ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente CONCEJALES PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL
Juan José de la Mata Posadilla (2 de 2) Secretario - Interventor Fecha Firma: 13/07/2015 HASH: 28c4584e6ade29781b8268a6fbc4adfa
ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EL 9 DE JULIO DE 2015.
D. Jesús Fernández Clemente Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. 1 Dña. Luisa Vega García. D. Francisco Javier Mota Plaza. Dña. Mercedes Cebrián Mercado D. Javier Martín Morales D. Javier Romero Fernández PARTIDO POPULAR
Dña. Alfonsa Fernández Pinardo D. Miguel Angel López Fernández D. José Manuel Chozas Bueno CIUDADANOS
D. Eugenio Ariza Bueno SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla 1
Se incorpora durante la sesión.
En Tembleque a 9 de Julio de 2015. Siendo las 20:00 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla. Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.
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Jesús Fernández Clemente (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 13/07/2015 HASH: 3a6e3b5280b0374cda9a1a1a5c080448
ASISTENTES
PRIMERO.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. Se acuerda por unanimidad de los miembros del Pleno de la Corporación, aprobar el acta de la sesión anterior de 18 de junio de 2015. Sometido a votación se aprueba por unanimidad de los miembros presentes con la ausencia de Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. SEGUNDO.- CREACIÓN JUNTA GOBIERNO LOCAL, COMPOSICIÓN, PERIODICIDAD Y COMPETENCIAS.
1º.- La asistencia permanente a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones. 2º.- Las que le delegue el pleno. 3º.- Las atribuciones que la Alcaldía le delega y que son: Art. 22 Ley de Bases de Régimen Local. j) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. o) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. q) El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. s) Las demás que expresamente le atribuyan la leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales concretamente: a) Adopción de acuerdos en materia de gestión tributaria. b) Aprobación de padrones tributarios y liquidaciones de ingresos no tributarios. Disposición adicional 2ª TRLCSP. 1. Corresponderá a la Junta de Gobierno Local la contratación de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados que no sean competencia del Pleno conforme a la disposición adicional 2ª del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011.
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Se da cuenta del contenido de la Resolución 196 de 8 de Julio de 2015, por la que se dispone entre otras cuestiones: (..) TERCERO.- Crear la Junta de Gobierno Local que estará presidida por esta Alcaldía e integrada por tres concejales, número de concejales no superior al tercio del número legal de los que integran la Corporación, con la composición siguiente: - Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. - D. Francisco Javier Mota Plaza. - Dña. Luisa Vega García. CUARTO.- Determinar las atribuciones de la Junta de Gobierno Local:
QUINTO.- La Junta de Gobierno Local celebrará sesiones cada mes en la fecha que determine en la sesión de constitución. A la vista de lo anterior se propone que por el Pleno de la Corporación se deleguen las siguientes materias en la Junta de Gobierno Local: 2.- Delegación del Pleno: letras j, n, ñ, o, del art. 22 LRBRL y disposición adicional 2ª de la Ley de Contratos del Sector Público 30/2007 (n y ñ derogados por disposición adicional 2ª): j) El ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en competencia plenaria. ñ) La aprobación de los proyectos de obra y servicios cuando sea competente para su contratación y concesión, y cuando aún no estén previstos en los Presupuestos. Todo ello de conformidad con los artículos 21, 22 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL). Las delegaciones se extinguirán con el mandato de la Corporación. Se somete a votación y se aprueba con seis votos a favor de los miembros presentes del grupo municipal socialista, tres votos en contra de los miembros del grupo municipal popular y una abstención del representante del grupo municipal Ciudadanos. TERCERO.- DETERMINACIÓN DE LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES ORDINARIAS.-
CUARTO.- CREACIÓN Y COMPOSICIÓN DE LA COMISION INFORMATIVA MIXTA.El Sr. Alcalde manifiesta que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 38 y 134 del ROF y habiéndose celebrado la sesión constitutiva de este Ayuntamiento el día 13 de Junio de 2015, procede en esta primera sesión extraordinaria la creación y determinación de las Comisiones Informativas Permanentes que procedan. De acuerdo con ello, propone la creación y composición de la siguiente Comisione: 1) COMISIÓN INFORMATIVA MIXTA (QUE ACTUARÁ COMO COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS). Comisión que será igualmente la Especial de Cuentas y cuyas competencias se extienden a todos los asuntos que deba conocer el Pleno de la Corporación, actuando como Comisión Especial de Cuentas cuando sea preciso. Composición: 3
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Por el Sr. Alcalde se propone que las sesiones ordinarias que deba celebrar el Pleno de esta Corporación se lleven a cabo cada tres meses, en la segunda quincena del último mes del trimestre. Se somete a votación y se acuerda con diez votos a favor la propuesta, lo que constituye la unanimidad de los miembros presentes.
- Presidente El Alcalde. D. Jesús Fernández Clemente. - Vocales (PSOE) Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. Suplente: Javier Romero Fernández. D./Dña. Luisa Vega García. Suplente: Dña. Javier Martín Morales. D. Francisco Javier Mota Plaza. Suplente: Javier Martín Morales. D./Dña. Mercedes Cebrián Mercado. Suplente: Javier Romero Fernández. - Vocales (PP) Dña. Alfonsa Fernández Pinardo. D. Miguel Ángel López Fernández. Suplente. José Manuel Chozas Bueno. - Vocales (Ciudadanos) D. Eugenio Ariza Bueno. Se somete a votación y se acuerda con diez votos a favor la propuesta, lo que constituye la unanimidad de los miembros presentes. INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández indica que aunque pueda parecer una composición extensa es la única manera de respetar la proporcionalidad que hay en el Pleno. LA LA
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 38 apartado c, del ROF, por medio de la presente se procede a realizar el nombramiento de los representantes de esta Corporación en los órganos colegiados que sean de la competencia del Pleno. El Sr. Alcalde realiza la siguiente propuesta: 1) MANCOMUNIDAD DE AGUAS DEL RÍO ALGODOR.TITULAR: Jesús Fernández Clemente SUPLENTE: Francisco Javier Mota Plaza 2) GRUPO DE ACCION LOCAL DULCINEA.TITULAR: Mercedes Cebrián Mercado SUPLENTE: Javier Martín Morales 3) EN EL COLEGIO PÚBLICO (CONSEJO ESCOLAR).TITULAR: Mercedes Cebrián Mercado SUPLENTE: Luisa Vega García 4) EN LA F.E.M.P.TITULAR: Javier Martín Morales SUPLENTE: Francisco Javier Mota Plaza 4
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QUINTO.NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS QUE SEAN DE COMPETENCIA DEL PLENO.
5) COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DE LA RESIDENCIA PSOE. Luisa Vega García PSOE. Mercedes Cebrián Mercado PP. Alfonsa Fernández Pinardo. Suplente. José Manuel Chozas Bueno Ciudadanos. Eugenio Ariza Bueno 6) CONSEJO LOCAL DE SALUD.TITULAR: Luisa Vega García SUPLENTE: Mercedes Cebrián Mercado 7) CONSORCIO DE SERVICIOS PÚBLICOS MEDIOAMBIENTALES.TITULAR: Jesús Fernández Clemente SUPLENTE: Javier Romero Fernández Se somete a votación y se acuerda con diez votos a favor la propuesta, lo que constituye la unanimidad de los miembros presentes. SEXTO.- NOMBRAMIENTO DE TESORERA. Por el Sr. Alcalde-Presidente se manifiesta que para la adecuada prestación de las funciones inherentes a la Tesorería Municipal, se hace necesario el nombramiento de una persona que lleve a cabo las tareas propias de la misma. De acuerdo con ello, propone sea efectuado el nombramiento de Tesorero Municipal a favor del miembro de esta Corporación, Dña. Luisa Vega García, con exención de fianza.
SEPTIMO.- PROPUESTA DE DETERMINACIÓN DE CARGOS CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA O PARCIAL Y RÉGIMEN DE DEDICACIÓN DE LOS MISMOS. Se propone en el presente pleno la procedencia de aprobar la dedicación exclusiva al Sr. Alcalde, tal y como es la voluntad del equipo de gobierno surgido de las últimas Elecciones Locales. En concreto la propuesta consiste en la aprobación de unas retribuciones netas iguales a las del anterior mandato y el correspondiente alta en el Régimen General de la Seguridad Social, con unas retribuciones mensuales netas de 1.809,97 euros, cantidad que venía percibiendo en el anterior mandato. Así mismo se propone determinar, como en la legislatura anterior el importe de las asistencias por sesión y miembro, retribuyendo con 50 euros la asistencia a cada Junta de Gobierno Local, Comisión Informativa Mixta y Pleno, salvo para quien tenga declarada una dedicación exclusiva o parcial. Se somete a votación y se aprueba con seis votos a favor del grupo municipal 5
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Se somete a votación y se aprueba con seis votos a favor del grupo municipal socialista y cuatro abstenciones de los representantes de los grupos municipales popular y ciudadanos, lo que constituye mayoría absoluta de los miembros presentes.
socialista y cuatro abstenciones de los representantes de los grupos municipales popular y ciudadanos, lo que constituye mayoría absoluta de los miembros presentes. INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández añade que atendiendo a las circunstancias económicas debería bajarse el sueldo un 10% o un 15%. El Alcalde contesta que tiene el mismo sueldo que en la anterior legislatura y que su sueldo no ha evolucionado, y se ha recortado en la misma medida que a los funcionarios municipales. Cree que es un sueldo razonable y que debería sacarse del debate político y que está por debajo de los límites legales aprobados recientemente e incluso de las retribuciones de alguno de los funcionarios municipales. Eugenio Ariza Bueno pregunta si el convenio de los trabajadores municipales se ha aprobado o no y afirma que fue el equipo de gobierno quien se levantó de la mesa de negociación. El Alcalde dice que en cuanto estemos todos dispuestos para negociar de nuevo se volverá a negociar el convenio colectivo, pero opina que no tiene nada que ver con el tema del punto del orden del día. Se incorpora María del Mar Muñoz Cereceda a la sesión.
Se propone por el Sr. Alcalde la aprobación de acuerdo en el que se haga constar que el Ayuntamiento de Tembleque, desarrollará sus funciones de registro en el seno del Convenio ya suscrito de 24 de Enero de 2008 que permite al ciudadano utilizar el registro general del Ayuntamiento de Tembleque como registro de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma, utilizando además la Oficina de Registro Virtual de Entidades lo que permite además que no haya que remitir la información por vía postal sino por vía telemática. 1º.- Aprobar el uso del registro general del Ayuntamiento de Tembleque como registro de las Entidades Adheridas al convenio de 24 de enero de 2008 y que se utilice la Oficina Virtual de Entidades para la remisión telemática de la documentación. 2º.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma del protocolo de adhesión a la Addenda publicada en fechas 23 de Abril y 12 de Mayo de 2015, en BOE y DOCM respectivamente. Sometido a votación se aprueba por unanimidad de los miembros de la Corporación.
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OCTAVO.- APROBACIÓN ADDENDA AL CONVENIO DE VENTANILLA ÚNICA Y OFICINA DE REGISTRO VIRTUAL DE ENTIDADES.
NOVENO.- ELECCIÓN DE JUEZ DE PAZ Y SUSTITUTO. En relación con el expediente relativo a la Elección de Juez de Paz Titular, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Como consecuencia de renuncia de la Juez de Paz titular, quedó vacante el cargo de Juez de Paz, titular.
TERCERO. Con fecha 20/03/2015 finalizó el plazo de presentación de solicitudes que son las siguientes: Recibo-2015-E-RC-366 de D. Julián Montoro Gallego. Recibo-2015-E-RC-388 de Dña. Elena García Serrano. Recibo-2015-E-RC-451 de D. Hipólito Muñoz López. Recibo-2015-E-RC-468 de D. Juan Aparicio Martín. Recibo-2015-E-RC-481 de Dña. Pilar Montoro Gallego. Recibo-2015-E-RC-490 de D. Saturnino Calvo Rodríguez. Recibo-2015-E-RC-511 de D. Eugenio Ariza Bueno. LEGISLACIÓN APLICABLE La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: — Los artículos 4 a 6, 20, 21 y artículo 28 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. — Los artículos 99 a 103 y artículo 395 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. — Los artículos 22.2 p) y 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 7
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SEGUNDO. Con fecha 16/02/2015 se remite al Juzgado Decano de Ocaña y al Boletín Oficial de la Provincia de Toledo, el Bando de Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Tembleque, por el que se abre período de presentación de instancias para cubrir los cargos de Juez de Paz, titular y sustituto, en el Municipio de Tembleque. Siendo expuesto el Bando en el Boletín Oficial de la Provincia, en tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del Partido o Juzgado Decano y en el propio Juzgado de Paz desde el día 3 de Marzo de 2015 hasta el día 20 de Marzo de 2015. Se han admitido instancias desde la publicación en el Tablón de edictos la cual se realizó el día 16 de Febrero de 2015.
— La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Por ello, ante la renuncia de la Juez de Paz de Tembleque, se abrió un plazo de quince días hábiles para las personas interesadas, y que reuniendo las condiciones legales quisieran presentarse, plazo durante el cual se presentaron las solicitudes indicadas. Por todo ello se acuerda: 1º.- Proponer como Juez de Paz titular a D. Hipólito Muñoz López con DNI 70322483 Y, que reúne los requisitos legales. 2º.- Proponer el nombramiento como Jueza de Paz sustituta, a Dña. Elena García Serrano con DNI 03918054G, que reúne los requisitos legales. 3º.- Elevar Certificación de la propuesta de nombramiento a la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla - La Mancha para su estudio por la Sala de Gobierno del citado órgano. Sometido a votación se aprueba con siete votos a favor del grupo municipal socialista y cuatro abstenciones de los representantes de los grupos municipales popular y ciudadanos, lo que constituye mayoría absoluta de los miembros presentes. INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández propone desde su grupo a la vista de 8
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Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, siendo de aplicación el régimen de incompatibilidades de la Carrera Judicial de acuerdo con los artículos 389 a 397 de la citada Ley, si bien es posible compatibilizar el cargo con a) la dedicación a la docencia o a la investigación jurídica. b) El ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales.
candidatos existente, y desconociendo los méritos de los propuestos y puesto que va a imperar el criterio del equipo de gobierno y más aún desconociendo los criterios que les han llevado a proponerlos, indica que su grupo se va a abstener. Eugenio Ariza Bueno, cree que se deberían elegir a las personas que están en el paro y no a los que están trabajando porque el dinero que cobra un Juez de Paz les vendría bastante bien. El Alcalde contesta que a Hipólito se le ha elegido porque ha venido desempeñando el servicio en casos de bajas y a la sustituta porque es una persona joven y se quiere que las personas jóvenes vayan entrando en las instituciones. Añade que el sueldo que cobra el Juez de Paz no soluciona la situación de una persona que esté en paro, pero respeta las opiniones de cada uno. DECIMO.- RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS. Jesús Fernández Clemente, Alcalde - Presidente del Ayuntamiento de Tembleque, en el ejercicio de las facultades que me atribuye la Legislación vigente, propongo al Pleno la adopción del siguiente Acuerdo: Ante la presentación de Presentación de facturas en Registro de entrada correspondientes a ejercicios anteriores en el departamento de Intervención.
En atención a lo expuesto, propongo al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente Acuerdo: PRIMERO. Aprobar el reconocimiento de los créditos siguientes Clases de música de Noviembre de 2013 y Agosto 2014 correspondientes a ejercicios anteriores que se relacionan en el Anexo I adjunto al expediente. SEGUNDO. Aplicar, con cargo al Presupuesto del ejercicio 2015, los correspondientes créditos con cargo a la partida 326/22799, por importe todo ello de 2.384 euros. Sometido a votación se aprueba por unanimidad de los miembros de la Corporación. INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández explica que para que la gente lo entienda se le ha olvidado presentar las facturas 9
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Visto el informe de Intervención donde consta que en aplicación del artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el reconocimiento de obligaciones correspondientes a ejercicios anteriores que, por cualquier causa, no lo hubieren sido en aquel al que correspondían, es competencia del Pleno de la Corporación, y que en este caso concreto es posible su realización.
UNDÉCIMO.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DE LA ENTIDAD DEL EJERCICIO 2014. Vista la Cuenta General del ejercicio 2014, junto con toda su documentación anexa a la misma, según la legislación vigente. Visto el informe de Intervención emitido sobre ella y el Dictamen de esta Comisión. Visto que la misma se expuso al público para que pudieran presentarse reclamaciones, reparos u observaciones, y que no se ha presentado ninguna, según consta en el certificado de Secretaría. Visto el informe de la Comisión Especial de Cuentas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno, adopta por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, el siguiente ACUERDO PRIMERO. Aprobar la Cuenta General del ejercicio 2014. SEGUNDO. Rendir la Cuenta General así aprobada y toda la documentación que la integra a la fiscalización del Tribunal de Cuentas, tal y como se establece en el artículo 212.5 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández votarán en contra por coherencia con la votación con los Presupuestos de 2014 que también fue en contra. Eugenio Ariza Bueno indica que se va a abstener porque no estaba en esa época. El Alcalde indica que no se aprueba si el Presupuesto es coherente sino que las cuentas son correctas, que incluyen todos los gastos o ingresos, que no hay facturas en el cajón, etc.. DUODÉCIMO.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE ALCALDÍA EN MATERIA DE DELEGACIONES Y CUESTIONES ORGANIZATIVAS. Se da cuenta de la Resolución de Alcaldía nº 196 de fecha 8 de Julio de 2015 con el siguiente contenido literal: “Concejalías y distribución de actividades entre las mismas del Ayuntamiento de Tembleque 10
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Sometido a votación se aprueba con siete votos a favor de los representantes del grupo municipal socialista, tres votos en contra de los representantes del grupo municipal popular y una abstención del representante del grupo municipal ciudadanos.
Jesús Fernández Clemente, Alcalde: será el encargado de supervisar y coordinar las actividades de todas las concejalías y también será el responsable del área de urbanismo. María del Mar Muñoz Cereceda, Educación y Cultura: será la encargada de los asuntos culturales de la localidad, educativos y la organización de los Festejos populares. Luisa Vega García, Concejala de Hacienda, y Personal: será la encargada del área económica del Ayuntamiento, y de la gestión y la administración de los recursos humanos de la entidad. Francisco Javier Mota Plaza, Concejal de Obras, Servicios y Agricultura: supervisará y controlará las obras menores, todas las que se desarrollen sin proyectos, así como del servicio de obras y limpieza del Ayuntamiento y los temas de agricultura, Comisión Local de Pastos. Javier Martín Morales, Deportes: se encargará de los temas de las actividades y el desarrollo deportivo. Mercedes Cebrián Mercado, Concejala de Bienestar Social y Mujer: se encargará de los temas sociales del Ayuntamiento, relacionados con la infancia, las familias y los mayores y mujer, gestionando los temas de Ayuda a domicilio, Residencia, Dipucamina etc.
SEGUNDO.- Nombrar a los siguientes Tenientes de Alcalde: - Primera Teniente de Alcalde: Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. - Segundo Teniente de Alcalde: D. Francisco Javier Mota Plaza. - Tercera Teniente de Alcalde: Dña. Luisa Vega García. TERCERO.- Crear la Junta de Gobierno Local que estará presidida por esta Alcaldía e integrada por tres concejales, número de concejales no superior al tercio del número legal de los que integran la Corporación, con la composición siguiente: - Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. - D. Francisco Javier Mota Plaza. - Dña. Luisa Vega García. CUARTO.- Determinar las atribuciones de la Junta de Gobierno Local: 1º.- La asistencia permanente a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones. 2º.- Las que le delegue el pleno. 3º.- Las atribuciones que la Alcaldía le delega y que son: Art. 22 Ley de Bases de Régimen Local. 11
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Javier Romero Fernández, Juventud y Medio Ambiente. Se encargará de todos los temas relacionados con esta materia.
j) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. o) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto. q) El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno Local. s) Las demás que expresamente le atribuyan la leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales concretamente: a) Adopción de acuerdos en materia de gestión tributaria. b) Aprobación de padrones tributarios y liquidaciones de ingresos no tributarios. Disposición adicional 2ª TRLCSP. 1. Corresponderá a la Junta de Gobierno Local la contratación de obras, de suministros, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados que no sean competencia del Pleno conforme a la disposición adicional 2ª del TRLCSP aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011. QUINTO.- La Junta de Gobierno Local celebrará sesiones cada mes en la fecha que determine en la sesión de constitución. SEXTO.- Notificar la presente Resolución a cuantos aparecen como interesados para su conocimiento y efectos oportunos.
Los Concejales se dan por enterados. DECIMOTERCERO.- DACIÓN GRUPOS POLÍTICOS.
DE
CUENTA
DE
CONSTITUCIÓN
DE
Vistos los escritos presentados por los miembros de las diferentes listas, se constituyen los Grupos Políticos y nombran Portavoces a los siguientes: GRUPO SOCIALISTA Jesús Fernández Clemente Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. (Portavoz) Dña. Luisa Vega García. D. Francisco Javier Mota Plaza. (Portavoz suplente) Dña. Mercedes Cebrián Mercado D. Javier Martín Morales D. Javier Romero Fernández 12
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SÉPTIMO.- Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que celebre.”
-GRUPO POPULAR.Miguel Ángel López Fernández (Portavoz) Alfonsa Fernández Pinardo (Portavoz suplente) Jose Manuel Chozas Bueno GRUPO CIUDADANOS.Eugenio Ariza Bueno (Portavoz). Se dan por enterados. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión por el Sr. Alcalde, siendo las veinte horas y cuarenta minutos del día de la fecha, con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre.
Firmado electrónicamente
EL SECRETARIO INTERVENTOR Fdo. D. Juan José de la Mata Posadilla Firmado electrónicamente
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Vº Bº EL ALCALDE PRESIDENTE Fdo. Jesús Fernández Clemente