Incentivos para el Mantenimiento y la Generaci贸n de Empleo
Empresas 1. Promocionar el Incentivo Tributario a Nuevo Empleo de la LORTI Doble deducibilidad del costo del nuevo empleo generado El empleador que incremente el número de trabajadores , y siempre que éstos se hayan mantenido al menos por seis meses consecutivos , podrán deducirse un 100% adicional el monto de sus remuneraciones y aportaciones a la Seguridad Social.
Utilización del incentivo Este incentivo está vigente en la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, pero su utilización ha sido marginal. En el año 2014 este incentivo apenas alcanzó los 5.000 empleos,, de los 190.000 que se generaron.
USD 7 MM
que equivalen aproximadamente a
Si todo el nuevo empleo generado en el territorio nacional hubiese utilizado este incentivo y asumiendo que todo ese empleo se mantuvo por al menos 6 meses, el sacrificio fiscal hubiese alcanzado los
USD 247 MM Si sólo la mitad de los empleos generados (95.000 DICIEMBRE empleos) hubiesen 2015 cumplido con la condición establecida en la Ley, el sacrificio fiscal hubiese alcanzado los USD. 173MM
Empresas 2. Exoneración del Pago de Anticipo de Impuesto a la Renta Sujeto a Mantener el Empleo Definición de política Conceder durante el 2016 el beneficio de exoneración de pago de anticipo de IR en sectores con una drástica disminución en sus ingresos, siempre que mantengan o incrementen su número de trabajadores mientras dure el referido beneficio.
Sectores que se beneficiaron en el 2015 En el 2015 se generó la exoneración del pago del anticipo al Impuesto a la renta para los sectores de cultivo de palma, flores, café y atún, a nivel nacional. Además se otorgó este beneficio a los sectores comercial, de transporte y agrícola del Carchi. Estos sectores abarcan un total de 74200 empleos a filiados al IESS. El costo fiscal de bordea los USD 27 MM
IMPLEMENTACIÓN Para los sectores que sufran una reducción drástica de los ingresos por causas no previsibles se les podrá exonerar del pago del Anticipo del Impuesto a la Renta, Sin embargo, solo aplicará a las empresas que al menos mantengan el empleo.
Empresas 3. Diferimiento Arancelario Sujeto a Mantener el Empleo PROPUESTA En casos excepcionales, cuando el COMEX otorgue diferimientos arancelarios a la importación de materia prima, insumos y bienes de capital, estas rebajas a los aranceles estarán sujetas al compromiso de las empresas de al menos mantener el empleo.
MECANISMO DE IMPLEMENTACIÓN Previo a que el COMEX apruebe caso por caso el diferimiento arancelario, el Ministerio rector deberá emitir un informe el que adjunte una carta de la empresa en la que se compromete al menos a mantener el empleo durante un año.
Empresas"
4. Modalidades Contractuales y Acompañamiento MDT
• Acuerdo Ministerial para el sector Agropecuario • Acuerdo Ministerial para el sector de la Construcción • Acuerdo Ministerial para el sector Transporte EN ANÁLISIS • Acuerdo Ministerial para el sector Turismo • Acuerdo Ministerial para el empleo Juvenil • Acuerdo Ministerial para la Industria Pesquera, labores en tierra
Programa de protección al Empleo 1. Red socio empleo
• Se provee asistencia técnica y financiera para la promoción del autoempleo y emprendimientos. • Optimización en los mecanismos de vinculación laboral.
2. Alianza por el trabajo
• Externalización de servicios que fomentan el emprendimiento, asociatividad, capacitaciones dirigidas al trabajo
3. Seguro de cesantía
• Retiro de fondos de cesantía en el sistema. Es necesario socializar.
4. Reinserción Educación y capacitación laboral
• Repotenciación de la oferta de capacitación. SECAP-SETEC • Reinserción educativa / retomar sus estudios básicos y de bachillerato.
5. Ejecución de programas de empleo directo temporal
• Empleo de emergencia ex ante y post.
Programas de Protección del Empleo para Empresas Modalidades contractuales y Acompañamiento MDT
De obra y giro del negocio Art. 16.1 Ley Justicia Laboral
Agropecuario Acuerdo Ministerial MDT emitido – 2015
• Duración.- Por el tiempo de ejecución de la obra. • Remuneración.- No puede ser inferior a la remuneración mínima fijada por Consejo Nacional de Trabajo y Salarios. • Periodo de pago.- Semanal, quincenal y mensual. • Beneficios adicionales.- Se cancela el proporcional correspondiente a décimo tercero y cuarto remuneraciones, vacaciones y desahucio de forma mensual.
• Duración.- Un año renovable. • Remuneración.- Pago de jornada diaria (Remuneración proporcional al mínimo sectorial, incluido todos los beneficios de ley) • Periodo de pago.- Diario, semanal o mensual (discontinuo). • Beneficios adicionales.- Recargo del 8,33%, proporcional de décimos, vacaciones y bonificación por desahucio, factor de ajuste por días de descanso obligatorio 1,36%.
Programas de Protección del Empleo para Empresas Modalidades contractuales y Acompañamiento MDT
Transporte Acuerdo MDT-2015-0262
• Duración: No es necesario indicar el tiempo de duración, solo términos de viaje. • Remuneración: De acuerdo al escalafón establecido en la normativa. • Periodo de Pago: Mensuales, Quincenales, Semanales y diarios , en este último caso deberá incluirse beneficios de ley proporcionales. Discontinuo. • Beneficios Adicionales: Los establecidos por la ley. Por horas suplementarias y extras, trabajadores ganan valores adicionales. Jornadas especiales, pueden exceder de 8 horas diarias, según el tiempo de viaje.
Adicional a estas nuevas modalidades contractuales, al momento el MDT esta desarrollando el modalidades contractuales para los sectores turísticos, artesanales, y pesca.