Pleno extraordinario en Tembleque. 18-6-2015

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ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente CONCEJALES

Juan José de la Mata Posadilla (2 de 2) Secretario - Interventor Fecha Firma: 22/06/2015 HASH: 28c4584e6ade29781b8268a6fbc4adfa

PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL

D. Jesús Fernández Clemente Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. Dña. Luisa Vega García. D. Francisco Javier Mota Plaza. Dña. Mercedes Cebrián Mercado D. Javier Martín Morales D. Javier Romero Fernández PARTIDO POPULAR

Dña. Alfonsa Fernández Pinardo D. Miguel Ángel López Fernández CIUDADANOS

D. Eugenio Ariza Bueno SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla NO ASISTE D. José Manuel Chozas Bueno

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EL 18 DE JUNIO DE 2015. En Tembleque a 18 de Junio de 2015. Siendo las 19:00 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla. Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.

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Jesús Fernández Clemente (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 22/06/2015 HASH: 3a6e3b5280b0374cda9a1a1a5c080448

ASISTENTES


Antes de pasar al primer punto del orden del día, va a tomar posesión como Concejal D. Miguel Ángel López Fernández, que excusó su asistencia a la sesión constitutiva siendo necesario dar cumplimiento al Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, para lo cual presta juramento de cumplir fielmente las obligaciones del cargo con lealtad al Rey y de guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental del Estado, haciéndolo ante todos los presentes, tomando asiento seguidamente como miembro de la Corporación. PRIMERO.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Se acuerda por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación, aprobar el acta de la sesión anterior de 18 de junio de 2015. SEGUNDO.- MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DE PERSONAL POR SUPRESIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE SOCORRISTA. La piscina municipal de Tembleque es un servicio público que viene prestándose de forma directa por este Ayuntamiento desde su puesta en funcionamiento de forma que es el personal municipal quien se encarga de todas las labores propias del servicio, como son a título de ejemplo, la puesta en marcha del servicio cada temporada, limpieza del vaso y mantenimiento de la calidad del agua, servicio de salvamento y socorrismo, así como el suministro de los productos químicos necesarios para la realización de la actividad. Para el presente año, esta Corporación que acaba de constituirse, ha considerado una posibilidad diferente a la vista de distintas consideraciones que deben tenerse en cuenta.

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El Ayuntamiento de Tembleque no cuenta con personal especializado en el control de la calidad del agua de forma que el consumo de productos apunta a ser excesivo, habida cuenta de los costes habidos en el servicio por ese motivo en 2013 y los habidos en 2014 y la oferta que para este piscina ofrece una empresa especializada de la que se ha aceptado su presupuesto, y las cifras son claras y así, mientras el Ayuntamiento ha destinado a esa finalidad 6.781 euros y 7.273 en 2013 y 2014, respectivamente, la empresa ofrece dicha prestación por un importe de 2.450 euros más IVA, que supone una cantidad IVA incluido de 2.964,50 euros y un ahorro del 59,24% lo gastado en el último ejercicio (4.308,50 euros menos). Debe tenerse en cuenta que solamente las retribuciones de los socorristas previstas en el Anexo de Personal del Presupuesto ascienden a 4.500,06 euros brutos. A los costes indicados, específicos del servicio se deben añadir las gratificaciones que los operarios de servicios múltiples percibían todos los años anteriores por la prestación de servicios adicionales en sábados y domingos que ascendieron en 2012 a la cuantía de 600 € y en años posteriores tuvimos que sustituir por días de libranza. Estas se han

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contabilizado en otras partidas de gasto de personal de otras áreas de gasto, por lo que deben sumarse a los costes indicados. La empresa ofrece un servicio integral incluyendo dentro del precio sin sobrecostes la solución de las incidencias producidas en fin de semana o en horas fuera del horario de trabajo del personal municipal, lo que supone un nuevo estímulo económico para considerar esta forma de gestión. A lo anterior se suman las situaciones en las que por tormentas u otras circunstancias imprevisibles el agua del vaso de la piscina ha quedado dañado o no apto para el baño, debiendo los operarios municipales realizar nuevamente horas extraordinarias, que con la empresa quedan cubiertas en el contrato. Debe ser tenido en cuenta que en la oferta de la empresa que se facilita, se incluye también una ampliación del horario de servicio de socorristas para dar cobertura a la Ludoteca de verano, así como a las actividades de Aquagym promovidas por las asociaciones que se realizan en la piscina fuera del horario de baño, pero en la que conviene, al ser la piscina de titularidad municipal, contar con el servicio de socorrista y primeros auxilios en previsión de accidentes o necesidad de intervención de salvamento. Se aumenta por tanto el número de horas de servicio de socorrista de forma considerable puesto que en 2014 se disponía de servicio de socorrista 60 horas semanales y ahora vamos a tener 70 horas semanales y se obtiene un ahorro considerable en el importe destinado a los productos, que ya no se facturarían a este Ayuntamiento, siendo obligación del contratista concertar su suministro a su costa, así como garantizar el correcto estado del agua todos los días de apertura.

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Debe tenerse en cuenta también que actualmente, en caso de baja por enfermedad del personal es el Ayuntamiento quien se ha venido haciendo cargo de la gestión de personal y de la cobertura del puesto en casos de sustituciones. Estamos por tanto, ante ahorros económicos y de carácter organizativo, porque no sería necesario destinar personal para el control del servicio, de forma que el servicio mejora y supone una eficaz asignación de los recursos públicos, puesto que con costes similares se garantiza la calidad del agua y se aumenta notablemente las horas del servicio de socorrista aumentando la seguridad en la utilización de las instalaciones por los usuarios, tanto en las actividades directamente promovidas por el Ayuntamiento como aquéllas en las que el Ayuntamiento pone a disposición la instalación a las asociaciones municipales, liberándose además de los costes de gestión del personal, del cual también se ocupan funcionarios municipales. Por todo lo anterior se propone al Pleno de la Corporación la adopción del

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siguiente acuerdo, el cual por siete votos a favor de los representantes del grupo municipal socialista, dos votos en contra de los representantes del grupo municipal popular y una abstención del representante del grupo político Ciudadanos, acuerda: PRIMERO. Aprobar inicialmente la Modificación de Plantilla de Personal municipal que tiene por objeto la supresión de las siguientes plazas: 2.

PERSONAL LABORAL DENOMINACIÓN

(…)

(…)

2.2.7.

Socorristas

Nº DE PUESTOS (…) 2

OBSERVACIONES (…) Laboral duración determinada

SEGUNDO. Someter el presente acuerdo a información pública por plazo de quince días mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, durante ese plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido dicho plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial.

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INTERVENCIONES. Miguel Ángel López Fernández, Portavoz del grupo municipal popular, comenta que no van a votar a favor por la premura para la adopción del acuerdo y que no han podido ver ninguna documentación. Cree que se ha hecho muy mal la gestión de la piscina en años anteriores en cuyo caso tenían que haber tomado las medidas que hubieran sido necesarias antes. No entiende además que el Partido Socialista adopte este tipo de acuerdos que se supone van contra sus principios, privatizando un servicio y no le encaja que si ahora hay más horas de socorrista ahora cueste igual que en años anteriores. Añade que en su opinión van a usar a la empresa para hacer lo contrario de lo dicho en la sesión de investidura, pues no van a gobernar para todos y con ello van a meter a quien quieran a través de la empresa. Eugenio Ariza Bueno, portavoz del grupo municipal Ciudadanos, dice que la Resolución de 17 de Febrero de 2009 por la que se aprueba el Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones acuáticas determina las siguientes retribuciones: Nivel 2, Socorristas, según la piscina de Tembleque, por tamaño de lámina de agua, son 772,62 euros mes que multiplicados por catorce pagas hacen un total de 10.886,88 euros al año, y que si dividimos esa cantidad entre doce salen 907,22 euros, y que si a esa cantidad se le añade el plus de transporte y la media dieta, hacen un total de 1.110,88 euros, superiores a lo que el Ayuntamiento ha estado pagando. El Ayuntamiento, continúa el Concejal, paga 750 euros brutos al mes por 30

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horas semanales y serían 1.000 euros si fuera una jornada completa, por lo que con el contrato con la empresa van a tener unos gastos mayores a los que paga el Ayuntamiento. Añade el Concejal que el año pasado se adquirió un dosificador de cloro que afirma funciona perfectamente y que con le digas lo que tiene que echar es suficiente. Cree que va a costar más dinero los socorristas y los productos serán iguales. Finaliza indicando que el contrato no va a ser real, y aunque luego dirán que se han gastado en una partida o en otra.

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El Alcalde toma la palabra para contestar a los argumentos indicados añadiendo que la piscina no se privatiza, puesto que el riesgo de la explotación de la piscina va a seguir siendo municipal, solamente se hace un contrato de servicios para el control del agua. Explica que hacen el contrato porque vienen detectando un consumo excesivo de productos para el control de la calidad del agua, y que prueba de que están sobre ese tema es que el año pasado se puso un dosificador automático de cloro y seguimos con las mismas. Añade que esta piscina viene gastando más de tres veces lo que otras piscinas similares de otros pueblos y por eso quieren saber dónde está el problema. La máquina de dosificación del cloro la controlaba personal municipal pero aún así el gasto se va y por eso quieren corregir ese desfase. Con relación al argumento de si le van a salir las cuentas a la empresa, la empresa ha hecho una oferta en firme y sobre los socorristas si van a cobrar más que trabajando para el Ayuntamiento, en ese caso, indica que mejor para todo el mundo. Explica el Sr. Alcalde que no han querido hacer antes el contrato porque no querían hacerlo antes de las elecciones. Añade que para evitar esas dudas sobre la selección de personal, les recuerda que el equipo de gobierno no participa en los procesos selectivos, y les anuncia que en lo sucesivo, las bases de selección de personal las van a hacer entre todos los grupos políticos, para que no se diga que las hace el equipo de gobierno, y de ese modo todo el mundo que quiera se presente, sobre las bases aprobadas entre todos y se elijan a los candidatos.

Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión por el Sr. Alcalde, siendo las diecinueve horas y veinte minutos del día de la fecha, con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. Vº Bº EL ALCALDE PRESIDENTE Fdo. Jesús Fernández Clemente

EL SECRETARIO INTERVENTOR Fdo. D. Juan José de la Mata Posadilla

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