I CONVENCIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE PSICÓLOGOS FORENSES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Burgos, 30 y 31 de mayo y 1 de junio de 2013
LIBRO DE RESÚMENES: PONENCIAS COMUNICACIONES TALLERES
PONENCIAS SITUACIÓN ACTUAL DE LA PROFESIÓN. ¿DÓNDE ESTAMOS? Mª José Catalán Frías Psicóloga Forense de la Audiencia Provincial de Murcia En este año 2013 se celebran 30 años de la contratación de los primeros psicólogos forenses en la Administración de Justicia. De aquella primera experiencia piloto, a finales de 1983, con no más de 19 psicólogos, hemos pasado a multiplicar casi por 20 ese número, 3 décadas después. Con estas cifras podría pensarse que la mejora de la situación es evidente para la Psicología Forense, y es verdad que ha aumentado la plantilla, pero también en gran medida las áreas de intervención y por tanto las peticiones de periciales que nos demandan los órganos judiciales. Por ello hemos querido analizar de manera detallada cuál es la realidad del trabajo que desempeñamos, y las dificultades con las que nos encontramos a fin de buscar la mejora de nuestro desempeño. Para llevar a cabo esta labor, se ha procedido a realizar dos trabajos: 1) Se ha partido de la labor que desde que se empezó a gestar la idea de la APF se había ido realizando de buscar a los profesionales que trabajan para la Administración de Justicia, ya sea en territorio Ministerio o en las 12 comunidades que tienen transferidas las competencias, y se ha ampliado la búsqueda, llamando por teléfono al menos a un psicólogo de cada provincia, a fin de conocer el número concreto de compañeros que desempeñan su labor en la misma, la distribución del trabajo y la carga que soportan. Se ha aprovechado también para conocer las inquietudes y propuestas de mejora planteadas. 2) En segundo lugar se ha creado una encuesta remitida en torno a un 75% de los psicólogos que trabajan en la Administración de Justicia para conocer más en profundidad diferentes aspectos como: a. Dependencia funcional, procedencia de las peticiones de pericia y distribución del trabajo b. Carga total de trabajo, detallando las distintas actuaciones además de la emisión de informes (asistencia a juicio, pruebas preconstituidas, etc). c. Cómo se considera es valorado nuestro trabajo por diferentes operadores jurídicos. d. Carencias y limitaciones que se encuentran en el desarrollo de su labor.
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e. Ideas para el crecimiento y mejora de nuestro desempeño, así como para el crecimiento y avance de la APF. Cabe señalar que de las 280 personas a las que se les remitió la encuesta, contestaron a la misma menos de la mitad (124), completándola, respondiendo a todas las cuestiones planteadas, 68 psicólogos. En la valoración de los resultados nos encontramos grandes diferencias primero con respecto a cuestiones laborales, dependiendo de las Comunidades de adscripción, así como en la organización y distribución del trabajo, siendo una demanda generalizada la mejora de nuestras condiciones laborales y la necesidad de contratar mayor número de psicólogos. Se apuntan también aunque sucintamente cómo los psicólogos de la Administración de Justicia han contribuido de manera muy notable al desarrollo científico de la Psicología Forense en España, aportando una buena carga investigadora, así como docente, y participando activamente en el desarrollo de este campo de actuación de la Psicología.
TRASTORNOS DE PERSONALIDAD Y DELITO: REFLEXIONES PARA LA EVALUACIÓN PERICIAL PSICOLÓGICA DE LA IMPUTABILIDAD Laura González-Guerrero Dra. en Psicología por la Universidad Complutense de Madrid. Psicóloga forense adscrita al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La relación entre los Trastornos de Personalidad y la conducta delictiva, principalmente violenta, ha sido uno de los campos de mayor interés dentro de la Psicopatología Criminal y Forense. En esta ponencia se presenta una propuesta de evaluación psicológica forense de la imputabilidad que amplía la tradicional exploración psicopatológica del imputado con el análisis de la criminodinamia de su acto delictivo. La Personalidad y por tanto su ámbito patológico, engloba una compleja interacción de dimensiones psicológicas: pensamientos, emociones, estilos relacionales y motivación, que deben ser valoradas por el perito psicólogo a la hora de analizar el producto resultante, esto es, la conducta delictiva motivo de la evaluación. A su vez, el análisis de la conducta llevada a cabo por el evaluado para cometer el delito (tipo de víctima elegida, modus operandi y reacción post-delito) resulta una rica fuente de información para completar el estudio psicológico forense de su estructura de la personalidad, además, de aportarnos datos sobre el grado de elaboración del delito y por ende, del estado mental del sujeto al momento de su comisión. Se propone para el debate dos cuestiones controvertidas en relación a la responsabilidad criminal de los Trastornos de Personalidad. La primera, cuestionaría el tradicional modelo de valoración de la imputabilidad, a saber: ¿es la capacidad cognitiva la única variable a tener en cuenta para determinar la capacidad de entender del ser humano? Y por otro lado, también nos surge la pregunta de ¿hasta qué punto el mal pronóstico terapéutico de estos trastornos mentales está condicionando su abordaje legal al margen de su realidad clínica?.
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IMPUTABILIDAD Y TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD Blanca Vázquez Mezquita Psicóloga Forense. Clínica Médico forense de Madrid Introducción: El concepto de trastorno de personalidad y su posible influencia en las personas que cometen delitos, ha sido, en los últimos años, uno de los tópicos más estudiados dentro de las ciencias forenses. Vamos a explorar los hallazgos objetivos en los que se basa esta suposición para relacionarlos con nuestra tarea de evaluación de la responsabilidad penal de las personas que cometen delitos. Objetivo: Realizar un acercamiento al concepto de trastorno de personalidad, desde los puntos de vista categorial y funcional, expresar los conceptos generales y de interés de cada modelo para la evaluación forense y proponer una valoración psicológica-pericial de la imputabilidad según una serie de criterios más allá de las clasificaciones categoriales. Método: Estudio de los principales modelos teóricos. Incidencia y prevalencia en población general y carcelaria. Estudio del concepto de imputabilidad jurídico y sus repercusiones en el ámbito pericial. Resultados: La confusión y el solapamiento del concepto trastorno de personalidad, junto a los hallazgos en población delincuencial y normal hacen necesario un acercamiento a los síntomas que pueden estar relacionados con la génesis de violencia interpersonal, más que al diagnóstico de uno u otro trastorno mental. Conclusiones: Propuesta de criterios de evaluación forense en la exploración de personas con posible trastorno de personalidad.
CONTROVERSIA EN TORNO AL SÍNDROME DE ALIENACIÓN PARENTAL Mercè Cartié Psicóloga del Equipo de Asesoramiento Técnico de Familia, de Barcelona Mª Begoña García Ayala Psicóloga del Juzgado de Familia nº 1 de Murcia En el contexto judicial por la disputa de la guarda y custodia de un menor, los Psicólogos Forenses nos encontramos, muy a menudo, con menores que rechazan mantener contacto con uno de sus progenitores, rechazo que en algunos casos termina por convertirse en un odio extremo hacia ese progenitor. Cuando la animadversión a mantener cualquier tipo de contacto con el entorno del progenitor es injustificada y no se corresponde con ninguna causa lógica y racional, hablamos de la presencia de un Síndrome de Alienación Parental. Pero no siempre nuestras apreciaciones, reflejadas en el correspondiente Informe Pericial, tienen la misma respuesta por parte de los Psicólogos Forenses adscritos a los Juzgados, de forma que existen importantes diferencias, entre estos profesionales, en determinados aspectos vinculados al Síndrome de Alienación Parental.
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En la mesa redonda que se ha programado, queremos exponer algunas cuestiones controvertidas en torno al Síndrome de Alienación Parental. En este sentido, hablaremos de la conveniencia de utilizar el término “SAP” o por el contrario, evitar esta terminología, y en su lugar, hacer una descripción de los comportamientos percibidos en el sistema familiar. Trataremos de aclarar si el Síndrome de Alienación Parental constituye una disfunción entre los miembros de la familia, o lo que apreciamos es una lectura lineal, en términos de “progenitor bueno-progenitor malo”. Finalmente, veremos qué medidas consideramos que ayudan a solucionar el conflicto familiar y cuál es nuestra recomendación al titular del órgano judicial en beneficio del menor, tanto a nivel legal, como a nivel terapéutico
LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN PAREJAS ADOLESCENTES Amaia Martínez Psicóloga de la Unidad de Valoración Integral Forense, de Vizcaya La violencia de género en el noviazgo/adolescencia ha sido mucho menos estudiada que durante la etapa adulta. No obstante, las investigaciones apuntan a que su incidencia puede ser más elevada. Asimismo, desde el ámbito judicial la intervención del psicólogoforense es muy demandada, emitiendo informes periciales psicológicos tanto de la víctima, del agresor o de ambos adolescentes. Por ello, para una adecuada evaluación psicológico-forense es preciso conocer las causas generadoras de violencia, los factores que la mantienen y las consecuencias psicológicas que de ella se derivan para los adolescentes tanto a corto como a largo plazo. Por tanto, esta problemática es abordada como un proceso en el que intervienen víctima, agresor y la dinámica entre ambos. Se revisan las principales investigaciones psicológicas realizadas en la última década con el objetivo de analizar las principales características de la adolescencia, las variables distintivas de las relaciones violentas entre adolescentes, las tipologías de maltrato más frecuentes, las actitudes, creencias y comportamientos tanto del agresor como de la víctima y sus interacciones así como las consecuencias psicopatológicas a corto y largo plazo para la víctima. Los estudios señalan que la violencia entre parejas de adolescentes está bien documentada. Las agresiones en las parejas son cometidas tanto por varones como mujeres, especialmente en los adolescentes más jóvenes, aunque estas agresiones son de diferente tipo y las consecuencias distintas en función del sexo. Apuntan, además, la continuidad entre la violencia ejercida en las primeras relaciones y la expresada en la pareja adulta. Las creencias y actitudes sexistas de los adolescentes pueden actuar como predictoras de una futura conducta violenta hacia el otro sexo y, al mismo tiempo, perpetuar las conductas violentas cuando ya están ocurriendo.
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RÉGIMEN DE VISITAS EN VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Teresa Gómez-Limón Psicóloga de Juzgado nº 5 de Violencia sobre la Mujer Para introducir el tema he comenzado por definir a los hijos de las mujeres víctimas de violencia de género como otras víctimas de esta situación, por las repercusiones que dicho maltrato tiene en su desarrollo físico, intelectual y emocional. Seguidamente he hecho un breve repaso sobre la incidencia que la violencia familiar tiene en el modelo de aprendizaje de los menores, con la consiguiente perpetuación de dichas conductas de víctimas o victimarios. Posteriormente, he comentado la importancia de escuchar y evaluar a los menores, presentando someramente los instrumentos psicológicos más utilizados para dicha evaluación. La parte central del tema la he basado en los procedimientos civiles en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, a partir de la propia experiencia, y las peticiones a los psicólogos forenses sobre las medidas de guarda y custodia y régimen de visitas, con un breve esquema del procedimiento de la pericia y las conclusiones respecto a ambos extremos. Seguidamente he hecho un breve repaso por la legislación vigente, especialmente la Convención de los Derechos del Niño y la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, en lo referente a los menores. En la última parte de la exposición he hecho referencia a una investigación reciente sobre las decisiones judiciales en materia de guarda y custodia y régimen de visitas, observando las medidas adoptadas por los Juzgados de Violencia sobre la Mujer y las Audiencias Provinciales, así como las conclusiones de dicho estudio. Finalmente, he planteado algunas de las cuestiones más polémicas para el debate posterior.
CRITERIOS DE CREDIBILIDAD DE LAS DECLARACIONES DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO José Ramón Juárez López Doctor en Psicología. Psicólogo Forense del EAT-Penal de Girona. Las diferentes leyes nacionales y autonómicas contra la Violencia de Género establecen una serie de medidas legislativas que tienen por objeto, entre otros, el reconocimiento de los derechos de las víctimas de la violencia y fortalecer la sensibilidad ciudadana ante la violencia de género. Conscientes de la importancia de estos objetivos y de las dificultades que se derivan de su aplicación, así como de nuestra experiencia en la práctica forense en casos de violencia doméstica y de género, surge la investigación que pretende establecer, en base al análisis de los relatos de mujeres víctimas de violencia de género en la relación de pareja, los criterios de credibilidad que permitan validar sus declaraciones. Criterios obtenidos a partir de las propias palabras de las víctimas. En la primera fase de la investigación, en base a una metodología mixta, cuantitativa y cualitativa, conseguimos definir un sistema de criterios de credibilidad genuinos y discriminadores:
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Discontinuidad narrativa Detalles extraños Reproducción de conversaciones Correcciones espontáneas Ambivalencia y ambigüedad hacia el agresor Violencia indirecta, suscitando miedo y terror Miedo a las represalias Imposición e intimidad del secreto Indefensión Evolución de la violencia y progresión de la asimetría de poder Dualidad de la conducta doméstica / imagen social del hombre Control amplio masculino cognitivo conductual Descripción contextualizada de microviolencias Estrategias de supervivencia de la mujer Relato inhibido con vergüenza. En una segunda fase de la investigación, los resultados obtenidos nos permiten avanzar en un aspecto innovador y establecer 2 grupos poblacionales en función de la variable: ‘violencia de género crónica, de larga duración, versus una violencia puntual, aguda y de corto recorrido vital’. Estos 2 grupos nos permiten a su vez, establecer la preeminencia criterial que ajusta y precisa con mayor validez predictiva nuestra valoración sobre la credibilidad de sus relatos. Al instrumento resultante de esta investigación lo denominamos GAT-VIG-R, es decir, Guía para la Evaluación de Testimonio en casos de Violencia de Género, con la revisión referida. Palabras-clave Credibilidad de las declaraciones, violencia doméstica, violencia de género, criterios de credibilidad, sistemas criteriales.
INTERVENCIÓN DEL PSICÓLOGO EN LA JUSTICIA DE MENORES Silvia Sicilia Cano Psicóloga del Equipo Técnico de la Fiscalía de Menores de Valencia Son ya muchos los años en los que la Psicología y el Derecho comparten ámbitos de trabajo. Creo que el Derecho ha sabido incorporar y respetar nuestros conocimientos. No son por tanto, ni el Derecho ni sus leyes motivo de reflexión ni crítica en esta ocasión, sino que, y por el contrario, se tratará de hacer una reflexión auto-crítica sobre los conocimientos necesarios que los psicólogos debemos tener cuando trabajamos dentro del sistema judicial y en particular en el ámbito de la justicia de menores. Adquirir estos conocimientos y acoplar nuestra ciencia a ellos determinará la calidad de nuestras intervenciones. La ley de responsabilidad penal del menor otorga, a los equipos técnicos, y desde luego a los psicólogos adscritos a ellos, un papel importante en todo el procedimiento. Cuantitativamente es objetivable por el número de artículos en los que se contempla necesariamente su intervención.
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Ahora bien, la cuestión cualitativa, es, como no podría ser de otra manera tratándose de psicología, muy subjetiva. ¿Realmente nuestras intervenciones son valoradas y consideradas más allá de lo legalmente establecido, por los profesionales del derecho? Sí, si se asientan sobre el conocimiento del ámbito judicial y, limitamos y delimitamos nuestro trabajo al motivo y objeto del mismo. Los psicólogos tienen aquí un papel fundamental, el motivo y origen de nuestro trabajo es: buscar las causas que han podido determinar o influir en la conducta disocial que “presuntamente” ha mantenido un menor y, el objeto de nuestro trabajo será, orientar el modo de subsanarlas o mejorarlas. Esto es, dotar de contenido psicológico la adopción de una medida judicial.
PERSPECTIVAS ACTUALES Y RETOS FUTUROS EN MENORES Cristina Amante García Psicóloga del Equipo Técnico de la Fiscalía y Juzgados de Menores de Alicante La creación de APF nos abre un abanico muy amplio de oportunidades como son: unificar criterios y formas de intervención, compartir y cuestionar las dificultades en el quehacer diario; comparar problemáticas de las distintas comunidades; establecer protocolos de coordinación de los equipos técnicos de las mismas y diferentes jurisdicciones; trabajar en el campo de la mediación, en el ámbito de la prevención y facilitar la investigación y la evaluación de nuestro trabajo. El propósito de mi participación en esta mesa es poner en común las posibilidades que nos facilita el trabajo en red, motivando a los participantes a compartir sus experiencias y desarrollos en su profesión, analizando y valorando la práctica/pericia de cada uno de nosotros, lo que nos conducirá a la necesidad de elaborar, entre todos, un Manual de Buenas Prácticas en el ámbito de Menores, en el que se incluya también la coordinación con los compañeros de otras jurisdicciones. Y para la puesta en marcha de este Proyecto, empezaré compartiendo los desarrollos actuales en la intervención psicológica de los Juzgados de Menores de Alicante, así como las reflexiones sobre las posibles líneas de evolución futura. Por otra parte es necesario poner de manifiesto la necesidad de investigar e intervenir de forma preventiva sobre aspectos muy importantes de la sociedad actual que repercuten directamente en el desarrollo de nuestros adolescentes, y por lo tanto, de las problemáticas tratadas. La exposición gira en torno a una idea central: la necesidad de unificar criterios, de disponer de protocolos rigurosos y unificados, desarrollar metodologías comunes, para poder elaborar un Manual de Buenas Prácticas que nos pueda permitir llevar a cabo evaluaciones e intervenciones que garanticen la equidad. Sin una evaluación rigurosa no puede haber un diagnóstico preciso, y, sin éste, no es posible una orientación e intervención eficaz. Por otra parte, se pondrá de manifiesto, a través de casos concretos, la necesidad de investigación y prevención en el ámbito de la adolescencia.
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METODOLOGÍA Pablo Santamaría TEA-Ediciones A lo largo de las últimas décadas han sido diversas las investigaciones y encuestas realizadas entre profesionales para determinar qué tests resultan recomendables para el uso forense en cada una de las áreas principales de aplicación (v.g. Archer, BuffingtonVollum, Stredny, & Handel, 2006; Bow, Gould, Flens, & Greenhut, 2006; Lally, 2003) así como qué criterios han de cumplir las pruebas para ser usadas en dichos campos (v.g. Ackerman, 2010; Heilbrun, 1992; Melton, Petrila, Poythress, & Slobogin, 2007; Otto & Heilbrun, 2002; Rogers, 2003) por no mencionar los criterios Daubert y sus posteriores modificaciones en el contexto legal americano o las restricciones a nivel de códigos éticos de las diferentes instituciones y organismos. Durante esta comunicación se tratará de sintetizar los aspectos más relevantes de estos criterios mencionados en la literatura científica y presentar una serie de reflexiones sobre su posible impacto e importancia en el uso forense de los instrumentos. Estas reflexiones pretenderán proporcionar puntos de deliberación y debate sobre las herramientas actualmente utilizadas en la práctica profesional y sobre aquellas características que idealmente deben requerirse a las pruebas de evaluación a emplearse en contexto forense.
SITUACIÓN FUTURA DE LA PROFESIÓN ¿DÓNDE VAMOS? Milagros del Campo Cámara Psicóloga Forense del Instituto de Medicina Legal de Burgos Nieves Marí Costa Psicóloga Forense del Instituto de Medicina Legal de Baleares Recientemente, un grupo de psicólogos forenses con dependencia orgánica de la Administración de Justicia compartimos las limitaciones con las que nos encontramos en el ejercicio diario de nuestro trabajo, determinadas éstas fundamentalmente por la importante variabilidad interprofesional en la práctica forense y las diferencias existentes tanto en la organización como en la dependencia funcional y orgánica de los profesionales de la psicología. Ello motivó la necesidad de constituirnos como Asociación y establecer unos objetivos comunes que nos permitieran abordar conjuntamente los problemas detectados. Este estudio pretende exponer cuáles son las dificultades manifiestas en nuestro colectivo profesional y desgranar los objetivos hacia los que orientar nuestros esfuerzos como Asociación de Psicólogos Forenses de la Administración de Justicia (APF). Actualmente dos son los grandes retos profesionales que orientan la línea de trabajo de la APF:
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1. COLABORACIÓN, a promover y/o potenciar con organismos tanto públicos como privados, operadores jurídicos y otros profesionales, para avanzar en el desarrollo de nuestra disciplina científica y de nuestras condiciones laborales. Ello fija la necesidad de establecer cauces de comunicación eficientes con: a. El Ministerio de Justicia y las distintas Subdirecciones de Justicia de la Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia, de cara a servir de interlocutores, constituirnos como asesores, participar en la formación de otros operadores jurídicos, intervenir en la selección y preparación de los profesionales que acceden a nuestras plazas, establecernos como cuerpo profesional con estatuto orgánico propio, expandir la labor forense a otras jurisdicciones e implantar nuestra figura en cada una de las leyes de nuestro ámbito de intervención. b. Las Facultades de Psicología y las empresas de publicación y distribución de herramientas de evaluación psicológica, con el objeto de desarrollar técnicas e instrumentos que nos resulten útiles en nuestra práctica pericial, promocionando la investigación y encaminando nuestra especialización desde la Psicología Clínica o Jurídica. c. Otros colectivos profesionales, asociaciones y entidades con las que compartimos ámbitos de actuación y conocimientos científicos para continuar la labor de desarrollo profesional de nuestra disciplina. d. Los operadores jurídicos que precisan de nuestro asesoramiento para la emisión de solicitudes periciales objetivas y efectivas. e. Otros profesionales del ámbito de Justicia con funciones forenses, compartiendo con éstos el asesoramiento judicial coordinado pero delimitado al ámbito competencial exclusivo del propio colectivo. 2. EXCELENCIA PERICIAL, determinada por la promoción de Protocolos y Guías de Buenas Prácticas, la unificación de criterios de evaluación y de toma de decisiones, y la investigación en materias propias de la psicología forense. Cabe tener presente que el establecimiento de retos comunes para nuestro colectivo profesional nos lleva a apreciar la necesidad de crear grupos de trabajo operativos y dirigidos específicamente a la detección y análisis de las necesidades específicas de los psicólogos forenses en sus diferentes ámbitos de desempeño profesional, así como al diseño y propuesta de las estrategias a emprender desde la APF tanto a corto, como a medio y largo plazo.
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COMUNICACIONES
DETECCIÓN Y DISCRIMINACIÓN PERICIAL DE LAS MANIPULACIONES INTERFERENCIAS PARENTALES EN PROCESOS JUDICIALES PENALES
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María Paz Ruiz Tejedor Psicóloga Forense de la clínica medico forense de Madrid, especialista en Psicología Clínica En la praxis pericial de los psicólogos forense que trabajamos en el ámbito penal, la demanda judicial más frecuente en delitos de abuso sexual infantil es la valoración de la credibilidad del testimonio, puesto que ciertamente no siempre lo que se denuncia se corresponde con la realidad. En algunos casos, son los propios menores –generalmente adolescentes o preadolescentes- quienes fabulan, inventan o fabrican un testimonio, o incluso disfrazan la realidad de la producción abusiva, por distintos motivaciones o ganancias secundarias, lo cual nos permite aplicar técnicas, como el SVA para analizar la credibilidad. El problema y la dificultad inherente de este objetivo pericial, se agrava cuando los menores implicados son niños de corta edad, que no cuentan con el necesario desarrollo cognitivo y lingüístico como para emitir un relato libre, o de igual forma, cuando este tipo de alegaciones se fundamentan exclusivamente en verbalizaciones que los denunciantes atribuyen a las presuntas víctimas, pero que casi nunca pueden ser recogidas por los peritos, y en los que no existen otras pruebas o indicadores externos. Me interesa especialmente profundizar en el fenómeno creciente que constamos en el ámbito forense de las denuncias falsas o no fundamentadas, en las cuales frecuentemente se produce una instrumentalización del menor, en contextos de litigio entre progenitores. Precisamente lo que se ha dado en llamar “el abuso de la denuncia de abuso” o también por las implicaciones judiciales tras su interposición “bala de plata”. Y aunque son numerosos los estudios que se han llevado a cabo sobre este tema, la revisión de la literatura revela que en su mayoría se han limitado a realizar aproximaciones estadísticas, existiendo una gran confusión en cuanto a los factores o variables implicadas.
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Discriminar e identificar, lo que sin duda constituye -según mi criterio- una grave forma de maltrato infantil, supone un reto para psicólogos forenses, por eso en esta comunicación se aportará información dirigida facilitar esta labor pericial, especificando las formas de fundamentar la falsa alegación, con casos ejemplos extraídos de la práctica forense, los criterios y elementos que pueden resultar diferenciadores o discriminativos entre casos fundamentados y no fundamentados de abuso sexual infantil y los posibles sesgos metodológicos en el abordaje pericial. Palabras clave: Abuso sexual, menores, denuncias falsas, instrumentalización parental, criterios diferenciales, sesgos metodológicos.
RELACIÓN ENTRE EL CONFLICTO INTERPARENTAL DURANTE EL PROCESO DE SEPARACIÓN O DIVORCIO EN LA ADAPTACIÓN SOCIAL, PERSONAL Y FAMILIAR DEL MENOR Antonio Valverde*, Amaia López y Lidón Villanueva *Juzgado de Familia, Castellón. La adaptación de los menores que están atravesando un proceso de separación paterna y su relación con la recomendación del ejercicio de guarda y custodia, ha sido tradicionalmente un reto importante para los psicólogos forenses de la Administración de Justicia. En este sentido, diversos estudios obtienen resultados contradictorios en cuanto a qué variables resultan significativas para una mejor o peor adaptación del menor. El objetivo de este trabajo es el de analizar la relación de la adaptación del menor en proceso de separación paterna, con diversas variables tanto del menor (edad, sexo, número de hermanos), como de los progenitores (nivel de conflicto previo al proceso y durante el proceso). Para conseguir este objetivo, se analizaron los datos de 36 menores y 50 progenitores con expediente abierto en el Juzgado de Familia de una provincia española por un proceso de separación. El rango de edad de los menores oscilaba entre 1 y 16 años, mientras que el de los progenitores era de 23 a 60 años. Los datos se obtuvieron a través de entrevistas semiestructuradas durante el proceso de valoración de la dinámica familiar en el Juzgado. La variable adaptación del menor se evaluó a través del autoinforme del menor y del informe de los padres, e incluía diversos ámbitos (escolar, social y familiar). Los resultados apuntan a la importancia de variables como la edad del menor o el nivel de conflicto interparental durante el proceso, como variables significativas en la adaptación del menor a la nueva situación familiar. Estos datos pueden orientar la recomendación del ejercicio de guarda y custodia del menor en los procesos de separación o modificación de medidas. Palabras clave: adaptación, conflicto, separación y divorcio, familia, guarda y custodia.
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ESCALA DE TÁCTICAS DE DOMINANCIA Y TÁCTICAS CELOSAS: CONDUCTA AGRESIVA, PERSONALIDAD Y CONTROL DEL SESGO DE LA RESPUESTA Leticia Padilla-González* y Enrique Armas-Vargas*/** */**Unidad de Valoración Integral Forense del Instituto de Medicina Legal (Tenerife) * Universidad de La Laguna Las tácticas de control y celos forman parte del amplio repertorio de actitudes y conductas implicadas en la violencia psicológica en la pareja. Con el objetivo de estudiar si estas estrategias de dominancia y celos estaban presentes en las relaciones de noviazgo de adolescentes y jóvenes, diversos autores han empleado la Escala de Tácticas de dominancia y Tácticas celosas. Este instrumento consta de 11 ítems y se realizan dos medidas respecto al contenido de cada ítem (perpetrador y víctima), con 5 alternativas de respuesta (1= nunca, hasta 5= muy a menudo). La prueba cuenta con dos sub-escalas: Tácticas de dominancia y Tácticas celosas. La muestra está formada por 148 personas adultas de Tenerife (69 mujeres y 79 hombres). La edad media es de 36,89 años (DT= 8,63), rango entre 25 y 53 años. Analizamos la relación entre dichas manifestaciones de violencia con características de personalidad (EPQ-R) y el inventario de hostilidad BDHI-Escala L (estructura factorial propuesta por el segundo autor de este trabajo). Con la finalidad de controlar las distorsiones de respuesta al contestar a las pruebas psicométricas, incorporamos las escalas Disimulo (EPQ-R) y Escala L del MMPI-2 (en el BDHI). El BDHI-Escala L ha demostrado tener validez empírica y de contenido, así como ser sensible para la valoración de los contextos clínico-forense y población normal. Encontramos que las variables Tácticas de dominancia y Tácticas celosas (perpetrador) respectivamente, correlacionan de forma significativa y positiva con: Neuroticismo (r=. 25; p≤.01; y r=. 36; p≤.000); Hostilidad (r=.15; p≤.05, y r=.33; p≤.000) e Ira (r=.14; p≤.05 y r= .26; p≤.01). Correlaciones significativas y negativas entre la Escala L y los factores Hostilidad (r= -.36; p≤.000), Ira (r= -.36; p≤.000) y Agresividad física (r= -.19; p≤.05). Comprobamos cómo se comportan los factores de personalidad y distorsiones de respuestas, para muestras independientes (hombres y mujeres).
FACTORIZACIÓN DE LA ESCALA DE DESEABILIDAD DE MARLOWE Y CROWNE: PERSONALIDAD, CONDUCTA DE MENTIR Y DISTORSIONES DE RESPUESTAS Enrique Armas-Vargas, Pablo García-Medina, Alejandra Machado-Fernández Universidad de La Laguna La tendencia de los individuos a ofrecer una imagen socialmente deseable de sí mismos y reducir o negar los aspectos más negativos, condiciona los resultados de las pruebas psicométricas, siendo uno de sus máximos exponentes Crowne y Marlowe. El primer autor propone que la capacidad para mentir, ocultar, evitar reconocer una mentira, o hacer frente a ella (sincerarse), implica hacer uso de determinadas destrezas y
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cualidades personales e interpersonales que nos identifican y delatan. Plantea que la habilidad y la predisposición a mentir es apresable a través de variables actitudinales y de características de personalidad, para ello elabora el cuestionario ATRAMIC. El contexto y las personas que forman parte de ese contexto, modulan y condicionan la manera en que ponemos en práctica dicha habilidad. Las variadas motivaciones o presiones que nos lleva a “mentir”, están asociadas a evitar otros posibles daños a nivel personal, social y legal. La muestra de está formada por 473 adultos de las Islas Canarias. 210 hombres y 263 mujeres que corresponden a población contraste/normal. (Medad= 37 años; DT= 12.33). Del análisis factorial (varimax) y de la consistencia interna (Alpha de Cronbach) de la Escala de Deseabilidad Social de Marlowe y Crowne (SDS) con 33 ítems (V/F), obtenemos una estructura bifactorial que denominamos: Aceptación/Reconocimiento, 12 ítems (16.5%; α=.72) y Negación/Pro-imagen, 12 ítems (13.75%; α=.77). Varianza explicada total= 30.25%. Fiabilidad total, α = .70. Se obtienen correlaciones negativas entre el factor Aceptación/Reconocimiento con la Escala L del BDHI (r= -.55; p≤ .000) y Deseabilidad Social de ATRAMIC (r= -.32; p≤ .000); y una relación positiva con las escalas de Sinceridad (r= .34; p≤ .000), Auto-devaluación Emocional (r= .31; p≤ .000) y Auto-devaluación Cognitiva (r= .12; p≤ .001) de ATRAMIC. Comprobamos la validez predictiva de “Aceptación/Reconocimiento” y “Negación/Proimagen”, incluyendo 21variables de ATRAMIC y la Escala L del BDHI.
ESCALA DE SINCERIDAD Y CUESTIONARIO DE CREENCIAS IRRACIONALES SOBRE EL EMPLEO DE LA VIOLENCIA, ROL DE GÉNERO Y RELACIONES DE PAREJA: ESTRUCTURA FACTORIAL Enrique Armas-Vargas*/**, Pablo García-Medina*, Juan Manuel Bethencourt-Pérez*, Imelda Bencomo-Hernández** y Leticia Padilla-González* * Universidad de La Laguna ** Unidad de Valoración Integral Forense del Instituto de Medicina Legal (Tenerife) Estudiamos la relación que las creencias y pensamientos distorsionados hacia el rol de género, el empleo de la violencia y la dependencia emocional (pareja) tienen con la conducta agresiva y la autoestima. Incorporamos la escala de Sinceridad de la prueba ATRAMIC para controlar las distorsiones de respuesta. Pretende medir cuanto una persona tiende a reconocer aspectos y/o características de su personalidad, y que difícilmente tendemos a admitir. La muestra de está formada por 473 adultos de las Islas Canarias. 210 hombres y 263 mujeres que corresponden a población contraste/normal. La media de edad es de 37 años (DT=12,33). La prueba la forman 70 ítems: 45 ítems de creencias del Programa Galicia de Reeducación (2007) y 25 ítems de la escala de Sinceridad de ATRAMIC (evaluación de la personalidad y de la predisposición a mentir). La prueba está codificada en una escala likert (1 –en desacuerdo-; 2 –ni de acuerdo ni en desacuerdo-; 3- de acuerdo-).
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Ofrecemos los resultados del análisis factorial (rotación varimax) y de la consistencia interna (Alpha de Cronbach) del cuestionario de Creencias irracionales y de la escala de Sinceridad. Obtuvimos 4 factores (48 ítems). Varianza total explicada= 37%. Fiabilidad total, α = .88. La escala de Sinceridad de ATRAMIC correlaciona de forma positiva con los tres factores de Creencias irracionales (p≤ .000); con agresividad física (r= .18; p≤ .01), ira (r= .31; p≤ .000), hostilidad (r= .41;) y agresividad verbal (r= .13; p≤ .05) del AQ. Se obtienen correlaciones negativas entre Sinceridad y los factores de autoestima (CAE) “Yo” (r= -.36; p≤ .000) y “Los demás” (r= -.23; p≤ .000); y positivas con “Sentimiento de Inutilidad” (r= .33; p≤ .000) y “Sentimiento de inferioridad” (r= .34; p≤ .000). Analizamos las diferencias de medias de los 4 factores del cuestionario de creencias-sinceridad para hombres y mujeres.
PENSAMIENTOS DISTORSIONADOS, VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN LA PAREJA Y ESCALA DE DESEABILIDAD SOCIAL: ESTRUCTURA FACTORIAL Enrique Armas-Vargas*/**, Pablo García-Medina*, Ángela Rita Martín-Caballero*, Teresa Sánchez-Remacho** e Isidro Pérez-Martín* * Universidad de La Laguna ** Unidad de Valoración Integral Forense del Instituto de Medicina Legal (Tenerife) Los hombres que maltratan a sus parejas suelen estar afectados por numerosos sesgos cognitivos, relacionados por un lado, con creencias equivocadas sobre los roles sexuales y la inferioridad de la mujer y, por otro, con ideas distorsionadas sobre el uso de la violencia como forma de resolver los conflictos en la pareja. La muestra de está formada por 473 adultos de las Islas Canarias. 210 hombres y 263 mujeres que corresponden a población contraste/normal. La media de edad es de 37 años (DT=12,33). Mostramos los resultados de un cuestionario constituido por 63 ítems: 29 ítems del Inventario de Pensamientos Distorsionados sobre la mujer y la violencia (IPDMV), 19 ítems extraídos de un Programa de tratamiento en prisión para agresores en el ámbito familiar (2005), y para controlar los sesgos en las respuestas, 15 ítems de la escala de Deseabilidad Social (DS) de ATRAMIC (personalidad y predisposición a mentir). La prueba está codificada en una escala likert (1 –en desacuerdo-; 2 –ni de acuerdo ni en desacuerdo-; 3- de acuerdo-). Del análisis factorial (varimax) y de la consistencia interna (Alpha de Cronbach) del cuestionario obtuvimos 6 factores (49 ítems). Varianza total explicada= 39.5%. Fiabilidad total, α = .83. Estudiamos la validez convergente del cuestionario de creencias con los factores del BDHI (hostilidad) y la Escala L (MMPI-2). Se obtienen correlaciones positivas entre la Escala DS y la Escala L (r= .35; p≤ .000), y negativas entre DS y hostilidad (r= - .21; p≤ .000), ira (r= - .26; p≤ .000) y agresividad física (r= - .16; p≤ 0,001). Correlaciones positivas entre DS y Evitación de la agresividad física (r= .13; p≤ .01) y agresividad verbal
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(r= .14; p≤ .01). Analizamos las diferencias de medias de los 6 factores del cuestionario de creencias y del BDHI-Escala L para hombres y mujeres.
EVALUACIÓN PSICOLÓGICA FORENSE EN MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO: AUTOESTIMA, PERSONALIDAD Y DISTORSIONES DE RESPUESTA *Imelda Bencomo-Hernández, */**Enrique Armas-Vargas, *Teresa Sánchez-Remacho * Unidad de Valoración Integral Forense del Instituto de Medicina Legal (Tenerife) (Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de Canarias) ** Universidad de La Laguna. Tenerife. El uso de pruebas psicométricas validadas y adaptadas a la población clínico-forense es una realidad necesaria y emergente. En este trabajo queremos profundizar en una prueba de autoestima denominada CAE (elaborada por el segundo autor de este trabajo) que hasta el momento ha demostrado tener validez de contenido y discriminante para la valoración en el contexto clínico-forense en mujeres víctimas de violencia de género. Este trabajo se enmarca dentro de un campo de investigación forense más amplia donde se analiza la comunicación y violencia en la Pareja de las denunciantes y denunciados por Violencia de Género. Una de las variables que debe controlar el perito en el proceso de valoración clínico-forense, es la motivación de las personas a mentir y/o distorsionar en sus respuestas a los ítems de las pruebas psicométricas. Con la intención de controlar la tendencia a manipular los resultados de las pruebas psicométricas, incorporamos la Escala L del MMPI-2 (incluida en el BDHI) y los factores “Deseabilidad Social” (DS) y “Auto-devaluación” de la prueba ATRAMIC. La Autodevaluación sugiere una exageración moderada ante problemas emocionales. La muestra la forman 160 mujeres, 50% fueron valoradas como víctimas de violencia de género por los Psicólogos Forenses de la Unidad de Valoración Integral Forense (UVIF) y el otro 50% lo forman mujeres de la población normal/contraste. La edad media de 38 años (DT= 10,5). Estudiamos la validez convergente de los 4 factores del cuestionario CAE con la escala de autoestima “Rosenberg”. Analizamos la relación de los factores del CAE con las escalas de distorsiones de respuestas (Escala L, DS y Auto-devaluación) y el cuestionario de personalidad IPDE en las víctimas. Analizamos cómo se comportan los factores de la prueba CAE, las escalas de distorsiones de respuestas y las variables del IPDE para muestras independientes (forense y control).
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TALLERES TALLER 1: CONTROVERSIAS ENTORNO A LA VALORACIÓN DEL RIESGO DE VIOLENCIA: A PROPÓSITO DE LA GUÍA ELABORADA DESDE EL COP-MADRID José Manuel Muñoz Psicólogo Forense. Tribunal Superior de Justicia. Comunidad de Madrid Rebeca Gómez Martín Psicóloga Forense. Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 8. Madrid La predicción de la reincidencia delictiva ha sido una demanda tradicional del mundo del Derecho a la Psicología Jurídica, psicólogos forenses y penitenciarios realizan esas evaluaciones desde su inclusión en el Sistema de Justicia. En la actualidad la evaluación del riesgo delictivo está tomando especial protagonismo derivado de las iniciativas legislativas y reformas penales (i.e., prisión permanente revisable, custodia de seguridad) surgidas dentro de nuestro modelo de política criminal de seguridad ciudadana. Este panorama ha incrementado la investigación dirigida a elaborar protocolos que nos permitan detectar a los sujetos con alta probabilidad de reincidencia delictiva. Sin embargo, el tratamiento realizado desde algunos sectores profesionales en relación a esta actividad técnica está desvirtuando la complejidad y laboriosidad que entrañan, máxime, atendiendo a la importante repercusión que tiene tanto para denunciantes/víctimas como para denunciados/penados. Se minimiza desde esta óptica la importancia de la competencia del evaluador en la aplicación de estos protocolos, trasladándose a los operadores jurídicos y a la sociedad en general, que cualquier profesional puede afrontar estas evaluaciones (i.e., sanitarios, juristas, policías, criminólogos, trabajadores sociales, etc.). Es en este contexto y ante la preocupación del Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid donde surge el trabajo que presentamos en este taller: la Guía de buenas prácticas para la evaluación psicológica forense del riesgo de violencia contra la mujer en las relaciones de pareja (VCMP). Nuestro objetivo, por un lado, exponer la dificultad de estas periciales y la realidad respecto al alcance de nuestras predicciones, y por otro, presentar la Guía elaborada desde el COP-M como método de trabajo específico para el psicólogo forense. Pretendemos generar debate en torno a los distintos temas abordados y animar, desde el marco de la APF, a la organización de grupos de trabajo para elaborar Guías o Protocolos de intervención del psicólogo forense que homogenice nuestra actividad profesional, base para evitar situaciones de inseguridad jurídica en los usuarios de la Administración de Justicia.
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TALLER 2: FAMILIA, CRITERIOS PARA LA CUSTODIA COMPARTIDA Mª Dolores Justicia Díaz Servicio de Apoyo a la Administración de Justicia: Juzgados de Familia de Granada Profesora Asociada Universidad de Granada Con la modificación del Código Civil de 2005 se introduce en nuestro ordenamiento nacional la alternativa de guarda y custodia compartida, de común acuerdo y excepcionalmente “a instancia de una de las partes, con informe favorable del Ministerio Fiscal (inconstitucional por STC 185/2012), fundamentándola en que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor”. El Tribunal Supremo se ha pronunciado repetidamente sobre la custodia compartida, en la última sentencia (STS 257/2013) expresamente sobre los criterios para acordarla: la práctica anterior de los progenitores con el menor, sus aptitudes personales, los deseos manifestados por los menores competentes, el número de hijos, el cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos, el respeto mutuo en sus relaciones personales, el resultado de los informes exigidos legalmente. Además se declara que la guarda y custodia compartida no es una medida excepcional, teniendo que ser considerada como normal e incluso deseable. Las leyes autonómicas de Aragón, Valencia, Cataluña y Navarra han introducido importantes novedades sobre la custodia de los hijos, posicionándose las dos primeras claramente a favor de la presunción legal de igual responsabilidad parental, definida como reparto equitativo de tiempo en cada hogar, también para las rupturas interparentales contenciosas. A partir de la revisión de las investigaciones sobre de los factores mediadores o moderadores que pueden explicar la adaptación de los hijos al divorcio de sus padres en función del tipo de custodia, se plantea como principal objetivo el análisis de los criterios que guían la evaluación forense. Las opiniones que ofrezca el experto, sus recomendaciones relativas a la alternativa con que mejor se garantiza la cobertura de las necesidades de los niños informarán o apoyarán la toma de decisiones judiciales relativas a la residencia habitual.
TALLER 3: EVALUACIÓN DE LA PELIGROSIDAD EN LOS JUZGADOS DE VIGILANCIA PENITENCIARIA María del Rocío Gómez Hermoso Psicóloga Forense de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Madrid Comenzamos el taller determinando por qué queremos hablar de peligrosidad en las valoraciones psicológicas forenses y no queremos hablar de valoración de riesgo. Centrándonos en que la peligrosidad, entre otras cosas, valora el supuesto sujeto peligroso desde el propio sujeto, primero evaluación de la personalidad y la interacción de este con el medio y luego como elemento subsidiario variables externas y estresoras que puedan alterar el comportamiento futuro del sujeto. Establecemos las diferencias entre las valoraciones que realizan o pueden realizar otras profesiones con las evaluaciones que realizamos nosotros en el ámbito de los órganos judiciales penales.
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Los Criminólogos, por ejemplo, pueden efectuar valoraciones basadas en elementos externos e interaccionales al propio sujeto pero no estructurales como la psicopatía. Una vez aclarado el concepto pasamos a desarrollar el Informe elaborado en los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria de Madrid sobre la eficacia de los Informes psicológicos forenses en la predicción de la peligrosidad. Explicaremos la población estudiada, presos que han cometido delitos graves contra las personas, además hablaremos del procedimiento seguido y, por ultimo, entre las distintas conclusiones que presenta el Informe resaltaremos los excelentes datos de eficacia obtenidos, un 94% de sensibilidad en la detección de la peligrosidad. Al final del taller se expondrá el futuro en la valoración de la peligrosidad, tan de moda en estos días ante las previsiones de que en la reforma del código penal este tipo de valoración va a ser básica cuando se trate de modificar la prisión permanente revisable.
TALLER 4: EVALUACIÓN PSICOLÓGICO FORENSE DE LA CREDIBILIDAD Maxime Winberg Psicólogo Forense del Instituto de Medicina Legal de Toledo Probablemente en la actualidad se estén dando tres perspectivas en la evaluación de la credibilidad de testimonios. La perspectiva psicológica clásica en evaluación de testimonios está centrada en detectar las características de episodios reales de abuso sexual infantil. Otra perspectiva psicológica alternativa a ésta insiste en detectar las características de los engaños y mentiras, especializándose en las de las acusaciones falsas de abuso. La tercera perspectiva pretende detectar, evaluar y explicar las complejas relaciones que se dan entre los diferentes factores psicológicos de una situación de acusación de abuso/agresión sexual. Todas estas perspectivas exigen de conocimientos en psicopatología y de expertos conocimientos criminológico-forenses. El taller consistirá en describir cada una de estas tres perspectivas en sus aspectos más relevantes, y diseñar las líneas de acción y desarrollo para aquellos instrumentos metodológicos que las definen y limitan. Perspectiva 1. Los elementos de juicio son los llamados Criterios de realidad de los delitos, por ejemplo de los abusos sexuales reales, del maltrato o de la violencia sobre la mujer. Su sustrato ideológico procede de la suposición de una elevada frecuencia y ocultación de estos delitos. Se apoya en la hipótesis de Undeutsch (1967) sobre que las características entre testimonios verdaderos/falsos son identificables, dando valor primordial a la narración. Estas técnicas se desarrollan metodológicamente en forma de Protocolos de calidad narrativa asociados a Protocolos de validez. Emplean algún tipo de entrevista cognitiva específica para víctimas. Son ejemplos destacados el CBCA/SVA y el ECN/GEA.5. El desarrollo futuro de esta perspectiva está en la multiplicación y especificidad de Protocolos para incluir de forma exhaustiva todos los casos posibles. Diseñaremos alguno. Perspectiva 2. Los elementos de juicio son los llamados Criterios de falsedad en las acusaciones. Su sustrato ideológico procede de la suposición de una elevada frecuencia de denuncias falsas. Se apoya en la hipótesis de Undeutsch (1967) sobre que las características entre testimonios verdaderos/falsos son identificables; pero dando valor
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primordial a la detección diferencial del contexto (por ej., Alienación parental) o de la conducta no-verbal. Estas técnicas metodológicamente tratan de ser Protocolos de validez. Son ejemplos iniciales la SAL y la FACS. Actualmente emplean algún tipo de entrevista cognitiva o estrategia atrapa-mentirosos. Su desarrollo exige validar el tipo de Entrevista; validar criterios de falsedad; mejorar la evaluación de la conducta no-verbal, y mejorar la evaluación de motivaciones subyacentes para acusar en falso. Se incidirá en el Taller sobre todas estas líneas de desarrollo. Perspectiva 3. Los elementos de juicio son Hipótesis y Deducciones. Su sustrato ideológico está en aplicar el Análisis funcional de la conducta a las acusaciones, independientemente de si son falsas o genuinas. Se apoya en los desarrollos metodológicos de las dos perspectivas anteriores sobre testimonios verdaderos y falsos, pero dando valor primordial al enlace lógico de las evidencias, hipótesis y deducciones. El Informe psicológico-forense es diferente al actual, desde el inicio enlaza razonamientos y conclusiones. Se invitará a realizar un ejemplo.
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