Boletín Oficial Nº 36

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MUNICIPALIDAD de

BOLETÍN OFICIAL

Nº 36 14/11/2012

Año IV CREADO POR ORDENANZA Nº 71-08. Todas las publicaciones que se realizan en el presente Boletín Oficial, deben ser tenidas por auténticas y por consiguiente no necesitan ratificación alguna.

Autoridades

Sumario Ordenanzas Municipales Desde la 50-12 Hasta 77-12

PODER EJECUTIVO Intendente Municipal

LIC. MARIO RAMON VIALEY Secretaria de Gobierno DRA. CRISTINA MERENDA Secretaria de Hacienda CPN LILIANA M. STEIN Secretaria de Desarrollo Social NORMA RAQUEL PONCE Secretario de Desarrollo Urbano BENJAMIN ANDRUSESZEN Secretario de Producción JORGE R. LABACHUK PODER LEGISLATIVO HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Presidente TEC. CARLOS MARIA LOSADA Concejales CPN JAVIER LEONARDO SAFRÁN SRA. MARIA DE LOS A. GARRIDO SR. ELIAS FERNADO OSTAFCHUK AGR. OSVALDO SZKROMEDA

...................................................... Pag. 1 - 10

Cuadro de Percepción de Recursos 01/01/2012 hasta 30/09/2012 ........................................................ Pag. 11 y 12

Balance de Sumas y Saldos 01/01/2012 hasta 30/09/2012 .................................................... Pag. 13 - 27

Cuadro de Ejecución Presupuestaria 01/01/12 hasta 30/09/2012 ................................................... Pag. 28 - 41

Confeccionado por: SECRETARÍA DE GOBIERNO MUNICIPALIDAD DE APOSTOLES

Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles Capital Nacional de la Yerba Mate - Ciudad de las Flores Juan de San Martín 70 - CP (3350) Tel./Fax: (03758) 422194 / 423040 Email: info@apostoles.gov.ar Web: www.apostoles.gov.ar Apóstoles - Misiones - República Argentina



Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.ORDENANZA Nº 50-12 Artículo 1º: IMPONESE el nombre “IRENE DENISE QUATRIN” a la Escuela Municipal de Patín Artístico dependiente de la DIRECCION DE DEPORTES de la MUNICIPALIDAD DE APOSTOLES, por las motivaciones descriptas precedentemente.Artículo 2º: ESTABLECESE que el DEM a través de la Dirección correspondiente efectúe un sencillo acto de imposición del referido nombre y se coloque la cartelería según lo determinado en el Artículo 1º.Artículo 3º: REFRENDARA la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 4º: REGISTRESE, Comuníquese, ELEVESE copia al EJECUTIVO MUNICIPAL, Cultura Municipal, Remítase copia a la ESCUELA MUNICIPAL DE PATIN, al Colegio LA INMACULADA y a los padres de la referida joven, CUMPLIDO ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 15 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 19-12.Apóstoles. Misiones, 16 de Agosto de 2012.ORDENANZA Nº 51-12 Artículo 1º: FIJASE a partir del día de la fecha, los montos máximos para los siguientes conceptos: Fondo Ayudas Económicas $ 3.500 (Pesos: Tres Mil Quinientos).Destinado a brindar ayudas económicas en efectivo a personas de escasos recursos económicos a través de la Secretaría de Desarrollo Municipal. Artículo 2º: FIJASE a partir del día de la fecha, los montos máximos mensuales para AYUDAS ECONÓMICAS, de acuerdo al siguiente detalle: AYUDAS ECONÓMICAS: •En efectivo y por persona hasta la suma de $ 500,00 (Pesos: Quinientos).•En especias (Chapas, medicamentos, pasajes, alimentos, y otros) hasta la suma de $4.000,00 (Pesos: Cuatro Mil.) por persona•Casos excepcionales como ser: Enfermedades graves que requieran tratamientos especializados (previa presentación de Historia Clínica), Accidentes, traslados de enfermos, prótesis, etc. Hasta la suma de $ 5.000 (Pesos Cinco Mil.) por persona CORTES DE MADERA: Se otorgarán a personas de escasos recursos económicos, que no posean viviendas, que habitan viviendas precarias a orillas de calles o en calles que deban habilitarse o que hayan sido destruidas por accidentes (fenómenos meteorológicos, incendios, relocalización, etc.) siempre y cuando posean terrenos propios o cedidos por la Municipalidad, hasta la suma de $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil) por persona.Artículo 3º: FACULTASE al Ejecutivo Municipal a abonar los montos que considera conveniente hasta los máximos fijados en la presente Ordenanza.Artículo 4º: REFRENDARA la presente el Sr. Secretario del HCD de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 5º: REGÍSTRESE, Comuníquese y Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 15 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 19-12.Apóstoles. Misiones, 16 de Agosto de 2012 ORDENANZA Nº 52-12 Artículo 1º:APRUEBASE el Cronograma de las Actividades del Honorable Concejo Deliberante Estudiantil, dictado conforme los alcances de la Ordenanza Nº 18-08, que constituye el ANEXO I de la presente, por las motivaciones descriptas precedentemente.Artículo 2º: ESTABLECESE que el DEM a través de la Dirección de Juventud arbitre las acciones organizativas pertinentes para la concreción de la EDICION 2012 de este Evento.Artículo 3º: REFRENDARA la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles.-

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.Artículo 4º: REGISTRESE, Comuníquese, ELEVESE copia al EJECUTIVO MUNICIPAL, CUMPLIDO ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 15 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 19-12.Apóstoles. Misiones, 16 de Agosto de 2012 ORDENANZA Nº 53-12 Artículo 1º: APRUEBESE en todas sus partes el Convenio de Cooperación firmado entre Ministerio de Cultura, Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Misiones y la Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles de Provisión de Insumos para Instalaciones Escolares por los motivos expuestos en los considerandos. Artículo 2º: REFRENDARA la presente el Sr. Secretario del HCD de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 3º: REGÍSTRESE, Comuníquese y Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 22 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 20-12.Apóstoles. Misiones, 23 de Agosto de 2012 ORDENANZA Nº 54-12 Articulo 1º.- INVITESE a los supermercados, almacenes y comercios de todo tipo al reemplazo de carácter gradual y progresivo de las bolsas de plástico no biodegradable por otros materiales biodegradables u otros elementos menos impactantes en el medio ambiente. Articulo 2º - IMPLEMENTESE a través de la Dirección de Medio Ambiente Municipal las tareas de difusión pública y concientización en los Establecimientos Educativos de nuestra ciudad sobre las ventajas del uso de materiales biodegradables Artículo 3º: -REFRENDARÁ la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles. Artículo 4º:- REGISTRESE, Comuníquese,Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, PUBLIQUESE en el BOLETIN OFICIAL DE APOSTOLES, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 22 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 20-12.Apóstoles. Misiones, 23 de Agosto de 2012. ORDENANZA Nº 55-12 Artículo 1º: APRUÉBASE en todas sus partes el Listado de Personas de las diversas Colectividades, que recibirán la Distinción respectiva en Acto Conmemorativo del 27 de Agosto , que constituye el ANEXO I de la presente, recordando un Aniversario más de la Llegada de los Primeros Colonos a estas Tierras Artículo 1º: APRUÉBASE en todas sus partes el Listado de Personas de las diversas Colectividades, que recibirán la Distinción respectiva en Acto Conmemorativo del 27 de Agosto , que constituye el ANEXO I de la presente, recordando un Aniversario más de la Llegada de los Primeros Colonos a estas Tierras Artículo 2°: DISPONESE que los detalles organizativos del Acto de Entrega quedarán a cargo de la DIRECCIÓN MUNICIPAL DE CULTURA.Articulo 3º: REFRENDARA la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 4°. REGÍSTRESE, Comuníquese, REMITASE copia a la Dirección Municipal de Cultura de Apóstoles v Cumplido ARCHIVESEDADO EN LA SALA DE 'SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE .APÓSTOLES EL DÍA 22 DE AGOSTO DE 2.012.EN SESIÓN ORDINARIA N° 20/12. Apóstoles, Mnes - 23 de Agosto de 2.012.

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.ORDENANZA Nº 56-12 Artículo 1º: APRUEBASE en todas sus partes el contrato de Comodato de Inmueble de fecha 17 de agosto de 2012 firmado por el Director General de Geología y Minería de la Provincia de Misiones en nombre y representación de la Persona Jurídica denominada Industrial y Minera Misionera Sociedad Anónima con la Municipalidad de Apóstoles de los inmuebles inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Misiones en el Folio Real Matricula 1585 y 4683, propiedad de la cedente y por el término de cincuenta (50) años. Artículo 2º: REFRENDARA la presente el Sr. Secretario del HCD de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 3º: REGÍSTRESE, Comuníquese y Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 22 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 20-12.Apóstoles. Misiones, 23 de Agosto de 2012.ORDENANZA Nº 57-12 Artículo 1º: MODIFICASE el artículo 12 de la Ordenanza 82/01 el que quedará redactado de la siguiente manera: Serán Autoridades de Aplicación de la presente Ordenanza el Departamento de Control Sanitario y la Dirección de Ambiente Municipales, ambas dependientes de la Secretaría de Gobierno y Comunicación, quienes trabajarán de manera coordinada entre si y con las demás dependencias municipales para el logro de los objetivos fijados. Articulo 2º: MODIFICASE el artículo 13 de la Ordenanza 82/01 el que quedará redactado de la siguiente manera: El Departamento de Control Sanitario y la Dirección de Ambiente Municipal podrán practicar las inspecciones necesarias, de oficio o por denuncia, para verificar que los generadores de residuos patogénicos cumplan con lo requerido en la presente norma, pudiendo actuar ambos de manera conjunta o separadamente. Asimismo, se encuentran facultadas a labrar las actas de comprobación a los presuntos infractores, con remisión al Juzgado de Faltas Municipal para el juzgamiento de las mismas. Artículo 3º: REFRENDARA la presente el Sr. Secretario del HCD de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 4º: REGÍSTRESE, Comuníquese y Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 29 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 21-12.Apóstoles. Misiones, 30 de Agosto de 2012.ORDENANZA Nº 58-12 ARTICULO 1º: APRUEBASE el Convenio Complementario N° 1 del Convenio N° 1834 de Empedrado. Cordones Cunetas y Badenes equivalente a 20 cuadras en "Nexo Vial de Acceso a la “Cachuera" por la suma de $ 337.229,00. ARTICULO 2º: Incorpórese al Cálculo de Recursos del presente ejercicio en la partida 1.1.02.03.62.00.00 Aportes no Reintegrables Ingreso Nexo Vial de Acceso a la Cachuera, por la suma de $ 337.229.00. ARTICULO 3º: Incorpórese al Presupuesto de Gastos del Presente Ejercicio en la partida 2.2.01.02.06.38.00 Obras Públicas Obras por Convenio "Convenio Nexo Vial de Acceso La Cachuera por la suma de $ 337.229.00. ARTICULO 4º: REFRENDARA la presente la Sra Secretaria del HCD de Apóstoles.ARTICULO 5º: Regístrese, Comuníquese y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 29 DE AGOSTO DE 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 21-12.Apóstoles, Mnes, 30 de Agosto del 2012.ORDENANZA Nº 59-12 ARTICULO 1º: DEROGASE del Art. 5º de la Ordenanza Nº 74-09, la siguiente sección: “(…)siendo a partir de la presente la Calle Sabín de doble sentido de circulación en su tramo desde Lavalle hasta LAS HERAS”, por las motivaciones precedentemente descriptas.-

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.Artículo 2º:REFRENDARA la presente la Sra Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de Apóstoles.Artículo 3º: REGISTRESE, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, Dirección de TRANSITO, Publíquese en el BOLETIN OFICIAL DE APOSTOLES, DESE a Publicidad, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 05 DE SEPTIEMBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 22-12.Apóstoles, Mnes, 06 de Septiembre de 2012.ORDENANZA Nº 60-12 ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Titular del DEM, LIC. MARIO RAMON VIALEY, a la firma del CONVENIO MARCO DE PASANTIAS EDUCATIVAS, entre la Municipalidad de Apóstoles y el Instituto de Alto Rendimiento “SAN AGUSTIN” Código Nº 0106, para su posterior implementación, conforme al Expte Nº 200-12.ARTICULO 2º: REFRENDARÁ la presente la Señora Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.ARTICULO 3º: REGISTRESE, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, REMITASE copia al Instituto de Alto Rendimiento SAN AGUSTIN, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE APÓSTOLES EN SESION ORDINARIA Nº 22-12 del 05 de Septiembre de 2.012.APOSTOLES, Mnes, 06 de Septiembre de 2.012.ORDENANZA Nº 61-12 ARTICULO 1º: APRUÉBASE el Convenio Específico "Programa Federal de Integración Sociocomunitaria" Viviendas nuevas firmado entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios; el Iprodha y las Municipalidades de Campo Viera, Campo Grande, Leandro N. Alem y Apóstoles.ARTICULO 2º: APRUÉBASE la Construcción para el Municipio de Apóstoles de 18 viviendas en el marco del convenio mencionado en el artículo anterior.ARTICULO 3º: INCORPÓRASE al Cálculo de Recursos del presente ejercicio en la partida 1.1.02.03.74.00.00 Aportes no Reintegrables Ingreso 18 Viviendas ACU N° 1116/12. por la suma $ 2.882.202 (Pesos: Dos millones ochocientos ochenta y dos mil doscientos dos).ARTICULO 4º: INCORPÓRASE al Presupuesto de Gastos del Presente Ejercicio en la partida 2.2.04.21.00.00 "Convenio 18 Viviendas ACU 1116/12 "por la suma de $ 2.882.202 (Pesos: Dos millones ochocientos ochenta y dos mil doscientos dos.).ARTICULO 5º: REGÍSTRESE, Comuníquese y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 05 DE SEPTIEMBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 22-12.Apóstoles, Mnes, 06 de Septiembre del 2012 ORDENANZA Nº 62-12 ARTÍCULO 1º: IMPLEMENTESE en el ámbito del Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales un sistema de archivo en formato digital, para todos los documentos inherentes a las liquidaciones de haberes del personal municipal. ARTICULO 2º: RECONÓCESE como válidos los archivos digitalizados por el Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales desde el 17 de mayo de 2012. ARTÍCULO 3º: DETERMÍNASE que la resolución mínima de los archivos digitalizados será de 200 puntos por pulgada y color de 24 bits. ARTÍCULO 4º: ESTABLÉCESE la impresión de los recibos de haberes en una copia original, destinados a los agentes municipales, los que deberán ser firmados por el Intendente, Secretaria de Gobierno y Comunicación y/o Secretaria de Hacienda en funciones, y digitalizados por parte del personal perteneciente al Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales, para su

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.posterior distribución a los empleados sin constancia de recepción. ARTÍCULO 5º: ESTABLÉCESE la impresión de un ejemplar del libro de sueldos correspondiente a cada liquidación de haberes, el que deberá ser firmado por el Jefe y/o Encargado del Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales, y digitalizado por parte del personal de dicho Departamento, para su posterior entrega al Departamento de Tesorería. ARTÍCULO 6º: RECONÓCESE como válida toda copia del recibo o libro de sueldos que haya sido digitalizado desde su original, y sea certificado como “copia fiel del original” por el Intendente, Secretaria de Gobierno y Comunicación, Secretaria de Hacienda, Jefe y/o Encargado de Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales. ARTÍCULO 7º: ESTABLÉCESE que el Departamento de Sistemas tendrá a su cargo el resguardo periódico de la información digitalizada. ARTÍCULO 8º: ELIMÍNASE la impresión de recibos de haberes duplicados para el empleador. ARTÍCULO 9º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante. ARTÍCULO 10º: REGISTRESE. Comuníquese, REMITASE copia al DEM, Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 05 DE SEPTIEMBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 22-12.Apóstoles, Mnes, 06 de Septiembre de 2012.ORDENANZA Nº 63-12 ARTÍCULO 1º: ESTABLÉCESE que serán conservados en forma permanente en los respectivos legajos de personal, los siguientes antecedentes: •Documentación personal exigida o generada con motivo del ingreso como dependiente. •Documentación personal del grupo familiar primario del agente. •Documentación que establezca o modifique: el estado contractual del empleado, su categoría dentro del escalafón Municipal, los adicionales otorgados con motivo de su desempeño, el lugar de desempeño de sus funciones. •Sumarios, medidas disciplinarias. •Licencias sin goce de haberes, reincorporaciones. •Licencias gremiales o sindicales. •Certificaciones de servicios. •Licencias por enfermedad de largo tratamiento. •Denuncias, rechazos, reaperturas o notificaciones con motivo de accidentes de trabajo. ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que serán conservados por un plazo de 3 (tres) años en los respectivos legajos de personal, los siguientes antecedentes: •Licencias médicas, que no sean de largo tratamiento •Licencias ordinarias. •Ausencias justificadas por razones particulares, autorizadas en el (Art.77º de la Ordenanza 37-86).ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE que el Jefe de Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales determinará, observando los Artículos 1º y 2º, y en un sentido más amplio considerando la relevancia para el sector, los documentos en condiciones de expurgo presentes en los legajos de personal. ARTÍCULO 4º: AUTORÍZACE al Jefe de Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales a destruir convenientemente los documentos referidos en el Artículo 3º, creando un archivo con registro de los siguientes campos: legajo, nombre, tipo de documento, fecha de expurgo, observaciones. ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante. ARTÍCULO 6º: REGISTRESE. Comuníquese, REMITASE copia al DEM, Departamento de Liquidación de Haberes y Cargas Sociales, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 05 DE SEPTIEMBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 22-12.Apóstoles, Mnes, 06 de Septiembre de 2012.-

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.ORDENANZA Nº 64-12 Artículo 1º: APRUÉBESE la implementación del Plan de Acciones de entrenamiento para el trabajo Líneas de Entrenamiento en el Sector Publico dentro del ámbito de la Municipalidad de Apóstoles, conforme al Protocolo Adicional Nº 4/11 al Convenio Nº 55/08 y la resolución Nº 905/10 del MTEySS . Artículo 2º: INCREMENTESE al Cálculo de Recursos del presente ejercicio, en la partida de coparticipación la suma de Pesos Cinco Mil Novecientos Ochenta y Cinco ($ 5.985,00) Artículo 3º: INCREMENTESE al presupuesto de Gastos del presente ejercicio la suma de Pesos Cinco Mil Novecientos Ochenta y Cinco ($ 5.985,00) en la partida 02.01.01.04.06.00.00 Seguros y Comisiones. Artículo 4º: PREVÉASE el saldo restante, la suma de Pesos Cinco Mil Novecientos Ochenta y Cinco ($ 5.985,00) en el presupuesto para el ejercicio 2013. Artículo 5º: REGISTRESE, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, PUBLIQUESE en el BOLETIN OFICIAL DE APOSTOLES, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE APOSTOLES, EL DIA 12 de Septiembre de 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 23-12.Apóstoles, Misiones, 13 de Septiembre de 2.012.ORDENANZA Nº 65-12 Articulo 1º. ESTABLECESE que se autoriza la venta de vehículos y planes de ahorro en plazoletas y/o lugares públicos de la ciudad a comercios del rubro inscriptos como tales en la Municipalidad de Apóstoles.Articulo 2º - DETERMINASE que los mencionados expositores deberán identificar la exposición con algún elemento (banner, bandera, etc) el nombre de la firma local que expone.Artículo 3º: - MODIFIQUESE el 5º párrafo del art. 32 de la ordenanza Nº 80/11, el cual quedara expresado de la siguiente manera “Los expositores con fines publicitarios realizados en plazas, plazoletas y/o cualquier lugar público deberá contar con aprobación municipal y cumplir con lo establecido en la ordenanza Nº 65-12 y abonar por día 10 UF si no utiliza electricidad del alumbrado público y 20 UF si utiliza. En caso de venta de vehículos o planes de ahorro de los mismos la tasa será de 85 UF si no utiliza el alumbrado público y 100 UF si lo utiliza.Artículo 4º: REFRENDARA la presente la Sra. Secretaria del HCD de Apóstoles.Artículo 5º: -REGISTRESE, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, PUBLIQUESE en el BOLETIN OFICIAL DE APOSTOLES, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE APOSTOLES, EL DIA 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2012, EN SESION ORDINARIA Nº 23-12.Apóstoles, Mnes, 13 de Septiembre de 2012 ORDENANZA Nº 66-12 Artículo 1º: AUTORIZASE al titular del Ejecutivo Municipal a realizar la donación de los inmuebles identificados como lotes 2D, 2E y 2H provenientes de la mensura particular con unificación y fraccionamiento de los lotes 2A, 2B y 2C, subdivisión del Lote 2, Mitad Nord-Oeste y Sud-Este, Fracciones “a” y “b” del Lote Agrícola 81 de la Colonia, Municipio y Departamento de Apóstoles, Provincia de Misiones, adquiridos por Escritura Pública Nº Trescientos Once de fecha 01 de Diciembre de 2012 al Instituto de Desarrollo Habitacional de la Provincia de Misiones (IPRODHA), conforme el compromiso asumido en las Ordenanzas 63/11 y 75/11 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles, y por los motivos expuestos en los considerandos.Articulo 2º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante. Articulo 3º: REGISTRESE. Comuníquese, REMITASE copia al DEM, IPRODHA, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 24-12.Apóstoles, Mnes, 20 de Septiembre de 2012.-

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.ORDENANZA Nº 67-12 ARTICULO 1º: APRUEBASE en todas sus partes el ACTA ACUERDO Individual de PASANTIA suscripto entre la Municipalidad de Apóstoles y la Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la U.Na.M., de fecha 01 de Septiembre de 2012, por las motivaciones precedentemente detalladas, y cuya copia constituye el ANEXO I de la presente.ARTICULO 2º: REFRENDARÁ la presente la Sra Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.ARTÍCULO 3º: REGISTRESE, Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, Facultad de Ciencias Exactas, Químicas y Naturales de la UNAM, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE APÓSTOLES EN SESION ORDINARIA Nº 24 - 12, del 19 de Septiembre de 2.012.APOSTOLES, Mnes, 20 de Septiembre de 2012.ORDENANZA Nº 68-12 Artículo 1º: APRUEBESE en todas sus partes el acuerdo firmado el 12 de Diciembre de 2011, entre la Dirección General de Geología y Minería de la Provincia de Misiones y la Municipalidad de Apóstoles, para la implementación del Plan Social Minero "ASISTENCIA Y CAPACITACIÓN AL SECTOR LADRILLERO (OLEROS) EN LA LOCALIDAD DE APÓSTOLES, MISIONES”Artículo 2º: REFRENDARÁ la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles. Artículo 3º: COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, y cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE APÓSTOLES EN SESION ORDINARIA Nº 24 - 12, del 19 de Septiembre de 2.012.APOSTOLES, Mnes, 20 de Septiembre de 2012.ORDENANZA Nº 69-12 Articulo 1:APRUÉBASE la firma del presente Convenio entre AADI-CAPIF A.C.R., con domicilio legal en Hipólito Irigoyen 1628, piso 7º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Luis José Russo (D.N.I 11.097.043), en su carácter de apoderado , en adelante "AADI-CAPIF", por una parte, y la MUNICIPALIDAD DE APOSTOLES (PROVINCIA DE MISIONES), representada en este acto por el Sr. Mario Ramón Vialey (DNI 17.562.454) en su carácter de Intendente Municipal, en adelante la "MUNICIPALIDAD" con domicilio legal en calle San Martin 70 de la ciudad de Apóstoles, Provincia de Misiones. ARTICULO 2º: DEJASE sin efecto toda disposición en contrario a la presente.ARTICULO 3º: REFRENDARA la presente la Sra Secretaria del HCD de la Ciudad de Apóstoles.ARTICULO 4o: REGÍSTRESE, Comuníquese, Elévese copia al DEM, y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 03 DE OCTUBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 26-12.Apóstoles, Mnes, 04 de Octubre del 2012 ORDENANZA Nº 70-12 ARTICULO 1º:APRUÉBASE en todas sus partes, el Convenio de Cooperación suscripto con fecha 09/09/12 entre el SISTEMA PROVINCIAL DE TELEDUCACIÓN Y DESARROLLO- SiPTeD, representado por el Director General a/c Prof. DANIEL ARMANDO FIORINO, la MUNICIPALIDAD DE APOSTÓLES (Mnes). representada por su Intendente LIC. MARIO RAMÓN VIALEY y EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL, representado por su Directora LIC. MARÍA LUJAN GONZÁLEZ, en el que se acuerda la creación de un NÚCLEO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA A DISTANCIA, con funcionamiento en el Centro de Formación Profesional, precitado.ARTICULO 2º: REFRENDARÁ la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles. ARTICULO 3º: REGÍSTRESE, Comuníquese, Elévese copia al DEM, SIPTED y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 03 DE OCTUBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 26-12.Apóstoles, Mnes, 04 de Octubre del 2012

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.ORDENANZA Nº 71-12 Artículo 1º: APRUÉBASE en todas sus partes el Convenio de Cooperación firmado entre el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Misiones (IPS) y la Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles, para la refacción de las Instalaciones del inmueble ubicado en calle Belgrano N° 1093 de la Ciudad de Apóstoles, en el cual funcionará una vez acondicionado el mismo, la sede de la obra social del mencionada organismo, por los motivos expuestos en los considerandos. ARTICULO 2º: DEJASE sin efecto toda disposición en contrario a la presente.ARTICULO 3º: REFRENDARA la presente la Sra Secretaria del HCD de la Ciudad de Apóstoles.ARTICULO 4o: REGÍSTRESE, Comuníquese, Elévese copia al DEM, y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 17 DE OCTUBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 27-12.Apóstoles, Mnes, 18 de Octubre del 2012 ORDENANZA Nº 72-12 ARTICULO 1º: APRUEBASE en todas sus partes, el convenio firmado entre la Asociación Misionera de Pilotos y Navegantes de Rally (AMPyNAR), representado en acto por el Sr. Ignacio Miguel ALLENDE, DNI N° 14.209.415, con domicilio y sede social en la calle Rademacher y Alemania, de la Ciudad de Posadas, Misiones, en adelante el ORGANIZADOR y por la otra, la Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles representado en este acto por el Intendente Sr. Mario Vialey , DNI N° 17.562.454 con domicilio en Avda. Juan de San Martin Nro. 70 de la Ciudad de Apóstoles, Misiones, en adelante el COORGANIZADOR. ARTICULO 2º: APRUEBASE en todas sus partes la RESOLUCION MUNICIPAL Nº 1295, de fecha 10 de Octubre de 2012.ARTICULO 3ºDEJASE sin efecto toda disposición en contrario a la presente.ARTICULO 4º: REFRENDARA la presente la Sra Secretaria del HCD de la Ciudad de Apóstoles.ARTICULO 5º: REGÍSTRESE, Comuníquese, Elévese copia al DEM, y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 17 DE OCTUBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 27-12.Apóstoles, Mnes, 18 de Octubre del 2012 ORDENANZA Nº 73-12 Artículo 1º: AGREGÚESE al artículo 60º el siguiente párrafo. Toda agente madre de lactante gozaran de una franquicia diaria de 1 (una) hora, la cual, puede fraccionarse en dos períodos de media hora, al iniciar la jornada de trabajo y/o al finalizar la misma, o bien, ser utilizada en su totalidad al inicio de la jornada, o al finalizar la misma. La presente franquicia se extenderá hasta la conclusión de la lactancia, y por un periodo no superior a 1 (uno) año.ARTICULO 2º DEJASE sin efecto toda disposición en contrario a la presente.ARTICULO 3º: REFRENDARA la presente la Sra Secretaria del HCD de la Ciudad de Apóstoles.ARTICULO 5º: REGÍSTRESE, Comuníquese, Elévese copia al DEM, y Cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EL DIA 17 DE OCTUBRE DE 2012 EN SESION ORDINARIA Nº 27-12.Apóstoles, Mnes, 18 de Octubre de 2012.ORDENANZA Nº 74-12 Artículo 1º: AGREGÚESE al artículo 1o de la Ordenanza 057/08 el inciso "C" que dirá: C).-Jueves residuos patológicos. En caso de que coincida con una un día feriado y/o día inhábil para la administración municipal, la recolección será realizada el día hábil inmediato anterior al fijado por la presente Ordenanza.Artículo 2°: AGREGÚESE al artículo 2° de la Ordenanza 82/01, a continuación del último apartado el siguiente texto: Serán considerados asimismo comprendidos en la aplicación de la presente las personas que en sus domicilios particulares generen conforme a la definición contemplada en al artículo 1 residuos patológicos. Los mismos tienen prohibido depositar en los cestos destinados

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.para la recolección de los residuos orgánicos e inorgánicos, como así también mezclarlos con los residuos domiciliarios. En estos casos deberán ser llevados por el propietario y/o responsable de los mismos hasta el Hospital de Área Apóstoles y/o Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) más cercano al domicilio, o bien solicitar por ante la Dirección de Ambiente municipal su retiro, a elección del generador. Artículo 3°: AGREGÚESE al artículo 5 de la Ordenanza 82/ 01, a continuación del último apartado el siguiente texto: previa entrega definitiva de toda Habilitación municipal todo generador deberá cumplir con la inscripción como tal de acuerdo a lo previsto en el presente artículo.Artículo 4°: MODIFICASE el artículo 3 de la Ordenanza 82/01 que quedará redactado de la siguiente manera: Todo generador es responsable en carácter de dueño de los residuos patológicos y de todo daño producido por estos desde su origen hasta su disposición final. A partir del momento de retiro de los mismos por parte del personal municipal afectado a la recolección de residuos en el día pautado para ello, la responsabilidad de los mismos es compartida con el municipio. Desde la producción hasta la disposición transitoria deben estar resguardados de tal manera que se garantice su inocuidad y evite perjuicios a terceros. Artículo 5°: MODIFICASE el artículo 4o la Ordenanza 82/01 que quedará redactada de la siguiente manera: La Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles, por intermedio del personal afectado a la recolección de residuos patológicos se hará cargo de la disposición transitoria. Los mismos no serán depositados en la vía pública, si no que serán retirados desde el lugar donde se encuentren resguardados por los generadores, quienes autorizarán el ingreso y/o facilitaran los medios para que se proceda al retiro del o los predios donde se encuentren resguardados.La Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles, contratará los servicios de una empresa especializada en el transporte, tratamiento y disposición final, la cual debe estar debidamente habilitada para ello.Artículo 6º: AGREGÚESE al artículo 15° de la ordenanza 82/01 a continuación del último párrafo el siguiente aparatado: En caso de detectarse el incumplimiento por/parte de un particular de lo dispuesto en la presente ordenanza, será pasible de las sanciones contempladas en el articulo 15 inciso a). Artículo 7°: AGREGÚESE a la ordenanza 82/01 el artículo 22 que dirá: ARTICULO 22: La Municipalidad de la Ciudad de Apóstoles será encargada de facilitar a los generadores de residuos patológicos las bolsas rojas especiales en las cuales serán depositados los residuos.Artículo 8º: AGREGÚESE a la ordenanza 82/01 el artículo 23 que dirá: ARTICULO 23: Fijase una tasa de recolección diferenciada de residuos patológicos en 3,5 Unidades Fiscales. Artículo 9º: AGREGÚESE a la ordenanza 82/01 el artículo 24 que dirá: ARTICULO 24: Increméntese la tasa en función a la provisión de bolsas, que realiza el municipio a los generadores de residuos patológicos en: -Bolsas grandes: $ 7,70 x unidad -Bolsas chicas: $ 4,30 x unidad Artículo 10°: AGREGÚESE a la ordenanza 82/01 el artículo 25 que dirá: ARTICULO 25: Se encuentran exentos de las tasas mencionadas en los artículos 8 y 9 a las instituciones que tengan Convenio directo con AESA.Articulo 11°: DEJASE sin efecto toda disposición en contrario a la presente. Artículo 12°: REFRENDARA la presente la Sra. Secretaria del HCD de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 13°: REGÍSTRESE, Comuníquese, Elévese copia al DEM, y Cumplido Archívese. DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTÓLES, EL DÍA 17 DE OCTUBRE DE 2012 EN SESIÓN ORDINARIA N°27-12.- , Apóstoles, Mnes, 18 de Octubre de 2012.ORDENANZA Nº 75-12 Artículo 1º: APRUEBASE el Convenio en toda sus partes, firmado entre la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, representada por el Secretario, Doctor GABRIEL LERNER, en adelante "MDS-SENAF", con domicilio en la calle Tte. Gral. J. D. Perón N° 524 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y LA MUNICIPALIDAD DE APOSTÓLES", en adelante "LA MUNICIPALIDAD", representada por su Intendente el Señor Licenciado VIALEY MARIO

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Boletín Oficial de la Ciudad de Apóstoles Nº 36, 14 de Noviembre de 2012.RAMÓN D.N.I N° 17.562.454, con domicilio legal en la Avenida Juan de San Martín N° 70 de la Localidad de Apóstoles, Departamento Apóstoles, Provincia de Misiones. Artículo 2º: INCORPORESE al Cálculo de Recursos del presente ejercicio en la partida 1.1.02.03.75.00.00 Aportes no Reintegrables: Ingreso Proyecto "Jesús Misericordioso" y en el Presupuesto de Gastos en la partida 2.1.01.13.12.00.00 Convenio con Nación "Proyecto Jesús Misericordioso Artículo 3º: REFRENDARÁ la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles. Artículo 4º: REGISTRESE, Comuníquese, PUBLIQUESE en el Boletín Oficial Municipal, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EN SESION ORDINARIA Nº 28-12 DEL DIA 24 DE OCTUBRE DE 2.012.APOSTOLES, Mnes, 25 de Octubre de 2012.ORDENANZA Nº 76-12 Articulo 1º.- DEROGASE la Ordenanza Nº 19/85 en todas sus partes. Articulo 2º.- APRUEBASE en todas sus partes el REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE ESCOLAR, cuyo texto se adjunta como ANEXO I de la presente Ordenanza y consta de 6 fs. Compuesto de 23 Art. Articulo 3º.- DISPONESE que el reglamento aprobado en el articulo dos (2) entrará en vigencia a partir del 1º de enero del año 2013. Artículo 4º: REFRENDARÁ la presente la Sra. Secretaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Apóstoles. Artículo 5º: REGISTRESE, Comuníquese, PUBLIQUESE en el Boletín Oficial Municipal, REMITASE a las Empresas de TRANSPORTE DE ESCOLARES de Apóstoles, DESE amplia Publicidad por los medios Locales, Cumplido ARCHIVESE.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE APOSTOLES, EN SESION ORDINARIA Nº 28-12 DEL DIA 24 DE OCTUBRE DE 2.012.APOSTOLES, Mnes, 25 de Octubre de 2012.ORDENANZA Nº 77-12 Artículo 1°: APRUEBASE en todas sus partes, el ANEXO I, de RESOLUCION Nº 2719-12 Modificatorio del Convenio N° 1729 firmado entre la Municipalidad de Apóstoles y el Iprodha para la construcción de 11 Viviendas Rurales del municipio de Apóstoles, cuya copia se adjunta a la presente.Artículo 2º: REFRENDARA la presente, la Sra Secretaria del HCD de la Ciudad de Apóstoles.Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese y cumplido Archívese.DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE APOSTOLES, EN SESION ORDINARIA Nº 29-12, DEL DIA 31 de Octubre de 2012.APOSTOLES, Mnes, 01 de Noviembre de 2012.-

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CUADRO DE PERCEPCION DE RECURSOS Desde Fecha 01/01/2012 Hasta 30/09/2012 PRESUPUESTO

INGRESOS CORRIENTES DE JURISDICCIÓN MUNICIPAL TASAS MUNICIPALES TASAS QUE INCORPORAN COMERCIO E INDUSTRI 01.01.01.01.01.01.00 01.01.01.01.01.02.00 01.01.01.01.01.03.00 01.01.01.01.01.04.00

Derecho de Abasto Dcho. de Insp. Brom.y Vet. Desinfección Dcho.de Insp.Registro y Serc. de Contralor

TASAS QUE INCORPORAN PROPIEDAD INMUEBLE 01.01.01.01.02.01.00 Alumbrado Pœblico - Convenio 01.01.01.01.02.02.00 Recupero costos planta reciclaje 01.01.01.01.02.03.00 Tasa General de Inmueble

TASAS QUE INCORPORAN RODADOS 01.01.01.01.03.01.00 Patentes de Rodados 01.01.01.01.03.02.00 Carnets de Conductor

OTRAS TASAS 01.01.01.01.04.01.00 01.01.01.01.04.02.00 01.01.01.01.04.03.00 01.01.01.01.04.04.00 01.01.01.01.04.05.00 01.01.01.01.04.06.00 01.01.01.01.04.07.00 01.01.01.01.04.08.00 01.01.01.01.04.09.00 01.01.01.01.04.10.00 01.01.01.01.04.11.00

OTROS INGRESOS DE JURISDICCION MUNICIPAL INGRESOS VARIOS 01.01.01.02.01.01.00 01.01.01.02.01.02.00 01.01.01.02.01.03.00 01.01.01.02.01.04.00 01.01.01.02.01.05.00 01.01.01.02.01.08.00 01.01.01.02.01.09.00 01.01.01.02.01.10.00 01.01.01.02.01.11.00 01.01.01.02.01.12.00 01.01.01.02.01.13.00

108.702,00 120.000,00 5.600,00 4.920.000,00

$ 4.702.120,00

Alquileres maquinas viales Terminal de Omnibus Alquileres Cantera Municipal Venta de Agua Cordones Cuneta Asfalto Empedrado de Calle Venta de Hormiguicida Pavimento intertrabado Adoquinado Obras Pœblicas

DE OTRAS JURISDICCIONES APORTES NO REINTEGRABLES APORTES NO REINTEGRABLES 01.01.02.03.32.00.00 Convenio Acond. Edificio Escolar

62.764,00 84.665,20 3.110,00 3.649.514,82

986.755,22

3.000.000,00 256.000,00 1.446.120,00

5.605,37 145.436,04 835.713,81

$ 3.095.040,00

1.938.025,15

2.615.040,00 480.000,00

$ 1.128.160,00 Derecho de Cementerio Derecho de Oficina EspectÆculos Pœblicos Delineación y Construcción Recargos Recursos Varios Imprevistos Derecho Catastral Multas Multas Tribunal Faltas Multas de Transito Municipal Multas s/convenio Policia

EJECUCION

$ 47.757.669,76 23.509.507,28 $ 15.431.174,00 8.109.198,65 $ 14.079.622,00 7.395.542,41 $ 5.154.302,00 3.800.054,02

84.240,00 150.000,00 1.000,00 181.200,00 93.600,00 343.200,00 68.400,00 24.000,00 168.000,00 10.920,00 3.600,00

$ 1.351.552,00 $ 1.351.552,00 16.800,00 417.600,00 82.080,00 153.192,00 3.600,00 43.800,00 130.680,00 123.240,00 6.000,00 16.800,00 357.760,00

1.604.375,15 333.650,00

670.708,02 99.492,50 135.724,70 0,00 76.939,42 33.536,85 146.134,27 36.846,86 1.727,10 81.543,30 6.115,17 52.647,85

713.656,24 713.656,24 47.191,52 345.195,00 64.029,00 5.074,00 0,00 2.326,68 0,00 5.056,86 0,00 0,00 244.783,18

$ 32.326.495,76 15.400.308,63 $ 32.132.595,76 15.371.073,63 $ 3.843.457,73 1.114.844,48 51.754,78

0,00

SALDO

24.248.162,48 7.321.975,35 6.684.079,59 1.354.247,98 45.938,00 35.334,80 2.490,00 1.270.485,18

3.715.364,78 2.994.394,63 110.563,96 610.406,19

1.157.014,85 1.010.664,85 146.350,00

457.451,98 -15.252,50 14.275,30 1.000,00 104.260,58 60.063,15 197.065,73 31.553,14 22.272,90 86.456,70 4.804,83 -49.047,85

637.895,76 637.895,76 -30.391,52 72.405,00 18.051,00 148.118,00 3.600,00 41.473,32 130.680,00 118.183,14 6.000,00 16.800,00 112.976,82

16.926.187,13 16.761.522,13 2.728.613,25 51.754,78

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CUADRO DE PERCEPCION DE RECURSOS Desde Fecha 01/01/2012 Hasta 30/09/2012

01.01.02.03.35.00.00 01.01.02.03.39.00.00 01.01.02.03.42.00.00 01.01.02.03.44.00.00 01.01.02.03.52.00.00 01.01.02.03.53.00.00 01.01.02.03.56.00.00 01.01.02.03.57.00.00 01.01.02.03.59.00.00 01.01.02.03.62.00.00 01.01.02.03.64.00.00 01.01.02.03.65.00.00 01.01.02.03.66.00.00 01.01.02.03.68.00.00 01.01.02.03.69.00.00 01.01.02.03.70.00.00 01.01.02.03.71.00.00 01.01.02.03.72.00.00 01.01.02.03.73.00.00

PRESUPUESTO Programa Desc. de la Gestión para la APS 410.064,00 Propuesta Territorial de Programacion del Empleo 7.908,00 Complejo Recreativo Municipal 8.400,00 Plan Techo Iprodha 1445 247.000,00 Ingreso Convenio Iprodha 1714 169.409,53 Programa Jovenes mas y mejor trabajo 193.600,00 Proyecto Auxiliar en Plomería y Gasista 8.894,28 Convenio Viviendas ACU S01: 1619/2010 223.200,00 Ingreso Convenio Iprodha Nº 1720 210.760,00 Ingreso Nexo Vial Acceso La Cachuera 1.367.568,58 Ingreso Convenio 55 Ministerio de Trabajo 79.882,80 Ingreso Proyecto Producción de Lobricompuesto 120.000,00 Ingreso Construcción Oficina de Empleo 37.500,00 Ingreso Sistema de Prestación Cuidados Domiciliari 92.480,00 Ingreso Proyecto Conciencia Saludable en ETV 30.000,00 Ingreso Iprodha Convenio 1880 "2 Viviendas Solidar160.640,96 Ingreso Producción Aves y Horticultura 50.810,77 Ingreso Convenio CIC Estación 292.584,03 Ingreso Acceso Cantera Rotchen 81.000,00

EJECUCION 51.000,00 7.908,00 0,00 80.500,00 0,00 105.600,00 0,00 223.200,00 44.004,82 136.756,86 0,00 0,00 0,00 92.480,00 30.000,00 0,00 50.810,77 292.584,03 0,00

PARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES Y PROVINCIAL $ 28.289.138,03 14.256.229,15 01.01.02.01.00.00.00 Participaciones de Imp. Provinciales 01.01.02.02.00.00.00 Fondo Provincial Solidario

PLAN NACER PLAN NACER 01.01.02.04.01.00.00 01.01.02.04.02.00.00 01.01.02.04.03.00.00 01.01.02.04.04.00.00 01.01.02.04.05.00.00 01.01.02.04.06.00.00

$ 193.900,00 $ 193.900,00 Ingreso CIC de Apóstoles Ingreso CAPS Estación Ingreso CAPS PerisfØrico Nº 1 Ingreso CAPS Santa BÆrbara Ingreso CAPS Barrio Rural Ingreso CAPS Barrio Chaquito

INGRESOS DE CAPITAL INGRESOS DE CAPITAL INGRESO DE CAPITAL INGRESOS DE CAPITAL

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43.000,00 26.100,00 56.000,00 34.000,00 4.800,00 30.000,00

$ 110.000,00 $ 110.000,00 $ 110.000,00 $ 110.000,00

01.02.08.00.00.00.00 Ingresos Varios

Cantidad de Partidas

24.289.138,03 4.000.000,00

60

110.000,00

Totales

47,867,669.76

13.064.291,30 1.191.937,85

SALDO 359.064,00 0,00 8.400,00 166.500,00 169.409,53 88.000,00 8.894,28 0,00 166.755,18 1.230.811,72 79.882,80 120.000,00 37.500,00 0,00 0,00 160.640,96 0,00 0,00 81.000,00

14.032.908,88 11.224.846,73 2.808.062,15

29.235,00 29.235,00

164.665,00 164.665,00

7.946,00 3.988,00 6.719,00 6.925,00 361,00 3.296,00

35.054,00 22.112,00 49.281,00 27.075,00 4.439,00 26.704,00

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

23.509.507,28

110.000,00 110.000,00 110.000,00 110.000,00 110.000,00

$ 24.358.162,48


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Sueldo Básico

Sueldo Básico

Sueldo Básico

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02.01.01.01.05.00.00

ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL

PP ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL

Sueldo Básico

Sueldo Básico

0,00

$ 0,00

$ 0,00 0,00

$ 0,00 0,00

0,00

$ 0,00

0,00

$ 0,00

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Pag. 30 500.000,00

Materiales Diversos

Repuestos

02.01.01.02.05.00.00

02.01.01.02.02.00.00

Sueldo Básico

Sueldo Básico

116.000,00

46.286,42

69.713,58

Otros

02.01.01.02.11.00.00

13.195,13 560.120,91

02.01.01.02.01.00.00

1.439.879,09

20.000,00

Combustibles y Lubricantes

02.01.01.02.12.00.00 2.000.000,00

94.948,69 26.634,44

3.365,56

30.000,00

Productos farmacéuticos Funcionamiento C.I.C.

02.01.01.02.06.00.00

02.01.01.02.08.00.00 6.804,87

28.421,93

261.578,07 105.051,31

290.000,00 200.000,00

Papelería y Elementos de Oficina

Vestuarios y Art. Seg.p Trabajo

5.500,00 40.580,78

0,00

764.292,66

745.707,34 36.919,22

288.048,18

211.951,82

46.921,09

1.304.099,78

6.804,87

2.515,11

90.075,88

204.056,53

29.523,37

0,00

657.662,43

174.018,65

60.444,63

17.432,26

82.567,74

22.792,49

135.779,31

0,00

850,45

14.975,43

57.521,54

7.395,85

0,00

88.044,91

37.933,17

22.123,11

$ 387.416,26

$ 1.885.461,40 $ 2.576.122,34

$ 2.963.538,60

$ 0,00 0,00

721,94

0,00

$ 0,00 0,00

$ 721,94

$ 0,00

02.01.01.02.03.00.00

5.500,00 77.500,00

Materiales de Instrucción

Racionamiento y Alimento

02.01.01.02.07.00.00

02.01.01.02.09.00.00

1.510.000,00

100.000,00

$ 4.849.000,00

721,94

Utiles y Materiales de Aseo

Reserva Personal

$ 721,94

02.01.01.02.04.00.00

BIENES DE CONSUMO

02.01.01.01.06.00.00

PP RESERVA PERSONAL

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Alumbrado Público-Convenio

Viáticos y Mobilidad

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Sueldo Básico

Sueldo Básico

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