Pleno Extraordinario en Tembleque. 19-5-2017

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Jesús Fernández Clemente (1 de 2) Alcalde - Presidente Fecha Firma: 28/06/2017 HASH: 69bfb734423804bacc354f1033588334

ASISTENTES ALCALDE-PRESIDENTE D. Jesús Fernández Clemente CONCEJALES PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL

D. Jesús Fernández Clemente Dña. María del Mar Muñoz Cereceda. D. Javier Romero Fernández Dña. Alicia Mejías Romero. Dña. Luisa Vega García. D. Javier Martín Morales

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DE LA CORPORACIÓN, EL 19 DE MAYO DE 2017. En Tembleque a 19 de Mayo de 2017. Siendo las 20:30 horas del día señalado, se reúnen en la Salón de Plenos bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, los miembros de la Corporación que figuran al margen, asistidos por el Secretario D. Juan José de la Mata Posadilla.

PARTIDO POPULAR

CIUDADANOS

D. Eugenio Ariza Bueno SECRETARIO D. Juan José de la Mata Posadilla NO ASISTE Dña. Mercedes Cebrián Mercado

Constituida válidamente la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el art.46 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 90 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales.. El Sr. Alcalde - Presidente, abrió la sesión, procediéndose según el Orden del Día.

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Juan José de la Mata Posadilla (2 de 2) Secretario - Interventor Fecha Firma: 28/06/2017 HASH: 28c4584e6ade29781b8268a6fbc4adfa

Dña. Alfonsa Fernández Pinardo D. Miguel Angel López Fernández D. José Manuel Chozas Bueno


PRIMERO.- APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR DE FECHA 31 DE MARZO DE 2017. Se somete a debate y votación la aprobación del acta de la sesión anterior de 31 de marzo de 2017. INTERVENCIONES Eugenio Ariza Bueno, indica que en el punto 7º del acta de la sesión anterior de 31 de marzo de 2017, relativo a modificación presupuestaria para expropiación de Calle Las Cruces, se indica que Eugenio se abstuvo, pero él no participó en el debate ni en la votación y se fue a los bancos del público. Sometido a votación se acuerda por unanimidad de los miembros de la Corporación con la rectificación anterior, aprobar el acta de la sesión anterior, con el siguiente detalle de votación: Miembros Jesús Fernández Clemente (PSOE) María del Mar Muñoz Cereceda (PSOE) Luisa Vega García (PSOE) Mercedes Cebrián Mercado (PSOE) X Javier Romero Fernández (PSOE) Javier Martín Morales (PSOE) Alicia Mejías Romero (PSOE) Alfonsa Fernández Pinardo (PP) José Manuel Chozas Bueno (PP) Miguel Ángel López Fernández (PP) Eugenio Ariza Bueno (C´s) TOTAL PRESENTES 10 Lo que constituye Mayoría simple

FAVOR AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X MIEMBROS ( X ) FAVOR M absoluta Nº LEGAL

CONTRA

ABST

( ) CONTRA ( ) ABST X Unanimidad de presentes

PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO Considerando que la Calle Las Cruces en el tramo que discurre desde la Calle Escuelas hasta su encuentro con la Calle La Vega ha sido cedida al Ayuntamiento de Tembleque en virtud de diversos actos de segregación, que constituyen actos firmes y consentidos en vía administrativa a excepción de la finca con referencia catastral 6846404VJ5964N0001UF. Considerando que se pretende materializar el aprovechamiento urbanístico de la finca contigua con referencia catastral 6846405VJ5964N0001HF, para lo cual se precisa de la obtención del vial de forma que se pueda conceder la licencia, puesto que, como consecuencia de la concesión de la alineación oficial al titular de dicha finca contigua, se tiene que ocupar por éste una porción del terreno de los titulares de la finca 6846404VJ5964N0001UF, situación que no resulta procedente entre particulares en ausencia de acuerdo entre partes, y solamente puede resolverse por el Ayuntamiento mediante la expropiación, conforme al los artículos 129 y 143.1.a) y concordantes del TRLOTAU, dado que no cabe cesión obligatoria y gratuita por no ser aplicable la Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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SEGUNDO.- APROBACIÓN DE LA RELACIÓN DE BIENES DE NECESARIA OCUPACIÓN DE CALLE LAS CRUCES. EXP. 68/2017.


regulación prevista para supuestos de actuación sistemática por reparcelación, al no existir delimitación de área de reparto equitativo de beneficios y cargas en el planeamiento general, y no ser posible la firma de un convenio urbanístico para la obtención de dichos terrenos. Considerando por tanto que concurre una situación de necesidad de urgente adquisición, puesto que el Ayuntamiento tiene que conceder a favor del titular de la finca contigua de forma inminente la correspondiente licencia como acto reglado y se encuentra, por otra parte, constreñido con la emisión de un acto declarativo de derechos por la resolución de alineación que obliga a ocupar una parte de terreno que no es propiedad del solicitante de licencia y que el Ayuntamiento no ha obtenido para su destino a vial conforme establece el artículo 143 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla–La Mancha, que establece, entre los supuestos expropiatorios, aquel que supone el destino de los terrenos, por su calificación urbanística, al dominio público de uso o servicio público, siempre que deban ser adquiridos forzosamente por la Administración actuante, bien por no ser objeto del deber legal de cesión obligatoria y gratuita, bien por existir, en todo caso, necesidad urgente de anticipar su adquisición. Considerando que la inminencia de la presentación de proyecto de obra mayor por el propietario de la finca 6846405VJ5964N0001HF sin que previamente se haya producido la obtención de los terrenos, le puede deparar perjuicios a dicho propietario por la imposibilidad de cumplimiento de la alineación y de la ejecución de dicha obra de inmediata proyección, con el consecuente perjuicio a las arcas municipales y consecuentemente al interés general materializado por lo demás en la propia actividad urbanística, lo que determina la concurrencia de motivos excepcionales de interés público. Por todo lo anterior, se considera necesario proceder a la expropiación por el procedimiento de urgencia de los bienes siguientes:

Ambas parcelas se encuentran en situación de fuera de ordenación por encontrarse “ocupando” parcialmente SUELO DESTINADO A VIALES POR EL PLANEAMIENTO, en concreto por una calle de nueva apertura que discurre en paralelo a “La Zanja”. Las fincas y superficies afectadas son las siguientes Parcela

Superficie ORIGEN (m2s)

6846405VJ5964N0001HF 312,00 6846404VJ5964N0001UF 374,26 TOTAL

Superficie RESULTADO (m2s) 302.42 136,00

Superficie CESIÓN destinada VIARIO calle CRUCES (m2s) 15,84 238,26 254,10

Descripción gráfica de los bienes de necesaria ocupación (AMARILLO):

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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RELACIÓN DE BIENES DE NECESARIA OCUPACIÓN


DATOS CATASTRALES: Localización: Calle Escuelas 1 Suelo Superficie de parcela:312 m2 Superficie construida: 0 m2 Uso: Sin edificar Año de construcción: DATOS REGISTRALES: Nota simple Finca de Tembleque nº 15867 Código registral unido: 45003000721626 Naturaleza: URBANA: SOLAR CERCADO Vía Pública: Calle Las Escuelas Número: 1 Superficie terreno: 312 metros cuadrados. Ref. Catastral: 6846405VJ5964N0001HF Propietario/s: NIF Revuelta Fernández, Ramón 70.322515S

Titularidades Pleno dominio en gananciales

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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2.1. Finca con ref catastral 6846405VJ5964N0001HF (Parcial 15,84 m2)


Rodelgo Perales, María Carmen

03.786.905R Pleno dominio en gananciales

2.2 Finca con ref. catastral: 6846404VJ5964N0001UF. (parcial 238,26 m2) DATOS CATASTRALES: Localización: Calle Las Escuelas 1(b) suelo Superficie de parcela: 394 m2 Superficie construida:0 m2 Uso: Sin edificar Año de construcción: Sin edificar DATOS REGISTRALES: Nota simple Finca de Tembleque nº7749 Código registral unido: 45003000305147 Naturaleza: URBANA: QUIÑÓN Vía Pública: Calle Escuelas Número: 13 Superficie terreno: 787 metros cuadrados. Ref. Catastral: Propietario/s: NIF Valle Vizcaíno, Pilar 70.310919B Valle Vizcaíno, Isabel 70.322465B Valle Vizcaíno, Felix 03.804.743Z

Titularidades 1/3 del pleno dominio. 1/3 del pleno dominio. 1/3 del pleno dominio.

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Descripción: SOLAR cercado, en la calle ESCUELAS, número uno, en la población de Tembleque, con una superficie según el Catastro de trescientos doce metros cuadrados. Linda: Derecha entrando, la finca segregada anteriormente; izquierda, Pilar del Valle Vizcaíno; fondo, Luis Toribio Pallarés y Pilar del Valle Vizcaíno y frente, calle de su situación.


Descripción: QUIÑÓN de murallas, llamado La Pescadería, en la calle Escuelas, número 13, en la población de Tembleque, con una superficie de siete áreas y ochenta y siete centiáreas. Linda al norte o derecha entrando, corral de Maurilio García; este o frente, la calle donde está situado; sur o izquierda, La Zanja y oeste. Herederos de Agustín Toribio Patiño. Título Finca inscrita al tomo 307, libro 75, folio 141 vtº, finca 7.749, inscripción 6ª. Descripción: Mitad indivisa con Don Alejandro Vizcaino Olmos, de un quiñón cercado de murallas llamado la Pescadería, de caber aproximadamente ochenta estadales o siete áreas y ochenta y siete centiáreas. Lida al Norte, corral de Maurilio García, antes de Matilde Oliveros; Este, la Ronda de la villa;Sur, la Zanja y Oeste, Nicasio Marín, hoy Agustín Toribio Patiño. A los efectos del informe de los servicios técnicos, se ha considerado la medición real sobre el terreno realizada por los servicios técnico del Ayuntamiento en su día, que en principio contaba con la conformidad de la otra parte y que se anexa al final del informe.

Visto el informe de Secretaría de fecha 5 de mayo de 2017, en el que se indicaba la legislación aplicable y el procedimiento a seguir para llevar a cabo la mencionada expropiación, que se da aquí por íntegramente reproducido por constar en el expediente y se acepta en el presente como motivación por remisión a informes a tenor de lo dispuesto por el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Superficie de parcela: 374,26 m2 Superficie construida:0 m2


reiterada Jurisprudencia dictada en aplicación de su precedente normativo (art. 89.5 de la Ley 30/92, con idéntica redacción). Visto el informe de los Servicios Técnicos de fecha 8 de mayo de 2017, en el que se incluía la relación de propietarios y fincas que habrán de ser objeto de la expropiación forzosa, así como la valoración de los bienes y derechos a expropiar, ello de forma absolutamente detallada conforme a las prescripciones legales, y que asimismo se da por íntegramente reproducido y se acepta como motivación técnica por remisión a informes en los términos precitados. Visto el informe de la Intervención en el que quedaba constancia de la oportuna retención de crédito por el importe a que ascendería el justiprecio. Visto el Informe de Secretaría de fecha 5 de mayo de 2017 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.4 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, el Pleno a propuesta de la Comisión Informativa Mixta, adopta el siguiente ACUERDO

SEGUNDO. Hacer pública la relación de bienes o derechos junto con los nombres de los propietarios o de sus representantes y abrir trámite de información pública, por plazo de un mes, mediante anuncios en el Diario Oficial de Castilla La Mancha y en un períodico de los de mayor circulación en la provincia. Los anuncios se expondrán también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, como administración actuante. Así mismo se notificarán las tasaciones de bienes o derechos individualmente a las personas que aparezcan como titulares en el expediente, mediante traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la notificación, a fin de que los titulares de derechos afectados por la expropiación puedan presentar cuantos datos pudieran permitir la rectificación de errores padecidos en la referida relación, u oponerse motivadamente a la ocupación de aquellos, conforme al artículo 192.2, 3 y 4 del Decreto 29/2011, de 19 de Abril. TERCERO. Informadas las alegaciones, se someterá el expediente a la aprobación de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Toledo, conforme al artículo 192.6 del Decreto 29/2011, de 19 de Abril para su aprobación, en su caso, por dicho organismo, con los efectos previstos en el artículo 193 del Decreto 29/2011, de 19 de Abril. Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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PRIMERO. Aprobar inicialmente la relación, obrante en el expediente, de los fincas cuya ocupación o disposición se consideran necesarias a los efectos de expropiación forzosa, por el procedimiento de urgencia regulado en el artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre Expropiación Forzosa, en relación con el artículo 192 del Decreto 29/2011, de 19 de abril de 2011, por el que se aprueba el Reglamento de la Actividad de Ejecución del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. En la relación se expresa, junto con el estado material y jurídico de cada uno de los bienes o derechos, los nombres de los propietarios o de sus representantes.


Sometido a votación se aprueba por seis votos a favor y tres abstenciones, con la ausencia de Eugenio Ariza Bueno, aprobar el dictamen de la Comisión Informativa Mixta, con el siguiente detalle de votación: Miembros Jesús Fernández Clemente (PSOE) María del Mar Muñoz Cereceda (PSOE) Luisa Vega García (PSOE) Mercedes Cebrián Mercado (PSOE) X Javier Romero Fernández (PSOE) Javier Martín Morales (PSOE) Alicia Mejías Romero (PSOE) Alfonsa Fernández Pinardo (PP) José Manuel Chozas Bueno (PP) Miguel Ángel López Fernández (PP) Eugenio Ariza Bueno (C´s) X TOTAL PRESENTES 9 Lo que constituye Mayoría simple

FAVOR AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE MIEMBROS (6 ) FAVOR X M absoluta Nº LEGAL

CONTRA

ABST

X X X ( 0 ) CONTRA ( 3 ) ABST Unanimidad de presentes

El Alcalde contesta que el expediente no está precipitado y que un vecino le pide información de un terreno, el Alcalde reconoce que se puede equivocar, pero el vecino, vino al Ayuntamiento y solicitó y se le concedió una alineación conforme a nuestras Normas Subsidiarias. Esto lo que va a provocar es que ahora cada vez que el Ayuntamiento quiera abrir una calle nueva, tenga que pagar por esos terrenos. Reitera que además no ha sido precipitado porque se han establecido negociaciones pero no se ha llegado a solución porque al final no podía dar a los propietarios lo que pedían porque tenía informes en otro sentido. El Alcalde añade que ahora se abre un período de alegaciones que habrá que informar y que lo que valdrá será al final lo que diga el Jurado Regional de Valoraciones, valoración que por otra parte nos vendrá bien, porque nos dará una referencia de valoración para las próximas calles que se van a tener que abrir. Reitera que no ve que exista otra solución diferente a la expropiación. Miguel Ángel López Fernández indica que en adelante el terreno se va a pagar y pregunta que solución se va a dar a los demás propietarios de la calle.

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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INTERVENCIONES Miguel Ángel López Fernández indica que el grupo municipal popular se va a abstener porque entienden que todo esto se ha generado debido a la imprudencia e incompetencia del Sr. Alcalde que facilitó una información errónea al comprador de una parcela. Añade el portavoz del grupo popular que ahora todos vamos a pagar el tema, el Ayuntamiento y también los vecinos del municipio Eugenio Ariza Bueno, portavoz del grupo municipal Ciudadanos, indica que va a abandonar la sesión durante el debate y votación de este punto, por la condición de interesado en el expediente de su cónyuge y se levanta de su puesto en el Pleno para sentarse entre el público.


El Alcalde contesta que se vería caso por caso, dado que habrá supuestos en los que el propietario gane edificabilidad con la apertura de la calle y no haya que indemnizar y en otros casos sí, aunque indica que casos como éste hay pocos. Lo normal es que los vecinos cuando se llegue al caso ganen en edificabilidad. TERCERO.- APROBACIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2016. Considerando la formada Cuenta General del ejercicio 2016, junto con toda su documentación anexa a la misma, según la legislación vigente. Considerando el informe de Intervención de fecha 1 de marzo de 2017 emitido sobre ella y el Dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas de fecha de 28 de marzo de 2017. Considerando que la misma se expuso al público mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo de 7 de Abril de 2017 para que pudieran presentarse reclamaciones, reparos u observaciones, y que NO se han presentado reclamaciones, observaciones ni sugerencias, según consta en el certificado de Secretaría. Realizada la tramitación legalmente establecida, el Pleno de la Corporación, a propuesta de la Comisión informativa Mixta, adopta el siguiente ACUERDO

SEGUNDO. Remitir la Cuenta General aprobada junto con toda la documentación que la integra a la fiscalización del Tribunal de Cuentas, tal y como se establece en el artículo 212.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y, en cumplimiento de los mandatos de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y demás normativa concordante, al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Sometido a votación se acuerda por seis votos a favor, tres en contra y con una abstención, aprobar el dictamen de la Comisión Informativa Mixta, con el siguiente detalle de votación: Miembros Jesús Fernández Clemente (PSOE) María del Mar Muñoz Cereceda (PSOE) Luisa Vega García (PSOE) Mercedes Cebrián Mercado (PSOE) Javier Romero Fernández (PSOE) Javier Martín Morales (PSOE) Alicia Mejías Romero (PSOE) Alfonsa Fernández Pinardo (PP) José Manuel Chozas Bueno (PP) Miguel Ángel López Fernández (PP) Eugenio Ariza Bueno (C´s) TOTAL PRESENTES

X

10

AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE MIEMBROS

FAVOR X X X

CONTRA

ABST

X X X X X X (6 ) FAVOR

( 3 ) CONTRA

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

X ( 1 ) ABST

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PRIMERO. Aprobar la Cuenta General de la Entidad correspondiente al ejercicio 2016.


Lo que constituye

Mayoría simple

X

M absoluta Nº LEGAL

Unanimidad de presentes

INTERVENCIONES

No hay intervenciones. CUARTO.- DESESTIMACIÓN DE LA SOLICITUD DE REVISIÓN DE OFICIO DEL PROCESO SELECTIVO DE PRIS 2015 A SOLICITUD DE DÑA. MARTA BEATO NOVILLO. Con fecha de 27 de Abril de 2017, ha tenido entrada en este Ayuntamiento Dictamen emitido por el Consejo Consultivo de Castilla – La Mancha ante el expediente de revisión de oficio instado por Dña. Marta Beato Novillo, sobre la Resolución de Alcaldía de fecha de 31 de Julio de 2015.

Indica el dictamen en su página 18 penúltimo párrafo que << no obstante y con independencia de una u otra calificación, lo cierto es que la interposición en plazo por la interesada de un recurso frente al acto del cual insta posteriormente su revisión hace que se incumpla el requisito exigido por el artículo 102 de la citada LRJPAC, referido a que se trate de actos que “hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido recurridos en plazo”. Además la resolución del mencionado recurso, una vez notificada a la interesada lo que se llevó a efecto el día 24 de septiembre de 2015, le dejaba expedita la vía contencioso administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, y conforme al plazo previsto en su artículo 46.1. Sin embargo en lugar de acudir a ella en defensa de sus intereses y derechos supuestamente vulnerados, dejó transcurrir los plazos para solicitar de la Administración, transcurridos más de cuatro meses desde la citada notificación, la iniciación de un procedimiento de revisión de oficio que tiene en definitiva y aún cuando ahora se invoquen concretas causas de nulidad, el mismo objeto que su recurso, esto es, que se revise la puntuación que se le asignó en fase de concurso declarándose la nulidad de la propuesta formulada y de la adjudicación del puesto. (..) En suma, en tanto en cuanto el acto cuya nulidad se pretende fue objeto de recurso en vía administrativa por parte de la interesada, recurso que fue Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Dicho dictamen establece literalmente: ” Que procede informar desfavorablemente la revisión de oficio de la Resolución del Alcalde del Ayuntamiento de Tembleque (Toledo) de fecha 31 de Julio de 2015, por la que se formuló propuesta de contratación para cubrir la plaza de Coordinador del Programa Regional de Integración Social, toda vez que no se dan los requisitos necesarios para posibilitar la tramitación de tal clase de procedimiento.”


debidamente resulto por la Corporación Local, y puesto que aquélla en lugar de acudir a la vía jurisdiccional dejó transcurrir los plazos para instar por la excepcional vía de la revisión de oficio la misma pretensión de la que fue objeto su recurso, ha de concluirse que no concurren las circunstancias exigidas para la viabilidad de la revisión de oficio pretendida por la interesada, lo que a su vez imposibilita cualquier pronunciamiento sobre la eventual concurrencia de los motivos de nulidad invocados.>> Sometido a votación se acuerda por mayoría absoluta del número legal de los miembros de la Corporación, aprobar el dictamen de la Comisión Informativa Mixta siguiente, con el siguiente detalle de votación: 1º.- Desestimar la solicitud de revisión de oficio y declarar la Resolución de 31 de Julio de 2015 ajustada a derecho conforme al Dictamen preceptivo y vinculante emitido por el Consejo Consultivo de Castilla La Mancha, contrario a la revisión de oficio de la citada Resolución. 2º.- Notificar a la interesada el presente acuerdo.

FAVOR AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE MIEMBROS (10 ) FAVOR X M absoluta Nº LEGAL

CONTRA

(

ABST

X ) CONTRA ( 1 ) ABST Unanimidad de presentes

INTERVENCIONES No hay intervenciones. QUINTO.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE RESIDENCIA DE ANCIANOS SAN BARTOLOMÉ.

GESTIÓN

DE

LA

Se somete a la consideración de la Comisión Informativa Mixta, la siguiente propuesta de acuerdo: PRIMERO. Con fecha 18 de Abril de 2017, se presentó solicitud relativa a la modificación del contrato de gestión de servicio público de Gestión de la Residencia de ancianos, en relación con la posibilidad de realizar una modificación en el contrato de gestión del servicio público de Gestión de la Residencia de ancianos, por razón de interés público, debido a las siguientes Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Miembros Jesús Fernández Clemente (PSOE) María del Mar Muñoz Cereceda (PSOE) Luisa Vega García (PSOE) Mercedes Cebrián Mercado (PSOE) Javier Romero Fernández (PSOE) Javier Martín Morales (PSOE) Alicia Mejías Romero (PSOE) Alfonsa Fernández Pinardo (PP) José Manuel Chozas Bueno (PP) Miguel Ángel López Fernández (PP) Eugenio Ariza Bueno (C´s) TOTAL PRESENTES 11 Lo que constituye Mayoría simple


Aumento de las necesidades de personal por aumento del número de residentes dependientes encamados. SEGUNDO. Con fecha 09/02/2016, se emitió informe-propuesta de Secretaría sobre la legislación aplicable al asunto y el procedimiento a seguir. TERCERO. Con fecha 10/02/2016, se emitió informe por Intervención sobre la parte económica y las repercusiones presupuestarias de la modificación. SÉPTIMO. Al tratarse de una modificación del contrato por importe inferior a 600.000 euros y que no supone una variación del precio primitivo del contrato al 10% del mismo no es preceptivo el Dictamen del Consejo Consultivo de Castilla La – Mancha. LEGISLACIÓN APLICABLE — Los artículos 110, 211, 219, 282 y la disposición adicional segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. — Los artículos 97 y 102 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Examinada la documentación que la acompaña, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, SE ACUERDA PRIMERO. Aprobar el expediente de modificación del contrato de gestión del servicio público de Gestión de la Residencia de ancianos, consistente en Modificación del precio del servicio. SEGUNDO. Modificar el Presupuesto de la Corporación para posibilitar la autorización y disposición del gasto de 10.255,62 euros con cargo a la aplicación del vigente Presupuesto General, 231/22799, ya que no existe consignación suficiente en la aplicación del Presupuesto del Ayuntamiento del presente ejercicio para afrontar los gastos que se prevén realizar en la partida Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno de la Corporación de conformidad con el artículo 110 y la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.


con la nueva disposición, correspondientes a la consideración del importe de la modificación del contrato, 20.511,27 euros, entre doce meses y por seis meses, considerando que el presente acuerdo se aplicará desde el mes de Junio de 2017, en la factura que se emita correspondiente a dicho mes, mediante la modificación del precio del servicio con la adición de un nuevo concepto en las facturas denominado, “Compensación al contratista por la contratación de un 7º Gerocultor sustituto vacaciones” por importe de 1.709,27 euros mensuales, debiendo justificar su contratación mediante copia del contrato y fotocopia del alta en la Seguridad Social. TERCERO. Se propone la modificación del Presupuesto mediante suplemento de crédito con cargo a baja de la partida 336/61900 por importe de 10.300 euros para la partida 231/22799. CUARTO. Notificar al adjudicatario del contrato, la presente Resolución, citarle para la formalización de la modificación del contrato que tendrá lugar en Tembleque, en un plazo máximo de tres días naturales desde su aprobación, en su caso, y requerirle para que proceda a la ampliación de la garantía definitiva por un importe de 512,78 euros. Sometido a votación se acuerda por unanimidad de los miembros presentes, aprobar el Dictamen de la Comisión informativa Mixta, con el siguiente detalle de votación: AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE AUSENTE MIEMBROS

FAVOR X X X X X X X X X X X (11) FAVOR M absoluta Nº LEGAL

CONTRA

ABST

( 0 ) CONTRA ( ) ABST X Unanimidad de presentes

INTERVENCIONES No hay intervenciones. SEXTO.- APROBACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA DELIMITACIÓN TERRITORIAL DEL AREA DE REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA (A.R.R.U.) EN EL MUNICIPIO DE TEMBLEQUE. Por el Sr. Alcalde, se somete a la consideración del Pleno de la Corporación, la propuesta de aprobación de la declaración administrativa referida al ámbito objeto de actuación del Área de Regeneración y Renovación Urbana (ARRU) en el municipio de Tembleque (Toledo). Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Miembros Jesús Fernández Clemente (PSOE) María del Mar Muñoz Cereceda (PSOE) Luisa Vega García (PSOE) Mercedes Cebrián Mercado (PSOE) Javier Romero Fernández (PSOE) Javier Martín Morales (PSOE) Alicia Mejías Romero (PSOE) Alfonsa Fernández Pinardo (PP) José Manuel Chozas Bueno (PP) Miguel Ángel López Fernández (PP) Eugenio Ariza Bueno (C´s) TOTAL PRESENTES 11 Lo que constituye Mayoría simple


Visto el Borrador RD Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, en su capítulo VIII se regula el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural, que tendrá como objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, de urbanización o reurbanización de espacios públicos y en su caso, de edificación de edificios o viviendas en sustitución de edificios o viviendas demolidos, dentro de ámbitos de actuación denominados área de regeneración y renovación urbana o rural previamente delimitados. Se establece en dicho borrador como requisito para el reconocimiento de las ayudas previstas en este programa, que esté previamente delimitado territorialmente por acuerdo de la Administración competente, del ámbito de regeneración y renovación urbana. Visto el acuerdo Plenario de 13 de enero de 2017 por el que aprobó el Proyecto de actuación de regeneración urbana integral redactado por D. Juan Antonio Hernández Benito que comprende varios ejes de actuación: 1. Mejora de barrios. 2. Regeneración de su centro histórico. 3. Renovación de áreas funcionalmente obsoletas. 4. Renovación de áreas para la sustitución de infravivienda. 5. Ecobarrios. 7. Proyecto social. Es por lo que propongo al Pleno de la Corporación: 1º.- Proceder a declarar administrativamente como Área de Regeneración y Renovación Urbana de esta localidad el ámbito de actuación representado gráficamente en el plano que se incorpora a continuación. 2º.- Remítase certificación del presente acuerdo a los efectos oportunos a la Dirección General de Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Fomento. Anexo al Acuerdo. Plano de la delimitación. Ver siguiente página.

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6. Zonas turísticas.


Ayuntamiento de Tembleque

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Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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Sometido a votación se acuerda por unanimidad de los miembros de la Corporación, aprobar la propuesta de Alcaldía, con el siguiente detalle de votación: Miembros Jesús Fernández Clemente (PSOE) María del Mar Muñoz Cereceda (PSOE) Luisa Vega García (PSOE) Mercedes Cebrián Mercado (PSOE) Javier Romero Fernández (PSOE) Javier Martín Morales (PSOE) Alicia Mejías Romero (PSOE) Alfonsa Fernández Pinardo (PP) José Manuel Chozas Bueno (PP) Miguel Ángel López Fernández (PP) Eugenio Ariza Bueno (C´s) TOTAL PRESENTES 11 Lo que constituye Mayoría simple

FAVOR CONTRA ABST AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X AUSENTE X MIEMBROS ( 11 ) FAVOR ( ) CONTRA ( ) ABST M absoluta Nº LEGAL X Unanimidad de presentes

INTERVENCIONES No hay intervenciones. Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión por el Sr. Alcalde, siendo las veintiuna horas del día de la fecha, con la salvedad del artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre. Vº Bº EL ALCALDE PRESIDENTE EL SECRETARIO INTERVENTOR Fdo. Jesús Fernández Clemente Fdo. D. Juan José de la Mata Posadilla Firmado electrónicamente

Ayuntamiento de Tembleque Plza. Mayor, 1. 45780 Toledo. Tfno. 925 145 261. Fax: 925 145 585

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