EDICIÓN DIGITAL
PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021 • AÑO 1 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • NRO. 207 • 52 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL
FIRMAN UN ACUERDO DE ENTENDIMIENTO CON EL GOBIERNO
Municipios y asambleas departamentales apoyan el Plan de Desarrollo La ministra de Planificación del Desarrollo, Gabriela Mendoza, asegura que se hizo un proceso de socialización basado en la revisión a profundidad del ordenamiento jurídico vigente y el contenido de la estrategia.
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La lucha contra el contrabando se refuerza con 500 militares P.8
RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY
// FOTOS: GONZALO JALLASI
Personas no vacunadas tienen más riesgo de contagiarse de Covid-19
Gobierno no ve razones para subir el precio de la carne
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Posesionan al Estado Mayor y directores de la Policía Boliviana P.9
Marcha por la Patria parte de Caracollo y prevé reunir a más de medio millón de personas al llegar a La Paz
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Nacional
// FOTOS: ARCHIVO-WORDPRESS.COM
Miles de bolivianas y bolivianos en la marcha desde Caracollo a La Paz, en 2009.
ESTIMACIÓN DEL VICEPRESIDENTE DEL MAS-IPSP
Histórica marcha de Caracollo concluirá con más de 500 mil personas concentradas La movilización que parte hoy decidió defender la democracia y la gestión del Gobierno de Luis Arce y David Choquehuanca. • Redacción Central
La histórica marcha que partirá de Caracollo (Oruro) hasta la ciudad de La Paz, en defensa de la Revolución Democrática Cultural, el Proceso de Cambio y la democracia, iniciará hoy a las 08.00 con más de cinco mil personas de los nueve departamentos. Prevé concluir con una concentración de más de medio millón de bolivianas y bolivianos. Así estimó el vicepresidente del Movimiento Al Socialismo - Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP), Gerardo García, quien confirmó que la caminata estará encabezada por el presidente Luis Alberto Arce Catacora, el vicepresidente David Choquehuanca, dirigentes de la Central Obrera Boliviana
(COB), del Pacto de Unidad, los titulares de las cámaras de Senadores y de Diputados, asambleístas departamentales y municipales, entre otros. Explicó que la marcha iniciará después de un acto ceremonial a las 07.00 en la plaza principal de Caracollo. “Van a estar compañeros de los nueve departamentos, estamos pensando que vamos a partir con unas cinco mil o más personas, que ya es un éxito. Estimamos que al finalizar vamos a tener una concentración de más de 500 mil en la sede de gobierno”, precisó en declaraciones a radio Panamericana. García señaló que la movilización se desarrolla en defensa de la democracia y del dúo Luis Arce-David Choquehuanca, favorecidos con más del 55,10% en las elecciones del 18 de octubre de 2020, ante los ataques de la derecha golpista que busca reeditar la ruptura del orden
constitucional de noviembre de 2019. Aseguró que también apuestan a demostrar a la oposición la fuerza política del Movimiento Al Socialismo,
además de exigir al Ministerio Público y al Órgano Judicial proceso para los autores intelectuales, materiales y cómplices del golpe de Estado, la sucesión ilegal de Jeanine Añez y los
asesinatos en Pedregal, Sacaba, Senkata, Montero y Betanzos. ASAMBLEA Los presidentes de las cámaras de Senadores y de Diputados confirmaron su participación de la marcha; ambos, por separado, destacan el compromiso de las organizaciones que participarán en la marcha. El titular de la Cámara Alta, Andrónico Rodríguez, dijo que la movilización mostrará la fuerza social y política del MAS y el Proceso de Cambio, ante la arremetida de la derecha golpista que pretende tomar el poder por la fuerza. “Lo que se quiere finalmente con esta marcha es consolidar precisamente la fuerza social y política que tiene este Proceso de Cambio, quienes han tomado esa decisión de superar el 55% son las mismas organizaciones a nivel nacional, han decidido venir en marcha desde Caracollo”, precisó. Recordó que la decisión de la caminata fue por iniciativa de las Seis Federaciones del Trópico de Cochabamba y aceptada por las organizaciones sociales aglutinadas en la COB y el Pacto de Unidad. El presidente de Diputados, Freddy Mamani, aseguró que la multitudinaria concentración ratificará la unidad de las organizaciones sociales y del pueblo boliviano para la defensa del Gobierno.
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AVISO DE CORTES PROGRAMADOS DÍA: JUEVES 25 DE NOVIEMBRE 2021 CIUDAD DE EL ALTO REUBICACIÓN DE POSTES Y MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:00 hasta horas 15:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: Cóndor (entre calles Alcoche y Radio Pio XII), Altiplano, Berenguela (entre calles Radio Pio XII y Araca), Caranavi, Chulumani, Santa Catalina, Metrópoli, Fides, Araca (entre calles Altiplano y Berenguela), Animas, 7 Suyos, Voz Minera del Sur, Viloco, Voz del Cobre, Suma Orko, Radio Pio XII (entre calles Altiplano y Calacoto), Altiplano, Cóndor, Berenguela, Radio Splendid, Calacoto (entre calles Radio Pio XII y Ánimas) y calles adyacentes de la urbanización Germán Busch 1 1 2. AMPLIACIÓN DE LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:30 hasta horas 11:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica parte de la urbanización La Rosita, demarcando, calle Los Andes (entre calles Kantuta y 4) y calles adyacentes. SISTEMA NORTE AMPLIACIÓN DE LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:30 hasta horas 12:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades, Silala parte Baja, Chaupi, Lejna y Alto Lejna, del municipio Irupana, provincia Sud Yungas. DÍA: VIERNES 26 DE NOVIEMBRE 2021 SISTEMA NUEVO MANTENIMIENTO DE LA RED ELÉCTRICA Dejando sin suministro de energía eléctrica POR EL LAPSO DE DOS MINUTOS, EN DOS OCASIONES; LA PRIMERA CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 08:00 Y 09:00, LA SEGUNDA CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 16:00 Y 17:00, a las zonas y comunidades del municipio Palca, provincia Murillo. Zonas y comunidades del municipio Irupana, provincia Sud Yungas: Totorapampa, Tres Ríos, Bolsa Negra, Canuma, Iquico, Totoral, 15 de Agosto, Santa Rosa, Chunavi, Lambate, Chiltuhuya, Chirucachi, Quiricoma, Rica Rica, Yayhuati, Pariguaya, Santiago de Taca, Quilambaya, Kakani, Taca, Apinguela, Santa Ana, Sacapani, Saukela, Pasana Manzanani, Curihuati, Pasto Grande, Loma Grande, Huayrapata, Huara y adyacentes. Zonas y comunidades del municipio de Mecapaca, provincia Murillo: El Palomar, Huayhuasi, Huaricana Satélite, Huaricana, Peñol, Millucato, Janko Pampa y adyacentes.
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10.10 x 12.4 2x3 Relaciones Públicas y Comunicación La Paz, 22 de noviembre de 2021 MEDIO: BOLIVIA SECCIÓN: CENTRAL DÍA DE PUBLICACIÓN: 23 de noviembre de 2021 TAMAÑO: 2X3 COLOR: B/N
RESULTADOS DE GESTIÓN #NuestroAño
TRABAJAMOS
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#EstamosSaliendoAdelante
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Nacional GENERAN ZOZOBRA, MIEDO Y POLARIZACIÓN
Alcón: La oposición utiliza la mentira como herramienta para desinformar La Viceministra de Comunicación pide trabajar para establecer la veracidad de la información por responsabilidad con la población. // FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
Actores políticos de la oposición utilizan la mentira como herramienta para desinformar a la población, además de generar temor y zozobra, advirtió ayer la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón.
La titular del Viceministerio de Comunicación en conferencia de prensa.
Entrevistada por el programa Piedra, Papel y Tinta, de La Razón Radio, explicó que durante el primer encuentro con representantes de los medios de comunicación, para evaluar cuál es su rol y su aporte para identificar la desinformación, ellos mismos expresaron su preocupación so-
bre el daño que ocasiona a la ciudadanía una falsa noticia, porque desemboca en una polarización social. Dijo que urge la necesidad de trabajar para identificar la noticia falsa porque “hay que ser claros, la desinformación pasa por el uso de la mentira como una herramienta política; la tenemos desde cuentas falsas de las redes sociales, desde el anonimato con información que falta a la verdad y que genera zozobra y miedo”. “Pero lo que preocupa es que la desinformación va también de cuentas identificadas que generan estas noticias falsas, no verdades que son amplificadas. Con el tema de las leyes se ha generado zozobra,
miedo y se ha tenido esa polarización que ha derivado en la pérdida de una persona en Potosí”, sostuvo. Como ejemplo Alcón se refirió a la difusión de un video a través de las redes sociales en el que se ve al dado del presidente del Comité Cívico Potosinista (Comcipo) a una señora que habla sobre los perjuicios de la ley del inquilinato, cuando no existe esa ley, así como tampoco la ley de derechos reales. “El señor (Iván) Arias hace referencia a la Ley de Catastro, cuando no hay ese tema, y eso es replicado por los políticos de la oposición que generan temor. Otro ejemplo, en la Asamblea de la Paceñidad, en el punto dos señala que queremos dos tercios para la aprobación de nuestras leyes, cuando la Constitución dice que no se debe aprobar por dos tercios y que precisa cuando se aplican los mismos (2/3). Eso empieza a confundir a la ciudadanía”, advirtió. Finalmente, la Viceministra pidió trabajar para establecer la veracidad de la información por responsabilidad con la población.
// FOTO: JORGE MAMANI
LA JUSTICIA DEBE EXIGIR LA PRESENTACIÓN DE PRUEBAS
Diputado Angulo pide activar la extracción de la vocal Baptista • ABI
El diputado Juanito Angulo (MAS) pidió ayer que se activen los mecanismos legales para extraditar a la exvocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Rosario Baptista, para que responda ante la justicia por los hechos irregulares que la involucran. “No podemos permitir seguir desinformando, mintiendo al pueblo como la exvocal, por tanto pedimos a la justicia que convoque, que se presente, que se activen los mecanismos legales para que esté presente ante la justicia, para que esclarezca y demuestre lo que ha manifestado en su oportunidad”, dijo.
En la víspera, el ministro de Justicia, Iván Lima, reveló que Baptista salió del país, por lo que dijo que debe ser extraditada para que responda a las acusaciones en su contra. “Toda persona tiene responsabilidad, más aún un servidor público que miente, que engaña al pueblo boliviano al afirmar sin fundamento, sin sustentar con alguna prueba, tiene que someterse a la justicia, tiene que responder al pueblo boliviano”, subrayó. La exvocal Baptista renunció el 11 de noviembre a tra-
2020
vés de una carta enviada al presidente nato de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), David Choquehuanca, en la que denuncia un supuesto favorecimiento del TSE hacia la primera fuerza política del país, el Movimiento Al Socialismo (MAS). En ese contexto, Angulo demandó también que Baptista presente pruebas de sus denuncias en su intento de desprestigiar los resultados de la elección presidencial de 2020 que fue refrendada por los observadores de la OEA.
LA MISIÓN DE observadores de la OEA calificó como transparente y democrática la elección presidencial. El diputado por el Movimiento Al Socialismo Juanito Angulo.
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// FOTO: ARCHIVO
Política RETARDACIÓN DEL ÓRGANO JUDICIAL
Oficialismo pedirá informe de los procesos de Calvo Las denuncias datan de la gestión de Percy Fernández en Santa Cruz. Ninguna tiene imputación hasta ahora.
• Romina Montoya
El oficialismo pedirá un informe escrito al Órgano Judicial para conocer la razón de la retardación de los 35 procesos contra Rómulo Calvo. El presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, asegura que existe encubrimiento de parte de la justicia en favor del cívico.
bezas lamentó que la justicia trabaje de forma parcializada y por ello planteó como necesaria la elaboración de una ley para que se juzgue a las autoridades y operadores de justicia que no cumplen con las normas vigentes.
35 PROCESOS JUDICIALES tiene el presidente del Comité Cívico pro Santa Cruz, Rómulo Calvo.
// FOTO: ARCHIVO
“Hay encubrimiento, y ahora esos procesos que datan de hace tiempo se ponen en evidencia, pero de ninguna manera sig-
nifica que el Gobierno esté detrás de ellos persiguiéndolos eso debe quedar claro, porque no es persecución política como quieren hacer ver algunos detractores, sino (pedimos) que se cumpla la ley”, afirmó Rodríguez. El diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Juanito Angulo informó que solicitará un informe escrito al Ministerio Público y también a los jueces competentes para conocer cuáles fueron los motivos para esta retardación en los procesos que se ventilan en la justicia en contra del cívico cruceño Rómulo Calvo. El diputado Renán Ca-
El presidente del Comité Cívico de Santa Cruz (izquierda).
Parlamentarios en sesión de comisión.
DESDE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN
Diputados tratarán el Presupuesto 2022 • Romina Montoya
La Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados tratará en los próximos días el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado 2022, según informó el parlamentario y presidente de dicha comisión, Omar Yujra. El asambleísta explicó que el proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado se remite a la Asamblea Legislativa hasta el 31 de octubre, la cual, en el término de 60 días, debe iniciar su tratamiento para posteriormente aprobarlo hasta antes del 1 de enero de 2022 para que las entidades puedan contar con los recursos suficientes, tal como establece la Ley de Administración Presupuestaria y la Constitución Política del Estado. Anunció que en los próximos días se convocará a sesión ordinaria de la comisión para hacer el análisis y tratamiento del proyecto de ley. No descartó la posibilidad de contar con la presencia de las autoridades del Ministerio de Economía para que expliquen el contenido de la normativa. “La priorización y apuesta es por el mercado interno, es re-
La priorización y apuesta es por el mercado interno, por reactivar, reconstruir el aparato productivo, eso tiene que plasmar el PGE”. Omar Yujra Diputado del MAS activar, reconstruir el aparato productivo, en este caso la economía enfocada en la demanda interna y desde luego para eso las políticas económicas que están desarrolladas e implementadas a partir del Modelo Económico Comunitario Productivo se tienen que plasmar también en el PGE”, sostuvo. El presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, señaló que fue remitido el proyecto de ley a la Comisión de Planificación y una vez se tenga el informe aprobado será entregado a Presidencia para su análisis.
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Legislativo • Romina Montoya
Diputados de Creemos en conferencia de prensa en Santa Cruz.
ASAMBLEÍSTAS LAMENTAN LA CAMPAÑA DE DESINFORMACIÓN
Oposición quiere frenar el desarrollo de los municipios y las universidades La FAM y otras asociaciones municipales del país se pronuncian mediante comunicados y rechazan la abrogación de la normativa. aclarar sus dudas en torno al espíritu de la ley. El diputado Sandro Ramírez manifestó que la intención de la oposición es frenar el desarrollo de los gobiernos subnacionales y generar susceptibilidad en las universidades con una serie de argumentos falsos que no tienen asidero y no están enmarcados dentro de la Constitución Política del Estado. El director ejecutivo de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAM), Rodrigo Puerta, informó que luego de un análisis de la Ley 1407, de forma técnica y jurídica, los gobiernos municipales no encontraron artículo alguno que afecte las autonomías, como pretenden hacer creer algunos sectores desinformando el contenido de la ley. “La FAM, que aglutina a las asociaciones de gobiernos municipales del país, ha logrado espacios de diálogo con el Gobierno nacional para evitar esa desinformación y por el contrario que se pueda plantear una estrategia”, indicó.
El director de la FAM en entrevista en Bolivia TV.
Lo que busca la oposición es crear otro frente de conflicto como lo hizo con la Ley 1386. Ahora dicen que la Ley 1407 afecta las autonomías”. Sandro Ramírez Diputado del MAS
// FOTO: BOLIVIA TV
El presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, señaló que para solucionar este tema será necesario que los alcaldes, gobernadores y universidades aclaren sus dudas e inquietudes de manera objetiva y clara para evitar que se siga malinformando sobre el espíritu de la norma que busca la industrialización con sustitución de importaciones y principalmente reducir la pobreza del 13% al 5% en los cinco años venideros. “Este tema tiene que resolverse en la mesa de diálogo, presentar sus observaciones objetivamente de parte de quienes arguyen que no les favorece, para que el Ejecutivo pueda disipar esa mala información generada lamentablemente una vez más por la oposición”, dijo. El presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, para desvirtuar la desinformación generada desde la oposición, explicó que el primer Plan de Desarrollo Económico y Social fue elaborado en 2016 y en adelante tanto los gobiernos municipales como departamentales trabajan en base a esa normativa. La autoridad legislativa lamentó que los afanes políticos y la pretensión de evitar el desarrollo de los municipios, gobernaciones y de las universidades primen en la agenda opositora. Mamani informó que los parlamentarios socializan la Ley 1407 en todo el país, encabezados por el presidente de la Comisión de Planificación, Omar Yujra, quien se encuentra en el departamento de Potosí para sostener reuniones con autoridades municipales y la Gobernación para
// FOTO: GONZALO JALLASI
Los asambleístas del Movimiento Al Socialismo (MAS) aseguran que la oposición busca frenar el desarrollo de los municipios, gobernaciones y de las universidades. Lamentan que la derecha desinforme sobre los alcances de la Ley 1407 del Plan de Desarrollo Económico y Social. Los presidentes de ambas Cámaras de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) afirmaron, por separado, que se socializa la normativa en los nueve departamentos del país.
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Acuerdos PARA APLICAR EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL
Asambleístas departamentales, FAM y Gobierno firman un acta de apoyo // FOTO: CREDITO DE FOTO
El acuerdo se decide luego de un proceso de socialización exhaustivo basado en la revisión a profundidad del ordenamiento jurídico.
La ministra de Planificación del Desarrollo, Gabriela Mendoza,acompañada por la FAM Bolivia, brinda una conferencia de prensa.
• Redacción Central
La ministra de Planificación del Desarrollo, Gabriela Mendoza, firmó un acta de entendimiento con el presidente de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAMBolivia), Enrique Leaño, para el apoyo y el acompañamiento a la aplicación del Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2021–2025. “Tenemos la satisfacción de comunicar a la población que hemos suscrito un acta de entendimiento que permite definir el acompañamiento de todas las asociaciones municipales departamentales de los departamentos en el territorio nacional al PDES 2021-2025”, anunció Mendoza en una conferencia de prensa. Según la autoridad, el acuerdo se definió luego de un proceso de socialización exhaustivo, basado en la revisión a profundidad del orde-
namiento jurídico vigente y el contenido de la estrategia. Felicitó la decisión tomada por la FAM-Bolivia porque con ella se acompañará al Gobierno nacional en la reconstrucción del país, bajo el criterio de que el PDES 2021-2025 garantizará que el crecimiento de la actividad económica llegue al 5,1% y que la pobreza se reduzca a niveles cercanos al 5%, con una inversión de más de $us 33.197 millones, entre otros beneficios. “Esta reunión ha demostrado claramente que bajo ningún concepto se están vulnerando las autonomías de las entidades territoriales autónomas (ETA). Hemos demostrado una vez más que nuestra preocupación principal es la población”, complementó. La autoridad estatal mani-
5,1%
festó, por otro lado, que el Gobierno nacional sigue abierto a responder cualquier consulta y dilucidar cualquier duda sobre la estrategia. El presidente de la FAM–Bolivia dijo que la firma del acta de entendimiento hará posible que los gobiernos municipales den inicio al proceso de planificación de su trabajo para el próximo quinquenio, que fue demorado por las diferentes versiones que se presentaron sobre el contenido y los alcances del PDES 2021– 2025. “Esta reunión, al margen de la socialización, levanta la bandera a cuadros para que
DEL CRECIMIENTO de la actividad económica está garantizado con el PDES 2021-2025.
nosotros podamos empezar nuestros procesos de planificación de los Planes Territoriales de Desarrollo Integral (PTDI)”, recalcó Leaño. El titular de la FAM-Bolivia destacó que el Ministerio de Planificación del Desarrollo dará apoyo técnico a los gobiernos municipales, especialmente a los más pequeños e intermedios, que no tienen el conocimiento sobre la elaboración de sus estrategias quinquenales. En la noche, la ministra Mendoza informó que suscribió un acta de entendimiento con representantes de las asambleas legislativas departamentales (ALD) para su adhesión a la aplicación del Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2021–2025. “Nuestros asambleístas, junto al Ministerio de Planificación del Desarrollo, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, han suscrito un acta muy importante que justamente establece la adhesión y la articulación de los esfuerzos para permitir la implementación del PDES en el quinquenio 20212025”, informó en una conferencia de prensa. En ese marco, la primera asambleísta por población del departamento de Santa Cruz, Muriel Cruz, resaltó el trabajo, la evolución y la estructura con la que el Gobierno nacional construyó el Plan Nacional de Desarrollo desde 2007. Recordó a las autoridades a nivel nacional departamental y municipal, muchas de ellas nuevas, que existe normativa que avala el PDES y que fue firmada, por ejemplo, en Santa Cruz, por el exgobernador Rubén Costas.
El PDES define las metas a cinco años El director ejecutivo de la Federación de Asociaciones Municipales (FAM), Rodrigo Puerta, informó ayer que el Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) 2021-2025 define las metas que Bolivia debe alcanzar en cinco años, como la reducción de la pobreza. En contacto con Bolivia TV, explicó que el país tiene la Agenda Patriótica 2025, que establece 13 pilares, entre los que están la industrialización de los recursos naturales, el fortalecimiento en los sectores salud, educación, entre otros. “Este plan cuenta con 10 ejes, que van en estrecha relación con los 13 pilares de la Agenda, y básicamente definen cuáles son las metas, cuáles son los indicadores que como país deberíamos alcanzar en estos próximos cinco años”, dijo Cámara. Indicó que el eje del PDES 2021-2025 es la industrialización con sustitución de importaciones, que se considera clave para que la economía del país pueda reactivarse y reconstruirse. Uno de los principales ejes es también reducir la pobreza, además de mejorar las condiciones de desigualdad, optimizar la inversión pública. “Los otros ejes tienen que ver con salud, educación, la lucha contra la pandemia (…) justicia, transparencia”, agregó Cámara, y dijo que ese plan también cuenta con el componente de desarrollo productivo. Al respecto, el rector de la Universidad Autónoma del Beni (UAB) Jesús Eguez Rivero, indicó que el Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 no afecta ni a las autonomías universitarias ni al presupuesto de las casas de estudios superiores.
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Gestión EN LAS ZONAS DE FRONTERA
Con el objetivo de fortalecer los controles y operativos en el occidente y sur del país, las Fuerzas Armadas desplazarán desde hoy un contingente de 500 uniformados que se sumarán a los militares que combaten el delito transnacional en esos sectores. El viceministro Daniel Vargas manifestó a Bolivia TV que los efectivos incrementarán las labores en las fronteras con Perú, Chile y Argentina para reducir la mercadería que ingresa a Bolivia de manera ilegal. Añadió que hasta ahora hubo más de 500 operativos. Gran parte del trabajo contra el contrabando está abocado a la parte occidental, aunque hay éxitos significativos en el sur con la creación de la Fuerza de Tarea Conjunta (FCT).
OPOQUERI se encuentra a 45 kilómetros de Huachacalla y es una región de mucho conflicto.
El combate anticontrabando se fortalece con 500 militares Los uniformados reforzarán las operaciones en los límites con Perú, Chile y Argentina para la protección de la economía y de la industria nacional. // FOTO: MINISTERIO DE DEFENSA
• Redacción Central
LOS PRODUCTOS La frontera con Chile es la “zona más caliente”, puesto que por ahí ingresan carros indocumentados y con contrabando (línea blanca y línea negra), ropa usada, entre otros. En los límites con Perú es constante el ingreso de ganado en pie, frutas y verduras. En Villazón, Bermejo y Yacuiba se busca frenar el traslado de bebidas alcohólicas, gaseosas, carnes y lácteos. CONFLICTIVIDAD EN OPOQUERI Vargas cuestionó la hostilidad de los pobladores de Opoqueri, quienes interfieren el trabajo de las Fuerzas Armadas. “En esa zona están protegiendo a las personas que se dedican al contrabando y no sabemos qué tipo de autoridades son, si son las originarias o municipales”, dijo. El sábado, los militares que luchan contra el contrabando tuvieron un incidente con pobladores y contrabandistas protegidos en Opoqueri.
Los efectivos intensifican los controles en el sur y en el occidente.
Los militares habían interceptado un motorizado y fueron emboscados por pobladores que los amedrentaron con piedras, palos y dinamita. “Lograron agredir al personal, lo quemaron el carro comisado y hubo un enfrentamiento de los pobladores hostiles sobre el trabajo de los
militares. Se ha desvirtuado algún fallecido en esos conflictos, como dijeron en las redes sociales”, manifestó. En noviembre de 2020, el entonces viceministro Gonzalo Rodríguez fue emboscado en Opoqueri y por poco lo matan. “Adentro hay gran cantidad de vehículos indocumentados
y en esta población se protege al contrabando”, enfatizó Vargas a Unitel. La autoridad adelantó que en próximas horas habrá reuniones con las autoridades de ese sector para llegar a acuerdos en favor de la lucha anticontrabando, economía y producción nacional.
// FOTO: ARCHIVO
FUE CONFIRMADO POR EL GENERAL JHONNY AGUILERA
Policía identifica a los secuestradores de civiles, periodistas y policías • Redacción Central
La Policía identificó a las personas que secuestraron a policías, civiles y periodistas en el predio Las Londras, en la provincia Guarayos de Santa Cruz, hace más de 20 días. Se intensifican las labores para capturarlas.
Muchos de los avasalladores portaban armas de fuego.
El comandante de la Policía, general Jhonny Aguilera, manifestó que el Comando policial de Santa Cruz y la fuerza anticrimen individualizaron a los autores materiales e intelectuales de esos hechos. “Hasta el momento no han sido aprehendidos, pero acudimos al lugar y se agotaron los instrumentos para identificarlos. Si hasta el momento no hay aprehendidos es cuestión de seguir ejercitando presión
en la búsqueda hasta conseguir su aprehensión”, afirmó. Se pedirá un informe a la Policía cruceña para conocer el avance de las investigaciones. LOS AVASALLADORES Hace más de 20 días este grupo de personas fue retenido por la fuerza y bajo amenazas en Las Londras por gente que reclamaba como suya la propiedad de esas tierras.
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Seguridad POLICÍA BOLIVIANA
Aguilera posesiona al nuevo Estado Mayor y directores // FOTO: POLICÍA BOLIVIANA
Se anuncia además la reformulación de la Ley 101 porque actualmente no cumple su objetivo.
Hace poco dijo que no descansará hasta tumbar al gobierno de Luis Arce.
POR AUSENCIA Y FALTA DE CITACIONES
La audiencia de Rómulo Calvo fue reprogramada • Redacción Central
La audiencia del cívico Rómulo Calvo, que se debía desarrollar ayer, fue reprogramada para el 30 de noviembre debido a la ausencia de la abogada de la parte demandante y por falta de notificaciones. El presidente del Comité Cívico pro Santa Cruz, Rómulo Calvo, fue citado para declarar ayer en el marco de una acusación por el delito de intento de homicidio en 2020. En la pasada gestión, Calvo y el entonces alcalde de San Ignacio de Velasco, Moisés Salces, fueron acusados por intento de homicidio durante el desbloqueo de una carretera en la comunidad de Santa Rosa de la Roca. En agosto de ese año, los pobladores protagonizaron movilizaciones, exigían elecciones generales que el gobierno de Jeanine Añez postergaba con frecuencia. El diputado Rolando Cuéllar dijo que en esa ocasión se usaron armas de fuego para desbloquear y que 33 personas que exigían elecciones fueron heridas de bala. Las víctimas indicaron que Calvo había mandado a gente
EL LÍDER CÍVICO DEBE ENFRENTAR 35 PROCESOS Contratos lesivos al Estado, sedición, homicidio, racismo, contrabando, divorcio, corrupción, entre otros, forman parte de los 35 procesos judiciales que afronta Rómulo Calvo. El Ministerio de Justicia solicitará informes sobre el estado de cada uno de los procesos. Las denuncias contra Calvo datan de 2003, lo que hace suponer que es protegido por jueces y fiscales que no quieren sancionarlo.
de la Unión Juvenil Cruceñista (UJC), el grupo de choque de los cívicos, para arremeter contra los bloqueadores, por ello demandaron que el cívico sea enviado a Palmasola. Según publicación de El Deber, la abogada de las víctimas no asistió a la audiencia cautelar por un problema familiar, además no se habría cumplido con la notificación a ambas partes.
El acto de posesión de las autoridades policiales.
• Redacción Central
En un acto que se desarrolló ayer en el Comando General de la Policía se posesionó a los miembros del Estado Mayor y los directores de las tres principales fuerzas. La presidencia del Tribunal Disciplinario Superior es asumida por el coronel Marcelo Flores, la Dirección Nacional de Personal estará a cargo del coronel Álex Alfaro, mientras que la Dirección Nacional de Inteligencia recae en el coronel Ricardo Pérez. La Dirección Nacional de Planeamiento y Operaciones estará a cargo del coronel Jhonny Corrales, mientras que la Dirección Nacional de Instrucción y Enseñanza fue encargada al coronel Augusto Russo. La Dirección Nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) fue asumida por el coronel José María Velasco, la dirección nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) se le encar-
gó al coronel Jhonny Chávez, mientras que la Dirección Nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) estará a cargo del coronel Mario Medina. Al respecto, el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, dijo que la institucionalización de la Policía en sus directorios y comandos es fundamental para lograr mayor eficiencia. “Posesionar y jurar al Estado Mayor y directores de las tres fuerzas se realiza en el marco de la Ley de Ascensos y hace a la Policía una institución más fuerte, eficiente y comprometida con su pueblo”, indicó. Al respecto, el general Jhonny Aguilera manifestó que las asignaciones fueron idóneas como resultado de la carrera policial. Los planes de cada dirección y fuerza serán entregados el siguiente lunes y se establecerán las estrategias para el trabajo. LA LEY 101 Se prevé implementar un plan de carreras, establecer
el sistema de evaluación y desempeño, mejorar la calidad académica de la Academia Nacional (Anapol) y analizar la Ley de Régimen Disciplinario de la Policía. El objetivo es tener una Policía completamente institucionalizada en beneficio de la población, para sus 200 años de creación.
Es una ley (101) que se ha convertido en un instrumento para criminalizar a buenos efectivos policiales y que no está cumpliendo su objetivo real, que es sancionar las malas conductas”. Eduardo del Castillo Ministro de Gobierno
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Judicial NO GOZARÁ DE DETENCIÓN DOMICILIARIA
El Tribunal de Sentencia de Quillacollo (Cochabamba) retrocede en su determinación de favorecer con detención domiciliaria al abogado Jhasmany Torrico. El jurista seguirá encarcelado hasta que una junta médica concluya otro análisis sobre su estado de salud. Este Juzgado había estado en el ojo de la tormenta al beneficiar anteriormente con detención domiciliaria a Torrico, conocido como el ‘abogado torturador’, pese a que tenía una sentencia de seis años y seis meses de prisión. En febrero, el Tribunal de Sentencia de Quillacollo envió a Torrico a la cárcel de San Sebastián varones luego de hallarlo culpable por el secuestro, tortura y extorsión a un mecánico; sin embargo, el cuestionado jurista apeló
UN MECÁNICO es la principal víctima del cuestionado jurista.
Tribunal de Sentencia retrocede y niega libertad a Jhasmany Torrico Aún debe cumplir su sentencia de seis años y seis meses en San Sebastián. Una junta médica establecerá el estado de salud del ‘abogado torturador’. esta determinación en varias oportunidades, aseguró que se encontraba delicado de salud, por lo que incluso pidió la amputación de su pie. La fiscal asignada al caso, Faridy Arnez, informó que en 72 horas estará conformada la junta médica.
El abogado está acusado de múltiples delitos cometidos contra personas humildes.
// FOTO: APG
• Redacción Central
EL BENEFICIO No obstante las evidencias en su contra —el temor de su víctima y la ausencia de certeza sobre la presunta gravedad de su salud—, una jueza ordenó a inicios de mes su excarcelación. Ante ello, el Consejo de la Magistratura pidió un informe de esa resolución para conocer en qué se basó la jueza para que Jhasmany Torrico abandone San Sebastián. Torrico también es investigado por conformar un consorcio de jueces, abogados, fiscales y policías para extorsionar. El ‘abogado torturador’ era contratado para cobrar deudas mediante el uso de la violencia y la intimidación. En redes sociales hay videos sobre sus actividades ilícitas.
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EN UNA ASAMBLEA DE COCALEROS DE LOS YUNGAS
Adepcoca elige a Freddy Machicado como su nuevo presidente • Redacción Central
Una asamblea de cocaleros de Yungas en Villa Fátima eligió a Freddy Machicado como nuevo presidente de la Asociación Departamental de Productores de Coca (Adepcoca) de La Paz, hasta 2023.
Fue elegido por aclamación, según los estatutos.
El representante de la regional Chamacha, afín a Armin Lluta, fue aclamado por miles de productores que llegaron a inmediaciones del mercado cocalero. A la contienda se habían presentado 12 candidatos, pero tres postulaciones fueron anuladas, por lo que los nueve restantes conformarán el nuevo directorio cocalero. EL COMPROMISO Después de agradecer por la
confianza de sus bases, Machicado dijo que desde hoy se trabajará en normalizar la comercialización de la hoja. “Este directorio no cerrará las puerta a nadie y el compromiso es llegar a todas las comunidades para buscar la unidad del sector”, manifestó. Uno de los objetivos es industrializar la hoja con base en el mejoramiento de suelos y la promoción de productos derivados en todo el país.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
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Institucional // FOTO: JORGE MAMANI
EL 3 DE DICIEMBRE EN SANTA CRUZ
Foro de Biocombustibles identificará potencialidades Participarán instituciones como la CAO, la Anapo, además de expertos de Brasil, Argentina y de Europa. • Redacción Central
El 3 de diciembre, en la ciudad de Santa Cruz, varios especialistas se reunirán en el Foro de Biocombustibles, que permitirá identificar las potencialidades de Bolivia en la producción de combustibles amigables con el medioambiente, informó ayer el ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina.
La autoridad indicó que sólo para este año se tiene previsto que la importación de diésel alcanzará a cerca de $us 1.200 millones, cuyos recursos tienen un efecto “bastante duro” para la economía del país. La presentación de la encuesta en la ASFI.
HASTA EL 22 DE DICIEMBRE
La ASFI inicia encuesta para medir servicios financieros • Redacción Central
EL GOBIERNO promueve el programa de Diésel Renovable y Biodiésel FAME. Este combustible reemplaza en 100% al diésel convencional, señaló el ministro Franklin Molina.
// FOTO: JORGE MAMANI
“El objetivo precisamente del foro es congregar a estos especialistas e identificar las potencialidades de nuestro país también en el campo agrícola”, señaló la autoridad en conferencia de prensa. En el evento, el Gobierno nacional socializará el Programa de Sustitución de Importaciones de Diésel Oil, que comprende los proyectos de Biodiésel de tecnologías FAME y Diésel Renovable
(HVO), según la cartera de Hidrocarburos y Energías. Molina dijo que participarán instituciones como la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO), la Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (Anapo), entre otros, además de expertos de países como Brasil, Argentina y de Europa. “Será un espacio de diálogo, de análisis, que permita configurar una agenda con la participación de los distintos actores, tanto del sector privado como público, y también los microproductores”, apuntó. De acuerdo con Molina, Bolivia cuenta en este momento con una política para la sustitución de importaciones y una estrategia para el proceso del cambio de la matriz energética nacional, que tiene la finalidad de disminuir el uso de combustibles fósiles mediante fuentes alternativas que reducen la contaminación ambiental.
El ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina, en conferencia de prensa.
La Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) presentó ayer la VII Encuesta Nacional de Servicios Financieros que se desarrollará de manera virtual del 22 de noviembre al 22 de diciembre, cuyo objetivo es recoger información del público respecto a la atención de las entidades y el grado de cumplimiento de la función social. El director ejecutivo de la ASFI, Reynaldo Yujra, explicó que de manera adicional para este año la encuesta también recogerá la percepción de los consumidores respecto a las expectativas que tienen sobre la situación económica del país en general en esta gestión y para 2022, teniendo en cuenta la crisis registrada en 2020. “Esto nos va a permitir desarrollar un trabajo siempre coordinado con el Ministerio de Economía y con otras instancias del Gobierno, para impulsar medidas que puedan impulsar medidas que puedan mejorar la situación económica del país y del sistema financiero”, manifestó la autoridad regulatoria.
Se busca alcanzar la medición de dos índices; el índice de satisfacción y el índice de percepción del cumplimiento de la función social”. Reynaldo Yujra Director de la ASFI La encuesta captará información referida al diferimiento de créditos, reprogramaciones o refinanciamientos con periodos de gracia, inclusión financiera y reclamos, cuya finalidad es conocer cómo les fue a los consumidores en la reactivación de sus negocios. Este proceso de recolección de información se hará a través de las herramientas electrónicas que tiene la ASFI. Para ello, se empleará un formulario de ocho secciones y 66 preguntas, de las cuales no serán respondidas todas.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Comercialización PIDE A LAS ALCALDÍAS CONTROLAR LAS VENTAS
El Gobierno verificó que existe la suficiente oferta de carne de res en los centros de abasto de las ciudades del eje del país, por lo que afirmó que no hay justificativo para incrementar el precio del producto como pretenden algunos comercializadores. “Hemos dado una vuelta al mercado nacional, tanto en Santa Cruz, Cochabamba y La Paz. En los mercados hay suficiente carne, el problema es que algunos comercializadores están tomando la decisión de anunciar que van a incrementar el precio, informó ayer el ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, en entrevista con Bolivia TV. En este momento no “existe algún motivo para incrementar el precio del
EL CONSUMO NACIONAL de carne de res por año llega a 225.920 toneladas (t), mientras que la oferta es de 284.221 t.
Gobierno no ve razón para subir el precio de la carne de res en el país El ministro Néstor Huanca asegura que no existe motivo alguno para afectar la economía de las familias. kilo de (carne) de res en Bolivia” ni afectar la economía de las familias, añadió. Huanca recordó que en el acuerdo suscrito el 27 de octubre de este año, la Confederación Nacional de Trabajadores en Carne de Bolivia (Contracabol) ratificó su “compromiso perpetuo, por siempre, con el pueblo boliviano, de evitar el incremento en el precio de la carne al consumidor final”. Pidió a los gobiernos municipales a cumplir con la tarea de control en los mercados. Para Huanca, las amas de casa al ver la suficiente oferta de carne en el mercado, pero con precios elevados, optarán por adquirir otros productos similares como el pollo o pescado, “entonces los únicos que van a salir perjudicados, en este caso, son los comerciantes de carne en detalle”. Al respecto, el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, Remmy Gonzales, indicó que el Gobierno trabaja para garantizar el normal abastecimiento de la carne bovina. Dijo que en el marco de los acuerdos al-
// FOTO: GONZALO JALLASI
• Redacción Central
El viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor, Jorge Silva, en un operativo de control del expendio de la carne de res en La Paz.
canzados con los trabajadores en carne, se fiscalizan los centros de remate de Santa Cruz y sólo se identificó a uno que no cumple las normativas y que será suspendido de manera temporal. Asimismo, se intensificó el control en los puntos fronterizos para evitar el contrabando de ganado en pie.
Mediante un operativo en el mercado Rodríguez de La Paz, el viceministro de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor, Jorge Silva, verificó que el precio de la carne se mantiene estable, y mencionó que los vendedores se quejan de que los intermediarios suben el precio del producto.
El secretario ejecutivo de la Federación Departamental de Carniceros de Santa Cruz, Luis Álvarez, señaló, según Cadena A, que en esta semana bajarán el precio, tomando en cuenta que el sector ganadero entregará a un costo menor el kilo gancho del producto.
// FOTO: YPFB
INGRESÓ AL MERCADO EN AGOSTO
YPFB vende al mes un promedio de 45 mil litros de lubricantes Extrem G13 • Redacción Central
La nueva línea de lubricantes Extrem G13 para vehículos a gasolina producida por YPFB Refinación se consolida en el mercado interno y logra comercializar un promedio de 45 mil litros al mes desde que ingresó al mercado nacional en agosto de este año. La nueva línea de lubricantes Extrem G13 de YPFB.
“La mayor aceptación que tiene la línea Extrem G13 es en los departamentos del eje nacional; Santa Cruz de la Sierra es la ciudad líder en volumen de ventas, le siguen Cochabamba y La Paz”, informó el gerente general de YPFB Refinación, Julio César Gandarillas. Según la petrolera estatal, esta nueva línea de aceites cumple con los estándares de calidad más exigentes a nivel mundial y que son requeridos por los fabricantes de moto-
res, además de obtener certificados de calidad y rendimiento internacional que avalan el cumplimiento de la categoría de Servicio API SN PLUS. El nuevo producto tiene dos grados de viscosidad SAE 10W30 y SAE 10W-40 en presentaciones de 1L y 4L. Estos aceites están orientados a atender las necesidades de automóviles modernos con motores a gasolina y que requieren lubricantes de alto rendimiento.
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EDICTO
Resolución Revocatoria ATT-DJ-RA RE- TL LP 121/2021
La Paz, 16 de noviembre de 2021 VISTOS: La Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 313/2020 de 23 de septiembre de 2020 (RAR 313/2020) y sus antecedentes de emisión; el recurso de revocatoria parcial interpuesto el 07 de enero de 2021 por YURI FRANCO MONJE POSTIGO en representación legal de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES NUEVATEL (PCS DE BOLIVIA) SOCIEDAD ANÓNIMA – NUEVATEL S.A. (OPERADOR y/o RECURRENTE); la Resolución Ministerial N° 257 de 27 de septiembre de 2021 (RM 257); las actuaciones cursantes en el expediente; la normativa vigente aplicable; todo lo que se tuvo presente y convino ver; CONSIDERANDO 1: (Antecedentes) Que el 23 de septiembre de 2020 esta Autoridad Regulatoria emitió la RAR 313/2020 mediante la cual dispuso: “PRIMERO.- APROBAR la Plataforma de Información Tarifaria del Sector de Telecomunicaciones denominada ‘Tarifas Online’. SEGUNDO.- APROBAR el Instructivo sobre Planes Tarifarios en la herramienta digital ‘Tarifas Online’ el cual se encuentra en el Anexo que forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución. TERCERO. REVOCAR las Resoluciones Administrativas Regulatorias N° 2007/0482 de 21 de febrero de 2007, N° 2007/0841 de 28 de marzo de 2007 y el N° 2007/2627 de 10 de septiembre de 2007. CUARTO.- Cualquier incumplimiento a lo establecido en el Instructivo aprobado mediante la presente Resolución Administrativa Regulatoria será pasible al inicio del correspondiente proceso sancionador por incumplimiento de lo establecido en el inciso d) del parágrafo I del artículo 30 del Reglamento de Infracciones y Sanciones para el Sector de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación aprobado mediante Decreto Supremo N° 4326 de 7 de septiembre de 2020. QUINTO.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Administrativa Regulatoria, en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, en cumplimiento al artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, de 23 de abril de 2002 y la publicación íntegra del presente acto en la página web de la ATT (www.att.gob.bo). SEXTO.- La Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y TIC´s de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT es la encargada del cumplimiento de la presente Resolución Administrativa Regulatoria”. Que habiendo sido dicha RAR 313/2020, publicada en el periódico La Razón el día 28 de septiembre de 2020, el OPERADOR solicitó la aclaración y complementación de la misma, solicitud que fue atendida, a través del punto dispositivo primero de la Resolución Administrativa ATT-DJ-RA-FIS TL LP 24/2020 de 08 de octubre de 2020 (RA FIS 24/2020), en el que este Ente Regulador declaró procedente la solicitud de aclaración y complementación, en aplicación al artículo 11 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172 de 15 de septiembre de 2003, (REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172) en base al análisis realizado en el punto considerativo 3 dicha Resolución. Asimismo, mediante el punto dispositivo segundo, este Ente Regulador dispuso la publicación de la Resolución Administrativa Regulatoria en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, en cumplimiento al artículo 34 de la LEY 2341 y la publicación de ese acto en la página web de la ATT (www.att.gob.bo). Finalmente, mediante el punto dispositivo tercero de la RA FIS 24/2020 se dispuso que la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y TIC´s es la encargada del cumplimiento de esa Resolución Administrativa Regulatoria. Que Giovanni Gismondi Paredes, en representación de la Empresa Telefónica Celular de Bolivia Sociedad Anónima S.A (TELECEL S.A.), el 12 de octubre de 2020, interpuso recurso de revocatoria en contra de la RAR 313/2020. Que el 14 de octubre de 2020, la COOPERATIVA DE TELECOMUNICACIONES COCHABAMBA R.L. - COMTECO R.L. (COMTECO R.L.) solicitó la aclaración y complementación de la RAR 313/2020, solicitud que fue rechazada mediante Auto ATT-DJ-A TL LP 215/2020 de 21 de octubre de 2020, en aplicación al artículo 11 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172, al haber sido presentada fuera del plazo establecido en la citada norma. Que el OPERADOR también planteó recurso de revocatoria parcial, con firma digital, en contra de la RAR 313/2020 el día 26 de octubre de 2020, luego de que este Ente Regulador emitió la RA FIS 24/2020 el día 08 de ese mismo mes en respuesta a su solicitud de aclaración y complementación presentada ante la RAR 313/2020. Que mediante Auto ATT-DJ-A TL LP 225/2020 de 04 de noviembre de 2020, este Ente Regulador acumuló y admitió los recursos de revocatoria interpuestos por TELECEL S.A. y el OPERADOR en contra de la RAR 313/2020. Que el 23 de noviembre de 2020 esta Autoridad Regulatoria emitió la Resolución Revocatoria ATT-DJ-RA RE-TL LP 97/2020 (RA RE 97/2020), a través de la cual aceptó los recursos de revocatoria parciales interpuestos por TELECEL S.A. y el OPERADOR, en fechas 12 y 26 de octubre de 2020, respectivamente, en contra de la RAR 313/2020, y conforme al análisis expuesto en esa Resolución, dispuso la nulidad del procedimiento hasta el vicio más antiguo, a saber, el momento posterior a la emisión de la RA FIS 24/2020, a efectos de que la Unidad de Operaciones Legales de Regulación y Fiscalización de la Dirección Jurídica, adicionalmente a la notificación efectuada al OPERADOR, adopte las medidas administrativas que correspondan a efectos de publicar la citada Resolución, en el marco de las conclusiones y previsiones normativas que han sido citadas en el punto considerativo 4 de la RAR 97/2020. Que el 02 de diciembre de 2020, TELECEL S.A. solicitó aclaración y complementación de la RA RE 97/2020, solicitud que fue resuelta a través del Auto ATT-DJ-A TL LP 249/2020 de 08 de diciembre de 2020 (AUTO 249/2020) no dando lugar a la aclaración y complementación requerida.
el régimen general de las tarifas y precios, para los servicios de telefonía fija, móvil, larga distancia, telecomunicaciones y tecnologías de información provistas en todo el territorio nacional, independientemente de su cobertura, así como del servicio postal. 4. Publicar, controlar y fiscalizar, los precios y tarifas de acuerdo con la normativa y el régimen general. 5. Regular, controlar, supervisar y fiscalizar la correcta prestación de los servicios y actividades por parte de los operadores o proveedores de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, del servicio postal y de entidades certificadoras autorizadas y el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales”, y “15. Elaborar, actualizar y modificar manuales, instructivos, circulares y procedimientos a ser aplicados en el sector”. Que el parágrafo I del artículo 43 de la LEY 164 dispone que el nivel central del Estado a través de la ATT, regulará el régimen general de tarifas y precios a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, provistos en todo el territorio nacional, independientemente de su cobertura, de acuerdo a condiciones y metodologías establecidas en el reglamento de esa Ley, asimismo, en el parágrafo II del artículo indicado se establecen los preceptos generales que debe contemplar la estructura de tarifas y precios para todos los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación y servicio postal que se provea al público. Que, por su parte, los parágrafos I y II del artículo 44 de la LEY 164 disponen: “I. La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, establecerá formatos y condiciones básicas de publicación de tarifas a los proveedores de servicios y los publicará en su sitio Web, de forma tal que la usuaria o el usuario disponga de información completa, comparable y oportuna. II. Los operadores deberán publicar en internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión según se aplique, sus tarifas y precios con anterioridad a la fecha efectiva de cualquier cambio a los mismos. Una copia de la publicación deberá remitirse a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes”. Que los numerales 1 y 4 del artículo 59 de la LEY 164 establecen que, entre otras, los operadores y proveedores tienen las siguientes obligaciones: “1. Someterse a la jurisdicción y competencia de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes” y “4. Proporcionar información clara, precisa, cierta, completa y oportuna a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes”. CONSIDERANDO 5: (Análisis y conclusiones del recurso de revocatoria) Que habiendo efectuado la compulsa documental de la Resolución recurrida, del recurso de revocatoria parcial y de todos los antecedentes inherentes a la controversia, cabe manifestar lo siguiente: 1. Es importante para el caso de autos empezar el análisis indicando que el recurso de revocatoria interpuesto por el OPERADOR contra la RAR 313/2020, no cuestiona a la herramienta digital en sí misma, vale decir la plataforma “Tarifas Online”, cuya implementación se ampara en el numeral 15 del artículo 14 de la LEY 164 que, como se tiene expuesto, señala como atribución de la ATT la de “Elaborar, actualizar y modificar manuales, instructivos, circulares y procedimientos a ser aplicados en el sector”, sino que ha sido dirigido en contra de lo dispuesto en el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020. En tal contexto, debe tenerse presente que el RECURRENTE sostuvo que en el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 se estableció una nueva obligación y/o creó un nuevo paso o requisito antes de la publicación de tarifas, que no se encuentra contemplado en la LEY 164 y sus reglamentos, además de encontrarse dicha obligación por encima de lo dispuesto en el parágrafo II del artículo 44 de la citada LEY 164 que, según el RECURRENTE, no establece una obligación ex – ante del registro previo a la publicación como el que dispone el parágrafo impugnado, sino que dicha norma establece una obligación ex - post a la publicación que consiste en remitir a la ATT una copia de la publicación ya realizada; al respecto, cabe indicar que, como se dijo, esta Autoridad Reguladora, en el marco de la competencia otorgada por el numeral 15 del artículo 14 de la LEY 164, emitió el Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 con el fin de contar con una herramienta digital que contemple un procedimiento definido cumpliendo con la regulación tarifaria, constituyéndose dicha herramienta en una interfaz en línea que establece un mecanismo de interacción entre los operadores y proveedores con la Autoridad que optimiza tiempos (de presentación), los materiales empleados (hojas, materiales de impresión, etc.), además de que la información contenida en la herramienta se encuentra accesible para los usuarios y las usuarias de los servicios de telecomunicaciones. Asimismo, debe tenerse presente que el parágrafo I del artículo 44 de la LEY 164 faculta a este Ente Regulador a establecer formatos y condiciones básicas de publicación de tarifas a los proveedores de servicios y la publicación en su sitio Web, de forma tal que la usuaria o el usuario disponga de información completa, comparable y oportuna. Dicho ello, también en atención a tal facultad es que esta Autoridad Regulatoria emitió el Instructivo aprobado por la RAR 313/2020, con la finalidad de implantar una plataforma digital a través de la cual se puedan difundir las tarifas de los proveedores y operadores que prestan servicios regulados de telecomunicaciones, la cual se constituye en un sitio oficial que permite a la ATT difundir y comparar las diferentes tarifas de los servicios prestados por dichos operadores y proveedores. En atención a lo citado precedentemente, es pertinente ingresar a analizar en qué medida el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 crearía una obligación, paso o requisito antes de la publicación de tarifas, según fue expuesto por el RECURRENTE en los numerales 1, 2 y 3 de la exposición de agravios de su recurso de revocatoria; así, debe iniciarse el análisis señalando que el artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 con nomen juris “Actualización de la información contenida en la herramienta digital Tarifas Online” dispone lo siguiente: “El operador podrá actualizar y/o modificar toda la información contenida en la herramienta digital ‘Tarifas Online’ en cualquier momento, siguiendo los siguientes criterios:
Que notificado con el AUTO 249/2020, TELECEL S.A. presentó recurso jerárquico en contra de la RA RE 97/2020, el cual fue remitido para su atención al Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda (MOPSV).
I. Para modificar alguna característica de uno o varios planes tarifarios, el operador o proveedor lo hará directamente en línea en la plataforma de la herramienta digital ‘Tarifas Online’, en este sentido:
Que el 24 de diciembre de 2020 conforme a lo dispuesto en el punto dispositivo único de la RA RE 97/2020 la Unidad de Operaciones Legales de Regulación y Fiscalización de la Dirección Jurídica, publicó la RA FIS 24/2020 en el periódico de circulación nacional “Bolivia”.
a) En caso de no existir ninguna observación y consecuente aprobación. Los cambios propuestos serán actualizados inmediatamente en la herramienta digital ‘Tarifas Online’, adicionalmente, todo el registro anterior del plan modificado pasará con toda su antigua información al histórico de tarifas de la plataforma.
Que el 07 de enero de 2021 el OPERADOR presentó recurso de revocatoria parcial en contra de la RAR 313/2020 solicitando que se revoque el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la Resolución impugnada.
b) En caso de ser observada. La ATT solicitará al operador la aclaración o información complementaria, la cual podrá ser resuelta a través de la misma herramienta o por medio de comunicaciones escritas dependiendo la naturaleza de la observación.
Que por Resolución Revocatoria ATT-DJ-RA RE-TL LP 42/2021 de 07 de abril de 2021 (RA RE 42/2021), esta Autoridad Regulatoria rechazó el recurso de revocatoria parcial interpuesto por el RECURRENTE y, en consecuencia, confirmó totalmente el acto administrativo impugnado.
II. El operador o proveedor no podrá publicar en su página WEB, ni en ningún medio masivo de comunicación, ningún plan tarifario que previamente no esté actualizado, registrado y autorizado en la herramienta digital ‘Tarifas Online’; a efecto de que en los casos que corresponda la ATT verifique y apruebe el cumplimiento de los preceptos tarifarios establecidos en la normativa vigente.
Que el 21 de abril de 2021, el OPERADOR presentó solicitud de aclaración y complementación de la RA RE 42/2021, la cual fue respondida mediante Auto ATT-DJ-A TL LP 94/2021 del día 28 de igual mes y año, disponiendo no dar lugar a la misma. Que el 27 de abril del año en curso, AXS BOLIVIA S.A. solicitó la aclaración y complementación de la RA RE 42/2021, la cual fue atendida mediante Auto ATT-DJ-A TL LP 97/2021 de 04 de mayo, mediante el cual se dispuso no dar lugar a tal solicitud. Que el 20 de mayo de 2021, el OPERADOR presentó recurso jerárquico en contra de la RA RE 42/2021; asimismo, el día 25 de igual mes y año, AXS BOLIVIA S.A. planteó recurso jerárquico en contra de dicho acto administrativo.
En tal entendido, del análisis del artículo expuesto se tiene que el parágrafo II establece una condición para que los operadores o proveedores puedan efectuar la publicación, en su página Web o medios masivos de comunicación, de sus planes tarifarios, es decir, que previamente a ello, actualicen, registren y cuenten con autorización en la herramienta “Tarifas Online”. 2. Acorde a lo expuesto en el INFORME TÉCNICO, debe tenerse en cuenta que como parte de las atribuciones conferidas a esta Autoridad Regulatoria, los numerales 2 y 3 del artículo 14 de la LEY 164 señalan lo siguiente:
Que el 10 de junio de 2021, el MOPSV emitió la Resolución Ministerial N° 166, a través de la cual rechazó el recurso jerárquico interpuesto por TELECEL S.A. en contra de la RA RE 97/2020, confirmándola totalmente.
“2. Autorizar, regular y fiscalizar los servicios de telefonía fija, móvil y todas las redes y servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, así como al servicio postal a nivel nacional; y 3. Regular el régimen general de las tarifas y precios, para los servicios de telefonía fija, móvil, larga distancia, telecomunicaciones y tecnologías de información provistas en todo el territorio nacional, independientemente de su cobertura, así como del servicio postal”.
Que el 27 de septiembre de 2021, el MOPSV dictó la RM 257 por la que aceptó los recursos jerárquicos interpuestos por el OPERADOR y por AXS BOLIVIA S.A., consiguientemente, revocó la RA RE 42/2021 e instruyó a esta Autoridad Regulatoria emitir una nueva resolución revocatoria, de acuerdo a los criterios de adecuación a derecho expuestos en esa Resolución Ministerial.
Por su parte, el parágrafo I del artículo 44 de la LEY 164, que se encuentra en el capítulo séptimo Régimen Tarifario, establece que: “El nivel central del Estado a través de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, regulará el régimen general de tarifas y precios a los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, provistos en todo el territorio nacional, independientemente de su cobertura, de acuerdo a condiciones y metodologías establecidas en el reglamento de la presente Ley”.
Que la Dirección de Telecomunicaciones y TIC, a solicitud realizada a través de la Comunicación Interna ATT-DJ-CI LP 1473/2021 de 27 de octubre de 2021, emitió el Informe Técnico ATT-DTLTIC-INF TEC LP 1179/2021 de 11 de noviembre de 2021 (INFORME TÉCNICO). Que el 16 de noviembre de 2021 la Dirección Jurídica emitió el Informe Jurídico ATT-DJ-INF-JUR LP 1601/2021, a través del cual se recomendó la suscripción de la presente Resolución Revocatoria. CONSIDERANDO 2: (Agravios expuestos por el RECURRENTE) Que en su recurso de revocatoria parcial, el RECURRENTE, en resumen, planteó los siguientes argumentos: 1. La ATT en el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 ha establecido una nueva obligación que no existe en la Ley Nº 164, de 08 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (LEY 164) ni en sus reglamentos. En efecto, el parágrafo II del artículo 44 de la LEY 164 establece que “Los operadores deberán publicar en internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión según se aplique, sus tarifas y precios con anterioridad a la fecha de cualquier cambio a los mismos. Una copia de la publicación deberá remitirse a la ATT”; no obstante, el artículo citado no establece una obligación ex - ante de registro previo a la publicación, como el que dispone la RAR 313/2020, sino que la obligación que dispone la Ley es ex - post a la publicación que consiste en remitir a la ATT una copia de la publicación ya realizada. 2. El parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 crea un nuevo paso o requisito antes de la publicación de tarifas, por encima de lo dispuesto por el parágrafo II del artículo 44 de la LEY 164, el cual tiene el efecto de interferir en la dinámica del mercado de telecomunicaciones y burocratizar la puesta a disposición de los usuarios de los nuevos productos o servicios, o de cambio a los mismos, así como de introducir un control previo (ex - ante) que no se encuentra establecido dentro de los alcances de la LEY 164 y sus reglamentos, toda vez que dicho control puede realizarlo el Ente Regulador de forma posterior (ex - post) a la puesta en vigencia de los cambios publicados y una vez que el operador le remita copia de la publicación. De acuerdo a las normas vigentes, el control previo de tarifas solamente se realiza a operadores declarados con posición dominante y se lo ejecuta a través de la aplicación del régimen de tope de precios y aprobación de las tarifas, de modo que en este caso un control adicional en la plataforma de tarifas online resulta redundante, innecesario e ilegal. 3. El parágrafo I del artículo 44 de la LEY 164 en cuanto a la publicación de tarifas únicamente faculta a la ATT a establecer formatos y condiciones de publicación, al señalar que: “La ATT, establecerá formatos y condiciones básicas de publicación de tarifas a los proveedores de servicios y los publicará en su sitio Web, de forma tal que la usuaria o el usuario disponga de información completa, comparable y oportuna”, pero de ninguna manera le faculta a establecer una obligación anterior a la publicación y como requisito para realizar la publicación. En el contexto anotado, señala que la aclaración realizada en el punto considerativo 3 de la RA FIS 24/2020 al referirse a la publicación de tarifas señala que: “… la obligación referida en el INSTRUCTIVO es para el registro del plan tarifario dentro de la plataforma Tarifas Online…”, tal como se evidencia en la siguiente imagen:
En ese sentido, señala que la RAR 313/2020, en el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo que aprobó, establece una nueva obligación ex – ante que no se encuentra en la LEY 164 como tampoco en sus reglamentos, y al no estar prevista la nueva obligación en norma la ATT está instituyendo una nueva obligación sin contar con las facultades para establecerla de someter a aprobación el registro de una nueva tarifa en la plataforma Tarifaria Online, antes de realizar la publicación que manda el parágrafo II de la LEY 164. En ese sentido, sostiene que la Resolución Ministerial N° 267 de 14 de octubre de 2013 (RM 267) emitida por el Ministerio de Obras Públicas Servicios y Vivienda (MOPSV) dejó establecido que: “12. Al respecto, corresponde expresar que si bien de conformidad al numeral 15 del artículo 14 de la Ley N° 164 General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes tiene la atribución de elaborar, actualizar y modificar manuales, instructivos, circulares y procedimientos a ser aplicados en el sector, y de acuerdo al inciso k) del artículo 18 del Decreto Supremo N° 0071 la de proponer normas de carácter técnico y dictaminar sobre la norma relativa a su sector, carece de la facultad de interpretar o reglamentar las disposiciones normativas emitidas a través de leyes o decretos superiores, por lo que evidentemente cometió un exceso al pretender definir el alcance y significado de los términos contenidos en el inciso c) del parágrafo VII del artículo 120 del Reglamento General a la Ley N° 164 aprobado por el Decreto Supremo N° 1391”, de lo anotado indica que, la ATT al establecer una obligación de que primero debe contarse con un registro autorizado en la herramienta digital Tarifas Online para recién poder publicar las tarifas o planes tarifarios ordenados por el parágrafo II del artículo 44 de la LEY 164, se está generando una obligación que va más allá de lo previsto en el ordenamiento jurídico y, por tanto, se está imponiendo una nueva obligación a los operadores, sin contar con el respaldo legal que faculte a la ATT a establecer tal obligación. De esta manera, corresponde tener presente los fundamentos expuestos en la RM 267 en la que se ha establecido claramente que la ATT carece de competencia para generar derechos e imponer obligaciones, ya que, bajo el ordenamiento jurídico vigente, ni la Ley de Telecomunicaciones ni ninguna otra norma, faculta a la ATT a aprobar o registrar previamente tarifas como condición para publicar las tarifas o planes tarifarios ordenados por el parágrafo II del artículo 44 de la LEY 164. Por lo expuesto, concluyó que el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 es nulo de pleno derecho por haber sido dictado sin competencia, conforme a lo dispuesto en el parágrafo I del artículo 35 de la LEY 2341, así como es un acto nulo conforme dispone el artículo 122 de la Constitución Política del Estado. Que en el memorial de ofrecimiento de pruebas el RECURRENTE, luego de transcribir de forma inextensa lo indicado en su memorial de interposición de recurso de revocatoria, señaló en calidad de prueba lo siguiente: -
El artículo 44 de la LEY 164.
-
La RA FIS 24/2021.
-
La RM 267.
CONSIDERANDO 3: (Criterios de adecuación a derecho expuestos en la RM 257) Que en la RM 257, el MOPSV estableció los siguientes criterios de adecuación a derecho que deben ser considerados para la emisión del presente pronunciamiento: 1. Revisados en su integridad los numerales 1 y 2 del punto considerativo 4 de la RA RE 42/2021 se puede evidenciar que respecto a las competencias que la ATT se atribuye, se encontraría la de verificar que todos los planes tarifarios cumplan con los preceptos normados, fundamentando de este modo el numeral II del artículo 7 de la RAR 313/2020; sin embargo, la ATT también señaló que no constituiría en sí un control previo de las tarifas a implementarse, lo que conforme ha señalado NUEVATEL S.A. en su recurso jerárquico, constituye una contradicción que deja en incertidumbre a los recurrentes, toda vez que la ATT entra en contradicción sobre su competencia, debiendo a través de sus resoluciones no dejar duda o incertidumbre sobre las determinaciones que asume. 2. Debe considerarse la Sentencia Constitucional Plurinacional 1234/2017-S1 de 28 de diciembre de 2017 sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones en el debido proceso, en sentido de que es necesario que se expongan los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma, pues la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que rigen al juzgador, eliminándose cualquier interés y parcialidad, dando al administrado el pleno convencimiento de que no había otra forma de resolver los hechos juzgados sino de la forma en que se decidió. 3. El hecho de que la resolución impugnada tenga contradicciones “y sea clara con respecto a las competencias de la ATT” ocasiona en los administrados duda razonable sobre la correcta aplicación normativa; al respecto, cabe considerar a la Sentencia Constitucional Plurinacional 1234/2017-S1 citada anteriormente, respecto a que debe existir una relación respecto a todo el contenido, desarrollando un razonamiento integral, debiendo el juzgador emitir una resolución armónica entre lo razonado y lo resuelto; si bien la ATT señala tener competencia de verificación de tarifas, debe señalar de manera armónica a qué se refiere cuando establece que el numeral II del artículo 7 del Instructivo sobre Planes Tarifarios en la Herramienta Digital “Tarifas Online” no constituye un control previo. 4. El debido proceso consiste en la conjunción de garantías tales como participar efectivamente en el procedimiento pudiendo ejercer todas y cada una de las garantías reconocidas para el efecto. Entre las que se encuentran obtener decisiones correctamente fundadas y motivadas a todos los puntos del recurrente, brindar la seguridad y certeza que el pronunciamiento a emitir goce de todos los requisitos procedimentales exigidos, “dotando al administrado de la certeza y confianza que los administrados tengan en la observancia y respeto de las situaciones derivadas de la aplicación de las normas válidas, vigentes y aplicables”, confianza que nace de la estabilidad en cuanto a la consecuencia jurídica de los actos y decisiones que asume el Estado a través de sus órganos de poder. CONSIDERANDO 4: (Normativa aplicable) Que el artículo 61 de la LEY 2341 determina que los recursos administrativos previstos en esa Ley serán resueltos confirmando o revocando, total o parcialmente, la resolución impugnada o, en su caso, desestimando el recurso si este estuviese interpuesto fuera de término, no cumpliese con las formalidades señaladas expresamente en disposiciones aplicables o si no cumpliese el requisito de legitimación establecido en el artículo 11 de la misma Ley. Que los parágrafos I y II del artículo 63 de dicha Ley prevén que, dentro del término establecido en disposiciones reglamentarias especiales para resolver los recursos administrativos, deberá dictarse la correspondiente resolución, que expondrá en forma motivada los aspectos de hecho y de derecho en los que se fundare. La resolución se referirá siempre a las pretensiones formuladas por el recurrente, sin que en ningún saco pueda agravarse su situación inicial como consecuencia exclusiva de su propio recurso. Que los incisos b) y c) del parágrafo II del artículo 89 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172, disponen que el Recurso de Revocatoria será resuelto aceptándolo, revocando, total o parcialmente, el acto administrativo impugnado en caso de nulidad, o subsanando sus vicios o revocando, total o parcialmente, en caso de anulabilidad; o rechazándolo, confirmando en todas sus partes el acto administrativo impugnado. Que el inciso e) del artículo 17 del Decreto Supremo N° 0071 de 09 de abril de 2009 (DS 0071) en lo que respecta a las competencias de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes actualmente Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT), además de las establecidas en las normas legales sectoriales vigentes, establece entre sus competencias la de: “Aprobar y publicar precios, tarifas, derechos u otros de acuerdo con la normativa vigente, garantizando su correcta aplicación y asegurando que la información sustentatoria esté disponible y sea pública”. Que los numerales 2, 3, 4, 5 y 15 del artículo 14 de la LEY 164 establecen que entre las atribuciones de la ATT se encuentran las siguientes: “2. Autorizar, regular y fiscalizar los servicios de telefonía fija, móvil y todas las redes y servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación, así como al servicio postal a nivel nacional. 3. Regular
De las atribuciones señaladas se tiene que tanto en los numerales 2 y 3 del artículo 14 de la LEY 164, así como en el parágrafo I del artículo 44 de la misma Ley, se confiere a la ATT la atribución de “Regular”, la cual conforme a doctrina, es la emisión de reglas encargadas de normar las actividades de un mercado, es el medio por el cual la Autoridad Regulatoria tiene el objetivo de mantener un orden, llevar un control y garantizar los derechos de todos los que participan en el mercado, buscando el mejoramiento de la eficiencia de los mercados, aumentando el bienestar social, en el que se incluye el bienestar de los usuarios. En los últimos años, el sector de telecomunicaciones se ha convertido en un sector competitivo, aun siendo servicios públicos los que se brindan en el sector, el grado de competencia hace que este mercado se comporte como cualquier otro mercado, donde se produce una auto regulación, este hecho dio lugar a una tendencia cada vez menor a aplicar la regulación preventiva (regulación ex - ante) que tiene como objetivo corregir fallas de mercado, para pasar a un modelo de intervención con regulación ex - post, es decir un modelo de control posterior principalmente en la prestación de servicios de telecomunicaciones dirigidos a usuarios (servicios minoristas), en los cuales sólo se interviene cuando se presenta una infracción debidamente demostrada a través de una investigación, en este caso el remedio que adopta el Regulador es la aplicación de una sanción particular luego de la tramitación de un debido proceso. La aprobación de la modificación de alguna característica de un plan tarifario, implicaría que el Ente Regulador en vista de dicha aprobación, no pueda ejercer medidas correctivas, que podrían surgir o ser necesarias frente a infracciones que se encuentran tipificadas en el Reglamento de Infracciones y Sanciones para el Sector de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, aprobado por el Decreto Supremo N° 4326 del 03 de noviembre de 2010 (REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 4326), que entre otros y en lo que a tarifas se refiere, en su artículo 20 establece infracciones contra el sistema de telecomunicaciones, tecnologías de información y comunicación referidas a la estructura tarifaria y precios, a opciones tarifarias, y a subsidios cruzados, entre otras, y en su artículo 26 prevé infracciones contra los Derechos de las Usuarias y Usuarios también referidas a régimen tarifario. Si bien la normativa no se refiere concretamente a un control ex - ante o ex - post que deba realizar el Ente Regulador, el inciso d) del parágrafo II del artículo 20 del citado Reglamento hace una diferenciación entre las obligaciones establecidas en la reglamentación del sector de telecomunicaciones a proveedores y operadores dominantes o las establecidas como medidas correctivas ante la falta de competencia efectiva para un servicio. El hecho de que el Operador/Regulado proporcione a la ATT las tarifas y precios con carácter previo a la publicación para que estas sean aprobadas, tendría el propósito de que esta Autoridad detecte alguna posible vulneración o incumplimiento de una obligación, la misma que se haría conocer al Operador/Proveedor, ejerciendo una medida preventiva y no correctiva, siendo que, como se señaló, el inciso d) del parágrafo II del artículo 20 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 4326 efectúa la diferenciación entre la reglamentación de proveedores y operadores dominantes y las establecidas como medidas correctivas ante la falta de competencia efectiva para un servicio donde no se tiene declarado un Operador/Proveedor con posición dominante. Debe considerarse que aplicar una serie de restricciones tarifarias, entre ellas la aprobación de tarifas, procede únicamente en mercados relevantes donde se tiene declarado un operador con posición dominante, al que se le establece un tope de precios conforme disponen el inciso a) del artículo 124 del Reglamento General de la Ley N° 164 del Sector de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 1391 de 24 de octubre de 2012 (REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 1391) según el cual: “Todo proveedor que haya sido declarado como proveedor con posición dominante en un mercado relevante, estará sujeto a las siguientes obligaciones: (a) Sus precios y tarifas aplicables al mercado relevante estarán sujetos al régimen de tope de precios…”; el parágrafo I del artículo 125 del mismo Reglamento que establece que: “Los proveedores con posición dominante establecen sus precios, tarifas para cada una de las categorías tarifarias (…) siempre y cuando, en todos los casos cumplan con el régimen de tope de precios y los procedimientos establecidos en el presente reglamento”; el parágrafo III del artículo 10 del Reglamento aprobado por la Resolución Ministerial N° 88/2013 que ordena que: “Todo Proveedor con Posición Dominante debe remitir su estructura tarifaria, para verificación del cumplimiento del Régimen establecido, al inicio de cada Periodo Tarifario, de acuerdo al procedimiento establecido por la ATT (…)”; y el parágrafo IV del artículo 10 de ese Reglamento que dispone que: “Para cada Periodo Tarifario, la ATT debe aprobar las estructuras tarifarias de acuerdo a procedimientos establecidos para este efecto, a través de la Resolución Administrativa”. 3. El numeral 4 del artículo 59 de la LEY 164 establece como obligación de los operadores y proveedores: “Proporcionar información clara, precisa, cierta, completa y oportuna a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes”; por otra parte, el parágrafo II del artículo 44 de la Ley 164, que se encuentra en el capítulo séptimo de Régimen Tarifario, establece que: “Los operadores deberán publicar en internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión según se aplique, sus tarifas y precios con anterioridad a la fecha efectiva de cualquier cambio a los mismos. Una copia de la publicación deberá remitirse a la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes”. De la normativa descrita se desprende que los operadores y proveedores tienen la obligación de proporcionar información a este Ente Regulador y que deben remitir una copia de sus tarifas y precios con anterioridad a la fecha efectiva de cualquier cambio a los mismos. Por tanto, la obligación de que el operador o proveedor de manera previa a la publicación de sus planes tarifarios, ya sea en su página web o en un medio escrito de comunicación y radiodifusión, según aplique, informe a la ATT, se encuentra claramente establecida. Por otra parte, se encuentra establecido que los operadores y proveedores, independientemente de que se encuentren bajo una regulación ex - ante o ex - post, deben cumplir con los preceptos tarifarios y otras disposiciones específicas, tal como lo establece el parágrafo II del artículo 43 de la LEY 164, el cual dispone que la estructura de tarifas y precios para todos los servicios de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación y servicio postal que se provea al público, deberá estar conforme a los preceptos señalados en ese parágrafo. 4. En función a lo expuesto, de acuerdo a lo concluido en el INFORME TÉCNICO, debe señalarse que la transformación digital que se viene registrando, impulsa a la digitalización de procesos, en virtud de ello la plataforma digital “Tarifas Online” se constituye en una interfaz en línea que establece un mecanismo de interacción entre los operadores, proveedores y el Ente Regulador, optimizando un proceso ya existente para proveer información útil, parametrizada, dirigida a los usuarios, componente importante del ecosistema de las telecomunicaciones; a través de dicha plataforma los usuarios pueden acceder a todos los planes tarifarios y a las promociones de los operadores y proveedores en un solo sitio web, para poder comparar las ofertas y así contar con información suficiente para mejorar sus decisiones al momento de contratar un servicio que se acomode a sus requerimientos. Como se señaló previamente, el recurso de revocatoria interpuesto por NUEVATEL S.A. contra la RAR 313/2020, no cuestiona a la herramienta digital en sí misma, vale decir a la plataforma “Tarifas Online”, sino el control adicional que se refiere a los pasos previos a la publicación regulada por el parágrafo II del artículo 44 de la LEY 164 de registro y aprobación, en el contexto del parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por dicha Resolución. Debe aclararse que llevar un control y garantizar los derechos de todos los que participan en el mercado, buscando el mejoramiento de la eficiencia de los mercados, aumentando el bienestar social, en el que se incluye el bienestar de los usuarios, no implica una regulación ex - ante. En atención al análisis desarrollado, considerando los fundamentos señalados en el recurso de revocatoria interpuesto por el RECURRENTE que, en algunos casos resultan reiterativos y todos ellos se refieren a lo dispuesto en el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020, y tomando en cuenta que, en efecto, establecer que la ATT efectuará una “aprobación” del cumplimiento de los preceptos tarifarios establecidos en la normativa vigente constituye establecer un control ex - ante que, como se tiene expuesto, para el caso de un servicio donde no se tiene declarado un Operador/Proveedor con posición dominante, no corresponde, se llega a la conclusión de que, en el marco del inciso b) del parágrafo II del artículo 89 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172, se debe aceptar el recurso de revocatoria parcial interpuesto por el OPERADOR y, en consecuencia, revocar el parágrafo II del artículo 7 que fue impugnado, y, en aplicación del artículo 90 del citado Reglamento, emitir pronunciamiento para sustituir la previsión ahora revocada. 5. En función a lo concluido, habiendo determinado que corresponde aceptar el recurso de revocatoria interpuesto por el RECURRENTE, toda vez que, en efecto, las previsiones del parágrafo II del artículo 7 del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020 no se ajustan a los postulados del artículo 44 de la LEY 164, cabe considerar lo recomendado en el INFORME TÉCNICO, en sentido de que en ejercicio de la facultad que tiene este Ente Regulador de establecer formatos y condiciones básicas de publicación de tarifas a los proveedores de servicios, velando por la aplicación de criterios de oportunidad en el funcionamiento de una herramienta que proporciona información clara y oportuna, útil para la toma de decisiones de los usuarios y que, a su vez, permite promover la competencia, el registro de las tarifas en la plataforma digital “Tarifas Online” sea realizado el mismo día de la publicación en internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión, por lo que corresponde sustituir el parágrafo II del artículo 7 “Actualización de la información contenida en la herramienta digital Tarifas Online”, del Instructivo aprobado por la RAR 313/2020, de la siguiente manera: “II. Los operadores, en el mismo día de la publicación en internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión, según se aplique, deberán registrar las tarifas y precios de sus ofertas con todas las características claramente especificadas, en la herramienta digital ‘Tarifas Online’”. POR TANTO: El Director Ejecutivo de la ATT, Abg. Néstor Ríos Rivero, designado mediante Resolución Suprema Nº 27479 de fecha 29 de marzo de 2021, emitida por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de sus atribuciones conferidas por Ley y demás normas vigentes, a nombre del Estado Plurinacional de Bolivia; RESUELVE: PRIMERO. – ACEPTAR el recurso de revocatoria parcial presentado el 07 de enero de 2021 por YURI FRANCO MONJE POSTIGO en representación legal de la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES NUEVATEL (PCS DE BOLIVIA) SOCIEDAD ANÓNIMA – NUEVATEL S.A., en contra de la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 313/2020 de 23 de septiembre de 2020, REVOCANDO PARCIALMENTE dicho acto administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el inciso b) del parágrafo II del artículo 89 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172, única y concretamente el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo sobre Planes Tarifarios en la Herramienta Digital “Tarifas Online” aprobado por la citada Resolución Administrativa Regulatoria. SEGUNDO. – En aplicación del artículo 90 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172, sustituir el parágrafo II del artículo 7 del Instructivo sobre Planes Tarifarios en la Herramienta Digital “Tarifas Online” aprobado por la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 313/2020 de 23 de septiembre de 2020, según el siguiente texto: “II. Los operadores, en el mismo día de la publicación en internet, medios escritos de circulación nacional o regional y radiodifusión, según se aplique, deberán registrar las tarifas y precios de sus ofertas con todas las características claramente especificadas, en la herramienta digital ‘Tarifas Online’”. TERCERO. – DISPONER la publicación de la presente Resolución Revocatoria, en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, en cumplimiento del artículo 34 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, y la publicación del presente acto en la página web de la ATT (www.att.gob.bo). CUARTO. – La Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y TIC’s de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT es la encargada del cumplimiento de la presente Resolución Revocatoria. Notifíquese a NUEVATEL S.A. en la Calle Capitán Ravelo N° 2289, Torre “C” del Edificio Multicentro de la ciudad de La Paz, en cumplimiento de los artículos 13 y 26 del REGLAMENTO APROBADO POR EL DS 27172 concordantes con el artículo 33 de la LEY 2341. Regístrese y archívese.
Abog. Néstor Ríos Rivero DIRECTOR EJECUTIVO AUTORIDAD DE REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE TELECOMUNICACIONES Y TRANSPORTES
Abog. Roger René Romero Diaz DIRECTOR JURÍDICO AUTORIDAD DE REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE TELECOMUNICACIONES Y TRANSPORTES
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Covid-19 El Ministerio de Salud y Deportes instaló ayer la Feria Integral por la Salud y la Vida, en el municipio de Yacuiba, Tarija, con vacunas y pruebas de antígeno nasal, además de 15 especialidades médicas de los programas SafciMi Salud, Telesalud, Bono Juana Azurduy, salud oral, apoyo a discapacitados y especialistas del Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (Inlasa). “Es un mandato que nos da nuestro hermano presidente Luis Arce y nuestro ministro de Salud, Jeyson Auza, para llegar con salud a todos los municipios, sin escatimar esfuerzos ni recursos, y lo hacemos con un compromiso de llegar hasta el último rincón, con médicos comprometidos con la salud de su pueblo”, afirmó el coordinador nacional del programa Safci-Mi Salud, Osman Calvimonte. Es la cuarta feria que llega a una ciudad intermedia. Semanas atrás, los médicos estuvieron presentes en los municipios de Caranavi, La Paz; Uyuni, Potosí; y Culpina, Chuquisaca. La población de Yacuiba recibe atención gratuita en especialidades como medicina general, ginecología, pediatría, salud oral, salud ocular, medicina interna, entre otras, además se toman pruebas de Papanicolau, ecografías, antígeno nasales y vacunación anticovid. El alcalde de esa ciudad, Carlos Bru, resaltó que por
VILLA MONTES Y CARAPARÍ TAMBIÉN SERÁN BENEFICIADOS
La ‘dosis de la esperanza’ llega con la feria de salud a Yacuiba
Por primera vez la ciudad es anfitriona de este tipo de apoyo que acude con gran cantidad de médicos y con inmunizaciones gratuitas. Filas para la atención médica y la inmunización.
// FOTO: MINISTER IO DE SALUD
• Redacción Central
primera vez son anfitriones de una feria nacional de salud que atenderá también a los municipios vecinos de Villa Montes y Caraparí. “En esta auscultación, para ponerlo en términos médicos, de la feria nacional, todos los médicos y sus programas intervienen con la ciudadanía que
2 DÍAS DURARÁ la Feria Integral por la Salud y la Vida, en el municipio de Yacuiba, Tarija.
se está haciendo atender. Será sin duda el mejor termómetro para evaluar lo que se está haciendo a nivel nacional. Nosotros felices y contentos por ser sus anfitriones”, señaló. La Feria Por la Salud y la Vida, que se extenderá hasta el final de la tarde hoy, tiene el objetivo de sobrepasar las
14 mil atenciones en las diferentes especialidades. Se prevé que la misma actividad se desarrolle en los nueve departamentos del país con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de los pobladores, además de afrontar directamente la pandemia que ingresa a la cuarta ola de contagios.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
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Covid-19 EL GOBIERNO INVITA A LA POBLACIÓN A PROTEGERSE
Los que no se vacunaron serán las primeras víctimas de la cuarta ola El incremento de contagiados que empieza a copar las salas de terapia intensiva es un tema preocupante para los gobiernos subnacionales.
// FOTO: ARCHIVO
Las personas que perdieron la vida en las últimas semanas son en su gran mayoría gente sin vacunación.
• Redacción Central
El Ministerio de Salud advierte de que la cuarta ola afectará más a personas no vacunadas. Los contagios se incrementaron en 13% la última semana. El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, advirtió ayer de que la cuarta ola afectará con mayor gravedad a las personas no vacunadas y prueba de ello, sustentó, es que las unidades de terapia intensiva en algunos nosocomios del país se encuentran copadas. “La cuarta ola va a afectar gravemente a las personas que no se vacunaron y eso lo comprobamos lamentablemente cuando vemos que en las unidades de terapia intensiva las personas que perdieron la vida son en su gran mayoría personas sin vacunación”, afirmó
la autoridad en el reporte de la semana epidemiológica 46, donde explicó que los contagios se incrementaron en 13% con relación a la anterior semana. Son seis los departamentos con alza y tres que mostraron descenso. El Ministro de Salud anunció que para los siguientes días la cartera de Estado que preside presentará estadísticas de cómo se encuentran las unidades de terapia intensiva en cada departamento y la cantidad de pacientes en la lógica de que en su mayoría no se vacunaron con el consiguiente riesgo de perder la vida. Remarcó que el Gobierno nacional encara todos los esfuerzos para garantizar vacunas para cada uno de los
bolivianos, dando continuidad al plan masivo de vacunación que se agiliza desde los menores de 12 años. La autoridad en salud explicó que el departamento de Santa Cruz es el que más preocupa, ya que por novena semana consecutiva presenta un ascenso de casos. “En esta última semana, Santa Cruz presentó el muy preocupante número de 3.024 casos, lo que significa que el 51% de los casos se concentran en un solo departamento”, refirió. Precisamente desde el departamento cruceño el director del Servicio Departamental de Salud (Sedes) de Santa Cruz, Erwin Viruez, expresó su pre-
ocupación por el incremento de contagios, lo que significa la ocupación del 70% en camas de terapia intensiva. “Nos preocupa el aumento de ocupación de camas en las unidades de cuidados intermedios y de cuidados intensivos. Esta última semana hemos incrementado un 20% la ocupación de camas y esto representa cerca de un 70% de las camas de terapia intensiva de las unidades de cuidados intermedios, que están siendo
13 POR CIENTO se incrementaron los contagios en la última semana epidemiológica.
Los casos aumentan y crece el peligro El ministro de Salud, Jeyson Auza, informó que de cada siete fallecidos por Covid-19, cinco no se vacunaron. La poca afluencia de personas en puntos de vacunación ocasionó un incremento del 13% en los contagios en el país. Medios locales en La Paz reportan que pacientes de entre 35 y 45 años no vacunados colapsan la sala UTI del Hospital del Norte. Los hospitales municipales de Cotahuma y La Portada tienen 18 internados y de las 10 UTI en cada uno, nueve están ocupadas. El fin de semana, la viceministra de Promoción, Vigilancia Epidemiológica y Medicina Tradicional, María Renee Castro, explicó en el programa Siempre en Domingo de radio Panamericana que la responsabilidad de los gobiernos subnacionales recae en la información y las campañas de vacunación para evitar lo que se está viviendo, ya que la mayoría de las personas en terapia intensiva no cuenta con ninguna vacuna. El Gobierno garantizó las vacunas, y los gobiernos subnacionales sólo deben usarlas.
ocupadas por pacientes críticos que necesitan la asistencia de un ventilador”, informó en Cadena A. En Cochabamba, la secretaria de Salud Daysi Rocabado informó ayer que el 90% de los pacientes internados en unidades de terapia intensiva (UTI) de los hospitales del Norte, del Sur y el Viedma no recibieron la inmunización contra el coronavirus. “Tenemos en el Hospital del Norte tres pacientes, lamentablemente la evolución de los mismos es desfavorable, en el Hospital del Sur cuatro pacientes, uno con evolución crítica, uno con situación estacionaria y dos con evolución favorable. En el hospital Viedma nos reportan cuatro pacientes, los mismos que tendrían una evolución favorable, tres de ellos, y uno en situación crítica”, detalló Rocabado.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Educación La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, participó ayer en el lanzamiento del programa de televisión ‘1.000 Días’, que compartirá experiencias de cuidado parental para niñas y niños. Se emitirá en todo el país por Bolivia TV los sábados a las 15.00.
La autoridad destacó la importancia del trabajo coordinado entre todas las instituciones para mejorar la calidad de vida de la población a partir de los espacios televisivos. “Nuestros niños son nuestro presente y nuestro futuro, estamos trabajando para ellos, para darles mejores oportunidades, siempre será nuestro compromiso, lo vamos a hacer y qué lindo que podamos trabajar de manera coordinada”, sostuvo durante su intervención.
Lanzan programa ‘1.000 Días’ para el cuidado de la primera infancia El trabajo destaca la importancia de ese periodo inicial de la vida para el pleno desarrollo físico, psicológico y emocional de las personas. 1.000 Días está dirigido a madres, padres y cuidadores de niños y niñas hasta los tres años. Los programas destacan la importancia de la primera infancia para el pleno desarrollo físico, psicológico y emocional de las personas. Los contenidos son entretenidos y rescatan las vivencias cotidianas de las familias bolivianas respecto a la crianza de sus hijos, y promueven el cuidado cariñoso y sensible. La gerente general de Bolivia TV, Rocío Molina, indicó que el canal estatal comenzó su labor educativa al transmitir los programas de Educa Bolivia, y ahora se tendrá un espacio dedicado a los padres. “Como papás somos un pilar fundamental para educarlos, para quererlos, pero sobre todo para estimularlos y de eso se trata este programa”, explicó Molina. La viceministra de Igualdad de Oportunidades, Miriam Huacani, indicó: “Éste es el fruto del trabajo que se realiza en esa alianza estratégica entre viceministerios,
El acto contó con la presencia de la Viceministra de Igualdad de Oportunidades, la directora de Niñez y Tercera Edad, la Viceministra de Comunicación y el representante de Unicef en Bolivia.
entre direcciones, entre equipos técnicos”. El representante de Unicef Rafael Ramírez resaltó el trabajo de todas las entidades para concretar el proyecto en beneficio de los padres y niños. “Todo lo que sea cambios positivos, ideas innovadoras, formas de llegar a la población, formas de mejorar la crian-
za, el desarrollo de nuestros niños, pues, siempre estará Unicef ahí para apoyar”, dijo. Los mil primeros días de vida de un niño (desde su concepción hasta los tres años) abren un amplio abanico de oportunidades. Durante este periodo, el cerebro del niño puede crear hasta mil conexiones neuronales por segundo
(un ritmo que nunca se vuelve a alcanzar el resto de la vida). Durante este periodo de la vida, el cerebro crece con asombrosa rapidez. Las bases que se establecen en esta etapa determinan y afectan profundamente el desarrollo cognitivo, social y emocional del niño, influyendo en su capacidad para aprender.
LAS FIESTAS DE GRADUACIÓN SERÁN NORMADAS POR MUNICIPIOS
// FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
LOS NIÑOS son fundamentales para el Gobierno, por lo cual se hacen proyectos en su favor.
A PARTIR DE EXPERIENCIAS NACIONALES
// FOTO: GONZALO JALLASI
• Redacción Central
Educación ratifica que los viajes de promoción están prohibidos • Redacción Central
El ministro de Educación, Édgar Pary, ratificó ayer que los viajes de promoción están prohibidos por normativa. Dijo que las fiestas de graduación deben ser reguladas por los gobiernos municipales.
El ministro de Educación, Édgar Pary.
“Los gobiernos municipales deben tomar en cuenta la organización de las fiestas de graduación, ellos juegan un rol importante, son los encargados de controlar el comportamiento de la epidemia en cada uno de los contextos”, señaló la autoridad. Pary asegura que desde el Ministerio de Educación no se aconseja la celebración de fiestas de graduación, ni eventos masivos de esa índole.
“El artículo 52 de la Resolución 001/2021 establece que en el Subsistema de Educación Regular los viajes de promoción están prohibidos durante el calendario escolar”, agregó. La Alcaldía paceña anunció que se darán autorizaciones a los locales para las fiestas de graduación, pero con la condición de que el 100% de los bachilleres esté vacunado contra el Covid-19. Advirtió que los infractores serán sancionados.
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Salud // FOTO: GONZALO JALLASI
SEGÚN EL MINISTRO DE SALUD
Caja Petrolera alberga a clanes familiares La autoridad anuncia sanciones contra las personas que permitieron actos ilegales en la institución.
El director general de Políticas de Previsión Social, Miguel Albarracín.
ANUNCIO DEL MINISTERIO DE TRABAJO
Los funcionarios públicos evaluarán las cajas de salud • Redacción Central
El director general de Políticas de Previsión Social, Miguel Albarracín, informó ayer que el Ministerio de Trabajo puso a disposición un formulario para que todos los servidores públicos afiliados a las cajas de Seguridad Social de Corto Plazo emitan su criterio respecto del servicio que reciben. “Los servidores públicos que están afiliados a un ente gestor de salud tienen derecho a dar su opinión sobre el servicio que reciben. Es por eso que se emitió un formulario digital para que todas y todos los servidores que están afiliados a la Caja Nacional de Salud y otras cajas puedan llenar el formulario”, dijo. Aseguró que se garantizará la confidencialidad de las opiniones y de las respuestas y que sólo se harán conocer cantidades, montos y porcentajes. “El objetivo de esta valoración, de este llenado del formulario, es conocer cuál es el sentir, cuál es el criterio que tienen los afiliados y sus familiares sobre el servicio que reciben de los en-
Esto servirá para que las entidades del seguro social puedan tener la apreciación de los pacientes que son atendidos”.
El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, denunció ayer que en la Caja Petrolera de Salud (CPS) hay clanes familiares y cobros ilegales de salarios sin haber asistido a sus fuentes de trabajo, como es el caso de Óscar Castedo y Rómulo Calvo, presidente del Comité Cívico pro Santa Cruz. Anunció que se investigará y sancionará a las personas que permitieron estos hechos irregulares. La autoridad dijo que después de una indagación del juez sumariante de la CPS, se determinaron sanciones para estos casos. Expresó su indignación porque los médicos Calvo y Castedo cobraron sus salarios sin trabajar y pidió a las instancias correspondientes que tomen las acciones necesarias del caso.
“Nosotros, desde el Ministerio de Salud, desde nuestra Unidad de Transparencia, vamos a garantizar que no se vulnere la utilización de los recursos de los asegurados, aunque sea una tuición que tenga que cumplir la Caja Petrolera (de Salud)”, expresó. Auza advirtió de que el Gobierno será implacable con aquellas personas que permiten que se den esas irregularidades, razón por la cual anunció que se hará una auditoría y proceso administrativo para dar con los culpables, quienes deberán asumir sus responsabilidades por incumplimiento de deberes. “Ya basta de creer que las cajas se constituyen en un feudo donde algunos personajes pueden hacer lo que les venga en gana, no es así”, dijo. Señaló que no es posible que una persona tenga la sinvergüenzura de decir que puede ganar Bs 24 mil y puede faltar o no asis-
tir a su trabajo porque supuestamente es dirigente de una organización. Recordó que el Ministerio de Trabajo emitió una resolución que establece que Rómulo Calvo no tiene la protección del fuero sindical. “No es posible que de enero a marzo de 2021 se hayan producido faltas que no fueron sancionadas y se hayan pagado salarios de forma ilegal, hay personas que han permitido estos pagos”, concluyó Auza.
24 MIL BOLIVIANOS cobra Calvo aunque no asiste a su fuente laboral. El cívico dice que tiene protección del fuero sindical.
// FOTO: MINISTERIO DE SALUD
• Redacción Central
Miguel Albarracín Director General de Políticas de Previsión Social tes gestores de salud”, agregó la autoridad. Las unidades de Recursos Humanos de los ministerios y entidades del nivel central, departamental, municipal y gobiernos autónomos indígenas deberán programar el llenado del formulario que se encuentra en la dirección electrónica: https://uticaie.mteps. gob.b o/ l i mea ieut ic /i nde x. php/316697?lang=es de la página del Ministerio de Trabajo. El formulario ya está disponible y estará vigente hasta el 3 de diciembre de 2021.
El Ministro de Salud en declaraciones ante los medios de comunicación.
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Culturas // FOTO: GOBERNACIÓN DE COCHABAMBA
CON INSTRUMENTOS AUTÓCTONOS
Escolares dan concierto gratis por Santa Cecilia El presidente Luis Arce saludó a los músicos del país y reconoció su gran aporte a la cultura. • Redacción Central
Los estudiantes con guitarras, sampoñas y bombos interpretaron varias canciones autóctonas y modernas, que fueron transmitidas por el canal TV Culturas. El docente comentó que muchos de sus estudiantes perdieron a sus padres hace dos años en los enfrentamientos de Senkata, por lo que la música y el arte sirven para elevar su autoestima y tam-
// FOTO: GONZALO JALLASI
En la Casa del Artista, en el patio principal del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, 76 estudiantes de la unidad educativa Virgen de Copacabana rindieron un homenaje a la Virgen de Santa Cecilia en su día.
Édgar Vizcarra, docente de la materia de Música de ese establecimiento ubicado en Senkata, El Alto, envió su fraterno saludo a todos los músicos del país. “Pese a las dificultades estamos aquí, es el corazón del artista, y quiero saludar a todos los músicos, muchas felicidades por este día a la mamita de Santa Cecilia”, dijo Vizcarra con emoción.
Con un repertorio variado, los estudiantes interpretan las canciones con emoción.
Los músicos de Cochabamba, reconocidos por la Gobernación.
bién para que salgan del encierro debido a la pandemia del Covid-19 en 2020. El presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Luis Arce, envió un saludo a todos los músicos del país. “En el Día del Músico, hacemos llegar un afectuoso saludo a nuestras y nuestros compositores e intérpretes que nos inspiran con su arte. Nuestra Revolución Cultural reconoce su gran aporte al país. ¡Muchas felicidades!”, escribió en su cuenta de Twitter @LuchoXBolivia. En el país se organizaron varios homenajes a la Virgen de Santa Cecilia, la patrona de los músicos. Los artistas también recibieron reconocimientos. Ayer se conmemoró un año de la restitución del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización cerrado en 2020 en el gobierno de facto.
76 ESTUDIANTES de la unidad educativa Virgen de Copacabana interpretaron varias canciones.
// FOTO: GONZALO JALLASI
CON PRECIOS DEL PRODUCTOR AL CONSUMIDOR
Arranca la Feria de Artesanías en el Patio de Culturas del Ministerio • Redacción Central
El secretario general de la Confederación Sindical de Trabajadores Artesanos de Bolivia, Félix Flores, invitó a la población a pasar por la Feria de Artesanías que se desarrolla en el patio del Ministerio de Culturas.
La exposición de artesanías muestra los productos elaborados por bolivianos. La feria se presentará hasta el 25 de noviembre y los horarios de atención comenzarán a las o9.00 y cerrarán las 16.00. “Invitar a toda la población, a los hermanos de los ministerios a que nos puedan visitar, porque todos los productos son hechos por manos bolivianas. Agradecer a la Ministra de Culturas (Sabina Orellana) por
apoyarnos en la feria”, indicó. Comentó que este tipo de eventos ayudan a reactivar la economía del productor que fue duramente afectada durante la pandemia del Covid-19. También destacó que los precios son directamente del productor al consumidor. Agregó que se tiene previsto para los siguientes meses otras ferias en otros espacios como el Ministerio de Economía.
Variedad de productos en la feria, como las mermeladas.
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// FOTO: ABI
Regiones EN EL DEPARTAMENTO DE LA PAZ
Corocoro recibe sistema de agua subterránea El objetivo de la obra es asegurar la dotación de ese líquido para el agro y el consumo humano.
• Redacción Central
La comunidad Lacaya Chipanani del municipio de Corocoro, en el departamento de La Paz, fue beneficiada el fin de semana con un sistema de agua subterránea que demandó Bs 311.758 de inversión, a cargo del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras.
provisión e instalación de bomba sumergible, un tanque de almacenamiento, estructura metálica, provisión y tendido de red de impulsión, la construcción de sistema eléctrico, la provisión e instalación de generadores de electricidad y el correspondiente análisis del agua.
Oferta de alimentos orgánicos.
EN LA SEDE DE GOBIERNO
311.758 BOLIVIANOS de inversión demandó el desarrollo del proyecto del sistema de agua subterránea.
// FOTO: MDRYT
El viceministro de Desarrollo Rural y Agropecuario, Álvaro Mollinedo, informó que el objetivo de la implementación de esta infraestructura es asegurar la dotación de agua para la actividad agropecuaria y consumo humano
en áreas de mayor riesgo de sequía, a través de la perforación de pozos y así contribuir a la seguridad alimentaria. En su discurso, la autoridad denunció que en el gobierno de facto se paralizó la implementación de esta obra que hoy se entrega. “Los golpistas en este periodo han paralizado todo; con el FDI (Fondo de Desarrollo Indígena) han paralizado todo, con el Proyecto de Alianzas Rurales (PAR) han paralizado todo, con Pozos de igual manera”, manifestó. Emilio Maldonado, alcalde Corocoro, agradeció por la obra, dijo que beneficia a las familias de esta región paceña. El sistema de agua comprende la perforación de pozo profundo, caseta de control,
Estreno del pozo de agua en la comunidad Lacaya Chipanani.
Concluye con éxito feria de alimentos ecológicos • ABI
La población paceña asistió masivamente a la feria por el Día Nacional del Consumo de Alimentos Ecológicos. Se desarrolló el domingo en la Plaza Mayor de San Francisco con el propósito de promover la producción y el consumo de productos orgánicos. El coordinador nacional del Consejo Nacional de Producción Ecológica del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, Justiniano Quispe, indicó que esta iniciativa forma parte de las políticas de Estado que impulsan la producción y comercialización de productos orgánicos y agroecológicos, a través de la sensibilización, concientización y educación en el marco de las ventajas y bondades del consumo de alimentos naturales. Informó que a partir de la implementación de la Ley 923 se define cada 21 de noviembre como el Día Nacional del Consumo de Alimentos Ecológicos para el Vivir Bien. Manifestó que esta feria tiene la finalidad de generar un espacio de encuentro en-
A partir de la implementación de la Ley 923 se define cada 21 de noviembre como el Día Nacional del Consumo de Alimentos Ecológicos para el Vivir Bien”. Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras tre consumidores y productores, y mostrar la importancia del consumo de alimentos ecológicos, realzando las potencialidades curativas que contienen los productos con principios ecológicos, libres de agroquímicos. Las y los comerciantes se fueron satisfechos por la actividad. Lograron vender gran parte de su mercadería, en algunos casos el 100%. Además explicaron a los visitantes la importancia del consumo de alimentos saludables hechos en Bolivia.
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Tribuna La OEA: ¿para qué sirve? Iván Canelas Alurralde
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ace más de 50 años que Cuba soporta un bloqueo económico y comercial de los Estados Unidos que ha impedido que los ciudadanos cubanos tengan acceso libre a la importación legal de productos, inversión y todo lo necesario para vivir sin dificultades extremas. El bloqueo se constituye en la presión más inhumana, horrorosa y violatoria de los derechos humanos porque afecta de la manera más vil al ciudadano, hombres, mujeres, ancianos y niños que, como todo ser humano, necesitan alimentos, insumos médicos, petróleo, entre otros, para vivir bien, en condiciones dignas. Hace algunos años, los Estados Unidos asumió la misma política de bloqueo contra Venezuela, impidiendo que este país no sólo pueda importar productos de toda índole, sino exportar. A tal grado fue su actitud que congeló sus recursos económicos de la banca internacional. Los gobiernos estadounidenses a lo largo de estos años han prohibido a compañías de su país e incluso a la de sus aliados extranjeros comerciar con
Cuba y Venezuela, intentando ahogarlos económicamente, para desestabilizar su democracia. El bloqueo económico y comercial impuesto por el imperialismo, bajo amenaza de penalizaciones similares, llega al extremo de prohibir a otros países tomar la decisión de apoyar e incluso tener relaciones comerciales con ambas naciones. En el caso de Venezuela, desde 2014, Estados Unidos ha prohibido toda acción comercial con ese país, al extremo que, incluso en plena pandemia, evitó la llegada de jeringas para la vacunación de sus ciudadanos. El bloqueo económico y financiero se constituye en un atentado a la vida. En estas circunstancias ¿qué papel asumió la Organización de los Estados Americanos (OEA) para defender los intereses y derechos de ambos países y sus ciudadanos en todos estos años de injusticia?: Prácticamente ninguno, fue cómplice. Si bien en condiciones especiales se logró resoluciones que condenaban el bloqueo, nunca se asumió una acción real, drástica, que obligue a
los EEUU a acabar con esa injerencia, porque la OEA se ha convertido en un apéndice de los intereses imperialistas. Entonces, ¿para qué sirve la OEA? Nunca condenó con vehemencia y convicción los golpes de estado institucionales, congresales o militares en América Latina, como en Paraguay, Brasil, y éste último Bolivia, entre otros. A través del uruguayo Luis Almagro, el peor de los secretarios generales que tuvo este organismo internacional, la OEA asumió una política injerencista escandalosa sólo con los gobiernos de izquierda. En su momento contra Cuba, luego Venezuela, ahora Nicaragua, también con Bolivia, Ecuador cuando gobernaba Rafael Correa y Brasil cuando estaba Ignacio Lula da Silva. Los ejemplos sobran, por eso la decisión de Nicaragua de retirarse de la OEA es digna. ¿Para qué sirve un organismo de esta naturaleza que se creó con otros fines y objetivos, que solo critica a los gobiernos de izquierda, defiende los intereses coloniales e imperialistas y se ha convertido en un apéndice más de los Estados Unidos? (Iván Canelas Alurralde, es periodista)
Reconstruyendo las crisis Israel Adrián Quino Romero
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a crisis multidimensional: política, sanitaria, económica, educativa e institucionaldemocrática; generada por la comunidad de actores políticos y además heredada por el régimen de transición va, de a poco, superándose a pesar de la aparente pacificación no consolidada. La crisis sanitaria está siendo atendida de manera por demás ponderable por la gestión del presidente Arce Catacora; por ejemplo, con indicadores por demás ponderables; la tasa de letalidad de 6,2% en la primera ola pasó a uno de los niveles más bajos de toda la pandemia con 0,96% a noviembre de 2021, producto del proceso de inmunización (fortalecimiento de defensas) y la vigilancia epidemiológica activa. Ya más del 54.4% de la población adulta en Bolivia fue vacunada con las más de 7,9 millones de dosis, entre primeras, segundas, terceras y únicas dosis.
DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria EDITOR GENERAL Oscar Alarcón Ticona JEFE DE REDACCIÓN Clayton Benavides Arteaga
Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco
Sobre la crisis económica más que indicadores y porcentajes (que a veces confunden por la ingente cantidad de “números”) no dilucidan muchas veces nuestras dudas, pero podemos decir con certeza que ya hay “platita” en los bolsillos entonces, afirmar así, que los procesos de reactivación y reconstrucción económica están teniendo el efecto debido. Se están haciendo esfuerzos para resolver la crisis educativa. Volver a clases presenciales no es la solución plena, ni entregar textos educativos para el sistema regular público a punto de finalizar la gestión o tener a un ministro del área imputado por corrupción. Aún falta fortalecer ese proceso y de seguro tomará tiempo, pero ya se ve gestión pública al respecto. La crisis institucional-democrática fue originada de lleno por el régimen de transición, cuando teníamos en el país; un Legislativo que sancionaba leyes que el Ejecutivo no quería pro-
PERIODISTAS Economía. Franz Acarapi Sullca Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Luis Fernando Cruz, Romina Montoya Choque Seguridad. Roberto Medina Buezo Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín Corrección. José Maria Paredes Ruiz Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo
mulgar, o cuando el Ejecutivo pretendía subordinar al Judicial, o cuando el Electoral sin autorización legal del Legislativo pretendió postergar elecciones generales. Hoy esas dicotomías institucionales se ven superadas por la consolidación de la separación de órganos democráticos de poder como lo dispone nuestra Constitución. Como base fundamental del Estado se encuentra nuestro propio modelo. El Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. En esa concepción del Estado nación de naciones es viable referirnos a “los pueblos” cuya óptica está fundada en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico; pero en ningún caso en bifurcaciones de segmentación racial y confrontaciones regresivas. Eso sería inadmisible. (Israel Adrián Quino Romero es abogado y periodista)
COMERCIAL Responsable. Clotilde Echeverría Bautista Cel. 77773963 – Tel. 2902597 Int. 117 Ventas. Judith Fernández Paredes - Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz - Cel. 69491112 Mario Valdivia Maita - Cel. 70659720 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribucion. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Atención al cliente. Patricia Ramos Gutierrez - Cel. 76781082
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Editorial
La verdad frente a la extrema mala fe de la oposición política y mediática
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esde hace semanas y en estos días la oposición política y mediática ingresó a una asombrosa distorsión de los alcances de la Ley 1407 denominada Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025 Reconstruyendo la Economía para Vivir Bien, Hacia la Industrialización con Sustitución de Importaciones. Esta posición de pie de guerra ante todo lo que diga y haga el Gobierno obliga a precisar algunos conceptos y propósitos de la mencionada norma que, dicho sea de paso, se desprende del Plan General de Desarrollo del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme establece el Parágrafo I del artículo 15 de la Ley N° 777 de 21 de enero de 2016, del Sistema de Planificación Integral del Estado - SPIE. Desde la perspectiva de la planificación del desarrollo, se trata de un proyecto ambicioso considerando las dificultades del contexto internacional, ya que hay países que tienen problemas para superar la crisis económica y sanitaria. En ese sentido, el plan de desarrollo establece una proyección de crecimiento económico promedio del 5,1% hasta 2025. En términos generales es un objetivo alcanzable, sobre todo si se consideran los antecedentes de crecimiento sostenido experimentado en el periodo 2006 – octubre de 2019. Además están frescos los datos del último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE), en los que se afirma que al primer semestre del presente año el PIB registró un crecimiento de 9,36%, dato que muestra una clara recuperación de las actividades en los rubros de la producción, los servicios y el comercio.
En ese contexto, el plan de desarrollo estima que para esta gestión el PIB alcanzará un crecimiento del 5,3%; 4,6% en 2022, 5,1% en 2023, 4,9% en 2024 y 5,6% en 2025. Un informe especial que este diario publicó este domingo basado en fuentes oficiales indica que la Ley 1407 dará impulso al área industrial, como el farmacéutico, de vidrio, fertilizantes agrícolas (urea cloruro de potasio), entre las principales actividades productivas. También proyecta un favorable desempeño del sector agropecuario, la industria manufacturera en áreas no tradicionales y de recursos estratégicos con enfoque de industrialización, la construcción, la generación de energías limpias, química básica, entre varios rubros. En el ámbito de la política social establece varios objetivos para el próximo quinquenio, por ejemplo la reducción de la pobreza extrema del 13,7% al 5,3%, además de acortar la brecha de desigualdad del 0,45 a 0,42, retos que forman parte de las políticas públicas que el actual Gobierno implementa en el país bajo el marco del Modelo Económico Social Comunitario Productivo, y puesto en práctica desde 2006. Además, el ambicioso plan está constituido por diez ejes de desarrollo: la reconstrucción de la economía, la industrialización con sustitución de importaciones, la seguridad alimentaria, la industrialización de los recursos naturales, la educación, la salud, la reforma judicial, el medioambiente, las relaciones internacionales, la cultura y la descolonización, aspectos que involucran a todos los sectores económicos y sociales.
Desde la perspectiva de la planificación del desarrollo, se trata de un proyecto ambicioso considerando el contexto internacional.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Tribuna ENTRE BOLIVIANOS PARA DESINTEGRAR EL PAÍS
La desinformación encubre la violencia Manuel Pérez Colque
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na reflexión que puede ayudar a comprender la violencia de bolivianos contra bolivianos y quien lo financia se puede ver en Youtube (21 noviembre de 2021): “EEUU y la UE, en un desenfreno total dan el paso definitivo hacia la guerra contra Putin y su pueblo”: “Las elites financieras han creado un mundo a su medida, un mundo sin reglas para ellos, un mundo sin consecuencias donde todos están corruptos, pero siguen siendo los que dirigen este mundo a su medida. ¿No ha llegado la hora de que los pueblos hagamos la justicia que las togas al servicio de estas elites no hacen? ¿No ha llegado la hora de que los ciudadanos de a pie de la clase trabajadora, tomemos las riendas del planeta para hacerlo habitable, justo e igualitario? El espejo es un canal que intenta contribuir a destapar toda la falsedad y las mentiras con las que falsimedia tiene alineados a gran parte de la población. El ser humano es un ser libre con derecho a pensamiento propio, y este solo se puede reordenar conociendo la verdad que nos rodea, solo la verdad nos puede hacer libres”.
La exagerada violencia y el odio irracional de unos bolivianos contra otros bolivianos es evidente, no está dirigido por bolivianos ni por intereses bolivianos, porque nadie conscientemente aceptaría que sus hijos vivan en un ambiente donde todos los días no sepan si los volverán a ver, si volverán vivos a su domicilio o habrán muerto en atentados o enfrentamientos en cualquier momento o en cualquier lugar, como en Medio Oriente, África, etc. donde son divididos, enfrentados y destruidos por intereses de potencias imperiales de una alianza que, según la Red Voltaire de Francia, ya son 116 países entre los que está Chile. Los medios de comunicación, sus responsables y un ejército de opinadores y dramaturgos hacen un verdadero circo muy bien diseñado, dirigido y financiado por expertos extranjeros que ya nos dieron un golpe en el 2019 y ahora solo buscan alentar más odio entre bolivianos, a la raza maldita, etc. dividir a todos contra todos, fomentar ambiciones entre algunos masistas para descabezar al MAS eliminando civilmente a los líderes históricos. Este odio a muerte lo promueven con el pretexto de la libertad de expresión y lo que hacen es apología de delitos y crímenes, como la destrucción de la economía, la estabilidad y pronto matarán a un masista y al día siguiente a un derechista defensor
del saqueo imperial, hasta que nos rematen desintegrando Bolivia como lo hicieron con Yugoslavia, la Unión Soviética, etc. No es posible que algunos medios de comunicación oculten al pueblo impunemente las amenazas desde el exterior a la desintegración de la patria, incluso negando hechos como los de 2003 a 2008 y así entre muchas otras evidencias: El “PLAN ALPACA” de A. Pinochet en Chile, 2. Doc. chileno (2000) “NACIONES Y TERRITORIALIDAD EN LOS ANDES CENTRALES” afirma: “Las divisiones entre el altiplano y el oriente boliviano son dos mundos distintos. La recuperación de la “Nación Aymara” puede significar el fin de la república de Bolivia y apartar las tierras bajas de Santa Cruz, Tarija, Pando y el Beni… se levanta el concepto de República Federal o el secesionismo de la agónica república gobernada desde La Paz. Bolivia El mapa político de Sudamérica está por cambiar”, 3. Mark Falcoff, 08 de junio 2004, analisislatinocom ex asesor del Senado de EEUU (1986/88) y ex asesor del vicepresidente de EEUU Dick Cheney (2005/09), “Los últimos días de Bolivia”. “Las repúblicas por lo general no se suicidan, pero Bolivia puede ser una excepción. Podríamos ser testigos de la primera alteración significativa del mapa político de Sudamérica en más de cien años”.
¿Es importante la planificación ? Williams Valencia
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ucho se ha visto hablar y discutir sobre la importancia de la planificación económica y cuál debería ser el alcance de la misma; si esta planificación afecta o no las finanzas de las entidades e instituciones públicas y, sobre todo, si vulnera o no el ejercicio de la autonomía. En principio, al igual que una persona común diseña un plan de corto, mediano o largo plazo para conseguir un determinado objetivo, la planificación económica no es más que el instrumento por el cual el Estado, representado por sus diferentes niveles, define metas y resultados que busca obtener en un período concreto. Así también lo expresa la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, mencionando que la planificación económica es la forma por la cual el Estado articula las diversas perspectivas para la ciudadanía, concertando temas en común al interior del Gobierno para alcanzar en tiempo y forma los objetivos trazados; constituyéndose, de esta manera, en un modelo de gestión pública integral, puesto que armoniza el horizonte económico del país entre los distintos actores políticos, económicos y sociales. Esta planificación económica y social para nada se trata de un tema nuevo. Ya en la gestión 2016 se aprobó un plan de similar magnitud con la Ley Nº 786 y fue asumi-
da por todas las entidades e instituciones públicas sin reclamo alguno, y como se puede ver a la fecha, dicha planificación no “pulverizó” la autonomía de las entidades, tampoco afectó la libre elección de sus autoridades, ni mucho menos en la toma de decisiones o en la administración de sus recursos, sino al contrario, generó un horizonte en común para el desarrollo. De igual manera, la planificación de la economía tampoco se trata de un tema reciente en países de la región. Según el Observatorio Regional de Planificación para el Desarrollo de América y el Caribe dependiente de la Organización de Naciones Unidas, 32 de 33 países que componen América Latina y el Caribe cuentan con un instrumento vigente de planificación económica de mediano o largo plazo que, sin importar que se llame Plan Nacional de Desarrollo, Estrategia Nacional de Desarrollo, Plan de Gobierno o Visión de País, o si el gobierno de turno que lo propone es de izquierda o derecha, actualmente se vienen ejecutando diligentemente. Por tanto, si todos los países de la región vienen llevando a cabo exitosamente procesos de planificación del desarrollo, claramente es porque funciona y produce resultados positivos, y no como se pretende hacer ver que es un simple documento demagogo y poco útil. En definitiva, esta planificación económica del desarrollo, ahora concebida como Plan de Desarro-
llo Económico y Social 2021-2025, “Reconstruyendo la Economía para Vivir Bien, Hacia la Industrialización con Sustitución de Importaciones”, debe ser entendida como un trabajo conjunto que emana de las decisiones del pueblo boliviano, recogidas en las Cumbres Departamentales para la Reconstrucción Económica y Productiva y sistematizadas en diversos talleres presenciales y virtuales; y que, además, deben ser acompañadas por los Gobiernos Autónomos Departamentales, Municipales y Universidades Públicas, a través de sus planes sectoriales y territoriales de desarrollo, a objeto de trabajar todos bajo un mismo horizonte, de adoptar metodologías de revisión periódica de resultados, de trabajar bajo un enfoque estratégico de largo plazo, de instaurar dinámicas de mejora continua de indicadores, y sobre todo, de trabajar en el beneficio colectivo de las bolivianas y bolivianos. En suma, estar en contra del Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025, es estar en contra de políticas de lucha contra la pobreza, la desigualdad y mejores condiciones de vida, es estar en contra de políticas que garanticen la soberanía alimentaria y la provisión de servicios básicos y, sobre todo, es estar en contra de una estrategia de diversificación productiva e industrialización de nuestros recursos naturales con generación de empleo. (Williams Valencia es economista)
92, modificado por la Ley Nº 812 de fecha 30/06/2016.
iembre (11) de Dos Mil Veintiún Años (2021).
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MARTES / 23 / 11 / 2021
IMPUESTOS NACIONALES EDICTO R-0853-01 (Primera Publicación) La Gerencia Distrital La Paz II del Servicio de Impuestos Nacionales, en estricta aplicación del Artículo 86º del Código Tributario Ley Nº 2492 y sus modificaciones mediante Ley N° 812, NOTIFICA a los contribuyentes, dependientes y/o Herederos Universales que se detallan a continuación, para que por sí o mediante apoderado legal debidamente acreditado se apersonen a las oficinas de esta Gerencia, Departamento Jurídico y de Cobranza Coactiva, ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2121 casi Esq. Aspiazu, a objeto de proceder a la cancelación de la deuda tributaria contenida en el Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria, anunciando que se dará inicio a la ejecución tributaria al tercer día siguiente a partir de su legal notificación con la Segunda Publicación del presente Edicto. Nº
NOMBRE O RAZON SOCIAL
NIT/C.I.
DOCUMENTO A NOTIFICAR
IMPORTE Bs. (*)
1 ARAOZ SELVINO OSCAR FREDDY
973608
PIET Nº 332025000967
4.213
2 CLAUDIA ROXANA QUISPE HURTADO
5415490
PIET Nº 332125000063
1.408
3 DARIO HURTADO ALVARADO
937766
PIET Nº 332125000162
3.579
4 EDWIN LEU GUTIERREZ LOAYZA
3104084
PIET Nº 332025001302
5.035
5 GARECA CABERO WILLY
1790314
PIET Nº 332025000808
3.747
6 GARECA CABERO WILLY
1790314
PIET Nº 332025000809
3.558
7 GUTIERREZ QUISPE GENARO
2515007
PIET Nº 332025000650
3.727
HEREDEROS UNIVERSALES O 8 SUCESORES DE JOSE MONTAÑO MONTAÑO
2860185
PIET Nº 331925000255
1.750
UNIVERSALES O 9 HEREDEROS SUCESORES DE RENE PANOZO CASTEL
3020914
PIET Nº 331925001983
1.265
10 HUMBERTO JAVIER TELLERIA JIMENEZ
2708403
PIET Nº 332025000719
2.263
11 MARIO ALBERTO DURAN BLANCO
2644690
PIET Nº 332025000704
5.576
12 QUISPE HURTADO CLAUDIA ROXANA
5415490
PIET Nº 332025001175
2.640
13 RAUL RAPHAEL RENDON GEMIO
2488406
PIET Nº 331925001102
1.757
14 SALOMON ARNEZ CADIMA
3470419
PIET Nº 332025000659
4.085
15 SIMON TRUJILLO VILLANUEVA
2152955
PIET Nº 331925000869
3.105
DEMA JOSE LUIS VILLARROEL 16 TCNL. BALDERRAMA
3157505
PIET Nº 332025001334
7.746 6.330
17 WILLIAM BUSTILLOS HUANCA
3465746
PIET Nº 332125000292
18 ESTER ROBERTA GONZALES MUÑOZ
5064962
PIET Nº 331925002427
1.902
19 FUENTES ARROYO ALEJANDRO
2753471
PIET Nº 331925002425
2.555
HEREDEROS UNIVERSALES E/O 20 SUCESORES DE ROBERT CARLOS GIRONDAS CERBANTE
3334927
PIET Nº 331925001581
540
21 ROBERTO ESPINOZA LUIZAGA
3378479
PIET Nº 331925002380
2.148
22 VIDAL FLORES HIGUERAS
1822755
PIET Nº 331925002430
2.186
23 JULIO RENE CALVI LOZANO
3589302
PIET Nº 332125000331
3.774
24 SAUL CHAVEZ OROZCO
3871531
PIET Nº 332125000337
3.584
25 GARCIA BARAÑACO JUAN
188032
PIET Nº 331825000180
1.213
26 GARCIA BARAÑACO JUAN
188032
PIET Nº 331825000492
11.381
27 RAUL LLORENTI BARRIENTOS
1102716
PIET Nº 332125000618
1.814
28 RENE GUTIERREZ HUARACHI
2586997
PIET Nº 332025000615
4.217
UNIVERSALES DE 29 HEREDEROS RODOLFO CUTILI MOLINA
2440598
PIET Nº 332125000737
2.715
HEREDEROS UNIVERSALES O 30 SUCESORES DE FRANKLIN JAVIER LOETZ CARRANZA
2534549
PIET Nº 332125000738
1.825
3496944015 PIET Nº 332125000736
7.921
HEREDEROS UNIVERSALES O 31 SUCESORES DE FERNANDEZ SURCO ANDRES GUIDO UNIVERSALES DE 32 HEREDEROS PONCIANO LEON LEON
3109272
PIET Nº 332125000776
UNIVERSALES DE 33 HEREDEROS VLADIMIR SORIA VALLEJOS
2.627
2775670
PIET Nº 332125000739
2.714
34 RUBEN CESAR CATARI ALARCON
4304378
PIET Nº 332125000743
2.379
35 HUGO SEGUNDO CUIZARA MAMANI
669334
PIET Nº 332125001333
3.279
HEREDEROS UNIVERSALES O 36 SUCESORES DE ANA MARIA PACHECO DURAN
2449133
PIET Nº 331925003599
4.331
37 WILSON YAPURA MOYA
3145702
PIET Nº 332025000706
3.381
38 MATEO GALINDO CARBALLO
2907167
PIET Nº 332125000844
3.650
39 MATEO GALINDO CARBALLO
2907167
PIET Nº 332125000843
3.781
40 CANAZA GARCIA RENE
4162113
PIET Nº 332125001328
3.448
El presente AVISO es librado en la ciudad de La Paz, a los veintitres (23) días del mes de noviembre (11) de Dos Mil Veintiún Años (2021).
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Orbe SEGUNDO INFORME DEL CONSEJO ELECTORAL DE VENEZUELA
El chavismo arrasa y consigue 205 de 335 alcaldías, faltan 13 por decidir El CNE confirma que el oficialismo ha ganado 18 de las 23 gobernaciones, mientras siguen sin definirse los resultados en los estados Apure y Barinas. // FOTO: ARCHIVO
• RT
Los resultados del segundo boletín del Consejo Nacional Electoral de Venezuela confirman que el chavismo arrasó en al menos 205 alcaldías de las 335 en disputa, aunque aún restan 13 municipios por definir.
El pueblo venezolano decide por un país sin injerencia extranjera.
Entretanto, 59 de las alcaldías se adjudicaron a la oposición agrupada en la llamada Mesa de la Unidad Democrática (MUD), 37 quedaron para la Alianza Democrática y 21 a otros partidos del antichavismo, detalló el presidente del CNE, Pedro Calzadilla. En declaraciones televisadas, Calzadilla detalló
además que ya han sido adjudicadas 21 gobernaciones a los candidatos ganadores, mientras todavía se espera el escrutinio final para determinar quién se quedará al frente de los estados Apure y Barinas. En cuanto a las gobernaciones, 18 fueron adjudicadas a los partidos del chavismo que integran el Gran Polo Patriótico, dos al sector de la oposición aglomerada en llamada Mesa de la Unidad Democrática (MUD), y la última al partido opositor Fuerza Vecinal.
En el caso de Barinas y Apure, el CNE espera contabilizar el 0,8 % de los votos que quedan para escrutar, ya que los resultados son muy reñidos. En Caracas, la alcaldía de la capital venezolana, ha sido adjudicada a la representante del chavismo, Carmen Meléndez. Otro dato relevante es que el chavismo ha ganado 21 de las 24 alcaldías capitalinas del país. El presidente del CNE destacó que los resultados de este segundo boletín de las Elecciones Regionales y Municipales del 2021, que contaron con una participación de 42,26 % (más de 8 millones de personas), se han dado con el 99,20 % de transmisión de las actas. Para estas elecciones estaban convocados más de 21 millones de votantes que debían elegir 3.082 cargos públicos distribuidos en 23 gobernaciones, 335 alcaldías y curules para los Consejos Legislativos Estadales y las cámaras municipales.
// FOTO: VTV
DENUNCIA DEL CANCILLER DE ESE PAÍS, FÉLIX PLASENCIA
Caracas rechaza la injerencia de EEUU en sus elecciones • Telesur
El ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Félix Plasencia, rechaza las acciones injerencistas del Gobierno de Estados Unidos, que trata de deslegitimar los comicios regionales del domingo en el país sudamericano. “El Gobierno de Venezuela rechaza el pronunciamiento injerencista del Gobierno de EEUU, que en su práctica sistemática de desconocer procesos electorales de países soberanos intenta, sin éxito, desacreditar las pasadas elecciones del 21 de noviembre de 2021 en Venezuela”, indicó el Canciller. A través de un comunicado oficial, el ministro venezolano
recordó que las organizaciones políticas contaron con todas las garantías durante los comicios, los cuales también contaron con la presencia de observadores internacionales. “EEUU cuestiona unas elecciones que contaron con el acompañamiento de más de 300 veedores internacionales, la participación de 87 fuerzas políticas distintas, y la participación de más de 67.000 candidatos de la oposición”, detalló Plasencia. Las declaraciones del canciller Plasencia llegan después de que el secretario de Estado de EEUU, Antony Blinken, indicara que los comicios regionales en Venezuela fueron
“viciados”, pese a que las oposiciones participaron y los veedores internacionales ponderaran el sistema electoral del país suramericano. A su turno, el presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela, Jorge Rodríguez, ponderó este lunes la participación pacífica de la población en la jornada de los comicios regionales, donde el Gran Polo Patriótico obtuvo 18 de las 23 gobernaciones en disputa. “El mensaje que el pueblo envió al mundo es de profunda convicción pacífica, democrática y constitucional. Dentro de la Constitución todo, fuera de ella nada”, indicó el parlamentario.
El ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Félix Plasencia.
42,26
POR CIENTO DE LA población venezolana habilitada para votar acudió el domingo a las urnas.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
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// FOTO: @EMISCHNEIDERV
Orbe
Es la primera mujer trans en la historia de Chile que es elegida diputada.
DESPUÉS DE LAS ELECCIONES
Schneider es la primera diputada trans en Chile • Telesur
La dirigente estudiantil Emilia Schneider se convirtió en la primera mujer trans en la historia de Chile en ser electa diputada, luego de las elecciones que reconfiguran la composición del Congreso. Con el 99,94 por ciento de las mesas escrutadas, Emilia Schneider, quien milita en el Partido Comunes que integra la coalición Frente Amplio, obtuvo 26.130 votos y representará el Distrito 10 de Santiago de Chile. Emilia Schneider, quien declaró que este triunfo histórico es colectivo, precisó que ese logro se debe a “cada compañera que construyó organización trans y diversa, que permitió que much@s pudiésemos identificarnos”. En un mensaje alentador, la política chilena subrayó que “hoy estamos logrando ser parte de la toma de decisiones, para que much@s más puedan vivir sin miedo a ser quienes son” y dijo que se trabajará arduamente para que Chile y la democracia se transforme, desde una visión de pluralidad y “sin de-
jar a nadie atrás, a pesar de las adversidades”. Respecto a la situación política que vive Chile, en un contexto marcado por las recientes elecciones presidenciales, la diputada remarcó que “éste es un día de sentimientos encontrados. Por un lado, avanza el odio. Por otro, hay esperanza. Quiero agradecer todo su apoyo, y hoy asumo con humildad y mucho honor ser la primera diputada trans de Chile. Éste es un paso gracias a años de lucha feminista y disidente”, valoró. Por su parte, la agrupación chilena Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) reconoció la victoria de Schneider, al igual que celebró la de Marcela Riquelme Aliaga y Camila Musante Muller, las primeras mujeres abiertamente lesbo/ bisexuales en llegar al Congreso chileno. La vocera del Movilh, Daniela Andrade, consideró que “estas perseverantes y ejemplares mujeres han venido a decir a toda la escena políticaelectoral que la orientación sexual y la identidad de género ya no pueden ser objeto de censuras o descréditos para postular a cargos públicos”.
EDICTO La Paz, 22 de noviembre de 2021 VISTOS: La Comunicación Interna ATT-DFC-CI LP 781/2021 de 22 de noviembre de 2021 (COMUNICACIÓN INTERNA); el Informe Jurídico TT-DJ-INF-JUR LP 1625/2021 de 22 de noviembre de 2021 (INFORME JURÍDICO) la normativa vigente y aplicable y todo lo que ver convino y se tuvo presente; CONSIDERADO 1.Que el artículo 19 del Decreto Supremo Nº 0071, de 09 de abril de 2009 (DS 0071) especifica las atribuciones del Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, entre las que figuran; a) Ejercer la administración y representación legal de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes, y asumir la responsabilidad de sus actos legales y administrativos en el marco de la Ley Nº 1178, de 20 de julio de 1990 de Administración y Control Gubernamentales, y demás disposiciones legales vigentes; y f) Ordenar y realizar los actos necesarios para garantizar el cumplimiento de los fines relativos a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes; y g) Cumplir con las disposiciones internas de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones y Transportes. Que el inciso a) del artículo 1 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo (LEY N° 2341), define como parte de su objeto el establecer las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo. Que el artículo 19 de la Ley Nº 2341 establece que todas las actuaciones administrativas se realizarán los días y horas hábiles administrativos, asimismo dispone que, de oficio o a pedido de parte y siempre por motivos fundados, la autoridad administrativa competente podrá habilitar días y horas extraordinarias. Que el artículo 34 de la Ley N° 2341 señala que los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas de cada procedimiento especial o cuando lo aconsejen razones de interés público, además la publicación se realizará por una sola vez en un órgano de prensa de amplia circulación nacional o en su defecto cuando corresponda, en un medio de difusión local de la sede del órgano administrativo. Que los parágrafos I y II del artículo 14 del Reglamento Interno de Personal de la ATT aprobado mediante Resolución Administrativa Interna ATT-DJ-RAI LP 97/2016 de 22 de noviembre de 2016 (RIP) determinan que el horario ordinario de trabajo comprende ocho (8) horas diarias que, significa cuarenta (40) horas por semana a cumplirse de lunes a viernes. Asimismo, refiere que durante la jornada de trabajo las Servidoras y Servidores Públicos se encuentran a entera disposición y a dedicación exclusiva de la entidad y que el horario de trabajo es de horas 8:30 a 12:30 y de 14:30 a 18:30, y que excepcionalmente y por motivos debidamente justificados la MAE mediante Resolución Administrativa Interna, aprobará un horario diferenciado. CONSIDERANDO 2.Que mediante COMUNICACIÓN INTERNA el Técnico de Control de Espectro de la Dirección de Fiscalización y Control, ha manifestado que conjuntamente con la Dirección jurídica y Administrativa Financiera, llevará a cabo actividades de Control de emisiones no autorizadas mediante un operativo el día 23 de noviembre de la presente gestión en el horario comprendido entre horas 04:00 a.m. y 18:00, para lo cual, se requiere el respectivo permiso para el ingreso a nuestras instalaciones, así como el uso de todas las movilidades de nuestra institución al personal comisionado. Que el INFORME JURÍDICO concluyó que en atención a lo establecido en la COMUNICACIÓN INTERNA se justificó la habilitación de horas extraordinarias, por lo que corresponde la emisión de una Resolución Administrativa Interna que habilite horas extraordinarias a efectos de que se ejecuten las acciones necesarias para las actividades de control de emisiones no autorizadas requeridas por la Dirección de Fiscalización y Control de esta Autoridad el 23 de noviembre de 2021. POR TANTO: El Director Ejecutivo de la ATT, Abg. NÉSTOR RÍOS RIVERO, designado mediante Resolución Suprema Nº 27479 de 29 de marzo de 2021 emitida por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, en ejercicio de sus atribuciones conferidas por ley y demás normas vigentes;WW RESUELVE: PRIMERO.- HABILITAR los horarios extraordinarios para el día martes 23 de noviembre de 2021 de horas 04:00 a 18:00, de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo y demás normativa aplicable. SEGUNDO.- AUTORIZAR al personal comisionado el ingreso a instalaciones de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, así como el uso de todas las movilidades de nuestra institución en el horario extraordinario habilitado previamente señalado en el marco de la justificación señalada en la COMUNICACIÓN INTERNA. TERCERO.- INSTRUIR a la Dirección de Fiscalización y Control la publicación de la presente Resolución Administrativa Interna, en el sitio web de la ATT y en un periódico de circulación nacional, conforme a lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo. Regístrese, comuníquese y archívese. Dr. Néstor Ríos Rivero DIRECTOR EJECUTIVO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT
Dr. Roger René Romero Díaz DIRECTOR JURÍDICO Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT
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MARTES / 23 / 11 / 2021
Últimas Mujeres trabajadoras, ministras y viceministras participaron en el Encuentro de Mujeres Unidas por Nuestros Derechos. Se analizó la erradicación de la violencia, la despatriarcalización, los derechos sociales y económicos. La ministra de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, Sabina Orellana, resaltó que las mujeres dieron pasos importantes en este tiempo, como asumir cargos de autoridades nacionales y departamentales. “Pero aún falta trabajar para despatriarcalizar, desde la familia y la autonomía económica como mujeres seguiremos trabajando”, manifestó.
DESTACAN LOS PASOS MÁS IMPORTANTES
Mujeres bolivianas se reúnen y evalúan la despatriarcalización Las participantes abordaron temas sobre los derechos sexuales y reproductivos, la economía y las oportunidades laborales. En las mesas de trabajo se discutieron temas como la vulneración permanente de los derechos de las mujeres, producto de un sistema patriarcal, entre ellos los derechos sexuales y derechos reproductivos que afectan también a niñas y adolescentes. “Es tiempo de fortalecer la unidad de las mujeres trabajadoras y los mecanismos e insti-
tucionalidad de defensa, cumplimiento de los derechos de las mujeres en nuestro país como el Servicio Plurinacional de la Mujer y la Despatriarcalización Ana María Romero, para garantiza a las niñas, adolescentes y mujeres una sociedad más justa, equitativa y despatriarcalizada”, sentencia el comunicado oficial del encuentro. Las representantes indicaron que se establecieron seis ejes fundamentales en beneficio de las mujeres que serán socializados ante las ministras y el presidente Luis Arce.
EDICTO PARA: ULICES LEON LEON con CI Nº 0043496 EX. JESSICA PAOLA SARAVIA ATRISTAIN – DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DEL JUEGO – AJ, HACE SABER: en aplicación del numeral VI del Articulo 33 de la Ley No. 2341 de Procedimiento Administrativo, y el Articulo 27 del Decreto Supremo No. 2174 de 5 de noviembre de 2014, que dentro del proceso administrativo seguido contra Ulices Leon Leon, se han realizado los siguientes actuados que se transcriben a continuación: &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& NOTIFICACIÓN MÉDIANTE EDICTO ULICES LEON LEON CITE: AJ/DE/DNJ/DGJ/PROV/412/2021 PROVEIDO No. 12-00444-21 R-0031 La Paz, 16 de noviembre de 2021 En merito a la representación de fecha 10 de noviembre de 2021, efectuada por el servidor público de la Dirección Nacional Jurídica, Marcelo Victor Quispe Mamani, que refiere que: “se acudió de manera personal a domicilio del administrado registrado en el SEGIP, no pudiendo realizar la notificación por falta de precisión de la dirección y en el entendido que se desconocería el domicilio del administrado, en virtud de los antecedentes expuestos se sugiere proceder con la notificación por Edicto de los actos administrativos”. Por lo que, desconociéndose el domicilio del administrado ULICES LEON LEON con C.I. N° 0043496 EX., en estricta aplicación del numeral VI del Art. 33 de la Ley N° 2341 y el Articulo 27 del Decreto Supremo N° 2174 de 5 de noviembre de 2014, se dispone la notificación mediante EDICTO al Sr. ULICES LEON LEON con C.I. N° 0043496 EX., con el Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 0900026-21 de 10 de septiembre de 2021, por una sola vez en un órgano de prensa de amplia circulación nacional y sea conforme a Ley. Notifíquese y archívese. FIRMA Y SELLA: JESSICA PAOLA SARAVIA ATRISTAIN.------------------------------------------------------------------------DIRECTORA EJECUTIVA.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DEL JUEGO - AJ.-------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& CITE: AJ/DE/DNJ/DGJ/AAPA/26/2021 AUTO DE APERTURA DE PROCESO ADMINISTRATIVO N° 09-00026-21 R-0030 La Paz, 11 de agosto de 2021 VISTOS: El Informe de Intervención al Lugar de Juegos Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRCB/DF/INF/618/2021 de fecha 9 de agosto de 2021, Acta de Decomiso Preventivo – JLAS N° 000623, Formulario de Inventario Nº 000916, Acta de Clausura Temporal N° 000578, e Inventario de Bienes, Muebles y Enseres N° 000428 todos de fecha 4 de agosto de 2021, emitidos por la Autoridad de Fiscalización del Juego. CONSIDERANDO I: Que, la Disposición Adicional Única de la Ley N° 717 de 13 de julio de 2015, de Modificaciones e Incorporaciones a la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar, establece que a partir de la promulgación de la citada Ley, la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego se denominará Autoridad de Fiscalización del Juego - AJ. Que, el Artículo 23 de la Ley Nº 060 establece que el Director Ejecutivo es la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, ejercerá la representación institucional; asimismo, dicha autoridad será designada mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Que, en virtud a la normativa anteriormente enunciada, mediante Resolución Suprema N° 27236 de 28 de noviembre de 2020, se designó a la Dra. Jessica Paola Saravia Atristaín, como Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego – AJ. Que, el parágrafo I del Artículo 27 de la Ley N° 060 de 25 de noviembre de 2010, concordante con el Artículo 5 del Anexo del Decreto Supremo N° 0781 de 2 de febrero de 2011 y Artículo 1 de la Resolución Regulatoria N° 01-00001-13 de 5 de abril de 2013, establecen que las actividades de juegos de lotería y de azar reguladas por la presente Ley, serán objeto de licencia o autorización por la Autoridad de Fiscalización del Juego. Que, el artículo 36 parágrafo I, Capitulo II, Título IV del Decreto Supremo N° 2174 de fecha 5 de noviembre de 2014, señala “La AJ cuando tenga conocimiento directo o por denuncia de la comisión de las infracciones administrativas establecidas en el Artículo 28 de la Ley N° 060, sus reglamentos y las Resoluciones Regulatorias emitidas por la AJ, con base en las pruebas de cargo respaldadas con un acta o informe, dictará el auto de apertura de proceso administrativo contra los presuntos responsables.” Que, el numeral 2 del Parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060 establece el comiso definitivo y multa de 5.000 UFV’s por cada máquina de juego o medio de juego por: inc. a) La instalación de máquinas o de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de máquinas u otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional o extranjero, y c) Desarrollar actividades de juego de lotería o de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego; normas concordantes con los Artículos 9° (Instalación de máquinas o medios de juego no autorizados) 10° (Utilización de máquinas o medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional o extranjero) y 11° (Desarrollo de actividades de juego lotería, de azar y sorteos sin licencia de operaciones) de la Resolución Regulatoria Nº 01-00008-15. CONSIDERANDO II: Que, por Informe de Intervención al Lugar de Juego Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRCB/DF/INF/618/2021 de fecha 9 de agosto de 2021, se tiene que por instrucciones emitidas por la Dirección Regional Cochabamba de la Autoridad de Fiscalización del Juego, en fecha 4 de agosto de 2021, a horas 15:30, aproximadamente; Servidores Públicos de la Autoridad de Fiscalización Del Juego se constituyeron en el lugar de Juego Ilegal sin denominación, ubicado en la calle Fray Manuel Mingo N° 603 de la ciudad de Tarija, a efectos de corroborar la denuncia recibida vía telefónica en fecha 4 de agosto de 2021, que alertaba sobre el funcionamiento de un lugar de Juegos Ilegal. Estando en el lugar, los funcionarios realizaron el seguimiento respectivo, evidenciando que existía movimiento propio de una casa de juego ilegal, constatando además que los jugadores llegaban a la casa, tocaban la puerta para que alguien les abriera y finalmente poder pasar. Es así que aprovechando el ingreso de una persona de sexo femenino, se apersonaron al ingreso del domicilio y se identificaron como Servidores de la Autoridad de Fiscalización del Juego solicitando ingresar para realizar un control, conforme las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley N° 060. Una vez adentro se evidenció la existencia de una sala de juegos ilegal donde funcionaban seis (6) máquinas de juego, de las cuales cinco (5) se encontraban encendidas y una (1) apagada. Se solicitó la identificación del responsable o propietario del lugar de juego ilegal, razón por la que el señor Ulices León León con cédula de identidad N° 0043496 Ex., se identificó como responsable del lugar. Que, es pertinente mencionar que se verificó en el interior del domicilio un (1) medidor de luz del inmueble donde funcionaba el lugar de juegos ilegal, cuyo número de medidor es el 3824924. Que, las infracciones señaladas precedentemente fueron descritas en el Acta de Decomiso Preventivo – JLAS N° 000623, Formulario de
Inventario Nº 000916, Acta de Clausura Temporal N° 000578, e Inventario de Bienes, Muebles y Enseres N° 000428, labrados el día de la intervención, 4 de agosto de 2021; documentos que fueron entregados al Sr. Ulices León León con cédula de identidad N° 0043496 Ex., quien además suscribe en los mismos como responsable del lugar de juego ilegal. Que, los funcionarios actuantes informan que se realizó la Clausura Temporal del lugar, conforme las medidas preventivas dispuestas en la Ley N° 060 y Decreto Supremo N° 2174, debido a que el lugar no se encontraba habitado y estaba destinado exclusivamente para la explotación de juegos de azar, asimismo informan que, ante la existencia de bienes muebles en el lugar del juego ilegal sin denominación, se labró formulario de Inventario de Bienes Muebles y Enseres, nombrándose depositario al Sr. Ulices León León, quien firma en constancia. Que, por los antecedentes referidos en el Informe de Intervención al Lugar de Juego Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRCB/DF/ INF/618/2021 de fecha 9 de agosto de 2021, se tiene que en el inmueble ubicado en la calle Fray Manuel Mingo N° 603 de la ciudad de Tarija, operaba un establecimiento de juego ilegal, cuyo responsable (encargado) se identifica como el Sr. Ulices León León con Cédula de Identidad N° 0043496 Ex., según el siguiente detalle: SALA
UBICACIÓN
MÁQUINA O MEDIO DE JUEGO
CIUDAD
Sin Denominación
calle Fray Manuel Mingo N° 603
6
Tarija
Que, de acuerdo al Informe de Intervención al lugar de Juegos Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRCB/DF/INF/618/2021 de fecha 9 de agosto de 2021, se constata la presunta comisión de las infracciones identificadas en los incisos a), b) y c) del numeral 2 Parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060, concordante con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15, respectivamente, por el uso y funcionamiento de juegos de azar sin licencia, evidenciándose la comisión de las siguientes infracciones: - Instalación de máquinas o cualquier otro medio de juego sin autorización de la AJ. - Utilización de máquinas u otros medios de juego que se activen con dinero de curso legal nacional o extranjero - Desarrollo de actividades de juego de lotería o azar sin licencia de la AJ. Que, se procedió al Decomiso Preventivo de seis (6) máquinas de juego: cinco (5) máquinas billeteras y una (1) máquina de juego monedera, cuya multa por infracción equivale al monto de: UFV´s 5.000 (Cinco Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por cada máquina o medio de juego, de acuerdo al siguiente detalle: CANTIDAD DE MÁQUINAS O MEDIOS DE JUEGO
MULTA POR MÁQUINA o MEDIO DE JUEGO
TOTAL VALOR EN UFV´s
6
5.000,00 UFV´s
30.000,00 UFV´s
POR TANTO: Con la facultad establecida en el Artículo 36 parágrafo I, Capitulo II, Título IV del Decreto Supremo N° 2174 de fecha 5 de noviembre de 2014, que reglamenta el Procedimiento Sancionador y la Ley N° 060, la Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego, emite el presente Auto de Apertura de Proceso Administrativo. Disponiendo el inicio del proceso administrativo sancionador contra el Sr. Ulices León León con cédula de identidad N° 0043496 Ex., por la presunta infracción de los incisos a) La instalación de máquinas o de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de máquinas u otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional o extranjero, y c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, conforme dispone el numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060, concordante con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15, por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, mediante la utilización de seis (6) máquinas de juego; en consecuencia, se hace pasibles a la sanción de UFV´s 30.000 (Treinta Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). De acuerdo a lo establecido en el Artículo 37 parágrafo I del Decreto Supremo N° 2174 se abre el plazo de diez (10) días hábiles administrativos desde su notificación con el presente Auto, para que la parte presuntamente infractora presente todas las pruebas y alegaciones de descargo en las oficinas de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego en la ciudad de La Paz, y/o Dirección Regional Cochabamba o Dirección Regional Santa Cruz y/o solicite la liquidación y empoce de la multa de la presunta infracción tipificada y sancionada en la Ley Nº 060 y Resolución Regulatoria Nº 01-00008-15 a la Cuenta N° 10000019494305 CTA CTE M/N Fiscal del Banco Unión S.A., a nombre de la Autoridad de Fiscalización del Juego, en cuyo caso tiene la obligación de presentar a la AJ copia del comprobante de depósito. De conformidad con el Art. 33, parágrafo III del Capítulo IV de la Ley Nro. 2341, se dispone que el administrado debe señalar domicilio para su respectiva notificación dentro de la jurisdicción municipal de la sede de funciones de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego (La Paz) y/o Dirección Regional Cochabamba y/o Dirección Regional Santa Cruz o alternativamente, conforme señala el Artículo 30 del Decreto Supremo N° 2174 podrán comunicar para la notificación del acto administrativo un número Fax o Correo Electrónico, caso contrario se tendrá como domicilio para notificaciones de mero trámite posteriores la Secretaria de la Autoridad de Fiscalización del Juego. Asimismo, de conformidad a los incisos a) y d) del Artículo 35, Capítulo II del Decreto Supremo N° 2174, se ratifica la adopción de las medidas preventivas de clausura temporal del inmueble ubicado en la calle Fray Manuel Mingo N° 603 de la ciudad de Tarija y el decomiso preventivo de seis (6) máquinas de juego, mismas que se encuentran determinada en el Acta de Decomiso Preventivo – JLAS N° 000623, Formulario de Inventario Nº 000916, y Acta de Clausura Temporal N° 000578, todos de fecha 4 de agosto de 2021. Finalmente, de conformidad con lo establecido por el inciso l) del Artículo 26 de la Ley N° 060 incorporado por el parágrafo II del Artículo 3, de la Ley N° 717 de 13 de julio de 2015, se dispone la retención de fondos de las cuentas corrientes, caja de ahorro y depósitos del Sr. . Ulices León León con cédula de identidad N° 0043496 Ex., en la suma de UFV’s 30.000 (Treinta Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). Regístrese, notifíquese y archívese. FIRMA Y SELLA: JESSICA PAOLA SARAVIA ATRISTAIN.------------------------------------------------------------------------DIRECTORA EJECUTIVA.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DEL JUEGO - AJ.-------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ES CUANTO SE HACE CONOCER MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO AL ADMINISTRADO ULICES LEON LEON con CI Nº 0043496 EX. PARA LOS FINES DE LEY. La Paz, 17 de noviembre de 2021
// FOTO: JORGE MAMANI
• Redacción Central
La reunión de mujeres que tocó el tema de los derechos.
INVITACIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento para el ejercicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República, actual Contraloría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 23215, se invita a:
INFORME DE AUDITORÍA GO/EP22/M18 R1 GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE ORURO
• EMPRESA UNIPERSONAL CONSTRUCTORA “E.C.C.” Representado por Mario Julio Alvar Oquendo Barja, en la persona de sus herederos. Apersonarse a la Contraloría General del Estado, Gerencia Departamental de Oruro, a sus oficinas ubicadas en la calle 6 de Octubre N° 6259 Murguía y Sucre, a objeto de recabar y notificarse con una copia del Informe Preliminar de Auditoría N° GO/EP22/M18 R1, del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro. Se dispone un término de cinco (5) días hábiles para recoger el Informe, plazo que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación. Oruro, 23 de noviembre de 2021
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MARTES / 23 / 11 / 2021
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// FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Últimas
El afiche del encuentro internacional.
EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL
Encuentro Internacional educativo inicia en Sucre México, Perú, Ecuador, Uruguay y Colombia estarán presentes en Chuquisaca hasta el 25 de noviembre.
• Redacción Central
Especialistas de México, Perú, Ecuador, Uruguay y Colombia participarán en el XI Encuentro Internacional de Educación Alternativa y Especial. El evento busca generar políticas educativas desde el subsistema de educación alternativa y especial, que respondan a las nuevas exigencias socioculturales y económicas para este ámbito. El encuentro, que se desarrollará desde hoy en la Villa Bolivariana de Sucre, será inaugurado por el ministro de Educación, Édgar Pary. En las plenarias participarán César Picón Espinoza, experto en Educación de Personas Jóvenes y Adultas (EPJA) del Perú; Miriam Gallejos Navas, especialista en educación especial, de Ecuador; Sara Elena Mendoza Ortega, experta en educación alternativa, de México; Fernando Vargas, especialista en formación técnica y tecnología de Uruguay; y Álvaro Hernán Galvis Panqueva, profesor titular
de la Universidad de los Andes, Bogotá–Colombia, quien abordará los desafíos de la educación a distancia. Después de las exposiciones se generarán siete comisiones de trabajo: 1 Educación humanística, alfabetización y posalfabetización para mayores de 15 año; 2 Educación técnica, tecnológica, productiva y la certificación de competencias desde las necesidades y expectativas vinculadas a las vocaciones; 3 Educación desescolarizada, política y movilizadora con organizaciones sociales; 4 Educación a distancia para bolivianas y bolivianos que radican en el exterior; 5 Metodologías y procedimientos innovadores en el desarrollo de procesos educativos para personas con discapacidad; 6 Procesos educativos innovadores para estudiantes con dificultades en el aprendizaje en educación primaria comunitaria vocacional, y 7 Estrategias y procedimientos de atención educativa a estudiantes con talento extraordinario. Del debate en estas mesas de trabajo se pretende
analizar, recuperar y valorar las experiencias educativas innovadoras desarrolladas por los actores educativos del subsistema de educación alternativa y especial. También se impulsará la generación de una agenda de educación alternativa y especial 2022-2025, con énfasis en los indicadores de acceso, permanencia, conclusión y calidad educativa.
RESOLUCIÓN AETN Nº 692/2021 TRAMITE N° 2021-45525-33-0-0-0-DPT CIAE N° 0030-0010-0003-0003 0030-0010-0003-0004 0030-0010-0003-0005 0030-0010-0003-0006 La Paz, 18 de noviembre de 2021
TRÁMITE: Estudio Tarifario de la empresa Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA) correspondiente al periodo noviembre 2021 – octubre 2025.
7 COMISIONES de trabajo buscarán generar políticas educativas desde el subsistema de educación alternativa y especial.
SÍNTESIS RESOLUTIVA: Aprobar para la empresa Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA) las Tarifas Base resultantes del Modelo Tarifario y sus fórmulas de indexación, para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025; la Estructura Tarifaria Base a diciembre de 2020 para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025; la fórmula de actualización de la Estructura Tarifaria Base, para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025; y los factores de carga típicos, para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025. POR TANTO: El Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), conforme a la Resolución Suprema N° 27288 de 30 de noviembre de 2020, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por la Ley N° 1604 de Electricidad de 21 de diciembre de 1994, el Decreto Supremo N° 0071 de 09 de abril de 2009, modificado mediante Decreto Supremo N° 3892 de 1° de mayo de 2019 y demás disposiciones legales en vigencia; RESUELVE: PRIMERA.- Aprobar para la empresa Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA) las Tarifas Base resultantes del Modelo Tarifario y sus fórmulas de indexación, para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025, conforme al Anexo 1 de la presente Resolución. SEGUNDA.- Aprobar para la empresa Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA) la Estructura Tarifaria Base a diciembre de 2020 para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025, conforme al Anexo 2 de la presente Resolución. TERCERA.- Aprobar parala empresa Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA) la fórmula de actualización de la Estructura Tarifaria Base, para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025, conforme al Anexo 3 de la presente Resolución. CUARTA.- Aprobar parala empresa Servicios Eléctricos Potosí S.A. (SEPSA) los factores de carga típicos, para el periodo noviembre 2021 – octubre 2025, conforme al Anexo 4 de la presente Resolución. QUINTA.-Disponer que la Unidad de Gestión Estratégica (UGE) de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) publique la presente Resolución de acuerdo a lo establecido en el inciso d) del artículo 51 del Decreto Supremo N° 0071 de 09 de abril de 2009 modificado mediante Decreto Supremo N° 3892 de 1° de mayo de 2019, concordante con el inciso i) del artículo 12 de la Ley Nº 1604 de Electricidad de 21 de diciembre de 1994 y, en la página WEB de la AETN: www.aetn.gob.bo.
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MARTES / 23 / 11 / 2021
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Gráfica
La exposición Fiesta y Poder es tradición y cultura • Redacción Central
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// FOTOS: GONZALO JALLASI
iesta y Poder constituye un homenaje a todas las mujeres y hombres que a lo largo del tiempo contribuyeron con su fe, ritualidad, arte, identidad cultural y enorme creatividad a la festividad de la Santísima Trinidad del Señor Jesús del Gran Poder, generando un importante aporte simbólico, social, económico, cultural y político al Estado Plurinacional de Bolivia. En el Centro de la Revolución Cultural (CRC), dependiente de la Fundación Cultural del BCB (FC-BCB), se desarrolla la exposición. El ingreso es gratuito y se podrá disfrutar de la presentación de danzas.