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LEY DE AGUAS INTERNACIONALES ¿Qué sabes respecto a las aguas internacionales? El agua cubre más del 70 por ciento de la superficie del planeta. Es aquí donde aparece la “libertad de los mares”, un principio fundamental de la ley internacional. Durante miles de años hemos dependido del océano para el sustento, el comercio, la exploración y el descubrimiento. Un sistema internacional de leyes marítimas surgió de la necesidad de equilibrar los diversos intereses en esas áreas, incluyendo la seguridad, el comercio y los recursos. ¿Es que no se trata al agua de la misma manera en todo lugar? Un bien definido conjunto de leyes internacionales permite contar con marco para todos los reclamos y actividades en el mar, y los reglamentos varían según la localidad. Históricamente los países realizan toda clase de reclamos respecto a las aguas a lo largo de sus costas y sobre cuánto lejos en el océano tienen plena soberanía, en otras palabras, donde pueden ejercer su jurisdicción y tener control en las aguas oceánicas tanto como lo tienen en tierra. En realidad no hay una definición de “aguas internacionales” en la ley internacional. Hasta cierto punto, dependiendo de la ubicación, todas aguas oceánicas son internacionales. Un estado controla las aguas territoriales hasta un límite de 12 millas náuticas desde la costa, pero puede penalizar las infracciones a sus leyes aduanales, fiscales, de inmigración y sanitarias que ocurran en su territorio o en aguas. ¿Qué pasa en las aguas internacionales? Alrededor de 90.000 embarcaciones comerciales transportan bienes entre países. Asimismo, todos los países pueden tender tubería y cables


submarinos en aguas internacionales. Las pesquerías en zonas económicas exclusivas y en alta mar también son importantes. Pero incluso en el mar territorial todas las embarcaciones (incluyendo navíos militares) tienen derecho al paso inocente, esto es, que pueden transitar abiertamente las aguas territoriales en tanto que no participen en actividades específicas que puedan perjudicar la paz, el buen orden y la seguridad en un Estado costero. Aguas internacionales: leyes y estado en el m La Organización de las Naciones Unidas quiso buscar el orden sobre las aguas internacionales y convocó la I Conferencia de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar. En 1960 las Naciones Unidas hicieron un llamado a una segunda conferencia para los mismos fines que la anterior, pero al finalizar los periodos de sesiones no se contó con ningún acuerdo que fuese posible implementar. El desorden, los abusos y los crecientes conflictos entre naciones vecinas llevaron a la ONU a llamar en 1972 a la III conferencia vinculada al derecho marítimo. Tras 11 periodos de sesiones, nació el tratado titulado Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar. Este documento, considerado como la Constitución del mar, se aprobó en diciembre de 1982 tras una década de intensos análisis y discusiones, entrando en vigor solo hasta el año 1994. Actualmente se mantiene vigente. México En este país la Ley Federal del Mar es la carta que regula todo lo relacionado a sus costas, extensión y relación con países vecinos. En dicha ley, México define 5 elementos marítimos sobre los cuales tiene derecho: las aguas marinas interiores, el mar territorial, la zona económica inclusiva, la zona contigua.


España la regulación de los asuntos marítimos depende de la Ley de Costas, presentada en una primera oportunidad en 1988. En 2013 se hicieron varias modificaciones con la intención de aumentar la seguridad jurídica del instrumento legal. Colombia cuenta con la Ley del Mar para regular sus asuntos marítimos internos y externos. En esta se establecen los puntos de consideración para las mediciones de cada uno de los espacios marítimos, incluyendo también las bahías, los golfos y los ríos. En Perú se ha desarrollado el Instituto de del Mar del Perú (IMARPE), organismo adscrito al Ministerio de la Producción que se encarga de llevar a cabo diferentes investigaciones relacionadas con el mar peruano y sus recursos. Argentina En Congreso de sancionó la Ley sobre espacios marítimos el 10 de septiembre de 1991. En dicha ley se consideran los golfos San Jorge, Nuevo y San Matías, y el límite externo de Río de la Plata. Argentina cuenta con un área antártica que no fue considerada en esta legislación en particular. Como proteger las aguas internacionales. 

En 2018 la ONU convocó la primera de una serie de reuniones que tienen como

objetivo proteger de forma integral los océanos. Una de las acciones que se proponen es crear una vía a través de la cual puedan desarrollarse áreas marinas resguardadas, así como varias reservas. Los especialistas indican que este es el primer y más importante paso para comenzar a proteger la biodiversidad.

Marco jurídico de aguas internacionales


Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar: Es un tratado multilateral que es conocido como la “Constitución de los océanos”, dicho tratado fue aprobado el 30 de abril de 1982 en la ciudad de nueva York (Estados Unidos), y entrando en vigor el 16 de noviembre de 1994. Se considera uno de los instrumentos más completos del derecho internacional y establece el marco fundamental para todos los aspectos de soberanía, jurisdicción, utilización y derechos y obligaciones de los Estados en relación con los océanos. La Convención trata sobre el espacio oceánico y su utilización en todos sus aspectos: navegación, sobrevuelo exploración y explotación de recursos, conservación y contaminación, pesca y tráfico marítimo. Convocada en 1956, donde las Naciones Unidas citaron a la I Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, en la ciudad de Ginebra, Suiza. Dicha conferencia concluyó en 1958, con la elaboración de cuatro convenciones relativas a la regulación del mar, a partir de proyectos realizados por la Comisión de Derecho Internacional de la Organización delas Naciones Unidas, (ONU): 1) Zona Contigua. 2) Convención sobre el Alta Mar. 3) Convención sobre Plataforma Continental. 4) Convención sobre Pesca y Conservación de los Recursos Vivos de la Alta Mar. Puntos importantes del Tratado: Aguas interiores: Comprenden las aguas que pertenecen al Estado, ubicadas más a tierra de la línea de base a lo largo de la costa y su perfil. Mar territorial: Parte de la línea base y se extiende hasta doce millas marinas.


Zona Contigua: Zona adyacente al mar territorial, designado así con el objeto de que el Estado ribereño pueda tomar las medidas de fiscalización necesarias para: prevenir infracciones de sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de migración, o sanitarios cometidos en su mar territorial. cometidos en su territorio o mar territorial. La zona contigua: náuticas a partir del mar territorial, haciendo un total de 24 millas. Zona Económica Exclusiva: Tiene una extensión de 200 millas náuticas medidas de la línea base, al igual que en la Zona Contigua, las naves de todos los países pueden navegar libremente. Plataforma Continental: Es la prolongación natural de un continente cubierto por mares. Alta Mar: Es de uso común para todos los países, en donde rige la igualdad entre todos ellos. Tal uso abarca libertades tales como de navegación, sobrevuelo y pesca.

RESUMEN: MAESTRA MARTHA. REYNA LORENA SALAZAR JIMENEZ #13 30/10/19.


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