Corrección pedagógica: Consecuencia de un acto en el que se incumplan los deberes o se hizo uso irresponsable de la libertad. 18. Corresponsabilidad: La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia.
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19. Debido proceso: Pasos que deben seguirse en la aplicación de un correctivo, frente a alguna dificultad o conflicto de intereses. 20. Derecho: Conjunto de conceptos que dirigen al ser humano en su conducta, para que viva conforme a la justicia como máxima expresión humana. 21. Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana; en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables. 22. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. 23. El componente de promoción: Se centra en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima escolar y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas
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con otros actores responsabilidades.
e
instituciones
de
acuerdo
con
sus
24. El componente de prevención: Deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas y factores que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar. 25. El componente de atención: Deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al niño, niña, adolescente, al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética, e integral, cuando se presente un caso de violencia, acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de convivencia escolar. 26. El componente de seguimiento: Se centrará en el reporte oportuno de la información al Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar, del estado de cada uno de los casos de atención reportados. 27. I.C.B.F: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar 28. Integridad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la I Constitución y las leyes 29. Libertad: Es el desarrollo de la capacidad para tomar decisiones a la luz de los valores que den sentido a la vida humana, asumiendo responsablemente las consecuencias de las decisiones.
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30. Manual de convivencia: Es el conjunto de normas, derechos y deberes que rigen a la comunidad educativa para la adecuada interacción. 31. Notificación: Poner en conocimiento de los interesados las determinaciones que los afecten directamente. 32. Participación: En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 Y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y ?88 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. 33. Recurso de apelación: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que revoque o anule la decisión del inferior. 34. Responsabilidad: Valor que expresa la capacidad del ser humano para asumir las consecuencias de sus actos. 35. Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. 36. Situaciones Tipo I: Se considera situación tipo 1 todo comportamiento, actitud y/o acción de un estudiante que afecta el funcionamiento y la convivencia de la comunidad; los conflictos
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manejados inadecuadamente, así como aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. 37. Situación Tipo II: Son todos aquellos actos en que incurra un estudiante y que comprometan el nombre de la Institución Educativa, la integridad moral, física o social de cualquier integrante de la comunidad y/o las situaciones de agresión escolar, acoso e intimidación (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática y, que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 38. Situaciones Tipo III: Son aquellas que rompen el equilibrio entre los miembros de la comunidad y que afectan en forma directa y evidente los principios, normas y buenas costumbres que impone la convivencia estudiantil y/o situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente. 39. Sustancias psicoactivas: Son sustancias, drogas o medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso central produciendo efectos a nivel neurológico, psicológico y fisiológico. 40. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor".
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41. Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. CAPITULO 2. Componente de Promoción
Artículo 14. Definición de Promoción: Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la ley 1620/2013. Artículo15. Actividades generales de promoción: 1. Movilización de personas y formas de pensar
Fortalecer el ejercicio de la ciudadanía a través del Gobierno Escolar Conformar el Comité Escolar de Convivencia Formar el grupo de Mediadores Escolares Involucrar a la comunidad educativa en la articulación y actualización del Manual de Convivencia. Construir y publicar la Política de Convivencia Escolar. Realizar Escuelas de Padres Realizar tomas de contacto con los estudiantes. Realizar direcciones de grupo. Promover el Proyecto de Oratoria Convivencias para fortalecer valores y el proyecto de vida. 2. Formulación de políticas institucionales o Permitir que el aula de clase se convierta en un espacio de trabajo colaborativo donde se dé un rol activo al estudiante. o Involucrar a los estudiantes en las decisiones que lo afectan como un derecho irrenunciable. o Transversalizar las competencias ciudadanas en los planes de área, acuerdos de aula de clase, negociación de saberes e intercambio de conocimiento, concepciones e ideales de cada persona o colectivo sobre la vida.
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o Hacer seguimiento a la política de inclusión y convivencia de la institución educativa. o Difundir los derechos humanos, sexuales y reproductivos por medio de carteleras. 3. Desarrollo de iniciativas y proyectos o Hacer uso del juego y el tiempo libre como oportunidad de aprendizaje de ciudadanía. o Hacer posible que los estudiantes conozcan la historia para que puedan comprender cómo algo llegó a ser lo que es, para lo cual se destacan eventos particulares como son los actos cívicos, culturales y religiosos. o Realizar salidas pedagógicas que favorecen el reconocimiento, la tolerancia y la diversidad. o Elaborar, desarrollar y hacer seguimiento y evaluación de proyectos institucionales o Establecer acuerdos grupales buscando la convivencia pacífica en el aula de clase. CAPITULO 3. Componente Prevención Artículo 16. Definición de Prevención Son las acciones que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Artículo 17. Actividades generales de Prevención: 1. La identificación de factores de riesgo y protección. o Realizar lectura de contexto o Implementar la matriz de seguimiento a la convivencia o Aplicar encuestas que involucre la vulneración de derechos humanos, sexuales y reproductivos o Realizar la caracterización del clima escolar o Realizar mapa de riesgos
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2. Construcción de estrategias pedagógicas que contribuirán a la mitigación y prevención. o Revisar la lectura del contexto para la caracterización de las dinámicas institucionales o Establecer mecanismos de socialización y promoción de las estrategias que se generen o Definir herramientas de seguimiento, retroalimentación, evaluación y ajuste de las estrategias. o Incentivar la participación de las diferentes personas que conforman la comunidad educativa 3. Comunicación y manejo de la información. o Definir en el comité de convivencia escolar quien está encargado de comunicar la información de actividades relacionadas con la mitigación de factores que afectan la convivencia escolar o Contar con espacio para reuniones periódicas donde participen representantes de la comunidad educativa para ajustar estrategias realizadas o Establecer mecanismos de seguimiento, retroalimentación, evaluación y ajuste de las estrategias CAPITULO 4. Componente de Atención Artículo 18. Definición de Atención. Se refiere a atender, prestar atención con especial cuidado; orienta todas aquellas acciones que se realizan para asistir oportuna y pedagógicamente a las personas que conforman a la comunidad educativa, facilitando escenarios donde se pueda responder propositivamente ante situaciones que afectan la convivencia y el ejercicio de los Derechos humanos y derechos humanos sexuales y reproductivos. Para facilitar la atención y tener claridad en las acciones que se deben realizar para el manejo de las situaciones, la Ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965, plantean tres tipos de situaciones: Tipo I, Tipo II y Tipo III. Artículo xx: Situaciones cotidianas de manejo por el docente y que afectan la convivencia escolar. Se consideran situaciones cotidianas que afectan la convivencia aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades
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pedagógicas. Son prácticas que no contribuyen orden colectivo y dificultan el desarrollo de organización y respeto hacia cualquiera de conforman la comunidad educativa. Y que en caracterizan por ser situaciones tipo I, II ó III.
al mantenimiento del hábitos de estudio, los miembros que ningún momento se
1. Mostrar negligencia en el cumplimiento de los deberes escolares, así como irresponsabilidad, despreocupación, falta de interés e incumplimiento de deberes afectando el desarrollo de la clase. 2. Interrumpir clases y demás actos institucionales con charlas, ruidos, risas, gestos, juegos o por cambiarse de puesto con fines de desconcentrar a los compañeros. 3. Utilizar elementos diferentes a los implementos de estudio sin autorización del docente o en actos oficiales de la institución afectando su desarrollo pedagógico como: revistas, juegos, radio, celular u otro tipo de aparatos tecnológicos. 4. Utilizar el servicio de internet, como es el caso de visitar páginas Web que vayan contra la moral (pornográfica, violentas, satánicas, otros). 5. Evadir la responsabilidad del aseo del aula de clase al terminar la jornada escolar. 6. Asumir actitudes, gestos y comportamientos tendientes a una expresión afectiva que generen molestia en la comunidad educativa. 7. Impuntualidad injustificada a la institución o en cambio de clase. 8. Inasistencia injustificada a la institución afectando el proceso académico y convivencial del estudiante. 9. Negarse a ingresar al aula de clase o ausentarse del colegio, salones de clases o de un acto comunitario sin autorización de la persona responsable afectando el ritmo de la clase o exponiéndose a un riesgo. 10. Entorpecer o impedir la comunicación entre la Institución Educativa y los padres y/o acudientes del estudiante. 11. Hacer mal uso de los enseres institucionales. 12. Vender alimentos u otros productos dentro o fuera del aula de clase. 13. Portar inadecuadamente el uniforme. 14. Juegos de contacto para prevenir conflictos 15. Utilizar vocabulario soez para tratar a cualquier miembro de la comunidad educativa Estrategias pedagógicas para situaciones cotidianas: 1. Comunicar los objetivos de la clase y conocer las expectativas que el estudiante tiene de la clase y motivarlo a trabajar.
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2. Dialogar con el estudiante la comprensión que tiene de las normas que debe cumplir en la clase. 3. Resolver la dificultad con diálogo personal con el estudiante. 4. El estudiante hace una reflexión personal sobre el respeto y la socializa al finalizar la clase. 5. El estudiante debe recoger la basura y llevarla al lugar correspondiente. 6. Ubicar el estudiante cerca del docente con el fin de estar monitoreando que haga el trabajo en clase. 7. Colocar un padrino escolar en clase que le ayude en la concentración del trabajo y la disciplina en clase. 8. El docente refuerza conductas positivas del estudiante en clase. 9. Estimular al estudiante cuando colabora en procesos de la clase. 10. El docente debe entregar compromiso al estudiante para que lo complete con sus datos personales y firma. 11. El docente establece señales no verbales de alerta que el grupo conoce y las manifiesta cuando requiere atención. 12. Aplicación del juego de la tarjeta roja y verde cuando el grupo está indisciplinado. La roja se exhibe cuando existe una conducta inadecuada y verde cuando el grupo está con buen comportamiento. 13. Aplicación técnica del semáforo: Rojo cuando el grupo debe estar en silencio y en concentración; amarillo el grupo debe estar atento y se aproxima una actividad de relajación; verde indica que se pueden parar del puesto, solicitar algo prestado a un compañero, botar la basura, conversar. 14. Colocar cara feliz si hubo buen comportamiento del estudiante. 15. Colocar cara triste si no hubo buen comportamiento del estudiante. 16. Rol del estudiante líder con el fin de facilitar la participación y autoestima. Cada clase hay rotación de líder. Al finalizar el año todos los estudiantes cumplieron con el rol. 17. Juego del buen comportamiento en trabajo de equipo. Cada equipo tiene un color diferente. El docente coloca unas metas que se deben lograr en la clase. Al finalizar la clase se evalúa cual fue el equipo con mayor % de logro y se estimula con una nota y el que tiene menor % se le tiene en cuenta en el componente actitudinal. 18. Si yo me comporto mejor…. El estudiante describe en una hoja que gana en clase si se comporta bien. El docente confronta con el estudiante si hubo cambio de actitud y los estimula en el componente actitudinal.
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19. Pausa activa en clase cuando el grupo está generando desorden. 20. Cuadro de estrellas: El docente coloca la estrella al estudiante(s) que lograron tener buen comportamiento en la clase. Al finalizar el mes lo estimula con una nota. 21. Diploma de superación personal al finalizar el año escolar. 22. Tarjeta de felicitaciones en la entrega de calificaciones. 23. El estudiante debe hacer un collage de disciplina. 24. El estudiante debe participar en acto cívico. 25. Salir al tablero y desarrollar un ejercicio de clase. 26. Ayudar a pasar las diapositivas en clase o video. 27. Distribuir material pedagógico en clase. 28. Delegar una responsabilidad al estudiante en una salida pedagógica de manejo de grupo. 29. El estudiante debe reflejar el valor que lo distingue como persona de bien y se tiene en cuenta en el componente actitudinal. 30. Actividad de mediación en clase. 31. El estudiante debe reflexionar y pedir disculpas. 32. Reunión del docente con padre de familia para llegar a acuerdos de solución de una dificultad especifica. 33. Reunión de Director de grupo con padres de familia tratando un tema que afecta la disciplina en el aula. 34. El estudiante debe hacer una reflexión sobre la motivación y actitud positiva hacia el estudio y la debe leer en el grupo. 35. Ubicar al estudiante indisciplinado cerca de un estudiante que no sea conversador. 36. El docente refuerza al estudiante que permanece en el puesto concentrado. 37. El docente refuerza al estudiante que permanece callado y atento a la clase. 38. El docente delega al estudiante actividades colaborativas en clase. 39. El docente valora el trabajo minucioso, detallista del estudiante. 40. El docente indaga la inasistencia e impuntualidad del estudiante llegando a acuerdos de puntualidad. 41. El docente orienta al estudiante en los tiempos para la ejecución del trabajo en clase. 42. El docente cambia de metodología en clase que incida en la motivación del estudiante. 43. El docente coloca de manera visible las normas o reglas en el salón y se leen cada vez que inicie la clase.
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44. El docente coloca en el puesto del estudiante la norma que debe cumplir. 45. El docente expresa mensajes positivos por lo que sobresale el grupo: aseo, orden, disciplina. 46. El docente hace caso omiso a comentarios de estudiante que quiere llamar la atención negativamente en el grupo, evitando reforzar su comportamiento. 47. El docente cambia de ambiente para facilitar mejor concentración en el trabajo de clase. 48. El docente dialoga con los estudiantes las consecuencias de su mal comportamiento en clase. 49. El docente circula por el aula monitoreando el trabajo individual de los estudiantes en clase. 50. Si el estudiante no quiere cooperar en clase se retira de la misma con un trabajo escolar que debe presentar al finalizar la clase y debe ser calificado por el docente. 51. Taller de autoconcepto positivo, orientado hacia el éxito del estudiante, sustentado al docente. 52. Cambio de actividad por parte del docente para evitar el aburrimiento o desmotivación en la clase. 53. El docente hace preguntas a estudiantes concretos para captar su atención y actitud en clase. 54. El docente orienta al estudiante en ejercicios de respiración, conteo, otros para el control de la rabia. 55. El docente recomienda al estudiante practicar un deporte externo con fines de agotar energías y facilitar la relajación. 56. Ejercicio de ponerse en el lugar del otro: El estudiante reflexiona cómo mejorar el comportamiento formando en la empatía. 57. El estudiante debe elaborar una cartelera sobre disciplina y se exhibe en el salón durante un mes. Cuando incurra en el desorden se le muestra la cartelera para que reflexione. 58. El estudiante debe barrer el salón si generó las basuras. 59. El estudiante debe reflexionar que impacto tiene en el otro la actitud o comportamiento que influye negativamente en su autoestima. Pedir disculpas. 60. Para estudiantes que hacen uso de celular o distractores que no están autorizados en clase, delegarle responsabilidades de la clase cambiando su foco de atención. 61. Promover la reparación de los daños ocasionados.
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Artículo xx. Protocolo para situaciones cotidianas N o.
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PROCEDIMIENTO
CONDUCTO EVIDENCIA REGULAR Identificación En caso de Docente o Hoja de vida de la reincidir se pasa directivo situación al numeral 2 (quien conoció cotidiana y la situación) aplicación de mínimo tres estrategias pedagógicas Programació n de encuentro formal con el estudiante generando compromisos Reunión con estudiante y padre de familia para llegar a acuerdos Remisión de la situación a Coordinación
En caso de Docente o Hoja de vida reincidir se pasa directivo al numeral 3 (quien conoció la situación)
En caso de incumplimiento de los acuerdos se pasa al numeral 4
Docente o directivo (quien conoció la situación)
Hoja de vida Formato DF_F_20 Atención a padres de familia Diálogo personal Coordinador(a) Hoja de vida con el estudiante Citación a padre de familia Plan de mejoramiento personal Remisión a orientación escolar Citación a Rectoría Registro De acuerdo al Director de Hoja de vida global de las registro en el grupo situaciones Software se que se diligencia un presentaron consolidado en la
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en cada hoja de vida período
CAPITULO 5. Situación Tipo I. Artículo xx. Definición Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Se consideran también aquellas actitudes que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas. Son prácticas que no contribuyen al mantenimiento del orden colectivo y dificultan el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cualquiera de los miembros que conforman la comunidad educativa. Artículo xx. Se consideran situaciones Tipo I: 1. Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos, vocabulario soez u ofensivo o de cualquier otra forma. 2. Participar en juegos de manos y la práctica de juegos violentos. 3. Promover o fomentar el desorden e irrespetar a las personas en espacios de uso comunitario como: tienda, restaurante escolar, y uso de los baños y sanitarios, y/o en espacios por fuera de la Institución. 4. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de los compañeros y de la Institución. 5. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros de forma intencional o adrede. 6. Utilizar las vías de evacuación diferentes a las asignadas haciendo desorden, generando conflicto o creando riesgo para otros. 7. Situaciones en las que se excluye o señala por razones de género u orientación sexual. 8. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones de docentes y directivos de la Institución. 9. Hacer comentarios y murmuraciones que afectan la imagen de los compañeros y conflictos en el aula. 10. Hacerse suplantar o suplantar a un compañero(a) o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones o responsabilidades de orden disciplinario y/o académicas. 11. Crear falsas alarmas tendientes a provocar pánico.
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Artículo 21. Protocolo para situación Tipo I. No . 1
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PROCEDIMIENTO
CONDUCTO REGULAR Coordinador
Recepción de la situación
EVIDENCIA
Formato. Apertura del proceso situación tipo I GC_F_01 Reunión Negociación Coordinador o Formato con las directa (hablar integrante del Apertura de partes hasta CEC proceso involucrada entenderse) y situación tipo s registro de los I GC_F_01 acuerdos entre las personas que se presenta la situación. Si no hay acuerdos, solicitar la mediación.
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Mediación (si alguna de las partes se niega a la mediación se procede al numeral 4)
3
Diligenciar acuerdo mediación
el Mediador, de Coordinador o integrante del CEC
Seguimiento a los Mediador, acuerdos de Coordinador o mediación integrante del CEC En caso de Coordinador o incumplimiento integrante del de los acuerdos, CEC se cita al acudiente Citación a Reunión y Coordinador o padre de acuerdos con integrante del familia padre de familia CEC y/o acudiente.
GC_F-04. Acuerdo de Mediación Escolar. Carpeta coordinación
DFF_19. Citación Padres familia.
de
DF-F-26. Hoja de vida DF_F_17
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En caso de incumplimiento de acuerdos se continúa Proceso disciplinario con debido proceso Proceso Reunión en pleno disciplinario del CEC con debido Seguimiento a las proceso estrategias Si no hay cambios positivos en el estudiante, se remite al CEC
Seguimientos los procesos
Hojas vida.
Directivo docente Directivo docente CEC
a CEC
de
Hoja de vida Hoja de vida Carpeta Situación tipo I con radicado (Formato remisión al CEC) Carpeta Situación tipo I
Para iniciar el debido proceso, el docente debe agotar distintas alternativas para la resolución de conflicto, a continuación, se plantean algunas estrategias. Procedimiento en el CEC para Situaciones Tipo I 1. El Comité Escolar de Convivencia abre una carpeta confidencial en orden alfabético en la cual reposa el formato clasificado según sea un informe, queja u oficio asignando un radicado. 2. Ingresa los datos que identifican a la persona que presentó la queja. 3. Define los mecanismos que garanticen la intimidad, confidencialidad y protección de los posibles informantes. 4. Analiza la situación. 5. Establece las estrategias y alternativas de solución 6. Realiza el seguimiento Artículo 22. La mediación se entiende como un Método Alternativo de Resolución de Conflictos (MARC) de la escuela, donde las partes se apoyan de un tercero que no resuelve el conflicto pero facilita y apoya para encontrar las salidas.
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Artículo 23. Los requisitos para la mediación son: - Que el docente, directivo docente, las partes involucradas o el CEC solicite el proceso de mediación y exista interés por las partes. - La mediación debe estar definida como una forma válida para gestionar conflictos. - Que exista una lista de mediadores formados y en un lugar visible. - Que las partes elijan un mediador y este conozca el proceso a realizase. Artículo 24. La Metodología para la mediación tiene en cuenta: -
Premediación: El mediador se informa y define el encuentro Entrada: Se encuentran, se presentan y se establecen reglas Cuéntame: Cada una de las partes da la versión del asunto Ubicarnos: Se ven las diferentes caras y aristas del conflicto Arreglo: Inicia la negociación, las partes dicen cómo se puede resolver - Acuerdo: se determina como se resolverá el conflicto y cuáles son los acuerdos - Cierre: se determina la forma, fecha y lugar para el seguimiento de los acuerdos. - Seguimiento: verificar el cumplimiento de los acuerdos para saber el paso a seguir. Artículo 25. El método alternativo de resolución de conflictos puede fallar por las siguientes razones: - Cuando alguno de los involucrados no le interesa la negociación - Cuando alguna de las partes se levanta de la mesa sin concluir el proceso - Cuando después de negociar no se logra alcanzar ningún acuerdo - Cuando se incumplen los acuerdos Artículo 26. Cuando la negociación falla se debe iniciar el Proceso Disciplinario con Debido Proceso. Artículo 27. Mediación directa – conversar hasta entenderse – Es un método alternativo de resolución de conflicto en la escuela, donde las partes le buscan salidas de manera directa: Yo gano – Tu ganas – La institución Educativa gana.
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Artículo 28. Requisitos para la mediación directa: -
Definir las situaciones Tipo I a las cuales se puede aplicar Estar definido como una forma válida para gestionar conflictos Los estudiantes debe conocer los principios de la metodología El Comité Escolar de Convivencia debe hacer seguimiento Artículo 29. Cuando los involucrados quieren negociar se tiene en cuenta:
- Establecer condiciones del encuentro - Las partes se sienten a dialogar sin interrumpirse - Explican cómo se sienten, cómo los afecta el conflicto, y sus motivaciones - Definen cuál es el conflicto - Señalan las posibles salidas - Argumentan cada una de sus ideas y encuentran valor en las ideas del otro - Seleccionan aquellas salidas que mejor satisfagan los intereses de todos y sea más sencilla. - Informan al Comité Escolar de Convivencia sobre el resultado de la negociación - El Comité Escolar de Convivencia hace seguimiento formal o informal del cumplimiento de los acuerdos. - Se verifica el cumplimiento de los acuerdos, se deja constancia en la carpeta y se archiva - El archivo es confidencial y es manejado directamente por el Comité Escolar de Convivencia Artículo 30. El método alternativo de resolución de conflictos puede fallar por las siguientes razones: - Cuando alguno de los involucrados no le interesa la negociación - Cuando alguna de las partes se levanta de la mesa sin concluir el proceso - Cuando después de negociar no se logra alcanzar ningún acuerdo - Cuando se incumplen los acuerdos Artículo 31. Cuando la negociación directa falla se debe iniciar el Proceso Disciplinario con Debido Proceso. Acciones pedagógicas para situaciones Tipo I: medidas pedagógicas y acciones para promover la convivencia escolar,
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prevenir situaciones que la afecten, así como aquellas que se orienten a la reconciliación, la reparación de los daños causados y al restablecimiento de un clima de relaciones constructivas cuando estas situaciones ocurran. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Diálogo con el estudiante. Plan de mejoramiento personal. Investigación de una temática relacionada con la situación presentada, sustentarla ante Coordinación o ante el grupo. Desarrollar taller de tolerancia en un grupo. Ejercicio de escucha activa. Consultar sobre el valor de la empatía. Ejercicio de catarsis de las partes involucradas y generar actividad/taller que promuevan el autocontrol. Reflexión grupal. Taller en orientación de grupo.
CAPITULO 6. Situación Tipo II. Artículo 32. Definición de Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática. Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. Artículo 33. Situaciones Tipo II. Se consideran situaciones Tipo II las siguientes: 1. Inducir, manipular y obligar a otra persona(s) a realizar actos indebidos que vayan en contra de la dignidad humana. 2. Resolver dificultades con los otros, de manera agresiva, violenta e irrespetuosa. 3. Atentar por cualquier medio, físico o electrónico, contra la honra y el buen nombre de un integrante de la comunidad educativa con mensajes insultantes, desafiantes, vulgares o de intimidación.
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4. Actuar deliberadamente participando o apropiándose de cualquier clase de objeto que no esté estipulado en la Ley como un delito, a cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Amenazas, maltrato físico, verbal y emocional que ocurre de manera repetitiva y sistemática a cualquier miembro de la comunidad educativa. 6. Rechazar y discriminar de manera sistemática hacia un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa 7. Agresiones reiteradas con contenido sexual. 8. Piropos o tocamientos sexuales no consentidos que ocurren de forma repetitiva. 9. Promover la discriminación y aislamiento de compañeros en el aula o a nivel de la institución. 10. Arrojar o utilizar objetos y materiales que lesionan a las personas. 11. Tomar fotografías, grabar en audio o video a miembros de la comunidad educativa sin autorización y sin ser programados por la institución. Artículo 34. Protocolo para situación Tipo II. No . 1
PROCEDIMIENTO Recepción del caso por uno de los miembros del CEC.
En caso de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y/o mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
CONDUCTO REGULAR El miembro de la comunidad educativa que conoce la situación hace entrega a Directivo docente o docente orientador.
EVIDENCIA Constancia de la remisión al CEC. Hoja de vida (El Docente y/o Directivo Docente registra: tipificación de la situación y la remisión al CEC) Constancia
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de remisión externa. La realiza Directivo docente o docente orientador.
2
Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados. Actuación de la cual se dejará constancia.
Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. Es importante dejar claro que el agresor también es un sujeto de derechos, motivo por el cual también se le debe proteger. Una vez garantizada la atención requerida, se cita a las partes involucradas, a los padres, madres o acudientes de los estudiantes, para que puedan exponer y precisar lo acontecido. Preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y
Miembros del Formato CEC. remisión
Docente directivo docente.
ó Hoja de vida (El padre de familia y/o acudiente firma que fue notificado) Formato citación acudientes
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demás derechos.
3
Se ofrece la opción de mediación. Si las partes involucradas aceptan la opción de mediación, se determinarán conjuntamente las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a
Es importante aclarar que se trabaja bajo el marco de la justicia restaurativa para aquellos casos con un componente de violencia. Sobre una base de la dignidad humana y perspectiva de derechos, con principios como la voluntariedad, la responsabilidad, la prevalecía de derechos, la confidencialidad y la intimidad.
Mediador, docente directivo docente
Acuerdo de o mediación (Coordinaci ón)
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quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. Si se dio una adecuada resolución del conflicto. El CEC dejará constancia de lo sucedido y las medidas adoptadas. Si las partes no aceptan la mediación, el caso pasa a proceso disciplinario con debido proceso
El comité realizará el análisis y seguimiento a fin de verificar si la solución fue efectiva.
CEC
Carpeta individual del estudiante o implicado
Ver capítulo 9. Debido proceso.
CEC
Carpeta individual del estudiante o implicado
Protocolo de justicia restaurativa para situaciones Tipo II. Se entiende como Justicia Restaurativa es un tipo de justicia consensual que se preocupa por la reparación integral del daño causado a la víctima, la reintegración sin señalamiento del ofensor y la víctima a la convivencia, la reparación de la confianza y la reconstrucción del ejido social. Artículo 35. La justicia restaurativa tiene como bases la dignidad humana y perspectiva de derecho. La justicia restaurativa tiene como principios: -
La voluntariedad La responsabilidad El interés superior del niño(a) La prevalencia de derechos La confidencialidad y la intimidad Artículo 36. Los elementos de la justicia restaurativa son:
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-
Centra su atención en la víctima Amplía el número de actores El delito daña las relaciones y a las personas Las ofensas conllevan a obligaciones Promueve compromiso y participación Necesidad de reparar integralmente al daño Artículo 37. Requisitos de la justicia restaurativa contempla las siguientes acciones de apoyo del Comité escolar de Convivencia:
- Acciones de apoyo con la víctima: o Proceso de desvictimización o Para estar sin temor o Como sujeto de derecho - Ofensor: o Diálogos privados o Evitar nuevas violencias - Familia: o Generar reflexiones o Apoyar su responsabilización - Otros: o El Manual de Convivencia deben estar definidas las situaciones Tipo 2 y la gestión de conflictos o El docente debe estar sensibilizado y formado con respecto a este MARC o El Comité Escolar de Convivencia debe hacer seguimiento constante o La Comunidad Educativa debe tener un equipo capacitado para acompañar estos procesos. Artículo 38. Herramientas para la justicia Restaurativa -
Conferencia victima ofensor, inicialmente por separado y luego conjuntamente
-
Conferencias familiares, incluye a los familiares de las víctimas, el ofensor y demás actores
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-
Círculos de paz, Metodología que permite que los participantes ubicados en círculo, con ayuda de un facilitador puedan hablar sobre la situación que afecta la convivencia.
-
Mediación: método alternativo de resolución de conflictos (MARC), donde las partes se apoyan en un tercero que facilita y apoya a las partes para encontrar una salida al conflicto.
Artículo 39. Las Conferencias víctimas – ofensor, se debe tener presente: -
Un facilitador capacitado que dirige y ayuda a buscar una solución a las violencias Verificación del consentimiento Trabajo individual con cada parte Posibilidades de apoyo. No participan. Apoyan El acercamiento de la víctima y del victimario se produce con la intervención del facilitador La victima expone su vivencia y habla de los perjuicios y daños sufridos El victimario explica lo sucedido, responde las preguntas y cuestionamientos de la víctima Seguimiento y archivo si hubo cumplimiento Seguimiento y proceso disciplinario: Si hubo incumplimiento
Artículo 40. Los Características: -
-
Círculos
de
Paz
tienen
las
siguientes
La ampliación del espacio de participación de los involucrados teniendo en cuenta las necesidades de comunicación de los involucrados Contar con un facilitador que lidera el proceso Incluir valores o filosofía que comprende asuntos como el respeto, el valor de las partes, la integridad y la importancia de hablar desde el corazón
Artículo 41. Los Círculos de Paz se realizan así: -
Los participantes se ubican en círculo Se pone a circular un objeto o pieza para hablar
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-
Los asistentes hablan siguiendo el orden del círculo lo que asegura el uso de la palabra de todos los participantes Se logran o no acuerdos Si hubo acuerdo, se hace posteriormente un seguimiento y se archiva el asunto si hubo cumplimiento Ante el incumplimiento de los acuerdos se inicia proceso disciplinario contra el presunto ofensor
Artículo 42. Conferencias familiares. -
-
-
Están organizadas por profesionales de bienestar social quienes ayudan a decidir quiénes pueden estar presentes en la conferencia y a diseñar un procedimiento para la misma. El facilitador es imparcial pero se ocupa de que haya reparación El proceso debe ser adaptado a la cultura y necesidades de las partes Hay acompañamiento de las familias de la víctima y del ofensor (así se potencia la familia) Las víctimas pueden nombrar y traer quién defienda sus derechos Debe desarrollarse un plan completo para el ofensor en favor de la víctima aprobado por todos, que incluya reparación, prevención y sanciones (a veces) Se realiza un seguimiento al caso y se archiva si hubo cumplimiento de los acuerdos logrados o, en caso contrario, se inicia proceso disciplinario contra el presunto ofensor.
CAPITULO 7. Situación Tipo III. Artículo 43. Definición Situación Tipo III: La situación constituye un delito establecido por la Ley penal colombiana vigente y además es incapacitante. Artículo 44. Situaciones Tipo III. Se consideran situaciones Tipo III las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o que constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente (Decreto 1965 de 2013, artículo 40). Requieren que la atención
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sea brindada por entidades externas al establecimiento educativo (por ejemplo, Policía de Infancia y Adolescencia, ICBF, sector salud, etc.).
Artículo 45. Protocolo para situaciones Tipo III cuando hay daño al cuerpo o la salud:
No.
PROCEDIMIENTO
1
Garantía de atención inmediata en salud física o mental
Remisión de las personas involucradas al servicio de salud
CONDUCTO REGULAR Cualquier miembro de la comunidad educativa
EVIDENCIA Constancia de la remisión al CEC. Hoja de vida (El Docente y/o Directivo Docente registra: tipificación de la situación y la remisión al CEC)
Se solicita el servicio de ambulancia de bomberos y se deriva a póliza de seguros, EPS específica o Sisben según sea el caso
El estudiante afectado se debe acompañar por el acudiente o un docente.
Directivo docente docente
Directivo docente docente
y/o
y/o
Constancia de remisión externa ó registro de la activación de la ruta. La realiza Directivo docente o docente orientador. Copia informe atención en salud Copia informe atención en salud
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de de
de de
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3
Denuncia de la situación a la autoridad competente .
Convocator ia al CEC
Las personas involucradas que no requieren remisión a servicio de salud deben ser acompañados en coordinación hasta que llegue el acudiente o la autoridad competente.
Directivo docente docente orientador
Llamar al número asignado por el cuadrante de la Policía nacional o de infancia y adolescencia para la atención de la situación.
Presidente CEC
Entrega de la denuncia escrita del suceso a la autoridad competente
Presidente CEC
Comunicación por escrito a los representantes legales de las personas involucradas de las medidas tomadas para el manejo de la situación, cuando se considere pertinente.
Presidente CEC
Citación a los integrantes del comité de convivencia
CEC
Acta del CEC
El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las
CEC
Acta del CEC
o
Se deja constancia del acompañami ento en hoja de vida.
Constancia escrita
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4
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Aplicación de estrategias pedagógica sy convivencia les
Reporte del caso al sistema de información unificado y al CMEC
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partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. El comité establece los mecanismos de garantía de protección para la víctima, el agresor y las personas denunciantes. De tal manera que se respete sus derechos (intimidad, buen nombre, educación, y que no sean estigmatizados, entre otros) Citar a los acudientes y estudiantes involucrados de manera individual en los casos que aplique, para hacer seguimiento a la situación. El comité determina la necesidad de remisión a apoyos clínicos y psicosociales externos. El comité determina la necesidad de apoyos pedagógicos y académicos extracurriculares. El comité implementa estrategias de promoción y prevención para que la situación no se vuelva a presentar. De acuerdo a los lineamientos para los registros
CEC
Acta del CEC
CEC
Carpeta del estudiante
CEC
CEC
CEC
Rector
Informe virtual
El Comité Escolar de Convivencia determinara las medidas pedagógicas de acompañamiento a los involucrados y determina las corresponsabilidades de la familia y de la institución educativa.
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El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que se haya implementado en el SIUCE El presidente del Comité Escolar de Convivencia hará seguimiento interno a las medidas pedagógicas adoptadas y a las que otras entidades o sectores hayan determinado El presidente del Comité Escolar de Convivencia remite al Comité Municipal de Convivencia Escolar para efectos de seguimiento El Comité Escolar de Convivencia archiva el asunto
Artículo 46. Protocolo para situaciones Tipo III cuando no hay daño al cuerpo o la salud: Si en la institución educativa ocurre una situación tipo III sin daño al cuerpo o la salud se debe: -
-
El Comité Escolar de Convivencia debe abrir una carpeta para incluir todos los tramites que se adelanten respecto a la situación La carpeta debe contener número de radicado e información de la queja y de la persona que informó Se debe dejar constancia escrita de la remisión hecha a las entidades correspondientes Se informa de manera inmediata a los accidentes de todos los estudiantes involucrados y se deja constancia
Artículo 47. Sector protección. Se tiene en cuenta: - Las entidades competentes son: Comisaría de Familia y Centro Zonal del ICBF, quienes atienden a la persona menor de 14 años remitida por la Policía de Infancia y Adolescencia, quien previamente lo identifica y recolecta datos de la presunta conducta punible (art. 142 código infancia y adolescencia) - Estas entidades aplican protocolos internos y adelantan la actuación: imponen de inmediato las medidas de verificación, prevención o de restablecimiento de derechos Artículo 48. Sector Justicia. Se tiene en cuenta: -
Las entidades competentes son: Fiscalía de Menores y Juzgado de Menores quienes atienden el presunto infractor cuya edad se encuentra entre 14 y 18 años al momento de cometer el hecho punible (art. 138 Código de Infancia y Adolescencia).
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Estas entidades aplican protocolos internos de la entidad (proceso penal con debido proceso), para determinar responsabilidades El presidente del Comité escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito pondrá en conocimiento de la situación a la Policía Nacional y deja constancia El presidente del Comité escolar de Convivencia cita los integrantes del Comité y deja constancia El presidente del Comité escolar de Convivencia informará a los participantes del comité, de los hechos y el reporte realizado ante la autoridad competente, cuidando la intimidad y confidencialidad de los involucrados El Comité escolar de Convivencia adoptará de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo tendientes a proteger a los involucrados de posibles acciones en su contra y deja constancia El Comité escolar de Convivencia debe decidir como protegerá la confidencialidad e intimidad de los involucrados El Comité escolar de Convivencia determina las medidas pedagógicas de acompañamiento a los involucrados y determina las corresponsabilidades de la familia y de la institución educativa El presidente del Comité escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que se haya implementado en el SIUCE (Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar) El presidente del Comité escolar de Convivencia hará seguimiento interno a las medidas pedagógicas adoptadas y a las otras entidades o sectores que hayan determinado El presidente del Comité escolar de Convivencia remite al Comité Municipal de Convivencia Escolar para efectos de seguimiento El Comité escolar de Convivencia archiva el asunto.
Acciones pedagógicas para situaciones Tipo II y Tipo III: medidas pedagógicas y acciones para promover la convivencia escolar, prevenir situaciones que la afecten así como aquellas que se orienten a la reconciliación, la reparación de los daños causados y al restablecimiento de un clima de relaciones constructivas cuando estas situaciones ocurran.
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1. Realizar un trabajo audiovisual, sobre el respecto, la tolerancia, y el perdón socializarlo en el grupo. (Para casos de agresiones físicas y/o verbales). 2. Realizar un trabajo escrito sobre los autos: autoestima, autoconcepto, autoimagen, socializarlo en el grupo (Para casos de Bullying). 3. Realizar una observación del grupo, donde pueda especificar la dinámica relacional, y realizar una dinámica de integración y socialización (Para casos de estudiantes con liderazgos negativos o abusivos) 4. Plantear dos alternativas de reparación para situaciones donde se haya causado una afección emocional. (Para casos de bullying, o de acoso escolar) 5. Realizar un trabajo audiovisual sobre la solidaridad y la tolerancia, socializarlo en el grupo. (Para caso de estudiantes vulneradores de derechos) 6. Elaborar una publicidad donde responda a la pregunta: ¿Por qué vale la pena solucionar pacíficamente los conflictos? La pregunta se adecúa a la situación. Debe considerar: a qué grupo de edad se dirige, debe llamar la atención, debe presentarlo en clase. 7. Realizar una investigación sobre un líder espiritual: Jesús; Gandhi, la madre Teresa, etc, exponerlo al grupo. 8. Realizar una obra con títeres sobre el autocontrol. (Para casos de estudiantes impulsivos o agresivos) 9. Realizar un video sobre motivación al cambio. Socializarlo en el grupo. 10. Entrevistar a una persona exconsumidora de SPA, y su proceso de superación personal. 11. Exponer al grupo las habilidades para la vida. 12. Apoyar las diversas campañas o proyectos de prevención y promoción.
CAPITULO 8. Seguimiento. Se tienen presentes los pasos que se necesitan para que en el componente de atención se puedan ejecutar acciones de seguimiento en los tres niveles establecidos (verificación, monitoreo, retroalimentación). Los pasos son los siguientes: 1. Establecer criterios y definir personas encargadas 2. Diseñar protocolos de observación de la ejecución de los protocolos
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3. Registrar un sumario de los casos reportados y de las estrategias utilizadas 4. Evaluar el impacto de las acciones de manejo de las situaciones 5. Proponer nuevas estrategias, ajustes y mejoras para el manejo de las situaciones Artículo 49. Para el componente de atención, la ejecución de los protocolos de atención diseñados por el componente son relevantes para el seguimiento del diseño formatos para observación, registro, archivo y circulación de información sobre los casos atendidos. Es clave designar responsables del seguimiento para los casos atendidos y establecer canales informativos o comunicativos para la comunidad educativa. Para esto es importante tener presente los anexos No. 3, 9 y 17. Artículo 50. La comunidad educativa participa en las actividades del componente de seguimiento, las cuales deben ser lideradas por el Comité Escolar de Convivencia. Sin embargo, es necesario y pertinente que se apoye en grupos ya creados en el Establecimiento Educativo. El mismo comité también puede estructurar otros grupos promoviendo la participación de la comunidad educativa. De esta forma, se logrará integrar las voces de la comunidad en la verificación, monitoreo y seguimiento, lo cual es relevante para los procesos de mejoramiento continuo que permite el seguimiento. Ver anexo 21.
CAPÍTULO 9. Debido Proceso Artículo 51. Debido proceso. Es la instancia a la que acude el comité escolar de Convivencia para garantizar a los estudiantes que no sean vulnerados sus derechos después de que las estrategias de la negociación directa o asistida fallan. El Comité Escolar de Convivencia establece las estrategias de solución. Cada situación puede tener más de una salida. El proceso disciplinario inicia cuando la negociación directa o asistida falla.
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Artículo 52. Indagaciones: Para el inicio del proceso disciplinario el Comité Escolar de Convivencia informa a las partes que es un debido proceso y sus alcances. -
Realiza las averiguaciones iniciales. Tipifica la situación Identifica los involucrados, el modo, tiempo y lugar de los hechos Esta fase puede concluir con dos posibles situaciones: o Que no hay lugar para abrir proceso disciplinario para lo cual el comité archiva el asunto o o si hay mérito para abrir el debido proceso.
Artículo 53. Inicio del proceso 1. El Comité Escolar de Convivencia eleva pliego de cargos a través de una Resolución 2. Notifica oficialmente del pliego de cargos a los implicados. Es un procedimiento formalizado en el cual se entrega una copia completa del pliego de cargos, copia de los anexos si los hubiere y la firma de recibido por los disciplinados 3. El personero debe acompañar a los presuntos implicados durante todo el proceso 4. Presentación de descargos por los presuntos implicados dentro del término que les da el Comité Escolar de Convivencia para ello generalmente son cinco días hábiles (5 días) Artículo 54. Fase Probatoria - Práctica de las pruebas ordenadas por el Comité Escolar de Convivencia - Se permiten todos los medios de prueba reconocidos por la ley colombiana - Se presentan por escrito los alegatos de cierre por los presuntos implicados - La defensa debe estar de acuerdo con los resultados de las pruebas Artículo 55. Fase Decisoria 1. El Comité Escolar de Convivencia, decide si responsabiliza o absuelve, en el último caso archiva el proceso. 2. Los presuntos involucrados tienen oportunidad de interponer recurso
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3. Después de los recursos el Comité Escolar de Convivencia, decide confirmar y aplicar correctivo con debido proceso disciplinario. 4. Se archiva el proceso. Parágrafo 1. En cuanto a la primera instancia en la cual el Comité Escolar de Convivencia, expide Resolución donde decide acerca de la responsabilidad del disciplinado: si considera que no es responsable: lo absuelve, le notifica y archiva el asunto. Si lo considera responsable: le notifica, le informa sobre los recursos o defensas últimas que puede interponer e informa a los padres o acudientes; si el disciplinado no interpone los recursos, queda en firme la sanción, se aplica y se archiva el caso. Parágrafo 2. Los padres, en ejercicio de la representación legal —uno de los componentes de la patria potestad—pueden acompañar a sus hijos o acudidos en estas diligencias. Incluso, pueden designar un abogado que ejerza la defensa de su hijo(a) cuando está sometido a un proceso disciplinario. Artículo 56. Decisión de segunda instancia. Cuando se interpone recurso de apelación el Comité Escolar Convivencia expide una Resolución en donde decide: si absuelve, caso en que archiva el asunto; si ratifica la sanción, notifica, la aplica y archiva e informan a los padres o acudientes y al Personero estudiantil.
Artículo 57. disciplinario.
Correctivos
con
debido
proceso
Los coordinadores tienen autonomía para enviar al estudiante a realizar acciones pedagógicas por fuera de la institución hasta por tres días, según Resolución rectoral. El rector podrá suspender las actividades académicas presenciales de un estudiante hasta por 8 días, mediante resolución y Asignación de Trabajo Académico o Talleres para desescolarización (DF_F_36). 65
El Comité Escolar de Convivencia, podrá estipular acciones pedagógicas por fuera de la institución hasta por 10 días. En los casos en que el estudiante reincida en las situaciones y deba terminar sus actividades académicas en la casa, con Asignación de Trabajo Académico o Talleres para desescolarización, se deberá hacer con resolución rectoral, y podrá aplicarse después de cursado el 70% del año calendario, para aquellos estudiantes con dificultades personales o sociales especiales. El Consejo directivo será en última instancia quien determine la continuidad o no continuidad de un estudiante en la institución. Cuando un estudiante de grado 11, incurra en situaciones tipo II y III y después de seguir el respectivo protocolo se podrá determinar su no proclamación en el evento comunitario de graduación. Cuando se trate de un estudiante deportista activo y se vea inmerso en situaciones de tipo III durante competencias deportivas, quedara excluido de la competencia y de cualquier representación de la institución dentro o fuera de la municipalidad, por el resto del año escolar. TITULO V DEL FUNCIONAMIENTO Y OPERACIÓN DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNO DEL ESTABLECIMIENTO CAPITULO 1. Los medios de comunicación: son todos aquellos instrumentos, canales o formas de trasmisión de la información de que se vale la institución educativa.
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Artículo 57. Circulares: es un documento que sirve para comunicar a la comunidad educativa una serie de instrucciones de carácter interno, ya sea aclaratorias, reglamentarias, informativas o recordatorias, que se envía de parte de la dirección hacia los padres de familia Artículo 58. Periódico: Es la publicación que edita la institución educativa y cuya misión es informar sobre diferentes hechos y acontecimientos que suceden en el establecimiento, tal es el caso de eventos, actividades especiales, y más cuestiones vinculadas con la educación y la cultura de la comunidad. Artículo 59. Permisos y Excusas. La puntualidad es un elemento fundamental para la asistencia de los estudiantes a la institución. Es tarea del profesor o coordinador verificar la veracidad de esta información y autorizarlo con su respectiva firma para la valoración académica y salida del plantel. Para las excusas se tiene presente: La excusa debe ser presentada dentro de los tres (3) primeros días a la ausencia. Si la excusa es por motivos de salud, calamidad y la ausencia sobrepasa los tres (3) días debe ser avalada por la incapacidad médica o constancia de calamidad. El estudiante que no presente excusa justificada debidamente en el tiempo estipulado, debe ponerse al día en sus deberes académicos y hacer Plan de Mejoramiento. Para los permisos se tiene presente: Cuando se programa una salida pedagógica o curricular es responsabilidad de la institución enviar circular con la invitación a dicho evento la cual deber ser devuelta con su desprendible debidamente diligenciado y firmado por el padre de familia y/o acudiente responsable del estudiante en el tiempo estipulado. Para salir de la institución por un imprevisto (enfermedad o accidente) el titular de grupo o profesor que se encuentre en el momento deberá
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enviarlo a coordinación para llamar a la casa para que lo recoja un adulto responsable. Cuando un estudiante solicita un permiso por cita médica u odontológica este deberá presentarla por escrito al profesor o coordinador para que este verifique su veracidad y así autorizarlo siempre y cuando sea recogido por un adulto responsable autorizado. Para solicitar un permiso se debe presentar con un día de anticipación o al inicio de la jornada y después de ser aprobado, presentarlo a los docentes de las asignaturas dadas durante el día. Cuando requiera ausentarse por más de tres (3) días se hace por medio de carta dirigida a la coordinación y a la rectoría por parte del padre de familia o acudiente con un plazo de ocho (8) días, anteriores al permiso. Esta carta debe ser entregada de manera personal por el padre de familia o acudiente en coordinación. El rector es quien aprueba el permiso y comunica al coordinador o docente titular del grupo. Cuando el estudiante durante la jornada escolar requiera salir solo de la institución deberá presentar en coordinación la solicitud por escrito efectuada por el padre de familia o acudiente. El estudiante que deje de presentar una actividad escolar por inasistencia debidamente justificada, tendrá derecho a que se le fije la fecha y hora para la presentación o evaluación de dicha actividad, lo cual deberá solicitar inmediatamente reingrese a la institución. En portería no se recibirán trabajos u objetos escolares olvidados para los estudiantes debido a que se está formando en la responsabilidad y demás valores.
Artículo 60. Resolución. Acto administrativo para resolver y/o dar solución a una dificultad o toma de decisión de carácter directivo dando cumplimiento a la ley. Artículo 61. Página WEB. A través de este medio se brinda información electrónica capaz de contener texto, sonido, vídeo, programas, enlaces, imágenes, entre otras, adaptada con una dirección electrónica: www.iemariajesusmejia.edu.co y, que puede ser accedida mediante un navegador. En esta página también se puede
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acceder a enlaces de hipertexto, donde se puede ingresar a máster, publicación de encuestas, buzón de sugerencias, entre otros. Artículo 62. Cuaderno Comunicador. Es una herramienta que facilita la comunicación entre el establecimiento educativo y familia con el fin de llegar a acuerdos, informar de manera oportuna situaciones o eventos que ameritan participación, aclaraciones, envío de circulares, entre otras, evitando la desinformación o desconocimiento de asuntos educativos. Artículo 63. Reunión de padres de familia o acudiente. Durante el año escolar, se invitan a los padres a asistir a reuniones entre padres y maestros o directivas. Si usted ha recibido una comunicación en la que el maestro(a) de su hijo(a) le dice que quiere reunirse con usted, ¡no se asuste! Esta es una práctica estándar de los esfuerzos que realiza la institución educativa para crear un vínculo sólido entre padres y maestros. Tanto si su hijo(a) está teniendo una experiencia positiva o negativa en la institución, las reuniones entre padres y maestros le ayudarán a ustedes y su hijo(a) buscar maneras de trabajar juntos para garantizar su formación.
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TÍTULO VI DEL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE, LA HIGIENE, LA SALUD PUBLICA Y EL COMPROMISO PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS BIENES CAPITULO 1. Normas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente. Artículo 64. Compromisos para la conservación del medio ambiente: Todo integrante de la comunidad educativa debe ser consciente de la vital importancia y trascendencia que tiene la conservación del medio ambiente. Por ello se comprometen a:
Comprender que el ambiente es patrimonio común y que en consecuencia, todos debemos participar en su cuidado y conservación. Lograr la preservación y restauración del medio en general y del escolar en particular, así como la conservación, mejoramiento y utilización racional de los recursos naturales Prevenir y controlar los efectos nocivos de la explotación de los recursos naturales no renovables. Preocuparse y ejercer acciones directas para preservar la atmósfera, el agua, la tierra, el suelo y el subsuelo, la flora, la fauna, las fuentes primarias de energía, los recursos geotérmicos y los de paisaje, evitando especialmente: No desperdiciar el agua, dejando las llaves abiertas. No desperdiciar la energía eléctrica dejando luces, ventiladores o equipos eléctricos prendidos cuando no se requiere su utilización. No destruir la vegetación, plantas y árboles.
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CAPITULO 2. pública.
Normas de higiene general, prevención y salud
Artículo 65. Compromisos higiénicos y de salud pública: Toda la comunidad educativa de la Institución Educativa María Jesús Mejía, deberá practicar las reglas de higiene personal, de prevención y de salud pública que a continuación se indican: -
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Demostrar actitud de respeto y limpieza consigo mismo y con los lugares que habita. Practicar hábitos para cuidar la salud. Acatar pautas de prevención del alcoholismo, drogadicción y tabaquismo. Identificar y abstenerse de consumir productos que contengan sustancias psicoactivas. Informarse y analizar las creencias, actitudes y conceptos que se tienen cerca de las consecuencias y efectos colaterales que producen en el organismo el consumo de alcohol, drogas o tabaco. Desarrollar estrategias para enfrentar la presión de personas que inducen al consumo de tales sustancias, a fin de rechazar su ofrecimiento. Buscar información de leyes vigentes como el Decreto 1108/94 (disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias sicotrópicas) y la Ley 1098/06 de infancia y Adolescencia. Participar y contribuir en la conservación de la salud pública con actitudes tales como: o La práctica del reciclaje. o Abstenerse de contaminar o dañar corrientes de agua, alimentos y en general bienes de uso común. o Aplicarse las vacunas y medicamentos que requiera para prevenir enfermedades o restablecer la salud. o Procurar la afiliación a una entidad prestadora de servicios de salud, o SISBEN. o Usar correctamente los baños públicos de la institución. o Informar si tiene problemas de salud infectocontagiosas que pongan en riesgo a otras personas y problemas de plagas
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como piojos, garrapatas, pulgas y otros que de igual manera exponen a la comunidad. o El cabello debe estar limpio y ordenado. o Las uñas deben mantenerse limpias y cortas. Los estudiantes de la Institución Educativa María Jesús Mejía deben presentarse al establecimiento en completo orden y limpieza personal: -
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Bañarse todos los días Atender al cuidado de uñas, dientes, oídos, cabellos Efectuar cambio permanente de ropa (uniforme, medias, ropa interior) para evitar enfermedades infecciosas. Lavar los uniformes. No rayar los uniformes de la institución educativa. Estar al día con vacunas correspondientes a su edad para su bienestar En caso de epidemia de piojos, se debe proceder al tratamiento para desparasitarse, mientras tenga la epidemia debe evitar ir a la institución para prevenir contagio y asumir trabajo pedagógico extraescolar. Hacerse los tratamientos médicos adecuados para curar y prevenir enfermedades que afecten su desarrollo educativo En caso de requerir o sugerir tratamiento externo psicológico, debe presentar las evidencias de lo que está recibiendo.
CAPÍTULO 3. Normas para el uso de las salas y equipos especializados Hace referencia al uso de espacios y servicios que aportan a la formación de los estudiantes. Artículo 66. Orientación Escolar -
El directivo docente, docente puede remitir a orientación escolar estudiantes que necesitan de una asesoría por dificultades cognitivas, académicas, comportamentales o en estado de crisis.
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El padre de familia y estudiante deben asistir a la cita en el espacio establecido para ello. La información es confidencial. Los diagnósticos deben estar en la oficina de orientación escolar y en la carpeta de SIMAT cuando son necesidades educativas permanentes. El padre de familia debe responsabilizarse de consultar con el profesional que a través del docente orientador escolar recomienda para ser valorado o por terapia. Debe traer constancia del proceso para su seguimiento. El docente orientador escolar debe hacer seguimiento al Plan de Mejoramiento personal para su seguimiento y superación de dificultades. Se aclara que el docente orientador escolar no hace tratamiento terapéutico ni evaluaciones diagnósticas. El docente orientador escolar debe trabajar de manera colaborativa con la Unidad de Atención Integral de la Secretaria de Educación colaborando con la información solicitada de los estudiantes registrados en el SIMAT con necesidades educativas permanentes.
Artículo 67. La Biblioteca -
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La Biblioteca presta servicio de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 1:00 a 5:00 p.m. y podrán hacer uso de ella la comunidad educativa. Para las consultas solo se debe traer lápiz o lapicero, sacapuntas, borrador, una hoja o un cuaderno. Para el préstamo de libros y otros materiales los usuarios son registrados en la base de datos en el archivo de préstamos y entregan el carné estudiantil. Los libros de colección general se prestan por quince días, los cuales podrán ser renovados por otro periodo de tiempo igual, siempre y cuando no estén ya reservados por otro usuario. Cada usuario podrá solicitar en préstamo hasta tres libros. El material de referencia no podrá ser retirado de la biblioteca. Los usuarios tienen derecho a renovar el material y entrar en la lista de espera cuando existan otras reservas anteriores.
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La devolución del material debe hacerse exclusivamente en la sección de circulación y préstamo y debe realizarse a más tardar, el día que se le indique en la ficha de vencimiento. En la sección de entrada, debe dejar los morrales, sacos o chaquetas y otros objetos en la sección asignada para ello. No se debe introducir ni consumir alimentos. El silencio es indispensable para establecer un ambiente de tranquilidad y concentración. No arrojar basuras y fomentar el reciclaje Está prohibido fumar No rayar las mesas, sillas, y otros elementos de utilización de la biblioteca. Al terminar la consulta o lectura, los libros, revistas y documentos deben dejarse sobre la mesa. Para uso de la biblioteca es importante la reserva del espacio con un día de anticipación. Los usuarios en el momento de retiro de la institución, deben estar a paz y salvo. No rayar, dañar o maltratar los textos y/o materiales bibliográficos y otros. Para el empleo del Biblionet se debe vacunar disquetes, memorias USB, CD, y es de uso de investigación, consulta. No se puede chatear, ni observar pornografía.
Correctivos por el mal uso: -
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El usuario que no devuelva el material prestado en la fecha asignada para ello, será incluido en la lista de morosos y no podrá retirar material hasta que esté a paz y salvo con la biblioteca. Quien pierda cualquier clase de material (libro, revista, video…) deberá reemplazarlo por un ejemplar igual. Quien mutile o raye cualquier tipo de material deberá reponerlo porque lo recibió en perfecto estado. Se le suspenderá el servicio temporal por causar daño a los materiales bibliográficos o por comportarse incorrectamente. Podrá ser retirado por no hacer silencio
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Incumplir con las demás normas del Manual de Convivencia Escolar. Hacer buen uso del biblionet para la investigación y consulta. Si no acata la norma la bibliotecaria lo puede retirar del computador.
Artículo 68. La Sala de Informática -
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Hacer formación fuera del aula antes del ingreso. Tener las manos y el uniforme limpios, para evitar que deterioren teclados y otras partes del computador. Doblar los forros del teclado, CPU y monitor y colocarlos encima de la CPU. Aplicar el manual vigente para el buen uso y mantenimiento de los computadores. No consumir alimentos y bebidas, ni comer o masticar chicle. Trabajar en silencio y no retirarse de la sala sin autorización del docente. No rayar las mesas, sillas, paredes, computador y otros elementos de utilización del aula. Utilizar de manera adecuada y cuidadosa todos los enseres de la sala: equipos, mesas, sillas, ventiladores, libros entre otros. No retirar la bola del mouse, ni intercambiar periféricos. Quien lo haga incurrirá en una falta y recibirá el respectivo correctivo. Revisar los equipos antes de comenzar la actividad y reportar cualquier anomalía al docente. No instalar programas sin la debida autorización del profesor encargado. Utilizar audífonos personales para el uso de la multimedia y de los CD de música. No eliminar archivos ni carpetas de su lugar de origen. No guardar en las carpetas personales fotos o videos que incluyan pornografía o inciten a la violencia. Si estos archivos son descubiertos la carpeta será eliminada y el dueño será sancionado según el caso. No cambiar la configuración estándar de Windows de la pantalla.
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Siempre debe permanecer un docente acompañando el proceso de los estudiantes en la sala, por ningún motivo los estudiantes pueden estar solos. La sala debe permanecer siempre limpia y ordenada. Los estudiantes no deben manejar llaves de la sala, solo el docente encargado de la sala, el coordinador o rector. No colocar objetos sobre las CPU, monitores o teclados. Ubicarse en los sitios designados por el profesor. Traer a la sala solo los materiales solicitados por el docente. Al terminar la actividad la sala debe quedar en perfectas condiciones. (sala limpia, computadores tapados, tablero borrado, materiales de aseo lavados y colocados en el lugar adecuado, ventanas cerradas y luces apagadas)
Artículo 69. -
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Sala de Reuniones o Taller
Los equipos solo pueden ser manipulados por el docente Entrar en completo orden al taller No rayar Los equipos, ni hacer mal uso de los audífonos No comer en clase ni tomar bebidas Evitar los gritos, charlas, ruidos, otros Evitar el ingreso de maletas, morrales al taller. En caso de ser necesario colocarlos en el lugar indicado No se permite el ingreso de teléfonos celulares, equipos de sonido u otros Los estudiantes serán ubicados en orden de lista y deben responder por los daños ocasionados al taller Revisar los equipos antes de comenzar la actividad y reportar cualquier anomalía al docente No se permite fumar No arrojar basuras ni papeles al piso. Dejar en completo orden y aseo el taller después de su uso. Siempre debe permanecer un docente acompañando el proceso de los estudiantes en el taller, por ningún motivo los estudiantes pueden estar solos. El taller debe permanecer siempre limpio y ordenado.
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Los estudiantes no deben manejar llaves del taller, solo el docente encargado, el coordinador o rector.
Artículo 70. Talleres Media Técnica -
Cumplir las normas de seguridad No agredir de palabra o de hecho a compañeros y superiores No utilizar audífonos, ni celulares, ni otros elementos que distraigan la atención propia y/o de los demás Utilizar adecuadamente los implementos de seguridad No gritar Ser puntuales al inicio de la jornada No pasar las líneas de seguridad mientras se esté operando las máquinas No tirar las herramientas y entregarlas correctamente Llevar el uniforme de la institución educativa conforme al Manual de Convivencia Observar las demás normas del Manual de Convivencia Escolar No retirar equipos de cómputo del taller con propósitos comerciales lucrativos personales Al terminar la actividad el taller debe quedar en orden.
Artículo 71. Laboratorio -
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Es indispensable en todos los trabajos de química: limpieza, exactitud, paciencia, extremada prudencia, y anotar la más ligera observación. Usar siempre blusa blanca, limpia y en buen estado, el cabello recogido, evitando el uso de accesorios colgantes. Las manos deben lavarse cuidadosamente después de cualquier manipulación de elementos o sustancias Se debe utilizar guantes apropiados para evitar el contacto con sustancias químicas o material biológico. No se permite pipetear con la boca. Siempre que sea necesario proteger lo ojos y la cara de salpicaduras o impactos utilizando anteojos de seguridad, viseras o pantallas faciales u otros dispositivos de protección.
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Cuando se manipulen productos químicos que emitan vapores o puedan provocar proyecciones se evitara el uso de lentes de contacto. Todo producto corrosivo, inflamable, oxidante, radioactivo, explosivo o nocivo deberá estar etiquetado. No se permiten instalaciones eléctricas precarias o provisional. Leer cuidadosamente el contenido de la guía de laboratorio antes de iniciar el trabajo Se deberá conocer la ubicación de los elementos de seguridad en el lugar de trabajo para prevenir accidentes No se debe guardar alimentos en le laboratorio. Está prohibido descartar líquidos inflamables, tóxicos, corrosivos o material biológico por los desagües de los sanitarios o recipientes comunes de residuos. En cada caso se deberán seguir los procedimientos para la gestión de residuos. No se permite comer, fumar. Seguir al pie de la letra las indicaciones del docente. Está terminante prohibido fumar o comer dentro del laboratorio Utilizar de manera adecuada los recipientes y productos químicos. El laboratorio debe mantenerse en perfecto orden y limpieza. El laboratorio deberá contar con un botiquín de primeros auxilios con los elementos indispensables para atender casos de emergencia.
Artículo 72. Deportes. -
No entrar comidas ni bebidas No utilizar los diferentes aparatos sin autorización del profesor No jugar en el gimnasio, y mucho menos con balones Hablar moderadamente dentro del gimnasio Mantener limpias las paredes, cuadros y trofeos Entrar y salir en forma ordenada Utilizar adecuadamente los diferentes implementos y aparatos Dejar el gimnasio limpio y ordenado Depositar las basuras en los recipientes para ellas
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No ingresar al gimnasio si no es solicitado por el profesor Portar el uniforme conforme con el Manual de Convivencia Escolar
Artículo 73. Restaurante Escolar Para seleccionar los niños usuarios del Restaurante Escolar, se deben tener en cuenta los siguientes criterios: -
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Estar en los grados de preescolar, primero, segundo y tercero de primaria. Presentar desnutrición aguda en cualquier grado o desnutrición crónica en grado leve, o ambos tipos de desnutrición, con nivel 1 y 2 del Sisben. Hijos de desplazados, de mujeres cabeza de familia o de padres sin empleo. Estudiantes en estado de embarazo. La distancia al lugar de su residencia, especialmente aquellos que viven en la zona suburbana.
Los usuarios deben: -
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Entrar en forma organizada y moderada al Restaurante en el horario establecido Consumir los alimentos que se ofrecen dentro del lugar o donde el docente les indique a los estudiantes. Evitar jugar con la comida o tirarla al piso o basurero. Cuidar los bienes e implementos. Manejar buenos modales en la mesa. No agredir a ningún compañero. Dejar el lugar limpio y organizado. Asistir en el horario asignado. Tratar adecuadamente a las manipuladoras. Al terminar de consumir el alimento, depositar las basuras en las canecas según la clasificación y agradecer a las manipuladoras como norma de cortesía. Evitar hablar con los compañeros mientras se consume el alimento. Es una norma de la buena mesa.
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Al refrigero solo ingresan las profesoras responsables del refrigerio y los estudiantes. Las demás personas deberán tener una autorización especial por las directivas de la institución. Artículo 74. La Tienda Escolar y Helados -
El estudiante solamente puede comprar en los horarios establecidos para los descansos y realizar la respectiva fila. Dejar los envases en los sitios asignados para éstos. Mantener aseado el lugar. Los residuos serán depositados en las canecas respectivas para el reciclaje. Emplear un vocabulario respetuoso. Los estudiantes que mediante acciones engañosas atenten contra los bienes o patrimonio económico de la tienda escolar serán informados a Coordinación donde se le seguirá el proceso disciplinario. Respetar y dar buen trato a los empleados de la tienda escolar. Respetar el turno. El personal de la tienda escolar no puede vender en horario de clases sino en los descansos. Deben estar exhibidos los precios de los productos de la tienda escolar. Utilizar adecuadamente las mesas y las sillas. No Permanecer en la tienda escolar en horarios de clases. Observar las demás normas del Manual de Convivencia Escolar.
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Normas para las personas que prestan el servicio en la cafetería escolar y helados -
Prestar un excelente servicio en atención y calidad de los productos. Preparar los alimentos en óptimas condiciones higiénicas. Utilizar gorro y uniforme. Mantener los precios exhibidos a la comunidad educativa. Mantener los productos almacenados en óptimas condiciones en congeladores, recipientes o vitrinas. - Utilizar pinzas en el manejo y distribución de los productos.
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- Atender a los estudiantes, docentes y comunidad educativa en forma cordial y respetuosa. - Entregar al usuario las devoluciones de manera correcta. - Mantener el lugar en excelentes condiciones de higiene y limpieza. - Mantener dispuestas las canecas para que los usuarios depositen las basuras según las normas del reciclaje.
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Prohibiciones de la cafetería escolar y helados. Se prohíbe abrir crédito a los estudiantes tomando objetos personales de éstos como aval. Almacenar o expender bebidas embriagantes. Vender cigarrillos, chicles, pitos, bombas o elementos que perjudiquen la disciplina de la institución. Alterar los precios sin autorización del Consejo Directivo. Abrir la cafetería en días y horas en que la institución no este laborando, salvo actividades programadas. Efectuar reformas al local destinado para la cafetería escolar, salvo con autorización del Consejo Directivo o entidad responsable (Obras Públicas).
Artículo 75. Papelería Escolar: -
El estudiante solamente puede comprar en los horarios establecidos para los descansos y realizar la respectiva fila. Los residuos de papel serán depositados en las canecas respectivas para el reciclaje. Emplear un vocabulario respetuoso. Respetar y dar buen trato a los empleados de la papelería escolar. El personal de la papelería escolar no puede vender en horario de clases sino en los descansos. Deben estar exhibidos los precios de los productos. Respetar el turno. Observar las demás normas del Manual de Convivencia Escolar.
Prohibiciones de la papelería - Se prohíbe dar crédito a los estudiantes tomando objetos personales de estos como aval.
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Abrir el local de la papelería en días y horas en que la institución no este laborando, salvo en actividades programadas. Vender objetos que perjudiquen la disciplina de la institución, como bombas, pitos, entre otros. Alterar los precios sin autorización del Consejo Directivo. Efectuar reformas al local destinado para la papelería escolar, salvo con autorización del Consejo Directivo o entidad responsable (Obras Públicas).
CAPITULO 4. Normas de Presentación Personal Artículo 76. Pautas de presentación personal: Las normas de presentación personal están contempladas en el Decreto reglamentario 1075 del 26 de mayo de 2015, como uno de los aspectos que debe tener el Manual de Convivencia. (Pautas de presentación personal que preserven al estudiantado de la discriminación por razones de apariencia). Es un acuerdo interno del colegio, cuya finalidad es el orden y la identidad con la institución. La Institución Educativa María Jesús Mejía adopta un uniforme como símbolo de identidad institucional además de disminuir costos a los padres de familia o acudientes. Este uniforme es de carácter obligatorio y servirá de referente en la presentación personal de los estudiantes. Se debe tener presente: -
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Para el ingreso a la institución los estudiantes deben portar el uniforme de acuerdo al horario de clase. Para el acto de proclamación de los bachilleres, los estudiantes deberán portar adecuadamente el uniforme de gala de la institución. El uniforme de gala y el de educación física deben llevarse con la camiseta respectiva y usarse únicamente en los horarios establecidos. Dentro y fuera de la institución debe llevarse adecuadamente el uniforme, con el fin de reflejar la identidad institucional.
Artículo 77. Uniformes de Gala
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1. Masculino. -
Camiseta blanca con manga corta y cuello, debe llevar el escudo al lado izquierdo y llevada dentro del pantalón con correa negra Jean clásico azul oscuro Medias negras o azules Zapatos de color negro Buzo o suéter azul oscuro sin letreros ni dibujos. El estudiante debe llevar el uniforme limpio y de acuerdo con su talla. 2. Femenino.
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Yomber de cuadros rojos y azules oscuros según modelo: con cuatro tablas adelante y cuatro tablas atrás plisadas hasta la cadera y debe ir a la altura de la rodilla. La blusa blanca con manga corta y cuello sport o camisero Medias blancas Zapatos negros Buso o suéter azul oscuro sin letreros, dibujos y no debe llevarse al revés. El uniforme completo debe estar limpio y de acuerdo con su talla. Los cortes de cabello y accesorios sin exageraciones El maquillaje debe ser discreto y acorde al uniforme Parágrafo. Las estudiantes que se encuentren en embarazo llevarán sudadera materna con el mismo corte del uniforme de educación física, con el escudo de la institución y tenis blancos. Portar el uniforme el día establecido según el horario
Artículo 78. Porte del uniforme de educación física El uniforme de educación física, tanto para los hombres como para las mujeres es una sudadera y camiseta con medias blancas a media pierna (no tobilleras ni taloneras), tenis blancos de cordones.
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Artículo 79. Porte del uniforme de preescolar El Uniforme Preescolar: Igual que el masculino y femenino, sólo que deben llevar delantal de tela escocesa roja de cuadros rojos y blancos.
CAPITULO 5. Normas para las Salidas Pedagógicas Artículo 80. Procedimiento a seguir en las salidas pedagógicas: De acuerdo la Ley 115 de 1994, corresponde a los alcaldes de los municipios certificados, a través de las respectivas secretarías de educación, ejercer la inspección y vigilancia de la educación en su jurisdicción territorial. Por lo tanto, el siguiente será el procedimiento a seguir en las salidas pedagógicas de los planteles educativos del municipio de Itagüí. -
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Si la salida pedagógica está programada dentro de la jurisdicción municipal, es competencia del Consejo Directivo de la respectiva institución concederlo o negarlo, previo procedimiento establecido en Proyecto Educativo Institucional y normas de convivencia. Las salidas pedagógicas fuera del área metropolitana deben contar con el respectivo visto bueno de la Secretaría de educación Municipal. El vehículo que preste el servicio debe cumplir con todas las normas de tránsito. Se debe contar con el permiso del padre de familia o acudiente, el cual se hace por escrito. Las salidas deben responder a una programación institucional y estar acompañadas de un docente y en lo posible un padre de familia. Entregar al inicio del año la programación para anexar al Plan Operativo Anual.
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TITULO VII DE LA REFORMA DEL MANUAL CAPITULO 1. Procedimiento de la actualización del Manual de Convivencia Escolar. Para actualizar el Manual de Convivencia se deben tener en cuenta tres elementos fundamentales: 1. El Comité Escolar de Convivencia que lidera las acciones de promoción de la convivencia y la prevención de las situaciones que la pueden afectar. 2. La lectura de lo que ocurre en la institución educativa. Es necesario que se realice una lectura del contexto donde se identifique lo que ocurre en el establecimiento con relación a la convivencia y ejercicios de los derechos. 3. Lineamientos generales, definidos en el artículo 29 del decreto 1965 de 2013.
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ANEXOS ANEXO 1. COMPONENTE DE ATENCION
ANEXO 2. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO I
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ANEXO 3. APERTURA DE PROCESO SITUACION TIPO I. El Comité Escolar de Convivencia diligencia un formato para situación Tipo I con número de radicado y clasificación si es informe, queja u oficio señalando con una X la opción. Este documento se archiva en la carpeta correspondiente según su nomenclatura y asegurando los mecanismos que garanticen la intimidad, la confidencialidad y la protección al informante.
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ANEXO 4. PROCEDIMIENTO DE MEDIACIÓN
ANEXO 5. MEDIACION
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ANEXO 6. NEGOCIACION DIRECTA
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ANEXO 7. MODELO DE ACUERDO DE MEDIACIÓN ESCOLAR
DIA:
MES:
AÑO:
Hacen presencia los estudiantes: ______________________________________________ ______________________________________________ ______________________________________________ PARA RESOLVER EL SIGUIENTE CONFLICTO:
FECHA EN QUE OCURRIÓ:
LUGAR:
Luego de llevado a cabo el proceso de mediación se establecen los siguientes acuerdos: 1. __________________________________________________ 2. __________________________________________________ 3. __________________________________________________ 4. __________________________________________________ 5. __________________________________________________ Los anteriores acuerdos serán revisados el día_____ mes_____ año_____ Observaciones, Recomendaciones y/o Sugerencias: ____________________________________________________ ____________________________________________________ Para constancia firman: ESTUDIANTE:
MEDIADOR(A):
ESTUDIANTE:
V/B: Coordinador/Docente/Docente orientador: 90
ANEXO 8. ATENCION ITUACION TIPO II
ANEXO 9. Apertura de proceso SITUACION TIPO II. El Comité escolar de Convivencia diligencia un formato para situación Tipo II con número de radicado y clasificación si es informe, queja u oficio señalando con una X la opción. Este documento se archiva en la carpeta correspondiente según su nomenclatura y asegurando los mecanismos que garanticen la intimidad, la confidencialidad y la protección al informante.
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ANEXO 10. JUSTICIA RESTAURATIVA
ANEXO 11. REQUISITOS JUSTICIA RESTAURATIVA
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ANEXO 12. HERRAMIENTAS JUSTICIA RESTAURATIVA
ANEXO 13. CONFERENCIAS VICTIMA - OFENSOR
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ANEXO 14. CIRCULOS DE PAZ
ANEXO 15. CONFERENCIAS FAMILIARES
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ANEXO 16. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO III
ANEXO 17. Apertura de proceso PARA SITUACION TIPO III. El Comité escolar de Convivencia diligencia un formato para situación III con número de radicado y clasificación si es informe, queja u oficio señalando con una X la opción. Este documento se archiva en la carpeta correspondiente según su nomenclatura y asegurando los mecanismos que garanticen la intimidad, la confidencialidad y la protección al informante.
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ANEXO 18. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO III CUANDO SI HAY DAÑO AL CUERPO O LA SALUD
ANEXO 19. PROPUESTA PROTOCOLO SITUACION TIPO III CUANDO NO HAY DAÑO AL CUERPO O LA SALUD
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ANEXO 20. SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
INFORMACIÓN
UNIFICADO
DE
Reporte Nro. __________ Institución educativa _______________ El manejo de esta información respeta la confidencialidad y el derecho a la intimidad de las partes involucradas. 1. Lugar, fecha y forma en que fue reportado el caso a las entidades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, (verbal o escrita): ________________________________________________________ ________________________________________________________ 2. Entidad del Sistema Nacional de Convivencia Escolar que asumió el conocimiento del caso: ________________________________________________________ ________________________________________________________ 3. Identificación y datos generales de las partes involucradas: ________________________________________________________ ________________________________________________________ ________________________________________________________ 4. Descripción de los hechos que incluya condiciones de tiempo, modo y lugar: ________________________________________________________ ________________________________________________________ 5. Acciones y medidas de atención adoptadas por las entidades del Sistema Nacional de Convivencia Escolar frente a las situaciones reportadas: ________________________________________________________ ________________________________________________________ 6. Seguimientos programados y realizados, al caso concreto, por parte de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: ________________________________________________________ _______________________________________________________ Información reportada por: _____________________________ Rector I.E. ________________________ Ciudad y fecha del reporte: __________________________________
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ANEXO 21. PASOS SEGUIMIENTO E INDICADORES
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ANEXO 22. PROCESO DISCIPLINARIO CON DEBIDO PROCESO
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BIBLIOGRAFÍA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1991 GUIA PEDAGÓGICA PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR No 49. MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL. BOGOTÁ. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN 115 DE 1994 LEY 715 DE 2001 LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA 1890 DE 2006 LEY 1620 DE 2013 COMITÉ CONVIVENCIA ESCOLAR LEY 734 DE 2002 CODIGO DISCIPLINARIO UNICO CORTE CONSTITUCIONAL: SENTENCIAS DE TUTELAS SOBRE EDUCACIÓN DECRETO 1065 DE 2013 REGLAMENTARIO DE LA LEY 1620 DECRETOS 1075 DE 2015 REGLAMENTARIO DE LA LEY 115/94 DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO DOCUMENTO CONVIVIR PAZCIFICAMENTE. OPORTUNIDAD QUE OFRECE LA LEY 1620. ISABEL PUERTA LOPERA, LUIS FERNANDO BUILES BUILES, MARTHA CECILIA SEPÚLVEDA ÁLZATE. 2015.
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