Reglamento de evaluación 15 16

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U NIVERSIDAD H IPÓCRATES REGLAMENTO DE EVALUACIÓN CICLO ESCOLAR 2015 – 2016 Artículo 1.- El presente reglamento tiene la finalidad de regular la evaluación del proceso enseñanza aprendizaje de los alumnos de la Universidad Hipócrates, con la finalidad de retroalimentar dicho proceso. Los datos obtenidos en la evaluación servirán a docentes y alumnos en forma directa para mejorar las deficiencias que se presenten en la realización del proceso e incidir en el mejoramiento de la calidad y en consecuencia en el rendimiento del proceso enseñanza -aprendizaje. Artículo 2.- Para efectos del presente reglamento, son funciones de la evaluación, las siguientes:

I. Determinar los resultados obtenidos en la enseñanza con los métodos y materiales de instrucción empleados, lo cual nos ayuda a hacer las modificaciones pertinentes.

II. Proporcionar retroalimentación al mecanismo de aprendizaje. III. Asignar calificaciones justas y representativas del aprendizaje ocurrido. IV. Juzgar lo adecuado o inadecuado de los objetivos planteados. V. Planear nuevas estrategias didácticas que mejoren el proceso enseñanza - aprendizaje.

Artículo 3.- Los tipos de evaluación podrán ser los siguientes:

I. Diagnóstica.- Es la evaluación que se realiza al inicio de un curso o unidad de enseñanza con el fin de orientar y conocer un estado de situación o conocimientos previos, para determinar el nivel real del alumno con el fin de establecer actividades y métodos de enseñanza a la vez que mide conductas de entrada cognitiva y psicomotoras.

II. Formativa.- Su propósito es el de tomar decisiones respecto al proceso de enseñanza aprendizaje (pasar a los siguientes objetivos, repasar los anteriores, asignar tareas especiales a todo el grupo o a alumnos en particular, sustituir o continuar con un procedimiento de enseñanza, etc.) Se puede realizar al terminar una unidad o al final de la clase.

III. Sumativa.- Su propósito es tomar decisiones respecto al rendimiento alcanzado por los alumnos y se realiza al fin del curso, su finalidad es la de asignar calificaciones.

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U NIVERSIDAD H IPÓCRATES Artículo 4.- Se entiende por evaluación parcial el promedio obtenido de la suma de los diferentes rasgos considerados durante un tiempo de al menos dos meses para los programas de estudio que se cursan de forma semestral. En cada evaluación parcial, los docentes deberán considerar entre 3 y 5 de los siguientes rasgos.

I. Elaboración de mapas conceptuales, mapas mentales, cuadros sinópticos y/o cuadros II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. X. XI. XII. XIII. XIV. XV. XVI. XVII.

comparativos. Elaboración de periódicos murales. Proyectos. Investigaciones. Exposiciones. Exámenes ----- (hasta el 40% máximo) Participaciones individuales y en equipos. Aplicación de encuestas y/o cuestionarios Resúmenes de un tema Investigaciones de campo. Realización de experimentos. Prácticas. Tareas. Controles de lectura. Reportes de prácticas. Estudios de caso. Sesiones clínicas.

Artículo 5.- Los exámenes escritos y orales serán sólo una parte de la evaluación que el docente realizará y no la única forma de medir el rendimiento del estudiante. El examen escrito y/u oral podrá ser máximo el 40% de la evaluación total del estudiante. Artículo 6.- La asistencia no es un rasgo a evaluar sino a tomar en cuenta, cuando el estudiante no ha cumplido con el 85% de la asistencia a clases no podrá obtener una calificación final, es decir no podrá acreditar la materia y en el reporte aparecerá como N/A. Artículo 7.- Los exámenes escritos deberán contener mínimo 3 tipos de reactivos.

I. II. III. IV. V.

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relacionar, por ejemplo: relacionar el concepto con su definición. opción múltiple: identificar entre varias opciones de respuesta la correcta. reflexión. complementación. verdadero (v) y falso (f)

Artículo 8.- El promedio final es el resultado de la sumatoria de las calificaciones obtenidas en los tres parciales y dividida entre tres la cual deberá comunicarse en números enteros, por disposición de la Secretaría de Educación Guerrero, aplicando el respectivo redondeo. Ejemplo (7.5 = 7; 7.6 = 8)

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U NIVERSIDAD H IPÓCRATES Artículo 9.- Es obligación del profesor entregar la calificación a los estudiantes en forma individual o grupal dentro de las 48 horas siguientes a la evaluación parcial y final. Lo anterior permitirá hacer las aclaraciones pertinentes de forma inmediata y así evitar desacuerdos o confusiones entre el profesor y el alumno. Si aún después de hacer las aclaraciones con el docente el alumno se encuentra inconforme respecto a la calificación asignada, podrá solicitar al director de su facultad por escrito y de manera justificada, la revisión de la evaluación parcial o final según sea el caso, dentro del término de los siguientes 5 días. El Director será el responsable de analizar la petición del alumno y emitir la decisión que corresponda, para lo cual podrá auxiliarse de la academia. En caso de desacuerdo el Consejo analizará la petición. La decisión del Consejo será definitiva e inapelable. Artículo 10.- Los profesores estimarán la capacitación de los estudiantes en las siguientes formas:

I. Apreciación de los conocimientos, habilidades, destrezas, y actitudes adquiridos por el estudiante durante el curso, mediante la participación en las clases y su desempeño en los rasgos a evaluar previamente acordados en el encuadre del curso. II. Exámenes parciales. III. Examen departamental. IV. Examen extraordinario. Artículo 11.- La calificación aprobatoria se expresará en números enteros sin decimales, siendo el 7 (siete) la calificación mínima aprobatoria a nivel de licenciatura y de 8 (ocho) para el nivel de posgrado. En el caso de las materias no acreditadas se deberá registrar la calificación de 6 (seis). En el caso de que un alumno no se presente al examen de la materia, se anotará (N.P.), que significa: NO PRESENTÓ. El alumno que se encuentre en esta situación tendrá como máximo 7 (siete) días hábiles para la presentación del mismo. Los casos especiales serán tratados por la dirección correspondiente. Artículo 12.- Para el caso de las áreas de Ciencias de la Salud el estudiante deberá tener aprobadas todas las asignaturas de las áreas básicas para tener derecho a ingresar a las asignaturas clínicas y ciclos clínicos según sea el caso. Cuando el alumno no acredite una asignatura de las áreas clínicas, deberá recursarla de manera inmediata. Artículo 13.- Los exámenes deberán aplicarse de acuerdo con el calendario que establezca la Vicerrectoría Académica y en los horarios establecidos para cada asignatura. Los exámenes parciales y departamentales que deban aplicarse en fechas posteriores a las establecidas en el calendario referido, se deberán aplicar en la dirección de la licenciatura correspondiente. Artículo 14.- Los profesores deberán entregar a la dirección de área correspondiente los resultados de las evaluaciones en la semana posterior a la conclusión del semestre.

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Artículo 15.- El examen semestral será parte esencial de la evaluación del estudiante, se aplicará y calificará como el último parcial del cuatrimestre y/o semestre. Artículo 16.- Tendrán derecho al examen semestral todos los estudiantes que hayan acreditado al menos un examen parcial. Artículo 17.- Los alumnos que hayan reprobado los dos exámenes parciales, deberán pagar el examen semestral como extraordinario y la máxima calificación que podrán obtener será de 8 (ocho). Artículo 18.- Los exámenes extraordinarios tienen por objeto proporcionar a los alumnos la oportunidad de acreditar una materia que por cualquier circunstancia no haya logrado el registro de una calificación aprobatoria durante el periodo de la evaluación continua. Se exceptúan de este caso las materias de orden práctico que requerirán la repetición del curso. La evaluación en periodo extraordinario no será aplicable para los estudios de posgrado. La evaluación en periodo extraordinario deberá versar sobre el contenido global de la materia, se realizará a través de los medios o instrumentos diseñados, aplicados y calificados por el docente de la materia, bajo la supervisión de la dirección de área o academia correspondiente. Para que el alumno tenga derecho al registro de la calificación en el periodo extraordinario, se requiere:

I. Estar inscrito en el plan de estudios y curso correspondiente. II. Haber pagado el arancel y presentar el comprobante correspondiente. III. Tener un mínimo de asistencia del 65% a clases y actividades registradas durante el curso. Las fechas para la aplicación de las evaluaciones en periodo extraordinario, serán establecidas en el calendario escolar. Los docentes asignados para la aplicación de extraordinarios tendrán que hacer entrega del resultado de la evaluación de forma inmediata, sin que la fecha del recibo de pago no exceda el término de un mes para hacerlo valido tanto para el docente como para el estudiante. Artículo 19.- La calificación máxima que un estudiante podrá obtener en el examen extraordinario es de 8 (ocho). Si el alumno quiere obtener mejor calificación tendrá que recursar la materia. Artículo 20.- Los estudiantes tendrán derecho a presentar exámenes extraordinarios de materias que no sean prácticas de la siguiente manera:

I. Hasta dos materias por semestre mediante exámenes extraordinarios. II. Los estudiantes que no aprueben el examen extraordinario, obligatoriamente tendrán que recursar la materia reprobada. Las materias podrán recursarse una sola vez, en caso de reprobar el recursamiento será evaluado por el Consejo Académico como causante de baja.

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U NIVERSIDAD H IPÓCRATES Artículo 21.- Las materias deberán cursarse en el orden previsto por los planes de estudio respectivos. Artículo 22.- El estudiante que repruebe una materia seriada, no podrá cursar la inmediata superior hasta haber acreditado la primera. Artículo 23.- El estudiante que repruebe tres materias o más en un semestre, deberá recursar el mismo. Artículo 24.- El estudiante que acumule el 50% de materias reprobadas en el semestre tendrá que recursarlo. En dado caso de no presentar o no regularizarse no podrá continuar el siguiente semestre. Artículo 25.- Ningún alumno podrá ser inscrito más de dos veces en una misma asignatura, en caso de no acreditarla, sólo podrá hacerlo en examen extraordinario, siempre y cuando no haya agotado esta vía con anterioridad en caso contrario, cursará todo el semestre. Artículo 26.- Las materias que según el programa de estudios tienen un fuerte contenido basado en la práctica (más del 40% del total de horas) no podrán ser evaluadas en forma escrita, con excepción de la Licenciatura de Médico Cirujano, y tendrán como producto final la elaboración de un producto de aprendizaje, como los siguientes:

I. II. III. IV. V. VI.

Reportes de prácticas de laboratorio, anfiteatro, etc. Maquetas. Proyectos. Estudio de caso. Programas. Cantidad de horas en atención a pacientes/sujetos.

Artículo 27.- En caso de reprobar las materias con una fuerte carga práctica, los alumnos deberán recursarlas en un trimestre, para lo cual deberán pagar el costo que para tal efecto establezca la universidad. Artículo 28.- Queda estrictamente prohibido por el presente reglamento aplicar exámenes escritos y extraordinarios a las siguientes materias prácticas. Dichas materias serán evaluadas por cumplimiento de horas prácticas.

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Licenciatura en Psicología Desarrollo psicológico I, II, III, IV Psicología educativa Necesidades educativas especiales Prevención de la violencia intrafamiliar Orientación vocacional y escolar Licenciatura en Ciencias de la Comunicación y Publicidad

✓ Computación aplicada a la comunicación ✓ Diseño gráfico ✓ Expresión corporal

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Relaciones públicas Taller de fotografía Taller de radio Taller de periodismo I y II Taller de emprendedores Publicidad I y II Taller de televisión Proyectos de creatividad e innovación en medios masivos.

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Licenciatura en Gastronomía Servicio de restaurante y bar I, II, III Laboratorio de cocina I, II, III, IV Repostería y panadería I y II Historia de la gastronomía mundial y mexicana Fundamentos de la tecnología de los vinos Microbiología de los alimentos Técnicas de los diferentes tipos de cocina internacional II

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Licenciatura en Odontología Operatoria dental II Técnicas quirúrgicas Exodoncia I y II Periodoncia I y II Endodoncia I y II Prótesis fija removible I y II Clínica integral I y II Ortodoncia II Odontogeriatría II Odontopediatría II Cirugía bucal I Investigación Seminario de tesis Cirugía maxilofacial Ingeniería en Sistemas Computacionales ✓ Programación I, II, III, IV ✓ Base de datos I, II ✓ Matemáticas I, II, III Ingeniería en Electrónica y Cibernética ✓ Matemáticas I, II ✓ Probabilidad y estadística ✓ Electrónica I, II, III, IV ✓ Programación I, II ✓ Robótica I, II

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Licenciatura en Arquitectura Urbanista Representación gráfica I, II Sistemas constructivos I, II Instalaciones I, II Taller de diseño urbano arquitectónico I, II, III, IV, V, VI Sistemas estructurales I, II Programación de obra I, II Diseño estructural I, II Licenciatura en Contaduría y Administración Empresarial ✓ Contabilidad I, II ✓ Contabilidad administrativa ✓ Impuestos I, II

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Licenciatura en Administración de Empresas Contabilidad I, II, III Informática I, II, III, IV, V Mercadotecnia I, II Matemáticas I, II Matemáticas financieras I, II Estadística I, II Toma de decisiones I, II Investigación de operaciones I, II Licenciatura en Derecho ✓ Derecho civil IV y V ✓ Derecho procesal civil ✓ Derecho procesal penal ✓ Derecho procesal mercantil ✓ Derecho procesal fiscal ✓ Derecho individual y colectivo del trabajo Licenciatura en Criminología, Criminalística y Técnicas Periciales ✓ Derecho procesal penal ✓ Perfil psicológico del delincuente ✓ Valuación de bienes ✓ Estadística aplicada ✓ Política criminal ✓ Taller de criminalística de campo ✓ Balística forense ✓ Grafoscopía ✓ Medicina legal II ✓ Dactiloscopia forense ✓ Incendios y explosivos. Licenciatura de Médico Cirujano

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Cirugía general y gastroenterología Neurología Otorrinolaringología Introducción a la cirugía Dermatología Psiquiatría Medicina forense Medicina comunitaria I, II y III Neumología Gineco-obstetricia Pediatría Cardiología Endocrinología Oftalmología Urgencias médico quirúrgicas Nefrourología Gerontogeriatría Medicina familiar y general Traumatología y ortopedia

Licenciatura en Nutrición ✓ Cálculo avanzado ✓ Preparación de alimentos I y II ✓ Emprendedores ✓ Control sanitario del servicio de alimentos ✓ Nutrición comunitaria I y II ✓ Evaluación del estado nutricional ✓ Control sanitario de servicios de alimento ✓ Nutrición enteral y parenteral ✓ Taller de nutrición clínica ✓ Bromatología I y II ✓ Microbiología y parasitología ✓ Fisiología de la nutrición ✓ Anatomía y fisiología I y II ✓ Bioquímica de los alimentos Licenciatura en Químico Biólogo Parasitólogo ✓ Química orgánica ✓ Química inorgánica I y II ✓ Bioestadísticas I y II ✓ Biología celular y molecular ✓ Química analítica I y II ✓ Bioquímica I y II ✓ Análisis microbiológicos ✓ Bacteriología ✓ Hematología

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Bioquímica clínica Virología Diagnóstico inmunológico Parasitología Biotecnología I y II Epidemiología

Todas las materias de Seminario de Tesis e Investigación Artículo 29.- Los casos no previstos en el presente reglamento los resolverá en consenso el Consejo Académico de la universidad. Transitorios Primero.- El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su firma. Segundo.- Quedan sin efecto las disposiciones que se opongan al presente. Acapulco, guerrero a ---- de ---- de 2015.

Atentamente

Lic. Marisol Manzanarez Nava Rectora

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