La radio en MĂŠxico Contexto actual
Estaciones radiofónicas en el DF y el país* Existen 855 en AM ; mil 210 en FM y siete emisoras de onda corta.
Emisoras permisionadas: 426; Emisoras concesionadas: mil 646 En el DF y zona metropolitana, en la AM existen 31 emisoras concesionadas y 3 permisionadas. En FM hay 22 concesionadas y 7 permisionadas. Veracruz cuenta con más estaciones que cualquier estado (162 estaciones ) y Tlaxcala sólo tiene 6 (4 de FM y 2 de AM).
81% de los hogares mexicanos cuentan con un radio. 61% de las estaciones transmiten por internet.
Estaciones radiofónicas en el DF y el país* Costo del spot de 20 segundos más económico del país (mención grabada): 40 pesos, en la XHSCO Estéreo Istmo, en Salina Cruz, Oaxaca. Costo del spot de 20 segundos más caro del país: 55,978 pesos, en Radio Fórmula, en el Distrito Federal (Fórmula Uno, en cadena nacional).
Total de estaciones de AM que deben interrumpir sus transmisiones durante la noche para evitar interferencias: 96, es decir, el 11% de las emisoras del país. Número estimado de estaciones de AM que deberán ser devueltas al Estado antes de 2015, como consecuencia del Acuerdo (15 de septiembre de 2008) que permitió el intercambio de frecuencias de AM por frecuencias de FM: entre 300 y 350.
¿Concesionadas y Permisionadas?
El régimen de concesión permite que una emisora busque comercialización de sus espacios como forma de sobrevivencia y negocio; en tanto las emisoras permisionadas no pueden comercializar tiempos.
Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones ¿Cómo afectó a la radio mexicana? Las estaciones de radio concesionadas deberán tener un equilibrio entre su programación y su publicidad: podrán destinar 40% de su tiempo para fines de lucro (24 min x hr). Los contenidos deben respetar los derechos humanos de las audiencias y debe haber una distinción clara entre la publicidad y la programación, así como entre los contenidos informativos y de opinión. Existirá la figura de “defensores de audiencias” que proteja al radioescucha y defienda imparcialmente sus quejas y observaciones.
Reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones ¿Cómo afectó a la radio mexicana?
Existirá una “concesión única” dividida en tres por funciones y autorizaciones: uso comercial, privado, social o público. Las radios comunitarias con acceso a frecuencias continuarán siendo permisionadas o de uso social, por lo que el uso de espacio publicitario para su subsistencia está prohibido.
Para solicitar una concesión de cualquier tipo se deberá “precisar los mecanismos para asegurar la independencia editorial; autonomía de gestión financiera; garantías de participación ciudadana; reglas claras para la transparencia y rendición de cuentas; defensa de sus contenidos; opciones de financiamiento; pleno acceso a tecnologías y reglas para la expresión de diversidades ideológicas, étnicas y culturales.
Términos generales de concesiones y permisos
Tendrá duración de máximo 20 años renovable por el mismo periodo Se consideran los fines de la radio propuesta y las condiciones del mercado
Cada 31 de diciembre se publicará la convocatoria correspondiente en el Diario Oficial de la Nación. Sólo los ciudadanos mexicanos pueden acceder a esta licitación Se requiere de descripción técnica, inversión, financiamiento, programa de desarrollo tecnológico y un proyecto de producción y programación.
Obligaciones de las radiodifusoras Coadyuvar al fortalecimiento de la participación democrática de la sociedad, garantizando mecanismos de acceso público en la programación;
Difundir información de interés público; Fortalecer la identidad regional en el marco de la unidad nacional; Transparentar la gestión pública e informar a la ciudadanía sobre sus programas y acciones; Privilegiar en sus contenidos la producción de origen nacional; Fomentar los valores y creatividad artísticos locales y nacionales a través de la difusión de la producción independiente.
Rescate de un espectro radioeléctrico
Artículo 105 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y radiodifusión El Instituto podrá cambiar o rescatar bandas de frecuencias o recursos orbitales, en cualquiera de los siguientes casos: I. Cuando lo exija el interés público; II. Por razones de seguridad nacional, a solicitud del Ejecutivo Federal; III. Para la introducción de nuevas tecnologías; IV. Para solucionar problemas de interferencia perjudicial;
V. Para dar cumplimiento a los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano; VI. Para el reordenamiento de bandas de frecuencias, y VII. Para la continuidad de un servicio público.
Enlaces externos de interés Asociación de Radio del Valle de México http://arvm.mx/faq-preguntasfrecuentes/
En medios
Fuentes Ley Federal de Telecomunicaciones y radiodifusión decreto 14 de julio 2014. Diario Oficial de la Federación * Gabriel Sosa Plata, Día Mundial de la Radio. Cifras sobre México. El Universal blog. Publicado 12.02.13 en http://blogs.eluniversal.com.mx/weblogs_detalle17854.ht ml
http://enmedios.com/radio/Rad io.htm Asociación Mundial de Radios Comunitarias México http://www.amarcmexico.org/