3 minute read

ACTUALIDAD Impulsan reforma para prohibir venta o suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años

Next Article
DESTACADAS 35

DESTACADAS 35

• La violación de dicha de disposición se sancionará con multa de hasta dos mil veces la UMA

• La diputada Dionicia Vázquez García (PT) propone reformar la Ley General de Salud

Advertisement

Con el propósito de prohibir la venta o suministro de bebidas energéticas a menores de 18 años, la diputada Dionicia Vázquez García (PT) planteó modificar los artículos 215, 216 Bis y 419 de la Ley General de Salud y establecer que la violación de dicha disposición se sancionará con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización.

Las reformas precisan que sólo se podrá exceptuar dicha prohibición cuando menores de 18 años, en casos excepcionales, previa autorización por escrito de uno de sus padres o tutor y siempre que se trate de situaciones en las que se requiera una dosis de energía adicional, como en el caso de deportistas en competiciones o de alta exigencia física.

También se incluye la definición de bebida energética como “cualquier líquido que contenga estimulantes como la cafeína, taurina, tiamina u otros ingredientes que se comercialicen con la finalidad de aumentar temporalmente el nivel de energía, el estado de alerta y la capacidad de rendimiento físico o mental

• Lo impartió el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

• Hoy se abordó el enfoque de los derechos humanos y reformas legislativas en las personas”.

La exposición de motivos de la iniciativa, turnada a la Comisión de Salud, señala que el consumo de bebidas energéticas en niñas, niños y adolescentes es considerado inapropiado por los expertos, debido a los estimulantes que contienen.

Menciona que, de acuerdo con investigaciones, el consumo frecuente de estas bebidas puede afectar negativamente el equilibrio adecuado de carbohidratos, grasas y proteínas necesarias para un óptimo crecimiento, desarrollo y salud. Por ello, es importante concientizar sobre los riesgos asociados al consumo de bebidas energéticas en los menores de 18 años y promover una alimentación y estilo de vida saludables para su bienestar general.

El documento refiere que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha advertido que el consumo excesivo de bebidas energéticas está asociado a sobredosis de cafeína, diabetes tipo 2, problemas durante el embarazo, efectos neurológicos y cardiovasculares en niños y adolescentes, dependencia, mala salud dental y obesidad.

Asimismo, la OMS recomienda a los gobiernos introducir las siguientes políticas regulatorias: un límite sobre la cantidad de cafeína que puede llevar una bebida, una restricción sobre su venta a niños y adolescentes, educar a quienes ofrecen cuidados médicos en torno a la intoxicación, dependencia y síndrome de abstinencia de cafeína y regular la publicidad de bebidas energizantes. Resalta que en México no se cuenta con medidas suficientes para proteger a los menores de 18 años con relación al consumo, venta y distribución de bebidas energéticas. Esto ha llevado a un consumo excesivo de productos que contienen aditivos y estimulantes, lo que representa un grave riesgo para la salud de este sector poblacional.

Este miércoles concluyó el curso “Los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Poder Legislativo”, organizado por el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública (CESOP) de la Cámara de Diputados.

El objetivo fue analizar e identificar la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en la labor que realiza el Congreso de la Unión.

En esta segunda y última sesión se abordaron los temas: Los ODS y el enfoque de los derechos humanos, así como Reformas legislativas y ODS.

La encargada de la Dirección General del CESOP, Hasuba Villa Bedolla, explicó que en un principio, en el año 2000, surgieron los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), pero se criticó que excluían la perspectiva de derechos humanos.

Además, se señaló que los determinaron Estados con buen nivel de desarrollo y economías distintas a las de otras naciones, es decir no se consideraron las dificultades que algunos países tendrían para lograrlos.

Ante ello, es importante implementar medidas de regulación y control para proteger la salud y bienestar de las niñas, niños y adolescentes y con la iniciativa se pretende establecer la prohibición de la venta de bebidas energéticas a menores con el objetivo de proteger su salud y bienestar, evitando que consuman productos que tengan efectos negativos en su organismo.

Los ODM también dejaron a un lado la falta de atención a las desigualdades; por todo esto, mencionó, se determinó avanzar hacia los ODS, que surgieron en 2015, luego de una amplia convocatoria suscrita por 193 países.

Es así que en los 17 ODS se toma en cuenta un lenguaje de derechos humanos, pero también las diferentes realidades, capacidades y niveles de desarrollo de cada nación.

Agregó que si bien los ODS de la Agenda 2030 no tienen un carácter vinculante, están correlacionados con los tratados internacionales de los que el Estado mexicano forma parte, lo que los convierte en exigibles.

Por su parte, Ana Gabriela Núñez Pérez, directora de Estudios Regionales del CESOP, habló sobre cómo los ODS están vinculados con las reformas legislativas.

Indicó que es importante que en el trabajo parlamentario se tome en cuenta y se mida el cumplimiento de los ODS, pero también es relevante saber qué se deja de hacer para conocer el impacto global que se generará en corto, mediano y largo plazo.

Precisó que el Legislativo puede configurarse como un gran orquestador de los ODS, siempre y cuando su agenda corra a la par de la agenda del Poder Ejecutivo, que es el otro actor principal para lograr los Objetivos.

El curso, que se realizó de manera telemática, fue dirigido a las y los legisladores, asesoras, asesores, así como servidores públicos que forman parte del Poder Legislativo.

This article is from: