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Acerca de las constancias de capacitación ante la STPSNATIVIDAD

Acerca de las constancias de capacitación ante la STPS

Dar a conocer las obligaciones inherentes a la capacitación, permite informar a las empresas acerca de lo que deben realizar en materia de capacitación, adiestramiento y productividad.

Esta, es una comisión especial en la Ley Federal de Trabajo (LFT) que indica que se debe cumplir con la obligación en los 60 días hábiles después de finalizar el plan de capacitación de cada empresa.

“Esto indica que debieron ser registradas, tanto la comisión, el plan, así como las capacitaciones que se debieron realizar el año pasado y el soporte que debe cumplirse para evitar multas ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS)”, mencionó Luis Chávez Pang, socio de seguridad social del Despacho Natividad Abogados, S.C.

Chávez añadió que las empresas deben considerar que a partir del mes de marzo 2020 se inició una campaña para revisar los aspectos relacionados a la capacitación en seguridad y en las obligaciones de capacitación y adiestramiento de la STPS.

En el curso se abordaron aspectos relacionados con el marco jurídico, obligaciones de la LFT, Sistema de Registro de Capacitación Empresarial (SIRCE), entre otros aspectos acerca del registro, lleno de constancias, etc.

Luis Chávez Pang, socio de seguridad social del Despacho Natividad Abogados, S.C.

Petra Julissa Hrernández, de la empresa Motivating Graphics y Jorge García, de la empresa Netafim

Flor Berenice Salas Castelán y Lizbeth Cortes Aguilar, de la empresa Convatec

Ramón De León Reséndez y Ángel Castillo, de la empresa Cequent Metales

Adasa Madahí Domínguez García y Marissa Muñoz García, de Intercast de México

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