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PLAN PARCIAL

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TOPOGRAFÍA

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Subdistrito 08 Chapalita

Clave Catastral: D65I3556001000

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Zoni cación: 012/RN/CS4/RTD

Área de renovación urbana número doce, comercio y servicios impacto alto de transferencia de derechos

COS: 0.7

CUS: 2.1

ICOS: 0.1

ICUS: 4.9

Alturas Máximas: Resultante

Modalidad de vivienda admitida: Unifamiliar y plurifamiliar

Restricción frontal: 5

Restricción posterior: 3

Restricción lateral: 0

Ajardinado: 30%

Reglamento de construcciones para el distrito federal

Artículo 48

Para registrar la manifestación de construcción de una obra o instalación, el interesado debe presentar en el formato correspondiente y ante la autoridad competente, la declaración bajo protesta de decir verdad, de cumplir con este Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Artículo 51 Construcción tipo A

Construcción de no más de una vivienda unifamiliar de hasta 200 m2 construidos, en un predio con frente mínimo de 6 m, dos niveles, altura máxima de 5.5 m y claros libres no mayores de 4 m, la cual debe contar con la dotación de servicios y condiciones básicas de habitabilidad que señala este Reglamento, el porcentaje del área libre, el número de cajones de estacionamiento y cumplir en general lo establecido en los Programas de Desarrollo Urbano.

110-5 Conductores

Los conductores normalmente utilizados para transportar corriente eléctrica deben ser de cobre, a no ser que en esta norma, se indique otra cosa

110-13 Montaje

El equipo eléctrico debe estar rmemente sujeto a la super cie sobre la que vaya montado. No deben utilizarse taquetes de madera en agujeros en ladrillo, concreto, yeso o en materiales similares.

230-2 Número de acometidas

Toda edi cación o estructura a la que se le suministre energía, debe de tener mínimo una sola acometida. Dependiendo de las necesidades el proyecto, se requerírá más

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