Protocolo de acción y prevención para casos de violencia de género

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PROLOGO El 2015 encontró a toda la sociedad argentina denunciando en las calles las violencias sistemáticas hacia las mujeres y un número de femicidios cada vez más alarmantes. La movilización masiva se manifestó bajo la consigna “Ni Una Menos”: ni una mujer menos por violencia de género. Como organización, luchamos en la provincia de Buenos Aires para que se aplique la Ley Nacional de Prevención y Erradicación de las Violencias hacia las Mujeres. Creemos que es el Estado quien debe garantizar que las mujeres podamos vivir una vida libre de violencias. En nuestro trabajo como movimiento popular nos encontramos con situaciones de violencia que, ante el desconocimiento y la falta de información sobre cómo actuar, nos generaron la necesidad de crear herramientas para darles respuesta. A partir de esto es que buscamos desnaturalizar relaciones y prácticas violentas, aportar al empoderamiento de las mujeres y facilitar la información sobre las instituciones estatales que deben actuar ante estos hechos. Este protocolo intenta ser una herramienta para mujeres que estén viviendo o conozcan situaciones de violencia, como así también, para colectivos sociales, populares e instituciones que estén atravesadas por esta problemática. La violencia hacia las mujeres es una realidad que nos afecta principalmente a las mujeres, pero que todos/as debemos combatir. Nuestra lucha por la erradicación de este tipo de violencia se sostiene necesariamente en exigencias al Estado, pero también en nuevas formas de empoderamiento que las mujeres hemos encontrado para decidir y elegir vivir una vida plena, libre de violencias.

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VIOLENCIA es el uso intencional de la fuerza física o poder contra un/una mismo/a, hacia otra persona, grupo o comunidad y que tiene como consecuencias probables lesiones físicas, daños psicológicos, alteraciones del desarrollo, abandono e incluso muerte (OMS 2002). Es una problemática social, cultural y jurídica y como tal nos incumbe y atraviesa a todas las personas. Sin embargo, las mujeres históricamente nos encontramos en relaciones de desigualdad respecto a los varones, por lo que somos objeto de múltiples violencias. La violencia hacia las mujeres implica todo tipo de conductas, acciones u omisiones, que de manera directa o indirecta, y tanto en el ámbito público, como privado, afecten la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial de las mismas en el marco de estas relaciones desiguales. (Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. 2008). El femicidio es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres. Es el asesinato por parte de un varón hacia una mujer por considerarla de su propiedad o por razones asociadas a su género. El término femicidio indica el carácter social y generalizado de la violencia basada en la desigualdad de género, y pone en cuestión los argumentos que representan a los agresores como “locos”, “enfermos” o justificados por el amor o por la pasión. ESTANDARES INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS DE LAS MUJERES

Fuente: Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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¿POR QUÉ ES IMPORTANTE Y URGENTE PROBLEMATIZAR LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES?  Cada 18 segundos una mujer es víctima de violencia en el mundo. (ONU)  1 de cada 4 mujeres sufre regularmente violencia doméstica y 1 de cada 2 pasará por alguna situación de violencia en algún momento de su vida. (OMS)  Cada 31 hs una mujer o niña es asesinada en Argentina, víctima de violencia de género. (Casa del Encuentro)  En los últimos 7 años 1808 mujeres fueron asesinadas y 2196 hijos e hijas quedaron sin madre (Casa del Encuentro).  La provincia de Buenos Aires registra el mayor número de femicidios. Le siguen Salta, Córdoba, Santa Fe, Santiago del Estero. (Casa del Encuentro)  En 2015, entre el 1 de enero y el 31 de octubre se han detectado 233 femicidios en Argentina. En el 60% de los casos las mujeres tenía entre 19 y 50 años de edad (141 casos). (Casa del Encuentro)  El 76% de las víctimas tenía un vínculo con el femicida. Dentro de este porcentaje el 39% de los asesinos eran parejas, el 24% son cometidos por hombres con los que no se posee vínculo aparente, el 22% son cometidos por ex parejas, el 5% por vecinos, el 4% por familiares y en último lugar con el 3% los hijos. (Casa del Encuentro) Las estadísticas de los últimos años demostraron que la violencia hacia las mujeres no es un problema individual, íntimo ni de pareja, sino que es un problema social que debemos combatir organizándonos, empoderándonos como mujeres y exigiendo que se garantice la aplicación de las leyes establecidas para prevenir y erradicar la violencia hacia las mujeres.

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TIPOS DE VIOLENCIAS Los tipos de violencia se pueden dar de manera aislada o se pueden presentar varios a la vez; no siempre se dan de la misma manera ni con todas las características que aquí se presentan. Es importante estar atentas para identificarlos y tratar de detenerlos. Aquellos tipos de violencia que pueden ser denunciados son los previstos por la Ley Provincial Nº 9283: físca, verbal, psicológica, emocional, ambiental, sexual y económica. Las tipologías contenidas en las leyes de violencia familiar nacional y provincial no suelen presentarse en estado puro.  Verbal, psicológica y emocional: La que causa daño emocional o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal. Incluye modos de proceder que están destinados a someter a la mujer y controlarla. Estos tipos de violencias son sutiles y cuesta detectarlos: celos, humillaciones, denigración, negación, intimidaciones, amenazas, insultos, comentarios humillantes, degradantes, insultantes y agraviantes referidos a la condición de mujer, de madre, a su apariencia y capacidades. Implica el control, persecución, hostigamiento y restricción de la participación social (impide el contacto y las relaciones con familiares y amistades). Si se repite un patrón de conducta violento es necesario adoptar medidas para prevenir situaciones de violencia de otros tipos.  Física: Cualquier forma de maltrato o agresión que afecta la integridad física de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo. Incluye empujones, zamarreos, tirones de pelo, escupir, golpear, sujetar del cuello, brazos o muñecas, inmovilizar. El agresor puede provocarlo utilizando cualquier parte de su cuerpo, cualquier arma, objeto o elemento.  Sexual: Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación. Incluye la inducción a la realización de prácticas sexuales no deseadas y actitudes dirigidas a ejercer control, manipulación o dominio sobre otra persona, así como los delitos contra la libertad y el normal desarrollo psicosexual: negarse a usar protección, violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres. También se ve en actos u omisiones que infrinjan burla y humillación sobre la sexualidad. Este tipo de violencia generalmente no es contada por las mujeres, es sutil y difícil de detectar.  Económica y patrimonial: con el propósito de reducir la autodeterminación de otra persona existe violencia económica cuando uno de los miembros de la familia usa el poder económico para provocar un daño a otro. Las víctimas son privadas o tienen muy restringido el manejo del dinero, la administración de los bienes

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propios y/o gananciales o ven impedido su derecho de propiedad sobre los mismos. No permitirles trabajar o estudiar de manera directa o poniendo trabas y obstáculos a larealizacióndetalesactividades.Incluyeelcontroldelosgastos,nopermitirelmanejo de dinero, obligar a entregar el dinero que ganan con su trabajo, rendición de cuentas. Al no ser remunerado el trabajo doméstico, es un ejercicio de violencia no reconocerlo como tal.  Ambiental: destrucción de objetos personales o de la casa (golpear mesas, sillas, paredes; arrojar objetos contundentes.). Es decir, ocultar o romper objetos personales que tienen valor para las mujeres. Fuentes: Ley Provincial Nº 9283, Ley de Violencia Familiar. Y Ley Nacional Nº 26485, Ley de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que se desarrollen sus relaciones interpersonales.

Los siguientes tres tipos de violencia no están previstos en la Ley 9283 (pero es importante visibilizarlos como otros modos de ejercer hacia sobre las mujeres).  Simbólica: La que a través de patrones y estereotipos, nos dicen “cómo debemos ser”. Es decir, cuando a través de mensajes, valores, íconos e imágenes, se transmite y reproduce dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad. Incluye el desprecio y la burla por ser mujeres o por lo que hacen las mujeres; el temor o desconfianza y la justificación de la violencia o subordinación. Se pone de manifiesto en la publicidad, las letras de canciones, del refranero y de los dichos populares, juegos de video, novelas, revistas, caricaturas políticas, entre otros. Este tipo de violencia está contemplada en La Ley Nacional N°26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual como violencia mediática.  Violencia contra la libertad reproductiva: Aquella que vulnera el derecho de las mujeres a decidir libre y responsablemente si quieren ser madres, el número de embarazos o el intervalo entre los nacimientos; a decidir el uso de anticonceptivos (preservativos, pastillas, pastillas del día después, etc.). Este tipo de violencia está prevista de conformidad en la Ley Nacional N° 25673 de Creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable.  Violencia obstétrica: Aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales. Ejemplo de este tipo de violencia es la que vulnera el derecho de las mujeres a decidir las condiciones en que nacerá su hijo/a (parto respetado).Este tipo de violencia está prevista en la Ley Nacional N° 25929 de Parto Respetado.

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MITOS DEL AMOR QUE JUSTIFICAN TIPOS DE VIOLENCIA

La idea de amor romántico que existe en nuestra sociedad ofrece un modelo de conducta y prácticas amorosas que nos dicen lo que significa enamorarse, amar, qué sentimientos experimentar, cómo, cuándo, y con quién. Muchas veces adoptamos estas ideas sin detenernos a pensar si efectivamente nos hacen sentir bien, y las reproducimos aunque no nos gusten y nos duelan. Lo que creemos que es el amor se construye socialmente. Se desarrollan creencias e imágenes idealizadas en torno al amor que muchas veces dificultan el establecimiento de relaciones respetuosas de nuestros deseos y formas de sentir y nos hacen justificar o tolerar comportamientos ofensivos y dañinos. Estos mitos son algunas de las expresiones de las que hablamos. Es importante que sepas que a través de la manipulación, quien ejerce violencia puede hacerte sentir culpable de sus reacciones. ¡SI TE QUIERE NO TE VIOLENTA! Por más que pida perdón, no existen justificaciones para cualquier tipo de violencia.

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CICLOS DE LA VIOLENCIA El ciclo de la violencia es una secuencia repetitiva, donde se evidencian diferentes tipos de violencia. En general se van agravando a medida que pasa el tiempo y explica muchas veces el maltrato crónico. Se describen cuatro fases en este ciclo: acumulación de tensión, explosión/ agresión, arrepentimiento y reconciliación. Las fases no son lineales ni se presentan de manera pura, pueden darse simultáneamente. Al final del ciclo, quien ejerce violencia promete no repetir las conductas anteriores, asegura haber recapacitado y cambiado, ante lo cual la mujer cede y generalmente el ciclo comienza nuevamente.

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VIOLENTOMETRO

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¿QUÉ HACER EN CASO DE IDENTIFICAR CONDUCTAS O INDICIOS DE VIOLENCIA? Es importante que sepas que nadie tiene el derecho de humillar y atropellar nuestros derechos. No permitas agresiones y defendé tus derechos. Si identificas conductas o indicios de violencia:  Reaccioná siempre ante la primera sensación de incomodidad.  Dialogá con tu pareja sobre lo que está pasando. Hacele saber tu preocupación.  Busca información al respecto.  Contale a alguien cercano lo que estas viviendo: un/a amigo/a, vecino/a, familiar, profesional. Busca siempre ayuda. No te quedes callada.  Alerta a tus vecinos, amigos, familiares y/o persona cercana de la situación por la que estás pasando.  Tené siempre el teléfono a mano.  Podés denunciar. ¿QUÉ HACER EN CASO DE EMERGENCIA ANTE SITUACIONES DE VIOLENCIA?

Cómo protegerte  Informate en qué lugar de tu barrio podés ir para conseguir ayuda.  Pensá a dónde vas a ir si necesitas escapar y cómo hacerlo.  Tené preparado en casa de alguien cercano/a un bolso con ropa.  En caso de tener que abandonar el hogar en situación de riesgo, dejá en casa de alguien de confianza: original o fotocopia de DNI tuya y de tus hijxs, carnet de vacunación, documentación escolar, libreta de casamiento, escritura de propiedades, terrenos, auto, etc, recibos de sueldo tuyos y del cónyuge o pareja.  Memorizá los números de teléfonos de emergencia, mantené un teléfono con vos todo el tiempo.  Alertá a vecinos, familiares y amigos sobre la situación para que ellos se mantengan en contacto con vos y puedan hacer algo en caso de falta de respuesta de tu parte.  Mantené una señal clave con los vecinos para que llamen a la policía (por ejemplo, si el teléfono suena dos veces o una cortina está cerrada)

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 En lo posible, abrí puertas y ventanas para que tus vecinos sepan que estás en riesgo.

Si estás en tu casa y estás siendo amenazada o atacada  Mantenete alejada de la cocina (la persona que está ejerciendo violencia puede encontrar armas allí, como cuchillos)  Mantenete lejos de áreas pequeñas donde te pueda atrapar.  Dirigite a una habitación con puerta o ventana para que puedas escapar o pedir auxilio.  Si te encerrás en el baño o cualquier habitación, poné llave.  Tené a mano el teléfono para poder pedir ayuda (familiares, amistades, vecinxs)  Si ya fuiste víctima de violencia física tomate fotos de las heridas o lesiones que tengas.  Si viene la policía, contale lo sucedido y tomá el nombre y número de la insignia policial.

Cómo hacer para que tus hijos/as estén más seguros/as  Tené preparado en casa de alguien cercano/a un bolso con una muda de ropa de tus hijos/as.  Dejá al alcance de tus hijos/as números telefónicos para pedir ayuda.  Enséñales a no intervenir en el medio de una discusión.  Enséñales a ponerse a salvo, a llamar a los teléfonos de emergencia, a dar su dirección y número telefónico y a permanecer fuera de la cocina.  En caso de tener tarjeta de crédito, guardá resúmenes de cuenta (en ellas figura el ingreso del titular, dato a considerar para establecer los alimentos derivados de la responsabilidad parental (Cuota alimentaria).  En caso de tener el cuidado personal de tus hijos/as (tenencia) y/u orden de restricción dejá una copia en la escuela y/u otras instituciones donde asistan.  Dejá instrucciones acerca de que tus hijos/as no pueden ser retirados por persona alguna sin antes conversar con vos.  Asegurate que tus hijos/as sepan a quién informar si ven al agresor en la escuela.  Asegurate que el personal de la escuela sepa que no deben dar su dirección

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o número de teléfono a cualquier persona.

Si quien ejerció violencia vivía con vos, se mudó, se fue de la casa o se le aplicó una orden de restricción  Cambiá las cerraduras de las puertas y asegurá las ventanas.  Pedí a los vecinos que llamen a la policía si ven a la persona cerca de la casa.  Bloqueá el número telefónico del agresor.  Cambiá el número de teléfono o solicitá que no sea incluido en la guía.  Usá contestador telefónico y escuchá las llamadas antes de contestar.

Cómo protegerte fuera de la casa  Cambiá regularmente la rutina y los recorridos diarios (camino a la escuela, trabajo, etc.)  Tratá de salir acompañada por familiares o amistades.  No lleves documentación importante en la cartera.  En caso de tener, cancelá cualquier cuenta bancaria o tarjeta de crédito que tengas en conjunto con el agresor.  Abrí cuentas nuevas en un banco distinto.

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SI DECIDÍS HACER LA DENUNCIA Se encuentra la La ley nacional 26.485 ( de prevención y erradicación de las violencias hacia las mujeres). Podes hacer la denuncia en cualquier comisaría. En las Comisarías de la Mujer y la familia. ¡Atención! Realizá la denuncia y no la exposición (esta no tiene ningún valor legal).  Si quisieras, el/la psicólogo/a puede hacerte una derivación para que otro/a psicólogo/a de un hospital público te atienda. Pedile esa derivación por escrito. Si en la comisaría no te toman declaración o ignoran tu problema, esto constituye otro tipo de violencia contra vos (de tipo institucional). Intentá sin falta en otra comisaría. Llevate la copia de la denuncia por escrito. TENÉ EN CUENTA  Llevá el DNI o Cédula de Identidad  No es necesario que cuentes con abogado particular  No debes abonar ninguna tasa administrativa ni judicial  Da la mayor cantidad de datos posibles, denuncias anteriores y la mayor cantidad de pruebas posibles (si las hay). Poné énfasis en la utilización o tenencia de armas blancas o de fuego o la utilización de armas impropias (palos- hachas- machetes- cadenas- objetos contundentes). Tené presente y comunicá el consumo de sustancias de parte del agresor (drogas o alcohol) en caso que así sea, como así también antecedentes de trastornos psiquiátricos e internaciones en establecimientos de salud mental. MEDIDAS QUE PODES SOLICITAR  Exclusión del hogar del agresor: Que la justicia disponga la exclusión del agresor del hogar o residencia común y garantice que se mantenga fuera del hogar por el tiempo que dure la medida.  Reintegro a tu hogar: Que la justicia disponga tu regreso al hogar cuando hayas tenido que salir de éste por los episodios de violencia denunciados o por tu seguridad personal.  Alojamiento en un establecimiento estatal o en el domicilio de tus familiares.

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 Orden de restricción de acercamiento: puede ser para todo el grupo familiar.  Custodia policial.  Prohibición de contacto y/o comunicación por cualquier medio  Incautar armas.  Disponer la asistencia obligatoria del agresor a programas de rehabilitación.  Botón antipánico. ¿QUIÉN PUEDE/DEBE DENUNCIAR?  Toda persona puede denunciar los hechos de violencia que sufra personalmente o que tenga conocimiento que otra persona lo sufre.  Cuando no es la víctima la que denuncia los episodios de violencia familiar la denuncia se recepta a través del 0800-888-9898. Allí se puede denunciar anónimamente. Es necesario conocer nombre apellido y domicilio del agresor y la víctima.  Personas que se desempeñen en servicios asistenciales, sociales, educativos y de salud, en el ámbito público o privado, que tengan conocimiento de hechos de violencia contra las mujeres. La denuncia se recepta a través del 0800-888-9898.

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