Tetrafoliar - Sentencia propiedad intelectual colectiva indígena

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La Corte de Constitucionalidad

La acción de inconstitucionalidad general parcial

La Corte de Constitucionalidad es un tribunal que se encarga de defender los derechos reconocidos en la Constitución Política de la República de Guatemala y en los tratados internacionales de derechos humanos. Una de sus funciones es resolver casos, en los cuales se señala que existe una ley contraria a los derechos de las personas reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos. En este foliar, la Corte presenta una sentencia sobre estos casos para ilustrar el derecho a la propiedad intelectual colectiva indígena y el derecho de autor de las tejedoras mayas. Esto, con la finalidad de contribuir a informar e impulsar el cumplimiento de la sentencia.

El Movimiento Nacional de Tejedoras Mayas expuso ante la Corte de Constitucionalidad que el Congreso de la República de Guatemala no garantizó el derecho a la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas, pues solo legisló a favor de la propiedad intelectual individual. Basado en esto, el Movimiento solicitó la modificación de artículos específicos de cuatro leyes para que se garantizara la propiedad intelectual colectiva, en especial, de los diseños ancestrales en los textiles e indumentaria de los pueblos indígenas.

Instituto de Justicia Constitucional El Instituto de Justicia Constitucional, adscrito a la Corte de Constitucionalidad, fue creado por el acuerdo 07-2010 de la Corte de Constitucionalidad con el objetivo de fortalecer la justicia constitucional, promoviendo el estudio del Derecho Constitucional, la jurisprudencia constitucional producida por la Corte de Constitucionalidad en Guatemala, la doctrina constitucional iberoamericana y el Derecho Comparado. Para cumplir con su función el Instituto lleva a cabo procesos formativos, establece acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional y con organismos internacionales. Además, realiza publicaciones periódicas vinculadas con el Derecho constitucional, procesal constitucional, derechos humanos y materias afines.

SENTENCIA PROPIEDAD INTELECTUAL COLECTIVA INDÍGENA De 24 de octubre de 2017, Expediente No. 2112-2016


La Corte de Constitucionalidad

La acción de inconstitucionalidad general parcial

La Corte de Constitucionalidad es un tribunal que se encarga de defender los derechos reconocidos en la Constitución Política de la República de Guatemala y en los tratados internacionales de derechos humanos. Una de sus funciones es resolver casos, en los cuales se señala que existe una ley contraria a los derechos de las personas reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos. En este foliar, la Corte presenta una sentencia sobre estos casos para ilustrar el derecho a la propiedad intelectual colectiva indígena y el derecho de autor de las tejedoras mayas. Esto, con la finalidad de contribuir a informar e impulsar el cumplimiento de la sentencia.

El Movimiento Nacional de Tejedoras Mayas expuso ante la Corte de Constitucionalidad que el Congreso de la República de Guatemala no garantizó el derecho a la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas, pues solo legisló a favor de la propiedad intelectual individual. Basado en esto, el Movimiento solicitó la modificación de artículos específicos de cuatro leyes para que se garantizara la propiedad intelectual colectiva, en especial, de los diseños ancestrales en los textiles e indumentaria de los pueblos indígenas.

Instituto de Justicia Constitucional El Instituto de Justicia Constitucional, adscrito a la Corte de Constitucionalidad, fue creado por el acuerdo 07-2010 de la Corte de Constitucionalidad con el objetivo de fortalecer la justicia constitucional, promoviendo el estudio del Derecho Constitucional, la jurisprudencia constitucional producida por la Corte de Constitucionalidad en Guatemala, la doctrina constitucional iberoamericana y el Derecho Comparado. Para cumplir con su función el Instituto lleva a cabo procesos formativos, establece acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional y con organismos internacionales. Además, realiza publicaciones periódicas vinculadas con el Derecho constitucional, procesal constitucional, derechos humanos y materias afines.

SENTENCIA PROPIEDAD INTELECTUAL COLECTIVA INDÍGENA De 24 de octubre de 2017, Expediente No. 2112-2016


La decisión final de la Corte La Corte de Constitucionalidad reconoció el derecho a la propiedad intelectual colectiva indígena y los derechos de autor de las tejedoras mayas. En este sentido, declaró la inconstitucionalidad general parcial por omisión relativa el artículo 11 de la Ley de Protección y Desarrollo Artesanal, Decreto 141-96, ya que este artículo otorga beneficios, como exoneración de impuestos, a las asociaciones y gremios artesanales, pero no incluye a las tejedoras. Así también, consideró que los artículos objeto de la acción de inconstitucionalidad contenidos en la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, Ley de Propiedad Industrial y Código Penal no violan la identidad cultural, ni desatienden la protección de los conocimientos y expresiones culturales tradicionales. En todo caso, estableció que lo relacionado a la Propiedad Intelectual Colectiva debe ser considerado en una ley específica. En consecuencia, exhortó al Congreso de la República:

A reformar al artículo 11 de la Ley de Protección y Desarrollo Artesanal, Decreto 141-96, para evitar la discriminación y tomar en cuenta la realidad organizativa de los pueblos indígenas.

A crear una ley que garantice la propiedad intelectual de los pueblos indígenas y resguarde los derechos de autoría colectiva de las tejedoras indígenas.

La Corte recomendó que la ley específica tome en cuenta: •

El reconocimiento de la propiedad intelectual colectiva indígena.

Los principios que la rigen y lo que protege, en especial, la titularidad y la protección sin límite de tiempo.

La creación de un sistema de registro de conocimientos y expresiones culturales.

Los autorizados a su aprovechamiento, aclarando que no se ceden los derechos de propiedad.

Las medidas para evitar el uso inadecuado y no autorizado de la propiedad intelectual colectiva indígena.

Los mecanismos para que los pueblos indígenas puedan defender su propiedad intelectual colectiva.

Las autoridades estatales que velarán por el cumplimiento de esta ley.

La propiedad intelectual colectiva indígena es un derecho que tienen los pueblos indígenas de propiedad, control y protección de su herencia cultural, incluidos sus diseños ancestrales. Una ley específica, en este sentido, protegerá estos diseños de la copia y venta indiscriminada, el peligro de patentización por terceros y garantizará a las tejedoras mayas sus derechos sobre estas creaciones artísticas, vinculadas a su historia, cultura y cosmovisión, así como a su sobrevivencia.


La Corte de Constitucionalidad

La acción de inconstitucionalidad general parcial

La Corte de Constitucionalidad es un tribunal que se encarga de defender los derechos reconocidos en la Constitución Política de la República de Guatemala y en los tratados internacionales de derechos humanos. Una de sus funciones es resolver casos, en los cuales se señala que existe una ley contraria a los derechos de las personas reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos. En este foliar, la Corte presenta una sentencia sobre estos casos para ilustrar el derecho a la propiedad intelectual colectiva indígena y el derecho de autor de las tejedoras mayas. Esto, con la finalidad de contribuir a informar e impulsar el cumplimiento de la sentencia.

El Movimiento Nacional de Tejedoras Mayas expuso ante la Corte de Constitucionalidad que el Congreso de la República de Guatemala no garantizó el derecho a la propiedad intelectual colectiva de los pueblos indígenas, pues solo legisló a favor de la propiedad intelectual individual. Basado en esto, el Movimiento solicitó la modificación de artículos específicos de cuatro leyes para que se garantizara la propiedad intelectual colectiva, en especial, de los diseños ancestrales en los textiles e indumentaria de los pueblos indígenas.

Instituto de Justicia Constitucional El Instituto de Justicia Constitucional, adscrito a la Corte de Constitucionalidad, fue creado por el acuerdo 07-2010 de la Corte de Constitucionalidad con el objetivo de fortalecer la justicia constitucional, promoviendo el estudio del Derecho Constitucional, la jurisprudencia constitucional producida por la Corte de Constitucionalidad en Guatemala, la doctrina constitucional iberoamericana y el Derecho Comparado. Para cumplir con su función el Instituto lleva a cabo procesos formativos, establece acuerdos de cooperación con entidades públicas y privadas a nivel nacional e internacional y con organismos internacionales. Además, realiza publicaciones periódicas vinculadas con el Derecho constitucional, procesal constitucional, derechos humanos y materias afines.

SENTENCIA PROPIEDAD INTELECTUAL COLECTIVA INDÍGENA De 24 de octubre de 2017, Expediente No. 2112-2016


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