PROPUESTA ALTERNATIVA para evitar la
#PrisiónAutomática y acabar con la “Puerta Giratoria”
La propuesta alternativa para reformar el artículo 19 de la Constitución se refiere a PROPUESTA limitar la libertad del Ministerio Público para ALTERNATIVA solicitar la prisión preventiva.
Policía detiene
Juéz no se entera
Fiscal Libera
art.
19
En su redacción actual la decisión recae sobre el Ministerio Público, y en función de ello puede retener o dejar en libertad a cualquier detenido de forma discrecional y sin ningún tipo de control, a esto le llamamos: “LA PUERTA GIRATORIA”. El 86% de las personas detenidas son liberadas por el Ministerio Público.
Las estadísticas demuestran que en la gran mayoría de los casos cuando el Ministerio Público solicita prisión preventiva, las Juezas y Jueces la conceden: Portación de armas 70% Delitos contra la salud 89% Policía Robo de hidrocarburos 48% detiene Para acabar con la “LA PUERTA GIRATORIA” proponemos reformar el artículo 19 de la Constitución, para que en los delitos de alto impacto el Ministerio Público deba solicitar la prisión preventiva. De esta manera, se obligaría a los Agentes del Ministerio Público a realizar la investigación inicial y justificar la prisión preventiva frente a Juezas y Jueces.
Juéz decide la medida cautelar
Fiscal justifica la medida cautelar
Se mantiene el catálogo de delitos “graves” de la minuta del Senado y reducimos la posibilidad de encarcelar a personas inocentes, aseguramos los derechos de las víctimas y cumplimos con los tratados internacionales en materia de derechos humanos. Contacto #JusticiaSinPretextos: tel.52080214 Borde, 5554333351 TaniaLuna, 5514511237 Juaenedi Vizcaíno, 5528885052 ErnestoPeralta, 7771034746 JavierCarrasco. En twitter @ReformaPenalMx Web: reformapenal.mx
la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud; así como en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo a casa habitación,
sociales con fines electorales, corrupción
corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia
nación, el libre desarrollo de la personalidad y de
la salud.
delitos en materia de desaparición forzada de personas,
particulares y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.
desaparición
cometida
por
de
fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército,
materia
hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos,
en
explosivos, delitos en materia de armas de
delitos
modalidades,
tratándose de los delitos de enriquecimiento
cometidos con medios violentos como armas y
de
transporte de carga en cualquiera de sus
personas
materia
desaparición cometida por particulares, delitos
de
en
ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al
forzada
delitos
uso de programas
y
desaparición
petroquímicos,
o
que determine la ley en contra de la seguridad de
programas sociales con fines electorales,
determine la ley en contra de la seguridad de la
petrolíferos
armas y explosivos, así como los delitos graves
personas, robo a casa habitación, uso de
armas y explosivos, así como delitos graves que
hidrocarburos,
delitos cometidos con medios violentos como
doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de
delitos cometidos con medios violentos como
de
doloso, violación, secuestro, trata de personas,
menores, delincuencia organizada, homicidio
por la comisión de un delito doloso. El Ministerio
doloso, violación, secuestro, trata de personas,
siendo
los casos de delincuencia organizada, homicidio
esté
los casos de abuso o violencia sexual contra
imputado
los casos de delincuencia organizada, homicidio
el
Público deberá solicitar la prisión preventiva en
cuando
procesado o haya sido sentenciado previamente
como
víctima, de los testigos o de la comunidad, así
desarrollo de la investigación, la protección de la
comparecencia del imputado en el juicio, el
ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en
siendo
medidas
ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en
esté
otras
por la comisión de un delito doloso. El juez
imputado
cuando
por la comisión de un delito doloso. El juez
el
preventiva
cautelares no sean suficientes para garantizar la
prisión
procesado o haya sido sentenciado previamente
cuando
art.
19
El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la
Artículo 19. …
PROPUESTA ALTERNATIVA
procesado o haya sido sentenciado previamente
siendo
como
esté
como
imputado
víctima, de los testigos o de la comunidad, así
víctima, de los testigos o de la comunidad, así
el
desarrollo de la investigación, la protección de la
desarrollo de la investigación, la protección de la
cuando
comparecencia del imputado en el juicio, el
medidas
comparecencia del imputado en el juicio, el
otras
cautelares no sean suficientes para garantizar la
cuando
cautelares no sean suficientes para garantizar la
preventiva
prisión
medidas
prisión
otras
El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la
El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la
cuando
Artículo 19. …
Artículo 19. ...
preventiva
MINUTA DEL SENADO
TEXTO VIGENTE