ARCHIVO DEFINITIVO DE LA QUERELLA CONTRA HIPÓDROMO DE LA ZARZUELA, SU PRESIDENTA Y VARIOS DE SUS DIRECTIVOS La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar (SFCCE), tras el sobreseimiento de la querella que esta entidad presentó contra el Hipódromo de La Zarzuela, su Presidenta y varios de sus directivos. La sentencia, contra la que ya no cabe recurso ordinario, confirma que en los hechos denunciados no existe ningún delito de estafa impropia, falsedad en documento oficial, ni coacciones, por parte de los querellados. Miércoles 18 de noviembre de 2015 – La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado la querella que la Sociedad de Fomento de la Cría Caballar (SFCCE) interpuso contra Hipódromo de La Zarzuela, su Presidenta Faina Zurita, sus directivos Gerardo Torres y David Pasamontes, el Presidente de la Asociación de Sociedades Organizadoras de Carreras de Caballos en España, Carlos Rodulfo, y el Presidente de la Real Federación Hípica Española, Javier Revuelta, por los supuestos delitos de estafa, falsedad documental y coacciones. En su auto, contra el que no cabe recurso ordinario, el juez desestima el recurso de apelación presentado por la SFCCE al no ser los hechos denunciados constitutivos de delito, confirmando así la sentencia de sobreseimiento de la querella dictada el pasado 3 de julio de 2015 por el Juzgado de Instrucción nº2 de Madrid. Con respecto al delito de estafa impropia por la venta de los derechos audiovisuales de las carreras de caballos, la Audiencia ratifica la decisión del Juzgado de Instrucción, e insiste en que los derechos de imagen cuya titularidad se arroga la SFCCE no le corresponden, y que su comercialización por parte de todos los hipódromos españoles se viene produciendo sin problemas, y con conocimiento público, desde el año 2005. El juez también ha desestimado el delito de falsedad en documento oficial, alegando en su auto que los documentos supuestamente manipulados a los que se refiere la SFCCE no son oficiales, pues ésta es una asociación privada. Por otra parte, el auto recuerda que HZ no es administración pública, por lo que los documentos emitidos por esta sociedad estatal sólo tienen carácter informativo de cara a sus clientes.
Por último, el juez archiva igualmente la acusación por coacciones, reprochando a la parte querellante no haber concretado ninguna expresión de carácter intimidante e incidiendo en que el convenio de 2005 suscrito entre SFCCE y la RFHE (Real Federación Hípica Española) podía ser denunciado por cualquiera de las partes sin que ello pudiera considerarse coactivo. Además, la sentencia concluye que el hecho de que Hipódromo de La Zarzuela sea una sociedad pública estatal, sujeta a la Ley de Contratos del Sector Público, le imposibilita contratar con entidades que estén en situación concursal, de modo que no podía contratar con la SFCCE.
PARA MÁS INFORMACIÓN Departamento de Comunicación de Hipódromo de La Zarzuela Tel.: 91 740 05 40 - 639 934 963 / e-mail: egarcia@hipodromodelazarzuela.es