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ACUERDO MINISTERIAL N° 277­2009 RAMIRO FABRICIO NORIEGA FERNÁNDEZ MINISTRO DE CULTURA CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República, en atención a las disposiciones constitucionales, expide el Decreto N° 5 de 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial N° 22 de 14 de febrero de 2007, por el cual declaró como política de Estado el desarrollo cultural de país; y, crea el Ministerio de Cultura, como organismo rector de este desarrollo y determina las competencias de dicha cartera de Estado. Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”. Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”. Que, el Artículo 380, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Serán responsabilidades del Estado: 1. Velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la memoria colectiva y del conjunto de valores y manifestaciones que configuran la identidad plurinacional, pluricultural y multiétnica del Ecuador”. Que, el Artículo 380, numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales”. Que, el literal g) del Artículo 1 de la Ley de Cultura, dispone: “Son objetivos de la Ley de Cultura: g) Reconocer, estimular y garantizar la actividad cultural de las personas y entidades privadas”. Que, el Artículo 4 de la Ley de Cultura, dispone: “El Ministerio de Cultura es la máxima autoridad del área cultural”. Que, el Artículo 17 de la Ley de Regulación Económica y Control de Gasto Público, dispone: “prohíbese a las instituciones autónomas y a las del sector público en general, realizar donaciones a personas naturales o jurídicas privadas, pagos por trofeos, premios, agasajos y otros conceptos similares, así como asignaciones a organismos privados, con excepción de aquellos que correspondan a programas de desarrollo cultural, desarrollo y promoción turística, deportiva, comunitaria y científica, o que hayan sido establecidos mediante disposición legal y


siempre que exista la partida presupuestaria correspondiente”. Que, con fecha 19 de marzo de 2009, mediante Acuerdo Ministerial N° 55­2009, se expide el “Reglamento de Asignaciones a Proyectos y Actividades Culturales del Ministerio de Cultura”; cuyo objeto es regular la asignación de recursos para la ejecución de las actividades culturales derivadas de los procesos generados por el Ministerio de Cultura para el cumplimiento de su misión institucional. Que, mediante Memorando N° 2561­MC­DPDC­2009 de 16 de octubre de 2009, el Director (e) de Promoción y Difusión de la Creatividad, pone en conocimiento de la Subsecretaría Técnica, las bases técnicas para la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010", que han sido revisadas y trabajadas en forma conjunta con la Subsecretaría de Planificación, la Dirección de Asesoría Jurídica y la Asesoría Jurídica del Despacho Ministerial. Que, mediante Memorando N° 1436­MC­SUBTEC­09 de 20 de octubre de 2009, la Subsecretaria Técnica solicita al señor Ministro, disponer la implementación de las bases técnicas para la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010", a través de Acuerdo Ministerial. Que, mediante nota marginada de 20 de octubre de 2009 inserta en Memorando N° 1436­MC­SUBTEC­09 de 20 de octubre de 2009, el señor Ministro autoriza y dispone la elaboración del Acuerdo Ministerial para expedir las bases técnicas para la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010". Por disposición de la Ley y en uso de sus atribuciones. ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO.­ Aprobar y expedir las bases técnicas para la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010", en los siguientes términos: CAPÍTULO 1 1.1. Disposiciones Generales El "Fondo Concursable 2009 ­ 2010" es una asignación económica que el Ministerio de Cultura del Ecuador entrega para el desarrollo de proyectos presentados por artistas, gestores, promotores culturales, investigadores, personas naturales y jurídicas; cuyos temas, productos o resultados promuevan los procesos de investigación, puesta en valor, fomento de la creatividad, producción artística, acceso universal a los bienes culturales libres y diversos, circulación de contenidos simbólicos y productos culturales y el fortalecimiento de espacios y acciones que impulsen la interculturalidad. 1.2. Modalidades Para la formulación, presentación, selección y desarrollo de proyectos, el "Fondo Concursable 2009 ­ 2010" establece cuatro modalidades: a) proyectos de investigación cultural,


b) proyectos de producción cultural y artística, c) proyectos de programación de bienes y productos culturales y d) proyectos de residencia e intercambio cultural. a) Proyectos de Investigación Cultural. La presente modalidad financiará proyectos de investigación cultural, cuyos temas, productos y resultados promuevan y fomenten el conocimiento, diálogo de las diversas identidades socioculturales, visiones que impliquen propuestas interculturales, plurinacionales, análisis de género, puesta en valor de la memoria social de los pueblos y expresiones artísticas contemporáneas. Los proyectos de investigación deberán ser ejecutados en un plazo no mayor a ocho meses (abril a noviembre 2010) y en ningún caso inferior a cuatro meses a partir de la suscripción del convenio con el Ministerio de Cultura. Los proyectos no deberán contener actividades relacionadas con la edición, publicación y circulación de la investigación. El Ministerio de Cultura financiará veinticuatro (24) proyectos de investigación cultural con incidencia nacional, regional o provincial por un monto de DIEZ MIL DÓLARES DE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 10.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad residentes en el país o en el exterior, extranjeros con mínimo de cinco (5) años de permanencia en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. El Ministerio de Cultura financiará cuarenta y ocho (48) proyectos de investigación cultural con incidencia comunitaria, parroquial o cantonal, dos (02) por provincia, por un monto de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 6.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad, residentes en Ecuador, extranjeros con permanencia de mínimo cinco (5) años en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado, siempre y cuando los proponentes se encuentren domiciliados en la provincia desde la cual se presentó el proyecto. En caso de que no existan propuestas para cubrir el número de proyectos determinados por provincia, el Jurado Calificador estará facultado para seleccionar proyectos presentados en otras provincias de la misma región. La Subsecretaría de Planificación incluirá en el Plan Operativo Anual del Ministerio de Cultura ­ 2010, el monto de QUINIENTOS VEINTE Y OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 528.000,00) para el financiamiento total de la presente modalidad. Los beneficiarios de los proyectos seleccionados recibirán la asignación económica de la siguiente manera: 70% a la suscripción del convenio (en calidad de anticipo) y 30% a la culminación y ejecución total del proyecto, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única. Dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada “Fondo Concursable 2009 ­ 2010”, solo se admitirá la presentación de un proyecto por proponente y para una sola de las modalidades, debiendo los aspirantes someterse estrictamente al concepto de cada una de


ellas. FONDO CONCURSABLE 2009 ­ 2010 Detalle de selección de los proyectos de investigación cultural ÁMBITO (nacional / provincial)

N° de proyectos Monto individual a seleccionarse por proyecto

Nacional

Monto a invertir

24

USD. 10.000,00

USD. 240.000,00

Región 1

Esmeraldas, Carchi, Imbabura, Sucumbíos

8

USD. 6.000,00

USD.48.000,00

Región 2

Pichincha, Napo, Orellana

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

Región 3

Pastaza, Cotoaxi, Tungurahua, Chimborazo

8

USD. 6.000,00

USD.48.000,00

Región 4

Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas

4

USD. 6.000,00

USD. 24.000,00

Región 5

Península de Santa Elena, Guayas, Los Ríos, Bolívar, Galápagos

10

USD. 6.000,00

USD. 60.000,00

Región 6

Cañar, Azuay, Morona Santiago

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

Región 7

El Oro, Loja, Zamora Chinchipe

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

TOTAL

72

USD. 528.000,00

b) Proyectos de Producción Cultural y Artística

La presente modalidad financiará proyectos para la producción cultural y artística en las categorías de música y sonido (composición musical, producción musical y experimentación sonora), artes visuales (pintura, escultura, grabado, video arte, ensamblaje, instalación y fotografía), artes aplicadas (cerámica, tejido, diseño industrial, diseño gráfico, diseño de modas, diseño de joyas y artesanía), artes escénicas (teatro, danza, artes circenses y títeres) y literatura (poesía, novela, cuento, ensayo y literatura infantil). En el caso de utilizarse obras que no fuesen de su autoría, el proponente deberá contar con la autorización expresa del autor de las mismas; así también, se deberán anexar ejemplos, muestras o demos de obras ejecutadas o producidas con fecha anterior a la apertura de la presente Convocatoria Pública Nacional; para tal efecto se pueden incluir materiales impresos, medios audiovisuales y otros. Estos documentos deberán adjuntarse al proyecto. Los proyectos de producción cultural y artística deberán ser ejecutados en un plazo no mayor a ocho meses (abril a noviembre 2010) y en ningún caso inferior a cuatro meses a partir de la suscripción del convenio con el Ministerio de Cultura. Los proyectos no deberán contener actividades relacionadas con la promoción o difusión de los productos o resultados alcanzados con la ejecución del proyecto. Los productos finales de las categorías de literatura, música y sonido, podrán ser editados y publicados por el Ministerio de Cultura en el primer semestre del año 2011, por lo que los autores deberán conceder los derechos patrimoniales a favor de la institución por una edición. El equivalente a 10% de lo editado y publicado será entregado a los autores sin costo alguno. El Ministerio de Cultura financiará treinta (30) proyectos de producción cultural y artística, seis (6) por categoría, por un monto de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 10.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad residentes en el país o


en el exterior, extranjeros con mínimo de cinco (5) años de permanencia en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. El Ministerio de Cultura financiará ciento sesenta y ocho (168) proyectos de producción cultural y artística, siete (7) por provincia, por un monto de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 6.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad, residentes en Ecuador, extranjeros con permanencia de mínimo cinco (5) años en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado, siempre y cuando los proponentes se encuentren domiciliados en la provincia desde la cual se presentó el proyecto. Los proyectos serán seleccionados por provincia de acuerdo al siguiente orden: en la categoría música y sonido se seleccionará uno (1), en la categoría artes visuales se seleccionarán dos (2), en la categoría artes aplicadas se seleccionará uno (1), en la categoría artes escénicas se seleccionarán dos (2) y en la categoría literatura se seleccionará uno (1). En caso de que no existan propuestas para cubrir el número de proyectos determinados por provincia, el Jurado Calificador estará facultado para seleccionar proyectos presentados en otras provincias de la misma región. La Subsecretaría de Planificación incluirá en el Plan Operativo Anual del Ministerio de Cultura ­ 2010, el monto de UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 1´308.000,00) para el financiamiento total de la presente modalidad. Los beneficiarios de los proyectos seleccionados recibirán la asignación económica de la siguiente manera: 70% a la suscripción del convenio (en calidad de anticipo) y 30% a la culminación y ejecución total del proyecto, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única. Dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada “Fondo Concursable 2009 ­ 2010”, sólo se admitirá la presentación de un proyecto por proponente y para una sola de las modalidades, debiendo los aspirantes someterse estrictamente al concepto de cada una de ellas. FONDO CONCURSABLE 2009 ­ 2010 Detalle de selección de los proyectos de producción cultural y artística ÁMBITO (nacional / provincial) Nacional

N° de proyectos a seleccionarse

Monto individual por proyecto

Monto a invertir

30

USD. 10.000,00

USD. 300.000,00

Región 1

Esmeraldas, Carchi, Imbabura, Sucumbíos

28

USD. 6.000,00

USD.168.000,00

Región 2

Pichincha, Napo, Orellana

21

USD. 6.000,00

USD. 126.000,00

Región 3

Pastaza, Cotoaxi, Tungurahua, Chimborazo

28

USD. 6.000,00

USD.168.000,00

Región 4

Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas

14

USD. 6.000,00

USD. 84.000,00

Región 5

Península de Santa Elena, Guayas, Los Ríos, Bolívar, Galápagos

35

USD. 6.000,00

USD. 210.000,00

Región 6

Cañar, Azuay, Morona Santiago

21

USD. 6.000,00

USD. 126.000,00

Región 7

El Oro, Loja, Zamora Chinchipe

21

USD. 6.000,00

USD. 126.000,00

TOTAL

198

USD. 1.308.000,00


Proyectos de traducciones literarias

Dentro de la modalidad “Proyectos de Producción Cultural y Artística” se establece la categoría de traducciones literarias, la cual financiará proyectos de traducciones literarias de obras ecuatorianas publicadas en los géneros de poesía, novela, cuento, ensayo y literatura infantil; para ser traducidas del castellano a lenguas originarias del Ecuador, del castellano a otras lenguas y de lenguas originarias del Ecuador al castellano u otras lenguas. Los proyectos de traducción literaria deberán disponer de la autorización del autor de la obra o de quien tenga los derechos patrimoniales. El proceso de traducción deberá ser ejecutado en un plazo no mayor a ocho meses (abril a noviembre 2010) y en ningún caso inferior a cuatro meses a partir de la suscripción del convenio con el Ministerio de Cultura. Los proyectos no deberán contener actividades relacionadas con la promoción o difusión de los productos. La traducción de la obra propuesta no debe haberse editado con fecha anterior a la fecha del cierre de la presente Convocatoria Pública Nacional. Los productos finales de la categoría traducciones literarias podrán ser editados y publicados por el Ministerio de Cultura en el primer semestre del año 2011, por lo que los autores deberán conceder los derechos patrimoniales a favor de la institución por una edición. El equivalente al 10% de lo editado y publicado será entregado a los autores sin costo alguno. El Ministerio de Cultura financiará seis (6) proyectos de traducciones literarias del castellano a lenguas originarias del Ecuador, seis (6) traducciones literarias del castellano a otras lenguas, seis (6) traducciones literarias de lenguas originarias del Ecuador al castellano y seis (6) traducciones literarias de lenguas originarias del Ecuador a otras lenguas; seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad residentes en el país o en el exterior, extranjeros con mínimo de cinco (5) años de permanencia en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. Los proyectos presentados dentro de esta categoría deberán contener un mínimo de cien (100) páginas y un máximo de doscientas cincuenta (250) páginas; con un referencial de doscientas cincuenta (250) palabras por página a doble espacio (formato INEN A4). El Ministerio de Cultura establece en QUINCE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 15,00), el valor por página traducida. La Subsecretaría de Planificación incluirá en el Plan Operativo Anual del Ministerio de Cultura ­ 2010, el monto de NOVENTA Y SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 96.000,00) para el financiamiento total de la presente modalidad. Los beneficiarios de los proyectos seleccionados recibirán la asignación económica de la siguiente manera: 70% a la suscripción del convenio (en calidad de anticipo) y 30% a la culminación y ejecución total del proyecto, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única. Dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada “Fondo Concursable 2009 ­ 2010”, sólo se admitirá la presentación de un proyecto por proponente y para una sola de las modalidades, debiendo los aspirantes someterse estrictamente al concepto de cada una de ellas.


FONDO CONCURSABLE 2009 ­ 2010 Detalle de selección de los proyectos de traducciones literarias ÁMBITO

CATEGORÍA

N° de proyectos a seleccionarse

Nacional

Traducciones literarias castellano ­ lenguas originarias del Ecuador

6

Nacional

Traducciones literarias castellano ­ otras lenguas

6

Nacional

Traducciones literarias lenguas originarias del Ecuador ­ castellano

6

Nacional

Traducciones literarias lenguas originarias del Ecuador­ otras lenguas

6

TOTAL

Monto a invertir

USD. 96.000,00

24

c) Proyectos de programación de bienes y productos culturales La presente modalidad financiará proyectos de programación de bienes y productos culturales en espacios públicos o privados para la exhibición, muestra y/o puesta en escena de bienes y productos culturales de las categorías de música y sonido, artes visuales, artes aplicadas y artes escénicas. Los resultados de las programaciones garantizarán la participación, el acceso, uso y disfrute de la ciudadanía a sus diversas memorias colectivas e individuales y patrimonios culturales; con énfasis en proyectos de programación que tengan una perspectiva intercultural e incluyente. Los proyectos de programación de bienes y productos culturales deberán ser ejecutados en un plazo no mayor a ocho meses (abril a noviembre 2010) y en ningún caso inferior a cuatro meses a partir de la suscripción del convenio con el Ministerio de Cultura. El Ministerio de Cultura financiará veinte y cuatro (24) proyectos de programación de bienes y productos culturales por un monto de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 10.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad residentes en el país o en el exterior, extranjeros con mínimo de cinco años de permanencia en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. El Ministerio de Cultura financiará cuarenta y ocho (48) proyectos de programación de bienes y productos culturales, dos (02) por provincia, por un monto de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 6.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad, residentes en Ecuador, extranjeros con permanencia de mínimo cinco (5) años en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado, siempre y cuando los proponentes se encuentren domiciliados en la provincia desde la cual se presentó el proyecto. En caso de que no existan propuestas para cubrir el número de proyectos determinados por provincia, el Jurado Calificador estará facultado para seleccionar proyectos presentados en otras provincias de la misma región. La Subsecretaría de Planificación incluirá en el Plan Operativo Anual del Ministerio de Cultura ­ 2010, el monto QUINIENTOS VEINTE Y OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 de (USD. 528.000,00) para el financiamiento total de la


presente modalidad. Los beneficiarios de los proyectos seleccionados recibirán la asignación económica de la siguiente manera: 70% a la suscripción del convenio (en calidad de anticipo) y 30% a la culminación y ejecución total del proyecto, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única. Dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada “Fondo Concursable 2009 ­ 2010”, sólo se admitirá la presentación de un proyecto por proponente y para una sola de las modalidades, debiendo los aspirantes someterse estrictamente al concepto de cada una de ellas. FONDO CONCURSABLE 2009 ­ 2010 Detalle de selección de los proyectos de programación de bienes y productos culturales ÁMBITOS (nacional / provincial) Nacional

N° de proyectos a seleccionarse

Monto individual por proyecto

Monto a invertir

24

USD. 10.000,00

USD. 240.000,00

Región 1

Esmeraldas, Carchi, Imbabura, Sucumbíos

8

USD. 6.000,00

USD.48.000,00

Región 2

Pichincha, Napo, Orellana

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

Región 3

Pastaza, Cotoaxi, Tungurahua, Chimborazo

8

USD. 6.000,00

USD.48.000,00

Región 4

Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas

4

USD. 6.000,00

USD. 24.000,00

Región 5

Península de Santa Elena, Guayas, Los Ríos, Bolívar, Galápagos

10

USD. 6.000,00

USD. 60.000,00

Región 6

Cañar, Azuay, Morona Santiago

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

Región 7

El Oro, Loja, Zamora Chinchipe

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

TOTAL

72

USD. 528.000,00

d) Proyectos de Residencia e intercambio cultural La presente modalidad financiará proyectos de residencia e intercambio cultural en un lugar distinto al de residencia habitual del proponente. Las temáticas, productos, actividades de intercambio cultural, saberes, técnicas y otros, deberán ser ejecutados por el proponente de forma continua en un período de cuatro (4) meses en el lugar o lugares escogidos para la residencia en el territorio ecuatoriano. El tiempo restante para la ejecución del proyecto hasta un máximo de ocho (8) meses, podrá ser utilizado para la sistematización de información, consulta e investigación bibliográficas, validación de resultados y preparación de informes. El Ministerio de Cultura financiará cuarenta y ocho (48) proyectos de residencia e intercambio cultural, dos (02) por provincia, por un monto de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 6.000,00) cada uno, seleccionados de los proyectos presentados por las personas ecuatorianas mayores de edad, residentes en Ecuador, extranjeros con permanencia de mínimo cinco (5) años en el país y personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado, siempre y cuando los proponentes se encuentren domiciliados en la provincia desde la cual se presentó el proyecto. En caso de que no existan propuestas para cubrir el número de proyectos determinados por provincia, el Jurado Calificador estará facultado para seleccionar proyectos presentados en otras provincias de la misma región.


La Subsecretaría de Planificación incluirá en el Plan Operativo Anual del Ministerio de Cultura ­ 2010, el monto de DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD.288.000,00) para el financiamiento total de la presente modalidad. Los beneficiarios de los proyectos seleccionados recibirán la asignación económica de la siguiente manera: 70% a la suscripción del convenio (en calidad de anticipo) y 30% a la culminación y ejecución total del proyecto, previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única. Dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada “Fondo Concursable 2009 ­ 2010”, sólo se admitirá la presentación de un proyecto por proponente y para una sola de las modalidades, debiendo los aspirantes someterse estrictamente al concepto de cada una de ellas. FONDO CONCURSABLE 2009 ­ 2010 Detalle de selección de los proyectos de residencia e intercambio cultural ÁMBITO

N° de proyectos a seleccionarse

Monto individual por proyecto

Monto a invertir

Región 1

Esmeraldas, Carchi, Imbabura, Sucumbíos

8

USD. 6.000,00

USD.48.000,00

Región 2

Pichincha, Napo, Orellana

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

Región 3

Pastaza, Cotoaxi, Tungurahua, Chimborazo

8

USD. 6.000,00

USD.48.000,00

Región 4

Manabí, Santo Domingo de los Tsáchilas

4

USD. 6.000,00

USD. 24.000,00

Región 5

Península de Santa Elena, Guayas, Los Ríos, Bolívar, Galápagos

10

USD. 6.000,00

USD. 60.000,00

Región 6

Cañar, Azuay, Morona Santiago

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

Región 7

El Oro, Loja, Zamora Chinchipe

6

USD. 6.000,00

USD. 36.000,00

TOTAL

48

USD. 288.000,00

1.3. Concursantes Pueden participar las personas naturales ecuatorianas, mayores de edad residentes en Ecuador y en el exterior; extranjeros con residencia de mínimo cinco (5) años en el país. También, podrán participar las personas jurídicas ecuatorianas de derecho privado. El responsable para todos los efectos legales será la persona natural o la persona jurídica que suscriba la carta de presentación y compromiso dirigida al Ministro de Cultura. La persona natural o el representante legal de la persona jurídica, suscribirá el convenio de cooperación y asignación de fondos correspondiente, debiendo velar por su correcto, oportuno e íntegro cumplimiento. Dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada “Fondo Concursable 2009 ­ 2010”, sólo se admitirá la presentación de un proyecto por proponente y para una sola de las modalidades, debiendo los aspirantes someterse estrictamente al concepto de cada una de ellas. 1.4. Restricciones e inhabilidades


No podrán participar en este concurso las personas naturales o jurídicas que a la fecha de apertura de la presente Convocatoria Pública Nacional se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

• •

Con sanción administrativa / legal vigente a la fecha de apertura de la presente Convocatoria Pública Nacional. Aquellos que se encuentren en la ejecución o rendición de cuentas de algún proyecto financiado por el Ministerio de Cultura correspondiente a la Convocatoria Pública Nacional 2007, Concurso Proyectos de Investigación Cultural 2008, Fondo Concursable 2008 ­ 2009, Sistema Nacional de Festivales 2008 ­ 2009 y Sistema Nacional de Premios 2008 y 2009 (Premio Residencia Intercambio Cultural y César Dávila Andrade). Los funcionarios y autoridades del Ministerio de Cultura, sus cónyuges, convivientes y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

Para tal efecto, en la ficha técnica de inscripción los proponentes declararán el no encontrase en ninguna de estas inhabilidades o restricciones. 1.5. Idioma de los documentos presentados Todo proyecto deberá ser presentado en idioma castellano. 1.6. Autenticidad de los datos En el caso de que el proponente de un proyecto no haya sido veraz con la información y documentos proporcionados, el Ministerio de Cultura remitirá los antecedentes al órgano judicial competente a objeto de determinar las responsabilidades civiles o penales que pudieren caber al responsable. Sin perjuicio de ello, el concursante quedará automáticamente eliminado del concurso e inhabilitado para presentar proyectos hasta por dos (2) años a cualquiera de los concursos convocados por el Ministerio de Cultura o alguna de sus dependencias adscritas, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa del Ministerio de Cultura que imponga la sanción.

1.7. Devolución de los proyectos El Ministerio de Cultura devolverá los proyectos que no fueren seleccionados, luego de treinta (30) días calendario de publicados los resultados finales, a través de las respectivas Direcciones Provinciales de Cultura donde fueron presentados. A partir del término establecido en el párrafo anterior, los proponentes tendrán un plazo de veinte (20) días calendario para retirar los proyectos. Concluido el plazo, el Ministerio de Cultura del Ecuador no se responsabiliza por los proyectos no retirados.


1.8. Ejecución de los proyectos Los proyectos que se presenten a este concurso, deberán ejecutarse en un plazo máximo de ocho (8) meses (abril ­ noviembre 2010) y en ningún caso menor a cuatro (4) meses, contados a partir de la suscripción del convenio de cooperación y asignación de fondos. 1.9. Plazo de entrega de los proyectos El plazo de entrega de los proyectos comprende desde el día viernes 30 de octubre de 2009 a las 8h00 hasta el día miércoles 23 de diciembre de 2009 a las 16h30, en todas las Direcciones Provinciales de Cultura señaladas en el numeral 1.11 lugar de recepción de los proyectos. 1.10. Recepción de los proyectos Para la recepción de los proyectos el proponente deberá presentar la postulación en dos (2) sobres sellados en las Direcciones Provinciales de Cultura, para proceder con el registro respectivo de inscripción. El sobre N° 1 contendrá los documentos habilitantes del proponente y el sobre N° 2 contendrá cuatro (4) ejemplares idénticos del proyecto, según lo descrito en el ítem 1.13 de la presente Convocatoria Pública Nacional. No se aceptarán proyectos que no cumplan con estas condiciones. 1.11. Lugar de recepción de los proyectos Las Direcciones Provinciales de Cultura serán el lugar de recepción de los proyectos. FONDO CONCURSABLE 2009 ­ 2010 Direcciones Provinciales del Ministerio de Cultura PROVINCIA ­ CANTÓN

DIRECCIÓN

TELÉFONO

Azuay ­ Cuenca

Calle Presidente Córdova 5­79 y Hermano Miguel.

(07) 2837638

Bolívar ­ Guaranda

Calle Sucre N° 706 y Rocafuerte.

(03) 2986102

Cañar ­ Azogues

Calle 10 de Agosto 123 y Rivera.

(07) 2249198

Carchi ­ Tulcán

Calle Sucre y Ayacucho, Gobernación de la Provincia planta baja, frente al CONADIS.

(06) 2961900

Cotopaxi ­ Latacunga

Calle Quito N° 7029 y Tarqui, Gobernación de la Provincia.

(03) 2800713

Chimborazo

Calle García Moreno y 10 de Agosto, Edificio Costales 2do piso, oficina 209.

(03) 2941689

El Oro ­ Machala

Calle Vela 1323 entre Sucre y 25 de Junio, edificio de PREDESUR 5to piso, diagonal a PACIFITEL.

(07) 2921506

Esmeraldas ­ Esmeraldas

Calle Manuela Cañizares N° 227, entre Sucre y Bolívar.

(06) 2714419

Galápagos ­ San Cristóbal

Complejo de oficinas del Ingala, sector Cerro Patricio, Puerto Baquerizo Moreno, Isla San Cristóbal.

Guayas ­ Guayaquil

Avenida Francisco de Orellana, edificio Gobierno del Litoral 7mo piso.

093260282 / 091692272 (04) 2684452


Imbabura ­ Ibarra

Calle Velasco N° 783 y Olmedo, edificio Cámara de Comercio, 3er piso.

(06) 2603600

Loja ­ Loja

Calle Lourdes y Bolívar, Centro Cultural Alfredo Mora Reyes.

Los Ríos ­ Babahoyo

Avenida Enrique Ponce Luque, intersección con el by pass, diagonal al SRI.

(05) 2736439

Manabí ­ Montecristi

Cantón Montecristi, Ciudad Alfaro, edificio Luis Vargas Torres 1er piso.

(05) 2311228

Morona Santiago ­ Macas

Calle Bolívar y 24 de mayo (tras el Consejo Provincial).

(07) 2700918

Napo ­ Tena

Calle Díaz de Pineda y Tarqui 2do piso, diagonal a la Cooperativa “Tena Ltda.”

Orellana ­ El Coca

Calle Ernesto Rodríguez entre Quito y Napo, junto a la Defensoría del Pueblo.

Pastaza ­ Puyo

Calle Curaray y Bobonaza, diagonal a la gasolinera Granja.

Pichincha ­ Quito

Avenida Colón E5­34 y Juan León Mera

Santa Elena ­ Salinas

Conjunto San Rafael, Casa 4, frente al ConJunto Jefferson

Santo Domingo de los Tsáchilas ­ Santo Domingo

Ibarra N° 902 y Avenida 29 de mayo, edificio de la Cueva, oficina 202.

Sucumbíos ­ Nueva Loja

Calle Cófanes y Napo, junto al Municipio de Lago Agrio.

Tungurahua ­ Ambato

Avenida los Shirys y pasaje Luis Cordero 2do piso, ciudadela presidencial, cerca de ANDINATEL.

(03) 2417487

Zamora Chinchipe ­ Zamora

Avenida Héroes de Paquisha, edificio PREDESUR 4to piso diagonal a la Terminal terrestre.

(07) 2606050

(07) 2550123

(06) 2888059 (06) 2882418 (03) 2889157 (02) 3814550 Etx. 200/ 201 091994577 (02) 2763025 / 098924874 (06) 2833689

* Las direcciones de las dependencias del Ministerio de Cultura en cada provincia, son referenciales y pueden estar sujetas a cambio.

1.12. Guía para la Presentación de Proyectos Los proyectos deberán ser presentados en la ficha técnica de inscripción y en los formatos para la presentación de proyectos, documentos obligatorios para esta Convocatoria Pública Nacional; disponibles en soporte de papel impreso, en todas las direcciones provinciales de cultura del país y en soporte electrónico a través de la página web www.ministeriodecultura.gov.ec. Estos documentos deberán ser llenados conforme a las instrucciones establecidas en los mismos y ciñéndose a las presentes bases del concurso. Constituirá causal de inadmisión inmediata la presentación de proyectos en formularios distintos a los establecidos en la presente Convocatoria Pública Nacional. Los documentos anteriormente citados deberán ser presentados por escrito, en máquina de escribir o computador, en papel tamaño INEN A4. No se aceptarán postulaciones manuscritas. 1.13. Documentos Habilitantes para la presentación de proyectos La presentación del proyecto se hará en dos sobres manila tamaño oficio, cuyo contenido será:

Sobre N° 1 Carta de presentación y compromiso dirigida al Ministro de Cultura del Ecuador.


• • • •

Ficha Técnica de Inscripción. Copia a color de la cédula de ciudadanía y certificado de votación. Escritura de constitución, estatuto y nombramiento actualizado del representante legal (para el caso de personas jurídicas). Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC). Sobre N° 2 Cuatro (4) ejemplares idénticos del proyecto en postulación formulado en los formatos para la presentación de proyectos, debidamente anillados, por separado, con hojas numeradas y sumilladas.

Las portadas para los sobres manila estarán disponibles en soporte de papel impreso, en todas las direcciones provinciales de cultura del país y en soporte electrónico a través de la página web www.ministeriodecultura.gov.ec. 1.14. Aceptación de bases Por la sola presentación de proyectos a esta Convocatoria Pública Nacional, se entiende para todos los efectos legales que la persona conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes bases y acepta los resultados del concurso. 1.15. Moneda de los gastos Los ítems presupuestarios registrados en el cronograma de ejecución valorado del proyecto deberán expresarse en dólares de los Estados Unidos de América, con todas sus cifras incorporando los impuestos asociados a cada gasto. Esto significa que los montos totales solicitados se entienden incluidos los impuestos respectivos. En ningún caso se aceptará que a la cantidad total solicitada o a alguno de sus componentes, se agregue la frase “más impuesto”. 1.16. Categoría de los gastos El financiamiento cubrirá los siguientes gastos: a) Gastos de honorarios y contratación de personal. Son los destinados al pago de servicios prestados por terceros al responsable de la ejecución del proyecto (equipo técnico, equipo de apoyo, fuentes informativas); así como los destinados al cobro de honorarios del responsable del proyecto. b) Gastos de operación. Son los destinados a la ejecución del proyecto y se refieren a gastos tales como: materiales de trabajo, pasajes, alojamiento, vacunas, etc (se exceptúan bebidas alcohólicas, tarjetas o recargas para telefonía celular, y otros de carácter suntuario). c) Gastos de inversión. Son aquellos destinados a la adquisición mínima de equipos y bienes muebles que sean indispensables para el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto tales como: equipos informáticos, equipos de audio y video (se exceptúan equipos de telefonía celular). Estos gastos no podrán superar el equivalente al 25% del monto a financiar


por el Ministerio de Cultura. d) Gastos de promoción y difusión. Son aquellos destinados a la producción y reproducción de materiales, fichas, impresos y audiovisuales necesarios para la ejecución y socialización del proyecto (excepto para las categorías de la modalidad (b) producción cultural y artística), y no podrán superar el equivalente al 10% del monto a financiar por el Ministerio de Cultura. Todo egreso económico incurrido en alguno de estos cuatro grupos de gastos deberá obligatoriamente presentar el respectivo documento de justificación, para lo cual únicamente se aceptarán facturas nacionales y liquidaciones de compras (autorizadas por el SRI) según el caso. Los gastos de honorarios del responsable de la ejecución del proyecto deberán ser justificados a través de la presentación de una declaración juramentada ante Notario Público. Los gastos que superen los porcentajes establecidos en los ítems c) Gastos de Inversión y d) Gastos de promoción y difusión, no serán considerados como justificativos dentro de la ejecución del proyecto y deberán ser cubiertos con recursos económicos del proponente o de otras fuentes de financiamiento. CAPÍTULO 2 2.1. Admisibilidad Finalizada la Convocatoria Pública Nacional, el Ministerio de Cultura publicará la nómina de proyectos recibidos a través de su página web www.ministeriodecultura.gov.ec. A partir de la fecha de la publicación de la nómina señalada, el responsable de un proyecto presentado que verifique que no consta en la nómina tendrá tres (3) días hábiles para impugnar su no registro ante la Dirección Provincial de Cultura correspondiente, quien resolverá motivadamente sobre el asunto en tres (3) días hábiles. Luego de esta fase, las Direcciones Provinciales de Cultura conformarán una comisión interna de admisibilidad para comprobar que los requisitos constantes en el Sobre N° 1 estén debidamente respaldados por los documentos exigidos en estas bases. Este proceso se cumplirá en el término de tres (3) días. Concluido este término, los Directores Provinciales de Cultura remitirán a las Subsecretarias y Coordinaciones Regionales del Ministerio de Cultura del Ecuador las nóminas de los proyectos admisibles e inadmisibles en el "Fondo Concursable 2009 ­ 2010", el mismo que contendrá:

• • • • • •

Proyectos admisibles en el "Fondo Concursable 2009 ­ 2010" Número de proyectos por modalidad Monto solicitado al Ministerio de Cultura Nombre del proyecto Provincia desde la cual se presenta la postulación Provincia o provincias de intervención del proyecto Número de registro del Ministerio de Cultura


• • • • •

Proyectos inadmisibles en el "Fondo Concursable 2009 ­ 2010" Número de proyectos por modalidad Monto solicitado al Ministerio de Cultura Nombre del proyecto Provincia desde la cual se presenta la postulación Número de registro del Ministerio de Cultura

Inmediatamente, las Subsecretarías y Coordinaciones Regionales del Ministerio de Cultura del Ecuador remitirán a la Subsecretaría Técnica las nóminas de los proyectos admisibles e inadmisibles en el "Fondo Concursable 2009 ­ 2010" para ser publicadas en la página web del Ministerio de Cultura www.ministeriodecultura.gov.ec. Los proyectos físicos inadmisibles pasarán a custodia de cada una de las Direcciones Provinciales de Cultura para dar cumplimiento a lo señalado en el ítem 1.7 de las bases técnicas de la presente Convocatoria Pública Nacional. Los proyectos físicos admisibles dentro de las modalidades de investigación cultural, producción cultural y artística, programación de bienes y productos culturales por el monto solicitado al Ministerio de Cultura de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 10.000,00) y traducciones literarias hasta por el monto solicitado al Ministerio de Cultura de CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 4.000,00), deberán ser remitidos a la Subsecretaria Técnica del Ministerio de Cultura, en el plazo de cuatro (4) días laborables a partir de la publicación de las nóminas. Los proyectos físicos admisibles dentro de las modalidades investigación cultural, producción cultural y artística, programación de bienes y productos culturales y residencia e intercambio cultural por el monto solicitado al Ministerio de Cultura de SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 6.000,00), en el plazo de cuatro (4) días laborables deberán ser remitidos a las respectivas Subsecretarías y Coordinaciones Regionales del Ministerio de Cultura del Ecuador, a partir de la publicación de las nóminas y de acuerdo al siguiente detalle: NOMBRE DE LA SUBSECRETARÍA O COORDINACIÓN Subsecretaria Regional Centro Norte (Guayaquil) Subsecretaría Regional Centro Oriente (Tena)

DIRECCIONES PROVINCIALES DE CULTURA ADSCRITAS Bolívar, Galápagos, Guayas, Los Ríos, Manabí, Santa Elena Napo, Orellana, Pastaza, Sucumbíos

Subsecretaría Regional Sur (Cuenca)

Azuay, Cañar, El Oro, Loja, Morona Santiago, Zamora Chinchipe

Coordinación Regional Norte (Ibarra)

Carchi, Esmeraldas, Imbabura

Coordinación Sierra Centro (Quito)

Chimborazo, Cotopaxi, Pichincha, Santo Domingo de los Tsáchilas, Tungurahua

Una vez que todos los proyectos físicos hayan llegado a las dependencias en los plazos señalados, inicia la gestión del Jurado Calificador. 2.2. Evaluación, Calificación y Selección de Proyectos Esta etapa será competencia de los Jurados Calificadores. El Ministro de Cultura (en base a los nombres puestos a consideración por parte de la Subsecretaria Técnica) designará a quince (15) profesionales técnicos extranjeros quienes conformarán el Jurado Calificador de las modalidades de Investigación Cultural, Producción Cultural y Artística, Programación de


bienes y productos culturales por montos DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 10.000,00) y Traducciopnes literarias hasta por el monto de CUATRO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 4.000,00) respectivamente. MODALIDADES

Monto solicitado al Minist. de Cultura

N° de miembros del Jurado Calificador

Investigación cultural

USD. 10.000,00

3

Producción cultural y artística

USD. 10.000,00

3

Programación de bienes y productos culturales

USD. 10.000,00

3

Producción literaria

USD. 10.000,00

3

Traducciones literarias

USD. 4.000,00

3

Total

15

Así también, el Ministro de Cultura (en base a los nombres puestos a consideración por parte de las Subsecretarías y Coordinaciones Regionales) designará a sesenta (60) profesionales técnicos nacionales que conformarán los Jurados Calificadores de las tres (3) Subsecretarías y dos (2) Coordinaciones Regionales de Cultura, de las modalidades de Investigación Cultural, Producción Cultural y Artística, Programación de bienes y productos culturales y Residencia e Intercambio Cultural por el monto SEIS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (USD. 6.000,00). MODALIDADES

Monto solicitado al N° de miembros Minist. de Cultura para cada Jurado

N° de Subsecretarías y Coordinaciones Regionales

N° de miembros del Jurado Calificador

Investigación cultural

USD. 6000,00

3

5

15

Producción cultural y artística

USD. 6000,00

3

5

15

Programación de bienes y productos culturales

USD. 6000,00

3

5

15

Residencia e intercambio cultural

USD. 6000,00

3

5

15

Total

60

La gestión del Jurado Calificador (evaluación, calificación y selección de proyectos) comprenderá el análisis individual de los proyectos puestos a su consideración. Para este análisis, cada miembro del Jurado Calificador utilizará el protocolo de selección entregado por el Ministerio de Cultura en el cual se registrarán los resultados obtenidos por cada uno de los proyectos. Posteriormente, cada uno de los Jurados Calificadores (nacional e internacional) se reunirá en las respectivas Subsecretarías, Coordinaciones Regionales y Subsecretaría Técnica del Ministerio de Cultura del Ecuador para deliberar y elaborar las actas de selección definitivas y veredicto final. 2.3. Plazo de Evaluación, Calificación y Selección de Proyectos Una vez que los Jurados Calificadores hayan recibido de las Subsecretarías, Coordinaciones Regionales y Subsecretaría Técnica del Ministerio de Cultura (mediante actas de entrega recepción) los proyectos, realizarán la evaluación, calificación y selección de los proyectos en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la fecha en que les sean entregados los proyectos. Concluido este plazo, los Jurados Calificadores se reunirán en las Subsecretarías, Coordinaciones Regionales y Subsecretaría Técnica del Ministerio de Cultura del Ecuador para emitir mediante actas, el veredicto final de proyectos seleccionados en el


"Fondo Concursable 2009 ­ 2010". Las decisiones motivadas que adopte el Jurado Calificador serán inapelables. El Ministro de Cultura del Ecuador mediante acto público y con presencia de un Notario Público hará conocer el listado de proyectos seleccionados dentro de la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010”. Una vez hecho público el veredicto, el Ministro de Cultura expedirá los respectivos Acuerdos Ministeriales oficializando las nóminas de beneficiarios seleccionados en la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010”; la misma que será publicada en la página web: www.ministeriodecultura.gov.ec. La Secretaría General del Ministerio de Cultura a través de las Direcciones Provinciales de Cultura, notificarán con el contenido de los Acuerdos Ministeriales a los titulares de los proyectos seleccionados mediante copia certificada. CAPÍTULO 3 3.1. Suscripción del Convenio de Cooperación y Asignación de Fondos El convenio se suscribirá en la Dirección de Asesoría Jurídica (ubicada en la Ciudad de Quito) en el término máximo de cuarenta y cinco (45) días, contados a partir de la fecha de notificación a cada beneficiario con el contenido del Acuerdo Ministerial. Para suscribir el convenio de cooperación y asignación de fondos con el Ministerio de Cultura, se deberá presentar la siguiente documentación:

• • • • • • • • • • • • • •

Personas naturales.­ Copia a color de la cédula de ciudadanía. Copia a color de la papeleta de votación. Copia a color actualizada del Registro Único de Contribuyentes (RUC). Copia a color actualizada del Registro Único de Proveedores (RUP). Certificación Bancaria de mantener cuenta activa. Garantía de buen uso de anticipo (Asegurado: Ministerio de Cultura). Personas jurídicas.­ Copia del Estatuto de Constitución de la persona jurídica. Copia a color del nombramiento actualizado del representante legal. Copia a color de la cédula de ciudadanía del representante legal. Copia a color de la papeleta de votación del representante legal. Copia a color actualizada del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la persona jurídica. Copia a color actualizada del Registro Único de Proveedores (RUP) de la persona jurídica. Certificación Bancaria de la persona jurídica, de mantener cuenta activa. Garantía de buen uso de anticipo (Asegurado: Ministerio de Cultura).


Las garantías deberán ser emitidas a través de Compañías de Seguros o Entidades Financieras legalmente constituidas, para lo cual deberán estar emitidas con un plazo adicional de treinta (30) días, al plazo establecido para la ejecución del proyecto. Ejemplo: plazo de ejecución del proyecto = cinco (5) meses; vigencia de la garantía = seis (6) meses. 3.2. Vigencia del Convenio El Convenio de cooperación y asignación de fondos a suscribirse para la ejecución del proyecto regirá desde la fecha en la cual el Ministerio de Cultura realice el desembolso del anticipo a favor del beneficiario, hasta su completa ejecución de conformidad al plazo señalado en el mismo. 3.3. Utilización de Recursos Los recursos económicos asignados por el Ministerio de Cultura serán utilizados única y exclusivamente para rubros determinados en el proyecto (cronograma de ejecución valorado) presentado y seleccionado como beneficiario. 3.4. Inspección de la Ejecución del Proyecto La Subsecretaría Técnica designará a las Direcciones Provinciales de Cultura como administradores de los convenios, para que efectúen la inspección (control, seguimiento y evaluación) de la correcta ejecución de los proyectos seleccionados. Para tal efecto, los responsables de los proyectos estarán obligados a facilitar toda la información al respecto. En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en el convenio de cooperación y asignación de fondos, por causas o hechos imputables al responsable del proyecto, el Ministerio de Cultura estará facultado para poner término al convenio, suspendiendo, total o parcialmente, la entrega de recursos al proyecto y ordenará la adopción de las medidas correspondientes para hacer efectiva la garantía otorgada por el responsable del proyecto, sin perjuicio del derecho de accionar judicialmente para obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados. De igual manera, el Ministerio de Cultura podrá inhabilitar al responsable para presentar proyectos hasta por dos (2) años a cualquiera de las convocatorias efectuadas por el Ministerio de Cultura o sus dependencias adscritas, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución administrativa del Ministerio de Cultura que imponga la sanción. 3.5. Suscripción del Acta de Recepción Total, Definitiva y Única Una vez ejecutado el proyecto, los beneficiarios presentarán el informe final a las respectivas Direcciones Provinciales de Cultura, éstas a su vez revisarán que la documentación de soporte justifique la ejecución de las actividades. Previa la suscripción del acta de recepción total, definitiva y única, se deberá contar con los siguientes informes:


• • •

Informe preliminar sobre la ejecución del proyecto y revisión de documentos de soporte, emitido por las Direcciones Provinciales de Cultura. Informe técnico favorable emitido por la Dirección de Promoción y Difusión de la Creatividad, sobre la ejecución total de las actividades comprometidas en el proyecto. Informe económico favorable emitido por la Dirección de Fomento de la Economía de la Cultura.

Una vez que se cuente con los informes arriba detallados, la Subsecretaría Técnica dispondrá a las respectivas Direcciones Provinciales de Cultura que, en base a los mismos, se suscriba el acta de recepción total, definitiva y única con cada beneficiario. Suscrita el acta de recepción total, definitiva y única, el Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Gestión Financiera, sobre la base del acta de recepción total, definitiva y única, procederá a la cancelación del saldo restante establecido en el convenio y a la devolución de la garantía entregada por el beneficiario. ARTÍCULO SEGUNDO.­ En todo lo no previsto en las presentes bases técnicas para la Convocatoria Pública Nacional denominada "Fondo Concursable 2009 ­ 2010", se estará a lo dispuesto en el “Reglamento de Asignaciones a Proyectos y Actividades Culturales del Ministerio de Cultura”, expedido mediante Acuerdo Ministerial N° 55­2009 de 19 de marzo de 2009. ARTÍCULO TERCERO.­ El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia desde el momento de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese.­ Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte días del mes de octubre de dos mil nueve.

Ramiro Fabricio Noriega Fernández MINISTRO DE CULTURA

MINISTERIO DE CULTURA Dirección de Asesoría Jurídica C. Espinosa


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