DIVISIÓN DE HUMANIDADES PROPUESTAS
Presentan:
Propietario García Martínez Oscar Rafael Suplente Xoletl Gutiérrez Jacqueline Oscar Garcia
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
DE LOS CANDIDATOS A CONSEJEROS TÉCNICOS REPRESENTANTES DE LOS ALUMNOS DE LA DIVISIÓN DE HUMANIDADES DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN
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PROPIETARIO
Oscar Rafael García Martínez Estudiante de la Licenciatura en Pedagogía.
SUPLENTE
Jacqueline Xoletl Gutiérrez Estudiante de la Licenciatura en Comunicación
OBJETIVO GENERAL:
Representar a la comunidad estudiantil a partir de un diálogo bidireccional e interdisciplinario, para informar las acciones y decisiones tomadas en las reuniones ordinarias y extraordinarias del Consejo Técnico, mediante consultas periódicas, reconociendo la voz estudiantil.
CONSEJO TÉCNICO El Consejo Técnico de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán es una autoridad universitaria de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3°, numeral 6, y 12 primer párrafo de la Ley Orgánica; 12° fracción vi y 45° del Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México. Es la autoridad máxima de la Facultad y tiene numerosas funciones que competen a la planeación de la vida académica de la misma, a todo tipo de trámites y a la evaluación del personal académico y los alumnos.
INTEGRACIÓN La integración del H. Consejo Técnico de la FES Acatlán está dada de la siguiente manera: -Por un Presidente quien es el Director del plantel. -Un Secretario del H. Consejo Técnico -36 Consejeros profesores quienes son elegidos de las 5 Divisiones, la Coordinación de Estudios de Posgrado y el Centro de Enseñanza de Idiomas. -12 Consejeros alumnos elegidos de las 5 Divisiones y la Coordinación de Estudios de Posgrado.
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Comisión de Personal Académico
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Comisión de Trabajo Académico
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Los profesores y alumnos se integran en 5 comisiones de trabajo permanentes del H. Consejo Técnico para llevar a cabo su trabajo estas comisiones son:
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Comisión de Honor y Justicia
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Comisión de Extensión Universitaria
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Comisión de Normas y Reglamentos
PROPUESTAS ASPECTO ACADÉMICO
Plan de estudios: mantener las asignaturas de carácter teórico con enfoque humanista, si bien es cierto que necesitamos integrar asignaturas de contenido técnico, no por ello se deben eliminar las teóricas pues son la base de todo conocimiento.
Contar con una mayor variedad de horarios en los cursos de idiomas regulares, así como preferencia a la comunidad interna durante el proceso de inscripciones.
Promover la difusión de las alternativas que ofrecen los seminarios y diplomados en la división de humanidades, así como construir nuevas propuestas que atiendan los problemas actuales; gestionar para que existan becas que permitan al estudiantado acceder a dichas ofertas.
ACADÉMICO ADMINISTRATIVO
Plantear los elementos necesarios para que se cumpla la misión de la Facultad, fomentando un desarrollo integral en la formación de profesionistas en los ámbitos académico, personal, profesional y social.
PLANTA DOCENTE Identificar qué medidas existen para garantizar el funcionamiento de la planta docente, dando a conocer los criterios que toman en cuenta para su evaluación, ésta no debe centrarse sólo en los antecedentes académicos y
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laborales, sino también en los conocimientos teórico-metodológicos de la
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práctica docente, su relación con los estudiantes y su respeto por la comunidad universitaria.
Gestionar para que la voz de los estudiantes sea tomada en cuenta para la elección de la planta docente.
SEGURIDAD
Dialogar con las autoridades de la Delegación Regional de Transporte Naucalpan para que la ruta de transporte colectivo FES Acatlán – Toreo se mantenga a un precio accesible a la comunidad estudiantil y que cuente con las medidas necesarias para que brinde un servicio de calidad y seguridad.
Instalación de alumbrado público en las calles aledañas de la FES Acatlán para evitar actos de delincuencia, y de esta forma salvaguardar la integridad física de los estudiantes.
NORMAS Y REGLAMENTOS
Difusión, conocimiento y respeto de los derechos y obligaciones de los universitarios, con el objetivo de que las inconformidades sean atendidas, respetando el derecho a denunciar cualquier tipo de violencia ante la Defensoría de los Derechos Universitarios.
Difusión de los reglamentos del Consejo Técnico y de los Comités de Programa para que sean de carácter accesible a toda la comunidad estudiantil, y de esta forma sea transparente la manera de trabajo de ambas dependencias.
SERVICIOS INTEGRALES Propuesta de Salud integral que fomente una atención médica de calidad, así como atención psicológica, a partir del diseño de programas que le
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permitan al estudiantado desarrollarse plenamente en un sentido bio-psicosocial.
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Fomentar un espacio universitario inclusivo que otorgue a la comunidad con discapacidad las mismas oportunidades de desarrollo en los ámbitos académico, personal, profesional y social.
Mejorar la calidad de acceso a la red de Internet dentro de las instalaciones de la Facultad, pues es una herramienta necesaria para nuestras actividades escolares. Asimismo, incrementar los centros de fotocopiado e impresión para que sus servicios cuenten con una mayor eficacia.
Mantener en condiciones higiénicas todos los espacios dentro de la universidad, incluyendo las áreas verdes, las aulas, y en especial los sanitarios de los estudiantes, y de esta manera evitar daños a nuestra salud, asimismo, dotar a los sanitarios de los productos de higiene personal necesarios (jabón y papel).
ASPECTOS NORMATIVOS ESTATUTO GENERAL CAPÍTULO VI De los Consejos técnicos de las Facultades y Escuelas Artículo 45.- Las facultades y escuelas de la Universidad tendrán como órganos de consulta necesaria, a los consejos técnicos, formados en cada una de ellas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley. Artículo 46.- (Modificado en la sesión del Consejo Universitario del 12 de septiembre de 1986, publicado en Gaceta UNAM el 29 de septiembre de 1986, como sigue):
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Artículo 46.- Los representantes profesores, propietario y suplente, serán designados en elección directa, mediante voto universal, libre y secreto, por los catedráticos con antigüedad mayor de tres años de enseñar en alguna de las asignaturas comprendidas en los grupos que fijará para este efecto en cada escuela, facultad o unidad académica, el consejo técnico correspondiente; durarán en su encargo seis años; deberán ajustarse a lo establecido en los artículos 17 y 18 de este ordenamiento y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato. Artículo 47.- (Modificado en la sesión del Consejo Universitario del 12 de septiembre de 1986, y 11 de diciembre de 2013, publicado en Gaceta UNAM el 20 de enero de 2014, como sigue):
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Artículo 47.- Los alumnos designarán dos representantes propietarios y sus respectivos suplentes, en elección directa, mediante voto universal, libre y secreto; deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 17 del presente Estatuto, según corresponda al nivel y grado de estudios. Estos representantes durarán en su encargo dos años y no podrán ser reelectos. Los consejos técnicos calificarán las elecciones de los consejeros a que se refiere este artículo y el anterior. Artículo 48.- (Modificado en la sesión del Consejo Universitario del 24 de enero de 1966, publicado en Gaceta UNAM el 7 de febrero de 1966, como sigue): Artículo 48.- Los consejos técnicos de las facultades y escuelas serán presididos con voz y voto, por el director del plantel y, en su ausencia, por el más antiguo de los consejeros profesores. Artículo 49.- (Modificado en la sesión del Consejo Universitario del 4 de diciembre de 1963, como sigue): Artículo 49.- Serán obligaciones y facultades de los consejos técnicos: I. Estudiar y dictaminar los proyectos o iniciativas que les presenten el Rector, el director, los profesores y los alumnos o que surjan de su seno; II. Formular los proyectos de reglamento de la facultad o escuela y someterlos, por conducto del director, a la aprobación del Consejo Universitario; III. Estudiar los planes y programas de estudios para someterlos por conducto del director, a la consideración y aprobación, en lo general, del Consejo Universitario; IV. Aprobar o impugnar las ternas que para director del plantel le sean enviadas por el Rector; V. Hacer observaciones a las resoluciones del Consejo Universitario o del Rector que tengan carácter técnico o legislativo y afecten a la facultad o escuela. Dichas observaciones deberán hacerse por mayoría de dos tercios de los votos computables del consejo técnico y no producirán otro efecto que el de someter el asunto a la decisión o reconsideración del Consejo Universitario, y VI. Dictaminar sobre el nombramiento de profesores extraordinarios, elaborar los reglamentos especiales complementarios del Estatuto del Personal Académico y ejercer las facultades que éste les confiere. Oscar Garcia
Artículo 50.- Las decisiones de los consejos técnicos, salvo disposición en contrario de este Estatuto o de sus reglamentos, se tomarán a simple mayoría de votos. Atribuciones del H. Consejo Técnico
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Expedir las normas y disposiciones generales encaminadas a mejorar el funcionamiento académico de la Facultad.
Conocer de los asuntos que le deban ser sometidos, de acuerdo con la Legislación Universitaria, y las normas y disposiciones generales a que se refiere la atribución anterior.
Estudiar y aprobar, en su caso, los planes y programas de estudio de licenciatura y posgrado, además de las modificaciones a los mismos y presentarlos a las instancias correspondientes para su aprobación en lo general.
DEL REGLAMENTO INTERNO DEL H. CONSEJO TÉCNICO DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁN CAPÍTULO IV DE LAS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL CONSEJO TÉCNICO Artículo 9º.- Conforme a lo establecido en el artículo 49 del Estatuto General, son obligaciones y facultades del Consejo Técnico de la FES Acatlán los siguientes: I. Estudiar y dictaminar los proyectos e iniciativas que les presenten el Rector, el Director, los profesores y los alumnos o que surjan de su seno; II. Formular, analizar y aprobar los proyectos de reglamentación de la Facultad, así como sus modificaciones; III. Estudiar los planes y programas de estudio para someterlos, por conducto del Director, a la consideración y aprobación del Consejo Académico del Área respectivo y del Consejo Universitario, según corresponda; IV. Aprobar o impugnar las ternas que para Director de la Facultad, le sean enviadas por el Rector; V. Hacer observaciones a las resoluciones del Consejo Universitario o del Rector que tengan carácter técnico o legislativo que afecten y competan a la Facultad o ala UNAM. Dichas observaciones deberán hacerse por mayoría de dos tercios de los votos del Consejo Técnico y no producirán otro efecto, que el de someter el asunto a la decisión o reconsideración del Rector o del Consejo Universitario, según corresponda; Oscar Garcia
VI. Ejercer las facultades que le confiere el Estatuto del Personal Académico, y VII. Las demás relativas y aplicables que se encuentren en la Legislación Universitaria.
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CAPÍTULO V DE LAS FUNCIONES DE LOS CONSEJEROS TÉCNICOS Artículo 11º.- Los consejeros técnicos propietarios tienen las siguientes funciones: I. Asistir con voz y voto a las sesiones del Consejo Técnico; II. Formar parte de las comisiones de trabajo para las que sean designados; III. Notificar a su suplente, en caso de no poder asistir a una sesión, para que lo sustituya, y IV. Las demás que le confiera la Legislación Universitaria y el presente Reglamento. Artículo 12º.-Los consejeros técnicos suplentes tienen las siguientes funciones: I.
Asistir con voz a las sesiones del Consejo Técnico;
II. Votar en las sesiones del Consejo Técnico por ausencia de los consejeros propietarios; III. Formar parte de las comisiones de trabajo para las que sean designados; IV. Ocupar el cargo de titular por ausencia permanente de éste, y V. Las demás que le confiera la Legislación Universitaria y el presente Reglamento.
REFERENCIAS
Estatuto General de la Universidad Nacional Autónoma de México https://www.dgae.unam.mx/normativ/legislacion/egunam.html LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA http://abogadogeneral.unam.mx/PDFS/COMPENDIO/34.pdf Reglamento Interno del H. Consejo Técnico de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán
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