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cias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

Acuerdo de 25 de abril de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avoca la competencia para tramitar un contrato de obras en el centro deportivo municipal Félix Rubio y se delega en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública aprobará las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

El Ayuntamiento de Madrid es propietario del inmueble sito en la calle Alianza, n.º 4, destinado al Centro Deportivo Municipal "Félix Rubio" e inscrito en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid con el número provisional de archivo 200.708, como bien de dominio público destinado a servicio público. Dicha instalación deportiva se encuentra adscrita al Distrito de Villaverde.

CUARTO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo por órganos distintos de los competentes de acuerdo con el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

El Ayuntamiento de Madrid ha considerado necesario acometer la ejecución de obras de rehabilitación y mejora del campo de fútbol existente en el interior de esta instalación deportiva, obras que serán financiadas con fondos europeos, concretamente, mediante el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

QUINTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

La competencia para realizar tales obras corresponde al Concejal Presidente del Distrito de Villaverde, conforme a lo previsto en el artículo 18 a) del Acuerdo de 24 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos.

SEXTO.- Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo. SÉPTIMO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid" a efectos de conocimiento general.

No obstante, dado que las obras a realizar son financiadas con fondos estructurales europeos, se pretende llevar a cabo una supervisión directa de la gestión y tramitación de este proyecto de inversión por el Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, permitiendo así garantizar un mayor ajuste de la ejecución a las necesidades reales.

OCTAVO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo. Madrid, a 25 de abril de 2013.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque la competencia relativa a la realización de las obras en el Centro Deportivo Municipal "Félix Rubio" previamente delegada en el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde y que tal competencia sea posteriormente delegada en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.

Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales 828

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e), h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 25 de abril de 2013,

Decreto de 19 de abril de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales por el que se amplía el plazo de inscripción en tres modalidades del Certamen de Jóvenes Creadores 2013.

ACUERDA En virtud de las atribuciones delegadas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013 por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, vengo a adoptar el siguiente,

PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en el Concejal Presidente del Distrito de Villaverde en el artículo 18 a) del Acuerdo de 24 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos, única y exclusivamente para la tramitación del contrato de obras que habrá de adjudicarse para la rehabilitación y mejora del campo de fútbol existente en el interior del Centro Deportivo Municipal "Félix Rubio", obras que serán financiadas mediante el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

DECRETO

SEGUNDO.- Delegar en el titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia avocada en el apartado anterior.

Ampliar hasta el 31 de mayo de 2013 el plazo de presentación de solicitudes de inscripción en las modalidades de Aplicación para Smartphone y/o Tablet, Break-Dance y Danza Joven de la convocatoria del Certamen Jóvenes Creadores 2013, aprobada por Decreto de 25 de marzo de 2013.

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dicho contrato se ejercerán de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 4 del Acuerdo de 24 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se delegan competen-

Madrid, a 19 de abril de 2013.- La Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales, María Dolores Navarro Ruiz.

52 Copia impresa del documento cuyo original puede comprobar en https://sede.madrid.es/csv con el código 0901E2408059251E


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nico y teléfonos de contacto) y una fotocopia del DNI o del pasaporte. Los originales de las obras podrán entregarse desde el día siguiente a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid hasta el día 7 de junio de 2013. La presentación de las obras se realizará por correo postal o personalmente en la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas del Distrito de Usera (avenida de Rafaela Ybarra, 41. 2.ª planta, 28026 Madrid.Teléfono 91.588.59.64), de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.

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Decreto de 23 de abril de 2013 del Concejal Presidente del Distrito de Usera por el que se aprueba el V Certamen de Relato Corto del Distrito de Usera.

5.- ÓRGANO COMPETENTE PARA LA VALORACIÓN DE LOS RELATOS.

En virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, se aprueba la convocatoria del V Certamen de Relato Corto del Distrito de Usera.

Las obras serán valoradas por un jurado presidido por el Concejal Presidente del Distrito de Usera o persona en quien delegue, e integrado por los siguientes vocales: un miembro de cada uno de los grupos políticos con representación en la Junta Municipal, un representante de cada una de las asociaciones que formen parte de la comisión de fiestas, un director de un centro cultural del distrito. Actuará como secretaria, la Jefa de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas, o persona en quien esta delegue. Se valorará especialmente por el jurado el hecho de que aparezca reflejada en la trama del relato la realidad social del Distrito de Usera. Habrá una única acta del certamen, en la cual se reflejarán los componentes del jurado, las puntuaciones emitidas por cada uno de ellos, los datos de los ganadores y todas aquellas incidencias que el jurado considere dignas de resaltar. El fallo del jurado que será inapelable tendrá lugar antes del 20 de junio de 2013, dándose a conocer directamente a los premiados y publicándose posteriormente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. En el plazo de 2 días hábiles desde que se comunique directamente la concesión de los premios, los ganadores deberán presentar en el Distrito de Usera, documento acreditativo de los datos bancarios en donde desean que se les ingrese el importe del premio. El jurado es el único responsable de la interpretación de estas bases, así como de la resolución de cualquier incidencia que pudiera presentarse en el desarrollo del certamen.

1.- OBJETO Y RÉGIMEN APLICABLE. El Distrito de Usera establece las bases reguladoras del V Certamen de Relato Corto del Distrito de Usera, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, con el objeto de premiar las obras consideradas como de mayor mérito. Todo ello con la finalidad de fomentar la participación de las personas con inquietudes en el campo de la creación literaria plasmando libremente su idea sobre el tema propuesto. El V Certamen de Relato Corto del Distrito de Usera, se rige por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se regula el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, así como por lo establecido en el artículo 46 de las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2013 y por lo recogido en las presentes bases. 2.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS PARTICIPANTES. Podrán concurrir a este certamen todas las personas físicas mayores de 16 años, independientemente de su nacionalidad y residencia. Los participantes deberán tener cumplida la edad exigida el 7 de junio de 2013, última fecha para la entrega de las obras. No podrán participar los miembros del jurado. Las personas interesadas en participar podrán informarse previamente en la secretaría de los centros culturales del distrito. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 27 del reglamento que la desarrolla (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), no podrán concurrir las personas incursas en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones. Los participantes deberán cumplimentar el Anexo I, Declaración Responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el citado artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Este documento será facilitado en la Secretaria de los Centros Culturales y deberá ser presentado una vez cumplimentado y firmado junto con el relato que se presente a concurso. No se podrá participar en el certamen sin la acreditación de dichos requisitos.

6.- PREMIOS. Los premios tienen una dotación económica de 1.400 euros distribuida de la siguiente manera: 1.er Premio: 1.000 euros y placa de reconocimiento. 2.º Premio: 400 euros y placa de reconocimiento. El jurado podrá realizar las menciones especiales que considere oportunas a la vista de la calidad de las obras presentadas, sin estar estas dotadas con premio alguno. El abono de los premios se realizará mediante transferencia bancaria, con cargo a la partida 2013-001-212-334.01-482.03 denominada "Actividades Culturales. Premios". El acto de entrega de las placas de reconocimiento concedidas tendrá lugar durante la celebración de las Fiestas de Usera 2013, en el día y la hora que se determine. Los premios podrán declararse desiertos, si así lo estimase el jurado. 7.- INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN. La instrucción del procedimiento corresponde al Gerente del Distrito a través de la Unidad de Actividades Culturales, Formativas y Deportivas. El Concejal Presidente resolverá el procedimiento de acuerdo con la propuesta del jurado. La resolución por la que se conceden los premios pondrá fin a la vía administrativa. Se prescinde del trámite de audiencia, según el artículo 84.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta en la resolución otros hechos y otras alegaciones y pruebas que los aducidos por el interesado.

3.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS RELATOS PRESENTADOS. Las obras presentadas al certamen deberán necesariamente ser originales e inéditas, habrán de estar escritas en castellano y no han de haber sido premiadas en ningún otro certamen ni publicadas en soporte físico y/o digital. El desarrollo de la acción se situará, al menos en algún momento de la misma, en el Distrito de Usera. La extensión de las obras deberá ser de un mínimo de 5 y un máximo de 10 páginas, en formato de 21 x 29,7 cm (DIN A4), impresas a una sola cara con interlineado doble y tamaño de fuente 12. 4.- NORMAS DE CELEBRACIÓN DEL CERTAMEN.

8.- CESIÓN DE DERECHOS DE LAS OBRAS.

Las obras se presentarán en formato papel, en un sobre en el que figure en el anverso el seudónimo del autor y el título de la obra. A su vez, se adjuntará un sobre cerrado en cuyo anverso figure el seudónimo del autor y el título de la obra y en su interior se incluirán los datos del participante (nombre y apellidos, domicilio, correo electró-

Todos los derechos de las obras premiadas pasarán a poder del Ayuntamiento de Madrid, incluyendo entre otros los de reproducción, transmisión, distribución, transformación y, en general, todas las modalidades de explotación y medios de difusión conocidos en la

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