Reglamento General Feria Reyes 2015

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XVI FERIA NACIONAL

XXXVII FERIA AGROPECUARIA AGRO AGRO INDUSTRIAL ARTESANAL Y TURISTICA Del

03al09 Enero 2015

Lugar: Campo Ferial Nuevo Versalles

REGLAMENTO GENERAL


Reglamento General III EXPO REYES INTERNACIONAL, XVI FERIA NACIONAL, XXXVII FERIA AGROPECUARIA AGROINDUSTRIAL, ARTESANAL Y TURISTICA ESPINAR 2015

La provincia de Espinar tiene como una actividad más importante, la producción pecuaria, la que representa el 40 % del PBI, debido principalmente a la estructura que tiene su suelo cubierto de pastos naturales. Las organizaciones vinculadas a la ganadería se han propuesto lograr un posicionamiento estratégico y competitivo en la región con visión empresarial, que promueva políticas de desarrollo coherentes con la política actual. El Comité Organizador de la III Expo Reyes Internacional ,XVI Feria Nacional y XXXVII Feria Agropecuaria Agroindustrial y Turística, asume esa responsabilidad, con la misión de hacer que los productores sean promotores y actores del desarrollo, promoviendo las crianzas ,la agroindustria, la artesanía y su comercialización a nuevos destinos en forma competitiva y sostenible. Nuestras propuestas y aspiraciones sobrepasan a nuestras capacidades económicas y técnicas pero el espíritu progresista y concertador de nuestras comunidades nos conducen a un futuro promisorio de desarrollo pleno. El Comité Organizador se complace en darles la más cordial bienvenida a los productores agropecuarios, empresas agroindustriales y público en general, deseándoles muchos éxitos en las competencias que participen y en sus transacciones comerciales. EL COMITÉ ORGANIZADOR.


CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º La III Expo Reyes Internacional, XVI Feria Nacional y XXXVII Feria Agropecuaria Agroindustrial y Turística -Provincia de Espinar Región Cusco, del 03 al 09 de Enero del 2015, se llevará a cabo en el Campo Ferial “NUEVO VERSALLES” de la Ciudad de Yauri – Provincia de Espinar Región Cusco, del 03 al 09 de Enero del 2015. ARTICULO 2º El presente reglamento norma los objetivos, funciones y atribuciones generales del comité Organizador, así como de su desarrollo Técnico Administrativo. ARTICULO 3º Son objetivos de la III Expo Reyes Internacional, XVI Feria Nacional y XXXVII Feria agropecuaria Agroindustrial y Turística: -

Promover la Participación de los productores agropecuarios en las diversas modalidades y opciones del evento.

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Reafirmar la cultura ganadera del criador promoviendo el intercambio de conocimientos técnicos y promoviendo su organización.

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Promover la producción agropecuaria incentivando el mejoramiento genético de las especies, su procesamiento y comercialización hacia nuevos mercados.

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Fortalecer las organizaciones de productores agropecuarios, agroindustriales y artesanales.

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Promover la identidad y cultura nativa a través de eventos artísticos que ofrezcan sano esparcimiento a los asistentes a la feria.

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La Vocación por el respeto y conservación del medio ambiente.

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Promover la Cultura y el respeto por las tradiciones ancestrales de la Cultura K'ana.

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Construir y fortalecer la Cultura ganadera de la región y del país; a la vez fortalecer el desarrollo de nuestra ganadería Espinarense, con la denominación bien ganada de ”ESPINAR CAPITAL GANADERA DE LA REGION CUSCO”

ARTICULO 4° En la Exposición Ganadera podrán participar toda persona natural, organización o institución dedicada a la crianza de Vacunos, Ovinos, Camélidos Sudamericanos y Animales menores de nivel local, Regional y Nacional, los cuales tendrán la denominación de PRODUCTORES o EXPOSITORES según sea el caso consecuentemente pueden ser: -

Productores Individuales o Familiares Comunidades Campesinas Asociaciones de Productores Productores Agroindustriales Asociación y Cooperativas de Productores Institución de Investigaciones Pequeños y Medianos Empresarios de Productores

ARTICULO 5° Son objetivos de la III Expo Reyes Internacional, XVI Feria Nacional y XXXVII Feria Agropecuaria Agroindustrial y Turística Espinar Cusco está a cargo de un Comité Organizador conformado por: COMITÉ ORGANIZADOR Presidente

: Sr. Manuel Salinas Zapata

Vicepresidente

: Sra. Elsa Merma Ccama

Secretario

: Ing. Eustaquio Jorge Valeriano Leonardo

Tesorero

: CPCC. Víctor Sosa Surco

Fiscal

: Ing. Oscar Lovon Fernández

Coordinador General

: C.D. Yecenia Flórez Mamani

Comisario General

: Ing. Darwin Guillermo Bustamante Andia

Comisario de Campo

: M.V.Z. Miguel Málaga Rivera

1er Vocal

: Sr. Luis Quirita Umiyauri

2er Vocal

: Sr. Donato Huaspa Taipe

3er Vocal

: Sr. Emeterio Condori Pallani


Son Funciones del Comité Organizador a) Solicitar a las entidades correspondientes la autorización para la oficialización del certamen b) Planificar e ejecutar el desarrollo del certamen c) Aprobar el presupuesto programa oficial y reglamento de la feria d) Administrar los recursos económicos y bienes que les han sido conferidos para el evento e) Acondicionar el campo ferial de acuerdo a las necesidades y acatando las normas legales establecidas para estos certámenes agropecuarias. f) Designar jueces para los diferentes concursos. g) Celebrar los contratos públicos y privados que tengan relaciones con la realización del evento ferial. h) Establecer y otorgar los premios y trofeos especiales para el certamen. i) Preparar el reglamento general de la feria con la feria con la debida anticipación. j) Preparar el informe general, balance económico documento para ser presentado a la Dirección Regional Agraria, en un plazo de 30 días posteriores a clausurar del Evento Ferial. k) Cumplir y hacer cumplir el presente reglamento. l) Recabar y sistematizar todo documento del comité anterior para el archivo Atribuciones del Presidente: -

Representar al Comité Organizador en todo acto legal, público, social, cultural, económico.

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Convocar y presidir las reuniones del Comité organizador.

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Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales vigentes que normen el certamen, así como los actuados del Comité Organizador y del presente reglamento.

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Suscribir conjuntamente con el Tesorero: convenios y contratos de servicios relacionados con la organización y desarrollo del evento previamente aprobados por el Comité Organizador.

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Aperturar con el Tesorero la cuenta Bancaria en forma conjunta, girar, aceptar y endosar cheques con cargo a esta cuenta.

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Firmar junto con el Comisario General de la Feria, la correspondencia y documentación inherentes al certamen.

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Recibir las apelaciones e impugnaciones y emitir el fallo oportuno en el término perentorio de 24 horas.

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Firmar con el Secretario el informe general documentado y elevarlo al Ministerio de Agricultura.

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Firmar con el Tesorero el balance económico documentado, con el visto bueno del fiscal designado y elevarlo al Ministerio de Agricultura.

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Coordinar con las entidades públicas y privadas la distribución de invitaciones, afiches, otros documentos y acciones sanitarias requeridas para el evento ferial.

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Gestionar ante las entidades públicas y privadas la dominación de premios y estímulos para ser otorgado a los participantes del certamen.

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Coordinar con todas las Agencias Agrarias de la Región la distribución de invitaciones, cartillas de inscripción, afiches y otros documentos; para todos los productores de la región, además a copiar toda la caretillas de inscripción debidamente llenadas también en coordinación con las Agencias Agrarias para procesarlos en los catálogos correspondientes.

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Coordinar con todas las dependencias de SENASA del Departamento, las acciones sanitarias requeridas para el evento ferial.

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Gestionar el apoyo de mobiliarios, herramientas, vehículos y maquinarias para la preparación de los ambientes del campo Ferial y a la realización del propio evento

Atribuciones del Vice-Presidente: -

Remplazar al Presidente en ausencia o por delegatura, cumpliendo las mismas atribuciones.

Atribuciones de Coordinador General: -

Coordinar todas las actividades a realizarse en el evento ferial desde su inicio hasta su finalización.

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Coordinar todas las actividades a realizarse en el evento ferial desde el inicio hasta su finalización.

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Brindar apoyo logístico.

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Representar al Presidente de Comité Organizador en la toma de decisiones.

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Supervisar las acciones inherentes al evento ferial para que se circunscriba al reglamento de feria y evento Agropecuarias, RM Nº 06502006- AG y reglamento general de ferias.

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Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Comité Organizador.

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Asistir al Tesorero en la distribución de stand, boxes, kioscos y otros.


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Garantizar la implementación de la infraestructura del campo ferial que permita el desarrollo óptimo de las actividades programadas.

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Proponer actividades que permitan fortalecer la inversión del certamen.

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Coordinar la participación de los Productores Agropecuarios y otros agentes del que hacer Agrario debidamente acreditado como tal.

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Coordinar la participación de las instituciones públicas y privadas vinculadas al sector Agraria para expones los avances tecnológicos y otros servicios que brindan a favor del agro.

Atribuciones del Secretario: -

Llevar el libro de Actas del Comité Organizador.

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Firmar conjuntamente con el Presidente la Documentación que se tramite.

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Citar a las reuniones del Comité Organizador.

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Acciones Inherentes al Cargo.

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Otras funciones que sean asignadas por el comité Organizador.

Atribuciones del Tesorero. -

Suscribir con el presidente convenios, préstamos, arrendamientos y otros de la feria. Previamente aprobados por el comité organizador.

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Formular conjuntamente con el Presidente y Comisario General el Proyecto de Presupuesto y Programas de actividades de la feria.

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Percibir los egresos y despachar las órdenes de pago autorizadas por el Comité Organizador

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Fiscalizar los ingresos y egresos así como informar periódicamente al Comité Organizador sobre el aspecto económico y movimiento de las

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Depositar diariamente los ingresos que se perciban en la cuenta Bancaria de la Feria.

cuentas bancarias de la feria.

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Preparar oportunamente dentro del plazo establecido el balance general de la feria así como los inventarios correspondientes

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Apertura de caja chica con un monto límite que sea aprobado por el Comité Organizador.

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Otras funciones que les sean asignadas por el Comité Organizador.

Atribuciones del Comisario General. -

El Comisario General es la máxima autoridad dentro del Campo Ferial y estará a órdenes del Comité Organizador, tendrá las siguientes

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Conjuntamente con el Presidente y el Tesorero elaborar el proyecto de presupuestos de la feria, en base a los lineamientos generales que

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Coordinar y organizar el desarrollo técnico y administrativo del certamen de conformidad al reglamento de certámenes agropecuarios y

funciones:

establezca el Comité Organizador.

reglamento interno. -

Presentar a consideración del Comité Organizador el de Reglamento Interno y la propuesta de la Organización Técnica de la feria.

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Dirigir la implementación, distribución, seguridad y otras referidos para la buena marcha del evento ferial.

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Elaborar el Informe Técnico.

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Visar las planillas, pedidos y facturas relacionadas con las instalaciones del campo ferial en coordinación con el Presidente y Tesorero de la Feria.

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Proponer al Comité Organizador la relación de los invitados para la inscripción de ganaderos y otros participantes.

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Proponer al Comité Organizador la terna de jueces para el concurso de ganado.

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Fijar las atribuciones y obligaciones del jurado de admisión y Ocuparse de las inscripciones de ganado su verificación y su catalogación

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Proponer al Comité organizador la terna de Jueces para los concursos en la feria.

conforme al reglamento.

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Contratar al personal necesario que requieren las diferentes comisiones para la ejecución de sus funciones, previo acuerdo del Comité Organizador.


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Organizar la Identificación de personas y vehículos que deben ingresar al campo en coordinación con las comisiones.

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Resolver cualquier divergencia respecto a las inscripciones, así como las que pudieran ocurrir durante el Juzgamiento y demás actividades

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Apoyar la recepción y control de animales, maquinaria y equipos, logrando su adecuada ubicación en el recinto ferial.

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Coordinar y supervisar las funciones y el trabajo de las comisiones para su correcta labor.

programadas.

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Supervisar las publicaciones y todas las labores que le Deleguen el Comité Organizador.

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Designar los lugares para la calificación de los animales, debiendo los participantes exponer tanto los animales como los productos en el

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Coordinar con los expositores para el desfile inaugural y clausura.

orden fijado.

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Autorizar el Ingreso y la salida de y los animales y otros productos al y del campo ferial.

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Dictar las disposiciones y medidas disciplinarias correspondientes.

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Elevar conjuntamente con el Presidente y Tesorero el informe general y balance económico del certamen dentro de los 30 días inmediatos a la finalización de la feria.

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Coordinar por la salud del ganado dentro del campo ferial en coordinación con el SENASA.

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Otras funciones que sean asignadas por el presidente y el Comité Organizador.

Atribuciones del Comisario de Campo -

Remplazar al comisario por ausencia o delegatura.

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Apoyar al Comisario en las tareas de campo antes y durante el evento ferial.

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Participar en los concursos y exhibiciones como veedor y apoyo técnico.

Atribuciones del Vocal -

Asistir al presidente en los actos relacionados con el cumplimiento de las actividades y funciones propias del evento ferial.

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Podrá presidir cualquier comisión o subcomisión que encomiende el Comité Organizador.

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Remplazar en el campo ferial a cualquier miembro del Comité Organizador, que por motivos de fuerza mayor no pudiera cumplir sus

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Asumir las funciones que le asigne el Comité Organizador.

funciones.

ARTICULO 6° Dentro del programa se ha dispuesto que se lleve a cabo el Festival de Productos Lácteos ESPINAR 2015, con participación de organizaciones, comunidades y productores agropecuarios independientes y micro empresas con programa Especial CAPITULO II LAS INSCRIPCIONES. ARTICULO 7° Podrán efectuar las inscripciones de las especies a concursar, Vacuno, Ovino, Camélidos Sudamericanos y Animales Menores en la Oficina del Comisariato de la Expo Feria Reyes 2015 de acuerdo a los formularios proporcionados por el Comité Organizador, acompañando a la Inscripción de animales registrados la copia fotostática del Certificado de Registro otorgado por los Registros Genealógicos existentes. ARTICULO 8 ° Los animales se agruparan por: a). Especie: Vacunos, Ovinos, Alpacas, Llamas y Animales Menores. b). Razas: Alpaca: Llamas: Ovinos: Vacunos: Cuyes:

Huacaya y Suri Ch`aku y K'ara Corriedale, Hampshire Down. Brown Swiss Tipo I, II, III, IV

c). Clase: Primera Clase: Puro de Pedigrí (PDP) y Libro A Segunda Clase: Identificadas Libro (I) y PPC


d). Sexo: e). Edad:

Machos y Hembras Como se indica en cada especie

ARTICULO 9 ° Todos los ejemplares inscritos que hayan ingresados al campo ferial CONCURSARAN OBLIGATORIAMENTE en la categoría y clase correspondiente; caso contrario, estos animales no podrán participar en el remate de ganado de reproducción y serán excluidos del Campo Ferial por el Comité Organizador en cumplimiento del Presente Reglamento. El expositor o criador que se retire del concurso por no acatar el fallo de los Jueces, será prohibido de participar en el evento y en el que se realice próximamente, informando del hecho a la Dirección Regional Agraria - Agencia Agraria Espinar. Solo se contempla para EXHIBICION a los animales que sean especialmente invitados. ARTICULO 10 ° Los expositores o productores que tuvieran cualquier inconveniente en hacer su inscripción con anticipación, lo podrán hacer una vez llegado sus animales al Campo Ferial dentro de los días del Programa de Admisión previa coordinación con el Comisario de Campo. ARTICULO 11° Los Productores que deseen anular una inscripción deberán hacerlo por escrito (Hasta antes de finalizada la admisión) ARTICULO 12 ° Todos los productores sin excepción deberán hacer permanecer sus la animales en las Instalaciones del Campo Ferial desde el ingreso hasta después de la Clausura del Certamen. ARTICULO 13 ° Podrán participar como criadores y/o expositores, productores INIVIDUALES, EMPRESAS, INSTITUCIONES, ASOCIACIONES, etc. En el caso que existieran ASOCIACIONES DE PRODUCTORES, éstos deberán acreditar su personería jurídica con el Título y/o Escritura pública debidamente inscrita en las oficinas de Registros Públicos del País con una antigüedad vigente a un año contando al inicio del evento. En el caso de la participación de algunas Asociaciones de Productores en la clase de animales Registrados (PDP, Libro A e Identificados), los animales deben contar con la documentación de haber sido transferidos a nombre de la asociación de productores que representan, caso contrario la representación en el concurso será de manera individual al final del cómputo general. ARTICULO 14º Los productores participantes en la Exposición Ganadera deberán prever con anticipación las normas sanitarias exigidas por el SENASA de acuerdo al Reglamento Zoosanitario vigente en el país, en la que no serán admitidos animales con evidencias de enfermedades. ARTICULO 15º Los pagos por derecho de Inscripción se harán al momento de la admisión y al contado, incluye alimentación por el día de la participación durante su presencia en el Campo Las tarifas serán las siguientes: VACUNOS S/. 10.00 OVINOS S/. 5.00 CAMELIDOS SUDAMERICANOS S/. 5.00 CUYES POR GALPON S/. 20.00 STAND PARA LAS INSTITUCIONES S/. 50.00 RESTAURANTES S/. 600.00 ARTICULO 16° Los Productores solo podrán inscribir un mínimo de 3 animales para el concurso por categoría, para todas las especies. ARTICULO 17 ° El Comité Organizador designará al personal técnico para verificar la exactitud de los datos proporcionados por los productores en cada especie. ARTICULO 18 ° Todos los animales que ingresen al campo ferial y sean inscritos deben tener obligatoriamente su arete de identificación, con la numeración particular del propietario, fuera de los tatuajes particulares así como también el tatuaje proporcionado por la Asociación de la Raza correspondiente o de los Registros Genealógicos según sea el caso. ARTICULO 19 ° Los productores o expositores se inscribirán en la Oficina del Comisariato, con el personal encargado debiendo acatar todas las disposiciones del Presente Reglamento, así como las que el Comisario juzgue por conveniente previo acuerdo del Comité Organizador. CAPITULO III LA ADMISION ARTICULO 20 ° El día designado para la Admisión del Ganado de las diferentes especies es el 04 de Enero, desde las 06.00 a.m. hasta las 6.00 p.m. hora que se cerrará la puerta de admisión. ARTICULO 21 ° Por ningún motivo se aceptará la admisión de los animales después del día designado en el Artículo 20, salvo que exista una razón de fuerza mayor que haya sido comunicada al Comité Organizador, por algún productor de otra Provincia o Región que tenga un retraso justificado. ARTICULO 22 ° La dirección Regional Agraria-Agencia Agraria Espinar a través del SENASA, dispondrá que los animales inscritos cumplan con los requisitos sanitarios vigentes en la actualidad, antes del ingreso al Campo Ferial.


ARTICULO 23 ° Para todas las especies y razas participantes, actuará un Comité de Admisión el que trabajará en un lugar designado y reservado sin ninguna interferencia por parte del público salvo el interesado, trabajará en coordinación con el Comisario con sujeción al presente reglamento. ARTICULO 24 ° EL Comisario General está facultado para ordenar el retiro inmediato de cualquier animal que constituya un peligro para la salud de otros animales asistentes a la Feria. ARTICULO 25 ° Los productores o expositores de Ganado Registrado PPD, Libro A o Identificados de los diferentes especies, están obligados a exhibir ante el Jurado de Admisión el ORIGINAL del Certificado de Registro expedido por las organizaciones de las razas o los Registros Genealógicos existentes ,por ningún motivo se aceptarán fotocopias. La transferencia de animales que hubiere sido efectuada hasta el momento de Ingreso al Campo Ferial por los Registros Genealógicos debe contar con 90 días de antigüedad. ARTICULO 26 ° Si se presentara el caso que algún animal registrado haya sido trasferido y no cumpla con el artículo anterior, este concursará a nombre del criador o expositor original, por lo cual el puntaje que obtenga será a nombre del dueño original. ARTICULO 27 ° Todo animal importado para poder ingresar al Campo Ferial y al concurso, deberá estar registrado en el haber País y haber sido trasferido al expositor oficialmente con 7 días de anterioridad a su inscripción en la Exposición. ARTRICULO 28° El jurado de Admisión revisará la identificación y dentición de los animales al ingresar al campo Ferial, y en caso que este varíe, el ejemplar concursará en la Categoría Inmediata Superior. Este Artículo rige para Ovinos, vacunos, alpacas y llamas identificadas. ARTICULO 29 ° El jurado de admisión inspeccionará y verificará los animales inscritos tendrá necesariamente que aplicar su criterio profesional y técnico en los casos que así lo requieran siendo las decisiones del Jurado de Admisión inapelable ,por lo que los animales rechazados serán marcados y retirados del Campo Ferial. ARTICULO 30 ° Como guía para el Productor se indica las causas graves que descalificarán cualquier animal para su admisión al ring de juzgamiento. a.- Que presenten características distintas a las correspondientes a las razas en concurso. b.- Defectuosa conformación de los órganos genitales (Criptorquidia monorquidia epididimitis) c.- Prognatismo superior o inferior evidente, igualmente los denominados lengua lisa (ausencia de papilas en vacunos) d.- Signos evidentes que tiendan a ocultar los defectos de conformación o pelaje, así como la utilización de tintes, colorantes y otros. e.-Que no hubiera cumplido con las disposiciones sanitarias vigentes. f.-Cuando los ovinos tengan más de doce meses de lana ,cumpliendo los acuerdos de las fechas de esquila no pudiendo tener para la feria de Espinar más de 12 cm de largo de mecha. En la raza Corriedale la esquila debe ser a partir del 1° de febrero del año anterior a la Exposición Ganadera debiendo tener los ovinos de raza Corriedale no más de 12 cm de longitud de mecha del vellón a la fecha de presentación en la presente Exposición Ganadera. En la raza Hampshire Down, estos animales debieron ser esquilados un mes antes del certamen ferial que participa o en su defecto, estos animales serán esquilados antes de entrar al concurso en el mismo campo ferial a máquina. g.-En Camélidos Sudamericanos los animales de las diferentes razas deben haber sido esquilados por lo menos una vez al llegar a los 2 dientes de edad. Animales en concurso de 7 a 12 cm de longitud de mecha de fibra Suri de 12 a más cm de longitud de mecha. h.- No se admitirán animales que presenten parasitosis externa como sarna, piojos garrapatas, falsa garrapata etc. i.- Ovinos con ectima contagioso. j.- Ovinos con la Enfermedad de Poliadenomatosis Pulmonar. ARTICULO 31° El Jurado de Admisión utilizará la ficha de Admisión para hacer las verificaciones y calificaciones correspondientes para luego de admitirla inscribirá en la planilla de admisión. ARTICULO 32° Los ejemplares admitidos deberán estar identificados individualmente con la numeración correspondiente a cada brete, ARTICULO 33 ° El Jurado de Admisión está facultado para comprobar la condición de los ejemplares de dudosa procedencia, el mismo que dará cuenta al Comisario para decidir el destino de estos. ARTICULO 34° No se aceptarán hembras sin tatuaje ni Registro en el concurso de ejemplares de la Clase PDP (incluidos Libro Abierto y Libro 01). ARTICULO 35 ° No está permitida la participación en el concurso de vacunos de sexo macho PPC. ARTICULO 36 ° Es importante la presencia de Representantes de Registros Genealógicos Zootécnicos del Perú y las Asociaciones de criadores de raza de Vacuno, Ovino y Camélidos Sudamericanos, para consultar anomalías en certificado de Registros emitidos ARTICULO 37 ° Los representantes de Registros Genealógicos Zootécnicos del Perú y asociaciones de criadores de raza no participaran en el Ingreso de los animales al Ring de Juzgamiento. CAPITULO IV LOS JUECES ARTRICULO 38 ° Las personas que actuarán como Jueces serán profesionales, especialistas nombrados por el Comité Organizador, Sus decisiones son incuestionables e inapelables y merecen el máximo respeto de todos los participantes. ARTICULO 39 ° Los Jueces arriba mencionados deben ser reconocidos oficialmente por la Asociación de Criadores de las diferentes razas y especies para que exista garantía en el trabajo que van a desarrollar.


ARTICULO 40 ° Conjuntamente con el Juez, cuando el caso lo amerite puede participar un Juez adjunto. ARTICULO 41 ° Los dictámenes de los Jueces son inapelables, cualquier insinuación o falta de respeto a los jueces, será causal de retiro del criador o la ganadería que representa. ARTICULO 42 ° El Juez tiene la facultad de subdividir las categorías en la clase Identificados y PPC, especialmente en dientes de leche debido a la diferencia de edades según sea criterio del Juez para la clase Primera el juez se guiará según el Reglamento Oficial de la exposición. En caso de existir un solo animal en la categoría de las diferentes especies ,el Juez tendrá la obligación de juzgarlo y premiarlo según la calidad .No se podrá declarar desierto el campeonato Junior el Campeonato Senior y el Gran Campeón. ARTICULO 43 ° Cualquier duda que el Juez oficial podría tener en el momento del Juzgamiento deberá comunicarlo al Comisario quien resolverá el problema .En caso de continuar la duda el Comité Organizador en pleno será el que decida. CAPITULO V JUZGAMIENTO ARTICULO 44 ° En el presente certamen se realizará el juzgamiento de las especies en los tres rings en forma simultánea, comenzando el día 05 hasta el 08 de Enero del 2015. ARTICULO 45 ° El orden de entrada de los animales al ring de juzgamiento en vacunos es el siguiente: Ingresan primero las hembras PPC, Identificadas, seguidas de las hembras del Libro A, conjuntamente con las hembras PDP y posteriormente para concluir el juzgamiento de vacunos, lo harán los machos PPD. En el caso de Ovinos, primero se juzgará las hembras identificadas y PPC, seguido de los machos Identificados y PPC; posteriormente concursarán las hembras del libro A, conjuntamente con las PPD y al final los machos PDP. En el caso de Alpacas Huacaya y Suri, siendo el orden de entrada similar al de Ovinos. ARTICULO 46 ° En los animales registrados o PPD el orden de Ingreso será de menor a Mayor por categorías, según indique la edad del certificado de Registros Genealógicos. ARTICULO 47 ° Todos los animales registrados deberán presentar su Certificado de Registros ORIGINAL a la entrada de la Pista de juzgamiento, para refrendar su categoría y además este certificado de registro será entregado al vocal que corresponda a las diferentes especies, para que al terminar la Categoría y llegada la premiación de la misma sea leído el nombre del animal, criador y expositor del mismo, para que exista mejor información al público, a los productores y a su vez para llevar mejor el cómputo de mejor Criador y Expositor de cada especie. ARTRICULO 48 ° Los animales que ingresan a la pista de juzgamiento deberán haber sido adiestrados en el cabestreo y ser dóciles tanto en hembras y machos .El Juez tiene la Potestad de retirar animales que sean indóciles. ARTICULO 49 ° Para el puntaje de las categorías en concurso se tomará en cuenta el puntaje obtenido por los cuatro primeros puestos. ARTICULO 50° Los animales y conductores de los mismos ingresarán a la Pista de Juzgamiento sin distintivos ni letreros que identifiquen su ganadería el conductor será quien lleve el brete asignado en la admisión. ARTICULO 51 ° Los expositores están obligados a presentar al Ring de Juzgamiento, animales debidamente preparados y en buenas condiciones de higiene. ARTICULO 52 ° En los box o recintos donde estarán alojados los animales, los productores podrán poner un letrero que identifique a la ganadería que representa, siendo estos letreros del tamaño regular y que vayan en armonía con el Campo Ferial. ARTICULO 53 ° Todos los conductores en el Ring de Juzgamiento tendrán que hacerlo con delantal que proporcionará el Comité Organizador, para darle limpieza y orden al trabajo de juzgamiento, no permitiéndose sombreros o gorros diferentes al Ingreso del Ring. ARTICULO 54 ° Los propietarios de los animales inscritos y admitidos en la Feria Reyes 2015, podrán conducir sus animales si así lo desean en conformidad al artículo 53°.

CAPITULO VI JUZGAMIENTO DE VACUNOS DE LECHE ARTICULO 55° En el Juzgamiento de vacunos de Leche existirán dos Clases: 1.- Clase identificada provenientes del Programa Libro Abierto (PLA) y PPC. 2.- Clase Libro A y Puros de Pedigree. Para la clase Identificadas y PPC las categorías serán las siguientes: A.- Dientes de leche: La cual puede subdividida según el tamaño a criterios del Juez. B.- Dos Dientes. C.- Cuatro Dientes. D.- Seis dientes y boca llena.


En las categorías cuatro y seis dientes, concursaran primero las vacas en seca, las que se considera una sola categoría (adultas en seca) y después las vacas en lactación, esto es primero las de cuatro dientes y después las de seis dientes a más. En la clase ganado Registrado (Libro A y Pedigree) se hará conforme a la nueva clasificación que se está empleando a nivel nacional e internacional, para que no exista mucha diferencia entre las edades de los animales dentro de las mismas categorías, las cuales en el Campeonato Junior o joven son rebajadas a tres meses entre categorías, en el Campeonato Intermedio las categorías son de seis meses de diferencia y en el Campeonato Mayor o Senior la diferencia es de un Año de edad. Esta disposición también rige para los machos Registrados Puros de Pedigree, hasta la categoría intermedio. a.- PARA EL CAMPEONATO JUNIOR O JOVEN 1. Ternero (ternera) Menor Sub Clase A Animales nacidos entre el 01-10-2014 al 31-12-2014 Sub Clase B Animales nacidos entre el 01-07-2014 al 30-09-2014 2. Ternero (ternera) Menor intermedio Animales nacidos entre el 01-04-2014 al 30-06-2014 3. Ternero (ternera) Mayor Animales nacidos entre el 01-01-2014 al 30-03-2014 4. Torete (vaquilla) Mayor Animales nacidos entre el 01-10-2013 al 31-12-2013 5. Torete (vaquilla) 1 año Mayor Animales nacidos entre el 01-07-2013 al 30-09-2013 6. Torete (vaquillona) 1 año Joven Intermedio Animales nacidos entre el 01-04-2013 al 30-06-2013 7. Torete (vaquillona) 1 año mayor Animales nacidos entre el 01-01-2013 al 30-03-2013 b. PARA EL CAMPEONATO INTERMEDIO 1. Vaca 01 año Mayor-Lactación Animales nacidos entre el 01-01-2013 al 30-06-2013 2. Vaca 02 años Menor Animales nacidos entre el 01-07-2012 al 31-08-2012 3. Vaca 02 años Mayor Animales nacidos entre el 01-01-2012 al 31-12-2012 4. Vaca 03 años Menor Animales nacidos entre el 01-07-2011 al 31-12-2011 5. Vaca 03 años Mayor Animales nacidos entre el 01-01-2011 al 30-06-2011 c. PARA EL CAMPEONATO MAYOR 1. Vaca 04 años Animales nacidos entre el 01-01-2010 al 31-12-2010 2. Vaca 05 años Animales nacidos entre el 01-01-2009 al 31-12-2009 3. Vaca Adulta Animales nacidos antes del 31-12-2009 ARTICULO 56 ° En caso que no hubiera suficientes animales registrados al momento del Concurso y previo acuerdo entre el juez y el Comisario General, estas categorías en el campeonato Intermedio y Mayor se juntarán de la siguiente manera: 1. Vacas 02 años Animales nacidos entre el 01-07-2012 al 28-05-2013 2. Vacas 03 años Animales nacidos entre el 01-06-2011 al 28-05-2012 3. Vacas 04 años Animales nacidos entre el 01-05-2010 al 28-05-2011 4. Vacas 05 años o Adultas Animales nacidos antes del 28-06-2011


ARTICULO 57 ° Para el Juzgamiento de machos PDP, solo participaran hasta el Campeonato Intermedio (animales nacidos hasta el 01-01-2011 al 30-06-2011) ARTICULO 58 ° Las vacas en seca entrarán solo las mayores de tres años a más en una sola categoría. ARTICULO 59 ° En la clase identificadas en vacunos, se tendrá el mismo tratamiento que el artículo 58° cunado se esté juzgando la categoría Vacas. ARTICULO 60° Para la elección del Gran Campeón de la Raza y su reservado Gran Campeón de la Raza competirán el Campeón Junior de Machos, el Campeón Junior, El campeón Intermedio y el Campeón Senior de hembras Registradas ,quedando los reservados de Campeón Junior, Campeón Intermedio y Campeón Senior para disputar la Reservada Gran Campeona de la Raza. Para la elección del Gran Campeón de la Raza y su Reservado Gran Campeón de la Raza, competirán el Campeón Júnior y reservados de Campeón Júnior de Machos, el Campeón Júnior, el Campeón Intermedio y el Campeón Senior de hembras registradas, quedando los Reservados de Campeón Júnior, Campeón Intermedio y Campeón Senior para disputar la reservada Gran Campeona de la Raza. ARTICULO 61 ° En la Clase Identificadas y PPC, solamente se disputarán los campeonatos Junior y Senior, así como también, sus Reservados de Campeón Junior y Senior. ARRTICULO 62 ° No se juzgará en el Concurso el Campeonato Supremo, porque a partir de este evento se dejará de Juzgar Machos PDP ARTICULO 63 ° Cualquier diferencia de opinión o aspecto omitido en el Reglamento de Vacunos será resuelta por el Comisario. ARTICULO 64° Se otorgarán premios hasta el quinto lugar de acuerdo al Ranking general de vacunos teniendo en cuenta la sumatoria de las clases PDP y PPC, además se otorgará un permio especial para el mejor criador de la Provincia de Espinar de acuerdo al Ranking que se establezca. CAPITULO VII JUZGAMIENTO DE OVINOS ARTICULO 65 ° Los Ovinos de la Raza Corriedale y Hampshire Down, serán categorizados en el concurso de la siguiente manera: PUROS DE ORIGEN E IDENTIFICADOS. 1.- Categoría A Dientes de Leche (puede ser subdividida a criterio del juez) 2.- Categoría B Dos Dientes. 3.- Categoría C Cuatro Dientes 4.- Categoría D Seis sientes a más (boca llena) 1.

Categoría A1 Dientes de leche Nacidos a partir del 01-10-2014 a la fecha 2. Categoría A2 Dientes de Leche Menor Nacidos a partir del 01-07-2014 al 30-09-2013 3. Categoría A3 Dientes de leche Intermedio Nacidos entre el 01-04-2014 al 30-06-2014 4. Categoría A4 Dientes de leche mayor Nacidos antes del 30-03-2014 5. Categoría B Dos dientes Nacidos entre el 6. Categoría C Cuatro dientes Nacidos a partir del 01-06-2012 al 28-02-2013 7. Categoría D Seis dientes a más Antes del 01-06-2012 ARTICULO 66° Todas las categorías descritas en el Artículo anterior corresponden también a machos y hembras PPC e Identificados respectivamente. ARRTICULO 67 ° En los ovinos PPC e Identificados concursarán para la obtención del Campeonato Junior entre los primeros lugares de la Categoría A y B, siendo igual para el reservado Campeón Junior. Para la obtención del Campeonato Senior será entre los primeros lugares de las categorías C y D.


ARTICULO 68 ° En los ovinos Pedigree, el Campeón y Reservado Campeón Junior saldrán de las categorías A1, A2, A3, A4 y B. Para el Campeón Senior y Reservado Campeón Senior concursarán los primeros lugares de las categorías C y D. ARTICULO 69 ° Para la obtención del Gran Campeón de la Raza Ovinos, solamente se tendrá en cuenta los animales registrados por lo que concurrirán para dicho premio, el Campeón Junior y Senior y sus Reservados campeones de los cuales se elegirá el Gran Campeón de la Raza y su Reservado Gran Campeón. ARTICULO 70 ° En ovinos existirá un premio adjunto que se llamará CAMPEON SUPREMO, que resulta de la competencia del Gran Campeón Macho con la Gran Campeona Hembra. ARTICULO 71 ° Todos los ovinos que ingresen al Campo Ferial tienen que ser pesados en balanza, anotando al revés del Cartón, los kilos de peso vivo del animal, a fin de servir como guía al Juez a la hora de calificación. ARTICULO 72° Las borregas que hayan sido inscritas en el programa del Libro “A” por el Registro Genealógico de la raza y otras Asociaciones de Raza, concursarán en la clase Registrada. ARTICULO 73° Cualquier situación que se presente como es la no coincidencia de la edad real de los animales vistas en las dentaduras y que manifieste otra edad en el Certificado de Registro, previa verificación del Juez y Comisario General, es decir, que esté incorrectamente registrado o que este adulterada su inscripción, será descalificado de la categoría en que supuestamente concursará. LOS PREMIOS ARTICULO 74° Se otorgarán premios hasta el tercer lugar de acuerdo al Ranking General de ovinos, teniendo en cuenta la sumatoria de las clases PDP y PPC, para las razas Hampshire Down y Corriedale, aclarando que la premiación es Independiente para cada raza, además se otorgará un premio especial para el mejor Criador de la Provincia de acuerdo al Ranking que se establezca en las razas respectivas en concurso. CAPITULO VIII JUZGAMIENTO DE CAMELIDOS SUDAMERICANOS. ARTICULO 75 ° Para el concurso de alpacas serán agrupadas en las siguientes Razas, Clases y Categorías, solo se aceptaran dos animales por categoría. Quedando agrupadas de la siguiente manera: 1.- RAZA A Huacaya 2.- RAZA B Suri 1.-CLASE A Color Blanco 2.- CLASE B Todas las tonalidades de color distintas al Blanco. Dentro de cada Raza y Clase se establecerán las siguientes categorías, tanto para machos como para hembras: 1. CATEGORIA A1 Animales dientes de leche Tui Menor 2. CATEGORIA A2 Animales dientes de leche Tui Mayor 3. CATEGORIA B Animales de dos dientes 4. CATEGORIA C Animales de cuatro dientes 5. CATEGORIA D Animales de seis dientes a más Animales adultos de Boca llena, se consideran desde el momento que presentan rompimiento de los extremos, incluyendo caninos. A partir del 2012, solo se aceptará animales con fecha de nacimiento y respectivo Registro, así mismo los vellones de los Huacaya no podrán tener más de 12 cm de longitud de mecha e mecha (1 año) máximo y 7 cm como mínimo de producción de fibra y los Suris no más de 17 cm de longitud de mecha en un año de crecimiento, no se aceptarán animales Wasi. El Comité Organizador y los Registros Genealógicos existentes que desean hacer la identificación de los animales a concursar en la feria pondrán personal calificado para efectuar el trabajo correspondiente, el cual será en beneficio de los criadores. Las categorías A y B serán consideradas dentro del Grupo Junior (TUIS) y las categorías C y D, consideradas dentro del grupo Senior (ADULTAS). Para la Obtención del Gran Campeonato de la Raza Suri y Huacaya (hembra Clase macho) concursarán los Campeones y Reservados de cada Clase, concursarán los Campeones Junior y Senior y sus respectivos reservados. ARTICULO 76° En las razas Suri y Huacaya concursarán para Premios Especiales, las alpacas que hayan participado en el concurso, en los siguientes premios especiales: a) Mejor conjunto Huacaya. b) Mejor conjunto Suri. c) Mejor Vellón Macho. d) Mejor Vellón Hembra. e) Mejor Cabeza Suri. f) Mejor Cabeza Huacaya


ARTICULO 77° Para el Concurso y Juzgamiento de Llamas serán agrupados de la siguiente manera: RAZA: Q'ara y Ch'aku SEXO: Macho y Hembras COLOR: Blanco y de Color CATEGORIAS: A-1 A-2 B C D

: Dientes de Leche menor : Dientes de Leche Mayor : 2 dientes : 4 dientes : adultos boca llena

LOS PREMIOS ARTICULO 78 ° Se otorgaran premios hasta el tercer lugar en el Ranking General de Camélidos y un premio especial para el mejor Criador de la Provincia tanto en Alpacas Suri, Huacaya y Llamas Q'ara y Ch'aku. ARTICULO 79 ° Además se establece los siguientes Premios: -

Mejor Expositor Criador de Alpacas

-

Mejor Expositor Criador de Llamas

-

Mejor Expositor Criador de Vacunos

Mejo Expositor Criador de Ovinos A los que se les entrega el trofeo alusivo de la Expo Reyes 2015 ARTICULO 80 ° Se considera CRIADOR al propietario de la madre al momento del servicio. EXPOSITOR/ PROPIETARIO, al que presente el animal a concurso en la Exposición Ganadera, pudiendo ser criador del mismo o simplemente Expositor del citado Animal ARTICULO 81 ° Para Determinar el Puntaje del Mejor Expositor/Criador se hará de acuerdo a la siguiente tabla: Puestos Vacunos Ovinos Llamas Alpacas Primer Puesto 8 puntos 8 puntos 8 puntos 8 puntos Segundo puesto 6 puntos 6 puntos 6 puntos 6 puntos Tercer puesto 4 puntos 4 puntos 4 puntos 4 puntos Cuarto puesto 2 puntos 2 puntos 2 puntos 2 puntos Dos Menciones honrosas -.-.-.-.Para los efectos de establecer el ranking final en todas las especies se tomará en cuenta las siguientes consideraciones: a.- En relación al puntaje se destinará de la siguiente manera - Para Expositor 60 % - Para el Criador 40 % b.- El Puntaje será acumulativo con todos los ejemplares que han sido premiados es decir hasta el cuarto lugar en todas las categorías. c.-Los ejemplares Machos en Vacunos podrán participar en todas las categorías ,cuidando la docilidad de los animales bajo responsabilidad del criador y /o expositor. d- Las transferencias de registros solo se aceptarán hasta con 90 días de antigüedad, excepto en términos de 90 días de edad. e.- Se efectuará el concurso de ordeño el día 6 de Enero, el mismo que no dará derecho a puntaje, tendrá un reglamento especial y premio especial. En caso de Empate, el Primer Puesto, se define por el Mayor número de Primeros Puestos y su aun persistiera, se computarán los Segundos Puestos y así sucesivamente.

ARTICULO 82 ° Las categorías y Campeonato se premiarán con bandas y /o Medallas con los colores que se detallan a continuación CATEGORIAS Primer Puesto Escarapela Blanca Segundo Puesto Escarapela Roja Tercer Puesto Escarapela Verde Cuarto Puesto Escarapela azul Dos Menciones Honrosas Escarapela Morada CAMPEONATOS Campeón Supremo Gran Campeón de la Raza Reservado Gran Campeón de la Raza

Banda Blanca Rojo Azul con flecos dorados Banda Blanca Rojo con flecos dorados Banda Rojo con flecos plateados


Campeón Supremo Reservado Campeón Senior Campeón Intermedio Reservado Campeón Intermedio Campeón Junior Reservado Campeón Junior

Banda Azul Blanco con flecos dorados Banda Azul con flecos plateados Banda Verde Blanco con flecos dorados Banda verde con flecos plateados Banda Celeste Blanco con flecos dorados Banda Celeste con flecos plateados

CAPITULO IX REGLAMENTO PARA EL CONCURSO Y JUZGAMIENTO DE CUYES ANTECEDENTES III Expo Reyes Internacional, XVI Feria Nacional y XXXVII Feria agropecuaria Agroindustrial y Turística Espinar Cusco, Organizada por La Municipalidad Provincial de Espinar, por encargo de los Productores de Agropecuarios de Espinar. La exposición y concurso de animales Menores, actividad de trascendencia dentro de las actividades programadas en la XVII Feria Nacional Reyes 2015, tiene como objetivo revalorar y promocionar las bondades productivas y nutritivas de esta especie nativa. I Fines y Objetivos a) Promover la participación activa de los criadores y productores y demás agentes de la crianza y producción de cuyes en general en las exposiciones y concursos del país. b) Promover el desarrollo y mejoramiento de la crianza de animales menores, mostrar los avances de la producción y productividad de la crianza de animales menores. c) Promover el intercambio de conocimientos y experiencias en la crianza de cuyes. d) Promover la crianza y consumo de carne de cuy por las bondades nutricionales que se ofrece y la utilización de subproductos. e) Incentivar la organización de criadores, asociaciones y la formación de pequeñas y microempresas en la producción de cuyes. II Fecha y Hora de la Realización La exposición y concurso se realizará el día 05 de Enero a partir de las 10:00 a.m. III Lugar Campo Ferial Nuevo Versalles Espinar (Pista N° 3) IV Participantes a.- Asociaciones de Criadores de cuyes de la Región. b.- Productores y/o criadores de cuyes de todas las regiones del país. c.- Criadores de Cuyes en general. ARTICULO 84° a) b) c) d) e) f) g) h)

LAS INSCRIPCIONES Las inscripciones se recibirán en el Comisariato de la feria Se asignará una comisión de inscripción, la misma que utilizará un formato establecido para cuyes. La comisión visitará oportunamente a los expositores para verificar los datos consignados por estos al momento de la Inscripción. La comisión tendrá la facultad de anular las fichas de inscripción de aquellos expositores a los que se les encuentre información dolosa o adulterad sin derecho a devolución del monto de inscripción cancelada. Al momento de la inscripción, el expositor dará su domicilio y la ubicación exacta de su granja para que pueda ser fácilmente ubicado. No se aceptará la inscripción de más de un expositor por granja que tenga la misma dirección o razón social. Podrán participar en forma personal y asociados en el evento ferial, criadores individuales, asociados y público en general. Para fines de concurso ,los animales serán agrupados por las siguientes características: - Tipos (tipo I, II, III y IV) - Sexo (macho y hembra) ARTICULO 85°

a) b) c) d)

INGRESO Y ADMISION Los días fijados para el ingreso y admisión de cuyes será fijado por el Comité Organizador Artículo 10. Para la admisión de cuyes al campo ferial actuará un jurado de admisión, el mismo que será nominado con anterioridad. Las decisiones del jurado de admisión “serán inapelables “ el mismo que trabajará sin la interrupción del público ni de los participantes. El Jurado de admisión inspeccionará los animales inscritos y no autorizará el ingreso al ring de juzgamiento los animales que presente: - Defectuosa conformación de los órganos genitales (criptorquidia una o bilateral) - Signos evidentes de parasitosis externa (pediculosis, ácaros, hongos etc.) - Animales con gestación avanzada que se encuentren en el último tercio de gestación. - Mala presentación y falta de limpieza de animales para el concurso. - Los animales para el concurso deberán estar debidamente identificado s(aretados o tatuados) para su admisión. - Otros criterios que el jurado de admisión determine, en coordinación con el juez. NOTA: Los expositores que no cumplan con esta disposición, no podrán participar en el concurso.


ARTICULO 86° a) b) c)

CONCURSO Y JUZGAMIENTO Para efectos del concurso y calificación el Comité Organizador nombrará un juez, cuyos fallos serán inapelables. Para el juzgamiento y calificación de los animales concurrentes deberá existir un mínimo de 5 expositores, en el que ningún animal podrá presentarse luciendo distintivos, adornos y /o trofeos que haya ganado en exposiciones anteriores. Los participantes solo podrán portar el cartel con el número de orden que haya sido asignado por el Comisario. En la exposición y juzgamiento de cuyes, concursarán animales de los tipos (I, II, III y IV ) dentro de cada sexo y categoría.

HEMBRAS -

Categoría Menor de 300 a 1000 grs.

-

Categoría intermedio de 1001 a 1500 grs.

MACHOS

Categoría Mayor más de 1500 grs.

-

Categoría Menor de 300 a 1200 grs

-

Categoría Intermedio de 1201 a 1800 grs

d)

Categoría Mayor más de 1800 grs En el concurso se desarrollarán dos líneas - Línea de Carne tipo I, II, IV -Línea de Fantasía Tipo III Para la línea de carne no participarán cuyes de pelajes total o parcialmente oscuros. De los tres campeones de tipo I,II,IV se determinará el campeón de la línea de Carne Para los campeonatos concursarán las categorías menor, intermedio y mayor de ambos sexos para obtener el campeonato y el reservado del campeón de cada tipo. Las categorías a concursar en cuyes de línea fantasía serán para todas las edades y sexo, de estos se determinará el campeón. En caso que se presenten sólo dos participantes sus animales serán considerados como animales de exhibición, pudiendo hacerse acreedor a mención honrosa y /o premio especial en caso de merecerlo; esto estará sujeto a la decisión del jurado calificador.

e) f) g) h)

ARTICULO 87° JURADO CALIFICADOR Las personas que actuaran como miembros del jurado calificador, serán profesionales especialistas en el juzgamiento y crianza de cuyes. Cualquier duda que surgiera en la calificación será resuelta por el Comisario y/o la comisión de cuyes. El jurado calificador, otorgará los premios que considere convenientes para los diferentes tipos, podrá otorgar menciones honrosas en caso que considere justificable. d) El jurado podrá declarar desierto el concurso correspondiente a ciertos tipos, dejando constancia de su determinación. ARTICULO 88 ° LOS EXPOSITORES. Los expositores deberán acatar todas las disposiciones que dicte el Comisario General de la Feria. A. Los expositores deberán acatar la ubicación que se le asigne por parte del Comisario General de la Feria. B. Se debe considerar por parte de los expositores que el fallo del Jurado Calificador es inapelable y cualquier desacato se considera como falta grave, lo que será sancionado por el Comité Organizador. C. Los expositores que faltaran de obra o de la palabra al público o jurado dentro del juzgamiento ,serán sancionados por el Comité Organizador, con una pena no menor de tres años de suspensión como expositor y participante, ya sea directa o indirectamente en un evento ferial. D. Los expositores son responsables íntegramente de la seguridad y vigilancia de sus animales durante el evento ferial. E. Queda terminantemente prohibido el ingreso del público a la pista de juzgamiento durante el trabajo de los Jueces. F. Los propietarios podrán presentar un animal por expositor en cada categoría. a) b) c)

El Comité Organizador no es responsable por muerte o accidente que sufrieran los animales durante su estadía dentro del Campo Ferial.

ARTICULO 89° LA CALIFICACION Los animales que ocupen los primeros puestos de los diversos tipos y categorías, se harán acreedores al respectivo reconocimiento ya establecido por el Comité. A los participantes se les otorgará: Primer Puesto: Escarapela de color verde. Segundo Puesto: Escarapela de color morado Tercer puesto: Escarapela de color celeste. Mención honrosa: Escarapela de color rosado. Para establecer ganadores del concurso, se tomará en cuenta la acumulación de puntajes que hayan logrado los participantes a lo largo del concurso. a) Primer lugar: 3 puntos b) Segundo lugar: 2 puntos c) Tercer lugar: 1 punto d) Mención honrosa: 0 puntos


Los distintivos otorgados por los jurados, serán registrados en el momento de ser adjudicados, anunciándose inmediatamente la escarapela correspondiente al animal ganador. Del Campeonato Se realizará un campeonato de los diferentes tipos por sexo, en los cuales no se considera la puntuación y serán premiados con un distintivo. El campeonato se realizará con animales que hayan ocupado los primeros puestos de cada categoría. El campeonato se realizará siempre y cuando se presenten todas las categorías, caso contrario no se realizará el campeonato Para establecer ganadores del concurso se determinarán las siguientes premiaciones. -

Gran Campeón de Línea de Carne.

-

Reservado del Gran Campeón.

-

Mejor expositor del Concurso.

-

Mejor expositor del la Provincia de Espinar. CAPITULO X REGLAMENTO PARA EL CONCURSO DE PRODUCTOS LACTEOS LOS OBJETIVOS

ARTICULO 90° Propiciar el procesamiento y transformación de la leche en yogurt, quesos, manjar blanco y otros derivados por parte de los productores individuales y asociados en la Región Cusco y el País en general. Promover la producción de leche y su procesamiento como un medio para mejorar los ingresos familiares y su calidad de vida. Incentivar a los productores a participar en eventos donde pueda mostrar la calidad de sus productos. LOS PARTICIPANTES ARTICULO 91° Podrán participar en el presente concurso todos los productores individuales y asociados de las diferentes localidades de la Región y del País, productores de yogurt, queso, manjar blanco y otros derivados lácteos del ámbito regional, los cuales deben estar debidamente acreditados en la feria por las instituciones a las cuales representan. ARTICULO 92° Las categorías de participación serán: Categoría A: Empresas, Microempresa e Iniciativas Empresariales con Registro Sanitario y Marca. Categoría B: Organizaciones y Productores Asociados. Categoría C: Productores individuales. ARTICULO 93° Para participar en diversas categorías, el producto deberá presentar una muestra mínima de cinco (05) litros de yogurt por cada categoría; en caso de los quesos se requiere como mínimo tres (03) de un kilo de cada tipo; para el manjar blanco se requiere como mínimo tres (03) potes de una misma variedad; para los demás productores, según el criterio de la comisión de admisión y registro de los cuales la comisión de admisión y registro recogerá una muestra al azar, a la misma que se asignará un código de participación. EL CONCURSO ARTICULO 94° Participarán en el proceso de concurso y calificación, los productos que estén registrados y codificados antes del proceso de calificación, no se admitirán las muestras integradas, ni las procedentes de asociaciones formadas en el mismo momento de la calificación. ARTICULO 95° La exposición y concurso de los productores participantes se desarrollará en el stand asignado para tal fin, acondicionado especialmente por la Comisión Organizadora. ARTICULO 96° El concurso de dividirá en las siguientes categorías: YOGURT: a) b)

Yogurt – batido (natural) Yogurt saborizado – bati

QUESOS: a) b)

Queso Andino Queso tipo Paria


ARTICULO 97° El proceso de calificación se realizará de manera pública en el stand especialmente acondicionado para tal fin, para lo cual la comisión respectiva ejecutará previamente la codificación de los productos, los cuales no deberán presentar distintivos, marcas ni signos que identifiquen a sus propietarios. JURADO CALIFICADOR JURADO a.- El jurado calificador estará conformado por un degustador calificado especialmente invitado por el Comité Organizador: b.- El jurado calificador es la máxima autoridad durante la calificación del evento, dando a conocer sus fallos en forma transparente y sustentando técnicamente al término del concurso, cuyos fallos una vez emitidos serán INAPELABLES. c.- La evaluación y puntuación del jurado en la selección es secreta hasta la obtención de los resultados finales y solo será divulgada una vez que haya terminado la fase evaluativo del concurso. LA CALIFICACION ARTICULO 98° EVALUACIÓN SENSORIAL DE LOS QUESOS Y YOGURT EN CONCURSO El proceso de selección y evaluación de los productos presentados a concurso se realizara de la siguiente forma: a) b)

El jurado procederá a la evaluación de la totalidad de los productos presentados al concurso que hayan sido admitidos como tales para las categorías establecidas. El jurado cuenta con facultades para descartar de la evaluación cualquier producto participante que no logre reunir las condiciones mínimas aceptables en uno o más aspectos sometidos a evaluación.

El jurado hará su evaluación a través del análisis sensorial de los quesos actuando independientemente de acuerdo a los siguientes criterios definidos por la Dirección Técnica:

a)

en el concurso de yogures participaran Productos Individuales Asociaciones de Productores, Clubs de madres, Instituciones

Educativos, Empresas y Microempresas, las mismas que para su evaluación serán grupadas en los grupos: a. b.

Aquellos que tengan registros sanitarios Aquellos que de elaboración artesanal sin registro sanitario.

Todos los participantes serán inscritos y registrados, asimismo para la calificación presentaran 03 litros de su producto.


a)

La dirección técnica del concurso proporcionara de los recursos necesarios para la evaluación sensorial de los productos a concurso.

b)

El jurado calificador está conformado por un especialista, en procesamiento y transformación de la leche en sus diferentes categorías y modalidades. LA PREMIACION

ARTICULO 99° Para la totalización o conformación del ranking final en cada producto, se realizará la suma de los puntajes de los criterios obtenidos por cada productor o asociado participante en cada categoría, una vez culminado el proceso de calificación. ARTICULO 100° Se procederá a la premiación de los ganadores que hayan acumulado mayor puntaje dentro del cuadro final de cada producto y en su respectiva categoría (yogurt, queso, manjar blanco), entregándose distintivos al primer, segundo y tercer lugar. ARTICULO 101° De la premiación al MEJOR PRODUCTOR DE DERIVADOS LACTEOS, se otorgará al participante que haya acumulado mayor puntaje en todos los productos dentro del cuadro final de calificaciones, y estará a cargo de la comité organizador de la XVII FERIA NACIONAL REYES 2015 ESPINAR CUSCO. ARTICULO 102° Las disposiciones contempladas en el presente reglamento serán resueltos por cada comisión de agroindustria. CAPITULO XI REGLAMENTO DE CONCURSO DE PRODUCTOS AGRICOLAS OBJETIVOS ARTICULO 103º Los objetivos de este concurso son: - Incentivar y promocionar el intercambio de los productos agrícolas, destacando los diferentes productos de la zona. - Incentivar la producción de semillas de buena calidad, fomentando una mejor producción a nivel asociativo, comunal e individual. - Promover el uso de cultivos andinos en la preparación de potajes balanceados y la importancia de éstos en la alimentación diaria. - Fomentar la comercialización de los productos agrícolas. LOS PARTICIPANTES ARTICULO 104º Los productores agrícolas, deben ser productores reconocidos en el ámbito de la provincia de Espinar la Región o el País. Para su participación deben inscribir sus productos. ARTICULO 105º Los productores agrícolas que están en concurso, tienen la obligación de mantenerse estables en la exposición desde el inicio de la feria y durante el desarrollo del mismo hasta su finalización; en caso de incumplimiento, el concursante será descalificado automáticamente. CONCURSO ARTICULO 106º Podrán participar en el concurso con los siguientes productos agrícolas: Granos Andinos: Quinua, Cañihua, Avena y Papa. Para la exhibición y concurso de los productos agrícolas se tendrá la siguiente norma: a. Los cereales y granos se presentarán en envase de material resistente y/o transparente, mallas, yutes para su fácil apreciación una cantidad de 5 kilos. JURADO CALIFICADOR ARTICULO 107º El jurado calificador será integrado por profesionales especializados por líneas de cultivo, procedentes de instituciones locales o regionales generadoras de tecnologías.


LA CALIFICACION Se considera la siguiente puntuación para la calificación: Sanidad Pureza varietal Uniformidad y llenado del grano Presentación Conocimiento

4 puntos 4 puntos 4 puntos 4 puntos 4 puntos LA PREMIACION

ARTICULO 108º Se considera para el concurso los siguientes premios: Primer premio Segundo premio Tercer premio Se premiarán a los productores de especies nativas que ayuden a la conservación de la diversidad genética, biológica y el medio ambiente. CAPITULO XII REGLAMENTO DEL CONCURSO DE ARTESANIAS OBJETIVOS ARTICULO 109º Son objetivos de este concurso: a. Mejorar los ingresos económicos de los artesanos de Espinar y de otras regiones. b. Dar a conocer las diferentes técnicas de artesanía local. c. Poner en valor nuestros recursos de artesanía. d. Incentivar y fomentar en el poblador Espinarense a tecnificar la artesanía local. e. Dar a conocer las diferentes iconografías (pallay) de nuestras zonas. LAS CARACTERISTICAS ARTICULO 110º Para participar se cumplirán las siguientes exigencias: a. Los concursantes deben presentar y exponer los instrumentos utilizados. b. Los productos artesanales se expondrán en un stand a la vista del público y el Jurado Calificador (para venta). c. Todo producto artesanal en sus diferentes variedades serán hechos por sus propietarios con demostración (los artesanos que se presenten con artesanías propias serán descalificados). d. Los concursantes presentarán un solo producto para la calificación. e. Los materiales utilizados deberán ser preferentemente de la zona. LOS PARTICIPANTES ARTICULO 111º Se consideran participantes: a. Organizaciones Sociales b. Instituciones c. Personas individuales d. Invitados ARTICULO 112º No podrán participar en el presente concurso, los ganadores que ocuparon el I y II lugar en festivales anteriores; sólo podrán exponer y vender sus productos.

JURADO CALIFICADOR ARTICULO 113º El Jurado Calificador será designado por el Comité Organizador y sus decisiones son inapelables. DEL SISTEMA DE CALIFICACION


ARTICULO 114º Cuadro de puntaje: ACABADO DEL PRODUCTO ORIGINALIDAD (en la confección de iconografías y pallay MATERIAL UTILIZADO PRESENTACIÓN EXPOSICION DE LA ARTESANIA Y DEMOSTRACION

25 PUNTOS 25 PUNTOS 20 PUNTOS 15 PUNTOS 15 PUNTOS

LOS PREMIOS ARTICULO 115º El Comité Organizador premiara al 1er., 2do. y 3er. lugar. CAPITULO XIII DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 116° Todo caso no expuesto en el Presente Reglamento será resuelto por una comisión nombrada expresamente por el Comité Organizador y su decisión será inapelable ARTICULO 117° El comité organizador no se hace responsable sobre los aspectos tributarios originados entre productores en la comercialización y remate de los mismos, los cuales velarán por sus propios intereses y obligaciones ante las autoridades correspondientes siendo solamente el Comité Organizador un ente que agrupa a un conjunto de productores para que puedan comparar la calidad de sus animales en el juzgamiento y comercializar entre ellos dichos animales. ARTICULO 118° Por tratarse de una feria Ganadera de exposición y Remate cuyo fin principal es REAFIRMAR LA CULTURA GANADERA DEL PRODUCTOR, y teniendo este certamen un enfoque CULTURAL Y EDUCACIONAL ,está prohibido terminantemente el concurso de bebidas alcohólicas y su venta en las cercanías del Ring de Juzgamiento, como el de remate, existiendo una zona destinada exclusivamente para su consumo ,lo cual será respetado íntegramente por todos los productores y público en general; caso contrario ,el personal de seguridad del Comité Organizador en coordinación con la Policía Nacional están autorizados para expulsar del campo ferial a cualquier infractor de esta disposición. ARTICULO 119° El presente reglamento de Ferias y Exposición Ganaderas no podrá ser modificado ni en parte ni en su totalidad ya que es la expresión de los Criadores de Ganado y además por estar refrendado por la Dirección Regional de Agricultura. ARTICULO 120° La Permanencia de animales durante el evento es de entera responsabilidad del ganadero participante en la feria, el comité organizador se libera de cualquier responsabilidad con la salud y mantenimiento físico de los animales que se encuentren en el campo ferial ARTICULO 121° Los animales comercializados en el remate podrán ser retirados con la presentación de las hojas de liquidación debidamente canceladas y visadas por la comisión respectiva. ARTICULO 122° Los ganaderos, artesanos, agricultores, criadores de animales menores y productores en general que han de participar en el presente evento Ferial se someten a las disposiciones señaladas en el presente Reglamento, del mismo que toman conocimiento al recibir la invitación correspondiente, por lo tanto no se aceptará ningún reclamo que entorpezca la buena marcha de la feria y los aspectos no contemplados serán resueltos en concordancia al artículo 147. CAPITULO XIV DEL CONCURSO DE PRODUCCION DE LECHE ARTICULO 123° Se considera para este concurso a las vacas en producción de la raza Brown swiss y cruzadas. ARTICULO 124° Podrán participar las vacas mencionadas en el artículo anterior en dos grupos: -El primer grupo de vacas con un ordeño al día -El segundo grupo de vacas con dos ordeños al día ARTICULO 125° EL día 06 de Enero a las 15 horas, las vacas a concursar serán secadas por sus dueños en presencia del jurado calificador quien certificará la seca de las vacas ARTICULO 126° La prueba de ordeño será el día 07 de Enero del 2015 a horas 7:00 a .m. en presencia del jurado, el ordeño podrá ser manual o con máquina ordeñadora, el producto obtenido será pesado de inmediato en una balanza electrónica proporcionada por el Comité Organizador y calibrada por los jurados. ARTICULO 127° El jurado calificador Será elegido por el Comité Organizador y su decisión es inapelable ARTICULO 128° Cada productor individual o asociación podrán participar hasta con dos vacas.


ARTICULO 129° Solo se admitirán hasta dos ordeñadores por vaca, los mismos que estarán correctamente vestidos de color blanco y con sus utensilios de ordeño respectivosARTICULO 130° El concurso se iniciará el día de Enero del 2015 ,para vacas con un solo ordeño a las 10:00 a.m y para vacas con dos ordeños a las 7:00 a.m. el primer ordeño y las 6-00 p,m el segundo ordeño. ARTICULO 131° La vaca ganadora será la que más leche produzca en uno o dos ordeños, según sea el caso, la leche extraída será pesada en una balanza electrónica la misma que será calibrada por el jurado. ARTICULO 132° Los premios serán otorgados por el comité Organizador.


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