La toma de decisiones con apoyo y la tutela

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La toma de decisiones con apoyo y la tutela

Acerca del Consejo de DD de

Ohio

El Consejo de Discapacidades del Desarrollo de Ohio (Ohio Developmental Disabilities Council, ODDC), es un grupo de planificación y defensa que cuenta con más de 30 miembros nombrados por el gobernador. El ODDC recibe y distribuye los fondos federales en forma de proyectos de subvenciones para proponer nuevas ideas, poner a prueba nuevos enfoques, empoderar a las personas y las familias, y abogar por el cambio en los sistemas a fin de que las personas con discapacidades participen más plenamente en sus comunidades.

Prefacio

Cuando una persona cumple 18 años, se considera adulta ante los ojos de la ley y es legalmente responsable de tomar sus propias decisiones. Si una persona no tiene la capacidad para tomar decisiones o cuidar de sí misma sin ayuda, es necesario establecer un marco de toma de decisiones que permita ayudar a dicha persona a vivir de la manera más feliz, segura e independiente posible. Tradicionalmente, la tutela ha sido la estrategia predeterminada para brindar apoyo a un adulto con discapacidades del desarrollo. No obstante, en fechas más recientes, los cambios en las leyes de Ohio exigen que se consideren alternativas menos restrictivas antes de establecer una tutela. Debido a los grandes esfuerzos de promoción por parte de las personas interesadas, las alternativas a la tutela se están adoptando y usando de forma más generalizada y la tutela se considera con mayor frecuencia como la opción de último recurso. Esperamos que este libro les proporcione información a las personas que se representan a sí mismas, así como a los familiares y personas de apoyo, sobre la variedad de opciones que existen para brindarle asistencia a una persona en la toma de decisiones. Dicha información tiene la finalidad de que se consideren todas las opciones al momento de determinar cuál es la mejor manera de ayudar a una persona para que viva su vida de la mejor manera.

Esta información está pensada para las personas con necesidades especiales y las familias que tienen un ser querido con necesidades especiales. No obstante, puede ser de utilidad para otras personas que necesitan orientación durante los procesos, a menudo confusos e intimidantes, de la toma de decisiones, el tribunal de sucesiones y la tutela. Esperamos que este libro ayude a las personas y las familias a comprender las estrategias que se encuentran disponibles con el fin de planificar para una persona con discapacidad, disminuir el miedo a la edad adulta y brindar orientación para que todos los habitantes de Ohio vivan de la manera más feliz, productiva e independiente posible.

El presente libro no proporciona asesoramiento legal, sino que ofrece información general que puede o no aplicarse a cualquier situación específica. Por ello, recomendamos a los lectores que consulten con sus propios abogados a fin de hacer las planificaciones necesarias para sus situaciones particulares.

Atentamente, Logan Philipps y Derek L. Graham

¿Qué son la toma de decisiones con apoyo y la tutela?

¿Cuáles son los documentos de apoyo para la toma de decisiones?

Responsable de la toma de decisiones autorizado: la toma de decisiones en el sistema de discapacidades del desarrollo (DD)

Responsable de la toma de decisiones autorizado

Poder general

¿Existen posibles inconvenientes con un poder duradero?

Poder para la atención médica

Poder para decisiones educativas

Divulgación de información/exenciones de privacidad

Otros recursos disponibles que deben tenerse en cuenta

Representante del beneficiario

Depósitos directos y pago automático de facturas

Pagos directos a los proveedores de servicios

Servicios de protección

Órdenes de protección

Tutela

¿Cuáles son los derechos del tutor y cuáles los derechos del pupilo?

¿Qué tipos de tutela se pueden establecer?

Tutela de la persona

Tutela del patrimonio

Tutela general

Tutela limitada

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Índice

Tutela de emergencia

Tutela provisional

Cotutela

¿Es responsable el tutor si el pupilo comete un delito, lesiona a otra persona o daña una propiedad?

¿Qué tipo de responsabilidad tiene el tutor?

¿Debe el tutor vivir en Ohio?

Después del fallecimiento de los padres, ¿quién será el tutor del pupilo?

¿De qué manera se establece una tutela?

¿Es necesario contar con un abogado para solicitar la tutela?

¿Qué sucede si el tutor no es adecuado o no hace un buen trabajo?

¿Se puede terminar una tutela una vez establecida?

¿Puede uno de los padres cumplir las funciones de tutor y de proveedor de servicios remunerado?

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Información sobre los autores 23 23 24 25 26 28 32 32 34 35

Glosario

A fin de explicar los conceptos de tutela y toma de decisiones con apoyo, es necesario definir algunos términos. Gran parte de los términos (pupilo, incompetente, etc.)

se usan en este libro debido a que aparecen en las leyes actuales de Ohio. De forma adicional a dichos términos, incluimos palabras o descripciones alternativas que son más ampliamente aceptadas dentro de la comunidad de personas que se representan a sí mismas, familiares y personas de apoyo.

Tutor

Persona adulta designada por un tribunal de sucesiones para actuar en nombre de una persona declarada como incompetente por un tribunal.

Pupilo

Adulto para quien un tribunal de sucesiones ha designado un tutor. **Los autores prefieren usar el término persona bajo tutela en lugar de pupilo.

Tribunal de sucesiones

Tribunal de causas comunes del condado que determina si es necesaria una tutela y, a partir de ese momento, cumple la función del tutor superior que supervisa la tutela.

Carta de tutela

Orden judicial firmada por el juez del tribunal de sucesiones donde se otorga la autoridad para que el tutor actúe en nombre del pupilo.

Incompetente

Toda persona cuya deficiencia mental es tan significativa (ya sea como resultado de una enfermedad o discapacidad mental o física, de una discapacidad intelectual o del abuso crónico de sustancias) que le impide cuidar adecuadamente de sí misma o de su propiedad o le imposibilita proveer de lo necesario a su familia o a otras personas a las que tiene la obligación legal de mantener.

Capacidad

Facultad para comprender los efectos de los propios actos y decisiones.

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Representante

Persona que actúa en nombre de otra persona.

Poder

Autoridad para actuar en nombre o en conjunto con otra persona respecto a asuntos legales o financieros específicos.

¿Qué

es la toma de decisiones con apoyo?

La toma de decisiones con apoyo es un marco que todas las personas usamos con frecuencia. Es el proceso de buscar amigos de confianza, asesores y personas de apoyo a fin de que nos proporcionen información que, posteriormente, procesamos y consideramos al tomar decisiones por nosotros mismos. Con mucha frecuencia, esto ocurre de forma natural sin ningún documento legal de por medio. Sin embargo, dicho proceso también puede estar estructurado y establecido en documentos legales e, incluso, es un proceso que debería producirse dentro de una tutela. La toma de decisiones con apoyo puede ser tan simple como pedirle un consejo a un amigo sobre qué ropa usar o mucho más complejo, como buscar ayuda para tomar decisiones en relación con las opciones de atención médica. Un componente central de la toma de decisiones con apoyo es que permite a la persona con discapacidad tomar una decisión con ayuda de una o más personas de su elección. En Ohio, existen personas que están haciendo grandes esfuerzos de promoción con el fin de fomentar la concientización y el uso de la toma de decisiones con apoyo. La Red de Apoyo para la Toma de Decisiones de Ohio (Supported Decision-Making Network of Ohio, SDMNO). Si desea obtener más información, consulte el sitio web de la SDMNO en: https:// ohionetworkforinno.wixsite.com/supported-decision-m.

A fin de poder analizar en profundidad las alternativas que existen para la tutela, es necesario proporcionar una breve descripción de lo que es. Los diferentes tipos y usos de las tutelas los describimos más adelante en este libro. La tutela es una relación establecida por orden de un tribunal en la que se otorga autorización a un adulto para que tome decisiones y actúe en nombre de otra persona adulta. A menudo, las tutelas se establecen con el fin de que un tercero (por lo general uno de los padres o un familiar) esté autorizado para tomar decisiones y ac-

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tuar en nombre de una persona. Para establecer la tutela de un adulto, es necesario determinar que la persona en cuestión es incompetente. Dicha designación es una determinación jurídica y se define en el glosario de la página 6. Una persona se considera incompetente si es incapaz de cuidar de sí misma o de su propiedad de forma adecuada.

No es posible establecer una tutela sin contar con la evaluación de un perito, completada por un profesional médico, donde se indique que el pupilo propuesto es “incompetente”. Dichos formularios de evaluación (y la mayoría de los demás formularios de tutela) se encuentran disponibles en el sitio web de la Corte Suprema de Ohio y en la mayoría de los sitios web de los tribunales de sucesiones de los condados.

La tutela es la estrategia más restrictiva que se encuentra disponible para brindar apoyo a las personas. Por este motivo, las leyes de Ohio exigen que se exploren otras alternativas a la tutela. Como parte de la investigación relacionada con la tutela, el personal del tribunal debe determinar si existe una alternativa menos restrictiva. En muchas de las alternativas, la persona con discapacidad no pierde ningún derecho, sino que le otorga a otra persona la autoridad para actuar en su nombre o en conjunto con ella. La persona con discapacidad conserva sus derechos, pero básicamente dice:

“Me gustaría que me ayudaran a hacer algunas cosas y tomar algunas decisiones y, en ocasiones, quiero que otra persona actúe en mi nombre o tome decisiones por mí o conmigo, dependiendo de la situación”.

Debido a que las leyes de Ohio exigen que la tutela sea el último recurso, la toma de decisiones con apoyo y otras alternativas pueden ser las primeras estrategias que se consideran cuando una persona con discapacidad cumple 18 años. La toma de decisiones con apoyo enfatiza que todas las personas mayores de 18 años tienen derecho a la libre determinación y que la presencia de una discapacidad no debe impedirle tomar decisiones que afectan su vida. Además, es importante tener en cuenta que no

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hay una fecha límite para que una familia solicite la tutela. Por consiguiente, si la familia o la red de apoyo no está segura de si debe confiar en las alternativas o solicitar la tutela, las leyes de Ohio establecen que deben considerar las alternativas en primer lugar y, después, recurrir a la tutela si dichas alternativas no son eficientes.

La toma de decisiones con apoyo natural ocurre cuando una persona no firma ningún documento legal formal. Dicha toma de decisiones es una alternativa de mucha utilidad para algunas personas. Sin embargo, los autores del presente libro prefieren la toma de decisiones con apoyo que implica la inclusión de los documentos legales explicados a continuación y a los que se hace referencia como documentos de apoyo para la toma de decisiones. Alentamos a todas las personas (con o sin una discapacidad del desarrollo) a firmar documentos legales para formalizar las relaciones de apoyo en la toma de decisiones. Para que una persona pueda firmar los documentos de apoyo para la toma de decisiones que se detallan en la sección siguiente, dicha persona debe tener la capacidad (definida en el glosario) para hacerlo. Es importante destacar que una persona declarada incompetente aún puede tener la capacidad de tomar ciertas decisiones, incluida la capacidad de firmar los documentos de apoyo para la toma de decisiones a los que se hace referencia en el presente libro.

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¿Cuáles son los documentos de apoyo para la toma de decisiones?

Una persona puede hacer uso de los documentos de apoyo para la toma de decisiones mediante la firma de una serie de documentos que confieren autoridad a otras personas para actuar en nombre o en conjunto con dicha persona. Por lo general, los documentos requeridos para proporcionar el apoyo necesario son los siguientes:

• Responsable de la toma de decisiones autorizado

• Poder general

• Poder para atención médica

• Poder para decisiones educativas

• Divulgación de información/exenciones de privacidad

Es importante tener en cuenta que, una vez establecida una tutela, la persona bajo tutela no debe firmar documentos legales como los mencionados anteriormente hasta que se ponga fin a la misma. Antes de solicitar que una persona bajo tutela firme los documentos mencionados o cualquier otro documento legal, es recomendable consultarlo con un abogado.

Responsable de la toma de decisiones autorizado: la toma de decisiones en el sistema de discapacidades del desarrollo (DD)

En 2012, se modificó el proceso de la toma de decisiones para los servicios y programas ofrecidos a través de las juntas de discapacidades del desarrollo del condado y del Departamento de Discapacidades del Desarrollo de Ohio (Ohio Department of Developmental Disabilities, DODD) con la finalidad de incluir la autonomía e independencia de las personas.

Debido a ello, existe una presunción de competencia, lo que significa que, si no se ha establecido una tutela, la persona “podrá tomar la decisión”. Dicha persona puede solicitar y obtener asesoramiento, apoyo y

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orientación por parte de un familiar adulto

u otra persona sin renunciar al derecho de tomar la decisión por sí misma.

Responsable de la toma de decisiones autorizado

Si una persona que recibe servicios en el sistema de DD no tiene un tutor designado y no se siente cómoda tomando dichas decisiones por sí misma, puede autorizar a un adulto para que tome decisiones en su nombre respecto a los programas y servicios de DD.

El responsable autorizado de la toma de decisiones se aplica únicamente con los servicios de DD y no con los servicios o programas proporcionados por agencias externas al sistema de DD.

Dicha autorización debe constar por escrito. A pesar de que el DODD ha elaborado un formulario para tales autorizaciones (que tiene la ventaja de identificarse con facilidad) la ley no limita las autorizaciones por escrito a dicho formulario.

De acuerdo con esta autorización por escrito, el representante designado debe ser una persona adulta. Asimismo, dicha persona elegida no debe tener ningún interés financiero en relación con el servicio o programa. Por ejemplo, un proveedor no puede actuar como representante autorizado e inscribir a la persona en un programa de servicios proporcionados por la agencia para la que dicho proveedor trabaja. Además, los representantes elegidos no pueden internar a la persona que representan en un centro de desarrollo. Es de esperar que, en muchos casos, el representante elegido sea uno de los padres u otro familiar, incluso si también proporciona servicios o apoyos naturales.

Poder general

Una preocupación frecuente para aquellos que buscan ayuda con el fin establecer una tutela es que se aprovechen del pupilo propuesto y que, por lo tanto, se tomen malas decisiones financieras, como abrir cuentas de crédito, o se acumulen deudas significativas. Un poder general duradero permite que un adulto nombre a una persona como su representante con el fin de que actúe en su nombre si dicho adulto no tiene la capacidad de hacerlo por sí mismo. Este tipo de poder otorga

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al representante una amplia autoridad para administrar los asuntos financieros, así como la mayoría de los asuntos no médicos. Los asuntos y las decisiones médicas están cubiertos por un poder para la atención médica que se analiza más adelante en este libro. De esta manera, la persona con discapacidad conserva los derechos necesarios para fomentar la independencia. La persona, en conjunto con un representante, puede elaborar un plan que la proteja sin afectar sus derechos. Por ejemplo, si la persona adulta firma un contrato o compra un automóvil, el representante tiene la capacidad de ejercer la cláusula de terminación del contrato. Con un poder, el representante puede supervisar las transacciones de cuentas bancarias o tarjetas de débito y cerrar las cuentas, si es necesario.

Cuando un poder otorga autoridad únicamente sobre los asuntos financieros, se le suele

denominar poder financiero.

Cualquier poder puede ser un poder “duradero”. Un poder duradero es aquel donde se establece que, si el firmante queda incapacitado en un futuro, el representante conservará los derechos otorgados en el documento.

Un ejemplo, es el siguiente:

A los familiares/amigos les gustaría que su ser querido adquiriera la capacidad de administrar sus finanzas. Si uno de ellos se convierte en tutor de la persona, es posible que esta nunca obtenga la oportunidad de administrar sus propios bienes o cuentas bancarias. Sin embargo, si la persona firma un poder notarial para sus seres queridos, ellos podrían estar más involucrados en los gastos de la persona que se representa a sí misma. Si vamos más lejos, supongamos que la persona que se representa a sí misma tiene un trabajo y que a la familia/amigos les gustaría ayudarle a obtener su propia cuenta bancaria. No obstante, les preocupa que dicha persona pueda hacer un mal uso de los fondos

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o gastarlos en un “nuevo amigo”. Muchas familias afirman que esto es una gran preocupación, ya que su ser querido “nunca ha conocido a un extraño”. La familia/amigos podrían considerar la posibilidad de depositar el sueldo de la persona que se representa a sí misma en una cuenta de ahorros a la que no se pueda acceder excepto mediante retiros realizados directamente en el banco. Posteriormente, la familia/ amigos podrían crear una cuenta corriente separada vinculada a una tarjeta de débito. La familia/amigos podrían tomar dinero de la cuenta de ahorros y depositarlo en la cuenta corriente para que la persona que se representa a sí misma haga uso de dicho dinero. El monto del depósito dependería de la capacidad de la persona para administrar sus ingresos. La idea es que, si la familia/amigos depositan $25 en la cuenta corriente a fin de que la persona que se representa a sí misma los use para el almuerzo de la semana, pero la persona gasta los $25 en un día comprando el almuerzo para sus amigos, entonces la familia/amigos podrían asesorarla y la pérdida habrá sido únicamente de $25. Este tipo de acuerdos permite que la persona demuestre su capacidad para administrar fondos y el objetivo es que administre cantidades cada vez mayores de forma independiente.

¿Existen posibles inconvenientes con un poder duradero?

Un poder es un documento legal que otorga a una persona, el representante, la autoridad para actuar en nombre de otra. La persona en cuestión debe ser competente al momento de otorgarle autoridad a un tercero.

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Dado que la persona con discapacidad que firma el poder conserva el derecho de hablar y actuar por sí misma, algunas personas nefastas aún podrían aprovecharse de ella. Por lo tanto, es importante que el representante tome las precauciones necesarias para garantizar que no se aprovechen de la persona en cuestión. Además, la persona tiene la capacidad de quitarle la autoridad al representante y anular las decisiones que se hayan podido tomar en detrimento de esta. Esta situación requiere de equilibrio; el hecho de que un representante no esté de acuerdo con la decisión de la persona, no significa que dicha persona esté equivocada.

Aunque es una situación inusual de acuerdo con la experiencia de los autores, un poder notarial no siempre será aceptado o reconocido como válido por una organización, empresa o individuo. Por ejemplo, es posible que un banco no acepte el poder que otorga la autorización a un representante para actuar. En la mayoría de los casos similares, la empresa o institución tendrá su propio formato de poder para que lo completen.

Además, debido a que la persona debe tener la capacidad legal para firmar un poder, si una organización o persona no desea permitir que el representante actúe, podría presentar una objeción legal respecto a la capacidad de la persona al momento de firmar.

Poder para atención médica

Un poder para la atención médica permite que una persona elija quién desea que tome las decisiones de atención médica en su nombre en caso de no poder tomar dichas decisiones por sí misma. Es importante mencionar que una persona también puede nombrar a la persona a la que le gustaría que actuara como su tutor en caso de que fuera necesario. El tribunal de sucesiones debe autorizar a todos los tutores. Sin embargo, le da preferencia a la elección de la persona, si dicha elección es competente, adecuada y está dispuesta a aceptar el nombramiento. Si desea consultar un poder para la atención médica en línea, puede hacerlo en el sitio web http://www. akronbar.org/wp-content/uploads/2015/08/3NLTBasicProbateEstatePlanning.pdf.

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Poder para decisiones educativas

El poder para decisiones educativas permite a una persona ser la voz y actuar en nombre de una persona en el ámbito educativo. La persona designada puede, entre otras cosas, llenar formularios, hablar en las reuniones del Programa de Educación Individualizada (Individualized Education Program, IEP) y hacer una fila real o “virtual” para inscribirse en clases o reunirse con consejeros escolares, maestros y otras personas.

Divulgación de información/exenciones de privacidad

Una persona puede firmar un formulario donde autorice proporcionar información personal a un tercero. Por lo general, los proveedores usan dichas divulgaciones para satisfacer las solicitudes de información por parte de los familiares o cuidadores. Una exención de la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros de Salud (Health Insurance Portability and Accountability Act, HIPAA) es esencialmente un formulario de divulgación de información.

Una persona con una discapacidad puede incluir a otras personas en reuniones con profesionales de atención médica y otorgar acceso a información de salud protegida. Además, puede comunicar su intención de que otra persona le ayude con las citas médicas. De esta manera, la persona con discapacidad conserva los derechos necesarios para fomentar la independencia. Se puede firmar un consentimiento de divulgación de acuerdo con la ley HIPAA a fin de permitir que otra persona acceda a la información médica.

Un ejemplo, es el siguiente:

Un joven de 18 años recién cumplidos invita a su madre a asistir a su cita con el médico. En lugar de hablar en nombre de su hijo, la madre se sienta en un rincón y le permite explicarle sus síntomas al médico. Posteriormente, la madre puede proporcionarle información faltante al médico. Si vamos más lejos, la madre puede preparar a su hijo antes de la cita y luego él puede ingresar solo a la sala de examen para comunicarse con el médico. Después, el médico puede ir a la sala de espera y conversar con la madre, sin la presencia de su hijo, aunque se trate de un adulto. Más tarde, el médico puede volver a la sala de examen y proseguir con la consulta del paciente con la información que la madre le proporcionó. La idea es que el joven de 18 años recién cumplidos pueda convertirse en un defensor más proactivo respecto a su atención médica, pero que su madre o padre se encuentren presentes para asegurarse de comunicar la información adecuada.

Otros recursos disponibles que deben tenerse en cuenta incluyen los siguientes:

Representación de beneficiarios

Un representante del beneficiario es una persona o compañía designada por la Administración del Seguro Social para administrar los beneficios del Seguro Social de una persona con una discapacidad. Un representante del beneficiario recibe y administra los pagos mensuales en beneficio de la persona en cuestión. El representante del beneficiario puede pagar las facturas y distribuir el dinero en beneficio de la persona. Si las necesidades del beneficiario no consumen la totalidad del pago mensual, el representante del beneficiario guardará el dinero para su uso posterior. Es importante tener en cuenta que, incluso si una persona está bajo tutela o ha designado a un representante con un poder financiero, la Administración del Seguro Social exige que se designe a un representante del beneficiario si es necesario. Este nombramiento se vuelve otra “función” que el representante o tutor deberá desempeñar. Una misma persona puede actuar como tutor o representante y como representante del beneficiario.

Un representante del beneficiario, un representante autorizado o un defensor designado también pueden ser nombramientos disponibles para otros programas de beneficios o derechos estatales y federales. Es posible que cada agencia cuente con sus propios formularios o requisitos que sea necesario completar.

Si desea obtener información detallada sobre la función del representante del beneficiario, consulte la publicación del Consejo de DD: https://ddc.ohio.gov/resources-and-publications/financial-estate-planning/rep-payee-handbook.

Depósitos directos y pago automático de facturas

Al solicitar que los fondos provenientes del empleo o del Seguro Social se depositen directamente en una cuenta bancaria, permite que los fondos vayan directamente a esa cuenta y evita que el efectivo o los cheques caigan en manos de una persona que podría no ser capaz de manejar el dinero adecuadamente. Asimismo, se pueden configurar determinados pagos automáticos para pagar los gastos habituales, como los servicios públicos. Además, si la cuenta es una cuenta conjunta con

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una persona de confianza en la que se requiere de dos firmas para los retiros, la persona en cuestión puede administrar los fondos. Es importante que solo los activos que pertenecen a la persona con discapacidades se depositen en esta cuenta ya que Medicaid, el Seguro Social y otros beneficios con verificación de recursos considerarán que todos los fondos de la cuenta son propiedad de la persona con discapacidades y los tomarán en cuenta como un recurso. Por otro lado, existen herramientas que están disponibles para ahorrar dinero; de esta manera, no se toman en cuenta como un recurso. Dichos recursos se explican en el documento Planning for Bright Tomorrows disponible en el siguiente enlace: https://ddc.ohio.gov/ resources-and-publications/financial-estate-planning/financial-estate-planning.

Pagos directos a los proveedores de servicios

A fin de ayudar a una persona que, posiblemente, tenga problemas para administrar sus propios fondos, el representante del beneficiario, el fideicomisario o el representante puede realizar los pagos directamente a la persona o entidad que brinda un servicio.

Servicios de protección

Si un adulto con discapacidades del desarrollo sufre de abuso o negligencia y carece de la capacidad para protegerse a sí mismo, un tribunal puede ordenarle a una junta de discapacidades del desarrollo del condado que le brinde servicios de protección a dicha persona por un período breve. Esto se describe en las secciones 5126.30 a 5126.34 del Código Revisado de Ohio (Ohio Revised Code, ORC). Si la persona que necesita asistencia tiene más de 60 años, también podría ser elegible para recibir otros servicios disponibles para los adultos mayores a través de los Servicios de Protección para Adultos.

Órdenes de protección

Una persona también puede solicitarle a un tribunal que le ordene a un tercero, el cual la está lastimando o amenazando con lastimarla, que se mantenga alejado y no tenga ningún contacto. Sería demasiado restrictivo quitarle los derechos a una persona a través del establecimiento de una tutela con el fin de mantenerla segura cuando

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podría ser posible obtener el mismo resultado por medio de una orden judicial de protección.

Tutela

La tutela está pensada para ser el último recurso. Sin embargo, para muchas personas con discapacidades del desarrollo, es el curso de acción correcto. Por ello, se alienta a las familias a solicitar la tutela legal cuando sea adecuado y responda al interés superior de la persona bajo tutela. Si desea obtener una descripción de las tutelas, consulte las páginas 7 y 8.

¿Cuáles son los derechos del tutor y cuáles los derechos del pupilo?

Es importante recordar que, cuando se establece una tutela, el pupilo en realidad no pierde ningún derecho, sino que pierde la capacidad de ejercerlos por sí mismo. En cambio, una vez que se establece la tutela, el tutor tiene la autoridad legal para tomar decisiones en nombre de la otra persona. La Corte Suprema de Ohio

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ha promulgado normas que enfatizan que, cuando los tutores actúan en nombre de una persona bajo tutela, la voluntad, los deseos y las preferencias de dicha persona bajo tutela deben guiar las decisiones que toma el tutor en todo momento.

De igual modo, es importante tener en cuenta que algunos derechos son fundamentales para la persona y que el tutor no puede ejercer o limitar dichos derechos. Algunos ejemplos incluyen determinadas garantías procesales dentro de los procedimientos de tutela y derechos más comunes, como el voto. A menos que un tribunal dictamine específicamente que una persona es incompetente para votar, la persona conserva el derecho al voto, incluso si tiene un tutor general (descrito a continuación).

Asimismo, existen otras áreas de la vida de la persona que pueden estar relacionadas con los derechos fundamentales o el derecho a la privacidad. Puede haber ciertos procedimientos médicos para los que un tribunal de sucesiones no permitirá un que un tutor otorgue su consentimiento, como un aborto o la esterilización.

¿Qué tipos de tutela se pueden establecer?

Tutela de la persona

La tutela de la persona es una relación en la que el tutor tiene amplia autoridad para tomar decisiones y brindar apoyo en la mayoría de las áreas de la vida de una persona, incluidas, entre otras, las decisiones de atención médica, de alojamiento residencial, de programación diaria y muchas otras. Dichas decisiones incluirían las disposiciones relacionadas con alimentos, vestimenta, residencia, atención médica, recreación, educación y otros aspectos. Además, incluye consentimientos médicos, consentimientos para Planes

Individualizados de Servicios (ISP), consentimientos para participar en

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las Olimpiadas Especiales y para autorizar el uso de una fotografía de la persona, entre otros. La gran mayoría de las personas que tienen una discapacidad del desarrollo y que necesitan de un tutor, únicamente necesitarán una tutela de la persona.

Tutela del patrimonio

La tutela del patrimonio es una relación en la que el tutor controla y protege los bienes del pupilo. La tutela del patrimonio le otorga al tutor la autoridad para tomar todas las decisiones financieras por el pupilo. Dicha autoridad incluye la capacidad de celebrar contratos en nombre del pupilo.

Tutela general

La tutela general es una combinación de la autoridad otorgada en la tutela de la persona y la tutela del patrimonio. La tutela general le otorga al tutor la autoridad para tomar casi todas las decisiones por la persona (sin embargo, incluso con la tutela general, el tutor debe incorporar la toma de decisiones con apoyo en el proceso de toma de decisiones de la tutela tanto como sea posible).

Tutela limitada

La tutela limitada es una relación en la que el tutor tiene control únicamente sobre una parte de la vida del pupilo. Solo se ven afectados determinados derechos específicos. Por lo tanto, es posible tener una tutela limitada únicamente con fines médicos (es decir,

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con el fin de otorgar su consentimiento para procedimientos médicos), con fines de colocación o con el propósito limitado de autorizar planes de conducta o el uso de medicamentos psicotrópicos. Debido a que esta es la forma menos restrictiva de tutela, debe usarse siempre que sea posible cuando se requiera alguna forma de tutela. La tutela limitada también puede limitarse a un período determinado (p. ej., un año) en lugar de a un propósito.

Tutela de emergencia

La tutela de emergencia permite que un tribunal intervenga para designar a una persona como tutor por un período breve y preciso. La tutela de emergencia dura solo 72 horas. Sin embargo, después de una audiencia, el tribunal de sucesiones puede extender la tutela de emergencia por un período adicional de 30 días.

Tutela provisional

La tutela provisional permite que un tribunal designe a una persona de forma temporal o provisional en los casos donde el tutor anterior ya no se encuentra disponible. Inicialmente, se puede designar a un tutor provisional por un período de 15 días y, si existen motivos suficientes, la tutela provisional se puede extender durante otros 30 días.

Cotutela

La cotutela se produce cuando se designa a dos personas para actuar como tutores de alguien al mismo tiempo. En otras palabras, dos personas comparten las responsabilidades de la tutela. El éxito de una cotutela depende de la capacidad de los cotutores para trabajar en equipo al tomar decisiones, por lo que cualquier hostilidad o conflicto de personalidad que impida el trabajo en equipo puede ser considerado por el tribunal como motivo para denegar una cotutela. A pesar de que algunos tribunales incentivan la cotutela debido a la planificación de sucesión que se encuentra involucrada de forma inherente, otros tribunales tienen políticas que prohíben la cotutela debido a la posibilidad de conflicto. Si desea obtener información sobre si la cotutela es una opción en su condado, comuníquese con la oficina del

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tribunal de sucesiones de su condado. Es necesario que se comunique con el tribunal de sucesiones del condado de residencia del pupilo para determinar si la cotutela está disponible.

¿Es responsable el tutor si el pupilo comete un delito, lesiona a otra persona o daña una propiedad?

Si el tutor es cuidadoso en el desempeño de sus deberes y gestiona correctamente la información que tiene sobre riesgos e inquietudes, dicho tutor no tendrá ninguna responsabilidad por las acciones de la persona bajo tutela.

¿Qué

tipo de responsabilidad tiene el tutor por los contratos y gastos del pupilo?

Los posibles tutores no deben preocuparse por exponer sus bienes personales cuando consideran si deben convertirse en tutores.

Las leyes de Ohio establecen que el tutor no es personalmente responsable en virtud de ningún contrato firmado por dicho tutor en nombre del pupilo, a menos que el contrato en sí establezca que el tutor es responsable o que este actúe de manera negligente o fuera de los límites de su autoridad como tutor. Negligencia es un término legal. Una persona es negligente con respecto a las circunstancias cuando, por motivos de un error significativo en la debida atención, dicha persona no logra percibir o evitar el riesgo de que tales circunstancias puedan existir.

Al firmar documentos, es imprescindible que el tutor informe que está actuando en calidad oficial de tutor.

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Las palabras “tutor” o “como tutor” deben usarse después del nombre o la firma del tutor.

Algunos ejemplos de la manera adecuada de firmar son los siguientes:

Derek Graham por Logan Philipps, su tutor

Logan Philipps como tutor de Derek Graham

Logan Philipps, tutor de la persona de Derek Graham

Un tutor (de cualquier tipo) no tiene responsabilidad personal respecto a ninguna deuda del pupilo, a menos que el tutor o curador acepte ser personalmente responsable de la deuda, o que el tutor sea responsable de dicha deuda debido a otra relación legal (p. ej., atención médica proporcionada a un cónyuge, si la negligencia del tutor causó la deuda o si el tutor actuó más allá de su autoridad y ocasionó la deuda).

¿Debe el tutor vivir en Ohio?

Es conveniente que el tutor viva cerca del pupilo; de preferencia, en el mismo condado y el mismo estado. Es difícil que un tutor lleve a cabo sus deberes si no tiene contacto frecuente cara a cara con su pupilo. El tribunal de sucesiones tiene amplia autoridad para designar a un residente del estado o uno externo al estado como tutor de la persona de un individuo. Sin embargo, dicho tribunal solo puede designar a una persona de otro estado para que actúe como tutor del patrimonio si uno de los padres nombró a dicha persona de otro estado en un documento notariado o firmado por dos testigos.

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Después del fallecimiento de los padres, ¿quién será el tutor del pupilo?

Los padres pueden (y deberían) nombrar a una persona para que actúe como tutor de su hijo adulto incompetente. Por lo general, esto se establece en un testamento; sin embargo, también es posible hacerlo mediante un documento separado y tendrá validez si el padre o la madre firma el documento ante dos testigos que también deben firmar el documento como testigos, o si el documento está notariado.

Las leyes de Ohio respetan el derecho de los padres a elegir tutores para sus hijos que no pueden cuidar de sí mismos, sin importar en qué lugar viva el tutor. Por lo tanto, los padres pueden nombrar a un residente de otro estado para que cumpla la función de tutor. No obstante, los padres deben tener en cuenta que no todos los tribunales de sucesiones en Ohio están dispuestos a designar a un residente de otro estado como tutor. Además, debido a que Medicaid no se transfiere desde Ohio hacia otro estado, si la in- tención de uno o ambos padres es que su hijo viva con el tutor, es posible que deba considerar con mayor seriedad nombrar a un tutor que resida dentro del estado.

Es importante tener en cuenta que nombrar a una persona no significa que será asignada de manera automática. Los padres pueden “nombrar” a un tutor; sin embargo, el tutor nombrado aún deberá presentar una solicitud ante el tribunal de sucesiones y demostrarle a dicho tribunal que es apto para cumplir la función. En términos generales, los tribunales de sucesiones siempre agradecen que los padres hagan un nombramiento de tutela y, si es posible, dan preferencia al nombramiento de los padres.

Aunque las leyes de Ohio solo proporcionan autoridad legal para que

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los padres hagan un nombramiento, la realidad es que Ohio sufre de una escasez de personas que estén dispuestas a cumplir la función de tutores. Por este motivo, los tribunales de sucesiones alientan y agradecen a todos los tutores y familiares que consideren y nombren tutores sucesores. A pesar de que no hay nada que exija que un tribunal testamentario considere los nombramientos de personas que no son padres, los tribunales de sucesiones siempre están buscando formas de crear continuidad en el servicio y evitar vacantes de cualquier duración en el papel de tutor.

¿De

qué manera se establece una tutela?

El tutor propuesto debe presentar una solicitud ante el tribunal de sucesiones del condado donde vive el pupilo propuesto. Una vez presentada la solicitud, un investigador del tribunal de sucesiones, generalmente llamado investigador del tribunal, se comunicará con el tutor propuesto o la persona de contacto que figura en la solicitud y concertará una cita para visitar al pupilo propuesto y realizar una evaluación independiente con respecto a la necesidad de la tutela y la capacidad del tutor propuesto para cumplir la función.

Los solicitantes de tutela deberán presentar una verificación de antecedentes penales y firmar una declaración jurada en la que se comprometan a notificar al tribunal de sucesiones en un plazo de 72 horas si, en algún momento, el tutor es acusado de un delito (menor o grave).

Durante la reunión con el pupilo propuesto, el investigador del tribunal le informará que tiene los siguientes derechos:

• El derecho a oponerse a la tutela.

• El derecho a tener un abogado que lo represente, incluso si no puede pagar uno.

• El derecho a estar presente durante la audiencia.

• El derecho a recibir un aviso de la audiencia.

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• El derecho a solicitar un registro de la audiencia.

• El derecho a que un amigo o familiar de su elección esté presente.

• El derecho a realizar una evaluación independiente.

El investigador del tribunal elaborará un informe para el tribunal. En dicho informe, el investigador del tribunal proporcionará su opinión sobre si se debe establecer la tutela y sobre la idoneidad del tutor propuesto. El tribunal de sucesiones programará una fecha para llevar a cabo la audiencia. En la audiencia, el solicitante tendrá la responsabilidad de comprobar que la persona es incompetente y que el solicitante es apto para cumplir la función de tutor.

El tutor propuesto debe asistir a la audiencia y se le harán preguntas respecto a la relación, la necesidad y la voluntad de servir como tutor. El tutor propuesto prestará juramento y prometerá cumplir con las obligaciones legales asociadas con la tutela.

El pupilo propuesto no está obligado a asistir a la audiencia; sin embargo, tiene derecho a asistir a todas las audiencias. En la audiencia, el pupilo propuesto puede contar con un abogado sin costo alguno. Asimismo, en la audiencia, el pupilo propuesto o su abogado pueden comunicarse con el tribunal si no están de acuerdo con la tutela ni con el tutor propuesto. El pupilo propuesto puede presentar evidencia para demostrar el motivo por el que la tutela es innecesaria o por el que el tutor propuesto no es adecuado.

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¿Es necesario contar con un abogado para solicitar la tutela?

La necesidad de contar con un abogado que le proporcione asistencia dependerá de la normas del tribunal de sucesiones del condado donde vive el pupilo propuesto y del tipo de tutela solicitada. Antes de presentar la solicitud, la persona que solicita la tutela deberá comunicarse con el secretario del tribunal de sucesiones para preguntar si es necesario contar con un abogado.

En determinados condados, será necesario contratar los servicios de un abogado para presentar la solicitud de tutela en el tribunal de sucesiones, especialmente si la solicitud es para una tutela del patrimonio, en la que también es necesario pagar una fianza.

Si no necesita los servicios de un abogado, puede presentar su solicitud para cumplir la función de tutor. El proceso se basa en formularios y muchos tribunales de sucesiones cuentan con paquetes de los formularios requeridos. En la práctica, si su condado no ofrece un paquete, la persona que solicita la tutela deberá usar los formularios de tutela que se encuentran en el sitio web de la Corte Suprema de Ohio. Si no se siente cómodo gestionando el proceso o no está seguro de cómo proceder, le recomendamos que contrate a un abogado a fin de que le ayude con el proceso.

Las obligaciones de tutela se establecen en el Código Revisado de Ohio, las Normas de Superintendencia de Ohio y las normas de los tribunales de sucesiones locales. Algunas de esas obligaciones incluyen las siguientes:

Autoridad

El tutor de un pupilo se encuentra bajo la jurisdicción y autoridad del tribunal de sucesiones. Esto significa que los magistrados y jueces del tribunal supervisan a los tutores. Al tribunal se le conoce como tutor superior. Por lo tanto, los tutores deben seguir todas las órdenes

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del tribunal de sucesiones, que es su tutor superior y la fuente de su autoridad. En caso de no hacerlo, se les puede destituir de la función.

Educación

Las leyes de Ohio exigen que todos los tutores asistan a una capacitación obligatoria. Se trata de un curso básico de una sesión con una duración de seis horas y requisitos de educación continua (3 horas) para cada año posterior. Con el fin de ayudar a cumplir con este requisito, la Corte Suprema de Ohio ofrece cursos gratuitos a los tutores de personas adultas. Dichos cursos se ofrecen en muchas comunidades de Ohio y en línea a través de internet. Además, algunos condados cuentan con opciones locales para obtener información educativa sobre las tutelas.

Denuncias

Informes

Como mínimo, los tutores deben presentar informes anuales o semestrales ante el tribunal de sucesiones a fin de facilitar que el tribunal supervise la situación del pupilo y determine si es necesario que la tutela continúe.

La ley exige que los tutores presenten un informe de tutor ante el tribunal de sucesiones, al menos, una vez cada dos años. No obstante, la mayoría de los tribunales solicitan la presentación de informes de manera anual. No solo se requiere que los tutores indiquen si es necesario que la tutela continúe, sino que también deben presentar otra declaración de evaluación realizada por un perito y firmada ya sea por un médico, un trabajador social con licencia, un psicólogo clínico con licencia o por el equipo de discapacidades del desarrollo de la persona. En algunos condados, es posible que se les exima de dicha declaración una vez que hayan presentado el primer informe si no se espera que haya cambios en la condición del pupilo y en la necesidad de tutela. La exención para presentar informes anuales la concede el tribunal local a petición del tutor. La solicitud en cuestión debe ir acompañada de una declaración firmada por un perito donde se indique que no es probable que el estado del pupilo mejore.

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Abuso, negligencia o explotación

El tutor debe informar al tribunal de cualquier acusación pertinente de abuso, negligencia o explotación del pupilo.Dicho informe debe realizarse mediante una carta o comunicación por escrito y debe contener una explicación breve de lo sucedido y de las medidas adoptadas por el tutor para evitar que el problema vuelva a presentarse.

Cambio de residencia

El tutor debe notificarle al tribunal si cambia de residencia y debe proporcionarle dicha información antes de que ocurra el cambio. El tribunal debe aprobar el cambio de residencia de un pupilo a un entorno más restrictivo dentro o fuera del condado de designación del tutor, a menos que la demora en la autorización del cambio de residencia pueda afectar la salud y la seguridad del pupilo.

Finanzas

Los tutores del patrimonio deben obtener la autorización por parte del tribunal de sucesiones antes de realizar gastos del patrimonio del pupilo. Los tutores del patrimonio deben proporcionar anualmente información sobre la manera en que gastaron los fondos del pupilo en su nombre durante el año previo. Asimismo, los tutores están obligados a llevar un registro de los gastos y presentar recibos de cada uno de estos. La tutela del patrimonio puede ser complicada. A menos que dicha tutela sea absolutamente necesaria, considere el uso de una alternativa. Muy pocas personas con discapacidades del desarrollo en el estado de Ohio necesitarán una tutela del patrimonio debido a las diversas alternativas que se encuentran disponibles.

Solicite orientación

En caso de tener dudas sobre lo que deben hacer en nombre del pupilo, los tutores pueden solicitar la orientación del tribunal de sucesiones. Es posible que el tutor deba presentar una petición al tribunal para obtener orientación y solicitar una audiencia para obtener dicha orientación. Es muy recomendable que los tutores consulten a un asesor legal antes de presentar cualquier petición de este tipo ante el tribunal de sucesiones.

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Cuidado y defensa

Se espera que los tutores ejerzan la debida diligencia y soliciten la opinión de expertos al otorgar su consentimiento informado en nombre de un pupilo. De igual modo, se espera que los tutores se informen y aboguen por los servicios y apoyos que mejor satisfagan las necesidades del pupilo. Las decisiones médicas complejas y las decisiones sobre el tratamiento para el final de la vida son responsabilidad del tutor. En todos estos casos, es importante que el tutor conozca las preferencias y deseos del pupilo en la mayor medida posible y que incluya dichas preferencias en la decisión que tomará. Los tutores no pueden delegar su autoridad en estas situaciones y es necesario que tengan en cuenta la protección del derecho a la privacidad del pupilo.

Maximice la planificación centrada en la persona

Las leyes de Ohio dejan en claro que todas las personas con discapacidades del desarrollo, incluidas aquellas con tutores, tienen derecho a participar en las decisiones que afectan sus vidas y a que se consideren sus necesidades, deseos y preferencias. Los tutores deben elaborar y presentar un plan anual que enumere los objetivos personales y financieros de la persona bajo tutela. El plan anual es un documento adicional al informe de tutela. Este requisito, que entró en vigor en junio de 2015, es un reflejo del acto tan extraordinario que es la tutela y les recuerda a todas las personas que un pupilo es un ser humano con objetivos y derechos, y que un tutor debe actuar como defensor a fin de ayudar al pupilo a vivir de la manera más independiente posible.

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¿Qué sucede si el tutor no es adecuado o no hace un buen trabajo?

Si una persona considera que un tutor no hace un buen trabajo, debe dirigir el asunto a la atención del tribunal de sucesiones. Todos los tribunales de sucesiones deben contar con un mecanismo mediante el cual cualquier persona o entidad pueda presentar una denuncia ante dicho tribunal con respecto al desempeño o la toma de decisiones de un tutor. El tribunal puede fijar una audiencia para las denuncias de este tipo, o puede pedirle a su investigador que revise la situación del pupilo y la participación del tutor.

Del mismo modo, si el pupilo desea que se establezca un nuevo tutor, debe informárselo al tribunal de sucesiones. El tribunal puede llevar a cabo una audiencia para tratar el asunto. En una situación ideal, el tutor actual renunciaría y una nueva persona aprobada por el pupilo presentaría una solicitud para convertirse en el sucesor.

Los tribunales de sucesiones tienen amplio criterio en el nombramiento y la destitución de un tutor. Si bien los tribunales de sucesiones a menudo dudan en destituir a un tutor, cuando se demuestra evidencia de negligencia, abuso o simplemente del incumplimiento con la prestación de servicios de tutela ante un tribunal de sucesiones, dicho tribunal destituirá al tutor y nombrará a un tutor sucesor.

¿Se puede terminar una tutela una vez establecida?

En ocasiones, resulta evidente que una determinada tutela no debió establecerse en primer lugar, que una tutela ya no es necesaria o que el nivel de restricción ya no es adecuado. Únicamente el tribunal puede poner fin a una tutela. Este proceso se inicia al presentar una petición ante el tribunal de sucesiones.

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El pupilo puede presentar una petición ante el tribunal para solicitar que se termine la tutela 120 días después de que la tutela en cuestión entre en vigor. A partir de entonces, el pupilo puede volver a presentar su solicitud una vez cada año. Consulte el Código Revisado de Ohio, sección 2111.49 (C). Si el pupilo afirma que es competente, la responsabilidad de probar su incompetencia mediante pruebas claras y convincentes recae en el tutor. A esto se llama audiencia de revisión. Cada vez que el pupilo solicite una audiencia de revisión, dicho pupilo tiene todos los derechos enumerados anteriormente que se le otorgaron al momento de establecer la tutela. Esto significa que, si un pupilo quiere terminar una tutela, puede solicitarle a un abogado (sin costo alguno para el pupilo) que lo represente en dicho objeto. De igual modo, puede solicitarle a un médico designado por el tribunal que emita una opinión actualizada sobre si la tutela sigue siendo necesaria. Si el pupilo le comunica al tutor el deseo de terminar la tutela, el tutor tiene la obligación legal de ayudarle a solicitar una audiencia de revisión ante el tribunal de sucesiones, incluso si no está de acuerdo con la opinión de que la tutela debe terminarse.

Con frecuencia, el tribunal solicitará evidencia de los motivos por los que la condición subyacente que justificó la tutela en primer lugar ha disminuido y por los que la tutela ya no es necesaria.

El matrimonio por parte del pupilo pone fin a la tutela de la persona, pero no a la tutela del patrimonio. Existe la suposición de que el cónyuge será ahora el encargado de supervisar el cuidado personal del cónyuge incompetente. Sin embargo, si el cónyuge competente no tiene la autoridad legal mediante una tutela o poder, legalmente no podrá tomar decisiones por el cónyuge que necesita atención.

Si dos personas que están bajo tutela se casan, ambas dejarán de tener tutores de su persona. Por lo tanto, si dos personas que están bajo tutela desean casarse y sus tutores desean restablecer las tutelas después del matrimonio, estos deberán estar preparados para presentar una nueva solicitud de forma posterior a dicho matrimonio.

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¿Puede un familiar cumplir las funciones de tutor y de proveedor de servicios remunerado?

Sí, si el tribunal de sucesiones lo permite. Por lo general, las normas de Ohio prohíben que un tribunal emita cartas de tutela a un proveedor remunerado debido a que esto genera un conflicto de intereses. Sin embargo, el tribunal de sucesiones puede eximir a los familiares de esta prohibición. Dicho tribunal debe otorgar su autorización al tutor para que pueda ser un proveedor remunerado. Las leyes de Ohio prohíben estrictamente que una persona que no es miembro de la familia sea proveedor remunerado y tutor de una misma persona.

Consideraciones finales

Esperamos sinceramente que este libro le haya proporcionado algunas respuestas a sus preguntas. Dado que cada persona es única, cada situación es también única respecto al apoyo en la toma de decisiones, los recursos para dicha toma de decisiones y la tutela. Si tiene preguntas adicionales, le recomendamos solicitar información adicional a otros padres, a la Oficina del Consejo de Discapacidades del Desarrollo de Ohio, a otros asesores de confianza o a un abogado especializado en la planificación de necesidades especiales.

Este proyecto se realizó, en parte, con el apoyo del Consejo de Discapacidades del Desarrollo de Ohio, bajo la subvención número 2201OHSCDD de la Administración para la Vida Comunitaria de los EE. UU. (U.S. Administration for Community Living, ACL) del Departamento de Salud y Servicios Humanos, Washington D.C. 20201. Invitamos a los beneficiarios que comienzan proyectos con el patrocinio del gobierno a que expresen libremente sus hallazgos y conclusiones. Por lo tanto, las opiniones y los puntos de vista expresados no representan necesariamente la política oficial de la ACL.

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Información sobre los autores

Logan K. Philipps, Resch, Root, Philipps & Graham, LLC | logan@rrpg-law.com

Logan es abogado desde 2006. Como abogado de planificación patrimonial, Logan ayuda a las personas a planificar un futuro mejor para ellas y sus seres queridos.

Un área de concentración en la práctica de Logan es la planificación para familias que tienen niños con necesidades especiales. Antes de ser abogado, Logan fue maestro en una escuela primaria en Cincinnati, Ohio. Usa su experiencia docente para instruir a las personas, padres, abuelos y seres queridos sobre las estrategias disponibles para proteger a sus familiares. Su experiencia con las necesidades especiales comenzó en la adolescencia cuando su padre se volvió a casar, ya que su hermanastro tiene necesidades especiales.

Logan vive en Grandview Heights con su esposa y sus tres hijos.

Derek Graham, Resch, Root, Philipps & Graham, LLC | derek@rrpg-law.com

Derek Graham es abogado de planificación patrimonial y socio de Resch, Root, Philipps & Graham, LLC en Dublin, Ohio. La práctica de Derek se enfoca en la ley de discapacidades del desarrollo, la planificación de necesidades especiales, la tutela, la sucesión, los litigios de sucesiones y los negocios (organizacionales, transaccionales y de sucesión). Al inicio de su carrera, tuvo la fortuna de adquirir experiencia en litigios civiles, transacciones comerciales y planificación patrimonial. Posteriormente, en 2009, él y su esposa tuvieron a su primera hija que nació con síndrome de Down. Al igual que muchos de sus clientes actuales, estaban inundados de información y se sentían abrumados. Ahora, pasa la mayor parte de sus días ayudando a familias que se encuentran en situaciones similares mediante los diversos recursos que existen. A Derek le resulta muy gratificante ayudar a las familias a comprender cómo planificar su patrimonio de manera práctica y eficiente. Sin embargo, más que eso, disfruta de ayudar a las familias a comprender los recursos que se encuentran disponibles para ellos y la manera de aprovechar al máximo dichos recursos.

Si desea obtener más información sobre los autores o sobre Resch, Root, Philipps & Graham, LLC, ingrese a www.rrpg-law.com

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Notas

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1810 Sullivant Avenue Columbus, Ohio 43222 614-466-5205 o 800-766-7426 Fax: 614-466-0298
www.ddc.ohio.gov
ddcinfo@dodd.ohio.gov

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