LA CREACIÓN DEL TERCER NIVEL DE GOBIERNO EN MONTEVIDEO
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La propuesta: rumbo Nivel I: gobierno nacional
¿Qué?
descentralizar Nivel II: y desconcentrar gobierno departamentalpoder Pr
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Nivel III: gobierno municipal
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crear tercer nivel de gobierno
La propuesta: complejidad 驴D贸nde? Montevideo rural con toda su diversidad costa
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CIUDAD
CAPITAL
La propuesta: finalidad ¿Para quiénes? qué?
¿aliviar de tareas a la IMM?
más democracia en las relaciones de poder 4 condiciones: órgano de gobierno colectivo y electo por la gente cooperación entre los tres niveles de gobierno mayor protagonismo de los vecinos y vecinas recursos acordes a los cometidos y atribuciones
gobierno de cercanía M
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La propuesta: el proceso ¿Por qué? (necesidad)
Continuar y profundizar la descentralización… …teniendo en cuenta los logros y los límites de nuestra experiencia de 20 años
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La propuesta: el momento ¿Por qué ahora? (oportunidad)
Ley nº 18.567: prevé la creación de municipios en localidades de al menos 2000 habitantes…
y habilita la creación de municipios en las capitales departamentales a iniciativa del Intendente y decisión de la Junta Departamental.
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El texto del Decreto DECRETO nº 33.209 DESCENTRALIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DE MONTEVIDEO
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El texto: estructura y contenido Seis capítulos I) Disposiciones generales
IV) La materia municipal
(De qué se trata, oportunidad, definiciones conceptuales)
(Alcance jurídico del Decreto)
II) Principios generales
V) Cometidos y atribuciones de los Gobiernos Municipales
(Para qué y para quién: sentido político de la propuesta. Marco de referencia para la interpretación del texto)
III) Integración (Quiénes: reglas para la creación de municipios; composición, reglas de funcionamiento y atribuciones de los miembros del Gobierno Municipal)
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(Qué deben hacer, y qué pueden hacer para cumplir con sus deberes)
VI) Régimen presupuestal de los Municipios (Origen, destino y manejo de los recursos municipales)
El texto del decreto: qué es y qué no es instrumento político o Y técnico? técnico Norma jurídica: ¿instrumento • Materializa y regula una intención política: compartir poder: más descentralización más desconcentración en el gobierno de Montevideo
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• Confluencia de opiniones: expresa el consenso alcanzado en el proceso de redacción y debate. • Prescribe y orienta: una vez vigente es marco de referencia y compromiso común.
El texto del decreto: qué es y qué no es Norma jurídica: instrumento político y técnico no puede ni debe pretender decirlo todo
No debe detallar todos los pormenores ni todos los momentos de su puesta en práctica. Una norma demasiado específica corre el riesgo de ser muy restrictiva, o de verse rápidamente superada por los cambios de la vida real.
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El texto del decreto: qué es y qué no es Norma jurídica: instrumento político y técnico no puede ni debe pretender decirlo todo
No puede incluir regulaciones que son competencia de otros ámbitos legislativos o jurídicos, ni modificar preceptos constitucionales. (por ejemplo: no puede cambiar las circunscripciones electorales)
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El texto del decreto: qué es y qué no es Norma jurídica: instrumento político y técnico no puede ni debe pretender decirlo todo
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Por eso este Decreto inevitablemente, necesariamente,
marca un rumbo y da pautas para interpretar lo que dice,
prescribe pero no congela: deja puertas abiertas para proponer lo que no explicita o no prohíbe.
El texto del decreto
Claves para comprender el texto
Los cambios que propone: el rumbo y los principios que enuncia (qué, dónde, por qué, para qué, cómo) Los ámbitos que crea o permite crear (quiénes) Los cometidos y atribuciones (cuánto, cuándo)
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Los cambios: dilema La pregunta central:
¿
¿Cómo preservar lo ya conseguido sin impedir o recortar cambios o avances cuyas condiciones ya están maduras?
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preservar o avanzar
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Los cambios: dilema La pregunta central: preservar los logros 驴C贸mo preservar lo ya conseguido sin impedir o recortar cambios o avances cuyas condiciones ya est谩n avanzar todo lo posible maduras?
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Los cambios Proceso: preservar y avanzar órgano de gobierno gobiernopluripersonal pluripersonal y electo la gente órgano de y electo porpor la gente complementación / cooperación niveles de gobierno mayor protagonismo de los vecinos y vecinas recursos acordes a cometidos y atribuciones gobierno de cercanía
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Los cambios: Gobierno Municipal
Integración y funcionamiento
Proceso: preservar y avanzar
Elegido por régimen de representación proporcional integral.
Pluripersonal y pluripartidario: 5 miembros.
Sesiones abiertas, 1 vez por semana
Para sesionar: quórum mínimo 3 presentes
Toma de decisiones por mayoría (mínimo 2 en 3)
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Gobierno Municipal: integración y funcionamiento Concejales Municipales (art.15)
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Alcalde/sa (art. 16)
Proponen planes y programas de desarrollo para el Municipio
Preside el Gobierno Municipal y lo representa
Votan decisiones del Gobierno Municipal.
Dirige la actividad administrativa del Gobierno Municipal
Colaboran con Alcalde/sa para cumplir con los cometidos del Gobierno Municipal y supervisan la actuación de todos sus miembros
Puede tomar medidas para cumplir con los cometidos municipales pero dando cuenta a los demás miembros del Gob. Municipal y estando a lo que éstos resuelvan.
Ordenan gastos de funcionamiento e inversiones
Ordena pagos, no ordena gastos.
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Los cambios Proceso: preservar y avanzar: órgano de gobierno pluripersonal y electo por la gente complementación cooperación entre niveles de gobierno complementación / /cooperación entre niveles de gobierno mayor protagonismo de los vecinos y vecinas recursos recursos acordes a cometidos y atribuciones gobierno de cercanía
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Preservar Y avanzar Cooperación y complementación entre niveles de gobierno (Principios, art. 4°, inc. v) Gobierno Departamental Gobiernos Municipales: El Gobierno Departamental debe transferir a los Gobiernos Municipales aquellas tareas y responsabilidades cuyo cumplimiento a la escala municipal permita:
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mejor uso de los recursos públicos,
mejor calidad de los servicios,
más control ciudadano
distribución social más equitativa.
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Una clave: la escala barrio adentro
Preservar Y avanzar Cooperación y complementación entre niveles de gobierno (Principios, art. 4°, inc. v) Gobierno Departamental Gobiernos Municipales: Gradualidad en la transferencia de tareas y responsabilidades Viabilidad: acompañar esa transferencia con recursos materiales, financieros y humanos
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Irreversibilidad: la transferencia de poder hacia los Gobiernos Municipales puede ampliarse pero no tiene marcha atrás
Gobierno Municipal Gobierno Departamental
Los Gobiernos Municipales deberán trabajar estrechamente con el Gobierno Departamental para que la especificidad y la diversidad de las identidades barriales aporte solidariamente todo su valor al proyecto común de Montevideo en su conjunto. Principios (art. 4, inc. i, ii, v, vii, x) Integridad territorial, política y social Equilibrio y equidad Igualdad de oportunidades
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Proceso: preservar y avanzar
Gobierno Municipal - Gobierno Departamental Los Planes de Desarrollo de los municipios y el Plan quinquenal del Gobierno Departamental son el marco de referencia y compromiso de cooperación entre ambos niveles de gobierno.
Ámbito
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Junta de Alcaldes: ámbito de consulta y coordinación entre los Gobiernos Municipales y el Gobierno Departamental; se reúne al menos 1 vez por mes.
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Proceso: preservar y avanzar
Control
Rendición de cuentas: anual a Intendente y por su intermedio a la Junta Deptal.
Junta Departamental: puede pedir informes por escrito y llamar a sala a los Gobiernos Municipales en todo momento.
Gobierno Municipal - Gobierno Nacional Compromiso Los Gobiernos Municipales deberán colaborar en la gestión de políticas públicas nacionales (art. 22 inc. iii, v y otros) Ámbitos
Proceso: preservar y avanzar
Los Gobiernos Municipales Mesa Coordinadora Interinstitucional: pueden además promover la es convocada por Alcalde/sa y reúne creación de otros espacios de coordinación y periódicamente a todos los organismos públicos que actúan en el cooperación entre los tres territorio del municipio (art. 22, inc. iii.). niveles de gobierno (art. 22, iv)
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Los cambios Proceso: preservar y avanzar órgano de gobierno pluripersonal y electo por la gente complementación / cooperación niveles de gobierno mayor protagonismo vecinos y vecinas mayor protagonismo dede loslos vecinos y vecinas recursos adecuados a cometidos y atribuciones gobierno de cercanía
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Gobno Municipal – vecinos/as: principios (Art. 4, inc. i ) Los vecinos y vecinas son los protagonistas de la construcción de la vida ciudadana en el territorio. El proceso de descentralización deberá acercar lo más posible la gestión municipal a sus necesidades, a sus prioridades y a su control.
El Gobierno Municipal deberá respetar todas las formas de participación social (…) Favorecerá la participación directa de los vecinos y vecinas en los procesos de toma de decisión sobre todas aquellas materias que, por su naturaleza, su costo, o su alcance territorial o demográfico, pueden ser eficazmente atendidas a la escala barrial y municipal.
Gobernar: participar en las decisiones y compartir responsabilidades
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Ámbitos: Concejos Vecinales El Decreto compromete a los Gobiernos Municipales a: (Cometidos, art. 22, inc. v, vi, ix)
propiciar la participación institucionalizada de los vecinos en la vida comunal a través de los Concejos Vecinales.
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Y a tal efecto brindarles:
Proceso: preservar y avanzar
•
Condiciones materiales para su funcionamiento,
•
Apoyo administrativo, profesional y técnico en forma permanente,
•
Información sobre la gestión municipal y departamental
•
Actividades de capacitación
•
Espacios en los medios de comunicación institucional. (en particular portales web).
Más ámbitos de participación Los Gobiernos Municipales también deben tomar iniciativas para:
crear otros ámbitos de participación ciudadana en la gestión de gobierno;
apoyar el desarrollo de experiencias de gestión asociada entre el Estado y la comunidad;
consultar a los vecinos y vecinas a través de mecanismos de participación directa sobre actos o decisiones trascendentes para el Municipio.
(art. 22, inc. vii., viii, ix)
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Los cambios Proceso: preservar y avanzar: órgano de gobierno pluripersonal y electo por la gente complementación / cooperación niveles de gobierno mayor protagonismo de los vecinos y vecinas recursos acordesaalos loscometidos cometidos y atribuciones recursos acordes y atribuciones gobierno de cercanía
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R茅gimen presupuestal: fuentes y destino de los recursos 3 fuentes (art. 25 y 28) Destino: inversiones y funcionamiento (art. 27)
Presupuesto nacional: Fondo de incentivo para la gesti贸n de los municipios
Presupuesto departamental: Fondo departamental para la gesti贸n de los Municipios
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Donaciones, convenios, etc (bajo control departamental)
Régimen presupuestal: distribución equitativa entre los Municipios Por el principio de equilibrio y equidad (art. 4, inc. ii) la asignación de los recursos no es una división aritmética La distribución tendrá en cuenta Sistema de indicadores ponderados (art. 27 y 29) para asegurar desarrollo armónico del territorio del Departamento teniendo en cuenta la diversidad de sus partes.
Aspiraciones (argumentadas) de cada Municipio (art. 29 y 31) Plan de Desarrollo Municipal, Proyecto de Presupuesto Quinquenal, Plan Operativo Anual, que tendrán en cuenta superficie y calificación del suelo de cada Municipio, perfil demográfico y socio-económico de su población
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Los funcionarios municipales
(Art. 27) Son asignados por el Gobno Departamental
¿Quiénes y cuántos? según indicadores y en función del Plan de Desarrollo Municipal
administrativamente seguirán integrando el contingente departamental,
funcionalmente dependerán del Gobierno Municipal (art.24,Intendencia inc. ii) de Montevideo Planificación
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Es cometido del Gobierno Municipal (art. 23, xii) Favorecer la participación de los funcionarios y funcionarias municipales en la gestión del Gobierno Municipal. su actuación en ámbitos de trabajo compartidos con la sociedad civil y promover su formación
Plan de gobierno: compromiso y marco de referencia
Junta de Alcaldes convocada por Intendente
Cabildo
Gobiernos Municipales a Intedente/a
(a 30 días)
(antes 90 días)
Lineamientos estratégicos para Plan Desarrollo Municipal (PDM) GM consulta previa a concejos vecinales
M
Comisión permanente delegación GM delegación CV
(día 90)
Gobierno Municipal a Concejos Vecinales (tras aprobación por la Junta Deptal)
Propuesta de Plan, presupuesto quinquenal y Plan Operativo Anual
PDM Proyectos de Presupuesto y POA
PDM y Ppto quinquenal municipal aprobado
Seguimiento y control de cumplimiento PDM y Ppto
GM discusión pública con CV + org. soc. + vecinos/as Preside Alcalde coordina CV
Negociación en Junta de Alcaldes
GM + CV información a vecinos/as
Difusión información regularmente a vecinos/as
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Plan de gobierno: compromiso y marco de referencia Junta de Alcaldes convocada por Intendente
Cabildo
Gobiernos Municipales a Intedente/a
(a 30 días)
(antes 90 días)
Lineamientos estratégicos para Plan Desarrollo Municipal (PDM) GM consulta previa a concejos vecinales
M
Comisión permanente delegación GM delegación CV
(día 90)
Gobierno Municipal a Concejos Vecinales (tras aprobación por la Junta Deptal)
Propuesta de Plan, presupuesto quinquenal y Plan Operativo Anual (POA)
PDM Proyectos de Presupuesto y POA
PDM y Ppto quinquenal municipal aprobado
Seguimiento y control de cumplimiento PDM y Ppto
GM discusión pública con CV + org. soc. + vecinos/as Preside Alcalde coordina CV
Negociación en Junta de Alcaldes
GM + CV información a vecinos/as
Difusión información regularmente a vecinos/as
Intendencia de Montevideo Planificación Instituto de Estudios Municipales
Plan de gobierno: compromiso y marco de referencia Junta de Alcaldes convocada por Intendente
Cabildo
Gobiernos Municipales a Intendente/a
(a 30 días)
(antes 90 días)
Lineamientos estratégicos para Plan Desarrollo Municipal (PDM) GM consulta previa a concejos vecinales
M
Comisión permanente delegación GM delegación CV
(día 90)
Gobierno Municipal a Concejos Vecinales (tras aprobación por Junta Deptal)
Propuesta de Plan, presupuesto quinquenal y Plan Operativo Anual (POA)
PDM Proyectos de Presupuesto y POA
PDM y Ppto quinquenal municipal aprobado
Seguimiento y control de cumplimiento PDM y Ppto
GM discusión pública con CV + org. soc. + vecinos/as Preside Alcalde coordina CV
Negociación en Junta de Alcaldes
GM + CV información a vecinos/as
Difusión información regularmente a vecinos/as
Intendencia de Montevideo Planificación Instituto de Estudios Municipales
Plan de gobierno: compromiso y marco de referencia Junta de Alcaldes convocada por Intendente
Cabildo
Gobiernos Municipales a Intendente/a
(a 30 días)
(antes 90 días)
Lineamientos estratégicos para Plan Desarrollo Municipal (PDM) GM consulta previa a concejos vecinales
M
Comisión permanente delegación GM delegación CV
(día 90)
Gobierno Municipal a Concejos Vecinales (tras aprobación por la Junta Deptal)
Propuesta de Plan, presupuesto quinquenal y Plan Operativo Anual (POA)
PDM Proyectos de Presupuesto y POA
PDM y Ppto quinquenal municipal aprobado
Seguimiento y control de cumplimiento PDM y Ppto
GM discusión pública con CV + org. soc. + vecinos/as Preside Alcalde coordina CV
Negociación en Junta de Alcaldes
GM + CV información a vecinos/as
Difusión información regularmente a vecinos/as
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Plan de gobierno: compromiso y marco de referencia Junta de Alcaldes convocada por Intendente
Cabildo
Gobiernos Municipales a Intendente/a
(a 30 días)
(antes 90 días)
Lineamientos estratégicos para Plan Desarrollo Municipal (PDM) GM consulta previa a concejos vecinales:
M
Comisión permanente delegación GM delegación CV
(día 90)
Gobierno Municipal a Concejos Vecinales (tras aprobación por la Junta Deptal)
Propuesta de Plan, presupuesto quinquenal y Plan Operativo Anual (POA)
PDM Proyectos de Presupuesto y POA
PDM y Ppto quinquenal municipal aprobado
Seguimiento y control de cumplimiento PDM y Presupuesto
GM discusión pública con CV + org. soc. + vecinos/as Preside Alcalde coordina CV
Negociación en Junta de Alcaldes
GM + CV información a vecinos/as
Difusión información regularmente a vecinos/as
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Plan, presupuesto y participación ciudadana
El Cabildo es una instancia obligatoria, prevista en el texto (art. 31). Ningún Gobierno Municipal pueda omitir la consulta y el control ciudadano por lo menos una vez al año.
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La elaboración de la propuesta del Plan de Desarrollo Municipal (y de sus ajustes anuales) puede apoyarse en instancias de participación previas al Cabildo a propuesta de los vecinos o del Gobierno Municipal, pues el texto no lo prohíbe.
Los compromisos de la democracia participativa
El 9 de mayo no elegimos solamente a los 5 miembros de cada Gobierno Municipal.
Elegimos la posibilidad de participar en muchos ámbitos de consulta, de cooperación y coordinación.
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Elegimos una forma de gobernar que pone el acento en nuestro derecho a incidir en la vida de la comunidad directamente y no solo a través de representantes elegidos cada cinco años.
Los compromisos de la democracia participativa El texto del proyecto compromete a los Gobiernos Municipales a respetar y fortalecer las formas de participación ciudadana ya existentes. Garantiza la obligatoriedad de ciertas instancias cruciales de consulta y control. Habilita la creación de más ámbitos, por iniciativa del Gobierno Municipal o de la ciudadanía. M
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…Todo está listo: el agua, el sol y el barro, pero si falta usted no habrá milagro...