La gestión de los paisajes culturales El propósito de la gestión es proteger los valores y atributos del paisaje cultural para las generaciones presentes y futuras. Este objetivo permitirá guiar cambios en las dinámicas culturales del paisaje, preservando sus valores más importantes. Para lograrlo, se debe elaborar un marco de gestión que se convierta en la herramienta para informar y conducir las acciones a lo largo del tiempo. Esta comprensión debe dar paso a la participación de los actores y a la formulación de un ciclo de planificación y ejecución en la gestión. Estos procesos deben estar acompañados de mecanismos de transparencia y asignación de recursos económicos. La UNESCO ha planteado mecanismos de gestión para los paisajes culturales dentro de su condición como patrimonio mundial. Dichas propuestas sirven de insumo para la generación de un marco que recoja las visiones y formas locales y nacionales de protección y usufructo del paisaje cultural, las cuales deben de ajustarse con el tiempo, de acuerdo a las condicionantes y las dinámicas territoriales del propio paisaje cultural. En este sentido, la Dirección de Paisaje Cultural recogiendo los planteamientos de UNESCO, viene trabajando en base a estas ocho etapas:
1.
Generar un acuerdo sobre el enfoque y la planificación del trabajo.
2.
Contar con una descripción del paisaje cultural y sus valores o atributos.
3.
Desarrollo de una visión compartida para el futuro.
4.
Definición de los objetivos, evaluación de oportunidades y desafíos.
5.
Generar acuerdos sobre la gestión estratégica.
6.
Coordinación para la aplicación de la gestión estratégica.
7.
Seguimiento, evaluación y gestión adaptativa.
8.
Renovar o revisar la gestión estratégica y el plan de gestión y la planificación del trabajo.
Dirección de Paisaje Cultural
Av. Javier Prado Este 2465 San Borja - Lima Teléfono: 618-9393 Anexo: 2332 y 2333 / Telefax: 2261821 www.facebook.com/paisajecultural
Dirección de
Paisaje Cultural
DIRECCIÓN DE PAISAJE CULTURAL La Dirección de Paisaje Cultural es el órgano de línea encargado de la identificación, registro, y estudio del territorio de los Paisajes Culturales. Así como de la elaboración de los lineamientos adecuados para el manejo de estos espacios a fin de garantizar su protección y conservación. El 26 de mayo del 2011 mediante Decreto Supremo N 002-2011-MC se aprueba el reglamento para la declaratoria y gestión de los paisajes como patrimonio cultural de la nación. PAISAJE CULTURAL Los paisajes culturales representan la obra combinada de la naturaleza y el hombre. Ilustran la evolución de la sociedad y los asentamientos humanos en el transcurso del tiempo, bajo la influencia de las restricciones físicas y/o las oportunidades presentadas por su ambiente natural y de las sucesivas fuerzas sociales, económicas y culturales, tanto internas como externas. Abarca una diversidad de manifestaciones de las interacciones entre la humanidad y su ambiente natural. El paisaje cultural comprende un territorio de diferentes extensiones, con diversos tipos de patrimonio tanto materiales como inmateriales, generados por una dinámica humana diacrónica que ha configurado el espacio.
TIPOLOGÍAS DEL PAISAJE CULTURAL El reglamento de paisaje cultural (decreto supremo 002-2011 MC) reconoce los siguientes tipos de paisaje cultural.
2 Paisajes orgánicamente evolutivos:
PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARATORIA DE UN PAISAJE CULTURAL COMO PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
Esta categoría refleja el proceso evolutivo de una sociedad sobre un territorio determinado, expresando un acondicionamiento como respuesta a condicionantes o necesidades sociales, económicas, religiosos o culturales. Esta categoría se subdivide en dos:
De acuerdo al Decreto Supremo 002-2011-MC: “Reglamento para la declaratoria y gestión de los paisajes culturales como patrimonio cultural de la Nación”, se establecen los procedimientos para declarar un paisaje cultural como patrimonio cultural de la Nación.
2.1 Paisaje relicto: El paisaje relicto expresa el proceso de ocupación y modificación por razones sociales, económicas y religiosas de un determinado territorio por diversos grupos humanos, dicho proceso se detuvo en algún momento, de Laguna de Cushuro - La Libertad manera brusca o paulatina. El paisaje cultural relicto constituye un territorio que no está necesariamente integrado a la dinámica social generada por las poblaciones actuales sin embargo sus características materiales son aun identificables. 2.2 Paisaje vivo: Expresa la adaptación humana a las diferentes condiciones geográficas del territorio. Adaptación que implicó el desarrollo de dinámicas sociales y culturales funcionales vigentes hasta el día de hoy. Refleja un proceso evolutivo e estrechamente vinculado al modo de vida y la cultura de las poblaciones que ocupan el paisaje. Los paisajes vivos en el Perú se localizan en su mayoría en zonas rurales, la gran parte de ellas en proceso de intervención por el incremento o mejora de la infraestructura agrícola o pecuaria.
1 Paisajes diseñados:
3 Paisajes asociativos:
Esta categoría supone la existencia de construcciones humanas, estéticamente reconocibles y relacionadas con edificaciones, conjuntos monumentales, etc. En nuestro país esta categoría se encuentra dentro de los conglomerados urbanos, las plazas, urbes y áreas de espacios públicos, muchas de ellas de origen colonial, que siguen hasta la actualidad.
Expresa la asociación cultural, religiosa, simbólica o espiritual de determinados grupos humanos sobre un territorio y los elementos naturales dentro de este.
Nevado Pariacaca - Lima / Junín
La ficha técnica debe contener: a. Descripción: nombre (actual y original), ubicación (localización, accesibilidad, mapas – fotos y el área a declarar) y categoría de paisaje cultural (según artículo 7° del reglamento). b. Caracterización y sustentación: dinámicas territoriales modeladoras del espacio (uso y manejo del espacio, sucesos históricos relevantes y procesos de ocupación), características físico-geográficas (elementos físicos geográficos modeladores y calidad visual del paisaje) y el patrimonio cultural existente. c. Aspectos legales: régimen de propiedad, protección legal y organizaciones públicas o privadas trabajando en el área. d. Anexos: mapas de ubicación (perimétricos y de delimitación), mapas temáticos (dinámicas territoriales, elementos físico geográficos y de patrimonio cultural), registro fotográfico de sustento y bibliografía (general, específica, guías, documentos publicados e inéditos, entre otros).
Complejo arqueológico de Sondor - Apurímac
El Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Paisaje Cultural revisa y aprueba el expediente de declaratoria, posteriormente el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales emite la respectiva resolución de aprobación que es publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.