Prevención Riesgos Laborales Cintas Transportadoras

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MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA LABORAL Y FAMILIAR DE LA MUJER TRABAJADORA EN LA INDUSTRIA AGROALIMENTARIA: Reducción del estrés en trabajadoras de cintas transportadoras. Subvencionado por:



1. DEFINICIÓN DE ESTRÉS LABORAL  El estrés laboral aparece cuando la carga

de trabajo es tan elevada, que se desborda la capacidad física y psíquica del trabajador/a.


1.1. FACTORES QUE INFLUYEN EN EL ESTRÉS LABORAL -

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Exceso de trabajo. Tiempo inadecuado para completar el trabajo de modo satisfactorio para nosotros y para los demás. (Falta de conciliación) Responsabilidades múltiples, pero con poca autoridad y poca capacidad para tomar decisiones. Inseguridad en el empleo, poca estabilidad de la posición. Estar expuesta a prejuicios debido al sexo.


1.1. FACTORES QUE INFLUYEN EN EL ESTRÉS LABORAL -

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Condiciones de trabajo físico desagradables y peligrosas. Exposición a violencia, amenazas e intimidaciones. Exposición a trabajos repetitivos y monótonos. Ausencia de descripción clara del trabajo, o de la cadena de mando. Incapacidad para la conciliación de la vida laboral y familiar


2. REDUCCIR EL ESTRÉS LABORAL Y PROMOVER LA CONCILIACIÓN. De forma general adaptar el puesto de trabajo a las capacidades y posibilidades de las trabajadoras con el objetivo de optimizar la productividad y garantizar la satisfacción, la seguridad y la salud de estas, es la mayor estrategia para eliminar el estrés laboral. Se debe tener presente que una reducción del estrés laboral llevara unido una mejor calidad laboral y con ello se mejora la conciliación de la vida laboral y personal en estas mujeres


3. DEFINICIÓN DE CONCILIACIÓN, LABORAL, FAMILIAR Y PERSONAL EN LA MUJER 

Conciliar es “conformar dos o más proposiciones o doctrinas al parecer contrarias”.Real Academia (RAE).

Conciliar la vida personal, familiar y laboral es un derecho de la ciudadanía y una condición fundamental para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres.

En definitiva existirá conciliación en la mujer trabajadora cuando: Pueda acceder al mercado de trabajo y permanecer en él sin que su situación familiar sea un elemento que afecte negativamente a las posibilidades de acceso al empleo o al acceso a puestos de responsabilidad.


3.1. CONSECUENCIAS DE LA FALTA DE CONCILIACIÓN LABORAL Y PERSONAL  -

Algunas de ellas pueden ser: Incumplimiento de horarios. Depresión. Dificultades de concentración. Insatisfacción. Irratibilidad. Mayor conflictividad en la familia y especialmente en la pareja. Absentismo laboral.


3.2. VENTAJAS Y BENEFICIOS QUE OFRECE LA CONCILIACIÓN  -

Algunas ventajas: Mejora el clima y motivación laboral. Mejora el clima familiar. Menor número de bajas por enfermedad. Aumento de la productividad. Reducción del estrés. Mejora la calidad de vida Consigue una igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Aumenta la fecundidad. Mejora el empleo en las mujeres.


3.3. PLAN DE CONCILIACIÓN


4.IMPORTANCIA DE ORGANIZAR EL TRABAJO 

Mejorar el trabajo desde los distintos campos que estudian la seguridad laboral, es decir, desde la ergonomía, la seguridad y la higiene, hacen que la situación de la mujer en estos puestos de trabajo sea cada vez mas cómoda.


4.IMPORTANCIA DE ORGANIZAR EL TRABAJO 

Consiguiendo con ello que los factores de riesgo psicosocial que envuelven a estas trabajadoras, se mejoren y les permitan tener una vida laboral cada vez más satisfactoria, que facilita a su vez realizar una mejor conciliación vida laboral familiar.


4.1. RIESGOS  

Mantenimiento prolongado de una posición estática de pie a los lados de la cinta transportadora. Inclinación del tronco hacia la cinta transportadora para alcanzar los productos que se estén manipulando. Inclinación del cuello para detectar los productos que se estén manipulando y los posibles residuos a quitar de la cinta. Flexión y estiramiento de los brazos para alcanzar los productos a retirar de la cinta transportadora


4.2. MEDIDAS PREVENTIVAS (para evitar riesgos ergonómicos) 

Sesiones de información y formación que ofrezca la empresa. En ellas se informará y formará sobre aspectos como: El conocimiento de los riesgos ergonómicos que afectan a tu puesto de trabajo así como los factores que los favorecen.

Las medidas que debes adoptar para evitar o reducir dichos riesgos serían:  

Evita las posturas que puedan ser perjudiciales para tu salud. Utiliza los equipos de protección individual que te proporcione la empresa. Si la cinta transportadora es regulable en altura, ajústala a tu medida. Si no fuera posible, utiliza una plataforma para elevar la altura de trabajo


4.2. MEDIDAS PREVENTIVAS (Para evitar riesgos derivados de la organización del trabajo)

Rotación de tareas.

Adaptación del puesto de trabajo.


4.2. MEDIDAS PREVENTIVAS

 

(Para la conciliación laboral y familiar) Elección del turno de trabajo. Banco de horas: Consiste en que los empleados puedan disfrutar de una margen de tiempo laboral para poder emplearlas en sus estrategias de vida privada. Semana laboral comprimida: Permite concretar las horas de trabajo en un menor tiempo semanal. Luces apagadas: El centro de trabajo paraliza su actividad a una hora determinada. Jornada compartida (Job sharing): Permite que un mismo puesto de trabajo pueda ser compartido por más de un trabajador.


5. LEY 3/2007 PARA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES Algunos artículos de esta ley que están relacionados con el tema que estamos tratando son los siguientes: 

Artículo 1: Objeto de la ley: “Esta ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer………..” Artículo 44: Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral: En este artículo entre otras cosas se indica: “ Para contribuir a un reparto más equilibrado de las responsabilidades familiares, se reconoce a los padres el derecho a un permiso y a una prestación por paternidad, en los términos previsto en la normativa laboral y de la seguridad social.


5. LEY 3/2007 PARA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES Otro aspecto que se establece en este artículo es el siguiente: “Los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral se reconocerán a los trabajadores y la trabajadoras en forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación basada en su ejercicio. 

Artículo 56: Permisos y beneficios de protección a la maternidad y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.


5. LEY 3/2007 PARA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES 

Artículo 57: Conciliación y provisión de puestos de trabajo: Habrá que prever puesto de trabajo que favorezcan la conciliación de la vida familiar, personal y laboral.

Artículo 58: Licencia por riesgo durante el embarazo y lactancia. Se establece: “ Cuando las condiciones del puesto de trabajo de una mujer, puedan influir negativamente en la salud de ésta y en la del feto, podrá concederse licencia por riesgo de embarazo, en los mismos términos y condiciones prevista en la normativa aplicable. En estos casos, se garantizará la plenitud de derechos económicos de la trabajadora durante toda la duración de la licencia. Esto también será aplicable durante la fase de lactancia.”


5. LEY 3/2007 PARA IGUALDAD EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES 

Artículo 78: Consejo de Participación de la Mujer: “Se crea el Consejo de Participación de la Mujer, como órgano colegiado de consulta y asesoramiento, con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y la lucha contra la discriminación por razón de sexo”.


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