#Conversa
Sin agua, no hay futuro
Estrella Rojas
Así puedes justificarte Conoce lo que puedes hacer para que la autoridad fiscal no te audite si tienes montos superiores. PÁG. 02
No funciona etiquetar motivo Se cree que al hacerlo los depósitos o transferencias ayudan para decirle al SAT en qué se va a emplear. PÁG. 03
SAT RASTREA TUS DEPÓSITOS EN EFECTIVO
Las instituciones bancarias notifican al Sistema de Administración
Tributaria cuando las consignas a tus cuentas sobrepasan los 15 mil pesos mensuales en efectivo; la autoridad fiscal te puede auditar. PÁGS. 02 y 03
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#TuBolsillo
Jessica Ignot
Mucho se ha dicho del límite de depósitos y recepción de dinero en efectivo que te permite el Sistema de Administración Tributaria para no ser fiscalizado; sin embargo, cualquier dinero que entre o salga de tu cuenta bancaria es vigilado por la autoridad sin importar el monto y el origen.
A la autoridad fiscal le importa el origen de los recursos que recibes en efectivo y que estos no sobrepasen lo que recibes como ingresos formales, es decir, que haya una congruencia entre tus gastos e ingresos; pero también busca determinar los impuestos que debes pagar al recibir y enviar esos recursos.
De acuerdo con la Ley del ISR, el monto máximo para recibir y hacer depósitos en efectivos es de 15 mil pesos mensuales; de lo contrario, las instituciones bancarias están obligadas a notificarlo ante el SAT.
Esto incluye el dinero que fue abonado en efectivo o en ventanilla, depositado en cajero automático o en cheques de caja.
Si todo el dinero que recibas en efectivo a tu cuenta bancaria sobrepasa los 15 mil pesos mensuales, la institución bancaria lo va a reportar al SAT para que la autoridad fiscal sea quien vigile el origen de estos recursos.
En tanto, si recibes en tu cuenta bancaria o haces transferencias electrónicas vía SPEI o TEF, estas no serán notificadas a la autoridad fiscal porque no se consideran como depósitos en efectivo, además de que se conoce el origen del recurso.
Esto significa que puedes transferir o recibir por trasferencia a tu cuenta, más de 15 mil pesos, sin límite de monto.
Así que si solo recibes y haces depósitos en efectivo y excedes los 15 mil pesos, el SAT buscará identificar el origen del dinero.
Si bien los bancos gravan los depósitos en efectivo, el SAT puede auditar o fiscalizar los recursos cuando pasan el límite permitido, así se busca aclarar la procedencia de este dinero.
EL
DINERO QUE ENTRE
Consultamos:
Contadores de México MFC Asesores de Negocios Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo Secretaría de Hacienda y Crédito Público Sistema de Administración Tributaria
O SALGA DE TU CUENTA ES VIGILADO
SAT rastrea tus depósitos en efectivo
Se consideran depósitos en efectivo...
Los depósitos en moneda nacional o extranjera que se efectuén en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero.
Las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
No se consideran depósitos en efectivo...
Las transferencias electrónicas vía SPEI o TEF.
Las transferencias electrónicas que se realicen a favor de personas físicas o morales mediante:
Traspasos de cuenta.
Títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero.
El origen
El límite de depósitos en efectivo de 15 mil pesos tiene su origen cuando existía el impuesto a los depósitos en efectivo (IDE); ese impuesto actualmente desapareció, pero se quedó una obligación por la que los bancos deben darle al SAT la información de los cuentahabientes que realicen o reciban depósitos en efectivo mayores a esta cantidad en un mes.
No funciona
motivo de depósitos o transferencias
Muchas veces se cree que el etiquetar el motivo de los depósitos o transferencias ayudará para decirle al SAT en qué se va a emplear el dinero de las cuentas, pero esto realmente no funciona.
De acuerdo al despacho MFC Asesores de Negocios, esto no ayuda ni perjudica porque no tiene ningún fundamento fiscal.
Así puedes
justificar
los depósitos superiores a 15 mil pesos:
Debes tener un sustento legal para justificar los depósitos mayores a 15 mil pesos mensuales.
Hay que declarar el ingreso con los depósitos.
Debes mostrar congruencia fiscal para que el SAT no te revise.
Es decir, tienes que declarar lo que guardas en el banco.
Necesitas tener a la mano el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI o factura).
Deberás pagar el impuesto por ese ingreso en efectivo.
Las instituciones bancarias notifican al Sistema de Administración Tributaria cuando las consignas a tus cuentas sobrepasan los 15 mil pesos mensuales en efectivo; la autoridad fiscal te puede auditar
El SAT les dejó la obligación a las instituciones bancarias de que fueran sus informantes; por ello, si un cuentahabiente tiene depósitos en efectivo mayores a 15 mil, lo tienen que notifi car cada fi n de mes.
El SAT no revisa el concepto de las transferencias, sino el origen y la aplicación de los recursos, es decir, de dónde viene el dinero y en qué se ocupa.
Es decir, si eres de los que deposita dinero en efectivo o hace transferencias y etiqueta motivos como ‘renta’, ‘despensa’ y ‘pago de colegiatura’, todo eso de nada sirve ante el SAT.
Esto pasa si depositas o recibes más de 15 mil pesos en efectivo
El banco tiene la obligación de reportarlo ante el SAT.
En caso de inconsistencias o montos superiores, el SAT puede auditar tus cuentas bancarias.
“Si haces transferencias electrónicas entre distintos cuentahabientes, tengan o no parentesco, esto no es fiscalizado, así sea un peso o 100 mil pesos. Pero también es una idea falsa pensar que, si deposito en efectivo menos de 15 mil pesos en mis cuentas bancarias, el SAT no me va a rastrear; el SAT tiene acceso a todas mis cuentas bancarias y las puede revisar cuando quiera, y si se da cuenta de que tengo depósitos en efectivo y no tengo cómo comprobar el origen, ahí puede haber un problema”.
Fernando Mejía Cruz Contador público
“Para evitar problemas con el SAT, lo que hago es hacer transferencias. Sé que así mi dinero va dejando un rastro ante la autoridad fiscal, pues, aunque soy pensionada, mi dinero también es fiscalizado por la autoridad y evito hacer o recibir depósitos en efectivo”.
Irma de Jesús Pensionada
03 02 DE ABRIL DE 2023 LUNES 10 DE ABRIL DE 2023 LUNES 10
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#LasVoces
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QUERÉTARO
#TuPágina 02
Sin agua, no hay futuro ESTRELLA ROJAS
Una preocupación de todos los países y, debiera ser, de todos los seres humanos es crear un mundo mejor. Por ello, en el marco de las Naciones Unidas, todos sus países miembros, incluido México, suscribimos, en 2015, un conjunto de objetivos globales para proteger el planeta y asegurar la prosperidad para todos como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible.
De un total de 17 objetivos, el número 6 tiene una particular relevancia, pues se trata de asegurar la disponibilidad y el acceso a los servicios de agua, saneamiento e higiene.
El uso indiscriminado del agua, y la omisión en generar medidas para su captación y tratamiento, ha generado una crisis de escasez que podría llegar a niveles alarmantes en un corto plazo.
De acuerdo con datos de la ONU, entre 1990 y 2015, la proporción de población mundial que utilizaba una fuente mejorada de agua potable pasó del 76 al 90 por ciento, tres de cada 10 personas carecen de acceso a servicios de agua potable seguros y seis de cada 10 carecen de acceso a instalaciones de saneamiento gestionadas de forma segura.
Por eso, en 2012, México hizo una reforma constitucional para garantizar el derecho humano al agua, la cual le ordenó al Congreso de la Unión emitir una ley general para su regulación, sin que, a la fecha, se le haya dado cumplimiento.
Si bien existen múltiples razones, la complejidad del tema ha dificultado tener una ley que atienda los intereses generales y sectoriales de forma satisfactoria, donde todos tengamos acceso al agua, sin comprometer su disponibilidad para generaciones futuras.
La importancia del derecho al agua radica en su estrecha vinculación con el derecho a la vida, la alimentación, el medioambiente y la salud; de ahí que, si garantizamos el derecho humano al agua, prevendremos miles de muertes y enfermedades, principalmente en las personas más desfavorecidas de nuestro país.
Inténtalo y fracasa, pero no fracases sin intentarlo
Querétaro
DIRECTOR GENERAL
EDITORIAL
Miguel Ángel Flores García mflores@adcomunicaciones.mx
QUERÉTARO
DIRECTOR COMERCIAL
Antonio Collado Prieto acollado@adcomunicaciones.mx
Sin embargo, los mantos acuíferos están disminuidos, las reservas de agua potable se agotan y lo hecho no alcanza a solucionar el problema de fondo. Si no hacemos algo ya, en breve se duplicarán los casos como el que recientemente vimos en Monterrey, donde la ciudad se quedó sin abasto de agua por semanas.
Esto afectará a todos, abarcando a la Ciudad de México y ciudades cercanas como Querétaro.
(J ertes y enfermedades, Jnas más país. ~uíferosesde agua toalcanza ndo.Sino iuplicaente::mde de rétaro.
JEFATURA DE INFORMACIÓN
Marittza Navarro
JEFATURA DE REPORTEROS Salvador Castillo
DISEÑO Marco A. Rodríguez
AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio de la Publicación: Avenida Constituyentes Nº109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Imprenta: El Universal Compañía Periodística Nacional, S.A. de C.V. Bucareli Número 8, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México C.P. 06040. Distribuidor: AD COMUNICACIONES, S. DE R.L. DE C.V. Avenida Constituyentes Nº 109, Interior 11, Colonia Carretas. C.P. 76050, Santiago de Querétaro, Querétaro. Prohibida la reproducción total o parcial del contenido de esta edición.
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AD QUERÉTARO, periódico de lunes a viernes, 10 de abril de 2023. Editor responsable: Fernando Sánchez López. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo número 04-2022-080513290700-101 y Certificado de Licitud de Título y Contenido número 17516, de los cuales es titular
AL DIÁLOGO ªº
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