Punto Fijo - Coro, jueves 28 de mayo de 2009
Buenos Consejos B® ''
Vías
para La Cuchilla
A pesar de que La Cuchilla es una zona productora, ganadera y hasta rica en agricultura, presenta déficit debido al grave problema vial que enfrentan desde hace varios meses por la falta de inversión y las lluvias constantes registradas en la región el pasado año. El consejo comunal espera por la visita oficial para iniciar el proyecto que les permita rehabilitar las vías de acceso. No obstante exhiben logros en el ambulatorio, en la electrificación, en la construcción de la plaza de la comunidad y en la dotación de computadoras por la escuela. aunque todavía falta mucho por hacer.
En Pantano Abajo
Joanne López Chirinos / Fotos: Cortesía CC
Créditos de producción social en el sector 12 de Febrero
La empresas de producción familiar también ha sido beneficiadas
Los créditos oscilaron entre 5 mil y 22 mil bolívares fuertes
Son “Empresas de Producción Social” las entidades económicas dedicadas a la producción de bienes o servicios en las cuales el trabajo tiene significado propio, no alienado y auténtico, no existe discriminación social en el trabajo y de ningún tipo de trabajo, no existen privilegios en el trabajo asociados a la posición jerárquica, con igualdad sustantiva entre sus integrantes, basadas en una planificación participativa y protagónica y bajo régimen de propiedad estatal, propiedad colectiva o la combinación de ambas. Por tal razón, y con miras a dinamizar la economía de la comunidad,
el consejo comunal 12 de febrero del sector Pantano Abajo III del municipio Miranda en su proceso de integración con el sector ha gestionado beneficios para la misma, en donde se destacan la entrega de créditos para empresa de producción familiar y empresas de producción social transferido por el Fondo de Desarrollo Micro financiero (FONDEMI) al Banco Comunal, donde se beneficiaron 54 familias con la entrega de Ciento Veinte millones Con los créditos, se constituyeron en la co-
munidad 4 empresas de producción social y 12 de producción familiar que permitirán el fortalecimiento y sustentabilidad en el desarrollo comunal. Entre las empresas de producción social y familiar financiadas se cuentan “Venta de Macarrones, paledonias, helados de frutas”. Crédito de producción Social Taller de Herrería y Carpintería , entre otras microempresas Otras actividades Por ser mayo el mes de las madres, el pasado 14 de mayo las madres de la comunidad recibieron con mucha aceptación el brindis en su honor, evento desarrollado en las instalaciones de la escuela técnica industrial Coro (ETIR Coro). La madrina fue Antonia Gutiérrez directora de la ETIR Coro, y estuvo amenizada por el grupo de danza de la ETIR Coro, el Club Cristo Rey y el Mariachi de Luis Soto, se entregaron canastillas, cestas de comidas, rega-
Los reflectores colocados
los sorpresas, set de peluquería, y por su puesto el brindis de felicidad. Para todas ellas Felicitaciones por su labor del día a día Mamas De igual modo, a través de un recurso de quince mil bolívares fuerte otorgador por la Secretaria de Participación para los Consejos Comunales (FUNDACONSEJOS) y la colaboración de la Alcaldía de Miranda bajo se logró la instalación de 16 reflectores de 1400 vatios, próximamente todo
el sector que comprende al consejo comunal 12 de febrero será iluminado. Información de Importancia De igual forma se le participa a toda la comunidad que todos los martes de 7:00 a 9:00 de la noche son las reuniones de seguimiento y planificación de todas las vocerías en las instalaciones del ETIR Coro, donde gustosamente atenderemos a todos los integrante del consejo comunal para que plasmen
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Punto Fijo - Coro, jueves 28 de mayo de 2009
Juan Carlos Chirinos, vocero principal del CC 12 de febrero
sus inquietudes o propuestas que serán discutidas en la asamblea de ciudadanos.
Antonia Gutiérrez directora de la ETIR, madrina en el homenaje a las madres
En el municipio Píritu
Prensa alcaldía de Píritu
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Javier Aguilar, director de Cultura de la Alcaldía de Píritu
Aspecto de la reunión con los voceros
Con el propósito de articular el trabajo del gobierno municipal y los consejos comunales, el Instituto de Deporte y la Dirección de Cultura de Píritu sostuvieron una reunión con los voceros de deporte y cultura de estos órganos del poder popular, para planificar las acciones conjuntas a emprender en lo que resta de año. Ivis Vegas, presidente del Instituto Municipal de Deporte de Píritu, explicó que en la reunión se informaron los lineamientos del Ministerio del Poder Popular para el Deporte, a fin de planificar el trabajo a desarrollar en materia deportiva en
la localidad. “La Alcaldía de Píritu presidida por la alcaldesa María Lastra está trabajando de la mano con el pueblo, la mayoría de los proyectos a financiar este año estarán orientados hacia los consejos comunales”. Resaltó la receptividad y la participación de los voceros de deporte de los consejos comunales en el encuentro, indicando que acordaron la planificación de cómo van a trabajar para impulsar el deporte en el municipio. Entre tanto, Javier Aguilar, director de Cultura de la Alcaldía de Píritu, señaló que la reunión con los
voceros de cultura contó con la presencia del gerente operativo del Instituto de Cultura del estado Falcón (Incudef), quien se refirió a la capacitación de los consejos comunales en la elaboración de proyectos. “Desde el gobierno municipal vamos a dar el apoyo necesario para la creación de los comités culturales”. Añadió que entregaron a los voceros un instrumento para hacer un diagnóstico de las necesidades culturales existentes en las comunidades inmersas dentro de cada consejo comunal y determinar cuáles son los requerimientos de la población en esta materia.
Ivis Vegas, presidente del Instituto Municipal de Deporte de Píritu
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Joly Davalillo - pasante LUZ
Miembros del Consejo Comunal Cerro Bella Vista invitan a los habitantes del sector a celebrar el primer aniversario del consejo comunal de la comunidad, que se realizará el próximo sábado a partir de las 4:00 de la tarde. Para este festín se tiene programado realizar actividades deportivas, recreativas, juegos tra-
dicionales y la presentación de la memoria y cuenta del consejo comunal, con un gran agasajo para terminar la noche. Allí mismo, se le entregará reconocimiento a las personas que han colaborado en dicho consejo. Esperan la asistencia de representantes de la alcaldía, Fundaconsejos, quienes le brindaron el apoyo para la ejecución de las obras en este año de servicio y fueron invitados para compartir este aniversario. Los voceros aprovecharon la oportuni-
dad para pedirle a las instituciones que se aboquen a la ejecución de otros proyectos que tienen, los cuales esperan por recursos para la elaboración. Asimismo, agradecen al diario Nuevo Día por el apoyo aportado. Algunos de los integrantes del Consejo Comunal Cerro Bella Vista Deisi Perozo coordinador general, José López coordinador de finanzas, Dimir Perozo contralor, Alexis Díaz contralor, Carmen Vargas vocera de agua, Minerva
Miembros del consejo comunal invitan a celebrar
Carié vocera de economía popular.
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ANTE PROYECTO DE LEY
LEY DE COMUNAS DEL cución de proyectos de obras y servicios públicos. ñ) Planificar una política de comunicación ciudadana que garantice el acceso a la información y publicidad de los actos de gobierno y los informes de la unidad de auditoria interna. Emitir Resoluciones y Declaraciones en el marco de sus competencias. o) Asesorar y emitir opinión no vinculante en la designación de cargos públicos que tengan injerencia en su ámbito comunal.
TÍTULO III Gobierno Comunal Capítulo 1. Disposiciones Generales
Capítulo II Atribuciones y obligaciones de la Junta Comunal
Artículo. 21.- Integración. El gobierno de las Comunas es ejercido por un órgano colegiado, integrado por siete (7) miembros, denominado Junta Comunal, respetándose en la confección de las listas de candidatos, y elegidos por la mayoría de los habitantes que constituyen la Comuna Respectiva
Artículo 26.- Atribuciones y obligaciones. Son atribuciones y obligaciones de la Junta Comunal:
Artículo. 22.- Requisitos. Para ser miembro de la Junta Comunal se requiere: a) Ser Venezolano, por nacimiento o nacionalizado con mas de quince (15) años en el territorio de la Republica Bolivariana de Venezuela. b) Tener residencia habitual y permanente en la Comuna, inmediata a la elección, no inferior a dos (2) años. c) Ser mayor de edad a la fecha de la elección; d) No encontrarse comprendido en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en las leyes nacionales para cargos de elección popular. Artículo. 23.- Duración de los mandatos. Los miembros de la Junta Comunal duran dos (02) años en sus funciones, pudiendo ser reelegidos de manera continua. La Junta Comunal se renueva en su totalidad cada dos (02) años. Artículo 24.- ausencia. En caso de producirse alguna ausencia en la Junta Comunal por muerte, renuncia, destitución, revocatoria o incapacidad permanente de uno de sus miembros, lo sucede quien haya figurado como candidato suplente de la lista de origen en el orden siguiente. El sucesor desempeña el cargo hasta finalizar el mandato que le hubiera correspondido al titular reemplazado. Artículo 25.- Destitución. Los integrantes de la Junta Comunal pueden ser destituidos por revocatoria de mandato o por juicio político realizado a través de los procedimientos previstos y fundados en el reglamento orgánico que se dicte a los efectos de la presente ley.
a) Aprobar el programa de acción y el anteproyecto de presupuesto anual. b) Ejecutar su presupuesto y administrar el patrimonio de la Comuna. c) Disponer, de acuerdo a las previsiones presupuestarias, la adquisición de bienes. d) Aceptar donaciones y legados. e) Celebrar los contratos y convenios en que la Comuna sea parte. f) Ejercer la superintendencia del personal de la Comuna. Nombrar y remover a su personal de acuerdo con la legislación vigente. g) Aprobar los anteproyectos de ley y de decreto que remite para su tratamiento, ante el Consejo Legislativo del Estado Falcón y al Poder Ejecutivo Regional, respectivamente. h) Atender a la prestación de los servicios y ejercer el poder de policía comunal dentro de su ámbito jurisdiccional, en los términos del Capítulo I del Título II: “Competencias y Presupuesto de las Comunas”. i) Promover la participación de los vecinos en la gestión del gobierno de la Comuna y en la elaboración y planificación de las políticas públicas respectivas. j) Convocar a audiencias públicas y consulta popular en el ámbito de la Comuna.
p) Emitir opinión, dentro de los 30 días de recibida la actuación, acerca de toda modificación o autorización de usos, que afecten los derechos subjetivos, intereses legítimos, o intereses difusos o colectivos de los vecinos de la Comuna que se presuma de mediano o relevante impacto ambiental en los términos de la legislación vigente. q) Dictar su propio manual de funcionamiento y reglamento interno siempre y cuando no colide con las competencias exclusivas del Estado y el Municipio r) En general, llevar adelante la atención de todo asunto de interés de la Comuna. Artículo. 27.- Reglamento Interno. Cada Junta Comunal dicta su Reglamento Interno, con el voto de la mayoría absoluta del total de sus miembros. Los reglamentos de las Juntas Comunales deben requerir el voto de la mayoría absoluta de los miembros para: a) Formar quórum. b) Aprobar el anteproyecto del presupuesto. Capítulo III. Organización de la Junta Comunal Artículo. 28.- Organización. La Comuna organiza funcionalmente su acción de gobierno en áreas de gestión. Cada Comuna contará con un área de Participación Vecinal y otra de Control Comunal. El resto de las áreas se establecen teniendo en cuenta la estructura organizativa del Poder Ejecutivo Regional del Estado Falcón. La Administración General está a cargo del Presidente/a de la Junta Comunal. Las áreas de gestión de la Junta Comunal son distribuidas entre los miembros, de acuerdo con lo que esta disponga. La organización funcional en áreas de gestión, en ningún caso implica menoscabo de la responsabilidad de los integrantes de la Junta Comunal por las decisiones que adopte en ejercicio de sus competencias.
k) Crear y mantener actualizado el registro de las entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes, organizaciones socioproductivas y otras formas de organización que desarrollen actividades comunitarias dentro de la jurisdicción de la Comuna y vecinos, e inscribirlas a los fines de su integración y participación en el Consejo Consultivo Comunal.
Artículo 29.- Atribuciones y obligaciones del Presidente/a. Corresponde al Presidente/a de la Junta Comunal:
l) Garantizar el efectivo funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal.
c) Convocar y presidir las reuniones de la Junta Comunal. Elaborar su orden del día.
m) Requerir el auxilio de la fuerza pública cuando ello resulte imprescindible para el cumplimiento de sus funciones.
d) Elevar para su aprobación por la Junta Comunal, el programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual elaborados participativamente.
n) Requerir asesoramiento de las distintas dependencias del Poder Ejecutivo Regional del Estado Falcón así como de organismos técnicos, de carácter público, para la eje-
e) Firmar los actos administrativos que emanen de resoluciones de la Junta Comunal.
f) Expedir órdenes de pago de forma conjunta con la instancia de administración de la comuna. g) Integrar el Consejo de Coordinación Intercomunal. h) Convocar Comunal.
al
Consejo
Consultivo
i) Rendir cuentas semestralmente ante el Consejo Consultivo Comunal de las actuaciones de la Junta Comunal. j) En general, realizar todo acto que la Junta Comunal le encomiende. Artículo 30.-Ausencia Absolutas. En caso de renuncia, fallecimiento, revocatoria, destitución o incapacidad permanente del Presidente/a, la Comuna es representada legalmente y presidida por el segundo integrante de la lista que haya obtenido mayor número de votos en la Comuna. Artículo. 31.- Ausencias temporales. En caso de ausencia temporal del Presidente/a, la Comuna es representada legalmente y presidida por el miembro de la Junta Comunal que éste designe y por el término que dure la misma, que no sea mayor a noventa (90) días continuos Artículo. 32.- Atribuciones de los Miembros de la Junta Comunal. Son sus atribuciones: a) Ejercer la titularidad de una o más áreas de gestión de la Comuna, en caso de disponerlo la Junta Comunal. b) Elevar al Presidente/a de la Junta Comunal el plan de acción y el cálculo de gastos del área o las áreas de gestión a su cargo. c) Informar mensualmente a la Junta Comunal acerca del estado de ejecución del plan de acción correspondiente al área o las áreas a su cargo. d) Participar en la decisión respecto del ejercicio de la totalidad de las competencias atribuidas a la Junta Comunal. e) Refrendar las Actas de reunión, conjuntamente con el Presidente/a. Sin perjuicio de sus atribuciones como miembros de la Junta Comunal son obligaciones de los responsables de las áreas de Participación Vecinal y Control Comunal: Área de Participación Vecinal. a) Instrumentar las medidas que garanticen el funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal. b) Promover y desarrollar mecanismos de democracia participativa en el ámbito de la Comuna. Área de Control Comunal.
a) Representar legalmente a la Comuna. b) Dirimir con su voto las cuestiones en que hubiera empate en la votación de la Junta Comunal.
a) Instrumentar la organización del cuerpo de inspectores. b) Instrumentar la organización del Comité de Control de Servicios con participación vecinal.
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LESTADO FALCÓN TÍTULO IV Participación Vecinal Capítulo Único. Consejo Consultivo Comunal
Artículo. 33.- Definición. Créase en el ámbito de cada Comuna, el Consejo Consultivo Comunal como organismo consultivo y honorario de participación popular, conforme lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Artículo. 34.- Integración y participación. El Consejo Consultivo Comunal está integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, redes y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna. No perciben remuneración ni compensación económica alguna por sus servicios. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las normas de funcionamiento interno de cada Consejo Consultivo Comunal deben garantizar el derecho de los vecinos domiciliados en la Comuna a participar en forma individual de las actividades del mismo. Asimismo, garantizan el funcionamiento del Consejo Consultivo Comunal a escala barrial. Artículo 35.- Funciones. Son funciones del Consejo Consultivo Comunal: a) Participar del proceso de elaboración del programa de acción anual y anteproyecto de Presupuesto de la Comuna y definir prioridades presupuestarias y de obras y servicios públicos. b) Efectuar el seguimiento, evaluar la gestión comunal y supervisar el cumplimiento de la correcta prestación de los servicios públicos brindados por el Poder Ejecutivo en la Comuna. c) Presentar ante la Junta Comunal iniciativas así como propuestas para la implementación de programas y políticas de interés comunitario. d) Formular solicitudes de convocatoria a audiencia pública y a consulta popular. e) Promover, ordenar, canalizar y realizar el seguimiento de las demandas, reclamos, proyectos y propuestas de los vecinos. f) Promover políticas de comunicación ciudadana, de acceso a la información y de participación vecinal. g) Promover la utilización de los mecanismos de participación ciudadana entre los vecinos de la Comuna.
h) Controlar la ejecución del Presupuesto de la Comuna.
Artículo 41.- Atribuciones. Son atribuciones del Consejo de Coordinación Intercomunal:
i) Elaborar las normas de su funcionamiento interno en concordancia con la presente ley.
a) Entender sobre la planificación de las competencias que en forma concurrente la Constitución, el Poder Ejecutivo y está ley le asignan a las Comunas.
j) Generar espacios abiertos de discusión, foros y toda otra forma de participación directa para debatir y elaborar propuestas sobre acciones, obras, programas y políticas públicas. k) Asesorar a la Junta Comunal sobre las materias que son competencia de la Comuna. Artículo 36.- Funcionamiento. El Consejo Consultivo Comunal funciona descentralizadamente, debiendo rotar el lugar de reunión entre las distintas poblaciones y/o zonas que integren la respectiva Comuna. Podrá autoconvocarse de acuerdo a lo que establezcan las normas para su funcionamiento interno. Se reunirá dos (02) veces al mes, en fecha, hora y lugar ampliamente difundidos en todo el territorio comunal.
b) Coordinar y monitorear la ejecución del proceso de descentralización político administrativa del Gobierno con relación a las Comunas c) Acordar el contenido de las jurisdicciones Comunas dentro del proyecto de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Gobernación del Estado Falcón, a partir de los anteproyectos presupuestarios comunales participativamente elaborados. d) Definir los contenidos generales de la planificación plurianual de inversiones y coordinar los programas anuales de acción de cada Comuna. e) Proponer criterios de integración técnica, funcional y administrativa de las Comunas con el Poder Ejecutivo Regional del Estado Falcón.
Artículo. 37.- Tratamiento Obligatorio. Las recomendaciones emanadas del Consejo Consultivo Comunal son de consideración obligatoria por la Junta Comunal.
f) Fijar criterios para la construcción de la Matriz Presupuestaria de acuerdo al artículo 17º de la presente ley. Dichos criterios se revisarán al menos dos (02) veces al mes.
Artículo 38.- Mecanismos de Participación Ciudadana. Se aplican en el ámbito de la Comuna, las disposiciones de las Leyes que regulan los mecanismos participación ciudadana y todo en cuanto sean aplicables, sin menoscabar lo establecido en las leyes nacionales.
g) Dictar su reglamento interno de funcionamiento.
TÍTULO V Coordinación entre el Poder Ejecutivo Regional y las Comunas Capítulo Único Consejo de Coordinación Intercomunal Artículo 39.- Definición. El Consejo de Coordinación Intercomunal es el órgano de discusión y consenso de las políticas entre las Comunas y el Poder Ejecutivo Regional del Estado Falcón. Artículo 40.- Composición y funcionamiento. El Consejo de Coordinación Intercomunal es presidido por la Gobernadora o Gobernador del Estado Falcón, en su defecto, por el funcionario que el mismo designe y se encuentra integrado por los Presidentes/as o de cada una de las Juntas Comunales.
h) Promover programas de capacitación y difusión del sistema comunal. i) Mediar en cuestiones de competencias superpuestas entre Comunas. j) Fijar los límites requeridos por la normativa aplicable en la materia para las distintas modalidades de contratación y establecer los niveles administrativos habilitados para sus respectivas autorizaciones. TÍTULO VI Descentralización del Control Capítulo Único. Organismos de Control Artículo 42.- Control Interno y Externo. El control interno y externo de los actos de la Junta Comunal está a cargo de la Sindicatura General y la Auditoria Interna de las Comunas la cual debe remitir cada informe a la Contraloría General del Estado Falcón a los fines que realice el control fiscal correspondiente, conforme a la normativa vigente. Se crea una Unidad de Auditoria Interna para el control de gestión. Artículo 43.- Otros organismos. Las Comunas propician convenios para que en ellas funcionen oficinas desconcentradas del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos, la Defensoría del Pueblo y otros organismos de control. TITULO VII Disposiciones transitorias Artículo 44.- Transición. Cronograma. El Poder Ejecutivo implementa un proceso de transición que contempla la efectiva participación de los representantes de las organizaciones vecinales. La conformación de las Comunas y la elección de sus autoridades se ajustan a un proceso de fortalecimiento institucional que comprende: a) Descentralización de los servicios actualmente descon-
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centrados en los Centros de Gestión y Participación, adaptación de los límites, la normativa y los padrones electorales. b) Transferencia gradual de competencias centralizadas a las unidades descentralizadas, en virtud de la aplicación del Título II de la presente ley. Artículo 45.- Comisión de Control y Seguimiento. A efectos de realizar el seguimiento del proceso de transición de conformación de las Comunas, se conformará una Comisión Bipartita integrada por representantes vecinales agrupados según las Comunas establecidas y los Diputados integrantes de la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana del Consejo Legislativo del Estado Falcón. Artículo 46.- Información Presupuestaria sobre la Transición. En cada proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos que el Poder Ejecutivo Regional remita al Consejo Legislativo del Estado Falcón, que contemple acciones relacionadas con la transición, deben indicarse analíticamente y con la mayor apertura disponible conforme la normativa vigente, cuales son las partidas afectadas al proceso de descentralización comunal, tanto en la administración central como en la descentralizada. Artículo 47.- Servicios tercerizados. Los servicios tercerizados actualmente a cargo del Poder Ejecutivo que en virtud de la presente ley deban ser transferidos a las Comunas continuarán vigentes. Se transfiere a las Comunas el control de la ejecución, certificación y priorización de los servicios. Artículo 48.- Coherencia en la delimitación. Todas las divisiones territoriales del Estado Falcón, cualquiera sea su propósito, deberán ajustarse a la delimitación establecida por esta ley para las Comunas en un plazo que no supere los dos (02) años, contados a partir de la sanción de la presente ley. Ellas pueden dividir una Comuna o sumar dos (2) o más, pero no tomar fracciones de distintas Comunas para delimitar una zona. Toda otra área o dependencia cuya adecuación a lo dispuesto en el presente artículo no puede entrar en vigor en razón de las limitaciones impuestas por la ley quedarán pendientes hasta que una reforma legislativa o los tribunales competentes habiliten su vigencia. No obstante ello, el Poder Ejecutivo Regional convendrá con las autoridades correspondientes la adecuación de las respectivas jurisdicciones. CLÁUSULA TRANSITORIA UNICA.- Al único efecto de la primera elección de miembros de las Juntas Comunales, y por única vez, el requisito de residencia habitual y permanente en la comuna exigido por el inciso b) del Artículo 21 se tendrá por cumplido si se cuenta con residencia habitual y permanente en cualquiera de las comunas inmediatamente contiguas.
Vecinos del sector 1 cuentan con mejoras eléctricas
Marilin Alvarado - pasante LUZ / Fotos: Cortesía
Consejo comunal de Nuevo Pueblo Sur rinde cuentas
Perforación de las aceras para colocar los postes
La vocera del comité de Información del Consejo Comunal Sector 1 de Nuevo Pueblo Sur, Karina Salazar, cumpliendo con su responsabilidad de informar a la comunidad de las gestiones y
logros obtenidos, rindió cuenta de los 40.000,00 Bs.F., transferidos por el alcalde Alcides Goitía, provenientes del presupuesto participativo 2008. El dinero fue invertido para mejorar el sis-
tema eléctrico del sector, luego de realizarse un diagnóstico que fue discutido por la misma comunidad y posteriormente aprobado en esta gestión. Salazar anunció que para este mismo
año esperan invertir 60.000,00 Bs.F., provenientes de Fundaconsejos; 235.000,00 BsF., por parte del alcalde Alcides Goitia, y un aporte de 120.000,00 Bs.F provenientes de Fundacomunal. Al tener estos recursos se espera culminar con los proyectos eléctricos del sector, ya que el levantamiento técnico realizado por Cadafe arrojó un presupuesto de 436.232,76 Bs.F. La vocera informa a su comunidad que los logros se deben a la participación del 25% de los habitantes mayores de 15 años de nuestro sector, por lo que hace un llamado al otro 75% a que se una a la lucha para dar solución a los problemas.
Postes levantados para mejorar el servicio del sector
Un trabajo mancomunado con Cadafe
Obra transferida por el Ejecutivo Regional
@U DY U ]bUi[if WUgU XY `cg dcXYfYg XY` diYV`c El Consejo Comunal Centro la Peña cristalizó su casa comunal, la cual se convertirá en un espacio para el funcionamiento de los poderes del pueblo reuniendo allí la Junta Parroquial, la Caja de Ahorros de la comunidad, la Oficina Comunal además de convertirse en el centro de múltiples actividades culturales y de capacitación en el
Municipio Bolívar. Se logró constituyó una inversión de Bs.F 97.368,42, otorgada por la Gobernación del Estado a través del programa de transferencia de obras. Con la culminación de la obra ya suman cuatro los proyectos ejecutados por éste consejo comunal, entre ellos la adquisición de transfor-
Alcalde Evaristo Jiménez y el Secretario de Participación Popular Juan Pablo Albornoz acompañaron a la comunidad en la inauguración
madores para la puesta en funcionamiento del laboratorio de computación de las instituciones educativas del sector y la compra de una casa para el club de la tercera edad, proyectos ejecutados con recursos de la Fundación Fondo de Regional de Apoyo a los Consejos Comunales (Fundaconsejos) así como la dotación materiales y equipos para el beneficio de los estudiantes por parte de Fundacomunal. La vocera Elizabeth Timaure, explicó que el recurso les alcanzó para dotar parcialmente la casa comunal, aspecto que constituye un valor agregado al proyecto ya que no estaba contemplado inicialmente. Actualmente hemos iniciado un proyecto de vialidad con recursos de la alcaldía y estamos esperando respuesta del gobierno nacional para la electrificación de la zona y la dotación de tanques de agua. En el acto de inauguración estuvieron presentes el alcalde Evaristo Jiménez, Juan
Olisarith Polanco / Fotos: Cortesía CC
Fachada de la Casa de los Poderes del Pueblo del Sector La Peña, Municipio Bolívar
Pablo Albornoz, secretario de Participación Popular y presidente de Fundaconsejos, José Chirino, presidente de la Cámara Municipal de Bolívar, entre otras autoridades que acompañaron a esta comunidad bajo un ambiente de alegría y satisfacción por los logros alcanzados en los proyectos ejecutados. Durante su intervención, el doctor Albornoz, quien asistió en representación de la Gobernadora manifestó que la Peña es una comuni-
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dad con altos niveles de organización, reflejada en la materialización de soluciones para la comunidad destacando el hecho de haber generado una cultura de rendición de cuentas que les ha permitido continuar desarrollando proyectos para el beneficio del colectivo.
Consejo comunal clama
Joanne López Chirinos /Fotos: Juan Carlos Martínez
Vías de acceso dignas para La Cuchilla
Miembros del consejo comunal
Las vías requieren ser rehabilitadas
Llegar a la parroquia Zazárida de Cumarebo, en el municipio Zamora, nos llevó cerca de hora y media. El recorrido es impresionantemente natural entre el verdor de sus caminos, el olor a pasto húmedo, los rumiantes en plena faena de alimentación, pero el camino se hace un penoso calvario por el mal estado en que se encuentra la vía. Las lluvias del pasado final de año hicieron estragos, mas no se sabe de algún proyecto de rehabilitación de las mismas, comentaron los integrantes del Consejo Comunal La Cuchilla. Llegar allí nos llevó media hora más de camino, al recorrer unos 3 ó 4 kilómetros de una empinada montaña que nos
dejó descubrir en su cúspide un poblado no mayor de 42 familias y 159 habitantes. Nurvia Galicia, Milka González, Ana Rodríguez, Isaen Galicia y Dani Salcedo, secretaria de Finanzas, de Comunicación, Cultura, Agricultura y Educación, respectivamente, nos comentan de los logros y necesidades que tiene esta comunidad, cuyas soluciones gestiona el consejo comunal que ya está por arribar a dos años de funcionamiento. Nurvia, que fungió como vocera del consejo, nos comentó: “precisamente hoy estamos esperando una comisión de lo que era Invialfa, ahora Equipamiento Físico, para saber qué van a hacer y
para cuándo comenzaría lo de la reparación de la vía que tiene tiempo en mal estado. En meses pasados, el consejo comunal y la comunidad en pleno, pagaron para que un pailover abriera paso para entrar al sector, pues era casi intransitable y nadie quiere que sus vehículos pasen por allí. Otra necesidad, que de alguna manera tiene que ver con la situación vial y la falta de compromiso de las autoridades, es el agua. Les llega cada 8 ó 30 días, si señor, aunque usted no lo crea. “Cuando vemos que van ocho días y nada que llega el camión de la alcaldía, rogamos a Dios para que llueva para llenar los trastes”. Aunado a ello, carecen de aguas servidas, médico, enfermera, dotación del ambulatorio, salón de computación para los
niños, y urgen por la ampliación de la escuela y la construcción de un preescolar para los 17 lactantes que cursan educación inicial. Además no tienen cancha recreacional y requieren de un aula para el funcionamiento de la aldea bolivariana para los favorecidos por la Misión Ribas en la zona. El transporte público es totalmente inexistente. De manera que elaboran el proyecto para adquirir uno que lleve a los muchachos a la escuela y a las familias hasta Cumarebo y Coro para hacer las diligencias cotidianas de las personas.
El Guanábano, unirán esfuerzos para construir un mercalito en la zona que beneficie y garantice la soberanía alimentaria. Nurvia Galicia explicó que desde el año pasado se aprobó un Pdvalito; se acondicionó el lugar, se pintó y rotuló, pero nunca llegó la mercancía, de manera que hace falta la ubicación de productos de primera necesidad para las comunidades. Logros y más logros El consejo comunal ha cristalizado varios proyectos, entre ellos la construcción del ambulatorio de la comunidad donde se ubicó la sala de espera y de hospitalización, los baños para los pacientes y
Mancomunan esfuerzos Los consejos comunales de la parroquia Zazárida, integrados por La Cuchilla, Zazárida, Algarrobal, Corozalito y
Aquí se pondría en funcionamiento el Pdavalito, pero nunca llegó la mercancía
La escuela urge por ampliación
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el personal médico, así como el friso interno de la estructura. Se invirtieron 120 millones de bolívares aportados por Fundacomunal, pero fue insuficiente, ya que faltó el friso externo y la edificación del cuarto de los médicos. Además del equipamiento y dotación del mismo. Igualmente la donación de seis computadoras para las escuela y la asociación de productores. Esperan por la ampliación de la escuela y con ella realizar el Infocentro para los pequeños y adolescentes. Con 35 mil bolívares fuertes se electrificó la calle principal de La Cuchilla sustituyéndose las guayas, el aporte lo dio Fundaconsejos.
Electrificación de la zona con 35 mil bolívares fuertes
En Monte Verde II
Joanne López Ch. / Fotos: Cortesía C.C.
Ã@Ug ;UffUg XY` @Y bÄ fYU`]n CdYfUh]jc XY @]ad]YnU El pasado 7 de marzo, los habitantes de la comunidad Monte Verde II participaron en la jornada de limpieza de su sector a través del programa municipal de saneamiento ambiental que dirige el ayuntamiento mirandino. Así lo expresó la Zenaida Pérez, vocera de éste consejo comunal y manifestó “todos los habitantes de este populoso sector sacaron los cachivaches y limpiaron su frente para así participar en éste operativo que contó con la recepti- Los vecinos en pleno acción ambiental y de limpieza vidad de la colectividad, dado como Consejo Coquienes pusieron su gra- munal legalmente consnito de arena para que tituido”. todo fuese un éxito” Finalmente Pérez En la referida activi- extendió una invitación dad también se hicieron para este jueves 21 de presentes directivos de este mes a una jornada la Alcaldía de Miranda, de Mercal a realizarse así como agentes poli- en el callejón Borregales ciales, Fundaregión, Hi- entre Calle Borregales y drofalcón, IMAU. Entes Calle Ampies de dicho a los que agradecen su sector, continuando así participación y muy es- con las actividades plaAlgunas autoridades presentes en el operativo de pecialmente “al alcalde nificadas en beneficio saneamiento el respaldo que nos ha de la comunidad.
J][]`U hi CVfU gidYfj]gU WcbghfiWW] b XY YgWiY`U Yb DUfU[iUbz José Luis Peña / Fotos: Cortesía
Atender el sector educacional es una de las principales tareas que tiene el Gobierno bolivariano, por ello en días pasados fue supervisada por funcionarios del programa permanente Vigila tu Obra,
los trabajos de construcción de la escuela Luis Beltrán Prieto Figueroa del sector Universitario, municipio Carirubana, estado Falcón. En la obra que lleva a cabo la empresa: SSUSMIFAL C.A; el
El equipo observó ciertas irregularidades
equipo de Vigila tu Obra integrado en esta ocasión por el Ing. Franlis Sarmientos y la TSU. Valeria Medina, pudieron observar ciertas irregularidades tales como: filtraciones en algunas áreas del techo, tapas de interruptores
y cajetines con cierta desviación, tuberías corrugadas de descarga de los lavamanos, vidrios fijados en ventanas con puntos de silicona sin la macilla. La acción ha tomar por Vigila tu Obra será la de enviar un comunicado al ente contratante instándolo a que aplique las sanciones correspondientes a la empresa por incumplimiento de compromiso adquirido en acta, donde se establecía como fecha de entrega de la obra el 21 de abril de 2009. Es de mencionar la importancia que le ha dado Vigila tu Obra a la comunidad estudiantil de todo el territorio falconiano, siempre alerta para que se cumplan eficazmente los trabajos que se realizan en sus institutos educativos.
H]dg WcbgY^Yfcg En los próximos días se iniciarán las consultas de una serie de leyes que por su contenido se relacionan directamente con los consejos comunales, ¿cómo podemos participar de manera efectiva en estos procesos? R. Efectivamente, ya se iniciaron las discusiones de grandes instrumentos jurídicos para este año. Entre ellas la reforma de la Ley de los Consejos Comunales, que recoge la experiencia de los errores y aciertos que se han dado en la práctica; la Ley de Propiedad Social, que es necesario conocer al detalle por cuanto permite desarrollar formas de propiedad y figuras organizativas para la organización social novedosa; la Ley Orgánica del Sistema de Justicia, que por primera vez incorpora a consejos comunales en programas de justicia y conformación de tribunales, y la reforma de la Ley de Regularización de Tenencia de la tierra en los asentamientos urbanos populares, que amplía los mecanismos de titularidad y justicia sobre terrenos para los colectivos y las familias. Y en lo regional la nueva Constitución del estado Falcón. P. ¿Qué mecanismos tienen los consejos comunales para proponer leyes y participar en los proyectos ya presentados? R. La ley de los consejos comunales en su artículo 21, numeral 8, establece como una de las funciones de éstos: “Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y participar en los procesos de consulta en el marco del parlamentarismo social de calle”. Esto significa que los consejos comunales no sólo pueden hacer propuestas a los proyectos de leyes ya elaborados, sino proponer leyes nuevas a nivel nacional, de los estados y también ordenanzas municipales. P. Se nos informa a los integrantes de los consejos comunales que debemos conformarnos en comunas. ¿Eso está en alguna Ley? R. Aún no tenemos una ley para las comunas. Existen algunas ideas como anteproyectos de Ley a nivel del estado y otras, pero las comunas están en su proceso natural de desarrollo y las leyes que pudieran regirla deben nutrirse de la experiencia de su gestación. Por otra parte, existe la creencia de que la comuna es solo la integración de varios consejos comunales, y es mucho más que eso, porque tiene que ver con el desarrollo de áreas territoriales y las diferentes expresiones organizativas que allí existen, no solamente consejos comunales. P. ¿Los consejos comunales pueden proponer alguna forma de descentralización, ya que sólo se habla de ésta para transferir recursos del poder nacional a gobernaciones y alcaldías? R. Los consejos comunales son en efecto los llamados a promover la verdadera descentralización. El mismo artículo 21, numeral 7, le confiere a los consejos comunales la facultad de “promover la transferencia de servicios”, con lo cual los consejos comunales pueden presentar proyectos de leyes donde planteen la solicitud de transferencia tanto del gobierno nacional como de la gobernación y alcaldías. Es necesario que el poder comunal organizado asuma este desafío y comience a sentirse como autogobierno comunal, demostrando iniciativa y capacidad para asumir funciones y servicios que están concentrados en el poder público. Ese es el reto que nos indica el futuro y no dejar que sea un gobernador o un alcalde el que tome la iniciativa de decidir cómo administrar los servicios. Además es norma constitucional establecida en el artículo 184 de nuestra constitución. La verdadera descentralización es de los poderes públicos hacia los poderes creadores del pueblo, pero es necesario que el mismo pueblo la convierta en ley. Abg. Cástor Núñez Morles castornum@hotmail.com http://expresiondelpodercomunal.blogspot.com
Punto Fijo - Coro, jueves 28 de mayo de 2009