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PLAN DE CONVIVENCIA

C.E.I.P.”Miguel Ángel Artazos Tamé” Curso 2.011-2.012 1


ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. BASE LEGAL 3. COMISIÓN DE CONVIVENCIA 3.1. Composición de la comisión de convivencia 3.2. Competencias de comisión de convivencia 3.3. Periodicidad de las reuniones 4. DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN DEL CENTRO 4.1. La convivencia en el Centro 5. NORMAS DE CONVIVENCIA 5.1. Normas de convivencia en el aula 5.2. Normas de convivencia generales 5.2.1. Asistencia y puntualidad 5.2.2. Respeto a profesores, compañeros y personal del Centro 5.2.3. Entradas, salidas y traslados 5.2.4. Clases 5.2.5. Patios y recreos 5.2.6. Salidas complementarias y actividades fuera del aula 5.2.7. Comedor 6. OBJETIVOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA 6.1. Objetivos específicos del Plan de Convivencia 6.1.1. Para el profesorado 6.1.2. Para el alumnado 6.1.3. Para el Centro 6.1.4. Para las familias 6.1.5. Para la Administración 7. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN: ACTUACIONES PREVISTAS DENTRO DEL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL. 8. ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN: PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE ACTUACIÓN 8.1. En caso de alumn@s que presenten alteraciones de comportamiento 8.1.1. Actuaciones iniciales 8.1.2. Actuaciones posteriores 8.2. En caso de posible intimidación y acoso entre alumn@s 8.2.1. Actuaciones inmediatas: de carácter urgente 8.2.2. Actuaciones posteriores 9. PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO 9.1 Determinación del procedimiento corrector. 9.2 Inicio del procedimiento corrector 9.3 Procedimiento conciliado 9.4 Procedimiento común. 9.5 Resolución del procedimiento corrector, reclamaciones y ejecución de medidas. 9.6 Prescripción de conductas y correcciones.

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1.- INTRODUCCIÓN La escuela es un lugar de convivencia por antonomasia, de encuentro, de aprendizaje, de experiencias compartidas, de conocimiento y de descubrimiento de uno mismo, de los demás y del mundo. La escuela, coo parte de la sociedad que es, reproduce sus situaciones, tanto conflictivas como integradoras y favorecedoras de los ambientes educativos. Es, sin duda, un lugar para convivir. Se vincula con demasiada frecuencia la “violencia” “acoso” y “fracaso” a la escuela. Sería importante relacionarla con prevención, motivación, comunicación, en definitiva con convivencia y educación. L@s niñ@s que se desarrollen en un ambiente educativo de convivencia, serán capaces de asumir las diferencias, respetar a los otros, dialogar y convivir. Este es el objetivo primordial de nuestro Centro lograr un clima de convivencia basado en el respeto y en la comunicación fluida y abierta entre todos los miembros de la Comunidad Educativa. Por lo tanto, consideramos fundamental crear en nuestro Centro un ambiente de convivencia que facilite el trabajo escolar, donde todos se sientan importantes, seguros y respetados, donde el respeto, la no violencia, la justicia, la solidaridad, la tolerancia y el sentido democrático devengan en una oferta educativa de calidad. 2.- BASE LEGAL  Decreto 73/2011 de 22 de marzo, por el que se establece la carta de derechos y deberes de los miembros de la comunidad educativa y las bases de las normas de convivencia en los centros educativos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.  Ley Orgánica 2/2.006 del 3 de Mayo de Educación (L.O.E.).  Real Decreto 732/1995 de 5 de Mayo por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los Centros.  R. R. I. del Centro.  Documentos del Gobierno de Aragón: o Portal de Convivencia en Aragón. o Plan de Convivencia Escolar.  Principios generales de la convivencia escolar 1. La convivencia escolar deberá tener como referentes generales los principios establecidos por la Constitución Española y las leyes orgánicas que desarrollan el derecho a la educación, el Estatuto de Autonomía de Aragón y la legislación que de él dimana, la Declaración Universal de los Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales en materia educativa ratificados por España. 2. En particular, la convivencia en los centros docentes deberá basarse en los siguientes principios: a) El respeto a sí mismo y a los demás 3


b) El ejercicio responsable de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos por este decreto por parte de todos y cada uno de los componentes de la comunidad educativa. c) La valoración y el respeto a las normas de funcionamiento, los principios democráticos, así como a comportarse de acuerdo con ellos. d) La promoción de la cultura democrática en los centros docentes. e) La igualdad de los derechos de todas las personas y colectivos, en particular entre hombres y mujeres, la valoración de las diferencias y el rechazo de los prejuicios. f) Los procesos de enseñanza y aprendizaje deben desarrollarse en un clima de respeto mutuo. g) La mediación escolar y la conciliación, fundamentadas en el diálogo, la inclusión y la cooperación, como principales prácticas para la mejora de las relaciones y la resolución de los conflictos. h) La importancia y valor de las actuaciones y medidas de carácter preventivo como medio de educación para la convivencia, y su importante contribución al desarrollo de la educación en valores. i) La participación, la comunicación, el encuentro y el diálogo entre los miembros de cada comunidad educativa como fórmula primordial para conseguir un buen clima de entendimiento y de confianza mutua y para lograr su implicación en los procesos educativos y en la mejora continua de la convivencia escolar. 3.- COMISIÓN DE CONVIVENCIA La Comisión de Convivencia está encargada de revisar y actualizar el Plan de Convivencia, adoptando, en su caso, las medidas sancionadoras correspondientes. 3.1. Composición de la Comisión de Convivencia. El Director, que será su presidente.  El Jefe de Estudios.  Un profesor/a miembro del Consejo Escolar del Centro, que actuará como secretario.  Un padre/madre miembro del Consejo Escolar del Centro.  El Orientador/a del E. O. E. P., asesorará, siempre que sea requerida su presencia. 3.2. Competencias de la Comisión de Convivencia  Estudiar con urgencia los problemas que pudieran producirse.  Adoptar medidas correctoras o sancionadoras. 3.3. Periodicidad de reuniones Con una periodicidad trimestral y cada vez que sea necesario por temas disciplinarios. 4.- DIÁGNOSTICO DE LA SITUACIÓN DEL CENTRO

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Previo al desarrollo del plan, consideramos necesario realizar un análisis de convivencia en el Centro atendiendo a los distintos ámbitos y formas de relación y el uso de los distintos espacios e infraestructuras del Centro. Para ello, la CCP elaboró unas fichas-rejilla con un inventario de conductas que podrían dificultar o impedir el normal desarrollo de las clases y otras no deseables que podrían darse en otros espacios del Centro. Fueron contestadas por los tutores y profesores. Después de analizar los resultados obtenidos, podemos llegar a las siguientes conclusiones: Conductas que dificultan o impiden el normal desarrollo de las clases  Incumplir las normas establecidas.  Ponerse de pie, dar vueltas por la clase, levantarse sin permiso...  Interrumpir las explicaciones del profesor: hablar, cuchichear cuando el profesor explica.  Faltar a clase de manera continuada.  No hacer los trabajos en casa.  No traer el material (cuadernos o útiles de escritura) necesario para el trabajo. Conductas que dificultan la convivencia y se producen en otros espacios escolares: Recreo  Pelearse, molestar a los compañeros, insultarse,...  Jugar con actitud violenta.  Entradas y salidas  Molestar en la fila a los compañeros.  No respetar el orden.  Subir gritando y molestando.  Golpear con los pies, hacer ruido,...

Espacios donde suelen producirse más problemas  En el recreo.  En los servicios. Los ítems reflejados en las conclusiones no son muy significativos, recogen las conductas de un número reducido de alumn@s. No existe una preocupación especial pro algún aspecto específico de la convivencia. Hay conductas que son mejorables y sobre ellas queremos intervenir. Por ello, el centro no puede considerarse conflictivo. Queremos actuar a dos niveles: -Interviniendo sobre las conductas que hemos reseñado anteriormente. -Realizar un programa de prevención con tod@s l@s alumn@s del centro. A partir de la información recogida y de la reflexión por parte de la CCP hemos marcado los objetivos y contenidos de nuestro plan de convivencia. 5


4.1. La Convivencia en el Centro. De la encuesta pasada, por Ciclos, a los profesores del Centro podemos concluir que las conductas negativas más frecuentes en el alumnado de nuestro Centro son:  Violencia verbal, entendiendo ésta por insultos, motes, etc a otr@s alumn@s.  A veces se molesta en clase, impidiendo el normal desarrollo de la misma.  Las peleas son frecuentes en Educación Primaria (conflicto leve).

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Igualmente se deduce de los resultados de la encuesta que: No existen apenas conductas discriminatorias por origen social, sexo, raza, religión o lugar de procedencia.. El clima de convivencia entre el profesorado es bueno. El profesorado tiene una conciencia positiva de sí mismo y de su trabajo, así como de su organización. No se producen agresiones verbales ni físicas hacia el profesorado o sus pertenencias, aunque en momentos muy críticos desoyen la voz del profesor/a. El nivel socioeconómico de la zona favorece la convivencia del Centro. Las relaciones del profesorado con los padres/madres son buenas y las conductas son, en la mayoría de los casos, respetuosas. El clima de convivencia en el Centro se percibe, en general, como bueno.

5.- NORMAS DE CONVIVENCIA Con el establecimiento de estas normas de convivencia pretendemos lograr:        

La participación de todos. El diálogo y la reflexión para la búsqueda de acuerdos aceptados por todos. La toma de responsabilidades y de compromiso. El desarrollo de una cultura de trabajo colectivo en el Centro. Un buen ambiente educativo y de relación en el Centro. Un buen ambiente educativo y de relación en el Centro. La resolución de conflictos de forma pacífica. El respeto a los derechos de todas las personas que integran la Comunidad Educativa.

5.1. Normas de convivencia del aula L@s alumn@s han de participar y contribuir en las normas de convivencia de la clase y en las propuestas aprobadas por la Comunidad Educativa. El tutor o tutora junto con su grupo elaborará cada comienzo de curso las normas de funcionamiento de la clase, que serán consensuadas y aceptadas por tod@s. Estas normas se expondrán en la clase y se pondrán en conocimiento del resto de profesores o profesoras que impartan clase a ese grupo de alumn@s. Periódicamente se dedicará una sesión de tutoría para revisar el funcionamiento de las mismas. 6


5.2. Normas de Convivencia Generales 5.2.1. Asistencia y puntualidad  Se debe asistir a clase en buenas condiciones de salud e higiene.  Asistir al colegio con puntualidad, respetando los horarios de entrada y de salida. Se debe justificar el retraso mediante una nota (la dirección entrega un modelo a las familias) firmada por los padres/tutores.  En el caso de llegar con retraso l@s alumn@s deben de pasar por Secretaría.  La asistencia al colegio por parte de los alumnos será constante y regular. La familia justificará por escrito las faltas de asistencia de sus hijos. Los profesores rellenarán los registros mensuales correspondientes y los entregarán a Jefatura de Estudios.

5.2.3. Entradas, salidas y traslados  Las subidas a clase deberán hacerse en fila, en orden y silencio. Cuando se suba o baje las escaleras es conveniente levantar las mochilas para evitar que golpeen el suelo. L@s alumn@s llevarán en las mochilas lo necesario únicamente para las asignaturas del día, así evitaremos que transporten excesivo peso.  Las entradas, salidas y recreos, se anunciarán mediante una llamada que l@s alumn@s deberán atender prontamente. Ningún/a alumno/a o grupo de alumn@s saldrá del Centro antes de tocar la sirena.  Todos los/ profesores/as del Centro saldrán puntualmente a recoger las filas.  Los traslados dentro del edificio se deben hacer en silencio para no molestar a l@s compañer@s que estén trabajando. 5.2.4. Clases  Ningún/ alumno/a permanecerá solo en las aulas, en los recreos o una vez finalizadas las clases. En caso de tener que hacerlo, el/la profesor/a que lo haya determinado, permanecerá con l@s alumn@s.  Las aulas (fuera y dentro del horario escolar) permanecerán ordenadas y limpias, tanto el material como el mobiliario.  Para el normal desenvolvimiento de la clase se requiere atención, interés, trabajo, orden y participación.  L@s alumn@s deben llevar al colegio el material necesario para cada asignatura.  Se debe cuidar y mantener limpio las mesas que se utilizan y el material: el del alumno, el de los compañeros y el que ofrece el colegio.  No se arrojarán objetos o desperdicios en el suelo de las clases, para ello se hará uso de las papeleras. No se debe comer pipas, chicles ni golosinas  No se pueden utilizar teléfonos móviles dentro del colegio. Su uso será motivo de confiscación y entrega a Dirección con una posterior información a las familias. 7


 En las clases de educación física se debe llevar la ropa adecuada para practicar deporte, así como bolsa de aseo y ropa de cambio.  El colegio tiene establecido un horario para la visita de los padres, madres o tutores. Fuera de este horario no deberán interrumpir las clases u otras actividades programadas. En caso de una necesidad urgente de ponerse en contacto con el tutor lo harán a través de una nota o la comunicarán en dirección. Los padres no podrán subir a las aulas, salvo el día y hora programados para la tutoría con los profesores. Por acuerdo del Claustro de Profesores del Centro, al finalizar cada curso escolar el equipo de profesores del mismo, junto con el Equipo Directivo, asesorados por el Orientador del Centro decidirán la convivencia o no de reestructuración parcial o total de los grupos de alumnos para el próximo curso atendiendo a las necesidades detectadas. 5.2.5. Patios y recreos  Se debe cuidar la limpieza del recreo utilizando correctamente las papeleras y no tirando al suelo ningún objeto. Los padres deben colaborar y cuidar la limpieza del recreo en horario extraescolar, utilizando ellos y sus hijos las papeleras para depositar la basura.  Durante las horas de recreo el alumno/a deberá permanecer en el patio, no debiendo subir a las clases sin permiso de los/as profesores/as vigilantes.  Los días de lluvia los alumnos/as deberán permanecer en las aulas vigilados por el/la tutor/a. Los especialistas vigilarán los espacios comunes: pasillos y servicios.  Los recreos se disfrutarán en los lugares asignados por cada grupo. No se puede permanecer en los recreos asignados a otras clases.  No se podrá jugar en el recreo a actividades que puedan se causa de posibles accidentes. Queda prohibido traer balones al colegio para evitar aquellos cuya dureza pueda causar lesiones a los alumnos.  Queda totalmente prohibido salir del Centro a buscar una pelota que haya caído fuera del recinto escolar; se pondrá en conocimiento de los profesores encargados de vigilar el recreo para que sea un adulto quien vaya a buscarla.  En el juego hay que ser respetuoso, evitando del insulto y las peleas. Hay que respetar el juego de los más pequeños, dejarles seguir su ritmo sin avasallarles.  Está prohibido tanto en horario escolar como extra-escolar, el uso de patines, monopatines, bicicletas o cualquier otra cosa que pueda causar daño tanto a personas como al recinto escolar.  Los alumnos mayores utilizarán los servicios en horas de recreo o entre clase y clase; en horas de clase sólo se utilizarán en caso de extrema necesidad.  Para que l@s alumn@s puedan abandonar el recinto escolar en horas de clase, será necesario que se persone el padre/madre/tutor o persona autorizada en el Centro a buscar al alumno/a. 8


 La rotura o deterioro de las instalaciones, mobiliario y material escolar por uso indebido o negligencia deberá ser indemnizado económicamente por las familias de los responsables.  En caso de accidente o enfermedad de los alumnos, el Centro procederá como sigue: Los/as tutores/as o equipo directivo localizarán telefónicamente a los padres/tutores de los alumnos para comunicarles la existencia del percance, con el fin de que se personen en el colegio. Si no se puede localizar a los padres para hacerse cargo del alumno, en función de la urgencia, el colegio podrá trasladar al alumno/a a un Centro de asistencia médica dónde obligatoriamente se harán cargo los familiares de los alumnos. 5.2.6 Salidas complementarias y actividades fuera del aula  Las salidas para realizar actividades complementarias fuera del recinto escolar, requerirán una autorización por escrito de los padres/madres o tutores.  El colegio no se hace responsable de las pérdidas, extravíos y hurtos de objetos personales como teléfonos móviles, máquinas de fotos, discman, juegos electrónicos, mp3… y cualquier objeto escolar.  Si la actitud de un alumno no es la adecuada ante los demás y ante los estudios, podría no participar en las salidas complementarias. Amonestación o no participación ese trimestre en las mismas. 5.2.7. Comedor Información sobre el servicio  Al comienzo de cada curso se dará curso se dará información del Servicio (cuotas, monitoras, reglamento, etc) bien mediante reunión general con los padres de l@s niñ@s que vayan a utilizar el servicio de comedor y mediante información escrita.  Cuando exista algún problema el/la monitor/a se pondrá en contacto telefónico con los padres. Si algún padre/madre quiere contactar con el/la monitor/a de su hijo/a podrá hacerlo solicitándolo previamente a los miembros del Equipo Directivo encargados del Servicio de Comedor. Comida  La empresa de restauración que elabora la comida ofrece cada mes una hoja con la relación de menús de cada día para que se conozcan con antelación.  La comida es repartida en bandejas por los ayudantes de cocina. En educación infantil es servida en las mesas. Los de educación primaria pasan con la bandeja por el mostrador y se les sirve.  Cuando algún día un niño/a requiere una dieta astringente o blanda debe comunicarlo en Secretaría antes de las 9:35 h. 9


 Sólo se atenderán excepciones al menú establecido, fuera de los casos expresados en el párrafo anterior, cuando se presente certificado o informe médico.  Por el carácter educativo del servicio y la ausencia de cocina en el Centro, todos los comensales, salvo excepciones debidamente justificadas, comerán de todos los alimentos que se sirvan cada día en las cantidades adecuadas a su edad.  En la hora de la comida el alumnado está acompañado por su monitor/a que, además de cuidarlo y vigilarlo, le educa en los hábitos de salud, alimentación, respeto a los demás y a las normas de educación en el acto social de comer: Estar bien sentado, utilizar bien los cubiertos, no sacar los alimentos de la bandeja ni tirarlos, limpiarse la boca, manos con la servilleta, hablar en voz baja, atender a los indicaciones de los monitores/as, no levantarse de la mesa hasta haber acabado la comida y cuando se le indique, llevar la bandeja a su sitio cuando acaban de comer (los de primaria) etc. a) Aseo personal:  El alumnado se lavará las manos antes y después de comer. L@s monitores/as se encargarán de que l@s niñ@s de E. Infantil vayan peinados y aseados al comenzar las clases de la tarde.  Se cepillarán los dientes, peinarán y asearán después de comer, bajo la supervisión de sus monitores/as. Por este motivo cada niñ@ traerá marcada, a principio de curso, una bolsa de aseo con asa, que contenga los útiles necesarios, que irá reponiendo cuando se le terminen. b) Utilización de los espacios para realizar otras actividades  En horario de 13:05 a 15:05 horas, el alumnado de comedor está acompañado por sus monitores/as antes, durante y después de comer.  Los monitores realizan con ellos determinadas actividades o los vigilan y cuidan cuando realizan juegos libres.  La biblioteca permanece abierta de 13:05 a 15:05 h. para su utilización con la vigilancia de algún monitor/a. Los niños pueden realizar allí sus deberes o alguna actividad que se les propone (4º,5º y 6º Ed. Primaria).  Los espacios de uso común están repartidos por grupos (primaria e infantil).  Ningún niño/a debe subir solo y sin permiso a las clases. NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA Menús Se procurará que todo el alumnado consuma la cantidad de alimentos adecuados a su edad y talla, excepto en casos peculiares. Existirá solamente un menú normalizado para todos los comensales. Aquellos alumnos/as que lo deseen podrán pedir más comida si la hubiere. Derechos de los usuarios 10


 Conocer con antelación los menús que se van a servir, salvo que por causas de fuerza mayor haya que realizar algún cambio sobre la marcha.  Consumir la cantidad de alimento, que por su edad y por su peso le corresponda.  Los padres de los usuarios recibirán información rápida en el supuesto de negativas reiteradas a comer por parte de algún usuario.  Recibir el trato correcto y respetuoso por parte de todo el personal al servicio.  Asistir y participar en cuantas actividades se organicen a las horas de comer, siempre y cuando cumplan las normas señaladas para dicha actividad.  Recibir durante las dos horas de actividad el cuidado, la vigilancia y la atención precisa del personal del servicio. Deberes de los usuarios  Procurar consumidor todos los alimentos de la ración servida, excepto si se presenta certificación médica en la que conste alguna observación al respecto.  Acceder al comedor ordenadamente y conservar en él las normas elementales de educación y buenos modos.  Ocupar solamente aquellas dependencias del Centro señaladas por los monitores y, naturalmente con el permiso de éstos.  Guardar el respeto exigible entre los propios alumnos, monitores y cualquier persona al servicio o al Centro escolar.  Respetar de la misma manera el material escolar, deportivo, recreativo, espacios ajardinados y las distintas dependencias del Centro.  Cumplir las indicaciones de los monitores aceptando las correcciones y observaciones que se les hiciere.  El alumno/a de comedor que por cualquier circunstancia tenga que salir del recinto escolar debe aportar justificante firmado por los padres o tutores, y comunicar la ausencia a los monitores o al personal directivo.  Todos los comensales, al finalizar la comida, dejarán las mesas recogidas y limpias.  Para facilitar el cumplimiento de las normas más elementales de higiene, l@s alumn@s dispondrán de un lugar donde guardar los útiles de aseo, lo que les permitirá también cepillarse los dientes después de comer.  Antes de entrar al comedor y como obligación inexcusable, l@s alumn@s deberán lavarse las manos.  Ningún padre/madre podrá permanecer en el Centro durante las horas de comedor, salvo alguna excepción debidamente justificada y posterior permiso concedido por parte de la Dirección del Centro. 6. OBJETIVOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA  Mejorar la convivencia en el Centro, previniendo los conflictos y aprendiendo a resolverlos mediante el diálogo.  Fomentar actitudes y formas respetuosas a la hora de relacionarse con los adultos o entre iguales. 11


 Conseguir que los alumnos se comporten correctamente durante las horas de clase, atendiendo, participando en la actividad y evitando molestar a sus compañeros, intervenir desordenadamente, dedicarse a otras actividades, etc…  Establecer normas de comportamiento en cada clase con los alumnos para estimular y consolidar el funcionamiento de la misma.  Establecer normas de funcionamiento generales para el Centro para mejorar la convivencia implicando a toda la comunidad educativa. 6.1 Objetivos específicos Plan de Convivencia 6.1.1. Para el Profesorado 1.-Favorecer situaciones de reflexión y acción que ayuden a prevenir los conflictos de convivencia en el Centro. 2.-Elaborar un protocolo de actuación básico para afrontar los posibles problemas de convivencia. 3.-Facilitar las herramientas que permitan detectar, abordar y resolver conflictos de convivencia en el Centro. 4.-Conocer aspectos teóricos básicos de la convivencia entre iguales, las guías de actuación para resolución de conflictos, las técnicas de integración grupal, la responsabilidad y la unidad de acción ante la resolución de conflictos. 5.-Favorecer una convivencia democrática, ayudando al alumnado a reconocer situaciones de riesgo.

6.1.2. Para el Alumnado 1.-Favorecer la convivencia y el clima afectivo en el Centro, ayudando a l@s niñ@s a identificar aquellas actitudes que en el aula o en el Centro puedan generar situaciones conflictivas. 2.-Conocer los mecanismos de ayuda de que dispone el Centro y el entorno. 3.-Desarrollar habilidades personales para reconocer situaciones de riesgo y evitarlas. 4.-Crear un clima de confianza que permita transmitir los conflictos latentes y los existentes. 5.-Establecer el consenso como norma general de toma de decisiones. 6.-Reconocer a todos los miembros de la Comunidad Educativa como peronas dignas de confianza y de respeto. 7.-Elaborar y cumplir sus propias normas de convivencia. 6.1.3. Para el Centro 1.-Potenciar el respeto entre los miembros de la Comunidad Educativa, fomentando particularmente las relaciones entre iguales (padres-madres, alumn@s, etc.) 2.-Fomentar la tolerancia y crear un clima afectivo y de convivencia. 3.-Dar a conocer a la Comunidad Educativa el Reglamento de Régimen Interno. 12


4.-Potenciar la formación en resolución de conflictos a toda la Comunidad Educativa. 5.-Establecer cauces y procedimientos para expresar las tensiones y discrepancias existentes, así como la resolución de conflictos de forma no violenta. 6.-Concienciar a las familias de sus funciones educativas, compartiéndolas y apoyándolas. 6.1.4. Para las familias 1.-Promover entre las familias un auténtico clima de colaboración con el profesorado del Centro. 2.-Llegar a un conocimiento real y profundo de sus hij@s, sus virtudes y defectos, con el fin de potenciar las primeras y corregir los segundos. 3.-Promover la existencia de una Escuela de Padres a través de sus cauces de participación. 4.-Sensibilizar a las familias de las conductas disruptivas de sus hijos, implicándoles en los procesos de resolución.

6.1.5 Para personal de Administración y Servicios: *Ejercer sus funciones de acuerdo con las obligaciones del puesto que desempeña, la legislación vigente y con lo previsto en el Reglamento de régimen interior del Centro. *Atender y seguir las instrucciones del director o, en su caso, del secretario del Centro en el ejercicio de sus funciones. *Contribuir a la consecución de los objetivos educativos del Centro y, especialmente, de los relativos a la convivencia. *Contribuir a la utilización de los recursos con responsabilidad y de forma sostenible. *Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales, la dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa. *Cualquier otro deber contemplado en la legislación vigente. 6.1.6 Para la Administración 1.-Conocer el Plan de Convivencia del Centro 2.-Respaldar las decisiones tomadas en el Plan de Convivencia 3.-Facilitar la coordinación entre los diferentes sectores implicados: asuntos sociales, profesores, etc. 7. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN: ACTUACIONES PREVISTAS DENTRO DEL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL. LUGAR

DEFINICIÓN DEL CONFLICTO .Discusiones entre alumn@s .Burlas e insultos. .Quitar o esconder material escolar

PERSONAS IMPLICADAS Maestr@ Especialista y tutor/a

MEDIDAS ADOPTADAS Acción tutorial. Aplicación normas R.R.I.

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AULA

.Incumplimiento normas clase

PATIO

FILAS ESCALERAS PASILLOS SERVICIOS

.Falta de respeto al profesorado .Negación autoridad profesorado .Agresividad hacia el profesorado .Descalificaciones entre alumn@s .Burlas .Agresiones verbales .Agresiones físicas .Discusiones por temas realcionados con los juegos .Segregación de alumn@s en el juego .Discusiones por el orden de colocacion. .Empujones .Falta de respeto hacia los más pequeños .Peleas

Maestr@ Especialista y tutor/a

Acción tutorial. Aplicación normas R.R.I.

Maestr@ de turno de recreo Tutor/a

Utilización del diálogo resolución de conflictos.

.Insultos .Amenazas .Resolución de pequeñas “cuentas pendientes. .Falta de respeto a las personas que limpian.

Tutor/a

en

la

Aplicación normas R.R.I.

Tutor/a Tutor/a

Tutor/a

Acción tutorial Aplicación normas R.R.I Acción tutorial Aplicación normas R.R.I Acción tutorial Aplicación normas R.R.I Acción tutorial Aplicación normas R.R.I

8. ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN: PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS DE ACTUACIÓN 8.1. Actuaciones para con l@s alumn@s que presentan alteraciones de comportamiento. Si con las medidas anteriores no es suficiente para “corregir” la conducta y surgen alteraciones de comportamiento grave se pondrán en marcha las siguientes actuaciones: 8.1.1. Actuaciones Iniciales a. Comunicación de la situación: Se pondrá en conocimiento del profesor tutor la conducta disruptiva detectada. b. Información a la familia: Se pondrá en conocimiento de la familia del alumno la situación, a la que también se le informará de la medida disciplinaria que se le impondrá al alumno, de tal forma de que éste se de cuenta de que su familia y la escuela están de acuerdo. c. Pronóstico inicial: En el caso de las alteraciones sean continuadas y/o graves, se iniciará una recogida de información para analizar las causas de dicha conducta. *Disfunciones en el proceso de Enseñanza/Aprendizaje *Situaciones de tipo familiar, socioambiental, etc. *Algún tipo de déficit o patología psíquica. d. Toma de decisiones 14


*Decidir el tipo de medida correctiva a aplicar, que estará recogida en el Reglamento de Régimen Interno. *Comunicarse con la familia en el caso de que no se haya hecho antes. *En el caso de que los desórdenes comportamentales sean continuados se comunicará la situación a otros organismos y servicios (Centro de Salud y/o Servicios Sociales) de acuerdo a las características de la alteración. *Comunicar la situación a la Comisión de Convivencia *Seguir con actuaciones posteriores si procede. Todas estas actuaciones quedarán recogidas en un informe elaborado por el/la profesor/a en colaboración con el orientador si procede.

8.1.2. Actuaciones Posteriores a. Evaluación del comportamiento problemático Se llevará a cabo una evaluación con el objetivo de determinar el comportamiento problemático y las causas que lo provocan, analizando los comportamientos que lo preceden y las consecuencias de dichos comportamientos. Se evaluará: *Al alumno de forma individual. Se recabará información de los servicios ajenos al centro, que tengan relación con el alumno. *Se analizará si la disfunción es debida a problemas de aprendizaje. *La familia del alumno. Se mantendrán reuniones para recabar información con los organismos y servicios sociales en los casos en que la alteración podría tener alguna relación con las relaciones y/o ambiente familiar. b. Plan de actuación Se programará un plan de actuación para el alumno por parte del orientador y el profesor tutor del alumno, y que será presentado a los demás miembros del claustro relacionados con el/la alumno/a. El plan de actuación deberá incluir los aspectos siguientes: *Actuación con el alumno individualmente En este apartado se incluirán los objetivos de conducta, selección y aplicación de técnicas que se trabajaran con el alumno. Estará especificado también los momentos en que se trabajará con el alumno individualmente y en grupo, así como la temporalización que se considere necesaria para la consecución de los objetivos y las personas directamente implicadas (Orientador/a, profesor tutor, otros docentes). 15


*En relación con el Centro (profesores/as y alumn@s) Medidas adoptadas en relación con el comportamiento disruptivo: la organización y dinámica de la clase y/o del centro, la interacción profesoralumno, la ubicación espacial en el aula, la aceptación o rechazo del alumno por parte de sus compañeros, el desarrollo del curriculo. Medidas de apoyo escolar con el alumno en caso de ser necesario inclusión dentro del Programa de Refuerzo Educativo o del aula de apoyo. Tomar decisiones consensuadas de todos los miembros del Claustro sobre las medidas a seguir en caso de que se de una conducta disruptiva en un momento determinado.

*En relación con el ámbito familiar Con el fin de mantener una línea de actuación común y aumentar de este modo la eficacia de la actuación se establecerán una serie de reuniones con la familia del alumno, en las uqe se les explicará en qué consiste la actuación programada, se les dará orientaciones de actuación y se irá evaluando la eficacia de dicha actuación. *En relación con otros ámbitos Establecimiento de reuniones de información y coordinación con toros organismos (Servicios sanitarios y/o sociales) que tengan relación con el alumno. 8.2 Actuaciones ante una situación de posible intimidación o acoso entre iguales En el caso de que se detectase la sospecha de algún caso de intimidación o acoso entre alumnos se procederá de la siguiente forma: 8.2.1. Actuaciones inmediatas: de carácter urgente *Conocimiento de la situación Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospecha una situación de acoso o intimidación deberá ponerla en conocimiento al profesor tutor, orientador o equipo directivo.

*Puesta en conocimiento del equipo directivo. El equipo directivo en colaboración con el orientador y del profesor tutor del alumno recabarán la información necesaria utilizando técnicas y métodos adecuados que aseguren la confidencialidad. *Valoración inicial. Primeras medidas. Se tomarán las medidas necesarias que se consideren oportunas después de la primera valoración. 16


Se elaborará un informe escrito que quedará registrado en Dirección. La familia de l@s alumnm@s implicad@s serán informados de dichas diligencias.

8.2.2. Actuaciones posteriores PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN EL CASO DE QUE SE CONDUCTAS DE ACOSO O INTIMIDACIÓN ENTRE ALUMNOS.

DETECTEN

Dichas medidas estarán coordinadas por el Equipo Directivo en colaboración con el orientado y el profesor tutor del alumno. *Adopción de medidas de carácter urgente Medidas de apoyo directo al alumno afectado (victima). Revisión urgente de la utilización de espacios y tiempos del centro estableciendo las medidas oportunas de prevención. Aplicación del Reglamento de Régimen Interno según se estime conveniente. Según la gravedad del caso, puesta en conocimiento y denuncia a las instancias correspondientes. *Puesta en conocimiento Comunicación a: Las familias de los alumnos implicados (víctima y agresores) La comisión de convivencia del centro Equipo de profesores de los alumnos implicados y demás miembros del claustro Inspector de Educación del centro Otras instancias externas al centro (sanitarias, sociales y judiciales principalmente).

*Apertura de expediente Se abrirá un expediente que quedará depositado en Dirección que comprenderá tres fases de intervención: Recogida de información de diferentes fuentes: Documentación existente sobre los afectados Resultados de la observación directa y sistemática Entrevistas y cuestionarios con las personas relacionadas con los afectados (padres, profesores, alumnos, personales no docente…) 17


Emisión de un pronóstico inicial Líneas básicas de actuación en las que se incluirán: Reuniones con el equipo de profesores del grupo de alumnos afectados. Evaluación de necesidades y recursos, repartiendo responsabilidades para solucionar el conflicto *Plan de actuación Con la víctima: Actuaciones de apoyo y protección expresa directa o indirecta. Programas y estrategias específicas de atención y apoyo social. Posible derivación a servicios externos (sociales, sanitarios, judiciales…) Con los agresores: Aplicaciones de medidas del R.R.I. Aplicación de programas de modificación de conducta Según el caso derivación a los servicios externos (sociales, sanitarios, judiciales…) Con los compañeros más directos de los afectados: Actuaciones dirigidas a la sensibilización y el apoyo entre compañeros dentro de la acción tutorial de aula. Con las familias Pautas de intervención en el hogar Información y asesoramiento sobre servicios de apoyo externos al centro (sociales, sanitarios, judiciales).

9. PROCEDIMIENTOS DE CORRECCIÓN DE LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO. 1. La corrección de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro requiere la instrucción de un procedimiento corrector y podrá realizarse mediante dos procedimientos diferentes: conciliado o común. 2. Se utilizará uno u otro procedimiento dependiendo de las características concretas de la conducta que se va a corregir, de las circunstancias en que se ha producido y de la edad, las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno y sus antecedentes en relación con la convivencia escolar. 3. Corresponde al director del centro decidir la instrucción y el procedimiento que se va a seguir en cada caso, tras la recogida de la necesaria información. 4. La dirección del centro informará al profesor tutor del alumno corregido, al Consejo Escolar y al Claustro de profesores del centro de las conductas gravemente perjudiciales a la convivencia del centro que han sido corregidas. 9.1 Determinación del procedimiento corrector. 18


1. El director, una vez que tenga conocimiento de los hechos o conductas que vayan a ser corregidas, si lo considera necesario, podrá acordar la apertura de información previa, a fin de conocer con más profundidad las circunstancias concretas en que se produjo la conducta que se va a corregir y la oportunidad o no de aplicar el procedimiento conciliado. Esta información previa deberá estar realizada en el plazo máximo de dos días lectivos desde que se tuvo conocimiento de los hechos. 9.2 Inicio del procedimiento corrector En el plazo de tres días lectivos, contados desde que se tuvo conocimiento de la conducta merecedora de corrección, la dirección del centro notificará la misma por escrito a los padres del alumno o representantes legales, y, si se cumplen los requisitos exigidos para ello, les dará la posibilidad de corregirla mediante el procedimiento conciliado, informándoles de sus peculiaridades y de las obligaciones. En otro caso, les notificará la conducta del alumno y la utilización del procedimiento común para su corrección. 2. En los casos en los que se haya ofrecido al alumno o a sus padres o representantes legales la posibilidad de corrección de la conducta mediante el procedimiento conciliado, éstos comunicarán por escrito a la dirección del centro la aceptación o no de este procedimiento en el plazo de un día lectivo siguiente a la recepción de la notificación. De no comunicarse nada a la dirección del centro en ese plazo, se aplicará el procedimiento común. 3. Independientemente del procedimiento de corrección que se vaya a utilizar, la dirección del centro designará a un profesor para que actúe como instructor del procedimiento corrector. 4. La dirección del centro deberá encomendar la instrucción de los procedimientos correctores a profesores que tengan un buen conocimiento del centro y de su comunidad educativa y, a ser posible, tengan experiencia o formación en convivencia escolar, mediación y en la resolución de conflictos en el ámbito escolar. 5. El instructor tendrá las siguientes funciones: a) Practicar cuantas diligencias estime pertinentes para la comprobación de la conducta del alumno y para determinar su gravedad y su grado de responsabilidad. b) Custodiar los documentos y efectos puestos a su disposición durante la instrucción. c) Proponer a la dirección del centro la adopción de las medidas provisionales que considere pertinentes, las medidas correctoras que se vayan a aplicar y, si proceden, las medidas educativas reparadoras pertinentes. d) Proponer a la dirección del centro el archivo de las actuaciones, si con las averiguaciones realizadas estima que no procede corregir la conducta. 6. El director comunicará a la Inspección Provincial de Educación correspondiente el inicio del procedimiento corrector y mantendrá informado al inspector de educación de referencia de su tramitación hasta su resolución. Dicha información se realizará de forma simultánea a las comunicaciones efectuadas a los padres o representantes legales del alumno. 9.3 Procedimiento conciliado 1. El procedimiento conciliado pretende favorecer la implicación y el compromiso del alumno corregido y de su familia, ofrecer la posibilidad de que la persona agraviada se 19


sienta valorada, ayudar a consensuar las medidas correctoras y facilitar la inmediatez de la corrección educativa. 2. El procedimiento conciliado podrá aplicarse si se cumplen estos supuestos: a) Que el alumno responsable de alguna de las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia reconozca la gravedad de su conducta, esté dispuesto a reparar el daño material o moral causado y se comprometa a cumplir las medidas correctoras que correspondan. b) En el caso de que haya otros miembros de la comunidad educativa afectados por su conducta, que éstos muestren su conformidad a acogerse a dicho procedimiento. 3. El procedimiento conciliado no procede en los siguientes casos: a) Cuando se aprecie que la conducta presenta una especial y notoria gravedad. b) Cuando la persona agraviada o, en caso de alumnos sus padres o sus representantes legales no comuniquen su disposición a acogerse al procedimiento conciliado. c) Cuando el alumno autor de la conducta o, en su caso, sus padres o representantes legales no comuniquen su disposición a acogerse al procedimiento conciliado. d) Cuando ya se haya hecho con anterioridad uso de este procedimiento de corrección durante el mismo curso escolar, con el mismo alumno y para corregir una conducta similar. 4. El procedimiento conciliado requiere de la instrucción del procedimiento corrector desarrollado en el R. R. I. del Centro. 9.3.1 Desarrollo del procedimiento conciliado. 1. Cuando los padres o representantes legales del alumno opten por corregir la conducta por el procedimiento conciliado, el director convocará al profesor designado instructor del procedimiento corrector y a los afectados en el caso a una reunión en el plazo máximo de un día lectivo contado desde el término del plazo para la comunicación de la opción elegida.

2. En la reunión, el instructor recordará a los afectados que están participando en un procedimiento conciliado al que se han sometido voluntariamente y que eso supone acatar el acuerdo que se derive del mismo. También advertirá al alumno y, en su caso, a sus padres o a sus representantes legales que las declaraciones que se realicen formarán parte del expediente del procedimiento corrector en el supuesto de no alcanzarse la conciliación. 3. Posteriormente, el instructor expondrá y valorará la conducta que es objeto de corrección haciendo hincapié en las consecuencias que ha tenido para la convivencia escolar y para los demás miembros de la comunidad educativa y, oídas las partes, propondrá algunas posibles medidas correctoras para la misma. A continuación, el instructor dará la palabra al alumno y a las personas convocadas para que manifiesten sus opiniones sobre la conducta que se pretende corregir y realicen las consideraciones oportunas sobre su corrección. 4. La petición de disculpas por parte del alumno será tenida en cuenta como circunstancia que limita su responsabilidad a la hora de determinar la medida correctora que se adopte. 20


5. Finalmente, los participantes en el procedimiento deberán acordar la medida correctora que consideren más adecuada para la conducta del alumno y, si procede, las medidas educativas reparadoras pertinentes. Deberá quedar constancia escrita de la conformidad con las medidas correctoras fijadas por parte del alumno autor de la conducta y de la persona agraviada o, en el caso que corresponda, de sus padres o representantes legales. 6. El incumplimiento por parte del alumno de las medidas correctoras acordadas dará lugar a la corrección de su conducta mediante el procedimiento común. 7. El procedimiento conciliado finalizará una vez obtenido el acuerdo entre las partes. En el caso de que no se logre el acuerdo, se continuará la corrección por el procedimiento común. 9.4 Procedimiento común. 1. El procedimiento común de corrección de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro se utilizará cuando los padres o representantes legales del alumno hayan optado por él o cuando no haya sido posible desarrollar el procedimiento conciliado. 2. El procedimiento común requiere de la instrucción de un procedimiento corrector, de acuerdo con lo previsto en este decreto. 9.4.1 Desarrollo del procedimiento común. 1. El responsable de la tramitación de este procedimiento corrector será el profesor del centro designado como instructor. 2. Una vez iniciado el procedimiento corrector, el instructor dará audiencia al alumno y, si es menor de edad no emancipado, a sus padres o representantes legales, y les comunicará las conductas que se le imputan y las medidas correctoras que se proponen para corregirlas, a fin de que en el plazo de dos días lectivos puedan presentarle por escrito las alegaciones que estimen oportunas. 3. El instructor deberá precisar en el expediente el tipo de conducta del alumno, así como la corrección que corresponde en función de los hechos probados, de las circunstancias concurrentes y de su grado de responsabilidad. 4. El instructor dispondrá de cinco días lectivos para la instrucción del procedimiento corrector, contados a partir de su designación. 9.5 Resolución del procedimiento corrector, reclamaciones y ejecución de medidas. 1. A la vista de la propuesta del instructor, el director dictará la resolución escrita del procedimiento corrector, que contemplará al menos los siguientes contenidos: a) Hechos probados. b) En su caso, circunstancias que reducen o acentúan la responsabilidad. c) Medidas correctoras que se va a aplicar. d) Posibilidad de solicitar ante el Consejo escolar, en el plazo de dos días lectivos desde la recepción de la resolución, la revisión de la medida correctora impuesta. 2. El director notificará por escrito a los padres o representantes legales del alumno la resolución adoptada, en el plazo de un día lectivo tras la recepción de la propuesta del instructor, y la remitirá a la Dirección del Servicio Provincial de Educación correspondiente. 21


3. Las correcciones que se impongan por parte del director en relación a las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro podrán ser revisadas por el Consejo escolar a instancia de los padres o representantes legales de los alumnos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 127.f de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación para los centros públicos. 4. Las correcciones que se impongan por este procedimiento serán inmediatamente ejecutivas. 9.6 Prescripción de conductas y correcciones. 1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro prescribirán en el plazo de sesenta días lectivos, contados a partir de la fecha de su comisión. 2. Las correcciones impuestas como consecuencia de dichas conductas prescribirán a la finalización del curso escolar.

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