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Segundo Viceministerio

Funciones

En el artículo 7 del Acuerdo Gubernativo No. 635-2007, del Reglamento Orgánico del Ministerio de Gobernación, se establece que al Segundo Viceministerio de Gobernación corresponden las funciones siguientes:

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Velar porque se desarrollen las tareas que sean necesarias para garantizar el control, supervisión, vigilancia y liquidación de las inversiones, contrataciones y ejecución presupuestaria del Ministerio y sus dependencias, para la correcta administración de los fondos públicos;

Proponer los mecanismos necesarios para garantizar la complicación ordenada de leyes y reglamentos de la República;

Ejercer la vigilancia y supervisión de los montes de piedad, rifas y loterías, con las excepciones contempladas en leyes específicas;

Vigilar y supervisar el debido cumplimiento de las funciones administrativas que desarrollan las dependencias del Ministerio, así como velar porque los funcionarios y empleados de las mismas cumplan en el desempeño de sus cargos, tareas y servicios asignados, con lo que establecen las leyes, los manuales y normas de procedimientos, leyes presupuestarias, normas de contabilidad del Estado y cualquier otra regulación de la materia;

Supervisar el debido cumplimiento de las instrucciones emanadas del Despacho Ministerial, relativas a la administración en general y, en especial, lo corriente con las publicaciones oficiales y los registros públicos sometidos a su jurisdicción;

Elaborar la Memoria Anual de Labores, con base en los informes que le rindan las dependencias del Ministerio; 1. 2. 3. 4. 5. Suscribir las providencias de trámite que competen a su despacho, para su traslado a otras instituciones públicas, que no sean órganos o dependencias del Ministerio, o para notificar a las peticiones; y

Cualquier otra que le asigne el ministro por

Resultados sobresalientes

disposición de la Ley. Coordinación de Mesa Técnica para la Reforma al Acuerdo Gubernativo Número 718-98 del Presidente de la República, que contiene el Reglamento del Sistema de Clasificación de Cargos o Puestos y Remuneraciones de la Policía Nacional (Incremento salarial de Q1,000.00).

Conformación de Mesa Técnica para la Creación del Bono de Seguridad, para los puestos con cargo al renglón de gastos 011 personal permanente, y 022 personal por contrato de la Dirección General del Sistema Penitenciario. (Se emitió el Acuerdo Ministerial No. DRH-1025-2019, con el incremento salarial de Q1, 100.00).

Facilitador y Coordinador en los procesos de seguimiento de los Proyectos de Alto Impacto a Nivel Nacional “HITOS”, propuestos por el Ministerio de Gobernación.

Facilitador para dar el apoyo durante el proceso de verificación de las adquisiciones de bienes, obras y servicios de las diferentes Unidad Ejecutoras que conforma el Ministerio de Gobernación.

Facilitador de procesos financieros con el propósito de brindar apoyo y aval, en los casos que corresponde, en la gestión de los procesos relacionados con la ejecución del presupuesto asignado al Ministerio de Gobernación.

7.

8.

9. Facilitador de procesos de acciones de personal en la gestión de nuevos puestos de trabajo; en el nombramiento y contratación de personal para el Ministerio de Gobernación.

Asistir a reuniones del Registro Nacional de Personal -RENAP- como Miembro Titular del Directivo de Registro Nacional de Personas -RENAP-.

Acudir a citaciones en nombre del señor ministro al Honorable Congreso de la República.

Refrendar todas las resoluciones de temas administrativos y financieros.

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