CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ACADÉMICOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO, POR SU TITULAR, EL LIC. MAURICIO RODRÍGUEZ ALONSO ASISTIDO POR EL LIC. SERAFIN ADRIAN LOPEZ REYES, DIRECTOR EJECUTIVO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR Y POR EL MTRO. VÍCTOR MANUEL TELLO AGUILAR, DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN; Y POR LA OTRA PARTE, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU SECRETARIO DE DESARROLLO INSTITUCIONAL, EL DR. ALBERTO KEN OYAMA NAKAGAWA, ASISTIDO POR EL DR. FRANCISCO CERVANTES PÉREZ, COORDINADOR DE UNIVERSIDAD ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES I.
Declara "LA SECRETARIA", por conducto de su representante que: 1.1.-
Es una Dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2° párrafo segundo, 15 fracción XIX, 23 Quater fracciones I, III y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
1.2.-
De acuerdo con lo previsto en los artículos 2° párrafo segundo; y 23 Quater de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, entre sus objetivos y atribuciones se encuentran, la planeación, organización, desarrollo, administración, supervisión y evaluación de los servicios educativos a cargo del Gobierno de la Ciudad de México; así como formular, fomentar, coordinar y ejecutar políticas, programas y acciones de promoción que contribuyan a elevar los niveles y la calidad de la educación en la Ciudad de México.
1.3.-
Su representante, el Lic. Mauricio Rodríguez Alonso, Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de México, acredita su personalidad mediante copia simple del nombramiento expedido a su favor por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, de fecha 1° de agosto de 2016, y el cual cuenta con la capacidad legal para suscribir el presente Contrato de conformidad con lo que establece la fracción IV del artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
,1
Página 1 de 17
Secretarn'-a¿EducZon
U
) CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SED U/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
1.4.-
Que en términos del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, 46 penúltimo párrafo y 51 fracción I de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se cuenta con la requisición interna 60 BIS y la autorización de suficiencia presupuestal No. SEDU/DA/JUDRF/SUF. 082/2017, para cumplir las obligaciones que se derivan del presente Contrato, en la partida 3351 "Servicios de Investigación Científica y Desarrollo", misma que fue autorizada por la Dirección de Administración.
1.5.-
El presente Contrato se celebra;conforme a lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1° de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal. Que la contratación se adjudica y se celebra con "LA UNAM", con fundamento en lo dispuesto por la normatividad en materia de administración de recursos, Circular Uno vigente, ya que cuenta con la experiencia, equipamiento, adiestramiento y los recursos humanos que le permiten proporcionarle los servicios académicos, objeto de este Contrato, además de que reúne las condiciones legales, técnicas y económicas.
L6.-
Que dentro de su estructura Orgánica se encuentra la Dirección Ejecutiva de Educación Media Superior y Superior, en lo sucesivo "LA DEEMSS", cuyo titular es el Lic. Serafln Adrián López Reyes, que en el ejercicio de sus funciones será el coordinador del presente Contrato, en lo referente a los ámbitos administrativo, técnico y aquellos relacionados con asuntos académicos y operativos que emanen del presente Contrato.
1.7
Que su Director de Administración en la Secretaria de Educación de la Ciudad de México, fue designado por el Lic. Jorge Silva Morales, Oficial Mayor del Gobierno de la Ciudad de México, el primero de septiembre de dos mil quince.
1.8.-
Para todo lo relacionado con el presente Contrato, señala como domicilio legal, el ubicado en calle Avenida Chapultepec número 49, Primer Piso, Colonia Centro, Código Postal 06010, Delegación Cuauhtémoc, Ciudad de México.
II Declara "LA UNAM", por conducto de su representante: 11.1.-
Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del estado, dotado de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
SED.!
Página 2 de 17
Sr, re.. ‘a7171517.¿Zión .'u,1,11', trx 5139 '
CDMX CIUDAD DE MEXICO
CONTRATO No. SEDÓ/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
11.2.-
Que su representación legal recae en su rector, el Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9o. de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo conforme a la fracción I del artículo 34 del Estatuto citado, facultades para delegarla.
11.3.- Que el Dr. Alberto Ken Oyama Nakagawa, en su carácter de Secretario de Desarrollo Institucional, cuenta con las facultades para suscribir el presente instrumento en representación de "LA UNAM", de conformidad con el acuerdo que delega y distribuye competencias para la suscripción de convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en los que la universidad sea parte, publicado en la gaceta UNAM de fecha 5 de septiembre de 2011. 11.4.-
Que dentro de su estructura orgánico-administrativa se encuentra la Coordinación de Universidad Abierta y Educación a Distancia, en lo sucesivo "LA CUAED", cuyo titular es el Dr. Francisco Cervantes Pérez, y cuyo objetivo primordial es promover acciones que consoliden los esfuerzos institucionales para desarrollar formas efectivas de educación abierta y a distancia.
11.5.-
Que en el ejercicio de sus funciones "LA CUAED" ha sido nombrada organismo coordinador del presente Contrato, en lo referente a los ámbitos administrativo, técnico y aquellos relacionados con asuntos académicos y operativos, la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente Contrato.
11.6.-
Que cuenta con la capacidad legal, equipo, herramientas, instalaciones, recursos financieros, humanos y materiales, así como con la organización necesaria para celebrar el presente Contrato.
11.7.-
Que acepta los términos de este instrumento jurídico y se compromete al cumplimiento de todos y cada uno de los compromisos derivados del mismo.
11.8.-
Que ninguno de los funcionarios, administradores o representantes, se encuentra inhabilitado, de conformidad con el artículo 47, fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos; así como no encontrarse dentro de los supuestos del artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
11.9.
Que no se encuentran en los supuestos de impedimento legal, inhabilitado o sancionado por la Contraloría General de la Ciudad de México, por la Secretaría de la Función Pública de la Administración Pública Federal, ni por las Autoridades competentes de los Gobiernos de las Entidades Federativas o Municipios.
Página 3 de 17
SecretanalEclucicion
i<lf
ni>,
SEDU
CDMX CIUDAD DE MEXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
11.10.
Que los funcionarios, directivos, administradores y demás personal; no tienen, no van a tener en el siguiente año o han tenido en el último año, relación personal, profesional, laboral, familiar o de negocios con las personas servidores públicos que suscriben el contrato.
11.11.
Que señala como su domicilio legal el 9o. piso de la Torre de Rectoría, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04510.
11.12.
Que para el cumplimiento del presente instrumento jurídico señala como domicilio el ubicado en el edificio "A" de "LA CUAED", circuito exterior S/N, Ciudad Universitaria, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04510.
III.- DECLARAN "AMBAS PARTES": 111.1.- Que están de acuerdo en que el presente instrumento jurídico, no se encuentra viciado por ignorancia, inexperiencia, desproporción, lesión, error, violencia, dolo o mala fe, en la forma y términos de este instrumento. 111.2.- Que se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal, para celebrar el presente Contrata
Expresado lo anterior "AMBAS PARTES" se obligan al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO Por el presente contrato LA UNAM" se compromete a apoyar académicamente a "LA SECRETARÍA" para Implementar y Desarrollar un Sistema Académico con la Integración de Programas y Planes de Estudio con un Enfoque Humanista; así como para el fortalecimiento de un Sistema Académico Tecnológico de Nivel Medio Superior y Superior", que ofrezca una educación pertinente, que promueva la equidad, mejore la cobertura e impulse el desarrollo cultural y social de las personas, obligándose a proporcionar los servicio académicos a "LA SECRETARÍA" de conformidad con las descripciones, condiciones y términos establecidos en este Contrato y su ANEXO 1.
Página 4 de 17
anon lf gol T 51T.IuT T,
DMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente Contrato será a partir del mes de agosto y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2017, siendo forzosa para "AMBAS PARTES".
TERCERA.- LUGAR, FORMA Y FECHA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Para cumplir con el objeto del presente Contrato, "LA UNAM" se compromete con "LA SECRETARÍA" a realizar las actividades necesarias para apoyar la implementación y desarrollo del Sistema Académico, objeto de este instrumento y presentar los entregables conforme a las especificaciones del ANEXO 1 de este instrumento jurídico.
CUARTA.- MONTO DEL CONTRATO "AMBAS PARTES" convienen que "LA SECRETARÍA" pagará a "LA UNAM" por el objeto del presente Contrato la cantidad de $15'450,000.50 (Quince millones cuatrocientos cincuenta mil pesos 50/100 M.N.). En caso de que lo solicite "LA SECRETARÍA", "LA UNAM" se compromete a incrementar los servicios académicos necesarios, mediante modificaciones al Contrato vigente, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto el 25% (Veinticinco por Ciento) del total del valor del Contrato, se encuentren en el mismo ejercicio presupuestal y que el costo de las actividades y demás condiciones del servicio sean iguales a las inicialmente pactadas.
QUINTA.- LUGAR Y FORMA DE PAGO "AMBAS PARTES" convienen en que el importe del objeto del presente Contrato será pagado por "LA SECRETARÍA" a "LA UNAM" dentro de los 20 días naturales posteriores a la fecha de validación de la o las factura(s) debidamente requisitada(s), conforme a lo detallado en el presente Contrato, a través del escrito de satisfacción por la prestación de los servicios que realicen las áreas solicitantes de "LA SECRETARÍA".
Los pagos se realizarán de la siguiente manera:
Página 5 de 17
Secretaria de Educacion
SEDO
DMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
PAGO Primer pago Segundo pago
FECHA Septiembre de 2017 Diciembre de 2017 Total
MONTO $7,725,000.00 $7,725,000.50 $15,459,000.50
La o las facturas se elaborarán de manera desglosada a nombre del Gobierno de la Ciudad de México/Secretaría de Educación, R.F.C.: GDF9712054NA, con domicilio en: Plaza de la Constitución s/n, Centro de la Ciudad de México, Área 1, C.P. 06000, Delegación Cuauhtémoc de la Ciudad de México. "AMBAS PARTES" acuerdan que en caso de que se realicen pagos en exceso a "LA UNAM", ésta deberá reintegrar los remanentes. Las partes convienen que el importe a pagar es fijo y no podrá ser modificado, de igual forma se hace del conocimiento a "LA UNAM" que no habrá pago alguno de anticipos sobre los pagos acordados. La Dirección Ejecutiva de Educación Media Superior y Superior de "LA SECRETARÍA", será la responsable de verificar que los servicios académicos se hayan prestado de conformidad con lo pactado y dar el visto bueno de los mismos, en caso de rechazo de algún aspecto del servicio que no cumpla con las características o especificaciones pactadas en el presente Contrato conforme a lo señalado en la cláusula primera, "LA UNAM" lo deberá sustituir y regularizar de inmediato. El tiempo que se desfase el trámite de pago con motivo de la revisión de los servicios por parte de esta entidad, y el tiempo que tarde "LA UNAM" en sustituir y regularizar lo solicitado por "LA SECRETARÍA", será el mismo tiempo que se desfasará en su cumplimiento. Tratándose de pagos en exceso a "LA UNAM", ésta deberá reintegrar dichas cantidades a requerimiento de "LA SECRETARÍA". SEXTA.- IMPUESTOS "LA UNAM" pagará los impuestos que se llegarán a generar por los servicios académicos prestados de su parte por la formalización de este Contrato, y que conforme a las leyes mexicanas le pudieran ser aplicables en el momento que le sean exigibles bajo los procedimientos establecidos para tal efecto. SÉPTIMA.- GARANTÍA
Página 6 de 17
Socretaría710EajEsac r)
CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SED U/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-III-17
Se exime del otorgamiento de póliza de fianza por los servicios contratados, de acuerdo al apartado 11.5.2 numeral III de la Circular Uno normatividad en materia de administración de recursos para las dependencias, unidades administrativas, unidades administrativas de apoyo técnico operativo, órganos desconcentrados y entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México, vigente. NOVENA.- SUPERVISIÓN Los servicios que proporcione "LA UNAM", serán supervisados por personal de la Dirección Ejecutiva de Educación Media Superior y Superior a través del personal que designe para tal efecto, con el objeto de verificar, calidad, cantidad y especificaciones de los servicios objeto del presente Contrato. DÉCIMA.- RELACIONES LABORALES "LA UNAM" libera a "LA SECRETARÍA" de cualquier responsabilidad únicamente con relación al personal que contrate directamente para dar cumplimiento al objeto del presente Contrato y acepta ser el único patrón del personal que haya contratado directamente para tales efectos, y consecuentemente será responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de "LA SECRETARÍA", reconociendo expresamente y para todos los efectos legales, que no existe sustitución patronal por parte de "LA SECRETARÍA" por lo que en ningún caso se le podrá considerar como patrón solidario o sustituto. DÉCIMA PRIMERA.-CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES Los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato no podrán cederse en forma parcial, ni total, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con la autorización previa y por escrito de "LA SECRETARÍA", debiendo "LA UNAM" informar su consentimiento por escrito a "LA SECRETARÍA" renunciando a los derechos de acreedor, especificando a favor de quién se expedirá el pago y protestando que libera a "LA SECRETARÍA" de toda responsabilidad derivada de la cesión correspondiente. "LA UNAM" Deberá prestar los servicios objeto de este contrato directamente y bajo su estricta responsabilidad, por lo que "LA SECRETARÍA" no autoriza ninguna subcontratación. DÉCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES
Página 7 de 17
SecretariaTieEd7i;Ción
I r r-lurr aclon 1f ch.:1 mi,
SEDU
CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
En virtud de que este contrato se firma entre dos entes públicos, bajo los términos del párrafo segundo del Artículo 1° de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, a la "UNAM" no se le aplican penas convencionales.
DÉCIMA TERCERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO La falta de observancia y cumplimiento de lo pactado en el presente Contrato por parte de "LA UNAM" faculta expresamente a "LA SECRETARÍA" para darlo por rescindido sin responsabilidad alguna para "LA SECRETARÍA" y sin necesidad de declaración judicial, por cualesquiera de las causas que en forma enunciativa mas no limitativa, a continuación se señalan: 1. Si previamente al otorgamiento de este contrato o durante su cumplimiento, "LA UNAM" ha proporcionado datos falsos y que puedan afectar o limitar en cualquier forma a juicio de "LA SECRETARÍA" el cumplimiento de las obligaciones de "LA UNAM". 2. Si por causas imputables a "LA UNAM" la prestación de los servicios se suspende injustificadamente en forma temporal o definitiva. 3. Si "LA UNAM" es declarado en estado de quiebra, huelga o concurso mercantil. 4. Si "LA UNAM" cede, enajena, fideicomisa o grava en cualquier forma o por cualquier título, la totalidad o parte de los derechos u obligaciones de este contrato, con excepción de los derechos de cobro, siempre que hubiese procedido de conformidad con la cláusula décima primera. 5. En general, por cualquier otra causa imputable a "LA UNAM" que lesione los intereses de "LA SECRETARÍA".
DÉCIMA CUARTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA "LA UNAM" está de acuerdo y reconoce que el Director de Administración de "LA SECRETARÍA" fi es el servidor público facultado para iniciar, substanciar y resolver los procedimientos de rescisión administrativa de los contratos y convenios celebrados, por "LA SECRETARÍA". En este sentido, si "LA SECRETARÍA" considera que "LA UNAM" ha incurrido en alguna de las causales de rescisión, lo comunicará por escrito a "LA UNAM" mediante notificación personal en el domicilio señalado en este instrumento, a fin de que ésta, en un plazo de cinco días hábiles siguientes contados a partir de la notificación exponga, por escrito, lo que a su derecho convenga y ofrezca, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior, dentro de los dos días hábiles siguientes, "LA SECRETARÍA", por conducto de su Director de Administración, emitirá un acuerdo en el q é
Página 8 de 17
Secretaria ieétiircrión Av Cf op i!C 9. Pi Se n DJ rad temo.gdfr agrfn df g oh rex T 5134 fiThr
CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
se fije la hora fecha y lugar para la celebración de la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, misma que deberá celebrarse dentro de los cinco días hábiles siguientes en que se dicte el acuerdo. En caso de que "LA UNAM" dentro del plazo de cinco días otorgado no exponga por escrito lo que a su derecho convenga y ofrezca, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, a fin de desacreditar el incumplimiento, se emitirá acuerdo respectivo en donde se declare la preclusión del derecho para hacerlo. Si después de analizar las razones aducidas por "LA UNAM", "LA SECRETARÍA" estima que las mismas no son satisfactorias, emitirá debidamente fundada y motivada, la rescisión y la comunicará por escrito a "LA UNAM".
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
"AMBAS PARTES" están de acuerdo en tener la posibilidad de dar por terminado de manera anticipada el presente Contrato, para lo cual se obligan a comunicar su voluntad mediante aviso por escrito a la contraparte, exponiendo la causa que haga imposible su cumplimiento, notificándola con quince días naturales de anticipación.
DÉCIMA SEXTA.- SUSPENSIÓN TEMPORAL "AMBAS PARTES" acuerdan que cualquiera de ellas podrá, previa notificación a la otra con quince días naturales de anticipación, suspender temporalmente todo o en parte las actividades de este contrato, sin que ello implique su terminación definitiva, por cualquiera de las siguientes causas: 1) Por razones de interés general. 2) Por sobrevenir caso fortuito o fuerza mayor que impidiera el cumplimiento de los compromisos derivados del presente instrumento.
DÉCIMA SEPTIMA.- SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO "LA UNAM" no podrá suspender la ejecución del presente Contrato, de hacerlo se actuará de conformidad con la cláusula Décima Cuarta de este instrumento, salvo que medie causa justificait pla \ para ello.
Página 9 de 17
Secretaria de Edt pa
'47 SEDU
)
CDMX CIUDAD DE MEXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
DÉCIMA OCTAVA. - MODIFICACIONES Cualquier modificación o variación de los términos y condiciones pactados en el presente Contrato deberán estipularse por escrito.
Las modificaciones en ningún caso podrán referirse a costos, anticipos, pagos progresivos, especificaciones y en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas a favor de "LA UNAM", comparadas con las establecidas originalmente.
DÉCIMA NOVENA.- AUSENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO "AMBAS PARTES" manifiestan que en la celebración del presente Contrato no ha mediado vicio alguno del consentimiento que pudiera invalidar su contenido.
VIGÉSIMA. — PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR "AMBAS PARTES" convienen que "LA UNAM", será el único responsable de la utilización de las patentes, marcas, certificados de invención y todo lo relacionado con los materiales objeto del presente contrato, deslindado de toda responsabilidad de su uso a "LA SECRETARÍA" y comprometiéndose a dejarlo en paz y a salvo, en caso de cualquier controversia que se suscite por este motivo.
VIGÉSIMA PRIMERA. — CONFIDENCIALIDAD "AMBAS PARTES" se obligan a no difundir la información que por el objeto del presente instrumento tengan conocimiento. De lo contrario serán responsables de los daños y perjuicios que origine su inobservancia o la de sus trabajadores, razón por la cual se obligan a establecer los mecanismos necesarios ante su personal a fin de evitar que los mismos pudieran difundir o utilizar información relacionada con el presente Contrato, la cual por ningún motivo podrá ser utilizado para cualquier otro fin que no sea de los establecidos en el mismo, quedando bajo su estricta responsabilidad el cumplimiento del compromiso de confidencialidad referido en esta cláusula.
VIGÉSIMA SEGUNDA. — RECONOCIMIENTO DE SOMETIMIENTO A JURISDICCIÓN
Página 10 de 17
lter
CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
Para la interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, así como para lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier fuero que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudieran corresponderles.
"AMBAS PARTES" manifiestan que enteradas del contenido, efecto y fuerza legal del presente contrato, lo firman de conformidad en cuatro tantos en la Ciudad de México, el día 17 de agosto de 2017.
"POR "LA UNAM"
"POR "LA SECRETARÍA" 11
1
ODRIGU SE ETARIO DE EDUCACIÓ DE MÉXICO
n ;31,
A CIUDAD
DR. ALB SEC
EN OYAMA NAKAGAWA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
\0141
LIC. SERAFÍN ADRIAN LÓPEZ REYES DIRECTOR EJECUTIVO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIO Y SUPERIOR
Sra DR. FRANC idiMireNTES PÉREZ COO InR DE UNIVERSIDAD ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA
MTRO. VÍCTOR MANI C TELLO AGUILAR INISTRACIÓN DIRECTOR DE PRESENTE HOJA FORMAN PARTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS LAS FIRMAS CONTENI ÁS-EN ACADÉMICOS. CELEB Dq ÉN RE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOIyiA DE MÉXICS EL 17 DE AGOSTO DE 2017.
Página 11 de 17
Secretariadelaucacrán 49 P.SL:
5114,
SEDO J
DMX CIUDAD DE MEXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
ANEXO 1
PARTIDA 1 SISTEMA ACADÉMICO TECNOLÓGICO
ENTREGABLES
SERVICIO QUE SE SOLICITA I Aplicación y evaluación académica de las asignaturas de las carreras de nivel Técnico Superior Universitario con apoyo de tecnologías de la información y comunicación El servicio consiste en aplicar y evaluar cinco asignaturas en hasta 13 grupos de 25 alumnos como máximo cada uno de ellos, en el ejercicio fiscal 2017.
MONTO
$ 800,000.00 1. Planeación didáctica de la operación académica. 2. Reporte de las $ 61,538.50 grupo Por actividades realizadas y del abierto aprovechamien (Monto del Máximo to $800,000.50) alumnado. TOTAL
Página 12 de 17
FECHA DE PAGO Septiembre
Diciembre
$,1800,000.50
_ Secretaría de Educada,
:Irra
DMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
PARTIDA 2 SISTEMA ACADEMICO HUMANISTA
SERVICIO QUE SE SOLICITA I. Plan y programas de estudio de un bachillerato general con orientación humanista.
ENTREGARLES 1.
2.
Primera entrega a. Modelo educativo que contenga i. Fundamentación ii. Estrategias didácticas iii. Evaluación iv. Perfil docente v. Estructura curricular vi. Un sistema de control escolar y asesoría requerida para su implementación
MONTO
FECHA DE PAGO
$ 500,000.00
Septiembre
$ 500,000.00
Octubre
Segunda entrega a. Programa de estudios que especifique i. Descripción ii. Fundamentación de la creación del programa iii. Competencias que desarrolla iv. Perfil de ingreso y egreso y Plan de estudios
7
Página 13 de 17
Secretaria de Educacion P i. zoon gol)
CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-III-17
SERVICIO QUE SE SOLICITA
ENTREGARLES
MONTO
FECHA DE PAGO
b. Malla curricular
II. Reestructuración del plan y programas de estudio del Bachillerato Digital de la Ciudad de México de la Secretaría de Educación acorde al Nuevo Modelo Educativo y Currículo de Educación Media Superior. III. Formación complementaria hasta 200 tutores de la SEDU en estrategias para la permanencia de los estudiantes de los programas educativos del bachillerato general con orientación humanista y del Bachillerato Digital de la Ciudad de México
c. Documentos descriptivos de las asignaturas. Cada una deberá contener: i. Carta descriptiva ii. Contenido temático iii. Actividades de aprendizaje iv. Criterios de evaluación Evaluación diagnóstica
$ 375,000.00
Septiembre
Plan y programas de estudio con las modificaciones necesarias para quedar alineado al Nuevo Modelo Educativo y Currículo de Educación Media Superior.
$ 375,000.00
Octubre
1. Plan de trabajo y calendario de actividades
$ 500,000.00
Septiembre
2. Informe final de actividades realizadas
$ 500,000.00
Diciembre
3. Evidencia fotográfica
Página 14 de 17
Secretaria de Édu@aci Ch3p , Nc 49 CL.. Serte.P Cu:ili té.muc tgob nix T 5134 07 C.,
H4L, Ir SEDU
DMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
SERVICIO QUE SE SOLICITA y planes IV. Cinco programas de estudio de nivel licenciatura con humanista, orientación en: 1. Ciencias ambientales para zonas urbanas 2. Ciencias de datos para negocios 3. Contaduría y finanzas 4. Derecho y seguridad ciudadana 5. Desarrollo comunitario en zonas metropolitanas
ENTREGABLES 1. (Por cada plan y programa) Modelo educativo que contenga a. Fundamentación b. Estrategias didácticas c. Evaluación d. Perfil docente e. Estructura curricular
2. Segunda entrega: i. Programa de estudios que especifique a. Descripción b. Fundamentación de la creación del programa c. Competencias que desarrolla d. Perfil de ingreso y egreso e. Plan de estudios
MONTO
FECHA DE PAGO
$ 3750,000.00 Septiembre
$ 3750,000.00 Noviembre
ü. Malla curricular iii. Documentos descriptivos de las asignaturas. Cada una deberá contener: a. Carta descriptiva b. Contenido temático c. Actividades de aprendizaje d. Criterios de evaluación
Página 15 de 17
I
Secreta
la Educación
(lob as
SEDO
DMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
SERVICIO QUE SE SOLICITA V. Proceso de admisión a y los cinco planes programas de estudio de nivel licenciaturas de hasta 1,000 aspirantes. El servicio consiste en la determinación por cada aspirante de: 1. El perfil cognitivo 2. El nivel académico 3. La diferencia entre el nivel académico y el perfil de ingreso formación 4. La propedéutica requerida para la mejora del nivel la académico y de las reducción diferencias que existan entre ambos perfiles VI. Formación complementaria en el uso de las tecnologías digitales de hasta 350 docentes.
MONTO
FECHA DE PAGO
1. Primera entrega Planeación y metodología para determinar los perfiles
$ 750,000.00
Septiembre
2. Segunda entrega i. Perfil de cada uno de los aspirantes ii. Resultados del programa de formación propedéutica
$ 750.00 Por aspirante (Monto Máximo $750,000.00)
Diciembre
ENTREGARLES
Plan de trabajo y calendario de actividades
$ 1'050,000.00 Septiembre
Informe final de actividades realizadas Evidencia fotográfica
$ 3,000.00 Por docente (Monto Máximo)
Diciembre
$1'050,000.00 TOTAL
$ 13'850
miaoo
Página 16 de 17 9/
í
Ser retarla de Educación .14494 9ics - N( -9 43s, 6. (9; :9994 C P ) G 4 4a4hte.9 edre 9:101` df gob 11 (.134149 3
CDMX CIUDAD DE MÉXICO
CONTRATO No. SEDU/SER/018/2017 CELEBRADO CON LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO NUMERO DE REGISTRO UNAM: 48054-870-29-111-17
"AMBAS PARTES" manifiestan que enteradas del contenido, efecto y fuerza legal del presente Anexo, lo firman de conformidad en cuatro tantos en la Ciudad de México, el día 17 de Agosto de 2017.
0
"POR "LA UNAM"
"POR "LA SECRET
: ton Á
a Zi LI MA C RODRIGp SECRET 10 DE EDUC •• • DE M =XICO CI
ERAFÍN ADRIAN LÓPEZ REYES RECTOR EJECUTIVO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
MTRO. VÍCTOR MA DIRECTOR DÉ
DR. ALB SE
V OYAMA NAKAGAWA O DE DESARROLLO ITUCIONAL
ANTES PEREZ DR. FRANC OR DE UNIVERSIDAD COOR ABIER Y EDUCACIÓN A DISTANCIA
LLO AGUILAR ISTRACIÓN
fEN1DÁ$ EN LA PRESENTE HOJA FORMAN PARTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS LAS FIRMAS C ACADEMICOS,,OELEBRADO ENTRE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO EL 17 DE AGOSTO DE 2017.
Página 17 de 17
Secretaria de Educación Av Gtapttene5 No. 49. P 06:v11 Art Ce:lrr; Entro auttdmuz iv__c. ondt.gob.mx 5134 0752