Sociedade Galega Da Dor E Coidados Paliativos
Estimados socios: La Junta Directiva de la Sociedade Galera da Dor e Cuidado Paliativos (SGADOR) ha decidido por unanimidad proponer un cambio de la normativa relacionada con la elección de futuras Juntas Directivas para actualizar los estatutos a los nuevos tiempos. Dicho cambio de estatutos se debe realizar en una reunión extraordinaria que debe ser convocada con 90 días de antelación. Por efectos prácticos, y aún no cumpliendo los plazos establecidos en nuestros estatutos se ha decidido convocar dicha reunión extraordinaria después la reunión ordinaria que tendrá lugar el 12 de noviembre a las 13:45 horas en la reunión anual que organiza el Hospital de Burela. En caso de no existir ninguna oposición se procederá en dicha fecha a la votación del cambio de normativa de estatutos que se relata a continuación. Propuesta cambio estatutos Articulo X Procedimiento electoral. Para ser miembro de (Los miembros de) la Junta Directiva, será condición indispensable ser miembro de pleno derecho de la SGADOR, y no estar incurso en prohibición o en incapacidades legales o estatutarias. Para el cargo de Presidencia, deberá de contar con una antigüedad superior a 1 año como miembro de pleno derecho de SGADOR X.1. La elección de los miembros de la Junta Directiva se llevará a efecto cada 4 años, durante la asamblea general o en lugar y momento correspondiente durante la celebración del Congreso anual , previa convocatoria en tiempo y forma. X.2. Se realizará mediante voto personal, directo e intransferible o mediante voto por correo , emitido de conformidad con las normas contenidas en los estatutos.
X.3. En cualquiera de los casos será necesario acreditar la identidad del socio mediante el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Pasaporte X.4. Los votos emitidos por correo sólo serán considerados válidos si son presentados en sobre cerrado y en el impreso oficial que estará a disposición de los socios en la página web de la SGADOR, acompañado de una fotocopia del D.N.I anverso y reverso , o Pasaporte que deberá llevar la firma del mismo. El sobre firmado en el exterior, con los datos del remitente; será enviado por correo certificado a la dirección social de SGADOR en el COM de Santiago de Compostela. Todo el proceso de voto por correo tendrá todas las garantías de custodia y no manipulación. No serán válidos los votos por correo, aportados con distinto formato , por otros medios, o recibidos con posterioridad al plazo establecido . Se admitirán como válidos los sobres que efectivamente lleguen al domicilio social de SGADOR antes de 10 días naturales al de la votación. X.5 Recibido el sobre certificado, se custodiará por el Secretario de SGADOR hasta la votación, quien, al término de ésta y antes de comenzar el escrutinio, procederá a su apertura en presencia de algún representante de cada una de las candidaturas., silos hubiere, e identificado el elector con DNI o pasaporte, computará el correspondiente voto. Si la correspondencia electoral fuese recibida con posterioridad a la terminación del plazo señalizado en los estatutos, no se computará el voto ni se tendrá como votante al elector, procediéndose a la incineración del sobre sin abrir, dejando constancia de tal hecho. No obstante lo expuesto, si el elector que hubiese optado por el voto por correo se encontrase presente el día de la elección y decidiese votar personalmente, lo manifestará así al secretario, el cual después de emitido el voto, procederá a entregarle el que hubiese enviado por correo si se hubiese recibido, y en caso contrario, cuando se reciba , se incinerará. X.6. El recuento de votos tendrá lugar inmediatamente, tras la votación de candidaturas, y será realizado por el secretario de la SGD y por un representante de cada una de las candidaturas , y posteriormente elevarán el consiguiente acta de resultados. X.7. El Presidente, vicepresidente, secretario y tesorero podrán optar una sola vez a la reelección para el mismo puesto que ocupan, finalizado ese período solo podrán ser reelegidos para otro cargo distinto en la junta directiva. Articulo Y
La renovación de la Junta Directiva se realizará según el siguiente procedimiento: Y.1. Noventa días antes de la fecha fijada para la votación, el Secretario comunicará a través de la página web de la SGADOR y por email a cada socio la apertura del periodo electoral. Y.2. La presentación de candidaturas será en lista cerrada a todos los cargos elegibles de la Junta Directiva; dicha propuesta deberá hacerse llegar al Secretario en un plazo de sesenta días antes de la fecha prevista de las elecciones. En caso de no haber una candidatura completa (8 miembros), se podrá completar con los miembros de la Junta Directiva existente, que quieran volver a formar parte de la misma. Y.3. La Junta Directiva se renovará cada cuatro años y de acuerdo al siguiente orden de cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y cuatro vocales. Y.4. El Secretario General comunicará a cada una de las candidaturas presentadas, en un plazo máximo de quince días naturales, la aceptación, o en su caso el rechazo, así como las razones que fundamentan dicha aceptación o rechazo. Y.5. El Secretario General entregará a todas las posibles candidaturas el listado de todos los miembros de la SGADOR con el fin de que estos puedan realizar difusión de su campaña electoral. Dicha difusión de la información se realizara a través de la SGADOR, para garantizar la Ley de Protección de Datos. Y.6. Se considerará como periodo electoral el plazo de treinta días previos a la fecha de la votación. Durante dicho periodo las distintas candidaturas podrán llevar a cabo aquellos actos que consideren oportunos. Y.8. En caso de que solo haya una candidatura para la elección de Junta Directiva , no se realizará proceso electoral y quedará automáticamente elegida la única presentada. Y.9. En caso de que no haya candidaturas, se volverá a convocar nuevas elecciones un año más tarde, prolongándose el mandato de la Junta Directiva existente por ese año.
Gustavo Illodo Secretario SGADOR