EDICIÓN DIGITAL
PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2021 • AÑO 1 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • NRO. 235 • 56 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL
// FOTO: ELPAÍS
Boric se suma a cinco jóvenes mandatarios ‘millennials’
P.28-29
SUMAN HECHOS DE CORRUPCIÓN DE LA DERECHA CRUCEÑA
Costas desvió Bs 700 mil de la lucha anticovid para la campaña de su partido El Secretario de Justicia de la Gobernación de Santa Cruz reveló que el dinero destinado para la prevención contra la pandemia fue usado para pagar la propaganda del entonces candidato Roly Aguilera.
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// FOTO: GONZALO JALLASI
Arias exige cumplir las normas pero festeja sin medidas de bioseguridad
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RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY
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Más de 800 funcionarios de la Alcaldía cruceña no marcaron asistencia entre 2016 y 2018
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En 2019 Macri envía armas y en 2020 Fernández, vacunas
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MARTES / 21 / 12 / 2021
Nacional • Redacción Central
Rubén Costas presenta al candidato por los Demócratas a la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra.
TAHUICHIS El excandidato a la Alcaldía de Santa Cruz por los Demócratas Roly Aguilera desmintió la acusación y afirmó que la valla ubicada en el kilómetro 12 de la carretera al norte fue donada por ‘tahuicheros’ que lo quisieron apoyar. “A ocho meses después se les ocurre presentar esa denuncia, que se haga una investigación, (…) y tienen la osadía de decir que es publicidad fantasma, si su gestión es un fantasma, no pasaba
DENUNCIA DE LA GOBERNACIÓN DE SANTA CRUZ
Costas desvió dinero de la lucha contra el Covid-19 para la campaña de Aguilera El acusado lo niega, asegura que la valla fue una donación de los ‘tahuicheros’, y califica la gestión de Camacho de “fantasma” por ausencia de administración. nada; que trabajen, que para eso están”, manifestó. COSTAS TRAIDOR El senador de Creemos Erik Morón dijo que los cruceños se sienten traicionados por la administración de Rubén Costas porque se aprovechó de la crisis sanitaria por intereses políticos. “Una vez nos sentimos traicionados y también dolidos con la noticia de que los recursos que eran para la lucha contra el Covid-19 eran despilfarrados para uso de campaña electoral”, declaró al programa Detrás de la verdad. En ese contexto, adelantó que la brigada parlamentaria cruceña cursará las peticiones de informes escritos necesarios a la Gobernación cruceña para que presenten todos los contratos que se realizaron para la contratación de vallas y la campaña digital. “Como parlamentarios tenemos la obligación de hacer la fiscalización, vamos a realizar
las peticiones escritas que correspondan para que nos informen sobre estas vallas que debían ser usadas para la lucha contra el Covid-19, pero que están con fotos de un candidato para la elección subnacional”, precisó.
Lo más grave es que esos recursos pagados para la campaña política tenían que ser destinados para informar a la población sobre el Covid-19”. Efraín Suárez Secretario de Justicia de la Gobernación de Santa Cruz
// FOTO: CAPTURA-TV
En conferencia de prensa, el secretario de Justicia de la Gobernación cruceña, Efraín Suárez, develó que esos recursos estaban destinados a la instalación de vallas publicitarias de prevención contra la pandemia, pero fueron utilizados para campaña política, como se evidencia hasta ahora en el kilómetro 12 de la carretera al norte. “El año de 2021, la Gobernación pagó con recursos públicos publicidad digital y de calle para la campaña política del partido del exgobernador Rubén Costas. Lo más grave de esta situación es que esos recursos pagados para la campaña política tenían que ser destinados para informar a la población sobre el Covid-19”, sostuvo. Suárez explicó que entre los meses de febrero y marzo de 2021 se desembolsó un primer monto de Bs 200 mil para la campaña digital contra la pandemia, pero éste fue desviado para mejorar la imagen del candidato a la alcaldía por el partido de Rubén Costas. Además, se contrató el colocado de vallas por un monto superior a los Bs 500 mil. En ese contexto, el Secretario de Justicia de la administración de Luis Fernando Camacho adelantó que en el curso de los siguientes días se presentará al Ministerio Público la denuncia documentada.
// FOTO: ARCHIVO-EL DEBER
La Gobernación de Santa Cruz denunció ayer que el exgobernador de ese departamento por Demócratas Rubén Costas desvió Bs 700 mil de la partida de lucha contra la pandemia Covid-19 para la campaña electoral de Roly Aguilera, candidato al municipio de la capital cruceña.
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Nacional // FOTO: ARCHIVO
DESTACA EL AVANCE DE GOBIERNOS PROGRESISTAS
Alcón saluda voluntad democrática de pueblo chileno y triunfo de Boric • Redacción Central
La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, saludó ayer la voluntad democrática del pueblo chileno y el triunfo, en segunda vuelta, de Gabriel Boric Font con el 55,81% de los votos frente al derechista José Antonio Kast (44,15%). En breve contacto con los periodistas, destacó la participación voluntaria y pacífica de la población chilena para elegir a un presidente democráticamente, y que en su discurso ratificó su compromiso de llevar adelante la Asamblea Constituyente, atender las demandas sociales y trabajar por los derechos de los pueblos indígenas.
“Saludar que ha primado la democracia, el pueblo hermano chileno ha asistido a las urnas a emitir su voto de la forma democrática, como tiene que ser. Ahí ha vencido la esperanza al miedo y al temor que se ha ido generando en Chile”, sostuvo. La viceministra Alcón expresó su confianza en que el presidente electo de Chile gobernará para todos. Además señaló que con el triunfo de un candidato de izquierda en Chile avanza la instauración de gobiernos progresistas en la
55%
región, que trabajan con prioridad en favor de los sectores sociales más necesitados. “Hay varios gobiernos, (Alberto) Fernández (Argentina), (Pedro) Castillo (Perú), hoy Chile está virando a responder a la población, a las demandas sociales, a nuestros pueblos. Se está viendo también ese viraje hacia la izquierda en esta región”, precisó. En ese contexto, el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, destacó la victoria de Boric por decisión del pueblo.
DEL VOTO SOBERANO eligió el domingo a Gabriel Boric como nuevo presidente de la República de Chile. La Viceministra de Comunicación en conferencia de prensa.
La Paz, 20 de diciembre de 2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° UIF/065/2021 VISTOS: El Informe UIF/DAES/UAEC/159/2021 de 16 de diciembre de 2021, el Informe UIF/DGE/UJR/315/2021 de 20 de diciembre de 2021, así como todo cuanto convino ver y se tuvo presente. CONSIDERANDO:
S SS
Que el parágrafo I del Artículo 495 de la Ley N° 393 de 21 de agosto de 2013, establece que la Unidad de Investigaciones Financieras – UIF, es una entidad descentralizada, con autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica y que en su Disposición Final Primera señala que: “La Unidad de Investigaciones Financieras - UIF, creada mediante Ley N° 1768 de 10 de marzo de 1997, deberá transformarse en entidad pública descentralizada bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas”. Que, el parágrafo I y II del Artículo 498 de la Ley Nº 393 de 21 de agosto de 2013, establece que la Máxima Autoridad Ejecutiva de la UIF es la Directora o Director General Ejecutivo, que será designado mediante Resolución Suprema, el mismo que define los asuntos de competencia de la UIF a través de Resoluciones Administrativas. Que, el Decreto Supremo N° 1969 de 9 de abril de 2014 reglamenta la transformación de la Unidad de Investigaciones Financieras de órgano desconcentrado de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI a Entidad Publica Descentralizada bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas MEFP. Que, el Decreto Supremo N° 24771 de 31 de julio de 1997, en su Artículo 19 numeral 2 establece que es función del Director General Ejecutivo de la Unidad de Investigaciones Financieras - UIF, impartir órdenes e instrucciones a los funcionarios dependientes para el cumplimiento de los objetivos de la Unidad. Que, el parágrafo I del Artículo 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de 2002, señala que: “Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo.” Que, el Parágrafo II del mismo Artículo, señala que el delegante y el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias. Que, del mismo modo el parágrafo VI del citado artículo, menciona que la delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional. CONSIDERANDO: Que, el Informe UIF/DAES/UAEC/159/2021 de 16 de diciembre de 2021, emitido en la Dirección de Análisis Estratégico Supervisión y Coordinación Internacional, menciona que el Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, convocó a la Segunda Reunión Ordinaria Gestión 2021 del Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas, para el día 21 de diciembre de este año. Asimismo señala que el Parágrafo II del Artículo 4 del Reglamento del citado Consejo, establece que en caso de ausencia justificada del o la titular de la entidad, se debe realizar la Delegación Formal a una Autoridad Ejecutiva; existiendo la determinación de que dicha delegación recaiga en el Director de Análisis Estratégico Supervisión y Coordinación Internacional; por lo que se concluye que corresponde la emisión de una Resolución Administrativa. Que, el Informe UIF/DGE/UJR/315/2021 de 20 de diciembre de 2021, emitido por la Unidad Jurídica, establece que es atribución de la Directora General Ejecutiva como Máxima Autoridad Ejecutiva de la Unidad de Investigaciones Financieras - UIF, la de impartir órdenes en cumplimiento de sus responsabilidades, en tal virtud corresponde delegar funciones específicas mediante Resolución Administrativa Expresa al Director de Análisis Estratégico Supervisión y Coordinación Internacional, para que asista a la “Segunda Reunión Ordinaria Gestión 2021 del Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas”. POR TANTO: La Directora General Ejecutiva de la Unidad de Investigaciones Financieras - UIF, Ana María Morales Amonzabel, designada mediante Resolución Suprema No. 27271 de 24 de noviembre de 2020, en mérito a las facultades y atribuciones conferidas: RESUELVE: PRIMERO.- DELEGAR al Dr. Andrés Marcelo Delgado Montero, para que en su calidad de Director de Análisis Estratégico, Supervisión y Coordinación Internacional, asista a la “Segunda Reunión Ordinaria Gestión 2021 del Consejo Nacional de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas”, en representación de la Unidad de Investigaciones Financieras. SGUNDO.- La Dirección de Asuntos Administrativos y Finanzas, queda encargada de la publicación de la presente resolución de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 parágrafo VI de la Ley N° 2341, para los consiguientes fines y efectos legales. Regístrese, comuníquese y cúmplase. Original Firmado por la MAE
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Legislativo INICIATIVA DEL MOVIMIENTO AL SOCIALISMO
Parlamentarios del oficialismo plantean que el burgomaestre de Santa Cruz y las alcaldías de todo el país soliciten a la Contraloría General de Estado (CGE) auditorías internas para conocer con precisión los manejos económicos de las gestiones pasadas, esto en relación a los 800 ítems fantasmas denunciados en el municipio cruceño.
“El Alcalde de ese municipio (Jhonny Fernández) ya debería solicitar una auditoría especial a la Contraloría para que se informe cuántos ítems fantasmas existen realmente, cuántos recursos económicos se desviaron y quiénes tienen responsabilidad”, puntualizó la diputada Bertha Acarapi. El diputado Andrés Flores planteó que no sólo la Alcaldía de Santa Cruz debería solicitar dicha auditoría, sino todas las alcaldías del país para conocer
LA ALCALDÍA CRUCEÑA calcula que por los 800 ítems fantasmas se cobraron Bs 48 millones al año.
Solicitan a la Contraloría auditar todas las alcaldías del país Los parlamentarios del oficialismo afirman que este trabajo permitirá controlar los recursos económicos de los municipios. con precisión cómo se utilizaron los recursos de todos los bolivianos que pagan sus impuestos. “Cada día nos sorprenden los nuevos hechos de corrupción que salen a la luz pública, esta red de corrupción debe ser sin duda erradicada desde la raíz y dar con el verdadero responsable. Yo creo que todos los actuales alcaldes que ingresaron recientemente deben hacer auditorías internas para transparentar la administración de recursos”, sostuvo. El senador Miguel Pérez Sandoval señaló que no sólo cambiar de entidad financiera permitirá transparentar el manejo de los recursos, sino será importante que se lleven adelante auditorías para evitar más hechos de corrupción como los registrados en Santa Cruz. “Será fundamental que los alcaldes trabajen en este tema para descubrir dónde realmente fue a parar el dinero desfalca- La Contraloría do de la Alcaldía de Santa Cruz, General del Estado. y yo creo que las otras alcaldías deberían hacer lo mismo, incluyendo las gobernaciones”, dijo.
// FOTO: ARCHIVO
• Romina Montoya
// FOTO: JORGE MAMANI
EN SESIÓN DE PLENARIA
ALP conformará su comisión para el receso parlamentario • Romina Montoya
Las bancadas del oficialismo y oposición definirán hasta hoy (martes) a quienes conformarán la comisión especial que trabajará durante el receso parlamentario en la Asamblea Legislativa Plurinacional que iniciará el 24 de diciembre.
Sesión ordinaria de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La información la dio a conocer el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, quien dijo que el trabajo de selección y nominación está en manos de las bancadas de las tres fuerzas políticas. “Hasta hoy nombrarán el Movimiento Al Socialismo (MAS), Comunidad Ciudadana (CC) y Creemos a quienes formarán parte de la comisión especial que trabajará durante
el receso parlamentario porque el miércoles a las nueve de la mañana está definido llevar a cabo la sesión de la Asamblea Legislativa Plurinacional, donde se presentará a quienes serán los miembros de esa comisión”, informó. La autoridad legislativa aclaró que el receso parlamentario no significa que la actividad legislativa sea suspendida, al contrario ésta será completamente normal.
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Política • Redacción Central
“Nosotros hemos presentado ante la Fiscalía la planilla de la secretaria de Seguridad Ciudadana y Planificación de la Alcaldía cruceña donde se encuentran los nombres de los seis diputados y un asambleísta departamental que se habrían beneficiado con el pago de los 800 ítems fantasmas”, dijo en declaraciones a Ahora El Pueblo. Mencionó también que se presentó otra denuncia ante la presidencia de la Cámara de Diputados para que estos parlamentarios sean remitidos a la Comisión de Ética y así ser investigados. A su turno, el presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, indicó ayer que se iniciarán procesos internos contra seis parlamentarios de Creemos. “En función de la denuncia que vayan a presentar, seguramente se va a generar ya algunas acciones internas en la Cámara de Diputados, de eso estamos seguros. Nosotros no
// FOTO: ARCHIVO
El diputado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Rolando Cuéllar espera que la Fiscalía defina en esta semana la fecha y hora para que los seis diputados de Creemos, y un asambleísta departamental de ese partido, sean citados a declarar por estar involucrados el caso ítems fantasmas.
El diputado Rolando Cuéllar presenta la denuncia en un medio de comunicación.
EN EL CASO ÍTEMS FANTASMAS
Cuéllar espera que la Fiscalía cite a los 6 diputados de Creemos para declarar El legislador presentó también la denuncia formal a la presidencia de Diputados para que sean sancionados. vamos a defender absolutamente a nadie por más que sea parlamentario, por más que sea diputado o diputada de la oposición o del oficialismo, los delitos son personales, no son institucionales”, aseguró Mamani ratificó que se
WHALTY EGÜEZ Diputado uninominal titutlar Circunscripción C-44. Tenía 12 contratos y cobró más de Bs 105 mil.
HAIDY MUÑOZ Diputada uninominal suplente. Circunscripción C-48. Tenía 28 contratos y cobró más de Bs 246 mil.
ROSA TATIANA ÁÑEZ Diputada uninominal titutlar. Circunscripción C-47. Tenía 16 contratos y cobró más de Bs 140 mil.
usarán todos los mecanismos internos para tomar alguna acción contra los legisladores opositores, en caso de que se demuestre que estuvieron involucrados en el caso. “Nosotros vamos a analizar qué corresponde con es-
tos señores. Si se evidencia el hecho, pues seguramente va a ameritar alguna acción que se va a tomar internamente, porque tenemos una Comisión de Ética y, por lo tanto, vamos a ir analizando a ese nivel”, ratificó.
LOS INVOLUCRADOS
VERÓNICA AGUILERA Diputada suplente uninominal. Circunscripción C-51. Tenía más de 15 contratos y cobró casi Bs 132 mil.
Sobre la Comisión Mixta que investigaría el caso de los ítems fantasmas, adelantó que esta semana, en reunión de jefes de bancada, se analizará la pertinencia o no de la conformación de esa instancia legislativa. ÓSCAR MICHEL Diputado uninominal titular. Circunscripción C-50. Tuvo asignados 12 contratos, cobró en tres meses más de Bs 105 mil.
JENNIFFER TORRICO Diputada suplente uninominal. Circunscripción C-44. Tenía 23 contratos y cobró más de Bs 202 mil.
KEILA GARCÍA Asambleísta territorial de la provincia Andrés Ibáñez, Santa Cruz, por Creemos. Tenía cuatro contratos por tres meses y cobro Bs 35.184.
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Investigación
// FOTO: JORGE MAMANI
El Hospital Obrero N° 1, en la zona de Miraflores, La Paz.
DE ACUERDO CON EL GERENTE GENERAL DE LA CNS
Encuentran contratos fantasmas en el Hospital Obrero y Materno Infantil
Existen hechos similares en otras regionales Herland Tejerina no descartó que haya contratos fantasmas en otras regionales de la Caja Nacional de Salud, por ello pidió a las personas cuyas identidades fueron usurpadas por esta organización delictiva que denuncien en las instancias correspondientes. Aseguró que todas las víctimas serán escuchadas de manera inmediata y que se protegerá su privacidad si es que tienen algún temor por una posible represalia. Las auditorías establecerán con precisión cuántos contratos fantasmas fueron creados y desde qué año. Al parecer, esta organización tenía sus vínculos en los nueve departamentos, por ello no se descarta la participación de funcionarios de mandos altos y medios.
Los supuestos beneficiarios aseguran que nunca trabajaron en los nosocomios, pero había gente que lucraba con sus identidades. • Redacción Central
El gerente general de la Caja Nacional de Salud (CNS), Herland Tejerina, indicó que se evidenciaron contratos fantasmas en los hospitales Obrero, Materno Infantil y hasta en un centro de medicina familiar. La autoridad detalló, de acuerdo con la red Unitel, que los supuestos beneficiarios nunca llegaron a trabajar en esos nosocomios. Según las investigaciones, la red delictiva que operaba en el interior del ente asegurador otorgaba contratos a personas que habían dejado sus hojas de vida; sin embargo, esos supuestos beneficiarios no tenían ni idea de que un grupo de gente ganaba dinero mal utilizando sus identidades. Tejerina anunció que ya se detectaron 41 casos de presuntos contratos fantasmas y
que dos de esos casos ya son de conocimiento del Ministerio Público. Añadió que en la regional de Santa Cruz también se detectaron 16 casos de contratos y pagos a personas que no fueron contratadas, mientras que la evaluación de estados financieros de 2020 estableció otros 23 casos de gente que figura en planillas, cobró salarios, pero que no cuenta con marcado biométrico de ingreso o salida de sus fuentes laborales. DESARTICULACIÓN El ministro de Salud, Jeyson Auza, afirmó que se identificará a todas las personas que conformaron la estructura delictiva para lucrar y generar corrupción en el interior de la Caja Nacional de Salud (CNS) y que serán sancionadas de manera ejemplar por la justicia. “Vamos a desestructurar estos grupos. Estamos realizando la investigación en el ámbito administrativo y deben responder todas las personas
La evaluación de estados financieros de 2020 estableció otros 23 casos de gente que figura en planillas, cobró salarios, pero no cuenta con marcado biométrico de ingreso o salida de sus fuentes laborales”. Herland Tejerina Gerente General CNS
involucradas en el hecho”, aseguró el titular de Salud. El principal apuntado de liderar esta organización es Antonio Parada (prófugo de la justicia), quien también creó al menos 800 ítems fantasmas en la Alcaldía de Santa Cruz. Auza remarcó que la Caja Nacional abrirá las puertas para la investigación del Ministerio Público y que se harán auditorías generales y especiales para detectar la totalidad de contratos fantasmas. “Ya se identificaron 23 casos y seguro habrá más, por ello vamos a ser implacables”, remarcó el Ministro. CÁRCEL PREVENTIVA Hasta ahora son tres las personas con detención preventiva por los contratos fantasmas en la CNS, Amilcar Flores Vargas y Christian Enríquez Alegría en el penal de San Pedro, mientras que Valeria Magdalena Salazar cumple la medida cautelar en la cárcel femenina de la zona de Obrajes.
LA DOCUMENTACIÓN DE ANTONIO PARADA ESTÁ DESAPARECIDA
El ministro Jeyson Auza dijo que “es infantil” pensar que las investigaciones no avanzarán porque alguien escondió información de Antonio Parada, dijo que hay múltiples áreas que pueden brindar sus datos. De 14 personas investigadas por los contratos fantasmas, seis aún están trabajando en la aseguradora de corto plazo. El Ministerio Público estableció, de manera preliminar, que el daño económico por los contratos fantasmas es de al menos Bs 830 mil.
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Judicial DE ACUERDO CON EL FISCAL JAVIER CORDERO
Declaran en reserva investigación de ítems fantasmas por diez días Hasta la culminación del plazo establecido por la comisión de fiscales no se informará cuándo concurrirán Percy Fernández y Angélica Sosa. En este caso, los exalcaldes de Santa Cruz están en calidad de investigados.
200 MILLONES de bolivianos se estima que fueron robados de la Alcaldía cruceña mediante ítems fantasmas.
// FOTO: RRSS
800 • Redacción Central
La comisión de fiscales que investiga la presunta creación de los 800 ítems fantasmas en la Alcaldía cruceña determinó declarar en reserva, por diez días, las investigaciones que lleva adelante el Ministerio Público. “El presente caso, denominado ítems fantasmas, ha sido declarado en reserva en las actuaciones por 10 días, por consiguiente, absolutamente va a trabajar la comisión de fiscales conjuntamente con los señores investigadores”, dijo el fiscal Javier Cordero. Añadió que la decisión de la comisión fue asumida debido a la complejidad del caso porque hay varias personas investigadas, una gran cantidad de gente que debe declarar y porque en el hecho vincula a otras instituciones. Ante esta declaratoria en reserva, Cordero evitó dar a
conocer la fecha en la que serán convocados para declarar, en calidad de investigados, los exalcaldes cruceños Percy Fernández y Angélica Sosa. FRANCIA ANTELO Ayer en la mañana se presentó a declarar a la Fiscalía cruceña, Francia Antelo, esposa de Guillermo Parada, uno de los dos principales implicados en la supuesta creación de al menos 800 ítems fantasmas con los que se robó, en promedio, Bs 40 millones por año del municipio cruceño. Antelo, al igual que su esposo, es funcionaria de la cooperativa Saguapac. De acuerdo con las denuncias, Guillermo Parada reclutó a algunos funcionarios de Saguapac, por pedido de su hermano Antonio Parada Vaca, para llenar las planillas de una supuesta microempresa, aunque luego se conoció que esos nombres eran los que figuraban en la Alcaldía como presuntos funcionarios ediles.
El presente caso, denominado ítems fantasmas, ha sido declarado en reserva en las actuaciones por diez días, por consiguiente va a trabajar la comisión de fiscales conjuntamente con los señores investigadores”. Javier Cordero Fiscal
Luis Alberto Ruiz, abogado de Antelo, reiteró que su cliente desconocía la red de corrupción que montaron su esposo Guillermo y su cuñado Antonio dentro de la Alcaldía. La mujer reiteró que desconoce el paradero de su pareja. INASISTENCIA DE BALCÁZAR El fiscal departamental de Santa Cruz, Róger Mariaca, dijo que Mery Balcázar, esposa de Julio César Herbas, no fue a declarar, por lo que su situación judicial se complica. “El viernes debía hacerlo y no pudo justificar su inasistencia, por lo que la comisión de fiscales debe determinar lo que sucederá con ella”, indicó. Julio César Herbas, exasesor de Contrataciones de la Alcaldía cruceña, acusado de ser otro de los reclutadores para crear ítems fantasmas, cumple una detención preventiva de seis meses en el Centro Penitenciario de Palmasola, mientras duren las investigaciones en su contra.
TRABAJADORES en la Alcaldía de Santa Cruz no marcaban entrada ni salida.
Más de 800 funcionarios no marcaron asistencia La revisión de documentación en el interior de la Alcaldía cruceña evidenció que, entre 2016 y 2018, más de 800 trabajadores ediles no marcaron asistencia. Según el diario El Deber, la directora municipal de Transparencia, Adriana Pedraza, explicó que estas personas pertenecían a distintas reparticiones municipales, estaban liberadas del marcado de asistencia y no contaban con un informe de actividades. Esta información será enviada a la comisión de fiscales para que investigue por qué no marcaban su registro biométrico y qué funciones cumplían.
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Policial EN EL CASO GOLPE DE ESTADO II
La expresidenta de facto se encuentra procesada y detenida en el penal de La Paz por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes. Como en anteriores ocasiones, Añez aseguró que es una presa política y que por su “delicado estado de salud” debe defenderse en libertad.
Justicia paceña niega el pedido de libertad de Jeanine Añez El tribunal paceño considera que aún persisten los riesgos procesales de obstaculización a la investigación y peligro de fuga. // FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
En el marco del caso denominado Golpe de Estado II, el Tribunal Primero de Sentencia de La Paz negó ayer la libertad que había solicitado la expresidenta de facto Jeanine Añez. Seguirá recluida en el penal de Miraflores. Pese a los argumentos de Añez y de su defensa para dejar el penal miraflorino para defenderse en libertad, el Tribunal paceño consideró que aún persisten los riesgos procesales de obstaculización a la investigación y peligro de fuga.
Está detenida preventivamente desde marzo.
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JUSTIFICACIÓN De acuerdo con el Ministerio Público, los casos denominados Golpe I y Golpe II tienen que ver con las acciones atribuidas a Jeanine Añez antes de que se autoproclame presidenta del Estado (12 de noviembre de 2019), en ese sentido, son anteriores a que use la banda presidencial. A finales de noviembre, una comisión de fiscales de La Paz presentó la acusación formal en contra de Añez y la fundamentó con más de 70 pruebas y 20 testimonios. Se estableció que existen los elementos suficientes que dan cuenta de que Añez adecuó su conducta a los dos tipos penales. Las autoridades jurisdiccionales deben señalar la hora y la fecha para el desarrollo del juicio en contra de la exmandataria. DELITOS son investigados en su contra, incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución.
// FOTO: JORGE MAMANI
POR SEIS MESES CON CARÁCTER PREVENTIVO
Envían al penal de Chonchocoro a un sindicado de feminicidio • Redacción Central
A la conclusión de una audiencia cautelar, Iván Y. Ch. (31) fue enviado de manera preventiva, por seis meses, al penal de Chonchocoro mientras se investiga su participación en el crimen de Vanesa C. El fiscal de delitos contra la vida de El Alto, Favio Maldonado, dijo que el sábado en la mañana el hombre les había dicho a su mamá y a su cuñado que mató a su pareja porque ella quería dejarlo.
“La víctima fue encontrada amarrada de las manos y envuelta en un nylon verde, lo que hace presumir que el presunto autor quería deshacerse del cuerpo”, dijo Maldonado. La autopsia desarrollada por el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) determinó que la causa de la muerte de Vanesa fue por anoxia cerebral, compresión cervical extrínseca externa y asfixia mecánica por estrangulamiento. De acuerdo con los antecedentes, Iván Y. Ch. llamó a la Policía para informar lo que había pasado en el interior de su vivienda en la zona Balli-
vián, en la ciudad de El Alto. Personal de la Policía y de la Fiscalía llegó al inmueble y halló a la mujer sin vida. El hombre dijo que durante toda la noche habían consumido bebidas alcohólicas y que perdió el control cuando la mujer le dijo que quería dejarlo. OTRO HECHO Maldonado agregó que el 16 de diciembre en la tarde, vecinos de la zona 30 de Septiembre hallaron el cuerpo sin vida de Laura, por lo que llamaron a las autoridades y denunciaron el hecho. Entre las prendas de la
Su presentación en el Comando General de la Policía.
víctima se encontró su documento de identificación y se hizo el levantamiento legal para la autopsia médico legal. “En este caso, hay una grabación de un domicilio particular en la que se ve a Laura
caminar y desvanecerse, por lo que en primera instancia se pensó que era una muerte natural, aspecto que cambió con la autopsia, ya que se trata de un estrangulamiento”, dijo el fiscal.
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Producción TAMBIÉN LAS MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS
• Redacción Central
El Fideicomiso para la Reactivación y Desarrollo de la Industria Nacional (Firedin) con Sustitución de Importaciones (SIBOLIVIA) benefició con Bs 392 millones a las microempresas del país, monto que representa el 69% del total desembolsado (Bs 566,4 millones). El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, informó ayer que los créditos para promover la sustitución gradual de las importaciones también favorecieron a la mediana empresa con Bs 81 millones (14,31% del total) y a las grandes empresas con Bs 92 millones (16,25%). De acuerdo con la autoridad, los recursos desembolsados beneficiaron hasta ahora a 5.429 productores de varios sectores
LAS GRANDES empresas también demandaron el crédito por Bs 92 millones.
Microempresas reciben Bs 392 millones y son las más favorecidas con el SIBOLIVIA El total de recursos desembolsados para la reactivación de la industria alcanzó a Bs 566,4 millones, informó el ministro Néstor Huanca. económicos, principalmente de la industria manufacturera y agropecuaria. “Los que se han beneficiado en gran parte son los microempresarios con 392 millones, la gran empresa con 92 millones y la mediana empresa con 81 millones”, explicó en un diálogo con Bolivia TV. Además indicó que esta inyección de recursos refleja el apoyo del Gobierno al proceso de reactivación del sector productivo y a la reconstrucción económica nacional. CREACIÓN Y RECURSOS Mediante el Decreto Supremo (DS) 4424, del 17 de diciembre de 2020, el Gobierno creó el Firedin-SIBOLIVIA con un fondo de Bs 911 millones administrados por el Banco Unión y el Banco de Desarrollo Productivo (BDP), en el marco del proceso de reconstrucción económica del país. Unos meses después, a través del DS 4631, del 1 de diciembre de 2021, este fondo se incrementó de Bs 911 millones a Bs 1.261 millones.
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APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL
Feria Consume lo Nuestro recorrerá gerencias regionales de la Aduana • Redacción Central
La feria navideña Consume lo Nuestro recorrerá en los siguientes días las gerencias regionales de la Aduana Nacional (AN), luego de que el primer evento realizado recientemente en la oficina central congregó a más de 60 productores y generó Bs 95 mil en una jornada. La feria navideña en la oficina central de la Aduana, La Paz.
Mediante esta iniciativa, el personal de la AN armó su propio canastón a base de productos nacionales, entre ellos alimentos, ropa, zapatos y artículos de limpieza. Así se llegó a consumir un valor de Bs 95 mil con el aplicativo móvil “Consume lo nuestro”. “La primera feria se llevó a cabo en la oficina central de la Aduana Nacional en La Paz; sin embargo, en los próximos días, los emprendedores recorrerán las gerencias regionales de Co-
chabamba, Santa Cruz, Tarija, Potosí y Oruro para poner en venta productos hechos en Bolivia”, informó la AN en un comunicado de prensa. La presidenta de la Aduana, Karina Serrudo, señaló que son más de 1.600 funcionarios de la institución que “van a adquirir su canastón con los productores bolivianos, en el marco de la coherencia con nuestro desarrollo, nuestra producción y nuestra industria”.
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Nacional // FOTO: MIN. OBRAS PÚBLICAS
PARA IMPULSAR LA PRODUCCIÓN
AJAM libera 412 áreas para actividad minera Empresas privadas y cooperativas expresaron el interés en 247 áreas a través de la obtención de certificados. • Redacción Central
El ministro Montaño exhibe la línea para emergencias y el WhatsApp 71219232.
CON EL PLAN LLUVIAS
Gobierno garantiza transitabilidad vial • Redacción Central
“Estos más de 83 millones de bolivianos van para la limpieza de derrumbes, la reposición de plataforma, para la limpieza y reconstrucción de alcantarillas, las obras de protección, y reemplazo y nivelación de plataforma”, dijo la autoridad en un comunicado de prensa. Detalló que son 85 empresas de conservación vial, 19 empresas de construcción, 11 empresas de rehabilitación, 918 equipos de maquinaria pesada (entre disponibles y por contratar), 80 equipos livianos para la movilización de personal técnico, 426 microempresas de conservación vial, incluidas 22 especializadas y personal técnico y especialistas distribuidos a nivel nacional para este trabajo.
El Plan Lluvias es para atender las emergencias de esta época que azota a los nueve departamentos y carreteras de Bolivia”.
Esta tarea fue realizada en el marco del Plan de Liberación de Áreas Mineras y en cumplimiento de la Ley 403, a través de tres fases: la primera efectuada en agosto, con 267 áreas, y la segunda y tercera en diciembre, con 145 áreas. Lafuente explicó que de las 412 áreas liberadas, los actores productivos mineros expresaron el interés de acceder a 247 áreas a través de la obtención de certificados de área libre. “126 áreas libres fueron solicitadas por las cooperativas mineras y 121 por las
tor económico de nuestro país porque significa que los actores productivos mineros ahora tienen un acceso a áreas que anteriormente no estaban activas y a través de esto se va a generar un movimiento económico”, dijo.
3 FASES FUERON efectuadas para la liberación de las 412 áreas mineras, una en agosto y dos en diciembre.
Édgar Montaño Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda Señaló que las lluvias de los últimos días afectaron algunas vías, como la zona de los valles y la chiquitania en el departamento de Santa Cruz, además del norte en el departamento de La Paz, y destacó una pronta actuación de la ABC, que garantizó la transitabilidad no sólo en estos tramos, sino en todo el territorio nacional. “El Plan Lluvias es para atender las emergencias de esta época, que azota a los nueve departamentos y carreteras de Bolivia”, apuntó.
// FOTO: ARCHIVO
El ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Édgar Montaño, informó ayer que la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) destinó Bs 83,1 millones para el Plan Lluvias 20212022, que consiste en la prevención, mantenimiento y conservación de la Red Vial Fundamental.
La Autoridad Jurisdiccional de Administración Minera (AJAM) liberó un total de 412 áreas para la actividad productiva minera, informó ayer la directora ejecutiva de la institución estatal, Brenda Lafuente.
empresas privadas”, afirmó la ejecutiva. Explicó que estas áreas liberadas, antes revertidas al Estado, se encontraban inactivas y no representaban ningún rédito para el país, por lo cual, mediante el procedimiento administrativo y previa verificación del Viceministerio de Política Minera, Regulación y Fiscalización, hoy están disponibles mediante la AJAM para impulsar la actividad productiva minera. Añadió que esto permitirá generar múltiples beneficios para el desarrollo económico del país y para los actores mineros debido a las oportunidades de trabajo que representa el acceder a las áreas a través de la suscripción de un contrato administrativo minero. “La mayor cantidad (de las áreas liberadas) se encuentra en La Paz, Potosí y Tupiza. Esta liberación es muy importante para el sec-
Mineros en plena actividad productiva.
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Regiones REALIZA SEGUIMIENTO A LA CRECIDA DE RÍOS
El viceministro de Defensa Civil, Juan Carlos Calvimontes, informó ayer que 18 municipios son afectados por la emergencia de las intensas lluvias registradas en cuatro departamentos del país. La autoridad mencionó, en entrevista con Bolivia TV, que las regiones que presentan algún tipo de desastre natural son La Paz, Cochabamba, Chuquisaca y Potosí. Detalló que en el caso de La Paz están afectados cinco municipios: Ixiamas, Laja, Mapiri, Guanay y Tipuani. En Cochabamba existen nueve: Arque, Tapacarí, Colcapirhua, Sicaya, Bolívar, Cliza, Toco, Tolata, Tiquipaya. En Chuquisaca son tres: Tarvita, Yotala y Camargo. En Potosí solo Tinguipaya. Por otra parte, en el caso de familias afectadas, la ci-
EL GOBIERNO realiza tareas de prevención en zonas con fenómenos naturales recurrentes, dijo el viceministro Calvimontes.
Defensa Civil reporta 18 municipios afectados por fenómenos climáticos Los departamentos que presentan algún tipo de desastre natural son La Paz, Cochabamba, Chuquisaca y Potosí, informó el viceministro Calvimontes. fra llega a 1.677. Se registraron también 351 viviendas con daños, de las cuales 85 deben ser reconstruidas desde el inicio, además de 1.050 hectáreas de cultivos afectados y ocho personas fallecidas. Calvimontes sostuvo que la cartera de Defensa Civil, a través de la Armada Boliviana, realiza un permanente seguimiento sobre el aumento del nivel de los ríos en distintas regiones del país, como en el trópico de Cochabamba, donde se vienen identificando zonas amenazadas por inundaciones. Añadió que el Gobierno realiza trabajos de prevención en las zonas donde en los últimos tres años los fenómenos climáticos fueron muy recurrentes, como el norte integrado de Santa Cruz y el trópico cochabambino. “Si hasta este momento no tenemos algunas alarmas en esta región, suponemos nosotros que es justamente por los trabajos de prevención que se han venido desarrollando”, señaló Calvimontes.
// FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
Las intensas lluvias afectan a varias regiones del país.
// FOTO: MDRYT
EN EL DEPARTAMENTO DE LA PAZ
Carabuco fortalece su producción agropecuaria con sistema de agua • Redacción Central
El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras entregó en el municipio de Carabuco, del departamento de La Paz, seis sistemas de aguas subterráneas que beneficiarán a familias de productores agropecuarios de seis comunidades rurales.
Entrega del sistema de agua en la población de Carabuco.
Las comunidades beneficiadas son Santiago de Okola Zona A, Santiago de Okola Zona B, Sayhuapampa, Quena Quena, Carabuco y Chaguaya. La directora de la Unidad Ejecutora de Pozos, Silvia Delgado, señaló que el objetivo de estos sistemas es asegurar la dotación del líquido vital para el suministro a la actividad agrícola y pecuaria, mediante la perforación de pozos, con el fin de garantizar
la producción de papa, cebada, alfalfa, diferentes granos y al sector lechero. Dio a conocer que la inversión en estas infraestructuras asciende a Bs 1,4 millones, con una contraparte del 40% otorgada por el municipio. Detalló que cada sistema incluye la perforación del pozo, caseta de control y su cerco de protección, generador eléctrico y la tubería de impulsión, entre otros.
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VISTOS Y CONSIDERANDO:
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132/2021 La Paz, 17 de diciembre de 2021
Que los numerales 3 y 4 del Parágrafo I Artículo 175 de la Constitución Política del Estado, establecen entre las atribuciones de las Ministras y los Ministros del Estado, la gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente y el de dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia. Que el Artículo I de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990, dispone: “La presente ley regula los sistemas de Administración y Control de los recursos del Estado y su relación con los sistemas nacionales de Planificación e inversión Pública, con el objeto de: a) Programar, organizar, ejecutar y controlar la capación y el uso eficaz y eficiente de los recursos públicos para el cumplimiento y ajuste oportuno de las políticas, los programas, la prestación de servicios y los proyectos del Sector Público; b) Disponer de información útil, oportuna y confiable asegurando la razonabilidad de los informes y estados Financieros, c) Lograr que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos rindiendo cuenta no sólo de los objetivos a que se destinaron los recursos públicos que le fueron confiados, sino también de la forma y resultado de su aplicación: d) Desarrollar la capacidad administrativa para impedir o identificar y comprobar el manejo incorrecto de los recursos del Estado”. Que, Artículo 7 de la Ley N° 2341 de 25 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, establece: “I. Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo. II. El delegante y el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley Nº 1178, de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias. III. En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a: a) Las facultades que la Constitución Política del Estado confiere a los poderes públicos; b) La potestad reglamentaria; c) La resolución de recursos jerárquicos, en el órgano administrativo que haya dictado el acto objeto del recurso; d) Las competencias que se ejercen por delegación; y, e) Las materias excluidas de delegación por la Constitución Política de Estado, o por una ley. IV. Las resoluciones administrativas dictadas por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral II de este artículo. V. La delegación es libremente revocable, en cualquier tiempo, por el órgano que la haya conferido sin que ello afecte ni pueda afectar los actos dictados antes de la revocación VI. La delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional”. Que, el artículo 132 de la Ley N° 031 Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” de 19 de julio de 2010, establece que: “I. Los Consejos de Coordinación Sectorial son instancias consultivas, de proposición y concertación entre el gobierno del nivel central del Estado y los gobiernos autónomos, para la coordinación de asuntos sectoriales. (…) II. Los Consejos de Coordinación Sectorial estarán conformados por la Ministra o Ministro cabeza de sector de la materia, y la autoridad competente del sector de los gobiernos autónomos, en caso que corresponda. (…) III. Los Consejos de Coordinación Sectorial serán presididos por la Ministra o Ministro cabeza de sector de la materia, y se reunirán a convocatoria de ésta o éste, o a petición de alguno de sus miembros.” Que, el parágrafo I del artículo 10 de la Ley N° 243 Contra el Acoso y Violencia Política Hacia las Mujeres de 28 de mayo de 2012, determina que: “El Ministerio de Justicia, a través del Viceministerio de Igualdad de Oportunidades, es la instancia responsable de diseñar, implementar, monitorear y evaluar políticas, estrategias y mecanismos para la prevención, atención y sanción del acoso y/o violencia política hacia las mujeres en estricta coordinación con los diferentes Órganos del Nivel Central del Estado, las Entidades Territoriales Autónomas y otras instancias públicas o privadas”. Que, el artículo 16 de la Ley N°348 Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia de 9 de marzo de 2013, señala que: “El Ministerio de Justicia, en el marco de sus competencias y atribuciones es el Ente Rector responsable de coordinación, articulación y vigilancia de la aplicación efectiva y cumplimiento de la presente Ley (…)”. Que, los numerales 3, 4, y 22 del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009, de la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo, establecen como atribuciones de las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo, entre otras, dirigir la gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente, dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia y emitir resoluciones ministeriales en el marco de sus competencias. Que, el Artículo 79 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, modificado por el Parágrafo XI del Artículo 8 del Decreto Supremo N° 3058 de 22 de enero de 2017, el Parágrafo II del Artículo 2 del Decreto Supremo N° 3070, de 1 de febrero de 2017 y el Parágrafo VI del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº 4393 de 13 de noviembre de 2020, establece la estructura organizacional del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. Que, el inciso h) del Artículo 80 del Decreto Supremo N° 29894 de 07 de febrero de 2009 de Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, modificado por el Decreto Supremo N° 3058 de 22 de enero de 2017 establece como atribuciones del Ministerio de Justicia el “Formular políticas y normas de prevención, sanción y eliminación de toda forma de violencia de género, generacional y personas con discapacidad”. Que, mediante Decreto Presidencial N° 4389, de 9 de noviembre de 2020, el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, designó al ciudadano Iván Manolo Lima Magne, en la Cartera del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. Que mediante Resolución Ministerial Nº 131/2021 de 17 diciembre de 2021 se crea el CONSEJO SECTORIAL E INTERSECTORIAL POR UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, como instancia consultiva, de proposición y concertación entre el gobierno del nivel central del Estado y los gobiernos autónomos, para la coordinación de asuntos de prevención y eliminación de toda forma de violencia de género, asimismo, se aprueba el Reglamento de dicho Consejo. Que, mediante Informe MJTI-VIO-DGPETFVRGG-Nº 433/2021 de 17 de diciembre de 2021, emitido por la Dirección General de Prevención y Eliminación de toda forma de Violencia en Razón de Género y Generacional, se concluye lo siguiente: “(…) conforme a los antecedentes de orden técnico legal expuestos en el presente informe, respetuosamente se recomienda a su autoridad remitir el presente Informe a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministro de Justicia y Transparencia Institucional a efectos que se remita Resolución Ministerial para la delegación de la Presidencia del Consejo de Coordinación Sectorial e Intersectorial “Por una Vida Libre de Violencia”, a la Viceministra de Igualdad de Oportunidades Lic. Miriam Julieta Huacani Zapana”. Que, a efectos de mejorar la gestión administrativa del Consejo de Coordinación Sectorial e Intersectorial “Por una Vida Libre de Violencia”, que preside este Ministerio, corresponde a esta Autoridad la emisión de la Resolución Ministerial de Delegación correspondiente. POR TANTO: El Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los numerales 3 y 4 del parágrafo I del Artículo 175 de la Constitución Política del Estado Plurinacional y los numerales 17 y 22 del parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009. RESUELVE: PRIMERO.- DELEGAR a la ciudadana: MIRIAM JULIETA HUACANI ZAPANA, Viceministra de Igualdad de Oportunidades dependiente de este Ministerio, designada mediante Resolución Suprema Nº 27225 de fecha 12 de noviembre de 2020, lo siguiente: •
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La representación del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional para Presidir el Consejo Sectorial e Intersectorial “Por una Vida Libre de Violencia”.
SEGUNDO.- La presente Resolución Ministerial surtirá efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional, conforme lo dispuesto por el Parágrafo VI del Artículo 7 de la Ley N° 2341 de 25 de abril de 2002. TERCERO.- La Dirección General de Asuntos Administrativos y/o la Unidad de Comunicación Social dependientes de este Ministerio, según corresponda, quedan encargadas de realizar la publicación de la presente Resolución Ministerial en cumplimiento de la normativa vigente. CUARTO.- Queda sin efecto cualquier otra disposición que sea contraria a la presente Resolución Ministerial.
AVISO DE CORTES PROGRAMADOS DÍA: JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021 CIUDAD DE LA PAZ MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:30 hasta horas 17:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las urbanizaciones: Kupillani, Codavisa, Virgen María; avenidas: Kupillani, A, B, C, D; calles: Tihuanacu, Retamas, Cristo Rey, 1, 1A, 2, 3, 4, 5, 21, 22, 23, 24, 53, calles y pasajes adyacentes. CIUDAD DE EL ALTO MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:15 hasta horas 12:35 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la zona Villa 12 de Octubre demarcando: avenida 6 de Marzo (entre calle 13 y avenida Tiahuanaco) y calles adyacentes. SISTEMA AROMA MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:00 hasta horas 15:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Vila Vila, Ojtaya, Viluyo, Toloma, Jaruma, Aroma, Iquiaca, Santa Rosa, Santa Rosa de Apjaruri, Tauca, Murmuntani, Santari y Santari Viscachani del municipio Sica Sica, provincia Aroma. SISTEMA NUEVO INSTALACIÓN DE POSTE Desde horas 09:00 hasta horas 11:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las localidades: Copancara y Wuiscantia del municipio Huarina provincia Omasuyos. Asimismo las localidades: Huancané, Villa Kollo y aledaños del municipio Batallas, provincia Los Andes. SISTEMA NORTE MANTENIMIENTO DE LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:00 hasta horas 12:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la urbanización Yara del municipio Caranavi, provincia Caranavi. DÍA: VIERNES 24 DE DICIEMBRE DE 2021 CIUDAD DE LA PAZ REEMPLAZO DE POSTES Y RENOVACIÓN DE CABLES Dejando sin suministro de energía eléctrica POR EL LAPSO DE UN MINUTO, CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 02:00 Y 05:00 a las calles: Sagárnaga (entre plaza Grand Poder e Illampu), Emilio Calderón, Tarija, Illampu (entre calles Santa Cruz y Rodríguez), Max Paredes (entre calles Sagárnaga y Rodríguez), Rodriguez (entre calles Burgoa e Illampu); predios de los edificios: Lidia, María Luisa, Dagos, Hotel Oriental, Reyna, Juan XXIII, Condesa, Belén, Hotel Milton, San Martín y callejones adyacentes de la zona San Pedro. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Dejando sin suministro de energía eléctrica POR EL LAPSO DE UN MINUTO, CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 03:00 Y 03:30 a las zonas Tembladerani, Bello Horizonte, Sopocachi y calles adyacentes. REEMPLAZO DE POSTES Y RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 08:00 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: Zoilo Flores (entre calles Riobamba y Nicolás Acosta), Riobamba (entre calles Boquerón y Zoilo Flores), Almirante Grau (entre calles Zoilo Flores y General Gonzales), Colombia (entre calles Boquerón y Yacuma), General Gonzales (entre calles Almirante Grau y Colombia); predios de edificios: Figliozi, Defensor del Pueblo), ex fábrica Oriental, Fertel, Clínica Cies, Sucursal Banco Unión, iglesia San Pedro, Unidad Educativa Max Paredes y callejones adyacentes de la zona San Pedro. REEMPLAZO DE POSTE Desde horas 10:00 hasta horas 15:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la calle Juan Manuel Loza (entre calle Nanawa y avenida Simón Bolívar), calles y pasajes adyacentes de la zona Miraflores Centro. CIUDAD DE EL ALTO MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:00 hasta horas 10:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: 11 (entre calles A. Franco Valle y Raúl Salmón), A. Franco Valle (entre calles 10 y 12), Raúl Salmon (entre calles 10 y 11) y calles adyacentes de la zona Villa 12 de Octubre. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:40 hasta horas 12:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: 13 (entre avenida 6 de Marzo y calle Raúl Salmón), A. Franco Valle (entre avenida Tihuanacu y calle 12) y calles adyacentes de la zona Villa 12 de Octubre. SISTEMA NUEVO INSTALACIÓN DE TRANSFORMADOR Y MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:00 hasta horas 14:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la localidad Pariri del municipio Batallas, provincia Los Andes. SISTEMA NORTE MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:00 hasta horas 11:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica la cooperativa Gran Poder Uno del municipio Tipuani, provincia Larecaja y cooperativa Carmen de Socosa del municipio Guanay, provincia Larecaja. REEMPLAZO DE POSTES Y MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 13:00 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: San Gerónimo, Cusilluni, Santa Rosa de la Candelaria, Suapi, La Glorieta, Maynipaya, Moro, Santa Rosa de Quilo Quilo, Cedro Mayo, Fariñas, Cavia Nueva Esperanza, Apana; antena Entel en Santa Rosa de Quilo Quilo y Apana; comunidades aledañas del municipio Coroico, provincia Nor Yungas. REEMPLAZO DE POSTES Desde horas 14:00 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Bartolo Pasoscanki, Unutuluni, Llipi, Mokotorilluni, Santa María, Santa Bárbara, Luriacani, Chusi, Yuna, cooperativas mineras aledañas y radio Bases Entel y Tigo del municipio Tipuani, provincia Larecaja. DÍA: SÁBADO 25 DE DICIEMBRE DE 2021 CIUDAD DE LA PAZ REEMPLAZO DE POSTES Y RENOVACIÓN DE CABLES Dejando sin suministro de energía eléctrica POR EL LAPSO DE UN MINUTO, CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 02:00 Y 05:00 a las calles: Sagárnaga (entre plaza Grand Poder e Illampu), Emilio Calderón, Tarija, Illampu (entre calles Santa Cruz y Rodríguez), Max Paredes (entre calles Sagárnaga y Rodríguez), Rodriguez (entre calles Burgoa e Illampu); predios de los edificios: Lidia, María Luisa, Dagos, Hotel Oriental, Reyna, Juan XXIII, Condesa, Belén, Hotel Milton, San Martín y callejones adyacentes de la zona San Pedro.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
www.delapaz.bo POR NORMAS DE SEGURIDAD LAS INSTALACIONES DEBEN CONSIDARARSE ENERGIZADAS PERMANENTEMENTE. EL SUMINISTRO PODRÁ SER RESTABLECIDO SIN PREVIO AVISO.
Empresa supervisada y regulada por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN)
10.10 x 29.5 2x7 Relaciones Públicas y Comunicación La Paz, 20 de diciembre de 2021 MEDIO: AHORA EL PUEBLO
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Sociedad SE DESARROLLARÁ MAÑANA
Invitan al desfile del Festi Navidad Consume lo Nuestro 2021 en El Alto Los mejores carros alegóricos, trajes con motivos culturales y de reciclaje recibirán premios de las empresas participantes, dijo la concejala Alanoca.
La concejala Alanoca muestra los productos de las emprendedoras.
• Redacción Central
El responsable nacional del programa Salud Familiar Comunitaria Intercultural (Safci - Mi Salud), Osman Calvimontes, informó ayer que la Feria por la Salud y Vida se desarrolla desde hoy hasta el 23 de diciembre en la ciudad de El Ato, luego de haber recorrido todo el país. “Estamos cerrando la Feria por la Vida en El Alto. Invitamos a toda la población alteña a participar en la feria, puesto que estaremos con atención en varias especialidades y todos los programas del Ministerio de Salud”, informó a la ABI. Dijo que esa actividad es un encargo del presidente Luis Arce Catacora y del ministro de Salud, Jeyson Auza, a través del programa Safci - Mi Salud. “Estamos haciendo estas ferias y esta gestión se hizo bastante en el tema de salud, la vacunación, las pruebas antígeno nasal y la decisión de in-
vas con una mano de obra de calidad y qué mejor manera de La concejala alteña por el mostrarlas en este gran desfile Movimiento Al Socialisnavideño”, dijo Alanoca. mo (MAS) Wilma Alanoca La concejala comentó que invitó ayer a la población a las temáticas que se maneparticipar en el desfile Fes- jarán son las vestiti Navidad de Solidaridad mentas con motiy Promoción Empresarial vos culturales, la Consume lo Nuestro 2021, prevención de que se desarrollará mañana. la violencia haParticiparán varias emprecia la mujer y sas de esa urbe. el reciclaje. “Esos tres componentes “El camino a seguir es dar- estamos dando les empleo y generar ingresos como mensaje ceneconómicos a las familias bo- tral en el desfile que se livianas a partir de consumir desarrollará este miércoles lo que hacen ellas. En El Alto, desde las 17.00”, agregó. La la mayoría, yo diría hasta un actividad iniciará en el Mer80%, son productivas y creati- cado Campesino, ubicado en
PARA TODA LA POBLACIÓN ALTEÑA
Safci invita a la Feria por la Salud y Vida del 21 al 23 de diciembre munizar a los niños desde los cinco años hasta adolescentes de 17 años”, detalló. Para esta actividad se tienen confirmados cinco puntos de atención: en El Alto en la red Holandés, en el centro de salud Villa Dolores; otro punto será en la unidad educativa Primero de Mayo; centro de salud Huayna Potosí; un cuatro punto en la unidad educativa San Antonio, red Senkata; y el quinto punto es en la red Los Lotes, en la unidad educativa Brasil, extranca Río Seco. “En estos puntos estará el Ministerio de Salud a través de los programas médicos especialistas, odontobuses, para prestar una atención de calidad de toda la ciudad de El Alto”, aseveró.
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DÍAS de atención a la población en varias especialidades de salud.
Estamos haciendo estas ferias y esta gestión se hizo bastante en el tema de la salud, la vacunación, las pruebas antígeno nasal y la decisión de inmunizar a los niños desde los cinco años hasta adolescentes de 17 años”.
// FOTO: ABI
// FOTO: WILMA ALANOCA
• Redacción Central
la zona Santa Rosa, y concluirá en la plaza Obelisco, en el Distrito I. Las personas que prensenten los mejores disfraces recibirán premios, como una beca del Instituto Técnico Berlín, canastones y otros; los carros alegóricos también serán premiados. Alanoca invitó a todas las unidades productivas de El Alto a participar en el desfile. Entretanto, la representante del Instituto Berlín, Carmen Clavijo, indicó que el desfile tiene la finalidad de mostrar a la población alteña la capacidad de producción de las empresas de ese municipio. “No sólo de El Alto están participando, también están personas que son de La Paz y otra gente que está viniendo desde las provincias”, destacó. Alanoca invitó a la población a participar en el desfile, que no tiene ningún costo de inscripción. “Mas bien, van a tener regalos en cuanto a los mejores carros alegóricos, las personas mejor disfrazadas ganarán becas y canastones”, recalcó.
Personal de salud atiende a la población boliviana.
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Laboral // FOTO: MINISTERIO DE TRABAJO
FRUTO DE LA CITA DEL GABINETE BIMINISTERIAL
Perú replica el modelo de escuela sindical boliviana El presidente peruano Pedro Castillo inauguró la institución para los dirigentes y gremios. • Redacción Central
Trabajadores ingresan a la mina.
SE RECUERDA LA MASACRE DE CATAVI
Los mineros bolivianos tienen asueto en su día El Ministerio de Trabajo, a través de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Ocupacional, determinó la suspensión de actividades hoy en los centros mineros del país. Se recuerda el Día del Trabajador Minero Boliviano, según señala el Comunicado 046/21.
“El 21 de diciembre se conmemora el Día del Trabajador Minero Boliviano, en homenaje y memoria de los caídos de la masacre de Catavi”, de acuerdo con la Ley de 18 de diciembre de 1944, puntualiza el documento. El comunicado emitido por esa cartera de Estado señala que esta disposición también es de cumplimiento obligatorio de acuerdo con lo que establece el parágrafo I del artículo 48 de la Constitución Política del Estado. Según la historia, los trabajadores mineros de Catavi fueron masacrados el 21 de diciembre de 1942 después que se declararon en huelga, porque no consiguieron un aumento salarial.
LEY DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1944 Artículo 1°.- Declárase Día del Trabajador Minero Boliviano el 21 de diciembre en homenaje y memoria de los caídos en la masacre de Catavi, el 21 de diciembre de 1942. Artículo 2°.- Ese día se suspenderán las labores en todos los distritos mineros, debiendo los sindicatos realizar actos alusivos a la fecha.
“Las escuelas de formación sindical fortalecen las organizaciones sindicales, sociales y cooperativistas, forman nuevos líderes, difunden los derechos laborales y fortalecen el conocimiento histórico, político e ideológico, desarrollan una reflexión individual y colectiva desde un análisis crítico y con contenido de clase, con profundas convicciones democráticas, de inclusión y justicia social”, afirmó la mi-
dos y que ahora es el tiempo de trabajar con ellos, con sus dirigentes y organizaciones sociales. “Hay que lograr proteger los derechos laborales de los trabajadores”, dijo Castillo. En Bolivia, las escuelas de formación sindical están lideradas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social desde 2017 en todo el país. En 2019, después del golpe de Estado, lo primero que hizo el gobierno de facto fue suspender las actividades de las escuelas, de los sindicatos y de las organizaciones sociales en general.
2019 LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN fueron suspendidas en el régimen de Jeanine Añez
Artículo 3°.- Las empresas productoras pagarán la mitad correspondiente a ese día.
// FOTO: MINISTERIO DE TRABAJO
• Redacción Central
La Escuela de Formación Sindical del Ministerio de Trabajo trascendió fronteras ayer. El presidente de Perú, Pedro Castillo, lanzó la Escuela Nacional de Estudios Sindicales para que las y los trabajadores de base y dirigentes del hermano país accedan a información, conocimientos y herramientas sobre sus derechos laborales.
nistra de Trabajo, Verónica Navia, durante el acto de lanzamiento vía Zoom. Sostuvo que durante décadas las organizaciones sindicales y sociales fueron perseguidas, criminalizadas y encarceladas, por ello existe el deber de aportar y compartir los aprendizajes y reflexiones del pueblo boliviano, desde el Proceso de Cambio, para amplificar la voz y fuerza del pueblo peruano. “Una fuerza desde la unidad de las organizaciones sociales, la unidad de las y los trabajadores, que permita contar con un pueblo organizado, consciente y movilizado que consolide la legitimidad del Gobierno nacional para construir un proceso emancipatorio desde el pueblo y para el pueblo”, añadió la autoridad laboral. El presidente Castillo sostuvo que el Estado tiene una deuda histórica con los trabajadores que fueron permanente sataniza-
Los mineros, sus hijos y sus mujeres fueron acribillados por los militares enviados por el gobierno del general Enrique Peñaranda cuando marchaban pacíficamente, con el resultado de 19 fallecidos y 49 heridos. Según la Cámara de Senadores, la historia de las reivindicaciones sociales y laborales en Bolivia está escrita con la sangre de los obreros que conquistaron los principales beneficios sociales, que hasta el día de hoy goza toda la población boliviana. La ministra Verónica Navia en la inauguración de la Escuela de Formación Sindical en Perú.
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Covid-19 • Redacción Central
El Gobierno de la Nación Argentina entregó ayer a Bolivia un millón de dosis de la vacuna AstraZeneca, con lo que se ratifica la unidad y hermandad entre ambos países, además de la solidaridad en una lucha global contra la pandemia del Covid-19.
AHORA SE TRANSPORTAN VACUNAS La ministra de Salud de la República de Argentina, Carla Vizzotti, afirmó que el mismo avión que hace dos años llegó a Bolivia a “escondidas y en la noche” trayendo municiones para reprimir la voz del
LA LLEGADA EN NÚMEROS Un millón de dosis de la vacuna AstraZeneca donan el pueblo argentino y el gobierno de Alberto Fernández. 700 mil municiones letales y 600 gases lacrimógenos trajeron dolor y muerte a las familias bolivianas y fueron enviadas por el gobierno de Mauricio Macri hace dos años para concretar el golpe de Estado en Bolivia.
Argentina entrega a Bolivia un millón de vacunas AstraZeneca
pueblo boliviano, hoy llegó con vacunas trayendo salud y vida en una muestra de solidaridad, hermandad y de reparación del daño ocasionado por el gobierno de Mauricio Macri. “Cómo hace un tiempo no muy lejano, pero por suerte un tiempo que quedó atrás, este avión venía a dividir nuestros pueblos, vino y los dividió y ahora estamos viniendo a traer esperanza, a traer salud, vida, a traer vacunas a la luz
2 AÑOS DESPUÉS, el mismo avión Hércules que trajo municiones llegó ayer con ‘dosis de la esperanza’.
del día y con muchísimo orgullo, emoción y sobre todo para reparar y sanarnos, para nosotros este vuelo tiene un significado muy especial”, recordó la autoridad argentina. El avión Hércules de la Fuerza Aérea Argentina llegó pasado el mediodía con un cargamento de las AstraZeneca al aeropuerto de la Fuerza Aérea Boliviana, con una nutrida delegación del Gobierno del vecino país encabezada por su ministra de Las vacunas fueron descargadas y llevadas al Programa Ampliado de Inmunización.
Salud, que fue recibida por el canciller Rogelio Mayta, viceministros y otras autoridades. En ese mismo sentido, la primera autoridad en Salud de Bolivia, Jeyson Auza, destacó la solidaridad y compromiso del Gobierno argentino con la salud de los pueblos de Latinoamérica y por la muestra de hermandad con Bolivia, además recordó que hace dos años llegó esa misma aeronave con material bélico para reprimir a los bolivianos que luchaban por recuperar la democracia que les había sido arrebatada. “En el Gobierno del presidente Luis Arce Catacora también hay una diferencia paradigmática sustancial, en este mismo avión donde alguna vez se trasladó armamento para reprimir al pueblo boliviano, hoy se están trasladando vacunas”, enfatizó. El embajador de Argentina en Bolivia, Ariel Basteiro, rememoró que en ese mismo avión por órdenes del entonces mandatario argentino Mauricio Macri se enviaron a Bolivia 700 mil municiones letales y 600 gases lacrimógenos que “servirían para
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SE RATIFICA LA HERMANDAD DE LOS PUEBLOS
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El ministro de Salud de Bolivia, Jeyson Auza, a tiempo de agradecer por ese apoyo del Gobierno y pueblo argentino a los bolivianos, aseguró que se trata de un cargamento de salud y esperanza que llega al país gracias a las conversaciones y compromisos asumidos entre el presidente Luis Arce Catacora con su par Alberto Fernández, en busca de proteger la salud de sus pueblos. “Agradecer a la hermana República de Argentina y a su Ministra de Salud, porque recuerdo que cuando teníamos esta posibilidad de ampliar el tiempo para la dosis de refuerzo que ya habíamos iniciado, hemos recibido total apertura, pero no solamente eso, sino hemos recibido un compromiso con la salud latinoamericana al manifestar que no solamente con la vacunación, sino también con los estudios y todo lo que implique y signifique la colaboración entre nuestros pueblos”, expresó la autoridad boliviana.
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ENCUENTRO BILATERAL Las delegaciones de Salud de Bolivia y Argentina encabezadas por sus ministros de Salud, Jeyson Auza y Carla Vizzotti, respectivamente, tuvieron un encuentro bilateral de intercambio de experiencias de contención de la pandemia que sostuvieron ayer luego del arribo de las vacunas.
“Esta reunión ha sido un intercambio de experiencias de lo que ha estado viviendo el Ministerio de Salud de Argentina y también hemos hecho un pantallazo de lo que estamos viviendo como Estado Plurinacional de Bolivia, coincidimos plenamente en que se deben continuar con las estrategias aplicadas hasta ahora. Ha sido una experiencia en r ique cedora para ambos Estados”, afirmó Auza en una rueda de prensa conjunta con su par de Argentina. Explicó que en el encuentro se expuso a las autoridades y técnicos argentinos el plan nacional de lucha contra el Covid-19 que ejecuta Bolivia y el proceso de vacunación que incluye desde hace una semana la inmunización de niños de 5 a 11 años, y se han escuchado las experiencias en materia de inmunización del vecino país. La ministra Vizzotti coincidió en que la reunión con Bolivia fue enriquecedora y dijo que es un día histórico porque sentará el precedente de una América del Sur más fuerte, más unida y más organizada.
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El avión Hércules de la Fuerza Aérea Argentina transportó los inmunizantes.
Este avión venía a dividir a nuestros pueblos, vino y los dividió, y ahora estamos viniendo a traer esperanza, a traer salud, vida, a traer vacunas a la luz del día”. Carla Vizzotti Ministra de Salud de la República Argentina
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traer dolor y muerte en las familias bolivianas”. La ministra Vizzotti aseguró que se trata de una donación muy especial porque es la primera vez que una delegación de Argentina acompaña la entrega de vacunas y dijo que servirá también para sostener reuniones de intercambio de información y fortalecer las campañas de vacunación. A su turno, el canciller de Bolivia, Rogelio Mayta, señaló que quedó atrás ese “aciago noviembre de 2019” y calificó como muy importante la llegada de ese mismo avión a suelo boliviano porque el gobierno del presidente Alberto Fernández trae vida para los bolivianos. “Ese mismo avión nos está trayendo vida, esperanza, futuro, valoramos y lo recibimos así”, añadió.
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Alcón: Ahora los gobiernos subnacionales deben fortalecer las campañas de vacunación
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El encuentro bilateral de intercambio de experiencias de contención de la pandemia entre autoridades de salud de Bolivia y Argentina.
La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, afirmó ayer que ahora corresponde a los gobiernos subnacionales acelerar el proceso de vacunación y llegar a las zonas más alejadas para permitir la reactivación económica que el país necesita. “Sin duda, es lo que se ha quedado en la reunión con los alcaldes de las ciudades capitales más El Alto, como también en la reunión de autonomías del Consejo Nacional Autonómico que deben establecer sus responsabilidades, así que nuestra predisposición siempre en este momento para poder acelerar vacu-
nas que tenemos para toda la población”, dijo. Alcón destacó que la tarea que ahora tienen los gobiernos subnacionales es fortalecer las campañas de vacunación para que la gente se concientice y pueda protegerse ante el avance de la cuarta ola de la pandemia del Covid-19. La autoridad explicó que la población vacunada de más de 18 años llega a 67%. Se vacunaron alrededor de 100 mil niños entre 5 a 11 años y en el grupo de 12 a 17 ya son casi medio millón de inoculados, las terceras dosis son más de 470 mil vacunas.
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Covid-19 CON MÁS DE 29 MILLONES DE DOSIS ADMINISTRADAS
Después de enfrentar un pico pandémico que rozó los casi 10 mil casos positivos y 100 muertes diarias por Covid-19, Cuba desplegó una campaña masiva de vacunación que permitió reducir drásticamente la propagación, retornar a la normalidad y liderar el proceso de inmunización en América Latina. Con Soberana 02, Soberana Plus, y Abdala, los tres fármacos desarrollados y producidos en la Isla, con autorización para su uso de emergencia, las autoridades sanitarias emprendieron una campaña que, hasta ahora, inmunizó a más del 83% de la población, que roza los 11,2 millones de habitantes. Según información aportada por el Ministerio de Salud Pública, al cierre de la primera quincena de diciem-
ABDALA ES LA primera vacuna del Centro de Control Estatal de Medicamentos y Equipos Médicos.
Cuba lideró en 2021 la batalla contra el Covid-19 en América Latina Logró la autorización de tres inmunizantes desarrollados en la Isla y es el primer país del mundo en vacunar a niños a partir de los dos años. bre se acumulan más de 29 millones dosis administradas. A su vez, más de 10,2 millones de cubanos ya tienen al menos una dosis de las vacunas nacionales, 9,2 millones cuentan con dos y 9,3 millones de personas ya completaron el esquema de tres dosis, lo que coloca a la Isla en el segundo escaño a nivel mundial en la cantidad de dosis administradas por cada 100 personas, según el sitio estadístico digital Our World in Data, de la Universidad de Oxford. A pocos meses de declararse la pandemia —iniciada en marzo de 2020—, el Gobierno cubano convocó a la comunidad científica en la Isla, específicamente a los desarrolladores de fármacos inmunizantes, entre ellos el Instituto Finlay de Vacunas (IFV), y el Centro de Ingeniería Genética y Biotecnología (CIGB), en cooperación con el Centro de Inmunología Molecular y el Centro Nacional de Biopreparados, entre otras instituciones, a emprender una carrera contrarreloj para lograr el desarrollo de fármacos propios.
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• Sputnik
Con Soberana 02, Soberana Plus, y Abdala, las autoridades sanitarias han inmunizado a más del 83% de la población, que roza los 11,2 millones de habitantes.
De este empeño salieron cinco candidatos vacunales: Soberana 01, Soberana 02 y Soberana Plus, del IFV; y Abdala y Mambisa, del CIGB, que se incorporaron inmediatamente a los estudios y ensayos clínicos, primero en animales y después en humanos, bajo el control sanitario establecido.
De ellos, Abdala consiguió superar las tres fases de estudios clínicos y recibió la aprobación para su uso de emergencia el 9 de julio por el Centro de Control Estatal de Medicamentos y Equipos Médicos (Cecmed), mientras que Soberana 02 y Soberana Plus fueron reconocidas un mes
después por la misma autoridad regulatoria. Se inició una campaña masiva de inmunización en toda la Isla, incluso en poblaciones pediátricas de entre 2 y 18 años, lo que convirtió a Cuba en el primer país del mundo en vacunar a niños.
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REPORTE DEL EPIDEMIÓLOGO JEFE DE EEUU
Propagación de la variante Ómicron está arrasando en todo el mundo • RT
El epidemiólogo jefe de EEUU Anthony Fauci alertó en entrevista con la cadena informativa NBC que la “extraordinaria capacidad de propagación” de la variante Ómicron está “arrasando” en todo el mundo.
El avance de Ómicrom es impresionante en todo el mundo.
En este contexto, Fauci señaló que es probable que el país norteamericano vea un alto número de casos de coronavirus y hospitalizaciones a medida que la nueva cepa se propague por su territorio. “Si las cosas siguen el camino que se está marcando ahora, en una o dos semanas tendremos nuestros hospitales muy llenos de gente, porque hay muchas personas en este país que cumplen los requisitos para
recibir la vacuna y no lo han hecho”, lamentó el médico. Dijo que pese a que todavía existen dudas sobre la severidad de la nueva variante, el hecho de que se transmita con tanta facilidad la hace peligrosa. Ómicron ya ha sido detectada en 89 países y los expertos advierten de una oleada de infecciones invernal debido a su alta transmisibilidad y a su capacidad para evadir la protección inmunitaria.
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Covid-19 • Redacción Central
El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, informó ayer que el país continúa en ascenso de casos por coronavirus durante 11 semanas consecutivas. También explicó que el reporte epidemiológico de la semana alcanzó más de 11 mil contagios. Santa Cruz se mantiene como el epicentro de la cuarta ola. “Esta semana son 11.272 casos que se registran durante la semana, significa un incremento del 16%; de esos, 6.596 están concentrados en el departamento de Santa Cruz, vale decir que 59% de todos los casos que tiene el país están concentrados en esa región, aspecto que nos preocupa”, afirmó en conferencia de prensa. El Ministro de Salud lamentó que las autoridades cruceñas muestren un marcado desinterés por la salud de su población, puesto que su gobernador, Luis Fernando Camacho, no asistió a la reunión del Consejo Nacional de Autonomías, ni su director del Servicio Departamental de Salud (Sedes) al encuentro con el Ministerio de Salud y Deportes, la pasada semana. El informe epidemiológico da cuenta de que Beni presentó 196 casos en la semana, con un +92%; Pando 383 casos +50%; Cochabamba 874 +0,2%; Chuquisaca 416 +41%; Tarija 1.248 +9%, La Paz, 1.210 +22%, Potosí 136 +68%. Oruro es el único departamento que presentó un descenso con 213 –5%.
PIDEN NO ABANDONAR LAS MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD
Los contagios suben en 16% y Santa Cruz es el epicentro de la cuarta ola El departamento oriental tiene el 59% de los casos del país. Oruro es la única región que presentó un descenso de la enfermedad. El ministro Jeyson Auza durante la entrega del informe semanal de la lucha contra la pandemia.
Auza aconsejó que ahora es el momento en el que la población debe tomar conciencia, especialmente cuando se aproximan las fiestas de fin de año, por lo que no se deben abandonar las medidas de bioseguridad aconsejables para evitar la propagación del virus. “Hoy más que nunca debemos extremar las medidas de
bioseguridad, entendemos la organización de ferias, las fiestas de fin de año, sin embargo, si no queremos tomar medidas más drásticas, éste es el momento en que debemos ser muy responsables”, señaló. El titular en Salud descartó la presencia de la variante Ómicron en el país, aunque reconoció que en algún momen-
to será inevitable que se manifieste, sin embargo insistió en que la vigilancia genómica en Bolivia es permanente. También destacó la responsabilidad de los padres de familia que acudieron a la vacunación de niños de 5 a 11 años, ya que en menos de una semana se aproxima a los 100 mil inmunizados.
16% AUMENTARON los contagios en todo el país. Santa Cruz registra el 59% de todos los casos.
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Cultura & espectáculos
La Ruta de la Navidad comprende tres lugares estratégicos, comienza en la plaza central 10 de Febrero, donde se ubican cuatro villancicos gigantes y un nacimiento andino. El trayecto continúa en la plaza Sebastían Pagador, ahí un Niño Jesús de más de cuatro metros recibe a los visitantes y concluye en el Parque Ecológico con las esculturas más grandes del recorrido. Las esculturas forman parte de una iniciativa del Municipio de Oruro para atraer al turismo, fomentar la producción artística y festejar las fiestas navideñas. Una de las obras que llama la atención por sus dimensiones es el nacimiento. Las figuras se elaboraron en 14 días. “Manejamos materiales livianos, el niño tiene 2,5 metros, la Virgen María seis metros y José tiene siete metros”, contó el artista plástico Rolando Rocha, que también es autor de la escultura Virgen del Socavón. FORMACIÓN AUTODIDACTA Rocha aseguró que el próximo año se prevé continuar con la construcción de los Reyes Magos, animales, ángeles y otras figuras conmemorativas a la época navideña.
La Ruta de la Navidad de Oruro tiene las esculturas más grandes del país Las obras fueron elaboradas por el artista plástico Rolando Rocha y su equipo de trabajo. La figura más grande mide alrededor de siete metros. En el Parque Ecológico se encuentra el nacimiento más grande del país.
Junto a Rocha también trabajaron los artistas Víctor Javier Ocaña, Érika Mayuco, Radharani Navas, Denis Villca, David Ocaña y Oliver Leandro. El artista aseguró que su formación es autodidacta y ahora trabaja en nuevas formas de fabricar esculturas gigantes en menos tiempo.
El nacimiento andino está ubicado en la plaza central 10 de Febrero, tiene una altura de 2,2 metros.
La escultura es un arte que requiere mucho sacrificio, porque demanda un esfuerzo físico y mental”.
// FOTO: ERIKA MAYUCO
Rolando Rocha Escultor El niño Jesús mide 4,5 metros y está instalado en la plaza Sebastián Pagador.
// FOTO: GABRIEL POZO
El departamento de Oruro elaboró una ruta turística de la Navidad que se destaca por tener las esculturas más grandes del país. Las obras miden alrededor de siete metros y fueron construidas por el artista plástico Rolando Rocha y su equipo de trabajo.
RESALTAN POR SU COLOR Y MOTIVOS ANDINOS
// FOTO: ERIKA MAYUCO
• Estéfani Huiza Fernández
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www.aduana.gob.bo Línea gratuita: 800 10 5001
RESOLUCIÓN Nº RA-PE-01-040-21 La Paz, 20 DIC 2021 VISTOS Y CONSIDERANDO:
funcional.
viables”.
POR TANTO:
Que los Numerales 4 y 5 del Parágrafo I, Artículo 298 de la Constitución Política del Estado establecen que son competencias privativas del Nivel Central del Estado, el Régimen Aduanero y Comercio Exterior.
Que el Artículo 15 (Jornada y Horario de Trabajo) del Reglamento Interno de Personal de la Aduana Nacional aprobado con Resolución de Directorio Nº RD 02-019-21 de 21/07/2021, en vigencia desde el 02/08/2021, establece que: “La jornada de trabajo será de ocho (8) horas diarias, con excepción de feriados nacionales reconocidos en disposiciones legales en vigencia.(…) c)…Para las reparticiones dependientes de las Gerencias Nacionales, para las Gerencias Regionales, Administraciones de Aduana Interior, Aduana Zona Franca, Aduana Aeropuerto y Aduana Fluvial, el horario de trabajo regular, así como el extraordinario, será determinado, de acuerdo al trabajo operativo aduanero, mediante Resolución expresa del (la) Presidente(a) Ejecutivo(a) de la Aduana Nacional”.
Que por Informe AN-GNJGC-DALJC-I-1136-2021 de 20/12/2021, la Gerencia Nacional Jurídica, concluye que: “De acuerdo al análisis realizado en las consideraciones técnico legales, en base al ANGNAGC-DRHAC-I-1008-2021 de 20/12/2021, emitido por el Departamento de Recursos Humanos de la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas, emitida por la Presidenta Ejecutiva de la Aduana Nacional a.i., es procedente modificar el horario de trabajo y atención al público en las reparticiones dependen dientes de las Gerencias Regionales, de acuerdo al horario establecido en el anexo al citado Informe en tanto dure la interrupción de sistema único de modernización (SUMA), considerando que se enmarca en la normativa legal”. Recomendando a Presidencia Ejecutiva modificar el horario de trabajo y atención al público de las dependencias de las Gerencias Regionales, en el marco de lo establecido en el Inciso h) del Artículo 39 de la Ley General de Aduanas Nº 1990 de 28/07/1999, así como lo determinado en el Inciso c) del Artículo 15 del Reglamento Interno de Personal, aprobado mediante Resolución de Directorio Nº RD 02-019-21 de 21/07/2021.
La Presidenta Ejecutiva a.i. de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley;
Que el Artículo 2 de la Ley Nº 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, regula el ejercicio de la potestad aduanera y las relaciones jurídicas que se establecen entre la Aduana Nacional y las personas naturales o jurídicas que intervienen en el ingreso y salida de mercancías del territorio nacional, entendiéndose como potestad aduanera al conjunto de atribuciones que la ley otorga a la Aduana Nacional para el cumplimiento de sus funciones y objetivos para tal efecto se desconcentran territorialmente en administraciones aduaneras, conforme dispone el Artículo 30 de la misma Ley.
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 3 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25870 de 11/08/2000, prevé que la prestación de servicios aduaneros es esencial para el desarrollo económico del país y que su desarrollo y observancia se efectúa a través de la Aduana Nacional, sus Administraciones Aduaneras y demás unidades orgánicas.
Que por Informe AN-GNAGCDRHAC-I-1008-2021 de 20/12/2021, emitido por el Departamento de Recursos Humanos dependiente de la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas, concluye que: “Conforme análisis efectuado y los argumentos expuestos, la modificación del horario de trabajo con atención al público para las Administraciones de Aduana Interior, Aduana Zona Franca, Aduana Aeropuerto y Aduana Fluvial de las Gerencias Regionales La Paz, Oruro, Cochabamba, Tarija, Santa Cruz y Potosí, detallada en el numeral II del presente informe y conforme el anexo adjunto, a partir de la publicación de la Resolución y hasta nueva instrucción, son procedentes y técnicamente
Que el Artículo 30 del citado Reglamento, establece que la Aduana Nacional, a nivel ejecutivo y operativo, está organizada en unidades técnicas, operativas y administrativas, debiendo desconcentrarse regionalmente en Administraciones Aduaneras de acuerdo a su estructura orgánica y
RESUELVE: PRIMERO.- Modificar el horario de trabajo y atención al público de lunes a viernes de las reparticiones dependientes de las Gerencias Regionales conforme el detalle descrito en el Anexo adjunto que forma parte indivisible de la presente Resolución, en tanto dure la interrupción del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA). SEGUNDO.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación. La Gerencia Nacional de Administración y Finanzas y las Gerencias Regionales, quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 1990, Ley General de Aduanas en su Artículo 39, Inciso h) determina que el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional, como máxima autoridad, tiene la atribución de dictar resoluciones en el ámbito de su competencia, para la buena marcha de la institución.
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL LA PAZ Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL TARIJA Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN
Gerencia Regional La Paz
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Administración de Aduana Interior La Paz
Administración de Aduana Aeropuerto El Alto
Administración de Aduana Zona Franca Comercial/Frontera Cobija Administración de Aduana Zona Franca Industrial Patacamaya
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Gerencia Regional Oruro Días Ordinarios REPARTICIÓN
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Gerencia Regional Cochabamba REPARTICIÓN Administración de Aduana Interior Cochabamba
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ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL SANTA CRUZ Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN Gerencia Regional Santa Cruz Días Ordinarios REPARTICIÓN
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Recinto de Aduana “Ex Zona Franca Warnes” "Área Tránsito aduanero"
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Administración de Aduana Fluvial Puerto Jennefer
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL COCHABAMBA Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN Días Ordinarios
Administración de Aduana Interior Tarija
Administración de Aduana Aeropuerto Viru Viru
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL ORURO Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN
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ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL POTOSI Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN Gerencia Regional Potosí
Terminal de Vuelos
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Sábados, Domingos y Feriados
"Seccion Carga"
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Sábados y Domingos
Aduana Postal
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Administración de Aduana Interior Potosí
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Administración de Aduana Interior Sucre
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Cultura & espectáculos PASÓ POR ORURO, POTOSÍ Y UYUNI
Ferroviaria Andina lleva el Tren Navideño al municipio de Viacha El ferrocarril fue decorado con luces de colores y todo tipo de adornos. En sus vagones se muestran personajes como Papa Noel y el Grinch. // FOTO: FERROVIARIA ANDINA
• Redacción Central
El tren navideño lleva alegría y música a las familias de Potosí.
La distribuidora cinematográfica de Universal Pictures, Paramount Pictures y Sony Pictures en Bolivia Andes Films cierra el año con el estreno de la película ‘Sing 2: ¡Ven y canta de nuevo!’ el 30 de diciembre en todas las salas del país. El Avant Premiere simultáneo se desarrolló en Santa Cruz, La Paz y Cochabamba. Las salas recibieron a sus invitados especiales en medio de luces, una alfombra roja, el soundtrack oficial de música ambiente y los personajes de la película con los que tuvieron la oportunidad de fotografiar el momento. “La segunda parte de Sing es igual de exitosa que la primera. Ofrece hermosos mensajes de motivación para lograr sueños y metas, en las que hay que trabajar con esfuerzo y sin dejar de creer que lo lograremos”, comentó Sandra Cortez, gerente de Marketing de Andes Films.
COMENZÓ la primera experiencia del Tren Navideño. Este año la experiencia llegó a tres departamentos.
La empresa Ferroviaria Andina SA llevará hoy su tren navideño al municipio de Viacha del departamento de La Paz a partir de las 19.30 de la noche. La iniciativa comenzó en 2019 en Oruro “La actividad es organizay este año se extendio a dos da por nuestros trabajadores departamentos más. de cada estación. Este año la estamos retomando para incentivar el espíritu navideEste evento se celebró por pri- ño, más aun considerando mera vez en Potosí, el domin- este periodo de pandemia que go 19 estuvo en Uyuni, ayer en afectó a muchas familias”, deOruro y hoy en Viacha, La Paz. claró la gerente general de la El tren hará un recorrido empresa, Cynthia Aramayo, lento por el municipio de Via- en un boletín de prensa. En Oruro y Potosí varias cha. El trayecto estará acompañado por música, villanci- familias recibieron con alegría cos y bailes típicos de la región. el recorrido del tren navideño.
EN TODAS LAS SALAS DE CINE DEL PAÍS
La película animada Sing 2: ¡Ven y canta de nuevo! se estrena este 30 de diciembre TRAMA El siempre optimista koala Buster Moon y su estelar reparto de intérpretes animales se preparan para lanzar su más fabulosa y brillante representación en la capital mundial del entretenimiento. Pero hay un obstáculo: primero deberán persuadir a la mayor y más solitaria estrella del rock, encarnada por Bono en su audio original y Chayanne en el doblaje latino. La película trae a cuatro nuevos personajes que enriquecen la historia, cada uno con su propio ADN y personalidad definida. Uno de ellos es Clay Calloway, un león cuya vida profesional se detiene cuando muere el amor de su vida. El filme también tiene momentos de nostalgia y que llevan a la reflexión.
// FOTO: RRSS
• Redacción Central
2019
Todos los personajes de la primera película también formarán parte de la segunda parte.
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MARTES / 21 / 12 / 2021
RESOLUCIÓN AETN Nº 705/2021 TRAMITE Nº 2021-43608-2-0-0-0-DDO CIAE N° 0000 – 0000 – 0000 – 0000 La Paz, 30 de noviembre de 2021 TRÁMITE: Aprobación del “Procedimiento para la presentación ante la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) de Información del Sector Eléctrico contenida en los Formularios ISE”, que consideran además información relativa a nuevas tecnologías para la generación de energía eléctrica y electromovilidad. SÍNTESIS RESOLUTIVA: Aprobar el “Procedimiento para la presentación ante la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) de Información del Sector Eléctrico contenida en los Formularios ISE”, que consideran además información relativa a nuevas tecnologías para la generación de energía eléctrica y electromovilidad. POR TANTO: El Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), conforme a designación contenida en la Resolución Suprema N° 27288 de 30 de noviembre de 2020, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por la Ley N° 1604 de Electricidad de 21 de diciembre de 1994, el Decreto Supremo N° 0071 de 09 de abril de 2009, el Decreto Supremo N° 3892 de 1° de mayo de 2019 y demás disposiciones legales en vigencia; RESUELVE: PRIMERA.- Aprobar el “Procedimiento para la presentación ante la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) de Información del Sector Eléctrico contenida en los Formularios ISE”, que en Anexo forma parte de la presente Resolución. SEGUNDA.- Aprobar la implementación del Sistema Informático “Saturno” en su cuarta versión, de uso obligatorio para las Empresas Eléctricas, como único medio por el cual enviarán los Formularios ISE respectivos, en los formatos y Procedimiento establecidos en la presente Resolución. TERCERA.- Disponer que el “Procedimiento para la presentación ante la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) de Información del Sector Eléctrico contenida en los Formularios ISE” será aplicable a partir del mes de enero de 2022. CUARTA.- Instruir a la Unidad de Tecnologías (UTI) de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) adecuar el Sistema Informático “Saturno”, con la finalidad que las Empresas Eléctricas reporten la información establecida en el Procedimiento adjunto en el Anexo de la presente Resolución. QUINTA.- Instruir a las Empresas Eléctricas comunicar a la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) el correo institucional exclusivo para mantener correspondencia y ser notificados sobre aspectos relativos a los Formularios ISE, en un plazo de diez (10) días hábiles administrativos contabilizados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución. SEXTA.- Revocar las Resoluciones SSDE N° 013/2000 de 28 de febrero de 2000, AE Nº 139/2012 de 08 de marzo de 2012, AE Nº 304/2012 de 25 de junio de 2012, AE N° 078/2013 de 15 de febrero de 2013, AE-INTERNA N° 117/2018 de 31 de diciembre de 2018 y AETN Nº 727/2019 de 05 de julio de 2019. SÉPTIMA.- Disponer la publicación de la presente Resolución de conformidad a lo establecido en el artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo (LPA) de 23 de abril de 2002 y el parágrafo I del artículo 9 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial-SIRESE (RLPA-SIRESE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 27172 de 15 de septiembre de 2003 y en la página WEB: www.aetn.gob.bo. Regístrese, comuníquese, archívese. mjg
www.aduana.gob.bo Línea gratuita: 800 10 5001
Es conforme:
EDICTO
EDICTO – Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad GERENTE LA PAZ la Aduana Nacional ElEL Gerente Regional La REGIONAL Paz de la Aduana Nacional – Lic.de Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario (SEGUNDA PUBLICACIÓN) El Gerente Regional Laal Paz Aduana Nacional Lic. Antonio Claudio Martinez Villa, de conformidad en y GERENTE en estricta aplicación artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y DECRETO emplaza aly Sr. Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita ya.i. emplaza ade la la Sra. JULIANA RODRIGUEZ LOZA con NIT 3343458016; con la RESOLUCIÓN AN-GRLGREL REGIONAL LA PAZ DE LAde ADUANA NACIONAL LIC. ANTONIO MARTINEZ VILLA EN MÉRITO ALDETERMINATIVA ART. 5 DEL SUPREMO El Gerente Regional La Paz la Aduana Nacional –CLAUDIO Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, deASr. ElGerencia Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Claudio Martinez Villa, conformidad yconformien estricULELR-RESDET-162-2021 de fecha 09/11/2021, debiendo apersonarse anteLic. las oficinas de laPROVEÍDOS Gerencia Regional Lanotifica, Paz86° ubicada en de laDETERMINATIVA Av. del Policía Nºal637 entre calle Diego Nº. 27874 DEaplicación FECHA 26de DEFiscalización NOVIEMBRE 2004 NOTIFICA, CITA YNIT EMPLAZA CON LOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, LAS PERSONAS estricta del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley 2492 cita yTributario emplaza EMILIO La Nacional deDE la Aduana Nacional, de conformidad yAntonio en estricta aplicación artículo del Código Boliviano, Ley N° 2492, ALDAIR SEBERO IRIONDO PAREDEZ con 8389193013; con Nº ladel RESOLUCION POR de Portugal y Av. Ballivian Otero, Ciudad decon la DE ciudad de Ella Alto, y sea enpara un plazo perentorio 20 días calendario alapartir de su legal notificación oGERENCIA dad yLLAMA en estricta aplicación alSatélite artículo 86 de Ley Nº 2492 del Código Tributario Boliviano, notifica, cita QUE SE MENCIONAN Aartículo CONTINUACIÓN, DENTRO LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS Ayapersone INSTANCIA DE ESTA ta aplicación del 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita emplaza al Sr. EMILIO CITA, Y EMPLAZA aZona la ORELLANA operadora JIANZHEN LUO con NIT 367056024, para que por síconocimiento odemediante apoderado, se aVISTA las oficinas de laalternativaGerencia JHONATHAN HERBAS C.I. 7853233 SC, que tome de presente DE CARGO UNIFICACION DE PROCEDIMIENTO AN-GRLGR-ULELR-RESDET-147-2021 de fecha 18 de Octubre de 2021, mente, interponer los recursos en los plazos que la ley dispone.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional depor Fiscalización de la Aduana Nacional, en la 20 Octubre 2038 de la que ciudad de La conocimiento Paz, conforme señala eloficinas cuadro: yAN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 emplaza con las Resoluciones Administrativas de NºAbandono Tácito oapersonarse de Hecho, debiendo apersonarse de fecha 19de de agosto depara 2021, debiendo alas las oficinas laGerencia Gerencia JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 SC, tome de lasiguiente presente VISTA DE emitida la Gerencia Regional Laubicada Paz de laAv. Aduana Nacional, debiendo apersonarse ante dede la &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Regional La Paz enAdministración Ciudad dede ElEl Alto delAN-GRLGR-ULELR-RESDET-162-2021: Policía Nº 637 entre calle----------------------------------------------------------------------Diego de Portugal y Av. Ballivian yOtero sea en PARTE PERTINENTE DE PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: PARTE PERTINENTE DE DETERMINATIVA ------------------------------------------------------------La Pazubicada ubicada enla la ciudad Alto Av. del Nº de 637 entre calle Diego dela Portugal y ADEUDO Av. Ballivian CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 dePolicía fecha 19 deFECHA 2021, debiendo apersonarse aOtero las oficinas ante las oficinas deLALOS laRESOLUCIÓN deAv.Aduana Interior Laagosto Paz, ubicada en Av. 6 de Marzo S/N, Zona NOMBRE DEUDA BASE El Alto, 09 deperentorio Noviembre dee2021.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------un plazo improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes.------y sea en un plazo de 20 días computables a partir de su legal notificación, para interponer los recursos en los plazos que la de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la Ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. O RAZÓN C.I. o N.I.T. DOCUMENTO A NOTIFICAR, PERÍODO, IMPUESTO Y MONTO VISTA DE TRIBUTARIA TRIBUTARIO IMPONIBLE VillaNºBolívar “B”DE–INICIO El Alto (Recinto Aduana Interior La Paz) y sea enADEUDADO un plazo perentorio de 20 EN días VISTOS:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DE PROVEÍDO SUJETO MONTO MONTO ADEUDADO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&NIT / C.I.2019CDGRL0000535-1 ORIGEN PIET NºSOCIAL CARGO UFVNº AN-GRLGR-UFILR-I-2706-2019 UFV UFV’S BS ley dispone.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ballivian sea en2019CDGRL0000535 un plazo perentorio efecha improrrogable deDEL treinta (30) días paraseñala formular yartículo presentar los de descargos Las Ordenes deOtero Control yDiferido de 08/04/2019, de 16/08/2019; Técnico de DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA PASIVO ENInforme BOLIVIANOS hábiles administrativos, siguientes a la de su notificación conforme el 154 la Ley PARTE PERTINENTE DE DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.-----------------------------PARTE PERTINENTE DELA LAVISTA RESOLUCION POR de UNIFICACION DE PROCEDIMIENTO 06/11/2019; Vista de Cargo AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-466-2019 deDETERMINATIVA 06/11/2019; Informe de Evaluación Descargos AN-GRLGR-UFILR-I-455-2021 de 24/08/2021; que1990 estime VISTA DE CARGO: Nº deconvenientes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------fecha Ley General Aduanas, modificado por artículo 3, parágrafo IV de la Informe Legal AN-GRLGR-ULELR-I-654-2021 de 09/11/2021; todos losde antecedentes cursantes en el expediente.----------------------------------------------------------------Bs. el 2,564.El Alto – La Paz, 19 de28/07/1999, agosto de 2021------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR-ULELR-RESDET-147-2021 -------------------------------------------------------------------------------------UFV´s 1,082.&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AN-GNFGC-VISCAR-89-2021. POR TANTO:-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LUCIO DECLARACION JURADA Ley Nº 615 de fecha 15/12/2014, a las personas naturales que se mencionan a continuación.--------------I. Gerente GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN: (DOS---------------------------------------MIL Paz, 18PERTINENTE de Octubre de 2021. ---------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR -SET-PIET-570/2021 C.I. 49 DUI de gestión 2018: 1) 2018/711/C-55899, 2) 2018/711/CElLa Regional La Paz de ALCANCE: la Aduana enlauso deDE sus atribuciones conferidas por Ley;---------------------------------------------------------------------------------PARTE DENacional, LA VISTA CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.------------------------VILCANQUI 1 DE QUINIENTOS SESENTA (MIL OCHENTA Y DOS 00/100 DE FECHA 13/10/2021 40146892 DUI5)2016/241/C-37066 Gerencia Regional La 55901, Paz-------------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&UNIDADES DE FOMENTO A RESUELVE:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3) 2018/711/C-55902, 4) 2018/711/C-56248, 2018/711/C-56501, 6) 16/12/2016 Y CUATRO 00/100 ElGIRADA Alto –DETERMINAR La Paz, de agosto de CHURA 2021------------------------------------------------------------------------------------------LAAgencia VIVIENDA) PRIMERO.de oficio las obligaciones aduanerasPosterior de 8) la 2018/711/C-58920, Operadora2021FPGNF0000032 JULIANA RODRIGUEZ LOZA con NIT 3343458016 y deInforme la Despachante II. CONTRA: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------La Orden de 19 Fiscalización Aduanera de 23/06/2021; Técnicode 2018/711/C-58786, 7) 2018/711/C-58831, 9) 2018/711/ BOLIVIANOS) PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN: -----------------------------------------Aduana ULTRAMAR LTDA con NIT 1019195022 como responsable solidario, por concepto de diferencia de valor y seguro, afectando a los Tributos Aduaneros del Impuesto al C-60019, 10) 2018/711/C-60027, 11) 2018/711/C-60056, 12) 2018/711/CEMILIO J. HERBAS ORELLANA --------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GNFGC-DFOFC-I-190/2021 deDE 22/07/2021; Vista de CargoÚnica AN-GNFGC-VISCAR-47-2021 de 22/07/2021; Gravamen Arancelario (GA) y Valor Agregado (IVA) e intereses en la tramitación de la Declaración de Importación DUI 2016/231/C-2053 de 09/03/2016 por el monto que DE ABANDONO TÁCITO O HECHO: -----------------------------------------------------------------Bs. 1,832.Gerencia Regional La60811, Paz--------------------------------------------------------------------------------------------------------SOSIMO UFV´s 773.(SETECIENTOS 13) 2018/711/C-60831, 14) 2018/711/C-60848, 15) 2018/711/C-61249, III. NUMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: ------------------------------------------------------------------------C.I. 65/100 Informe Técnico de Evaluación de Descargos AN-GNFGC-DFOFC-I-240/2021 de 30/08/2021; Informe Legal DECLARACION JURADA asciende a UFV’s143.072,65 (Ciento Cuarenta y Tres Mil Setenta y Dos Unidades de Fomento a la Vivienda), por concepto de Tributo Omitido, Mantenimiento de Valor AN-GRLGR -SET-PIET-572/2021 CRISOL SETENTA Y TRES 00/100 16) 2018/711/C-61818, 17) 2018/711/C-61819, 2018/711/C-61858, (MIL OCHOCIENTOS I.2 7853233 GIRADA --------------------------------------------------------------------------------------------------------DUI 2018/241/C-19490 DE descargo CI SCCONTRA: ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------eRESUELVE:---------------------------------------------------------------------------------------------------Intereses, calculados al 06/11/2019, conforme alde siguiente detalle:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR-ULELR-I-576-2021 18/10/2021; las 18) pruebas de cargo, yY DOS los 00/100 antecedentes cursantes en Ael 11252725 DE FECHA 14/10/2021 HINOSTROZA UNIDADES DE FOMENTO 19) 2018/711/C-61860, 20) 2018/711/C-61862, 21) 2018/711/C-62595, 30/11/2018 Resumen Liquidación Previa de la Deuda alTREINTA 06/11/2019. L.P. PRIMERO.Declarar en ABANDONO TÁCITO O DETributaria HECHO, la mercancía descrita en el Parte de EMILIO J. HERBAS ORELLANA ---------------------------------------------------------------------------------------------IX. CONSIDERANDO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------expediente.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PARIACHI LA VIVIENDA) BOLIVIANOS) 22) 2018/711/C-62597, 23) 2018/711/C-62598, 24) 2018/711/C-62645,
9.1 u Omisión se Atribuye al Presunto Autor. -------------------------------------------------------------------------III.Acto NUMERO DEque IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: -------------------------------------------------------------------POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Recepción: -------------------------------------------------------------------------------------------------------
25) 2018/711/C-62648, 26) 2018/711/C-63521, 27) 2018/711/C-64893, Omitido con a la Fecha Interesesa del Tributo Deuda Tributaria (TO + I) (…) se dará elestablece inicio a la ejecución tributaria mencionado título al tercer día de suTributo legal presente proveído, partir cualtributos se aplicarán en su contra las medidas Valor Valor CIF no 9.1.1 Secorrespondientes, laconforme presunta comisión de Contravención Tributaria por elOmisión de Pago dedelLey; los correspondientes El Gerente Regional La dedel laFOB Aduana Nacional, uso denotificación sus conferidas por DOCUMENTO Tipoen de deatribuciones Vto. Omitido actualizado al -------------------------actualizada al CI 7853233 SC -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------28) Paz 2018/711/C-64894, 2018/711/C-64895, 30) 2018/711/C-65213, JIANZHEN coactivas establece el Art.29) 110 de la Ley 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a65.151,83 la fecha de pago, conforme N° 367056024 24/09/2021 34.326,18 264.553 no declarado declarado ADUANERO Fecha DUI Tributo33) PARTE DE FECHA DESC,lo aRESUELVE: laLUO DUI IM4 deCONSIGNATARIO 14/11/2017, el operador ORELLANA con CI 7853233 -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------2018/711/C-67409, 32)que 2018/711/C-67411, 2018/711/C-68125, 34) señala el Art. 47 de la2017/201/C-41695 Ley 2492,31) reconociendo los pagos hubiesecontra realizado el (los) sujeto (s) EMILIO pasivo (s), porJ.loHERBAS que se les comunica que deberán apersonarse a la Supervisoría IX. CONSIDERANDO.---------------------------------------------------------------------------------------------------------Corr N° RESOLUCION DE ABANDONO 14/03/2016 06/11/2019 06/11/2019 (DUI) Aduanero RECEPCION Nº2018/711/C-68126, RESOLUCION 35) 2018/711/C-68270, 36)REGIONAL 2018/711/C-68960, 37) de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Ciudad de El Alto en la Av. del Policía conducta tipificada en el art. 160 num. 3, y sancionado en el art. 165, del CTB; hecho que incide directamente en los Tributos PRIMERO.DETERMINAR de oficio las obligaciones aduaneras del Operador ALDAIR SEBERO IRIONDO 9.1 ActoCalle u Omisión que yseBallivian Atribuye alBsPresunto Autor. --------------------------------------------------------------------Bs. Bs UFV’s BS UFV’s Nº 637 entre Diego de Portugal Otero Zona Ciudad Satélite.----------------------------------------------------------------------------------------------------------2018/711/C-68961, 38) 39)tres 2018/711/C-69134, 40) UFV’s 201 2018 380227 Aduaneros correspondientes alBs Gravamen Arancelario (GA), Impuestos al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Consumo EsPAREDEZ con NIT en la2018/711/C-68962, tramitación de (3)a.i.Declaraciones Únicas de objeto deal fiscalización, 9.1.1 SeDE establece la8389193013, presunta comisión de Contravención por Omisión de Importación Pago de los tributos correspondienRESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL PAZ Tributaria ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------2018/711/C-69135, 41) 2018/711/C-69137, 42)LA 2018/711/C-70620, 43) GAsustitución 165.901,00 78.603,71 19.696,83 211.639,00 91.141,21 1 el FECHA - GROVER QUIROGA 18/06/2021 pecifico, al haberse determinado: unRODOLFO Valor FOBROJAS de al valor declarado, en45.738,00 aplicación al Método del Último Recurso por monto que a UFV’S44.920,25 (Cuarenta y el Cuatro Mil Novecientas Veinte 25/100 Unidades de Fomento &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-882-2021 tes a2016/231/C-2053 la DUI IM4asciende 2017/201/C-41695 14/11/2017, contra operador 2018/711/C-70888, 44)de 2018/711/C-70891, 45) 2018/711/C-73381, 46) EMILIO J. HERBAS ORELLANA con CI 7853233 09/03/2016 457.646,00 466.799,34 17/10/2018 (1) PARTE PERTINENTE DELyAUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 18 de Octubre de 2021. ------------------------------–a1Criterios Razonables al rom. II art. 43 del DS N° 28963 de 06/12/2006, de USD 18,930.00 (dieciocho mil novecientos la Vivienda), por concepto de diferencia de valor y seguro, afectando a los Tributos Aduaneros IVA y GA, calculados IVA 94.529,00 44.787,74 26.061,00 11.223,03 120.590,00 51.931,44 2018/711/C-73385, 47) 2018/711/C-73410, 48)con 2018/711/C-73803, 49) SC, conducta tipificada en el art. 160 num. 3, y sancionado en el art. 165, del CTB; hecho que incide directamente en los (…) notifíquese mediante EDICTO a LUCIO VILCANQUI CHURA C.I. 40146892 con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN201 2018 dólares 3663912018/711/C-73804. treinta 00/100 estadunidenses); un Valor FOB nola declarado USD 814.11 (ochocientos catorce 11/100 dólares estadual 22/07/2021, conforme el siguiente cuadro: -------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA GRLGR-SET-PIET-570/2021 de fecha 13 de Octubreal de Gravamen 2021, emitida por Supervisoria de Ejecución Tributaria la Gerencia Regional La Paz de la Nacional TOTAL DEDE LA DEUDA TRIBUTARIA 260.430,00 123.391,45 71.799,00 30.919,86 332.229,00 143.072,65 Tributos Aduaneros Arancelario (GA), Impuestos aldeestadunidenses); Valor Agregado (IVA) e Aduana Impuesto al 2conforme FECHA -86º EDGAR MACHACA 14/09/2021 nidenses); un Valor decorrespondientes Seguro no CALLEJAS declarado USD 16.28 (Dieciséis 28/100 dólares un Valor de Flete no LIQUIDACIÓN DE LA DEUDA TRIBUTARIA Gestión fiscalizada: 2018 sea establece el artículo del Código Tributario – de Ley Nº 2492.----------------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1230-2021 Consumo Especifico, al haberse determinado: un Valor FOB de sustitución al valor declarado, en aplicación al Método Nota: UFV a04/10/2018 lade Fecha deClaudio Vto. del 4° año Bs2,1106 UFV a la fecha del inicio del 5° año0 UFV a la fecha de la Deuda Tributaria Actualizada de Bs2,3221, con tasa de interés Firma y Sella: Antonio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------declarado USD 946.50 (novecientos cuarenta y seis 50/100 dólares estadunidenses); y un Valor CIF no declarado de USD TRIBUTO OMITIDO: del 4%Último Y201 6% (un conforme establece el Art. setenta 47 delRazonables Código Tributario laestadunidenses). Ley 812DS de 30/06/2016 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&del Recurso –Gravamen Criterios y alBoliviano rom. IIporart. 43N°del N° 28963 de 06/12/2006, de USDuna 18,930.00 (diecioArancelario (GA) 11.566,07 UFV. 1,776.87 mil setecientos y seis 87/100 dólares En consecuencia, se generó presunta Deuda 2013 280035 Monto del -AUTO GERMAN MAMANI FELIX ADMINISTRATIVA (2) PARTE PERTINENTE DEL DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓNRESOLUCIÓN POR EDICTO de fecha 18 de del Octubre de 2021. ------------------------------Interés Tributo Impuesto al Valor Agregado (IVA) 19.009,55 Valor CIF cho milDE novecientos 00/100 dólares estadunidenses); un Valor FOB no(cuatro declarado USD 814.11 (ochocientos catorce 3 notifíquese FECHA 16/09/2021 Tributaria (DT) actualizada 19/08/2021, suma que UFV. asciende a Bs. 4,886.00 milelochocientos y seis 00/100 SEGUNDO.CALIFICAR latreinta conducta de la Operadora JULIANA RODRIGUEZ LOZA con NIT 3343458016 y de la Agencia Despachante deochenta Aduana ULTRAMAR LTDA (…) mediante EDICTO a al SOSIMO CRISOL HINOSTROZA PARIACHI con C.I. 11252725 L.P. con PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN Tributo Tributos DEUDA - JORGE ENRIQUE SCHMIDT HAMEL AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1257-2021 CONTRAVENCIÓN ADUANERA: 250 UFV 14/06/2013 con NIT 1019195022 como responsable solidario, DE PAGO”, adecuarse aOmitido lounidades establecido por elfomento artículo 165º de la Ley N° 2492 de estaduniden02/08/2003 – CTB, TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-572/2021 de“OMISIÓN fecha 14/10/2021, emitida por la Gerencia Regional La deOmitido la Aduana Nacional, sea por conforme establece bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dos mil sesenta ypordos 37/100 dePaz a 28/100 la vivienda), concepto deel 11/100 dólares estadunidenses); uncomo Valor deNo Seguro no declarado de USD 16.28 (Dieciséis dólares TRIBUTARIA correspondiendo SANCIONAR mismo una multa igual 100% delAduaneros tributo omitido establecida UFV’s123.391,45 (Ciento Veintitrés Mil Trescientas Noventa artículo 86º del Código Tributario Ley Nºcon 2492. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Declarado diferencia de valor, fletealy–no seguro, afectando aallos Tributos Aduaneros (GA, enIVA eseis ICE) e Intereses.---------------------------Corr. DUI Fecha DUI Cuando corresponda: ses); un Valor de Flete declarado de USD 946.50 (novecientos cuarenta y 50/100 dólares estadunidenses); y unde y Sella: Antonio de Claudio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL PAZ ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------yFirma Un 45/100 Unidades Fomento a la Vivienda), monto154º calculado la fecha de a.i. vencimiento de lasAduanas obligaciones tributarias que fueron sujetas a control,por por concepto SEGUNDO.Conforme al artículo deaasetecientos la Ley General de (Ley 1990) modificado launLey Conforme lopor establecido enuna el parágrafo del artículo 98º del de Código Tributario Boliviano, una vez 22/07/2021 notificada la87/100 Vista Cargo, el sujeto pasivo o tercero responsable tiene plazo 9.1.2 SeCIF establece multa por Omisión laLA fecha de-setenta vencimiento de la de DUI IM4 2017/201/C-41695 deconsecuen14/11/2017, 22/07/2021 Valor declarado dedeIUSD 1,776.87 (unPago mil y seis dólares estadunidenses). En &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&GA e IVA, lano Declaración Única Importación - DUI 2016/231/C-2053 de 09/03/2016.------------------------------------------------------------------------------------------perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes o alternativamente, interponer los recursos en los plazos que la por UFVs 1,770.85 (un mil setecientos setenta 85/100 unidades de aMES lasuma vivienda); sujeta a sujeto previsto en los arts. EL PRESENTE EDICTO ES EN LATributaria CIUDAD DE (DT) EL ALTO A LOS VEINTE DÍAS DE OCTUBRE DOS MIL VEINTIUNO. -TERCERO.INTIMAR la Operadora JULIANA RODRIGUEZ LOZA con NITRD-01-015-16 3343458016 y deDEL la Agencia Despachante deDEL Aduana LTDA con NIT 615 de 15/12/2014 yLIBRADO Resolución de Directorio No. de 22/09/2016, elAÑO pasivo podrá cia, seY generó unaa presunta Deuda actualizada al fomento 19/08/2021, que asciende aloULTRAMAR Bs. 4,886.00 (cuatro Ley loydispone. Bs Sigla UFV’s FIRMA SELLA: ANTONIO CLAUDIO MARTINEZ VILLA – de GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.y–segunda ADUANA NACIONAL. ------------------------------------1019195022 como responsable solidario, al pago delalos importes determinados en las disposiciones primera de UFV’s la presente Resolución Determinativa, importes 156 157 dellevante, CTB, modificados por Ley N° 812 30/06/2016.-----------------------------------------------------------------realizar el dentro de un plazo (20) días hábiles aUFV’s la 27310 fecha de mil ochocientos ochenta y seis bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dosartículo mil sesenta y dos 37/100 unidades ACMV que serán calculados conforme a lo previsto en00/100 el artículo 47º de de laveinte Ley N° 2492 (CTB) modificado por laadministrativos, Ley Nº 812, 42 delsiguientes Decreto Supremo Nº – RCTB X. CONSIDERANDO ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jncm modificado por el D.S. 2993 dela 23/11/2016 Reglamento de ade la Ley Nº 812 de 30/06/2016.--------------------------------------------------------------------------------------------de fomento a librado laNºvivienda), por concepto diferencia de valor, flete afectando a los Tributos Aduaneros (GA, su notificación con Resolución Declaración de Abandono, estando obligados a pagar los tributos El presente Edicto es ena la de LaJULIANA Paz, a los 30 días del mes de septiembre del 3343458016 año 2021. yyseguro, 10.1. Pago. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------HR DESLF2021-1088 CUARTO.COMUNICAR la ciudad Operadora RODRIGUEZ LOZA conGA NIT de la Agencia Despachante de Aduana con NIT 5.451,83 732,64ULTRAMAR LTDA 6.184,47 IVA e ICE) eresponsable Intereses.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------aduaneros, multas, recargos, almacenaje y demás gastos adeberá que hubiere lugar.------------------------------DESLF2021-1088/2 1019195022 comoEMILIO que acuerdo a la Ley N° con 812 de queSC modifica la Ley N° 2492 02/08/2003 – CTB,Tributaria podrán acogerse beneficio de El operador J.solidario, HERBAS ORELLANA CI30/06/2016 7853233 pagar la de presunta Deuda y laal presunta 9.1.2 Se establece una multa por Omisión de Pago a la fecha de vencimiento de la DUI IM4 2017/201/C-41695 dela 1 2018/201/C-22814 11/06/2018 129.445 reducción de sanciones conforme lo establecido en los numerales 2 y 3 del artículo 156° de la precitada Ley correspondiente a la Multa por Omisión de Pago, antes de Firma y Sella: Susana E. Ríos Barragán – ADMINISTRADOR a.i. – GERENCIA REGIONAL LA PAZmulta por Omisiónresolución.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------de Pago, conforme establece el art. 47 del CTB modificado Ley N° 812 de 30/06/2016, pudiendo beneficiarse ejecutoria de la presente 14/11/2017, por UFVs 1,770.85 (un mil setecientos 85/100 unidades de fomento a la vivienda); sujeta a 10.605,16 lodeprevisto IVA 1.255,60dentro del arrepentimiento eficaz y la con reducción sanciones.setenta Aduana QUINTO.EnNacional.------------------------------------------------------------------------------------------------caso de no estar de acuerdo la presentede determinación, los------------------------------------------------------------------------------Sujetos Pasivos podrán 9.349,56 impugnar el presente acto administrativo del plazo quince (15) en los arts. 156 y 157 del CTB, modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016.-----------------------------------------------días de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del artículo 174 de la Ley N° 1340 de 28/08/1992 o dentro el plazo de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido en el artículo 10.2. Arrepentimiento Eficaz o Reducción de Sanciones. -------------------------------------------------------------------------Firma y Sella:de Antonio Claudioa partir Martínez Villa – ADMINISTRADOR a.i. – GERENCIA REGIONAL 143º la Ley N° 2492 02/08/2003, computables de su legal notificación conen la presente Resolución, bajo iniciarse beneficiarse la Ejecución Tributaria, X.deCONSIDERANDO ----------------------------------------------------------------------------------------------------------Las sanciones pecuniarias por omisión de pago, establecidas la presente Vista dealternativa Cargo,depueden con elconforme arreLA prevé elPAZ-Aduana artículo 108º de la LeyNacional.-------------------------------------------------------------------------------------N° 2492 de 02/08/2003 – CTB.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------GA 8.496,18 9.586,11 10.1. Pago. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------pentimiento en Villa el art. 157 del REGIONAL CTB modificado la Ley N° 812 de 30/06/20161.089,93 o la reducción de sanciones, Firma y Sella: Lic.eficaz Antonioestablecido Claudio Martínez – GERENTE LA PAZ – por Aduana Nacional.-----------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&establecidas en el art. 156 del mencionado cuerpo legal, de acuerdo a lo siguiente: ------------------------------------------------2018/201/C-29377 30/07/2018 171.034 Firma2 y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cardenas – JEFE UNIDAD LEGAL – GERENCIA REGIONAL LA PAZ – Aduana Nacional.--------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE ORELLANA LOS AUTOS INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR 1. operador Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria contravención omisión de pago, cuando El EMILIO J. HERBAS conDE CI 7853233 SCpor deberá pagar la de presunta Deuda Tributaria yellasujeto preIVA POR 12.501,63 1.604,43 14.106,06 PARTE PERTINENTE DEL AUTOresponsable DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN EDICTO.-----------------------------------------------------------------------pasivo oOmisión tercero pague la deuda tributaria hasta el con décimo (10) Ley día DETERMINATIVA de la AN-GRLGR-ULELRVista de Cargo. EDICTO. -------------------------------------------------------------------------------------------------------sunta multa por Pago, conforme establece art. 473343458016, del CTB modificado N° notificada 812 de 30/06/2016, pudiendo (…) notifíquese mediante EDICTO a de la Sra. JULIANA RODRIGUEZ LOZAelcon NIT la RESOLUCIÓN ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESDET-162-2021 de fecha de Noviembre de 2021, emitida porEDICTOS la Gerencia Paz-----------------------------------------------------------de la Aduana Nacional, ---------------------------------------------------------beneficiarse del arrepentimiento eficaz y la reducción deRegional sanciones. (…) procédase a09su notificación por a:La GROVER RODOLFO ROJAS QUIROGA, Firma Antonio Villa – GERENCIA REGIONAL LA PAZ – Aduana 2. y Sella:El pagoClaudio de la Martínez deuda tributaria después del décimo día de la Nacional.---------------------------------------------------------------------------notificación la Vista de Cargo y hasta GA 1.828,32 219,94o Auto Inicial 2.048,26 EDGAR CALLEJAS MACHACA, GERMAN MAMANI FELIXcon y determinará JORGE ENRIQUE &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&antes de la notificación la Resolución Determinativa o Sancionatoria la reducción SCHMIDT de la sanción EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ELde ALTO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. 10.2. Eficaz ocon Reducción Sanciones. --------------------------------------------------------------------3 Arrepentimiento 2018/201/C-39372 02/10/2018 28.415 HAMEL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------aplicable en el ochenta (80%) por ciento. -----------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ – GERENTE REGIONALen LAlaPAZ a.i. – ADUANA Las sanciones pecuniarias por omisiónVILLA de pago, establecidas presente VistaNACIONAL.----------------------------------------------de Cargo, pueden beneficiarse con el
IVA 258,02o Sancionatoria 2.390,19 Firma yElSella: Antonio ADMINISTRADOR – GERENCIA REGIONAL 3. pago de la DeudaClaudio TributariaMartínez efectuado Villa después– de notificada2.132,17 la Resolucióna.i. Determinativa hasta arrepentimiento establecido el art. de 157Alzada del CTB porRegional la Ley N° 812 de 30/06/2016 o la reducción de antes de eficaz la presentación del en Recurso antemodificado la Autoridad de Impugnación Tributaria, determinará LA PAZ-Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------sanciones, establecidas ensanción el art. 156 delsesenta mencionado cuerpo legal, de acuerdo a lo siguiente: -------------------------------la reducción de la en el por ciento (60%). -----------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&SUBTOTAL ARANCELARIO 15.776,33 17.818,84 El pago de la DeudaGRAVAMEN Tributaria efectuado después de la(GA) interposición del Recurso de Alzada y2.042,51 antes de la presentación del EL EDICTO ES LIBRADO LA pecuniaria CIUDAD DE EL ALTO, ELomisión DIA UNO DEL 1. PRESENTE Quedará automáticamente extinguida laEN sanción por contravención de desanción pago, cuando el Recurso Jerárquico ante la Autoridad General de Impugnación Tributaria, determinará la reducción de la en elMES cuaDE OCTUBRE DELoAÑO DOS MILAGRAGADO VEINTIUNO.---------------------------------------------------------sujeto(40%).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------pasivo tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el décimo (10) 3.118,05 día de notificada la Vista de renta por ciento SUBTOTAL IMPUESTO AL VALOR (IVA) 23.983,36 27.101,41 FIRMA Y SELLA ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ VILLA – a.i. GERENTE LA PAZ Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ - ADUANAREGIONAL NACIONAL.-------------Cargo. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Kattia Oblitas Avine-JEFE UNIDAD DElaFISCALIZACIÓN-GERENCIA REGIONAL LA yPAZa.i. 2. – ADUANA El pago deNACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------laMargort deuda tributaria después del décimo día de notificación con la Vista de Cargo o Auto Inicial has-
ACMV JEVC/SVCA/RECQ/jmv HR.: GRLGR2019-6478/1
TOTAL DEUDA TRIBUTARIA 5.160,56 ADUANAtaNACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jmv antes de la notificación con la Resolución Determinativa o39.759,65 Sancionatoria determinará la reducción44.920,25 de la san&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&HR.: LAPLI2021-6903 ción aplicable en el ochenta (80%) por ciento. --------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO.CALIFICAR la conducta delVISTA Operador ALDAIR SEBERO IRIONDO PAREDEZ con NIT PARTE PERTINENTE DEL ANEXO 1 efectuado DE LA DEdeCARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021------------3. El pago la Deuda Tributaria notificada la Resolución Determinativa o Sancionatoria 8389193013, comode“OMISIÓN DE PAGO”, pordespués adecuarse la conducta a lo establecido por el artículo 165° dehasla ta antes de la por presentación del Recurso de Alzada ante la Autoridad de Impugnación Tributaria, deterDeterminación del al Valor FOB Regional Ley N° 2492 – CTB, lo que corresponde SANCIONAR Operador con una multa igual al 100% del tributo minará la reducción de la sanción en el sesenta por ciento (60%). ----------------------------------------------------omitido establecido UFV’S39.759,65 (Treinta Datos y Nueve Mil Setecientas Cincuenta y Nueve 65/100 Unidades Valor FOB unitario en declarado (USD) determinados por fiscalización Porcentaje de de Fomento a la Vivienda), monto calculado a la fecha de vencimiento de las obligaciones tributarias que fueron variación (%) Valor FOBde unitario depreciado Fuente El pagoadecontrol, la Deudapor Tributaria efectuado después la interposición del (USD) Recurso de Alzada y antes de la presentación del sujetas concepto de GA e IVA, por las tres (3) Declaraciones Única de Importación fiscalizadas 18,115.89 Páginade web de la AN de 4.30 en el (2018/201/C-22814 deante 11/06/2018, 2018/201/C-29377 de18,930.00 30/07/2018 y 2018/201/C-39372 -------------------Recurso Jerárquico la Autoridad General de Impugnación Tributaria, determinará la02/10/2018). reducción la sanción TERCERO.SANCIONAR al Operador ALDAIR SEBERO IRIONDO PAREDEZ con NIT 8389193013, con una multa cuarenta por ciento (40%).---------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&equivalente a UFV´s250 (Doscientas Cincuenta 00/100 Unidades de Fomento a la porNACIONAL.-------incumplimiento de Firma y PERTINENTE Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.Vivienda), - ADUANA PARTE DEL AUTOmediante DE INSTRUCCIÓN LA NOTIFICACION POR EDICTO de sancionada fecha 21 de entrega documentación solicitada Formulario dePARA Notificación de Inicio de Fiscalización, conducta Firma ydeSella: Kattia Margort Oblitas Avine-JEFE UNIDAD DE FISCALIZACIÓN-GERENCIA REGIONAL LA PAZSeptiembre de 2021,-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------como contravención aduanera en el Numeral 15.1 del Anexo de Clasificación de Contravenciones Aduaneras y Graduación ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233, con lo side Sanciones, aprobado mediante la Resolución de Directorio Nº RD 01-043-19 de 20/12/2019. -----------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&guiente: VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19/08/2021, emitido por la Unidad de FisCUARTO.- INTIMAR al Operador ALDAIR SEBERO IRIONDO PAREDEZ con NIT 8389193013, al pago de los PARTE determinados PERTINENTE DEL ANEXO 1 primera, LA segunda VISTA calización de la GerenciaenRegional La Paz de laDE Aduana Nacional, seaCARGO conforme estableceResolución en el artículo 86° del Código importes las disposiciones yDE tercera de la AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 presente Determinativa; los Tributario Ley Nº 2492----------------------------------------------------------------------------------------------------------------importes de la primera y segunda disposición serán calculados conforme lo previsto en el artículo 47 de la Ley N° 2492 Firma Sella: Jorge por Eduardo REGIONAL PAZ a.i. por - ADUANA NACIONAL--------(CTB) y modificado la LeyVildoso Nº 812,Cárdenas-GERENTE artículo 42 del D.S. 27310 – RCTBLA modificado el D.S. 2993 de 23/11/2016, &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Valor Reglamento a la Ley 812 de 30/06/2016 yDeterminación conforme el artículo del 45 del D.S. N°FOB 27310 (RCTB). -------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES al LIBRADO LA CIUDAD DEIRIONDO EL ALTO PAREDEZ A LOS TRECE DÍAS8389193013, DEL MES DE QUINTO.COMUNICAR OperadorEN ALDAIR SEBERO con NIT queOCTUBRE acuerdo a DEL DOS VEINTIUNO.---------------------------------------------------------------------------------------------------la LeyAÑO N° 812 deMIL 30/06/2016 que modifica la Ley N° 2492 de 02/08/2003 – CTB, podrá acogerse al beneficio de reducción Datos determinados por fiscalización FIRMA Y SELLA: Antonio Claudio Martinez Villa GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.de sanciones conforme lo establecido en los numerales 2 y 3 del artículo 156° de la precitada Ley correspondiente a la Valor FOB uniACMV Multa pordeclarado Omisión de Pago, antes de la ejecutoria de la presente resolución.---------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/wgchp tario Porcentaje de variación (%) c.c. ExpedienteEn caso de noValor SEXTO.estar de acuerdo con la presente determinación, el Operador podrá impugnar el presente acto FOB unitario (USD) administrativo dentro del depreciado plazo de quince (15) días de acuerdoFuente a lo establecido en el numeral 2 del artículo 174 de la Ley (USD) N° 1340 de 28/08/1992 o, dentro el plazo de veinte (20) días de acuerdo a lo establecido en el artículo 143º de la Ley N° 2492 de 02/08/2003, computables a partir de su legal notificación con la presente Resolución, bajo alternativa de iniciarse 18,115.89 18,930.00 webN°de2492 la AN 4.30 la Ejecución Tributaria, conforme prevé el artículo 108ºPágina de la Ley de 02/08/2003 – CTB. --------------------------Regístrese, notifíquese y cúmplase. -----------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa – GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. GERENCIA REGIONAL LA &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PAZ - Aduana Nacional. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACION POR EDICTO de fecha 21 Firma y Sella: Jorge E. Vildoso Cardenas – JEFE UNIDAD LEGAL a.i. GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana de Septiembre de 2021,-----------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233, con lo &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&siguiente: VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19/08/2021, emitido por la Unidad de PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de Fiscalización de la Gerencia Regional La Paz de laEDICTO Aduana Nacional, sea conforme estableceIRIONDO en el artículo 86° del Código fecha 09/12/2021: (…) notifíquese mediante al Sr. ALDAIR SEBERO PAREDEZ con Tributario - Ley Nº NIT 8389193013, con2492--------------------------------------------------------------------------------------------------------la RESOLUCION DETERMINATIVA POR UNIFICACION DE PROCEDIMIENTO Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. AN-GRLGR-ULELR-RESDET-147-2021 de fecha 18 de Octubre de 2021, emitida por- ADUANA la GerenciaNACIONAL--------Regional La Paz de la&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86º del Código Tributario – Ley Nº 2492. ---------------------------EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO LA –CIUDAD DE REGIONAL EL ALTO A LOS TRECE DEL MESREGIONAL DE OCTUBRE Firma y Sella: Antonio Claudio MartínezEN Villa GERENTE LA PAZ a.i. DÍAS - GERENCIA LA DEL- AÑO DOS MIL VEINTIUNO.----------------------------------------------------------------------------------------------PAZ Aduana Nacional. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&FIRMA Y SELLA: Antonio Claudio Martinez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ACMV DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. ------------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/wgchp
c.c. Expediente
RESOLUCIÓN MINISTERIAL NºN RESOLUC ÓN M N STER AL LaLa Paz, Paz
QueQue el numeral 4 del Parágrafo I delI del Artículo 175175 de la Política del del Estado, establece como el numeral 4 del Parágrafo Artículo deConstitución la Constitución Política Estado, establece como atribución de de las las Ministras y Ministros de de Estado, dictar normas administrativas en en el ámbito de de su su atribución Ministras y Ministros Estado, dictar normas administrativas el ámbito competencia. competencia. QueQue el Artículo 9 de N° 1178 de de 20 de de 1990 de Administración y Control Gubernamental el Artículo 9 la deLey la Ley N° 1178 20 julio de julio de 1990 de Administración y Control Gubernamental dispone que:que: “El “El Sistema de de Administración de de Personal, en en procura de de la eficiencia en en la función dispone Sistema Administración Personal, procura la eficiencia la función pública, determinará los los puestos de trabajo efectivamente necesarios, los los requisitos y mecanismos para pública, determinará puestos de trabajo efectivamente necesarios, requisitos y mecanismos para proveerlos, implantará regímenes de evaluación y retribución del del trabajo, desarrollará las las capacidades y y proveerlos, implantará regímenes de evaluación y retribución trabajo, desarrollará capacidades aptitudes de los servidores y establecerá los los procedimientos para el retiro de los mismos”. aptitudes de los servidores y establecerá procedimientos para el retiro de los mismos”. QueQue el Artículo 27 27 de de la mencionada disposición legal, refiere queque “Cada entidad del del Sector Público el Artículo la mencionada disposición legal, refiere “Cada entidad Sector Público elaborará en en el marco de de las las normas básicas dictadas por por los los órganos rectores, los los reglamentos elaborará el marco normas básicas dictadas órganos rectores, reglamentos específicos para el funcionamiento de los sistemas de Administración y Control Interno regulados por por la la específicos para el funcionamiento de los sistemas de Administración y Control Interno regulados presente LeyLey y los sistemas de Planificación e Inversión Pública. Corresponde a laamáxima autoridad de de presente y los sistemas de Planificación e Inversión Pública. Corresponde la máxima autoridad la entidad la responsabilidad de su la entidad la responsabilidad de implantación”. su implantación”. QueQue el inciso a) del Artículo 1 de1 la N° 2341, de 23 de 2002, de Procedimiento Administrativo, el inciso a) del Artículo deLey la Ley N° 2341, de de 23 abril de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, dispone queque la Ley tiene por por objeto, “a) “a) Establecer las las normas queque regulan la actividad administrativa y ely el dispone la Ley tiene objeto, Establecer normas regulan la actividad administrativa procedimiento administrativo del del sector público”. procedimiento administrativo sector público”. QueQue los Parágrafos I, II yI, V Artículo 7 de7la N° 2341, establecen que:que: “Las autoridades administrativas los Parágrafos II del y V del Artículo deLey la Ley N° 2341, establecen “Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su para conocer determinados asuntos administrativos, por por podrán delegar el ejercicio de competencia su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública”; que:que: “El “El delegante y ely delegado causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública”; delegante el delegado serán responsables solidarios por por el resultado y desempeño de de las las funciones, deberes y atribuciones serán responsables solidarios el resultado y desempeño funciones, deberes y atribuciones emergentes del del ejercicio de de la delegación, conforme a laa Ley Nº Nº 1178, de de Administración y Control emergentes ejercicio la delegación, conforme la Ley 1178, Administración y Control Gubernamentales de de 20 20 de de juliojulio de de 1990 y disposiciones reglamentarias”; y que: “La “La delegación es es Gubernamentales 1990 y disposiciones reglamentarias”; y que: delegación libremente revocable, en cualquier tiempo, por por el órgano queque la haya conferido sin sin queque elloello afecte ni pueda libremente revocable, en cualquier tiempo, el órgano la haya conferido afecte ni pueda afectar los los actos dictados antes de la afectar actos dictados antes derevocación”. la revocación”. QueQue mediante Decreto Supremo N° 23934 de 23 de 1994 se aprueba Reglamento Común de de mediante Decreto Supremo N° 23934 de de 23 diciembre de diciembre de 1994 se aprueba Reglamento Común Procedimientos Administrativos y dey Comunicación de los Ministerios – RCP, queque en su 38 dispone Procedimientos Administrativos de Comunicación de los Ministerios – RCP, en Artículo su Artículo 38 dispone que:que: “Los documentos oficiales deberán ser ser firmados por por el ministro o por aquellas autoridades a las cuales “Los documentos oficiales deberán firmados el ministro o por aquellas autoridades a las cuales dicha autoridad hubiera delegado expresamente tal atribución (…)”. dicha autoridad hubiera delegado expresamente tal atribución (…)”. QueQue el Artículo 64 del citado Reglamento determina que:que: “La“La delegación de funciones tiene por por objetivo: el Artículo 64 del citado Reglamento determina delegación de funciones tiene objetivo: a. descongestionar la carga y reducir los los volúmenes de trabajo de los niveles jerárquicamente superiores; a. descongestionar la carga y reducir volúmenes de trabajo de los niveles jerárquicamente superiores; b. distribuir la carga y volúmenes de trabajo entre las las unidades básicas, y c.ymotivar a que los los funcionarios b. distribuir la carga y volúmenes de trabajo entre unidades básicas, c. motivar a que funcionarios públicos asuman responsabilidades”. públicos asuman responsabilidades”. QueQue el Artículo 1 de Normas Básicas del del Sistema de Administración de Personal - NB-SAP dispone el Artículo 1 las de las Normas Básicas Sistema de Administración de Personal - NB-SAP dispone queque las las NB-SAP aprobadas mediante Decreto Supremo N° N° 26115 de de fecha 16 16 de de marzo de de 2001 NB-SAP aprobadas mediante Decreto Supremo 26115 fecha marzo 2001 dispone que:que: “Las presentes Normas Básicas tienen por por objeto regular el Sistema de Administración de de dispone “Las presentes Normas Básicas tienen objeto regular el Sistema de Administración Personal y layCarrera Administrativa, en el de la Política del del Estado, la Ley N° 1178 de de Personal la Carrera Administrativa, enmarco el marco deConstitución la Constitución Política Estado, la Ley N° 1178 Administración y Control Gubernamentales, la Ley N° 2027 Estatuto del del Funcionario Público y Decretos Administración y Control Gubernamentales, la Ley N° 2027 Estatuto Funcionario Público y Decretos Reglamentarios correspondientes”. Reglamentarios correspondientes”. QueQue el numeral 5 del inciso e) del Artículo 18 de citadas Normas Básicas, dispone que:que: “Para el caso de de el numeral 5 del inciso e) del Artículo 18 las de las citadas Normas Básicas, dispone “Para el caso personal eventual, la relación de trabajo se establecerá mediante el respectivo contrato, suscrito entre la la personal eventual, la relación de trabajo se establecerá mediante el respectivo contrato, suscrito entre entidad y elyservidor público contratado”. Asimismo, el inciso n) del Artículo 32 de NB-SABS establece entidad el servidor público contratado”. Asimismo, el inciso n) del Artículo 32 las de las NB-SABS establece queque el retiro del del personal eventual podrá producirse por por Rescisión del del contrato. el retiro personal eventual podrá producirse Rescisión contrato. QueQue el inciso j) del Artículo 3 del Decreto Supremo Nº Nº 29894 de de fecha 07 07 de de febrero de de 2009, de de la la el inciso j) del Artículo 3 del Decreto Supremo 29894 fecha febrero 2009, Estructura Organizativa del del Órgano Ejecutivo del del Estado Plurinacional, señala queque la competencia es la: Estructura Organizativa Órgano Ejecutivo Estado Plurinacional, señala la competencia es la: “Atribución legítima conferida a una autoridad para el conocimiento o resolución de asuntos determinados, “Atribución legítima conferida a una autoridad para el conocimiento o resolución de asuntos determinados, prevista en norma expresa”. prevista en norma expresa”.
NOTIFICACIÓN POR EDICTO EDICTO EDICTO (Segunda Publicación) EDICTO ADUANA NACIONAL Publicación) (Segunda (Primera publicación) (Primera Publicación) (Segunda Publicación) (Primera Publicación)
ACMV JEVC/SVCA/RECQ/jncm c.c. Expediente HR. DFOFC2021-262
VISTOS Y CONSIDERANDO: VISTOS Y CONSIDERANDO:
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QueQue los los numerales 17 y1722 del del Parágrafo I del Artículo 14 del citado Decreto Supremo, disponen queque numerales y 22 Parágrafo I del Artículo 14 del citado Decreto Supremo, disponen es atribución de las Ministras y Ministros de Estado “Designar y Remover personal de su de de es atribución de las Ministras y Ministros de Estado “Designar y Remover personal de Ministerio, su Ministerio, conformidad concon las las disposiciones legales en en vigencia” y “Emitir Resoluciones Ministeriales (…)(…) en en el el conformidad disposiciones legales vigencia” y “Emitir Resoluciones Ministeriales marco de sus competencias”. marco de sus competencias”. QueQue el inciso g) del Artículo 122122 del del referido Decreto Supremo, determina queque la Dirección General de de el inciso g) del Artículo referido Decreto Supremo, determina la Dirección General Asuntos Administrativos tienen como función “Ejecutar las las funciones y tareas delegadas por por el Ministro”. Asuntos Administrativos tienen como función “Ejecutar funciones y tareas delegadas el Ministro”. QueQue de acuerdo al inciso b) del Parágrafo III del Artículo 13 del Reglamento Interno de Pasajes y Viáticos de acuerdo al inciso b) del Parágrafo III del Artículo 13 del Reglamento Interno de Pasajes y Viáticos de este Ministerio, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 100 de 04 de 2014 y modificado de este Ministerio, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 100 de de 04 junio de junio de 2014 y modificado por por Resolución Ministerial N° N° 052052 de de 06 06 de de marzo de de 2015 señala que:que: “para los los viajes al interior del del Resolución Ministerial marzo 2015 señala “para viajes al interior Estado Plurinacional de Bolivia queque realicen los los servidores públicos de las unidades organizacionales concon Estado Plurinacional de Bolivia realicen servidores públicos de las unidades organizacionales dependencia directa de la Autoridad Ejecutiva del del Ministerio deberán contar concon el Memorándum dependencia directa deMáxima la Máxima Autoridad Ejecutiva Ministerio deberán contar el Memorándum de Declaratoria Oficial de Viaje firmado por por la MAE”. de Declaratoria Oficial de Viaje firmado la MAE”. QueQue el Artículo 6 del Reglamento Específico del del Sistema de de Administración de de Personal (RE-SAP) el Artículo 6 del Reglamento Específico Sistema Administración Personal (RE-SAP) aprobado mediante Resolución Ministerial N° 160 de 23 de 2020, señala queque la Ministra de de aprobado mediante Resolución Ministerial N° 160 de de 23 septiembre de septiembre de 2020, señala la Ministra Planificación del del Desarrollo es responsable de Implantar, Cumplir y Vigilar el SAP (A Nivel Ejecutivo) y que Planificación Desarrollo es responsable de Implantar, Cumplir y Vigilar el SAP (A Nivel Ejecutivo) y que la Implantación Operativa del del SAP (a Nivel Operativo) es responsabilidad del del Director General de Asuntos la Implantación Operativa SAP (a Nivel Operativo) es responsabilidad Director General de Asuntos Administrativos a través de la de Recursos Humanos. Administrativos a través deUnidad la Unidad de Recursos Humanos. QueQue a través de Resolución Ministerial N° 123 de 31 de 2021, la Máxima Autoridad Ejecutiva del del a través de Resolución Ministerial N° 123 de de 31 agosto de agosto de 2021, la Máxima Autoridad Ejecutiva Ministerio, delega la suscripción de documentos (notas y memorándums) concon los los cuales se operativizan Ministerio, delega la suscripción de documentos (notas y memorándums) cuales se operativizan los los ingresos, retiros, aceptaciones de renuncia, respuestas a notas de cargo a disposición, transferencia y y ingresos, retiros, aceptaciones de renuncia, respuestas a notas de cargo a disposición, transferencia ratificación o destitución del del personal del del Ministerio de Planificación del del Desarrollo, así así como la delegación ratificación o destitución personal Ministerio de Planificación Desarrollo, como la delegación para suscripción, modificación y resolución de contratos de personal eventual, así así como la suscripción del del para suscripción, modificación y resolución de contratos de personal eventual, como la suscripción Memorándum de la oficial de los Viajes al Interior del del paíspaís del del personal de dependencia directa Memorándum dedeclaratoria la declaratoria oficial de los Viajes al Interior personal de dependencia directa de de la MAE (DGAA, DGAJ, DGP, UCS, UT,UT, UAIUAI y Viceministros) a laa Lic. Stephanie Alejandra Montaño la MAE (DGAA, DGAJ, DGP, UCS, y Viceministros) la Lic. Stephanie Alejandra Montaño Zuñiga - Directora General de Asuntos Administrativos Interina. Zuñiga - Directora General de Asuntos Administrativos Interina. QueQue a través del del Informe Técnico MPD/DGAA/INF 012/2021 de de 30 30 de de agosto de de 2021 emitido por por la la a través Informe Técnico MPD/DGAA/INF 012/2021 agosto 2021 emitido Dirección General de de Asuntos Administrativos se establece que:que: “De“De la revisión efectuada a los pasos Dirección General Asuntos Administrativos se establece la revisión efectuada a los pasos queque siguen los los diferentes movimientos de de personal en en el Ministerio de de Planificación, se se observa queque siguen diferentes movimientos personal el Ministerio Planificación, observa actos administrativos de carácter operativo hanhan sidosido realizados por por la Máxima Autoridad Ejecutiva en lo actos administrativos de carácter operativo realizados la Máxima Autoridad Ejecutiva en lo queque refiere al movimiento de personal designado. A efectos de realizar actos administrativos de carácter refiere al movimiento de personal designado. A efectos de realizar actos administrativos de carácter operativo en tiempos oportunos y eny apego a laanorma de Administración del del Personal se considera viable operativo en tiempos oportunos en apego la norma de Administración Personal se considera viable obtener de de parte de de la Máxima Autoridad Ejecutiva del del Ministerio la delegación respectiva (…)(…) a través obtener parte la Máxima Autoridad Ejecutiva Ministerio la delegación respectiva a través de la de documentos (notas y memorándums) del del Ministerio de Planificación del del Desarrollo”, desuscripción la suscripción de documentos (notas y memorándums) Ministerio de Planificación Desarrollo”, recomendando remitir el referido informe a laaDirección General de Asuntos Jurídicos para la emisión del del recomendando remitir el referido informe la Dirección General de Asuntos Jurídicos para la emisión Informe Legal y Resolución Ministerial correspondiente, previa suscripción del del informe. Informe Legal y Resolución Ministerial correspondiente, previa suscripción informe. QueQue mediante Informe MPD/DGAA/URH-INF 256/2021 de 03 de 2021, la Unidad de Recursos mediante Informe MPD/DGAA/URH-INF 256/2021 de de 03 diciembre de diciembre de 2021, la Unidad de Recursos Humanos señala que:que: “(…)“(…) se debe prever la actualización de la Ministerial N° 123 del del 31 de Humanos señala se debe prever la actualización deResolución la Resolución Ministerial N° 123 31 de agosto del del 2021, mediante la cual se delegó funciones a laaSra. Stephanie Alejandra Montaño Zuñiga en en agosto 2021, mediante la cual se delegó funciones la Sra. Stephanie Alejandra Montaño Zuñiga su condición de de Directora General de de Asuntos Administrativos Interina, todatoda vezvez queque se propone como su condición Directora General Asuntos Administrativos Interina, se propone como Directora General de Asuntos Administrativos titular, la referida Resolucion Ministerial debe ser ser actualizada Directora General de Asuntos Administrativos titular, la referida Resolucion Ministerial debe actualizada en cuanto al cargo de interino a titular”. en cuanto al cargo de interino a titular”. QueQue la Dirección General de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe Jurídico MPD/DGAJ/UGJ-INF 0611/2021 la Dirección General de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe Jurídico MPD/DGAJ/UGJ-INF 0611/2021 de de 03 03 de de diciembre de de 2021, señalando respecto a laa delegación queque mediante Resolucion Ministerial diciembre 2021, señalando respecto la delegación mediante Resolucion Ministerial N° 123 de 31 de 2021, se delega “la suscripción de documentos (notas y memorándums) concon N° 123 de de 31 agosto de agosto de 2021, se delega “la suscripción de documentos (notas y memorándums) los los cuales se operativizan los los ingresos, retiros, aceptaciones de renuncia, respuestas a notas de cargo cuales se operativizan ingresos, retiros, aceptaciones de renuncia, respuestas a notas de cargo a disposición, transferencia y ratificación o destitución del del personal del del Ministerio de de Planificación del del a disposición, transferencia y ratificación o destitución personal Ministerio Planificación Desarrollo, así así como la delegación para suscripción, modificación y resolución de contratos de personal Desarrollo, como la delegación para suscripción, modificación y resolución de contratos de personal eventual, así así como la suscripción del del Memorándum de la oficial de los Viajes al Interior del del eventual, como la suscripción Memorándum dedeclaratoria la declaratoria oficial de los Viajes al Interior paíspaís del del personal de dependencia directa de la (DGAA, DGAJ, DGP, UCS, UT,UT, UAIUAI y Viceministros)” personal de dependencia directa deMAE la MAE (DGAA, DGAJ, DGP, UCS, y Viceministros)” a laa Lic. Stephanie Alejandra Montaño Zuñiga - Directora General de Asuntos Administrativos interina, la Lic. Stephanie Alejandra Montaño Zuñiga - Directora General de Asuntos Administrativos interina, en ese sentido y toda vezvez queque se proyectó la Resolucion Ministerial de designación de la Stephanie en ese sentido y toda se proyectó la Resolucion Ministerial de designación deLic. la Lic. Stephanie Alejandra Montaño Zuñiga como Directora General de de Asuntos Administrativos titular, corresponde la la Alejandra Montaño Zuñiga como Directora General Asuntos Administrativos titular, corresponde actualización del del cargo en en la Resolucion Ministerial N° N 123,123 todaoda vez que no no contraviene la normativa actualización cargo la Resolucion Ministerial e que on a ene a no ma a vigente. gen e QueQue en el precedentemente, enmarco e ma deo la denormativa a no ma y aantecedentes an e eden señalados e eña ado p e eden emenes e necesaria e ne e alaaemisión a em de ón de la presente en procura a p e enResolución e Re o u Ministerial ón M n e para a pahacer a ha efectiva e e e laadelegación a de ega de ón funciones de un one en p o udea hacer de ha mas e ma eficiente internas administrativas Ministerio Desarrollo. e enlas e gestiones a ge one n e na adm n a del a de M n edeo Planificación de P an a del ón de De a o o POR TANTO: POR TANTO La La Ministra Planificación del de Desarrollo, ejercicio sus atribuciones conferidas por po normativa M n de a de P an a ón De a o en o en e e de o de u a bu one on e da no ma a vigente, gen e RESUELVE: RESUELVE PRIMERO.a laa ciudadana STEPHANIE MONTAÑO ZUÑIGA con on Cédula PR MERODELEGAR DELEGAR a udadana STEPHANALEJANDRA E ALEJANDRA MONTAÑO ZUÑ GA Cédu a de de Identidad N° N 6133121 L.P.L -P Directora Asuntos Administrativos del de Ministerio den dad 6133121 D ec oGeneral a Gene de a de Asun os Adm n s a vos M n e de o de Planificación del de Desarrollo, de de suscripción de de documentos P an a ón De a o la o función a un ón u p ón do umen o(notas no ay memorándums) memo ándumcon on los ocuales los oingresos, renuncia, ua ese operativizan e ope a an ng e oretiros, e oaceptaciones a ep a onede de enun respuestas a e pue aa notas a no ade de cargo promoción, transferencia personal del de Ministerio aa godisposición, a d po ón p omo ón an e en y aratificación a a o óndestitución o de u del ón de pe ona M n e de o de Planificación Desarrollo. P an a del ón de De a o o SEGUNDO.a laa ciudadana STEPHANIE MONTAÑO ZUÑIGA con on Cédula SEGUNDODELEGAR DELEGAR a udadana STEPHANALEJANDRA E ALEJANDRA MONTAÑO ZUÑ GA Cédu a de de Identidad N° N 6133121 L.P.L -P Directora Asuntos Administrativos del de Ministerio den dad 6133121 D ec oGeneral a Gene de a de Asun os Adm n s a vos M n e de o de Planificación Desarrollo, modificaciones y recisiones P an a del ón de De a o lao función a un de ón suscripción, de u p ón mod a one e onede los de Contratos o Con a de o de Personal Eventual partida del de Ministerio Desarrollo. Pe ona E en ua pa presupuestaria da p e upue a121 a 121 M n edeo Planificación de P an a del ón de De a o o TERCERO.a laa ciudadana STEPHANIE MONTAÑO ZUÑIGA con on Cédula TERCERODELEGAR DELEGAR a udadana STEPHANALEJANDRA E ALEJANDRA MONTAÑO ZUÑ GA Cédu a de de Identidad N° N 6133121 L.P.L -P Directora Asuntos Administrativos del de Ministerio den dad 6133121 D ec oGeneral a Gene de a de Asun os Adm n s a vos M n e de o de Planificación del de Desarrollo, de de suscripción de de Memorándums Declaratoria P an a ón De a o la o función a un ón u p ón Memo ándumde de De a a o Oficial a O de a de viajesa al Estado Plurinacional de Bolivia personal con dependencia e Interior a n e del o de E ado P u na ona de Bo del a de pe ona on dependen directa a d e dea la deMáxima a Má ma Autoridad Ejecutiva Au o dad E e u dea la deEntidad. a En dad CUARTO.Se Se ABROGA la Resolucion de 31 CUARTO ABROGA a Re o u Ministerial on M n e N° a 123 N 123 de de 31 agosto de ago deo 2021. de 2021 QUINTO.la publicación de de la presente en en el marco lo dispuesto el e QU NTOAUTORIZAR AUTOR ZAR a pub a ón a p e enResolución, e Re o u ón e ma de o de o d pue en o en parágrafo Artículo N° 2341 de 23 de Procedimiento pa ág aVIodel V de A u7 ode7 la deLey a Le N 2341 de de 23 abril de abde 2002, de 2002 de P o ed m enAdministrativo. o Adm n a o Regístrese, Reg e comuníquese e omun quey earchívese. a h e e
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Tribuna El racismo, el odio y los medios Iván Canelas Alurralde
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as fiestas de fin de año, sobre todo Navidad, generan un sentimiento diferente en la sociedad. El recuerdo del nacimiento de Jesús y sus enseñanzas en el Nuevo Testamento cambian, aunque sea por algunas semanas, la percepción de la gente con relación al prójimo. Después todo vuelve a como es siempre. Con certeza, los primeros meses del próximo año comenzarán los conflictos sociales y políticos. La oposición seguirá su estrategia de desestabilizar la democracia y tratar de afectar en todo nivel la gestión del Gobierno, aunque ello signifique afectar los intereses de los ciudadanos. La estrategia política de la oposición está muy enraizada en un sentimiento dañino que carcome los sentimientos de cualquier civilización: la discriminación, racismo y el odio principalmente a los sectores sociales, a las personas que viven en las zonas rurales o que son de otras culturas. Esta tendencia de racismo se observa en un mayor
porcentaje en las ciudades de Santa Cruz, Sucre, Potosí, Cochabamba, algo en La Paz y Tarija, no sólo con actitudes de insultos y discriminación, sino con violencia, a veces extrema. Lo peor de todo es que los medios de comunicación, sobre todo aquellos tradicionales, privados, alientan esa tendencia. Publican lo que les conviene, aquellas que afectan los intereses de sus patrones, la convierten en un escándalo. Lo que no les conviene lo ignoran, callan. Ése es el caso por ejemplo de la periodista de Patria Nueva en Santa Cruz que fue agredida a palazos, insultada, discriminada por un grupo de energúmenas, que con tanto odio y racismo reaccionaron contra la comunicadora que lo único que trataba de hacer era cubrir una información del Comité Cívico Popular. Sólo los medios del Estado denunciaron ese extremo. Los otros, los tradicionales y conservadores callaron y las organizaciones que, dizque representan a los periodistas “profesionales”, excepto la Asociación de Santa Cruz y la Federación de Trabajadores del Alto, no dijeron esta boca es mía. Da vergüenza ajena.
Los medios y los periodistas deberían ponerse a meditar sobre lo que están haciendo desde hace algunos años. Sería provechoso incluso para la oposición, a quienes los representan, que acaben con la desinformación, la difamación, la calumnia y la mentira organizada. Que vayan terminando de una vez, porque ya cayeron muy bajo, con esa inclinación tan enfermiza del escándalo, sin respetar el honor de las personas, no sólo en el ámbito político, sino social y delincuencial, basta de utilizar el derecho a la libertad de expresión como libertad de presión. Los periodistas y sus organizaciones deberían asumir un rol protagónico en defensa de las libertades y la ética, sin venderse a sus patrones por pegas. Se debe acabar con esa preferencia de que los empresarios sean los que decidan qué se difunde y qué no. Ojalá que estas fiestas de fin de año nos ayuden a reflexionar y evaluar sobre lo que estamos haciendo en favor de la sociedad, de los demás, del prójimo. Que ese sentimiento que se siente en diciembre por el nacimiento de Jesús sea todo el año y no 15 días. (Iván Canelas Alurralde, es periodista)
El Estado complejo Israel Adrián Quino Romero
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e las concepciones convencionales de Estado Unitario o Federal a partir de las definiciones del tipo de Estado en el mundo, es quedarnos en paradigmas todavía históricos. Hablar de nuestro modelo por ejemplo es ingresar en una nueva concepción constitucional híbrida. La concepción de lo indígena originario campesino y el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario y con Autonomías; son la expresión más clara de la interpretación holística de los sistemas que componen estos metaconceptos. Es decir que la lectura interpretativa de todos los elementos integrantes del texto íntegro de la Constitución no puede entenderse como suma de ellos ni independientes entre sí. El texto constitucional del 2009 dispone criterios de interpretación no tradicionales como son: el del tenor literal, pero por sobre todo la voluntad del constituyente. Lo que implica a estudiar detenidamente las motivaciones y justificaciones que tuvieron nuestros asambleístas al momento de redactar la Constitución. Si observamos la sistemática de or-
DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria EDITOR GENERAL Oscar Alarcón Ticona JEFE DE REDACCIÓN Clayton Benavides Arteaga
Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco
ganización íntegra del texto constitucional y la forma en que está dividido el texto; podemos advertir que existe por lo menos tres divisiones sistémicas del texto: la organización funcional del Estado, la organización económica y la organización territorial. Así entonces se prevén: la estructura de los órganos del Estado (ejecutivo, legislativo, judicial y electoral), las funciones de control, de defensa de la sociedad y de defensa del Estado, la participación y control social, fuerzas armadas y policía boliviana y relaciones internacionales. Por otro lado, la estructura económica plantea sistemas de economía: comunitaria, estatal, privada y social cooperativa. Nada menos complejo es la organización territorial, que implica la elección directa de autoridades por las ciudadanas y los ciudadanos, la administración de sus recursos económicos, y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora, y ejecutiva; parte sustancial del sistema autonómico competencial dispuesto en la norma suprema del ordenamiento jurídico. Entonces a partir de estos ejemplos podemos afirmar como primer elemento la existencia de elementos diversos e interconectados o interdependientes entre sí a partir de la concu-
PERIODISTAS Economía. Franz Acarapi Sullca Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Luis Fernando Cruz, Romina Montoya Choque Seguridad. Roberto Medina Buezo Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín Corrección. José Maria Paredes Ruiz Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo
rrencia o necesidad de complementariedad de subsistemas propios en la Constitución. Como segundo elemento el carácter de unidad global del conjunto, esto en el estudio del Estado Complejo y de las NPIOC (Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos), cómo entender esta concepción a partir de la división de sus componentes, pero sin perder el concepto inferido de su carácter único. Un tercer elemento propio de un sistema, como concepción de aplicación a nuestro texto constitucional, es el de la existencia de objetivos asociados en sí mismo; lo que nos describe la necesidad de interpretar no independientemente sino interconectadamente, asociadamente, entre todos sus elementos y componentes. Un cuarto elemento se puede considerar a la integración del conjunto en un entorno, todo lo dispuesto en el texto constitucional es una integralidad compuesta. De ese modo puede interpretarse el carácter sistemático y holístico de nuestra Constitución, basado indudablemente en una metodología no tradicional a partir del nuevo constitucionalismo latinoamericano; por ello la base epistemológica de la concepción es la de un: Estado Complejo.(Israel Adrián Quino Romero es abogado y periodista)
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MARTES / 21 / 12 / 2021
Editorial
Boric apuesta a la inversión pública
A
mérica Latina tiene un nuevo bastión de la izquierda en Chile, luego de que Gabriel Boric ganara en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales con el 55,87% contra el 44,13% del candidato de la extrema derecha José Antonio Kast. ¿La votación es un castigo electoral para los partidos políticos tradicionales? Sí, definitivamente. Es el fin de una era y el inicio de otra que plantea transitar hacia una nueva matriz productiva. Una reforma estructural para reconstruir la economía chilena es el gran desafío que se desprende de la lectura de la ‘Propuesta para un nuevo Chile, cambios para vivir mejor’, donde asegura que todas las medidas a ejecutar en el corto plazo se harán con una mirada de futuro para avanzar en la resolución de la crisis climática y ecológica, así como del retroceso histórico en la inserción laboral femenina, y que de la mano de las micro y pequeñas empresas avance en la desconcentración del mercado. La reactivación que propone Boric se asienta en el rediseño de los subsidios laborales con un fuerte enfoque en el trabajo femenino y de los programas de cuidados que apoyen la inserción de las mujeres en el mercado laboral. Entre los planteamientos de reactivación económica, el presidente electo apostará a las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), que fueron duramente golpeados durante la pandemia del coronavirus. La iniciativa consiste en vincular las actividades de estos sectores con las inversiones que active el Estado en sus diferentes niveles. La inversión pública priorizará obras que puedan ser ejecutadas o de las que puedan participar activamente las mipymes, así como cooperativas, las que tienen un mayor impacto en la gene-
ración de empleo desconcentrado y en los niveles regional y local. Boric también propone mejorar los mecanismos existentes de financiamiento directo para las mipymes para hacerlos más eficientes y de fácil acceso mediante una regulación que garantice las condiciones mínimas de renegociación y pago de las obligaciones con la banca. Además, entre las medidas tributarias, la nueva administración pretende implementar un plan especial de condonación de intereses y multas devengadas durante la pandemia; nueva política de condonaciones de intereses y multas, y de convenios de pago con el Estado. Propone además la postergación del pago del IVA —sin reajustes, intereses ni multas— por tres meses desde la fecha de vencimiento de la obligación de pago. En la actualidad, la integración del sistema tributario, junto con la estructura de los impuestos personales, implica que las personas de altos ingresos no paguen impuestos de acuerdo a su capacidad contributiva, especialmente cuando las fuentes de estas rentas provienen de grandes empresas. Para corregir este aspecto, Boric plantea que, sin alterar la situación de las pymes y la clase media, el nuevo régimen de impuesto a la renta implicará una mayor contribución de aquellas personas (cerca de un 1,5% del total de contribuyentes) que obtienen rentas mensuales de más de 4.500.000 pesos chilenos. No cabe duda de que las iniciativas desarrolladas por el electo presidente marcan un cambio de enfoque en la administración de la política económica de Chile, país que en otrora fue visto como el mejor experimento del neoliberalismo. Hoy la perspectiva es otra y se vislumbran vientos de cambio.
No cabe duda de que las iniciativas del electo Presidente marcan un cambio de enfoque en la administración de la política económica de Chile.
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MARTES / 21 / 12 / 2021
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RESOLUCIÓN Nº RA-PE-01-041-21 La Paz, 20 DIC 2021 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el Parágrafo III del Artículo 53 de la Ley N° 2492 de 02/08/2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de tributos. Que el Artículo 64 de la citada Ley N° 2492, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria. Que el Numeral 7 del Artículo 66 del Código Tributario Boliviano, faculta a la Administración Tributaria a disponer fundadamente concesiones de prórrogas de oficio para el pago de los tributos. Que conforme señala el Parágrafo I del Artículo 153 del mencionado Código Tributario Boliviano, solo son causales de exclusión de responsabilidad entre otras: “1. La fuerza mayor; (…)” Que el Artículo 30 de la Ley Nº 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, dispone que la potestad aduanera es ejercida por la Aduana Nacional, con competencia y estructura de alcance nacional, de acuerdo a las normas de dicha Ley, su Decreto Reglamentario y disposiciones legales conexas; asimismo, refiere que para el ejercicio de sus funciones, se desconcentrará territorialmente en administraciones aduaneras, de acuerdo con reglamento. Que el Artículo 286 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000, dispone que la responsabilidad personal emergente de la comisión de una contravención aduanera podrá ser materia de exclusión en casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Servicio a Operadores dependiente de Gerencia General mediante Informe ANGEGPCUSOGC-I-569/2021 de 20/12/2021, concluye que se reportaron errores en el ingreso al Sistema
Único de Modernización Aduanera (SUMA), se detectaron problemas en el pago de tributos aduaneros en todas las Administraciones de Aduana y se han producido problemas e inconsistencias en las declaraciones de importación y exportación en todos los regímenes aduaneros; por lo que sugiere la prorroga respectiva conforme al Artículo 66 del Código Tributario Boliviano, hasta que el SUMA se encuentre nuevamente habilitado.
aprobado en su texto ordenado mediante Resolución de Directorio N° RD 02-030-07 de 21/12/2007, debiendo al efecto, informar a los miembros del Directorio de la Aduana Nacional, las decisiones adoptadas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a fin de que se emita una decisión convalidando, modificando o revocando las decisiones asumidas por la Presidenta Ejecutiva.
CONSIDERANDO: Que mediante Informe AN-GNSGC-I-34-2021 de Que el inciso h) del Artículo 39 de la Ley Nº 1990, 20/12/2021, emitido por la Gerencia Nacional de Ley General de Aduanas, determina que el Presidente Sistemas, establece circunstancias de hecho para la Ejecutivo de la Aduana Nacional, como máxima ampliación de plazos y pago de tributos. autoridad, tiene la atribución de dictar resoluciones en Que ante los inconvenientes técnicos de fuerza mayor el ámbito de su competencia, para la buena marcha de suscitados en el Sistema Único de Modernización la institución. Aduanera (SUMA) ajenos a la Aduana Nacional se Que el inciso h) del Artículo 35 del Reglamento a la Ley interrumpió temporalmente el servicio informático General de Aduanas, faculta al Presidente Ejecutivo a y con el objeto de otorgar seguridad jurídica para el tomar acciones inmediatas de carácter excepcional en complimiento de las obligaciones de los Operadores casos de emergencia, cuya competencia corresponda de Comercio Exterior (OCE) en toda la cadena al Directorio, cuando las circunstancias lo justifiquen, logística, es necesario prorrogar el vencimiento para con cargo a dar cuenta a este. el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras de los OCE´s afectados desde el día 20 de Que el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD diciembre de 2021. 02-030-07 de 21/02/2007, prevé que en casos de Que la Gerencia Nacional Jurídica mediante Informe emergencia debidamente justificados, cuando no fuere AN-GNJGC-DALJC-I-1137-2021 de 20/12/2021, posible reunir al Directorio, el Presidente Ejecutivo concluye que en virtud a los argumentos expuestos, podrá adoptar decisiones que correspondan a dicho considerando la situación de fuerza mayor y con órgano, procurando consultar las mismas con la mayor el objeto de otorgar seguridad jurídica para el cantidad posible de los miembros del Directorio. complimiento de las obligaciones de los Operadores En estos casos, el Presidente Ejecutivo, emitirá de Comercio Exterior, es necesario prorrogar el decisiones de emergencia, que deberán ser motivadas y cumplimiento de obligaciones tributarias y aduaneras; justificadas por un informe técnico y un informe legal, por lo que, en el marco de la normativa vigente se sin responsabilidad para los Directores. El Presidente recomienda al Directorio de la Aduana Nacional. Ejecutivo informará a los miembros del Directorio Asimismo, toda vez que no se tiene agendada una de las decisiones adoptadas dentro de las cuarenta y reunión de Directorio en la fecha, se recomienda a ocho (48) horas siguientes. El Directorio considerará Presidencia Ejecutiva de la Aduana Nacional, tomar el asunto necesariamente en la siguiente reunión de acciones inmediatas de carácter excepcional, en Directorio y adoptará una decisión convalidando, observancia a lo dispuesto en el artículo 35 inciso modificando o revocando las decisiones asumidas por h) del Reglamento a la Ley General de Aduanas y el Presidente Ejecutivo. Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional,
POR TANTO: La Presidenta Ejecutiva de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones y facultades conferidas por Ley: RESUELVE: PRIMERO.- Prorrogar el plazo para el pago de tributos vinculados a todos los regímenes aduaneros y demás operaciones de comercio exterior, desde el 20 de diciembre de 2021, fecha de la interrupción temporal del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA), hasta la rehabilitación del mencionado sistema informático. SEGUNDO.- Excluir de responsabilidad a los Operadores de Comercio Exterior de la aplicación de todo tipo de multas, sanciones u otros que deriven del incumplimiento de los plazos originados por la interrupción del servicio del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA). TERCERO.- Los Operadores de Comercio Exterior deberán renovar sus garantías cuyo vencimiento se haga efectivo durante la interrupción del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA). CUARTO.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación. QUINTO.- La presente Resolución será elevada a conocimiento y consideración del Directorio de la Aduana Nacional en el plazo de 48 horas, conforme con lo establecido en el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional. Regístrese, publíquese y cúmplase.
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RESOLUCIÓN Nº RA-PE-01-042-21 La Paz, 20 DIC 2021 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que los Numerales 4) y 5) del Parágrafo I del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determinan que el régimen aduanero y comercio exterior, son competencias privativas del nivel central del Estado. Que el Artículo 64 del Código Tributario Boliviano, Ley N° 2492 de 02/08/2003, establece que la Administración Tributaria se encuentra facultada para emitir normas administrativas de carácter general a los efectos de la aplicación de la normativa tributaria. Que el Artículo 66 del mismo Código Tributario Boliviano, prevé que en materia aduanera, la Administración Tributaria cuenta con facultades para controlar, vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, con facultades de inspección, revisión y control de mercancías, medios y unidades de transporte; intervenir en el tráfico internacional para la recaudación de los tributos aduaneros y otros que determinen las leyes; y, administrar los regímenes y operaciones aduaneras. Que la Ley N° 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, regula el ejercicio de la potestad aduanera y las relaciones jurídicas que se establecen entre la Aduana Nacional y las personas naturales y jurídicas que intervienen en el ingreso y salida de mercancías del territorio aduanero nacional, normando los aspectos referidos al comercio exterior y control aduanero. Que el Artículo 3 de la Ley N° 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, dispone que la Aduana Nacional es la institución encargada de vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, intervenir en el tráfico internacional de mercancías para los efectos de la recaudación de los tributos que gravan las mismas y de generar las estadísticas de ese movimiento. Que el Artículo 4 de la Ley N° 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas , en concordancia con el Artículo 4 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000, determina que la Aduana Nacional ejerce su plena potestad en Zona Primaria del territorio aduanero nacional, entendiéndose como Zona Primaria a todos los recintos aduaneros en espacios acuáticos o terrestres destinados a las operaciones de desembarque, embarque, movilización o depósito de las mercancías, las oficinas, locales o dependencias destinadas al servicio directo de la Aduana Nacional, puertos, aeropuertos, caminos y predios autorizados para que se realicen operaciones aduaneras, incluidos los lugares habilitados por la autoridad como recintos de depósito aduanero, donde se desarrollan operaciones aduaneras. Que los Artículos 254 y 255 de la Ley General de Aduanas, disponen que la Aduana Nacional implementará y mantendrá sistemas informáticos que requiera el control de los regímenes aduaneros, estableciendo bases de datos y redes de comunicación con todas las administraciones aduaneras y en coordinación con los operadores privados que tengan relación con las funciones y servicios aduaneros, bajo la jurisdicción de cada administración aduanera en zona primaria; asimismo, el sistema responderá por e1 control y seguridad de los programas y medios de almacenamiento de la información de los procesos operativos aduaneros y comprenderá la emisión y recepción de los formularios oficiales y declaraciones aduaneras, sea en forma documental o por medios digitalizados en general, utilizados para el procesamiento se los distintos regímenes y operaciones aduaneras. Que el Artículo 22 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000 define la potestad aduanera como el conjunto de facultades y atribuciones que la Ley
otorga a la Aduana Nacional para el control del ingreso, permanencia, traslado y salida de mercancías del territorio aduanero nacional hacia y desde otros países o zona franca, para hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias que regulan los regímenes aduaneros, conforme los alcances establecidos en la Ley General de Aduanas, su Reglamento y demás disposiciones complementarias, a través de su Directorio, Presidente Ejecutivo y los órganos operativos y administrativos, establecidos a nivel nacional y regional. Que el Artículo 24 del referido Reglamento, dispone que la Aduana Nacional tiene como objeto principal controlar, recaudar, fiscalizar y facilitar el tráfico internacional de mercancías, con el fin de recaudar correcta y oportunamente los tributos aduaneros que las graven, asegurando la debida aplicación de la legislación relativa a los regímenes aduaneros bajo los principios de buena fe, transparencia y legalidad. Que mediante Resolución de Directorio N° RD 01-013-21 de 31/05/2021, se aprueba el Reglamento para la Gestión de Documentos de Embarque, Manifiestos de Carga y Tránsito Aduanero. Que Resolución de Directorio N° RD 01-12-21 de 31/05/2021, se aprueba el Reglamento para el Régimen de Depósito de Aduana; mediante Resolución de Directorio N° RD 01-015-21 de 31/05/2021, se aprueba el Reglamento para el Régimen de Importación para el Consumo; mediante Resolución de Directorio N° RD 01-016-21 de 21/07/2021, que aprueba el Reglamento para el destino aduanero especial de Servicio Expreso (COURIER); mediante Resolución de Directorio N° RD 01-016-16 de 22/09/2020 se aprueba el Procedimiento para el Despacho de Importación de Menor Cuantía; mediante Resolución de Directorio Nº RD 01-019-21 de 31/08/2021 se aprueba el Reglamento para el Régimen Especial de Zonas Francas; y, mediante Resolución de Directorio N° RD 01-02021 de 31/08/2021, se aprueba el Reglamento para el Ingreso y Salida de Mercancías por Puertos Fluviales. CONSIDERANDO: Que mediante Informe AN-GNNGC-DNPTNC-I-142/2021 – ANGNSGC-I-33-2021 de 20/12/2021, la Gerencia Nacional de Normas y la Gerencia Nacional de Sistemas, establecen que en fecha 20/12/2021 existieron inconvenientes técnicos producidos en el Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA), situación que generó su interrupción, por lo que de manera excepcional, a objeto de dar continuidad a la atención de los servicios de la Aduana Nacional, las operaciones aduaneras deberán ser registradas en el sistema SIDUNEA++ y en aplicación de los procedimientos de Gestión de Manifiestos y Tránsito Aduanero, Régimen de Depósito de Aduana e Régimen de Importación para el Consumo (RD 01-017-2020 de 18/08/2020), Procedimiento para el Despacho de Importación de Menor Cuantía (RD 01-016-16 de 22/09/2020), Procedimiento para la Modalidad de Servicio Expreso (Courier) (RD 01-015-05 de 20/04/2005), Procedimiento para el Régimen Especial de Zonas Francas (RD 01-014-16 de 22/09/2016); Procedimiento para el Ingreso de Mercancías para los Puertos Fluviales habilitados para Operaciones Comerciales Internacionales (RD 01-015-19 de 23/04/2016); y Procedimiento para Despacho Aduanero de Exportación (RD 01-014-06 de 03/08/2006); concluyendo que: “Puesto que el sistema informático SUMA no se encuentra operable, corresponde aplicar medidas de contingencia, habilitando de manera excepcional el sistema SIDUNEA++ para dar continuidad a las operaciones aduaneras, en las administraciones de aduana a nivel nacional y proceder conforme los procedimientos de los regímenes aduaneros, regímenes especiales y destinos aduaneros especiales aprobados mediante Resoluciones de Directorio RD 01-017-2020 de 18/08/2020
(Procedimientos de Gestión de Manifiestos y Tránsito Aduanero, Régimen de Depósito de Aduana e Régimen de Importación para el Consumo), RD 01-016-16 de 22/09/2020 (Procedimiento para el Despacho de Importación de Menor Cuantía), RD 01-015-05 de 20/04/2005 (Procedimiento para la Modalidad de Servicio Expreso-Courier) y RD 01-014-16 de 22/09/2016 (Procedimiento para el Régimen Especial de Zonas Francas); Procedimiento para el Ingreso de Mercancías para los Puertos Fluviales habilitados para Operaciones Comerciales Internacionales (RD 01-015-19 de 23/04/2019); y, Procedimiento para Despacho Aduanero de Exportación (RD 01-014-06 de 03/08/2006)”. Que la Gerencia Nacional Jurídica mediante Informe AN-GNJGCDALJC-I-1138-2021 de 20/12/2021, concluye que: “En virtud a los argumentos y las consideraciones legales expuestas, con base en el Informe AN-GNNGC-DNPTNC-I-142/2021 – AN-GNSGC-I-33-2021 de 20/12/2021, emitido por la Gerencia Nacional de Normas y la Gerencia Nacional de Sistemas, considerando que el sistema informático SUMA no se encuentra operable, corresponde que el Directorio de la Aduana Nacional apruebe la habilitación de manera excepcional del Sistema SIDUNEA. Sin embargo, considerando que a la fecha no hay una reunión de Directorio Programada, al amparo de lo establecido en el Artículo 35 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25870 de 11/08/2000 y el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional de Bolivia aprobado por Resolución de Directorio RD 02-030-07 de 21/12/2007, corresponde que Presidencia Ejecutiva, apruebe la Resolución adjunta al presente Informe”. CONSIDERANDO: Que en el marco de lo dispuesto por el Inciso e) del Artículo 37 de la Ley N° 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, es atribución del Directorio de la Aduana Nacional el dictar resoluciones para facilitar y simplificar las operaciones aduaneras, estableciendo los procedimientos que se requieran para tal efecto. Que el Inciso a) del artículo 33 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000, establece que le corresponde al Directorio de la Aduana Nacional dictar las normas reglamentarias y adoptar las decisiones generales que permitan a la Aduana Nacional cumplir con las funciones, competencias y facultades que le asigna la Ley. Que la Ley Nº 1990, Ley General de Aduanas en su Artículo 39, Inciso h) determina que el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional, como máxima autoridad, tiene la atribución de dictar resoluciones en el ámbito de su competencia, para la buena marcha de la institución, norma concordante con el Artículo 35, Inciso h) del Reglamento a la Ley General de Aduanas, que faculta a Presidencia Ejecutiva a tomar acciones inmediatas de carácter excepcional en casos de emergencia, cuya competencia corresponda al Directorio, cuando las circunstancias lo justifiquen, con cargo a dar cuenta a éste. Que el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 02-030-07 de 21/02/2007, prevé que: “En casos de emergencia debidamente justificados, cuando no fuere posible reunir al Directorio, el Presidente Ejecutivo podrá adoptar decisiones que correspondan a dicho órgano, procurando consultar las mismas con la mayor cantidad posible de los miembros del Directorio. (…)”. POR TANTO: La Presidenta Ejecutiva a.i. de la Aduana Nacional, en uso de sus
atribuciones conferidas por Ley; RESUELVE: PRIMERO.- HABILITAR de manera excepcional el Sistema SIDUNEA++, para la realización de las operaciones aduaneras relacionadas con los Regímenes Aduaneros y Destinos Aduaneros Especiales o de Excepción, en tanto dure la interrupción del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA). SEGUNDO.- A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Literal Primero de la presente Resolución, en tanto dure la interrupción del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA), se aplicarán excepcionalmente los siguientes procedimientos: 1. Procedimiento de Gestión de Manifiestos y Tránsito Aduanero, Régimen de Depósito de Aduana e Régimen de Importación para el Consumo, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-017-2020 de 18/08/2020; 2. Procedimiento para el Despacho de Importación de Menor Cuantía aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-016-16 de 22/09/2020; 3. Procedimiento para la Modalidad de Servicio Expreso (Courier) aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-015-05 de 20/04/2005; 4. Procedimiento para el Régimen Especial de Zonas Francas aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-014-16 de 22/09/2016; y, 5. Procedimiento para el Ingreso de Mercancías para los Puertos Fluviales habilitados para Operaciones Comerciales Internacionales aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-015-19 de 23/04/2016. 6. Procedimiento para Despacho Aduanero de Exportación, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 01-014-06 de 03/08/2006. TERCERO.- Las disposiciones aclaratorias referentes a aspectos que emerjan de la habilitación excepcional del Sistema SIDUNEA++, serán emitidas mediante Instructivo de Presidencia Ejecutiva. CUARTO.- La presente Resolución será elevada a conocimiento y consideración del Directorio de la Aduana Nacional, en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, conforme lo establece el artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 02030-07 de 21/02/2007. La Gerencia Nacional de Normas, la Gerencia Nacional de Sistemas, las Gerencias Regionales y Administraciones de Aduana, serán responsables de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, notifíquese y cúmplase.
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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133/2021 La Paz, 20 de diciembre de 2021
VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Parágrafo I del Artículo 175 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, establece que las Ministras y los Ministros de Estado tienen entre otras atribuciones, el proponer y dirigir las políticas gubernamentales en su sector, la gestión de la administración pública en el ramo correspondiente, y dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia. Que el Parágrafo I del Artículo 7 de la Ley Nro. 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002, determina: “(DELEGACIÓN). Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo”, el Parágrafo II, dispone: “El delegante y el delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley Nro. 1178, de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias”, el Parágrafo III, establece: “En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a: a) Las facultades que la Constitución Política del Estado confiere a los poderes públicos; b) La potestad reglamentaria; c) La resolución de recursos jerárquicos, en el órgano administrativo que haya dictado el acto objeto del recurso; d) Las competencias que se ejercen por delegación; y, e) Las materias excluidas de delegación por la Constitución Política de Estado, o por una ley”; el Parágrafo IV, prevé: “Las resoluciones administrativas dictadas por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral II de este artículo”; el Parágrafo V, determina: “La delegación es libremente revocable, en cualquier tiempo, por el órgano que la haya conferido sin que ello afecte ni pueda afectar los actos dictados antes de la revocación”; el Parágrafo VI, establece: “La delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional”. Que, el Parágrafo II y III del Artículo 6 de la Ley N° 004 de 31 de marzo de 2010, Ley de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz, modificado por el Parágrafo II del Artículo 12 de la Ley N° 915 de 28 de marzo de 2017, y la Disposición Adicional Primera de la Ley N° 974 de 4 de septiembre de 2017, Ley de Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, respectivamente, disponen: “II. El Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas, estará presidido por el Titular del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.”, y “IlII. El Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas, deberá reunirse en forma ordinaria dos veces al año y extraordinariamente a convocatoria de cuatro de sus miembros”. Que, el Articulo 79 del Decreto Supremo N° 29894, de 7 de febrero de 2009, Organización del Órgano Ejecutivo, modificado por el Parágrafo XI del Articulo 8 del Decreto Supremo N° 3058, de 22 de enero de 2017, el Parágrafo Il del Articulo 2 del Decreto Supremo N° 3070, de 1 de febrero de 2017 y el Parágrafo VIl del Articulo 3 del Decreto Supremo N° 4393 de 13 de noviembre de 2020, establecen la estructura organizacional Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. Que, el Parágrafo II del Artículo 2 del Reglamento del Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas, establece: “En caso de ausencia de la o el titular del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional, se deberá realizar la delegación formal a la o el Viceministro de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción”. Que, mediante Decreto Presidencial N° 4389, de 9 de noviembre de 2020, el Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, designó al ciudadano Iván Manolo Lima Magne, en la Cartera del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional. POR TANTO: El Ministro de Justicia y Transparencia Institucional, en ejercicio de las atribuciones establecidas en los numerales 3 y 4 del parágrafo I del Artículo 175 de la Constitución Política del Estado Plurinacional y los numerales 17 y 22 del parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009. RESUELVE: PRIMERO. - DELEGAR a la ciudadana JULIA SUSANA RIOS LAGUNA, Viceministra de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción dependiente de este Ministerio, designada mediante Resolución Suprema Nº 27224 de fecha 12 de noviembre de 2020, lo siguiente: La representación del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional ante el Consejo Nacional de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito y Legitimación de Ganancias Ilícitas. SEGUNDO. - La presente Resolución Ministerial de Delegación, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación, en un órgano de prensa de circulación nacional conforme señala el parágrafo VI del Artículo 7 de la Ley Nro. 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002. TERCERO. – El Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, queda encargado del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. CUARTO. - La Dirección General de Asuntos Administrativos y/o la Unidad de Comunicación Social de esta Cartera de Estado, quedan encargados de la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el marco de la normativa vigente. QUINTO. - Queda sin efecto cualquier otra disposición contraria a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
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Orbe EL PASO DE LA DERECHA A LA IZQUIERDA
Boric sueña con un nuevo Chile
• Santiago de Chile / El Comercio
A sus 35 años, Boric, que encabeza una alianza entre el Frente Amplio y el Partido Comunista, se convirtió en el presidente más votado de la democracia chilena luego de imponerse con un 55,8% de apoyo al ultraderechista José Antonio Kast (44,1%).
S
us propuestas son vistas por una parte de Chile como una respuesta natural a las demandas de las masivas protestas por la igualdad de 2019. Otros, por el contrario, sienten que los cambios son demasiado drásticos y podrían traer desequilibrios al que fue uno de los países más estables de América Latina. Pero ¿qué es lo que realmente prometió el que será el presidente más izquierdista desde el derrocado Salvador Allende (1970-1973)?
El futuro mandatario, que sucederá a Sebastián Piñera desde el 11 de marzo de 2022, es defensor de transitar hacia un Estado de bienestar que cubra ciertos derechos sociales. HACIA UN ESTADO DE BIENESTAR El futuro mandatario, que sucederá a Sebastián Piñera a partir del 11 de marzo de 2022, es defensor de transitar hacia un Estado de bienestar que cubra ciertos derechos sociales, explicó la politóloga de la Universidad de Chile María Cristina Escudero. Busca terminar con la privatización de servicios básicos y acabar con el modelo marcadamente neoliberal que se heredó de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) y que llevó a Chile a ser el país con más renta per cápita de Sudamérica, pero el más desigual, según la base de datos independiente World Inequality Database (WID). Un sistema de salud público de contribución universal (no como el actual, al que solo aportan quienes no se atien-
den en el sistema privado) y un modelo de pensiones que no esté gestionado por las actuales entidades lucrativas son varias de sus propuestas. ¿CÓMO FINANCIARÁ LOS CAMBIOS? Para poder financiar más servicios públicos, Boric propone aumentar en 8% la recaudación del PIB en ocho años, algo que “genera gran desconfianza en los mercados” y que podría espantar la inversión, expresó Francisco Castañeda, director de la Escuela de Negocios de la Universidad Mayor. Su plan, que muchos han tildado de “bucólico”, pasa por mejorar la progresividad impositiva, reduciendo algunas exenciones tributarias y aumentando impuestos a cerca de un 1,5% del total de contribuyentes, los que obtienen más
de 4,5 millones de pesos mensuales (sobre USD 5.300). Boric también pretende imponer un gravamen especial a los superricos, crear impuestos verdes e imponer una polémica regalía por la extracción de cobre —del que Chile es principal productor del mundo—, una iniciativa que ya se discute en el Parlamento. Estos cambios buscan, según el presidente electo, “un régimen parecido al que tiene la mayoría de los países de la OCDE”, donde el promedio de recaudación tributaria como porcentaje del PIB es del 22,9%, frente al 20,7% de Chile. ENFOQUE VERDE El ambientalismo ha pertenecido desde el inicio a su hoja de ruta: es un crítico acérrimo del modelo extractivista que ha
imperado en las últimas décadas en Chile y defiende tajantemente la firma del Acuerdo de Escazú, el primer pacto ambiental de la región, que el actual Gobierno rechazó suscribir. Una de sus grandes luchas fue reivindicar la crisis hídrica que asola Chile y que tiene a cientos de personas sin agua corriente, en parte por una gran sequía, pero también por el régimen de agua, que no está garantizada como derecho humano y se encuentra en gran medida en manos de grandes empresas agrícolas y ganaderas. “Esperamos ser el primer Gobierno ecologista en la historia de Chile”, solía decir cuando era candidato. Siempre menciona en sus discursos a su tierra natal, la sureña región de Magallanes, y hace guiños constantes a la descentralización.
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• Santiago de Chile / EL Comercio
Nacieron cuando las dictaduras militares asolaban gran parte de Latinoamérica, y la mayoría de ellos ni siquiera había alcanzado su primer decenio de vida cuando cayó el Muro de Berlín. Una generación de ‘millennials’ aterrizó en la presidencia de varios países en los últimos años, a la que acaba de unirse el chileno Gabriel Boric. Con una diferencia de más de 10 puntos, el joven diputado de izquierda se impuso con el 55,8% de los votos al ultraderechista José Antonia Kast en las elecciones con mayor tensión política desde el fin de la dictadura hace tres décadas. “Es un recambio generacional que no sólo sucede aquí. Es un fenómeno mundial, mucho más allá de Boric”, dijo Valentina Rosas, analista de la Universidad Católica.
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BORIC SE SUMA A OTROS CINCO JÓVENES LÍDERES
Irrumpe en la lista mundial de mandatarios ‘millennials’ Su aplastante triunfo, según explicó a Mauricio Morales, “responde al desgaste de los partidos tradicionales que gobernaron Chile los últimos 30 años y al pedido de cambio expresado en el estallido social”, cuando miles de personas salieron a las calles a finales de 2019 para protestar contra la desigualdad. Para Claudia Heiss, de la Universidad de Chile, tiene que ver también con un deseo de “superar la transición”: “Muchas de las personas que fueron importantes tras el fin de Pinochet, como Aylwin o Lagos, estuvieron en la política chilena incluso antes del golpe del 73”, apuntó.
QUIÉNES SON SUS COETÁNEOS El año que viene, Boric compartirá citas internacionales con coetáneos de países tan lejanos, como Nueva Zelanda o Finlandia, y vecinos latinoamericanos, como Costa Rica y El Salvador. Pese a ser un año más mayor que Boric, la finlandesa Sanna Marin llegó al poder en 2019 con tan solo 33 años, con un discurso progresista que sorprendió incluso en la adelantada Escandinavia: “Soy de una familia homoparental y eso me ha condicionado para que la igualdad y los derechos humanos sean muy importantes para mí”. Marin compartía juventud en Europa hasta hace muy poco con el austríaco Sebastian Kurz,
que también se convirtió en primer ministro con 33 años, pero que renunció en octubre tras ser mencionado en la investigación mundial Papeles de Pandora. Otra de las ‘millenials’ que ha adquirido mucha notoriedad en los últimos tiempos es la neozelandesa Jacinda Ardern, admirada por su gestión durante los primeros meses de la pandemia y por compatibilizar su maternidad con el cargo. Para Jaime Abedrapo, jefe de la Escuela de Gobierno de la Universidad de San Sebastián, las redes sociales jugaron un papel “determinante” en la irrupción de estos nuevos liderazgos, de los que el salvadoreño Nayib Bukele fue su máximo exponente.
“Oficialmente soy el presidente más cool del mundo”, tuiteó a los pocos días después de tomar posesión en 2019. El exalcalde de San Salvador, cuestionado por su creciente autoritarismo, terminó con el reinado del costarricense centroprogresista Carlos Alvarado, quien en abril de 2018 se había convertido, con 38 años, en el mandatario más joven de América. Todos estos liderazgos despertaron temores en un primer momento por su inexperiencia, de ahí la importancia de “sumar apoyos transversales e intergeneracionales”, indicó Octavio Avendaño, de la Universidad de Chile. “La capacidad de construir acuerdos no depende de la edad”, agregó Heiss.
Los ‘millennials’
Gabriel Boric Presidente electo de Chile 35 años (asumirá a los 36 años)
Sanna Marín Primera Ministra de Finlandia 33 años
Sebastian Kurz Primer Ministro de Austria 33 años
Jacinda Ardern Primera Ministra de Nueva Zelanda 37 años
Nayib Bukele Presidente de la República de El Salvador 40 años (asumió a los 38 años)
Carlos Alvarado Presidente de Costa Rica 38 años
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MARTES / 21 / 12 / 2021
Últimas EN LA ZONA DE COTA COTA
El alcalde de La Paz, Iván Arias, fue visto el 12 de diciembre en una ruidosa y ostentosa fiesta en la zona de Cota Cota de la urbe paceña, que reunió a más de cien personas sin las respectivas medidas de bioseguridad, pese a que la autoridad edil exigió en reiteradas ocasiones a los nuevos bachilleres a presentar el certificado de vacunación como condición para celebrar las graduaciones. Con fotografías y videos, vecinos de la calle Andrés Bello denunciaron que la fiesta, convocada para celebrar el cumpleaños de la concejal Lourdes Chambilla, reunió a más de un centenar de personas que, sin medidas de bioseguridad, bailaron y bebieron durante varias horas al ritmo de
LA AUTORIDAD EDIL condicionó a los bachilleres a presentar el certificado de vacunación para las fiestas de graduación.
Arias exige cumplir normas, pero sale de fiesta sin medidas de bioseguridad Vecinos de la calle Andrés Bello denuncian que la celebración reunió a más de un centenar de personas sin respetar las normas sanitarias. tres conjuntos electrónicos, señala un reporte del canal estatal Bolivia TV. Este hecho ocurrió en medio de un ascenso de nuevos contagios de coronavirus (Covid-19), teniendo en cuenta que esa semana se reportó un aumento de 24% de los casos positivos en el departamento de La Paz y de 37% en todo el país. Se conoció además que en el festejo también participaron el concejal secretario Óscar Sogliano, los exasambleístas Amílcar Barral y Rafael Quispe, entre otros. Los vecinos señalaron que en el domicilio de Chambilla se celebran fiestas hace bastante tiempo, aunque esta última fue el más ruidosa y perjudicó al resto de las personas que debían cumplir sus obligaciones laborales. Luego de varias horas de la fiesta, el alcalde Arias fue recogido en un vehículo oficial de la marca Nissan, tipo vagoneta, con la placa de control 4678-NXR.
// FOTO: CAPTURA DE VIDEO
• Redacción Central
El alcalde Iván Arias es visto en una ostentosa fiesta en Cota Cota, con más de 100 personas.
// FOTO: ARCHIVO
POR LA VENTA DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIÓN
Satélite Túpac Katari generó $us 180 millones en ocho años • Redacción Central
El satélite Túpac Katari (TKSAT-1) generó alrededor de $us 180 millones de ingresos por la venta de servicios en ocho años, destacó ayer el director ejecutivo de la Agencia Bolivia Espacial (ABE), Iván Zambrana.
Lanzamiento del satélite boliviano al espacio desde China.
“Hay motivos de satisfacción al hablar de temas financieros, las ventas por servicios han llegado a 180 millones de dólares en todos estos años”, dijo en una entrevista con la ABI. Resaltó que en los ocho años de vigencia del TKSAT-1 además se canceló al Estado boliviano alrededor de Bs 200 millones por tributos fiscales y se aportó al Bono Juancito Pinto un monto aproximado de Bs 159 millones.
“Este proyecto no es un proyecto para generar lucro, es un proyecto para servicio; así que las tarifas que se cobran han sido calculadas para cubrir los costos del satélite en 15 años”, añadió Zambrana. El TKSAT-1 fue lanzado a órbita el 20 de diciembre de 2013 desde China e inició su servicio comercial en abril del siguiente año; desde entonces y en la actualidad está a cargo de la ABE.
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MARTES / 21 / 12 / 2021
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RESOLUCIÓN Nº RA-PE-01-039-21 La Paz, 20 DIC 2021 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que los Numerales 4 y 5 del Parágrafo I, Artículo 298 de la Constitución Política del Estado establecen que son competencias privativas del Nivel Central del Estado, el Régimen Aduanero y Comercio Exterior. Que el Artículo 2 de la Ley Nº 1990 de 28/07/1999, Ley General de Aduanas, regula el ejercicio de la potestad aduanera y las relaciones jurídicas que se establecen entre la Aduana Nacional y las personas naturales o jurídicas que intervienen en el ingreso y salida de mercancías del territorio nacional, entendiéndose como potestad aduanera al conjunto de atribuciones que la ley otorga a la Aduana Nacional para el cumplimiento de sus funciones y objetivos para tal efecto se desconcentran territorialmente en administraciones aduaneras, conforme dispone el Artículo 30 de la misma Ley.
trabajo será de ocho (8) horas diarias, con excepción de feriados nacionales reconocidos en disposiciones legales en vigencia. (…) b) Para el caso de las Administraciones de Aduana Frontera y Agencias de Aduana en el Exterior: En las Administraciones de Aduana Frontera y Agencias de Aduana en el Exterior el horario de trabajo regular, así como el extraordinario, será determinado de acuerdo al trabajo operativo aduanero, mediante Resolución expresa del Directorio de la Aduana Nacional”.
a lo dispuesto en el Artículo 35, Inciso h) del Reglamento a la Ley General de Aduanas y el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional aprobado en su texto ordenado mediante Resolución de Directorio Nº RD 02-030-07 de 21/12/2007, debiendo al efecto, informar a los miembros del Directorio de la Aduana Nacional, las decisiones adoptadas dentro de las 48 horas siguientes a fin que se emita una decisión convalidando, modificando o revocando las decisiones asumidas por Presidencia Ejecutiva”.
CONSIDERANDO:
Que la Gerencia Nacional Jurídica recomienda a Presidencia Ejecutiva de la Aduana Nacional modificar el horario de trabajo y atención al público de las Administraciones de Aduana Frontera y Agencias de Aduana en el Exterior de las Gerencias Regionales en el marco de lo establecido en el Artículo 35, Inciso h) del Reglamento a la Ley General de Aduanas y el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional aprobado en su texto ordenado mediante Resolución de Directorio Nº RD 02-03007 de 21/12/2007, en razón de que la misma es necesaria y no contraviene la normativa legal vigente.
Que mediante el Informe AN-GNAGC-DRHAC-I-1009-2021 de 20/12/2021, el Departamento de Recursos Humanos dependiente de la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas concluye que: “Conforme análisis efectuado y los argumentos expuestos, la modificación del horario de trabajo con atención al público para las diferentes administraciones de Aduana Frontera y Agencias de Aduana en el Exterior de las Gerencias Regionales La Paz, Oruro, Cochabamba, Tarija, Santa Cruz y Potosí, detallada en el numeral II del presente informe y conforme el anexo adjunto, a partir de la publicación de la Resolución y hasta nueva instrucción, son procedentes y técnicamente viables”.
Que el Artículo 3 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 25870 de 11/08/2000, prevé que la prestación de servicios aduaneros es esencial para el desarrollo económico del país y que su desarrollo y observancia se efectúa a través de la Aduana Nacional, sus Administraciones Aduaneras y demás unidades orgánicas.
Que la Gerencia Nacional Jurídica mediante Informe Legal ANGNJGC-DALJC-I-1135-2021 de 20/12/2021, concluye que: “De acuerdo al análisis realizado en las consideraciones técnico legales, en base al Informe AN-GNAGC-DRHAC-I-1009-2021 de 20/12/2021, emitido por el Departamento de Recursos Humanos de la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas, es procedente la modificación de horario de trabajo y atención al público para las Administraciones de Aduana Frontera y Agencias de Aduana en el Exterior de las Gerencias Regionales en tanto dure la interrupción del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA), considerando que la misma se enmarca en la normativa legal, por lo que, corresponde al Directorio de la Aduana Nacional aprobar el horario de trabajo y atención al público requeridos. Bajo ese contexto, considerando que la reunión de Directorio se encuentra agendada para el mes de Enero de la gestión 2022, y siendo que debido a la necesidad de realizar la modificación de horario a efectos de cumplir con el Plan de Contingencia por las dependencias de las Gerencias Regionales, es factible que Presidencia Ejecutiva de la Aduana Nacional, tome acciones de carácter excepcional, en observancia
Que el Artículo 30 del citado Reglamento, establece que la Aduana Nacional, a nivel ejecutivo y operativo, está organizada en unidades técnicas, operativas y administrativas, debiendo desconcentrarse regionalmente en Administraciones Aduaneras de acuerdo a su estructura orgánica y funcional. Que el Artículo 35 del Reglamento de la Ley General de Aduanas establece que Presidente Ejecutivo, como máxima autoridad ejecutiva de la Aduana Nacional, ejerce la representación de ésta en el país y en el extranjero. Además de las atribuciones señaladas en el Artículo 39 de la Ley, entre ellas: “(…) h) Tomar acciones inmediatas de carácter excepcional en casos de emergencia, cuya competencia corresponda al Directorio, cuando las circunstancias lo justifiquen, con cargo a dar cuenta a éste, (…)”. Que el Artículo 15 (Jornada y Horario de Trabajo) del Reglamento Interno de Personal de la Aduana Nacional aprobado con Resolución de Directorio Nº RD 02-019-21 de 21/07/2021, en vigencia desde el 02/08/2021, establece que: “La jornada de
CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 1990, Ley General de Aduanas en su Artículo 39, Inciso h) determina que el Presidente Ejecutivo de la Aduana Nacional, como máxima autoridad, tiene la atribución de dictar resoluciones en el ámbito de su competencia, para la buena marcha de la institución. Que el Artículo 35, Inciso h) del Reglamento a la Ley General de Aduanas, faculta a la Presidencia Ejecutiva a tomar acciones inmediatas de carácter excepcional en casos de emergencia, cuya competencia corresponda al Directorio, cuando las circunstancias lo justifiquen, con cargo a dar cuenta a éste.
Presidente Ejecutivo informará a los miembros del Directorio de las decisiones adoptadas dentro de las 48 horas siguientes. El Directorio considerará el asunto necesariamente en la siguiente reunión de Directorio y adoptará una decisión convalidando, modificando o revocando las decisiones asumidas por el Presidente Ejecutivo. POR TANTO: La Presidenta Ejecutiva a.i. de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley; RESUELVE: PRIMERO.- Modificar el horario de trabajo y atención al público de las Administraciones de Aduana Frontera y Agencias de Aduana en el Exterior de las Gerencias Regionales de La Paz, Oruro, Cochabamba, Tarija, Santa Cruz y Potosí, conforme el detalle descrito en Anexo de la presente Resolución, en tanto dure la interrupción del Sistema Único de Modernización Aduanera (SUMA). SEGUNDO.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación y será elevada a conocimiento y consideración del Directorio de la Aduana Nacional, en el plazo de 48 horas, conforme lo establecido en el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional. La Gerencia Nacional de Administración y Finanzas y las Gerencias Regionales de La Paz, Oruro, Potosí, Santa Cruz, Tarija y Cochabamba quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Que el Artículo 32 del Estatuto de la Aduana Nacional, aprobado mediante Resolución de Directorio N° RD 02-030-07 de 21/02/2007, prevé que en casos de emergencia debidamente justificados, cuando no fuere posible reunir al Directorio, el Presidente Ejecutivo podrá adoptar decisiones que correspondan a dicho órgano, procurando consultar las mismas con la mayor cantidad posible de los miembros del Directorio. En estos casos, el Presidente Ejecutivo, emitirá decisiones de emergencia, que deberán ser motivadas y justificadas por un informe técnico y un informe legal, sin responsabilidad para los Directores. El
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL LA PAZ Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL SANTA CRUZ Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN
Gerencia Regional La Paz
Gerencia Regional Santa Cruz
REPARTICIÓN
Administración de Aduana Frontera Charaña
Administración de Aduana Frontera Desaguadero
LUGAR DE ATENCIÓN
Agencia Aduana Exterior Matarani - Ilo
Días Extraordinarios
HORARIO
DÍAS
DE
A
DE
A
HORARIO
DÍAS
DE
A
DE
A
Oficina
lunes - viernes
08:30
-
-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:00
13:00
14:30
20:00
Control paso de frontera
lunes - viernes
08:30
-
-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:00
13:00
14:30
20:00
Oficina
lunes - viernes
08:30
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22:00
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-
Puente Nuevo - Puente Viejo
lunes - viernes
08:30
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-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
09:00
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21:00
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
Puesto de Control Puerto Acosta Punto de Control Kasan - Oficina Punto de Control Kasan Control paso de frontera
Administración de Aduana Frontera Guayaramerin
Días Ordinarios
lunes - viernes lunes - viernes lunes - viernes
08:30 08:30 08:30
-
-
Oficina
lunes - viernes
08:30
-
-
22:00
-
"Área de Control a Puerto de Atraque"
lunes - viernes
08:30
-
-
22:00
Matarani
lunes - viernes
08:30
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Mollendo
lunes - viernes
08:30
-
-
09:00
13:00
08:00
14:30
13:00
08:00
14:00
13:00
14:00
21:00 20:00 20:00
-
-
-
-
Sábados, Domingos y Feriados
08:00
-
-
16:00
22:00
Sábados
08:30
-
-
16:30
22:00
-
-
-
-
-
REPARTICIÓN
Administración de Aduana Frontera Villazón
Oficina
Lunes Viernes
Recinto Frontera
Lunes Viernes
Aduana Integrada
Lunes Viernes
Oficina
lunes viernes
Control paso de frontera Administración de Aduana Frontera Avaroa
DÍAS
Punto de control Apacheta/Hito Cajones - Oficina Punto de control Apacheta/Hito Cajones - Control paso de frontera
lunes viernes
lunes viernes
lunes viernes
Días Extraordinarios
HORARIO DE
08:30
08:00
06:00
08:00
08:00
08:00
08:00
A
-
-
-
-
-
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-
DE
-
-
-
-
-
-
-
DÍAS
A
HORARIO DE
22:00
-
22:00
Sábados y Feriados
08:00
23:00
Sábados, Domingos y Feriados
06:00
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:00
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
-
A
-
-
-
Administración de Aduana Frontera Puerto Suarez
A
DE
A
-
-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:30
-
-
16:30
Control paso de frontera
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
Sábados
08:30
-
-
16:30
ACI Corumba - Puerto Suarez
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
Sábados
08:30
-
-
16:30
Punto de Control ESDRAS
lunes - viernes
05:00
-
-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
05:00
-
-
13:00
Oficina
lunes - viernes
08:30
-
-
22:00
Sábados
08:30
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:30
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:30
16:30
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:30
16:30
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:30
16:30
Punto de Control San Vicente - Oficina Punto de Control San Vicente - Control paso de frontera
DE
-
-
-
A
23:00
DE
A
08:30
lunes - viernes
08:30
lunes - viernes
08:30
lunes - viernes
08:30
-
-
-
-
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-
-
-
DE
16:30 -
-
16:30
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL TARIJA Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN Gerencia Regional Tarija
Administración de Aduana Frontera Bermejo
-
20:00
lunes - viernes
A
HORARIO
08:30
Area de Control Integrado ACI
DE
DÍAS
lunes - viernes
Control paso de frontera
Administración de Aduana Frontera San Matías
Días Extraordinarios
HORARIO
DÍAS
Oficina
Administración de Aduana Frontera Yacuiba
Gerencia Regional Potosí Días Ordinarios
LUGAR DE ATENCIÓN
Administración de Aduana Frontera Cañada Oruro
Días Ordinarios
LUGAR DE ATENCIÓN
REPARTICIÓN
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL POTOSÍ Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN
LUGAR DE ATENCIÓN
Días Ordinarios
REPARTICIÓN
Aduana Integrada
Días Extraordinarios
HORARIO
DÍAS lunes - viernes
HORARIO
DÍAS
DE
A
DE
A
00:00
-
-
23:59
Sábados, Domingos y Feriados
DE
A
DE
A
00:00
-
-
23:59
Campo Pajoso
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
-
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-
-
-
Oficina
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
-
-
-
-
-
Aduana Integrada
lunes - viernes
00:00
-
-
23:59
Sábados, Domingos y Feriados
00:00
-
-
23:59
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
06:00
-
-
18:00
Chalanas
lunes - viernes
08:00
-
-
Oficina - Villamontes
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
-
Control Hito BR 94 (ACI)
lunes - viernes
00:00
-
-
23:59
Sábados, Domingos y Feriados
-
-
-
-
00:00
-
-
23:59
ADUANA NACIONAL - GERENCIA REGIONAL ORURO Horario de trabajo y atención al público, a partir de la publicación de la Resolución HORARIOS DE ATENCIÓN Gerencia Regional Oruro
08:00
08:00
08:00
-
-
-
-
-
-
-
-
20:00
20:00
20:00
20:00
Días Ordinarios REPARTICIÓN
Administración de Aduana Frontera Pisiga
Administración de Aduana Frontera Tambo Quemado Agencia Aduana Exterior Arica
LUGAR DE ATENCIÓN
DÍAS
Días Extraordinarios
HORARIO
A
DE
A
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:00
-
-
20:00
Control paso de frontera
lunes - viernes
08:00
-
-
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
08:00
-
-
20:00
22:00
Sábados, Domingos y Feriados
07:30
-
-
19:30
07:30
-
-
19:30
lunes - viernes
A
DE
A
HORARIO
Oficina
Oficina
DE
DÍAS
07:30
-
-
DE
Control paso de frontera
lunes - viernes
07:30
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22:00
Sábados, Domingos y Feriados
Oficina
lunes - viernes
08:30
-
-
22:00
Sábados
08:30
-
-
16:30
Puerto
lunes - viernes
00:00
-
-
23:59
Sábados, Domingos y Feriados
00:00
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23:59
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MARTES / 21 / 12 / 2021
Últimas // FOTO: RRSS
EN SANTA CRUZ
El Piraí se desborda y se registran 30 derrumbes Es el departamento más afectado, el Gobierno destina Bs 83,1 millones para prevención.
Las oficinas de la institución.
NUEVO PRESIDENTE DE LA APDHB
Salazar pide a Carvajal que devuelva la sede • Redacción Central
El presidente de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB), Édgar Salazar, anunció que Amparo Carvajal debe devolver las instalaciones del edificio en el lapso de 90 días. Salazar anunció que dio un plazo hasta después de las fiestas de fin año para que Amparo Carvajal devuelva las oficinas de esta institución que se encuentran tomadas por las plataformas ciudadanas y gente del Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade). “Estamos dando un plazo para que de forma pacífica Amparo Carvajal nos devuelva las instalaciones, de lo contrario iniciaremos las acciones que correspondan, toda vez que los ambientes se encuentran secuestrados por las resistencias juveniles, comités cívicos, plataformas ciudadanas, partidos políticos y miembros del Conade, que no tienen ninguna participación en el interior de la Asamblea de Derechos Humanos de Bolivia”, afirmó. Salazar denunció también que la nueva directiva elegida el viernes fue impedida de ingresar
Se va a emitir una resolución de directorio que será de conocimiento de Carvajal, en sentido de que ya no goza de ningún apoyo”.
Las lluvias afectan a varios departamentos del país, especialmente a Santa Cruz, donde se desbordó el río Piraí y se registraron 30 derrumbes. El ministro de Obras Públicas, Édgar Montaño, informó que la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) destinó Bs 83,1 millones para impulsar el Plan Lluvias. Al menos dos personas permanecen desaparecidas mientras los equipos de emergencia trabajan en tres puntos del río Piraí para ubicarlas y rescatarlas. La crecida extraordinaria de este afluente mantiene en alerta a las autoridades. En la localidad de Tarumá, el río alcanzó los cuatro metros de altura y amenazó con destruir el puente. El aumento de aguas en varios departamentos de Bolivia afecta a todas las cuencas
de los ríos que recorren el departamento, especialmente en la zona del norte integrado. El desborde de los ríos Yapacaní e Ichilo afectó a varias comunidades aledañas. “Estos más de 83 millones de bolivianos van para la limpieza de derrumbes, la reposición de plataforma, para la limpieza y reconstrucción de alcantarillas, las obras de protección, y reemplazo y nivelación de plataforma”, agregó la autoridad de Gobierno. El coordinador de la cuenca del Searpi, Servicio de Encauzamiento de Aguas y Regularización del Río Pira, José Antonio Rivera, calificó como “crecida extraordinaria” la registrada ayer en el río Piraí. REGISTRO HISTÓRICO Rivero Informó que el río Piraí tiene una extraordinaria crecida de 7,43 metros de altura. Se trata de un ascenso del agua que está cerca de alcanzar o superar la cifra
más alta que se ha registrado históricamente (7,50 m). Rivero también informó que el Piraí no es el único que está con esta crecida extraordinaria, sino que también otros presentan múltiples riesgos. “El río de Yapacaní, Surutú también están con crecidas”, dijo.
83,1 MILLONES DE BOLIVIANOS se destinan para impulsar el Plan Lluvias 2021-2022.
// FOTO: RRSS
• Redacción Central
Édgar Salazar Presidente de la APDHB a las instalaciones de la APDHB e incluso fue cuestionada por quienes custodian el ingreso. El representante de Conade Julio Alvarado anunció que se remitirán notas a organismos internacionales para denunciar que dentro de la Asamblea de Derechos Humanos de Bolivia existe un paralelismo gestado por el Movimiento Al Socialismo (MAS). “Estamos enviando notas a estos organismos internacionales porque consideramos que no existe esa defensa de los derechos humanos, sino del MAS”, expresó.
El desborde del río Piraí.