Diagnostico programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres

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PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Municipio de Hermosillo, Sonora

2013



PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Municipio de Hermosillo, Sonora

Proyecto elaborado por IMPACT Asesores, con la participación de las dependencias de Gobierno Municipales y la colaboración de la ciudadanía del Municipio de Hermosillo, Sonora.


DIRECTOR GENERAL Lic. Antonio Eremiev Quiroz Acosta DIRECTOR DE PROYECTO Dra. María de Jesús Torres Góngora COORDINADOR EJECUTIVO Lic. Francisco Javier Campos Aguirre DISEÑO EDITORIAL Martin Enrique Flores Flores MMXIII, Hermosillo, Sonora, México.


ÍNDICE INTRODUCCIÓN

6

1. DIAGNÓSTICO PARTICIPATIVO

7

1.1 CONSIDERACIONES CONCEPTUALES SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

9

12

1.2. LEYES Y REGLAMENTOS SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

1.2.1 ALGUNOS DE LOS ESFUERZOS INTERNACIONALES EN LOS QUE MÉXICO PARTICIPA

12

1.2.2 MARCO JURÍDICO MEXICANO EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

16

1.2.3 MARCO JURÍDICO EN EL ESTADO DE SONORA

20

1.3 LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN CIFRAS NACIONALES Y ESTATALES.

22

1.4. CONSIDERACIONES SOCIO DEMOGRÁFICAS DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO

25

1.5 ESTADÍSTICAS SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO EN HERMOSILLO

26

1.6 MAPEO DE ACTORES EN HERMOSILLO

28

1.6.1 INSTITUCIONES Y PROGRAMAS PÚBLICOS QUE ATIENDEN A LAS MUJERES EN HERMOSILLO

28

1.6.2 ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE APOYAN A LAS MUJERES EN HERMOSILLO

31

1.7 ASPECTOS METODOLÓGICOS DEL DIAGNÓSTICO

40

1.8 PERCEPCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO

42

1.9 ALGUNAS CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS SOBRE EL SONDEO DE OPINIÓN

49

1.10 RESULTADOS DE LA ENCUESTA REALIZADA

50

2. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA LA SENSIBILIZACIÓN

63

2.1 EVALUACIONES PRE Y POS INTERVENCIÓN

67

2.2 MANUAL DE CAPACITACIÓN PARA LA SENSIBILIZACIÓN

68

3. SUGERENCIAS DE POLÍTICA PÚBLICA

69

3.1. CORTO PLAZO

70

3.2 MEDIANO PLAZO

71

3.3 LARGO PLAZO

72

ANEXOS

79

COLONIAS CON MAYOR INCIDENCIA DE CASOS DENUNCIADOS DE JULIO 2012 A JULIO 2013

I

EN EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO CUESTIONARIO APLICADO

II

EVALUACIÓN PRE-INTERVENCIÓN Y POST-INTERVENCIÓN

III

ÍNDICE DE CUADROS, ILUSTRACIONES, MAPAS Y TABLAS


INTRODUCCIÓN En la 85ª sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 1993 se firmó la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer en la que se reconocía “la urgente necesidad de una aplicación universal a la mujer de los derechos y principios relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos” (ONU , 1993). La Declaración reconoce que la violencia contra la mujer constituye un obstáculo no sólo para el logro de la igualdad, el desarrollo y la paz, es además una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales e impide total o parcialmente a la mujer gozar de dichos derechos y libertades este tipo de violencia constituye una manifestación de relaciones de poder históricamente desiguales entre el hombre y la mujer, que han conducido a la dominación de la mujer y a la discriminación en su contra por parte del hombre e impedido el adelanto pleno de la mujer, y que la violencia contra la mujer es uno de los mecanismos sociales fundamentales por los que se fuerza a la mujer a una situación de subordinación respecto del hombre. (ONU , 1993) En concordancia con los esfuerzos a nivel internacional México y sus Estados han realizado una serie de adecuaciones legislativas y programas para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. El presente documento a través de un diagnóstico participativo da cuenta de la percepción de la violencia de género en el Municipio de Hermosillo a su vez se identifican los actores y las instituciones que atienden la problemática en el ámbito local.


1. DIAGNÓSTICO PARTICIPATIVO


L

a metodología del diagnóstico participativo es usada para estudios de corte social en los que se busca conocer la problemática desde la perspectiva de los actores locales, dado que se busca la prevención de la violencia en contra de las mujeres, la investigación se basó en los actores sociales que trabajan con mujeres desde diferentes frentes y en las diferentes etapas de la vida de las mujeres y sus familias. Debido a que la violencia de género tiene un gran componente estructural era muy importante conocer no sólo el parecer de aquellos a quienes que les ha encomendado la tarea de acompañar a las mujeres en los diferentes momentos de su vida, sino conocer también la percepción y tolerancia de la sociedad hacia el problema; ya que la desigualdad entre los sexos, cuya manifestación más radical queda puesta en evidencia en los actos violentos que el hombre ejerce sobre la mujer, es un fenómeno que resulta de la reproducción de pautas de relación y valores por parte de diversos agentes sociales, tales como familiares, vecinos, amigos, funcionarios o prestadores de la salud. Los roles de género y los modos de relación prescritos por la moral dominante no avalan necesariamente la violencia; sin embargo, frecuentemente la toleran y con ello contribuyen a su naturalización. (Valdez, Rivera, & Leticia, 2003)

en experiencias y trabajos sobre el tema, literatura y estudios sobre la problemática a nivel nacional e internacional se adecuaron los instrumentos metodológicos que permitieran un mejor acercamiento al problema de estudio. Se utilizaron reuniones grupales, entrevistas semiestructuradas, sondeo de opinión de la población en general, recorridos de rutas críticas para la atención de las mujeres, así como visitas oculares a las zonas de mayor incidencia de delitos denunciados de violencia contra las mujeres. Lo anterior permitió establecer un directorio de actores, instituciones y saber de los programas que atienden la problemática en el ámbito local ya sea de prevención, acción y/o contención, conocer sobre sus funciones y atribuciones, dado que la violencia contra las mujeres generalmente forma parte de sistemas de valores y creencias arraigados en la comunidad, se consideró de suma importancia establecer cuál era la percepción que tienen del problema quienes deben de instrumentar la política pública en materia de prevención de la violencia contra las mujeres, así como hacerlos participes de las propuestas de posibles soluciones, tal como lo marca la metodología de un diagnóstico participativo; en la que es el actor local como conocedor de su entorno, el que propone soluciones a la problemática que se le presenta.

Así fue como el diseño de la investigación se realizó usando instrumentos metodológicos con el fin de recabar la mayor cantidad de opiniones sobre el tema y de esta manera poder contrastar las distintas versiones sobre la problemática a estudiar, razón por la que se seleccionaron informantes de acuerdo a las aristas de la problemática en el municipio de Hermosillo, Sonora, con base

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1.1 CONSIDERACIONES CONCEPTUALES SOBRE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

L

a violencia contra la mujer traspasa el ámbito privado para ser considerada un problema de salud pública debido no sólo a la gravedad de las lesiones físicas que les son infringidas a las víctimas, mismas que pueden llegar hasta causarle la muerte, sino que además este tipo de violencia socava la convivencia en sociedad de sus miembros más jóvenes, quienes al vivir en contextos violentos, en su madurez repiten los patrones aprendidos en sus primeros años, lo que convierte al problema en un círculo vicioso que trasciende generaciones que se precisa romper, para la construcción de sociedades más sanas y armónicas. Cuando se utiliza el término género es en referencia a un conjunto de características socialmente construidas a partir no sólo de diferencias sexuales biológicas entre el hombre y la mujer, sino aquellos roles que socialmente se les han asignado que pueden llegar a ser tomados como verdades axiomáticas que no permiten la deconstrucción si no es a través de un proceso de introspección y aculturación desde patrones socioculturales irruptores.

se a lo largo de la vida, razón por la cual la mayoría de las mujeres experimentarán más de un tipo de violencia durante su existencia, provocando efectos acumulativos en su vida, Así, en la etapa prenatal la violencia se expresa con el aborto para seleccionar el sexo de los hijos. En la infancia, la mutilación genital, el incesto y el abuso sexual, físico y psicológico, así como la prostitución infantil. Durante la adolescencia la violencia se puede manifestar de diversas formas: la violación, el acoso sexual, la prostitución forzada, así como en la relación de noviazgo. Durante el embarazo las mujeres pueden sufrir de violencia en la relación de pareja y la omisión de cuidados. Durante la vida adulta puede expresarse mediante violencia por parte de la pareja, la violación por parte de la misma o de terceros. (Valdez, Rivera, & Leticia, 2003, pág. 16) Algunas formas de violencia incluyen el embarazo, el aborto, la esterilización forzada; prácticas tradicionales perjudiciales como la violencia vinculada con la dote, el sati (la inmolación de la viuda en la pira funeraria de su marido), y los homicidios en nombre del honor. Asimismo, en la etapa avanzada de su vida, las viudas no están exentas de una vida sin violencia. (UNICEF, 2000)

Cuando se habla de violencia de género, se considera cualquier acción u omisión intencional que dañe o pueda dañar a una persona porque se desvía de los estereotipos socialmente construidos (Sanmartín, 2007, pág. 11) generalmente se asocia la violencia de género como sinónimo de violencia contra la mujer debido a que los casos de violencia contra el hombre numéricamente no parece significativa.

EN LA DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA

La violencia contra la mujer tiene muchos rostros y se presenta desde que se conoce el sexo del no nato, manteniéndo-

como en la vida privada. (ONU , 1993)

CONTRA LA MUJER, SE ENTIENDE ESTA COMO Todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública

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En el artículo 2 de la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer se establecen algunos actos de violencia y se aclara que no se limita a ellos: a) La violencia física, sexual y sicológica que se produzca en la familia, incluidos los malos tratos, el abuso sexual de las niñas en el hogar, la violencia relacionada con la dote, la violación por el marido, la mutilación genital femenina y otras prácticas tradicionales nocivas para la mujer, los actos de violencia perpetrados por otros miembros de la familia y la violencia relacionada con la explotación; b) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada dentro de la comunidad en general, inclusive la violación, el abuso sexual, el acoso y la intimidación sexuales en el trabajo, en instituciones educacionales y en otros lugares, la trata de mujeres y la prostitución forzada; c) La violencia física, sexual y sicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra. (ONU , 1993) Los Países Parte de la Convención de Belém do Pará han ido más allá de la Declaración de la violencia contra la mujer y han definido y en algunos casos reglamentado a) la violencia moral, entendida como cualquier conducta que implique calumnia, difamación o injuria contra la mujer; y b) la violencia simbólica, que comprende mensajes, valores y símbolos que trasmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación contra las mujeres. c) la violencia feminicida, la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres” 1 (MESECVI, 2012) Las leyes mexicanas además consideran

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d) La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio; (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2013) e) La violencia patrimonial.- Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima; (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2013) f) Violencia económica.- Es toda acción u omisión del Agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral; (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2013) g) Violencia familiar.- Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo Agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2013) h) Violencia comunitaria como aquella sufrida en la calle, fiestas, clubes, o en cualquier otro espacio público, por las mujeres a quienes acariciaron o manosearon sin su consentimiento; las obligaron o forzaron a tener relaciones sexuales, o a realizar actos sexuales por dinero; les hicieron sentir miedo de sufrir un ataque o abuso sexual, o les han dirigido expresiones groseras u ofensivas sobre su cuerpo o de carácter sexual. (INEGI, 2013)

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1.2. LEYES Y REGLAMENTOS SOBRE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES 1.2.1. ALGUNOS DE LOS ESFUERZOS INTERNACIONALES EN LOS QUE MÉXICO PARTICIPA

T

al vez la consecuencia más dramática de la violencia contra mujeres y niñas sea la negación de sus derechos fundamentales. Los instrumentos legislativos internacionales en materia de derechos humanos, como por ejemplo la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), adoptada en 1948, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus iniciales en inglés), adoptada en 1979, y la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), adoptada en 1989, afirman el principio de los derechos y libertades fundamentales para todo ser humano. Tanto la CEDAW como la CDN se inspiran en una concepción amplia de los derechos humanos, que va mucho más allá de los derechos civiles y políticos, cubriendo cuestiones de importancia vital como la sobrevivencia económica, la salud y la educación, que afectan la calidad de la vida cotidiana de la mayor parte de las mujeres y los niños. Ambas Convenciones invocan el derecho a la protección contra abusos y omisiones debidos a la diferencia de género. (UNICEF, 2000) La fuerza de estos tratados reside en el consenso internacional y en la noción de que es necesario erradicar todas las prácticas que perjudiquen a las mujeres y a las niñas, por profundas que sean sus raíces en la cultura local. Puesto que según las normas del derecho internacional estos tratados tienen obligatoriedad jurídica para los gobiernos que los han ratificado, sus textos imponen a los gobiernos la obligación no sólo de proteger a las mujeres contra los delitos de violencia, sino también de indagar las violaciones cuando se producen y de hacer que los culpables comparezcan ante la justicia. (Coomaraswamy, 1996)

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A nivel regional en junio de 1994, la Asamblea General de la OEA hace pública la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la mujer, llamada también Convención de Belém do Pará, por ser esta ciudad brasileña la sede de la Asamblea que la aprobó. No existe ni en el sistema internacional (ONU), ni en los otros sistemas regionales de derechos humanos (África y Europa), una Convención que trate este tema de manera directa y tan completa. Es además el tratado más ratificado por el sistema interamericano2 . La Convención de Belem do Pará consagra los siguientes fundamentos (Chiarotti, 2012): La violencia contra la mujer constituye una violación a los derechos humanos y las libertades fundamentales; - Limita total o parcialmente a la mujer el reconocimiento, goce y ejercicio de tales derechos y libertades; - Es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y varones. (OEA, 1994) La Convención define un derecho humano nuevo, el “derecho a una vida libre de violencia” poniendo en palabras precisas lo que antes se infería de distintos artículos contenidos en varios tratados y declaraciones de derechos humanos. Se define a la violencia contra la mujer como “toda acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado” (art.1) Que la definición incluya tanto las acciones como las conductas violentas es muy importante, especialmente en nuestra región, donde los jueces entendían, a veces, que no había violencia si no había una conducta –o sea una serie reiterada de actos, permanente- violenta. Eso dejaba sin sancionar hechos graves que ocurrían una sola vez y que fueron el prolegómeno de muchas muertes de mujeres. (Chiarotti, 2012) Para la Convención, las formas de violencia contempladas son la física, sexual y/o psicológica; en tanto los ámbitos donde puede tener lugar son 3:

la familia o unidad doméstica, la comunidad o el Estado. O sea, los ámbitos protegidos son tres. Es importante llamar la atención sobre esto, debido a que en muchos países sólo se ha legislado sobre la violencia que ocurre en el primer ámbito, el doméstico, dejando desprotegidos a los demás. La violencia comprende además, entre otras manifestaciones: violación, maltrato, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo. (art.2). Además, se reconoce el derecho de toda mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación. (art.6 b) Las obligaciones de los Estados están delimitadas por los artículos 7 y 8 de la Convención. Además de las reformas legales necesarias, se prevé la capacitación a los y las agentes del Estado, campañas masivas, acceso a la justicia, reparación del daño a las mujeres que sufran violencia. Los Estados convienen en adoptar medidas específicas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres incluyendo el diseño de programas de educación formales y no formales, con el objetivo de contrarrestar prejuicios y costumbres, como así los papeles estereotipados que legitiman o exacerban la violencia contra la mujer. La escuela, junto con la familia, son dos espacios de socialización privilegiados, en los que pueden reproducirse y legitimarse las desigualdades sociales. (Chiarotti, 2012)

LOS ESTADOS CONVIENEN EN ADOPTAR MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA MODIFICAR LOS PATRONES SOCIOCULTURALES DE CONDUCTA DE HOMBRES Y MUJERES INCLUYENDO EL DISEÑO DE PROGRAMAS DE EDUCACIÓN FORMALES Y NO FORMALES, CON EL OBJETIVO DE CONTRARRESTAR PREJUICIOS Y COSTUMBRES, COMO ASÍ LOS PAPELES ESTEREOTIPADOS QUE LEGITIMAN O EXACERBAN LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER.

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En el año 2003 se comenzó un estudio tendiente a investigar el cumplimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, por parte de los Estados. Los resultados del mismo demostraron que los Estados signatarios habían cumplido parcialmente con la Convención y que se debía promover su aplicación. (Chiarotti, 2012) Se propuso crear un mecanismo que vaya siguiendo atentamente la manera como se implementa el mandato de este tratado. La implementación efectiva de la Convención requiere un proceso de evaluación y apoyo continuo e independiente, para lo cual se creó en 2004 el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI). El MESECVI es una metodología de evaluación multilateral sistemática y permanente, fundamentada en un foro de intercambio y cooperación técnica entre los Estados Parte de la Convención y un Comité de Expertos. El MESECVI analiza los avances en la implementación de la Convención por sus Estados Parte, así como los desafíos persistentes en las respuestas Estatales ante la violencia contra las mujeres. (OEA) Los principios con los que se maneja el MESECVI, son: respeto a la soberanía del País, a la no intervención, a la igualdad jurídica de los Estados, a la imparcialidad y objetividad en su operación, aplicación justa y tratamiento igualitario. El MESECVI cuenta con dos órganos: la Conferencia de los Estados Parte en la que participa México, que es un órgano político integrado por representantes de los Estados, y el Comité de Expertas/os o CEVI, que es un órgano técnico formado por especialistas en violencia de género. Si bien las expertas/os son nombradas/os por los gobiernos, desarrollan su función de manera independiente, autónoma y a título personal. (OEA, 1994)

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El Informe Hemisférico de MESEVIC del 2008 advierte sobre cuatro problemas comunes a los 28 países que en este momento forman el Comité: a) Marco Jurídico, Legislación, Planes nacionales; b) Acceso a la Justicia; c) Presupuesto y d) Estadísticas. ¿Por qué se eligieron estos temas? El primero, sobre el Marco Jurídico, porque aún no se veía traducido a la normativa nacional de los países firmantes, con la claridad que debiera, el mandato de considerar a la violencia contra las mujeres como una violación a los derechos humanos. Muchas de las leyes que se sancionaron en los países fueron redactadas entre 1989 y 1996. Asimismo, a más de 20 años de ratificada la Convención, aún son pocos los países que contaban con un marco jurídico que contemplara la violencia en todos los ámbitos: el espacio doméstico, el espacio comunitario y el Estado. La legislación aprobada en la región aborda, principalmente, la violencia doméstica, pero deja sin protección a las mujeres de la violencia de género que se produce en los otros espacios: el comunitario y el estatal. Existe otra limitación: si bien la mayoría de los países cuenta con leyes de violencia en el ámbito doméstico, en la mayoría de los casos, el enfoque es de protección a la familia y no de garantía de derechos de las mujeres; y el lenguaje es neutro. Se protege a todos los miembros de la familia de la violencia que puede provenir de cualquiera de sus integrantes. Si bien las usuarias de la ley son en su mayoría mujeres, la protección que reciben de este tipo de leyes es parcial. Un ejemplo es que son muy pocos los países que sancionan la violación en el matrimonio. Estas leyes de violencia familiar son necesarias e importantes, pero no son suficientes para cumplir con el mandato de la Convención. En el informe del MESECVI del 2008, como se puede apreciar en la tabla 1, se asienta que México hasta ese momento había incluido en su legislación los temas de violencia domestica o intrafamiliar, y la violencia sexual dentro del matrimonio, teniendo pendiente los temas de la trata de personas, la prostitución forzada y en sólo 17 estados del país se habían aprobado

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leyes y/o reglamentos sobre acoso sexual.

que se produce por parte de agentes del Estado en escuelas, hogares de infantes y adolescentes, hospitales, geriátricos, prisiones y otros espacios, donde las conductas autoritarias,…, son frecuentes y naturalizadas y en muchos casos no se han revisado ni hay legislación que permita avanzar hacia instituciones más democráticas. Además, las leyes deben ir acompañadas de planes nacionales que implementen las medidas sociales necesarias y no limitarse a proclamar la necesidad de erradicación de la violencia y el Comité quería llamar la atención sobre esta necesidad. En muchos casos, se observó que existen leyes sin planes que las implementen. (Chiarotti, 2012)

En relación a la violencia contra las mujeres que se produce en el espacio comunitario, especialmente la violencia urbana, en los medios de transporte, en otros espacios públicos, o en el ámbito laboral, con problemas como el acoso sexual en el empleo, el hostigamiento laboral u otros problemas, la legislación es escasa. Cuando se aborda el tema de la seguridad humana, la violencia de género queda afuera, y el paradigma se reduce a violencia social, en sentido neutro, dejando a más de la mitad de la población fuera del análisis. De la misma manera se ha olvidado - 8 -legislar sobre la violencia de género institucional estatal. Es la

Estado

Violación sexual dentro del matrimonio Sí

Trata de personas

Prostitución forzada

Acoso sexual

Barbados

Violencia doméstica o intrafamiliar Sí

No

Belize Bolivia

Sí Sí

Sí No menciona

Sí Sí

No menciona Sí

Brasil

Chile

No, pero está dentro de tipo genérico de violación sexual Sí, salvo cuando no haya fuerza o intimidación

No menciona Sí No menciona Sí

Sí, pero no de acuerdo a estándares internacionales

Colombia

Sí, pero no de acuerdo a estándares internacionale s No menciona

Costa Rica Dominica

Sí Sí

Sí No

Sí No menciona

No menciona No menciona

Ecuador

Sí Sí

No menciona No menciona

Guatemala Guyana

Sí Sí

No específicamente, pero es agravante de violación cuando agresor es el cónyuge o conviviente. No, pero está dentro de tipo genérico de violación sexual No No

Haití

No queda claro

No

No menciona

Honduras

No menciona

Jamaica

No, pero está dentro de tipo genérico de violación sexual No menciona

México

Nicaragua

No

El Salvador

Sí, en el ámbito laboral Sí No menciona Sí

Cuadro 1. Estados de América y el Caribe que han incluido en su legislación interna disposiciones para prevenir,

No menciona

sancionar y erradicar algunas formas de violencia contra las mujeres.

No No menciona No menciona Sí

Sí No menciona No, pero CUADRO 1. FUENTE: (MESECVI, 2008) (EXTRACTO) está en proyecto No No menciona En 17 Estados de la federación Sí No menciona No menciona

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1.2.2 MARCO JURÍDICO MEXICANO EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

EN EL INFORME DEL MESECVI DEL 2008, COMO SE PUEDE APRECIAR EN LA TABLA 1, SE ASIENTA QUE MÉXICO HASTA ESE MOMENTO HABÍA INCLUIDO EN SU LEGISLACIÓN LOS TEMAS DE VIOLENCIA DOMESTICA O INTRAFAMILIAR, Y LA VIOLENCIA SEXUAL DENTRO DEL MATRIMONIO, TENIENDO

PENDIENTE

LOS TEMAS DE LA TRATA DE PERSONAS, LA PROSTITUCIÓN FORZADA Y EN SÓLO 17 ESTADOS DEL PAÍS SE HABÍAN APROBADO LEYES Y/O REGLAMENTOS SOBRE ACOSO SEXUAL.

E

l Comité de Expertos del MESECVI vio con satisfacción el esfuerzo realizado para armonizar la legislación e incorporar los elementos de la definición de violencia contra las mujeres de la Convención, especialmente como el pilar de las leyes integrales de violencia. Hasta la fecha México (2007), Venezuela (2007), Guatemala (2008), Colombia (2009), Argentina (2009) y El Salvador (2010) cuentan con estas leyes. (MESECVI, 2012) Así mismo, el Comité de Expertos notó favorablemente el reconocimiento de otras formas de violencia contra las mujeres que se producen en la región. Entre ellas la violencia moral; la violencia simbólica y la violencia feminicida. (MESECVI, 2012) México también define la “violencia feminicida” en su norma y, en su organización republicana federal, ha iniciado un proceso para tipificarla en los estados integrantes de la federación.3 Respecto a la inseminación artificial no consentida, y al igual que en las preguntas vinculadas a derechos sexuales y reproductivos, el Comité de Expertos encontró que solo Colombia, Guatemala y Panamá reportaron contar con disposiciones que sancionan dicha práctica, mientras que México no la sanciona pero la considera como un supuesto de aborto despenalizado. Estos cuatros Estados tienen en común haber modernizado su legislación a través de sus leyes integrales de violencia y/o modificaciones recientes a sus Códigos Penales. (MESECVI, 2012) El Comité de Expertos recuerda que quince Estados Parte de la Convención han ratificado el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)4 cuyo artículo 8.2 establece el derecho de los pueblos indígenas a conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos. Con ello los Estados que reconozcan a la justicia indígena o comunitaria en materia de violencia contra las mujeres deben asegurarse que las costumbres y usos de la comunidad no vayan en detrimento del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, y que sean consistentes con el deber estatal dé debida diligencia para prevenir, investigar, sancionar y reparar la violencia contra las mujeres. (MESECVI, 2012) El Segundo informe Hemisférico sobre la implementación de la Convención de Belén do Pará, recoge los esfuerzos que en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia contra la mujer que ha realizado México con respecto al resto de los estados Parte; aquí se muestra un extracto del informe del MESECVI 2012

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108 Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI)

CUADRO 2

LEGISLACIÓN SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES (EXTRACTO) CUADRO 1 - Legislación sobre violencia contra las mujeres Definición de violencia contra las mujeres de Convención de Belém do Pará

estado

Acción, omisión o conducta

Acción u omisión

México7

resulta en muerte, daño o sufrimiento

daño o sufrimiento es físico, sexual o psicológico

Perpetuar la dicotomía entre las mujeres y los hombres y que aseguren la inferioridad de un género sobre el otro

“Violan derecho a la vida, a la libertad, a la integridad física, mental y moral, así como la seguridad de la persona y su dignidad. También inhibe seriamente las habilidades de las mujeres para disfrutar de los derechos y libertades sobre la base de la igualdad con los hombres”

Mujeres, niñas y adolescentes afectadas

Mujeres

Afecta esfera pública y privada

Tipos de violencia contra las mujeres en legislación civil, penal y administrativa física

Psicológica

Patrimonial o económica

Sexual

Otras que lesionen o sean susceptibles de dañar dignidad, integridad o libertad de las mujeres; Institucional; feminicida; en la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007)

Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007)

nicaragua

Panamá8

formas

Otras

FUENTE: (MESECVI, 2012)

Mujeres

no menciona

En Ley 38 sobre Violencia Intrafamiliar (2001) que modifica Código Penal

Patrimonial, en Ley 38 sobre Violencia Intrafamiliar (2001)

no menciona

CUADRO 3. 7. Artículo 5 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007)

8. Artículo 3 de la Ley 4 por la cual se instituye la Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (1999)

LEGISLACIÓN SOBRE ALGUNAS FORMAS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES CUADRO 2 - Legislación sobre algunas formas de violencia contra las mujeres (EXTRACTO) estado

Segundo Informe Hemisférico sobre la Implementación de la Convención Segundo Informe Hemisférico sobre la Implementación de la Convención de Belém do Pará

Violación sexual dentro del matrimonio o unión de hecho

Trata de personas

Prostitución forzada

acoso sexual en ámbito laboral, de salud, educativo y otros

Femicidio

1º rem (2007)

2º rem (2011)

1º rem (2007)

2º rem (2011)

1º rem (2007)

2º rem (2011)

1º rem (2007)

2º rem (2011)

1º rem (2007)

2º rem (2011)

México

En artículo 265 del Código Penal federal. 20 entidades federativas y distrito federal lo han incorporado en su legislación

no

En Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (2007). 28 entidades federativas y distrito federal lo han incorporado en su legislación. Las tres entidades restantes tienen su propia Ley para Prevenir, Combatir y Sancionar Trata de Personas

no menciona

no. se juzga como lenocinio en Código Penal federal. 3 entidades federativas y distrito federal tienen normas sobre prostitución

En 17 Estados de la federación

En el ámbito laboral y educativo (artículo 13 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia). Las 31 entidades federativas y distrito federal tipifican hostigamiento sexual. Seis entidades tipifican acoso sexual.

Sí, pero no es eficiente

Contempla violencia feminicida (artículo 21 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia). A nivel federal ya se ha iniciado un proceso para tipificarla en los estados integrantes de la federación.

nicaragua

no

Panamá

no, pero está dentro del tipo genérico de violación sexual

no, pero está dentro del tipo genérico de violación sexual

Con fines de explotación o servidumbre sexual en artículo 177 Código Penal

no menciona

Código Penal criminaliza corrupción de menores de edad (artículo 176) y trata con fines de explotación o servidumbre sexual (artículo 177)

Artículo 175 Código Penal. Hay agravante cuando acosador abusa de su posición. En el ámbito laboral, empleador puede concluir vínculo laboral de trabajador que haya incurrido en acoso sexual (artículo 213 numeral 15 Código de Trabajo)

no

Paraguay

no, pero está dentro del tipo genérico de coacción sexual

no

Artículos 129b y 129c del Código Penal – solo cuando víctima se encuentra fuera de Paraguay

no menciona

Como rufianería, en artículo 129a del Código Penal

Artículo 133 Código Penal, cuando existe relación de autoridad o influencia, sin especificar ámbito. Código de Trabajo lo contempla como causal justificada de terminación unilateral

no

no menciona

no menciona

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres

no

FUENTE: (MESECVI, 2012) no. Propuesta actual de Ley sobre Violencia contra las Mujeres incluye el delito de femicidio

no. se juzga como homicidio. Existe agravante si víctima es cónyuge o concubino del perpetrador, cualquiera que sea su sexo

17


o Pará (MESECVI)

grenada guatemala

guyana CUADRO 4.

no

no

Violación sexual y agresión sexua agravadas cuando perpetrador fu funcionario o empleado público o en el ejercicio de sus funciones (a 174 Código Penal, modificado por la Violencia Sexual, Explotación y Personas, decreto 9-2009

no

no

Tortura se encuentra prohibida en la Constitución (revisada 2003)

no

LEGISLACIÓN SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN EL ÁMBITO Haití Honduras ESTATAL (I) Jamaica (EXTRACTO) México

no específicamente, se le aplica sexual Offences Act (2009) de ser el caso

no específicamente, se le aplica sexual Offences Act (2009) de ser el caso

no menciona

no específicamente, se le aplica s Act (2009) de ser el caso

Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y las Leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de las 31 entidades federativas y distrito federal incluyen violencia institucional

no menciona

Tortura se encuentra regulada en artículos 3 y 4 de Ley federal para Prevenir y Sancionar la Tortura

no menciona

nicaragua

FUENTE: (MESECVI, 2012)

128

CUADRO 4 - Legislación sobre violencia contra las mujeres en el ámbito estatal (II): Derechos sexuales y reproductivos estado

Penalización de

138

Segundo Informe Hemisférico sobre la Implementación de la Convención de Belém do Pará

Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI)

CUADRO 5.Violencia obstétrica

Despenalización aborto terapéutico y por violación

Penalización esterilización forzada

Penalización inseminación no consentida

Provisión de anticoncepción de emergencia

Provisión de tratamiento ViH/eTs de emergencia, sobre todo en casos de violencia sexual

LEGISLACIÓN SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERESno menciona EN EL ÁMBITO Jamaica no no, pero derecho común lo no no no menciona contempla en casos de violación, ESTATAL (II) DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS peligro a la vida o salud de la madre (EXTRACTO) México

y anormalidad sustancial de feto En tres entidades federativas

Aborto terapéutico no es punible en artículo 334 Código Penal federal y en 30 entidades federativas y distrito federal. Aborto por violación despenalizado en artículo 333 Código Penal federal y en las 31 entidades federativas y distrito federal. inimputabilidad del aborto por inseminación no consentida se encuentra en los Códigos Penales de 11 entidades federativas

Como esterilización masiva, acto conducente a un genocidio (artículo 149-bis Código Penal federal)

Inimputabilidad del aborto por inseminación no consentida se encuentra en los Códigos Penales de 11 entidades federativas

en norma Oficial mexicana nOm-005-ssA2-1993 2004, de los Servicios de Planificación familiar

en norma Oficial mexicana nOm046-ssA2-2005, sobre violencia familiar, sexual y Contra las Mujeres (2009)

Panamá

no

Cuando sea por violación acreditada por instrucción sumarial, o por graves causas de salud que pongan en peligro la vida de la madre o la del feto, en artículo 142 Código Penal

no menciona

Como reproducción asistida sin consentimiento, en artículo 144 Código Penal

no menciona

FUENTE: (MESECVI, 2012) no menciona

Paraguay

no menciona

Sí respecto al aborto terapéutico (artículo 109 inc. 4º del Código Penal modificado por la Ley 3440/08)

no menciona

no menciona

no menciona

nicaragua

CUADRO 6.

Plan nacional de salud sexual y reproductiva 2009 – 2013 contempla tratamiento VIH/ETS en general.

LEGISLACIÓN SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERESresolución ENministerial EL n°ÁMBITO Perú no Sí respecto del aborto terapéutico no no En Guías de Salud Sexual y (artículo 120 Código Penal) ordena reproductiva ESTATAL (II) DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS 167-2010-minsA repartición gratuita, pero

CUADRO 5 - Planes nacionales, planes de acción o estrategias para enfrentar la violencia contra las mujeres (EXTRACTO) estado

Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) Segundo Informe Hemisféric

Plan nacional, Plan de acción o estrategia sobre violencia contra las mujeres

Violencia contra las mujeres en otros planes nacionales, planes de acción o estrategias

1º rem (2007)

2º rem (2011)

México

Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, establecido en artículo 38 de Ley Integral para el Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia

en Plan nacional de desarrollo 2007-2012

nicaragua

Panamá

Plan nacional contra la violencia doméstica y Políticas de Convivencia Ciudadana 2004-2014

Ley 4 de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (1999)

18

Planes de formación continuos para funcionarios/as públicos/as

por sentencia de Tribunal Constitucional se detuvo

Participación de sociedad civil dicho reparto en elaboración / monitoreo / ejecución del plan o actividades conjuntas

convenios de cooperación con medios y agencias publicidad

campañas divulgación derechos mujeres y/o convención Belém do Pará

Seis campañas a cargo del inmUJeres entre 2007 y 2009

1º rem (2007)

2º rem (2011)

no, pero se realiza

En el sistema de justicia, a cargo de Corte Suprema de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial de la federación; En sistema educativo: Programa de Capacitación al Magisterio para Prevenir la Violencia hacia las mujeres (PreviOLem) en 31 entidades federativas desde 2005. Asimismo, la Secretaría de la defensa nacional y la Secretaría de Marina, incluyeron la perspectiva de género en la currícula de los planteles militares

Se consultó con organizaciones de sociedad civil el proyecto de Plan nacional de desarrollo 2007-2012. Algunas participaron como ejecutoras de la evaluación realizada por inmUJeres de las acciones tomadas para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres entre 2006 y 2008. Además inmUJeres otorgó financiamiento a algunas organizaciones a través del fondo equidad

no menciona

instituto nacional de la mujer (inAmU), en alianza con la Escuela Judicial y Ministerio Público, ha realizado capacitaciones para fiscales. inAmU ha capacitado más de 5000 personas desde 2006, entre promotores/as comunitarios/as, funcionarios/as públicos/as y del órgano judicial, operadores/ as de justicia, educadores/as,

A través del Consejo nacional de la mujer (COnAmU), máximo organismo consultor, propositivo y asesor para la promoción y desarrollo de las mujeres en la vida política, social, y económica del país, e incluye entre otros a doce organizaciones de sociedad civil.

no formalmente, pero inAmU logró su colaboración para la campaña “Maltrato zero” (2010)

no Sí

FUENTE: (MESECVI, 2012) Campaña “Mujer no estás sola, denuncia ya” (2008); “Panamá, Únete: dile no a la violencia Contra las Mujeres” (2009); campaña iberoamericana “maltrato zero” dirigida a jóvenes (2010)

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres


CUADRO 6 - Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia (I)

estado

entidades receptoras de denuncias

Prohibición de conciliación en violencia contra las mujeres

Protocolos de atención para víctimas en idiomas oficial y nativos

Medidas de protección para víctimas, familiares o testigos

1º rem (2007)

1º rem (2010)

1º rem (2007)

1º rem (2007)

2º rem (2011)

2º rem (2011)

2º rem (2011)

2º rem (2011)

Informe Pará 147 sobre la Implementación de la Convención de Belém do154 Segundo Informe Hemisférico sobre la Implementación de la Convención deSegundo Belém do Pará Hemisférico

Haití

no contestó / no contestó

no – proyecto de ley sobre todas las formas de violencia contra la mujer será presentado este año

no contestó

no

Honduras

fiscalías Especializadas, Policía, COnAdeH, OnGs / no adecuado

no

Policía, Ministerio Público y Juzgados cuentan con protocolos, no precisan si en lenguas indígenas

Sí, pero no explica sus alcances ni a quiénes protege

no contestó

Todavía no hay protocolos. Constabulary force cuenta con procedimientos para (I) atención a víctimas de violencia basada en no se cuenta Protocolos de atencióngénero. para víctimas en con población indígena, pero idiomas oficial y nativos existen procedimientos 1º rem 2º rem para atención de (2007) (2011) refugiadas y migrantes

no contestó

1º rem (2007)

2º rem (2011)

no

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y las leyes de 30 entidades federativas y distrito federal contemplan medidas de protección para la víctima y familiares. Solo la ley de Chihuahua no las contempla

CUADRO 7.

PLANES NACIONALES, PLANES DE ACCIÓN O ESTRATEGIAS PARA Jamaica

no contestó / no contestó

no aumentaron

no

no

ENFRENTAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES CUADRO 6 - Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia (EXTRACTO)

entidades receptoras de denuncias

Prohibición de conciliación en violencia contra las mujeres

1º rem (2007)

2º rem (2011)

1º rem (2010)

2º rem (2011)

Haití México

no contestó depende de la/ no contestófederativa, entidad fiscalía especial para Atención delitos mujeres donde exista / no es adecuado

no – proyecto de Sí ley sobre todas las formas de violencia contra la mujer será presentado este año

fiscalías Especializadas, Policía, COnAdeH, OnGs / no adecuado

En artículo 8, fracción 4 de Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 5 entidades federativas también la han incluido

no contestó Servicios especializados con protocolos, pero en lenguas indígenas solo en algunos lugares

Honduras

Se pueden presentar denuncias ante 3347 agencias del Ministerio Público del fuero común y 157 agencias del fuero federal. Adicionalmente 2008 se creó la fiscalía Especial para los delitos de violencia Contra las Mujeres y Trata de Personas

Jamaica

no contestó / no contestó

no aumentaron

no

no

no contestó

estado

México

depende de la entidad federativa, fiscalía especial para Atención delitos mujeres donde exista / no es adecuado

CUADRO 7 - Acceso CUADRO 8. a la

no

Se pueden presentar Sí denuncias ante 3347 agencias del Ministerio Público del fuero común y 157 agencias del fuero federal. Adicionalmente 2008 se creó la fiscalía Especial para los delitos de violencia Contra las Mujeres y justicia para las mujeres Trata de Personas

Policía, Ministerio Público y Juzgados cuentan con protocolos, no precisan si en lenguas indígenas

En artículo 8, fracción 4 de Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. 5 entidades federativas también la han incluido

Secretaría de Seguridad Pública está desarrollando el Protocolo de Actuación Policial en Materia de Violencia de Género. no menciona en qué idiomas. fiscalías cuentan con protocolo de atención integral en idioma oficial. Secretaría de Salud elaboró cinco protocolos de atención psicológica, no especifica Todavía noidioma hay protocolos. Constabulary force cuenta con procedimientos para atención a víctimas de violencia basada en género. no se cuenta con población indígena, pero existen procedimientos para atención de refugiadas y migrantes

domestic violence Act incluye medidas de protección, de ocupación y accesorias (ancillary orders). no hay estudios sobre su aplicación

Medidas de protección para víctimas, familiares o testigos

Sí, pero no explica sus alcances ni a quiénes protege

no contestó

domestic violence Act incluye medidas de protección, de ocupación y accesorias (ancillary orders). no hay estudios sobre su aplicación

estudios / Uso de la convención en sentencias judiciales

no

estudios / Uso de la convención en sentencias judiciales

La Comisión Especial para Conocer las Políticas y Procuración de Justicia vinculada a los feminicidos publicó estudio que cubrió, entre otros, implementación de la Convención de Belém do Pará (2008). Secretaría de Gobernación realizó proyecto con apoyo del PnUd sobre monitoreo de imágenes y mensajes que fomentan estereotipos sexistas que propician la violencia y desigualdad de género no

FUENTE: (MESECVI, 2012)

Servicios especializados con protocolos, pero en lenguas indígenas solo en algunos lugares

víctimas de violencia

147 154 de Mecanismo de la de Belém do Pará (MESECVI) Mecanismo SeguimientodedeSeguimiento la Convención deConvención Belém do Pará (MESECVI)

Secretaría de no Ley General de Acceso de las La Comisión Especial para Seguridad Pública Mujeres a una Vida Libre de Conocer las Políticas y está desarrollando el Violencia y las leyes de 30 Procuración de Justicia Protocolo de Actuación entidades federativas y distrito vinculada a los feminicidos Policial en Materia de federal contemplan medidas publicó estudio que cubrió, Violencia de Género. de protección para la víctima entre otros, implementación no menciona en qué y familiares. Solo la ley de de la Convención de Belém idiomas. fiscalías Chihuahua no las contempla do Pará (2008). Secretaría de cuentan con protocolo Gobernación realizó proyecto de atención integral en con apoyo del PnUd sobre (II): Medidas administrativas idioma oficial. Secretaría monitoreo de imágenes y de Salud elaboró mensajes que fomentan protocolos de intérpretes en idiomas indígenas estereotipos/ protección sexistas que servicios legalescinco gratuitos confidencialidad atención psicológica, no propicianfamiliares la violencia yo datos víctimas, especifica idioma desigualdad de género

estado Personal especializado espacios con privacidad ACCESO A LA JUSTICIA PARA LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA (I)

CUADRO 7 - Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia (II): Medidas administrativas (EXTRACTO) Haití estado Honduras

Personal especializado

espacios con privacidad

servicios legales gratuitos

intérpretes en idiomas indígenas

Jamaica

no menciona

no menciona

no menciona

no menciona

México Haití

no menciona

Honduras

Se brinda capacitación a quienes reciben denuncias y proveen servicios

no aclara si los intérpretes son provistos por el sistema de justicia

Jamaica

no menciona

no menciona

México

Se brinda capacitación a quienes reciben denuncias y proveen servicios

no menciona

Sí, en órgano judicial y policía

Se ha contemplado modernización de ambiente en los órganos judiciales para garantizar privacidad de víctimas Se las ha contemplado modernización en divisiones de ambiente en los órganos judiciales Especializadas a Víctimas para garantizar privacidad de Violencia contra la de las víctimas mujer, niñas, niños y

Los brinda la fiscalía especial para los delitos de violencia contra las Mujeres y Trata de no menciona Personas Los brinda la fiscalía especial para los delitos de violencia contra las Mujeres y Trata de Personas A través del departamento de Asistencia Legal Gratuita para las víctimas del delito, en la provincia de Panamá, y la defensoría Oficio A través deldedepartamento de Asistencia Legal Gratuitaa para En Centro de Asistencia las víctimas del delito,del en Víctimas dependiente la provinciaPúblico de Panamá, Ministerio ofreceny la defensoría dey acompañamiento Oficio preparación

nicaragua Panamá nicaragua Panamá

Sí, en órgano judicial y policía

Paraguay

en divisiones especializadas a víctimas de violencia contra la mujer, niñas, niños y Adolescentes

Paraguay

en divisiones especializadas a víctimas de violencia contra la mujer, niñas, niños y Adolescentes

Perú

Perú

Adolescentes en divisiones Especializadas a Víctimas de Violencia contra la mujer, niñas, niños y no menciona Adolescentes

no menciona

Programa integral de prevención de la violencia

aEnvíctimas enAsistencia general para Centro de a juicios orales. no indica Víctimas dependiente delsi es gratuito Ministerio Público ofrecen preparación y acompañamiento Sí, a través de los Centros a víctimas enMujer” general(CEM) para del ”Emergencia juicios orales. no indica si es mimdes. Consultorios jurídicos gratuito del Ministerio de gratuitos

Justicia prestan Sí, a través de lospatrocinio Centros jurídico gratuito a víctimas en ”Emergencia Mujer” (CEM) del general mimdes. Consultorios jurídicos gratuitos del Ministerio de Justicia prestan patrocinio contra las mujeres jurídico gratuito a víctimas en general

no menciona no aclara si los intérpretes son provistos por el sistema de justicia departamento de Acceso a la Justicia de los Pueblos indígenas del órgano Judicial es el establecer el servicio de intérpretes de lenguas indígenas

testigos/as

confidencialidad / protección datos víctimas, familiares o no menciona testigos/as en Ley federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, pero no no menciona explica cómo; y en Ley federal de Protección de Víctimas, Testigos y en Ley federal de Transparencia demás procesales y Accesosujetos a la Información Pública Gubernamental, pero no FUENTE: (MESECVI, 2012) explica cómo; y en Ley federal de no menciona Protección de Víctimas, Testigos y demás sujetos procesales

departamento de Acceso a la Justicia de los menciona Pueblos indígenas del órgano Judicial no es el establecer el servicio de intérpretes de lenguas indígenas

no menciona

no menciona

no menciona

no menciona

Garantizado en artículo 2.19 Constitución y artículo 15 del Texto Único Ordenador de la Ley Orgánica del Poder Judicial. reglamento de Concursos para la selección y nombramiento de Jueces y fiscales otorga una bonificación Garantizado en artículo 2.19 Constitución y del 5% sobre el promedio final a aquellos artículo 15 del Texto Único Ordenador de la Ley postulantes que muestren dominio de Orgánica del Poder Judicial. reglamento de quechua, aymara u otros dialectos, cuando Concursos para la selección y nombramiento postulen a plazas donde se hablan dichas de Jueces y fiscales otorga una bonificación lenguas del 5% sobre el promedio final a aquellos postulantes que muestren dominio de quechua, aymara u otros dialectos, cuando

Pueden dictarse en el marco del artículo 10 del TUO la Ley de Protección contra la Violencia familiar. nuevo Código Procesal Penal contempla para testigos, Puedenladictarse en el marco del peritos, y colaboradores artículo agraviados 10 del TUO la Ley de Protección contra la Violencia familiar. nuevo Código Procesal Penal la contempla para testigos,19 peritos, agraviados y colaboradores


La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona expresamente a las mujeres en su Artículo 2° en donde se reconoce que la Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas. Esta constitución reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para: II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta Constitución, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los casos y procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes.

V. Propiciar la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación y su participación en la toma de decisiones relacionadas con la vida comunitaria.

En su artículo 4 en el que se hace explicita la Igualdad5 entre hombres y mujeres, y en el artículo 18 se establece que en caso de penas privativas de libertad las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto. En tanto que en el artículo 34 establece que son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos: I. Haber cumplido 18 años, y II. Tener un modo honesto de vivir. En lo que respecta a la protección laboral de las mujeres en especial durante el embarazo queda establecido en su artículo 123.6 1.2.3 MARCO JURÍDICO EN EL ESTADO DE SONORA

E

n el Estado de Sonora existen leyes y reglamentos para garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en concordancia con los esfuerzos tanto internacionales como nacionales en la materia. Después de la Constitución del Estado Libre y Soberano de Sonora en octubre 2007 se publicó la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Sonora, (H. Congreso del Estado de Sonora, 2007) así como su reglamento en 2010 (Boletín Oficial del Gobierno del Estado, 2010) Esta Ley es en su gran parte armónica con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia.

ASPECTOS DE LA LGAMVLV

ES ARMÓNICA

¿La definición de violencia contra las mujeres que aparece en la Ley es armónica con la LGAMVLV?

SI

¿Establece la capacitación y sensibilización de funcionarios, personal, agentes, instituciones e impartidores de justicia de acuerdo con la LGAMVLV?

SI

¿Promueve la modificación de patrones socio-culturales que discriminan y afectan a las mujeres, a partir de lo señalado en la LGAMVLV?

SI

20

OBSERVACIONES

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres


¿Facilita el acceso a la justicia a las mujeres víctimas de violencia?

SI

¿Contempla la reparación del daño?

SI

¿Define el hostigamiento sexual y el acoso sexual a partir de la LGAMVLV?

Parcial

La Ley de Sonora no contempla alguna de las dos figuras

¿Contempla tipos de mujeres que padecen doble o triple discriminación?

NO

La Ley de Sonora no incluye consideración alguna de esta índole

¿La ley estatal establece la figura de las órdenes de protección de acuerdo con la LGAMVLV?

Parcial

¿Contempla disposiciones relativas a la declaratoria de alerta de violencia de género, señalada en la LGAMVLV?

SI

¿Contempla lineamientos para la atención de las víctimas de violencia, de manera armónica con la Ley General?

SI

¿Los servicios proporcionados por los refugios contemplados en la ley estatal reproducen el modelo de la Ley General?

SI

En el ordenamiento de Sonora no se encuentran contempladas las órdenes de protección de naturaleza civil, pero es armónica en las dos restantes

TABLA 1

Existen otras leyes en el Estado de Sonora para asegurar la igualdad entre hombres y mujeres (H. Congreso del Estado de Sonora, 2008), así como para prevenir la violencia intrafamiliar ( H. Congreso del Estado de Sonora, 2006), la trata de personas (H. Congreso del Estado de Sonora, 2011), la atención de víctimas del delito ( H. Congreso del Estado de Sonora) y de violencia intrafamiliar ( H. Congreso del Estado de Sonora, 2006), para proteger a las madres Jefas de Familia (H. Congreso del Estado de Sonora, 2008), a las niñas, niños y adolescentes (H. Congreso del Estado de Sonora, 2005), combatir la trata de personas en el Estado (H. Congreso del Estado de Sonora, 2011), así como una Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia (H. Congreso del Estado de Sonora, 2008); la Ley de Salud para el Estado de Sonora (H. Congreso del Estado de Sonora, 2009) contempla la atención a las mujeres de forma específica.7

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres

Elaboración propia con información del CEPAMEG (Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, 2008)

21


1.3 LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN CIFRAS NACIONALES Y ESTATALES

A NIVEL NACIONAL, SONORA OCUPA LA CUARTA POSICIÓN DENTRO DE LOS ESTADOS CON MAYOR PRO-

C

omo referencia sobre la estadística de violencia contra las mujeres en el municipio de Hermosillo se tomó la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2011 (INEGI, 2011) por su representatividad nacional y estatal sobre violencia hacia las mujeres en los ámbitos público y privado

PORCIÓN DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA EN EL LAPSO COMPRENDIDO ENTRE OCTUBRE DE 2010 Y OCTUBRE DE 2011. (INEGI, 2013)

En Sonora, de acuerdo con los resultados de la ENDIREH 2011, de las 573 701 mujeres de 15 y más años de edad casadas o unidas, 299 115 han sufrido incidentes de violencia a lo largo de la relación con su última pareja, lo que representa 52.1% de las mujeres en esa condición, mientras que a nivel nacional se reporta una media del 44.9% (INEGI, 2011) Otro indicador acerca de la dinámica de pareja es la condición de violencia en los últimos 12 meses. En el país, 33.6% de las mujeres casadas o unidas han sido violentadas por su pareja durante el periodo señalado; Sonora, por su parte, registra una mayor proporción que asciende a 39.0 por ciento. A nivel nacional, Sonora ocupa la cuarta posición dentro de los estados con mayor proporción de mujeres víctimas de violencia en el lapso comprendido entre octubre de 2010 y octubre de 2011. (INEGI, 2013) Según los datos reportados se hace notar el rápido crecimiento de homicidios de mujeres en la costa del Pacífico y Mar de Cortés, que abarcan el norte de Sinaloa y Sonora (CONAVIM, 2012). En el contexto nacional los datos muestran que Sonora ocupa el lugar número doce entre las entidades federativas con los mayores porcentajes de mujeres alguna vez unidas que manifestaron haber sufrido episodios de violencia por parte de su ex pareja o ex esposo durante su relación. (INEGI, 2013) La información estadística muestra que de los

22

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres


cuatro tipos de violencia contemplados en la ENDIREH 2011, en Sonora, la violencia emocional es el tipo de agresión que sufrieron con mayor frecuencia las mujeres alguna vez unidas que han sido violentadas, pues de las 125 660 mujeres en esta situación, 92.7% han sido objeto de ella. (INEGI, 2013) En segundo lugar se ubican las mujeres con violencia económica, ya que 63.9% vivieron este tipo de agresiones durante la relación. Las mujeres que padecieron violencia física o sexual representan 36.0 y 24.3%, respectivamente, de las alguna vez unidas violentadas por su ex pareja. (INEGI, 2013) Si se comparan estos indicadores con los mostrados a nivel nacional se observa que las mayores diferencias se identifican entre las mujeres a las que su ex pareja pateó y aquellos casos en que las amarraron, trataron de ahorcar o asfixiar (13.6 y 9.0 puntos porcentuales más a nivel nacional). Sonora supera al país en 2.1 puntos porcentuales en el caso de las mujeres que vivieron violencia patrimonial, 33.9 y 31.8%, respectivamente. (INEGI, 2013) En un primer momento resulta paradójico, si se piensa en el imaginario colectivo, el observar la condición de violencia por parte de la pareja en mujeres casadas o unidas, por nivel de instrucción, las que cuentan con secundaria y medio superior son quienes registran una mayor incidencia, pues 40.4% de ellas han sufrido algún incidente violento. El menor porcentaje de mujeres agredidas se registra en aquellas que nunca asistieron a la escuela o que tienen estudios de primaria o primaria incompleta, con 35.9. Por su parte, entre las casadas o unidas que cuentan con educación superior o posgrado la proporción de violentadas es de 39.2 por ciento. En todos los niveles de instrucción, la proporción de mujeres violentadas en Sonora supera a la nacional. (INEGI, 2013) Al caracterizar a las mujeres por el tipo de violencia vivida en el último año, se aprecia que los porcentajes de mujeres casadas o unidas violentadas económica, física y sexualmente son inferiores en el estado respecto a los registrados a nivel nacional, mientras que en Sonora la proporción

de mujeres que padecieron violencia emocional supera en 2.5 puntos porcentuales a la media nacional. (INEGI, 2013) Los datos de la ENDIREH 2011 en el estado, muestran que 10.1% de las mujeres en esa situación conyugal declararon que su ex pareja entró a la casa por la fuerza y sin el consentimiento de ellas. El resto de las separadas o divorciadas (84.4%) no han tenido este tipo de problemas con su ex pareja o ex esposo. Respecto a los porcentajes nacionales, no existen grandes diferencias; podría destacarse que entre las mujeres que respondieron que su ex esposo entró por la fuerza y sin su consentimiento a la vivienda de la agredida hay 1.8 puntos porcentuales de distancia, superando Sonora al dato del país. Se conoce que del total de mujeres víctimas de violencia por parte de su pareja en Sonora, 6.3% (18 520) solicitaron ayuda a alguna autoridad o instancia. En su mayoría (15 139 mujeres) acudieron al Ministerio Público, presidencia municipal o a la policía, 81.7%. Otro grupo de mujeres maltratadas que buscaron ayuda o denunciaron (40.0%), es decir, 7 405 personas, entre las fuentes de auxilio o asistencia, eligieron acudir al DIF, al Instituto de la Mujer y a otra autoridad, instituciones que se caracterizan por brindar apoyo psicológico y orientación debido a situaciones de violencia de cualquier tipo. De igual forma, a nivel nacional 61.2% de las mujeres se inclinaron por dirigirse a autoridades que tienen facultades para hacer gestiones legales, y de ese modo estar en posibilidades de entablar una denuncia formal y 52.7% consideró como alternativa buscar ayuda profesional en asuntos de violencia de género. Un porcentaje tan alto de mujeres que no pidieron ayuda ni denunciaron (93.7%) contribuye a la invisibilidad de esta problemática. En Sonora, sólo 6.3% de las mujeres con violencia a lo largo de su relación se decidieron a denunciar a su pareja por los actos de violencia ejercidos en su contra. (INEGI, 2013)

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres

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La ENDIREH 2011 captó en Sonora a 132 501 mujeres de 60 y más años; esta parte de la población es la más vulnerable al maltrato, ya que a su condición de género se suma la vejez, en algunos casos la viudez y una situación económica difícil, pues a causa de la edad ya no cuentan con las mismas posibilidades de insertarse en el mercado laboral para obtener ingresos, así como para acceder a los sistemas de seguridad social. Si a ello se aúna alguna situación de discapacidad que genere mayor dependencia, puede dar origen a que en algún momento puedan ser consideradas como una carga para sus familiares, lo que puede dar lugar a diversas formas de maltrato como que les dejen de hablar, las dejen solas o abandonadas, no les den dinero, entre otras agresiones. De acuerdo con los resultados de la encuesta, 21 335 mujeres de 60 y más años son víctimas de violencia por parte de las personas con quienes viven, cifra que representa 16.1% de las mujeres en ese grupo de edad. (INEGI, 2013) En el conjunto del país el indicador está dos puntos porcentuales por arriba del registrado en la entidad. Otro de los aspectos captados por la encuesta es la relación de parentesco que existe entre las mujeres de 60 y más años que padecen de violencia y sus agresores, 41.2% de ellas declararon que reciben maltrato por parte de sus hijas, a 34.9% de las mujeres son los hijos varones quienes las hacen objeto de agresiones; esto posiblemente tenga mayor impacto entre estas mujeres, ya que se trata de las personas más cercanas a ellas. (INEGI, 2013) Los resultados obtenidos por la ENDIREH 2011 sobre violencia comunitaria, muestran que en Sonora, 312 512 mujeres de 15 y más años han sufrido alguna experiencia como las mencionadas anteriormente, lo cual representa 32.4% de las de ese rango de edad. En el ámbito nacional, esta proporción es menor, pues 31.8% de las mujeres de 15 y más años han vivido algún incidente de violencia comunitaria durante su vida. (INEGI, 2013) En el conjunto del país, Sonora ocupa la cuarta posición en el caso de las mujeres que fueron maltratadas por alguna persona con quien tienen una relación de amistad. La ENDIREH 2011 también captó información de las mujeres ocupadas que fueron violentadas, ya sea por discriminación o acoso, así como la posición laboral que ocupaban las personas que las agredieron. (INEGI, 2013) Según los datos, los agresores más frecuentes en el ámbito laboral son los hombres que acosan a las mujeres y que no requieren remitirse al abuso de autoridad, ya que a nivel nacional 58.8% de las mujeres han sido víctima de agresiones por parte de algún compañero de trabajo, mientras que en Sonora esta cifra es mayor, al registrar 60.9 por ciento. Se observó que algunos agresores sí abusan de su superioridad jerárquica para acosar a sus subordinadas en el ámbito laboral, ya que en Sonora 53.6% de las mujeres ocupadas fueron acosadas por su patrón o jefe; en el país este dato es de 52.5 por ciento (INEGI, 2013)

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1.4. CONSIDERACIONES SOCIO DEMOGRÁFICAS DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO

E

l municipio de Hermosillo es la capital del Estado de Sonora se encuentra al oeste del Estado y limita al norte con los municipios de Carbó y San Miguel de Horcasitas, al este con Ures y Mazatlán, al sureste con La Colorada y Guaymas, al noroeste con el municipio de Pitiquito y al suroeste con el Golfo de California. (Municipios Mx) Según datos del censo de población del Instituto Nacional de Estadística y Geografía del 2010 tiene una población total de 784 342 habitantes lo que la convierte en la ciudad número 16 más poblada de México, esta se encuentra distribuida en un 91 por ciento en zonas urbanas y el 9% restante en zonas rurales, de los cuales 391 645 son mujeres y 392 697 hombres, como se puede observar en la ilustración núm.1 las mujeres alcanzan casi el 50% de la población total, teniendo una mediana de 26 años. (INEGI, 2010).

POBLACIÓN POR SEXO EN HERMOSILLO, SON. 784,342 hab.

HOMBRES 392,697

MUJERES 391,645

Gráfica 1. Composición poblacional por sexo. Hermosillo, Son. Elaboración propia con datos del censo de población INEGI 2010.

La extensión territorial del municipio es de 14,880.21, siendo el décimo municipio del país más extenso (Secretaría de Gobernación), la distancia radial entre el centro de la ciudad y su punto más lejano es de aproximadamente 110 km. El promedio de educación entre los habitantes de Hermosillo de 15 y más años es de 10.4 años. De los 210,402 hogares registrados en el 2010, 55, 989 tenían como jefe de familia a una mujer, siendo el tamaño promedio de los hogares es de 3.7 (INEGI, 2010) Es preciso saber que Hermosillo cuenta con un desarrollo económico importante dentro del estado de Sonora. Sus principales actividades económicas son el comercio, industria, pesca, ganadería y agricultura. (Municipios Mx)

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres

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1.5 ESTADÍSTICAS SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO EN HERMOSILLO

D

espués de revisar los datos arrojados por la ENDIREH 2011 para el Estado de Sonora, se hacía necesario revisar las estadísticas a nivel municipal, en este sentido en la entrevista con actores claves, se identificó una falta de unificación de los criterios de recopilación de datos entre las diferentes instancias que atienden a las mujeres en el municipio de Hermosillo, razón por la que se tomaron las estadísticas proporcionadas por la Secretaría de Seguridad Pública del Estado; cabe destacar que las cifras que se presentan son de casos denunciados ante el Ministerio Público, razón por la cual existe una subestimación de la problemática en el H. Ayuntamiento; lo que nos permite la estadística presentada es ubicar las colonias con mayor incidencia de violencia contra las mujeres, por zonas o colonias de la ciudad. En el mapa 1 se muestran todos los incidentes de violencia contra las mujeres denunciados por colonia en el periodo que va de julio 2012 a julio 2013.8 MAPA 1

CASOS DE VIOLENCIA DENUNCIADOS POR UBICACIÓN GEOGRÁFICA (JULIO 2012-JULIO 2013)

Fuente: Elaboración propia basada en las estadísticas de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.

Las estrellas verdes, representan aquellos lugares en donde hubo una denuncia durante el periodo; las estrellas de color amarillo se ubican en donde hubo entre 2 y 3 denuncias durante el año y las estrellas rojas aquellos lugares que presentaron entre 4 y 37 denuncias. Como se puede apreciar los casos de violencia contra las mujeres denunciados están presentes en casi toda la ciudad.

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Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres


TABLA 2

Colonias con 12 y más casos de violencia contra la mujer denunciados (Julio 2012 - Julio 2013)

COLONIAS CON MÁS DE 12 DENUNCIAS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER (JULIO 2012 A JULIO 2013)

COLONIA

12

Lomas de Madrid, Hermosillo

12

Poblado Miguel Alemán, Hermosillo

12

Villa de Seris, Hermosillo

13

Las Minitas, Hermosillo

13

Salvador Alvarado, Hermosillo

14

Sahuaro, Hermosillo

15

La Caridad, Hermosillo

15

San Pedro el Saucito, Hermosillo

16

Pueblitos, Hermosillo

16

Tierra Nueva, Hermosillo

16

Villa del Real, Hermosillo

17

La Cholla, Hermosillo

18

Altares, Hermosillo

18

Villa Verde, Hermosillo

23

Palo Verde, Hermosillo

29

Nuevo Hermosillo, Hermosillo

29

Solidaridad, Hermosillo

37

Cerro Colorado, Hermosillo

Fuente: Elaboración propia basada en las estadísticas de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado

Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres

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1.6 MAPEO DE ACTORES EN HERMOSILLO 1.6.1 INSTITUCIONES Y PROGRAMAS PÚBLICOS QUE ATIENDEN A LAS MUJERES EN HERMOSILLO.

L

a Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su Título III, Capitulo I artículos 35 y 36, del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, establece que la Federación, las Entidades Federativas, el Distrito Federal y los municipios, se coordinarán para la integración y funcionamiento del Sistema, el cual tiene por objeto la conjunción de esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres. Todas las medidas que lleve a cabo el Estado deberán ser realizadas sin discriminación alguna. Por ello, considerará el idioma, edad, condición social, preferencia sexual, o cualquier otra condición, para que puedan acceder a las políticas públicas en la materia. El Sistema se conformará por las y los titulares de: I. La Secretaría de Gobernación, quien lo presidirá; II. La Secretaría de Desarrollo Social; III. La Secretaría de Seguridad Pública; IV. La Procuraduría General de la República; V. La Secretaría de Educación Pública; VI. La Secretaría de Salud; VII. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social; VIII. El Instituto Nacional de las Mujeres, quien ocupará la Secretaría Ejecutiva del Sistema;

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IX. El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; X. El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, y XI. Los mecanismos para el adelanto de las mujeres en las entidades federativas. (Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, 2013)

En correspondencia con lo anterior la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Sonora prevé que el Estado y los ayuntamientos se coordinarán para establecer el Sistema para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el cual tendrá por objeto conjuntar esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones interinstitucionales para la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia en contra de las mujeres. Se contempla que el Sistema se integrará, en el ámbito estatal, por las Secretarías de Gobierno, de Desarrollo Social, de Educación y Cultura, de Salud, el Secretario Ejecutivo de Seguridad Pública, la Procuraduría General de Justicia, el Instituto Sonorense de la Mujer y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y, en el ámbito municipal, por los organismos y dependencias municipales instituidos para la protección de los derechos de la mujer. Se prevé como instrumento del Sistema, que guiará las acciones de las autoridades estatales, el Programa Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, el cual guardará congruencia con el Programa Nacional respectivo y cuya formulación será coordinada por la Secretaría de Gobierno. Las acciones que se comprendan en el Programa Estatal estarán orientadas a: impulsar y fomentar el conoci-

miento y el respeto a los derechos humanos de las mujeres; brindar los servicios especializados y gratuitos para la atención y protección a las víctimas, por medio de las autoridades y las instituciones públicas o privadas; diseñar programas de atención y capacitación a víctimas que les permita participar plenamente en todos los ámbitos de la vida; promover la cultura de denuncia de la violencia contra las mujeres; atender, sancionar y erradicar todo tipo de violencia, y diseñar un modelo integral de atención a los derechos humanos y ciudadanía de las mujeres que deberán instrumentar las instituciones y los centros de atención a víctimas, entre otras finalidades. De conformidad con la concurrencia establecida en esta materia, la iniciativa contempla la competencia que corresponderá al Estado y a los ayuntamientos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia en contra de las mujeres. En ese sentido, en el ámbito estatal, se establecen las atribuciones tanto genéricas como específicas que de acuerdo a su ámbito de competencia corresponderá a las dependencias y entes públicos estatales previstos en la ley y que conforman el Sistema Estatal, para cumplir con el objeto previsto en el ordenamiento que se propone. En el ámbito municipal, se atribuye a los ayuntamientos: Coordinarse con el Estado en la adopción y consolidación del Sistema Estatal; participar en la ejecución de las acciones previstas en el Programa Estatal; formular, ejecutar y evaluar el Programa Municipal de Prevención, Atención Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, entre otras obligaciones. La iniciativa también prevé medidas de protección a las mujeres víctimas de violencia (H. Congreso del Estado de Sonora, 2007)

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Cuadro 9

Instituciones en el Municipio que apoyan a las mujeres en Hermosillo INSTITUCIÓN MUNICIPAL

DIRECCIÓN

DATOS DE CONTACTO

DIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA MUJER

BLVD. HIDALGO 80 COL. CENTENARIO

(662) 212 38 47

CIAVIM LOS OLIVOS

HORTENCIA, COL. LOS OLIVOS

(662) 237 61 11

CIAVIM SOLIDARIDAD

MAYCOBA, SOLIDARIDAD, HERMOSILLO

(662) 264 59 16

CIAVIM POBLADO MIGUEL ALEMÁN

BLVD. ROSARIO IBARRA DE PIEDRA.

(662) 158 0208

DESARROLLO SOCIAL

DR. AGULIR NO. 17 E/GALEANA Y COMONFORT COL. CENTENARIO

(662)289-30-95 EXT. 3500

DIF HERMOSILLO

GUSTAVO HODGERS 56 E/GARMENDIA Y YÁÑEZ COLONIA MODELO.

(662)2851198 EXT. 128

DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER

BLVD. HIDALGO NO.80 ENTRE REFORMA Y MARSELLA COL. CENTENARIO.

(662)212-3847 EXT. 5700

INSTITUTO HERMOSILLENSE DE LA JUVENTUD

JUAN ALDAMA #153 ENTRE CAMPECHE Y TABASCO COL SAN BENITO.

(662) 213-8115

INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA, ARTE Y TURISMO

DR. AGUILAR NO. 33 ENTRE GALEANA Y CAMPODÓNICO COL. CENTENARIO.

(662) 213-8638 Y 2138440

JEFATURA DE POLICÍA PREVENTIVA Y TRÁNSITO MUNICIPAL

COMANDANCIA CENTRO NUEVO LEÓN S/N ENTRE JUÁREZ Y MATAMOROS COL. CENTRO.

(662) 289-5000 EXT. 5020

SALUD PÚBLICA MUNICIPAL

AV. DE LAS FLORES NO. 82 COL. LIBERTAD

(662) 218 32 01Y 260 13 20

INSTITUTO SONORENSE DE LA MUJER

CENTRO DE GOBIERNO. EDIFICIO ESTATAL, 3ER NIVEL, ALA NORTE

(662) 212 79 14

PROCURADURIA DE LA DEFENSA DEL MENOR Y LA FAMILIA

IGNACIO ROMERO S/N Y BULEVARD LUIS ENCINAS, COL. SAN BENITO

(662) 214 50 29

CENTRO DE ATENCION A VICTIMAS DEL DELITO PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO

BLVD. ROSALES Y OBREGÓN

(662) 212 30 44

AGENCIA ESPECIALIZADA EN DELITOS SEXUALES Y VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

JUAREZ ESQ. CON NUEVO LEÓN

(662) 213 43 80

CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCION DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

JUAN DE FUCA 5, ENTRE SAHAGÚN Y ATARDECER, COL. LOS ARCOS

(662) 262 06 77

Fuente: Elaboración propia basada en la información obtenida en las entrevistas.

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MAPA 2

UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LAS INSTANCIAS DE GOBIERNO MUNICIPAL QUE TIENEN PROGRAMAS PARA MUJERES

Fuente: Elaboración propia con base en la información obtenida en las entrevistas.

1.6.2. ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL QUE APOYAN A LAS MUJERES EN HERMOSILLO

E

l listado de las OSC que apoyan a las mujeres en Hermosillo, es el resultado de los directorios del Instituto Nacional de las Mujeres, del Consejo Estatal para la Protección de las Madres Jefas de Familia y del Directorio de Organismos de la Sociedad Civil en el Estado de Sonora de Mujer Sonora. (Mujer Sonora) Es importante hacer notar la concentración geográfica de las dependencias de todos los órdenes de gobierno y organizaciones de la Sociedad Civil que atienden la problemática de las mujeres en el municipio de Hermosillo. MAPA 3

UBICACIÓN GEOGRÁFICA DE LAS OSC QUE APOYAN A LAS MUJERES EN HERMOSILLO

Fuente: Elaboración Propia

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Tabla 3

Directorio Instituciones de la Sociedad Civil que trabajan con mujeres desde diferentes aspectos INSTITUCIÓN MUNICIPAL

DIRECCIÓN

OBJETIVO SOCIAL

Agrupación George Papanicolaou Calle Olivares, Col. Luis Encinas, Campaña integral de prevención de I.A.P. Hermosillo, Sonora cáncer que incluye detección oportuna, tratamientos a personas de escasos recursos económicos y sin seguridad social. Alas Rotas Sonora, A.C. Guerrero No. 30 Norte, Col. San Benito Hermosillo

Examen de la vista y donación de lentes/ donativos diversos

Albergue Luz Valencia Blvd. Luis Encinas, Hermosillo, Sonora

ApreVIC A.C. Calle 13, Colonia Ley 57, Hermosillo, Sonora Asociación Mexicana para la Supera- Calzada de los Ángeles 196, Los Promoción integral de mujer, la juvención Integral de la Familia Portales, Hermosillo, Sonora. tud y la familia a través de un proceso de educación liberadora. Creación de centros de superación familiar en las comunidades más necesitadas y marginadas, ofrece actividades educativas, sociales y culturales. Asociación Sonorense para la Salud Michoacán 198. Col. San Benito. Salud y educación sexual en la gente Reproductiva Hermosillo, Sonora joven y programas comunitarios urbanos y rurales.

Canservir, A.C. Centro Estatal de Oncología, Reforma, Hermosillo, Sonora Casa Hogar “Esposos Montaño Terán”, Zacatecas 192, Colonia San Be- Dar Asilo y atención a personas de A.C. nito, Hermosillo, Sonora. la Tercera Edad (Sexo Femenino) en situación de desamparo. Casa Hogar María Goretti, I.A.P. Fronteras, Col. 5 de Mayo. Her- Casa Hogar destinada al amparo, mosillo, Sonora protección y educación de mujeres adolescentes que se encuentran parcial o totalmente en estado de abandono, orfandad, maltrato o desventaja social.

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Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres


DATOS DE CONTACTO

RUBRO DE ATENCIÓN

(662) 216 4883, (662) 218 39 00 Cel. (662) 124 0451, papanicolaouiap@prodigy.net.mx, agphillo@hotmail.com, yosama_carreon@hotmail.com

Personas de escasos recursos económicos y sin seguridad social

(662) 214 8104, Cel. (662) 1150184, aabobadillai@hotmail.com

Población vulnerable

(662) 2592510, (662)2122454, albergueluzvalencia@hotmail.com, www.albergueluzvalencia.org (662)289-30-95 Ext. 3500 aprevic@hotmail.com

aprevic@hotmail.com

Mujeres (662) 260 67 58, (662) 213-3083, amalisa@hotmail.com

(662) 212 64 34 (662) 215 43 90, (662)210 42 75, fax 121 6434, mexfamso@prodigy.net.mx, clinicadelpilarhermosillo@gmail.com A un lado del Hospital CIMA (662) 217 58 39, (662)137 94 52, canservir@hotmail.com Mujeres tercera edad (664) 214-81-94 Mujeres adolescentes (662) 213-45-67 Fax: 215-84-79, rebecamunoz@hotmail.com

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Directorio Instituciones de la Sociedad Civil INSTITUCIÓN MUNICIPAL

DIRECCIÓN

OBJETIVO SOCIAL

Cenda-Lazos Centro de Ayuda a la Mujer Centro de Apoyo Mickey Mouse, I.A.P. Iturbide No. 8, Hermosillo, Sonora

Guardería infantil para hijos de madres trabajadoras de escasos recursos económicos. Casa hogar destinada al amparo, protección y educación de mujeres adolescentes que se encuentran parcial o totalmente en estado de abandono, orfandad, maltrato o desventaja social.

Centro de Enlace Familiar de Sonora, Calle Rosales 33-A, Col. Centro, Centro de orientación familiar, aseI.A.P. Hermosillo, Sonora soría jurídica, manejo de depresión y ansiedad, terapia familiar. Centro de Formación para la Mujer Morelia 132 Poniente Colonia Atención a menores de edad y núcleo I.A.P. Centro, Hermosillo, Sonora familiar Centros de Integración Juvenil A.C. Blvd. Luis Encinas, Colonia El Coloso, Hermosillo Comité Nacional Provida, A.C. Periférico Poniente 321 Col. Pa- Atención a mujeres embarazadas y prevención del embarazo a través de Delegación Sonora seo del Sol. Hermosillo, Sonora dos programas vigentes: de joven a joven. Una propuesta inteligente y Programa de Atención a la Mujer. Damas de Chantal, A.C Concepción L. de Soria No. 31 Atención a mujeres embarazadas y Col. San Benito, Hermosillo prevención del embarazo. Integración de la viuda para su desarrollo personal y lograr que sean autosuficientes. Integración de la viuda para su desarrollo personal y logro de su autosuficiencia. Género, Medio Ambiente y Salud I.A.P. Campodónico 6-A, Colonia Centenario, Hermosillo, Sonora

Proporcionar apoyo, asesorías, tramitar asuntos de carácter social, canalizando a las instancias que corresponden, para personas de escasos recursos y trabajan en prevención de la violencia intrafamiliar.

Grupo Reto Hermosillo A.C. Reforma Final Sur, Fracc. Vado Atención a pacientes de cáncer para del Río, Hermosillo, Sonora atención médica, estudios y tratamientos oncológicos, capacitación sobre la detención oportuna. 34

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que trabajan con mujeres desde diferentes aspectos DATOS DE CONTACTO

RUBRO DE ATENCIÓN

(662)2122339, (662)1157825 alba_or@ hotmail.com (662) 212 67 89, teacheramet@hotmail. com (662) 214 8104, Cel. (662) 1150184, aabobadillai@hotmail.com

Mujeres y adolescentes

(662) 217 02 02, enlacesonora@hotmail. com, cefsonora@hotmail.com

Población en general

(662) 2 135267 , (662) 2611110, centrodeformacionparalamujer@hotmail.com

Familias

(662)2132868 y (662)2171861, cijhermosillo@cij.gob.mx (662) 260-13-31 Fax: 260-13-32, sonora@comiteprovida.org

Mujeres

(662) 210 26 37, (662)217-18-12, damasdechantal2006@hotmail.com, elviadt@hotmail.com

Mujeres

(662) 2125920, gemas_iap@yahoo.com.mx

Familias

(662)2175834 Ext. 128 Cel. (662)1240218, gruporetohermosilloac@hotmail.com

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Directorio Instituciones de la Sociedad Civil INSTITUCIÓN MUNICIPAL

DIRECCIÓN

Centro de Prevención de la Posada del Toeldanos 30, Col. Villa Satélite, Buen Samaritano I.A.P.

OBJETIVO SOCIAL Prevención mediante acciones de factores protectores de adicciones, delincuencia, violencia intrafamiliar, prostitución y niños y niñas en riesgo de vivir en la calle.

La Posada del Buen Samaritano I.A.P. Lampazos 32, Hermosillo Sonora

Mujer y Poder A.C. Fuentes del Centenario 1285 C, Editorial de análisis político, propiFracc. Fuentes del Centenario, ciando el crecimiento del lector –sobre Hermosillo todo el sector femenino- con el objetivo de despertar interés por una mayor participación ciudadana. Mujeres Productivas de Sonora, A.C. Everardo Monrroy 25, Colonia Centro. Hermosillo. Vida y Familia Sonora, I.A.P. Calle de los Jardines 57, Col. Va- Guardería infantil para hijos de madres trabajadoras de escasos recursos lle Escondido, Hermosillo económicos. Contribuir en la atención, orientación y protección de la mujer embarazada que se encuentra desamparada económica, moral, social, psíquica o legalmente; durante el embarazo, el parto. Voluntariado CIMA I.A.P. Paseo Río San Miguel No. 35, Prestación de asistencia médica y de Proyecto Río Sonora, Hermosillo orientación social a personas enfermas de escasos recursos que lo soliciten. Voluntariado del HIES-HIMES Reforma, Colonia Jesús García, Hermosillo, Sonora Club de Mujeres Profesionistas y de De la cuesta 11-A, Fracciona- Brindan atención social, educación Negocios de Hermosillo, Villas del miento Country Club Residencial, o capacitación para el trabajo para Pitic, I.A.P. Hermosillo lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo de los grupos vulnerables. Damas del Socorro, A.C.. Dr. Noriega 121 Poniente, Hermosillo, Sonora.

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Dispensario: servicios de consulta médica, medicamento, despensas, bazar de ropa, entre otros y Centro de Formación: talleres de belleza, manualidades, corte y confección.

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que trabajan con mujeres desde diferentes aspectos DATOS DE CONTACTO

RUBRO DE ATENCIÓN

(662) 215-80-31, (662) 215-80-21

(662) 2158021 y (662) 2158031 Cel. (662)1034641, pobusa@gmail.com (662) 212 2552, www.mujerypoder.com.mx

(662)2171929 Cel. (662)1375117 maantonieta_noriega@hotmail.com (662) 217 38 88, (662) 140 06 72

Mujeres

(662) 259 09 00 ext. 1340 y 1341, voluntariado@cimahermosillo.com

(662)301 68 94 voluntariadohies_himes@liver.com

(662) 213-48-27. Fáx:213-52-67

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Directorio Instituciones de la Sociedad Civil INSTITUCIÓN MUNICIPAL

DIRECCIÓN

OBJETIVO SOCIAL

Fundación Camino Nuevo, A.C. Acceso a la base Militar final nor- Brindar servicios asistenciales a famite sin número, Colonia La Man- lias vulnerables en materia de alimenga, Hermosillo, Sonora tación, salud y educación. Centro de Formación Pitic, I.A.P. Rafael Campoy 206, Colonia Pi- Fomentar la participación de la societic, Hermosillo, Sonora. dad en conjunto en programas que atiendan al desarrollo familiar Fundación Don Juan Navarrete Avenida Decima 245, Colonia Promover la formación integral de las y Guerrero, I.A.P. Palo Verde. Hermosillo, Sonora familias especialmente de escasos recursos proporcionándoles servicios de asistencia médica, apoyo educativo, capacitación, estableciendo programas de nutrición elevando su nivel de vida Albergue Hacienda La Esperanza, A.C. Blvd. Hidalgo No. 80 Col. Cente- Albergue para mujeres receptoras de nario, Hermosillo, Sonora violencia intrafamiliar. Patronato de la Costa de Hermosillo, Adalberto Truqui 40, Colonia Pi- Ayudar a promover el desarrollo I.A.P. mentel, Hermosillo, Sonora. integral de las personas de escasos recursos y conocimientos proporcionándoles prevención de las adicciones consejería matrimonial y toda clase de actividades educacionales, artísticas, culturales, deportivas y recreativas. Casa Guadalupe Libre I.A.P. Blvd. García Morales Km. 6.5, Fomento de acciones para mejorar la Quinta Emilia, Hermosillo, So- economía popular y promoción del nora desarrollo sustentable.

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Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres


que trabajan con mujeres desde diferentes aspectos DATOS DE CONTACTO

RUBRO DE ATENCIÓN

Tel. 268 10 52, Tel. Fax: 261 04 23

Familias

(662) 220 95 22

Familias

(662)250 58 22, (662) 250 87 77, Fax 250 02 30, www.fundaciónnavarrete.org

Familias

Ubicación reservada. Informes en (662) 612 38 47

Mujeres e hijos

(662) 216 20 50, patronato@hmo.megared.net.mx

Familias

(662) 261 10 15, casagpe@yahoo.com

Familias

Fuente: Elaboración propia basada en la información obtenida en las entrevistas.

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1.7 ASPECTOS METODOLÓGICOS DEL DIAGNÓSTICO

L

a aproximación al tema de la prevención de la violencia contra las mujeres a través de un diagnóstico participativo requiere que el investigador interactúe constantemente con las operaciones de recopilación y análisis, al igual que en la Teoría Fundamentada este tipo de metodologías precisa que en lugar de elaborar hipótesis respecto a posibles resultados se suspenda cualquier tipo de juicio hasta que todos los datos estén analizados para evitar las tentaciones deductivas. El diseño metodológico del diagnóstico propuesto utiliza principalmente datos de terreno (observaciones y entrevistas), pero es posible aprovechar datos cuantitativos, archivos, fotografías, en resumen todo lo que permite entender mejor el fenómeno estudiado. El muestreo está íntimamente vinculado al análisis en curso. Así, las situaciones y grupos elegidos lo son en función de su pertinencia respecto de la elaboración de las categorías conceptuales y de sus relaciones, y no para fines de representatividad (Raymond, 2005) Se dio inicio al estudio con una reunión grupal y posteriormente se realizaron entrevistas semiestructuradas9 a los participantes de la reunión grupal, lo que permitió contrastar sus respuestas y las construcciones mentales que se han formado sobre la problemática tanto los funcionarios públicos como actores claves de la sociedad civil; que han tenido o tienen a su cargo programas para mujeres en riesgo o que ya han sido víctimas de violencia; tomando como punto de partida a los funcionarios que trabajan directamente con mujeres que ya han sido víctimas de violencia, si bien el tema es sobre prevención, no se conoce con anterioridad a las mujeres que van a ser víctimas de

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violencia. Al conocer la experiencia de quienes trabajan directa o indirectamente con mujeres víctimas de violencia, se pueden establecer grupos de riesgo de padecerla. La pregunta inicial continuamente se va remodelando para responder a nuevas interrogantes que surgen del análisis; razón por la que es imposible fijarlo de antemano, pues se elabora por etapas sucesivas ya que surgen, a lo largo del estudio, informadores que orientan los esfuerzos de recopilación de información hacia nuevos lugares (Raymond, 2005), que tienen a su cargo algún tipo de programa para mujeres, ya sea de prevención, contención, intervención y/o acompañamiento. Una segunda fase fue la realización de una visita ocular y entrevistas con la psicóloga encargada del DIF en el Poblado Miguel Alemán donde los entrevistados hasta ese momento indicaron que era una punto rural del municipio de Hermosillo en donde los casos de violencia contra la mujer eran más frecuentes; así mismo se realizó observación no participante en las oficinas de las dependencias que atienden alguna problemática relacionada con las mujeres y recorridos por puntos de la ciudad en donde los casos de violencia denunciados contra la mujer fueron más altos (ver Tabla 2) En la tercera ronda se entrevistaron instancias de orden estatal que atienden el problema. En la última etapa de entrevistas semiestructuradas, se realizaron entrevistas a integrantes de la sociedad, civil y académicos que dan seguimiento al tema de la violencia contra las mujeres. Con la información que fueron proporcionando los entrevistados, se elaboró un sondeo de opinión para conocer que tan tolerante a la violencia de género es la población de Hermosillo.

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TABLA 4

Relación de las entrevistas realizadas dentro del diagnóstico (Agosto-Septiembre 2013).

MUNICIPAL Dirección General de Atención a la Mujer Director de Prevención y Atención Ciudadana, de la Jefatura de

ENTREVISTADO Lic. Clemen Elías Córdoba Dr. Jesús Armando Aguilar Ibarra

Policía Preventiva y Tránsito Municipal Subprocurador de la Defensa del Menor y la Familia Unidad Especializada para la atención de la Violencia Familiar y Género. Área de Prevención y Atención Ciudadana, de la Jefatura

Miguel Ángel Encinas de la Torre Agente Celene Torres Lic. Salvador López Berber Ramírez

de Policía Preventiva y Tránsito Municipal DIF Hermosillo en Poblado Miguel Alemán

Lic. Denisse Gabriela Duarte Amarillas

ESTATAL Dirección General de Participación Ciudadana y Prevención del Delito. Procuraduría del defensa del Menor y la Familia Estatal

Lic. María Elena Carrera Lic. Francisco Javier Gómez Izaguirre

Coordinador de Programa Salud

Karla Alarcón Valenzuela

Asistente Dirección General del Instituto Sonorense de la Mujer

Lic. Brianda García Pérez

Jefe de Área Dirección General del Instituto Sonorense de la Mujer

Hugo Romero Domínguez

Secretaría de Desarrollo Social Sonora

Irma Bernal

Secretaría de Desarrollo Social Sonora

Manuel García

SOCIEDAD CIVIL Instituto Superior de Derechos Humanos del Estado de Sonora

Dr. Jorge Gonzalo Arvizu Navarrete

Dr. Raúl Plascencia Trabajadoras del Albergue “La Esperanza” Profesora de Universidad Estatal de Sonora en Hermosillo

Blanca Luz Saldaña

Fuente: Elaboración propia basada en las estadísticas de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado

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1.8 PERCEPCIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO

L

as respuestas obtenidas en las entrevistas semiestructuradas que se aplicaron a los diferentes actores involucrados en el tema de mujeres víctimas de la violencia y los datos estadísticos recabados, se encontraron respuestas que refuerzan lo que ya en 1990 en la conclusión del párrafo 23 del anexo a la resolución 1990/15 del Consejo Económico y Social, donde se reconoce que la violencia contra la mujer en la familia y en la sociedad se ha generalizado y trasciende las diferencias de ingresos, clases sociales y culturas. Se puede observar en la siguiente ilustración que los incidentes que se denunciaron en el periodo de junio 2012 a junio del 2013 se encuentran distribuidos en casi todas las colonias del municipio de Hermosillo. En las entrevistas y visitas a los actores públicos locales, se pudo observar que cada instancia utiliza formatos y metodologías diferentes para registrar los casos de violencia que atienden, la fuente común de información es el “Semáforo Delictivo” dicha herramienta se alimenta de los casos ratificados ante el Ministerio Público, cabe señalar que la violencia contra la mujer, no se persigue de oficio, debe de ser ratificada por la víctima ante los Ministerios Públicos, siendo esta quizá una de las razones por las que la ENDIREH 2011 registra una proporción de violencia contra la mujer mucho mayor que la que se puede observar en las cifras del Semáforo Delictivo. En Hermosillo a esta brecha entre las cifras del Estado y las del INEGI, le llaman “la cifra negra”, la razones que explicaron los funcionarios por la que existe dicha diferencia, son:

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“Lo que está en la estadística, son aquellas denuncias que se ratifican” “De cada 10 casos que atiende la policía 6 se canalizan y/o llegan al Ministerio Público y ellos se las hacen cansada, para no tener más trabajo, muchas por eso ya no regresan a ratificar y ahí queda” “Se configura (el hecho delictivo), se pone a disposición, se ratifica la denuncia y entonces entra en la estadística” “El Ministerio Publico no se da abasto… Hacen lo posible por convencer a las víctimas para que no denuncien” “La campaña de prevención ha rebasado a los Ministerios Públicos, si la mujer no viene golpeada o moreteada , o que no es o que si es su esposo; hacen todo lo posible o no le dan la información necesaria, para que se desista…” “Las acciones que llevamos a cabo las diferentes instituciones para prevenir la violencia, encuentran un embudo en el MP, que no se da abasto, ahí es donde nuestro trabajo se cae... de qué sirve que les digamos que denuncien, si llegan y no las atienden o está cerrado” “A algunas mujeres las mandan a centros alternativos, de mediación y eso, pero no debe de ser, porque ya hubo violencia intrafamiliar, eso ya no se arregla con mediación” “Si el acto delictivo, lleva a la muerte a la mujer, como no está tipificado el feminicidio, se registra como homicidio y entonces ya no aparece en las cifras de violencia contra las mujeres” “No se conoce, sabe, como se construyen las estadísticas” “No se hace una interpretación adecuada de las estadísticas”

En Hermosillo, refieren los entrevistados que existen dos agencias del Ministerio Publico (MP) especializados en delitos sexuales y violencia intrafamiliar, mismos que se encuentran ubicados en un solo espacio, situación que lo hace inaccesible para las personas de escasos recursos que viven en otros extremos de la ciudad, aunado a los horarios de atención que van de 08:00 A 15:00 hrs y de 18:00 A 21:00 hrs, si bien los MP del fuero común atienden casos de violencia contra la mujer, es en los especializados en donde se llevan a cabo diligencias que por falta de equipo y personal no pueden hacer el resto de los MP, lo que lleva a que muchas víctimas se desistan de ratificar la denuncia. Lo anterior coincide con estudios a nivel América Latina de violencia contra la Mujer sobre el Acceso a la Justicia y sus conclusiones, como se pudo observar en las entrevistas realizadas, aplican para el caso de Hermosillo, Sonora. Existe una preocupación compartida por miles de mujeres en toda la región, que enfrentan sistemas de justicia que no se hacen eco de sus problemas, o reproducen estereotipos que resultan en la impunidad de la mayoría de los casos de violencia, especialmente, la sexual. Los sistemas judiciales de nuestros estados, como parte de uno de los tres poderes de la República, tienen que asumir que los tratados internacionales son obligatorios para los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial y que estos tres poderes son también responsables de su implementación. Son pocos los jueces que citan tratados internacionales en sus sentencias. La Convención de Belém do Pará no ha sido, salvo honrosas excepciones, asumida ni incorporada a los sistemas judiciales y ese desafío está aún pendiente. El problema se agrava en los países federales, donde es difícil encontrar normativa homogénea que cubra todo el territorio nacional resultando esto en desigualdad de las mujeres de las distintas provincias o estados frente a la ley. (Chiarotti, 2012) Como nos refirió una de las personas entrevistadas: “Se ha avanzado mucho en término de leyes, no así de reglamentación, ni armonización con el Código Penal del Estado, aquí aún sigue siendo más penado robarse una vaca que a una mujer y no se diga si lo hace con violencia, maltratar a un animal es más penado que a una mujer, desde ahí partimos”

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TABLA 5

Comparación de las penas del código Civil en Sonora aplicables para las mujeres y el ganado

CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE SONORA MUJER GANADO ARTICULO 215.- Comete el delito de estupro el que tiene cópula con mujer menor de dieciocho años que vive honestamente, obteniendo su consentimiento por medio de seducción o engaño. Al estuprador se le sancionará con prisión de tres meses a tres años y de diez a ciento cincuenta días multa. Cuando la conducta señalada en el párrafo anterior se realice en el interior de las instituciones de educación básica, media superior, superior o en sus inmediaciones, la sanción se aumentará en una mitad.

ARTICULO 312.- Comete el delito de abigeato el que se apodere de una o más cabezas de ganado de las especies señaladas en este Capítulo, sin consentimiento de la persona que pueda disponer de ellas conforme a la ley. Al responsable del delito de abigeato se le aplicarán de dos a diez años de prisión y de veinte a trescientos días multa, cuando el hecho se ejecute respecto de ganado bovino. Tratándose de ganado equino, ovino, caprino y porcino, la sanción será de uno a nueve años de prisión y de veinte a doscientos cincuenta días multa. Cuando se trate de ganado de cualquiera de las especies señaladas en este artículo, que sean el pie de cría o sementales en producción para el mejoramiento genético, las sanciones que correspondan se aumentarán en una tercera parte. Si en la ejecución de este delito se utilizare violencia en las personas o en las cosas, el máximo de la pena de prisión que corresponda se aumentará en dos años. En todos los casos se impondrá como sanción el decomiso de los instrumentos del delito, considerándose entre éstos, enunciativamente, las cabalgaduras de que se sirvan los abigeos para arrear el ganado y los vehículos en que se realice su transporte o el de sus productos. Son aplicables al delito de abigeato las disposiciones contenidas en los artículos 306 y 307.

ARTICULO 216.- No se procederá contra el estuprador, sino por queja de la mujer ofendida o de sus padres, o a falta de éstos de sus representantes legítimos; pero cuando el delincuente se case con la mujer ofendida, cesará toda acción para perseguirlo o se extinguirá la sanción impuesta, en su caso. Por el solo hecho de no haber cumplido dieciséis años de edad la mujer estuprada, se presume que se empleó la seducción en la obtención de su consentimiento para la cópula.

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ARTICULO 306.- En todos los casos previstos en este Capítulo, si el juez lo creyere justo, podrá suspender al responsable hasta cinco años, en los derechos de patria potestad, tutela, cúratela, perito, depositario o interventor judicial, síndico o interventor en concursos o quiebras, asesor y representante de ausentes, y en el ejercicio de cualquiera profesión de las que exijan título.

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MUJER ARTICULO 218.- Al que por medio de la violencia física o moral, tenga cópula con una persona, sea cual fuere su sexo, se le aplicará de cinco a quince años de prisión. Para los efectos de este Capítulo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima, por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo.

ARTICULO 307.- Cuando los delitos previstos en este Capítulo se cometan entre ascendientes y descendientes, adoptante y adoptado, cónyuges, concubinos, hermanos o parientes consanguíneos en línea colateral hasta el tercer grado, así como por los suegros contra su yerno o nuera, por éstos contra aquellos, por un padrastro contra su hijastro o viceversa, sólo se perseguirá cuando lo pida el ofendido, excepto cuando se actualice el supuesto señalado en la fracción I del artículo 308. En el caso previsto en la última parte del párrafo anterior, cuando la violencia en las personas sólo haya producido lesiones que tardan en sanar menos de quince días, o solo se trate de violencia en las cosas, o en ambos casos, siempre que no se hubiere utilizado arma de fuego ni explosivo, la acción penal podrá extinguirse cuando exista manifestación expresa de desinterés jurídico por parte del ofendido en la prosecución de la causa.

ARTICULO 219.- Se equipara a la violación y se sancionará con la misma pena : I. La introducción anal o vaginal de cualquier elemento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido; y II. La cópula o la introducción anal o vaginal de cualquier elemento distinto al miembro viril, sin que medie violencia física o moral, con una persona retrasada mental, o menor de doce años o con quién no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aunque hubieren dado su consentimiento, o bien, con persona que no pueda oponer resistencia por enfermedad, pérdida de sentido, invalidez o cualquiera otra causa. La sanción que imponga el Juez, se aumentará en una mitad cuando en los supuestos señalados en la fracción II de este artículo, se utilizare violencia. ARTÍCULO 220.- La pena será de ocho a veinte años de prisión, cuando en el delito de violación o su equiparable concurran uno o más de los siguientes supuestos: I. La víctima sea impúber; II. El responsable fuere ascendiente, descendiente, adoptante, adoptado, hermano, hermana, tutor, padrastro o madrastra o se conduzca como tal; III. Intervengan dos o más personas, en forma directa o indirecta;

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MUJER IV. El responsable allane el lugar en que se encuentre la víctima o la sorprenda en despoblado; V. El delito fuere cometido por la persona que tiene al ofendido bajo su custodia, guarda o educación o aproveche la confianza en él depositada; VI. Sea cometido por quien desempeñe un empleo, cargo o comisión públicos, o en ejercicio de una profesión o empleo, utilizando los medios o circunstancias que ellos le proporcionan; VII. El delito fuere cometido en el interior de las instituciones de educación básica o media superior o en sus inmediaciones; y VIII. Si el delito se cometiera en contra de la víctima, por su condición de género. En los casos respectivos, el responsable perderá la patria potestad o la tutela, así como el derecho a heredar del ofendido. La pérdida de la patria potestad por parte del reo, no implica la falta de cumplimiento de sus obligaciones a favor de la víctima. En el supuesto señalado en la fracción VI del presente artículo, además de la pena privativa de libertad, se impondrán destitución, en su caso, e inhabilitación para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos, o para ejercer profesión hasta por cinco años. Fuente: Elaboración propia basada en las estadísticas de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado

Con base en las entrevistas realizadas se puede afirmar que la situación que enfrentan las mujeres víctimas de violencia en Hermosillo, coincide con las observaciones hechas para los países de América Latina. El MESECVI observó que en muchos países se utilizan mecanismos “como el de conciliación o mediación entre la víctima y su agresor como parte de los servicios de atención a las mujeres que sufren de violencia. (…) Es de notoria preocupación para el que se sigan usando estos métodos que no se pueden aplicar para casos de violencia donde no cabe negociación alguna cuando se han vulnerado derechos fundamentales. Por ello, el Comité pone énfasis en que los mecanismos de mediación o conciliación no deben ser usados previo a un proceso legal, sea que éste

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se instaure o no, y en ninguna etapa del proceso legal y de acompañamiento a las mujeres víctimas.” (MESECVI, 2012) Con relación a los presupuestos de las diferentes dependencias municipales que atienden a las mujeres, el común denominador es la insuficiencia de los recursos humanos, técnicos y materiales adecuados para dar la atención que merecen los casos de los que tienen conocimiento y para poder ayudar a otras mujeres. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia y la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia del Estado de Sonora, contemplan la obligatoriedad de

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contar con refugios para las mujeres que han sido víctimas de violencia; para el momento en que se realizó el presente estudio el único albergue para mujeres con el que cuenta el Municipio de Hermosillo se encontraba cerrado, entre otros motivos por la falta de presupuesto para su operación y mantenimiento, se encontró que algunos de los funcionarios entrevistados no conocían de la existencia del albergue y quienes sabían de su existencia y no funcionamiento, lo consideran como una dádiva y no como una obligación de ley que tienen los estados y sus municipios. Otro punto en el que coinciden los entrevistados de una u otra forma es la falta de recursos para trasladarse a las comunidades con mayor incidencia de violencia contra la mujer, como se puede ver en el mapa las oficinas que atienden a las mujeres están en su mayoría concentradas en el centro de la ciudad. En el caso referido de “El Poblado” existe una agencia del Ministerio Público pero al no ser especializado en delitos sexuales y violencia intrafamiliar, las víctimas deben trasladarse al menos 65 kilómetros para continuar con las diligencias, dichos traslados en su mayoría los deben hacer por cuenta y riesgos propios, si a esto le sumamos que la gente del “Poblado” en su mayoría son pobres extremos multidimensionales según la definición de la CONEVAL, nos da pauta para intuir que pudieran existir muchos más casos de violencia contra la mujer que los 12 casos denunciados durante el año, intuición que comparten todos los entrevistados. Así pues, en lo que se refiere al presupuesto destinado a la erradicación de la violencia, las conclu-

“Allí viven Triquis, mixtecos, etc”, “Es gente de por allá de Veracruz, Guerrero, Michoacán” “… en donde están los que no son de nosotros” Sobre las formas culturales del Poblado se recogieron expresiones como: “Ese tipo de gente, es gente que en su lugar de origen no tiene para lo mínimo, entonces vienen para acá y

siones de Chiatotti 2012 resultan validas para el municipio de Hermosillo, “Se evaluó el compromiso formal de los Estados debe traducirse en partidas presupuestarias específicas y genuinas, para la adecuada implementación de los planes nacionales y para dar sustentabilidad al proceso de erradicación de la violencia. No se trata aquí de riqueza o pobreza. Se trata de prioridades. Cuando un problema es sentido como importante, se le asigna una partida presupuestaria acorde. Como uno de los obstáculos para obtener partidas adecuadas, subyace una concepción filosófica que considera a las mujeres como un grupo o un sector y no como la mitad de la población”. Es de hacer notar que la mayoría de los funcionarios públicos mencionaron, o bien que los problemas de violencia contra las mujeres estaban focalizados en el Poblado Miguel Alemán o que era uno de los tres puntos de mayor incidencia. Como se puede ver en el mapa 1 realizado a partir de las estadísticas proporcionadas por la Dirección General de Participación Ciudadana y Prevención del Delito del Gobierno del Estado de Sonora, existen al menos 15 colonias con más casos de violencia contra las mujeres que las que presentó en periodo de julio 2012 a julio 2013. Los entrevistados se refieren al Poblado Miguel Alemán como “El Poblado”, localizado a 65 Km de la ciudad de Hermosillo, en donde a decir de los entrevistados, la mayoría de sus habitantes son migrantes de los estados del Sur de México a los que indistintamente se les considerada indígenas, de las entrevistas se recogen las siguientes expresiones sobre El Poblado10 :

por lo menos comen” “… como que traen una cultura, así, media rara” “… lo que he visto es que es como que, son más fríos, mas irracionales al sur, por ejemplo: para ellos es muy normal, pegarle al chamaco, romperle la nariz y le vale gorro que el chamaco este temblando” “… como que no piensan tanto, no lo razonan mucho, como que son más instintivos, me da esa impresión”

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Las expresiones anteriores, son sólo una muestra de lo que se expresó en las entrevistas y que fueron opiniones generalizadas sobre la población y la situación de violencia contra las mujeres en el Poblado; lo que ya da idea del nivel de segregación de la comunidad por parte de quienes ejecutan las políticas públicas; cabe señalar que el Poblado tiene un comisario y casi todas las instituciones de apoyo a la mujer de Hermosillo y del Estado, tienen programas para su atención. Durante el tiempo en que se realizó este diagnóstico la Dirección General para la atención a la Mujer entregó las instalaciones del Centro Integral de Atención a la Mujer (CIAVIM) al DIF Hermosillo, debido entre otras causas a la falta de recursos humanos para atenderlo.

Lo que se observó es una falta de conocimiento de la población migrante, más aun si esta es considerada indígena, no existen datos precisos sobre su número y/o procedencias. No se encontró entre los funcionarios entrevistados o entre el personal a su cargo a personas que apoyaran en la traducción para comunicarse con aquellas mujeres monobilingües que no pueden expresarse en español, lo que aumenta su condición de vulnerabilidad, ya que dependen de la traducción que puedan hacer algunos líderes de las diferentes etnias. Los entrevistados coincidieron en señalar que:

Es importante señalar que las leyes y reglamentos federales en materia de Mujeres indígenas no están armonizadas con las existentes en el Estado de Sonora, una falencia que deja abierta la interpretación y genera confusiones para la aplicación de las leyes, pudiendo llegar a contravenir la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales firmados al respecto. Ello es muy importante considerando que el artículo 7 de la Convención de Belém do Pará consagra el deber de debida diligencia para la prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, y el artículo 9 dispone que los Estados tengan en cuenta la situación de vulnerabilidad a la violencia que pueda sufrir la mujer en razón, entre otras, de su raza o condición étnica. Complementando lo dispuesto por la Convención, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala, que la protección otorgada a los pueblos indígenas debe ser efectiva tomando en cuenta sus particularidades propias, sus características económicas y sociales, así como su situación de especial vulnerabilidad, su derecho consuetudinario, valores, usos y costumbres. (MESECVI, 2012)

“Para la intervención en el Poblado, tenemos el dilema de los usos y costumbres”

Según información de la (INEGI, 2013), en Sonora, de las 573 701 mujeres de 15 y más años de edad casadas o unidas, 15 619 constituyeron la población femenina hablante de lengua indígena que representó 2.7% de la población femenina de esa misma cohorte.

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“Son una población flotante, que trabaja principalmente en los campos agrícolas, cada vez más, se están quedando y no se integran”

“Aquí es muy claro, respetan nuestras leyes, porque no están en sus pueblos, allá pueden hacer lo que quieran o les dejen”

Al asociar la minoría poblacional que representan las mujeres hablantes de lengua indígena con la condición de rezago económico y social que enfrentan, se obtiene una imagen de población altamente vulnerable. (INEGI, 2013) Los porcentajes de violencia en el total de mujeres casadas o unidas y en las hablantes de lengua indígena (con la misma situación conyugal), reflejan que 55.1% de las hablantes de lengua indígena (8 604 mujeres) expresaron haber sido víctimas de al menos un incidente violento por parte de su pareja, esto es, 3.0 puntos porcentuales más al registrado por las no hablantes de lengua indígena (52.1 por ciento). (INEGI, 2013) Se reconocen importantes diferencias en el tipo de violencia que se comete contra las mujeres que hablan lengua indígena, comparativamente con el total de la población femenina de 15 y más años de edad en el estado. De esta manera, el porcentaje de mujeres no hablantes víctimas de violencia emocional y económica (99.5%) es mayor en 8.1 puntos al que presentan las hablantes de lengua indígena (91.4 por ciento). Tal vez su explicación tenga raíz en la manera en que unas y otras perciban dichas acciones como maltrato. (INEGI, 2013)

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1.9. ALGUNAS CONSIDERACIONES METODOLÓGICAS SOBRE EL SONDEO DE OPINIÓN

C

onforme se fueron realizando las entrevistas la percepción de que la violencia contra las mujeres en el municipio de Hermosillo tiene un fuerte contenido estructural que responde a los patrones culturales de sus habitantes, aunado a la falta de una estadística consolidada sobre denuncias, detenciones y sentencias en casos de violencia contra las mujeres ya que solo se cuenta con datos basados en información entregada por los Ministerios Públicos y no se cuenta con mecanismos para evaluar el subregistro de casos. Aún cuando la Convención de Belém do Pará, obliga a los Estados a garantizar la investigación y recopilación de estadísticas e información pertinente sobre las causas, consecuencias y frecuencia de la violencia contra las mujeres. Bajo este escenario se elaboró un sondeo de opinión que permitiera contrastar la información obtenida en las entrevistas semiestructuradas y las reuniones grupales con funcionarios municipales y estatales; así como tener un acercamiento a la presunción de subregistro de la violencia de género, al conocimiento que tiene la población sobre el problema y las instituciones a las que pueden recurrir en caso de sufrir violencia de género (véase Tabla 4) Población objetivo. La población objeto fueron los habitantes del Municipio de Hermosillo. Método de recolección. El método para captar la información fue mediante entrevista directa por medio de un cuestionario que llenaba en un dispositivo electrónico el encuestador. Estructurado con preguntas que se plantean al informante de manera ordenada, con opciones de respuestas cerradas, en su mayoría, y abiertas en algunos temas. Lugar de levantamiento. Se utilizó la sectorización que tiene hecha la Policía Municipal para aplicar el cuestionario en los seis sectores del municipio de Hermosillo. Se seleccionaron puntos de aforo en su mayoría centros comerciales y plazas públicas. Informante adecuado. Se refiere a la persona que, por sus características, se consideró óptima para proporcionar la información durante la entrevista, mujeres y hombres mayores de 14 años de edad, que vivieran en Hermosillo y dentro del sector en donde se levantaba la encuesta.

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Periodo de referencia. De acuerdo con el diseño conceptual de cada pregunta y la estructuración de la misma, los instrumentos de captación aplicados incluyen diferentes periodos de referencia, que remiten al informante a recordar sucesos o situaciones que le son preguntadas. Periodo de levantamiento. La fase de recolección de información comprendió del 29 al 31de agosto del 2013. Cobertura geográfica. Proporcionará información con cobertura geográfica municipal y permitirá contar con representatividad a dicho nivel. Diseño de la muestra. El diseño muestral no se puede considerar probabilístico, porque la elección no fue al azar, sino que se realizó en puntos de aforo, por el tamaño de la muestra y los puntos geográficos que se eligieron, permite que los resultados obtenidos de la encuesta pueden generalizarse a toda la población objeto de estudio, y también es posible medir los errores de las estimaciones obtenidas de la encuesta. Con base en la población total de Hermosillo de 784242 con un margen de error del 5% y un nivel de confianza del 95% considerando un nivel de heterogeneidad del 50%, se decidió que el tamaño de la muestra fuera de 384 cuestionarios aplicados.

1.10 RESULTADOS PRELIMINARES DE LAS ENCUESTA REALIZADA

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espués de contrastar las estadísticas locales y la ENDIREH, así como las entrevistas realizadas, era importante conocer sobre la percepción que tiene la población de Hermosillo sobre la violencia de género. Como se puede observar el 67.4% de los encuestados percibe que es muy común y el 22.8% dice que es más o menos común.

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Para saber sobre la tolerancia de la población de Hermosillo a la violencia de género y su arraigo, se les preguntó si era algo inevitable, si se acepta en algunas situaciones o si es totalmente inaceptable. Es de hacerse notar lo tolerante que resulta ser la población ante la violencia de género 32 %respondió que era algo inevitable que siempre ha existido y un 18.2 piensa que es aceptable en algunas situaciones; lo que representa más del 50% de la población.

Tratando de indagar más sobre la tolerancia al maltrato de la mujer, se pregunto, sobre si estaba de acuerdo o en desacuerdo que se maltratara a la mujer si ella provocaba al hombre 21.3% respondió que estaba de acuerdo en que las mujeres maltratadas provocaron a su agresor y un 2 % restante no sabe. Respuestas que concuerdan con estudios sobre género en el que en sociedades altamente tolerantes a la violencia contra las mujeres, a estas se les responsabiliza de su situación, a lo que algunos autores llaman violencia estructural.

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En sociedades altamente tolerantes a la violencia contra las mujeres, se culpa a estas de su situación y hasta se justifica, en la pregunta de si una mujer es maltratada continuamente, es culpa de la mujer por seguir con esa persona, a la mujer se le victimiza doblemente, el 81% de la población culpa a la mujer que es maltratada continuamente.

Para conocer sobre la percepción sobre que la violencia reproduce violencia y la repetición de patrones conductuales, se preguntó si las personas estaban de acuerdo con que los hombres que abusan de las mujeres fueron maltratados en su infancia, 64% está de acuerdo con dicha afirmación. Lo que coincide con la ENDIREH en el que las mujeres que no han sido víctimas de violencia por parte de sus parejas refirió que ninguno de los integrantes de la pareja vivió episodios violentos en su pasado familiar (INEGI, 2013)

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Durante la fase de entrevistas, fue repetitivo escuchar que algunas autoridades, sobre todo los policías no intervenían en los casos de violencia intrafamiliar porque creían que eran asuntos privados de la pareja “No actúan para no embroncarse, por no meterse en una situación de pareja, es de dos y se retiran” Se le pregunto a las personas si pensaban que lo que ocurre dentro de una pareja es asunto privado y nadie tiene derecho a meterse y el 46.9 % de la población está de acuerdo con dicha afirmación que aunado a los que dicen no saber, es decir no tienen una posición contundente sobre el enunciado, suman el 50% de la población.

Lo que coincide con los resultados de la ENDIREH 2011 en que los hechos violentos ocurridos a las mujeres solteras por parte de su novio o ex novio, raramente son denunciados; al considerar, aun en la actualidad, la violencia como un problema de pareja que concierne a la vida privada, siendo un factor que inhibe las acciones legales que podrían emprenderse contra los agresores. Las mujeres que denuncian ante alguna autoridad eventos violentos por parte de su pareja o ex pareja en la etapa del noviazgo son usualmente las que fueron agredidas de forma física o sexual; el maltrato emocional o económico, por no dejar huellas físicas visibles, son poco probables de ser denunciados ante las autoridades por lo tanto queda impune.

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Recordando la conclusión en el párrafo 23 del anexo a la resolución 1990/15 del Consejo Económico y Social, de 24 de mayo de 1990, en que se reconoce que la violencia contra la mujer en la familia y en la sociedad se ha generalizado y trasciende las diferencias de ingresos, clases sociales y culturas, y debe contrarrestarse con medidas urgentes y eficaces para eliminar su incidencia, (ONU , 1993) se preguntó si las personas estaban de acuerdo o en desacuerdo de que la violencia doméstica solo ocurre en familias sin educación o que tiene pocos recursos económicos, el 86.4% respondió que no está de acuerdo lo que da idea de lo generalizado de la problemática en la población de Hermosillo. Durante las entrevistas la mayoría de los entrevistados mencionaron como causa del maltrato a las mujeres el alto consumo de bebidas alcoholicas y la presencia de consumo de drogas.

EL 34% de la población establece como causa del maltrato el consumo de alcohol y drogas, mientras que el 59% de la población cree que los hombres maltratan a las mujeres porque tienen problemas psicológicos.

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Las respuestas obtenidas en la pregunta 9 resultan coincidentes en algunos términos con los resultados de la Encuesta Nacional de Violencia contra las Mujeres. Se exploró la existencia de redes familiares y comunitarias con las que cuentan las mujeres maltratadas, ya sea para la búsqueda de apoyos legales o de atención médica, así como la respuesta de estas redes hacia sus solicitudes. Se observó que, del total de mujeres que reportaron haber acudido a buscar algún tipo de apoyo, los que más frecuentemente los escuchan con atención son las amistades, los sacerdotes o líderes religiosos, las vecinas y las organizaciones no gubernamentales (ONG). En menor proporción, las mujeres se acercan al personal de salud (médicos, enfermeras y trabajadoras sociales). Solamente 18.4% de las mujeres comentó sobre su situación de maltrato con el personal de salud que las atendió, las razones más importantes que argumentan para no hacerlo es porque no tienen confianza (50.4%), o porque les dio “pena o vergüenza” (31.7%), porque lo consideran “algo muy privado” (18.3%), o porque el personal de salud tiene poco tiempo para atenderlas (9.1%). En general, la búsqueda de apoyo legal es poco regular, solamente 18.6% de las mujeres refirieron haber acudido a este tipo de instancias (Valdez, Rivera,

& Leticia, 2003) No obstante, la denuncia y petición de ayuda ha sido y sigue siendo una salida poco utilizada por las mujeres en situación de violencia. Diversos son los factores contributivos a que una mujer tenga como única opción guardar silencio: no contar con redes sociales de apoyo, como la familia o amigos; la dificultad que implica para ella, si es dependiente económicamente para salir adelante, sobre todo si tiene hijos y si éstos son menores; no contar con bienes o propiedades; temor al agresor, independientemente si la mujer trabaja o no; vergüenza ante la idea de que sus hijos, la familia, la sociedad se enteren de su situación, entre otros. Contribuye también la ausencia de mecanismos claros, precisos y adecuados que propicien la denuncia; puede la mujer conocer acerca de sus derechos y las leyes que las protegen, pero ello no es garantía para que obtenga la ayuda o el apoyo que requiere; a menudo puede enfrentar obstáculos y dificultades como indiferencia, actitudes desdeñosas, lentitud en los trámites como parte de un sistema burocrático, entre otras limitantes que obstruyen su derecho a una vida libre de violencia.

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En cuanto a los esfuerzos que se realizan en la localidad para apoyar a las mujeres que sufren violencia de género la población reconoce principalmente al DIF y a la línea telefónica de ayuda 066, siendo muy alto el número de personas que contestó que no sabe cuales recursos ayudan a las mujeres.

Destaca que las personas consideran que la Educación y la toma de conciencia son los mecanismos más eficaces para luchar contra la violencia de género en la localidad.

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Para indagar sobre posibles hipótesis del subregistro y/o la no denuncia de los casos de violencia contra la mujer, la gran mayoría respondió que no denuncia por miedo a su agresor y en segundo lugar por vergüenza. En la entidad, de quienes sufrieron violencia por parte de su pareja a lo largo de su relación y no denunciaron estas agresiones, 78.7% no lo hicieron porque no le dieron importancia al hecho violento o porque piensan que él no va a cambiar; 9.0% ven como natural la relación abusiva por parte de su pareja; 7.3% reconocieron que no levantaron cargos contra su pareja por vergüenza y porque no quieren que su familia se entere; 6.1% respondieron desconocer la denuncia como herramienta para defenderse; por su parte, 4.8% no acudieron a poner una queja ante las instancias pertinentes para no afectar a sus hijos y 3.2% de estas mujeres no denunciaron por miedo o por amenazas de su pareja; 2.3% dijeron no confiar en las autoridades; mientras que 10.6% refirieron otros motivos para no hacerlo (INEGI, 2013) En las entrevistas realizadas se nos relató el siguiente caso de una mujer que pidió ayuda y que coincide con lo encontrado en el ENDIREH 2011 “… la gente minimiza la violencia; nada más me estaba ahorcando; nada más me dio una patada”

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Resulta paradójico que la mayoría de las personas (64%) dice que los hombres que abusan de su pareja, también fueron maltratados en su infancia y creen que las mujeres víctimas de violencia de género perdonan a su agresor por sus hijos e hijas.

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Las personas reconocen que la educación y la concientización son factores importantes para prevenir la violencia de género, al preguntarles cuál es el medio por el que aprendió sobre el tema la mayoría mencionó que fue a través de la televisión, lo que coincide con el reporte del MACECVI donde el Comité de Expertas/os también destaca el uso de los medios de comunicación, especialmente Internet, como apoyo a dichas campañas, así como las alianzas realizadas con organizaciones de sociedad civil; con artistas o personajes conocidos o con organizaciones multilaterales para asegurar un mayor impacto. Los Estados por lo general no reportan si se realizan evaluaciones sobre los resultados de las campañas y sobre todo por su impacto en las mujeres en situación de riesgo. Durante el tiempo en que se realizó el presente diagnóstico las instancias que apoyan a las mujeres en el municipio realizaron campañas de volanteo, para que la población conociera y se concientizará del problema, aún no se conocen los resultados de dicha campaña, uno de los entrevistados nos dijo “Se entregaron 1500 paquetes de información y ya habló una persona”

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El 17 por ciento de las personas encuestadas manifiesta que ha sufrido violencia de género. Esto se manifiesta en el hecho de que la mayoría de las mujeres, al ser consultadas sobre el problema, reportan no sufrirlo. Sin embargo, cuando se indaga concretamente en la presencia de ciertos indicadores como empujones, torceduras, ruptura de objetos, jalones, relaciones sexuales violentas, privación de la libertad o de bienes, entre muchos otros, confirman haber experimentado o experimentar uno o varios de ellos en su vida de pareja. Los elementos que contribuyen a esta negación, naturalización u ocultamiento de la violencia son sin duda múltiples y de diverso orden, desde factores personales, pasando por los propios de la interacción cotidiana, hasta aquellos de orden institucional, social o cultural. (Olaiz, Rico, & Del Río, 2003)

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A la pregunta de si las personas habían ejercido violencia de género, el 11.3% de la población contestó afirmativamente.

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La última pregunta del cuestionario nos permite saber si la percepción de la violencia contra la mujer se da por la influencia de medios externos como la radio o la televisión o si es por el conocimiento cercano de casos de violencia. Como se puede observar el porcentaje de las personas que conocen a un familiar o amigo que ha sufrido de violencia de género es coincidente con la percepción de la violencia en la ciudad.

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2. PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA LA SENSIBILIZACIÓN


C

on base en el diagnóstico participativo, las entrevistas a los diferentes sectores sociales, los resultados del sondeo de opinión aplicado expresamente para este programa, así como los aplicados con anterioridad por instituciones tanto públicas como privadas para el Estado de Sonora y/o para el municipio de Hermosillo. Se da cuenta de una alta tolerancia a la violencia por parte de los habitantes del municipio de Hermosillo, lo que hace presumir la existencia de muchos más casos de violencia contra la mujer que no llegan a registrarse en las estadísticas oficiales de las dependencias encargadas de su contabilización. Dentro del diagnóstico se pudo apreciar que la población considera consultar y/o pedir ayuda a un familiar cercano en primer lugar, para pedir apoyo en caso de ser víctima de violencia, lo que dio como resultado la elaboración de un programa que permitiera a la población conocer sobre los tipos de violencia, los que constituyen un delito y los que no, las instituciones a las que pueden recurrir para pedir ayuda, según el tipo de violencia que estén enfrentando, así como los tratados internacionales y leyes que las protegen. Después de la familia, las personas consideran a dos instituciones a las que recurrirían para pedir ayuda en caso de violencia contra las mujeres y esas son: el DIF y la policía, razón por la que se buscó impartir la capacitación dentro de los espacios que ofrece esta institución en el municipio en el que pudieran participar no sólo personal de dicha dependencia, sino extender la invitación a personal de otras dependencias encargadas de la Seguridad Pública. La capacitación comprende 5 módulos de los cuales los tres primeros ya están dados por la convocatoria y los dos módulos restantes se diseñaron con las temáticas que se consideraron relevantes tomando como base la información obtenida a través del diagnóstico participativo.

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PROGRAMA DE CAPACITACIÓN MÓDULO I. CONSTRUCCIÓN SOCIAL DEL GÉNERO. Tema 1. Características biológicas y sociales de las Mujeres y los Hombres Tema 2. Cuando se utiliza el término género… MÓDULO II. VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Tema 1. Diferencia entre violencia de género y Violencia contra la mujer Tema 2. La importancia de la prevención de la violencia contra la mujer Tema 3. La escalera de la violencia Tema 4. La violencia contra la mujer en las diferentes etapas de la vida. Tema 5. Tipos de violencia contra las mujeres. MÓDULO III. CIUDADANÍA Y AUTONOMÍA DE LAS MUJERES Tema 1. ¿Qué es ciudadanía? Ciudadanía civil. Ciudadanía política. Ciudadanía social Tema 2.Breve historia de la ciudadanía de las Mujeres en México Mujeres en la historia en México. Tema 3. Los derechos humanos de las Mujeres, la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer y los Objetivos del Milenio. Tema 4. Esfuerzos internacionales para prevenir y/o eliminar la violencia contra la Mujer en los que participa México. Tema 5. Marco jurídico mexicano en materia de violencia contra las mujeres Tema 6. Marco jurídico en el Estado de Sonora en materia de violencia contra las mujeres

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MÓDULO IV. DETECCIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Tema 1. Detección de la violencia contra las mujeres. Diferencia entre un ataque psicológico y el maltrato psicológico. Tema 2. Formas de violencia psicológica El maltrato psicológico. El acoso psicológico. El acoso escolar El acoso laboral El acoso afectivo La manipulación mental. La agresión insospechada Tema 3. Secuelas de la violencia psicológica. MÓDULO V. ESPACIOS DE ATENCIÓN Y PROPUESTAS DE POLÍTICA PÚBLICA. Tema 1. Casos de violencia denunciados por ubicación geográfica en Hermosillo Tema 2. Leyes y Organismos gubernamentales obligados por ley a erradicar la violencia contra las mujeres en Hermosillo. Tema 3. Instituciones Municipales y Organizaciones de la Sociedad Civil que apoyan a las mujeres en Hermosillo. Tema 4. Propuestas de política pública para la prevención de la violencia contra las mujeres en la comunidad.

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2.1. EVALUACIONES PRE Y POS INTERVENCIÓN

A

l inicio de la capacitación se aplicó el mismo instrumento que sirvió como base para hacer el sondeo de opinión en el municipio, con la finalidad de conocer la percepción que el grupo tenía sobre la violencia, su grado de concientización y tolerancia hacia la misma. Al finalizar la capacitación se aplicó el instrumento de inició lo que permitiría observar si hubo cambios en la percepción y tolerancia hacia la violencia por parte del grupo además se agregaron preguntas para evaluar el contenido y calidad del programa impartido. (Ver Anexo IV) En los tres grupos impartidos se observó un cambio favorable al ser menos tolerantes a la violencia contra las mujeres así como una mejor compresión del fenómeno. Todos los participantes en los programas manifestaron su satisfacción con el programa y lo recomiendan para que sea impartido a otros grupos de mujeres.

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2.2. MANUAL DE CAPACITACIÓN PARA LA SENSIBILIZACIÓN

E

l manual para la capacitación que se diseño para el Programa integral de prevención de la violencia contra las mujeres, va acompañado de la presentación en formato Power Point. A su vez se anexa un archivo con las notas para el expositor, las actividades opcionales, los documentos legales de consulta, los informes a los que se hace referencia y bibliografía adicional; también se anexa el material audiovisual de cada módulo. Todo lo anterior se entrega en formato electrónico. Cabe señalar que en las capacitaciones realizadas a los participantes se les entregó un CD con la información revisada durante el curso.

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3. SUGERENCIAS DE POLÍTICA PÚBLICA

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S

in duda la parte más importante con la que concluye un diagnóstico participativo es la propuesta por parte de la comunidad de las acciones a seguir para resolver alguna problemática que enfrentan en sus espacios de convivencia.

En este caso las sugerencias que se hacen de política pública surgen a partir de la entrevista con los funcionarios y actores clave de la ciudad de Hermosillo quienes expresaron posibles soluciones para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres. Las soluciones propuestas están diferenciadas según los lugares en donde se realizaron las capacitaciones para la sensibilización debido a que la problemática que presenta cada comunidad tiene diferentes características, sin embargo existen algunas en las que se coincide. Estas soluciones que propone la comunidad, están agrupadas con respecto a los tiempos que requiere la implementación de las medidas.

3.1. PLAN DE ACCIÓN A CORTO PLAZO

T

omando como base las incidencias delictivas reportadas según las estadísticas proporcionadas por la Secretaria de Seguridad Pública del Estado se observó que durante el periodo comprendido de julio 2012 a julio 2013, los casos de violencia contra las mujeres son generalizados en el municipio, de ahí que se buscó abarcar la mayoría de los espacios que estaban por encima de la medía. Se eligieron los espacios para trabajar con las familias, iniciando con el Poblado Miguel Alemán, Altares y Solidaridad. Debido a que las entrevistas y el sondeo aplicado muestran que la población tiene una alta tolerancia hacia la violencia, se decidió que la convocatoria fuera abierta, para tratar los temas de violencia de género, para darle herramientas a la población para apoyar y/o ayudar a las personas que sufren de violencia de género, ya que un alto porcentaje manifestó que en caso de sufrir violencia de género acudirían en primer lugar con un familiar, razón por la que es de suma importancia que las personas tengan los conocimientos mínimos para detectar la existencia de algún tipo de violencia en su persona o en las personas más próximas, llámense familiares o amigas cercanas. Se decidió diseñar un programa de capacitación que pueda replicarse en cualquier punto de la ciudad. Para realizar el programa se eligió como población meta a las mujeres del Poblado Miguel Alemán debido a que enfrentan más de tres situaciones de vulnerabilidad según las enlista la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, por ejemplo: las mujeres pertenecientes a minorías, las mujeres indígenas, las refugiadas, las mujeres migrantes, las mujeres que habitan en son particularmente vulnerables a la violencia. (ONU , 1993)

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Por otra parte las comunidades de Solidaridad y Altares son espacios urbanos en la periferia que concentran el mayor número de casos denunciados de violencia contra la mujeres, para impartir la capacitación se escogió realizarla en el CIAVIM Solidaridad y en el Centro Amah en Altares debido a que estos espacios son accesibles además a otras colonias en situaciones similares de violencia contra las mujeres, por lo que a partir de la selección de estos espacios se podía asegurar la asistencia de personas de la comunidad que además pudieran servir de replicadoras del mensaje a favor de una vida libre de violencia. Al concluir los talleres de sensibilización los participantes realizaron propuestas de política pública que considerar puede prevenir la violencia contra las mujeres en sus colonias. Debido a que el programa para la sensibilización sobre la violencia contra las mujeres, se entrega estructurado, con la presentación, las notas para el capacitador, los videos de apoyo, así como documentos de consulta, el programa puede ser replicado por la instancia que la autoridad designe.

3.2 MEDIANO PLAZO

C

onsiderando el mediano plazo en un periodo que va de los seis meses a un año, se identificaron algunas propuestas que podrían ser gestionadas y/o realizadas, ya que dependen de diferentes ámbitos de la esfera pública e implica la coordinación con diferentes instancias. En los ejercicios realizados en la comunidad aparece la constante de la necesidad de la aplicación de la justicia en contra de los agresores, para lo cual se pide además de la capacitación y sensibilización de los ministerios públicos, que se gestionen más agencias especializadas en delitos sexuales y violencia intrafamiliar, ya que sólo existen dos en el municipio de Hermosillo y como ya quedó demostrado los casos de violencia que suceden en la periferia son los mínimos los que se denuncian, ya que se encuentran con la dificultad de continuar con los trámites debido a las condiciones de pobreza y las distancias que deben de recorrer, hacen que las victimas no ratifiquen la demanda, lo que las pone en una posición de vulnerabilidad mayor que antes de denunciar el hecho en su contra. Por lo que se coincide en la necesidad de tener agencias especializadas cerca de las comunidades para que se puedan denunciar los hechos de violencia e impartir justicia. Una constante que manifiestan los diferentes grupos es la falta de seguimiento a la regulación en la venta de bebidas alcohólicas en las colonias, lo que desata episodios de violencia contra la familia; así como la permisividad en la venta y distribu-

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ción de drogas por parte de elementos de la policía local. En otro orden de ideas, la revisión hecha al código civil y penal del Estado de Sonora, se propone la revisión de los mismos a la luz de una visión con equidad de género, así como lograr que estos sean armónicos con la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para el Estado de Sonora en referencia a las mujeres indígenas y el tratamiento del feminicidio, evitando formas linguisticas que aludan a la honestidad o condición de mujer en la aplicación de la justicia; así como la revisión de las penas aplicadas, que no deberían ser en menores que las aplicadas en el caso de abigeato.

3.3. LARGO PLAZO

C

onsiderando como largo plazo aquellas soluciones que implican más de un año para su realización, se identificó como una prioridad contar con refugios seguros y accesibles por su cercanía en donde las mujeres puedan acudir para huir de su agresor en caso de sentirse amenazadas aun sin contar con orden expresa de un juez; esto debido a que como se pudo corroborar en el sonde las víctimas de violecia no denuncian por miedo a su agresor, por lo que ven necesario primero brindar un ambiente seguro a la mujer y sus hijos, si existieran, para que esta pueda ser informada de su situación juridíca, económica y psicológica, para que libremente decida sobre su futuro y el de sus hijos. Por lo que se suigere centros integrales distribuidos de manera equidistante, que permita abarcar a la mayor cantidad de población vulnerable y dar refugio a las victimas de manera prioritaria pero que a si vez permita la incorporación o reincorporación de las mujeres a formas de vida que le prorcionen una remuneración económica que le permita sostenerse a si misma y a sus hijos, mientras reciben apoyos terapeuticos para reintegrarse a la sociedad con mayores probabilidades para vivir una vida libre de violencia.

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NOTAS Artículo 21 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de México (2007)

1

En 1994, se firma la única convención que existe en el mundo, específicamente sobre violencia contra la mujer. 32 Estados de los 34 que forman la OEA la han ratificado.

2

Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de México. 1 de febrero de 2007. Artículo 21: Violencia Feminicida: Es la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, producto de la violación de sus derechos humanos, en los ámbitos público y privado, conformada por el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado y puede culminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres. Conforme a la respuesta del gobierno de México al cuestionario del Comité de Expertas/os, hasta julio de 2010, 18 estados y el Distrito Federal ya habían incluido la “violencia feminicida” en sus legislaciones internas. Artículo 22 de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de México.

3

Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú y Venezuela han ratificado dicho Convenio.

4

Artículo 4°.- “El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral… (Estados Unidos Méxicanos, 2013)

5

Artículo 123.-… V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día de media hora cada uno para alimentar a sus hijos;

6

Ley para la Igualdad entre hombres y mujeres en el Estado de Sonora Ley de prevención y atención de la violencia intrafamiliar y su Reglamento. Ley de atención a víctimas del delito Ley de protección a madres Jefas de familia Ley para la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes Ley de prevención y combate de la trata de personas para el Estado de Sonora Ley orgánica de la Procuraduría de la defensa del menor y la familia del Estado de Sonora Ley de salud para el Estado de Sonora

7

8

En el anexo 1, se puede consultar el tabulado original.

9

En el anexo II se encuentra la propuesta de entrevista semiestructurada.

Se reserva el nombre de quien o quienes emitieron dichas expresiones, ya que estas son representativas y comunes a las entrevistas realizadas y concuerdan con los comentarios recogidos durante las observaciones no participantes.

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ANEXOS


I. Colonias con mayor incidencia de casos denunciados de julio 2012 a julio 2013 en el municipio de Hermosillo INCIDENCIA DELICTIVA (julio a julio 2012-2013) 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 4 5 5 5 5 5 5 5 5 5 6 6 6 6 6 6 6 6 6 6 7 7 7 7

COLONIA

Centenario, Hermosillo El Cortijo, Hermosillo El Ranchito, Hermosillo Luis Encinas, Hermosillo Puerta Real Residencial, Hermosillo Real de Minas, Hermosillo Real Del Cardo, Hermosillo Sahuaro Final, Hermosillo Sahuaro Indeco, Hermosillo Villa colonial, Hermosillo Villa Hermosa, Hermosillo Agualurca, Hermosillo El Encanto, Hermosillo Jorge Valdez Muñoz, Hermosillo Los Ángeles, Hermosillo Mallorca Residencial, Hermosillo Metalera, Hermosillo Paseo del Pedregal, Hermosillo Privadas del Real, Hermosillo Valle Del Portal, Hermosillo Emiliano Zapata, Hermosillo Jesús García, Hermosillo Los Naranjos, Hermosillo Mártires de Cananea, Hermosillo Oasis Solana, Hermosillo Olivares, Hermosillo Real Del Carmen, Hermosillo San Bosco, Hermosillo Sonacer, Hermosillo Villa del Prado, Hermosillo, Sonora Álvaro Obregón, Hermosillo Carmen Serdán, Hermosillo Centro, Hermosillo El Apache, Hermosillo


7 7 8 8 8 8 8 8 8 9 9 9 9 9 9 10 10 10 10 11 11 11 12 12 12 13 13 14 15 15 16 16 16 17 18 18 23 29 29 37

López Portillo, Hermosillo Manuel Gómez Morín, Hermosillo Café Combate, Hermosillo Coloso Bajo, Hermosillo El Mariachi, Hermosillo Eusebio Kino, Hermosillo Norberto Ortega, Hermosillo Paloverde Indeur Los Olivos, Hermosillo Primero Hermosillo, Hermosillo Bahía de Kino Centro, Hermosillo Floresta, Hermosillo,Sonora Insurgentes, Hermosillo Jardines, Hermosillo, Sonora Ley 57, Hermosillo San Luis, Hermosillo 4 de Marzo, Hermosillo Balderrama, Hermosillo Jacinto López, Hermosillo Las Lomas, Hermosillo Dunas, Hermosillo Unión de Ladrilleros, Hermosillo Villas Del Sur, Hermosillo Lomas de Madrid, Hermosillo Poblado Miguel Alemán, Hermosillo Villa de Seris, Hermosillo Las Minitas, Hermosillo Salvador Alvarado, Hermosillo Sahuaro, Hermosillo La Caridad, Hermosillo San Pedro El Saucito, Hermosillo Pueblitos, Hermosillo Tierra Nueva, Hermosillo Villa Del Real, Hermosillo La Cholla, Hermosillo Altares, Hermosillo Villa Verde, Hermosillo Palo Verde, Hermosillo Nuevo Hermosillo, Hermosillo Solidaridad, Hermosillo Cerro Colorado, Hermosillo


II. Cuestionario aplicado Nombre: Violencia de género Descripción: Percepción de violencia de Genero en Hermosillo PREGUNTAS 1.- ¿Vive por esta Zona?

RESPUESTAS - Si - No, ¿En que colonia vive?

2.- Por favor indique su Edad 3.- Sexo

- Hombre - Mujer

4.- Situación de pareja

- Soltero sin pareja - Soltero en Noviazgo - Unión Libre - Casado - Separado - Divorciado - Viudo

5.- Último grado de estudios

- Primaria incompleta - Primaria completa - Secundaria incompleta - Secundaria completa - Preparatoria o estudios técnicos o bachillerato incompleto - Preparatoria o estudios técnicos o bachillerato completo - Universidad incompleta - Universidad completa - Estudios Superiores incompletos - Estudios Superiores completos

6.- ¿Cree que la violencia de género en Hermosillo es?

- Muy común - Mas o menos común - Poco frecuente - No existe

7.- En su opinión la violencia de género es

- Algo inevitable que siempre ha existido - Aceptable en algunas situaciones - Totalmente inaceptable


PREGUNTAS

RESPUESTAS

8.- Si un hombre maltrata una mujer, es porque ella hizo algo para provocarlo

- De acuerdo - No está de acuerdo - No sabe

9.- Si una mujer es maltratada continuamente, ¿la culpa es de ella por seguir con esa persona?

- De acuerdo - No está de acuerdo - No sabe

10.- Los hombres que abusan de su pareja, también fueron maltratados en su infancia

- De Acuerdo - No está de acuerdo - No sabe

11.- Lo que ocurre dentro de una pareja es asunto privado; nadie tiene derecho a meterse

- De Acuerdo - No está de acuerdo - No sabe

12.- La violencia doméstica sólo ocurre en familias sin educación o que tienen pocos recursos económicos (viven en la miseria)

- De Acuerdo - No está de acuerdo - No sabe

13.- Los hombres que maltratan lo hacen generalmente porque

- Son hombres - Tienen problemas psicológicos - Tienen problemas de alcohol o drogas

14.- ¿A quién recurrirías en primer lugar en caso de sufrir violencia de género?

- A un familiar mío - A un familiar del agresor - A la policía - Al DIF - Ministerio Publico - Amigo / Vecino - Sacerdote o Religioso - Abogado - A nadie - Otro (especifique)

15.- ¿Cuáles de estos recursos ayudan a las mujeres que sufren violencia de género?

- Línea Protege - Línea 066 - GEAVI - DIF - Procuraduría de defensa del menor - No sabe - Otro, ¿Cuál?


PREGUNTAS

RESPUESTAS

16.- ¿Cuál es el mecanismo más eficaz para luchar contra la violencia de Género?

- Educación - Penas más severas para los agresores - Crear conciencia social - Ayudando psicológicamente a victimas - Ayudando psicológicamente a agresores - Listas públicas de agresores (exhibirlos ante la gente) - Otro mecanismo ¿Cuál?

17.- ¿Por qué crees que las víctimas de Violencia de Género no denuncian?

- No creen que la agresión sea grave - Por miedo a su agresor - Porque se merecían la agresión - Por vergüenza - Por desconfianza a las autoridades - Porque no saben dónde denunciar - Porque les queda lejos el lugar para denunciar - Otro motivo ¿Cuál?

18.- ¿Por qué cree que algunas víctimas de violencia de género perdonan a su agresor?

- Dependencia emocional - Dependencia económica - Miedo a represalias - Miedo a la soledad - Presión del entorno - Presión del entorno - Piensan que su agresor puede cambiar - Por sus hijos e hijas - Motivos religiosos - Mantener status social - Otro motivo ¿Cuál?

19.- Lo que sabe sobre la violencia de género, lo aprendió en primer lugar de:

- Televisión - Radio - Prensa escrita - Lugar de trabajo - Platicas con familiares - Escuela - Experiencia propia en pareja - Experiencia de algún conocido - No sé sobre violencia de género

¿Usted ha sido víctima de violencia de género?

- Si - No

¿Usted ha ejercido violencia de género?

- Si - No

¿Conoce usted a un familiar o amigo(a) que ha sufrido violencia de género?

- Si - No


III. Evaluación pre-intervención y post-intervención PRE-INTERVENCIÓN Nombre: 1. Vive en esta zona? SI NO (Si su respuesta es NO) ¿En qué colonia vive?: 2.

Edad

3. Sexo….. Femenino

Masculino

4. Situación de Pareja: Casado ( ) Soltero ( ) Tiene una relación de noviazgo ( ) Vive en unión libre ( ) Divorciado ( ) Separado ( ) Viudo ( ) 5. Último grado de estudios: Primaria incompleta ( ) Primaria completa ( ) Secundaria incompleta ( ) Secundaria completa ( ) Preparatoria o estudios técnicos después de la secundaria incompletos ( ) Preparatoria o estudios técnicos después de la secundaria completos ( ) Universidad incompleta ( ) Universidad completa ( ) Estudios superiores universitarios (Maestría, Doctorado) ( ) 6. Ocupación: INSTRUCCIONES: Señale la respuesta que más se parece a su forma de pensar: 1.

¿Cree que la violencia de género en Hermosillo es

a) Muy común c) Poco frecuente 2.

b) Mas o menos común c) No existe

En su opinión la violencia de género es:

a) Algo inevitable que ha existido siempre b) Aceptable en algunas circunstancias c) Totalmente inaceptable 3.

Un hombre no maltrata porque sí; ella también habrá hecho algo para provocarlo.

a) Acuerdo

b) No está de acuerdo

c)No sabe

4. Si una mujer es maltratada continuamente, la culpa es suya por seguir conviviendo con esa persona. a) Acuerdo 5.

b) No está de acuerdo

c) No sabe

Los hombres que abusan de sus parejas, también fueron maltratados en su infancia

a) Acuerdo

b) No está de acuerdo

c) No sabe

6. Lo que ocurre dentro de una pareja es un asunto privado; nadie tiene derecho a meterse


a) Acuerdo

b) No está de acuerdo

c) No sabe

7. La violencia doméstica sólo ocurre en familias sin educación o que tienen pocos recursos económicos (viven en la miseria) a) Acuerdo 8.

b) No está de acuerdo

c) No sabe

Los hombres que maltratan lo hacen generalmente porque:

a) Son hombres b) Tienen problemas psicológicos c) Tienen problemas con el alcohol y/o drogas 9.

¿A quién recurrirías en primer lugar en caso de sufrir violencia de género?

a) A un familiar mío e) Amiga/vecina h) Sacerdote o líder religioso j) Otro (Especificar)

b) A la policía f ) A nadie i) Abogado

c) DIF d) Ministerio Público g) Familiar del agresor

10. ¿Cuáles de estos recursos ayudan a las mujeres que sufren violencia de género? a) Línea Protege b) Línea telefónica 066 b) GEAVI c) DIF d) Procuraduría de Defensa del Menor e) Otro ¿Cuál? 11. ¿Cuál es el mecanismo más eficaz para luchar contra la violencia de Género? a) Educación b) Endurecimiento de las Penas c) Concientización social d) Ayuda psicológica a victimas e) Ayuda psicológica a maltratadores f ) Listas públicas de maltratadores (Exhibir a los maltratadores) g) Otro mecanismo. ¿Cuál? 12.

¿Por qué crees que las víctimas de Violencia de Género no denuncian?

a) No creen que la agresión sea grave c) Porque se merecían la agresión e) Por desconfianza a las autoridades g) Porque les queda lejos el lugar para denunciar f ) Otro motivo 13.

b) Por miedo a su agresor d) Por vergüenza f ) Porque no saben donde denunciar

¿Por qué cree que algunas víctimas de violencia de género perdonan a su agresor?

a) Dependencia emocional c) Miedo a represalias e) Presión del entorno g) Por sus hijos e hijas

b) Dependencia económica d) Miedo a la soledad f ) Piensan que su agresor puede cambiar h) Motivos religiosos


i) Mantener status social

j) Otro motivo

¿Cuál?

14. Lo que sabe sobre la violencia de género, lo aprendió en primer lugar de: a) TV b) Radio c) Prensa escrita d) Lugar de trabajo e) Pláticas con familiares f ) Escuela g) Experiencia propia h) No se sobre violencia de género. 15.

¿Usted ha sido víctima de violencia de género?

a) Si

16.

¿Usted ha ejercido violencia de género?

17. a) Si

¿Conoce usted a un familiar o amigo(a) que ha sufrido violencia de género? b) No

a) Si

b) No b) No


POST-INTERVENCIÓN

Nombre: 1. Vive en esta zona? SI NO (Si su respuesta es NO) ¿En qué colonia vive?: 2.

Edad

3. Sexo….. Femenino

Masculino

4. Situación de Pareja: Casado ( ) Soltero ( ) Tiene una relación de noviazgo ( ) Vive en unión libre ( ) Divorciado ( ) Separado ( ) Viudo ( ) 5. Último grado de estudios: Primaria incompleta ( ) Primaria completa ( ) Secundaria incompleta ( ) Secundaria completa ( ) Preparatoria o estudios técnicos después de la secundaria incompletos ( ) Preparatoria o estudios técnicos después de la secundaria completos ( ) Universidad incompleta ( ) Universidad completa ( ) Estudios superiores universitarios (Maestría, Doctorado) ( ) 6.

Ocupación:

INSTRUCCIONES: Señale la respuesta que más se parece a su forma de pensar: 1.

¿Cree que la violencia de género en Hermosillo es

a)Muy común c) Poco frecuente 2.

b) Mas o menos común d) No existe

En su opinión la violencia de género es:

a) Algo inevitable que ha existido siempre b) Aceptable en algunas circunstancias c) Totalmente inaceptable 3.

Un hombre no maltrata porque sí; ella también habrá hecho algo para provocarlo.

a) Acuerdo

b) No está de acuerdo

c)No sabe

4. Si una mujer es maltratada continuamente, la culpa es suya por seguir conviviendo con esa persona. a) Acuerdo 5.

c) No sabe

Los hombres que abusan de sus parejas, también fueron maltratados en su infancia

a) Acuerdo 6.

b) No está de acuerdo

b) No está de acuerdo

c) No sabe

Lo que ocurre dentro de una pareja es un asunto privado; nadie tiene derecho a meterse

a) Acuerdo

b) No está de acuerdo

c) No sabe


7. La violencia doméstica sólo ocurre en familias sin educación o que tienen pocos recursos económicos (viven en la miseria) a) Acuerdo 8.

b) No está de acuerdo

c) No sabe

Los hombres que maltratan lo hacen generalmente porque:

a) Son hombres b) Tienen problemas psicológicos c) Tienen problemas con el alcohol y/o drogas 9.

¿A quién recurrirías en primer lugar en caso de sufrir violencia de género?

a) A un familiar mío b) A la policía e) Amiga/vecina f ) A nadie h) Sacerdote o líder religioso j) Otro (Especificar)

c) DIF g) Familiar del agresor i) Abogado

d) Ministerio Público

10. ¿Cuáles de estos recursos ayudan a las mujeres que sufren violencia de género? a) Línea Protege b) Línea telefónica 066 b) GEAVI c) DIF d) Procuraduría de Defensa del Menor e) Otro ¿Cuál? 11. ¿Cuál es el mecanismo más eficaz para luchar contra la violencia de Género? a) Educación b) Endurecimiento de las Penas c) Concientización social d) Ayuda psicológica a victimas e) Ayuda psicológica a maltratadores f ) Listas públicas de maltratadores (Exhibir a los maltratadores) g) Otro mecanismo. ¿Cuál? 12.

¿Por qué crees que las víctimas de Violencia de Género no denuncian?

a) No creen que la agresión sea grave c) Porque se merecían la agresión e) Por desconfianza a las autoridades g) Porque les queda lejos el lugar para denunciar 13.

b) Por miedo a su agresor d) Por vergüenza f ) Porque no saben donde denunciar h) Otro motivo

¿Por qué cree que algunas víctimas de violencia de género perdonan a su agresor?

a) Dependencia emocional c) Miedo a represalias e) Presión del entorno g) Por sus hijos e hijas i) Mantener status social

b) Dependencia económica d) Miedo a la soledad f ) Piensan que su agresor puede cambiar h) Motivos religiosos j) Otro motivo ¿Cuál?

14. Lo que sabe sobre la violencia de género, lo aprendió en primer lugar de: a) TV b) Radio c) Prensa escrita d) Lugar de trabajo e) Pláticas con familiares f ) Escuela g) Experiencia propia h) No se sobre violencia de género.


15.

¿Usted ha sido víctima de violencia de género?

16.

¿Usted ha ejercido violencia de género?

17. a) Si

¿Conoce usted a un familiar o amigo(a) que ha sufrido violencia de género? b) No

18. a) Si

¿Este curso cambió en algo su percepción sobre la violencia de género? b)No

19.

¿Qué otro tema le gustaría que se impartiera?

20

¿Le recomendaría a otras personas que tomaran este mismo curso?

a) Si

b) No

a) Si a) Si

b) No b) No


Índice de Cuadros, Gráficas, Mapas y Tablas CUADROS 1. Fuente: Extracto del cuadro 1. Estados de América y el Caribe que han incluido en su legislación interna disposiciones para prevenir, sancionar y erradicar algunas formas de violencia contra las mujeres. (MESECVI, 2008) 2. Fuente:(MESECVI, 2012) Cuadro 1. Legislación sobre violencia contra las mujeres (Extracto) 3. Fuente (MESECVI, 2012): cuadro 2. Legislación sobre algunas formas de violencia contra las mujeres. (Extracto) 4. Fuente: (MESECVI, 2012) Cuadro 3. Legislación sobre violencia contra las mujeres en el ámbito estatal (I) (Extracto) 5. Fuente: (MESECVI, 2012) Extracto del cuadro 4. Legislación sobre violencia contra las mujeres en el ámbito estatal (II) Derechos sexuales y reproductivos. (Extracto) 6. Fuente: Extracto del Cuadro 5. Planes nacionales, planes de acción o estrategias para enfrentar la violencia contra las mujeres. (MESECVI, 2012) 7. Fuente: Extracto del Cuadro 6. Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia (I) (MESECVI, 2012) 8. Fuente: extracto del cuadro 7. Acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia (II): Medidas administrativas 9. Instituciones en el municipio que apoyan a las mujeres en Hermosillo.

15 17 18 18 18 19 19 19 30

GRÁFICAS 1. Composición poblacional por sexo. Hermosillo, Son. Elaboración propia con datos del censo de población INEGI 2010. 2. Respuesta a la pregunta ¿cree que la violencia de género en Hermosillo es....? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión realizado el 6 de septiembre del 2013 en el Municipio de Hermosillo Son. 3. Respuesta a la pregunta ¿En su opinión la violencia de género es....? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 4. Reacción de acuerdo o desacuerdo con respecto al enunciado “Si un hombre maltrata a una mujer, es porque ella hizo algo para provocarlo… Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión. 5. Reacción de acuerdo o desacuerdo con respecto al enunciado “Si una mujer es maltratada continuamente, la culpa es de ella por seguir con esa persona….elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión. 6. Reacción de acuerdo o desacuerdo con respecto al enunciado “Los hombres que abusan de su pareja, también fueron maltratados en su infancia….elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 7. Reacción de acuerdo o desacuerdo ante el enunciado:” Lo que ocurre dentro de una pareja es asunto privado nadie tiene derecho a meterse”. Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 8. Reacción de acuerdo o desacuerdo ante el enunciado:”La violencia doméstica solo ocurre en familias sin educación o que tienen pocos recursos económicos (viven en la miseria)”. Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión

25 51 51 52 52 53 53 54


9. Los hombres que maltratan lo hacen generalmente porque…. elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión. 10. Respuesta a la pregunta: “A quien recurrirías en primer lugar en caso de sufrir violencia de género”. Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 11. Respuesta a la pregunta “¿Cuáles de estos recursos ayudan a las mujeres que sufren violencia de género? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 12. Respuesta a la pregunta “¿Cuál es el mecanismo más eficaz para luchar contra la violencia de género? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 13. Respuesta a la pregunta “¿Por que crees que las victimas de género no denuncian?” Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 14. Respuesta a la pregunta ¿Por qué cree que algunas de las víctimas de violencia de género perdonan a su agresor? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 15. “Lo que sabe sobre la violencia de género, lo aprendió en primer lugar de… “Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión 16. Respuesta a la pregunta ¿Usted ha sido víctima de violencia de género? elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión. 17. Respuesta a la pregunta ¿Usted ha ejercido violencia de género? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión. 18. Respuesta a la pregunta ¿Conoce usted a un familiar o amigo(a) que ha sufrido violencia de género? Elaboración propia con base en las respuestas obtenidas en el sondeo de opinión.

54 55 56 56 57 58 59 60 61 62

MAPAS 1. Casos de violencia denunciados por ubicación geográfica (Julio 2012 - Julio 2013) 2. Ubicación geográfica de las instancias de gobierno municipal que tienen programas para mujeres 3. Ubicación geográfica de las OSC que apoyan a las Mujeres en Hermosillo.

26 31 31

TABLAS 1. Elaboración propia con información del CEPAMEG (Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, 2008) 2. Colonias con 12 y más casos de violencia contra la mujer denunciados (Julio 2012 - Julio 2013) 3. Directorio Instituciones de la Sociedad Civil que trabajan con mujeres desde diferentes aspectos. 4. Relación de las entrevistas realizadas dentro del diagnóstico (Agosto - Septiembre 2013). 5. Comparación de las penas del código Civil enSonora aplicables para las mujeres y el ganado

20 27 32 41 44



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