MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE
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CONCEPTOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL 1.1 INTRODUCCIÓN Las personas que actúan en el campo de la prevención de los riesgos en el trabajo, con frecuencia se desalientan porque no encuentran el eco necesario a sus esfuerzos y muchas veces es preciso poner el incentivo de una mayor producción para que se adopten medidas de seguridad en los centros de trabajo, como si los mandatos de la ley fuesen solo reglas de cortesía industrial y no de necesidades para proteger la mayor riqueza, que son sus trabajadores Es necesario estimular y recetar con recursos de administración para que se implanten los más eficientes medios de producción en el trabajo, pero hay que pensar al mismo tiempo, que una administración laboral verdaderamente responsable, tiene la obligación de tomar, en primer termino, las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores. En esencia, el aspecto central de la seguridad e higiene del trabajo reside en la protección de la vida y la salud del trabajador, el ambiente de la familia y el desarrollo de la comunidad. Solo en segundo termino, si bien muy importante por sus repercusiones económicas y sociales, debemos colocar las consideraciones sobre pérdidas materiales y mermas en la producción, inevitablemente que acarrean también los accidentes y la insalubridad en el trabajo. Estas pérdidas económicas son cuantiosas y perjudican no solo al empresario directamente afectado, si no que repercuten sobre el crecimiento de la vida productiva del país. De ahí que la prevención en el trabajo interese a la colectividad ya que toda la sociedad ve mermada su capacidad económica y padece indirectamente las consecuencias de la inseguridad industrial. El crecimiento económico de nuestro país ha llevado a la industria a una constante y más frecuente necesidad de modernización de equipos y procedimientos tecnológicos. Pero, a su vez, esta mayor complejidad industrial trae como consecuencia varios riesgos para los trabajadores, que aumentan la probabilidad de contingencias que pueden causar lamentables y hasta irreparables daños al obrero, a su familia, a la empresa y a la comunidad. Todo esto indica que, no obstante las prevenciones de la ley se requieren un fuerte impulso y una acción coordinada para desarrollar la seguridad e higiene industrial en Bolivia. La promoción de políticas preventivas, sobre todo, permitirá superar los riesgos de las nuevas condiciones de la industria boliviana y mejorar en general las condiciones de todas clases que se dan en los ambientes de trabajo. No es una novedad, en nuestra rutina diaria, informarnos a través de los medios de comunicación, de los innumerables incidentes y accidentes, sucedidos en nuestra ciudad, departamento y país. Todo por la poca seguridad ciudadana, por un lado, y la poca importancia que se le da a la seguridad personal (empleadores y empleados), por otro. No tenemos cultura respecto a la seguridad y una tarea demasiado difícil será la de implantar las normas y hacer cumplir las leyes, que ya existen al respecto. La solución es formar nuevos ciudadanos con conocimiento y conciencia de la seguridad, y eso se consigue en las aulas, a través de profesores y catedráticos. Lo lamentable es que en 2
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los programas de colegio, no se toma en cuenta esta materia y lo más lamentable aún, es que en la Universidad, son poquísimas las carreras que la incluyen.
1.2 CONCEPTOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL Aplicadas a los centros de trabajo, la seguridad y la higiene tiene como objetivo salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas tanto a que les proporcionen las condiciones para el trabajo, como a capacitarlos y adiestrarlos para que se eviten, dentro de lo posible, las enfermedades y los accidentes laborales. Entonces, la seguridad y la higiene industriales, son el conjunto de conocimientos científicos y tecnológicos destinados a localizar, evaluar, controlar y prevenir las causas de los riesgos en el trabajo a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con el motivo de su actividad laboral. Por tanto es importante establecer que la seguridad y la higiene son instrumentos de prevención de los riesgos y deben considerarse sinónimos por poseer la misma naturaleza y finalidad. Por tanto, se establece la necesidad imperiosa de desarrollar la capacidad y el adiestramiento para optimizar la Seguridad y la Higiene en los centros de trabajo, a fin de que, dentro de lo posible y lo razonable, se puedan localizar, evaluar, controlar y prevenir los riesgos laborales.
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CONCEPTOS BASICOS DE LA HIGIENE INDUSTRIAL.
La Asociación de Higiene Industrial (AIHA) de los EE.UU., nos dice que es una ciencia. Disciplina que consta de un conjunto de conocimientos y técnicas dedicadas a reconocer, evaluar y controlar los factores físicos, psicológicos o tensiones a que están expuestos los trabajadores en sus centros de trabajo y que puedan deteriorar la salud y causar una enfermedad de trabajo.
IMPORTANCIA DE LA HIGIENE LABORAL. El trabajo produce modificaciones en el medio ambiente que pueden ser: mecánicos, físicos, químicos, psíquicos, sociales, morales y lógicamente se pueden pensar que estos cambios afectan la salud integral de las personas que se dedican a una actividad. Es por ello que se hace necesario tomar medidas con la aplicación de la higiene laboral y nos damos cuenta que actualmente en Bolivia, muchas empresas, de acuerdo a sus necesidades, ya cuentan con un departamento independiente y especifico para la higiene industrial.
RAMAS DE LA HIGIENE INDUSTRIAL Se han creado nuevas industrias que llevan nuevos procesos, entonces las Ramas de la Higiene Industrial también que se han aplicado son: 1. 2. 3. 4. 5.
La seguridad industrial La medicina del trabajo La ergonomía La higiene general El control ambiental
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Como ramas auxiliares de la higiene industrial se concederán:
La Física La psicología. La Química La Toxicología. La Biología La Anatomía. La Sociología La Fisiología
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1.4 CAMPO DE ACCION DE LA HIGIENE Y LA SEGURIDAD INDUSTRIAL. La higiene y Seguridad Industrial, trata sobre los procedimientos para identificar, evaluar y controlar los agentes nocivos y factores de riesgo, presentes en el medio ambiente laboral y que, bajo ciertas circunstancias, son capaces de alterar la integridad física y/o psíquica del ser humano; y ya que estos procedimientos son reglamentados legalmente y considerando que la ley protege al trabajador desde su hogar para trasladarse a su centro de trabajo su acción recae en la vida cotidiana del trabajador, pues también existen riesgos tanto en el hogar como en todos los servicios público. Así, hace uso de: La medicina del Trabajo, disciplina afín, cuya principal función es la de vigilar la salud de los trabajadores, valiéndose de elementos clínicos y Epidemiológicos. La Ergonomía, que se dedica a procurar la implementación de lugares de trabajo, diseñadas de tal manera que se adapten a las características anatómicas, fisiológicas y psicológicas de las personas que laboren en ese sitio. La Psicología Laboral, que se ocupa de lograr una optima adaptación del hombre a su puesto de trabajo y a sí mismo la de estudiar las demandas psicológicas y cargas mentales que el trabajo produce al trabajador. La Ingeniería, La Arquitectura, La Física, La Química, La Biología, La Medicina, que estudian los efectos negativos del trabajo sobre las personas y la forma de evitarlos; tiene que ampliar su campo de acción con un tratamiento ergonómico, del estudio del trabajo, de forma que no solo se intervenga para corregir situaciones peligrosas, sino que además, se estudien nuevos métodos de trabajo que favorezcan el desarrollo integral de los trabajadores en general. La Psicología, que se encarga de prevenir los daños a la salud causados por tareas monótonas y repetitivas, y por la propia organización del trabajo cuando ésta no toma en cuenta al trabajador como humano que es. La Administración del trabajo, disciplina clave para el buen funcionamiento de cualquier centro de trabajo, ya que son su responsabilidad las políticas generales y la organización del trabajo. Resumiendo, se puede decir que el campo de acción comprende entre otros, ámbitos como: las condiciones materiales del ejercicio del trabajo, esfuerzo, fatiga, temperatura, ventilación, presencia de agentes contaminantes, el interés de la propia tarea, monotonía, el carácter competitivo de la tarea, las estimulaciones, la tensión y cargas mentales, las oportunidades 4
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de aprender algo nuevo y adquirir una calificación mayor, ser promocionado, duración de la jornada; grado de exposición a los agentes contaminantes, el rotar turnos, grado de flexibilidad y carácter de los supervisores y todo lo que se pueda concebir que corresponda al ambiente laboral.
1.5 VENTAJAS DE LA SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL El implementar y llevar a efecto programas de Seguridad e Higiene para lograr un ambiente seguro en el área de trabajo y que los trabajadores trabajen seguramente y con tranquilidad, es parte integral de la responsabilidad total de todos, ya que haciendo conciencia a todos acarrearía beneficios. La implementación de programas de Seguridad e Higiene en los centros de trabajo se justifica por el solo hecho de prevenir los riesgos laborales que puedan causar daños al trabajador, ya que de ninguna manera debe considerarse humano el querer obtener una máxima producción a costa de lesiones o muertes, mientras más peligrosa es una operación, mayor debe ser el cuidado y las precauciones que se observen al efectuarla; prevención de accidentes y producción eficiente van de la mano; la producción es mayor y de mejor calidad cuando los accidentes son prevenidos; un optimo resultado en seguridad resultará de la misma administración efectiva que produce artículos de calidad, dentro de los limites de tiempo establecidos. Beneficios.- La reducción de los riesgos laborales automáticamente disminuirá los costos de operación y aumentaría las ganancias (pues la aplicación efectiva de los programas, el objetivo primordial es el de obtener ganancias). Controlar las observaciones y las causas de perdidas de tiempo relacionadas con la interrupción del trabajo efectivo; Aumentar el tiempo disponible para producir, evitando la repetición del accidente y Reducir el costo de las lesiones, incendios, daños a la propiedad, crea un mejor ambiente laboral.
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REPERCUSIONES NEGATIVAS DE LA FALTA DE SEGURIDAD E HIGIENE
De los efectos negativos que el trabajo puede tener para la salud del trabajador, los accidentes son los indicadores inmediatos y más evidentes de las malas condiciones del lugar de trabajo, y dada su gravedad, la lucha contra ellos es el primer paso de toda actividad preventiva; Los altos costos que genera, no son las únicas consecuencias negativas; el Seguro Social, no resucita a los muertos; no puede devolver los órganos perdidos que cause una incapacidad laboral permanente Además los sufrimientos físicos y morales que padece el trabajador y su familia, los riesgos, reducen temporalmente o definitivamente la posibilidad de trabajar, es un freno para el desarrollo personal del individuo como ser transformador, ya que lo priva total o parcialmente de poderse realizar como miembro activo de la sociedad. Las pérdidas son generalmente los costos directos y que son fácilmente cuantificables, ya que involucran el costo de los equipos, edificios y materiales; además existen los costos como: pago de indemnización, perdida de la producción, del mercado, entrenar a personal de reemplazo, etc. En forma más general de los costos indirectos podemos ejemplificar: sanciones, partes de repuesto obsoletas, recuperación, labores de rescate, acciones correctivas, perdida de eficiencia, primas de seguro, desmoralización, perdida de mercado, perdida de imagen y prestigio. 5
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1.7 ANTECEDENTES HISTORICOS Los accidentes y enfermedades, existen desde el origen mismo de la especie humana, producto de la actividad laboral, debido a la necesidad de proveerse de alimentos y medios de subsistencia. Los primeros vestigios de la preocupación por el bienestar de los trabajadores en el medio, los encontramos en el año 400 a.C., cuando Hipócrates, conocido como le padre de la medicina, realizo las primeras observaciones sobre enfermedades laborales de que se tenga noticia. Alrededor del año 100 d.C., Plinio “El Viejo”, un medico romano, hizo referencia a los peligros inherentes en el manejo del zinc y del azufre y propuso lo que pueden haber sido el primer equipo de protección respiratoria, fabricado con vejigas de animales, que se colocaban sobre la boca y nariz para impedir la inhalación de polvos. En 1473, Ulrich Ellembog escribió su libro sobre las enfermedades relacionadas con el ambiente de trabajo y como prevenirlos, he hizo renacer el interés de esta área En 1556 fue publicado el libro más completo en la descripción de los riesgos asociados con las actividades de minería, su autor “Georgious Agrícola“, en el que se hacen sugerencias para mejorar la ventilación en las minas y fabricar máscaras, que protejan efectivamente a los mineros; se discuten ampliamente los accidentes en las minas y sus causas; describe los defectos del “pie de trinchera”; una enfermedad debida a la exposición de los pies por largo tiempo a la humedad a las minas; también trata de silicosis; enfermedad producida en los pulmones y causada por la inhalación de polvos de silicio o cuarzo. En el siglo XVII, Bernardino Ramazzini inició la práctica de lo que actualmente se conoce como medicina del trabajo, al escribir de manera sistemática y ordenada las enfermedades relacionadas con los diferentes oficios que se desarrollaban en aquella época. Ramazzini siempre pugnó porque el ejercicio de la medicina del trabajo se llevara a cabo en los lugares de trabajo y no en el consultorio medico. Mas tarde con el inicio de la revolución industrial en Europa, los procesos y ambientes de trabajo se transformaron radicalmente, la principal característica de este periodo fue el inicio del uso de maquinas con el objetivo de aumentar la velocidad con que se desarrollaba el trabajo y mediante este método, incrementar también la productividad y las ganancias. Desde luego estos cambios repercutieron en la salud y bienestar de los trabajadores, en la mayoría de los casos de manera negativa; los accidentes de trabajo incrementaron su incidencia y aparecieron enfermedades profesionales hasta entonces desconocidas creadas por los nuevos agentes agresores utilizados durante los procesos de trabajos. A partir de esos años y a causa de las múltiples propuestas y reclamos de los obreros, contra semejantes condiciones de trabajo, se fue formando una conciencia internacional referente a la conveniencia de cuidar la salud de los trabajadores, por dos motivos fundamentales: el primero, consiste en el derecho que todo ser humano tiene de trabajar y vivir en el mejor nivel posible, y en segundo lugar, por factores económicos, ya que es sabido que la productividad esta estrechamente ligada a la salud de los trabajadores. En los últimos treinta años, la salud en los trabajadores y las medidas para la disminución de los accidentes se ha desarrollado aceptablemente en la mayoría de los países industrializados, sin que esto quiera decir que han resuelto todos sus problemas al respecto, pero han avanzado de manera trascendente en aspectos como la implantación del servicio de salud en el trabajo y en las empresas, la formación de recursos humanos dedicados a 6
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esta área del conocimiento, la promulgación de leyes y normas para regir de modo mas justo el desempeño del trabajo. Ante este panorama, adquieren mayor valor las acciones individuales, colectivas, institucionales, nacionales o internacionales que se efectúan con un afán real de colaborar en las mejoras de las condiciones de higiene y seguridad industrial. A fin siglo XVII y principios del XIX en Inglaterra, el gobierno comenzó a preocuparse por las condiciones laborales, esto a raíz de un incendio en Londonderry, Irlanda, en un barrio de talleres de confección de ropa y el cual costo más de 600 vidas, el parlamento ingles nombro una comisión investigadora, para evaluar la seguridad e higiene en los centros de trabajo. Las malas condiciones que fueron encontradas, dieron como resultado que en 1833 se promulgara la “Ley sobre las fábricas” esta era la primera vez que un gobierno mostraba un real interés por la salud y seguridad de los trabajadores. En 1970 se publica en E.U.A. “La ley de seguridad e Higiene Ocupacional “cuyo objetivo es asegurar en lo máximo posible que todo hombre y mujer que en esta nación trabaje en lugares seguros y saludables, lo cual permitirá preservar nuestros cuerpos. Esta ley es posiblemente el documento más importante que se ha emitido a favor de la seguridad y la higiene, ya que cubre con sus reglamentos, requerimientos con casi todas las ramas industriales, los cuales han sido tomados por muchos otros países. Como vemos, la seguridad e higiene aunque lentamente, a través de los años ha logrado cimentarse como una parte muy importante de cualquier empresa y es que principalmente se ha reconocido y entendido su importancia y utilidad para el buen desempeño de las operaciones, por las tres partes directamente involucradas: Trabajadores, Empresarios y Gobierno.
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PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE 2.1 SEGURIDAD
Reportarse al encargado de área cada vez que visite un centro de operación, taller y/o instalación industrial, donde se realizan trabajos.
Realizar un análisis de riesgo y solicitar un permiso de trabajo, antes de realizarlo.
Usar el Equipo de Protección Personal requerido
No operar ningún equipo sin permiso y sin entrenamiento
Reportar toda condición y acto inseguro
Si un equipo es inseguro, debe ser etiquetado para que otros no lo utilicen.
Utilizar solamente equipos y herramientas apropiadas para el trabajo.
Identificar la ruta de escape del área en el que se está trabajando.
Participar de las reuniones de seguridad.
Mantener su área de trabajo limpia y ordenada.
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2.2 SALUD OCUPACIONAL
Sométase a un examen médico periódicamente.
Lleve una dieta adecuada.
Tome el descanso apropiado para recuperarse completamente.
Comunique su tipo de sangre y si tiene alguna alergia a las encargadas de salud de su lugar de trabajo.
Vacúnese contra las enfermedades endémicas.
No tome agua que no sea potable.
Toda herida, por pequeña que sea, debe ser atendida.
La exposición de la piel, a combustibles y solventes, pueden causar dermatitis o cáncer de piel, por ello debe mantenerse limpia la ropa.
2.3 PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE La producción de basura de orgánicos e inorgánicos, tienen una alta incidencia en el impacto al medio ambiente, por lo tanto, tenemos obligación de dar un tratamiento especial a estos residuos y para el efecto consideremos lo siguiente: 2.3.1 ESQUEMA DE CLASIFICACION DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS 1.- ORGANICOS Restos de comida Verduras Cáscaras de frutas Cáscaras de huevo. 2.- RECICLABLES Envases y botellas de plástico Plastoform Latas de conservas Envases y botellas de vidrio Papeles y cartones 3.- INCINERABLES Papeles y cartones no reciclables Servilletas usadas Papeles higiénicos 4.- ESPECIALES Recipientes de detergentes Contenedores de insecticidas y ambientadores Aerosoles Elementos de higiene personal (máquinas de afeitar, pasta dental, cepillos de dientes) 9
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5.- PILAS Pilas y baterías, deben depositarse en un Traga Pilas especial. 6.- INDUSTRIALES Chatarra Tuberías y piezas de repuestos Tambores de productos químicos Tambores de productos aceitosos Filtros de aceite y aires Trapos con aceite Taparoscas 7.- SANITARIOS Restos de material de curaciones Jeringas y equipos Envases de medicamentos.
2.4 REUNIONES DE SEGURIDAD, ANTES DE INICIAR UN TRABAJO Cuando se tiene que iniciar una actividad manual, que por más simple que sea siempre incluye peligros potenciales, es necesario que sea analizada detalladamente por el personal que ejecutará el trabajo, con participación de contratistas y personal ejecutivo. Para el efecto se debe introducir, como norma, efectuar Reuniones de Seguridad antes de iniciar cualquier trabajo que ayuden a aclarar y enfocar los objetivos del mismo. 2.4.1 REUNIONES DE SEGURIDAD Es una herramienta de la seguridad industrial que tiene la finalidad de preparar a los trabajadores a realizar sus trabajos en forma segura. Es una calistenia antes de comenzar una determinada tarea. Es una chek list emocional Es un recordatorio que nos permite estar pendientes de los peligros que tenemos en el trabajo Es una forma de mostrar a los trabajadores que estamos interesados en su seguridad. 2.4.2
PARA QUE SE UTILIZA LAS REUNIONES DE SEGURIDAD Orientaciones del trabajo Instrucción del trabajo Tips de los puntos importantes Guía para la Ejecución del Trabajo
2.4.3 CUANDO SE UTILIZA UNA REUNION DE SEGURIDAD Todos los días como un procedimiento necesario para prevenir lesiones, especialmente cuando los trabajos que se ejecutan en una determinada área de trabajo tienen riesgos. Cuando se va ejecutar una tarea de alto riesgo. Cuando se va ejecutar un trabajo poco frecuente. Cuando se necesita la ejecución coordinada de varias personas. Cuando se va trabajar por personas ajenas al grupo de trabajo normal.
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2.4.4
TIPOS DE REUNIONES DE SEGURIDAD General Específica Para contratistas Para Visitantes
2.5 IMPORTANCIA DE LAS REUNIONES DE SEGURIDAD “Las primeras impresiones tienden a ser las que más perduran” “Usted nunca tendrá una segunda oportunidad para hacer una buena primera impresión” 2.5.1 LOS QUE APRENDEN TIENDEN A RECORDAR 10% de lo que leen 20% de lo que oyen 30% de lo que ven 50% de lo que ven y oyen 70% de lo que dicen cuando conversan 90% de lo que dicen cuando hacen algo 2.5.2 OBJETIVO DE LA REUNIONES DE SEGURIDAD Correctamente Rápidamente Concientemente Seguramente 2.5.3 PASOS EN LA EJECUCION DE INSTRUCCIONES DEL TRABAJO Preparar el tema Tocar un solo tema por vez, si se lo hace todos los días. Puntualizar en los peligros del trabajo. Cuando se va trata de trabajos peligrosos o poco frecuentes. 2.5.4 MOTIVAR Ponga al aprendiz a gusto Entérese de lo que el aprendiz ya sabe sobre el trabajo Ubique al aprendiz apropiadamente Despierte el interés del aprendiz Dé énfasis a la importancia del trabajo y a lo que hará el aprendiz 2.5.5 DECIR Y MOSTRAR Demuestre la operación Explique paso por paso Refuerce los puntos importantes Instruya clara y completamente 2.5.6 PROBAR Haga que el aprendiz repita lo que se ha dicho y mostrado Haga que el aprendiz explique los puntos importantes Haga preguntas y corrija o prevenga errores Continúe hasta que usted esté seguro de que el estudiante haya aprendido
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2.5.7 VERIFIQUE Diga al aprendiz a quién dirigirse para pedir ayuda Ponga el aprendiz a practicar por sí mismo Haga un seguimiento, responda preguntas, revise los puntos claves Refuerce las partes positivas de la ejecución
2.6 CONCEPTO BASICO En general - Si el aprendiz no ha aprendido, el instructor no ha enseñado. En el trabajo - Si el trabajador no ha aprendido, el supervisor no ha enseñado. 2.6.1 CONCEPTO CENTRAL POSITIVO Cuando el aprendiz (empleado) ha aprendido, el instructor ha enseñado… …y ha preparado el camino para una mejor seguridad. 2.6.2 LA DETERMINACION DE PUNTOS IMPORTANTES El proceso organizado de dar a los empleados sugerencias, recordatorios, o datos sobre aspectos importantes de seguridad, producción, control de costo, o calidad, que están relacionadas con sus trabajos 2.6.3 TRES PAUTAS BASICAS PARA PREPARAR CLAVES DE PUNTOS IMPORTANTES Considere algunos aspectos relacionados al desempeño de la persona (seguridad, productividad, calidad) Las claves deben ser cortas y sencillas Dar las claves como recordatorios más que como instrucciones formales 2.6.4 LAS CLAVES DE PUNTOS IMPORTANTES Son fáciles de aprender La parte difícil de su elaboración no requiere mucho tiempo Su costo es ínfimo Ayudan a producir con seguridad y alta calidad 2.6.5 DAR UNA CLAVE PARA CADA TRABAJO DE ALTO RIESGO GUIA PERSONAL PARA LA EJECUCION DEL TRABAJO Las acciones diarias son tomadas para ayudar a la gente a ejecutar su trabajo tan bien como sea posible 2.6.6 EL PRINCIPIO DEL "DERECHO A SABER" Cada empleado tiene derecho a saber: Lo que es su trabajo Los criterios de la ejecución de su trabajo Cómo está haciendo su trabajo Los pasos específicos para mejorar su trabajo 2.6.7 GUIADO PERSONAL CORRECTIVO Y GUIADO PERSONAL DE DESARROLLO, EVALUACION DE CLAVES Dar énfasis al desempeño no a la personalidad Use hechos y ejemplos tanto como sea posible Evalúe un rendimiento típico Evite la "historia antigua" Muestre tanto las mejoras como los problemas No encubra casos 12
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3. ORGANIZACIÓN DE COMITES MIXT0S 3.1 COMITES MIXTOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD La participación de los empleadores y trabajadores es fundamental para estructurar medidas preventivas acordes a las situaciones de riesgo en los centros de trabajo. Con el propósito de generar esta participación se deben establecer comités de seguridad e higiene, organismos que se encarguen de vigilar el cumplimento de la normatividad de esta materia. Los comités de seguridad e higiene son los organismos por medio de los cuales el patrón puede conocer las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:
El cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene. Mantenimiento de las instalaciones y maquinarias. Programas preventivos de seguridad. Manejo adecuado del equipo de protección personal. Programa de capacitación en seguridad e higiene
Según los fundamentos legales de los comités de seguridad e higiene, a través de la Ley de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, menciona que en cada empresa o establecimiento se organizaran comités de seguridad e higiene que se juzguen necesarios, compuestos por igual numero de representantes de los trabajadores y del patrón para investigar las causas de los accidentes y enfermedades; proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan. Dichas comisiones serán desempeñadas gratuitamente, dentro de las horas de trabajo.
3.2 INTEGRACION Y REGISTRO DE LAS COMISIONES MIXTAS En el reglamento general de seguridad e higiene en el trabajo, los artículos que se refieren a las comisiones son:
ART. 30° COMITES MIXTOS: toda empresa constituirá uno o más Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, con el don de vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos profesionales. ART. 31° COMPOSICIÓN DE COMITES: los Comités mixtos estarán conformados paritariamente por representantes de los empleadores y de los trabajadores, el número de representante estará en función a la magnitud de la empresa, a los riesgos potenciales y al número de trabajadores. ART. 32° PRESENCIA DEL COMITÉ: presidirá al comité Mixto el Gerente de la Empresa o su representante. ART. 33° ELECCIÓN DE REPRESENTANTES: la elección de los representantes laborales ante dichos Comités Mixtos se efectuará por votación directa de los trabajadores. Durarán en sus funciones por el lapso de un año pudiendo ser reelegidos. ART. 34° REUNIONES DE LOS COMITÉS: los Comités Mixtos se reunirán mensualmente o cuando lo estimen necesario, a petición de su Presidente o de los representantes laborales. ART. 35° FACILIDADES A LOS COMITÉS: la empresa facilitará la labor de los Comités Mixtos cuando actúen en cumplimiento de sus funciones específicas, no 13
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pudiendo ejercer sobre ellos presiones, represalias ni despidos a sus miembros.
intimidaciones,
ART.- 36° FUNCIONES DE LOS COMITES: serán funciones de los Comités los siguientes: 1) Informarse permanentemente sobre las condiciones de los ambientes de trabajo, el funcionamiento y conservación de maquinaria, equipo e implementos de protección personal y otros referentes a la Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar en el Trabajo; 2) Conocer y analizar las causas de los accidentes, controlar la presentación de denuncias y llevar una relación detallada de sus actividades, 3) Proponer soluciones para el mejoramiento de las condiciones, ambientales de trabajo y para la prevención de riesgos profesionales; 4) Fomentar actividades de difusión y educación para mantener el interés de los trabajadores en acciones de higiene y seguridad; 5) Colaborar en el cumplimiento de la presente Ley y de las recomendaciones técnicas de los organismos competentes. ART. 37° REMOCIÓN DE REPRESENTANTES: el incumplimiento de las funciones precedentes, dará lugar a la remoción total o parcial de los representantes del Comité Mixto.
3.3 ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL. Con base en las condiciones establecidas en la ley correspondiente, en todas las empresas deben integrarse los comités mixtos de seguridad e higiene, encargados de prevenir cualquier daño que pueda sobrevenir a la salud de los trabajadores, mediante la investigación de las causas de los accidentes y enfermedades, la proposición de medidas para prevenirlos y la vigencia de su cumplimiento. Las comisiones mixtas de seguridad e higiene son órganos legales que reflejan la responsabilidad obrero-patronal compartida. Su finalidad es contribuir a la protección de la salud de los trabajadores, entendiendo esta no solo como la ausencia de enfermedad, sino como el más completo estado de bienestar físico, psíquico y social. La comisión mixta de seguridad e higiene es el organismo que establece la citada Ley en su artículo 36, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo, proponen medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan. Dicha comisión deberá integrarse en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que se inicien sus actividades en sus centros de trabajo y de inmediato, en donde no existan. Estas comisiones deberán integrarse con igual número de representantes obreropatronal y funcionaran en forma permanente. Los representantes de los trabajadores deberán ser miembros del comité ejecutivo cuando no exista sindicato. Los representantes de los trabajadores deberán ser elegidos por votación. El patrón designara a sus representantes, quienes no deberán ser empleados de oficina o del departamento de seguridad. De preferencia serán trabajadores de confianza que 14
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desempeñen sus labores dentro de la planta o unidad de proceso. Los requisitos son los siguientes: Ser trabajador de la empresa. Ser mayor de edad. Poseer la instrucción y experiencia necesaria. De preferencia, no ser trabajador por destajo, a menos que todos los trabajadores presenten sus servicios en la misma condición. Ser de conducta honorable y haber demostrado en el ejercicio de su trabajo, sentido de responsabilidad. Ser, de preferencia, el sostén económico de su familia. La duración en sus puestos de los representantes deberá ser permanente, siempre y cuando cumplan satisfactoriamente con sus funciones Una vez nombrados los representantes, se reunirán para levantar el acta constitutiva.. En esta misma reunión, la comisión definirá la manera de dar cumplimiento a sus funciones. Los representantes desempeñaran gratuitamente sus actividades en la comisión dentro de las horas de trabajo.
3.4 ELEMENTOS DE LA PROGRAMACION DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL Un buen programa de seguridad industrial consiste en realizar por lo menos, un recorrido mensual por las instalaciones de la empresa. En la visita programada de los edificios, instalaciones y/o equipos del centro de trabajo, con el fin de observar las condiciones de seguridad e higiene que prevalezcan en los mismos e identificar las posibles causas de riesgo. Los recorridos que hagan los miembros de las comisiones mixtas de seguridad e higiene, pueden tener tres diferentes clases de propósitos: 1. - De observación general. Este recorrido se puede llevar a cabo tomando en cuenta el proceso de producción y se deberán observar los siguientes lugares: a) Las instalaciones. b) Los locales de servicio. c) Los departamentos de producción. d) Los talleres de mantenimiento. 2. - De observación objetiva general. Este recorrido es aquel que puede realizarse cuando se conocen o se señalan algunas áreas peligrosas, para que la comisión dirija su observación a ellas y proponga medidas concretas que puedan ser aplicadas para prevenir riesgos. 3. - De observación general. Un recorrido de esta naturaleza puede hacerse a petición de los trabajadores o de la empresa, cuando noten alguna condición insegura en el área de trabajo.
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Los aspectos que deberán revisarse durante los recorridos son los siguientes: Aseo, orden y distribución de las instalaciones, la maquinaria, el equipo y los trabajadores del centro de trabajo. Métodos de trabajo en relación con las operaciones que realizan los trabajadores. Espacio de trabajo y de los pasillos. Protección en los mecanismos de transmisión. Estado de mantenimiento preventivo y correctivo. Estado y uso de herramientas manuales. Escaleras, andamios y otros. Carros de mano, carretillas y montacargas. Pisos y plataformas. Grúas y aparatos para izar. Alumbrado, ventilación y áreas con temperatura controlada Equipo eléctrico. Ascensores. Recipiente a presión. Cadenas, cables, cuerdas, etc. Acceso a equipos levados. Salidas normales y de emergencia. Sistemas de prevención de incendios. Patios, paredes, techos y caminos. La supervisión, como una actividad planeada, sirve para conocer oportunamente riesgos a los que están expuestos los trabajadores, antes de que ocurra un accidente o una enfermedad de trabajo, que puedan provocar una lesión o la perdida de la salud del trabajador.
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4.
MEDICINA DEL TRABAJO.
Previene las consecuencias de las condiciones materiales y ambientales sobres los trabajadores y junto con la seguridad, la higiene y la ergonomía industrial establece condiciones de trabajo que no generan daño, para lo cual utiliza la medicina preventiva.
4.1 ERGONOMIA Es el estudio de las características del ser humano para adaptarse y diseñar mejor su medio ambiente de trabajo.
Seguridad en el trabajo. Higiene industrial. Sociología Medicina del trabajo. Psicología.
SEGURIDAD INDUSTRIAL. Estudia las condiciones materiales que ponen en peligro la integridad física de los trabajadores, el accidente de trabajo es una lesión traumática. HIGIENE GENERAL Es parte de la medicina y determina las medidas para conservar y mejorar la salud, así como para prevenir las enfermedades del hombre en relación de su medio ambiente. CONTROL AMBIENTAL. Conjunto de medidas que se realizan para disminuir al mínimo la emisión de contaminantes ambientales.
4.2 AGENTES CONTAMINANTES. De acuerdo a la diversidad de propiedades, estos presentan una gran variedad de posibles riesgos a la salud de los trabajadores, si entran en contacto directo con el organismo. Dependiendo del material de que se trate y su forma de entrada al organismo será el daño que causen, pudiendo ser este de efecto inmediato o por varios años dando como resultado daños irreversibles. Para determinar el daño que se produce, se utilizan diferentes criterios.
Tipo de agente. Vía de entrada. Tiempo de exposición. Grado de concentración de los agentes contaminantes.
LOS AGENTES CONTAMINANTES SE CLASIFICAN EN: Agentes físicos:
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Ruido. Radiaciones ionizantes (ultravioleta, infrarrojos, láser, radio, etc.) Vibraciones. Ventilación. Iluminación. Presión. Temperatura.
Agentes químicos:
Nieblas. Humos. Vapores. Gases. Polvos.
Agentes biológicos: Bacterias. Hongos. Insectos Agentes ergonómicos:
Mal diseño. Operaciones inadecuadas. Condiciones inadecuadas. Relaciones laborales inadecuadas
VIAS DE ENTRADA DEL AGENTE CONTAMINANTE AL ORGANISMO.
Auditividad:
Ruido alto y bajo, golpeteo, vibraciones.
Visual:
Poca iluminación, radiaciones, temperatura y brillantes.
Respiratoria:
Polvos, gases, humos, vapores, neblinas.
Digestivas:
Cosas que se toman o beben antihigiénicas.
Cutáneas:
Agentes que irritan la piel
4.3 MEDIDAS DE DETECCION DE AGENTES CONTAMINANTES En el medio ambiente laboral. La medición y detección de los contaminantes, algunos fabricantes han puesto a disposición del comercio instrumentos que permiten la detección y la evaluación de concentraciones de algunos contaminantes. Estos instrumentos detectan en una zona determinada cuando los agentes exceden los niveles de contaminación, activando una alarma. En el organismo. 18
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Lo más importante para la detección son los exámenes médicos físicos periódicos. Él medico que los realiza trata de evaluar los antecedentes familiares que tenga el trabajador. Por otro lado la medicina del trabajo o la higiene industrial deben investigar el medio ambiente para poder detectar las enfermedades de trabajo.
4.4 ENFERMEDADES PROFESIONALES Enfermedades de trabajo, es todo estado patológico que tenga su origen en el trabajo o en el medio en que el trabajador se ve obligado a presentar sus servicios. Medidas de prevención de enfermedades profesionales.
Conocer las características de cada uno de los contaminantes Vigilar el tiempo máximo. Mantener ordenado y limpio el lugar de trabajo. Usar adecuadamente el equipo de protección personal. Someterse a exámenes médicos iniciales y periódicos.
Las enfermedades causadas por temperaturas altas se pueden prevenir así:
Evitando la existencia de temperaturas altas. Proporcionando pastillas de sal a los trabajadores, acompañados por grandes cantidades de líquidos. Concediendo descansos periódicos. Usando el equipo de protección más adecuado.
Las enfermedades causadas por la expansión a polvos, gases, humos o vapores se pueden prevenir así:
Identificar la sustancia contaminante. Limitar la exposición.
Las enfermedades causadas por ruidos se pueden prevenir así:
Eliminar las fuentes de ruido. Aislar al personal. Seleccionar características de ruido y vibraciones bajas.
Ruido: Sonido no diseñado, es una forma de vibración. Los efectos del ruido sobre los trabajadores incluyen:
4.5
Efectos psicológicos como alarmar, distraer, etc. Interferencias de la comunicación hablada. Efectos fisiológicos como perdida de la capacidad auditiva.
MEDICINA DEL TRABAJO.
Estudia y previene las consecuencias de las condiciones materiales y ambientales sobre los trabajadores, para ello utiliza la medicina preventiva, campañas, promociones de salud. 19
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Primeros auxilios. La vida nos impone cada día una mayor cantidad de riesgos. Como consecuencia natural de tal situación ha surgido la prevención de accidentes y primeros auxilios como medio de defensa, tanto para evitarlos como para controlar sus consecuencias. Los primeros auxilios son los cuidados inmediatos y temporales que se deben dar a la víctima de un accidente o una enfermedad repentina. Beneficios:
Prevenir accidentes. Evitar lesiones. Suministrar al lesionado transportación adecuada. Aliviar el dolor físico y moral.
Que se debe hacer:
Actuar de inmediato. Que una persona tome el mando de la situación. En caso de incendio, se procederá con el mayor cuidado, Mantenga acostada a la víctima. Examine a la víctima para buscarle lesiones. o Hemorragias. o Carencia de respiración. o Paro cardiaco. o Quemaduras químicas. o Shock. o Huesos rotos. o Quemaduras por temperatura. o Heridas, etc.
VENDAS Para aplicar vendaje, debe escogerse la venda más adecuada al lugar y tipo de lesión de que se trate. VENDAJE El vendaje debe comenzarse por la parte más delgada del miembro lesionado aplicándole dos vueltas antes de avanzar. La venda no debe estar tan apretada que interrumpa la circulación ni tan floja que se caiga.
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5.
LAS OCHO REGLAS DE ORO DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL Debemos estar comprometidos en realizar todas nuestras actividades sin accidentes ni lesiones. Todas las personas que efectúan labores manuales en cualquier lugar de trabajo, son responsables por su seguridad y la de aquellos que los rodean. Las siguientes Ocho Reglas de Oro de Seguridad deben cumplirse estrictamente, para garantizar la seguridad de nuestra gente, contratistas y la comunidad en todas las actividades que realicemos. Se debe dar, a Gerentes y Supervisores, la responsabilidad de comunicar, capacitar, implementar y auditar el cumplimiento y ejecución de estas reglas. Pese a estar contenidas en las Reglas, debemos enfatizar lo siguiente:
Ningún trabajo se realizará sin una previa evaluación de riesgos potenciales y una reunión de seguridad adecuada para ese nivel de riesgos Todos los trabajadores contarán con el entrenamiento y competencia respectivos, para el trabajo que realizarán. El Equipo de Protección Personal (EPP), se utilizará de acuerdo con la evaluación de riesgos y los requisitos mínimos del área de trabajo. Los planes de emergencia se desarrollarán según la revisión de potenciales escenarios de emergencias y estarán implementados antes de comenzar con el trabajo. Ningún trabajo es tan importante y ningún servicio es tan urgente, que no podamos tomarnos el tiempo de realizarlo con seguridad.
5.1 REGLA N° 1.- SEGURIDAD VEHICULAR Para la operación de vehículos se requiere que:
El vehículo haya sido inspeccionado para verificar su condición operativa y mecánica.
Los conductores estén entrenados y certificados para conducir vehículos.
El número de pasajeros no exceda las especificaciones de diseño del fabricante. El vehículo tenga instalados los cinturones de seguridad y éstos sean utilizados por todos los pasajeros.
El conductor no utilice teléfono, ni radio de mano, ni fume mientras conduce.
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5.2 REGLA N° 2.- PERMISOS DE TRABAJO Antes de empezar cualquier trabajo que implique ingresos a espacios confinados, trabajos en los sistemas de energía, excavaciones, trabajos en caliente o en alturas, etc se debe tener un permiso que:
Defina el alcance del trabajo.
Identifique los peligros y evalúe el riesgo.
Establezca medidas de control para eliminar o mitigar los peligros. Enlace el trabajo con otros permisos de trabajo asociados o con operaciones simultaneas.
5.3 REGLA N° 3.- MANEJO DEL CAMBIO Todo trabajo que implique cambios temporales, permanentes o de emergencia en la organización, el personal, los sistemas, el proceso, los procedimientos, el equipo, los productos, los materiales o sustancia y las normas y reglamentos, requiere aplicar el procedimiento de Manejo del Cambio, el cual debe incluir:
Una evaluación de riesgo realizada por todos los afectados por el cambio.
El desarrollo de un plan de trabajo que especifique claramente el marco de tiempo para el cambio y cualquier medida de control a ser implementada con relación a: Equipos, instalaciones y proceso Operaciones mantenimiento, procedimientos de inspección Entrenamiento, personal y comunicación Documentación
Una autorización del plan de trabajo expedida por el personal responsable hasta la culminación.
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5.4 REGLA N° 4.- LEVANTAMIENTO DE CARGAS Para operaciones de levantamiento de cargas en que se empleen grúas, elevadores u otros dispositivos mecánicos de izaje se requiere que:
Se haya realizado una evaluación del levantamiento y determinado el método y equipo de izaje por parte de personal competente.
Los operadores de equipos mecánicos de izaje estén entrenados y certificados para dicho equipo.
Personal competente realice las operaciones de maniobra de la carg Los mecanismos y equipo de izaje hayan sido certificados en los últimos doce meses (como mínimo)
La carga no exceda las capacidades dinámicas y/o estáticas del equipo de izaje.
Los dispositivos de seguridad instalados en el equipo de izaje estén en funcionamiento.
Personal competente hay a revisado visualmente todos los mecanismos y equipo de izaje de cada levantamiento.
5.5 REGLA N° 5.- TRABAJOS EN ALTURA Para trabajos a más de 1,8 metros (6 pies) de altura se requiere que:
Se cuente con una plataforma fija, andamios o barandas verificadas por una persona competente.
Los equipos para detención de caídas (líneas de vida) pueden soportar un peso mínimo de 2.275 kg. (5.000 Ib.) de carga estática por persona y cuenten con: Un gancho adecuado montado en la parte superior del arnés Un arnés de cuerpo entero Líneas de vida aprobadas con ganchos con doble seguro Un amortiguador de golpe de caídas
El equipo de detención de caídas limite la caída libre a 1,8 metros (6 pies).
Se realice la inspección visual del equipo, y del sistema. Cualquier equipo que presente daños o haya sido activado, deberá ser retirado de servicio.
Las personas estén capacitadas para realizar el trabajo.
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5.6 REGLA N° 6.- AISLAMIENTO DE ENERGÍA Para trabajos que impliquen aislamiento de energía; tal como mecánica, eléctrica, de proceso, hidráulica y otros se requiere que:
El método de aislamiento y descarga de la energía acumulada sea definido y ejecutado por personal competente.
Se aísle el sistema verificando que no haya energía acumulada.
Se utilicen los sistemas de cierre y etiquetas en los puntos de aislamientos.
Se realice una prueba para asegurar la efectividad del aislamiento.
Se revise periódicamente la efectividad del aislamiento.
5.7 REGLA N° 7.- EXCAVACIONES Para trabajo de corte manual, excavación o apertura de zanjas, en la superficie del suelo, se requiere que:
Los peligros del trabajo hayan sido evaluados por personal competente.
Todos los peligros subterráneos, tales como los que se presentan en oleoductos, cables eléctricos, etc., hayan sido identificados, ubicados, y de ser necesario, aislados.
En caso de ingreso de personas a una excavación se requiere Se haya expedido un permiso Junto con su certificado de ingreso a espacio confinado.
que:
Se haya controlado el movimiento del terreno y evitado los derrumbes mediante el apuntalamiento, construcción de taludes, escalonamiento, etc., según sean necesarios.
Se revisen constantemente las condiciones ambientales y del terreno para detectar cambios.
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5.8 REGLA N° 8.- INGRESOS A ESPACIOS CONFINADOS Para el ingreso a cualquier espacio confinado se requiere que:
Se hayan descartado todas las demás opciones. El permiso junto con el certificado se haya expedido con autorización de la persona responsable. El permiso, junto con el certificado haya sido comunicado a todo el personal afectado y sea exhibido, según la necesidad. Todas las persona que participan en el trabajo estén capacitados para realizar dicho trabajo. Se hayan aislado todas las fuentes de energía. Se hayan realizado y verificado las pruebas de atmósfera, además de haberlas repetido con la frecuencia definida en la evaluación del riesgo. La persona en “stand-by” esté en su sitio.
Se evite ingreso no autorizado.
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6.
REPORTE DE INCIDENTE
UN ACTO O CONDICION INSEGURA, EN CIRCUNSTANCIAS LIGERAMENTE DISTINTAS, PODRIA SER EL ACCIDENTE FATAL DE UNA PERSONA
Todo acto o condición insegura, accidente personal, vehicular y ambientales, son incidentes que deben ser reportados dentro de las 24 horas. El reporte deberá contener la siguiente información mínima:
Fecha de la ocurrencia
Lugar del acontecimiento
Personas, instalaciones, ambientes afectados
Breve descripción de incidente
Acciones tomadas
Sugerencias para prevenir la repetición del incidente
Problemas potenciales.
El Reporte de Incidente fuera de ser una denuncia de un acto inseguro que puede derivar en un accidente, es una forma de estimular a los trabajadores a la pro-actividad de la seguridad. No es necesario que se identifique con nombres personales, cualquier acto inseguro denunciado, pero, si, es obligatorio que éstos se den a conocer de alguna forma: reuniones de seguridad, correo electrónico, boletines informativos, estadísticas, etc., para que sea de conocimiento general. Es 26
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE una forma de “recordar” a los trabajadores, que pese a los esfuerzos de empleadores y empleados, a minimizar los riesgos en cualquier actividad, siempre existen descuidos o no cumplimiento de normas, que nos exponen a sufrir un accidente.
6.1 PIRAMIDE DE ESTRATIFICACION DE INCIDENTES
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7.
EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
Se entiende por EPP cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.
7.1 CONSIDERACIONES EN LA SELECCIÓN Estará basada en:
Impacto.
Penetración.
Compresión.
Luz (óptico) radiación.
Químicos.
Calor.
Polvos dañinos.
Movimiento.
Alta temperatura.
Tipos de químicos.
Polvos y partículas.
Luz radiante.
Objetos en altura.
Objetos cortantes.
Objetos rodantes o punzantes.
Disposición del trabajo.
Peligros Eléctricos
Una vez que el peligro fue delimitado los empleados deberán ser entrenados en:
Cuando usar EPP.
Que EPP usar.
Como usarlo.
Limitaciones del EPP.
Mantenimiento adecuado.
Todo el EPP deberá disponer de normas o estándares mínimos de seguridad (ANSI, OSHA, etc), y estarán diseñados para:
Protección para la cabeza Protección para los oídos Protección para los ojos Protección para las manos Protección para los pies Ropa para protección total 28
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7.1.1 PROTECCIÓN PARA LA CABEZA Utilizar cascos y protección para situaciones en las que pueda existir un impacto, golpe, líquidos, peligro, eléctricos, etc.
TIPOS DE CASCOS Casco Tipo “A” Resistencia a la caída de objetos hasta 1.5 Kg. desde 7 mt de altura máxima. Aislamiento eléctrico hasta 2000 volts. Resistente a los químicos (tiempo). Resistente al fuego hasta 70 °C. Casco Tipo “B” Resistencia a la caída de objetos hasta 2.5 Kg. desde 7 mt de altura máxima. Aislamiento eléctrica hasta 20.000 volts. Resistente a los químicos (tiempo). Resistente al fuego hasta 70 °C. Casco Tipo “C” Resistencia a la caída de objetos hasta 1 Kg. desde 5 mt de altura máximo. No posee aislamiento eléctrico. Baja resistencia a los químicos. Resistente al fuego hasta 50 °C. Metálicos Resistencia a la caída de objetos hasta 4 Kg. desde 12 mt de altura máximo. Es conductor eléctrico. Baja resistencia a los químicos (tiempo). Resistente al fuego hasta 85 °C.
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7.1.2 PROTECCIÓN PARA LOS OÍDOS En la vida cotidiana y ni que decir en el trabajo industrial, el órgano auditivo esta expuesto a todo tipo de ruidos que pueden dañar gravemente nuestro oído, no de forma inmediata y aunque las secuelas son a largo plazo donde se ve el daño que nos ha causado, no por eso debemos dejar de darle importancia. La pérdida de la audición es uno de los daños más comunes y casi todos lo ignoran pues sucede de manera gradual. Protección de los oídos, sonido = ruido. El sonido se mide con frecuencia e intensidad. La frecuencia es el tono alto o bajo de un sonido. La intensidad es el volumen de un sonido. El volumen se mide en decibeles (db). Todo ambiente donde exista un nivel igual o superior a los 85 decibeles es considerado un ambiente en el que se deberá usar protección auditiva. El siguiente cuadro contiene unos cuantos ejemplos de los decibeles medidos a diferentes tipos de sonido.
SONIDO
Grado
Decibeles
Susurro
Levemente audible
10
Conversación normal
Normal
80
Aire Acondicionado
Normal
80
COMPRESOR/GENERADOR
Ruido molesto
85
AMOLADORA
Daño a mediano plazo
90
Cortadora pasto
Daño a mediano plazo
100
Música Rock(sala cerrada)
Umbral del dolor
120
Avión Jet (despegue)
Daños severos
140
Disparo de arma (oído)
Daños severos
mayor
Existen dos maneras de proteger mediante los siguientes EPP:
Tapones Orejeras
Los tapones son de material sintético o esponja suave, que deben acomodarse en el canal auditivo del operario y ocupar en su totalidad la cavidad auditiva. La forma correcta de poner los tapones dentro de la oreja es: Con la Presionar con los dedos pulgar e índice hasta su mínima expresión 30
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE otra mano tirar del pabellón de la oreja hacia atrás y hacia arriba Introducirlos dentro la cavidad de la oreja Presionar con el dedo índice y esperar hasta que se expanda nuevamente el tapón. Los tapones desechables, como su nombre indica, deben ser desechados después de ser usados una sola vez. Las orejeras son utilizadas para los lugares mas ruidosos por esta razón cubren las orejas en todo su contorno por medio de una banda que cruza la cabeza. Se debe tener mucho cuidado en su limpieza lavando las orejeras preferentemente con agua tibia En caso de que se requiera mayor protección se utilizan al mismo tiempo los tapones y las orejeras.
7.1.3 PROTECCIÓN PARA LOS OJOS Los lentes, gafas, mascaras protectoras cuyo uso es imprescindible para proteger algo tan preciado como es la vista su uso y su elección debe ser cuidadosamente elegido para el tipo de trabajo a desempeñar y se lo debe usar en todo momento que el trabajador se exponga a cualquier peligro en el que se exponga la vista a partículas en el aire, gases dañinos, líquidos etc que puedan afectar a los ojos. Estos lentes están hechos de materiales resistentes y de alta transparencia adecuado a las condiciones del operario. La protección de los ojos de posibles partículas sólidas, gaseosas, radiaciones y partículas químicas, como también intensos rayos luminosos. Estos deben ser cómodos alrededor del ojo y de fácil de limpieza. Protección facial Los tipos de protección facial: Gafas de seguridad. Antiparras. Protección cara. Casco de soldadura. Antiparras completas. Gafas de protección clara deberán ser usados debajo de la protección de soldadura o antiparras completas. Gafas de protección Gafas con tinte podrán ser usadas en oportunidades especiales pues podrán presentar problemas si se sale de un ambiente oscuro a un claro (según sea de día o de noche). Protegen de salpicaduras de partículas de chispas, sólidos, líquidos, etc. dirigida a los ojos. 31
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE “Tu puedes caminar con una pierna de palo, puedes masticar con dientes falsos pero nunca podrás ver con un ojo de vidrio. Los daños a la vista son permanentes y para toda la vida” L. Ramazzini 1876.
7.1.4 PROTECCIÓN PARA LAS MANOS Las manos son sometidas a todo tipo de raspados y quemadura, hasta en un porcentaje del 16% para la protección, se utiliza los guantes para cualquier tipo de trabajo que signifique riesgos para nuestro órgano, que indiscutiblemente es el mas sensible cuando se tiene una herida ya que es el mas empleado en cualquier tarea a realizar en nuestra vida cotidiana. Los guantes evitan que las manos entren en contacto directo con cualquier objeto o sustancia cuya manipulación represente un riesgo.
Sustancia dañinas Cortes Laceraciones Abrasión Pinchazos Quemaduras químicas y térmicas Temperaturas extremas peligrosas Se clasifican en:
Resistente al corte De uso especial De uso general Resistente a químicos
Peligros mecánicos existen en cualquier lugar que se usa maquinaria. Estos están hecho de algodón, mallas metálicas, de goma. Peligros de agentes físicos, frío, calor, electricidad, y manejo de materiales. Estos están hechos de cuero, lana, goma. Peligro con contactos de sustancias químicas, agentes biológicos y patógenos. Estos están hechos de nitrilo Guantes de goma o caucho (vinyl), o neopreno son suficientes al trabajar con químicos. Los guantes de cuero se utiliza para manipular objetos abrasivos, objetos punzo cortantes, etc. Considerar que es peligroso utilizar guantes al trabajador con maquinaria que tiene partes rotatorias.
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7.1.5 PROTECCIÓN PARA LOS PIES La mayoría de los accidentes son por aplastamiento, por caída de materiales de no mas de 1 metro de altura y de 3 kg de peso y casi siempre, caen en los pies de personas. Para evitar estos accidentes, existen los botines y calzados para los distintos tipos de trabajo estos calzados tienen en la punta una especie de acero que soporta los objetos contundentes. La proyección normal de los pies en la industria es el zapato de seguridad, con punta de hierro también para los riesgos eléctricos usan calzados de seguridad con recubrimiento de teflón para aislamiento eléctrico. Tipos de calzado de seguridad:
Zapatos con punta de (acero).- Son zapatos que cuentan con una punta de acero, pueden resistir una caída de un objeto de 2 Kg. Desde 2 mt. Zapatos contra la corriente estática.- Este tipo de zapato es usado en las plantas de productos químicos en polvo o cuando trabajan en cualquier situación donde la atmósfera pueda contener una mezcla inflamable. Ya que la calidad conductora del zapato es prácticamente nula. Zapatos para la construcción.- Son de planta resistente. Calzados de goma.- Para la industria químicas.
Utilizar siempre protección de los pies cuando:
Exista peligro de aprisionamiento de pies.
Golpe de objetos pesados.
Pinchaduras de objetos punzo cortantes.
7.1.6 ROPA PARA PROTECCIÓN TOTAL Estos son trajes especiales de EPP, dependen del lugar donde se los utilice, están compuestos de un material de goma natural. Estos trajes deben ser limpiados (descontaminados) una vez terminados de usar, su limpieza depende de lo que indica el fabricante o el encargado de dicha labor. Citaremos algunos tipos más importantes:
Ropa de alta visibilidad.- Para personas que trabajan tanto de noche como de día en lugares de alto trafico vehicular, como Ej. Policías, constructores civiles, personal de limpiezas en las calles, etc. Ropa especial para manipuleo de sustancias químicas.- Pueden ser de goma natural o burilo, nitrilo, neopreno. Pueden ser desechables o no, si no lo es hay que neutralizar la vestimenta.
LIMITACIONES DE LOS EPP 33
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Tapones desechables no usar dos veces Zapatos muy viejos, cambiarlo por uno nuevo Gafas rayadas cambiarla por nuevas.
MANTENIMIENTO DE LOS EPP.
Limpiar todo EPP. Nunca pintarlo o guardar a la luz del sol los cascos. Conozca el tiempo de duración de sus EPP
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8. PRIMEROS AUXILIOS << Solo podrá brindar atención de Primeros Auxilios, la persona que ha recibido entrenamiento >> En el trabajo uno no sabe cuando vaya a prestar primeros auxilios a algún compañero que de improviso sufrió un accidente, o tal vez sea uno el que los reciba de algún compañero por lo que la empresa debe anticiparse a los hechos, capacitando a sus empleados con normas básicas de primeros auxilios para poder estar certificados para los mismos. Existe la necesidad de saber lo más esencial para practicar los primeros auxilios a alguien que los necesite, porque la persona que se encuentre en situación de prestar atención de los mismos, tendrá en sus manos quizás la vida del compañero.
8.1 PRINCIPIOS DE ACCIÓN DURANTE CASOS DE EMERGENCIA Los principios de acción durante casos de emergencia son los siguientes:
Inspeccionar la escena del accidente. Enviar a alguien por ayuda o llamar a una ambulancia. Calmarse y tratar de ganar la confianza de la victima. Evaluar la condición de la victima, realizando un examen general Investigar la zona del accidente. Verificar si en el lugar existe humo, cables eléctricos, químicos u objetos que estén por caer.
Mandar a alguien a llamar a una ambulancia. La ambulancia debe llegar al lugar del accidente lo más rápido posible, hasta esta podría estar incorporada en el sistema de emergencias de la compañía. Mantener la calma y ganar la confianza de la victima. Mantenerse calmado en estas situaciones es un poco difícil, pero, en lo posible debe controlarse y tener calma porque la victima presiente la inquietud de la otra persona que lo socorre; además debe transmitir seguridad que el personal de apoyo está en camino, al actuar de este modo también se ganara de a poco la confianza de la victima.
Evaluar la condición de la victima realizando un examen general. En este punto quizás sea uno de los mas importantes o mas extensos en su aplicación.
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8.2 PASOS IMPORTANTES A SEGUIR POR LA PERSONA QUE PRACTICA LOS PRIMEROS AUXILIOS.
Las vías respiratorias.- Primero preguntarle como esta, si responde, entonces sus vías respiratorias no están bloqueadas, pero si no responde, revisarlas. Para el efecto se examina la boca para ver si no hay algo que bloquee las vías de respiración, que podría ser algún objeto o la lengua, si fuera la lengua, inclinar la cabeza y levantar la quijada, presionar la frente y empujarla hacia adentro.
Respiración.- Para la respiración nos inclinamos hacia la boca, luego observar el pecho para ver si respira, tratar de oír o la sensación, sentir su respiración.
Circulación.- Presionar la nariz y usar la técnica de respiración exhalando dos veces por completo durante un segundo por exhalación, dejando que el pecho se desinfle cada vez.
8.3 VICTIMAS CON HEMORRAGIAS La atención que se debe dar a una persona con hemorragia es:
Detener la hemorragia, con una gasa esterilizada Cortar la ropa para liberar la herida Tener cuidado de no tener contacto con la sangre de la victima para evitar el contagio de enfermedades, esta prevención se debe hacer por mas que la victima se vea sana. Tratar de mantener la presión, para eso hay que colocar la herida a una altura superior a la del corazón. Cubrir al herido con una manta para que se mantenga caliente y no entre en choque. Reducir el flujo de sangre, esto se consigue apretando al músculo con el hueso, si la herida esta en al pierna apretar al lado de la ingle.
LA MAYORÍA DE LAS HERIDAS CAUSAN ALGÚN GRADO DE CHOQUE El estado de choque se origina cuando el sistema circulatorio deja de llevar sangre oxigenada al cerebro y partes del cuerpo. Los síntomas son:
Piel o labios pálidos o azulados. Piel húmeda o fría o sudor excesivo. Pupilas dilatadas. Ojos opacos o hundidos. Sed, nauseas y vomito.
Se debe evitar que alguna persona entre en choque, ya que podría morir, para evitarlo, subir las piernas del herido a 30 cm. del piso con unos accesorios o pisos que estén a la mano. 36
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CUANDO LAS HERIDAS SON EN LAS PIERNAS Si una persona sufre una herida en una pierna se debe levantar la otra pierna. Cuatro ocasiones en las que no se debe levantar las piernas del herido: Cuando la herida es en la cabeza o en la columna. Si la persona no puede respirar. Si la herida esta en el pecho. Si parece que la victima va ha vomitar. Para el último caso, hay que inclinar a la victima a un costado.
8.4 VICTIMAS CON HUESOS FRACTURADOS Para atender a las victimas que tengan huesos fracturados se debe usar el método de respiración con apertura de la mandíbula. Para atender a las personas que tengan la columna rota y estén boca abajo, para poder voltearlas se debe alinear la espalda, la cabeza y las piernas y luego voltear con ayuda, y luego ver si no esta en choque. También debemos saber distinguir entre: Fractura: Es una rotura hecha con esfuerzo o golpe contundente, las cuales pueden ser visibles o no. Dislocación: Es la separación de los huesos la cual se nota por el brote de la piel en lugar que sufrió la dislocación. Esguince: Es una torcedura de una coyuntura o el maltrato de los músculos que sufre al moverse el hueso de su lugar a otra poción.
Objetos que sirven para la controlar las fracturas (entablillar)
Cartón o una varilla plana de madera, etc. Tela Cuerdas Lazos Periódicos
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8.5 VICTIMAS DE CHOQUES ELÉCTRICOS Para atender a victimas de choques eléctricos debemos inspeccionar el sitio de la tragedia considerando los siguientes aspectos:
Examinar el lugar, esto quiere decir ver donde fue el accidente, y evitar accidentarnos nosotros, para esto debemos cortar todo flujo de corriente en dicha área. Calmarnos, respirando profundamente. Eliminar cualquier problema de respiración, revisando sus vías respiratorias y su respiración. Examinar el cuerpo, para ver si no esta sangrando o si tiene quemaduras, cubrir la quemadura con gasa esterilizada.
8.6 QUE HACER SI TIENE QUE PROPORCIONAR PRIMEROS AUXILIOS
Compórtese tranquilo y sereno Coloque al paciente en posición cómoda; No levante a la persona sin que le hayan aplicado los primeros auxilios. No le ponga alcohol en ninguna parte del cuerpo; No darle líquidos. Prevenga el shock. Controle la hemorragia si la hay. Mantenga la respiración del herido. Evite el pánico. Inspire confianza. Mucho sentido común. Siempre deberá darle prioridad a las lesiones que pongan en peligro la vida.
Si la victima esta respirando tendrá pulso, pero no se deje engañar pensando que las vías respiratorias están despejadas solo por que hay pulso, debe revisarlas constantemente. Debemos buscar sangre y huesos rotos o cualquier otra cosa que tenga el accidentado para poder informar cuando llegue la atención medica. No haga más de lo que sea necesario, hasta que llegue la ayuda profesional Los accidentes pueden ocurrir en cualquier momento o lugar y nadie esta libre de tener un accidente, y el darle los primeros auxilios al accidentado por lo menos hasta que llegue la atención medica, es muy importante y vital.
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9.
PREVENCION DE INCENDIOS 8.1 Elementos del fuego:
Combustible Oxigeno Calor Reacción química en cadena
Para que pueda existir fuego necesariamente deben estar presentes estos cuatro elementos.
ELIMINANDO UNO DE LOS CUATRO ELEMENTOS DEL FUEGO, ESTE SE EXTINGUE
Combustible: Es todo material con la propiedad de combustionar, éste puede sólido, líquido o gaseoso
ser
Oxigeno: Se tiene en el ambiente un 21% de aire compuesto de oxigeno y para que pueda existir fuego solo es necesario un 16% de oxigeno en la atmósfera.
Calor: El calor es la forma de energía más abundante del planeta existiendo tres tipos de transferencia de calor: conveccion, conducción y radiación, que dan origen a que se produzca combustión si el calor transmitido supera la temperatura a la el material empieza a arder.
cual
Reacción química en cadena: Es la encargada de que la combinación (combustible + oxigeno + calor), mantenga el fuego así como su propagación
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Por su origen, el fuego se clasifica de la siguiente manera: TIPOS DE FUEGOS CLASE A
COMBUSTIBLES ORDINARIOS Madera, papel, caucho, telas y muchos plásticos.
CLASE B
LÍQUIDOS INFLAMABLES Y GASES Gasolina, aceites, pinturas, lacas y brea.
CLASE C
FUEGOS QUE INVOLUCRAN INSTALACIONES Y CIRCUITOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS
CLASE D
METALES COMBUSTIBLES O ALEACIONES DE METALES TITANIO, MAGNESIO, SODIO Y OTROS (No hay símbolo gráfico)
9.2 PREVENCIÓN Clase A Se debe limpiar el área de trabajo, cualquier material combustible catalogado dentro esta clasificación debe ser desechado en contenedores de metal, se debe de fumar solamente en áreas clasificadas, en lo posible abstenerse.
Clase B Los combustibles como los gases y líquidos deben estar en áreas totalmente ventiladas, que den un grado de seguridad confiable, su almacenaje se realiza en áreas especiales donde se almacena el líquido combustible en recipientes de 18,9 lt que es lo que indican las normas.
Clase C Se deben revisar los cables y reportar los que se encuentren dañados y además revisar las demás instalaciones eléctricas.
Clase D Tener cuidado con ese tipo de materiales que ingresen dentro esta clasificación.
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9.3 TIPOS DE EXTINGUIDORES Los extinguidores también están clasificados según estos tipos de incendios en:
TIPOS DE EXTINGUIDORES CLASE A CLASE A:B CLASE A:B:C CLASE A:C CLASE B:C CLASE D Clase A: Extinguidores a base de agua, espuma o polvo químico, la temperatura a la que se encuentren estos debe ser menor a la temperatura de combustión. Clase B: Extinguidores a base de espuma, dióxido de carbono, químicos secos regulares, químicos secos de uso múltiple, Halon o sustitutos de Halon (debido a su impacto ambiental que provoca este ya no se los utiliza) Clase C: Extinguidores que no deben usar agua, para su aplicación en esta clase de incendios, estos extinguidores llevan dióxido de carbono, químicos secos regulares, químicos secos de uso múltiple, dispositivos de Halon. Clase D: Igual que los anteriores estos no llevan agua, estos llevan polvo seco a presión. Otros extinguidores tienen la funcionalidad de extinguir el fuego de dos y más clases todavía, pueden tener especificaciones AB, BC, DC, ABC como se muestra en la tabla. Forma de uso de los extinguidores: En los extinguidores se especifica la forma de usarlos. 1. Jalar 2. Apuntar (hacia la parte superior de la formación de fuego) 3. Apretar el gatillo 4. Esparcir el contenido del extinguidor sobre el fuego.
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En el grafico siguiente se resume los pasos a seguir
9.4 RECOMENDACIONES Para evitar que se origine el fuego, se deben seguir las siguientes recomendaciones:
Todo trapo y material impregnado con hidrocarburo debe ser depositado en recipientes con tapa, hasta su disposición total. La manipulación de combustibles debe realizarse en áreas ventiladas y alejadas de toda fuente de ignición. El almacenaje de combustibles debe realizarse en envases herméticos adecuados que resistan impactos.
Cuando se transfiera combustibles se debe mantener la puesta en tierra.
No usar hidrocarburos como material de limpieza.
Se deben revisar y realizar mantenimiento a todas las instalaciones eléctricas.
No se debe sobrecargar los circuitos eléctricos.
Evite el uso de ropa de fibra sintética en áreas operativas.
Obtenga el Permiso de Trabajo y7 cumpla con sus recomendaciones.
Mantenga el Orden y la Limpieza.
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10.
IDENTIFICACIÓN
Y
MANIPULEO
DE
PRODUCTOS
QUÍMICOS En los sitios de trabajo se requiere, algunas veces, el uso de químicos y otros materiales para desarrollar las actividades normales de trabajo. Todo el personal deberá saber a qué clase de químicos puede estar expuesto, los peligros involucrados y las precauciones que hay que tener cuando se trabaja en los alrededores de estos químicos. Por lo tanto, se tiene como objetivos: identificar los inventarios químicos, identificar peligros e identificar las precauciones necesarias.
10.1 HOJAS TÉCNICAS DE SEGURIDAD DE MATERIALES (MSDS) MSDS (Material Safety & Data Sheet) Estas tienen que estar disponibles para todo el personal que maneje o esté expuesto a materiales peligrosos. Los MSDS contienen información como:
Características físicas y químicas.
Riesgos de incendio, intoxicación y explosión.
Equipos de protección personal adecuados.
Procedimientos de limpieza de derrames.
Información de primeros auxilios.
Los MSDS’s de químicos peligrosos que se usen o se almacenen en el sitio de trabajo deberán estar a disposición de todo el personal. El personal se debe poner inmediatamente en contacto con su supervisor si no sabe como obtener los MSDS de la locación. Normalmente los proveedores suministran los MSDS. Si los productos químicos llegan sin el MSDS, se debe solicitar uno al proveedor. No se deben aceptar las vasijas del proveedor que contengan químicos peligrosos si se detecta alguna fuga o derrame o si la etiqueta es deficiente. Todos los tanques, vasijas de proceso, contenedores, incluyendo tambores, tarros, canecas con pestaña, botellas, frascos, etc., que se usen para guardar químicos deben estar rotulados con una etiqueta adecuada comunicando el peligro. El personal debe reponer las etiquetas faltantes. 43
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Las etiquetas deberán:
Identificar el químico
Identificar los peligros
Identificar los procedimientos de primeros auxilios
Indicar información de contactos (teléfonos de los contactos en caso de derrames o accidentes y emergencias).
10.2 INFORMACIÓN Y ENTRENAMIENTO DEL PERSONAL El personal expuesto a peligros químicos deberá recibir información y entrenamiento sobre los peligros. Esta información y entrenamiento se dará al momento de la asignación inicial, anualmente, a partir de entonces y siempre que se introduzca un peligro nuevo al área de trabajo de la persona. Todo el personal debe manejar los químicos como aprendió en el programa de entrenamiento y como se describe en los MSDS’s. En ninguna circunstancia deberá el personal estar expuesto, o entrar en contacto con un químico si no tiene el debido entrenamiento y el equipo de protección personal que corresponda. Todo el entrenamiento y la orientación de personal deberán estar documentados y se guardará en el sitio o en los archivos.
10.3 ROMBO DE IDENTIFICACIÓN SUBSTANCIAS
DE
Para efectos de una fácil e inmediata comunicación de los MSDS para su interpretación, se dispone de un ROMBO aprobado y consensuado mundialmente. La Asociación Nacional de lucha Contra Incendios (EU) clasifico los riesgos a la Salud y Riesgos Físicos/Químicos de la Sustancia, la forma de diamante y a través de un sistema de código de colores este Rombo (NFPA-704) se aplica en todo el Mundo.
10.4 SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN RIESGO DE LOS MATERIALES
DE
Índice de Riesgos: 4 = Riesgo SEVERO 3 = Riesgo SERIO 2 = Riesgo MODERADO 1 = Riesgo LEVE 0 = Riesgo MINIMO * (Un asterisco) o otra designación corresponderá a información adicional en una hoja de datos. 1. Código de colores en rombo. SALUD (azul) 44
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4 = Materiales severamente peligrosos para la salud, tan solo una bocanada puede significar la muerte. 3 = Materiales extremadamente peligrosos para la salud, debe usarse vestuario de protección química completo, con respirador autónomo. 2 = Materiales que son peligrosos para la salud pero pueden ser penetrados con respirador autónomo y la ropa normal lo protege. 1 = Materiales que son ligeramente peligrosos para la salud solo en exposiciones prolongadas. 0 = Materiales que no ofrecen peligro para la salud, solo en exposiciones muy prolongadas (representa efectos residuales). 2. Código de colores en rombo. INFLAMABILIDAD (rojo) 4 = Gases muy inflamables y líquidos muy volátiles pueden ser de una expansión rápida en el aire, ignición <22 ºC (GLP, Propano). 3 = Materiales que pueden entrar en ignición en condiciones casi normales, el agua puede resultar ineficaz, ignición entre 22º y 37ºC (Gasolina, Jet Fuel, Avigas). 2 = Materiales que tienen que ser moderadamente calentados para inflamarse y entrar en ignición, ignición entre 37º y 93º C (Diesel, Algunos aceites). 1 = Materiales que tienen que ser recalentados antes que tenga lugar la ignición. (Aceites lubricantes). 0 = Materiales que no arden. 3. Código de colores en rombo. REACTIVIDAD (amarillo) 4 = Materiales que son capaces de detonar con rapidez a presión y temperatura normal, en caso de incendios abandone el área. 3 = Materiales que si son calentados y quedan confinados son capaces detonar y pueden reaccionar con el agua.
de
2 = Materiales que sufrirán cambio químico violento a presión y temperatura elevada pero que no detonan. 1 = Materiales normalmente estables pero que pueden no serlo al combinarse con otro. 0 = Materiales normalmente estables por lo tanto no representan ningún peligro.
4. Riesgos específicos (blanco) En esta casilla se coloca el riesgo específico que representa el producto al combinarse con otro:
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En caso de no disponer rombo para llenar: si existen envases eventuales para almacenar substancias de uso diario, en mantenimiento, en limpieza, pintado etc., estos deben se etiquetados manualmente en cinta masking pegado en el envase escribiendo el nombre del contenido, por ejemplo:
Botella de dos litros sprite conteniendo thinner (diluyente de pintura) colocar etiqueta escrita en la botella.
En envases vacíos colocar el nombre de vacío.
10.5 INTOXICACIONES En una proporción cercana al 70%, las intoxicaciones obedecen a fenómenos involuntarios o accidentales. Las vías de ingreso del toxico al organismo, pueden ser:
Digestiva.
Respiratoria.
Cutáneo.
Es importante tener en cuenta que las maniobras generales que se deberán poner en practica desde el momento de ocurrido el hecho, son sumamente importantes, y pueden definir el futuro en la evolución del enfermo. En todos los casos, el objetivo primario es RETIRAR EL TOXICO del organismo lo antes posible: a) Tóxicos Ingeridos Provocar el vomito o estimular la evacuación intestinal. El vomito debe estimularse, toda vez que el paciente este conciente, y que la ingestión no se deba a: ACIDOS, ALCALIS, DERIVADOS DEL PETROLEO, o que se este en presencia de un paciente con el sensorio deprimido, o en estado convulsivo. En estas dos situaciones, la provocación del vomito puede llevar a la aspiración del toxico, comprometiendo aun mas al sujeto. En esos casos, es donde esta indicado neutralizar el compuesto, que en el caso de ácidos, álcalis, se podrá hacer administrando: leche, clara de huevo batida. En el caso de derivados del petróleo, con galletas remojadas en leche. En ambos casos, la provocación del vomito deberá ser reemplazada por la maniobra de aumentar la evacuación intestinal mediante la administración de purgantes salinos.
b) Tóxicos Inhalados 46
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Ventilar el lugar donde se halla el enfermo, es la primera medida, luego, trasladar al mismo a un lugar aireado. Aflojar las prendas, mejorar la apertura de la vía respiratoria extendiendo la cabeza hacia atrás. Dar respiración boca-boca si fuere necesario. c) Tóxicos en piel Lo mas importante es retirar las prendas impregnadas con el toxico, y proceder a lavar la superficie corporal con agua y jabón, pero SIN FROTAR. En los casos en que el toxico sea de tipo cáustico, el lavado se hará solo con agua corriente. RESUMEN: en todos los casos, las medidas generales tienden a:
Evitar la absorción del toxico.
Favorecer la eliminación.
Neutralizar la acción.
47
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11.
ACCESO A ESPACIOS CONFINADOS
Se entiende por espacio confinado, cualquier espacio con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables, o tener una atmósfera deficiente de oxígeno y que no está concebido para una ocupación continuada por parte de trabajadores.
En la industria existen sectores que requieren mantenimiento u otro tipo de trabajo, pero su ubicación es bastante cerrada, de difícil acceso, donde es muy dificultoso realizar el trabajo. También existe el peligro de que el trabajador quede atrapado o sufra un accidente sin que alguien pueda percatarse de ello, o su rescate sea muy pero muy dificultoso, en todo caso cualquier percance que sufra el trabajador en un espacio confinado significaría un alto porcentaje, la perdida de su vida.
11.1 INGRESO A ESPACIO CONFINADO Antes de la realización de cualquier tipo de trabajo en estos recintos es imprescindible solicitar el permiso de trabajo al servicio de prevención, al técnico de prevención, o al jefe, encargado o responsable de la obra, que garantice que se han tomado una serie de medidas para poder intervenir en el recinto con un adecuado control de los riesgos. Los espacios confinados son suficientemente grandes para que alguien trabaje en ellos pero no están diseñados para operación continua. El acceso para el trabajador es esporádica y de difícil acceso como para salir de el, como lo son las alcantarillas, tanques y otros. Según OSHA, existen 2 clases de espacios confinados: espacios confinados que requieren permiso y espacios confinados que no requieren permiso. Aquellos espacios que llevan cierto riesgo son los que necesitan permiso. Los espacios confinados son peligrosos cuando existe una atmósfera peligrosa, esta puede producir ahogamiento, pudiendo ocasionar que el trabajador quede atrapado esto representa un peligro que pudo haber sido reconocido con anticipación si se realizaban los estudios pertinentes con respecto a espacios confinados.
11.2 ATMÓSFERA PELIGROSA Se tiene una atmósfera peligrosa cuando el porcentaje de oxigeno en el aire es a 19,5 % y cuando es a 23,5 % la cantidad de oxigeno es suficiente para ignición. Los porcentajes de gases y vapores en las atmósferas de los espacios confinados deben ser debidamente controlados tener
en
48
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cuenta algo muy toxico como o es el SO2. Controlar también Limite de Inflamabilidad Inferior (LFL) de los gases del espacio confinado, se tiene una atmósfera inflamable si LFL ≥ 10% si es menor a ese porcentaje es mas seguro. El polvo o vapores ya sean combustibles, etc. en el área de trabajo debe ser debidamente controlado, además si estos nublan la visión a 1,5 m de distancia en el trabajador pueden tener efectos retardados ( que no actúan de inmediato) o sea que el trabajador no percibe el peligro en forma inmediata .El supervisor del trabajo debe tratar de mantener comunicación con él para comprobar su situación y si el trabajador empieza a sentir el mas leve síntoma ya sea un mareo, dolor de cabeza, o cualquier pequeño malestar debe evacuar el espacio confinado y si ya esta desvaneciéndose tener la autosuficiencia de rescatarse a si mismo.
11.3 MONITOREO DEL CONTENIDO DE OXÍGENO El contenido normal de oxígeno en la atmósfera a nivel del mar es de 20.8% en volumen. Las áreas que tienen niveles de oxígeno menores de 19.5% son sumamente peligrosas y no se debe entrar a ellas sin capacitación y equipo especializados. Los criterios desarrollados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud Ocupacionales (NIOSH) requiere que los trabajadores usen respiradores con suministro de aire en áreas en las cuales el contenido de oxígeno atmosférico sea menor de 19.5%. Los niveles de oxígeno de 25% o superiores constituyen un peligro serio de incendio; cuando se observen dichos niveles, se debe evacuar a los trabajadores y comunicarse al departamento de bomberos. La falta de oxígeno no es sólo un peligro respiratorio, sino que también es una advertencia de que el oxígeno puede haber sido desplazado por un gas o vapor potencialmente tóxico, inflamable o explosivo. Antes de iniciar el trabajo en una atmósfera deficiente en oxígeno, es necesario realizar monitoreo adicional - y quizás también análisis de laboratorio - para determinar cuáles gases y vapores se encuentran presentes. Comúnmente, el monitoreo de oxígeno se realiza con un medidor de oxígeno, en el cual las reacciones químicas entre el oxígeno atmosférico y la solución electrolítica a través de una membrana semipermeable producen una ligera corriente eléctrica. La reacción y la corriente resultante aumentan con la cantidad de oxígeno atmosférico presente. La mayoría de los medidores de oxígeno dan una lectura directa del porcentaje de oxígeno presente; al hacerlo así, ayudan a determinar si se encuentran presentes niveles de oxígeno en los cuales los químicos reactivos con el aire pueden explotar o sufrir combustión rápida. Los medidores de oxígeno deben ser a prueba de explosión y deben estar equipados con alarmas audibles y visibles.
11.4 MONITOREO DE LA EXPLOSIVIDAD Los espacios confinados, tales como los registros de inspección o pozos sumideros, son ambientes peligrosos porque pueden permitir que se acumulen gases o vapores hasta alcanzar niveles explosivos. Por esta razón, el monitoreo de la explosividad debe ser una parte rutinaria de todo el mantenimiento de la línea de la alcantarilla. Esto implica dos parámetros de interés: el límite explosivo inferior (LEL) y el límite explosivo superior (UEL). El LEL es la concentración mínima en el aire a la cual un gas o vapor se inflama con una fuente de inflamación. (El Apéndice A incluye los LELs de algunos químicos comunes.) El UEL es la concentración por arriba de la cual una concentración de gas o vapor es 49
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demasiado intensa y no hay suficiente oxígeno presente en la atmósfera para inflamarse. Las atmósferas con concentraciones por arriba del UEL pueden no ser explosivas, pero son extremadamente peligrosas. Cualquier cambio súbito en el flujo del aire (abrir una puerta o un registro de inspección) puede reducir rápidamente la concentración por debajo del UEL hacia un nivel explosivo. Estas áreas deben ser evacuadas, ventiladas y monitoreadas continuamente hasta que la concentración baje del LEL. Los niveles de acción son límites numéricos a los cuales se deben tomar medidas para prevenir una exposición adversa a peligros en el lugar de trabajo. Los niveles de acción para la explosividad se expresan como un porcentaje del LEL. La OSHA (Administración de Seguridad y Salud Ocupacionales) ha establecido los niveles de acción para explosividad como sigue: Porcentaje del LEL
Acción
< 10%
Continuar las operaciones con precaución (protección respiratoria si es necesario)
10% - 25%
Continuar las operaciones con extrema precaución. Tratar de identificar gases o vapores específicos que se encuentren presentes
> 25% (hasta el UEL)
Existe peligro de incendio/explosión. Abandonar el área inmediatamente
La explosividad se mide con un detector de gas combustible (CGD), también llamado exposímetro, el cual mide la concentración de gases y vapores combustibles en la atmósfera a través de un filamento caliente de platino. El CGD da una lectura directa de la presencia de gases o vapores combustibles, expresada como un porcentaje del LEL. Por ejemplo, una lectura de 50% para un gas con un LEL de 5% indicaría que la concentración del gas es realmente de 2.5%. Al igual que los medidores de oxígeno, los CGDs son portátiles y vienen con bombas integradas que succionan muestras del área inmediata o de espacios confinados cuando se usa con una sonda de extensión. Los CGDs y los medidores de oxígeno típicamente se combinan en la misma unidad para que puedan ser usados juntos (esto es necesario porque el CGD no es confiable a concentraciones de oxígeno menores de 19% o mayores de 25%). Estas unidades tienen botones de calibración y pantallas de medición por separado. Al igual que los medidores de oxígeno, los CGDs detectan rápido pero tienen desventajas. El CGD debe usarse conjuntamente con un medidor de oxígeno, como se mencionó anteriormente. No detecta polvos potencialmente explosivos o explosivos líquidos como rocíos de aceite, ni funciona en presencia de materiales con base de silicio, gasolina con plomo o ácidos. Los vapores y gases de combustibles con plomo, halógenos y compuestos de azufre dañan el filamento de platino que contiene el aparato, y los vapores o gases de silicón destruyen el filamento del todo. Tomando en consideración estas limitaciones, el CGD es aún un instrumento vital para asegurar la seguridad del personal de campo, cuando se usa conjuntamente con un medidor de oxígeno.
50
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11.5 MONITOREO DE VAPORES Y GASES Puede haber acumulación de vapores o gases en las líneas de la alcantarilla, en las estaciones de bombeo o cerca del punto de descarga en los procesos industriales, por ello se tiene que tomar en cuenta el limite de toxicidad permitida, controlando la cantidad de toxinas a las que se expondría al trabajador a una jornada de trabajo de 8 horas, pues, pueden ser una amenaza para la salud y seguridad del trabajador si se exceden los límites de exposición recomendados y si no se proporciona protección adecuada al trabajador. Los trabajadores no deben entrar a las áreas de alto riesgo a menos que sea absolutamente necesario. Para asegurar que el personal de la POTW está adecuadamente protegido, determine qué vapores o gases se encuentran presentes - y a qué concentraciones - en el espacio de trabajo y otras áreas. Los detectores de vapores y gases ofrecen una lectura directa ya sea de la concentración total de vapores y gases o de los tipos específicos de contaminantes presentes y sus concentraciones. Los tres tipos básicos de detectores de vapor y gas son los siguientes:
Detectores de Fotoionización (PIDs);
Detectores de ionización de flama (FIDs); y
Tubos indicadores colorimétricos
Cuando un trabajador este realizando un trabajo en un espacio confinado puede ser aplastado por material como arena, harina, u otros capaces de ahogar al trabajador y causarle la muerte, muchos de estos accidentes son ocasionados por problemas eléctricos en las maquinas, entonces se deben conocer los riesgos eléctricos en todo el entorno de los espacios confinados.
11.6 RECOMENDACIONES Implementar un programa de precauciones de trabajo. Las recomendaciones y precauciones que se deben tomar. Disponer letreros en las áreas donde se encuentren los espacios confinados expuestos a reparaciones o a mantenimiento. Implementar programas de acceso. Dotar del equipo de protección apropiado a los trabajadores. Disponer de equipo de rescate oportuno. Además, disponer otros medios para la seguridad de los trabajadores como ser ventiladores que intercambian aire con el exterior y el interior del espacio confinado.
Como resumen global se debe toma en cuenta los siguientes puntos por los que se certificara: 51
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12.
La adecuada temperatura del recinto. La ausencia de atmósferas explosivas. El correcto contenido de oxígeno en el interior del recinto. La inexistencia de sustancias inflamables, tóxicas o corrosivas. Que se han despejado las entradas y salidas del recinto. La adecuación de la ventilación y la instalación de ventilación forzada cuando sea necesaria. La colocación de la señalización precisa. La existencia y adecuación de los medios de extinción y lucha contra incendio. La adecuación de la superficie de trabajo. La utilización del EPP que obligatoriamente deban utilizarse. Los medios necesarios de acceso al recinto(escaleras, escalas, plataformas, etc.). Los equipos de trabajo a emplear. Las tensiones permitidas. Los equipos de iluminación Siempre que se pueda alimentados por tensiones de seguridad de 24 V
SEGURIDAD EN LA ELECTRICIDAD
La electricidad es un peligro invisible, presente en cualquier trabajo y se le debe dar la debida importancia. Los riesgos que se corren en el trabajo son diversos y esencialmente peligrosos. Muchos trabajadores de la construcción mueren y muchos más resultan lesionados anualmente por no haber apagado el equipo, por no haber desconectado el sistema eléctrico desde la caja de fusibles o colocado un candado para bloquear el paso de electricidad de la caja antes de comenzar a trabajar. La mayoría de las muertes ocurren por electrocución, pero los trabajadores también están expuestos a golpes, amputaciones u otro tipo de lesiones. ¿QUE HACER CUANDO ALGUIEN SE ENCUENTRA EN DIFICULTADES FRENTE A LA ELECTRICIDAD? Para responder a esta pregunta primero tomaremos en cuenta algunos principios. 1.-El cuerpo humano esta controlado por electricidad, pero en un nivel bajo de energía, entonces se tiene un parámetro importante tal que podríamos formar parte de un circuito conductor; la mayoría de los materiales que a uno le rodean son conductores, como los líquidos, la tierra, etc. También existen materiales aislantes como la madera, plástico, cerámica, hule, vidrio y otros. 2.- Se tiene por ejemplo un equipo eléctrico, en él, forman parte dos conductores que están conectados a una alimentación y así se completa el circuito, ahora, si alguna persona toca cualquiera de los cables conductores que llevan corriente, entonces ésta seria parte del circuito y como siempre se esta en contacto con la tierra, la corriente se descargara a tierra por el cuerpo, algo para tomar en cuenta es que la piel seca funciona como aislante dando cierta protección a los órganos internos. 3.-El voltaje es la fuerza eléctrica y la corriente es la presión que ejerce el voltaje y esta trata de volver a su origen. 4.-Los niveles de voltaje para industrias: 380/440/660 VOLTIOS 52
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Estos niveles de voltaje al cerrar el circuito producen una corriente que se mide en amperios el valor de esta al circular por el cuerpo humano es la que determinara el daño al humano: 1 /000 A 5 /1000 A 30/1000 A
produce cierto cosquilleo produce dolor causa daños fatales a los nervios y demás tejido
El amperaje es la cantidad de corriente que circula por el circuito. Como protección se tienen los interruptores pero no se debe depender de ellos para la seguridad personal, las conexiones a tierra deben ser confiables y si no lo son, evitar el contacto con las conexiones y aunque den seguridad personal, evitar tocar las conexiones.
12.1 FUENTE DE DAÑOS Y SUS EFECTOS Se dividen en tres categorías:
Descargas eléctricas Quemaduras por chispas y por fuego Explosivos.
Descargas eléctricas: Cuando uno sufre una descarga eléctrica ocurre una contracción muscular, que no permite soltar inmediatamente la fuente de corriente con la que entramos en contacto, si el trabajador realiza su trabajo una escalera para alcanzar el tablero de control eléctrico expuesto a reparación y este no se encuentra desenergizado, puede ocurrir una descarga, que además de esta podría ocasionar la caída del trabajador; instante de la descarga uno puede tener un paro respiratorio, además de fibrilación cardiaca y quemaduras superficiales o internas.
en
el
Los tejidos de una persona pueden destruirse a 70 oC y los del cerebro se dañan a 60 oC y un tiempo de 1 segundo es suficiente como para causar graves daños. Cuando ocurre una descarga, la corriente puede seguir varios caminos, uno de ellos es de mano a mano a través del tórax, en tal situación la electricidad pasa directamente por el corazón, otro camino es el de mano a pie, en tales situaciones la humedad puede jugar un papel muy perjudicial porque con la humedad existe mayor conductividad. En ese sentido, es bueno recordar que se puede trabajar utilizando solo una mano, la otra en el bolsillo, para que la corriente, en caso de corte, siga el camino de mano a pie, sin pasar por el corazón.
Quemaduras Sobre todo puede presentarse en lugares donde existan altos voltajes y donde el aire es insuficiente, no dando el aislamiento correcto, por lo que se produce un arco eléctrico que 53
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puede causar quemaduras y daños por radiación ultravioleta, por lo tanto cuando se realicen trabajos en lugares donde puedan ocurrir accidentes y causar daños como los descritos, lo mejor es llevar protección personal para el caso, sobre todo para la cara y otras partes capaces de recibir severos daños.
Explosivos Los arcos eléctricos pueden causar explosiones, al igual que la ignición de motores, también las herramientas podría ser causa de chispas y ser peligrosas en atmósferas donde existan vapores peligrosos, por lo que las herramientas deben ser a prueba de chispas en presencia de gases. Situaciones de accidentes eléctricos, prácticas de seguridad en el trabajo: Los contactos accidentales con una la línea energizada, humedad y otras situaciones adversas pueden ir en contra de las condiciones seguras, pero estas son hechas para contrarrestar tales condiciones negativas, siempre se debe utilizar cascos no conductores para evitar el contacto y estar observar detenidamente el entorno. Cuando se tenga que realizar trabajos en lugares donde no sea visible la pieza u objeto que se quiera arreglar, se recomienda darse modos para repararlo cómodamente, quitando cubiertas, se puede utilizar lámparas para dar una mejor iluminación, usar espejos para poder tener mayor visibilidad y no tocar cables que puedan causar accidentes eléctricos. Las líneas bajo tierra son muy peligrosas cuando se realizan trabajos de excavación en sus cercanías por lo que el encargado de la obra debe contar con un plano y demás especificaciones de las líneas enterradas para evitar contacto con alguna de ellas y causar accidentes, porque el equipo que se utiliza en obras civiles son altamente conductores. En condiciones húmedas utilizar el equipó clasificado para poder ser usado en el agua, en el trabajo se deben manejar de forma correcta los permisos de trabajo y demás especificaciones como la de la puesta a tierra. El cambiar fusibles no es un trabajo cualquiera y se debe dar igual importancia a la seguridad personal verificando que se siguió correctamente los procedimientos de seguridad. Nunca se debe instalar un fusible con una resistencia mayor a la especificada. Se debe verificar los conductores con los que se trabaja utilizando equipos de medición y prevención, como el de puesta a tierra; en cualquier instalación eléctrica verificar el estado de los cables de extensión, si son del grosor correcto para determinado trabajo, los conductores delgados se pueden sobrecalentar y causar chispas y cortos.
12.2 QUE HACER EN UNA SITUACIÓN DE ACCIDENTE ELÉCTRICO En el caso de encontrarse con una persona que esta sufriendo una descarga eléctrica ¿que podemos hacer?: En primer lugar, uno mismo se debe proteger, luego, pedir ayuda, cortar la corriente lo mas rápido posible, liberarlo del contacto del que este prendido con una escoba u otro objeto no conductor, para luego darle los primeros auxilios (cardiovascular).
Cuando se presenta un incendio debido a la electricidad poner en sobre aviso a los demás y huir, si fuera posible utilizar un extinguidor tener cuidado de que este sea de una especificación para incendios de tipo eléctrico a polvo seco. 54
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12.3 PROCEDIMIENTO DE BLOQUEO ELÉCTRICO Y ETIQUETADO DE SEGURIDAD 1.
Notificación. Informe a los operadores del equipo cuando se vaya a cortar o aislar la energía.
2.
Preparación. Hable con su supervisor para que le pase el procedimiento (o una lista) por escrito donde se explique cómo apagar y cómo volver a encender el equipo en el que está trabajando.
3.
Apagado. Desconecte y apague el equipo.
4.
Aislamiento. Aísle todas las fuentes de energía con dispositivos de aislamiento apropiados como los cortacircuitos manuales o interruptores de desconexión. Los botones o interruptores no pueden ser la única forma de cortar la energía. Muchos de los equipos tienen más de una forma de energía que deberá ser aislada.
5.
Bloqueo eléctrico y etiquetado de seguridad. Todo trabajador que pueda verse expuesto a energía peligrosa debe formar parte de la labor de bloqueo eléctrico y etiquetado de seguridad.
La electricidad nos acompaña en nuestro diario vivir y dependemos en nuestro modo de vida moderno de ella y aunque el peligro al que esta expuesto uno al trabajar con energía eléctrica es prácticamente no persibible por el ser humano hay que seguir siempre las normas de seguridad y usar los equipos necesarios para protegerse de cualquier incidente.
55
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13.
PROTECCION DE LA ESPALDA
Estadísticamente, 4 de 5 personas sufren de una enfermedad seria de la espalda, pero esta no se presenta de inmediato, sino que con el tiempo se va complicando, cabe notar que esto esta dado para países industrializados, seria interesante poder contar con índices de enfermedades referentes a la espalda en nuestro país o por lo menos en nuestro departamento La mayoría de las lesiones en la espalda se deben a torceduras y distensiones musculares (esguinces) que se producen al levantar, bajar, cargar, empujar, y jalar materiales. El riesgo de sufrir una lesión en la parte inferior de la espalda es mayor cuando tiene que trasladar cargas pesadas, tiene que retorcerse al levantar el peso, o cuando tiene que doblarse mucho o permanecer en otras posturas difíciles. Las lesiones se pueden reducir si se planifica o si se cambia la forma de hacer el trabajo y también capacitando a los trabajadores y supervisores.
13.1 MEDIDAS PREVENTIVAS Mediante estudios se establecen formas o normas correctas de evitar enfermedades de la espalda. Se siguen pasos adecuados para poder levantar objetos ya sean pesados o livianos, sin esforzar mucho la espalda.
Mantener el objeto lo mas pegado o próximo posible al cuerpo, es una indicación muy importante, de esta parten todas las formas de cómo levantar un objeto.
Torcerse para alcanzar algún objeto fuera de nuestro alcance es muy perjudicial para nuestra espalda, causando grandes esfuerzos en ella.
Cuando uno este parado o sentado es mejor mantener una postura correcta para no esforzar nuestra espalda.
Al realizar trabajos de pie lo mejor es poner una pierna sobre algo como escalón para mantener la espalda alineada la mayor parte del tiempo, si uno se encontrara sentado, lo mejor es tratar de mantener recta la espalda, algunos ti pos de sillones ayudan en algo a mantener una buena postura adecuándonos a sus formas.
Personas mal sentadas tienden a esforzar la parte inferior de la espalda.
Cuando uno vaya a levantar algún objeto es mejor preparar los músculos antes de hacerlo por decirse calentar un poco.
Los peligros se presentan sobre todo en las actividades más regulares o que se realizan repetidamente. 56
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El problema es que el peso no es el único factor para exponerse a una lesión en la espalda. Otros factores que hay que tomar en cuenta son:
La frecuencia con que levanta algo Si se agacha o se tuerce al levantar objetos pesados La altura a la que va a levantar el objeto Si mantiene el objeto alejado de usted al levantarlo Por cuánto tiempo levanta o sostiene el objeto.
13.2 GENERALIDADES DE LA ESPALDA La parte inferior de la espalda es la que soporta todo el peso del cuerpo y del objeto que deseamos levantar. Se tiene la columna vertebral que como su nombre indica lleva varias vértebras, entre cada vértebra existen unos discos que son los encargados de amortiguar los esfuerzos que se realicen sobre la espalda, estos discos se comprimen y expanden hacia fuera y dependiendo del grado de esfuerzo estos cada vez se van gastando, en ocasiones por la cantidad de esfuerzos que soportan los discos, por debilitamiento se pueden rasgar o deformar Cuando se desea levantar un objeto que se encuentra distante de nuestro cuerpo no es conveniente levantarlo doblándonos, porque se da el efecto palanca que a continuación se explica:
13.3 EFECTO PALANCA Para explicar mejor se compara con una palanca mecánica, esta se encuentra dividida en 10 partes iguales y se va aplicando un peso W=10 lb, primero en la división menor, la que esta próxima al soporte de la palanca, en el otro extremo se tiene un hilo muy resistente, que se deformara según la solicitación que ejerza el peso en la división a probar. En la primera división se tiene un peso W y se ejerce sobre el soporte donde descansa la palanca, un esfuerzo que iguala al peso W, luego se aplica en la segunda división el mismo peso, pero esta vez se ejerce sobre el soporte donde descansa la palanca, un esfuerzo que dobla el peso W (2W=20 lb), entonces cada vez que el peso se encuentre mas alejado del soporte se tendrá un mayor esfuerzo. Cuando llegamos a la división extrema, el peso que debe soportar el hilo es de 10W, o sea 100 lb. El hilo se rompe. Lo mismo ocurre con nuestra espalda cuando tratamos de levantar un objeto que se encuentra lejos del cuerpo, y para alcanzarlo nos agachamos y lo alzamos ocasionando que el esfuerzo se multiplique 57
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según la distancia a la que se encuentre el objeto sobre la parte inferior de la espalda. La recomendación se da para todo tipo de objeto no importa si este es liviano o pesado, hasta las cosas simples y livianas pueden causar lesiones en la espalda por la regularidad de las operaciones que realizamos al levantar alguna carga.
13.4 TÉCNICA CORRECTA IDEAL
Se debe tantear el peso antes de levantarlo Doblar las rodillas y acomodarlas Poner todo el esfuerzo sobre las piernas que son los músculos más fuertes Acercar la carga al cuerpo Colocar las manos y las piernas correctamente, para establecer el equilibrio y control Mantener la espalda alineada Reducir el efecto palanca probando otras posiciones más cómodas Levantar uniformemente el peso y sobre todo gradualmente Levantar el objeto lo mas apegado al cuerpo, para que la espalda no sufra el efecto palanca
Para poder bajar la carga se sigue el mismo procedimiento:
Se debe tantear el peso antes de bajarlo Acercar la carga al cuerpo Colocar las manos y las piernas correctamente, para establecer el equilibrio y control Poner todo el esfuerzo sobre las piernas que son los músculos más fuertes Mantener la espalda alineada Reducir el efecto palanca probando otras posiciones más cómodas Bajar uniformemente el peso y sobre todo gradualmente Bajar el objeto lo mas apegado al cuerpo, para que la espalda no sufra el efecto palanca Doblar las rodillas y acomodarlas hasta que la carga este en el suelo
Al llevar la carga de un lado a otro después de haber efectuado los pasos correctos para levantarla se debe ver el camino por donde se va a llevar esta tratando de no toparse con obstáculos Existen varias situaciones donde no es posible seguir los pasos anteriormente mencionados al tratar de levantar la carga, se debe improvisar los pasos conocidos y otros pero de manera que la espalda no sufra demasiados esfuerzos. Cuando se tenga que levantar un peso realizando movimientos mixtos, por ejemplo, cuando haya que levantar la carga para luego ponerla en un costado, el operario para mayor rapidez levantara la carga y al mismo tiempo flexionara el cuerpo (cintura) a un costado para colocar la carga en su lugar, este procedimiento ocasionara esfuerzos muy grandes en la espalda; lo mejor para contrarrestar esto es realizar tal procedimiento en dos tiempos no importando el tiempo adicional que se demore al realizarlo, primero se debe levantar la carga y como segundo paso se debe caminar para llevar la carga a su lugar y así no hay necesidad de flexionar la cintura.
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Una recomendación importante y que se la debe tomar muy en cuenta es evitar dar un tirón cuando se este levantando algún objeto o carga, porque después del tirón, la carga completa más cierta aceleración que adquiere, descansa enérgicamente sobre la espalda. La buena postura es otro punto importante para que la espalda no sufra de enfermedades futuras, cuando uno este sentado se debe tratar en lo posible mantener la forma de la espalda, para esto es recomendable tener las piernas un poco levantadas (rodillas mas altas). Cuando uno este parado se debe mantener la espalda recta, para tal cometido primero se trata de mantener la espalda recta, luego se debe poner las manos en las caderas empujando hacia delante y como paso final presionar la zona del estomago, así se lograra mantener la espalda en una buena postura. Se debe tener en cuenta que para conseguir una buena postura es necesario tener un buen estado físico, los músculos de la espalda son los encargados de mantener la postura buena. Las personas que tengan estomago demasiado proporcionado tienden a esforzar su espalda, también las que no estén acostumbradas a realizar ejercicios no tendrán músculos fuertes que ayuden a dar una buena postura, por lo tanto estas personas se encorvaran deformando su espalda.
13.5 RECOMENDACIONES
Los ejercicios de calentamiento antes de trabajar.- pueden ayudar a reducir las lesiones en los músculos. Cargar menos.- Los materiales deben ser entregados cerca de donde se van a usar. Tratar de almacenar los materiales a la altura de la cintura. Elevar el trabajo al nivel de la cintura.- Los trabajadores que tiendan tuberías deben utilizar pedestales para tuberías. Los albañiles, tener andamios ajustables que les permitan mantener el trabajo a la altura de la cintura. Pisos y pasadizos tienen que estar secos y sin obstáculos.- Las lesiones en la espalda ocurren en gran parte cuando la persona se desliza o tropieza. Descansar.- Cuando uno está cansado, tiene más posibilidades de sufrir una lesión.
Obtener ayuda
Utilizar carretillas, plataformas rodantes.- montacargas de horquilla y grúas para mover materiales, no la espalda. Utilizar herramientas para cargar con agarraderas.- que permitan sujetar cartón prensado para paredes u otras cargas de forma poco común. Si los materiales pesan más de 50 libras, no los levantarlos.- Buscar ayuda de otro trabajador o utilice una carretilla.
Moverse con cuidado 59
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Cuando levante o cargue materiales.- mantener la carga lo más cerca que pueda a su cuerpo. Trate de no torcer el cuerpo cuando levante o baje materiales, más bien gire todo el cuerpo. Levantar y bajar los materiales de una forma firme y pareja.- Tratar de no arrojar bruscamente la carga. Cuando se levante materiales del piso.- Tratar de sujetarse apoyándose en algo mientras levanta los materiales. No se incline, más bien, arrodíllese con una rodilla y coloque la carga sobre la rodilla antes de levantarse. (Use rodilleras cuando se arrodille.)
Es muy importante hacer que nuestra espalda trabaje en posiciones correctas y adecuadas, para evitar lesiones que nos puedan inhabilitar en el trabajo, ya que como hemos podido observar, es el eje central donde se concentran todos los esfuerzos que hacemos y algún esfuerzo equivocado nos puede causar severos dolores en la espalda e incluso, no poder ni caminar y estar postrados en cama sin poder desarrollar nuestras actividades en su plenitud.
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14.
PROTECCIÓN CONTRA LAS CAIDAS 14.1 INTRODUCCIÓN En el trabajo diario los trabajadores se encuentran envueltos en varias circunstancias que los llevan a desarrollar trabajos a cierta altura del suelo, el uso de los dispositivos de protección esta normado y controlado por la empresa. Para combatir los riesgos de accidente y de perjuicios para la salud física, resulta prioritaria la aplicación de medidas técnicas y organizativas destinadas a eliminar los riesgos en su origen o a proteger a los trabajadores mediante disposiciones de protección colectiva. Cuando estas medidas se revelan insuficientes, se impone la utilización de equipos de protección individual a fin de prevenir los riesgos residuales ineludibles. Podemos resumir este razonamiento del modo siguiente: Los cuatro métodos fundamentales para eliminar o reducir los riesgos profesionales.
1. ELIMINACIÓN DEL RIESGO
2. AISLAMIENTO DEL RIESGO
3. ALEJAMIENTO DEL TRABAJADOR (PROTECCIÓN COLECTIVA)
4. PROTECCIÓN DEL TRABAJADOR (PROTECCIÓN PERSONAL)
14.2 SISTEMAS DE SEGURIDAD
Dentro de los sistemas de seguridad tenemos los grupos de sistemas de protección personal, de caídas, de escalación y colocación. Sistemas de protección personal: Estos sistemas deben encargarse no solo durante la caída sino también ser seguros después de ocurrida la caída.
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Para comprender mejor a los sistemas de seguridad, se menciona lo que sucede después de una caída; cuando una persona que lleva el equipo de protección cae, hasta llegar al punto inferior (el que le permite su equipo), oscilara por el efecto péndulo, por lo que también debe llevar un sistema de desaceleración tal que le permita seguridad después de la caída, mas adelante se verán mecanismos que permitan tal fin. Sistema Personal de detención de Caída (PFAS): Debe contar con los siguientes dispositivos de protección:
Arnés del cuerpo Cuerdas estirables. Barandillas de Seguridad de protección. Ganchos de cierre instantáneo. Puntos del anclaje.
Existen dos reglas principales que son: 1 Usar el equipo que le de su compañía. 2 Usar el equipo para el uso para el cual fue diseñado. En todo dispositivo se encuentran sus correspondientes instrucciones de uso, en ellas se encuentran las limitaciones para las que fueron diseñadas, también especifican qué equipos no se deben usar conjuntamente con ellos.
14.3 ASEGURAMIENTO DE EQUIPOS Para el correcto aseguramiento de los equipos se toman en cuenta los siguientes puntos:
Considerar la distancia de caída. Desaceleración permitida del equipo. Estiramiento de la cuerda de seguridad.
La distancia de desaceleración que debe ser tomada en cuenta, es la distancia para detener la caída y esta dada o normada por la fábrica. Si se tiene una especificación de seguridad, de utilizar 3 metros de cuerda, se toma 1 metro más para tener un margen de seguridad mayor, esto tal vez por experiencias que condujeron a desarrollar tal regla.
14.4 REQUISITOS PARA LLEVAR PROTECCIÓN Los requisitos para llevar una protección del tipo de dispositivo especificado anteriormente son los siguientes:
Regla seis pies - Caída de 6’ o mas lo que significa aproximadamente 3 metros.. Ganchos sin cerradura instantánea. Correas de cintura de seguridad. Inspeccionar superficies de trabajo / movilización antes del trabajo. Los empleados sólo pueden trabajar en superficies fuertes que los apoyen.
Consideraciones generales
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Mientras más trabajadores se encuentren trabajando sobre un andamio la cuerda deberá ser por lo tanto, mas fuerte y resistente. Las cuerdas para trabajos verticales solo deben ser usadas por una sola persona. Evitar que los puntos de amarre tengan contacto con superficies desgastadas, corroídas y deterioradas.
Arnés anticaídas y cinturones. 1 2 3 4 5 6
Tirante Banda secundaria Banda subglútea Banda de muslo Elemento de ajuste Elemento de enganche
Dispositivo de prensión del cuerpo destinado a parar las caídas. El arnés anticaídas puede estar constituido por bandas, elementos de ajuste y de enganche y otros elementos, dispuestos y ajustados de forma adecuada sobre el cuerpo de una persona para sujetarla durante una caída y después de la parada de ésta.
Estos dispositivos están fabricados principalmente para proteger al trabajador durante y después de la caída, en sí no son cómodos de ponérselos y muchas personas no los usan por su complicada colocación. Durante el trabajo únicamente no se debe confiar simplemente en la seguridad que dan estos arneses y cinturones al caer, sino también verificar que estos dispositivos no se traben o estorben unos con otros, como ser la cuerda y el gancho, con el cinturón por el que tiende a tener distintas posiciones alrededor del cuerpo.
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14.5 SISTEMAS DE ANCLAJE Y ABSORCIÓN DE CAÍDAS EJEMPLOS
Sistema anticaídas con dispositivo anticaídas retráctil 1. Punto de anclaje 2. Dispositivo anticaídas retráctil 3. Arnés anticaídas
Sistema anticaídas con dispositivo anticaídas deslizante sobre línea de anclaje flexible 1. Punto de anclaje 2. Arnés anticaídas 3. Elemento de disipación de energía 4. Dispositivo anticaídas deslizante 5. Línea de anclaje flexible 6. Lastre
Sistema anticaídas con absorbedor de energía 1. Punto de anclaje 2. Absorbedor de energía 3. Arnés anticaídas
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Sistema anticaídas con dispositivo anticaídas deslizante sobre línea de anclaje rígida 1. Puntos de anclaje 2. Línea de anclaje 3. Arnés anticaídas 4. Elemento de disipación de energía 5. Dispositivo anticaídas deslizante
Cualquier forma incorrecta del uso de estos dispositivos es causa de accidentes fatales debido a imprudencias de los trabajadores. Los limpia ventanas de edificios, llevan un cinturón especial que se conecta a correas, y el extremo de estas, a ganchos colocados en las paredes de cada ventana. Cuando el trabajador haya terminado de limpiar la ventana, debe desasegurar una correa, y la otra solo cuando se encuentre dentro de la habitación; nunca el trabajador deberá pasar de una ventana a otra por fuera del edificio. Debido a la complicación de la puesta de este dispositivo muchos no lo usan por realizar su trabajo mas rápido corriendo el riesgo de caer.
14.6 CUERDAS ESTIRABLES. Las cuerdas están normadas según el tipo de solicitación que se realice sobre ellas, dentro sus especificaciones se encuentra el esfuerzo que aguantan, el punto de ruptura y otros que se muestran en un ejemplo
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Se deben usar estas correas concordancia con los demás equipos, los ganchos o anillos llevan en los extremos deben del mismo diámetro que el de anillos donde se vayan a conectar.
en que ser los
14.7 BARANDILLAS DE SEGURIDAD. Estos dispositivos son barreras de protección que aíslan o separan a las personas del vacío inminente. Ganchos de cierre instantáneo y puntos del anclaje.
Los ganchos de seguridad pueden ser con o sin seguro de cierre, estos ganchos son altamente recomendados para dar seguridad al trabajador, que realiza sus tareas en alturas superiores a los tres metros, todos los ganchos tienen donde ser conectados, según sus instrucciones, no pudiendo conectarse con anillos mas grandes
14.8 DISPOSITIVOS DE DESCENSO Y ASCENSO. Existen dispositivos de descenso y ascenso de alta seguridad y gran fiabilidad, garantizado y superando todas las normativas de seguridad vigentes como también existen sistemas de conexión a escaleras con riel donde puede anclar en forma segura el arnés del trabajador y ascender o descender en forma segura este punto de anclaje se desliza a medida que el trabajador se mueve.
RESCATE 66
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Se debe elaborar un plan de recate y seguirlo siempre manteniendo la calma y efectuarlo en el tiempo mas breve posible transmitiendo la seguridad y calma a la victima de alguna caída. MANTENIMIENTO Algunas recomendaciones de interés se recogen a continuación:
Los arneses anticaídas y las líneas de anclaje se deben: Almacenar colgados, en lugar seco y fresco Almacenar lejos de fuentes de calor Proteger del contacto con sustancias agresivas (p. ej. ácidos, lejías, fluidos de soldadura, aceites). Proteger de la luz solar directa durante su almacenamiento El transporte de los EPI contra caídas de altura se hará, a ser posible, en su maleta correspondiente. Los EPI contra caídas hechos de materiales textiles se pueden lavar en lavadora, usando un detergente para tejidos delicados y envolviéndolos en una bolsa para evitar las agresiones mecánicas. Una temperatura de lavado recomendada es 30 o C. Por encima de los 60o C, la estructura de las fibras artificiales (poliéster, poliamida) de los componentes del equipo puede verse dañadas. Los componentes textiles de los equipos hechos de fibra sintética, aun cuando no se someten a solicitaciones, sufren cierto envejecimiento, que depende de la intensidad de la radiación ultravioleta y de las acciones climáticas y medioambientales.
CONCLUSION.Indiscutiblemente siempre existirá alguna labor a realizar a una altura considerable que ponga en riesgo la seguridad física del trabajador. Es importante no olvidar, ante la presión del trabajo o la urgencia que requiera este, tomar los recaudos necesarios mencionados en este tema.
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15.
SISTEMA DE SEGURIDAD PARA EL USOS DE ESCALERAS
Las escaleras son herramientas que facilitan nuestro trabajo en lugares altos de difícil acceso, es muy importante tomar medidas de seguridad en su uso ya que esa herramienta de trabajo se puede convertir en una trampa que nos puede causar daños incluso la muerte.
15.1 CLASIFICACIÓN DE LAS ESCALERAS Se clasifican normalmente según el material de fabricación:
Metálicas De fibra Madera Aluminio
Según su uso también se las puede clasificar en: De uso común De uso especial (para una instalación eléctrica es importante que la escalera sea de material aislante como ser de fibra de carbono)
Según su forma se clasifican en: Escaleras normales
Para llevar objetos de un lado a otro sin que se arriesgue persona por lugares donde haya espacios pequeños y otros obstáculos, se debe tomar en cuenta no llevar cargas muy pesadas.
la
Siempre se debe tener en cuenta el principio de relación entre la altura de la escalera y el espacio de esta hacia la pared con el famoso 4:1 para trabajar aun ángulo próximo a los 75 grados de inclinación de la escalera con respecto al piso.
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Escalera desplegable o triangular Este tipo de escalera es más estable, el único gran problema es el espacio físico que ocupa al abrirse no siento muy aconsejable para lugares de poco espacio. Se debe tratar de que la escalera este completamente abierta. Solo debe subir en lo posible una persona para evitar cualquier desestabilización y accidente; al subir utilizar las dos manos, también no subir más allá del penúltimo peldaño. Cuando use una escalera: Se resume en algunos puntos el uso correcto de escaleras: 1) Elija en forma correcta la escalera estudiando el lugar donde se ha de trabajar así como la carga que soporta teniendo en cuenta que debe soportar cuatro veces el peso máximo para el que fue diseñado. 2) Verificar cualquier peligro vinculado con energía eléctrica ya que al colocar la escalera puede entra en contacto con una línea aérea. 3) Los apoyos de las escaleras deben estar bien sentados en el piso de lo contrario use tablas de madera o calzas si esta desnivelado el suelo. 4) Al subir por la escalera sien pre pisar en los extremos de la pisadera. 5) Si no cuenta con un ayudante o la escalera no esta fija en el extremo de apoyo superior usar elementos de sujeción para fijar la escalera. 6) Manténgase siempre mirando hacia la escalera cuando la utilice para trabajar, o cuando vaya para arriba o para abajo. 7) Póngase zapatos con suela antideslizante. 8) Mantenga siempre tres puntos de contacto (como una mano y dos pies). 9) No trabaje desde la parte de arriba ni desde el peldaño más alto de una escalera, ni desde ninguno de los 3 peldaños más altos de una escalera de extensión o recta. 10) Parece de modo que la hebilla de su cinturón (faja) quede entre las zancas de la escalera, para evitar que se vaya de lado. 11) No se apure al subir o bajar hágalo en forma lenta pero segura. 12) De ser posible, cuando trabaje desde la escalera, use un sistema de uso personal para detención de caídas que esté asegurado a un punto en el edificio.
13) No tenga nada en las manos cuando vaya para arriba y para abajo. Si tiene que llevar algo, póngaselo en el cinturón porta herramientas o jálelo con una cuerda (después de haber llegado a su punto de trabajo). 69
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14) No use la escalera cuando haga mucho viento. 15) Nunca mueva la escalera si alguien está en ella. 16) Si está usando una escalera de extensión, nunca la mueva a menos que haya bajado completamente la parte de abajo. 17) Nunca deje de vigilar una escalera que no esté asegurada.
15.2 RIESGOS FRECUENTES EN EL USO DE ESCALERAS Se presenten las siguientes situaciones:
Caídas Deslizamiento por incorrecto apoyo (falta de zapatas, etc.). Vuelco lateral por apoyo irregular. Accidentes eléctricos Los derivados de los usos inadecuados o de los montajes peligrosos (empalme de escaleras, formación de plataformas de trabajo, escaleras "cortas" para la altura a salvar, etc.)
15.3 MATERIALES a)
Escaleras de madera
Las escaleras de madera tendrán los largueros de una sola pieza, sin defectos ni nudos que puedan mermar su seguridad. Los peldaños (travesaños) de madera estarán ensamblados. Las escaleras de madera estarán protegidas de la intemperie mediante barnices transparentes, para que no oculten los posibles defectos. Las escaleras de madera se guardarán a cubierto; a ser posible se utilizarán preferentemente para usos internos de la obra. b) Escaleras metálicas Los largueros serán de una sola pieza y estarán sin deformaciones o abolladuras que puedan mermar su seguridad. Las escaleras metálicas estarán pintadas con pinturas antioxidantes que las preserven de las agresiones de la intemperie. Las escaleras metálicas no estarán suplementadas con uniones soldadas. El empalme de escaleras metálicas se realizará mediante la instalación de los dispositivos industriales fabricados para tal fin.
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c) Escaleras desplegables Las escaleras de tijera estarán dotadas en su articulación superior, de topes de seguridad de apertura. Las escaleras de tijera estarán dotadas hacia la mitad de su altura, de cadenilla (o cable de acero) de limitación de apertura máxima. Las escaleras de tijera en posición de uso, estarán montadas con los largueros en posición de máxima apertura para no mermar su seguridad. Las escaleras de tijera nunca se utilizarán a modo de soportes para sustentar las plataformas de trabajo. Las escaleras de tijera se utilizarán montadas siempre sobre pavimentos horizontales (o sobre superficies provisionales horizontales). d) Para el uso de escaleras de mano, independientemente de los materiales que las constituyen Se prohíbe el uso de escaleras de mano para salvar alturas superiores a 5 m. Las escaleras de mano estarán dotadas en su extremo inferior de zapatas antideslizantes de seguridad. Las escaleras de mano estarán firmemente amarradas en su extremo superior al objeto o estructura al que dan acceso. Las escaleras de mano sobrepasarán en 1 m. la altura a salvar. Esta cota se medirá en vertical desde el plano de desembarco, al extremo superior del larguero. Se prohíbe transportar pesos a mano (o a hombro), iguales o superiores a 25 Kg. sobre las escaleras de mano. Se prohíbe apoyar la base de las escaleras de mano sobre lugares u objetos poco firmes que pueden mermar la estabilidad de este medio auxiliar. El acceso de operarios, a través de las escaleras de mano, se realizará de uno en uno. Se prohíbe la utilización al unísono de la escalera a dos o más operarios. El ascenso y descenso a través de las escaleras de mano, se efectuará frontalmente; es decir, mirando directamente hacia los peldaños que se están utilizando.
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16. BARRERAS DE PROTECCIÓN DE SEGURIDAD EN LAS MAQUINAS 16.1 INTRODUCCIÓN En una industria el trabajador realiza sus labores en un mundo donde existen motores, maquinas y todo tipo de dispositivos en movimiento que ante el más mínimo descuido puede provocar una desgracia, si no existe una separación de seguridad entre el trabajador y la maquinaria industrial en movimiento, por eso es preciso la existencia de las barreras de protección. Una maquina herramienta siempre tiene barreras de protección, pero durante su mantenimiento ó reparación, es necesario desmontarlas para tener acceso al interior de la maquina, siendo el desmontaje de estas barreras muy tedioso por la cantidad de pernos y seguros que llevan, como también en algunas el peso que tienen, motivos para que los operarios después de haber realizado el mantenimiento de la máquina no monten de nuevo las barreras de protección, significando un peligro posterior para los demás y ellos mismos. En lo posible se verán detalladamente los parámetros que deben cumplirse para tener la mayor seguridad posible en el lugar de trabajo.
16.2 TIPOS DE RIESGOS “En cualquier tipo de taller ó industria se cuenta con un numero considerable de maquinas, significando un mayor peligro cuanto mayor sea el numero de estas”. Son muchas las causas susceptibles de provocar una lesión o de atentar contra la salud de una persona que opera o manipula las máquinas. Estas pueden ser de tipo mecánico (Riesgos de sufrir mutilación, cortes, succionamiento, aplastamiento o golpes en su cuerpo), de tipo eléctrico (riesgos de electrocución), riesgos de tipo físico - químicos (Exposición a sustancias peligrosas, quemaduras, etc.). RIESGOS MECÁNICOS
Succionamiento
Mutilación
Golpes
Aplastamiento 72
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RIESGOS ELÉCTRICOS
Electrocución
RIESGOS FÍSICO - QUÍMICOS
Exposición a substancias Peligrosas
Quemaduras
Se debe poner atención en los siguientes puntos:
Removimiento de barreras. Mutilaciones ocasionadas por las maquina. Rutina de desastre (manejo de mano).
16.3 PUNTO DE OPERACIÓN Los puntos de operación representan un problema mucho mayor. Esto se debe a la enorme variedad de máquinas que se usa actualmente. Éstas pueden ser grandes o pequeñas, complicadas o simples. Realizan una amplia variedad de operaciones: abrasivas, flexionadoras, taladradoras, moldeadoras, compresoras y achicadoras, de combinación (cosechadoras, segadoras, trilladoras) cortadoras, troqueladoras, pulidoras, perforadoras, aserradoras, hiladoras y torneadoras. Los puntos de operación no tienen una configuración estándar. Generalmente varían según la máquina, según el material que se está trabajando, y según el tipo de operación que se realiza. Muchas maquinas no llevan barreras de seguridad de tipo estándar para sus máquinas y son adquiridas de marcas de tipo universal e incorporadas a las máquinas. Esto es peligroso. Los sistemas protectores de seguridad que no son adecuados o que están indebidamente adaptados representan una trampa para el trabajador incauto o desprevenido que puede convertirse en una víctima. Existen zonas peligrosas alrededor de toda máquina. Estas corresponden a todo volumen que se encuentre en el interior o alrededor de ella. Una persona puede estar expuesta a lesionarse mientras efectúa trabajos de operación, limpieza, mantenimiento o ajustes a la máquina. Por esta razón es de fundamental importancia que la máquina tenga dispositivos de protección y señalización que reduzcan las probabilidades de que una persona se vea expuesta a tales riesgos. Todas las zonas peligrosas deben estar identificadas y tener un acceso protegido y controlado de forma segura, es decir, que el automatismo deberá ponerse en una posición que no sea peligrosa ante cualquier falla o acción inconveniente.
16.4 SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA 73
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Los equipos de transmisión de energía eléctrica y otros dispositivos movibles tienen por lo general sistemas de protección tales como barreras físicas o accesorios de encerramiento. Estos pueden tener puertas o aperturas con cubiertas removibles, algunas veces con sistema de Intercierre, a fin de facilitar la lubricación y demás formas de mantenimiento. Existen normas que regulan el diseño y uso de tales sistemas de protección y accesorios de encerramiento. Cuando las maquinas estén funcionando y el sistema de transmisión de energía no lleva barreras de protección se debe evitar caídas de herramientas, porque estas al contacto con partes móviles de la maquina salen disparadas, siendo así un peligro que traerá grandes consecuencias a los operarios.
16.5 LAS BARRERAS Y SISTEMAS DE PROTECCIÓN Tipos:
Fijas: Son las que se encargan de proteger al operario de contacto directo con las partes móviles de la maquina. Ajustables: Son aquellas que se ajustan de acuerdo a la operación que realiza el operario Auto-ajustables: Estas barreras por si solas se ajustan al requerimiento del trabajo que realiza el operario. La reenergización manual Como norma de seguridad siempre la reenergización debe ser manual, para evitar accidentes por puesta a funcionamiento de alguna operación de la maquina por fallas en los equipos eléctricos como los mecánicos. Barrera sensible a la presión del cuerpo
Barrera interruptora Este tipo de barreras se encargan del Control y Protección, dentro de los cuales se tienen a los disyuntores de motor, interruptores - seccionadores, Interruptores-seccionadores equipados con paradas de emergencia, contactores disyuntores, arrancadores encapsulados, variadores de velocidad para motores asíncronos, frenos electrónicos, relees de medida y control.
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Cable interruptor
Paradas de emergencia por cable: Son indispensables en las maquinas que presenten riesgos en su funcionamiento y que el operador tenga el poder de dar parada a la maquina desde cualquier punto de su zona de trabajo. Interruptor de dos manos
Mando bimanual asociado a un interruptor de pedal Mando bimanual Para mando manual de máquinas herramienta.
Las barreras y sensores de seguridad: También conocidas como equipos de detección de presencia, se utilizan para proteger a las personas, manos o dedos de las zonas peligrosas de las maquinas como: prensas excéntricas, prensas lineales o hidráulicas, áreas de robots, máquinas de fabricación de papel, etc. Las barreras inmateriales de seguridad son detectores fotoeléctricos multihaz sincronizados con sistema barrera. Por la acción de este dispositivo, ante cualquier intrusión en la zona protegida, el movimiento peligroso de la máquina implicada debe pararse inmediatamente. Este movimiento peligroso no se reanudara hasta que la zona protegida se haya despejado y se pulse voluntariamente el botón de marcha (el arranque automático no está permitido). Como complemento se menciona lo siguiente: Es posible combinar una barrera con un sistema. Cada maquina requiere una evaluación individual. 75
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La protección de la maquina debe ser prioridad en cualquier taller de maquinas.
17.
SEGURIDAD EN LAS OFICINAS
17.1 ASPECTOS ERGONÓMICOS EN LA OFICINA Organice su superficie de trabajo para que pueda disponer de una manera cómoda su equipo y otros elementos de trabajo. Coloque los implementos de trabajo que utiliza con mayor frecuencia, al fácil alcance de las manos. Asegúrese de que su plano de trabajo no esté a un nivel demasiado alto o demasiado bajo. La mayoría de las labores de lectura y escritura se deben efectuar a unos 5 centímetros por encima del nivel de los codos estando sentado en una posición adecuada en la cual los pies deben quedar firmes sobre el piso o reposapiés y las rodillas ligeramente por encima del nivel de las caderas. Utilice una superficie de trabajo de aspecto mate, con el fin de minimizar los reflejos. No coloque vidrio sobre la superficie de trabajo que incrementa el brillo por reflejos de luces y ventanas y por ello genera fatiga visual.
No ubique cajas, papelería u otro tipo de elementos debajo de escritorios, o mesa de trabajo, puesto que esta situación limita el acercamiento al plano de trabajo e incrementa la fatiga.
No coloque materiales u objetos encima de armarios, archivadores o muebles a una altura superior a la de los hombros máxime si carece de ayudas mecánicas (escalerillas, plataformas…)
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17.2 MONITOR (PANTALLA DEL COMPUTADOR) Ubique el monitor frente al teclado, evite la torsión del cuello.
Encuentre el nivel de equilibrio ideal que debe tener su visión con respecto a la iluminación del ambiente y el monitor, mueva la pantalla hacia arriba y abajo evitando los reflejos de luces y ventanas.
Ajuste los controles de brillo y contraste de acuerdo con su necesidad (ubicación de su puesto, problemas visuales), ajuste los colores de la pantalla para que los caracteres sean legibles, incremente el tamaño de los caracteres y cambie el tipo de fuente si es necesario. Retire los elementos innecesarios ubicados frente al monitor tales como cactus y otros elementos. Tenga en cuenta que las pantallas antibrillo deben ser de un material antireflectivo (sin brillo) puesto que en el mercado se encuentran pantallas que no cumplen con este requisito y adicionalmente conectar el cable antiestática que poseen a un polo a tierra. El borde superior de la pantalla debe quedar a nivel de los ojos, no superior ni inferior con el fin de evitar la mala postura del cuello que incrementa la fatiga. Se deben evitar superficies altas para ubicar el monitor, en caso de que la superficie sea baja se puede utilizar un aditamento que eleve el monitor (ver figura SI)
17.3 TECLADO
Mantenga las manos en una posición natural y relajada cuando utilice el teclado. Evite doblar las muñecas cada vez que oprima las teclas.
Oprima las teclas con el esfuerzo que realmente necesita. Mantenga los dedos relajados. Mantenga suelto el señalador (botón izquierdo o derecho del ratón) mientras no lo tenga en uso. Ubique el teclado frente al monitor y frente a usted, buscando que este quede al mismo nivel de los codos conservando una postura sentado adecuada.
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Evite apoyar la muñeca en el momento que se encuentra digitando pues esta compresión incrementa las posibilidades de afecciones. Mantenga sus brazos pegados al cuerpo, con ello se consigue reducir la tensión en los brazos y espalda.
17.4 RATÓN (MOUSE)
Coloque el ratón al mismo nivel del teclado.
Sostenga el ratón con su mano relajada, permitiendo un fácil acople de este a la forma de la mano. No apriete el ratón. Movilice el ratón colocando ligeramente la muñeca sobre el plano de apoyo de este. Utilice una superficie adecuada (mousepad) que permita su fácil desplazamiento.
17.5 POSTURA
Siéntese correctamente, apoyándose en el respaldo de la silla y manteniendo la espalda recta y el estómago sumido. Mantenga los pies sobre una superficie de apoyo (reposapiés); de manera que la altura de las rodillas quede ligeramente elevada con respecto a la altura de las caderas. Mantenga los codos cercanos a su cuerpo cuando esté digitando. Mantenga su cuello recto y sin tensión, ubique la pantalla de su computadora a una distancia entre 50 cm. y 60 cm. con respecto a su cara y el borde superior de la misma a nivel de los ojos. Alterne las posturas frecuentemente (sentado, de pié).
17.6 SILLA Utilice una silla de altura ajustable a la altura recomendada. Recuerde que la postura correcta requiere que sus rodillas queden ligeramente más altas que sus caderas y sus codos flexionados aproximadamente en ángulo recto
Ajuste la profundidad del asiento de tal manera que permita que sus piernas en la parte posterior no sean presionadas contra el borde del asiento. Este borde debe ser levemente inclinado hacia abajo.
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Solicite mantenimiento preventivo y correctivo de su silla, con el fin de evitar posturas incomodas por dificultades en la utilización de ella. Solicite asesoría al Programa de Prevención de Riesgos Ocupacionales antes de adquirir nuevas sillas, con el objeto de verificar que su compra cumpla los parámetros ergonómicos de una silla.
17.7 MANEJO DE CARGAS Y LEVANTAMIENTO DE OBJETOS
Adopte una posición de seguridad cuando requiera levantar objetos, ubicándose frente al objeto que desea levantar, con los pies ligeramente separados uno delante del otro. Incline levemente la cabeza, flexionando las rodillas y manteniendo la espalda recta. Agarre firmemente el objeto utilizando ambas manos, luego acérquela al cuerpo y levante efectuando la mayor fuerza con las piernas.
Solicite ayuda cuando requiera levantar pesos desde el piso que superen los límites permisibles (12.5 Kg. para mujeres y 50 Kg. para hombres).
No levante objetos desde el piso estando sentado. Procure levantarse y adopte la postura adecuada y segura que se describió anteriormente.
Desplácese con precaución cuando transporte objetos pesados, observe el estado de los pisos (resbaladizos, desnivelados, con huecos) y si detecta algún peligro, comuníquelo al encargado de servicios de higiene y limpieza.
17.8 ASPECTOS AMBIENTALES 17.8.1 ILUMINACIÓN
Utilice al máximo la luz natural, que ingresa a través de ventanales, los cuales deben permanecer limpios y libres de obstáculos. Regule el ingreso excesivo de luz mediante persianas o cortinas.
Ubique el monitor, el mobiliario y demás elementos de oficina, de acuerdo a la distribución de las luminarias y la entrada de las fuentes de luz natural (puertas, ventanas) evitando la formación de reflejos en las pantallas y superficies de trabajo.
Combine la luz natural con la luz artificial para mejorar las condiciones de iluminación en el puesto de trabajo.
Emplee colores claros para las paredes y techos cuando se requieran mayores niveles de iluminación, estos permiten un mejor ambiente lumínico sin aumentar el número de lámparas. Un aspecto a considerar y que esta relacionado con la iluminación es el color de los elementos que componen el puesto de trabajo. Por lo tanto es necesario antes de decidir el color del ambiente de trabajo, tener en cuenta el tipo de trabajo, si se trata o no de un trabajo monótono y las áreas a colorear. Si la tarea a realizar requiere de concentración se deberán escoger 79
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colores claros o neutros, si el trabajo es monótono se deben escoger colores estimulantes. Los colores fuertes se deberán reservar para zonas en las que las personas permanecen corto tiempo, con el fin de prevenir la fatiga visual.
No utilice materiales o pinturas cuyos acabados causen reflejos o brillos (pared blanca brillante, metal, plástico o cristal), a fin de prevenir el deslumbramiento molesto.
17.8.2 VENTILACIÓN
Utilice, en lo posible, la ventilación natural para ello es necesario que existan entradas o ventanas en los extremos del área que permitan la circulación del aire. Cuando se requiera mejorar el ambiente térmico interior utilice sistemas de tipo mecánico como ventiladores o aires acondicionados.
Solicite mantenimiento preventivo y/o correctivo al sistema de ventilación utilizado, para asegurar una buena calidad del aire en el lugar de trabajo
17.9 ORDEN Y LIMPIEZA 16.9.1 PUESTO DE TRABAJO
Mantenga aseado y ordenado su sitio de trabajo
Recicle todo el material reutilizable que se genere en su área. Utilice los recipientes
Realice periódicamente una revisión de su área con el fin de evaluar la existencia de materiales inservibles o en desuso y proceder a su reintegro. Anualmente revise la documentación de su dependencia, seleccione la documentación de archivo pasivo, la documentación importante que debe ir a un archivo electrónico y conforme a la programación de Administración Documental de su empresa, envíela para garantizar la recuperación y seguridad de la misma y evitar cúmulos de papel y polvo en su área.
Solicite en forma periódica al Departamento de Servicios la designación de cuadrillas de aseo para que realicen labor intensiva en paredes, puertas, lámparas, techos, ventanales, etc.
COMPUTADORA Para realizar la limpieza y mantenimiento debe tenerse apagado y desconectado el equipo.
Limpie la pantalla de su computador con un paño húmedo (la pantalla tiende a acumular polvo debido a su carga electrostática, por ello la frecuencia de limpieza debe ser diaria)
Limpie el teclado mensualmente con el fin de evitar sobreesfuerzos en la digitación, proceda a invertir el teclado y sacudirlo suavemente o limpiarlo con un cepillo seco. Al menos una vez al año se debe solicitar el mantenimiento de los equipos al centro de instrumentación. No coma o beba en las áreas de oficina y en 80
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especial junto a los computadores pues cualquier residuo puede obstaculizar las teclas y hacer más difícil el digitado.
Limpie el ratón utilizando un copito con alcohol, abriendo por la parte inferior y limpiando los contactos y la pelota de goma de su interior.
17.10 SEGURIDAD PARA EMERGENCIAS
Participe activamente en los planes de emergencia de su dependencia, en las capacitaciones sobre primeros auxilios, manejo de extintores etc.
Conozca la ubicación de los extintores, gabinetes contra incendios y aprenda a operarlos.
Identifique las rutas de evacuación para salir por ellas en caso de presentarse una emergencia y manténgalas libres de obstáculos.
Comunique a su jefe inmediato si detecta algún peligro o riesgos en las diferentes labores que desempeña y/o en el área de trabajo. Informe oportunamente la presencia de objetos extraños a la entrada o cerca de su oficina, sea cauteloso.
Acate los avisos de señalización y las normas de seguridad establecidas.
17.11 ASPECTOS GENERALES DE SEGURIDAD
Cumpla con las normas de seguridad de cada equipo o elemento de trabajo. Absténgase de ubicar elementos decorativos en especial de vidrio sobre estanterías, anaqueles o borde de los escritorios. Informe a vigilancia, a un compañero de trabajo o a un familiar, siempre que tenga que realizar actividades extra horarias en el interior de la oficina. Evite quedarse solo.
17.12 ARCHIVADORES Y ARMARIOS
Coloque los objetos de mayor peso en las gavetas o anaqueles inferiores y no sobrecargue estos
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Verifique que los armarios, archivadores, vitrinas y anaqueles se encuentren debidamente asegurados (piso, pared) o estabilizados y balanceados de acuerdo con el tipo de mueble. Evite abrir más de una gaveta al mismo tiempo. Mantenga las gavetas del archivador, escritorio, mesa o armarios cerradas para evitar golpearse contra ellas al salir rápidamente.
Utilice ayudas mecánicas (escalerilla) cuando requiera colocar o retirar elementos que estén a una altura superior a la de los hombros.
17.13 EQUIPOS E INSTALACIONES ELÉCTRICAS
Absténgase de usar equipos eléctricos defectuosos o con arreglos improvisados. Cerciórese de que las instalaciones y conexiones se encuentran en buen estado, no realice conexiones eléctricas provisionales.
Mantenga las conexiones eléctricas de las máquinas de escribir, sumadoras, computadoras, ventiladores etc. debidamente canalizadas, protegidas o aseguradas, para evitar accidentes y tropiezos con el cableado. Informe al personal encargado de cualquier avería o condición peligrosa que se presente en maquinas o equipos. En caso de tormentas eléctricas no utilice el teléfono y proceda a desconectar los equipos eléctricos pues las descargas generadas pueden afectarlo a usted y a los equipos. Tenga presente dejar desconectados los equipos eléctricos de la oficina cuando ésta va a permanecer cerrada por un periodo largo. Por ningún motivo deben tenerse en las áreas de oficinas cafeteras, parrillas, electrodos, planchas de calentamiento para el cabello o similares.
17.14 ASPECTOS DE BIENESTAR
No fume en los lugares de trabajo Si desea escuchar música utilice audífonos para evitar conflictos con sus compañeros y minimizar los aspectos de ruido ambiental y fatiga Realice pausas activas con el fin de relajar los músculos y evitar el estrés Alterne el tipo de actividades realizadas durante la jornada con el fin de evitar la monotonía y la fatiga. Hable en voz baja con el fin de no perturbar la tranquilidad del lugar de trabajo. 82
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Aproxímese con cuidado a las puertas cerradas y ábralas lentamente No corra en las escaleras. Camine y use el pasamanos Levante los pesos correctamente. Use sus piernas y no la espalda Conozca la posición de los extinguidores. Aprenda a usarlos para las emergencias No se incline e las sillas y/o sillones. Siéntese correctamente y no en el borde Levante todo objeto que se encuentre en el piso, estos constituyen un peligro de caídas Cierre las gavetas. Abiertas representan riesgos de golpes y caídas. Tenga cuidado con las esquinas ciegas. No corra, camine con cuidado. El Orden y la Limpieza son parte de su seguridad. Mantenga su lugar de trabajo ordenado y limpio, para evitar accidentes. Tenga cuidado con los pisos mojados y pisos resbalosos. Evite caminar sobre ellos No se suba a sillas, sillones, etc. Utilice una escalera No deje cables sueltos, estos son un peligro. Acomódelos correctamente Tenga a la vista el número telefónico de emergencia médica
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18.
CADENA DEL ACCIDENTE
Accidente de trabajo: es la lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo. Incidente: no existe lesión orgánica o perturbación funcional. 18.1 Causas del accidente Entre las causas que dan origen al accidente existen dos que conducen a la producción del mismo: a) Directas o próximas: dependen del ambiente de trabajo donde se realizo el accidente y de las condiciones biológicas intrínsecas del propio accidentado. Existen dos formas:
Condiciones inseguras: son las causas que se derivan del medio en que los trabajadores realizan sus labores, tales como materiales, maquinaria, etc. y que presenta un gran peligro de accidente.
Practicas inseguras: son las causas que dependen de las acciones del propio trabajador y que pueden dar como resultado un accidente.
Los factores principales que pueden dar origen al acto inseguro son:
La falta de capacitación y adiestramiento para el puesto de trabajo. La confianza excesiva.
b) Indirectas o remotas: como ejemplo podemos pensar cuando una persona estiba cajas, mismas que le caen al obrero: él es víctima inocente del riesgo que sufre.
18. 2 CLASIFICACIÓN DE LOS ACCIDENTES
Caída de personas. Caída de objetos. Pisado de objetos. Aprisionamiento entre objetos. Esfuerzos excesivos. Exposición de temperaturas extremas. posición a la corriente eléctrica. Exposición a sustancias nocivas.
Según el agente material.
Maquinas. Medios de transporte y elevación. Otros aparatos y equipos. Materiales sustancias y radiaciones. Ambiente de trabajo.
Según la ubicación de la lesión. 84
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Cabeza y cuello. Tronco. Miembro superior e inferior. Ubicaciones múltiples. Lesiones generales.
18.3 CONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTES Los accidentes tienen costos directos o subjetivos, como el sufrimiento de la víctima y el dolor de su familia, y costos indirectos encubiertos o de recursos, como los daños a la propiedad, la destrucción de maquinas o la perdida de la producción entre otras cosas.
COSTOS. 1. 2.
Costos del tiempo perdido por el trabajador lesionado. Costos del tiempo perdido por otros trabajadores que interrumpen sus tareas:
Por curiosidad. Por compasión. Por ayudar al trabajador lesionado. Por otras razones.
3. Costo del tiempo perdido por supervisores para: Presentar asistencia al trabajador. Investigar las causas del accidente. Disponer tiempo para que otro trabajador realice las labores del otro trabajador lesionado. Preparar los informes sobre el accidente 4. Costo del tiempo de la persona que presto los primeros auxilios. 5. Costo de los daños ocasionados por maquinas, herramientas u otros bienes. 6. Costos por la imposibilidad de entregar los pedidos en la fecha convenida 7. Costos de las prestaciones al personal. 8. Costos por el pago completo. 9. Costos de beneficios pendientes de obtener maquina averiada. 10. Costos de debilitamiento que causa el personal moralmente al ver el accidente.
INCAPACIDADES INCAPACIDAD TEMPORAL: Es la imposibilidad de trabajar durante un periodo limitado. INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE: Incapacidad del cuerpo de un sujeto para efectuar un trabajo y que permanece prácticamente durante el resto de su vida. INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE: Es la incapacidad plena o de funciones de un lesionado, que permanece durante toda su vida.
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18.4 PREVENCION DE ACCIDENTES Existe un mejor desempeño cuando las metas están definidas específicamente y no cuando se ha quedado sin definir. CAPACITACIÓN Esta actualización puede prevenir de sugerencias, del análisis de los accidentes y de la revisión de riesgos de seguridad: al solicitar sugerencias sobre seguridad los supervisores y empleados es posible reparar la eficiencia de los objetivos. El adiestramiento de la seguridad supone dos fases. 1.
El obrero debe aprender a comportarse y efectuar su trabajo de un método más seguro. 2. Debe ser estimulado a poner en práctica sus conocimientos. Una técnica para fomentar la seguridad es:
1. 2. 3. 4. 5. 6.
Realizar concursos basados en el espíritu de competencia. Entregar distinciones por haber cursado alguna materia de seguridad. Proponer metas de los días trabajados sin accidentes. Motivar a la participación de todas las personas. Informar de casos reales. Realizar ceremonias y festejos de seguridad en donde se haga resaltar la importancia de seguridad.
CARTELES Algunos son humorísticos, otros horripilantes, otros dan consejos de orden general, otros demuestran peligro que entraña una acción determinada, etc.
18.5 EQUIPOS DE PROTECCION Entre el equipo protector necesario para disminuir los riesgos se encuentran:
Protección de cabeza: El uso constante y estricto de los llamados sombreros duros.
Protección del rostro y ojos: gafas con cubiertas laterales, gafas con escudo plástico para los ojos, gafas fundidores, gafas comunes de seguridad.
Protección del oído: los métodos que suelen emplearse comprenden revisiones de diseño, cubiertas para amortiguar el sonido, entre otros.
Equipo protector respiratorio.
MOTIVACION DE LOS TRABAJADORES PARA EL USO DE PROTECCION PERSONAL. Se debe llevar a cabo una campaña refiriéndose los beneficios del uso del equipo en casos reales en los que su uso ha prevenido las lesiones. Si el equipo ha sido seleccionado adecuadamente y su beneficio ha sido comunicado en forma clara al personal, la etapa del 86
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rechazo será muy corta.
18.6 LA SEGURIDAD EN EL MANEJO DE MATERIAL Los métodos generales (además del manejo manual) para el manejo del material son: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Mediante vehículos de levantamiento manual. Arrastrándolos sobre deslizadores de rodillo. Vehículos de manejo manual, eléctricos de tracción. Mecanismos izadores. Grúas de traslación elevada. Transportadores de bandas. Palas mecánicas. Elevadores y escaleras. Bombas para fluidos, etc.
18.7
ANALISIS DE LAS CAUSAS DEL ACCIDENTE
Al realizar la investigación de análisis de accidentes se seguirán los pasos que a continuación se mencionan. 1. Obtener el reporte del accidente elaborado por el patrón. 2. Contener de ser posible y de inmediato, la declaración del trabajador accidentado, acerca de las circunstancias de lo ocurrido. 3. Obtener la declaración de los testigos en su caso. 4. Obtener el informe medico. 5. Hacer un reconocimiento del lugar del accidente. 6. Observar y registrar lo hechos captados en los puntos anteriores. 7. Estudiar los hechos en conjunto, los esenciales y los secundarios, con el objeto de precisar los factores que provocaron el accidente. 8. Sugerir algunas acciones correctivas a seguir.
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19.
SINIESTROS ”Daño, destrucción o pérdida que sufren las personas o propiedades por causa de sismos, incendios, naufragios, etc., y que hacen entrar en acción la garantía del asegurador, ya que como es sabido en los últimos tiempos todo debemos asegurarlo respecto a los riesgos.”
19.1 CONCEPTO DE SINIESTROS. El rápido aumento de sustancias químicas peligrosas en la industria y el comercio, (combustibles, explosivos o tóxicas) ha producido un considerable incremento del numero de personas, tanto de trabajadores como ciudadanos en general, cuya vida esta en peligro en cualquier momento debido a un accidente ocasionado por esas sustancias, y no de menos importancia al problema de los fenómenos naturales. La preocupación publica por las múltiples lesiones y muertes que causan accidentes espectaculares como: una explosión, una fuga de una sustancia combustible o tóxica, un incendio o catástrofes naturales, invariablemente dan origen a peticiones de mayor prevención y regularización en los planos nacional e internacional.
19.2
CLASIFICACION DE SINIESTROS SISMOS El sismo se considera como un movimiento sorpresivo de la corteza terrestre ocasionando, en muchos casos, por desplazamiento o reacomodamiento de las placas terrestres a lo largo de una falla del suelo. Al punto de desplazamiento máximo se le llama foco o epicentro: aunque algunas veces el valor del desplazamiento es pequeño, solo de algunos centímetros, la destrucción que causa en la superficie de la tierra es desastrosa debido a causas secundarias. Los fenómenos volcánicos generalmente van acompañados de sismos, temblores o terremotos que de acuerdo a la magnitud de ellos, causan daños irreparables. Los sismos se pueden clasificar en: Simples, dobles y compuestos, de acuerdo con la naturaleza de la conmoción, y en oscilatorios, trepidatorios y combinados, de acuerdo a su movimiento. De acuerdo a las medidas de prevención lo podemos palpar sobre todo en grandes construcciones, donde podemos observar leyendas como en “Caso de sismos” o flechas indicando evacuación; no acercarse a construcciones dañadas, prevenir fugas de toda índole.
EXPLOSIONES Se origina generalmente por un aumento rápido de presión en un espacio limitado en el cual casi siempre existen reacciones químicas, exotérmicas, en que se
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producen gases en gran cantidad , presentándose como resultado de la combustión rápida de esos gases.
INCENDIOS La seguridad en contra, y la prevención de incendios. Se necesita que la instalación, sus operaciones procedimientos, estructuras y equipo, estén diseñadas y reciban mantenimiento de manera que no representen causas de o sean auxiliares de combustión e incluyan medidas para que el personal pueda abandonar las instalaciones con facilidad y seguridad en caso de que ocurra un incendio (puertas, escaleras, etc.). La protección en contra de los incendios.- Se necesita el desarrollo y uso de diseños y métodos para detectar y controlar incendios, de tal suerte que se limiten, al probable daño que produzcan un incendio si se llegara a presentar.
19.3
SISTEMAS CONTRA INCENDIO.
El equipo contra incendio es el principal auxiliar con el que contamos para combatir el fuego cuando llega a presentarse. Por ello es necesario estar bien capacitados en su uso y conocer las medidas de prevención: Conceptos básicos. El fuego se define como la elevación excesiva de temperatura como resultado de la oxidación de los cuerpos, en forma brusca, con desprendimiento de luz, calor y productos de combustión. Para que se produzca un fuego deben existir forzosamente tres elementos: a) Combustible (sólido, líquido o gaseoso). b) Oxigeno. c) Calor El fuego se producirá cuando estos tres elementos se combinan en la proporción adecuada. Un elemento adicional es la reacción en cadena, que al considerarse, ha transformado el triángulo de fuego en el tetraedro del mismo. TIPOS DE FUEGO. Según el tipo de combustible puede ser: Clase A: Sólidos flamables (papel, cartón, madera, etc.). Clase B: Líquidos y gases flamables (gasolina, diesel, alcohol, gas L.P., etc.). Clase C: Sistemas eléctricos o electrónicos EQUIPO CONTRA INCENDIO. El equipo contra incendio puede variar dependiendo del tipo de fuego que se produzca. Así tenemos los siguientes equipos: PORTATIL
Polvo químico seco (fuego ABC) Bióxido de carbono (fuego BC) capacidad (exterior) Halón (fuegos ABC) 1 a 12 Kg.
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MOVIL
Polvo químico seco (fuegos ABC) (capacidad exterior) 50,70 Kg. Bióxido de carbono (fuegos AB) 150Kg.
MANUAL
Redes hidráulicas formadas por una bomba Depósito de agua e hidrantes. El agente extintor puede ser agua o espuma.
SISTEMAS FIJOS Automáticos: sistema que funciona con detectores y por si solos disparan el agente extinguidor. Los agentes pueden ser: agua, Bióxido de carbono o halon. Debemos aclarar que los equipos portátiles y móviles son utilizados para combatir conatos de incendio, esto es un fuego que apenas inicia y es muy fácil de suprimir. Cuando el incendio se ha extendido, se requiere recurrir al uso de hidratantes. El adecuado personal de cualquier empresa, cuando tiene a la mano el equipo adecuado contra incendio y esta capacitado para utilizarlo, puede combatir los conatos de incendio a tiempo y ahorrar millones de pesos de la empresa.
19.4 INSPECCIÓN DE EQUIPO CONTRA INCENDIO Las técnicas de combate contra incendios solo pueden ser efectivas cuando se tiene el equipo adecuado, de tal forma que es necesario que todo el equipo contra incendio, incluyendo el equipo de protección del bombero, se encuentre siempre en condiciones optimas de funcionamiento y listo para usarse. Para ello, a continuación describimos como debe efectuarse una inspección del equipo contra incendio, y que debemos verificar en cada una: a)
Extintores portátiles y móviles:
Cuando se realiza una revisión del equipo portátil y móvil se debe inspeccionar lo siguiente: 1. Ubicación: el sitio donde se encuentre el extintor debe ser accesible y estar cerca del personal que lo tendrá que utilizar. Así mismo debe tener un número asignado. 2. Tipo: según el agente extinguidor, si es de Polvo, CO o halon y si corresponde al tipo de fuego que se producirá en esa zona. 3. Capacidad: los extinguidores de Polvo y halon cuentan con un manómetro que indica si se encuentran presurizados o no. Los extintores de CO2 deben pesarse para saber si están llenos o vacíos. 4. Carga: los extinguidores de polvo y halon cuentan con un manómetro que indica si se encuentran presurizados o no. Los extinguidores de CO2 deben pesarse para saber si están llenos o vacíos. 5. Vencimiento: la carga de todos los extintores caduca al año, aun cuando no se hayan disparado y el manómetro indique presión normal. 6. Señalamiento: debe ser claramente visible desde todos los ángulos. 7. Altura: la parte más alta del extintor debe estar máximo a 1.50 mts. del piso. 8. Acceso: no debe estar obstruido el acceso al extintor. 9. Etiqueta: el extintor debe tener la etiqueta de instrucciones de uso, el tipo de extintor y la fecha de recarga. 90
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10. Seguro: en la manija debe estar el seguro y el alambre de cobre con sello metálico que indica que no se ha utilizado. 11. Manguera: la manguera debe estar en su sitio y no tener grietas. 12. Pintura: el cilindro debe estar bien pintado. 13. Prueba hidrostática: esta prueba se realiza cada 5 años, el cilindro debe mostrar números grabados de la fecha de la última prueba. b) Hidratantes: Los hidratantes deben ser revisados en la misma forma que los extintores y se inspecciona lo siguiente: 1. Gabinete: debe estar bien pintado, con su número respectivo y su cristal integro. La cerradura debe estar en buen estado. 2. Señalamiento: debe ser visible desde todos los ángulos 3. Manguera: debe estar conectada, no tener picaduras ni señales de oxidación, enrollada adecuadamente dentro del gabinete de tal forma que al sacarla se desenrolle fácilmente. 4. Llave universal: dentro del gabinete se debe contar con una llave de bronce que sirve para unir o separar las partes del hidratante. 5. Chiflón o boquilla: debe estar conectada a la manguera y en condiciones de funcionamiento 6. Llave de paso del agua: debe estar en buenas condiciones y ser fácilmente identificable. 7. Presión: cada tres meses deberán desenrollarse las mangueras y probar la presión del sistema: La inspección del equipo contra incendios deberá hacerse cada 15 días y anotarlo en la hoja de control respectiva. Siempre que se utilice el extintor deberá colocarse en el suelo, atravesado, para identificar que no se encuentra en condiciones de operación y notificarse de inmediato al supervisor.
19.5 Otras catástrofes naturales En nuestro medio ambiente las más comunes que pueden vivir son: Inundaciones. Tormentas de aire. Naufragios. En otros medios o en otros países causan desastres otros problemas naturales como: Maremotos. Tornados. Tifones. Deslaves. Deshielos. EVACUACIÓN. Se toman todas las medidas necesarias para que la persona pueda abandonar las instalaciones con facilidad y seguridad en caso de que suceda algún percance. Ruta de evacuación: rutas previamente establecidas para salir del área rápida y ordenadamente, hacia el punto de reunieron más cercano. 91
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Punto de reunión: sitio al cual deberá acudir todo el personal que no tenga una actividad específica en el momento de la emergencia, habitualmente es el área de recepción del edificio o área de oficinas, si es área abierta. Para lograr la máxima protección a todo el personal, así como de las instalaciones y propiedades de cualquier empresa, es necesario que todo el personal este preparado para seguir un plan de control bien organizado y así efectuar la evacuación de todo el personal. Reducir y evitar los daños a la propiedad, equipo o maquinaria y proporcionar la atención medica en caso necesario. .
Bibliografía
Seguridad Industrial. J.V. Grimaldi Representaciones. Seguridad Industrial. Ronald P. Blake. Ley de Higiene Seguridad Ocupacional y Bienestar (R.M. 16998). Legislación Laboral en Latinoamérica. OSHA (Ocupational Safety and Healtl Administration. U.S.A.) Seguridad, Higiene. Jorge Letayf y Mc Graw Hill Control Ambiental. Carlos González. Internet
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ANEXO LEY GENERAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR Decreto Ley Nº 16998 de 2 de Agosto de 1979 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema 186220 de 20 de Febrero de 1978 el Supremo Gobierno constituyó una Comisión encargada de revisar la legislación vigente en materia de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar y de sentar las bases técnico-jurídicas mediante la elaboración de un cuerpo orgánico de disposiciones legales; Que, en fecha 18 de Mayo del año en curso, la Comisión de Alto Nivel Multisectorial y Tripartita, entregó el Proyecto de Ley e Informe final a consideración del Supremo Gobierno; Que, las elevadas tasas de morbi-mortaIidad y accidentabilidad, emergentes del trabajo en nuestro país, exigen al adopción de medidas tendientes a superar esta situación, las mismas que deben aplicarse dentro de un marco legal expresamente establecido; Que, es de responsabilidad del Estado velar por la integridad física y mental de los trabajadores por constituir éstos el principal factor de la producción. EN CONSEJO DE MINISTROS DECRETA: Art. 1º Apruébase la Ley General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar en sus 2 libros, 6 Títulos, 32 Capítulos y 415 Artículos, la misma que entrará en vigencia en todo el territorio nacional a partir del día 30 de Julio del presente año. Art. 2º Quedan derogadas todas las demás disposiciones legales contrarias al presente Decreto Ley. LEY GENERAL DE HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL LIBRO I DE LA GESTION EN MATERIA DE HIGIENE SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES CAPITULO I OBJETO Y CAMPO DE APLICACION Art. 1° (Objeto). La presente Ley tiene por objeto: 1) Garantizar las condiciones adecuadas de salud, higiene, seguridad y bienestar en el trabajo; 2) Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgos para la salud psicofísica de los trabajadores; 3) Proteger a las personas y al medio ambiente en general, contra los riesgos que directa o indirectamente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico. Art. 2º (Acción del Estado, Empleador y Trabajador). Los objetivos señalados se alcanzarán a través de la acción conjunta del Estado, los empleadores y trabajadores. La participación de los trabajadores y las organizaciones involucradas es determinante en la ejecución de las normas relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 3º (Campo de Aplicación). La presente Ley es aplicable a toda actividad en que se ocupe uno o más trabajadores por cuenta de un empleador, persiga o no fines de lucro; será aplicable, asimismo, a las siguientes actividades: 1) Las desempeñadas por cuenta del Estado: Gobierno Central, Gobierno Local, Instituciones descentralizadas y autónomas, Empresas y Servicios Públicos; y, en general, todas aquellas entidades públicas o mixtas existentes o por crearse; 2) Las ejecutadas por entidades cooperativas y otras formas de organización social como los "Sindicatos de Producción" ; 3) Las desempeñadas por alumnos de un establecimiento de enseñanza o formación profesional, bajo contrato de aprendizaje o práctica educacional; 4) Las que se ejecuten en prisiones o penitenciarias, establecimientos correccionales, de rehabilitación y readaptación ocupacional o social. Quedan exceptuadas: 1.- Las realizadas por las Fuerzas Armadas y los Organismos de Seguridad del Estado en el Ejercicio de sus funciones específicas; 2.- Las efectuadas en el domicilio del trabajador; 3.- Las efectuadas por la familia del empleador en el domicilio de éste. CAPITULO II DE LAS DEFINICIONES GENERALES Y COMUNES Art. 4º Para los efectos de aplicación de la presente Ley, los siguientes términos tienen la significación que se les asigna a continuación: - Autoridad Competente. Es toda autoridad pública revestida de poderes para dictar reglamentos, ordenes, decretos, otras instrucciones que tengan fuerza de ley con respecto a la seguridad en los centros de trabajo. - Empleador. Es toda persona natural o jurídica que esté a cargo o tenga a su cargo el control o vigilancia del trabajo en un centro laboral o de cualquier empleado del mismo. - Trabajador. Es toda persona que presta servicios a un empleador por el sueldo, salario y otra remuneración, incluyendo cualquier aprendiz o discípulo mediante retribución o sin ella. - Lugar o Centro de Trabajo. Es todo sitio donde el trabajador desenvuelve sus actividades. - Seguridad Industrial u ocupacional. Es el conjunto de procedimientos y normas de naturaleza técnica, legal y administrativa, orientado a la protección del trabajador, de los riesgos contra su integridad física y sus consecuencias, así como mantener la continuidad del proceso productivo y la intangibilidad patrimonial del centro de trabajo - inspección. Es una función de naturaleza técnica legal, cuya finalidad es constatar el cumplimiento de las disposiciones y normas vigentes. - Supervisión. Es una función técnica administrativa cuya finalidad está orientada a la correcta aplicación de las disposiciones, normas y procedimientos. - Riesgo Industrial u Ocupacional. Es un estado potencial de origen natural o artificial capaz de producir un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional. - Condición insegura. Es toda condición física o ausencia de norma, susceptible de causar accidente. - Acto inseguro. Es la acción y/o exposición innecesaria del trabajador al riesgo, susceptible de causar accidente. - Accidente de Trabajo. Es un suceso imprevisto que altera una actividad de trabajo ocasionando lesión (es) al trabajador y/o alteraciones en la maquinaria, equipo, materiales y productividad. 94
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE - Lesión. Es la disfunción o detrimento corporal causado por un accidente o enfermedad ocupacional. Las lesiones pueden ser leves, graves y fatales. - Lesión leve. Es aquélla que aun siendo necesaria la aplicación de primeros auxilios o atención médica, no hace que el trabajador pierda una jornada de labor o más. - Lesión Grave. Es la que produce una incapacidad laboral que hace perder el operario una o más jornadas de trabajo. - Lesión Fatal. Es aquélla que produce la muerte. - Investigación de Accidente. Es la secuencia metódica que se observa en el estudio de un accidente desde un período anterior a su acaecimiento hasta el momento en que se hayan determinado exactamente las causas y circunstancias que contribuyeron a la realización de dicho evento. - Estadística de Seguridad. Es el resultado del análisis y evaluación matemática, de los datos relacionados a los accidente y enfermedades ocupacionales, a fin de lograr información útil para investigar, planificar y controlar la actividad de la higiene y seguridad ocupacionales. - Materia peligrosa. Es aquélla que conlleva un riesgo para el hombre, por virtud de su naturaleza, condición o posición. - Contaminación. Es la adición de elementos ajenos al aire normal, o la substracción de elementos constitutivos del mismo que alteran sus propiedades tísicas y/o químicas en suficiente grado como para producir efectos medibles en el hombre, los animales, los vegetales o materiales inertes. - Factor de Seguridad de los materiales. Es la relación entre el esfuerzo que produce una deformación permanente o una ruptura y el esfuerzo máximo normal de trabajo. TITULO II DE LAS OBLIGACIONES DE EMPLEADORES, DE TRABAJADORES Y DEL EMPLEO DE MUJERES Y MENORES DE EDAD Art. 5º (Obligaciones de Empleadores y Trabajadores). Los empleadores y trabajadores comprendidos en el campo de aplicación de la presente Ley, tienen la obligación de cumplir las normas establecidas en ella, así como los reglamentos y otras disposiciones inherentes. CAPITULO I DE LAS OBLIGACIONES DE EMPLEADORES Art. 6º (Obligación de Empleadores). Son obligaciones de empleadores: 1) Cumplir las leyes y Reglamentos relativos a la higiene, seguridad ocupacional y bienestar; reconociendo que su observancia constituye parte indivisible en su actividad empresarial; 2) Adoptar todas las medidas de orden técnico para la protección de la vida, la integridad física y mental de los trabajadores a su cargo; tendiendo a eliminar todo género de compensaciones sustitutivas del riesgo como ser: bonos de insalubridad, sobrealimentaciones y descansos extraordinarios, que no supriman las condiciones riesgosas; 3) Constituir las edificaciones con estructuras sólidas y en condiciones sanitarias, ambientales y de seguridad adecuadas; 4) mantener en buen estado de conservación, utilización y funcionamiento, las estructuras físicas, las maquinarias, instalaciones y útiles de trabajo; 5) Controlar que las máquinas, equipos, herramientas, accesorios y otros en uso o por adquirirse, reúnan las especificaciones mínimas de seguridad; 95
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE 6) Usar la mejor técnica disponible en la colocación y mantenimiento de resguardos y protectores de maquinarias, así como en otro tipo de instalaciones; 7) Instalar los equipos necesarios para prevenir y combatir incendios y otros siniestros; 8) Instalar los equipos necesarios para asegurar la renovación del aire, la eliminación de gases, vapores y demás contaminantes producidos, con objeto de proporcionar al trabajador y a la población circundante, un ambiente saludable; 9) Proveer a los trabajadores, equipos protectores de la respiración, cuando existan contaminantes atmosféricos en los ambientes de trabajo y cuando la ventilación u otros medios de control sean impracticables. Dichos equipos deben proporcionar protección contra el contaminante específico y ser de un tipo aprobado por organismos competentes; 10) Proporcionar iluminación adecuada para la ejecución de todo trabajo en condiciones de seguridad; 11) Eliminar, aislar o reducir los ruidos y/o vibraciones perjudiciales para la salud de los trabajadores y la población circundante; 12) Instalar y proporcionar medios de protección adecuados, contra todo tipo de radiaciones; 13) Adoptar medidas de precaución necesarias durante el desarrollo de trabajos especiales para evitar los riesgos resultantes de las presiones atmosféricas anormales; 14) Proveer y mantener ropa y/o equipos protectores adecuados contra los riesgos provenientes de las substancias peligrosas, de la lluvia, humedad, trío, calor, radiaciones, ruidos, caldos de materiales y otros; 15) Procurar que todo equipo eléctrico o instalación que genere, conduzca o consuma corriente eléctrica, esté instalado, operado, conservado y provisto con todos los dispositivos de seguridad necesarios: 16) Proporcionar las facilidades sanitarias mínimas para la higiene y bienestar de sus trabajadores mediante la instalación y mantenimiento de servicios higiénicos, duchas, lavamanos, casilleros y otros; 17) Evitar en los centros de trabajo la acumulación de desechos y residuos que constituyen un riesgo para la salud, efectuando limpieza y desinfección en forma permanente; 18) Almacenar, depositar y manipular las substancias peligrosas con el equipo y las condiciones de seguridad necesarias; 19) Utilizar con fines preventivos los medios de señalización, de acuerdo a normas establecidas; 20) Establecer y mantener Departamentos de Higiene y Seguridad Ocupacional, así como servicios médicos de empresa y postas sanitarias cuando fuese necesario, conforme a lo establecido en el TITULO IV, CAPITULOS I y II; 21) Establecer y mantener los Comités Mixtos de Seguridad e Higiene, de acuerdo a los preceptuado en el TITULO III, CAPITULO VII; 22) Prevenir, comunicar, informar e instruir a sus trabajadores sobre todos los riesgos conocidos en su centro laboral y sobre las medidas de prevención que deben aplicarse; 23) Colocar y mantener en lugares visibles avisos o carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad; 24) Promover la capacitación del personal en materia de prevención de riesgos del trabajo; 25) Denunciar ante la Dirección General de higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar y a la Caja de Seguridad Social correspondiente, los accidentes y enfermedades profesionales, conforme a lo establecido por el Art. 85º de la Ley 96
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE General del Trabajo y su Decreto Reglamentario y Art. 30 del Código de Seguridad Social: 26) Llevar un registro y estadísticas de enfermedades y accidentes de trabajo que se produzcan en su industria; 27) Analizar e investigar los accidentes de trabajo con el objeto de evitar su repetición; 28) Conocer, señalar e informar sobre la composición de las sustancias que se utilizan y producen en el proceso industrial y de los riesgos que ellas conllevan; 29) Archivar y mantener los certificados médicos pre ocupacionales, así como las fichas clínicas del personal a su cargo; 30) Mantener en le propio Centro de Trabajo uno o más puestos de Primeros Auxilios, dotados de todos los elementos necesarios para la inmediata atención de los trabajadores enfermos o accidentados. Esta obligación es independiente de la relación que pudiere tener la empresa con las atenciones médicas y de otra índole que ofrecen los sistemas de seguridad social. Los puestos de primeros auxilios en las empresas alejadas de los centros urbanos, deberán brindar también atención de emergencia a los familiares de los trabajadores. CAPITULO II OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR Art. 7º (Obligaciones de los Trabajadores ). Son obligaciones de los trabajadores: 1) Cumplir las normas de Higiene y Seguridad establecidas en la presente Ley y demás reglamentos; 2) Preservar su propia seguridad y salud, así como la de sus compañeros de trabajo; 3) Cumplir las instrucciones y enseñanzas sobre seguridad, higiene y salvataje en los centros de trabajo; 4) Comenzar su labor examinando los lugares de trabajo y el equipo a utilizar, con el fin de establecer su buen estado de funcionamiento y detectar posibles riesgos; 5) Usar obligatoriamente los medios de protección personal y cuidar de su conservación; 6) Conservar los dispositivos y resguardos de protección en los sitios donde estuvieren instalados, de acuerdo a las normas de seguridad; 7) Evitar la manipulación de equipos, maquinarias, aparatos y otros, que no sean de su habitual manejo y conocimiento; 8) Abstenerse de toda práctica o acto de negligencia o imprudencia que pueda ocasionar accidentes o daños a su salud o la de otras personas; 9) Detener el funcionamiento de las máquinas para efectuar su limpieza y/o mantenimiento, a efecto de evitar riesgos; 10) Velar por el orden y la limpieza en sus lugares de trabajo; 11) Someterse a la revisión médica previa a su incorporación al trabajo y a los exámenes periódicos que se determinen; 12) Informar inmediatamente a su jefe de toda avería o daño en las maquinarias e instalaciones, que puedan hacer peligrar la integridad física de los trabajadores o de sus propios centros de trabajo. 13) Seguir las instrucciones del procedimiento de seguridad, para cooperar en caso de siniestros o desastres que afecten a su centro de trabajo; 14) Abstenerse de consumir bebidas alcohólicas en su centro de trabajo, la ingestión de medicamentos o estupefacientes que hagan peligrar su salud y de sus compañeros de labor; así como de fumar en los casos en que signifique riesgo; 97
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE 15) Denunciar ante el Comité de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar y en su caso ante las autoridades competentes, la falta de dotación por parte del empleador de los medios para su protección personal; 16) Participar en la designación de sus delegados ante los Comités de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar. CAPITULO III DEL EMPLEO DE LAS MUJERES Y MENORES DE EDAD Art. 8º (Prohibiciones). Queda prohibido el trabajo de mujeres y menores de 18 años en aquellas labores peligrosas, penosas o nocivas para su salud, o que atenten contra su moralidad. Art. 9º (Nulidad de Contrato). En razón de la naturaleza de orden público de la prohibición precedente, es nulo cualquier contrato de trabajo suscrito contra la expresada norma legal, sin perjuicio de que el empleador reconozca los beneficios establecidos por Ley. TITULO III DE LA ORGANIZACION CAPITULO I DE LOS ORGANOS DE EJECUCION Y SUS ATRIBUCIONES Art. 10º (Quienes ejecutan la presente Ley). El cumplimiento y ejecución de la presente Ley estará a cargo de los Ministerios de Trabajo y Desarrollo Laboral y de Previsión Social y Salud Pública, a través del Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, que se crea para el efecto, la Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar dependiente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, el Instituto Boliviano de Seguridad Social y el Instituto Nacional de Salud Ocupacional. CAPITULO II DEL CONSEJO BIENESTAR
NACIONAL
DE
HIGIENE,
SEGURIDAD
OCUPACIONAL
Y
Art. 11º (Constitución del Consejo Nacional) . El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar estará constituido por: - El Ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral; - El representante del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública. - El representante del Ministerio de Minería y Metalurgia; - El Director General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral; - El Director Ejecutivo del Instituto Boliviano de Seguridad Social; - El representante de la Central Obrera Boliviana; - El representante de la Confederación de Empresarios Privados. Art. 12º El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, determinará de acuerdo a sus necesidades y a las circunstancias, la participación de otros Ministerios, entidades, sectores empresariales y laborales que no figuran en el artículo precedente.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 13º (Tuición del Ministerio de Trabajo y Desarrollo laboral). El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, funcionará bajo la tuición del Ministerio de Trabajo y Desarrollo laboral y estará presidido por su Ministro. Art. 14º (Secretaría del Consejo Nacional ). La Secretaría Permanente del Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, será ejercida por la Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar dependiente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Art. 15º (Funciones del Consejo Nacional). El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1) Formular las políticas en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar, planificar, dirigir, coordinar y regular las acciones consiguientes; 2) Proponer y buscar el financiamiento económico suficiente para el desarrollo del sistema, y conocer el presupuesto operativo de los órganos ejecutores del mismo; 3) Asesorar a los poderes del Estado en la formulación de disposiciones legales sobre la materia y absolver sus consultas; 4) Supervisar y evaluar las funciones, tareas y resultados de los órganos operativos; 5) Fortalecer los organismos encargados de la ejecución de medidas de higiene, seguridad ocupacional y bienestar y proponer la creación de otros en su caso; 6) Establecer la coordinación y complementación entre las instituciones públicas y privadas vinculadas directa o indirectamente con la materia, a efecto de lograr la mejor utilización de los recursos disponibles; 7) Promover y establecer prioridades para la ejecución de programas de investigación y estudio a desarrollarse por las instituciones del sistema; 8) Favorecer al adiestramiento y capacitación de los recursos humanos en la materia, a efecto de satisfacer las necesidades del país en coordinación con las universidades, institutos públicos y privados; 9) Gestionar y facilitar la concesión de becas para el perfeccionamiento del personal para su asignación a las instituciones del sistema; 10) Promover y coordinar todas las acciones relativas a la prevención de los riesgos profesionales, y las referentes a la rehabilitación integral de los trabajadores; 11) Gestionar y canalizar la colaboración de organismos internacionales y de gobiernos amigos, en favor de las entidades nacionales dentro de este campo; 12) Participar en la suscripción de acuerdos y convenios en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar con otros países u organismos internacionales; 13) Velar por la inamovilidad del personal técnico y especializado del sistema, cuyo relevo se producirá únicamente por la comisión de faltas graves en el ejercicio de sus funciones y previo proceso; 14) Velar por la jerarquización del personal técnico de la materia; 15) Velar para que el país esté adecuadamente representado en congresos y otros eventos internacionales que se realicen sobre la materia; 16) Promover medidas para que los proyectos industriales contemplen inversiones destinadas a la prevención de riesgos; 17) Elaborar un reglamento interno para su organización y funcionamiento. Art. 16º (Creación de Comisiones Sectoriales). El consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, creará comisiones sectoriales con el objeto de desarrollar políticas y acciones para cada sector laboral.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art.17º (Composición de Comisiones). Las comisiones sectoriales estarán integradas por representantes de Ministerios, Instituciones y Organismos del sector involucrado, representantes de la parte empresarial y laboral, presididas por el representante de la Secretaría Permanente del Consejo. Art. 18º (Oficinas Departamentales). En las jurisdicciones departamentales se crearán y organizarán oficinas especializadas en higiene, seguridad ocupacional y bienestar. CAPITULO III DE LA DIRECCION GENERAL DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR Y SUS ATRIBUCIONES Art. 19º (Funciones de la Dirección General). la Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, aparte de sus especificas funciones, se encargará de: 1) Cumplir y hacer cumplir las normas de la presente Ley; 2) Proponer al Consejo nacional normas para el desarrollo de las políticas que se formulen en la materia; 3) Coordinar programas y acciones del sistema ; 4) Programar y ejecutar labores educativas y de divulgación sobre higiene. seguridad ocupacional y bienestar a diferentes niveles en coordinación con otros organismos afines; 5) Ejercer control del cumplimiento de las normas de protección contra los riesgos profesionales en los trámites previos a la instalación de industrias o establecimientos en general; 6) Controlar que todo proyecto y programa de instalación y localización de industrias y actividades económicas en general, estén acompañadas de inversiones mínimas establecidas sobre prevención de riesgos, infraestructura social y física que permitan el asentamiento de los trabajadores y sus familias de acuerdo a las peculiaridades regionales del país; 7) Propiciar la creación de la infraestructura en higiene, seguridad ocupacional y bienestar en los centros de trabajo ya existentes, asistirlos en su organización y asesorarlos en sus problemas inherentes; 8) Aprobar los programas que realicen las empresas en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar; 9) Desarrollar en forma permanente el sistema de estadística en la materia; 10) Requerir y obtener de los empleadores, Cajas de Seguro Social y otras fuentes, información sobre enfermedades y accidentes de trabajo; 11) Evaluar en base a la estadística, las acciones y programas en materia de higiene, seguridad ocupacional y bienestar que se desarrollen en los centros de trabajo; 12) Realizar inspecciones en los centros de trabajo conforme a las normas que se determinen. 13) Conceder plazos para el cumplimiento de las normas de la presente Ley, de los reglamentos y de las recomendaciones consiguientes; 14) Sustanciar el procedimiento previo a la aplicación de sanciones previstas en los Art. 53º, 56º, 57º de la presente Ley; 15) Tramitar la instancia de revisión ante la Corte Nacional del Trabajo; 16) Intervenir en todo finiquito por accidente de trabajo, enfermedad profesional, de salarios por incapacidad y demás beneficios sociales emergentes de riesgos profesionales.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE
CAPITULO IV DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL Y SUS ATRIBUCIONES Art. 20º (Funciones del I.N.S.O.). El Instituto Nacional de Salud Ocupacional cumplirá las siguientes funciones: 1) Programar trabajos de investigación y estudios en la 'materia, coordinando con organismos e instituciones afines; 2) Realizar investigaciones y evaluaciones sobre los riesgos del trabajo, así como sobre problemas específicos de salud ocupacional; 3) Ejecutar exámenes médicos pre ocupacionales y ocupacionales sistemáticos y obligatorios para todos los trabajadores, coordinando labores con entidades relacionadas con la higiene y seguridad ocupacional; 4) Proporcionar asesoramiento técnico en salud ocupacional a las empresas y entidades públicas y privadas; 5) Capacitar y adiestrar recursos humanos a diferentes niveles para su participación en programas de salud ocupacional; 6) Proponer normas técnicas en la materia, en coordinación con organismos afines; 7) Evaluar y calificar las incapacidades derivadas de lesiones propias del trabajo; 8) Efectuar estudios epidemiológicos referidos a la materia en los distintos sectores laborales del país. Art. 21º (Otras Funciones del I.N.S.O.). El I.N.S.O. cumplirá las mismas funciones previstas para el Departamento de medicina del Trabajo de la C.N.S.S., establecidas en el Art. 24 de la presente Ley, con referencia a los sectores laborales no protegidos por ésta, en tanto las instituciones gestoras a cuyo campo de aplicación pertenezcan esos sectores no organicen sus propios servicios de Medicina del Trabajo. CAPITULO V DE OTROS ORGANOS ENCARGADOS DE EJECUCION Art. 22º (Otros Órganos de Ejecución). El Instituto Boliviano de Seguridad Social, en su condición de organismo de tuición y dirección del Sistema de Seguridad Social integra el Sistema de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar. Art. 23º (Delegación de Funciones). El Instituto Boliviano de Seguridad Social, para efectos de la ejecución de la presente disposición legal, delega su participación al Departamento de Medicina del Trabajo de la C.N.S.S., en cuanto corresponde a la protección del sector comprendido en ella. Art. 24º (Funciones de la C.N.S.S.). La Caja Nacional de Seguridad Social, a través de su Departamento de Medicina del Trabajo debe cumplir las siguientes funciones: 1) Exigir a las empresas afiliadas el cumplimiento de la obligación que tiene de constatar el estado de salud de sus trabajadores a tiempo de su contratación, mediante exámenes médicos pre ocupacionales, exámenes clínicos, radiográficos y de laboratorio; 2) Efectuar exámenes médicos periódicos a objeto de controlar la adaptación del trabajador a su ocupación y detectar oportunamente los daños que le ocasione su labor; adoptar las medidas preventivas del caso; aconsejar el cambio de ocupación o su transferencia a los seguros de riesgos profesionales, invalidez o vejez
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE 3) Reconocer y diagnosticar oportunamente los daños producidos por enfermedades profesionales y accidentes de trabajo, utilizando sus servicios médicos instalados en toda la República; 4) Documentar mediante la elaboración de historias clínicas y la ejecución de exámenes de gabinete y de laboratorio, los procesos resultantes de los riesgos del trabajo, estableciendo en cada caso los diagnósticos, tratamiento y su evolución, para que sirvan como antecedentes en el otorgamiento de rentas y otros beneficios; 5) Considerar las solicitudes de indemnizaciones y rentas por riesgos profesionales que presenten los trabajadores asegurados en cualquier punto de la República, efectuando para ello el acopio de antecedentes de trabajo y practicando los exámenes médicos pertinentes; 6) Evaluar y calificar las incapacidades resultantes de enfermedades profesionales, accidentes de trabajo y de padecimientos, comunes, tomando en cuenta la pérdida o disminución de la capacidad de ganancia, la gravedad e importancia de las lesiones, la edad, la condición social y económica de los asegurados; 7) Recomendar y disponer la rehabilitación y readaptación ocupacional de los trabajadores parcialmente incapacitados, con el fin de restablecer sus aptitudes y funciones que les permitan efectuar una actividad remunerada, independientemente de las pensiones que la Entidad del Seguro les otorgue; 8) Junto con otros organismos técnicos del Estado, proponer al Supremo Gobierno políticas encaminadas a lograr la reubicación de rentistas, particularmente mineros, en actividades que no afecten a su salud; 9) Pronunciarse respecto al otorgamiento de prótesis vitales y ortopédicas a sus asegurados, mediante el estudio pormenorizado de cada caso; 10) Establecer en coordinación con los organismos competentes las condiciones de trabajo en las diferentes industrias para exigir el cumplimiento de normas y reglamentos referentes a la dotación de ropa, equipos y dispositivos de protección personal; 11) Estudiar los ambientes de trabajo en cuanto a la presencia de condiciones insalubres o peligrosas para los trabajadores; 12) Analizar las denuncias de accidentes de trabajo, y en su mérito, efectuar las recomendaciones precisas con el fin de disminuir o evitar su repetición; 13) Organizar conferencias y otros eventos destinados a educar y divulgar los conocimientos básicos sobre primeros auxilios e higiene y seguridad ocupacionales. CAPITULO VI DE LA INSPECCION Y SUPERVISION Art. 25º (Organismos de Inspección). La Dirección de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar será la encargada de garantizar el cumplimiento de las normas de la presente Ley, contando para este objeto con el cuerpo de inspectores del Ministerio de Trabajo. Art. 26º (Personal Especializado). Ese cuerpo de Inspectores cumplirá dentro de la materia y bajo supervisión de la Dirección General de higiene, Seguridad ocupacional y Bienestar, las siguientes funciones: 1) Verificar el cumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y otras relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo; 2) Inspeccionar las empresas y todo centro de trabajo, examinar locales, maquinarias, equipos, materiales, el proceso industrial, y efectuar cuanta 102
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE averiguación sea pertinente con el fin de establecer los riesgos que presenten dichos centros; 3) Disponer la paralización de maquinaria y la clausura parcial o total de la industria, cuando las condiciones de trabajo signifiquen inminente peligro para la vida y la salud de los trabajadores. Estas medidas se mantendrán entre tanto se eliminen las condiciones de riesgo; 4) Realizar las inspecciones con la participación de representantes patronales y laborales; 5) Disponer la organización de uno o más Comités Mixtos en cada establecimiento de acuerdo a las necesidades del caso; 6) Investigar y analizar los accidentes de trabajo ocasionados y establecer las causas que los originaron, impartiendo las recomendaciones pertinentes para evitar accidentes similares; 7) Elevar informe o denuncia ante el Director General sobre el resultado de la inspección, especificando razón social, ubicación de la empresa, personero legal de la misma, riesgos establecidos, normas infringidas, conclusiones, recomendaciones y demás circunstancias pertinentes; 8) Conceder a las empresas plazos que sean compatibles con la magnitud y las dificultades técnicas de las contingencias, a efecto de que en su transcurso subsanen las observaciones sobre los riesgos profesionales. Art. 27º (Facultad de Otras Autoridades ) Cualquier otro género de autoridad administrativa o judicial, que a su vez constatare dentro de sus funciones, condiciones de riesgo en los centros laborales, deberá hacer conocer dicha circunstancia ante la Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, para los fines legales consiguientes. Art. 28º (Inspectores en el Interior del País ). En el interior de la República las labores de inspección se realizarán a través de las oficinas regionales dependientes del Ministerio de Trabajo y Desarrollo laboral. Art. 29º (De la Supervisión ). La supervisión es una función técnico administrativa que estará a cargo de la Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar y otras instituciones que integran el sistema y se realizará con el objeto de controlar la ejecución por parte de los inspectores y de las empresas. La supervisión como función de apoyo, consistirá asimismo en proporcionar asesoramiento y orientación en la materia. CAPITULO VII DE LOS COMITES MIXTOS Art. 30º (Comités Mixtos). Toda empresa constituirá uno o más Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, con el don de vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos profesionales. Art. 31º (Composición de Comités). Los Comités Mixtos estarán conformados paritariamente por representantes de los empleadores y de los trabajadores; el número de representantes estará en función a la magnitud de la empresa, a los riesgos potenciales y al número de trabajadores. Art. 32º (Presidencia del Comité). Presidirá al Comité Mixto el Gerente de la Empresa o su representante. 103
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 33º (Elección de Representantes). La elección de los representantes laborales ante dichos Comités Mixtos se efectuará por votación directa de los trabajadores. Durarán en sus funciones por el lapso de un año pudiendo ser reelegidos. Art. 34º (Reuniones de los Comités). Los Comités Mixtos se reunirán mensualmente o cuando lo estimen necesario, a petición de su Presidente o de los representantes laborales. Art. 35º (Facilidades a los Comités). La empresa facilitará la labor de los Comités Mixtos cuando actúen en cumplimiento de sus funciones específicas, no pudiendo ejercer sobre ellos presiones, intimidaciones, represalias ni despidos a sus miembros. Art. 36º (Funciones de los Comités). Serán funciones de los Comités las siguientes: 1) Informarse permanentemente sobre las condiciones de los ambientes de trabajo, el funcionamiento y conservación de maquinaria, equipo e implementos de protección personal y otros referentes a al Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar en el trabajo; 2) Conocer y analizar las causas de los accidentes, controlar la presentación de denuncias y llevar una relación detallada de sus actividades; 3) Proponer soluciones para el mejoramiento de las condiciones, ambientes de trabajo y para la prevención de riesgos profesionales; 4) Fomentar actividades de difusión y educación para mantener el interés de los trabajadores en acciones de higiene y seguridad; 5) Colaborar en el cumplimiento de la presente Ley y de las recomendaciones técnicas de los organismos competentes. Art. 37º (Remoción de Representantes). El incumplimiento de las funciones precedentes, dará lugar a la remoción total o parcial de los representantes del Comité Mixto TITULO IV DE LOS SERVICIOS DE EMPRESA Art. 38º (Constitución de Servicios). Las empresas atendiendo a los índices de accidentalidad y morbimortalidad ocupacional, la naturaleza y característica de la actividad y el número de trabajadores expuestos, constituirán en sus centros de trabajo servicios preventivos de medicina del trabajo y Departamento de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar. Art. 39º (Supervisión de Servicios) . Dichos servicios estarán bajo la supervisión de un médico especializado en medicina del trabajo en el primer caso, y de un ingeniero o técnico especializado en higiene y seguridad ocupacional en el otro. Art. 40º (Independencia de Funciones). El personal desempeñará sus funciones con absoluta independencia ateniéndose exclusivamente a las reglas de su ciencia y ética profesional. CAPITULO I DE LOS SERVICIOS MEDICOS DE EMPRESA
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 41º (Funciones de los Servicios Médicos). Los servicios médicos de empresas, aparte de cumplir sus funciones específicas, deben desarrollar las siguientes actividades en el campo de la higiene y seguridad ocupacionales: 1) Determinar las condiciones de salud de los trabajadores, a través de exámenes pre ocupacionales y periódicos, y promover su mejoría; 2) Investigar las condiciones ambientales en las que los trabajadores desarrollan sus labores; 3) Analizar los mecanismos de acción de los agentes nocivos para el hombre en el trabajo; 4) Promover el mantenimiento de las condiciones ambientales adecuadas, en coordinación con el Departamento de Higiene y Seguridad Ocupacional y la Gerencia de la Empresa; 5) Detectar las manifestaciones iniciales de las enfermedades en los trabajadores, con el fin de prevenir su avance, sus complicaciones y secuelas; 6) Administrar los medicamentos y materiales de curación necesarios, para los primeros auxilios y adiestrar al personal que los preste; 7) Llenar los formularios de denuncia de Accidentes de Trabajo; llevar una relación de las atenciones de primeros auxilios en enfermedades ocupacionales y orientar a los trabajadores, respecto a sus derechos y obligaciones sobre Seguridad Social, particularmente en lo relacionado a rentas; 8) Asesorar a los Departamentos y Comités Mixtos de Higiene y Seguridad Ocupacionales y hacerles conocer los informes que elaboren. CAPITULO II DE LOS DEPARTAMENTOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Art. 42º (Funciones de los Departamentos ). Los Departamentos de Higiene y Seguridad Ocupacional desarrollarán las siguientes funciones: 1) Investigar las condiciones de higiene y seguridad en el centro de trabajo; 2) Análisis de los mecanismos de acción de los agentes potencialmente nocivos para el hombre en el trabajo; 3) Promocionar el mejoramiento de las condiciones ambientales en los centros de trabajo; 4) Investigar de las causas productoras de accidentes y enfermedades en el centro de trabajo; 5) Desarrollar programas preventivos de higiene y seguridad; 6) Promover e inculcar la utilización de implementos de protección personal a los trabajadores. CAPITULO III DEL BIENESTAR Art. 43º (Obligación Patronal). Los empleadores, a fin de mejorar el bienestar de sus trabajadores, están obligados a proporcionar a éstos: Art. 44º (Alimentación). La empresa está obligada a proporcionar a sus trabajadores las facilidades para la obtención de alimentos en sus dependencias a cerca de ellas, cuando no existan servicios públicos o privados de alimentación en las proximidades del centro de trabajo. Art. 45º (Comedores en las empresas). Las empresas, con objeto de brindar efectivo bienestar a sus trabajadores de acuerdo a sus modalidades de trabajo, deberán 105
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE instalar en los propios centros de actividad o en sus proximidades, comedores donde se sirvan alimentos en condiciones de higiene, calidad y precios adecuados. Art. 46º (Concesión de medios de transporte). De acuerdo a lo establecido por la Ley General del Trabajo y otras normas vigentes, los medios de transporte deberán ser adecuados a la distancia, número de trabajadores y características de acceso. Art. 47º (Condiciones de vivienda ). Las viviendas que proporcionen los empleadores deberán contar con: 1) Un espacio mínimo por persona de 6 m2; 2) Abastecimiento de agua potable dentro de la vivienda, en cantidad suficiente para poder cubrir todas las necesidades personales y domésticas; 3) Sistemas adecuados de alcantarillado y disposición de basuras; 4) Adecuada protección contra el calor, el frío, la humedad, el ruido, los incendios y los animales que propaguen enfermedades, especialmente los insectos; 5) Instalaciones sanitarias apropiadas en cocina y baño, ventilación, lavado, luz natural e iluminación artificial; 6) Un grado mínimo de aislamiento e intimidad entre las personas que viven bajo el mismo techo; 7) Apropiada separación entre las habitaciones y los locales destinados a animales. Art. 48º (Viviendas para solteros). Las viviendas colectivas destinadas a trabajadores solteros o separados de sus familias contará como mínimo con: 1) Una cama para uso exclusivo de cada trabajador; 2) Locales separados para hombres y mujeres; 3) Suficiente abastecimiento de agua potable; 4) Adecuadas instalaciones sanitarias; 5) Medios convenientes de ventilación o calefacción, si fuese necesario; 6) Comedores, salas de descanso y recreo si tales servicios no existieren en la comunidad. Art. 49º (Viviendas duraderas). Donde las oportunidades de empleo no sean transitorias, las viviendas o instalaciones colectivas deberán ser de construcción duradera. Art. 50º (Medios de Recreación ). Cuando los trabajadores no tuvieren acceso a los medios de recreación utilizados por la colectividad, los empleadores deben proporcionar dichos medios. Art. 51º (Guarderías Infantiles). Todas las empresas que empleen 50 o más trabajadoras deben contar con una guardería infantil a cargo de personal especializado que proporcione adecuada atención, alimentación, servicio de salud, recreación y educación, a los hijos de las trabajadoras. Art. 52º (Servicios Comunes ). Para el cumplimiento de lo previsto en el presente capitulo, las empresas podrán establecer o contratar servicios en forma común para la atención en la medida de sus necesidades.
TITULO V DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES 106
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE CAPITULO I DEL PROCEDIMIENTO POR INFRACCION A LEYES DE HIGIENE, SEGURIDAD OCUPACIONAL Y BIENESTAR Art. 53º (Imposición del Multas). Los actos por comisión u omisión de los empleadores que signifiquen incumplimiento doloso o culpable de la presente Ley, los reglamentos que se dicten en su consecuencia y las instrucciones emitidas por el órgano de aplicación, constituyen infracciones que se sancionarán con multas pecuniarias de $b. 1.000.- a $b. 500.000.- (UN MIL A QUINIENTOS MIL PESOS BOLIVIANOS), según la gravedad de las faltas y su resultado, el número de trabajadores perjudicados y la magnitud de la empresa. En caso de reincidencia se elevará al doble la sanción. Art. 54º (Acción Civil y Penal ). Las multas son independientes de las acciones penal y/o civil a que dieren lugar los hechos, así como de la obligación de cumplir las disposiciones infringidas. Art. 55º (Sanciones a Trabajadores).Las infracciones en que incurran los trabajadores, se sancionarán con multas pecuniarias cuyo monto será el equivalente de uno a quince días del salario que perciban, según la gravedad de la falta, sin perjuicio de las acciones penal y/o civil a que dieren lugar los hechos. Art. 56º (Denuncia). La denuncia de la infracción podrá ser efectuada por los inspectores del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. Será escrita y especificará el nombre de la empresa o del trabajador infractor, el lugar del hecho, las disposiciones incumplidas y el monto de la multa. El informe levantado por el inspector tendrá el carácter y valor de prueba pre constituida y goza de presunción de certeza, salvo prueba en contrario. Art. 57º (Sustanciación de Denuncia). La denuncia será sustanciada por la Dirección de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, con la participación del infractor. En el interior de la República este procedimiento se substanciará ante el Juez del Trabajo, por Direcciones o Jefaturas Departamentales del Trabajo y de conformidad a lo establecido en el Código Procesal de Trabajo para las infracciones de Leyes Sociales. Los representantes laborales podrán constituirse en parte. LIBRO II DE LAS CONDICIONES MINIMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO TITULO UNICO DISPOSICIONES TECNICAS GENERALES CAPITULO I DE LOS LOCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE TRABAJO EDIFICIOS, ESTRUCTURAS, LOCALES DE TRABAJO Y PATIOS Art. 58º Toda edificación permanente o temporal que funcione como centro de trabajo, debe construirse de acuerdo al Código de Construcción en vigencia, a fin de garantizar su estabilidad y rigidez. Art. 59º Ninguna permanentemente.
estructura
de
un
centro
de
trabajo
debe
sobrecargarse
CONSTRUCCION, MODIFICACIONES Y REPARACIONES
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 60º Se someterán a la autoridad competente para su examen y aprobación los planos de toda nueva construcción y los proyectos de modificaciones o reparaciones importantes que se efectúen en los lugares de trabajo. REQUISITOS DE ESPACIO Art. 61º Las edificaciones de trabajo tendrán como mínimo 3 metros de altura desde el piso al techo. Art. 62º El número máximo de personas que se encuentren en un local no excederá de una persona por cada 12 metros cúbicos. En los cálculos de m3 no se hará deducción del volumen de los bancos y otros muebles, máquinas o materiales, pero se excluirá la altura de éstos cuando excedan de 3 metros. Art. 63º En los locales de trabajo el espacio físico será racionalmente asignado a usos específicos, tales como áreas de circulación, trabajo, almacenamiento de materiales y servicios. Estas áreas deben ser llanas, sin ser resbaladizas y estar construidas y mantenidas libres de toda obstrucción permanente o temporal. Art. 64º Las escaleras, gradas, plataformas, rampas y otros, se construirán de acuerdo a normas existentes para garantizar su seguridad. Art. 65º Toda abertura permanente o temporal debe estar racionalmente resguardada y señalizada para evitar caídas de personas o cosas. Art. 66º En trabajos subterráneos, los piques, galerías, callejones, salones, socavones, topes, chimeneas, pique camino y otros, deben reunir las condiciones mínimas de dimensionamiento de acuerdo a estudios técnicos que permita el trabajo, tránsito y transporte en forma segura. Art. 67º Los patios deben ser nivelados, drenados, con puertas de ingreso y salidas independientes. Cuando éstos sean utilizados para trabajos permanentes, deben colocarse cobertizos que protejan contra las condiciones atmosféricas extremas. Protección contra la caída de Personas, Barandillas y Plintos. Art. 68º Todas las protecciones instaladas cerca de aberturas practicadas en el piso o en las paredes, así como en las pasarelas, lugares de trabajo elevados, etc., para prevenir caída de personas deben: a) Ser de material de buena calidad, de construcción sólida y de suficiente resistencia; b) En lo que respecta a las barandillas, tener una altura de un metro a 1.15 m., por encima del suelo o el piso; c) Los plintos, tener como mínimo 15 cm de altura y estar sólidamente asegurados. ABERTURA DE VENTANAS Art. 69º Las ventanas en descansos estarán resguardadas convenientemente para evitar caídas de material, equipos y personas. ASCENSORES Y MONTACARGAS. DISPOSICIONES GENERALES
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 70º Todas las partes de la estructura, maquinaria y equipo de los ascensores y montacargas serán: a) De un diseño y construcción sólida y adecuada resistencia y sin defectos; b) Mantenidas en buenas condiciones de reparación y trabajo; c) Sujetos a un procedimiento de seguridad obligada y contarán con todos los accesorios y salvaguardas reglamentarios; d) Instalados con mecanismos de seguridad que funcionen en combinación con el regulador de velocidad; e) Inspeccionados a intervalos regulares prescritos por reglamentos. ASCENSORES DE MINAS O JAULAS Art. 71º Los ascensores de minas, por las exigencias y condiciones ambientales, estarán sujetos a un reglamento especial autorizado que comprenda su instalación, inspección, mantenimiento, procedimiento de uso, pruebas de seguridad, etc. ILUMINACION Art. 72º Todas las áreas que comprendan el local de trabajo deben tener una iluminación adecuada que puede ser: natural, artificial o combinada. ILUMINACION ARTIFICIAL Art. 73º La intensidad y calidad de luz artificial debe regirse a normas específicas de iluminación. PARA LUGARES DE TRABAJO SUBTERRANEO Art. 74º Galerías principales, niveles, lugares de embarque, oficinas, almacenes, polvorines subterráneos y otros, deben contar con iluminación permanente normalizada Art. 75º Todos los niveles activos y lugares de tránsito deben tener una señalización permanente normalizada, de acuerdo a los requerimientos de tránsito y procesos de trabajo. Art. 76º En las labores subterráneas que utilizan agua en cantidad, se deben tomar las medidas necesarias para desaguar estos lugares de trabajo. VENTILACION GENERAL Art. 77º Los locales de trabajo deben mantener por medios naturales o artificiales, condiciones atmosféricas adecuadas conforme a normas establecidas. Art. 78º El suministro de aire respirable debe contener como mínimo el 18% de oxígeno (por volumen). Art. 79º Se prohibirá el ingreso de trabajadores a un ambiente comprobado o sospechoso de contaminación ambiental riesgosa, hasta superarse dicha condición. PROTECCION PARA TRABAJADORES AL AIRE LIBRE
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 80º Los trabajadores que permanente u ocasionalmente desarrollen labores a la intemperie, deben estar adecuadamente protegidos contra las inclemencias del tiempo. SOSTENIMIENTO ENMADERADO Y ENTIBIADO Art. 81º En trabajos subterráneos y tajo abierto que presentes riesgos por la inestabilidad del terreno, deben ser protegidos por obras de sostenimiento y revestimiento con materiales adecuados al género de explotación y a la naturaleza geológica o del relleno mineralizado. VIAS DE ACCESO Y COMUNICACIONES Art. 82º Los caminos que conducen a las bocaminas deben tener las gradientes técnicamente aceptadas. Art. 83º Toda mina subterránea debe tender a contar por lo menos con 2 vías de acceso a la superficie, debidamente señalizadas, separadas entre sí, con un mínimo de 30 metros y sin perder de vista el área de seguridad técnicamente establecido. Art. 84º Las chimeneas, zanjas y caminos abiertos en la superficie o interior de todo trabajo subterráneo deben estar protegidos por puedas, barandas y/o parrillas para evitar caídas de personas o materiales. Art. 85º Las vías de acceso para el personal y transporte, deben garantizar el tránsito simultáneo y contar con zonas de refugio cada 25 metros del trayecto. Art. 86º Las escaleras deben tener 5 metros de longitud como máximo, con plataformas cada 4 metros y acceso alternado. Art. 87º Toda galería, callejón y socavón debe ser dimensionado de modo que permita el trabajo, tránsito y transporte en forma cómoda Art. 88º En minas con desarrollo total mayor a 1.000 metros, se debe contar con un sistema de comunicación telefónica con la superficie. CAPITULO II DE LA PREVENCION Y PROTECCION CONTRA INCENDIOS Art. 89º Para los efectos del presente Capítulo los siguientes términos tienen la designación que se indica a continuación: a) "Instalación de bajo riesgo". Son zonas donde se almacenan o se manejan materiales que arden lentamente sin producir humo excesivo, pero no constituyen riesgo de explosiones o emanaciones tóxicas. b) "Instalaciones de riesgo moderado". Son zonas donde se almacenan o se manejan materiales que arden con moderada rapidez y que desprenden gran cantidad de humo, no constituyendo riesgo de explosiones o emanaciones tóxicas; c) "Instalación de alto riesgo". Son zonas donde se almacenan o se manejan materiales que puedan arder con extremada rapidez y cuyas emanaciones tóxicas o explosiones constituyen un riesgo especial. 110
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 90º Todos los lugares de trabajo deben tener los medios mínimos necesarios para prevenir y combatir incendios. Art. 91º Aquellos lugares de trabajo que por su naturaleza presenten mayores riesgos de incendios, deben obligatoriamente disponer de un reglamento interno para el combate y prevención de su riesgo específico de incendio, aprobado por la autoridad competente. Art. 92º Todos los lugares de trabajo deban contar, de acuerdo al tipo de riesgos de incendios que se presenten, con: - Abastecimiento suficiente de agua a presión. - Hidratantes y accesorios. - Rociadores. - Extintores portátiles. - Otros. Dichos equipos deben ser diseñados, instalados, mantenidos, inspeccionados e identificados de acuerdo a especificaciones técnicas establecidas y aprobadas por la autoridad competente. Art. 93º Se prohíbe el uso de extinguidores basados en tetracloruro de carbono (CI4C), en recintos cerrados donde no exista buena ventilación. Art. 94º Todos los lugares de trabajo deben contar con personal adiestrado para usar correctamente el equipo de combate de incendio. Art. 95º Todo equipo para combatir incendios debe estar localizado en áreas adecuadas y señalizadas. Además, permanentemente despejadas de cualquier material u objetos que obstaculicen su utilización inmediata. ESCAPES Art. 96º Todos los lugares de trabajo deben contar con los medios de escape necesarios. SISTEMA DE ALARMA. INSTALACION Art. 97º Todas las instalaciones de alto riesgo y de riesgo moderado deben ser equipadas con sistemas de alarma contra incendios, con una cantidad suficiente de señales claramente audibles a todas las personas que se encuentran en el lugar de trabajo, colocadas visiblemente, de fácil acceso y en el recorrido natural de escape de un incendio. APARATOS SONOROS Art. 98º Los aparatos de alarma sonoros deben ser distintos en calidad y en tono a todos los demás aparatos sonoros, y no se utilizarán para ningún otro fin, salvo para dar la alarma o para simulacro de incendio. Art. 99º La instalación de las señales y alarmas deben ser alimentadas por una fuente de energía independiente. SIMULACROS DE INCENDIOS 111
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art.100º Deben realizarse simulacros de evacuación ordenada de las instalaciones en casos de incendio, por lo menos dos veces al año. Art. 101º En las instalaciones de alto riesgo se deben realizar simulacros de combate de incendios. Art. 102º En caso de incendio en trabajos subterráneos se alertará a todo el personal, usando en la corriente de aire comprimido o cualquier substancia que por su olor identifique el siniestro.
ACUMULACION DE DESPERDICIOS Art.103º Los desperdicios industriales que no sean eliminados mecánicamente, no deben acumularse y se depositarán en recipientes adecuados para su posterior eliminación. PROTECCION CONTRA EL RAYO REQUISITOS GENERALES Art.104º Toda estructura que por su elevación sobre el nivel del piso sea susceptible a recibir descargas eléctricas, debe contar con un sistema de pararrayos. CONEXION A TIERRA DE LAS ESTRUCTURAS Art. 105º Los edificios, los tanques u otros estructuras que estén techadas o revestidas de metal pero que descansen sobre bases de material no conductor, deben estar adecuadamente conectadas a tierra. SEÑALIZACION Art. 106º Todos los riesgos de incendios, explosiones o emanaciones tóxicas deben estar claramente señalizados, mediante afiches u otros medios que establezcan las precauciones y las prohibiciones exigidas. CAPITULO III DEL RESGUARDO DE MAQUINARIAS Art. 107º Para los efectos del presente Capítulo los siguientes términos tienen la designación que se indica a continuación: a) "Motor primario". Comprende máquinas y turbinas movidas por vapor, gas, aceite y aire, motores eléctricos, ruedas hidráulicas, molinos de viento y otros ;b) "Equipo mecánico de transmisión de fuerza". Comprende los volantes de las máquinas, exceptuando los de motores primarios y otros medios mecánicos de transmisión de fuerza de los mismos motores primarios; c) "Punto de operación". Comprende aquella parte de una máquina de trabajo en que se corta, se cepilla, se forma en la que se lleva a cabo cualquier otra operación necesaria, incluyendo aquellos otras partes de la maquinaria que pueden ofrecer riesgos para el operario al introducir o manipular el material;
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE d) "Volante". Con relación a motores primarios comprende los engranajes y las poleas que estén montadas en y giren con el cigüeñal de una máquina o de un eje del motor primario; e) "Resguardo para maquinaria". Comprende los medios de protección construidos en forma segura y adecuada; f) "Barandillas, plinots, rejillas, mallas y otros". Comprende aquellos dispositivos de seguridad construidos en forma segura y adecuada. DISPOSICION DE RESGUARDOS Art.108º Se protegerán todas las partes móviles de los motores primarios y las partes peligrosas de las máquinas de trabajo. PROTECCION COMO PARTE INTEGRANTE DE LA FABRICACION Art.109º Queda prohibido vender, fabricar, arrendar o ceder a cualquier otro título, máquinas, equipos, herramientas y otros que se vayan a utilizar directamente en el proceso de producción que no estén adecuadamente provistos de los dispositivos de seguridad establecidos por norma. Art.110º En casos muy particulares se prevén excepciones temporales a lo dispuesto en el artículo precedente. Las condiciones y la duración de las excepciones temporales, en ningún caso habrán de exceder de tres años y serán expresamente determinadas por la autoridad competente. Art. 111º Todo empleador debe informar a los trabajadores acerca de la legislación vigente relativa a la protección de la maquinaria y debe indicarles de manera apropiada los peligros que entraña la utilización de las máquinas y las precauciones que deben adoptar. Art.112º Todos los dispositivos de resguardo - protección deben ser inspeccionados y mantenidos periódicamente. SUPRESION DE RESGUARDOS Art.113º Ninguna persona inutilizará o anulará los resguardos o dispositivos de seguridad que proteja una máquina o parte de la misma que sea peligrosa. Excepto cuando la máquina esté parada por mantenimiento o reparación, al término de las cuales, se cuidará de reponer inmediatamente los elementos de seguridad a su posición original. MAQUINAS O RESGUARDOS DEFECTUOSOS Art.114º Cualquier operario o empleado informará inmediatamente a su superior los defectos o deficiencias que descubra en una máquina, resguardo, aparato o dispositivo de seguridad. Arl.115º Todo supervisor que reciba la denuncia de los defectos o deficiencias de una máquina, resguardos o dispositivos de seguridad, debe tomar las medidas que el caso demande, para preservar la seguridad del personal. PARADA DE EMERGENCIA 113
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Art.116º Los aparatos limitadores de velocidad, las paradas de seguridad, las válvulas de cierre de emergencia y otros, estarán provistos de controles a distancia, de manera que en caso de emergencia se pueda detener la máquina o equipo desde un lugar seguro. EQUIPO MECANICO DE TRANSMISION DE FUERZA Art.117º Todo equipo mecánico de transmisión de fuerza como ser: árboles, correas, poleas, engranajes, tornillos de ajuste, chavetas, embragues, ruedas dentadas, cadenas y otros, serán protegidos y resguardados en forma segura y adecuada. El diseño y la ejecución de los medios de protección debe regirse a normas y especificaciones técnicas cuyo control estará supervisado por personal especializado. CONSTRUCCION DE RESGUARDOS PARA MAQUINARIA Art.118º Los resguardos deben ser diseñados y construidos de tal manera que ellos: a) Suministren una protección positiva; b) Prevengan todo acceso a la zona de peligro durante las operaciones; c) No ocasionen molestias ni inconvenientes al operador; d) No interfieran innecesariamente con la producción; e) En caso de ser móviles, funcionen automáticamente o con el mínimo de esfuerzo; f) Constituyan preferiblemente parte integrante de la máquina; g) Permitan el aceitado, la inspección, el ajuste y la reparación de la máquina; h) Puedan utilizarse por largo tiempo con un mínimo de conservación; i) Resistan el uso normal y el choque; j) Sean duraderos y resistentes al fuego y a la corrosión; k) No constituyan un riesgo en sí (sin astillas, esquinas afiladas, bordes ásperos u otra fuente de accidentes). FIJACION Art.119º Todos los resguardos deben estar fuertemente fijados a la máquina, al piso o techo y se mantendrán en su lugar siempre que la máquina funcione. Art. 120º Todos los marcos, recubrimientos, altura de los resguardos, espacios libres y enclavamientos de los medios de protección se sujetarán a especificaciones y normas técnicas mínimas de seguridad. RESGUARDO DE MAQUINAS EN EL PUNTO DE OPERACION Art.121º Todos los puntos de operación de las máquinas deben ser resguardadas en forma segura y adecuada. El estudio y diseño de las mismas estará a cargo de personal técnico especializado.
CAPITULO IV DEL EQUIPO ELECTRICO Art.122º En la construcción de plantas generadoras de fluido eléctrico se observarán las normas técnicas y exigencias de seguridad que establezca el sector responsable. 114
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE INSTALACION Art.123º Todos los equipos e instalaciones eléctricas serán construidos, instalados y conservados, de tal manera que prevengan el peligro de contacto con los elementos energizados y el riesgo de incendio. Art.124º En los trabajos de tendido de líneas de transmisión de energía eléctrica de alta tensión, debe emplearse personal entrenado, autorizado y dotado del equipo de protección personal adecuado al riesgo; igual precaución se observará en el uso de materiales y herramientas. Art.125º Los materiales a usarse en instalaciones y equipos eléctricos, se seleccionarán de acuerdo a la tensión de trabajo, la carga y todas las condiciones particulares de su utilización. Art.126º Todo equipo cumplirá con las normas establecidas por la autoridad competente y deberá estar claramente identificado. Art.127º Solamente las personas calificadas por su experiencia y conocimientos técnicos, estarán autorizadas a instalar, regular, examinar o reparar equipos y circuitos eléctricos. Art.128º Después de la instalación de un nuevo sistema eléctrico o después que se hayan efectuado alteraciones de importancia en un sistema ya existente, una persona competente, distinta de aquélla o aquéllas que han llevado a cabo el trabajo, hará una inspección antes de colocar en servido dicho nuevo sistema o extensión. Art.129º Todos los circuitos eléctricos e implementos mecánicos accionados por energía eléctrica, deben disponer de un diagrama del circuito, además de todas las instrucciones y normas de seguridad para su empleo. Art.130º Todas las sub-estaciones eléctricas deben estar aisladas, protegidas del contacto Intencional o accidental de terceras personas, estando su ingreso restringido ESPACIO DE TRABAJO Art.131º Los equipos eléctricos que requieran ser regulados o examinados durante su funcionamiento, estarán instalados de tal manera que dispongan de un espacio de trabajo adecuado, fácilmente accesible en todos los lugares indispensables y que tengan un apoyo seguro para el pie. Art.132º Los espacios de trabajo situados próximos a elementos bajo tensión no se usarán como pasaje.
CIRCUITOS Art.133º Todos los conductores eléctricos estarán apropiadamente aislados y fijados sólidamente. Art. 134º Siempre que sea factible, los conductores eléctricos estarán dispuestos de tal manera que el curso de cada uno pueda seguirse fácilmente. 115
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BATERIAS DE ACUMULADORES Art.135º Los contactos principales de los motores eléctricos, los interruptores térmicos, los conmutadores, los relais y los dispositivos de resistencia o impedancia para los equipos situados en locales donde se fabriquen, empleen y manipulen gases o substancias inflamables, o donde se generen o liberen polvos o partículas volantes combustibles, deben ser especiales en su construcción e instalación, a fin de prevenir incendios y explosiones. TABLEROS DE DISTRIBUCION Art.136º Los tableros de distribución o los tableros de control a fusibles para corriente alterna a tensión que excede de 50 voltios a tierra, y que tengan elementos metálicos bajo tensión al descubierto, se instalarán en locales especiales dispuestos para estos fines. Los pisos de dichos locales estarán construidos de material aislante o revertidos de alfombras o plataformas de material aislante. TRANSFORMADORES Y CONDENSADORES Art.137º Cuando los transformadores, condensadores y demás equipos eléctricos contengan una cantidad de aceite superior a 5 litros por tanque, cámara o compartimiento, el recipiente que contenga el aceite estará: a) Situado fuera del edificio industrial; o b) Erigido sobre fosos, drenajes o sumideros de manera que todo el contenido de cada uno de los recipientes pueda rápidamente evacuarse. Art.138º Las baterías de acumuladores fijas que excedan a una tensión de 150 voltios o de una capacidad de 15 kilovatios - hora, para una duración de descarga de ocho horas estarán colocadas en locales o compartimientos construidos convenientemente para ese fin, con pisos resistentes a ácidos y propiamente ventilados. CONDUCTORES PORTATILES Art.139º Los conductores portátiles y los suspendidos, no serán instalados o empleados en circuitos que funcionen a una tensión superior a 250 voltios a tierra, de corriente alterna, a menos que dichos conductores sean aislados convenientemente por una cubierta de caucho duro y otro aislante similar. IDENTIFICACION Art.140º En todos los aparatos y tomas de corriente eléctricas se deberán indicar claramente su tensión. Art.141º Para distinguirse claramente la disposición de la instalación, se deben identificar los circuitos y aparatos mediante etiquetas u otros medios eficaces. Art.142º Se debe diferenciar claramente los circuitos y aparatos de una misma instalación que funcionen bajo diferentes tensiones, por ejemplo, utilizando colores distintivos. Art.143º En todo trabajo de tipo eléctrico se debe hacer correspondiente a fin de evitar accidentes por la ausencia de éstos.
la
señalización 116
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CONTROLES Y DISPOSITIVOS DE RESISTENCIA Art.144º En todo trabajo de mantenimiento, suspensión, retiro de instalaciones y otros. se debe señalizar claramente por avisos y otros medios de que el circuito está en repartición. ORGANIZACION Art.145º Todo centro de trabajo con energía eléctrica, debe tener una organización para prevenir incendios de origen eléctrico; asimismo, se deberá entrenar al personal para casos de desastres. CONEXION A TIERRA CUBIERTAS Y ELEMENTOS QUE NO ESTEN BAJO TENSION Art.146º Las armaduras de los conductores eléctricos, los canales metálicos de los conductores y sus accesorios metálicos de resguardo y demás elementos del equipo de utilización que no estén bajo tensión, estarán puestos a tierra de una manera eficaz. CONDUCTORES A TIERRA Art.147º Los conductores a tierra serán de baja resistencia y de suficiente capacidad para poder llevar con seguridad el máximo caudal previsto. PROTECCION DE LOS ELEMENTOS A TENSION Art.148º Cuando sea factible se dispondrá de cercos, cubierta u otros resguardos de norma de maquinaria en todos los elementos conductores de corriente de los circuitos o equipos eléctricos que estén bajo tensión de 50 voltios o más a tierras, en corriente alterna, incluyendo los elementos expuestos a través de ventanas o aberturas de paredes, a menos que dichos elementos estén aislados por su colocación. Art.149º Cuando los elementos metálicos a tensión que formen parte de los circuitos o equipos eléctricos a una tensión que exceda a 50 voltios a tierra, en corriente alterna o continua, deben estar al descubierto (como en los grandes tableros de distribución) para fines de funcionamiento y control, se instalarán los medios apropiados para proteger a los trabajadores.
CONDUCTORES Art.150º Los cables de contacto de los troles de las grúas y demás conductores que no puedan estar completamente aislados, estarán colocados o protegidos de tal manera que eviten todo contacto fortuito. Art.151º En las instalaciones de línea de troley, éstas estarán a una distancia mínima de 2 metros del suelo y debidamente sujetas para impedir el contacto accidental.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art.152º Siempre que sea factible, los conductores eléctricos, exceptuando los mencionados en el párrafo anterior, que funcionen a más de 50 voltios a tierra en corriente alterna, estarán: a) Aislados por medio de cubiertas de caucho, amianto, papel u otro material apropiado para la tensión particular empleada y para las condiciones atmosféricas prevalecientes (temperatura, humedad, etc.) ; y b) Encerrados en un cable blindado en conductos metálicos u otros, a fin de evitar deterioro o perjuicios a los conductores, a sus aislamientos o a sus soportes. FUSIBLES, INTERRUPTORES DE CIRCUITOS, CONMUTADORES Y OTROS Art.153º Los fusibles, interruptores de circuitos, conmutadores eléctricos y otros, estarán encerrados, a menos que estén montados sobre cuadros de distribución accesibles únicamente a las personas autorizadas. Art.154º Los fusibles para una capacidad nominal de corriente de más de 30 amperes en sistema de corriente alterna o continua que funcionen a más de 110 voltios, estarán montados en un receptáculo y serán controlados por uno o más conmutadores, instalados de manera que: a) El receptáculo no pueda abrirse hasta que el conmutador o conmutadores estén en la posición de "desconectado", y b) La cubierta del receptáculo puede cerrarse antes de colocar el conmutador en la posición de "conectado". Sin embargo, no se requerirá el conmutador de enclavamiento cuando la construcción del fusible y sus contactos sea tal, que ningún elemento metálico a tensión esté al descubierto cuando el receptáculo o gabinete esté abierto. ELECTRICIDAD ESTATICA Art.155º Se deberán tomar las medidas de precaución necesarias contra chispas incendiarias originadas por descargas de electricidad estática. Art.156º Todos los sistemas que causen acumulaciones de electricidad estática peligrosa, estarán conectadas a tierra por medios apropiados. LIQUIDOS INFLAMABLES Y MATERIALES PULVERIZADOS Art.157º Cuando se transfieran fluidos volátiles de un tanque de almacenado a un vehículo - tanque la estructura metálica del sistema de almacenado será conectada a la estructura metálica del vehículo - tanque y también será conectada a tierra si el vehículo tiene llantas de caucho. Art.158º Cuando se transporten materiales finamente pulverizados por medio de transportadores neumáticos con secciones metálicas, éstas estarán eléctricamente conectadas sin solución de continuidad, a todo lo largo del transportador por donde pase el polvo inflamable. Art.159º Cuando se manipule aluminio o magnesio finalmente pulverizados, se dispondrán y emplearán detectores y otros instrumentos apropiados, de manera que se descubran los lugares donde se acumulen cargas de electricidad estática. Equipos Eléctricos en Ambiente de Carácter Inflamable o Explosivo DISPOSICIONES GENERALES 118
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Art.160º Los aparatos eléctricos serán excluidos de todos aquellos sitios donde exista peligro constante de explosión de mezcla de gases o vapores inflamables y deberán emplazarse fuera de la zona de peligro. Art.161º Los motores eléctricos emplazados en los locales de trabajo que contengan gas o partículas de carácter explosivo o inflamable, serán de un tipo antiexplosivo aprobado. Art.162º Los conductores eléctricos para los aparatos antiexplosivos estarán instalados en tubos de acero enteramente enroscados, o estarán constituidos por cables blindados revestidos de acero o cable forrado de metal con aislamiento mineral. Art.163º Dichos conductores estarán conectados a los aparatos antiexplosivos por accesorios que aseguren el mantenimiento de las características antiexplosivas de tales aparatos. ALAMBRADO EN TUBOS Art.164º Cuando un tubo pasa de una zona segura a una zona peligrosa se insertará, en el punto donde el tubo entra en la zona peligrosa, una caja de obturación antiexplosiva. ALAMBRE Y CABLES Art.165º No se utilizará como conductor activo el forro exterior de metal no aislado de los cables. DESCONEXION Art.166º Todos los aparatos eléctricos que requieran un examen frecuente, deben desconectarse completamente de la fuente de energía Art.167º Cuando un interruptor no esté adyacente al aparato que controla, se tomarán medidas para prevenir la restauración de la corriente eléctrica mientras el aparato esté abierto. Art.168º Los interruptores estarán marcados a fin de poderlos identificar con los aparatos que controlan. FUSIBLES Art.169º Los fusibles se situarán fuera de la zona de peligro. Cuando ello sea imposible, estarán encerrados en cajas antiexplosivas, las cuales no serán abiertas en tanto que la fuente de energía eléctrica no haya sido desconectada. EQUIPO ELECTRICO INSPECCION. CONSERVACION Art.170º Todo el equipo eléctrico, incluyendo el equipo de iluminación, inspeccionará una persona competente a intervalos que no excedan de 12 meses. 119
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art.171º En los lugares que presenten riesgos de explosión de polvos orgánicos e inorgánicos se debe tomar las precauciones necesarias de acuerdo a normas establecidas. Art.172º Toda reparación o mantenimiento de aparatos o equipos conectados a líneas energizadas debe llevarse a cabo bajo normas específicas y procedimientos autorizados. Art.173º Los trabajos en los circuitos a tensión serán ejecutados únicamente bajo las órdenes directas de una persona competente. CAPITULO V DE LAS HERRAMIENTAS MANUALES ACCIONADAS POR FUERZA MOTRIZ
Y
HERRAMIENTAS
PORTATILES
Art. 174º El término "Herramienta Manual" es aplicable a todo instrumento accionado por la fuerza de un solo hombre. Art. 175º Las herramientas manuales utilizadas en todos los lugares de trabajo serán de material de buena calidad y apropiadas para el trabajo en el cual sean empleadas. Art. 176º Las herramientas manuales se utilizarán únicamente para los fines específicos para los cuales hayan sido concebidas. Art. 177º Los mangos o empuñaduras serán de dimensión adecuada, sin bordes agudos ni superficies resbaladizas y serán aislantes en caso necesario Art. 178º Cuando exista riesgos de ignición de una atmósfera explosiva, las herramientas usadas serán de tipo tal que no produzcan chispas. Art. 179º Las herramientas manuales con filos agudos o con puntas agudas estarán provistas, cuando no se utilicen, de resguardo para los filos o puntas. Art. 180º Las herramientas manuales no se dejarán aun que sea provisionalmente, en los pasajes, escaleras o en lugares elevados de los cuales puedan caer sobre personas que estén debajo. Art. 181º Se dispondrá de gabinetes, portaherramientas o estantes adecuados y convenientemente situados, en los bancos o en las máquinas, para las herramientas en uso. Art. 182º Las herramientas manuales deben inspeccionarse periódicamente y remplazarse o repararse cuando se encuentren defectuosas. Art. 183º Los operarios serán instruidos y adiestrados en el empleo seguro de sus herramientas de mano. GATAS PARA LEVANTAR PESOS Art. 184º Cuando se levanten pesos con gatas, éstos estarán: a) Sobre bases sólidas; b) Propiamente centrados para levantar el peso; y 120
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 185º Después que los objetivos se hayan elevado por gatas a la altura deseada, se colocarán debajo de los objetos bloques resistentes de un amplio factor de seguridad antes de comenzar a trabajar en ellos o de que algún operario se coloque debajo de dichos objetos. Art. 186º Antes de bajar las cargas, los operarios se cuidarán de situarse en lugar seguro. HERRAMIENTAS PORTATILES ACCIONADAS POR FUERZA MOTRIZ Art. 187º Las herramientas portátiles accionadas por fuerza motriz, estarán suficientemente protegidas para evitar al operario contacto con partes peligrosas. Art. 188º Todas las herramientas portátiles accionadas por fuerza motriz deben ser inspeccionadas y las defectuosas serán inmediatamente reparadas o retiradas del servicio. HERRAMIENTAS NEUMATICAS PORTATILES Art. 189º Los gatillos de funcionamiento de las herramientas neumáticas portátiles estarán: a) Colocados de manera que reduzcan al mínimo la posibilidad de funcionar accidentalmente; y b) Diseñados para cerrar automáticamente la válvula de entrada de aire cuando la presión ejercida por la mano del operario desaparece. Art. 190º Las mangueras y sus conexiones usadas para conducir aire comprimido a las herramientas neumáticas portátiles estarán: a) Concebidas para la presión y el servicio a que sean sometidas; b) Firmemente unidas a los tubos de salida permanente; y c) Mantenidas fuera de los pasillos y de los pasajes, a fin de reducir los riesgos de tropiezos y daños a la manguera.. Art. 191º Los martillos neumáticos: a) Serán construidos de tal manera que los pistones serán retenidos, sin que haya posibilidad alguna de que puedan zafarse accidentalmente; y b) Estarán provistos de resortes, pinzas de seguridad o de otros dispositivos a fin de reducir las posibilidades de que las herramientas salten. Art. 192º Antes de cambiar las herramientas de trabajo de equipos neumáticos portátiles, o de efectuar algún trabajo que no sea una operación regular, las válvulas de cierre de las líneas abastecedoras de aire deberán cerrarse. Art. 193º Cuando se corten remaches con cortadores neumáticos: a) Las herramientas deben estar provistas de pequeñas canastas de alambre para interceptar las cabezas de los remaches; y b) Los operarios deben estar dotados de protectores adecuados para la cabeza y los ojos. EQUIPOS PARA SOLDAR Art. 194º Los trabajos de soldadura se realizarán en locales específicos adecuados para ello y con el equipo de protección pertinente. 121
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CAPITULO VI DE LAS CALDERAS Y RECIPIENTES A PRESION Art. 195º En este Capítulo, los términos siguientes tienen el significado que se expresa a continuación: a) "Caldera de Vapor". Se asigna a todo recipiente cerrado en el cual, para cualquier fin, se genera vapor a una presión mayor que la presión atmosférica; b) "Caldera de mediana o de alta presión". Se asigna a una caldera de vapor en la cual la presión de trabajo máxima permisible excede 1 kg./cm2; c) "Caldera de Agua Caliente". Se asigna a las calderas de agua caliente que no exceden a 10 Kg/cm2 ni temperaturas mayores a 120º C. d) El término "presión de trabajo" se asigna a la presión manométrica o presión sobre la atmósfera en Kg/cm2. CALDERAS DE VAPOR, MEDIANA, ALTA Y BAJA PRESIÓN. CONSTRUCCIÓN. Art. 196º Las calderas de vapor, mediana, baja y alta presión, sus accesorios y aditamentos estarán: a) Concebidos de tal manera que sean adaptables a las circunstancias particulares de su uso; y b) Construidas de tal manera que presenten las suficiente solidez para resistir las presiones internas a las cuales se sometan, conforme a las disposiciones que especifique la autoridad competente. IDENTIFICACION Art. 197º Toda caldera debe llevar en lugar visible las indicaciones siguientes: a) Nombre del fabricante; b) Número del caldero; c) Año de construcción; d) Presión máxima de trabajo permisible; e) Potencia; f) Superficie de calentamiento; g) Calor generado; h) Grosor de chapa en la carcaza; i) Número, grosor y diámetro de tubos; j) Dimensiones de recipiente; k) Combustible que usa. Art. 198º El registro, inspección, control y demás requisitos de funcionamiento de las calderas, se regirán a un reglamento especial establecido por la autoridad competente. SALAS DE CALDERAS Art. 199º Las calderas se instalarán solamente en lugares y en la forma aprobada por la autoridad competente, y los espacios encima o a los lados de las calderas no se emplearán para el almacenado y se conservarán libres de materiales combustibles. Art. 200º La instalación de calderas de mediana y alta presión estarán sujetas a reglamento especial aprobado por la autoridad competente. 122
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE OPERACION DE LAS CALDERAS Art. 201º Las calderas ya sean de encendido manual o automático, serán vigiladas mantenidas y controladas por personal competente durante todo el tiempo de operación. Además se llevará un registro historial de operaciones. Art. 202º En el encendido de todo tipo de caldera no se usarán cantidades de líquidos inflamables, materias explosivas o que produzcan retroceso de llama. El encendido cuando no sea automático se efectuará con antorchas de suficiente longitud. Art. 203º Si ocurriese un retroceso de llama, se cerrará inmediatamente el abastecimiento de combustible y se ventilará completamente la montadura de la caldera antes de reanudar la combustión. Art. 204º Cuando se deje entrar vapor en las tuberías y en las conexiones frías, las válvulas se abrirán lentamente, hasta que los elementos alcancen la temperatura prevista. Art. 205º Los atizadores se colocarán siempre en repisas especiales diseñadas para evitar quemaduras a los trabajadores. Art. 206º Durante el funcionamiento de las calderas se confortará repetida y periódicamente el nivel de agua en el indicador, purgándose las columnas de agua, a fin de comprobar que todas las conexiones estén libres. Art. 207º Las válvulas de desagüe de las calderas se abrirán completamente cada veinticuatro horas y, si es posible, en cada turno de trabajo. Art. 208º En caso de ebullición violenta del agua en las calderas, la válvula se cerrará inmediatamente y se detendrá en fuego, quedando retirada del servicio la caldera hasta que se comprueben y corrijan sus condiciones de funcionamiento. Art. 209º Una vez reducida la presión de vapor se dejarán enfriar las calderas durante un mínimo de ocho horas.
RECIPIENTES A PRESION SIN FUEGO Art. 210º En esta sección, los términos siguientes tienen el significado que a continuación se expresa: a) "Recipiente a presión". Comprende todo recipiente, excepto caldera construida para contener vapor, agua caliente, otro líquido, gas o aire a presión, obtenido de una fuente externa, excluyendo las botellas o cilindros de metal empleados para transportar gases a presión; b) "Recipiente calentado a presión de vapor". Comprende todo recipiente hermético, vasijas o pailas abiertas que tengan chaquetas, serpentines o tuberías de abastecimiento de vapor y que se empleen para diferentes operaciones y procesos; c) "Tanque de agua a presión". Comprende todo recipiente a presión empleado para calentar agua por medio de vapor o para almacenar agua fría para dispensarla mediante presión; 123
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE d) "Tanque de aire a presión". Comprende todo recipiente a presión, usado como tanque primario y secundario en un ciclo ordinario de compresión y que reciba el abastecimiento de aire directamente desde los compresores; e) El término "Tanque de Refrigeración" comprende todo recipiente a presión usado en sistemas de refrigeración excluyendo las tuberías de dichos sistemas. CONSTRUCCION Art. 211º Los recipientes a presión, sus accesorios y aditamentos serán: a) Concebidos de tal manera que sean convenientes a las circunstancias particulares de sus usos; y b) Construidos de modo tal que sean de suficiente resistencia para soportar las presiones internas a que estén expuestos. Art. 212º Los materiales usados en la construcción de los recipientes a presión deberán ser del tipo que reduzca al mínimo el riesgo de merma debido a corrosión, erosión o electrólisis en las circunstancias particulares del uso a que se dedique el recipiente. REGISTRO DE RECIPIENTES A PRESION Art. 213º Todo recipiente a presión se acompañará de un certificado expedido por el fabricante, que demuestre las características de la construcción y la presión máxima permisible de trabajo de dicho recipiente. Art. 214º El certificado a que se refiere el artículo anterior, acompañará al recipiente durante toda su existencia. Art. 215º Todo propietario de un recipiente a presión mantendrá un registro de conservación del mismo en el cual serán anotadas todas las pruebas, inspecciones interiores y exteriores, limpieza y reparaciones efectuadas. INSTALACION Art. 216º Los recipientes a presión se instalarán de tal manera que todas las partes puedan inspeccionarse fácilmente. Art. 217º Todos los recipientes a presión deberán estar provistos de: Válvulas de Seguridad, Discos de Ruptura, Aparatos Indicadores y Registradores de Presión y Temperatura. INSPECCION Art. 218º Los recipientes a presión serán inspeccionados interior y exteriormente, por inspectores calificados, designados este fin por la autoridad competente: a) Después de ser instalados y antes de ser entregados al servicio; b) Después de ser reconstruidos o reparados antes de ponerse de nuevo en servicio; y c) Periódicamente, a intervalos especificados por la autoridad competente. RECIPIENTES CALENTADOS A PRESION DE VAPOR
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 219º Cuando los recipientes a presión calentados a vapor funcionan a una presión menor que la de la tubería maestra de abastecimiento de vapor, se instalará una válvula eficaz de reducción, seguida de una válvula de seguridad en la línea que conduce el vapor desde la tubería maestra al recipiente, y dichas válvulas estarán debidamente protegidas contra toda manipulación por personas no autorizadas. Art. 220º Las válvulas de reducción y de seguridad de las tuberías de vapor para los recipientes a presión serán probadas externamente por lo menos una vez cada 24 horas. Art. 221º Las tuberías abastecedoras de vapor para los recipientes a presión calentados a vapor deben estar emplazadas, siempre que sea factible, en zanjas en el suelo o cubiertas con material aislante. OTROS RECIPIENTES A PRESION Art. 222º Los autoclaves, digestores, aparatos destiladores, cilindros endurecedores (calandrias), tanques para blanquear, calderas para trapos y paja, extractores de manteca, fundidos y secadores estacionarios, vulcanizadores, devulcanizadores y otros deben tener todos los dispositivos de seguridad especificas a su función, además deben estar instalados, mantenidos y resguardados apropiadamente. Art. 223º Todos los recipientes portátiles para gases comprimidos (cilindros, garrafas, balones y otros), licuados, disueltos y otros deben estar dotados con los dispositivos de seguridad específicos a su función. Además estar instalados, mantenidos, almacenados, transportados, cargados, identificados de acuerdo a norma y resguardados apropiadamente. CAPITULO VII DE LOS HORNOS Y SECADORES. PISOS Art. 224º Los pisos alrededor de los hornos y de los secadores deben ser de materiales incombustibles, libres de obstrucciones, antideslizantes, limpiados y mantenidos tantas veces como sea necesario para procurar condiciones de trabajo seguras. PUERTAS, PLATAFORMAS Y PASILLOS Art. 225º Las puertas, plataformas, y pasillos y demás accesorios de los hornos y secadores estarán construidos bajo rígidas especificaciones técnicas, de material y diseño apropiado. Asimismo, deben ser mantenidos, resguardados, controlados y limpiados sistemáticamente. ENTRADA EN LOS HORNOS. LIMITE DE LA TEMPERATURA Art. 226º A los trabajadores les estará prohibido entrar en los hornos y secadores cuando la temperatura ambiente exceda a 50 grados C, exceptuando los casos de emergencia, para los cuales se tomarán precauciones especiales de protección personal. HUMOS, GASES Y EMANACIONES 125
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Art. 227º En los hornos o secadores que emitan humos, gases o emanaciones en cantidades tales que sean dañinas y ofensivas a la salud de los operarios, se debe disponer de medios eficaces para eliminarlas. ENERGIA RADIANTE Art. 228º No se permitirá que los trabajadores, visitantes y otras personas miren al interior de los hornos encendidos, a menos que estén protegidos por gafas o viseras protectoras que absorban cualquier radiación dañina. CONTROL DE ALIMENTACION DEL COMBUSTIBLE Art. 229º Todos los sistemas de alimentación de combustibles, sean éstos manuales o automáticos, deben ser diseñados e instalados de acuerdo a las normas de fabricación. Estos mecanismos serán comprobados, mantenidos, inspeccionados y controlados sistemáticamente por personal competente. OPERACION DE HORNOS Y SECADORAS Art. 230º El encendido de los hornos y secadores se efectuará bajo procedimientos de seguridad, para evitar fogonazos y proteger el personal de quemaduras. Art. 231º Todos los hornos y secadores deben contar con los dispositivos de seguridad específicos a su función. Además deben ser mantenidos, instalados y resguardados apropiadamente. Art. 232º Queda terminantemente prohibido el ingreso de personas a los conductos que conducen gases o a los hornos para efectuar la limpieza o mantenimiento, debiendo efectuarse estas operaciones por medios mecánicos. CAPITULO VIII DEL MANEJO Y CONSERVACION
TRANSPORTE
DE
MATERIALES.
CONSTRUCCION
Y
Art. 233º Todos los elementos, mecanismos y accesorios de todos los aparatos de manejo y transporte de materiales serán: a) De buena construcción, material sólido y resistencia adecuada; b) Conservado en perfecto estado de funcionamiento: c) Inspeccionados por lo menos una vez por semana por el operario u otra persona competente; d) Resguardados apropiadamente con todos los dispositivos de seguridad APARATO PARA IZAR Art. 234º La carga útil máxima permisible en kilogramos se marcará clara e indeleblemente en un lugar fácilmente visible del aparato para izar. Art. 235º Se prohíbe sobrecargar los aparatos para izar por sobre la máxima carga útil, excepto cuando se efectúan pruebas de resistencia bajo condiciones y procedimientos establecidos por norma, con la supervisión de personal competente. TAMBORES 126
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Art. 236º Los tambores para el cable de los aparatos para izar estarán provistos de pestañas resistentes en cada extremo, proyectándose por lo menos dos veces y media el diámetro de los cables. Art. 237º El extremo del cable de los aparatos para izar, estará anclado firmemente en la parte interior del tambor y rodeará a éste con, por lo menos, dos vueltas enteras, cuando los ganchos para la carga estén en la posición más baja. PARADAS LIMITES DE IZAMIENTO Art.238º Todos los aparatos para izar operados eléctricamente deben estar equipados con dispositivos que automáticamente corten la tuerza cuando la carga pase la altura máxima permisible. FRENOS Art. 239º Todos los aparatos para izar estarán equipados con frenos concebidos e instalados de manera que sean capaces de frenar efectivamente un peso de una vez y media la carga máxima útil permisible. OPERACIONES DE APARATOS PARA IZAR INSPECCION Art. 240º Todo aparato para izar antes de ser puesto en servicio será revisado completamente y ensayado por personas competentes. Los resultados de las pruebas y en su caso las reparaciones serán consignados a un libro especial de registro del aparato. Art. 241º Todos los elementos sometidos a esfuerzo en los aparatos incluyendo las carrileras serán: a) Cuidadosamente revisados por los operarios cada día, cuando se usen, para investigar si hay partes sueltas o defectuosas; b) Examinados cuidadosamente una vez por semana por otra persona competente perteneciente al personal del establecimiento laboral; c) Inspeccionados y probados completamente por lo menos una vez cada doce meses por unas personas competentes; y d) Probados después de cualquier alteración o reparación importante y cuando los inspectores competentes crean necesaria dicha prueba. Art. 242º Los cables, cadenas, ganchos, eslingas, poleas, frenos y conmutadores de límite serán completamente inspeccionados y probados periódicamente por personal competente y autorizado, los resultados de las pruebas serán registrados en un libro, con las firmas del personal competente. SEÑALES DE OPERACION Art. 243º Cuando la operación requiera la cooperación de un asistente en el piso, éste se situará directamente a la vista del operador y transmitirá instrucciones a través de un código claro y sistemático de señales, con brazos y manos. El operador reconocerá las señales de este asistente únicamente, salvo casos de emergencia, en que cumplirá la señal de parada de cualquier persona. 127
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE MANIPULACION DE CARGAS Art. 244º Las cargas sólo serán izadas verticalmente para evitar el balanceo mientras se izan. Art. 245º Cuando sea absolutamente necesario levantar cargas oblicuamente se tomarán las precauciones necesarias por el encargado del trabajo. Art. 246º Los señalizadores, antes de dar la señal de izar una carga, se asegurarán de que: a) Todos los cables, cadenas, eslingas y demás aditamentos, estén apropiadamente aplicados a la carga y asegurados al gancho de izar; b) la carga esté apropiadamente equilibrada y que no entre en contacto con ningún otro objeto, de manera que parte de la carga o del objeto pueda desplazarse; y c) Los demás trabajadores no estén en peligro de lesionarse por el izamiento de la carga. Art. 247º Los operadores de los aparatos para izar no deben acarrear las cargas por encima de personas. Art. 248º Cuando sea necesario mover cargas peligrosas por su naturaleza, peso o composición sobre lugares de trabajo, se dará aviso y suficiente tiempo para permitir a los trabajadores llegar a lugares seguros. Art. 249º Es prohibido dejar aparatos para izar con cargas suspendidas. Art. 250º Es prohibido viajar sobre cargas, ganchos o eslingas vacías o improvisar transporte de personal con turriles u otros. TRANSPORTADORES Art. 251º El término "Transportador" se asigna a todo artefacto o mecanismo utilizando para mover o conducir cargas de un punto a otro, utilizando cualquier fuente de energía. Los transportadores pueden ser: de gravedad, de correa, cadena, rodillo, tornillo, neumáticos, carretillas, cangilones, andariveles, tractores con trailer, etc. CONSTRUCCION E INSTALACION Art. 252º Los mecanismos acarreadores de los transportadores serán de suficiente resistencia para soportar con seguridad las cargas a transportarse. INSTALACIONES AUXILIARES Art. 253º Todas las instalaciones auxiliares de los transportadores como: pisos, pasillos, plataformas, etc., se construirán de acuerdo a normas y se mantendrán limpios y libres de riesgos. Art. 254º Se establecerán procedimientos seguros de operación para todo equipo transportador de acuerdo a las características del aparato y la modalidad de trabajo de los usuarios. Art. 255º Se prohíbe manipular la carga que se transporta cuando el transportador se halla en operación. 128
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Art. 256º Se prohíbe a las personas viajar en los transportadores conjuntamente con la carga o en lugar de ella. DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD Art. 257º Los transportadores impulsados mecánicamente estarán provistos, en las estaciones de carga y descarga, en los extremos de impulsión y de retorno y en otros lugares convenientes y frecuentes, de dispositivo de parada para detener la maquinaria del transportador en caso de emergencia. Art. 258º Los transportadores de correa o banda deberán tener dispositivo de parada accionado por un cable visible y accesible en toda la longitud de su trayecto. Art. 259º Los transportadores que conduzcan cargas hacia arriba en planos inclinados, estarán provistos de dispositivos mecánicos que eviten que la maquinaria funcione hacia atrás y conduzca el material hacia el punto de carga, en el caos que se corte la fuerza mecánica. Art. 260º Cuando dos o más transportadores funcionen en serie, los dispositivos de control estarán arreglados de tal manera que el funcionamiento de los transportadores sea sincronizado. DISPOSITIVOS DE AVISOS Art. 261º Cuando los transportadores se extiendan a puntos que no sean visibles desde los puestos de control, estarán equipados con señales luminosas y/o acústicas para ser usadas por los operadores antes de poner en marcha la maquinaria.
INSPECCION Art. 262º Cuando se emplee un transportador regular o frecuentemente, será inspeccionado totalmente a intervalos adecuados para asegurarse de que esté en buen estado de funcionamiento. CARROS DE TRANSPORTE MECANICO Art. 263º Todos los carros mecánicos de transporte o remolque de materiales deben contar con: a) Llantas en buen estado; b) Luces delanteras y traseras; c) Frenos adecuados; d) Resguardos de ruedas; e) Espejos retrovisores; t) Dispositivos de aviso (bocinas, otros); Dispositivos seguros en enganche. Además inspeccionados, mantenidos y controlados periódicamente.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 264º Los operadores de los carros para transporte o remolque de materiales revisarán las condiciones de los controles, frenos, dispositivos de aviso y demás partes antes de usar los carros y denunciarán cualquier irregularidad. CARRETILLAS DE MANO DE MONORRUEDAS. CONSTRUCCION Art. 265º Las carretillas de mano y monorruedas serán: a) Del tipo apropiado para cada trabajo específico; b) De resistencia adecuada para soportar las cargas y el trato a que ellas puedan estar sujetas; c) Exentas de mangos agrietados o rotos, ruedas dañadas, patas sueltas u otros defectos; y d) Serán provistos de mangos que protejan las manos del trabajador. FERROCARRILES INDUSTRIALES Art. 266º En esta sección, los términos siguientes tienen el significado que se expresa a continuación; a) El término "Ferrocarril Industrial" se asigna a un ferrocarril que es exportado por los propietarios o empresarios de un centro de trabajo incluyendo las vías y los equipos; b) El término "Vías y Carrileras" se asigna a las vías permanentes con una línea de rieles fijados a traviesas o durmientes y espaciados a una entrevía dada, las cuales servirán de carrilera para las locomotoras, carros u otros equipos de los ferrocarriles industriales incluyendo los cambiavías, placas giratorias y desviaderos necesarios; c) El término "Equipo de Ferrocarril" se asigna a las locomotoras y carros de carga, incluyendo los carros tanques. CONSTRUCCION Art. 267º Las vías y las carrileras de los ferrocarriles industriales estarán sólidamente construidas, teniendo en cuenta la capacidad de soporte de los lechos de las carrileras, la calidad e instalación de los durmientes y rieles, las curvas y pendientes y las cargas de trabajo y velocidad de operación del equipo de ferrocarril. INSPECCION Art. 268º Las vías y las carrileras serán inspeccionadas frecuentemente y a intervalos regulares, teniendo en cuenta el tránsito a que estén sujetas. LOCOMOTORAS Y CARROS DE FERROCARRIL Art. 269º Todas las locomotoras y carros de ferrocarril deben contar con todos los medios de seguridad específicos a su función y ser mantenidos, conservados e inspeccionados regular y sistemáticamente. INSTALACION Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE TUBERIAS Art. 270º En esta Sección, el término de "Sistema de Tuberías" comprende uno o más conductos, incluyendo sus válvulas y accesorios usados en fábricas o en conexión con ellas para el transporte de gases, vapores, líquidos, substancias semilíquidas o 130
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE plásticas, no incluyendo los equipos y aparatos de producción o sus partes integrantes, tampoco los tubos que se usen para transportar sólidos por medio de aire o gas, o los conductos eléctricos. CONSTRUCCION Y OPERACION Art. 271º Todos los sistemas de tuberías deben sujetarse a normas y especificaciones técnicas que contemplan material de su construcción, instalación, identificación, instrucciones de uso, dispositivos de seguridad, drenajes, inspección y otros. LIMITACION Art. 272º No se podrá exigir, autorizar o tolerar el manejo de cargas cuyo peso pueda comprometer la salud del trabajador. METODOS DE TRABAJO Art. 273º Los trabajadores asignados al manipuleo de materiales, deben ser instruidos sobre los métodos de levantar y transportar materiales con seguridad. Art. 274º Para condiciones normales se admite como peso máximo de acarreo manual de 45 Kg., distancias no mayores a 60 m., para trabajadores adultos de sexo masculino. El 50% de esta norma para mujeres adultas, exceptuando las que se encuentren en estado de gravidez, las que están prohibidas de transportar carga a mano. Art. 275º Cuando objetos pesados tales como tambores o tanques llenos, sean manipulados en pendientes y en cualquier dirección; a) Se usarán cuerdas u otros aparejos para controlar su movimiento, además de los necesarios bloques o cuñas; y b) A los trabajadores se les prohibirá pararse en la parte inferior de las pendientes APILAMIENTOS DE MATERIALES Art. 276º Los materiales serán apilados en tal forma que no interfieran con: a) La adecuada distribución de la luz natural o artificial; b) El funcionamiento apropiado de las máquinas u otros equipos; c) El paso libre en los pasillos y pasajes de tránsito; y d) El funcionamiento eficiente de rociadores o el uso de cualquier otro equipo para combatir incendios. Art. 277º Las pilas de materiales serán colocados sobre cimentaciones sólidas hasta alturas convenientes y mediante trabajos apropiados. CAPITULO IX DE LAS SUSTANCIAS PELIGROSAS Y DAÑINAS. MANEJO, TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUBSTANCIAS INFLAMABLES, COMBUSTIBLES, EXPLOSIVAS, CORROSIVAS, IRRITANTES, INFECCIOSAS, TOXICAS Y OTRAS. Art. 278º En el presente Capítulo, los términos siguientes tiene el significado que se expresa a continuación: 131
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE a)
"Fibras". Se asigna a cualquier substancia sólida, tenaz, compuesta de hilachas, ya sea de origen mineral vegetal o animal; b) "Polvo". Se asigna a las partículas sólidas, susceptibles de dispersarse en el aire y que se producen por la desintegración de sólidos inorgánicos y/u orgánicos; c) "Fumos". Se asigna a las partículas sólidas en suspensión que se producen por la condensación del estado gaseoso, generalmente después de la volatilización de metales fundidos; d) "Homos". Se asigna a los productos de la combustión incompleta de substancias orgánicas; e) "Gases". Se asigna a los fluidos aeriformes a presión y temperaturas ordinarias; f) "Nieblas". Se asigna a las gotas de líquido en suspensión producidas por la condensación del estado gaseoso o por la atomización de un líquido en el ambiente; g) El término "Vapores" se asigna al estado gaseoso de las substancias, las cuales están normalmente en estado liquido o sólido y que pueden ser transformados a dichos estados, bien por disminución de presión o por aumento de temperatura o ambos. Art. 279º Los recipientes que contengan substancias peligrosas estarán pintados, marcados y provistos de etiquetas especificas para que sean fácilmente identificados. Art. 280º Todo ambiente de trabajo se ensayará periódicamente a intervalos tan frecuentes como sea necesario para garantizar que las concentraciones de las substancias peligrosas se mantengan dentro de los límites permisibles establecidos por la autoridad competente. Art. 281º Cuando se produzcan, manejen, transporten y almacenen substancias peligrosas, deben adoptarse procedimientos de seguridad y regirse estrictamente a ellos. SUSTANCIAS INFLAMABLES O EXPLOSIVAS. PREVISION DEL ESCAPE DE LIQUIDOS Art. 282º Los tanques que contengan líquidos inflamables o explosivos deben: a) Estar rodeados por una pared impermeable de una altura tal que el espacio encerrado sea lo suficientemente grande para contener el líquido. SALIDAS Art. 283º Todo local donde se fabriquen, manipulen o empleen substancias explosivas o inflamables estará provisto de medios de salidas de emergencia. PROHIBICION DE FUMAR Art. 284º Se prohíbe fumar, así como introducir fósforos, dispositivos de llamas abiertas, objetos incandescentes o cualquier otra substancia susceptible de causar explosión o incendio, dentro de la zona de seguridad de los locales de trabajo, donde además, se colocarán en lugares bien visibles avisos de precaución a esos efectos. Art. 285º Cuando se empleen o almacenen substancias altamente volátiles e inflamables, se dispondrá de medios para evitar que la temperatura del ambiente del lugar de trabajo se eleve excesivamente. 132
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE
EQUIPO DETECTOR DE INCENDIOS Art. 286º Los lugares de riesgo dispondrán de un sistema automático eficaz de alarma de incendio, de un tipo aprobado por la autoridad competente para cada caso especial. Art. 287º Se dispondrá de medios para el accionamiento manual de las alarmas de incendio. Art. 288º La construcción de polvorines de explosivos industriales, estará sujeta a normalización específica. SUSTANCIAS CORROSIVAS. PROTECCION DE LAS ESTRUCTURAS Y EQUIPOS Art. 289º Donde exista la presencia de gases, fumos o vapores corrosivos se tomarán medidas adecuadas para evitar daños a los elementos estructurales y equipos de la fábrica. MANIPULACION Art. 290º Los trabajadores dispondrán de bombas, dispositivos de volteo u otro aparato adecuado y los usarán para vaciar recipientes de líquidos corrosivos que no estén provistos de grifos para vaciarlos. Art. 291º El transporte de líquidos corrosivos se efectuará en carretillas especiales con dispositivos de sujeción. Art. 292º Los recipientes se conservarán tapados herméticamente, exceptuando el momento en que se extrae el contenido. DERRAME DE ACIDOS O CAUSTICOS Art. 293º El derrame de líquidos corrosivos se reguardará mientras no sea eliminado, para evitar que los trabajadores caminen sobre él. Art. 294º El derrame o escape de ácidos corrosivos no se absorberá por medio de aserrín, estopas, trapos y otra materia orgánica, sino que se deberá lavar con agua a presión o neutralizar con cal o dolomita. DILUCION DE ACIDOS Art. 295º Cuando se diluya un ácido en agua, el ácido se vaciará lentamente en el agua agitando constantemente la mezcla; el agua nunca deberá ser vaciada en el ácido. EMANACIONES CORROCIVAS Art. 296º Cuando se desprendan accidentalmente fuertes emanaciones corrosivas debido a rotura deterioro del equipo, los trabajadores desalojarán inmediatamente el local de trabajo. CONTACTO FISICO CON SUBSTANCIAS CORROSIVAS
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 297º Se dispondrá de duchas especiales para casos de contacto accidental con substancias corrosivas. Art. 298º Se pondrá a disposición de los trabajadores expuestos soluciones neutralizantes. Art. 299º Los trabajadores que manipulen ácidos constantemente, deben enjuagarse frecuentemente la boca con una solución alcalina apropiada, debiendo recibir adecuadas instrucciones sobre las razones de esta medida. SUSTANCIAS DE CARACTER DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD
INFECCIOSO,
IRRITANTE
Y
TOXICO.
Art. 300º En todos los establecimientos donde se fabriquen, manipulen o empleen substancias tóxicas se instalará un dispositivo destinado a advertir a los trabajadores en el caso de que se desprendan cantidades peligrosas de dichas substancias. Art. 301º Todo el equipo y herramientas usados en la manipulación de substancias infecciosas irritantes o tóxicas deben ser escrupulosamente limpiadas y desinfectadas sistemáticamente. ROPA DE TRABAJO Art. 302º Los trabajadores expuestos a substancias infecciosas irritantes o tóxicas estarán dotados de ropa de trabajo adecuada con cubierta para la cabeza, las cuales : a) Se quitarán antes de ingerir alimentos y al abandonar el local y se depositarán en lugares asignados para ellas; b) No se extraerán de la fábrica bajo ningún concepto ; y c) Se conservarán en buenas condiciones, se esterilizarán cuando sea necesario y se cambiarán por otras limpias una vez cada semana ALIMENTOS Art. 303º Está prohibida terminantemente la introducción, preparación o consumo de alimentos, bebidas y tabaco en los lugares donde existan substancias irritantes, tóxicas e infecciosas. LIMPIEZA PERSONAL Art. 304º Los trabajadores expuestos a estas substancias precauciones en el aseo personal antes de comer, beber o fumar.
deben
extremar
INSTRUCCIONES A LOS TRABAJADORES Art. 305º El empleador informará perfectamente a los trabajadores de los peligros inherentes a su trabajo y de las medidas de protección. NOTIFICACION Art. 306º Los trabajadores expuestos a substancias infecciosas irritantes o tóxicas estarán obligados a notificar inmediatamente a la autoridad médica de la empresa cualquier indisposición física de lesión por insignificante que sea ésta. 134
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE CAPITULO X DE LAS RADIACIONES PELIGROSAS. RADIACIONES IONIZANTES Art. 307º El término "Radiaciones ionizantes" designa una radiación electromagnética o corpuscular capaz de producir iones, directa o indirectamente a su paso a través de la materia. Art. 308º El uso de fuentes radioactivas debe ser adecuadamente justificada ante la autoridad competente. DOSIS MAXIMAS PERMISIBLES Art. 309º Las dosis máximas permisibles concierne únicamente a la exposición ocupacional, sin tener en cuenta las irradiaciones no ocupacionales, tales como las originadas por la radiación natural del ambiente y por la utilización médica de radiaciones. Art. 310º La dosis total permisible acumulada en las gónadas, en los órganos hematopoyéticos y en los cristalinos a cualquier edad superior a dieciocho años, deberá calcularse con arreglo a la siguiente fórmula: D = 5 (N - 18) Siendo: D la dosis total permisible acumulada durante su vida de trabajo, en los tejidos, expresada en rems; y N la edad expresada en años: Art. 311º Tratándose de personas expuestas por razones ocupacionales a una cantidad de radiación constante desde la edad de dieciocho años, la fórmula citada arroja una dosis máxima de 0,1 rems por semana, valor que debe utilizarse para los planes de trabajo y los dispositivos relativos a la protección. Art.312º Dentro de los límites que establece la fórmula, una persona expuesta por razones ocupacionales puede acumular la dosis máxima permisible en una proporción no superior a 3 rems por cada período de trece semanas consecutivas; si es necesario, los 3 rems se podrán absorber en una dosis única, pero esta práctica debe evitarse en lo posible. CASOS ESPECIALES DE IRRADIACION Art. 313º Cuando no se conozcan con precisión los antecedentes sobre la exposición profesional de un sujeto, debe suponerse que ya ha acumulado la totalidad de la dosis que arroja la fórmula enunciada anteriormente. Art. 314º Toda irradiación accidental de dosis superior a 25 rems debe considerarse grave y notificarse a las autoridades médicas competentes, para que éstas adopten las medidas de tratamiento apropiadas y formulen recomendaciones respecto a la exposición profesional del interesado después del accidente. IRRADIACION DE OTROS ORGANOS EXCLUYENDO GONADAS, ORGANOS HEMATOPOYECTICOS Y LOS CRISTALINOS
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 315º La irradiación de otros órganos y partes del cuerpo menos sensibles estará sujeta a una reglamentación específica, de igual manera se contemplará las radiaciones masivas causadas accidentalmente. IRRADIACION A TERCERAS PERSONAS Art. 316º Se deben tomar todas las medidas de protección necesarias de todas las fuentes de radiación ionizante para evitar que terceras personas sufran exposiciones a radiaciones por mínimas que éstas sean. La negligencia en el cumplimiento de esta disposición será sancionada. PROTECCION Art. 317º Toda fuente de radiación ionizante debe contar con el blindaje integral y protección necesaria permanente, para garantizar exposiciones inferiores a las máximas permisibles a operadores, usuarios y terceras personas. LIMITACION DE IRRADIACION Art. 318º Ninguna persona debe exponerse o ser expuesta deliberada o inútilmente y sin protección adecuada a radiaciones ionizantes. DISPOSICION DE PROTECCION Art. 319º Todos los dispositivos de protección de los aparatos que generen radiaciones ionizantes, serán inspeccionados y controlados periódicamente por personal competente de acuerdo al Reglamento de Uso de Radiaciones Ionizantes sin peligro. EXAMENES MEDICOS Art. 320º Todo personal que por razón de su trabajo esté expuesto permanentemente a radiaciones ionizantes, debe ser controlado a través de exámenes médicos periódicos. RADIACIONES NO IONIZANTES Art. 321º Se considera como radiaciones electromagnéticas no ionizantes, las ondas de radio, microondas, láser, infrarroja y ultravioleta Art. 322º Las exposiciones a las radiaciones no ionizantes especificadas en el articulo anterior, estarán sujetas a reglamentos especiales en las que se determinará: a) Medidas de control aconsejables; b) Mediación de la intensidad de la radiación; c) Tiempo de exposición a la radiación; d) Características de la radiación. Art. 323º En ausencia de niveles permisibles nacionales para radiaciones no ionizantes, se utilizará preferentemente las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) o la mejor información accesible. RIESGOS FISICOS. RUIDOS Y VIBRACIONES 136
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 324º En todos los lugares de trabajo donde los trabajadores estén expuestos a ruidos y vibraciones excesivos como consecuencia del proceso, se debe disminuir la intensidad de éstos a niveles aceptables, por medios adecuados de ingeniería o en su defecto dotar al persona expuesto de elementos de protección contra ruidos y vibraciones, estipulados por la autoridad competente. Art. 325º El riesgo del ruido será evaluado por personal técnico designado por la autoridad competente. Art. 326º Todos los trabajadores expuestos a ruidos excesivos deben ser sometidos a control médico sistemático permanentemente. CAPITULO XI DEL MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES. DISPOSICIONES GENERALES
MAQUINARIA
Y
EQUIPOS.
Art. 327º Los edificios y demás estructuras que formen parte de o que estén directamente relacionados con un centro ocupacional, todas las máquinas, instalaciones eléctricas y mecánicas, así como todas las herramientas y equipos, se conservarán siempre en condiciones óptimas de funcionamiento y seguridad. Art. 328º Todo trabajador que descubra defectos o condiciones peligrosas en edificios o parte de ellos, estructura, maquinaria, instalación, herramientas, materiales o cualquier otro accesorio o instrumento que forme parte de la planta, informará inmediatamente de dichos defectos o condiciones a su superior inmediato. Art. 329º Para los trabajos de reparación o conservación se dispondrá de una iluminación adecuada y conveniente; cuando sea necesario dicha iluminación será suministrada por equipos provisionales especialmente instalados. TRABAJOS EN EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS Art. 330º Para las obras de conservación y reparación de un edificio o estructura que no puedan efectuarse con seguridad desde una escalera portátil o plataforma, se erigirán cuando sea necesario, andamiajes, plataformas de trabajo, entablados, escalerillas y demás construcciones fijas provisionales adecuadas y seguras. DISPOSICIONES GENERALES Art. 331º En los edificios que tengan ventanas que no puedan ser alcanzadas segura y convenientemente y construidas de tal manera que tengan que limpiarse desde el exterior, éstas estarán provistas de dispositivos de seguridad aprobados por la autoridad competente para proteger a los limpiadores de ventanas. TRABAJO DE REPARACION SUBTERRANEA Art. 332º Cuando las reparaciones se hagan en pozos u otros lugares subterráneos con peligro de gases asfixiantes o inflamables, personal idóneo tomará las medidas adecuadas para garantizar el trabajo seguro.. Art. 333º Todas las trincheras, zanjas y demás excavaciones abiertas estarán: 137
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE a) Apropiadamente cercadas durante todo el tiempo, a fin de evitar que las personas puedan caer dentro de la excavación; y b) Provistas de señales de precaución apropiadas. Art. 334º Se dispondrá de apuntalamientos en todas las trincheras, fosas u otras excavaciones a fin de prevenir desmoronamientos o derrumbes.
TRABAJO DE REPARACION EN MAQUINAS Art. 335º Cuando se vaya a efectuar reparaciones en una máquina: a) Esta será detenida antes de comenzar el trabajo; b) Se tomarán las medidas adecuadas para garantizar que las máquinas no se pongan en marcha accidentalmente; y c) Se señalizará adecuadamente el hecho de que la máquina está en reparación. Art. 336º Después que la obra de reparación de una máquina haya sido terminada y antes de conectar la fuerza de nuevo para fines de producción: a) Todas las herramientas, instrumentos y materiales usados durante el trabajo, serán cuidadosamente retirados y recogidos a un lugar seguro, fuera de la máquina; b) La máquina será totalmente restaurada en su propia condición de trabajo; c) Cuando sea posible, la máquina debe moverse despacio a mano, para asegurarse de que ningún objeto ha sido dejado en lugares o posiciones que interfieran con la operación segura de la máquina; y d) El espacio alrededor de la máquina debe dejarse libre y restaurado a su condición normal. Art. 337º Cuando las reparaciones se efectúen cerca de máquinas o partes peligrosas que no puedan detenerse o desconectarse, se tomarán todas las medidas provisionales necesarias para lo protección de los trabajadores. TRABAJO DE CONSERVACION Y REPARACION EN CALDERAS, TANQUES Y CUBAS Art. 338º No se efectuarán reparaciones en calderas u otros recipientes a presión, mientras éstos estén bajo presión. Art. 339º Cuando los trabajadores entren en tanques o en otros recipientes para propósitos de mantenimiento, se tomarán las siguientes precauciones: a) Se asegurará por medios técnicos que le ambiente esté libre de atmósfera irrespirable o inflamable; b) Se dispondrá de un dispositivo aprobado de protección para los órganos respiratorios en caso necesario; c) Se dotará de un cinturón de seguridad con cuerda salvavidas de dimensión adecuada; y d) Se mantendrá un vigía a la entrada del tanque o recipiente que tomará las medidas necesarias en caso de emergencia. Art. 340º Los tubos de alimentación de los tanques en reparación deben ser bloqueados en forma segura, ya sea: a) Cerrando las válvulas y fijándolas con llave en su posición cerrada; o 138
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE b) Desconectando las líneas de tubos y obstruyéndolas por medio de platinas
ciegas.
Art. 341º Antes de soldar o cortar recipientes que hayan contenido substancias explosivas o inflamables se debe: a) Limpiar perfectamente el recipiente con vapor o con otros medios eficaces; y b) Comprobar mediante análisis del aire, que no contenga vapores o gases combustibles. CAPITULO XII PROTECCION DE LA SALUD. ABASTECIMIENTO DE AGUA Art. 342º Se dispondrá de un abastecimiento adecuado de agua potable, limpia y fresca en todos los lugares de trabajo, fácilmente accesible a todos los trabajadores. Art. 343º Cuando dicha agua potable no pueda obtenerse, la autoridad competente suministrará las instrucciones necesarias para potabilizar el agua para el consumo humano. Art. 344º Cuando los trabajos se desarrollen en ambiente de calor intenso por períodos considerables, el empleador debe suministrar tabletas de sal de acuerdo a prescripción médica. FUENTES PARA BEBER Art. 345º Cuando se instalen fuentes sanitarias para beber, serán de tipo y construcción autorizadas por la autoridad competente. Art. 346º Cuando se utilice agua impropia para beber en procedimientos industriales o para protección contra incendio: a) Se colocarán avisos llamativos informando claramente que dicha agua no debe emplearse como potable; b) Se harán los esfuerzos necesarios para evitar que sea usada como potable; c) Aquellos lugares donde se suministre agua potable se marcarán indicando claramente con un aviso que diga "Agua Potable", y d) No existirán conexiones abiertas o potenciales entre el sistema de abastecimiento de agua potable y el sistema de abastecimiento de agua que no sea apropiada para el consumo humano. ORDEN Y LIMPIEZA Art. 347º Todos los lugares y locales de trabajo, pasillos, almacenes y cuartos de servicios se mantendrán en condiciones adecuadas de orden y limpieza, en especial: a) Las superficies de las paredes y los cielo rasos, incluyendo las ventanas y los tragaluces, serán mantenidos en buen estado de limpieza y conservación; b) El piso de todo local de trabajo se mantendrá limpio y siempre que sea factible en condiciones secas y no resbaladizas; c) A ninguna persona se es permitirá usar los locales o lugares de trabajo como dormitorios, morada o cocinas. PROCEDIMIENTOS HUMEDOS 139
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 348º Donde se empleen procedimientos húmedos: a) Se mantendrán drenajes efectivos; b) Se dispondrá de pisos falsos, plataformas, esteras u otros sitios secos: y c) El empleador suministrará sin gasto para los trabajadores, calzados apropiados, para que los usen mientras trabajan en tales lugares. DISPOSICION DE BASURAS Art. 349º Todos los recipientes para desperdicios o basuras estarán: a) Construidos de tal manera que su utilización y limpieza sean fáciles; y b) Conservados en condiciones sanitarias y desinfectados si es necesario. POSICIONES DE TRABAJO Art. 350º Donde se utilizan bancos, sillas, barandas, mesas u otros, deben diseñarse y construirse de acuerdo a las normas elementales de ergonomía, para evitar esfuerzos innecesarios o peligrosos. Art. 351º Los trabajadores deben ser instruidos sobre los movimientos y esfuerzos que ejecuten a fin de prevenir lesiones por sobre esfuerzo o fatiga. SERVICIOS HIGIENICOS Art. 352º Todo centro de trabajo estará provisto de inodoros adecuados con agua corriente, urinarios y lavamanos; letrinas separadas para cada sexo y con su respectiva puerta, conectadas a la red de alcantarillado o a falta de ésta, pozos sépticos. Art. 353º Todo lugar de trabajo estará provisto de los servicios higiénicos cuyo número y características se establecen a continuación: Trabajadores por turno de trabajo Inodoro Duchas Urinarios Lavamanos H M H M H HoM De l a 5 1 1 1 1 1 1 De 6 a 10 2 2 1 1 1 1 De 11 a 20 2 2 2 2 2 2 De 21 a 30 3 3 2 2 3 3 De 31 a 40 3 4 3 3 3 3 De 41 a 50 3 4 3 4 4 4 De 51 a 60 4 5 4 4 4 4 De 61 a 70 4 5 4 4 5 4 De 71 a 80 4 5 5 5 5 5 De 81 a 90 5 6 5 5 5 5 De 91 a 100 5 6 5 5 6 5 De 101 a 110 5 6 6 6 6 6 De 111 a 120 6 7 6 6 7 6 De 121 a 130 6 7 6 6 7 6 De 131 a 140 6 7 7 7 7 7 De 141 a 150 6 8 7 7 7 7 De 151 a 160 6 8 7 7 7 7 De 161 a 170 6 8 7 7 8 8 De 171 a 180 6 8 8 8 8 8 De 181 a 190 7 9 8 8 8 8 140
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE De 191 a 200 7 9 9 9 9 9 De 201 a 210 7 9 9 9 9 9 De 211 a 220 8 10 9 9 9 9 De 221 a 230 8 10 9 9 10 10 De 231 a 240 8 10 10 10 10 10 M Mujeres H Hombres Los Servicios higiénicos se instalarán de manera que la distancia máxima entre una faena y el servicio más próximo sea de 75 metros. Cuando en el establecimiento haya más de 240 operarios, debe agregarse un artefacto por cada 30 personas sobre ese número. Art. 354º En caso de que la naturaleza y localización del trabajo no permita utilizar la tabla anterior (Ej. Trabajo subterráneo, trabajo agropecuario en terreno, silvicultura, caza, pesca, otros), se tomará las medidas correspondientes a cada caso, a fin de suplir las necesidades higiénicas de los trabajadores, sin riesgos para su salud o de la comunidad. CONSTRUCCION DE LOS SERVICIOS HIGIENICOS Art. 355º Las paredes o tabiques de los compartimientos de inodoros podrán ser de menor altura que las paredes del cuarto, pero la parte superior no usará a menos de 1,8 metros y la parte inferior o no más de 20 cm. del piso. Art. 356º Los urinarios que sean de canal continuo, estarán separados por tabiques a distancias no menores a 60 cm. Art. 357º El espacio mínimo donde se instalará el inodoro será del 1,5 m2 (1,0 x 1,5 metros). INSTALACIONES SANITARIAS Art. 358º Las instalaciones sanitarias estarán construidas y conservadas conforme a las normas establecidas en los reglamentos nacionales sobre construcción. Además se instruirá a todo el personal sobre el uso y conservación higiénica de los mismos. LETRINAS QUIMICAS CONECTADAS A POZOS SEPTICOS Art. 359º La letrina química será permitida solamente cuando no se disponga de agua corriente o de un sistema de alcantarillado. FACILIDADES PARA EL ASEO PERSONAL Art. 360º Todos los establecimientos dispondrán de instalaciones adecuadas para el aseo personal. Art. 361º Dichas instalaciones estarán: a) Separadas de los talleres; b) Convenientemente situadas para los trabajadores que hayan de utilizarlas; e) Conservadas en condiciones sanitarias; y d) Dotadas de agua corriente caliente y fría.
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MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 362º En todo lugar de aseo de un centro de trabajo se debe dotar toallas individuales. Art. 363º Se podrá instalar otros aparatos para secar las manos, si están aprobados por la autoridad competente. Art. 364º Se dispondrá de jabón para el aseo personal de los trabajadores de acuerdo a las exigencias que se presenten. Art. 365º Todos los establecimientos industriales dispondrán de instalaciones suficientes y apropiadas para guardar la ropa de los trabajadores, y situadas en locales separados de los talleres. Art. 366º Se dispondrá de un vestuario separado para todos aquellos empleados cuyas ropas de trabajo estén expuestas a contaminación de substancias venenosas, infecciosas o irritantes y también se dispondrá de guardarropía separadas para las ropas de trabajo y de calle. Art. 367º Los vestuarios deben estar provistos de: a) Armarios individuales de 1,50 x 50 x 50 cm., como mínimo, con una división longitudinal, dotados de aberturas u otros elementos que faciliten su ventilación, construidos preferentemente de metal y dotados de cerraduras; y b) Bancos y otros asientos adecuados. Art. 368º Los vestuarios y armarios se conservarán limpios y se harán los arreglos convenientes para su desinfección, conforme a los requisitos establecidos por la autoridad competente de salubridad. EMPLEO DE LOS COMEDORES, LAVATORIOS Y VESTUARIOS Art. 369º Los comedores estarán completamente separados de los locales de trabajo y serán reservados únicamente para comer. Art. 370º Las dimensiones de los comedores serán calculadas a base del número máximo de personas que los puedan usar a un mismo tiempo, con el mínimo siguiente: a) 25 personas o menos, 18,5 m2; b) 25 a 74 personas, 18,5 m2 más 0,65 m2 por cada persona sobre 25; e) 75 a 149 personas, 50 m2 más 0,55 m2 por cada persona sobre 149; y d) 150 a 499 personas, 92 m2 más 0,50 m2 por cada persona sobre 149; y e) 500 personas o más, 255 m2 más 0,40 m2 por cada persona sobre 499. CAPITULO XII DE LAS ROPAS DE TRABAJO Y PROTECCION PERSONAL. DEFINICION DE ROPAS DE TRABAJO Art. 371º Son ropas de trabajo las prendas de vestir que, además de cumplir con la función básica de toda vestimenta, son las más aptas para realizar determinados trabajos por razón de su resistencia o diseño. Ejemplo: overoles, pantalones reforzados, etc. NORMAS PARA ROPA DE TRABAJO 142
MANUAL DE SEGURIDAD SALUD Y MEDIO AMBIENTE Art. 372º Las ropas de trabajo deben conformarse a normas respecto a diseño, talla, ajuste, mantenimiento, confección, resistencia del material, al uso, al fuego, a la degradación por el tiempo, con el objeto de que no se conviertan en riesgos inminentes de seguridad. ADORNOS Y CABELLOS LARGOS Art. 373º Los adornos, las joyas, las piezas sueltas de vestimenta y los cabellos largos no restringidos por una cofia, constituyen riesgos de atrape y por tanto están prohibidos en todo centro de trabajo donde exista dicho riesgo. EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL. DEFINICION Art. 374º Son todos los aditamentos o substitutos de la Ropa de Trabajo cuya función es estrictamente de protección a la persona contra uno o más riesgos de un trabajo específico, ejemplo, máscara, lentes, guantes, cascos protectores de oído, botas o zapatos de seguridad, etc. OBLIGATORIEDAD Art. 375º El suministro y uso de equipo de protección personal es obligatorio cuando se ha constatado la existencia de riesgos permanentes. NORMAS Art. 376º El suministro y uso de equipo de protección personal debe regirse estrictamente a las normas nacionales y las reglamentaciones específicas, para asegurar que el equipo sea adecuado para proteger positivamente contra el riesgo específico para el que se lo usa. PROTECCION DE LA CABEZA. CASCOS Art. 377º Los trabajadores expuestos a objetos que caigan o salten (objetos volantes) y a golpes en la cabeza, deben usar cascos de seguridad. PROTECCION DE LA VISTA Art. 378º Todos los trabajadores que ejecuten cualquier operación que puede poner en peligro sus ojos, dispondrán de protección apropiada para la vista. PROTECCION DEL OIDO Art. 379º Los trabajadores expuestos a ruidos intensos y prolongados deben estar dotados de protectores auditivos adecuados. Art. 380º Si corrientemente se tienen que usar mandiles cerca de partes giratorias o de movimiento alternativo de máquinas, la falda del mandil debe estar separada del peto y ambos deben estar muy ligeramente ajustados al cuerpo, de manera que si el mandil es atrapado por una parte en movimiento pueda instantáneamente desprenderse.
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Art. 381º Los mandiles para los trabajadores empleados cerca de llamas abiertas, fuego y objetos incandescentes o que manipulen metal fundido, serán confeccionados de material resistente al fuego y tendrán pecheras. Art. 382º Los mandiles para los trabajadores que manipulen líquidos corrosivos, tales como ácidos o cáusticos, serán confeccionados de caucho natural o sintético u otro material resistente a la corrosión y tendrán pecheras. CINTURON DE SEGURIDAD Art. 383º Los cinturones de seguridad y sus arneses serán confeccionados de material apropiado y tendrán las siguientes características de fabricación y mantenimiento: a) Serán por lo menos de 12 cm. de ancho y 6 mm. de espesor y tendrán una resistencia a la rotura de por lo menos 1.150 kg. b) Las cuerdas salvavidas serán de cuerda de buena calidad y de resistencia a la rotura de por lo menos 1.150 kg. c) Cinturones, accesorios y herrajes serán examinados a intervalos frecuentes y aquellas partes defectuosas serán remplazadas. d) Todo remache de un cinturón se examinará separadamente para asegurarse de que mantiene su agarre propiamente. e) Todos los accesorios y fijaciones de un cinturón de seguridad serán capaces de soportar una carga por lo menos igual a la resistencia de la rotura especificada para el cinturón. PROTECCION PARA LAS EXTREMIDADES SUPERIORES Art. 384º La protección de manos, antebrazos y brazos se hará por medio de guantes, mangas y mitones seleccionados para prevenir los riesgos existentes y para evitar la dificultad de movimientos al trabajador. Estos elementos de protección serán de goma o caucho, cloruro de polivinilo, cuero, amianto, plomo o malla metálica u otro material según las características o riesgos del trabajo a realizar. Para el trabajo con electricidad deben usarse los guantes que lleven marcado en forma indeleble el voltaje máximo para el cual han sido fabricados, prohibiéndose el uso de otros que no cumplan este requisito indispensable. Art. 385º No usarán guantes los trabajadores que operen taladros, prensas, punzonadores y otras máquinas en las cuales el guante pueda ser atrapado por partes en movimiento. PROTECCION PARA LOS MIEMBROS INFERIORES Art. 386º La protección de piernas, pies y muslos se hará por medio de calzados, botas, polainas, rodilleras, musleras seccionadas para prevenir los riesgos existentes y asegurar la facilidad de movimiento al trabajador. Los cuales se sujetarán a las siguientes especificaciones: a) Material de buena calidad y resistente a los riesgos a prevenir; b) Que puedan ser quitadas instantáneamente en caso de emergencia; y c) Inspeccionadas y mantenidas periódicamente.
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CALZADO Art. 387º Todo calzado de seguridad será obligatorio para las operaciones que impliquen riesgos de atrape o aplastamiento de los pies y dotados de punteras resistentes al impacto. POLAINAS Art. 388º Las polainas de amianto serán obligatorias en trabajos que impliquen la conducción o el manejo de metales fundidos o substancias a altas temperaturas, las cuales se extenderán hasta la rodilla y ajustarán de modo que eviten la entrada de metal fundido. BOTAS Art. 389º Para los trabajos en agua se usarán botas altas de goma. PROTECCION DEL APARATO RESPIRATORIO Art. 390º Los equipos protectores del aparato respiratorio tendrán las siguientes características: a) Serán de tipo apropiado al riesgo; b) Serán aprobados por la autoridad competente; c) Ajustarán lo mejor posible al contorno facial para reducir fugas; d) Ocasionarán las mínimas molestias al trabajador; e) Se vigilará su conservación y funcionamiento con la necesaria frecuencia; f) Se limpiarán y desinfectarán después de su empleo; g) Llevarán claramente marcadas sus limitaciones de uso; h) Se almacenarán en compartimientos adecuados; i) Las partes en contacto con la piel deberán ser de material adecuado, para evitar la irritación de la piel. Art. 391º Los aparatos de protección respiratoria se usarán sólo en casos de emergencia o cuando la naturaleza del proceso no permita una alternativa de protección más cómoda para el trabajador. MASCARILLAS PARA AEROSOLES Art. 392º Los filtros de las mascarillas para aerosoles deben cumplir los siguientes requisitos: a) Aprobados por la autoridad competente para el riesgo específico b) Se usarán de acuerdo a las instrucciones del fabricante; c) No se usarán en ambientes con déficit de oxígeno o que contengan gases o vapores peligrosos; d) Se remplazarán periódicamente de acuerdo a la concentración de aerosoles y tiempo de exposición. RESPIRADORES DE CARTUCHO QUIMICO Art. 393º Los respiradores de cartucho químico no se deben emplear en atmósferas deficientes de oxígeno. Art. 394º Los cartuchos químicos serán marcados de conformidad con un código de identificación establecido por la autoridad competente.
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Art. 395º Los cartuchos químicos serán remplazados estén éstos usados o no, en la fecha de su vencimiento establecido. Art. 396º Los cartuchos químicos serán reemplazados cada vez que hayan llegado a su nivel de saturación independientemente de su fecha de vencimiento. MASCARILLAS ABASTECIDAS CON AIRE Art. 397º Se emplearán en las atmósferas con déficit de oxígeno o con altas concentraciones de gases o vapores peligrosos. Art. 398º El abastecimiento de aire no excederá en ningún momento la presión de 1.75 kg. por cm2 y la distancia a la fuente de abastecimiento no excederá de 45 m. Art. 399º Las mascarillas de abastecimiento con aires deben probarse a satisfacción por el propio usuario, antes de entrar a una atmósfera peligrosa. APARATOS DE RESPIRACION AUTONOMA Art. 400º Los aparatos de respiración autónoma serán usados solamente por personas especialmente adiestradas. Art. 401º Los cilindros de aparatos de respiración autónoma no excederán la presión de 150 atmósferas y serán controladas por medio de un monómetro indicador. Art. 402º El uso, conservación y mantenimiento de los aparatos de respiración autónoma estará a cargo de personal especialmente calificado. CAPITULO XIV DE LA SELECCION DE TRABAJADORES Art. 403º El empleador está obligado a informar en la forma más completa posible al trabajador nuevo sobre los riesgos a los que está expuesto; además se le instruirá y capacitará en el manejo de mecanismos de seguridad. Art. 404º En la selección de trabajadores se debe tener cuidado de que a cada trabajador le sea asignada la labor para la cual esté mejor calificado desde el punto de vista de su aptitud y resistencia física. Art. 405º Las personas que sufran de defectos físicos o mentales, tales como epilepsia, vértigos, daltonismo, etc., no podrán desarrollar trabajos, que por razón de su defecto signifique un riesgo adicional de accidente para ellos u otras personas. CAPITULO XV DE LA SEÑALIZACION DEFINICION Art. 406º Señalización, es toda forma de comunicación SIMPLE y GENERAL que tiene la función de: prevenir riesgos, prohibir acciones específicas o dar instrucciones simples sobre el uso de instalaciones, vías de circulación y equipos.
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OBLIGATORIEDAD Art. 407º La señalización es parte fundamental de la seguridad y por tanto es la instalación obligatoria en todo centro de trabajo, sin que medien atenuantes de ninguna clase, como el analfabetismo. Art. 408º Los empleadores son los responsables de instalar, mantener en perfecto funcionamiento todos los elementos de señalización, realizando pruebas periódicas de todos aquellos que se usan esporádicamente. NORMAS Art. 409º Toda forma de señalización debe regirse a las normas nacionales existentes o a las recomendaciones de organismos especializados. ELEMENTOS DE SEÑALIZACION Art. 410º La señalización debe efectuarse a través de letreros, pictogramas, signos, colores, luces, humos coloreados o cualquier otro elemento que pueda estimular los órganos de los sentidos. SIGNO UNIVERSAL DE SEGURIDAD Art. 411º Se establece como el signo universal de la seguridad, la cruz verde, que se forma con cinco cuadrados iguales disponiendo cuatro de ellos alrededor del quinto y unidos a éste por toda la longitud de uno de sus lados. La cruz se pintará de color verde esmeralda en un fondo preferentemente blanco PROHIBICION DE USO DEL SIGNO DE SEGURIDAD Art. 412º Queda prohibido utilizar la cruz de seguridad para significar otra cosa que no sea seguridad industrial. CAPITULO FINAL DEL FINANCIAMIENTO Y DE LAS DISPOSICIONES TRANSITORIAS FINANCIAMIENTO Art. 413º Anualmente el Gobierno Central, incluirá en el Presupuesto General de la Nación, los recursos necesarios para la aplicación de la presente Ley. Art. 414º El Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, formulará el presupuesto del sector sobre la base de los recursos destinados en el presupuesto general de la Nación y los presupuestos de las instituciones que formen parte del actual sistema. TRANSITORIO Art. 415º Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
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