ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente CONCEJALES GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA
Juan José de la Mata Posadilla (2 de 2) Secretario - Interventor Fecha Firma: 16/10/2012 HASH: 9f9d8e13416ba2cfa67f007cbcb12a3b
Dña. María del Mar Muñoz Cereceda(P) D. Alfredo Saavedra García. Dña. Luisa Vega García. D. Francisco Javier Mota Plaza. D. Jesús Santiago Díaz-Carralero. GRUPO MUNICIPAL POPULAR
D. Miguel Ángel López Fernández (P) Dña. Alicia Valero de la Peña. D. José Manuel Chozas Bueno. D. Antonio Revuelta Fernández Dña. Consuelo Maqueda Tello. SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla (P) = Portavoz
En Tembleque a 27 de Septiembre de 2012. Siendo las 19:00 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla. Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.
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Jesús Fernández Clemente (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 16/10/2012 HASH: 8a7a4250efbb909ada52669b41137a12
ASISTENTES
ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012.
PRIMERO.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Se acuerda por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación que asisten a la sesión, aprobar el acta de la sesión anterior de 28 de Junio de 2012. SEGUNDO.2013.
APROBACIÓN
DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL
PARA
PRIMERO. Aprobar inicialmente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Tembleque, para el ejercicio económico 2013, junto con sus Bases de Ejecución, y cuyo resumen por capítulos es el siguiente:
Capítulo
INGRESOS
Presupuesto2013
Denominación
EUROS
Capítulo
I Impuestos directos
653.377,55
II Impuestos indirectos Tasas y otros III ingresos Transferencias IV corrientes Ingresos V patrimoniales Enajenación de VI inversiones reales Transferencia de VII capital
22.100,00
IX Pasivos financieros TOTAL INGRESOS
GASTOS
Presupuesto 2013
Denominación
EUROS
I Gastos de Personal
684.374,95
Gastos en bienes corrientes y II servicios
821.304,68
506.428,60
III Gastos financieros
71.580,61
490.284,05
IV Transferencias corrientes
14.500,00
27.860,00
0,00
0,00
VI Inversiones reales
0,00
VII Transferencias de capital
0,00
IX Pasivos financieros
1.700.050,20
TOTAL GASTOS
26.832,90 0,00 81.457,06 1.700.050,20
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Formado el Presupuesto General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio económico 2013, así como, sus Bases de Ejecución y la plantilla de personal comprensiva de todos los puestos de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168 y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 18 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988. Visto y conocido el contenido de los informes del Interventor municipal, de fecha 17 de septiembre de 2012, Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y con los votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista D. Jesús Fernández Clemente, Dña. María del Mar Muñoz Cereceda, D. Alfredo Saavedra García, D. Francisco Javier Mota Plaza, Dña. Luisa Vega García y D. Jesús Santiago Díaz – Carralero, y cinco votos en contra de los miembros del grupo municipal popular, D. Miguel Ángel López Fernández, D. Antonio Revuelta Fernández, Dña. Alicia Valero de la Peña, D. José Manuel Chozas Bueno, y Dña. Consuelo Maqueda Tello, y en consecuencia por mayoría absoluta del número legal de miembros, se adopta el siguiente acuerdo:
SEGUNDO. Aprobar inicialmente la plantilla de personal, comprensiva de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios y personal laboral. TERCERO. Exponer al público el Presupuesto General para el 2013, las Bases de Ejecución y plantilla de personal aprobados, por plazo de quince días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y tablón de anuncios del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados. CUARTO. Considerar elevados a definitivos estos acuerdos en el caso de que no se presente ninguna reclamación. QUINTO. Remitir copia a la Administración del Estado, así como al órgano competente de la Comunidad Autónoma. INTERVENCIONES Dña. María del Mar Muñoz Cereceda da lectura a la memoria explicativa del Presupuesto con el siguiente contenido literal: En virtud de lo dispuesto en el artículo 168.1.a) del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y del artículo 18.1.a) del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, esta Alcaldía eleva al Pleno de la Corporación el Proyecto del Presupuesto General y sus Bases de Ejecución, para el ejercicio económico 2013, acompañado de esta Memoria en la que se explican las modificaciones más esenciales que han sido introducidas respecto al ejercicio anterior: ESTADO DE GASTOS
Capítulo
Denominación I
Gastos de Personal
II
Gastos en bienes corrientes y servicios
III
Gastos financieros
IV
Transferencias corrientes
EUROS 852.357, 26 €
Presupuesto 2013
%
739.522, 07 € 52.997, 87 €
EUROS
%
47,17
684.374,95
40,26
40,74
821.304,68
48,31
2,97
71.580,61
4,21
2,69
14.500,00
0,85
VI
Inversiones reales
48.800 € 33.052, 63 €
1,83
26.832,90
1,58
IX
Pasivos financieros
80.188,61 €
4,60
81.457,06
4,79
1.806.918,44 €
100
1.700.050,20 €
100
TOTAL GASTOS
ESTADO DE INGRESOS Presupuesto 2012 Capítulo
Denominación
EUROS
%
Presupuesto 2013 EUROS
%
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Presupuesto 2012
Impuestos directos
617.000, 00 €
30,64
653.377,55
38,43
Impuestos indirectos
97.000, 00 €
4,82
22.100,00
1,30
III
Tasas y otros ingresos
532.182, 39 €
26,43
506.428,60
29,79
IV
Transferencias corrientes
687.716, 86 €
34,15
490.284,05
28,84
V
Ingresos patrimoniales
27.860, 00 €
1,38
27.860,00
1,64
VII
Transferencia de capital
52.000, 00 €
0,00
0,00
1.700.050,20 €
100
I II
TOTAL INGRESOS
2.013.759,25 €
2,58 100
DE LOS GASTOS Con carácter general se hace preciso indicar que la primera premisa que se ha tenido en cuenta para la elaboración de los Presupuestos ha sido el cumplimiento del Plan de Ajuste elaborado de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan las obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, y la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la financiación de los pagos a proveedores, elaborado por el Ayuntamiento de Tembleque y aprobado por el Pleno de la Corporación en fecha de 29 de Marzo de 2012. Conforme a dicho Plan se han tomado medidas adicionales en materia de personal, así como en Capítulo II y en materia de transferencias corrientes o subvenciones municipales.
CAPÍTULO I. Con respecto al gasto de personal existe correlación entre los créditos del Capítulo I de Gastos de Personal, incluidos en el Presupuesto y el Anexo de Personal de esta Entidad Local para este ejercicio económico, siendo su importe global netamente inferior al consignado en el Presupuesto del ejercicio anterior debido a que ya no se presupuesta la Acción Local y Autonómica para el Empleo y el Refuerzo, presupuestando en su lugar el Plan de Empleo Local para 10 mensualidades de contratación. Se ha eliminado un puesto en el Centro de Atención a la Infancia por falta de solicitudes y se ha extinguido el contrato de la Agente de Empleo y Desarrollo Local por causas objetivas. No se presupuesta el gasto relativo a la Educadora de Adultos pues se duda que se vaya a convocar. No hay vacantes presupuestadas ni por tanto, habrá oferta de empleo público si no media una modificación presupuestaria. Las retribuciones del personal se presupuestan en el marco de una nueva congelación salarial lo que también supone una reducción del 1% respecto de los créditos iniciales que se incluyeron en el Presupuesto de 2012, dado que en el momento de la redacción de los Presupuestos de 2012 se preveía una subida del 1%. En estos momentos no se prevén subidas, por lo que se elimina el 1% incrementado entonces hasta reducir las retribuciones a las cuantías iniciales del año 2011. CAPÍTULO II. Se ha hecho un esfuerzo de contención de gasto en bienes, servicios corrientes, consignando en el Presupuesto Municipal de 2013, para este tipo de gastos, crédito suficiente según la Liquidación de 2011 y el avance de 2012. No obstante, aumentan las consignaciones presupuestarias relativas a suministros de
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Para examinarlo con más detalle veamos los distintos capítulos:
energía eléctrica, contrato de gestión de la Residencia de Ancianos que últimamente tiene todas las plazas ocupadas, se prevé un aumento del coste del servicio de basura, se crea una partida propia para los suministros y mantenimientos de la piscina municipal, y se incrementa en general la relación de contratos para dar cabida a la subida del IVA. El total de los créditos presupuestarios consignados por operaciones corrientes y los gastos derivados del funcionamiento de los servicios existentes en el Ayuntamiento de Tembleque pueden considerarse suficientes para atender las obligaciones exigibles a la Corporación, en función del avance de Liquidación del ejercicio 2012 y de la Liquidación ya cerrada del ejercicio 2011. CAPÍTULO III. Los gastos financieros recogidos en este Capítulo se refiere a las consignaciones de pagos de intereses y gastos de los préstamos contratados por la Entidad. En concreto los siguientes: Préstamos de Caja Rural de Toledo para inversiones. Préstamo suscrito con la Caja Castilla - La Mancha para la adquisición de la Casa de las Torres. Gastos de formalización y cancelación, en previsión de amortización de deuda. Comisión de riesgo del Aval del Auditorio. Préstamo derivado del RDL 4/2012 de pago a proveedores. ICO Entidades Locales. Todo ello según el Estado de la Deuda que se incluye en el presente proyecto de Presupuesto. CAPÍTULO IV. Las transferencias corrientes comprenden los créditos por aportaciones del Ayuntamiento sin contraprestación de los agentes receptores y con destino a operaciones corrientes. Se reducen notablemente las cuantías destinadas a estos fines por la eliminación del arreglo de caminos, y las subvenciones deportivas.
CAPÍTULO IX. Comprenden los pasivos financieros los gastos por amortización de pasivos financieros; devolución de depósitos y fianzas que en este caso comprende la parte de los préstamos concertados con la Caja Rural de Toledo que tienen que consignarse presupuestariamente en este ejercicio para atender las anualidades correspondientes al ejercicio 2013, el Préstamo de la Casa De las Torres, el préstamo ICO Entidades Locales. De todo ello se puede observar con detalle en el Estado de Movimiento de la Deuda. DE LOS INGRESOS CAPÍTULO I. Los impuestos directos comprenden el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto de Actividades Económicas, el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuyas previsiones se ajustan a la liquidación de 2011 y al avance de 2012 con la máxima prudencia. Destaca no obstante la subida en el Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana impuesto por Real Decreto Ley en un 10%, unido al trabajo realizado de actualización catastral que ha provocado que el Padrón del Impuesto puesto al cobro haya alcanzado una cuantía como la que consigna presupuestariamente. CAPÍTULO II. Los ingresos que provienen de los impuestos indirectos provienen del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en el que según avance de ejecución del
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CAPÍTULO VI. Se han consignado en el Estado de Gastos del Presupuesto de 2013 inversiones reales, financiadas con recursos propios, y sin perjuicio de eventuales modificaciones que se puedan realizar en el futuro por generación de créditos por nuevos o mayores ingresos. Los créditos presupuestarios para Inversiones Reales suponen un porcentaje mínimo del total del Presupuesto pues se prevé una escasa cuantía de transferencias de capital.
Presupuesto se observa un descenso en el nivel de derechos reconocidos netos en la Liquidación del ejercicio 2012, por lo que se ajustan sus previsiones. CAPÍTULO III. Los ingresos previstos por operaciones corrientes procedentes de tasas y otros ingresos, se han calculado teniendo en cuenta los derechos que se prevén liquidar en el ejercicio actual, a la vista del avance de la liquidación del Presupuesto de 2012 y teniendo en cuenta la propuesta de modificación de las Tasas por servicio de Centro de Atención a la Infancia, que están en trámite simultáneo a los presentes Presupuestos. CAPÍTULO IV. El total de ingresos previstos en el Capítulo IV por transferencias corrientes, se prevé similar al previsto en el ejercicio anterior, habida cuenta de las mínimas correcciones que se han realizado en 2012 en la partida de Participación del Municipio en los Tributos del Estado. Descienden drásticamente las transferencias corrientes procedentes de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, así el artículo 45 “DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA” se reduce en 200.000 euros, desapareciendo la subvención de Agentes de Empleo y Desarrollo Local, de Acción Local y Autonómica para el Empleo, Educación de Adultos, Actividades con mayores, monitor deportivo, Ludoteca y Guardería Rural (actualmente se ha denunciado el convenio por la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, y están presentadas alegaciones), así como el Convenio para el Centro de Atención a la Infancia que no ha sido convocada a la fecha del presente.
Toma la palabra el Portavoz del grupo municipal popular, Miguel Ángel López Fernández, y comenta que los Presupuestos son breves y lastrados por la crisis y por los anteriores Presupuestos gestionados por el equipo de gobierno. Cree que hay partidas financieras poco creíbles y pone como ejemplo el capítulo de Deuda Pública con un montante de 153.000 € casi un diez por ciento del total del Presupuesto. Se limitan a hacer frente a gastos de Capítulo I y II. La Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha se ha visto obligada a cortar determinadas partidas de gasto porque no se podía seguir gastando lo mismo. Aquí se recorta en Asociaciones locales, que quedan con 3.000 euros “acabando con la vida cultural del Municipio”. Pide que en su lugar se recorten dietas y gastos de telefonía móvil de Concejales así como en el sueldo del Alcalde, pues actualmente no tiene casi trabajo, que es exactamente lo que se le decía al anterior Alcalde, Antonio Revuelta Fernández, cuando estaba en el gobierno, que no trabajaba, que no hacía nada. Por todo ello anuncia que van a votar en contra de los Presupuestos. El Alcalde contesta que el Presupuesto no viene lastrado, que los Presupuestos anuales van enlazados, pero el gran lastre es la deuda que la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha tiene con el Ayuntamiento. Añade el Alcalde que los Presupuestos sí vienen lastrados por la crisis pero lo fundamental es la deuda que rondará el millón doscientos mil euros. Comenta que el préstamo del RDL 4/2012 del pago a proveedores
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CAPÍTULO V. Los ingresos patrimoniales provienen de rentas de inmuebles sin incremento respecto del año anterior y cánones de concesiones administrativas.
cuesta 30.000 euros y si la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha hubiera pagado la deuda que tenía con nosotros, no tendríamos que pagarlo. Se intenta ayudar a todas las asociaciones locales y no es cierto que todas las asociaciones locales pidan dinero al Ayuntamiento, muchas funcionan sin pedir dinero. Con relación al sueldo, en la legislatura de Antonio Revuelta Fernández la situación económica era distinta, y dinero ahora no nos dan, pero cada día surge un problema que hay que resolver, por tanto no digan que no hay trabajo.
Miguel Ángel López Fernández replica que si la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha no se hubiera gastado lo que no tenía no estarían los Municipios como están y considera probable que haya Municipios que reciben dinero y Tembleque no, y es la misma situación que cuando estaba Antonio Revuelta Fernández, que a Tembleque no le daban ni un duro. Si Tembleque no se hubiera gastado los 150.000 euros en Arquitectos, los 200.000 euros que se gastaron en el Auditorio del Préstamo de la Casa de las Torres, no estaríamos como estamos y pide que no nieguen que se ha gastado dinero en el Auditorio porque no es verdad. Comenta que de no haber sido por los 600.000 euros del agua, Tembleque estaría en bancarrota. Añade que a él también le duele ver el Auditorio con una chapa, pero si no se hubiera empezado no estaría así, y ya veremos cómo termina la obra, y cómo se mantiene y si hubiera ganado el PSOE la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha se hubiera parado igual porque cuando no hay dinero no lo hay gobierne quien gobierne. El Alcalde replica que antes la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha le pagaba a todos los Ayuntamientos los convenios puntualmente, y ahora no se pagan los convenios, nos han dado un PRIS y eso significa que además vamos a dejar de disponer su importe para pagar sus nóminas pero
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María del Mar Muñoz Cereceda comenta que la actividad cultural en 2013 se va a mantener igual, porque en 2012 ya hubo que recortar las aportaciones y las asociaciones lo han entendido, y por eso se ha consignado lo que se ha consignado para ayudar en lo prácticamente imprescindible. Añade que las asociaciones van a seguir colaborando con sus actividades como lo han hecho hasta ahora. Replica que sobre el sueldo del Alcalde le parece un sueldo normal, si bien lo que no le parece normal es el sueldo de la Presidenta de Castilla - La Mancha que cobra el sueldo completo sin estar en su puesto. Con relación al Auditorio indica que todavía no nos ha costado más dinero que el primer plazo que pagamos y no puede ser que sea la causa de todos los males y que en cualquier caso, le parece lamentable que el Auditorio tenga una chapa, cuando a otros pueblos llega el dinero pero a Tembleque no, y considera que “nos están asfixiando”, “pagamos la nómina y es casi digno de aplauso”.
no vamos a cobrar de la Junta y pone como ejemplos a Ocaña o Miguel Esteban que sí han cobrado de la Junta. Añade que obtener 600.000 euros de la concesión del agua fue una buena gestión, pues cuando se hizo el pasado concurso del agua anterior por quince años se obtuvieron dos millones de pesetas. Miguel Ángel López Fernández contesta que estuviera quien estuviera se hubieran obtenido igualmente y que en todo caso, desde el primer día, él ha mediado para que Tembleque no salga perjudicado en nada. TERCERO.- DECLARACIÓN DE CRÉDITO PAGA EXTRA NAVIDAD 2012 COMO NO DISPONIBLE. DISTRIBUCIÓN POR PARTIDAS: ARTICUL O 12 12 12 12 13 13 15 13 13 13 13 13 13 13
CONCEPT O 12003 12006 12100 12101 13000 13002 15000 13000 13002 13100 13101 13102 13104 13106
433
13
13105
912 920 920 920 920 920 920 920
10 12 12 12 12 12 12 15
10000 12000 12003 12004 12006 12100 12101 15000
920
13
13111
DESCRIPCIÓN Sueldos Grupo C1 Policía Local Trienios Policía Local Complemento de destino Policía Local Complemento específico Policía Local Retribuciones Básicas Guardas Municipales Otras remuneraciones, Guardas Municipales Productividad Policía Municipal Retribuciones Básicas Calles y Subalternos Otras remuneraciones Calles y Subalternos Laboral Temporal. Ayuda a domicilio Laboral Temporal. Centro de Atención Infantil Laboral Temporal. Bibliotecario Laboral Temporal. Monitor Deportivo Laboral Temporal. Turismo Retribuciones AEDL (Paga extra no disponibilidad) Retribuciones básicas. Órganos de gobierno Sueldos del Grupo A1. Secretario Sueldos del Grupo C1. Administrativo Sueldos del Grupo C2. Auxiliar Administrativo Trienios Oficinas generales Complemento destino. Oficinas Generales Complemento específico. Oficinas Generales Productividad. Oficinas generales. Laboral Temporal. Arquitecta y Auxiliar Administrativo. TOTAL CAPÍTULO 1
EXTRA NAVIDAD 720,02 € 186,33 € 394,79 € 384,91 € 1.272,50 € 1.686,74 € 263,16 € 3.024,17 € 4.621,19 € 3.848,61 € 896,86 € 578,60 € 673,09 € 883,58 € 603,82 € 2.391,20 € 1.109,05 € 720,02 € 1.198,50 € 650,66 € 1.997,62 € 2.053,82 € 1.751,34 € 4.466,63 € 36.377,21 €
De conformidad con la Nota Informativa relativa a la aplicación por las Entidades Locales de lo dispuesto en los artículos 2 del Real Decreto Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, y 22 de la Ley 2/2012, de Presupuestos
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G.P . 132 132 132 132 132 132 132 169 169 233 321 332 340 432
Generales del Estado para el presente ejercicio, se establece que las Entidades Locales deberán: 1) Inmovilizar, en el presente ejercicio, los créditos previstos para el abono de las citadas pagas. 2) Afectar estos créditos al fin que en el propio artículo se cita (aportaciones a planes de Pensiones o similares), sin que puedan destinarse a ningún otro objeto, ni en el presente ejercicio, ni en ejercicios futuros. A fin de declarar como no disponibles estos créditos, cuya inmovilización y destino ha establecido la Ley, las Entidades locales deberían dictar, por el importe correspondiente, Acuerdo de no disponibilidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, según el cual: 1. “La no disponibilidad de crédito se deriva del acto mediante el cual se inmoviliza la totalidad o parte del saldo de crédito de una partida presupuestaria, declarándolo como no susceptible de utilización. 2. La declaración de no disponibilidad no supondrá la anulación del crédito, pero con cargo al saldo declarado no disponible no podrán acordarse autorizaciones de gastos ni transferencias y su importe no podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente. 3. Corresponderá la declaración de no disponibilidad de créditos, así como su reposición a disponible, al Pleno de la entidad.
1) Inmovilizar, en el presente ejercicio, los créditos previstos para el abono de las citadas pagas conforme al cuadro adjunto por importe de 36.377,21 €. 2) Afectar estos créditos al fin que en el propio artículo se cita (aportaciones a planes de Pensiones o similares), sin que puedan destinarse a ningún otro objeto, ni en el presente ejercicio, ni en ejercicios futuros. CUARTO.- APROBACIÓN DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITO. En virtud del principio Presupuestario de “Especialidad Temporal”, dispone el artº 163 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que con “cargo a los créditos de Estado de Gastos de cada Presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras o servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario”. Excepción a este principio, tradicionalmente admitida en la esfera local,
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Sometido a votación se aprueba por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación
ha sido la posibilidad del reconocimiento extrajudicial de obligaciones correspondientes a ejercicio anteriores, que por cualquier causa, no lo hubieren sido en aquel a que correspondían. Posibilidad que, no contemplada en el texto refundido de la L.R.H.L., ha sido recogida en el artº 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, atribuyendo al Pleno de la Entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, “siempre que no exista dotación presupuestaria”. A sensu contrario, constatada la existencia de crédito en el presupuesto en vigor, por Decreto de Alcaldía se realiza el reconocimiento extrajudicial de créditos. Conforme a lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente propuesta de acuerdo: RECONOCER extrajudicialmente con cargo a los créditos del vigente Presupuesto las siguientes obligaciones procedentes de ejercicios anteriores: NUMERO ACREEDOR FACTURA Jesús López No Gómez TOTAL
FECHA
PARTIDA
IMPORTE (€)
17/08/2012
338/22609
700,00 700,00
INTERVENCIONES El Portavoz del grupo municipal popular indica que van a votar en contra dado que en Comisión Informativa Mixta, el Secretario – Interventor informó que no se había presentado factura acreditativa de los gastos. QUINTO.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE LA TASA POR SERVICIO DE CENTRO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA. Atendiendo al número de solicitudes existentes así como a la ausencia de convenio para el Centro de Atención a la Infancia, se propone la adopción del siguiente acuerdo: 1º.- Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal de la Tasa por Centro de Atención a la Infancia en el artículo relativo a la cuota, incrementando ésta a 88 euros mensuales. “Artículo 4º.- Cuota tributaria.-
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Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y con los votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista D. Jesús Fernández Clemente, Dña. María del Mar Muñoz Cereceda, D. Alfredo Saavedra García, D. Francisco Javier Mota Plaza, Dña. Luisa Vega García y D. Jesús Santiago Díaz – Carralero, y cinco votos en contra de los miembros del grupo municipal popular, D. Miguel Ángel López Fernández, D. Antonio Revuelta Fernández, Dña. Alicia Valero de la Peña, D. José Manuel Chozas Bueno, y Dña. Consuelo Maqueda Tello, y en consecuencia por mayoría absoluta del número legal de miembros, se aprueba la propuesta.
La cuota tributaria de la tasa regulada en la presente ordenanza, será de 88 euros por usuario y mes, pagaderos dentro de los 5 primeros días de cada mes, excepto el mes de agosto que no se presta el servicio, mediante ingreso en cualesquiera de las Entidades Bancarias sitas en este municipio, en las cuentas del Ayuntamiento. El Ayuntamiento podrá eximir a algún usuario del pago de la cuota o parte de la misma, en situaciones familiares que así lo requieran, previo informe de los Servicios Sociales y acuerdo de la Junta de Gobierno Local.” 2º.- Someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández pregunta si en caso de bajar los precios se conseguiría mayor recaudación. El Alcalde contesta que no se puede bajar porque si vienen más niños sería necesario contratar a otro monitor y este año se han cerrado varias guarderías y la situación es que hay menos demanda. SEXTO.- MODIFICACIÓN DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO PARA 2013. De conformidad con el contrato de gestión de servicio público del Ciclo Integral del Agua suscrito con la concesionaria Gestión y Técnicas del Agua S.A. y para el mantenimiento del equilibrio económico financiero del contrato, firmado el 11 de Julio de 2011, a la vista de la evolución del Índice de Precios al consumo de Agosto de 2011 a Agosto de 2012 situado en un 2,7% interanual, habiendo transcurrido un año desde la firma del contrato, se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente acuerdo: 1º.- Aprobar inicialmente la modificación de las Ordenanzas fiscales de la Tasa por Abastecimiento de agua potable, Tasa por servicio de alcantarillado y Tasa por
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Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y con los votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista D. Jesús Fernández Clemente, Dña. María del Mar Muñoz Cereceda, D. Alfredo Saavedra García, D. Francisco Javier Mota Plaza, Dña. Luisa Vega García y D. Jesús Santiago Díaz – Carralero, cuatro votos en contra de los miembros del grupo municipal popular, D. Antonio Revuelta Fernández, Dña. Alicia Valero de la Peña, D. José Manuel Chozas Bueno, y Dña. Consuelo Maqueda Tello, y la abstención de D. D. Miguel Ángel López Fernández, en consecuencia por mayoría absoluta del número legal de miembros, se aprueba la propuesta.
Depuración para 2013. 2º.- Someter el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo. Artículos que se modifican DISPOSICIÓN Nº 7 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ABASTECIMIENTO DE AGUA
2. La cuota tributaria a exigir, por la prestación del servicio de suministro, se determinará en función de las siguientes tarifas: a) Canon o cuota fija: 5,1324 EUR trimestrales IVA no incluido, por conservación de acometida y contador. b) Consumo (trimestral), IVA no incluido: - B1 < de 15 metros cúbicos, a 0,3216 EUR el metro cúbico. - B2 16 a 25 metros cúbicos, a 0,6874 EUR el metro cúbico. - B3 > de 25 metros cúbicos, a 1,2642 EUR el metro cúbico. 4. En caso de averías interiores sin conocimiento del usuario, cuya consecuencia sea un consumo excesivo de agua, se facturará la media de consumos anteriores (entendiendo por éstos el consumo histórico del usuario), de acuerdo a los diferentes bloques por m3 consumido, facturándose el exceso provocado por la avería por el primer bloque. DISPOSICIÓN Nº 8 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR ALCANTARILLADO
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Artículo 5.- Cuota tributaria. 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red general de suministros del servicio se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 103,12 EUR, por tasa de enganche al ayuntamiento, y a la empresa concesionaria: - Por acometida de agua en calzada con apertura y reposición, 497,03 EUR. - Por acometida de agua en acera con apertura y reposición, 338,47 EUR. - Por acometida de agua en acera sin apertura y reposición, 378,22 EUR. - Por Instalación de contador de agua en batería, 133,92 EUR. - Por instalación de contador sin acometida, 168,76 EUR. - Traslado contador a la calle, 113,82 EUR. 1Todos éstos precios incluyen, el IVA, los gastos de materiales, incluido contador, y mano de obra hasta llave de paso o contador si está en el exterior, ambos inclusive. Desde dicha llave de paso o contador exterior, la responsabilidad de su ejecución y conservación corresponde al usuario. La acometida será realizada por el Ayuntamiento, por sí o a través de la empresa concesionaria del servicio.
Artículo 5. Cuota tributaria. 1. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá en la cantidad fija de 106,97 EUR de derecho de enganche; por materiales y mano de obra de su efectiva realización, 418,13 EUR, cuando sea en tierra o zahorra y 543,46 EUR, cuando sea en hormigón, asfalto o similar. La acometida será realizada por el Ayuntamiento, por sí o a través de la empresa concesionaria del servicio. 2. La cuota tributaria a exigir por la prestación de los servicios de alcantarillado y depuración se determinará en función de la cantidad de agua, medida en metros cúbicos, consumida en la finca. A tal efecto, se aplicará la siguiente Tarifa: Por cada metro cúbico de agua consumida, a 0,4078 EUR más IVA. 3. En caso de avería interior de la vivienda, cuya consecuencia sea un consumo excesivo de agua, la base para la tarifa será la media de consumos anteriores. DISPOSICIÓN Nº 8 BIS ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR SERVICIO DE TRATAMIENTO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Artículo 4.- Cuota tributaria Las bases y cuotas de gravamen serán las siguientes: a) La tasa base por este concepto se fija en un importe por metro cúbico de agua facturada, en razón a los costes de tal servicio, quedando fijado en un coste de 0,3286 euros por metro cúbico de agua consumida + IVA. b) Se establece un canon fijo trimestral por inmueble de 5,4431 euros + IVA.
SÉPTIMO.- NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ. Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, siendo de aplicación el régimen de incompatibilidades de la Carrera Judicial de acuerdo con los artículos 389 a 397 de la citada Ley, si bien es posible compatibilizar el cargo con a) la dedicación a la docencia o a la investigación jurídica. b) El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de
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Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación se aprueba la propuesta.
impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales. Por ello, a requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha, se abrió un plazo de quince días hábiles para las personas interesadas, y que reuniendo las condiciones legales quisieran presentarse, plazo durante el cual se presentó una única solicitud. Dado que la solicitud existente es de la Jueza de Paz cesante, la cual, es conocido, reúne los requisitos legales, se acuerda por mayoría absoluta del número legal de miembros del Pleno de la Corporación, con seis votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista D. Jesús Fernández Clemente, Dña. María del Mar Muñoz Cereceda, D. Alfredo Saavedra García, D. Francisco Javier Mota Plaza, Dña. Luisa Vega García y D. Jesús Santiago Díaz – Carralero, y cinco abstenciones de los miembros del grupo municipal popular, D. Miguel Ángel López Fernández, D. Antonio Revuelta Fernández, Dña. Alicia Valero de la Peña, D. José Manuel Chozas Bueno, y Dña. Consuelo Maqueda Tello: 1º.- Proponer como Jueza de Paz titular a Dña. María del Pilar Muñoz Díaz, con DNI 03805669C, que reúne los requisitos legales. 2º.- En ausencia de más solicitudes, proponer el nombramiento como Juez de Paz sustituto, a D. Hipólito Muñoz López con DNI 70322483 Y, por designación directa, dado que no está incurso en causa de incompatibilidad. 3º.- Elevar Certificación de la propuesta de nombramiento a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha para su estudio por la Sala de Gobierno del citado órgano.
Visto lo dispuesto en los artículos 47.2.m), 79 y 80 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. —Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. —Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local. — Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. A la vista del expediente 252/2011, de Enajenación de la Casa de las Torres mediante subasta pública, Considerando que según certificado de Secretaría de 16 de Julio de 2012, publicado anuncio en el B.O.P. de Toledo nº 143 de 25 de Junio de 2012, para presentación de ofertas, durante el plazo indicado de quince días hábiles transcurridos desde el día 25 de Junio hasta el día 12 de Julio de 2012, no se han presentado ofertas, Se propone al Pleno de la Corporación PRIMERO.- Declarar desierto el procedimiento de contratación.
Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación se aprueba la 14
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OCTAVO.- DECLARACIÓN DE DESIERTO DE LA ENAJENACIÓN DE LA CASA DE LAS TORRES MEDIANTE SUBASTA.
propuesta. NOVENO.- APROBACIÓN DE NUEVOS PLIEGOS PARA ENAJENACIÓN DE LA CASA DE LAS TORRES MEDIANTE SUBASTA PÚBLICA. Se deja sobre la mesa.
DECIMO.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE SUPLEMENTO DE CRÉDITO. Se propone la aprobación, en su caso, de la siguiente modificación presupuestaria del tipo Suplemento de Crédito por importe de 28.000,00 €, para los fines siguientes: - Transferencias Corrientes Asociaciones Deportivas. - Trabajos realizados por otras empresas. Gestión de la Residencia de Ancianos. Y que se pretende financiar con Remanente Líquido de Tesorería, con el siguiente desglose de partidas presupuestarias: ESTADO DE GASTOS/ PARTIDAS DEFICITARIAS Partida 2012/340/48003
Denominación Transferencias Corrientes Asociaciones Deportivas
Trabajos realizados por otras empresas. Gestión de 2012/233/22711 la Residencia de Ancianos Total modificación Estado de Gastos
Importe 5.000,00 € 23.000,00 € 28.000,00 €
ESTADO DE INGRESOS/ PARTIDA DE GASTOS EXCENDENTARIA
87000
Denominación Remanente Líquido de Tesorería
Total modificación Estado de Ingresos/ o reducción del Estado de Gastos
TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
Importe 28.000,00 € 28.000,00 €
28.000,00 €
Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación se aprueba la propuesta. UNDÉCIMO.- MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO. Se propone la aprobación, en su caso, de la siguiente modificación presupuestaria del tipo Crédito Extraordinario por importe de 2.847,79 €, para los fines siguientes: - Cerramiento Auditorio. Y que se pretende financiar con Remanente Líquido de Tesorería, con el siguiente
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Concepto/ Partida
desglose de partidas presupuestarias: ESTADO DE GASTOS/ PARTIDAS DEFICITARIAS Partida
Denominación
2012/335/62200
Cerramiento Auditorio Total modificación Estado de Gastos
Importe 2.847,79 € 2.847,79 €
ESTADO DE INGRESOS/ PARTIDA DE GASTOS EXCENDENTARIA Concepto/ Partida 87000
Denominación Remanente Líquido de Tesorería
Total modificación Estado de Ingresos/ o reducción del Estado de Gastos
TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA
Importe 2.847,79 € 2.847,79 €
2.847,79 €
INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández comenta que la causa de tener que cerrar la obra del Auditorio con unas chapas es haberlo hecho. María del Mar Muñoz Cereceda contesta que está claro que con el tema del Auditorio no hay acuerdo posible ni para cerrarlo. DUODÉCIMO.- INFORME DE INTERVENCIÓN SOBRE CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE MEDIDAS DE LUCHA CONTRA LA MOROSIDAD.
Se da cuenta por el Secretario – Interventor de la relación de facturas incluidas en el Informe remitido al Ministerio de Economía y Hacienda relativo al segundo trimestre del ejercicio 2012. Se dan por enterados los Sres. Concejales miembros.
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Tras deliberación de los Sres. miembros del Pleno de la Corporación, y con los votos a favor de los miembros del grupo municipal socialista D. Jesús Fernández Clemente, Dña. María del Mar Muñoz Cereceda, D. Alfredo Saavedra García, D. Francisco Javier Mota Plaza, Dña. Luisa Vega García y D. Jesús Santiago Díaz – Carralero, cinco votos en contra de los miembros del grupo municipal popular, D. Miguel Ángel López Fernández, D. Antonio Revuelta Fernández, Dña. Alicia Valero de la Peña, D. José Manuel Chozas Bueno, y Dña. Consuelo Maqueda Tello, en consecuencia por mayoría absoluta del número legal de miembros, se aprueba la propuesta.
DECIMOTERCERO.- DACIÓN DE CUENTA DE LOS DECRETOS DE ALCALDÍA. Se da cuenta de los Decretos de Alcaldía dictados hasta la fecha desde la última sesión plenaria ordinaria, concretamente los siguientes: - Decreto 103 de 27 de Marzo de 2012. - Decreto 328 de 20 de Septiembre de 2012. Los Sres. Concejales se dan por enterados.
DECIMOCUARTO.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 1.- Sobre los gastos de las Fiestas 2012. María del Mar Muñoz Cereceda contesta que en la próxima sesión darán cuenta de los gastos e ingresos realizados. 2.- Sobre el Arco Norte de la Plaza, pregunta el Portavoz del grupo municipal popular cuándo se tiene prevista la terminación y cuánto cuesta lo que resta de obra. El Alcalde comenta que faltan las barandillas y pintar el arco, que se tardará lo que tarde el carpintero y que el coste estará en 4.000 € de barandillas y 2.000 de pintura.
El Alcalde contesta que la obra es de GICAMAN aunque se ha realizado en terreno de nuestra propiedad. Se consideró que cerrarlo con una tapia de bloques causaría daños a la obra por la entrada de aves y porque se podría saltar al interior, pero GICAMAN se negó a pagar nada más y como la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha debe dinero a la empresa adjudicataria, no le pueden pedir a ésta que además les pague el cierre. Añade el Alcalde que GICAMAN debía haber obligado a la adjudicataria a continuar con la obra pero como la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha no se comprometía a dar un calendario de pagos, rescindieron el contrato de mutuo acuerdo. 4.- Pregunta sobre luces fundidas en alumbrado público. Francisco Javier Mota Plaza contesta que semanalmente se hacen los arreglos que se comunican en los partes de averías, aunque añade que si son farolas que requieren de la utilización del camión grúa, se tarda más en atender porque ahora no hay casi personal.
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3.- GICAMAN ¿cedió a la petición de cerrar el Auditorio como creyera conveniente?
Antonio Revuelta Fernández indica que hay calles con farolas rotas. Francisco Javier Mota Plaza contesta que se dan varias vueltas pero se mirará de nuevo para subsanar lo que pueda necesitar arreglo. 5.- Pregunta sobre la limpieza de aceras cercanas a la Residencia de Ancianos. El Alcalde contesta que hay que limpiar un tramo de acera que quedó sucio de las Fiestas Patronales y que se hará cuando se tenga personal suficiente para ello. 6.- Pregunta sobre si hay novedades sobre el Puerto Seco. ¿Es una realidad o no? El Alcalde comenta que es una realidad y primero una realidad en papeles, pero ahora está más ralentizado por la crisis. 7.- Pregunta sobre los criterios para la selección del PRIS. El Alcalde indica que se conceden a nueve personas con beca de 270 euros mensuales, que son elegidas por los Servicios Sociales entre personas en riesgo de exclusión social y que por otra parte, se debe elegir un monitor y un coordinador, pero deben estar elegidos para entrar a trabajar el día 1 de Octubre de 2012.
No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión por el Sr. Alcalde, siendo las veinte horas y treinta minutos del día de la fecha, con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. Vº Bº EL ALCALDE PRESIDENTE Fdo. Jesús Fernández Clemente Firmado electrónicamente
EL SECRETARIO INTERVENTOR Fdo. D. Juan José de la Mata Posadilla Firmado electrónicamente
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8.- Pregunta por los despidos de AEDL y Monitor Guardería. Jesús Santiago Díaz – Carralero contesta que se pagaron 3.000 euros a la monitora de Guardería y 6.000 euros a la AEDL, pero que en ambos casos se trata de indemnizaciones por extinción de contrato por causas objetivas de 20 días de salario por año de servicio.