INCUMPLIMIENTO DE LA CUOTA GÉNERO EN PARTIDOS DE MEDELLÍN
DE
COMUNICADO PÚBLICO
La Corporación Para la Vida Mujeres que Crean, en su apuesta por la construcción de una sociedad democrática e incluyente que garantice la defensa, el ejercicio y la protección de los derechos humanos de las mujeres como ciudadanas plenas, está haciendo seguimiento a las elecciones que tanto en la ciudad de Medellín como en el departamento de Antioquia se realizarán el próximo 25 de octubre, esto en el marco del proceso electoral local y regional de 2015, prestando particular atención al cumplimiento del artículo 28 sobre la inscripción de candidatos y candidatas de la Ley 1475 de 2011 En este sentido y luego de revisar la documentación aportada por la Registraduría Nacional y de analizar el proceso de revocatoria de candidaturas y de listas efectuado por el Consejo Nacional ElectoralCNE, encontramos que la lista del partido Centro Democrático al Concejo de Medellín no cumple con la cuota de género. Cuenta con 16 candidatas y candidatos inscritos, de los cuales sólo el 12.5% son mujeres, es decir, sólo tiene dos candidatas. Este incumplimiento de la
cuota de género parte del Centro Democrático se ha explicado, en que dicho partido eligió sus candidaturas, por medio del mecanismo de consulta popular, acogiendo las excepcionalidades que establece la Ley 1475 respecto de los partidos que sometan a consulta popular la conformación de listas para cargos plurinominales, quienes no tienen que cumplir con dicha cuota de género, pues la conformación de la lista se somete a consideración del ciudadano, quien bajo su criterio y con su voto decidirá de qué modo queda conformada la lista. Consideramos que esta no puede ser una razón para justificar el incumplimiento, ya que dentro de dicha consulta, se pudieron haber tomado las medidas afirmativas necesarias para garantizar que el mecanismo utilizado para la configuración de las listas, permitiera mantener el cumplimiento con la cuota de género legalmente establecida. Al respecto, ni el Consejo Nacional Electoral, ni la Registraduría, se han pronunciado, anunciando el vacío que el artículo 28 de la Carrera 48 63A-60 Prado Centro - Teléfono: 2844079 E-mail: comunicaciones@mujeresquecrean.org Web: www.mujeresquecrean.org
reforma política deja, en su aplicación, procediendo a convocar a los partidos y movimientos políticos a resolver tal irregularidad hasta el 25 de septiembre y completar el 30% de cuota de género que establece la ley y así competir en los próximos comicios electorales.
Así las cosas, la Corporación Para la Vida Mujeres que Crean, como parte del movimiento social de mujeres, insiste en que el cumplimiento de la cuota de género tiene que exigirse a los partidos desde el momento de inscripción de la candidaturas, y no permitir que hasta un mes antes de realizar las votaciones se puedan ingresar mujeres, que por demás son elegidas sin que medie un proceso de formación política, de acompañamiento y de apoyo financiero, estratégico y organizativo. Estas mujeres además ingresan en desventaja con los demás candidatos que tuvieron suficiente tiempo para desarrollar sus campañas políticas. Del mismo modo, destacamos que este plazo para modificaciones no debería permitirse para el caso del incumplimiento en la cuota de género, pues es diametralmente diferente analizar la constitución de una inhabilidad o incompatibilidad de algún candidato o candidata que necesita de un proceso investigativo, a un hecho evidente y notorio como es el no contar con el número de mujeres
candidatas en las listas que obliga la ley, lo cual puede corroborarse y requerirse desde el mismo momento de la inscripción. En este sentido, el artículo 28 de la reforma política ley 1475 deja muchos espacios abiertos a la interpretación, en su implementación referente a la cuota de género, asunto que no permite la realización plena de los derechos implícitos en esta norma, en especial el derecho a la igualdad. Nos oponemos a la afirmación que realizan muchos partidos, afirmando que no logran convocar mujeres con aspiraciones políticas electorales para constituir sus listas, pues sabemos del gran número de mujeres que participan en los partidos, con evidente potencial para la política electoral en la ciudad y en el país. Lo cual, además, puede tener sustento en que al interior de los partidos no se está cumpliendo con la obligación legal de destinar un rubro específico para realizar procesos de formación y empoderamiento político para mujeres y jóvenes. De ahí que los partidos, presuntamente, no encuentren mujeres para candidatizarse. Por lo anterior exigimos que se tomen medidas frente a los partidos que no cumplieron con la cuota de género desde la fecha de inscripción, y se revoquen de plano las listas que al 25 de septiembre no hayan incorporado el número de mujeres que exige la ley.
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