La exalcaldesa Sosa y su esposo conocían la red de corrupción en la Alcaldía cruceña
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EDICIÓN DIGITAL
PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • JUEVES 23 DE DICIEMBRE DE 2021 • AÑO 1 • NRO. 237 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • 52 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL
María René Álvarez, de esa tienda política, dijo que es necesario investigar esos hechos. Los delitos son “personalísimos”, afirman asambleístas de oposición.
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Oro y plata para el cacao boliviano
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Creemos abandona a nueve de sus diputados acusados
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CASO ÍTEMS FANTASMAS
Reservas internacionales se estabilizan gracias a la recuperación económica
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Arias acusa a Revilla por cobro ilegal de impuestos P.32
Denuncian 10 casos de nepotismo en el municipio cruceño
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Siete departamentos en alerta naranja, el Gobierno atiende las emergencias RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY
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Fue aprehendido el martes luego de declarar ante la comisión de fiscales.
En la sección de dotación, el sistema es manipulable porque es un sistema de elaboración de documentos, no es como el sistema de pagos o de control”.
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Javier Cedeño Exfuncionario edil
JAVIER CEDEÑO, EXJEFE DE RRHH DECLARÓ A LA FISCALÍA
Sosa y su esposo sabían sobre la red de corrupción en la Alcaldía cruceña El exfuncionario edil, considerado el “testigo clave” por el Ministerio Público, fue enviado al penal de Palmasola, de manera preventiva, por 180 días. • Redacción Central
En su declaración ante los fiscales, el exjefe de Recursos Humanos de la Alcaldía cruceña Javier Cedeño aseguró que la exalcaldesa Angélica Sosa y su esposo, Sergio Perivic, conocían la red de corrupción en el municipio. Dijo que ella tenía poder en la asignación de ítems de acuerdo a sus intereses. “Angélica Sosa designaba personal incluso en papelitos, firmaba hojitas con el nombre del nuevo funcionario con la palabra autorizado y la firma de Angélica, eso manda a Recursos Humanos, incluso una vez mandó una lista de más de 100 personas con la firma de Sosa”, afirmó Cedeño de acuerdo con el portal Detrás de la Verdad. Agregó que a Sandra Velarde, exsecretaria de Adminis-
tración y Finanzas, “Sosa le ordenaba quién entraba a trabajar y quién no. Si se revisan las planillas siempre se mantuvo una cantidad de 3.000 funcionarios para el área de salud, la planilla de toda la gente que entraba irregularmente era de 3.000 a 3.200, había personal técnico como 800 a 1.000, sumadas las cifras daban aproximadamente 9.000”. PEROVIC, ASESOR EXTERNO Sergio Perovic, esposo de Sosa, era “como su asesor externo”, Cedeño dijo que ambos “conocían” la red de corrupción. “Sosa conmigo casi no se metía, yo no era de su confianza, ella a mí no me pedía nada, pero sí me pedía Perovic que haga cosas, él me hizo designar en la Secretaría de Espacios Públicos”, manifestó, de acuerdo con la red Unitel. Además, Perovic “operaba” en las oficinas de Santa Cruz
para Todos, donde se manejaban las planillas de funcionarios a los que se hacían los descuentos para la campaña de Angélica Sosa. SUS VÍNCULOS “Los 11 concejales tenían sus espacios; cuando se decidía algo, los 11 concejales levantaban la mano. También Angélica Sosa tenía vínculos con diputados, dirigentes gremiales (...) todo ese grupo de personas vinculados con Sosa (...) tenían cupos para ítems y contratos eventuales”, afirmó. “Estos (ítems) eran asignados por Sosa para que nadie la bloquee, nadie le haga paros y demás problemas. Sosa tenía control directo de Recursos Humanos”, remarcó. DETENCIÓN El juez Juan José Quiroz determinó ayer la detención preventiva de Javier Cedeño en el
penal de Palmasola, por seis meses, mientras se investiga su vínculo con la presunta creación de 800 ítems fantasmas en ese municipio. La audiencia cautelar en el Palacio de Justicia inició a las 15.00 y culminó aproximadamente a las 19.00. Durante 15 años, Javier Cedeño ocupó varios cargos en la Alcaldía cruceña, uno de ellos como director de Espacios Públicos cuando Angélica Sosa era alcaldesa interina. El juez cautelar consideró que existe peligro de fuga, puesto que Cedeño hizo varios viajes a Chile, lo que hace su-
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Es uno de los cabecillas de la organización De acuerdo con las investigaciones, Javier Cedeño era uno de los cabecillas que creó al menos 800 ítems fantasmas en la Alcaldía de Santa Cruz. Se sospecha que, junto con los hermanos Antonio y Guillermo Parada (prófugos de la justicia), alquiló identidades para hacerlas pasar por funcionarios ediles y cobrar el dinero que supuestamente les correspondía por salarios. poner que puede huir, mientras que el riesgo de obstaculización a la investigación se basa en que conoce el detalle del funcionamiento en el interior del municipio cruceño. A la conclusión de la audiencia, Cedeño afirmó que su vida está en peligro por las declaraciones que hizo en contra de Angélica Sosa y su esposo, Sergio Perovic. LAS DECLARACIONES Ante los fiscales, Cedeño brindó mucha información respecto a las contrataciones y pagos en la Alcaldía, además del movimiento económico.
EXFUNCIONARIOS ediles ya están aprehendidos de manera preventiva, Julio César Herbas y Javier Cedeño.
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Fue aprehendida en una clínica privada de Santa Cruz.
EXISTEN RIESGOS PROCESALES
Fiscalía pedirá reclusión preventiva en Palmasola para la exalcaldesa
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Tuvo 16 años de poder en el municipio Angélica Sosa trabajó durante 16 años en la Alcaldía cruceña, siempre en cargos de importancia que la catapultaron como una figura prominente de la política en Santa Cruz. Ingresó a trabajar en el municipio en 2005, cuando Percy Fernández era alcalde, y fue nombrada secretaria de Parques y Jardines. Se mantuvo en el cargo durante 10 años. En 2015 incursionó en la política y logró la primera concejalía en el municipio cruceño, luego fue elegida presidenta de esa instancia legislativa. El 15 de abril de 2020 fue elegida alcaldesa interina debido al delicado estado de salud de Percy Fernández y se quedó en el cargo hasta que concluyó la gestión municipal . La audiencia cautelar fue fijada para hoy a las 11.00. (Foto: Archivo).
En la audiencia cautelar, programada para hoy a las 11.00 en el Palacio de Justicia de Santa Cruz, se fundamentará la comisión de cuatro delitos. • Redacción Central
Debido a los riesgos procesales de peligro de fuga y posible obstaculización a la investigación, la comisión de fiscales que investiga la presunta creación de 800 ítems fantasmas en la Alcaldía cruceña pedirá la reclusión preventiva de la exalcaldesa Angélica Sosa en el penal de Palmasola. De acuerdo con el fiscal departamental de Santa Cruz, Róger Mariaca, la medida gravosa es necesaria para garantizar que la exautoridad municipal coadyuve con las pesquisas. Sosa fue imputada por la presunta comisión de los delitos de conducta antieconómica, contratos lesivos al Estado, incumplimiento de deberes y uso indebido de influencias. Este caso se conoció luego de que Valeria Rodríguez denunció que su exesposo Antonio Parada, exjefe de Recursos
Humanos del municipio cruceño, había creado al menos 800 ítems fantasmas con los que cobró durante al menos cinco años diversas sumas de dinero por concepto de salarios y que Angélica Sosa tenía conocimiento de este hecho. LA VINCULACIÓN El 9 de diciembre en la mañana, Angélica Sosa se presentó en la Fiscalía cruceña para declarar como testigo y aseguró que no se iría del país y que colaboraría con las pesquisas para que se esclarezca el millonario robo al municipio. Luego de seis horas de declaración, la figura legal en su contra cambió a acusada. “Además de la documentación que hemos secuestrado y de los indicios en su contra, se ha tomado la decisión de ampliar la denuncia contra la señora Angélica Sosa. Esto quiere decir que ya no está en calidad de testigo, sino en calidad de acusada”, afirmó la fiscal Marcela Terceros.
El juez cautelar resolverá la situación jurídica de la exalcaldesa interina. Ella ya declaró y los fiscales de materia decidieron imputarla por al menos cuatro delitos”. Róger Mariaca Fiscal Departamental de Santa Cruz
De inmediato se emitió una alerta migratoria para que la exburgomaestre no pueda salir del territorio nacional. El 21 de diciembre, en la mañana, fueron ejecutados allanamientos simultáneos a cinco inmuebles vinculados a Sosa y los investigadores secuestraron documentación y una memoria externa. Ese mismo día, en la tarde, se emitió una orden de aprehensión contra Sosa, la que fue ejecutada en una clínica privada. Al conocer que sería capturada, la exalcaldesa se descompuso. Una vez que se verificó que su estado de salud mejoró, a las 21.30 fue trasladada a la Fiscalía departamental donde brindó otra declaración que se prolongó hasta las 03.00 del miércoles 22 de diciembre. ACUERDO POLÍTICO Nuevamente reiteró su inocencia en el hecho de corrupción, pero añadió que entre 2015 y 2020 hubo un acuerdo político entre el alcalde Percy
Fernández y Jhonny Fernández, jefe de Unidad Cívica Solidaridad (UCS), y que ella estuvo presente durante la firma de esa alianza. Según El Deber, Sosa afirmó que en el Concejo Municipal la bancada de UCS tenía “más de 600 personas, entre contratos eventuales e ítems. “Las listas la llevaba en ese entonces la señora Elvia López, Rea Borda, Johnny Fernández, Adali Suárez Arana, Rosario Schamissadine, don Jesús Cahuana, incluso la secretaria de mercados de esa época”, manifestó la exautoridad según refirió el medio cruceño. En sus palabras, ese acuerdo era para garantizar la gobernabilidad en el municipio cruceño porque UCS contaba con tres concejales en el Legislativo municipal.
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“Queremos dejar en claro nuestra posición, Creemos nunca va a apoyar ningún acto de corrupción ni ningún hecho irregular, pero se debe garantizar el debido proceso, no se debe politizar el caso, como lo quiere hacer el Movimiento Al Socialismo (MAS)”, expresó la subjefa de bancada de esa alianza política, Khaline Moreno, al referirse a su jefe de bancada, José Carlos Gutiérrez. La diputada María René Álvarez dijo que “todos los delitos son personalísimos” y se tienen que investigar, transparentar todos los actos irregulares. “Nosotros nunca vamos a avalar un acto de corrupción en el país, ya basta que sigan mintiendo al pueblo boliviano”, aseguró. El senador Henry Montero sostuvo que la línea de Creemos es combatir la corrupción caiga quien caiga, pero no es denunciar por denunciar o salir a los medios de comunicación para tener una palestra, sino que haya un proceso transparente en las investigaciones. “Pedimos a los fiscales la objetividad del caso y que no exista injerencia política. Siempre vamos a estar con la mayor predisposición cuando seamos convocados en la Fiscalía para aclarar los supuestos actos de corrupción”, agregó el senador. Dos testigos protegidos involucraron en las últimas horas a tres diputados de la alianza opositora Creemos en el caso que la Fiscalía investiga sobre la presunta creación de ítems fantasmas en la Alcaldía de Santa Cruz para desviar recursos municipales, y los aludidos negaron la acusación. Los testigos apuntaron a los legisladores José Carlos
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Diputados de Creemos deslindan responsabilidad por sus colegas que se beneficiaron con dinero de los ítems fantasmas y aseguraron que las denuncias que pesan en contra de los seis supuestos involucrados son de índole personal. A estos se suman otros asambleístas, entre ellos Carlos Arrien y el jefe de bancada en Diputados, José Carlos Gutiérrez.
Conferencia de prensa del jefe de bancada de Creemos en Santa Cruz.
EL MAS PIDE QUE RINDAN CUENTAS
Creemos deja a su suerte a sus diputados acusados por el caso ítems fantasmas Representantes de la alianza opositora dijeron que no se apoyará ningún acto de corrupción y que todos los delitos son “personalísimos”. Gutiérrez, Carlos Arrien y Haidy Muñoz de estar implicados en los contratos que supuestamente firmaron en la Quinta Municipal, pero no para trabajar en la Alcaldía, sino en una campaña electoral. NIEGAN VÍNCULOS Los diputados José Carlos Gutiérrez, Carlos Arrien y Haidy Muñoz, miembros de la bancada de Creemos, señalados por testigos de estar implicados en el caso ítems fantasmas, negaron ayer cualquier relación con hechos ilícitos, también negaron haberse reunido con Angélica Sosa o mantener un acuerdo entre su agrupación y Santa Cruz Para Todos, partido que gobernaba en la Alcaldía. Los parlamentarios, en conferencia de prensa en Santa Cruz, anunciaron que analizarán si se presentan de forma voluntaria a la Fiscalía, pero afirmaron que van a asistir cuando sean convocados.
El MAS pide que los asambleístas denunciados renuncien a sus cargos Creemos nunca va a apoyar ningún acto de corrupción ni ningún hecho irregular, pero se debe garantizar el debido proceso, no se debe politizar el tema”.
Khaline Moreno Subjefa de Creemos en Diputados
El senador por el Movimiento Al Socialismo (MAS) Leonardo Loza manifestó que estos parlamentarios involucrados en el caso ítems fantasmas no tendrían moral ni autoridad para ser legisladores. Pidió que rindan cuentas a la justicia y sean sancionados con todo el rigor de la ley. “No por el hecho de que seamos parlamentarios nos vamos a aprovechar de la plata de los bolivianos a través de estos hechos de corrupción de manera descarada, tenemos que rendir cuentas si cometimos algún delito”, dijo. El diputado Sandro Ra-
mírez indicó que por ética los parlamentarios que fueron denunciados deberían renunciar para defenderse en la justicia ordinaria por los actos que cometieron durante su campaña electoral que fue financiada con dinero de los cruceños. “Estos diputados deberían dar un paso al costado y renunciar para que respondan ante la justicia por sus actos”, apuntó. El diputado Rolando Cuéllar señaló que deberían ser suspendidos de sus funciones, toda vez que son cómplices y ahora parte de estos hechos de corrupción.
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POSICIÓN DEL MAS
Alcalde cruceño debe ser investigado por cuoteo La exalcaldesa Angélica Sosa, en su declaración, dijo que la UCS tenía una amplia cantidad de contratos.
El diputado de Comunidad Ciudadana Marcelo Pedraza
NO ESTARÁ EN LA COMISIÓN MIXTA
CC no quiere investigar los contratos fantasmas • Redacción Central
Asambleístas del oficialismo cuestionan a Comunidad Ciudadana, afirman que su negativa para ser parte de la comisión mixta de investigación en el Legislativo para ver el caso de los ítems fantasmas busca impunidad. Aseguran que CC pretende evitar que los responsables de dicho escándalo sean juzgados por la justicia.
El diputado Juan José Jáuregui lamentó que el partido del expresidente Carlos Mesa se niegue a que se fiscalicen los hechos de corrupción. Asegura que Comunidad Ciudadana pretende que los responsables del robo millonario de las arcas del municipio de Santa Cruz y de la Gobernación queden impunes. “Sería irresponsable, vergonzoso, cómplice que la oposición no quiera conformar esta comisión que tendrá como único trabajo acompañar el proceso investigativo que desarrolla el Ministerio Público en el caso de los ítems fantasmas”, afirmó.
Sería irresponsable, vergonzoso, cómplice que la oposición no quiera conformar esta comisión”.
Para los parlamentarios del Movimiento Al Socialismo (MAS) el actual alcalde de Santa Cruz, Jhonny Fernández, el exburgomaestre Percy Fernández y los concejales de la pasada gestión municipal, además de otros que mencionó Angélica Sosa en sus declaraciones, deberían también ser investigados y procesados por incumplimiento de deberes por los hechos de corrupción de los ítems fantasmas. “La justicia debe convocar inmediatamente al alcalde Fernández para que aclare si tuvo o no partici-
pación en este megahecho de corrupción y además deben ser citadas otras exautoridades que fueron nombradas por la exalcaldesa Angélica Sosa”, afirmó el diputado Ányelo Céspedes. Pidió que no exista inmunidad para nadie y que los responsables respondan por sus actos delictivos y que el dinero que robaron de las arcas no sólo del municipio de Santa Cruz, sino de la gobernación y de otras instituciones, sea devuelto. El diputado Danny Daniel Rojas manifestó que Angélica Sosa, el alcalde Jhonny Fernández, Percy Fernández, Luis Fernando Camacho, líder de Creemos y el exgobernador Rubén Costas deben responder por los delitos que
cometieron y devolver la plata a los cruceños. El diputado Renán Cabezas lamentó que el alcalde Jhonny Fernández no haya pensado en su región, sino en sus bolsillos y que de acusador pase a acusado, de acuerdo a las declaraciones vertidas por Sosa. Afirmó que esta autoridad debe ser investigada y en caso de encontrarse culpabilidad debe renunciar al cargo. En su declaración ante la Fiscalía por el caso ítems fantasmas, Angélica Sosa mencionó a Jhonny Fernández y señaló que durante la gestión anterior Unidad Cívica Solidaridad (UCS), partido del actual alcalde, tenía cupos de contratos de personal gracias a un acuerdo político. // FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
Juan José Jáuregui Diputado del MAS “Pedimos a la Fiscalía que sea clara, sincera, pura, consciente, nosotros vamos a estar tras de esto porque la comisión mixta se va a armar después del receso para investigar también a los fiscales”, dijo en su momento el diputado Patricio Mendoza. El diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Marcelo Pedraza señaló que dar legitimidad a una comisión que manejará el MAS es un absurdo y dijo que esa agrupación política no participará en la comisión mixta de investigación, toda vez que no existe una justicia transparente.
El Alcalde de Santa Cruz en conferencia de prensa.
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GESTIÓN DEL COMITÉ CÍVICO POPULAR DE BOLIVIA
Presentan una denuncia penal por terrorismo contra cívicos cruceños Entregaron al Ministerio Público más de 40 videos que muestran a quienes incitan a la violencia, a la agresión física y psicológica. // FOTO: AHORA EL PUEBLO
• Redacción Central
El Comité Cívico Popular de Bolivia oficializó una denuncia penal contra un grupo de seguidores de Luis Fernando Camacho y Rómulo Calvo por el delito de terrorismo, debido a la agresión física y psicológica contra sus componentes el 17 de diciembre.
Afines a Luis Fernando Camacho y Rómulo Calvo movilizados contra el Comité Cívico Popular de Bolivia.
El pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional aprobó ayer, por unanimidad, una Comisión Especial de 54 legisladores, entre titulares y suplentes, de las cámaras de Senadores y Diputados para el receso de fin de año. La determinación fue asumida en el marco del artículo 153 de la Constitución Política del Estado, “las sesiones ordinarias serán permanentes y contarán con dos recesos de quince días, cada uno, por año”. En ese contexto, legisladores de las cámaras Alta y Baja se ausentarán desde el 24 de diciembre de 2021 al 7 de enero de 2022, y retornarán a sus actividades el 10 de enero del próximo año. La comisión especial está conformada por 18 diputados titulares y 18 suplentes, conforme establece el artículo 47 del Reglamento General de la Cámara Baja. También de nueve senadores titulares y nueve
“Hemos presentado los videos donde se ve a quienes promueven la violencia, quienes nos hacen daño, quien rompe el parabrisas del vehículo de la Policía. Hay un responsable, quien dice que Evo Morales participaría en el 15 aniversario del Comité Cívico Popular. Ése ha sido el motivo para el ataque”, sostuvo. El abogado del Comité Cívico Popular de Bolivia Marcelo Valdez explicó que se apersonó ante el fiscal asignado en la capital cruceña para que lo incluyan en el portafolio digital, porque la defensa se asumirá desde la ciudad de La Paz. “Estamos viendo el tipo penal de terrorismo, puesto que se adecúa, hay un grupo irregular que está de una forma ilegal alterando el orden y la paz pública. Es un delito grave cuya sanción máxima son 20 años de prisión”, manifestó.
DESDE EL 24 DE DICIEMBRE DE 2021 HASTA EL 7 DE ENERO DE 2022
Asamblea define comisión especial de 54 legisladores para el receso de fin de año suplentes, según el artículo 56 del Reglamento del Senado. DIPUTADOS Los diputados titulares son: Freddy Mamani Laura, Basilia Rojas Mamani, Alina Canaviri Sullcani, Santos Mamani Espinoza, Felicia Alejo Hidalgo, Jorge Yucra Zárate, Lyli Bernabé Colque y Pedro Francisco Coro. También Alexandra Zenteno Cardozo, Sarah Vania Crespo Arze, Roy Suárez Medina, Mariel Carola Peñaloza Lema, Oscar Alberto Banderas Montaño, Janira Román Matijasevic, Mayra Ingrid Zalles Trigo, Ingvar Ellefsen Dotzauer, Sergio Maniguary Moura y Alba Moira Osinaga Rivero. Los suplentes son Sandro Decideiro Ramírez Rios, Zacarias Laura Tancara, Cinda Luana Nolasco Juchani, Cintia Castro Quispe, Cecilio Alanes Cruz,
Josefina Muturano Trigo, Elías Choque Ayca, Cipriana Guerrero Requelme, Bryan Zalles Mamani, Roque Jhonathan Mapaquine Rivarola, Ariana Gonzales Aguirre, Herbert Taboada Pérez, Susana Esther Sánchez Gareca, Iván Luis Canaviri Collarana, Rosario Verónica Sanjinés López, Ernesto Cárdenas Paz, Verónica Aguilera Salazar y Caleb Villaroel Salvatierra. SENADORES En la Cámara de Senadores se habilitó a los asambleístas titulares María Roxana Nacif Barboza, Ana María Castillo Negrette, María Patricia Arce Guzmán, Miguel Ángel Rejas Vargas, Soledad Flores Velázquez, Rodrigo Paz Pereira, Daly Cristina Santa María Aguirre, Cecilia Moyoviri Moye y Julio Diego Romaña Galindo.
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• Redacción Central
La ejecutiva de la entidad cívica, Roxana Molina, confirmó la entrega de los videos de quienes promueven la agresión y violación de derechos humanos antes y el día del ataque a un acto de celebración de 15 años de vida de esa organización en la ciudad de Santa Cruz.
DE DICIEMBRE atacaron un acto de celebración de esa entidad cívica, agredieron a mujeres embarazadas, de pollera y a periodistas.
El nuevo edificio de la Asamblea Legislativa, detrás del viejo Congreso.
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Nacional CINCO TIENEN EL APELLIDO AGUILERA PADILLA
Denuncian nepotismo en la Alcaldía cruceña
El diputado Patricio Mendoza, del MAS, cursó peticiones de informes al alcalde cruceño Jhonny Fernández. El jefe de bancada del Movimiento Al Socialismo de Santa Cruz, Patricio Mendoza, denunció ayer que en la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra se registró un nuevo caso de nepotismo. Se trata de la contratación de 10 personas, todas familiares en primer grado desde la gestión del exalcalde Percy Fernández. En conferencia de prensa, el oficialista presentó documentación en la que se registran los nombres de Ruth Aguilera Padilla, Rolando Aguilera Padilla, Beatriz Aguilera Padilla, Patricia Aguilera Padilla y Janeth Aguilera Padilla, todos de profesión médicos. “Hemos enviado una petición de informe escrito al alcalde de Santa Cruz, Jhonny Fernández, para que nos indique con precisión por qué y cuándo se hizo esta contra-
tación, además de otra petición de informe al ministro de Salud, Jeyson Auza, para que especifique el tema de los ítems”, sostuvo. Lamentó que Jhonny Fernández, como concejal y ahora como alcalde, no haya fiscalizado e identificado esa irregularidad. “Vamos a hacer que el Alcalde de Santa Cruz venga al Parlamento y explique a los bolivianos, y en especial a los cruceños, qué es lo que está pasando en el municipio”, puntualizó. Patricio Mendoza no descartó que los profesionales nombrados tengan algún vínculo con el señor Roly Aguilera, quien renunció al cargo de secretario general de la Gobernación para postularse como candidato a la Alcaldía de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra por Demócratas, de Rubén Costas. “Vamos a investigar este posible vínculo porque todas las personas que cometieron los hechos de nepo-
tismo responden al mismo apellido de Aguilera”, apuntó. El secretario jurídico del gobierno departamental Efraín Suárez denunció que Bs 700 mil fueron desviados por Rubén Costas de la lucha contra el Covid-19 para la campaña de Roly Aguilera.
YPFB le recomienda estar atento a estos anuncios para no ser víctima de engaños, las convocatorias oficiales son difundidas a través de medios impresos y el sitio web de la estatal petrolera: www.ypfb.gob.bo La Paz, 22 de diciembre de 2021.
www.aduana.gob.bo Línea gratuita: 800 10 5001
EDICTO EDICTO EDICTO EDICTO
NOTIFICACIÓN POR EDICTO EDICTO
ADUANA NACIONAL Publicación) (SegundaPublicación) (Primera publicación) (Primera Publicación) (Segunda (Segunda Publicacíon) (Primera Publicación) EDICTO El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional – Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario (SEGUNDALic. PUBLICACIÓN) El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Antonio Claudio Villa, conformidad y Nº en Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, citaLa ya.i. emplaza ade la Sra. JULIANA LOZA con NIT 3343458016; conMartinez la RESOLUCIÓN AN-GRLGREL GERENTE REGIONAL LA Paz PAZ DE LA ADUANA NACIONAL LIC.Antonio ANTONIO CLAUDIO MARTINEZ VILLA EN MÉRITO ALDETERMINATIVA ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO El Gerente Regional La de lade Aduana -RODRIGUEZ Lic. Martínez Villa, en mérito al art. 5 de del Decreto Supremo El Gerente Regional Paz laNacional Aduana Nacional –Claudio Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, deASr. ElGerencia Gerente Regional Paz la del Aduana Nacional Claudio Martinez Villa, conformidad yconformien estricULELR-RESDET-162-2021 deLa fecha 09/11/2021, debiendo apersonarse anteLic. las oficinas de laPROVEÍDOS Gerencia Regional Lanotifica, Paz86° ubicada en de la Av. del Policía Nºal637 entre calle Diego Nº. 27874 DEaplicación FECHA 26de DEFiscalización NOVIEMBRE 2004 NOTIFICA, CITA EMPLAZA CON LOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, LAS PERSONAS estricta del artículo Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 cita yTributario emplaza EMILIO La Nacional deDE Aduana Nacional, de conformidad yAntonio en estricta aplicación del artículo del Código Boliviano, Ley N° 2492, 27874 de 26 de noviembre dela86° 2004 notifica, cita yYPROCESOS con los Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria, aDE las personas que de Portugal yfecha Av. Ballivian Otero, Ciudad Satélite decon la DE ciudad de Elemplaza Alto, y sea enpara un plazo perentorio 20 días calendario alapartir de su legal oGERENCIA dad yLLAMA en estricta aplicación al artículo 86 de la Ley Nº 2492 del Código Tributario Boliviano, notifica, cita QUE SE MENCIONAN Aartículo CONTINUACIÓN, DENTRO LOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS Ayapersone INSTANCIA ESTA ta aplicación del 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita emplaza al Sr. EMILIO CITA, Y EMPLAZA aZona la ORELLANA operadora JIANZHEN LUO con NIT 367056024, para que por síconocimiento odemediante apoderado, se aVISTA lasnotificación oficinas de laalternativaGerencia JHONATHAN HERBAS C.I. 7853233 SC, que tome de presente DE CARGO mente, interponer los recursos en los plazos que ladeleylos dispone.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------seemplaza mencionan a continuación, dentro procesos de Ejecución Tributaria seguidos a Paz, instancia deseñala esta Gerencia Regional La Paz REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional de Fiscalización de la AduanaORELLANA Nacional, ubicada la Av. 20 Octubre 2038 de la que ciudad de La conocimiento conforme ella siguiente cuadro: yAN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 con las Resoluciones Administrativas de NºAbandono Tácito oapersonarse de Hecho, debiendo apersonarse deen fecha 19de de agosto depara 2021, debiendo ade las oficinas de la Gerencia JHONATHAN HERBAS con C.I. 7853233 SC, tome presente VISTA DE &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&de la Aduana Nacional.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regional La Paz ubicada enAdministración la CiudadDETERMINATIVA deDE El Alto Av. delAN-GRLGR-ULELR-RESDET-162-2021: Policía Nº 637 entre calle----------------------------------------------------------------------Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en PARTE PERTINENTE DELALOS PROVEÍDOS INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: PARTE PERTINENTE DE RESOLUCIÓN ------------------------------------------------------------AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de agosto de&FECHA 2021, debiendo apersonarse las ante las oficinas Aduana Interior La ubicada Av. 6 &de Marzo & &ADEUDO & & & &a&S/N, & &oficinas &Zona &&&CARGO &plazo &09 &de& & & & &de&de & la && &&&&& &treinta & & &de && & & de & &fecha &formular & &19 && &presentar &Paz, &&& &descargos & & en & &la &que & &estime NOMBRE DEUDA BASE El Alto, Noviembre 2021.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------un perentorio e improrrogable de (30) días para y los convenientes.------de la Gerencia Regional La Paz ubicada en la Ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. O RAZÓN C.I. o N.I.T. DOCUMENTO A NOTIFICAR, PERÍODO, IMPUESTO Y MONTO VISTAen DEADEUDADO TRIBUTARIO Villa “B”DE–DE ElLOS Alto (Recinto Aduana Interior La Paz)TRIBUTARIA: y sea unTRIBUTARIA plazo perentorio deIMPONIBLE 20 EN días PARTE PERTINENTE PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN ---------------------------------------VISTOS:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NºBolívar DE PROVEÍDO INICIO SUJETO MONTO MONTO ADEUDADO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&NIT / C.I.2019CDGRL0000535-1 ORIGEN PIET NºSOCIAL CARGO UFVNº AN-GRLGR-UFILR-I-2706-2019 UFV UFV’S BS Ballivian sea en2019CDGRL0000535 un plazo perentorio efecha improrrogable deDEL treinta (30) días paraseñala formular yartículo presentar los de descargos Las Ordenes deOtero Control yDiferido de 08/04/2019, de 16/08/2019; Técnico de DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA PASIVO ENInforme BOLIVIANOS hábiles administrativos, siguientes a la de su notificación conforme el 154 la Ley PARTE PERTINENTE DE LA VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.-----------------------------06/11/2019; Vista de Cargo AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-466-2019 de 06/11/2019; Informe de Evaluación de Descargos AN-GRLGR-UFILR-I-455-2021 de 24/08/2021; que1990 estime convenientes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTA DE CARGO: Nº de fecha Ley General Aduanas, modificado por artículo 3, parágrafoMONTO IV de la Informe Legal AN-GRLGR-ULELR-I-654-2021 de 09/11/2021; todos losde antecedentes cursantes en el expediente.----------------------------------------------------------------Bs. el 2,564.El Alto – Nº La Paz, 19 de28/07/1999, agosto DE PROVEÍDO DE de 2021------------------------------------------------------------------------------------------------MONTO UFV´s 1,082.&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AN-GNFGC-VISCAR-89-2021. SUJETO POR TANTO:-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------LUCIO DECLARACION JURADA Ley Nº 615 de fecha 15/12/2014, a gestión las personas naturales que DE se mencionan a continuación.--------------I.Nº GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA ORIGEN: ADEUDADO EN ADEUDADO EN INICIO DEPaz EJECUCIÓN NIT / C.I. ORIGEN DEL PIET (DOS---------------------------------------MIL AN-GRLGR -SET-PIET-570/2021 C.I. 49 DUI de lauso 2018: 1) 2018/711/C-55899, 2) 2018/711/CElPARTE Gerente Regional La de ALCANCE: la Aduana en deDE sus atribuciones conferidas por Ley;---------------------------------------------------------------------------------(MIL OCHENTA Y DOS 00/100 PASIVO PERTINENTE DENacional, LA VISTA CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.------------------------VILCANQUI 1 DE QUINIENTOS SESENTA BOLIVIANOS UFV’S A TRIBUTARIA DE FECHA 13/10/2021 40146892 DUI5)2016/241/C-37066 Gerencia Regional La Paz-------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&UNIDADES DE FOMENTO RESUELVE:------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------3) 2018/711/C-55902, 4) 2018/711/C-56248, 2018/711/C-56501, 6) 16/12/2016 Y CUATRO 00/100 Alto –DETERMINAR La CONTRA: Paz, 19 55901, de agosto de CHURA 2021------------------------------------------------------------------------------------------LAAgencia VIVIENDA) PRIMERO.de oficio las obligaciones aduaneras de 8) la 2018/711/C-58920, Operadora JULIANA RODRIGUEZ LOZA con NIT 3343458016 y de la Despachante de II.ElGIRADA -------------------------------------------------------------------------------------------------------------2018/711/C-58786, 7) 2018/711/C-58831, 9) 2018/711/ BOLIVIANOS) PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN: -----------------------------------------Aduana ULTRAMAR LTDA con NIT 1019195022 como responsable solidario, por concepto de diferencia de valor y seguro, afectando a los Tributos Aduaneros del Impuesto C-60019, 10) 2018/711/C-60027, 11) 2018/711/C-60056, 12) 2018/711/CEMILIO J. HERBAS ORELLANA --------------------------------------------------------------------------------------------------UFV´s 150.- al Gravamen Arancelario (GA) y Valor Agregado (IVA) e intereses en la tramitación de la Declaración Única de Importación DUI 2016/231/C-2053 de 09/03/2016 por el monto que DE ABANDONO TÁCITO O DE TRIBUTARIA: HECHO: -----------------------------------------------------------------Bs. 1,832.SOCIEDAD Gerencia Regional La60811, Paz--------------------------------------------------------------------------------------------------------SOSIMO UFV´s 773.- (SETECIENTOS 13) 2018/711/C-60831, 14)DE 2018/711/C-60848, 15) 2018/711/C-61249, (CIENTO III. NUMERO DE IDENTIFICACIÓN ------------------------------------------------------------------------C.I. 65/100 DECLARACION JURADA asciende a UFV’s143.072,65 (Ciento Cuarenta yTRANSPORTES Tres Mil Setenta y Dos Unidades de Fomento a la Vivienda), por concepto de Tributo Omitido, Mantenimiento de Valor Bs. 356.AN-GRLGR -SET-PIET-572/2021 CRISOL SETENTA YCINCUENTA TRES 00/100 RESOLUCION SANCIONATORIA 16) 2018/711/C-61818, 17) 2018/711/C-61819, 18) 2018/711/C-61858, RESUELVE:---------------------------------------------------------------------------------------------------(MIL OCHOCIENTOS I. GIRADA CONTRA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------2 DUI 2018/241/C-19490 DE 7853233 SC ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------eCI Intereses, calculados al 06/11/2019, conforme al siguiente detalle:--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR -SET-PIET-598/2021 (TRESCIENTOS 11252725 DE FECHA 14/10/2021 HINOSTROZA A Y DOS 00/100 UNIDADES DE FOMENTO 1 CONSIDERANDO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------NELLY 76543615 AN-GRLGR-LAPLI-RESSAN-21-2021 19) 2018/711/C-61860, 20) 2018/711/C-61862, 21) 2018/711/C-62595, 30/11/2018 Resumen Liquidación Previa de la Deuda alTREINTA 06/11/2019. L.P. CINCUENTA Y SEIS PRIMERO.Declarar en ABANDONO TÁCITO O DETributaria HECHO, la mercancía descrita enUNIDADES el00/100 ParteDEde EMILIO J. FECHA HERBAS ORELLANA ---------------------------------------------------------------------------------------------IX. DE 12/11/2021 PARIACHI LA VIVIENDA) BOLIVIANOS) 22) 2018/711/C-62597, 23) 2018/711/C-62598, 24) 2018/711/C-62645,
10
Y ESTER
DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
00/100 BOLIVIANOS) FOMENTO A LA 9.1 u Omisión se Atribuye al Presunto Autor. -------------------------------------------------------------------------III.Acto NUMERO DEque IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: -------------------------------------------------------------------Recepción: -------------------------------------------------------------------------------------------------------
PERSONAS con el mismo apellido paterno y materno trabajan en el Alcaldía de Santa Cruz, denunció Patricio Mendoza.
// FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) advierte a la opinión pública que personas inescrupulosas utilizan un portal falso con el nombre de la estatal petrolera, a través del cual anuncian concursos, premiados con dinero en efectivo, con el fin de obtener datos personales e información privada. Este es un modo de estafa conocido como phishing y suele ser difundido por medio de redes sociales y mensajería instantánea (WhatsApp).
25) 2018/711/C-62648, 26) 2018/711/C-63521, 27) 2018/711/C-64893, Omitido con a la Fecha Interesesa del Tributo Deuda Tributaria (TO + I) LIMITADA (…) se dará elestablece inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de suTributo legal notificación presente proveído, partir cualtributos se aplicarán en su VIVIENDA) contra las medidas Valor FOB Valor CIF no 9.1.1 Secorrespondientes, laconforme presunta comisión de Contravención Tributaria por elOmisión de Pago dedellos correspondientes DOCUMENTO Tipo de de de Vto. Omitido actualizado al actualizada al CI 7853233 SC -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------28) 2018/711/C-64894, 2018/711/C-64895, 30) 2018/711/C-65213, JIANZHEN coactivas establece el Art.29) 110 de la Ley 2492, hasta el pago total la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a65.151,83 la fecha de pago, conforme N° 367056024 24/09/2021 34.326,18 264.553 no declarado declarado ADUANERO Fecha DUI Tributo33) PARTE DE FECHA DESC,lo aN° laLUO DUI IM4 deCONSIGNATARIO 14/11/2017, el operador ORELLANA con CI 7853233 2018/711/C-67409, 32)que 2018/711/C-67411, 2018/711/C-68125, 34) señala el Art. 47 de la2017/201/C-41695 Ley 2492,31) reconociendo los pagos hubiesecontra realizado el (los) sujeto (s) EMILIO pasivo (s), porJ.loHERBAS que se les comunica que deberán apersonarse a la Supervisoría IX. CONSIDERANDO.---------------------------------------------------------------------------------------------------------Corr RESOLUCION DE ABANDONO 14/03/2016 06/11/2019 06/11/2019 UFV´s 211.(DUI) Aduanero RECEPCION Nº2018/711/C-68126, RESOLUCION 35) 2018/711/C-68270, 36)REGIONAL 2018/711/C-68960, 37) de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Ciudad de El Alto en la Av. del Policía conducta tipificada en el art. 160 num. 3, y sancionado en el art. 165, del CTB; hecho que incide directamente en los Tributos 9.1 ActoCalle u Omisión que yseBallivian Atribuye alBsPresunto Autor. --------------------------------------------------------------------Bs. 499.- BS (DOSCIENTOS Bs. Bs UFV’s UFV’s Nº 637 entre Diego de Portugal Otero Zona Ciudad Satélite.----------------------------------------------------------------------------------------------------------DECLARACION JURADA 2018/711/C-68961, 38) 2018/711/C-68962, 39) (GA), 2018/711/C-69134, 40) UFV’s 201 2018 380227 Aduaneros correspondientes alBs Gravamen Arancelario Impuestos al Valor Agregado (IVA) e Impuesto al Consumo AN-GRLGR QUISPE 8019222 (CUATROCIENTOS ONCE 00/100Es9.1.1 SeDE establece la 2018/711/C-69135, presunta comisión de Contravención por Omisión de Pago de los tributos correspondienADMINISTRATIVA Firma Antonio-SET-PIET-573/2021 Claudio Martínez Villa -POMA GERENTE REGIONAL PAZ Tributaria a.i.- ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------DUIRESOLUCIÓN 2019/241/C-11734 41) 2018/711/C-69137, 42)LA 2018/711/C-70620, 43) GAsustitución 165.901,00 78.603,71 45.738,00 19.696,83 211.639,00 91.141,21 12 y Sella: FECHA - GROVER QUIROGA 18/06/2021 pecifico, al determinado: unRODOLFO Valor FOBROJAS de al valor declarado, en aplicación al Método del con Último Recurso NOVENTA Y NUEVE UNIDADES DE DEhaberse FECHA 15/10/2021 RENE CB &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-882-2021 tes a2016/231/C-2053 la DUI IM4 09/03/2016 2017/201/C-41695 14/11/2017, contra el de operador J.2019 HERBAS ORELLANA CI 7853233 DE 12 46) DE EMILIO JULIO DEde 2018/711/C-70888, 44)de 2018/711/C-70891, 45) 2018/711/C-73381, 457.646,00 466.799,34 17/10/2018 00/100 BOLIVIANOS) FOMENTO A LA (1) PARTE PERTINENTE DELyAUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO fecha 18 de Octubre de 2021. ------------------------------– 1Criterios Razonables al rom. II art. 43 del DS N° 28963 06/12/2006, de USD 18,930.00 (dieciocho mil novecientos 94.529,00 44.787,74 26.061,00 11.223,03 120.590,00 51.931,44 2018/711/C-73385, 47) 2018/711/C-73410, 48)con 2018/711/C-73803, 49) SC, conducta tipificada ena el art. 160 num. 3,CHURA yIVA sancionado en el art. del CTB; que directamente en los VIVIENDA) (…) notifíquese mediante EDICTO LUCIO VILCANQUI 40146892 con165, el814.11 PROVEÍDO DEhecho INICIO DE incide EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN201 2018 366391 treinta 00/100 dólares estadunidenses); un Valor FOB nolaC.I. declarado USD (ochocientos catorce 11/100 dólares estadu2018/711/C-73804. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA GRLGR-SET-PIET-570/2021 de fecha 13 de Octubre de 2021, emitida por Supervisoria de Ejecución Tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional TOTAL DEDE LA DEUDA TRIBUTARIA 260.430,00 123.391,45 71.799,00 30.919,86 332.229,00 143.072,65 Tributos Aduaneros correspondientes al Gravamen Arancelario (GA), Impuestos alestadunidenses); Valor Agregado (IVA) e Impuesto al 2conforme FECHA -86º EDGAR MACHACA 14/09/2021 nidenses); un de no CALLEJAS declarado USD 16.28 (Dieciséis 28/100 dólares un deproveído, Flete no fiscalizada: 2018 sea establece el artículo del Código Tributario del – de Ley Nº 2492.----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) se dará el Valor inicio a Gestión laSeguro ejecución tributaria mencionado título alAN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1230-2021 tercer día de suvalor legal notificaciónen conaplicación el Valor presente Consumo Especifico, al haberse determinado: un Valor FOB de sustitución al declarado, al Método 04/10/2018 Nota: UFV a la Fecha de Vto. del 4° año Bs2,1106 UFV a la fecha del inicio del 5° año0 UFV a la fecha de la Deuda Tributaria Actualizada de Bs2,3221, con tasa de interés Firma y Sella: de Antonio Claudio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL PAZ a.i. dólares - ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------declarado USD (novecientos cuarenta y seisLA50/100 estadunidenses); y un Valor CIFelnoArt. declarado dela USD TRIBUTO OMITIDO: adel partir cual se946.50 aplicarán en su contra las medidas coactivas correspondientes, establece 110 de(diecioLey del 4%Último Y201 6%del conforme establece el Art. setenta 47 delRazonables Código Tributario Boliviano laestadunidenses). Ley 812 de 30/06/2016 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Recurso –Gravamen Criterios y al rom. IIpor art. 43N°del DS N° 28963 deconforme 06/12/2006, de USD 18,930.00 Arancelario (GA) 11.566,07 UFV. 1,776.87 (un mil setecientos y seis 87/100 dólares En consecuencia, se generó una presunta Deuda 2013 280035 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que LA deberá serun actualizada a no la fecha de18 pago, conforme lo señala el catorce Art. 47 -AUTO GERMAN MAMANI FELIX RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA (2) PERTINENTE DEL DE INSTRUCCIÓN PARA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha de Octubre de 2021. ------------------------------Impuesto al Valor Agregado (IVA) 19.009,55 UFV. cho mil novecientos 00/100 dólares estadunidenses); Valor FOB declarado USD 814.11 (ochocientos 3PARTE FECHA 16/09/2021 Tributaria (DT) actualizada 19/08/2021, suma que asciende a Bs. 4,886.00 (cuatro mil y que seis 00/100 SEGUNDO.CALIFICAR latreinta conducta de la Operadora RODRIGUEZ LOZA con NIT 3343458016 y de la Agencia Despachante deochenta Aduana LTDA (…) mediante EDICTO a al SOSIMO CRISOL HINOSTROZA PARIACHI con C.I. L.P. con INICIOULTRAMAR DE EJECUCIÓN - JORGE ENRIQUE SCHMIDT HAMEL AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1257-2021 de lanotifíquese LeyDE 2492, reconociendo los pagos queJULIANA hubiese realizado el (los) sujeto (s)11252725 pasivo (s), porelochocientos loPROVEÍDO que se lesDE comunica deberán CONTRAVENCIÓN ADUANERA: 250 UFV 14/06/2013 con NIT 1019195022 como responsable solidario, como DE PAGO”, adecuarse a lounidades establecido por elfomento artículo 165º de la Ley N° 2492 de estaduniden02/08/2003 – CTB, TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-572/2021 de“OMISIÓN fecha 14/10/2021, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea por conforme establece bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dos mil sesenta ypordos 37/100 de la vivienda), concepto deel 11/100 dólares estadunidenses); un Valor de Seguro no declarado 16.28 (Dieciséis dólares apersonarse a la Supervisoría de2492. Ejecución Tributaria dede laUSD Unidad Legal de (Ciento laa 28/100 GERENCIA LA correspondiendo SANCIONAR aly mismo una multa igual allos 100% del dependiente tributo omitido establecida en UFV’s123.391,45 Veintitrés MilREGIONAL Trescientas Noventa artículo 86º del Código Tributario –no Ley Nºcon --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------diferencia de valor, flete seguro, afectando a Tributos Aduaneros (GA, IVA e ICE) e Intereses.---------------------------Cuando corresponda: ses); un Valor de Flete declarado de USD 946.50 (novecientos cuarenta y seis 50/100 dólares estadunidenses); y unde PAZ laestablecido Aduanade Nacional, en98º ladelCiudad dea lala ElLA Alto en Av. del Policía S/N entre Calle Diego de Portugal y tiene Ballivian yde Sella: Antonio Claudio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL PAZ -la ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------yFirma Un 45/100 Unidades Fomento a laubicada Vivienda), monto calculado fecha de a.i. vencimiento de las obligaciones tributarias que fueron sujetas a control,por por concepto SEGUNDO.Conforme al artículo 154º de Ley General de Aduanas (Ley 1990) modificado la Ley Conforme lo en el parágrafo I del artículo Código Tributario Boliviano, una vez notificada la Vista de Cargo, el sujeto pasivo o tercero responsable un plazo 9.1.2 Se establece una multa por Omisión de Pago a la fecha de vencimiento de la DUI IM4 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, Valor CIF declarado 1,776.87 (un mil setecientos setentaVilla y seis 87/100 dólares estadunidenses). En consecuen&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&GA e IVA,Zona por lano Declaración Únicade de USD Importación - DUI 2016/231/C-2053 de 09/03/2016.------------------------------------------------------------------------------------------Otero Ciudad Satélite.-Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA perentorio improrrogable (30)setecientos días para y presentar los descargos estime convenientes alternativamente, interponer recursos enVEINTIUNO. los plazos que la por UFVs 1,770.85 (un mil setenta 85/100 unidades de aoMES la vivienda); sujeta a sujeto loULTRAMAR previsto en los arts. EL PRESENTE EDICTO ES EN LAformular CIUDAD DE (DT) EL ALTO A LOS VEINTE DÍAS DE OCTUBRE DOS MIL -TERCERO.INTIMAR a presunta latreinta Operadora JULIANA RODRIGUEZ LOZA con NITque 3343458016 y deDEL la Agencia Despachante deDEL Aduana LTDA con NIT 615 de 15/12/2014 yLIBRADO Resolución de Directorio No. RD-01-015-16 de 22/09/2016, elAÑO pasivo podrá cia, seYegeneró unade Deuda Tributaria actualizada al fomento 19/08/2021, suma queNACIONAL. asciende alos Bs. 4,886.00 (cuatro NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Ley loydispone. FIRMA SELLA: ANTONIO CLAUDIO MARTINEZ VILLA – de GERENTE REGIONAL LAprimera PAZ a.i.y–segunda ADUANA ------------------------------------1019195022 como responsable solidario, al pago delalos importes determinados en las disposiciones de la presente Resolución Determinativa, importes 156 157 dellevante, CTB, modificados por Ley N° 812 30/06/2016.-----------------------------------------------------------------realizar el dentro de un plazo (20) días hábiles a Nº la 27310 fecha de mil ochocientos ochenta y seis bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dosartículo mil sesenta y dos 37/100 unidades ACMV &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&que serán calculados conforme a lo previsto en00/100 el artículo 47º de de laveinte Ley N° 2492 (CTB) modificado por laadministrativos, Ley Nº 812, 42 delsiguientes Decreto Supremo – RCTB X. CONSIDERANDO ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jncm modificado por el D.S. Nºvivienda), 2993 dela 23/11/2016 Reglamento ade la Ley Nº 812 de 30/06/2016.--------------------------------------------------------------------------------------------de fomento a la por concepto diferencia de valor, flete y seguro, afectando a los Tributos Aduaneros (GA, su notificación con Resolución de Declaración de Abandono, estando obligados a pagar los tributos (1) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO---------------------------El presente Edicto es librado ena la de LaJULIANA Paz, a los 30 días del mes de septiembre del 3343458016 año 2021. y de la Agencia Despachante de Aduana ULTRAMAR LTDA con NIT 10.1. Pago. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------HR DESLF2021-1088 CUARTO.COMUNICAR la ciudad Operadora RODRIGUEZ LOZA con NIT IVA e ICE) eresponsable Intereses.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------A, 13 de Diciembre de 2021. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------aduaneros, multas, recargos, almacenaje y demás gastos adeberá que hubiere lugar.------------------------------DESLF2021-1088/2 1019195022 comoEMILIO que acuerdo a la Ley N° con 812 de queSC modifica la Ley N° 2492 02/08/2003 – CTB,Tributaria podrán acogerse beneficio de El operador J.solidario, HERBAS ORELLANA CI30/06/2016 7853233 pagar la de presunta Deuda y laal presunta (…) conforme a los antecedentes administrativos contra HENRY MAMANI FLORES con C.I.de7316691 OR. 9.1.2 Se establece una porenBarragán Omisión Pago a laen fecha dede vencimiento de de la 30/06/2016, DUI IM4 dela reducción de conforme lomulta establecido los numeralesde 2 art. yADMINISTRADOR 3proceso del 156° de la precitada Ley – correspondiente a la Multa por2017/201/C-41695 Omisión Pago, de Firma ylasanciones Sella: Susana E.conforme Ríos –del a.i. GERENCIA REGIONAL LAantes PAZmulta por Omisión de Pago, establece el 47artículo del CTB modificado Ley N° 812 pudiendo beneficiarse ejecutoria de presente resolución.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Representante Legal de SOCIEDAD DE TRANSPORTES NELLY Yunidades ESTER LIMITADA NIT 76543615, procédase a su 14/11/2017, por UFVs 1,770.85 (un mil de setecientos 85/100 deelfomento acon la vivienda); sujeta a lodeprevisto del arrepentimiento eficaz y la con reducción sanciones.setenta ------------------------------------------------------------------------------Aduana Nacional.------------------------------------------------------------------------------------------------QUINTO.En caso de no estar de acuerdo la presente determinación, los Sujetos Pasivos podrán impugnar presente acto administrativo dentro del plazo quince (15) notificación por EDICTO publicados enartículo dos (2)174de oportunidades con un de intervalo deelpor lodemenos tresdías (3)dedías corridos entre laenprimera en los arts. 156 y 157 del CTB, modificados por la Ley N° 812 30/06/2016.-----------------------------------------------días de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del de la Ley N° 1340 de 28/08/1992 o dentro plazo veinte (20) acuerdo a lo establecido el artículo 10.2. Arrepentimiento Eficaz o Reducción Sanciones. -------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa – nacional ADMINISTRADOR a.i. – GERENCIA yX.segunda publicación, en ----------------------------------------------------------------------------------------------------------unpor órgano de prensa circulación y sea con elbajo PROVEIDO DE INICIO DEREGIONAL EJECUCION 143º deCONSIDERANDO la Ley N° 2492 de 02/08/2003, computables a partir de sude legal notificación con Resolución, iniciarse la Ejecución Tributaria, Las sanciones pecuniarias omisión de pago, establecidas enla presente la presente Vista dealternativa Cargo,depueden beneficiarse con elconforme arreLA prevé elPAZ-Aduana artículo 108º de la LeyNacional.-------------------------------------------------------------------------------------N° 2492 de 02/08/2003 – CTB.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-598/2021 de fecha 12/11/2021, Tributaria de la 10.1. Pago. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------pentimiento establecido en Villa el art. 157 del REGIONAL CTB modificado laemitida Ley N°por 812ladeSupervisoría 30/06/2016 de o laEjecución reducción de sanciones, Firma y Sella: Lic.eficaz Antonio Claudio Martínez – GERENTE LAestablece PAZ – por Aduana Nacional.-----------------------------------------------------------------------Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492..------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&establecidas en el art. 156 del mencionado cuerpo legal, de acuerdo a lo siguiente: ------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cardenas – JEFE UNIDAD LEGAL – GERENCIA REGIONAL LA PAZ – Aduana Nacional.--------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL--------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE ORELLANA LOS AUTOS INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR 1. operador Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria contravención omisión de pago, cuando yellasujeto El EMILIO J. HERBAS conDE CI 7853233 SCpor deberá pagar la de presunta Deuda Tributaria prePARTE PERTINENTE DEL AUTOresponsable DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO.-----------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&pasivo oOmisión tercero pague la deuda tributaria hasta el con décimo (10) Ley día DETERMINATIVA de la AN-GRLGR-ULELRVista de Cargo. EDICTO. -------------------------------------------------------------------------------------------------------sunta multa por de Pago, conforme establece art. 473343458016, del CTB modificado N° notificada 812 de 30/06/2016, pudiendo (…) notifíquese mediante EDICTO aDEL la Sra. JULIANA LOZAelcon NIT la RESOLUCIÓN (2) PARTE PERTINENTE AUTO DERODRIGUEZ INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESDET-162-2021 de fecha 09su de Noviembre de 2021, emitida porEDICTOS la Gerencia Regional La GROVER Paz-----------------------------------------------------------de la Aduana Nacional, ---------------------------------------------------------beneficiarse del arrepentimiento eficaz y la reducción de sanciones. (…) procédase a notificación por a: RODOLFO ROJAS QUIROGA, A,2.08y Sella: de Diciembre ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Antonio Martínez Villa – GERENCIA REGIONAL LA PAZ – Aduana El pagoClaudio dedela2021. deuda tributaria después del décimo día de la Nacional.---------------------------------------------------------------------------notificación con la Vista de Cargo o Auto Inicial y hasta EDGAR CALLEJAS MACHACA, GERMAN MAMANI FELIX y determinará JORGE ENRIQUE &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. RENE POMA QUISPE cono Sancionatoria NIT 8019222011, con el PROVEIDO DESCHMIDT DE antes de la notificación la Resolución Determinativa laDEL reducción deINICIO la sanción EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ELde ALTO, A LOS VEINTICUATRO DEL MES DE AÑO MIL VEINTIUNO. 10.2. Arrepentimiento Eficaz ocon Reducción Sanciones. --------------------------------------------------------------------HAMEL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------EJECUCION TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-573-2021 de fecha 15DIAS de Octubre deNOVIEMBRE 2021, emitida por la DOS Gerencia Regional aplicable en el ochenta (80%) por ciento. -----------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ – GERENTE REGIONALen LAlaPAZ a.i. – ADUANA Las sanciones pecuniarias por omisiónVILLA de pago, establecidas presente VistaNACIONAL.----------------------------------------------de Cargo, pueden beneficiarse con el
La3.Paz deyEl laSella: Aduana Nacional, conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario a.i. Boliviano Ley N°o2492.------------------Firma Antonio Claudio Martínez Villa – de ADMINISTRADOR – GERENCIA REGIONAL pago de la Deudasea Tributaria efectuado después notificada la Resolución Determinativa Sancionatoria hasta arrepentimiento establecido el art. 157Alzada del CTB porRegional la -Ley N° 812NACIONAL--------------------------de 30/06/2016 o la reducción de Firma y Sella: Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA antesAntonio de eficaz la presentación del en Recurso de antemodificado la Autoridad de Impugnación Tributaria, determinará LA PAZ-Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------sanciones, establecidas ensanción el art. 156 delsesenta mencionado cuerpo legal, de acuerdo a lo siguiente: -------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&la reducción de la en el por ciento (60%). -----------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&ELpago PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LAdespués CIUDAD ALTO, A LOS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO El de la Deuda Tributaria efectuado deDE la EL interposición delQUINCE RecursoDIAS de Alzada y antes de la presentación del EL EDICTO ES LIBRADO LA pecuniaria CIUDAD DE EL ALTO, ELomisión DIA UNO DEL DOS MILJerárquico VEINTIUNO.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1. PRESENTE Quedará automáticamente extinguida laEN sanción por contravención de desanción pago, cuando el Recurso ante la Autoridad General de Impugnación Tributaria, determinará la reducción de la en elMES cuaDE OCTUBRE DEL MILMARTÍNEZ VEINTIUNO.---------------------------------------------------------FIRMA SELLA LIC. ANTONIO CLAUDIO - GERENTE REGIONAL LA(10) PAZdía a.i. de ADUANA NACIONAL.--sujeto(40%).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------pasivo oAÑO terceroDOS responsable pague la VILLA deuda tributaria hasta el décimo notificada la Vista de renta porYciento ACMV y Sella: FIRMA Y SELLA ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ VILLA – a.i. GERENTE LA PAZ Firma Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ - ADUANAREGIONAL NACIONAL.-------------Cargo. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jjvn Firma y Sella: Kattia Oblitas Avine-JEFE UNIDAD DElaFISCALIZACIÓN-GERENCIA REGIONAL LA yPAZa.i. 2. – ADUANA El pago deNACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------laMargort deuda tributaria después del décimo día de notificación con la Vista de Cargo o Auto Inicial has-
ACMV JEVC/SVCA/RECQ/jmv HR.: GRLGR2019-6478/1
H.R.: LAPLI2021-2361 ADUANA JEVC/SVCA/RECQ/jmv taNACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------antes de la notificación con la Resolución Determinativa o Sancionatoria determinará la reducción de la sanGRLGR2021-4072/2 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&HR.: LAPLI2021-6903 ción aplicable en el ochenta (80%) por ciento. --------------------------------------------------------------------------
PARTE PERTINENTE DEL ANEXO DE LA VISTA DEdeCARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021------------3. El pago de la Deuda Tributaria1 efectuado después notificada la Resolución Determinativa o Sancionatoria has-
ta antes de la presentación del Recurso de Alzada ante Autoridad Determinación del la Valor FOB Regional de Impugnación Tributaria, determinará la reducción de la sanción en el sesenta por ciento (60%). ----------------------------------------------------Datos determinados por fiscalización Porcentaje de
Valor FOB unitario declarado (USD)
variación (%)
Valor FOBdeunitario depreciado Fuente El pago de la Deuda Tributaria efectuado después la interposición del (USD) Recurso de Alzada y antes de la presentación del 18,115.89 18,930.00 Tributaria, determinará Página web de la AN de la sanción 4.30 en el Recurso Jerárquico ante la Autoridad General de Impugnación la reducción cuarenta por ciento (40%).---------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Firma y PERTINENTE Sella: Jorge Eduardo Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-------PARTE DEL Vildoso AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACION POR EDICTO de fecha 21 de Firma y Sella: Kattia Margort Oblitas Avine-JEFE UNIDAD DE FISCALIZACIÓN-GERENCIA REGIONAL LA PAZSeptiembre de 2021,-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO al Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233, con lo si&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&guiente: VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19/08/2021, emitido por la Unidad de FisPARTE PERTINENTE DEL ANEXO 1 laDE LA VISTA DEseaCARGO calización de la Gerencia Regional La Paz de Aduana Nacional, conformeAN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 establece en el artículo 86° del Código
AVISO DE CORTES PROGRAMADOS
Tributario - Ley Nº 2492----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL--------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Determinación del Valor FOB EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.---------------------------------------------------------------------------------------------------Datos determinados por fiscalización FIRMA Y SELLA: Antonio Claudio Martinez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.-
DÍA: DOMINGO 26 DE DICIEMBRE DEPorcentaje 2021 de variación (%) Valor FOB unitario Fuente CIUDAD DE LA PAZ depreciado (USD) MEJORAS EN Página LA RED 18,115.89 18,930.00 web de ELÉCTRICA la AN 4.30 Desde horas 06:00 hasta horas 16:00 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DEL AUTOde DEenergía INSTRUCCIÓN PARAaLA PORFábrica EDICTO de fecha 21 Dejando sin suministro eléctrica losNOTIFICACION predios de Ex Forno de Septiembre de 2021,-----------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) (grupo notifíqueseForno), mediante EDICTO al Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233, ubicado en la avenida Chacalataya de la zona Achachicala.con lo siguiente: VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19/08/2021, emitido por la Unidad de
Valor FOB uniACMV JEVC/SVCA/RECQ/wgchp tario declarado c.c. Expediente (USD)
Frontis del edificio donde funciona la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra.
Fiscalización de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario - Ley Nº 2492--------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL--------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE www.delapaz.bo DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.----------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA: Antonio Claudio Martinez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - ADUANA NACIONAL.POR NORMAS DE SEGURIDAD LAS INSTALACIONES DEBEN ACMV CONSIDARARSE ENERGIZADAS PERMANENTEMENTE. JEVC/SVCA/RECQ/wgchp EL SUMINISTRO PODRÁ SER RESTABLECIDO SIN PREVIO AVISO. c.c. Expediente
Empresa supervisada y regulada por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN)
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
Judicial El Juzgado Primero de Instrucción Anticorrupción de La Paz dispuso ayer la detención preventiva, por seis meses en el penal de San Pedro, de Alejandro A.G., el cuarto involucrado en la presunta creación de contratos fantasmas en el interior de la Caja Nacional de Salud (CNS). De acuerdo con las investigaciones, esta persona era la encargada de recibir las firmas de los funcionarios del ente asegurador para entregarles las boletas de pago. La fiscal Lupe Zabala indicó que en la audiencia cautelar el Ministerio Público presentó documentos, entre otras pruebas y evidencias, que lo involucran en ese hecho de corrupción. Zabala añadió que en la hipótesis del Ministerio Público esta persona sabía que
LA FISCAL Lupe Zabala no descartó ampliar las investigaciones a más personas.
DETENCIÓN PREVENTIVA POR SEIS MESES
Encarcelan al cuarto implicado en los contratos fantasmas de la CNS Esta persona era la encargada de entregar las boletas de pago a los funcionarios, previa presentación de sus cédulas de identidad. se trataba de funcionarios inexistentes a los que se les cancelaba los salarios. Hasta ahora ya suman 10 los sindicados de encaminar los contratos fantasmas para quedarse con el dinero que se les debía pagar por concepto de salarios, y cuatro de ellos cumplen detención preventiva en penales de La Paz. Aún hay tres órdenes de aprehensión que deben ejecutar los policías. “Se emitirán citaciones para otros sindicados y en la actualidad se recibirán declaraciones testificales de víctimas que habían dejado sus hojas de vida para trabajar en la Caja, pero supuestamente ya estaban contratadas y recibían salarios”, dijo Zabala. La semana anterior se encarceló preventivamente por seis meses a Amilcar Flores Vargas y Christian Enríquez Alegría (San Pedro), mientras que Valeria Magdalena Salazar se encuentra recluida en la cárcel femenina de Obrajes. El Ministerio Público no descarta ampliar las investi-
// FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
Ya son cuatro las personas con detención preventiva por este hecho de corrupción.
gaciones a otras personas de acuerdo con las declaraciones de los sindicados y testigos. Existe la posibilidad de que también estén involucradas en este hecho de corrupción personas ajenas a la Caja Nacional, aunque lo más probable es que los mismos funcionarios hicie-
ron los cobros económicos de manera irregular. INVOLUCRADO En este caso también está involucrado Antonio Parada, exjefe de Recursos Humanos de la Alcaldía de Santa Cruz, de quien se presume aplicó en la Caja Nacional la misma modalidad de-
lictiva con la que robó alrededor Bs 200 millones del municipio cruceño. Se sospecha que Parada se encuentra en Brasil con trámites de refugio, por ello la Fiscalía paceña evalúa los mecanismos para que retorne al país y declare por el robo a las arcas de la Caja.
// FOTO: APG
POR UN ACCIDENTE DE TRÁNSITO EN JUNIO
Fiscalía imputa al gobernador Santos Quispe por uso indebido de bienes • Redacción Central
La Fiscalía de La Paz imputó formalmente al gobernador Santos Quispe por el delito de uso indebido de bienes del Estado, debido a que el 13 de junio protagonizó un accidente de tránsito en Calacoto. Él y su acompañante estaban en estado de ebriedad. La autoridad departamental asegura que no tiene vínculo con ese hecho.
El fiscal anticorrupción Gustavo Balderrama recordó que en ese accidente de tránsito estuvo vinculado un vehículo oficial de la Gobernación de La Paz. Por ese hecho, los sindicados son Edwin Conde Murillo, el conductor del carro oficial, y Santos Quispe, gobernador de La Paz. Ambos habían consumido bebidas alcohólicas. El Ministerio Público solicitó la aplicación de medidas cautelares de carácter personal
como la presentación periódica en la Fiscalía paceña, la prohibición de salir del país y de comunicarse con la parte afectada en ese accidente. Una vez que concluya la etapa preparatoria, se presentará la acusación contra ambos. TESTIMONIO Pese a las evidencias, Quispe aseguró que esa noche no se encontraba en el vehículo de la Gobernación.
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Balance • Redacción Central
Las reservas internacionales netas (RIN) se estabilizaron en el presente año como producto de la reactivación económica, las medidas aplicadas por el Gobierno nacional, la mejora de los precios internacionales de las materias primas, entre otros factores, informó ayer el Banco Central de Bolivia (BCB). “Es bueno señalar que durante la presente gestión el nivel de las reservas internacionales ha sido estabilizado de forma importante”, señaló la autoridad durante la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas Final 2021, el miércoles mediante plataformas digitales. Dijo que comparativamente en 2020 las RIN registraron una reducción de $us 1.519 millones, sin considerar el Instrumento de Financia-
EL BCB PREVÉ que en el futuro las reservas internacionales tendrán un comportamiento creciente.
A NOVIEMBRE LLEGARON A $US 4.762 MILLONES
Reservas internacionales se estabilizan como señal de recuperación económica El BCB informó que entre enero y noviembre de este año las RIN se mantuvieron en un saldo promedio mensual de $us 4.780 millones. miento Rápido (IFR) contraído con el Fondo Monetario Internacional (FMI) por el gobierno de facto, por lo que en diciembre de ese año las reservas alcanzaron a $us 4.949 millones. En ese marco, explicó que entre enero y noviembre de 2021, las RIN se mantuvieron en un saldo promedio mensual de $us 4.780 millones, alcanzando en noviembre la cifra total de $us 4.762 millones. “La disminución que se ha observado respecto al promedio generado durante la gestión y en el último mes es solamente de 18 millones de dólares”, apuntó. De acuerdo con Rojas, el BCB prevé que en el futuro las reservas internacionales tendrán un comportamiento creciente, como efecto de las diferentes políticas económicas implementadas por el Gobierno, el contexto internacional favorable, el proceso de recuperación económica en el cual se encuentra Bolivia y el flujo de remesas enviadas al país por los trabajadores que viven en el exterior.
Añadió que el nivel de las RIN del país se encuentra en 11,8% respecto al porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB) nacional y representa cerca de seis meses de importaciones, entre otros indicadores, que muestra que está por encima de los parámetros internacionales referenciales.
El presidente del ente emisor mencionó que estos indicadores permiten “brindar a toda nuestra población la seguridad en términos de la estabilidad cambiaria que actualmente tiene el país”. En la presente gestión, entre varias tareas asumidas, el BCB orientó su trabajo a con-
trarrestar los efectos adversos de la pandemia del coronavirus (Covid-19) y de la crisis generada por el régimen de facto en 2020, con la finalidad de dinamizar las actividades productivas con el “despliegue de políticas económicas que ha hecho el Gobierno”.
// FOTO: ASP-B
EN ESTRATEGIAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
ASP-B fortalece su visión empresarial con certificación de calidad ISO 9001 • Redacción Central
La Administración de Servicios Portuarios – Bolivia (ASP-B) fortalece su visión empresarial estratégica y calidad de servicios con el reconocimiento de la certificación del Sistema de Gestión de la Calidad (SGC) ISO 9001. Acto de entrega de la certificación de calidad a la ASP-B, en La Paz.
El reconocimiento fue aprobado por el Centro de Certificación de TUV Rheinland con sede central en Alemania a través de su filial Argentina SA, señala un comunicado de prensa. El gerente ejecutivo de la ASP-B, Dante Justiniano, manifestó que la empresa estatal demuestra una vez más que tiene reconocimiento internacional para la prestación de servicios portuarios y de plataformas logísticas a las exporta-
ciones e importaciones a través de gestiones operativas y administrativas en los puertos y lugares para el tránsito de mercancías desde y hacia Bolivia. La norma ISO 9001:2015 certifica los requisitos basados en sistemas de gestión de calidad, considerando en su evaluación todos los procesos de la ASP-B, identificando la calidad, mejora continua, adaptabilidad y excelencia en la prestación de servicios de la entidad.
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// FOTO: ENTEL
Producción EN EL COCOA OF EXCELLENCE - PARÍS 2021
Cacao de Bolivia logra el oro y plata en torneo internacional El viceministro Blanco dijo que esto le permitirá al país comercializar el producto a mejores precios.
• Redacción Central
Las muestras de cacao de Beni y Cochabamba fueron premiadas con la medalla de oro y plata a nivel de Sudamérica, en el evento mundial Cocoa of Excellence - París 2021, informó ayer el viceministro de Comercio Exterior e Integración, Benjamín Blanco.
el más grande del mundo”, manifestó Blanco. La autoridad manifestó que esta premiación permitirá al país comercializar el cacao a mejores precios. El siguiente paso es pensar en nuevos mercados para el cacao de primer nivel. Dijo que el país exporta 380 toneladas por año por unos $us 2 millones, agregó.
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NOMINACIONES sumó Bolivia entre 2009 y 2019 en la lista de los 50 mejores cacaos del mundo.
// FOTO: JORGE MAMANI
En un acto desarrollado en el Ministerio de Relaciones Exteriores, la embajadora de Francia en Bolivia, Hélène Roos, entregó la premiación, con la medalla de oro, a la Asociación de Jóvenes Reforestadores en Acción (Ajora), de la comunidad San Juan
del Urucú, del municipio de Riberalta, Beni, y plata a la Asociación de Recolectores de Cacao Silvestre Yuracaré (Arcasy), de la comunidad Santa Anita, municipio de Chimoré, Cochabamba. Luego de un proceso de selección, Bolivia envió seis muestras al evento internacional. El 16 de diciembre, en París, Francia, se realizó la premiación a las mejores muestras de cacao del mundo divididas en cuatro regiones productoras; 1) África y el Océano Índico; 2) Asia, el Pacífico y Australia; 3) América Central y el Caribe, y 4) América del Sur. “Es una alegría que nuestro cacao haya sido reconocido en el mundo entero a través de este torneo que es
La embajadora de Francia Hélène Roos entrega la premiación por la medalla de plata a Eduardo Tamo Muiba, de Arcasy.
Estación radiobase de la empresa estatal.
EN EL TERRITORIO NACIONAL
Entel consolida 27.190 km de red de fibra óptica • Redacción Central
La Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Entel) consolidó a noviembre de este año 27.190 kilómetros de red de fibra óptica en el territorio nacional. Las modernas tecnologías instaladas en las estaciones de radiobase y de redes de fibra óptica posibilitan brindar los servicios de telefonía, acceso a internet, televisión por Protocolo de Internet (IPTV) y otros en beneficio de la población, informó la empresa en un comunicado de prensa. Para situarse al nivel de los avances técnicos y científicos, Entel promovió y encaminó la modernización y expansión de los sistemas públicos de telecomunicaciones, a través de un departamento de investigación y planificación. Las inversiones ejecutadas en varios proyectos de expansión de redes de fibra óptica y redes móviles permiten ampliar la cobertura de servicios en el país. Para el acceso móvil a internet, la empresa tiene instaladas a noviembre más de 9.300 estaciones radiobase en los nueve depar-
Contribuye al desarrollo socioeconómico del país y consolida el liderazgo a partir de su nacionalización el 1 de mayo de 2008”. Empresa Nacional de Telecomunicaciones tamentos, de las cuales más de 5.700 se encuentran en las áreas rurales y más de 3.600 en zonas urbanas. La empresa estatal actualizó y modernizó 420 estaciones radiobase en más de 1.700 localidades del territorio nacional en el período diciembre 2020 a noviembre de 2021. Del total de estas estaciones con expansión a tecnología LTE, 399 se encuentran en las áreas rurales y 21 en sectores urbanas. Esta modernización del servicio favorece a más de 1,9 millones de habitantes.
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Regiones CON VARIAS INSTITUCIONES
El viceministro de Defensa Civil, Juan Carlos Calvimontes, informó que el Gobierno nacional estableció, en coordinación con varias de sus instituciones, un plan para enfrentar cualquier tipo de emergencia que podría suscitarse en la temporada de lluvias. La autoridad dijo que siete departamentos del país, a excepción de Beni y Pando, se encuentran en alerta naranja y que hoy el eje nacional pasará a alerta roja debido al incremento de las intensas lluvias. “Hasta esta jornada (por el miércoles), la situación a nivel nacional es de alerta naranja; mañana (por hoy) Santa Cruz, parte de Cochabamba y el norte de La Paz entrarán en alerta roja debido a las intensas lluvias y el aumento del caudal de los ríos”, indicó.
LA AFECTACIÓN de cultivos no será significante porque no incidirá en la provisión de alimentos, dijo el viceministro Calvimontes.
Gobierno coordina acciones para atender emergencias por lluvias El viceministro Juan Carlos Calvimontes dijo que siete departamentos del país, a excepción de Beni y Pando, se encuentran en alerta naranja. La autoridad informó que, de acuerdo a reportes del Ministerio de Desarrollo Productivo, la afectación de cultivos no será significante porque no incidirá en la provisión de alimentos, sin embargo el departamento de Cochabamba será el más golpeado, al ser el que produce más hortalizas y productos de primera necesidad en su extensión territorial. Destacó además la coordinación de otras instituciones gubernamentales y las Fuerzas Armadas (FFAA) en esta tarea que se extenderá a lo largo del último mes del año y de enero de 2022. “Las FFAA han presentado un plan de atención para desastres de reacción inmediata para salvar vidas, llegar con ayuda humanitaria y construir campamentos (…) El Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras y la Agencia Estatal de Vivienda también entran en el esquema para las evaluaciones de las afectaciones en cultivos y viviendas”, sostuvo el viceministro Calvimontes.
// FOTO: APG
• Redacción Central
Zona afectada por las intensas lluvias en Cochabamba.
// FOTO: TOMADO DE ABI
DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ
Senapi entrega la Marca Colectiva a más de 150 caficultores de Caranavi • ABI
El Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (Senapi), dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, entregó el título de Marca Colectiva a más de 150 productores de la Asociación de Caficultores Taipiplaya (Asocafé), de la provincia Caranavi, del departamento de La Paz. Acto de entrega de la Marca Colectiva a los productores.
En un acto desarrollado con la demostración y degustación de café, el director del Senapi, Gregorio Mamani, entregó el título al presidente de la Asocafé Taipiplaya, Alberto Poma, de acuerdo con un boletín. “Hacemos la entrega de la Marca Colectiva, es muy importante y significativa ya que son más de 150 asociados que serán beneficiados. Es muy importante el registro, por eso se hace esta entrega pública de títulos para
posicionar los productos hechos en Bolivia y que sirven como una garantía más para acceder a los créditos SIBOLIVIA”, dijo. Explicó que una Marca Colectiva sirve para distinguir el origen y características comunes de productos pertenecientes a cooperativas, organizaciones, asociados u otros, para enfocar el trabajo hacia objetivos y metas comunes de las personas involucradas, volviendo más competitivos sus productos.
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jueves 23 de diciembre de 2021
GACETA
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La Paz - Bolivia / jueves 23 de diciembre de 2021 SOLICITUD DE OFERTAS ABIERTA NACIONAL SDON Nº 001/2021 KITS DE RIEGO POR GOTEO PARA 0,12 HECTÁREAS 1.
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El Estado Plurinacional de Bolivia ha recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial para financiar el costo del Proyecto de Alianzas Rurales II (PAR II), que a su vez financia a la Comunidad Jachapampa, organización que se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo este Contrato. La Comunidad Jachapampa, invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas para la compra de 33 Kits de Riego Por Goteo para 0.12 Hectáreas, (detalles complementarios en las especificaciones técnicas). La adquisición se efectuará conforme a los procedimientos de Solicitud de Ofertas con acceso al mercado Nacional descritos en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial (Julio de 2016) y en el Manual de adquisiciones y contrataciones para las organizaciones de pequeños productores del PAR II. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de solicitud de ofertas en las oficinas de la Comunidad Jachapampa, ubicadas en la localidad de Jachapampa del Municipio de Sapahaqui, Sra. Francisca Mamani Quispe - Cel.: 73020324-67189717, o descargarlos de la página web www.empoderar.gob.bo Las ofertas deberán hacerse llegar en sobre cerrado a la dirección indicada abajo, a más tardar a horas 10:30 a.m. del día 21 de enero del 2022. Las ofertas electrónicas no serán permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán inmediatamente después del cierre de presentación de ofertas en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir en persona en la dirección indicada al final de este llamado. La dirección referida arriba es: Atención: Comunidad Jachapamapa Ref.- SOLICITUD DE OFERTAS ABIERTA NACIONAL SDON N° 001/2021 Dirección: Av.Manual Rodriguez Esq. Elias Sagarnaga, pasaje Sagarnaga N° 1236 zona Villa Fatima Oficinas PAR-II UOD LA PAZ La Paz - Bolivia
Comunidad Jachapampa (La Paz), 23 de diciembre de 2021
SOLICITUD DE OFERTAS ABIERTA NACIONAL SDON Nº 002/2021 TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA (10.000 LTS) 1.
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El Estado Plurinacional de Bolivia ha recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial para financiar el costo del Proyecto de Alianzas Rurales II (PAR II), que a su vez financia a la Comunidad Cebollar, organización que se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo este Contrato. La Comunidad Cebollar, invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas para la compra de 30 Tanques de Almacenamiento de Agua (10.000 Lts), (detalles complementarios en las especificaciones técnicas). La adquisición se efectuará conforme a los procedimientos de Solicitud de Ofertas con acceso al mercado Nacional descritos en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial (Julio de 2016) y en el Manual de adquisiciones y contrataciones para las organizaciones de pequeños productores del PAR II. Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de solicitud de ofertas en las oficinas de la Comunidad Cebollar, ubicadas en la localidad de Cebollar del Municipio de Sapahaqui Sr. Willy Franz Torrez Condori - Cel.: 72050714, o descargarlos de la página web www.empoderar.gob.bo Las ofertas deberán hacerse llegar en sobre cerrado a la dirección indicada abajo, a más tardar a horas 10:30 a.m. del día 24 de enero del 2022. Las ofertas electrónicas no serán permitidas. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán inmediatamente después del cierre de presentación de ofertas en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir en persona en la dirección indicada al final de este llamado. La dirección referida arriba es: Atención: Comunidad Cebollar Ref.- SOLICITUD DE OFERTAS ABIERTA NACIONAL SDON N° 002/2021 Dirección: Av.Manual Rodriguez Esq. Elias Sagarnaga, pasaje Sagarnaga N° 1236 zona Villa Fatima Oficinas PAR-II UOD LA PAZ La Paz - Bolivia
Comunidad Cebollar (La Paz), 23 de diciembre de 2021
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Educación EN 2022 SE PREVÉ QUE LAS CLASES SEAN PRESENCIALES
Todos los municipios de La Paz deben acondicionar sus unidades educativas Las infraestructuras se encuentran desgastadas y descuidadas, lo que pone en peligro la salud de los estudiantes el siguiente año. // FOTO: ABI
• Redacción Central
El director departamental de Educación de La Paz, Carmelo López Valda, pidió a las alcaldías que pongan en conficiones las unidades educativas para el retorno a clases presenciales el próximo año.
Estudiantes pasan clases presenciales con las medidas de bioseguridad.
Informó que se preparan todos los protocolos de bioseguridad contra el Covid-19 para aplicar las tres modalidades de educación, pero fundamentalmente para la presencial. “A nuestros gobiernos municipales les estamos pasando notas para que las unidades educativas puedan ser refac-
cionadas en el transcurso de esta vacación”, dijo en una entrevista, según la ABI. Agregó que se debe garantizar la dotación del agua y los servicios higiénicos deben estar en condiciones para activar todas las medidas de bioseguridad. Explicó que, dependiendo del compor ta m iento de la pandemia del Covid-19, si no existen muchos contagios, las labores educativas en todo el departamento desde el primer día de clases serán presenciales. “Por lo tanto, las clases
presenciales se van a dar, pero no es obligatorio si alguien no quiere enviar a su hijo a las clases presenciales, se continuará con las clases a distancia”, dijo. Según la autoridad de Educación, los maestros en el aula trabajarán una pedagogía híbrida, es decir, los estudiantes que están en aula trabajarán de manera directa con los maestros, y las clases serán trasmitidas para aquellos estudiantes en la modalidad a distancia. Este año muchas de las unidades educativas no fueron refaccionadas y se encuentran en estado de precariedad. En La Paz, muchos de los establecimientos presentan caída de paredes, inundaciones, los baños en pésimas condiciones y otras falencias más. López confirmó que las inscripciones iniciarán el lunes 17 de enero del siguiente año, y las actividades educativas el primer día hábil de febrero.
// FOTO: UNICEF
SE ENTREGARON PREMIOS A LOS GANADORES
Niñas y niños elaboran recetas con los alimentos bolivianos • Redacción Central
Una ensalada de papaya verde, un frappé de tumbo y un ají de achacana son las recetas que elaboraron tres niñas y que resultaron las ganadoras del Concurso Mi fruta, Mi verdura, Mi municipio. Participaron 200 niñas y niños de los nueve departamentos de Bolivia. Todos presentaron un video donde mostraron la elaboración de un plato o postre elaborado con verduras y frutas que consideran de gran importancia en sus vidas, enalteciendo el patrimonio alimentario de Bolivia. El primer premio fue entregado a Renata Cabrera del municipio de Palos Blancos, La Paz,
que presentó una ensalada de papaya verde. El segundo y tercer lugar fueron para Denisse Aro de Cochabamba con su frappé de tumbo y Lilia Santos del municipio Cercado de Oruro que elaboró un ají de achacana. Uno de los premios que recibirán las tres niñas es la visita de destacados y reconocidos chefs que elaborarán en sus municipios las recetas ganadoras. En el caso de La Paz, la demostración se hizo en el restaurante Gustu, allí la chef Marcia Taha elaboró la ensalada de papaya verde de Renata Cabrera. Además de cocinar juntos y tener una experiencia gastronómica al compartir las recetas
ganadoras de cada uno de los nueve departamentos recibirán una bicicleta, un pack de Unicef y otros aliados como Delizia. La directora ejecutiva del Movimiento de Integración Gastronómico y Alimentario (MIGA), Leslie Salazar, destacó la amplia participación de niños y niñas bolivianas de diferentes municipios de áreas rurales y urbanas, además explicó que la iniciativa en 2021 se enmarcó en la celebración del Año Internacional de Frutas y Verduras, determinado por las la Organización de Naciones Unidas, que busca concienciar acerca de los beneficios de consumir estos alimentos.
La ganadora del concurso junto a la Chef Marcia Taha.
200
NIÑAS Y NIÑOS de todo el país participaron en el concurso para elaborar una receta con frutas y verduras.
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Sociedad LA ALCALDÍA PACEÑA NO ATIENDE LAS EMERGENCIAS
Arias no contempló un plan de prevención de lluvias para La Paz Concejalas del MAS lamentan que el Alcalde y su bancada hayan cerrado la gestión y ahora no se pueda brindar ayuda a los paceños.
// FOTO: CONCEJALA ROXANA PÉREZ DEL CASTILLO
Un muro se cayó en la avenida Tejada Sorzano.
• Redacción Central
La concejala de Movimiento Al Socialismo (MAS) Roxana Pérez del Castillo lamentó ayer que La Paz se encuentre en emergencia debido a las precipitaciones, deslizamientos, filtraciones e ingreso de mazamorra a los hogares. La Alcaldía paceña no tiene un plan de prevención. “Se estipulan recursos para atender únicamente las emergencias, que fueron gatilladas por todas las problemáticas climatológicas que está atravesando nuestro municipio, eso significa que no se asignó dentro del reformulado ni un sólo boliviano para la prevención o el análisis de riesgo”, dijo la concejala. Lamentó que el Ejecutivo municipal, encabezado por el
alcalde Iván Arias, espera que la gente se quede sin casa para recién invertir recursos. “No se tiene un plan de prevención, eso es lo fundamental de lo que se debe tener, como verán en este momento hay más de 85 zonas que han sido afectadas a raíz de la falta de prevención, no solamente la estabilización de los suelos, sino también en la contención con los loteamientos”, indicó. La concejala recordó que se solicitó que el alcalde Iván Arias presente inmediatamente un plan de prevención de limpieza de los cauces de ríos, de los sumideros y las bocas de tormenta, pero hasta el momento no lo hizo. En esa línea, la concejala del MAS Joselinne Pinto advirtió que existe desatención de parte del ejecutivo con la población paceña en este tiempo de lluvias y donde las casas se ven afectadas.
ZONAS AFECTADAS Llau Llau, en Ovejuyo Alto Tacagua Bajo Llojeta Achumani Valle de las Flores Bajo Villa de la Cruz Y otros macrodistritos También se registraron desbordes de ríos en Irpavi y la Costanera en Calacoto.
“El Alcalde prioriza otras obras a la estabilidad de los suelos. En esta época de lluvias son muy recurrentes los deslizamientos”, indicó. Resulta muy extraño que cuando se asignan recursos a raíz de emergencias se omite el proceso de contratación transparente de licitaciones públicas y se hagan contrataciones directas. “Las laderas siempre presentaron riesgos, pero lastimosamente Arias con su bancada cerraron la gestión hasta el si-
18 HORAS DE LLUVIA provocaron desbordes de ríos, arrastre de mazamorra, filtraciones y otros daños.
Viviendas afectadas en Alto Tacagua Debido a las intensas lluvias registradas en los últimos días, en la zona Alto Tacagua, de La Paz, dos viviendas resultaron afectadas con riesgo de derrumbarse ya que la jornada pasada se cayó el muro de contención, lo que afectó a las estructuras de las casas colindantes. Los vecinos en el lugar manifestaron que trataron de comunicarse con la Alcaldía paceña y lo único que recibieron fueron excusas de las personas que los atendieron. “Llamamos a la Alcaldía, no nos respondieron, llamamos a varias instituciones para que puedan ayudarnos y la única respuesta que recibimos es que no podían hacer nada porque es propiedad privada”, relató una vecina afectada.
guiente año y no podemos hacer nada”, lamentó Pinto. Los vecinos de las casas que están en emergencia piden ayuda a la Alcaldía porque sus viviendas corren peligro, pero no recibieron una respuesta positiva. Pérez del Castillo acudió al colapsó de una pared en la tejada Sorzano y allí exigió a Arias atender a la población.
85 ZONAS fueron afectadas por las lluvias en las últimas semanas.
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Cultura & espectáculos EN LA CASA DE MONEDA
Potosí exhibe patrimonio industrial minero del país Los 21 sitios del itinerario cultural muestran la riqueza y el legado histórico de la industria extractiva. muestra también se exhibirá en Pulacayo (Potosí); Huanuni (Oruro) y en el Puerto de Guaqui (La Paz). EL PROYECTO En 2021, la FC-BCB desarrolló el proyecto para revalorizar el patrimonio minero del país, compuesto por cinco fases de trabajo. La primera fase del proyecto identifica 21 sitios del itine-
// FOTOS: FC-BCB
El legado histórico de la economía minera se exhibirá hoy en la Sala de Herrería de la Casa Nacional de Moneda, en la ciudad de Potosí, hasta el 7 de enero. La iniciativa es parte del proyecto que identificó 21 sitios del itinerario cultural del patrimonio industrial minero.
Instituciones culturales encabezadas por la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia (FC-BCB) y la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) presentan hoy la exposición que mostrará la importancia de la minería para la historia del país. La FC-BCB designó a la Casa de Moneda para iniciar la presentación de la exposición Itinerario Cultural del Patrimonio Industrial Minero. La
La casa gerencia de Hochschild en Morococala, Oruro.
Puerto de Guaqui, Patrimonio Industrial Ferrovial-La Paz.
rario cultural del patrimonio industrial minero, ubicados en los departamentos de La Paz, Oruro y Potosí. “No son todos los sitios de itinerario cultural industrial minero de Bolivia porque en el país estos lugares son numerosos”, explicó el Gestor Cultural de la FC-BCB, Flavio Escobar. La segunda fase consistió en el registro de los paisajes culturales del patrimonio industrial minero de los 21 sitios identificados. La tercera etapa concentró su esfuerzo en la identificación del itinerario cultural industrial minero que, desde una perspectiva cultural, genera un análisis del vínculo histórico y económico. El proyecto permitió la revisión de material bibliográfico y documentación histórica en los archivos nacionales de la minería en El Alto, Oruro, Pulacayo y Catavi.
EL CERRO RICO DE POTOSÍ dio nombre a la ciudad homónima que se pobló después del descubrimiento. De esta mina salió el 80% de toda la plata del mundo, la cual aumentó la riqueza de todo el planeta.
// FOTOS: SMC
• Redaccion Central
PARA AGRADECER A LA PACHAMAMA
Artesanos inician la fiesta de la Alasita 2022 con una wajta • Redacción Central
Artesanos y expositores acompañados de autoridades municipales celebraron el inicio de las actividades de la Alasita 2022 con una ceremonia ancestral denominada Ispalla Illa Phaxi (tiempo de fertilidad), para agradecer a la Pachamama.
En la nueva versión de la Alasita 2022 la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) llegará al país para visitar la feria de la miniatura. El ritual se desarrolló en el Templete Semisubterráneo de la plaza Tejada Sorzano, donde participaron las autoridades municipales y los dirigentes de la Federación
Nacional de Artesanos y Expositores de la Feria de Navidad y Alasita (Fenaena). En diciembre de 2017, la feria de la miniatura fue declarada Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Unesco. La designación fue dada por convertir las ilusiones en miniatura y porque con el pasar de los años la tradición se apropió en otras regiones. La ofrenda a la Pachamama preparada por yatiris.
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Cultura & espectáculos // FOTO: RRSS
CONCLUYÓ LA TERCERA FASE DEL PROYECTO
Villa de París estrena nueva infraestructura
Las columnas de piedra, arquería, gradas y otros elementos de la obra fueron restaurados.
ACUMULÓ VARIOS PREMIOS
El gran movimiento se exhibirá el 27 de enero • Redacción Central
La película El gran movimiento, dirigida por el realizador Kiro Russo, se estrenará el 27 de enero de 2022 en todas las salas cinematográficas del país. El filme fue galardonado en el Festival Internacional de Cine de Venecia. El anuncio del estreno de la película fue emitido en las redes sociales del realizador Kiro Russo, quien expresó su entusiasmo en exhibir la película en las salas de cine de todo el país. El filme El gran movimiento obtuvo el Premio Especial del Jurado de la sección Horizontes de la 78.° edición del Festival Internacional de Cine de Venecia. La cinta cuenta la historia de Elder, protagonizado por Julio Cézar Ticona, quien emprende una marcha de una semana hacia La Paz junto a sus jóvenes amigos mineros para exigir la reincorporación en su trabajo. Sin embargo, Elder se enferma repentinamente, lo que le provoca asfixia frecuente y dificultad para respirar después de haber encontrado trabajo en un mercado local. A medida que su condición em-
Muy contento porque ahora estamos en las salas de todo el país. Gracias a los actores, actrices al equipo técnico y a todos los que nos apoyaron”.
La restauración de la Villa de París del Museo Nacional de Arte (MNA) remoza enormes columnas de piedra, arquería, gradas y otros elementos, además de un mural que data del siglo XVIII. La cuarta y última fase de la obra será entregada el próximo año. La empresa Ard’co entregó la refacción tal cual establece el contrato, las columnas de piedra, arquería y gradas en ambos niveles de la Villa, además de algunos pisos ubicados en el primer patio. También fueron recuperados elementos de madera (puertas, entrepisos y cielo raso), adobe y ladrillo, detalló el director del MNA, Iván Castellón Quiroga. “La empresa Ard’co entregó, tal cual establece el contrato, las columnas de piedra, arquería y gradas en
ambos niveles de la Villa, además de algunos pisos ubicados en el primer patio. También fueron recuperados elementos de madera (puertas, entrepisos y cielo raso), adobe y ladrillo”, detalló el director del MNA, Iván Castellón Quiroga. MURAL DEL SIGLO XVIII La autoridad además informó sobre la entrega de un cuadro mural que fue intervenido y que data del siglo XVIII. La pintura muestra una escena propia de ese siglo y sus protagonistas son ciudadanos españoles. “El mural fue deteriorado por previas intervenciones y por las formas en que fue habitado el edificio, por lo que algunos fragmentos no se pueden descifrar”, lamentó. Hay la hipótesis de que la escena del mural puede estar referida al momento en que Túpac Katari fue detenido, pero hay pocos elementos para aseverar tal hecho.
Para el próximo año, las tareas de restauración y conservación serán encaradas gracias al aporte económico de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Aecid) y del Banco Central de Bolivia (BNB).
Siglo XVIII EL MURAL muestra una escena propia del siglo XVIII y cuyos protagonistas son españoles.
// FOTO: MNA
• Redacción Central
Kiro Russo Cineasta boliviano peora, solicita la ayuda de la anciana Mamá Pancha, quien lo envía al sintecho y chamán Max, protagonizado por Max Eduardo Bautista Uchasara, que puede tener la capacidad de devolverle la vida a Elder. Russo es director de cine, guionista, productor y sonidista, conocido por su ópera prima Viejo calavera. La cinta participó y ganó en varios certámenes internacionales, como los festivales de Cannes (Francia), San Sebastián (España), Mar del Plata (Argentina), entre otros.
La fachada de la infraestructura de la Villa de París.
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Covid-19
// FOTO: ARCHIVO
Una bióloga molecular en el área de secuenciación del laboratorio de inmunología del Inlasa.
DE ACUERDO CON EL MINISTRO DE SALUD
Bolivia conocerá hoy si la variante Ómicron circula o no en el país El Estado cuenta con tecnología para detectar las variantes que circulan en todo el mundo. El personal nacional es altamente especializado. • Redacción Central
El ministro de Salud, Jeyson Auza, informó que hoy se conocerán los resultados de la secuenciación genómica para determinar si hay presencia o no de la variante Ómicron en Bolivia.
“Nosotros, el día jueves (hoy), vamos a tener resultados de lo que significa el proceso de secuenciación genómica que no corresponde a una toma laboratorial e inmediato resultado, es un proceso que toma su tiempo”, afirmó. Explicó que, por ejemplo, cuando se conocieron los resultados de la secuenciación ge-
4 VARIANTES del virus SARSCoV-2 fueron detectadas en el país por el Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (Inlasa).
nómica de la variante Delta, se anunció en su momento cuándo fue detectada en el país. Destacó que con las estrategias de contención, mitigación y vigilancia epidemiológica se mantienen los indicadores adecuados, aún con la presencia de la variante Delta. Este año identificó a las variantes Gamma, Mu, Lamba y la Delta.
La tecnología con la que cuenta Inlasa El Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (Inlasa) cuenta con el secuenciador MiSeq System, que es un equipo científico de alta tecnología valuado en más de un millón de dólares y que puede secuenciar el genoma del coronavirus para detectar sus variantes. Ómicron es una variante que se conoce técnicamente como B.1.1.529 y que ha suscitado la preocupación de la Organización Mundial de la Salud debido a las pruebas que demuestran las mutaciones que puede presentar y que pueden influir en su comportamiento. La información sobre la variante Ómicron es aún incierta y se está investigando con el fin de evaluar su transmisibilidad, gravedad y riesgo de reinfección, según la OMS. La organización informa que es probable que ómicron se encuentre en la mayoría de los países, incluso si aún no se ha detectado.
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// FOTO: JOSÉ ANTONIO VIRUÉZ
Covid-19 SEGÚN SALUD Y EDUCACIÓN
Inscripción escolar no requiere el certificado de inmunización Sólo se exigirá el documento de vacunación para la asistencia de los escolares a las clases presenciales. • Redacción Central
Los pacientes ingresan a UTI y muchas veces no logran sobrevivir.
SIN IMPORTAR LA VARIANTE
No vacunados ponen en riesgo sus vidas • Redacción Central
“Quienes estamos en la primera línea de la batalla vemos a los pacientes que acuden a las salas de terapia intensiva y en un 90% son personas que no recibieron la vacuna y de ellas el 50% puede morir”, dijo el médico intensivista. Pero los pacientes que recibieron las vacunas tienen un pronóstico más favorable, cursan la enfermedad en sus domicilios o ingresan a terapias intermedias aun teniendo enfermedades de comorbilidad como obesidad, hipertensión o diabetes, pero logran sobrevivir. Viruez combate el virus todos los días y trata de salvar las vidas de personas se aferran a la vida, ingresan a terapia intensiva hablando pero el virus toma sus pulmones y lentamente la enfermedad les
Las salsas de terapia intensiva tienen un 90% de personas que no recibieron la vacuna y de ellos el 50% puede morir”.
“No será un requisito para las inscripciones escolares de la gestión 2022, pero sí se exigirá para la asistencia a las clases presenciales en los distintos niveles del Sistema Educativo Plurinacional”, señala el comunicado. En las últimas horas circuló en medios de comunicación informaciones con diferentes versiones referidas a las inscripciones escolares que generaron confusión en los padres de familia con hijos en edad escolar. En ese marco, el Ministerio de Salud y Deportes aclaró que no emitió ninguna información o comunicado oficial que indique lo contrario.
niños y niñas, pero para las inscripciones o para ingresar a las labores educativas no es un requisito”, afirmó. López informó, en el programa El Mañanero, de la Red Uno, que sólo los alumnos nuevos, del nivel inicial o aquellos que vayan a cambiar de unidad educativa, deben hacer esta inscripción; los demás tienen una inscripción automática. También explicó que se pide a los padres de estudiantes nuevos la tarjeta del esquema nacional de vacunación, que son las vacunas para control, eliminación y erradicación de las enfermedades inmunoprevenibles en niños, como el sarampión o la viruela.
17 DE ENERO iniciarán oficialmente las inscripciones escolares para la gestión 2022.
José Antonio Viruez Médico Intensivista
destroza los órganos, dejan de hablar, son intubados, sedados y ya no despiertan nunca más. El paciente infectado es muy particular, sufre dos a tres semanas por las complicaciones del Covid, el aire le falta, otros órganos como los riñones y el corazón empiezan a fallar y causan una disfunción orgánica múltiple que acaba con la vida del paciente. Es por eso importante que cada boliviano se vacune y no sufra y tampoco haga sufrir a sus familias.
// FOTO: ARCHIVO
El presidente del Comité Científico del Hospital del Norte en La Paz, José Antonio Viruez, explicó que no importa la variante del Covid-19 con que se contagie una persona que no está inmunizada, igual pone en riesgo su vida, pues ésta será mortal en no vacunados.
Los ministerios de Educación y de Salud informaron ayer, mediante un comunicado, que el certificado de vacunación que se emite después de la inoculación contra el Covid-19 no será indispensable para la inscripción del próximo año.
Ambos ministerios recordaron a todas las autoridades nacionales, departamentales y población en general que la Constitución Política del Estado (CPE) y las leyes vigentes protegen el derecho fundamental de todas las personas al acceso a la educación y la salud. “Bajo estas premisas se trabaja en garantizar el cuidado riguroso de la población en general frente a la pandemia del Covid-19, que aún azota a la humanidad”, añade el documento. El director departamental de educación de La Paz, Carmelo López, confirmó que las inscripciones escolares para la gestión 2022 iniciarán el 17 de enero y aclaró que el certificado de vacunación contra el Covid-19 no será un requisito. Explicó que los padres deben llevar a inmunizar a sus hijos e hijas para mantenerlos seguros. “Del Covid-19 no vamos a obligar a ningún estudiante a que tenga que estar vacunado, pero ésa es una responsabilidad social, puesto que ya están las vacunas para los
Las clases presenciales se desarrollarán solamente con estudiantes vacunados.
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Covid-19 INCLUIDA LA TEMIDA VARIANTE ÓMICRON
El Ministerio de Salud de Rusia registra el fármaco MIR-19 universal contra todas las variantes del coronavirus, incluida Ómicron El Ministerio ruso de Salud ha registrado el medicamento MIR-19 contra el coronavirus, desarrollado por la Agencia Federal de Biomedicina de Rusia (FMBA), según informó el servicio de prensa de la agencia. MIR-19 es un antídoto contra el coronavirus cuya acción se basa en el bien estudiado mecanismo de interferencia de ARN. El fármaco consta de dos componentes: ARN pequeños de interferencia (siRNA, por su sigla en inglés) — que son el principio activo del medicamento— y el péptido portador. De hecho, el nombre del compuesto es un acrónimo en ruso para un ARN pequeño de interferencia.
La FMBA logró que el fármaco destruya una parte del genoma viral.
Rusia registra el fármaco MIR-19 universal contra todas las cepas El medicamento ha demostrado una seguridad total y una buena eficacia a la hora de frenar la reproducción del coronavirus. Estos ARN pequeños de interferencia permiten al fármaco destruir una parte específica del genoma viral, que es responsable de su replicación. “Se ha establecido la identidad completa del MIR-19 y el objetivo en el genoma de todas las líneas de virus conocidas, incluido el ómicron. No se ha identificado ni una sola mutación, lo que hace que el fármaco sea universal contra las diferentes variantes del SARSCoV-2”, comentó Veronika Skvortsova, jefa de la FMBA. Según indican desde la FMBA, durante los experimentos la fórmula se reveló capaz de reducir 10.000 veces la concentración del virus en el organismo. SEGUNDA FASE Luego de completarse la segunda fase de los ensayos, que probó las ventajas altamente fiables del MIR-19 sobre las terapias estándar, se envió la documentación correspondiente para el registro del preparado. Gracias al MIR-19, se alivia la enfermedad que puede
// FOTO: RT
• RT
El antídoto se administra a través de inhalación, por lo que se introduce directamente en el tracto respiratorio.
causar el virus. Sus creadores aseguran que cuanto antes comience la toma del medicamento, mejor se restablecerá la salud del infectado. Asimismo, precisan que la mayor eficacia se alcanza en los primeros tres días después del contagio. El antídoto se administra a través de inhalación, por lo
que se introduce directamente en el tracto respiratorio, que es el principal objetivo del virus. MIR-19 no afecta al genoma humano y es “absolutamente seguro” para los pacientes, ya que durante su desarrollo se seleccionaron regiones específicas del genoma del virus que están ausentes en el genoma
humano, apunta la FMBA. Un artículo de los desarrolladores de MIR-19 sobre el mecanismo de acción del fármaco fue publicado en abril en la prestigiosa revista científica europea Allergy, de la Academia Europea de Alergia e Inmunología Clínica (EAACI).
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PUEDE TOMARSE EN LA SEGURIDAD DEL HOGAR
EEUU autoriza a Pfizer y su píldora para combatir el coronavirus • Infobae
Pfizer informó ayer que la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos autorizó su píldora antiviral Covid-19, lo que la convierte en el primer tratamiento en el hogar para combatir el coronavirus.
Las píldoras deben tomarse cada 12 horas durante cinco días.
Los datos del ensayo clínico de Pfizer mostraron que su régimen antiviral de dos fármacos fue casi 90% efectivo para prevenir hospitalizaciones y muertes en pacientes con alto riesgo de enfermedad grave. Los datos de laboratorio recientes sugieren que el fármaco conserva su eficacia contra ómicron. La agencia autorizó el medicamento oral para el tratamiento de pacientes adultos de alto riesgo y pacientes pediátricos
de al menos 12 años de edad con Covid-19 fuera del hospital. La compañía dijo que estaba lista para comenzar la entrega inmediata en los EEUU y elevó sus proyecciones de producción a 120 millones de tratamientos de 80 millones en 2022. El contrato del Gobierno de los EEUU por 10 millones de cursos del medicamento Pfizer tiene un precio de USD 530 por curso y se venderán bajo la marca Paxlovid.
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JUEVES / 23 / 12 / 2021 NOTIFICACIÓN POR EDICTO
EDICTO
R-0853-01 (Segunda Publicación)
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En cumplimiento a lo establecido por el Parágrafo VI del Artículo 33 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo y el Parágrafo I del Artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 27175 de 15 de septiembre de 2003 y debido a que se desconocen los domicilios de los señores Jorge Justiniano Vaca y Javier Jesús Roca Callau, dentro el Proceso Administrativo Sancionatorio seguido contra el BANCO PYME ECOFUTURO S.A., se procede a la notificación de las citadas personas como interesados y se dispone que las citadas personas se presenten ante esta Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) dentro el plazo de siete (7) días hábiles administrativos, en las oficinas de ASFI a fin de tomar conocimiento del trámite.
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El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los 23 días del mes de diciembre de 2021.
La Gerencia Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, de conformidad a lo previsto en el Artículo 86° de la Ley N° 2492, Código Tributario Boliviano, notifica al(a los) contribuyente(s) la(s) Orden(es) de Verificación que a continuación se detallan, para que por sí o mediante apoderado legal se apersone(n) ante las Oficinas de esta Gerencia ubicadas en la Calle Ballivián Nro. 1333 – La Paz, conforme lo señala el siguiente cuadro: RAZON SOCIAL
NIT
IMPUESTO
PERIODOS
NÚMERO DE ORDEN DE VERIFICACIÓN
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
02, 03, 10, 11 y 12/2016
ORDEN 18990203325
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
01/2017
ORDEN 18990206980
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
04/2017
ORDEN 18990206981
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
06/2017
ORDEN 18990206982
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
07/2017
ORDEN 18990206983
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
08/2017
ORDEN 18990206984
EUROFINSA S.A. SUCURSAL BOLIVIA
280072023
IVA
09/2017
ORDEN 18990206985
COMERCIALIZADORA MULTIMEDIA DEL SUR S.R.L. - CMS S.R.L.
192026029
IVA
05/ 2019
ORDEN VERIFICACIÓN 20990209134
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Facturas de Compras Nº 8420, 3, 31, 51, 56 y 93448. Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Facturas de Compras Nº 5325, 90 y 91. Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Factura de Compra Nº 46, Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Facturas de Compras Nº 51, 151 y 5. Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Facturas de Compras Nº 20181, 987, 1887, 52 y 212. Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Facturas de Compras Nº 2401, 2426, 152 y 51. Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Facturas de Compras Nº 171, 1258, 153 y 105. Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador Factura de Compra Nº 209, Documento que respalde el pago realizado y otros a solicitud del fiscalizador
Por la presente se notifica que se verificara el cumplimiento de las normas legales y reglamentaria, vinculadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuya recaudación y control se encuentra a cargo del Servicio de Impuestos Nacionales, conforme a las facultadas conferidas por el Código Tributario vigente. Por lo que se lo cita a objeto de aclarar las observaciones expuestas líneas arriba y presentar la documentación de descargo correspondiente, bajo conminatoria que de no presentarse se dará continuidad a los procedimientos establecidos por ley, para tal efecto, se otorga el plazo perentorio de diez (10) días a partir de la publicación del presente Edicto. El presente EDICTO es librado en la ciudad de La Paz, a los 23 días del mes de Diciembre del año 2021.
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NOMBRE O RAZON SOCIAL
NIT/CI
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VARGAS SALAZAR LUCIA SARA
3343486012
DOCUMENTO A NOTIFICAR PERIODO FISCAL VISTA DE CARGO Nº 292129000497
06/2018
IMPUESTOS
IMPORTE EN Bs.
IMPORTES EN UFV
DEBITO IVA e IT
9.563
4.031
Por lo expuesto, en uso de las facultades otorgadas por los Artículos 92°, 93°, 95°, 96°, 100°, 148°, 162º y 169º del Código Tributario Ley 2492 y disposiciones reglamentarias conexas, se ha procedido a determinar sus obligaciones tributarias sobre Base Cierta, en virtud al proceso de verificación realizado. Se ha establecido como liquidación previa del tributo adeudado el monto que se detalla en la columna IMPORTE EN UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda). Importes que deben ser reliquidados a la fecha de pago. Habiendo sido detallado el adeudo tributario, se cita, llama y emplaza para que por si o mediante apoderado se apersone a las Oficinas de esta gerencia ubicadas en la Calle Ballivian Nro. 1333 - La Paz en un plazo de (30) días corrido improrrogables a partir de su legal notificación con el presente Edicto, para formular sus descargos y presentar prueba referida al efecto, o en caso de no merecer objeción a las observaciones contenidas en las Vista de Cargo se servirán prestar conformidad al Total del Adeudo Tributario indicado, actualizado, en un entidad financiera autorizada. Se le concede al contribuyente, el plazo de diez (10) días una vez notificado con la presente Vista de Cargo, para el pago del adeudo tributario a efectos de la aplicación del Artículo 157º de la Ley Nº 2492 Código Tributario Boliviano, concordante con el inc. I) del Artículo 39 del Decreto Supremo 27310, modificado por el parágrafo VIII del Articulo 2 del Decreto Supremo N° 2993. La Vista de Cargo correspondiente a una determinación parcial de sus obligaciones tributarias, correspondiendo únicamente los aspectos definidos en la presente; cuya documentación se encuentra a su disposición en esta Gerencia Graco juntamente con el informe de actuación. En consecuencia, el Servicio de Impuestos Nacionales podrá investigar y reparar cualquier otro aspecto legalmente cuestionable, que no haya sido motivo de revisión o haya sido ocultado por el contribuyente. El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz a los 23 días del mes de diciembre del año 2021.
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Tribuna Leales y traidores Gabriel Campero Nava
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El traidor no es confiable en ninguno de los bandos, la lealtad es admirada hasta por el enemigo”, decía nuestro libertador Simón Bolívar, frase muy digna e importante en la coyuntura actual que logra diferenciar claramente la consecuencia y lealtad en las filas de los de izquierda y derecha. Durante meses, la oposición ha intentado posicionar en el imaginario colectivo la idea de fractura dentro del instrumento político MAS IPSP sin mucho éxito, generando especulación e incluso pugnas internas inexistentes, aspecto comprobado rotundamente en la masiva Marcha por la Patria. A diferencia de la oposición en sus alas centro derecha y derecha extrema, que actualmente andan atacándose mutuamente por los actos de corrupción detectados en el departamento de Santa Cruz y por la “traición” de Carlos Mesa al desear “fundar” un nuevo partido, lo cual ha generado susceptibilidad en sus “aliados”, ya que
como es una costumbre al más clásico estilo de las élites “soy dueño de la pelota me la llevo y se acabó el juego” existe el miedo que no tengan decisión y voto en el nuevo partido a ser fundado y que deje de lado el aspecto “democrático” que tanto pregonan y que muy pocas veces cumplen. La oposición actualmente con las pugnas internas (entre Demócratas y Creemos) ha develado el verdadero rostro de los partidos tradicionales y de las logias en Santa Cruz, todos con miedo de saber quién es el siguiente en ser escrachado por las cuotas económicas derivadas de los “ítems fantasmas” y quien será el siguiente en ir a declarar o para en la cárcel. Acá debe existir una seria llamada de atención a nuestras instituciones del nivel central (Contraloría y Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional) durante años han estado realizando su trabajo supuestamente fiscalizando a los gobiernos municipales, departamentales y del nivel central del MAS, llegando incluso con estas acciones a tener un alto costo político cuando a quienes investigaron resulta-
ron siendo culpables por ilícitos de corrupción (cosa correcta, el corrupto debe ser sancionado sea de donde sea) pero dejaron de lado investigar a los gobiernos subnacionales opositores que descaradamente hicieron el mayor acto de corrupción que se ha visto en años y que al margen de volver millonarios a unos pocos ayudó a promover el golpe de Estado del 2019. Hoy vemos cómo los referentes “éticos” del fascismo en Santa Cruz se caen a pedazos y empiezan a traicionarse entre ellos, confirmando que no son ni leales entre fascistas y si no son leales y éticos entre sí, peor lo serán con el pueblo que dicen representar. He ahí la importancia del referente ético en las filas de la izquierda y la renovación de cuadros políticos que son los nuevos referentes de lo que debe ser el ACTOR POLÍTICO, personas honradas con conciencia social y sobre todo incorruptibles, es verdad, hay mucho que trabajar y debemos ser leales con esos principios, principios de aquello que hablaba el Che Guevara, “El hombre nuevo”. (Gabriel Campero Nava es ingeniero industrial)
NUEVO CAMPO DE BATALLA PARA DESTRUIR GOBIERNOS Y PAÍSES ANTIIMPERIALISTAS
La manipulación de la mente Manuel Pérez Colque
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as nuevas rebeliones sociales programadas y preparadas por expertos para fragmentar y enfrentar a los pueblos, entre los que defienden por dinero o ignorancia el saqueo imperial soliviantados para enfrentar con odio irracional a los que defienden a las víctimas del saqueo que viven entre la miseria e ignorancia. Los métodos de dominación se modernizaron, pasando de la simple manipulación de los medios de información y diversión audiovisuales a ser usados para la manipulación cognitiva y psicológica, de la mente y de las emociones, creando histerias colectivas para influir y manipular en contra o a favor de objetivos que los expertos extranjeros decidan imponer o destruir. Este método incluye los mensajes subliminales e hipnóticos imperceptibles a la vista y el oído que se implantan en cualquier mensaje audiovisual para crear ese odio irracional al MAS, al colla, al indígena, a la wiphala y entre bolivianos hasta aparentar una guerra civil y con sus mercenarios descuartizar la patria. En Telos 2020 de España presentan el libro de Pedro Baños (en youtube) ‘El dominio mental. La geopo-
DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria EDITOR GENERAL Oscar Alarcón Ticona JEFE DE REDACCIÓN Clayton Benavides Arteaga
Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco
lítica de la mente’. El autor es “especialista en estrategia, geopolítica, inteligencia, relaciones internacionales, defensa, terrorismo y seguridad, es coronel español, fue jefe de contrainteligencia y seguridad del cuerpo del ejército europeo, fue jefe del área de análisis geopolítico. El 2017 publicó su primer libro “Así se domina el mundo” sobre geoestrategia. El 2018 salió a la luz “El dominio mundial, elementos en poder y claves geopolíticas”. Resumen: “El entorno cognitivo es el entorno crucial de nuestros días, como punto débil entre la mente y el cerebro, con lo que los que tienen el poder y las elites han tratado de controlar las sociedades, de condicionarlas sociopolíticamente a través de la influencia psicológica. Ahora con las nuevas tecnologías y la hiperconectividad, la capacidad de influir es mucho mayor, porque ese binomio cerebro mente rige todo en nuestras vidas, los sentimientos, pensamientos y la capacidad de influir como nunca antes. La geopolítica que se limitaba a lo geográfico, hoy también se libra en el geopoder que intenta controlar a personas y a sociedades completas en el ciberespacio convertido en un verdadero campo de batalla por las potencias. En toda sociedad siempre habrá personas que están en contra de ese sistema,
PERIODISTAS Economía. Franz Acarapi Sullca Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Luis Fernando Cruz, Romina Montoya Choque Seguridad. Roberto Medina Buezo Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín Corrección. José Maria Paredes Ruiz Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo
eso es normal, pero hay alguien que los utiliza para debilitar al adversario. La desinformación busca condicionar a las personas a través de muchas maneras de falsear la información para dominar y controlar a las elites que a su vez controlan a las sociedades porque las potencias siempre han impuesto políticos y gobiernos enteros que le sean favorables y sigan el camino que ellos les predeterminan. Las redes sociales son un nuevo poder donde actúan las potencia y sus servicios de inteligencia, para condicionarnos de forma tan astuta que dan la sensación al ciudadano común de que hay un movimiento social que reclama ciertas medidas justas que no es verdad, sino que simplemente hay alguien que tiene interés en crear esa falsa sensación, como se ve de forma permanente en las redes sociales, al final se cree que es lo que piensa todo mundo y no es así, tenemos que abrir los ojos y saber que esto sucede para no dejarnos arrastrar por estas prácticas que son perversas”. Afirma que: “hay que limitar y anular la desinformación porque eso no tenemos que considerarlo censura, sino que tenemos que considerarlo higiene democrática para impedir que nos sigan manipulando de forma tan descarada”.
COMERCIAL Responsable. Clotilde Echeverría Bautista Cel. 77773963 – Tel. 2902597 Int. 117 Ventas. Judith Fernández Paredes - Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz - Cel. 69491112 Mario Valdivia Maita - Cel. 70659720 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribucion. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Atención al cliente. Patricia Ramos Gutierrez - Cel. 76781082
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
Editorial El caso ítems fantasmas devela un nido de corrupción y nepotismo
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l caso denominado ítems fantasmas develó, en estas últimas semanas, una red de corrupción que actuaba en las oficinas de la Alcaldía de Santa Cruz, institución que desde hace muchos años está a cargo de las logias de esa región. Valeria Rodríguez lanzó la primera denuncia al evidenciar que su expareja Antonio Parada Vaca, exdirector de Recursos Humanos de la Alcaldía cruceña, cobraba los pagos de 800 contrataciones de personas que no iban a marcar su asistencia ni a trabajar. Así se iniciaron las investigaciones que hoy tienen a los bolivianos como testigos de los ilícitos que cometían estos grupos, quienes se distribuían cuotas de poder y recursos que posiblemente fueron utilizados para sostener las marchas y protestas en contra del Gobierno del MAS. El director de Asuntos Jurídicos de la Alcaldía de Santa Cruz, Ever Mérida, calculó que cada año por los ítems fantasmas se produjo un daño de al menos Bs 48 millones, tomando en cuenta que el sueldo promedio de estos cargos es de Bs 5.000. Al mes se detectó un perjuicio de Bs 4 millones, informó el periódico El Deber. Estos recursos, que pudieron servir para generar empleos o invertir en el desarrollo y la salud de los cruceños, fueron utilizados para enriquecer a unos cuantos a costa de los bolivianos. Se demuestra con esto que la oposición tiene un total desinterés en el bienestar de las personas, simplemente busca su beneficio personal. Por el momento, la exalcaldesa Angélica Sosa fue aprehendida por el caso de los ítems al igual que Javier Cedeño, exdirector de Recursos Humanos de esa institución, quien fue enviado a Palmasola, y Julio César Herbas, exfuncionario edil que también fue enviado a la cárcel. En sus declaraciones, Sosa dijo: “Del 2015 al 2020, a través de un
acuerdo político que firmó (el ahora exalcalde) Percy Fernández con la UCS (Unidad Cívica Solidaridad), a la cabeza del señor Jhonny Fernández Saucedo, estando mi persona presente en la firma de ese acuerdo (…) la UCS tenía una amplia cantidad de ítems de contrato (y) aclaro que eran más de 600 personas entre ítems y contratos”. Con estas palabras Sosa involucra a más personas en este conflicto. Además, como informa ABI, testigos protegidos señalan a tres diputados de Luis Fernando Camacho como involucrados en el manejo de los ítems fantasmas. Los testigos apuntaron a los legisladores de la agrupación Creemos José Carlos Gutiérrez, Carlos Arrien y Haidy Muñoz. A esto se suma la denuncia del diputado del MAS Rolando Cuéllar, que presentó una lista de diputados de Creemos (del gobernador Luis Fernando Camacho), quienes recibían recursos de ítems fantasmas, cada uno desde cinco hasta más de 20 contratos de sueldos que iban desde casi Bs 3 mil hasta más de Bs 5 mil. ¿Cuál fue la reacción? Camacho, como lo hizo con su excompañero de elecciones Marco Pumari, decidió sacar el puñal y atacar a los suyos, acusó a su antecesor Rubén Costas por malversación y corrupción. El diputado Patricio Mendoza denunció en esta semana que en la Alcaldía cruceña se detectó a familiares que trabajan en el área de salud. Indicó que solicitarán un informe ante las sospechas de nepotismo. Este caso se complica cada vez más, actualmente se encuentra en reserva para no entorpecer las investigaciones, pero no sería raro que se ahonden mucho más todos los actos ilícitos y corruptos de las principales autoridades del departamento cruceño, que por ahora sólo puede observar lo que pasa y ver adónde terminaron los recursos destinados para su educación, salud y crecimiento económico.
Se demuestra con esto que la oposición tiene un total desinterés en el bienestar de las personas, simplemente busca su beneficio personal.
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Tribuna Últimos golpistas libres… Armando Aquino Huerta
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a detención legal con el “debido proceso” de la ex gobernante de facto Jeanine Añez, Álvaro Coímbra, Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Arturo Murillo (éste en EE. UU.), militares —de alta graduación— y policías, Marco Antonio Pumari, y otros, por los delitos cometidos durante el golpe de Estado de 2019 y gobierno de facto referido, que tuvo 38 asesinatos, centenas de lesionados (inválidos), miles de torturados y detenidos arbitrariamente, graves delitos de corrupción, y los últimos “paros indefinidos” pidiendo abrogatoria de leyes -injustificadamente, exigiendo la renuncia de nuestro presidente constitucional y cierre del Legislativo, planificados por los políticos de la derecha fascista buscando la desestabilización del gobierno y la división de nuestro Estado Plurinacional de Bolivia -federalismo-, para ser impunes y no responder por sus delitos; relacionada con la marcha patriótica y multitudinaria que llegó a la ciudad de La Paz el 29/XI/21, compuesta por los 9 departamentos representando al 90% de los bolivianos que probó que BOLIVIA ESTÁ UNIDA POR LA DEMOCRACIA Y LA JUSTICIA; permite concluir que aún hay ÚLTIMOS GOLPISTAS LIBRES que deben ser aprehendidos, detenidos preventivamente y sentenciados ejemplarmente por imperio de las leyes vigentes.
Los autores y participes de cualquier delito, ineludiblemente tienen que responder por sus delitos cometidos, con el “debido proceso” garantizado por el Código Penal Ley 1768, el Código de Procedimiento Penal Ley 1970, la Ley Orgánica del Ministerio Público Ley 260, y la Constitución Política del Estado (CPE), cuyas leyes fueron hechas - no por venganza- sino para vivir en paz y armonía sancionando los delitos. En consecuencia, los autores, participes y responsables de las MASACRES, EJECUCIONES SUMARIAS Y VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS cometidos en Sacaba, Senkata, Pedregal, Huayllani, Ovejuyo y otros lugares, legalmente deben ser aprehendidos, detenidos preventivamente, enjuiciados y sentenciados, como mandan las leyes citadas, y piden los marchistas y víctimas; ni que decir si tales hechos delictivos están indubitablemente probadas por los informes del GIEI-BOLIVIA de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de la Universidad de Salamanca, del New York Times, The Washington Post, La fundación Carolina de España, y otros. Y así, los gritos desesperados y cínicos de: “persecución política”, “abuso de poder”, “ataque masista”, “arbitrariedad total”, “fraude electoral”, “venganza política” y otros cínicamente difundidos por los políticos opositores -pero no proba-dos
ante ningún tribunal de justicia- no valen nada, y no justifica que cometan los delitos de ALZAMIENTOS ARMADOS CONTRA LA SEGURIDAD Y SOBERANÍA DEL ESTADO, SEDICIÓN, ATRIBUIRSE LOS DERECHOS DEL PUEBLO, TERRORISMO y otros tipificados en el Código Penal, ni que hayan quemado edificios y documentos de los Tribunales Departamentales Electora-les. Esos delitos no están justificados por ninguna Ley ni versículo de la Biblia. En consecuencia, Luis Fernando Camacho, Rómulo Calvo, Carlos D. Mesa, Tuto Quiroga, Samuel Doria Medina, y otros ULTIMOS GOLPISTAS LIBRES, deben ser aprehendidos y detenidos preventivamente, porque permanentemente obstaculizan la investigación de la verdad negándose a declarar, siguen en sus afanes golpistas por racistas, discriminadores, apátridas, y enemigos del pueblo; ni que decir si públicamente Luis Fernando Camacho pidió la “renuncia del ex presidente Evo Morales”, Carlos D. Mesa dijo “O voy preso, o voy a la presidencia”, y Rómulo Calvo pidió la renuncia de Luis Arce Catacora y el cierre del Legislativo. Caso contrario los golpistas seguirán planificando golpes. “SI NO SE CASTIGA LOS DELITOS, SE FAVORECE A LA DELINCUENCIA”. (Armando Aquino Huerta es abogado penalista)
De la gloria al infierno Oscar Silva
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quella tarde del domingo 10 de noviembre de 2019 en que Camacho y dos de sus secuaces más próximos se postraron de rodillas en el centro del hall del Palacio Quemado, con la Biblia en la mano, había tocado el cielo, había alcanzado la gloria, él como dirigente cívico y detrás de él todo aquello que representaba. Sus oraciones, sus bloqueos, sus movilizaciones habían logrado su propósito: tomar el poder a como dé lugar, sus artimañas truculentas habían dado resultado. “La cruceñidad había recuperado la democracia”. Durante muchos años la élite cruceña había esperado ese momento con ansias, con desesperación, a la cabeza de su gobierno moral, había trabajado para ello. Ojo, un grupo, un pequeño grupo, puesto que el resto de los cruceños, los honrados habitantes de esa tierra y quienes llegaron desde diversos lugares a ganarse la vida honradamente, nada tienen que ver con esta historia. El pueblo cruceño es y seguirá siendo digno, aunque tiene la obligación de recuperar su tierra y su gobierno de las manos de quienes lo vienen usurpando desde hace medio siglo. Fue después de la revolución nacional, en 1952, que el país empezó a volcar la mirada hacia el oriente. Las dictaduras de Barrientos-Ovando, primero, y luego el septenio banzerista fueron quienes brindaron las condiciones necesarias y suficientes al departamento de Santa Cruz para su despegue económico, político y social. Un puñado de familias tradicionales cruceñas junto a un importante conglomerado de inmigrantes europeos que de diversas maneras llegaron a estas tierras
a buscar fortuna fueron los elegidos para conducir Santa Cruz al siglo XX, pues en los hechos había permanecido anclado al siglo anterior. El dinero empezó a fluir hacia tierras bajas de manera constante y sin mayor control. El Banco Agrícola y el Banco del Estado fueron los canales de este flujo de recursos bajo la forma de créditos de fomento, supuestamente para la inversión productiva. No todo fue así, la mayor parte de estos recursos provenientes de la producción de hidrocarburos, por una parte, pero mayormente del endeudamiento externo contraído principalmente por la dictadura banzerista, fueron a enriquecer a esas familias pioneras, a sectores especulativos de la economía y mucho menos al sector productivo, agrícola o industrial. Ahí se consolidó esa élite cruceña, cuyas manifestaciones, más allá de la economía o la política, se pueden apreciar en las logias, en las fraternidades o en los clubes de fútbol o los concursos de belleza. Un círculo totalmente cerrado, donde si bien abrieron las puertas para todos los que quisieran trabajar con ellos, siempre fue de segundones, reconociendo que la profesionalidad y la mano de obra que iba principalmente de occidente era buena y destacable, pero nunca como para ingresar a su círculo de poder, a no ser que hubiesen llegado con mucho dinero encima y un apellido foráneo. Conforme se consolidaba el poder de esta élite y sus testaferros, fueron apropiándose del gobierno municipal, de las cooperativas de servicios, de las tierras más productivas, de los medios de comunicación y, finalmente, de la gober-
nación. La tarea estaba cumplida en su región. Había que pensar en grande. Durante cuatro décadas habían disfrutado de las mieles del poder de todas las formas imaginables, legales y no. Con la nostalgia del poder ejercido en las dictaduras y en la democracia del cuoteo neoliberal, ante el naciente Estado Plurinacional tuvieron que cambiar de estrategia. El separatismo, el racismo, la descalificación del gobierno y los gobernantes, durante más de diez años prepararon su retorno al palacio, al poder. En los diez lustros de formación y consolidación de la élite cruceña, había sucedido también su descomposición interna. Era un cuerpo fuerte y solido por fuera, pero podrido por dentro, a causa de aquello que creían que los diferenciaba del resto de los cruceños y de los bolivianos, la ostentación, el lujo, el dinero fácil. No lograron sostenerse un año en el gobierno, ni con el uso de la fuerza brutal de militares y policías. La corrupción se comió a su gobierno y sus gobernantes, tardaron más en llegar que en irse y su salida no fue fácil, empezaron a acusarse entre ellos por su salida abrupta cuando pensaban que se quedarían muchos años. Había empezado su caída, su podredumbre los comió por dentro. Las peleas y pugnas que ahora han surgido entre ellos no son más que el desenlace de una muerte anunciada. En el momento en que pensaron que habían alcanzado la gloria, que estaban tocando el cielo con las manos, con una biblia y un crucifijo, estaba empezando su derrumbe, estaban comenzando a pisar el infierno. Solo les queda consumirse en sus llamas. (Oscar Silva es periodista)
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Tribuna Bitácora del pueblo
Elegía a José Bernal
Políticas públicas
Jaime Iturri Salmón
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ue mi profesor de Historia en la UCA en la carrera de Comunicación Social. Reemplazaba al titular de cuyo nombre ni me acuerdo. Pero José Bernal inmediatamente pasó a ser uno de los mejores catedráticos. No solo por su excelente manejo de los hechos históricos, sino porque saltaba a la legua que él era marxista. En medio de la clase nos pidió que eligiéramos un país de Suramérica y realizásemos un ensayo sobre una época histórica determinada. Elegí Argentina y basé mi trabajo en los magníficos textos del trotskista Milciades Peña sin imaginar que en el exilio tendría la dicha de compartir con su hijo dirigente peronista de izquierda. Pepe Bernal me pidió que cuando fuera a Buenos Aires le comprase la colección de Peña, cosa que hice con gran alegría. Por fin encontraba a alguien con quien compartir mis búsquedas intelectuales. Lo encontré después en una marcha del 1 ro de mayo. Sin hacerse problemas marchó bajo las bandera del Partido Obrero Revolucionario. De hecho admiraba mucho a Guillermo Lora. Pasó mucha agua bajo el puente y Pepe fue elegido jefe de la carrera de Comunicación Social. Venció en las
elecciones al sector más conservador de Comunicación Social en la UMSA. Un buen día él y Amparo me llamaron para invitarme a ser docente. La verdad tenía poco interés en ello. Años antes había sido expulsado de la UMSA y en ese momento era editor general de Última Hora. Finalmente acepté creyendo que sería una interesante experiencia de un año. Nunca imaginé que me quedaría más de tres décadas y terminaría siendo titular en cuatro materias. Bernal me sedujo al proyecto y construimos un fuerte equipo que gobernó la carrera en dos oportunidades y luego la decanatura. Luego vino la estafa de la administradora, y los enemigos ideológicos de Pepe usaron ello para tratar de inculparlo, olvidando que él denunció la estafa. Por supuesto que lo apoyé, faltaba más. Él encarnaba el proyecto de la izquierda pero además era inocente. Finalmente, fue obligado a jubilarse y nos encontramos esporádicamente. Siempre con cariño, porque él era un hombre sencillo y querendón, que sabía muy bien lo que quería. Hace unos días la parca lo invitó a danzar el último vals con ella. Descansa en paz, Pepe, nosotros seguimos acá, machetes en plena zafra. (Jaime Iturri Salmón es periodista)
Presupuesto para la justicia social P
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Ariel Bernardo Ibañez-Choque
l Presupuesto General del Estado 2022 (PGE) está orientado hacia los retos postpandemia de todas las economías del mundo: la reconstrucción económica y el combate a la desigualdad en la distribución del ingreso. En efecto, la pandemia COVID-19 ha contraído las economías y ha profundizado los problemas de desigualdad y pobreza en el mundo. El modelo económico boliviano se adelantó a la crisis actual porque, desde hace más de una década, se ha propuesto el crecimiento económico con justicia social. Asimismo, el modelo económico reconoce la necesidad de la redistribución de los excedentes generados por la explotación de materias primas enfocados a la industrialización para el crecimiento sostenible. Simultáneamente, para corregir la injusticia social, busca la redistribución de excedentes enfocados a la atención de la población vulnerable e históricamente marginada. Este modelo procuró un proceso inédito de más de una década de crecimiento económico con reducción de la pobreza y desigualdad en Bolivia. De hecho, las distintas dimensiones del modelo económico boliviano se discuten en la actualidad entre los principales economistas del mundo. Por ejemplo, el economista francés Piketty que, habiendo estudiado los determinantes históricos de la desigualdad, propone un nuevo modelo económico con justicia social. Sin embargo, es de lamentar que existen economistas en Bolivia como Gonzalo Chávez que no han terminado de entender la novedad del modelo económico boliviano. La novedad del modelo boliviano es que ha roto el circuito de fuga de excedentes hacia el capital
transnacional que caracterizaba al modelo neoliberal primario-exportador. El PGE es resultado del modelo económico boliviano, y busca retomar la senda del crecimiento sostenible con justicia social. El PGE propone una nueva dimensión al modelo: “la industrialización por sustitución de importaciones (ISI)”. La ISI busca atender al mercado interno para dinamizar la demanda efectiva, el empleo y la producción mediante el cambio estructural. En ese sentido, el PGE prevé U$D 5.015 millones para inversión pública; 42,5% para el sector productivo y 29,9% para infraestructura. Entre estos proyectos se encuentran, por ejemplo, la implementación de las industrias farmacéuticas y de química básica, y las plantas de biodiésel. Asimismo, esta inversión pública alienta a la inversión e iniciativa privada creando un círculo virtuoso de crecimiento, efecto que los economistas denominan crowding in. La dimensión social es, quizá, la de mayor relevancia del PGE en el contexto de postpandemia. Los bienes comunes representan una cuarta parte del presupuesto total, y salud y educación representan el 80% de estos recursos; esta participación garantiza la igualdad de oportunidades para toda la población. Además, para sostener y profundizar la redistribución de ingresos el PGE garantiza Bs 6.739 millones para el pago de los bonos a la población más vulnerable e históricamente marginada. Asimismo, el PGE garantiza la subvención de servicios básicos, alimentos e hidrocarburos velando el acceso de las familias bolivianas a estos bienes de primera necesidad. Por tanto, el PGE busca el crecimiento económico con justicia social, enmarcado en el modelo económico boliviano que, en el contexto de postpandemia, se ha vuelto en un paradigma adelantado a la crisis mundial y los debates actuales. (Ariel Bernardo IbañezChoque es economista)
Marco Antezana
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i algo estuvo mal, y aún está mal en la gestión de estado de América Latina, es la ausencia de políticas públicas orientadas hacia el propio sector público. En otras palabras, existe una carencia de gestión administrativa desde la cual se pueda hablar de estado integral que potencie un desarrollo integrador, garantizando una economía de inmediata solvencia, ciclos tecnológicos en permanente renovación y una inclusión social desde la periferia hacia el centro productivo. Lo anterior supone un cambio del paradigma de organización política representativa como sistema de intermediación, sociedad poder político. Se constata así, una crisis por agotamiento interno (falta de nuevos liderazgos) debido a una reiterada ausencia de representaciones alternativas desde el nivel local, fenómeno que debilita a la base popular de las democracias e ignora un poder popular latente, lo cual nos lleva a concluir que varios de los sistemas democráticos latinoamericanos son democracias controladas, en las cuales se vota, pero no se elige. Las consecuencias económicas de este panorama político nos obligan a crear esfuerzos para reorganizar y transformar las tradicionales bases comerciales, con la finalidad de vertebrar el aislamiento excesivamente localizado y monoproductor, que jamás logrará un desarrollo económico y continuo, y menos multiplicador e inclusivo. Tomando en cuenta que en el mismo seno del sistema capitalista nacen corrientes que no solo denuncian o explican lo injusto oprobioso que puede llegar a ser el sistema, sino, que reconocen que el avance de la economía global determina que las desigualdades sociales en cuanto a carencias materiales de bienes y servicios, son casa vez mas profundas. En este sistema global de economía de mercado, por mas injusto, odioso y afrentoso que pueda mostrarse, existen “alternativas” que están en manos de los ciudadanos para mejorar su crítica situación. «Pobre pero eficiente», es una de las máximas acuñadas por el profesor Theodore W. Shultz, quien destaca la noción de que los agricultores de los países subdesarrollados son ignorantes y pobres, pero no por ello dejan de ser sabios e inteligentes. Estas alternativas están basadas en dos principios fundamentales: por un lado, la priorización de necesidades urgentes y al mismo tiempo la construcción de redes cooperativas que nos permitan pasar de la «protesta a la propuesta». Es decir, llegar de manera articulada a proponer cambios en las estructuras que nos permitan construir nuevos escenarios, y, por otro lado, desarrollar policías publicas para lograr equidad social con desarrollo sostenible. En este sentido son viables las soluciones a los problemas económicos dentro del mismo sistema capitalista. La propuesta del profesor José Luis Coraggio, menciona «una primera duda es, si es posible constituir tal subsistema sin pretender la grandiosa tarea de sustituir al sistema capitalista. Este no puede ser su objetivo inicial, sino aprovechar las tendencias a la dualización y las necesidades de legitimación de dicho sistema, para constituir estructuras capaces de interactuar con las fuerzas destructivas del mercado capitalista y a la vez resistirlas». Entonces el diseño de las políticas publicas tiene que: sentar presencia de estado, formular proyectos socio productivos para el desarrollo humano, promover participación y decisión comunitarias efectivas y fomentar la movilidad demográfica con promoción social. Al respecto, una revolución económica tiene la obligación de crear en algunos casos, y e reconocer en otros casos, las nuevas formas organizativas de la representación política de los nuevos colectivos que participaran en la economía de base comunitaria. Las políticas publicas no solo se reducen a la planificación técnica de su diseño, la clave de su éxito esta en no separarlas de la gestión política de estado ni de los poderes comunitarios que permanentemente se generan en las comunidades, ni tampoco distanciarlas de la justicia laboral. Si las políticas publicas se construyen desde la base de la sociedad, y no se las impone desde la cúspide del poder (tal cual ocurre con muchas leyes), queda garantizada su socialización y consenso. (Marco Antezana es analista político)
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
Orbe INFORME DEL PRESIDENTE DÍAZ-CANEL
Cuba impulsará su desarrollo pese a las políticas hostiles El mandatario cubano remarcó la voluntad de la nación de seguir defendiendo el multilateralismo. • Telesur
El presidente de la República de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez destacó que Cuba continuará impulsando el proceso de desarrollo de su economía, pese a las políticas hostiles externas y el recrudecimiento del bloqueo económico impuesto por Estados Unidos.
El también primer secretario del Partido Comunista de Cuba dijo durante la clausura del octavo periodo de sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular que la economía cubana atraviesa por un período excepcional, marcado por el recrudecimiento del cerco económico estadounidense, la imposición de medidas unilaterales, y el déficit de
ofertas en el mercado interno, lo cual ha tenido un impacto directo en la inflación exacerbada existente. En tal sentido, el mandatario destacó la implementación de medidas destinadas a sortear esos escollos como potenciar el fortalecimiento de la empresa estatal; el perfeccionamiento de actores económicos con la implementación del siste-
En distintos lugares del mundo se manifiesta el rechazo al bloqueo de EEUU contra Cuba.
El presidente de Cuba, Miguel Diaz-Canel, en su discurso.
ma de pequeñas y medianas microempresas (Mipymes), ampliación del Trabajo por Cuenta Propia, el incremento de la producción agropecuaria, y la correcta regulación de las cooperativas no agropecuarias. “La inflación no es un problema exclusivo de Cuba, y se acrecienta como consecuencia del desequilibrio existente entre producción y demanda al que se ha llegado entre otras causas por el recrudecimiento del bloqueo y los efectos del azote de la pandemia”, expresó Díaz-Canel, al tiempo que ponderó, gracias a notorios esfuerzos, la estabilidad evidenciada en los precios de la electricidad, combustibles, medicamentos y canasta básica, entre otros servicios y productos esenciales.
PARA 2022,el Presidente cubano se compromete a corregir el funcionamiento de empresas estatales que presenten pérdidas.
// FOTO: PRENSA LATINA
ENCUESTA DE DATAFOLHA HACIA LAS ELECCIONES DE 2022
Sondeo ubica al Partido de los Trabajadores como el más seguido en todo el Brasil • Prensa Latina
Una encuesta reciente de Datafolha ubicó al Partido de los Trabajadores (PT) como el más seguido hoy en Brasil, con la mejor proyección de voto de cara a las elecciones generales previstas para octubre de 2022.
Según el sondeo, con esa organización política de izquierda se identifica alrededor del 28 por ciento de los entrevistados, además de su militancia que ronda los dos millones de afiliados. El porcentaje situó al PT como el partido con mejores opciones para las venideras elecciones, puesto que la identificación partidista debe seguir creciendo a medida que se acercan los comicios, señaló Datafolha.
De acuerdo con el estudio, le siguen en preferencia el Movimiento Democrático Brasileño y el Partido de la Social Democracia Brasileña, ambos con un apoyo de 2,0 puntos porcentuales. Con apenas el 1,0 por ciento de respaldo están los partidos Liberal, formación a la que pertenece el presidente Jair Bolsonaro; Socialismo y Libertad, y Democrático Laborista, mientras el derechista y conservador Social Liberal no punteó.
Inacio Lula da Silva, candidato a la presidencia y miembro fundador del PT.
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Orbe ES MÁS EFICIENTE QUE OTROS TRATAMIENTOS
Aprueban un inyectable para prevención del VIH El fármaco Apretude tiene un efecto prolongado y se debe administrar cada dos meses.
Derrumbe de una mina de jade en el estado de Kachin, en el norte de Myanmar.
EN MYANMAR
Cien personas desaparecen en el derrumbe de una mina
La Administración de Alimentos y Medicamentos de EEUU (FDA, por su sigla en inglés) aprobó ayer el uso del primer medicamento inyectable para prevenir la infección por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) en los adultos y adolescentes en riesgo que hayan dado negativo justo antes de iniciar el tratamiento y cuya masa corporal supere los 35 kilos, reza el comunicado de la FDA.
• Telesur
Un derrumbe en una mina de jade en el norte de Myanmar causó un centenar de desaparecidos sin tiempo para reaccionar. Se suma un accidente más a una de las regiones mortales debido a la precariedad del trabajo minero. El alud se produjo en la madrugada de este miércoles en la localidad de Hpakant, en el estado fronterizo de Kachin, y al mediodía ya se había confirmado la muerte de al menos una persona. “Hemos enviado a 25 heridos al hospital y hemos encontrado un muerto”, precisó el miembro del equipo de rescate, Ko Nyi. El rescatista reveló que trabajaban cerca de 200 personas en esa zona para intentar rescatar a los desaparecidos. Muchos pobladores locales comenzaron las labores de rescate ante la ausencia de equipos de emergencia. Según se presume, el deslizamiento fue provocado por un desbordamiento de los escombros, fundamentalmente de tierra y rocas, arrojados por los camiones en la mina cielo abierto. Los escombros crean montañas de desechos en los
Hemos enviado a 25 heridos al hospital y hemos encontrado un muerto”. Ko Nyi Miembro del equipo de rescate que trabajan los mineros en condiciones peligrosas para buscar la piedra semipreciosa. La situación precaria de los trabajadores, el exceso de material y las fuertes lluvias provocan derrumbes inesperados ladera abajo. A pesar de que la junta milita, en el Gobierno desde febrero de este año, prohibió la excavación en este tipo de minas, cientos de mineros que han sufrido la pobreza agravada por la pandemia han llegado en temporada lluviosa para trabajar allí. La situación precaria de los trabajadores, el exceso de material y las fuertes lluvias provocan derrumbes inesperados ladera abajo.
El fármaco, denominado Apretude, que se debe administrar cada 60 días después de que el paciente reciba sus dos primeras dosis con un mes de diferencia, es una alternativa al medicamento de profilaxis previa a la exposición (o simplemente, PrEP) existente, Truvada, una pastilla que se toma a diario para prevenir el VIH.
Aunque las medicinas orales han demostrado ser bastante efectivas, estas requieren altos niveles de adherencia, mientras que ciertas personas y grupos enteros tienden a descuidar el uso diario del fármaco. Otros factores, como la adicción a las drogas o al alcohol, la depresión, la pobreza y la intención de ocultar el tratamiento, también afectan los hábitos diarios y las conductas relacionadas con la toma de la medicación. Así, se espera que el uso de un PrEP inyectable con un efecto prolongado aumente la adherencia en los grupos en riesgo. La seguridad y la eficacia de Apretude se evaluaron mediante dos ensayos. Uno de ellos, que incluyó a 4.566 hombres cisgénero y mujeres transgénero que tienen relaciones sexuales con hombres, reveló que los participantes que recibieron el fármaco inyectable tenían un 69 % menos de probabilidades de infectarse con VIH que aquellos que
tomaban Truvada. El segundo ensayo, que reunió a 3.224 mujeres cisgénero, descubrió que las participantes tenían un 90 % menos de posibilidades de contraer VIH que aquellas que tomaban la pastilla.
13 PAÍSES AVALAN la pastilla. La empresa farmacéutica británica GlaxoSmithKline hizo la investigación.
// FOTO: CUIDATEPLUS.COM
• RT
Aún no hay una cura definitiva para la enfermedad del VIH.
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Gráfica
Entrega de regalos • Redacción Central
L
// FOTOS: JORGE MAMANI
a sonrisa de los niños fue el mejor regalo para quienes decidieron visitarlos con regalos y una merienda que fue entregada con mucho amor. Se desarrollaron campañas en varios puntos de la ciudad de La Paz, se vio la necesidad de llevar felicidad a niños y niñas en situación de calle, uno de los sectores más vulnerables de la sociedad. Muchas risas y caritas felices, donde los más jóvenes recibieron los presentes que fueron acompañados de juegos y rondas infantiles que amenizaron una mañana lluviosa pero cargada de amor a los niños.
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EDICTO PARA: FRANZ CARLO CHOQUE con C.I. N° 3420696 L.P. JESSICA PAOLA SARAVIA ATRISTAIN – DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DEL JUEGO – AJ, HACE SABER: en aplicación del numeral VI del Articulo 33 de la Ley No. 2341 de Procedimiento Administrativo, y el Articulo 27 del Decreto Supremo No. 2174 de 5 de noviembre de 2014, que dentro del proceso administrativo seguido contra Bethsabe Choque Guaigua y Franz Carlo Choque, se han realizado los siguientes actuados que se transcriben a continuación: &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& CITE: AJ/DE/DNJ/DGJ/RS/37/2021 RESOLUCIÓN SANCIONATORIA N° 10-00037-21 R-0015 La Paz, 8 de diciembre de 2021 ADMINISTRADOS : Bethsabe Choque Guaigua Franz Carlo Choque ADMINISTRADOR : Autoridad de Fiscalización del Juego VISTOS: El Informe de Intervención al Lugar de Juegos Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRSC/DF/INF/1135/2021 de fecha 9 de julio de 2021, el Acta de Decomiso Preventivo – JLAS N° 000761, el Formulario de Inventario Nº 001127 ambos de fecha 8 de julio de 2021, el Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 09-00034-21 de fecha 21 de septiembre de 2021, el Informe Técnico con CITE: AJ/DNF/DFC/INF/645/2021 de fecha 01 de diciembre de 2021, Informe Legal con CITE: AJ/DNJ/DGJ/INF/549/2021 de fecha 8 de diciembre de 2021; todo lo que convino ver y se tuvo presente. CONSIDERANDO I: Ámbito de Competencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego Que, conforme establece el Artículo 21 de la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar de 25 de noviembre de 2010, se crea la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego – AJ, como institución pública, con personalidad jurídica y patrimonio propio, independencia administrativa, financiera, legal y técnica, supeditada al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, con jurisdicción y competencia en todo el territorio del Estado Plurinacional, siendo la única entidad facultada para otorgar licencias y autorizaciones, fiscalizar, controlar y sancionar las operaciones de los juegos de lotería y de azar, al presente y en virtud a la Disposición Adicional Única de la Ley N° 717 de 13 de julio de 2015, ahora denominada Autoridad de Fiscalización del Juego. Que, mediante Decreto Supremo N° 0781 se aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley N° 060, de 25 de noviembre de 2010, relativo al Título III “Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego, Licencias, Autorizaciones y Régimen de Sanciones”. Que, el Artículo 23 de la Ley Nº 060 establece que el Director Ejecutivo es la Máxima Autoridad Ejecutiva de la entidad, ejercerá la representación institucional; asimismo, dicha autoridad será designada mediante Resolución Suprema de una terna propuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Que, en virtud a la normativa anteriormente enunciada, mediante Resolución Suprema N° 27236 de fecha 18 de noviembre de 2020, se designó a la Dra. Jessica Paola Saravia Atristaín, como Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego – AJ. CONSIDERANDO II: Antecedentes de Hecho Que, por Informe de Intervención al Lugar de Juego Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRSC/DF/INF/1135/2021 de fecha 9 de julio de 2021, se tiene que por instrucciones emitidas por la Dirección Regional Santa Cruz de la Autoridad de Fiscalización del Juego, al promediar horas 16:00 del día 8 de julio de 2021, un equipo de trabajo de la Autoridad de Fiscalización del Juego se constituyó en el Lugar de Juegos Ilegal que funcionaba en un establecimiento sin denominación (Tienda de Barrio) ubicada en la Avenida El Mechero N° 8125, zona Plan 3000 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en el cual se encontró dos (2) máquinas de juego, las mismas que al momento de la intervención se encontraban funcionando (encendidas) con atención al público, los servidores públicos se presentaron ante la propietaria de la tienda a quien solicitaron se identifique, la cual se identificó con el nombre de Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. indicando que era la propietaria de las máquinas de juego, por lo que para los efectos se considera como la propietaria del lugar de Juegos ilegal a Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or., en virtud a esta aseveración, se le hizo conocer que eran servidores públicos de la Autoridad de Fiscalización del Juego, explicándole el objetivo del control detectivo conforme las facultades y atribuciones otorgadas por la Ley N° 060 y las acciones que iban a ejecutar, seguidamente, se solicitó la exhibición de la licencia de operaciones, y se obtuvo como respuesta que no contaba con dicha licencia, toda vez que en el lugar de Juegos Ilegal estaba operando ilegalmente. Que, con la anuencia de la Sra. Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. se procedió al retiro del dinero de las máquinas verificándose que una de ellas no contenía dinero de curso legal en su interior y de la segunda máquina de juegos de azar logró retirar dinero de curso legal, alcanzando un total de Bs. 113.- (Ciento trece 00/100 Bolivianos), dinero que en su totalidad quedó en poder de la Sra. Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or., misma que firmó el Acta de Decomiso Preventivo JLAS N° 000761 y el Formulario de Inventario N° 001127 como propietaria de las máquinas de juego. Que, por Auto de Apertura de Proceso Administrativo Nº 09-00024-21 de 15 de julio de 2021 dispone el inicio de proceso administrativo contra Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. quien fue identificada como propietaria del lugar de juego ilegal, por la presunta infracción a los incisos a), b), c), del numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15, por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego con Dos (2) máquinas de juego ilegal, en el lugar ubicado en la Avenida El Mechero N° 8125, zona Plan 3000 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; en consecuencia sería merecedora a la sanción de UFV’s 10.000.- (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). Que, por nota presentada en fecha 27 de agosto de 2021, la administrada presenta un Acta de Declaración Jurada Notarial en la que Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp. declara ser propietario de las dos (2) máquinas de juego ilegal decomisadas en fecha 8 de julio de 2021 dentro del presente proceso, asimismo declara que entregó las referidas máquinas a Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. para que trabaje y gane un porcentaje (%). Que, por Auto N° 11-00112-21 de 02 de septiembre de 2021 se dispuso anular obrados hasta el vicio más antiguo, vale decir, hasta el Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 09-00024-21 de fecha 15 de julio de 2021, y emitir un nuevo Auto de Apertura de Proceso Administrativo que considere los documentos presentados mediante nota presentada en fecha 27 de agosto de 2021 y los antecedentes adjuntos al presente proceso que se refieren respecto a todos los administrados presuntamente responsables, acto administrativo notificado a la administrada en fecha 9 de septiembre de 2021. Que, de acuerdo al Informe de Intervención al lugar de Juego Ilegal sin denominación con CITE: AJ/DRSC/DF/INF/1135/2021 de fecha 9 de julio de 2021, y a la nota presentada por la administrada en fecha 27 de agosto de 2021, se evidencia que se procedió al decomiso preventivo de dos (2) máquinas de juego ilegal, habiéndose utilizado dos precintos de seguridad para su decomiso, identificando a Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp. y a Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or., como propietario y encargada respectivamente de las máquinas de juego decomisadas del lugar de juego ilegal, en consecuencia serían merecedores a la sanción de UFV’s 10.000.- (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). Que, por Auto de Apertura de Proceso Administrativo Nº 09-00034-21 de 21 de septiembre de 2021 dispone el inicio de proceso administrativo contra Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp. quienes fueron identificados como propietarios del lugar de juego ilegal, por la presunta infracción a los incisos a) La instalación de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional, c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, como dispone el numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15, por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego con Dos (2) máquinas de juego ilegal, en el lugar ubicado en la Avenida El Mechero N° 8125, zona Plan 3000 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; en consecuencia sería merecedora a la sanción de UFV’s 10.000.- (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). CONSIDERANDO III: Antecedentes de Derecho Que, la Ley Nº 060 de 25 de noviembre de 2010, tiene por objeto establecer la legislación básica de los juegos de lotería y de azar, instituir la Autoridad de Fiscalización del Juego y crear tributos de carácter nacional a esta actividad. Que, el Artículo 2 de la misma norma legal establece que: “La presente Ley se aplica a los juegos de lotería y de azar, entendiéndose por tales a los de azar, sorteos, loterías y promociones empresariales conforme las definiciones establecidas por la presente Ley”. Que, el Artículo 5 de la referida Ley establece que: “Son juegos de azar aquellos en los cuales las posibilidades de ganar o perder no dependen exclusivamente de la habilidad del jugador sino de la suerte, de la casualidad o de otro factor aleatorio, donde el jugador paga y/o apuesta por participar del juego a cambio de un premio en dinero o especie “. Que, el Artículo 9 de la citada norma establece que: “Los juegos podrán ser realizados a través de medios mecánicos, electromecánicos, electromagnéticos, digitales, tecnológicos, manuales o por cualquier otro medio, con expedición de tickets, boletos, billetes de lotería o instrumentos preimpresos, impresos o electrónicos. En el caso de promociones empresariales, también podrán ser realizados mediante llamadas o mensajes telefónicos, previa autorización de la autoridad competente”. Que, el Artículo 10, Parágrafos I y II de la citada Ley señalan: “I. Son lugares autorizados que cuentan con infraestructura especial para la práctica de juegos de lotería y de azar, a) salón de juego o casino, consistente en un recinto cerrado, en cuyo interior se desarrollan los juegos de azar autorizados, se reciben las apuestas, se pagan los premios correspondientes y funcionan otros servicios conexos; b) otros establecimientos abiertos o cerrados donde, previa autorización, se realicen juegos de lotería y de azar. II. Queda prohibida la instalación o habilitación de máquinas tragamonedas fuera de los establecimientos autorizados”. Que, el Artículo 13, Parágrafo I de la misma Ley determina: “son operadores de los juegos de azar y sorteos, todas las personas jurídicas de carácter privado establecidas en el país, que tengan como giro comercial esta actividad”. Que, el Artículo 14, inciso a) de la referida Ley establece: “son obligaciones de los operadores de los juegos regulados por esta Ley obtener la licencia o autorización para el desarrollo de las actividades de juegos de lotería y de azar”. Que, el Artículo 26, incisos a), b), f), g), h) e i) de la citada Ley establecen que la Autoridad de Fiscalización del Juego tiene las siguientes atribuciones: Emitir disposiciones administrativas y regulatorias generales y particulares, para la aplicación de la presente Ley; establecer los requisitos para otorgar las licencias y autorizaciones; establecer las características de las máquinas, instrumentos, software, accesorios y todo otro medio de juego importado o fabricado para su instalación y mantenimiento; ejercer la fiscalización, inspección y control a los operadores del juego; decomisar máquinas, instrumentos y todo otro medio de juego conforme a causales y procedimientos establecidos en la presente Ley; aplicar y ejecutar sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley. Que, el Artículo 28 de la citada Ley determina las infracciones administrativas calificando a las mismas en infracciones muy graves, graves y leves, identificadas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del parágrafo I de la disposición precitada. Constituyendo infracciones graves las determinadas en el numeral 2, sancionadas con el comiso definitivo de la máquina y/o medio de juego y multa de UFV´s 5.000 (Cinco Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por máquina o medio de juego: a) La instalación de máquinas de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego. b) La utilización de máquinas de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional. c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego. Que, en concordancia con la norma citada, el Artículo 9 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15 de 27 de noviembre de 2015, establece que “La persona individual y colectiva, pública y privada, que desarrolle juegos de lotería, de azar, sorteos, promociones empresariales, que instale máquinas o cualquier otro medio de juego que no sea autorizado por la Autoridad de Fiscalización de Juego – AJ, constituye infracción grave sancionada con el comiso definitivo de la máquina y/o medio de juego y multa de 5.000 UFV´s (Cinco Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por cada máquina o medio de juego”. Que, el Artículo 10 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15, señala que “La persona individual y colectiva, pública o privada, que desarrolle juegos de lotería, azar y sorteos que utilice máquinas u otros medios de juegos que se activen u operen con dinero de curso legal nacional o extranjero, constituye infracción grave sancionada con el comiso definitivo de la máquina y/o medio de juego y multa de 5.000 UFV´s (Cinco Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por cada máquina o medio de juego. Que, el Artículo 11 de la misma Resolución, señala que “La persona individual y colectiva, pública o privada, que desarrolle juegos de lotería, de azar y sorteos sin licencia de operaciones de la Autoridad de Fiscalización del Juego – AJ, constituye infracción grave sancionada con el comiso definitivo de máquina y/o medio de juego y multa de 5.000 UFV´s (Cinco Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por cada máquina o medio de juego”. Que, de acuerdo al Clasificador de Juegos Autorizados establecidos en el Anexo de la Resolución Regulatoria N° 01-00002-13 de 5 de abril de 2013, se constituye en “máquina de azar”, toda máquina mecánica, electrónica, electromecánica, eléctrica o que funcione con cualquier otro modo de operación, que a cambio del valor apostado en una jugada, permite la eventual ganancia de un premio y que incluye o contempla algún componente de azar – en su programa y/o en sus mecanismos de funcionamiento- que incide en los resultados obtenidos por el jugador. En este tipo de máquinas, la destreza aplicada por el jugador para influir en el desarrollo del juego, ya sea innata o adquirida a través del entrenamiento, no asegura para éste un cambio favorable en la posibilidad de obtener un premio, puesto que ella no es capaz de contrarrestar los efectos producidos por el azar en el resultado final del juego, aun cuando la aplicación de dicha destreza pueda servirle para obtener cierta ventaja o mayores probabilidades de ganar. Que, el Decreto Supremo N° 2174 de 5 de noviembre de 2014, tiene por objeto reglamentar el procedimiento sancionador en materia de juegos de azar, sorteos, loterías y promociones empresariales, en el marco de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo, y la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar. Que, el Artículo 37 Parágrafo I del citado Decreto Supremo, dispone que en el plazo de diez (10) días siguientes a la notificación, el presunto infractor presentará por escrito sus alegaciones de defensa y/o pruebas de descargo. El parágrafo IV dispone que las pruebas serán ofrecidas y producidas dentro del periodo de descargos. Los documentos que se presenten con posterioridad a este periodo y hasta antes de la emisión de la resolución, podrán ser considerados en la misma. Que, el Artículo 38 del mencionado Decreto Supremo señala en su Parágrafo I que en el plazo de veinte (20) días siguientes al período de descargos, la AJ emitirá Resolución. El Parágrafo II, al margen de otros requisitos señala que la Resolución debe declarar la existencia o inexistencia de la infracción y por tanto, imponiendo o desestimando la sanción administrativa, según corresponda. En el primer caso las medidas preventivas se convertirán en medidas definitivas, y en el segundo caso, quedarán sin efecto. Que, la Ley Nº 211 de 23 de diciembre de 2011, en su Disposición Adicional Primera incorpora como segundo párrafo del Artículo 29 de la Ley 060, de 25 de noviembre de 2010, de Juegos de Lotería y de Azar, determinando que la Autoridad de Fiscalización del Juego, en cualquier estado del proceso sancionador, podrá adoptar las siguientes medidas preventivas: clausura, intervención o comiso preventivo. Que, el Artículo 30 de la Ley N° 060, prevé que las resoluciones sancionatorias serán ejecutadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego, con auxilio de la fuerza pública de ser necesario. La falta de pago de la multa dentro del plazo de tres (3) días hábiles siguientes a la notificación, ocasionará la clausura del establecimiento hasta su pago total más un recargo sobre el importe de la multa, calculado desde el primer día de mora hasta el día del pago, aplicando la tasa activa promedio anual efectiva del sistema bancario en moneda nacional publicada por el Banco Central de Bolivia, más un cinco por ciento (5%) sobre la tasa señalada. Sin perjuicio de la clausura, la Autoridad de Fiscalización del Juego podrá solicitar ante la instancia correspondiente, la retención de fondos del infractor en el sistema financiero, para el cobro de la multa; por su parte el Artículo 47 del Decreto Supremo Nº 2174, dispone que la resolución administrativa que emita la AJ, constituye título ejecutivo, en virtud al cual procederá la ejecución administrativa. CONSIDERANDO IV: Presentación de Descargos Que, los administrados Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp., habiendo sido notificados en forma personal en fecha 29 de septiembre de 2021 y mediante edictos en fecha 9 de noviembre de 2021 respectivamente, con el Auto de Apertura de Proceso Administrativo Nº 09-00034-21 de 21 de septiembre de 2021, sin embargo no presentaron descargos y/o alegaciones, dentro el plazo establecido por el parágrafo I del Artículo 37 del Decreto Supremo N° 2174, tendientes a desvirtuar las contravenciones establecidas en la Ley Nº 060 y la Resolución Regulatoria Nº 01-00008-15. Asimismo, cabe señalar que en fecha 27 de agosto de 2021, Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or., presentó nota en la cual adjunta la Declaración Voluntaria Notarial N° 552/2021 realizada ante la Notaria de Fe Publica N° 40 a cargo de la Dra. Nilda Terceros Salvatierra, cuyo contenido es el siguiente: “En esta ciudad de Santa Cruz de la Sierra- Bolivia a horas doce con diez minutos del día de hoy viernes veintisiete del mes de agosto de dos mil veintiuno ante mi Dra. NILDA TERCEROS SALVATIERRA NOTARIA DE FE PUBLICA Nº 40 de este municipio, comparece: FRANZ CARLO CHOQUE, con CI Nº 3420696 (nueve, tres, cuatro, dos, cero, seis, nueve, seis), soltero, Tec. en motores, con domicilio en Av. Paurito S/N, Z. Plan 3000, mayor de edad, hábil por ley y vecino de esta ciudad, a objeto de hacer la siguiente declaración voluntaria:
Yo, FRANZ CARLO CHOQUE con CI Nº 3420696, capaz a mi juicio para realizar el presente acto y a quien de identificar por la documentación que exhibe, doy fe y dice: Que, comparece de su libre y espontánea voluntad a objeto de realizar la presente declaración voluntaria: Declaro y manifiesto. Que, las dos (2) máquinas de juego son de mi propiedad y procedí a entregar las máquinas a la señora BETHSABE CHOQUE GUAIGUA, con CI Nº 5746235, las entregue para que ella trabaje y ganar en porcentaje (%), las mismas que fueron decomisadas por la Autoridad del Juego en fecha 9 de julio del 2021. Asimismo la señora BETHSABE CHOQUE GUAIGUA con CI Nº 5746235 firmara la declaración voluntario como conocimiento de lo declarado. Es cuanto tenemos a bien a declarar en honor a la verdad y para los fines consiguientes de ley”. En este contexto la Autoridad de Fiscalización del Juego, conforme los antecedentes y la documentación presentada a través de la emisión del Auto de Apertura de Proceso Administrativo Nº 09-00034-21 de 21 de septiembre de 2021 procedió a la identificación e individualización de los presuntos propietarios de las dos (2) máquinas de juego decomisadas conforme Acta de Decomiso Preventivo – JLAS N° 000761 y el formulario de inventario N° 001127 ambos de fecha 8 de julio de 2021 en el lugar de juego ilegal sin denominación, ubicado en la Avenida El Mechero N° 8125, zona Plan 3000 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, esto en aplicación del parágrafo I del Artículo 81 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo, concordante con el inc. a) del Parágrafo I del Artículo 32, inc. a) del Parágrafo II del Artículo 36 del Decreto Supremo N° 2174 de 05 de noviembre de 2014, esto en aplicación de los principios de sometimiento pleno a la ley y en específico el de verdad material. CONSIDERANDO V: Fundamentos Jurídicos del Fallo Que, en virtud a lo señalado se emitió el Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 09-00034-21 de fecha 21 de septiembre de 2021, en el que se dispone el inicio del proceso administrativo contra Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp., por la presunta infracción a los incisos a) La instalación de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional, c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, como dispone el numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15, por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego por dos (2) máquinas de juego ilegales en consecuencia serían merecedores a la sanción de UFV´s 10.000,00 (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), notificándose con el mismo a los administrados, como se evidencia de la diligencia de notificación de fecha 29 de septiembre de 2021 y publicación de fecha 9 de noviembre de 2021, abriéndose un plazo de diez (10) días hábiles administrativos para que presenten todas las pruebas y alegaciones de descargo, por infracciones a la Ley Nº 060. Que, el Artículo 37 del Decreto Supremo 2174, establece que los administrados contaban con todos los medios de prueba legales para desvirtuar las infracciones señalas en el Auto de Apertura de Proceso Administrativo tomando en cuenta que según la doctrina citada del autor V.J. Gonzales Pérez en su obra “El Procedimiento Administrativo” “la prueba es una actividad procesal encaminada a demostrar la exactitud o la inexactitud de determinados hechos que han de servir de fundamento para una decisión”, no habiendo la administrada ejercido tal potestad. Que, conforme dispone la doctrina se presume la legalidad, veracidad y legitimidad de los actos de la administración pública, no habiendo los administrados Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp., presentado ninguna alegación contra las infracciones señaladas en el Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 09-00034-20 de 21 de septiembre de 2021, en el término de prueba otorgado al efecto. Que, si bien los administrados no presentan alegatos o documentación de descargo en término probatorio en fecha 27 de agosto de 2021 Bethsabe Choque Guaigua presenta nota en la cual adjunta Acta de Declaración Voluntaria Notarial N° 552/2021 realizada ante la Notaria de Fe Pública N° 40 a cargo de la Dra. Nilda Terceros Salvatierra, a través de la cual el señor Franz Carlo Choque con C.I. 3420696, declaró ser propietario de las dos (2) máquinas de juego entregadas a Bethsabe Choque Guaigua para que ella trabaje y gane un porcentaje (%), en este sentido se evidencia que la administrada Bethsabe Choque Guaigua percibía ingresos provenientes de las máquinas de juego ilegal decomisadas objeto del presente proceso, que como señala el propietario en el acta de declaración voluntaria, además señala que se dividían las ganancias en porcentajes entre Franz Carlo Choque y Bethsabe Choque Guaigua, hecho corroborado mediante informe CITE: AJ/DRSC/DF/INF/1135/2021 de fecha 9 de julio de 2021 que señala en su parte pertinente que se realizó el sangrado de una de las máquinas de juego, que contenía un total de Bs. 113.00 (Ciento trece 00/100 Bolivianos), dinero que en su totalidad quedó en poder de Bethsabe Choque Guaigua asumiendo la responsabilidad del dinero obtenido de la actividad ilegal, la misma que firmó el Acta de Decomiso Preventivo JLAS Nº 0007611 y el Formulario de Inventario Nº 001127 como propietaria de las máquinas de juego, asimismo cabe señalar que la administrada Bethsabe Choque Guaigua a través de la firma del acta Notarial Voluntaria otorga su conformidad y aprobación con lo declarado por Franz Carlo Choque aceptando implícitamente su responsabilidad sobre las dos (2) máquinas de juego ilegal decomisadas. Que, el Artículo 28 Parágrafo I, numeral 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 060, refieren que constituye infracción grave, sancionada con el comiso definitivo de la máquina y/o medio de juego y multa de UFV´s 5.000 (Cinco Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por cada máquina o medio de juego, la instalación, utilización y desarrollo de máquinas o de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego y desarrollar actividades de juego de lotería o de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, esto concordante con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15. Que, la Ley N° 060 de 25 de noviembre de 2010, establece un nuevo régimen legal para los juegos de lotería, de azar y sorteos, que de conformidad al Artículo 13 parágrafo I, y Artículo 27 parágrafo I, determinan que pueden explotar la actividad de juegos de azar y sorteos, únicamente las personas jurídicas de carácter privado establecidos en el país, que tengan como giro comercial dicha actividad, previa la obtención de la licencia de operaciones otorgadas por la AJ, hecho que no aconteció con los administrados. Que, se debe establecer que la Autoridad de Fiscalización del Juego tiene amplias facultades para ejercer la fiscalización, inspección y control a los operadores de juegos, además de aplicar y ejecutar sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la Ley N° 060. Por tanto, ante la existencia de indicios o pruebas que acrediten la comisión de cualquier infracción administrativa tipificada en el Artículo 28 de la precitada Ley, la AJ es competente para desarrollar el proceso sancionador de acuerdo a las normas de la Ley 2341 de 23 de abril de 2002, Decreto Supremo N° 2174 de fecha 5 de noviembre de 2014 y a la Resolución Regulatoria 01-00008-15. Que, el Artículo 27 parágrafo I numeral 7 del Reglamento de Desarrollo Parcial de la Ley Nº 060 de 25 de noviembre de 2010 aprobado mediante Decreto Supremo N° 0781 de 2 de febrero de 2011 dispone que la AJ podrá adoptar medidas preventivas en el desarrollo de los juegos y medios de juego, norma concordante con lo establecido por el Artículo 35 del Decreto Supremo N° 2174, que señala que: ”la AJ en cualquier estado del proceso sancionador y hasta antes de emitir el acto administrativo definitivo que corresponda para asegurar la ejecución de los resultados de la resolución, podrá adoptar una o varias medidas preventivas”; consecuentemente, la AJ adoptó medidas preventivas en el lugar de Juegos ilegal sin nombre, realizándose el decomiso de dos (2) máquinas de juego. Que, es obligación de los operadores de juegos regulados por la Ley Nº 060 de 25 de noviembre de 2010, el obtener la licencia o autorización para el desarrollo de las actividades de juegos de lotería y de azar; el permitir y facilitar las actividades de fiscalización e inspección que realice la AJ, de sus establecimientos, tipos de máquinas y su funcionamiento; estando expresamente prohibido el operar juegos sin licencia de operaciones de la Autoridad de Fiscalización del Juego, corresponde el procesamiento de la infracción por vulneración de la norma legal, y estando probada la misma, sancionarse la contravención con la imposición de las multas correspondientes, todo ello resguardando el derecho a la defensa que establece el Artículo 117. I de la Constitución Política del Estado, que determina que ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso. Que, conforme a los argumentos de carácter legal esgrimidos, se concluye que la AJ ha actuado en apego estricto a la Ley que norma y regula la actividad del juego, en consecuencia no existiendo argumento legal que desvirtué las infracciones por parte de Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp., habiendo adecuado su accionar a lo establecido por los incisos a) La instalación de cualquier otro medio de juego que no sea autorizado por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de máquinas que se activen u operen con dinero de curso legal y c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, como dispone el numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley N° 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15 por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego con dos (2) máquinas de juego, por lo que se debe proceder a emitir la sanción correspondiente tomando en cuenta dichas disposiciones, por haber desarrollado la explotación de juegos de azar sin la respectiva licencia de operaciones otorgada por la Autoridad de Fiscalización del Juego; corresponde el comiso definitivo de dos (2) máquinas de juego, e imponer una multa de UFV’s 10.000 (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), conforme al siguiente detalle: CANTIDAD DE MÁQUINAS Y/O MEDIOS DE JUEGO
MULTA POR MÁQUINA O MEDIO DE JUEGO
TOTAL VALOR
2
5.000 UFV´s
10.000 UFV´s
Que, los administrados Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp., deberán cancelar por concepto de multa un total de UFV´s 10.000.- (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda). Que, el Informe Técnico con CITE: AJ/DNF/DFC/INF/645/2021 de 01 de diciembre de 2021, concluye que, ante la falta de presentación de descargos técnicos al Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 09-00034-21 del 21 de septiembre de 2021, por parte de la Sra. Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp, se ratifican las infracciones establecidas en los incisos a), b) y c) del numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley N° 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-0008-15 del 27 de noviembre de 2015, por el decomiso preventivo de dos (2) máquinas de juego. Que, el Informe Legal con CITE: AJ/DNJ/DGJ/INF/549/2021 de 08 de diciembre de 2021, concluye que efectuado el análisis y valoración de la documentación adjuntada, se evidencia que Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp, han adecuado su accionar en lo establecido por los incisos a) La instalación de cualquier otro medio de juego que no sea autorizado por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de máquinas que se activen u operen con dinero de curso legal y c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, como dispone el numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley N° 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15 por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego con dos (2) máquinas de juego, por lo que recomienda se emita la respectiva Resolución estableciendo la comisión de la infracción descrita, procediéndose al comiso definitivo de dos (2) máquinas de juego, correspondiendo la aplicación de la multa de 10.000.UFV´s (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda) por las máquinas de juego. POR TANTO: La suscrita Directora Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego, en uso de las facultades conferidas por el inciso i) del Artículo 26 de la Ley N° 060 de Juegos de Lotería y de Azar de 25 de noviembre de 2010 y su Reglamento, RESUELVE: PRIMERO.- Establecer la existencia de una infracción grave, en la conducta de Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp, prevista en los incisos a) La instalación de cualquier otro medio de juego que no sean autorizadas por la Autoridad de Fiscalización del Juego, b) Utilización de otros medios de juego que se activen u operen con dinero de curso legal nacional, c) Desarrollar actividades de juego de azar sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego, como dispone el numeral 2, parágrafo I del Artículo 28 de la Ley Nº 060 concordantes con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 0100008-15, por instalar, utilizar y desarrollar actividades de juego de azar sin la autorización y sin licencia de la Autoridad de Fiscalización del Juego con dos (2) máquinas de juego ilegal decomisadas en el lugar de juego ilegal ubicada en la Avenida El Mechero N° 8125, zona Plan 3000 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; asimismo, de conformidad con el Artículo 38, parágrafo II, inciso e) del Decreto Supremo N° 2174 de 5 de noviembre de 2014, se dispone el DECOMISO DEFINITIVO de dos (2) máquinas de juego ilegal, conforme Acta de Decomiso Preventivo – JLAS N° 000761 de fecha 8 de julio de 2021 y el Auto de Apertura de Proceso Administrativo N° 09-00034-21 de fecha 21 de septiembre de 2021. SEGUNDO.- Sancionar a Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp, con la imposición de la multa de UFV´s 10.000,00 (Diez Mil 00/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), por dos (2) máquinas de juego ilegal, conforme lo determinado en el Artículo 28, Parágrafo I, numeral 2, incisos a), b) y c) de la Ley N° 060 concordante con los Artículos 9, 10 y 11 de la Resolución Regulatoria N° 01-00008-15. TERCERO.- Los administrados Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp, tienen el plazo improrrogable de tres (3) días hábiles para el pago de la citada multa computables desde el día siguiente de la notificación con la presente resolución, en la Cuenta de la Autoridad de Fiscalización del Juego N° 10000019494305 del Banco Unión S.A., caso contrario se aplicará el recargo sobre el importe de la misma, hasta el día del pago, en aplicación del Artículo 30 de la Ley N° 060 concordante con el Artículo 51 del Decreto Supremo Nº 2174. CUARTO.- La presente resolución es impugnable en el plazo de diez (10) días hábiles a partir de su notificación, pudiendo los administrados Bethsabe Choque Guaigua con CI N° 5746235 Or. y Franz Carlo Choque con CI Nº 3420696 Lp, hacer uso del recurso previsto por la Ley Nº 2341 de 23 de abril de 2002, concordante con el Artículo 32 de la Ley N° 060, y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 41 del Decreto Supremo N° 2174. QUINTO.- La presente Resolución Sancionatoria se constituye en Título Ejecutivo, a ser efectiva en la vía administrativa, en estricta aplicación del parágrafo I del Artículo 55 de la Ley N° 2341 y el parágrafo I del Artículo 47 Decreto Supremo Nº 2174, en este sentido, ante la falta de pago de la multa establecida se procederá a ejecutar las medidas previstas en el parágrafo II del Artículo 3 de la Ley Nº 717 que incorpora el inciso l) al Artículo 26 de la Ley Nº 060. SEXTO.- La presente Resolución Sancionatoria, al contener montos líquidos y exigibles, una vez que adquiera firmeza administrativa, constituirá título coactivo suficiente y se hará efectiva mediante la vía jurisdiccional legal y competente, en estricta aplicación del numeral I del Artículo 55 de la Ley Nº 2341. SÉPTIMO.- En el caso de efectuar el pago de la sanción impuesta en la presente Resolución Sancionatoria, los administrados tienen la obligación de presentar la Boleta de Depósito o Transferencia en fotocopia legible ante la Autoridad de Fiscalización del Juego – AJ. OCTAVO.- Para interponer el Recurso de Revocatoria, los administrados deberán acompañar el original del depósito bancario o la boleta de garantía bancaria de seriedad de cumplimiento de ejecución inmediata en moneda nacional por el plazo de un (1) año equivalente a la sanción impuesta establecida en la presente Resolución Sancionatoria, de acuerdo a lo previsto por el por numeral IV del Artículo 41 del Decreto Supremo N° 2174. NOVENO.- De conformidad con el parágrafo III del Artículo 33 de la Ley N° 2341 y Artículo 29 del Decreto Supremo N° 2174, se dispone que los administrados deben señalar domicilio para su respectiva notificación dentro de la jurisdicción municipal de la sede de funciones de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad de Fiscalización del Juego (La Paz); o dentro de la jurisdicción municipal de las Direcciones Regionales (Cochabamba o Santa Cruz); alternativamente conforme señala el Artículo 30 del Decreto Supremo N° 2174, los administrados podrán comunicar para la notificación del acto administrativo un número Fax o Correo Electrónico, caso contrario se tendrá como domicilio la Secretaria de la Dirección Nacional Jurídica de la Autoridad de Fiscalización del Juego. DÉCIMO.- Una vez que la presente Resolución Sancionatoria adquiera calidad de firmeza administrativa, de conformidad a lo establecido en el Artículo 2 parágrafo II de la Ley N° 717 de 13 de julio de 2015 que modifica el segundo párrafo del numeral 2, Parágrafo I del Artículo 28 de la Ley N° 060, se procederá a la subasta o inhabilitación, desmantelamiento y/o destrucción de dos (2) máquinas de juego ilegal y su consiguiente exportación de acuerdo a reglamento. Regístrese, notifíquese y archívese. FIRMA Y SELLA: JESSICA PAOLA SARAVIA ATRISTAIN.-------------------------------------------------------------------------DIRECTORA EJECUTIVA.------------------------------------------------------------------------------------------------------------AUTORIDAD DE FISCALIZACIÓN DEL JUEGO - AJ.-------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& ES CUANTO SE HACE CONOCER MEDIANTE EL PRESENTE EDICTO AL ADMINISTRADO FRANZ CARLO CHOQUE con C.I. N° 3420696 L.P. PARA LOS FINES DE LEY. La Paz, 20 de diciembre de 2021
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
Últimas La Comisión Mixta Especial de Investigación sobre la Retardación en la Atención y Resolución de Casos de Feminicidio ayer brindó su informe de conclusiones ante el pleno de la Asamblea Legislativa plurinacional (ALP), que fue aprobado por unanimidad. Durante su trabajo de fiscalización y seguimiento a los casos de feminicidio remitió un total de 290 recursos de fiscalización, entre peticiones de informe oral y escrito, minutas de comunicación y notas de solicitud a varias instituciones del Estado. El documento que fue aprobado por unanimidad detalla las acciones de fiscalización y gestión desarrolladas. Incluye recomendaciones al Ministerio Público, la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia, el Consejo de la Magistratura, las alcaldías y gobernaciones para fortalecer la lucha contra este flagelo. “La Comisión ha culminado su trabajo y presentó su informe y conclusiones que ahora es de conocimiento pleno de la Asamblea, por lo que se pone a consideración el informe y el proyecto propuesto”, dijo el presidente nato de la Asamblea Legislativa, David Choquehuanca, en el inicio de la sesión.
POR UNANIMIDAD
Pleno de la ALP aprueba informe de la Comisión de Feminicidios En el trabajo de fiscalización se sostuvieron 25 sesiones para analizar caso por caso las denuncias de los familiares de las víctimas. La senadora Andrea Barrientos expuso las cifras de los casos de feminicidio a nivel nacional y afirmó que “la lucha contra el feminicidio no tiene colores políticos”. Según el informe, desde 2013 hasta 2019 existen 777 casos, de los cuales 209 todavía se encuentran abiertos. La diputada Estefanía Morales recomendó un control permanente y fiscalización de los casos de feminicidio desde la gestión 2013, capacitar al personal en el Órgano Judicial y adoptar políticas públicas en favor de las mujeres.
Parlamentarios en sesión ordinaria de la ALP aprueban el informe de la Comisión de Feminicidios.
11 MESES Y 28 DÍAS TRABAJÓ LA COMISIÓN DE FEMINICIDIOS.
// FOTO: APG
• Romina Montoya
// FOTO: RRSS
PLAN COMPRA Y CONSUME SEGURO
Defensa del Consumidor ejecuta operativos de control de calidad • Romina Montoya
El Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y Consumidor desarrolló ayer operativos en centros de abasto de las ciudades de Santa Cruz de la Sierra y Oruro, en el marco del Plan Compra y Consume Seguro.
Control de la calidad del producto en el mercado La Ramada, de Santa Cruz.
El trabajo se desarrolló en coordinación con los gobiernos autónomos municipales, el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag) y la Policía Boliviana. El objetivo de estos operativos fue desarrollar controles a la calidad de los productos, registro sanitario y fecha de vencimiento en este mes cuando las amas de casa se vuelcan a los mercados para adquirir sus productos para las fiestas de fin de año.
En el mercado La Ramada de Santa Cruz se decomisaron productos que no contaban con el registro sanitario como ser sidras Del Valle, refrescos en lata, dulce de leche, panetones, ADES litro, yerba mate, durazno al jugo, picadillos, aceite Grano de Oro, cerveza, Toddy, Cappuccino, Nescafé, leche NAN, Nido en lata y Sancor. En Oruro se identificó la comercialización de productos de contrabando y otros que tampoco tenían registro sanitario.
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
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Últimas POR DISPOSICIÓN JUDICIAL
Argentina repatrió a tres menores bolivianos Su tía materna se hará cargo de ellos porque quedaron huérfanos y en estado de indefensión. // FOTO: RICARDO DÍAZ
• Redacción Central
El Juzgado Civil 88 de Argentina autorizó el viaje de los menores Jon Benjamín R., Nahuel Matheu C.R. y Matías Ramón R. al territorio boliviano para estar con su tía materna. Los tres menores arribaron anoche al país.
• Redacción Central
El Gobierno nacional emitió el Decreto Supremo 4641 que autoriza la implementación del carnet de vacunación contra el Covid-19 en todo el territorio nacional como el documento oficial certificado por el Ministerio de Salud, que acredita que una persona fue vacunada. La norma que se encuentra en la Gaceta Oficial tiene cinco artículos, una disposición transitoria única y una disposición final. El decreto especifica que el Ministerio de Salud es la instancia encargada de la certificación de los datos del carnet de vacunación contra el Covid-19. Esta información se obtendrá del Registro Nominal de Vacunación Electrónico - RNVe, y será firmada digitalmente y encripta-
La tía abraza a los niños en el aeropuerto de El Alto.
ron que los niños no tenían a alguien que se haga cargo de ellos en Argentina, por ello se determinó que la tía materna que vive en Bolivia los cobije de inmediato. En la parte resolutiva, el oficio judicial autorizó viajar a los menores a la ciudad de La Paz desde Buenos Aires. Los niños estuvieron acompañados por un personal con-
sular para garantizar la seguridad durante el viaje. SITUACIÓN DE LA TÍA Se conoció que Rosa R.M., hermana de la fallecida, es estudiante universitaria y que se dedica a vender ropa para subsistir. Ella se hará cargo de sus sobrinos que quedaron en orfandad en Buenos Aires.
EN FORMATO FÍSICO O DIGITAL
Decreto autoriza carnet de vacunación anticovid // FOTO: MINISTERIO DE SALUD
De acuerdo con los antecedentes, el 24 de febrero la ciudadana boliviana Rocío R.M. fue asesinada en territorio argentino por su pareja y dejó en la orfandad a los tres menores. Ante esta situación, los niños quedaron indefensos, por ello se hicieron las gestiones para repatriarlos y protegerlos. Anoche llegaron al aeropuerto de El Alto. Las autoridades judiciales del país vecino advirtie-
Inmunización a la ciudadanía.
da para su seguridad y validez jurídica, nacional, portable, verificable, segura y gratuita. El documento acredita que el portador está vacunado contra el Covid-19 conforme al
esquema de inmunización correspondiente. La presentación del carnet de vacunación en formato físico o digital se efectuará ante las instancias que así lo requieran.
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
Últimas POR EL CASO PUBLICIDAD FANTASMA
Luis Fernando Camacho es citado para que declare como testigo Rubén Costas habría desviado Bs 700.000 para la campaña de Roly Aguilera. Está previsto que el Gobernador declare hoy por la tarde. // FOTO: ARCHIVO
• ABI / Redacción Central
El Gobernador cruceño en entrevista con la prensa.
se pueda esclarecer el caso de supuesta publicidad fanEl fiscal departamental de tasma que se investiga. Él Santa Cruz, Róger Mariaca, (Fernando Camacho) va a ser reveló que el gobernador citado en calidad de testigo”, Luis Fernando Camacho indicó a Bolivia TV. será convocado a declarar El secretario de en calidad de testigo en el Justicia de la Gomarco de las investigacio- bernación crucenes del caso denominado ña, Efraín Suápublicidad fantasma. rez, denunció el lunes que en la gestión “Con relación al hecho que se del exgoberinvestiga en la Gobernación, nador Rubén se tiene que el martes se han Costas se destidesarrollado actuaciones (…) nó presuntamente tengo entendido que se emi- un presupuesto públitieron citaciones en calidad co superior a Bs 700.000 de de testigos a funcionarios ac- la información de lucha contuales y exfuncionarios de la tra el Covid-19 para apoyar la Gobernación, a efecto de que candidatura de Roly Aguilera
a la Alcaldía de Santa Cruz de la Sierra. Mariaca explicó que el juez de medidas cautelares ya definió para este 29 de diciembre la audiencia. Los denunciados son el exgobernador Rubén Costas; el excandidato a la Alcaldía Roly Aguilera y el concejal Manuel Saavedra, quienes deberán presentar su defensa correspondiente. TESTIMONIO De acuerdo con la orden fiscal, Camacho deberá presentarse hoy a las 15.00 en la División Especializada de Lucha Contra la Corrupción de la Fiscalía cruceña. El caso es investigado por la presunta comisión de los delitos de incumplim iento de deberes, conducta antieconómica, uso indebido de influencias y malversación. Respecto a la denuncia, Rubén Costas habría utilizado dinero de la Gobernación en la campaña política de Demócratas en las pasadas elecciones subnacionales.
// FOTO: ARCHIVO
EN LA GESTIÓN 2020
Arias anuncia juicio contra Revilla por cobro “ilegal” de impuestos • ABI
El Alcalde paceño Iván Arias anunció que iniciará un proceso judicial contra su antecesor Luis Revilla por el cobro “ilegal” de impuestos adelantados por un monto de Bs 260 millones. Al agregar que la demanda judicial incluirá a los concejales que aprobaron ese cobro, Arias dijo que para el proceso judicial tiene como sustento informes de la Contraloría, del Ministerio de Economía y del Tribunal Constitucional Plurinacional. “El señor Revilla ha cobrado 260 millones por impuestos adelantados. Según sus asesores, eso era legal. Resulta que
el Ministerio de Economía y Finanzas, la Contraloría y el Tribunal Constitucional nos respondieron, ése es el trámite que he hecho, me he tardado, me he tomado mi tiempo y nos han señalado ya que eso es ‘ilegal’; y que, por lo tanto, al señor Revilla y a los concejales que han aprobado aquello se les va a iniciar proceso, y eso ya lo estoy iniciando”, indicó, según declaraciones difundidas en la página de Facebook del municipio paceño. “Ya tengo los suficientes respaldos (para el proceso), ése
260
es el tema que estamos haciendo”, añadió Arias. Se tienen en análisis al menos seis procesos contra el exalcalde Revilla, aunque se desconoce de qué tratan. En 2020, informa El Deber, el municipio de La Paz efectuó el cobro adelantado de impuestos para cubrir el presupuesto de la ciudad en plena pandemia, que no sólo era para inmuebles, sino también para vehículos. En los surtidores de gasolina, funcionarios municipales ofrecían descuentos por el pago adelantado.
MILLONES de bolivianos es el monto cobrado por Revilla y los concejales para cubrir el presupuesto de la ciudad en la pandemia.
Un encuentro ameno luego de las elecciones subnacionales.
Deportivo
JUEVES / 23 / 12 / 2021
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// FOTO: JORGE MAMANI
Deportivo
Escuela de fútbol Cañada Strongest proclama a sus campeones • Ahora El Pueblo
L
a Escuela de Fútbol del club The Strongest ‘Cañada Strongest’, que funciona en la cancha de la calle Yungas, proclamó ayer a los campeones de las categorías Sub-15 y Sub-17, en el cierre de la gestión 2021. El campeonato llevó el nombre de ‘Ángel de la Barra’ en homenaje al exentrenador de la escuela. El encargado de las categorías Sub15 y Sub-17, Prof. Edgar Quispecahuana
Fernández, al hacer un balance de la gestión, señaló: “Ha sido una temporada efectiva y positiva, porque los jugadores fueron creciendo en lo futbolístico con un rendimiento progresivo dentro el campo de juego, con buen dominio de balón y un buen desarrollo en lo técnico-táctico”. Otro aspecto que destacó en los jóvenes que forman parte de la Escuela es que trabajaron con ganas de salir adelante en base a las características del jugador stronguista, con garra espíritu, coraje y actitud, que lo adquieren
y demuestran en cada entrenamiento y en los partidos. “Muchos jugadores que representaron a la escuela en competencias en los que participaron demostraron responsabilidad y disciplina dentro el campo de juego”, añadió. Agradeció el apoyo decidido de los padres de familia y el compromiso de los alumnos. “Agradecer a Dios por haber guiado mi camino hacia la institución para trabajar con jóvenes ricos en sentimientos, valores, principios y emociones”, puntualizó.
Un diezmado Real Madrid gana y se mantiene líder en el fútbol español
// FOTO: GOAL.COM
Gracias a un doblete del francés Karim Benzema (foto), el Real Madrid se impuso por 2-1 en su visita al Athletic de Bilbao (10º) y se afianza como líder de La Liga con una diferencia de ocho puntos sobre el Sevilla su inmediato
perseguidor. Fue el último partido de 2021 para el cuadro blanco que cierra un excelente semestre. Apenas habían pasado tres minutos, cuando Benzema dejó un sello de su calidad: tras recibir un pase de Toni
Kross en el vértice del área, el delantero francés conectó un disparo a colocar que tomó una comba perfecta para meterse por el segundo palo del arco defendido por el joven Julen Agirrezabala. Solo cuatro minutos después, el artillero galo que lleva 15 tantos en este certamen aprovechó un mal rechace de la defensa vasca para definir mano a mano y poner a su equipo con dos goles de ventaja, un premio inesperado ya que el Real Madrid se presentaba en Bilbao sin muchos de sus jugadores, infectados con el covid-19: Modric, Marcelo, Asensio, Alaba, Rodrygo, Isco, Bale y Lunin. El punta francés de 34 años, que fue nominado al Balón de Oro este año, demostró por qué sigue siendo clave en el conjunto de Carlo Ancelotti que ha eclipsado La Liga. Por eso, en conferencia de prensa el entrenador se deshizo en elogios hacia él: “Vaya delantero, vaya capitán, gran jugador, gran hombre, persona muy fuerte, muy humilde...”.
CAMPEONES El equipo Greenblack ganó el título de la categoría Sub-15. Subcampeón: Los Tilines. Tercero: Key Seven, Cuatro: Garritas Élite, y quinto Bélgica. En la Sub-17, el plantel de Los Tiki Taka conquistó el primer lugar, seguido por Los Amantes de tu Ex, Los Jokollos, Los Chikoteadores, La Mera salchipapa y Los Dinos. La Escuela de fútbol ‘Cañada Strongest’ ingresó en receso hasta el 3 de enero del próximo año cuando se reanudarán sus actividades.
PSG rescata un punto ante el Lorient París Saint-Germain salvó un empate sobre la hora gracias al tanto de Mauro Icardi en la última jugada del encuentro como visitante ante Lorient, por la fecha 19 de la Ligue 1 de Francia. PSG no tuvo un buen desempeño ante un equipo que marcha penúltimo en la tabla y que ocupa puestos de descenso. Además, terminó con diez por la expulsión del español Sergio Ramos, quien había ingresado en el inicio del complemento, tras dos tarjetas amarillas casi consecutivas en los minutos 81 y 85. Thomas Monconduit anotó a los 40 del primer tiempo para Lorient, mientras que Mauro Icardi niveló a los 91 minutos para el conjunto de Mauricio Pochettino que no contó con una de sus grandes figuras, Kylian Mbappé, por estar sancionado. Tampoco con Neymar, quien se recupera de una lesión. El PSG manda en la Ligue 1 con 46 puntos, 13 más que el Niza y el Olympique de Marsella (ambos con 33).
// FOTO: BeSoccer
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Deportivo
JUEVES / 23 / 12 / 2021
Always Ready contrata al brasileño Kelvin Mateus
• Ahora El Pueblo
E
l delantero brasileño Kelvin Mateus es el nuevo refuerzo del club Always Ready para la temporada 2022. El jugador con una extensa trayectoria tiene como principal referencia haber jugado con el Porto FC de Portugal la Liga de Campeones de la edición 2014. A través de su página oficial confirmó el fichaje con la frase: “Bienvenido Kelvin Mateus”. En esta temporada, el futbolis-
ta jugó en el Vila Nova Futebol Clube de la serie B brasileña, club con el que jugó 47 partidos y anotó tres goles. Según sus características, es un jugador veloz, hábil en el dominio de la pelota con el pie izquierdo y tiene buen disparo de media distancia. El jugador de 28 años se inició en el Paraná en 2010, luego paseó su fútbol por los clubes Porto (2011 y 2019), Rio Ave FC (2012), Palmeiras (2015), Sao Paulo (2016), Vasco da Gama (20172018), Fluminense (2019), Coritiba (2019-2020), Avaí FC (2020) y Botafogo (2020-2021).
Por su experiencia y nivel de juego será un importante aporte para los objetivos que se ha trazado la dirigencia en los torneos locales y en la fase de grupos de la Copa Libertadores. Mateus es el sexto refuerzo del equipo millonario para la próxima temporada. Hasta ayer confirmó la contratación del mediocampista Elkin Blanco (colombiano), el arquero Arnaldo Giménez (paraguayo-boliviano), el defensor Adrián Martínez (venezolano), el volante Gustavo Cristaldo (paraguayo) y el defensor Denilson Valda (boliviano).
La dirigencia de Always Ready tiene prácticamente completo el cupo de extranjeros, que según reglamento se puede registrar en unaño a seis. Por otro lado, el equipo preprofesional se coronó campeón del torneo de Reservas. El presidente Andrés Costa felicita al cuerpo técnico y al plantel. “Quiero felicitar a el profesor Pablo Andrés Godoy y todo su cuerpo técnico. A todos los jugadores que dejaron la vida por esta camiseta, trabajaron muchísimo para conseguir este objetivo. Su momento en primera ha llegado… somos campeones”, señaló.
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Inde se queda sin jugadores que ganaron el título Independiente cada día que pasa se queda sin la mayoría de los jugadores que conquistaron su primer título en la historia del fútbol profesional. La presidenta de la entidad, Jenny Montaño (foto), dijo que el éxodo de futbolistas tiene que ver con la parte económica. “Debo aclarar a nuestra hinchada que económicamente el club no puede competir con Always Ready, The Strongest, Bolívar u otro club que tiene un buen soporte financiero. Nosotros realizamos
propuestas a los jugadores para que continúen en el plantel, pero ellos también tienen derecho a crecer”, dijo respecto a la salida de los jugadores. Afirmó que la migración de los principales referentes del equipo que conquistó la corona no mermará la propuesta futbolística que presentará el cuerpo técnico al mando de Marcelo Robledo en la temporada 2022. trabajan“Estamos do para firmar contratos, analizamos las carpetas de varios jugadores, tene-
mos valores en el fútbol boliviano y estoy convencida que debemos dejarlos crecer. El club si subirá la planilla, pero no nos vamos a sobrepasar por nada del cálculo que hicimos de acuerdo a los ingresos, analizamos la parte económica con mucha responsabilidad”, añadió. Del equipo campeón ya dejaron el equipo los futbolistas Juan Godoy y Elder Arauz (Guabirá), Martín Prost (The Strongest), y Gustavo Cristaldo y Denilson Valda (Always Ready).
Deportivo
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JUEVES / 23 / 12 / 2021
Raúl Castro jugará en Wilstermann el 2022
El Tigre define hoy el fichaje de Riquelme y Sanguinetti • Ahora El Pueblo
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a dirigencia del club The Strongest anunció que hoy se definirá la contratación del delantero Marcos Riquelme y del mediocampista Javier Sanguinetti. Los dos jugadores argentinos deben responder a la propuesta económica que les ha planteado la entidad atigrada. “Este jueves se definirá si Riquelme y Sanguinetti juegan la próxima temporada en The Strongest. Las gestiones están avanzadas, hay acuerdos preliminares pero la última palabra la dará a conocer el presidente del club, Ronald Crespo”, dijo el fiscal general de la entidad Javier Hinojosa. Dijo que por una cuestión de responsabilidad no se puede anunciar nada oficial mientras no se tenga firmado el contrato. “Eso nos pasó con el caso de Gustavo Cristaldo, con quien ya teníamos el compromiso de palabra y a fe de hombre pero de pronto aparece firmando con Always Ready; por eso nos es bueno confiar mucho porque suceden estas cosas, aunque son los empresarios los que siempre tratan de sacar más ventaja económica y eso pasó con Cristaldo”, añadió. DOS SORPRESAS Anticipó que el presidente del club dará a conocer el
nombre de dos jugadores, de buen nivel, con quienes ya está prácticamente cerrado el acuerdo. “Es una potestad de Ronald informar quiénes son, por lo menos a ese acuerdo se llegó para no entorpecer las negociaciones”, subrayó sin relevar las nacionalidades ni los puestos en los que se desempeñan. En el caso del delantero uruguayo Leonardo Melazzi, señaló: “Está apalabrado pero no cerrado. Él tiene ofertas de otros lados y está esperando si alguno le convence sino vendrá para jugar en The Strongest. Tampoco que-
remos apresurarnos para no quemar de golpe el cupo de extranjeros”, complementó. Reiteró que hasta ahora ya han sido contratados los jugadores Luciano Ursino, Iván Huayhuata, Óscar Ribera, Juan Pablo Aponte, y estarán de vuelta Daniel Camacho, Gabriel Sotomayor y Henry Vaca. Sobre la posible vuelta de Alejandro Chumacero, quien ha quedado desligado de Unión Española de Chile, dijo: “Por ahora, no está en planes del club y tampoco hemos tratado su posible contratación”, puntualizó.
El mediocampista paceño Raúl Castro confirmó que la próxima temporada jugará en el club Wilstermann de Cochabamba. “Estamos a un paso de Cochabamba, de jugar en Wilstermann y ojalá se pueda dar. Estuve muchos años en el Tigre, ocho años y la verdad pasé lindos momentos, pero toca ir a otro lado a hacer historia, a sumar títulos”, dijo Castro. Expresó su deseo de continuar en el Tigre pero ningún dirigente lo llamó para ver la posibilidad de alargar el contrato. “Hubiera querido quedarme en el Tigre, pero nadie se comunicó conmigo, esperé hasta lo último pero no pasó nada. Sólo mis compañeros me llamaron y
se molestaron porque no se me dijo nada”, subrayó. El futbolista deja Achumani, que lo considera como un segundo hogar, después de ocho años con cierta amargura y dolor por todos los momentos que vivió en el club que lo lanzó al profesionalismo. “Llegar al Tigre fue un salto muy grande, importante, porque estuve mucho tiempo en la Asociación, tuve que trabajar mucho alcanzar el objetivo”, añadió. Agradeció al expresidente de la entidad Kurt Reintsch, porque en su gestión llegó para defender la divisa atigrada. Finalmente, afirmó que con el equipo aviador quiere ganar todos los títulos que estén en juego el 2022.
‘Copito’ Andrada será el técnico de Real Tomayapo El técnico de Real Tomayapo en la temporada 2022 será Víctor Hugo Andrada, quien reemplazará en el cargo a Álvaro Peña. A la finalización del torneo de la División Profesional, la directiva comenzó a planificar la contratación del nuevo cuerpo técnico y de jugadores para conformar el equipo que encarará los tres torneos de la próxima gestión. Al equipo chapaco no le fue tan bien en la temporada que finaliza porque los resultados no le acompañaron para lograr el objetivo de clasificar a una competencia internacional; sin
embargo para ser su primer año en el profesionalismo, la presidente de la entidad, Danitza Soliz calificó de “un año aceptable”. En ese marco se planteó que para la temporada 2022 armará un equipo competitivo que pele por conseguir la clasificación a una competencia internacional. “Vamos a tratar de armar un equipo que nos permita luchar por la clasificación a una Copa Internacional”, sostuvo Soliz. En coordinación con el DT Víctor Hugo Andrada se comenzará a firmar contrato con los jugadores que se quedarán y los que vendrán .
Deportivo
JUEVES / 23 / 12 / 2021
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Deportivo
La Copa Bolivia reunirá a 96 equipos de la División Profesional y Aficionados • Ahora El Pueblo
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partir del mes de marzo del siguiente año se jugará un inédito campeonato que controlará la Federación Boliviana de Fútbol a través del Departamento de Competiciones. El torneo, denominado Copa Bolivia, congregará a la mayor cantidad de equipos del fútbol profesional y aficionado. El certamen reunirá en una primera instancia a 72 equipos de las nueve asociaciones, ocho por cada una. La Copa Bolivia se jugará en una primera instancia en tres fases regionales. La fase 1 regional se jugará del 14 al 20 de marzo, con ocho representantes de cada Asociación que se eliminarán en un partido. Clasifica-
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FASES comprenderá la Copa Bolivia. La primera ronda será regional entre los equipos de las nueve asociaciones, y la segunda será Nacional, con la presencia de clubes de la División Aficionados y Profesional. rán a la próxima ronda cuatro equipos por Asociación. La fase 2 regional se disputará del 25 al 31 de marzo, con cuatro representantes de cada Asociación que se eliminarán en un partido. Avanzarán a la próxima ronda dos clubes por Asociación. La fase 3 regional se jugará en una
fecha que se determinará en la próxima reunión de Consejo de la FBF, con dos representantes de cada Asociación que se eliminarán en un partido. Clasificarán a la fase 1 Nacional un club por Asociación. Los nueve clubes de las asociaciones se acoplarán a los siete clubes de las asociaciones que se clasificaron a los cuartos de final de la edición 2021 de la Copa Simón Bolívar. Los 16 clubes de la División Aficionados participarán en las fases nacionales. La segunda ronda de la Copa Bolivia se jugará en junio entre los 16 clubes de la División Aficionados más los 16 clubes de la División Aficionados. En total serán 32 equipos que disputarán la fase nacional. La modalidad y las fechas de los partidos será definidas por la Dirección de Competiciones de la Federación Boliviana de Fútbol.
“Está definido que en la próxima temporada se jugará la Copa Bolivia, que reunirá a 96 equipos de la División Profesional y Aficionados. Será un torneo que unificará de alguna manera el fútbol boliviano a través de un campeonato en el que participarán equipos de las asociaciones y del fútbol profesional”, dijo el director de Competiciones de la FBF, Klaus von Landwust Anticipó que en una próxima reunión de dirigentes se darán a conocer más detalles sobre la forma de juego. Contó que la propuesta recibió el apoyo unánime de los dirigentes que asistieron al Congreso Extraordinario de la entidad federativa. El certamen que arrancará en marzo finalizará en diciembre con la disputa de la final.
En la gestión 2022 tendremos competencia durante todo el año. La Copa Bolivia ya fue aprobada, la siguiente semana tendremos reunión para detallar la modalidad, tenemos adelantados varios datos, pero también elaboraremos una reglamentación para evitar futuros problemas, esos temas los vamos a definir la siguiente semana”. Edwin Callapino Dirigente del fútbol Aficionado