Madrid, a 6 de marzo de 2013 Excma. Sr. Doña. SOLEDAD BECERRIL DEFENSORA DEL PUEBLO. c/ Eduardo Dato, 31 28010. Madrid Excma. Sra.: Me permito escribirle en nombre de la titularidad del Centro privado concertado de Formación Profesional de Grado Superior denominado “Ciudad de los Muchachos”, sito en Madrid, calle Santa Marta nº 15 (28038), y del conjunto de sus profesores, padres y madres, y alumnos. El motivo de esta carta es compartir con Ud. y hacerle llegar nuestra profunda preocupación por la medida que recientemente ha hecho pública la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad de Madrid, a través de la Orden 297/2013, de 8 de febrero de 2013 (BOCM 19.2.13), relativa a la supresión de los conciertos educativos a los Centros educativos que impartan estas enseñanzas profesionales de grado superior. Esta medida atenta gravemente contra la libertad de enseñanza. Los conciertos en las enseñanzas postobligatorias son concreción del artículo 27.9 de la Constitución. Por este motivo, con arreglo a su artículo 81, los conciertos se regulan por Ley Orgánica, en este caso por la LODE y la LOE. La D.T.10ª de esta última, que tiene carácter de orgánico, establece con claridad que se mantendrán los conciertos de las enseñanzas postobligatorias. Por su parte, el Reglamento de normas básicas de conciertos educativos indican claramente que los titulares de los centros concertados podrán solicitar la renovación de su concierto. La Orden de la Comunidad de Madrid niega incluso el derecho a solicitar la renovación. La administración, después, podrá denegar o no el concierto, pero en estos momentos se niega el derecho al procedimiento establecido. Esta actuación de la administración constituye una ilegalidad fragrante del ordenamiento jurídico y una vía de hecho. Como bien puede suponer, la aplicación de esta medida, a partir del curso 2013/14, supone impedir la gratuidad de estas enseñanzas, lo que puede tener un efecto devastador en los alumnos atendidos, que se verían obligados a acudir a otros Centros no escogidos inicialmente por ellos, pero que puedan mantener estas condiciones económicas, como pueden ser los IES o Centros públicos. Es decir, a nuestro juicio, un impedimento al derecho de elección de centro educativo previsto en nuestra Constitución y recogido en nuestro ordenamiento legal. Por ello, desde la titularidad de este Centro, y en nombre de sus profesores, padres y madres, y de su alumnado, le trasladamos nuestra queja sobre la actuación de la Consejería de Educación de Madrid, rogándole emita el correspondiente dictamen acerca de dicha actuación, impulsando así que la misma se reconsidere el mantenimiento de la red de Centros privados concertados de Formación Profesional de Grado Superior de la Comunidad de Madrid. Una red caracterizada, dicho sea de paso, por su excelente calidad, por la optimización de sus recursos, por el ahorro de fondos públicos y eficiencia en su funcionamiento, y por su alta demanda escolar y altísimo grado de empleabilidad de su alumnado. Sin otro particular, reciba nuestro más atento saludo, Basilio Díaz Director titular del Centro