Sus propios testigos confirman que Añez se autoproclamó en 2019
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EDICIÓN DIGITAL
PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • JUEVES 28 DE ABRIL DE 2022 • AÑO 2 • NRO. 362 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • 40 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL
Incremento salarial: 4% al mínimo nacional y 3% al haber básico
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Siete postulantes a la Defensoría del Pueblo pasan al plenario de la ALP
RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY
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// FOTO: MOPSyV
// FOTO: JORGE MAMANI
El Tigre se desinfla en la Copa Libertadores
Transporte internacional tiene dos años más para renovar sus motorizados
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Emiten detención domiciliaria contra Costas, Aguilera y Saavedra por el caso Publicidad Fantasma
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// FOTO: GONZALO JALLASI
COB Y GOBIERNO LLEGAN A UN ACUERDO
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JUEVES / 28 / 04 / 2022
Nacional VIOLÓ LA CONSTITUCIÓN Y EL REGLAMENTO DE DEBATES
dad. “Es básicamente imposible que haya existido vacío de poder porque el sistema no depende de una o de dos personas; la señora Añez no tenía potestad para autoproclamarse, debería convocar a sesión para la conformación de una nueva directiva, pero no lo hizo”, sostuvo. Torrico reiteró que la instauración del régimen de facto se decidió en la Universidad Católica Boliviana, sumado al desconocimiento de Carlos Mesa al resultado • Redacción Central Señaló que para justificar un electoral, y la convocatoria al vacío de poder debería ser cerra- desacato nacional con el disLa exsenadora por Demóda la Asamblea Legislativa, pero curso de “o voy a la presidencratas, Jeanine Añez, violó Añez se autoproclamó como pre- cia o la cárcel”. la Constitución Política del sidenta de la Cámara de SenadoEn esa línea, el líder del MoEstado y el Reglamento de res en una sesión sin quórum, vimiento Al Socialismo (MAS), Debates de las cámaras de así como en una aparente delibe- Evo Morales, denunció que Senadores y de Diputados ración conjunta de las cámaras el discurso de vacío de poder al autoproclamarse primero Alta y Baja, que debería aprobar por la derecha golpista, buscomo presidenta de la Cámara o rechazar primero la renuncia ca ocultar el asalto al poder en Alta y después del país, en la de Evo Morales Ayma y de noviembre de 2019. Asamblea Legislativa Plurina- Álvaro García Linera, “Hablan de ‘vacional, por lo que se descarta para recién dar curcío de poder’ para que haya existido un vacío de so a la sucesión ocultar el asalpoder, como pretende posiconstitucional. to al poder: cionar la derecha golpista. Recordó que bloquearon el el Reglameningreso al Leto de Debates gislativo para El analista político Gustavo To- del Senado deja impedir que el rrico explicó que la narrativa claro que la fuerplenario de SeGustavo Torrico mediática de un probable vacío za política de minadores y Diputade poder en noviembre de 2019 noría no puede asumir dos reestablezca el busca desinformar a la pobla- la presidencia de esa instancia orden constitucional. Por ción, en un afán de deslindar deliberativa, donde la bancada eso se autoproclamaron en responsabilidad por el golpe de del Movimiento Al Socialismo hemiciclo vacío, casi a oculEstado y el asesinato de 38 per- (MAS) tenía más de dos tercios, tas y rodeados de sus cómsonas en El Pedregal, Sacaba, por lo que Añez estaba impedi- plices”, escribió Morales en Senkata, Montero y Betanzos. da de asumir esa responsabili- su cuenta de Twitter.
No hubo vacío de poder, Añez en 2019 se autoproclamó presidenta // FOTO: ARCHIVO
Como senadora por la bancada política de la minoría no estaba facultada a asumir la titularidad de la Cámara Alta y menos ser presidenta por sucesión.
La exsenadora Jeanine Añez cuando se autoproclamó como presidente en 2019.
// FOTO: ARCHIVO
ANALISTA ADVIERTE UNA SUERTE DE IMPUNIDAD
Falta de sanción en el caso de Amalia Pando resta credibilidad al gremio • Redacción Central
La determinación no punitiva del Tribunal Nacional de Ética Periodística en el caso de la falsa información difundida por Amalia Pando Vega, resta credibilidad al gremio de la prensa porque genera una suerte de impunidad después de mellar la integridad y el honor del o los aludidos. El analista político Gabriel Villalba explicó que, Pando difundió una falsa información con el objetivo de dañar la ima-
gen del presidente Luis Alberto Arce Catacora a través de su hijo, y que el fallo del Tribunal Nacional de Ética Periodística se limita a pedir la retractación y disculpa pública, cuando el daño al honor del aludido ya se ha cometido. Señaló que Amalia Pando, a lo largo de su carrera, tuvo una inclinación política contraria al gobierno de Evo Morales, y que eso no es pecado, pero debería ser hacer transparente la información. “El fallo no punitivo a delitos cometidos en el ejercicio del periodismo va en contra de los propios trabajadores de
la prensa, porque genera una suerte de impunidad después de mellar la integridad de las personas. (…) Amalia Pando afecta al propio gremio de los periodistas, primero con una noticia falsa y segundo no reconocer su fallo y reta a la propia persona a la que ha dañado su honor con una mentira”, sostuvo. En ese contexto, consideró que urge una profunda reflexión en las entidades formadoras de comunicadores sociales y en los medios de comunicación, porque se trata de una digna y enorme labor la que asumen los periodistas.
La periodista Amalia Pando en su programa Cabildeo.
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Política
// FOTO: ABI
El presidente Luis Arce y el comité ejecutivo de la COB brindaron una conferencia de prensa en el hall de la Casa Grande del Pueblo.
DEBATIERON SOBRE EL INCREMENTO SALARIAL
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Gobierno y COB fijan aumento de 3% para el haber básico y 4% al mínimo nacional
POR CIENTO será el incremento al Salario Mínimo Nacional (SMN), el cual será aplicado solo en los sectores de salud y educación del sector público.
• Redacción Central
Luego de varias horas de negociaciones, lideradas por el presidente Luis Arce, la Central Obrera Boliviana (COB) y el Gobierno Nacional acordaron fijar el incremento del tres por ciento al haber básico y cuatro por ciento al Salario Mínimo Nacional (SMN) para la gestión 2022. El incremento al mínimo nacional solo se aplicará a los sectores de salud y educación en el sector público. El aumento fue anunciado en una conferencia de prensa, brindada por el presidente Arce y el comité ejecutivo nacional de la COB. “Se ha acordado que el incremento del haber básico para esta gestión 2022 sea del 3 por ciento y del incremento del salario mínimo nacional sea del 4 por ciento”, destacó. La mesa de trabajo para alcanzar un acuerdo se insta-
ló el pasado lunes 25 de abril. La propuesta planteada por la COB contemplaba el aumento de un 7 por ciento al haber básico y un 10% por ciento al salario mínimo nacional. El Jefe de Estado destacó que el aumento fijado para la gestión 2022 es “responsable” y aseguró que el Gobierno continuará trabajando junto al ente cobista para continuar con la atención de sus demandas. “Estamos muy conscientes de que estas negociaciones son arduas y duras, pero siempre terminan en acuerdos positivos para todos. Hay que reconocer la madurez de los dirigentes de la COB”, destacó Arce. La reunión con el Presidente se instaló a las 17.00 de ayer, en los ambientes de la Casa Grande del Pueblo y se prolongó hasta las 21:30 horas. En el encuentro, el Gobierno explicó la situación económica del país. “Nuestro Ministro de Economía (Marcelo Montenegro) fue bastante explícito en varias sesiones que ha tenido con la COB donde explicó los avances, las
// FOTO: FACEBOOK LUCHO ARCE
La propuesta para el mínimo nacional está dirigida para los sectores de educación y salud. La entidad fabril manifestó su respaldo a Luis Arce.
El presidente Luis Arce informa al país sobre los acuerdos arribados con la COB.
medidas y los logros en materia económica”, enfatizó. “El incremento del 3 por ciento al haber básico se aplica solo al sector público de salud y educación, únicamente estos sectores percibirán estos incrementos y no así los demás sectores del Gobierno central. Las gobernaciones, municipios y universidades también lo harán
en función a sus posibilidades”, precisó anoche el ministro de Economía, Marcelo Montenegro en una entrevista con el canal estatal Bolivia TV. Dijo que esa decisión responde a que ambos sectores son el grueso de los trabajadores del sector público y que son claves para la recuperación económica, por el tema de la pandemia del
COVID-19 y por recuperar el derecho a la educación. Por su parte, el secretario ejecutivo del ente matriz de los trabajadores, Juan Carlos Huarachi, recordó que, aunque en 2020 no hubo un aumento salarial, producto del golpe de Estado de 2019 y la pandemia del Covid-19, en 2021, se fue planteando el pliego petitorio donde los trabajadores renunciaron al incremento al haber básico, pero no a un incremento al salario mínimo que fue del 2 por ciento. “Nuestra demanda es social no técnica que tiene una realidad grande con lo vivido en los últimos años y la base para las negociaciones con el Gobierno nacional siempre será lo vivido en 2019 y el 2020, que será la capa para que los trabajadores representados por mineros, fabriles, constructores, obreros, clase media, campesinos y todos los sectores trabajemos por el bien común de un pueblo”, señaló. Huarachi ratificó su compromiso de seguir trabajando para garantizar la estabilidad política del Gobierno.
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// FOTO: VICEPRESIDENCIA
Nacional Funcionarios de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional.
SON TRES MUJERES Y CUATRO VARONES
ALP elegirá al Defensor entre siete habilitados • Redacción Central
El pleno de la Asamblea Legislativa designará al nuevo Defensor o Defensora del Pueblo de siete postulantes habilitados por la Comisión Mixta de Constitución, de los que tres son mujeres y cuatro varones. Según el cronograma, la Comisión sesionará hoy para elaborar el informe conclusivo que será remitido al plenario del Asamblea Legislativa, donde se llevará adelante la última etapa del proceso de selección y designación. La previsión es tener entre el 3 y 6 de mayo al nuevo o nueva representante nacional, autoridad que una vez asuma el cargo ejercerá por un período de seis años sin derecho a reelección, de acuerdo con lo dispuesto por la Constitución Política del Estado. En ese contexto, después de dos días de la etapa de entrevistas orales, se conoció que los postulantes son Pedro Francisco Callisaya Aro, Claudia Andrea Calvo Campos, Luisa Antonia Chipana Ubaras, Evelín Patricia Cossío Márquez, Rubén Julio Estrada Candia, Ramiro
EN LA RENDICIÓN DE CUENTAS INICIAL
‘Vice’ garantiza trabajo de cerca con el pueblo
• Redacción Central
En el marco de la Audiencia de Rendición Pública de Cuentas Inicial 2022, el vicepresidente David Choquehuanca Céspedes comprometió ayer seguir trabajando de cerca con el pueblo para la implementación de políticas en su favor. Señaló que todas las instituciones públicas deben iniciar ese desafío desde una verdadera comunidad laboral, propiciando que el trabajo que se realiza no represente una carga, sino un espacio donde cada uno dé lo mejor de sí para lograr los objetivos trazados. En ese contexto, dijo que la Vicepresidencia ha priorizado tres líneas de trabajo: Descolonización, Vivir Bien y el Estado Plurinacional, irradiando estos preceptos en la política exterior y en la política de Estado, así como en el ámbito educativo y otros procesos de formación, a través de la promoción de investigaciones sociales. Asimismo, indicó que seguirá trabajando en la pro-
ducción intelectual de libros para el Bicentenario de Bolivia; se dará continuidad a las escuelas de formación de líderes y lideresas para la vida; se promoverá el diálogo y la reflexión crítica, creando conciencia de las necesidades de contar con nuevos líderes que afronten el reto de alcanzar a volver al camino del Vivir Bien, que se destierre el individualismo y que se consolide la gran familia. “El reto es grande y solo podremos lograrlo unidos, dejando el odio y el resentimiento, dejando atrás la división y perdiendo el miedo, pensando en nuestros hijos y no en nuestros bolsillos”, sostuvo el Vicepresidente. A su vez, el secretario General, Rubén Saavedra, dio a conocer la misión, visión, los objetivos estratégicos institucionales y la estructura orgánica de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia. También destacó la importancia del acompañamiento del control social en las actividades de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional para garantizar la eficacia, eficien-
cia y transparencia en el cumplimiento de las mismas. La presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional se constituye en el eje político de consolidación del Estado Plurinacional comunitario, teniendo como lineamientos los principios y valores del Vivir Bien, ejerciendo la diplomacia de los pueblos, la democracia participativa y comunitaria plena.
// FOTO: SENADO
La Vicepresidencia priorizó tres líneas: Descolonización, Vivir Bien y el Estado Plurinacional.
Leonardo Iquise Pally y Porfirio Machado Gisbert. La decisión fue asumida tras el desarrollo, en dos jornadas consecutivas, de las entrevistas personalizadas dentro del proceso de selección y designación de una nueva autoridad de la Defensoría del Pueblo, la Comisión Mixta de Constitución, Legislación y Sistema Electoral. El presidente de esa instancia legislativa, Rubén Gutiérrez Carrizo, señaló que los habilitados pasan a la etapa decisiva en el pleno de la Asamblea Legislativa. “De los ocho postulantes evaluados (hoy), tres pasan a la otra fase y cinco han quedado fuera de carrera; consecuentemente con la evaluación del día de ayer (martes) y hoy (miércoles) serían siete personas que han pasado a la fase de la Asamblea Legislativa Plurinacional”, sostuvo. “Hemos decretado un cuarto intermedio porque estos datos tenemos que consolidarlos en un informe conclusivo (a partir de las 09.00) que será aprobado por la Comisión Mixta de Constitución y consecuentemente será remitido al pleno de la Asamblea Legislativa”, añadió el legislador en rueda de prensa.
2022 LA VICEPRESIDENCIA realizó su primera Audiencia de Rendición Pública de Cuentas.
El pleno de la Comisión Mixta de Constitución aprueba su informe.
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Economía
“La inflación ha tenido un rol muy importante en la economía de nuestro país, que es la variación de precios en los ítems de la canasta familiar que están comprendidos en el Índice de Precios al Consumidor (IPC)”, explicó el analista económico Fernando Chuquimia. En cuanto a la inflación mensual, acumulada e interanual, sostuvo, el país tiene las tasas más bajas de la región. “En marzo el Índice de Precios al Consumidor, que mide la tasa de inflación, fue de -0,05%, la acumulada de 0,39% y la interanual (abril 2021 marzo 2022) de 0,77%, es decir que las tasas de inflación no llegan ni al 1%”, precisó. El Programa Financiero Fiscal, agregó, prevé variables macros para 2022, el cual establece en una posición conservadora el crecimiento eco-
Fernando Chuquimia
Analista económico.
Bolivia se afirma con la tasa de inflación más baja de la región Los recursos de la nacionalización de los hidrocarburos han permitido seguir una política de apreciación del boliviano que ha contribuido a la estabilidad.
FUENTE: BANCOS CENTRALES DE CADA NACIÓN
nómico “que se proyecta en un 5,1% para este año y una tasa de inflación del 3 o 3,3% a lo sumo”. “En términos interanuales, Chile tiene una de las tasas más altas con 9,4%, le siguen Uruguay (9,38%), Colombia (8,53%), Perú (6,82%), Ecuador (2,64%), seguidos por Brasil (11,30), Paraguay (10,1%) y Argentina (55,1%)”, argumentó Chuquimia.
“Estamos ocupando el tercer lugar de la región en crecimiento económico de la gestión pasada, el Gobierno ha dado incrementos salariales por encima de la inflación para no perder el poder adquisitivo de la población y generar un mayor ingreso, realidad que se contrasta con la afirmación de economía comprimida o bomba de tiempo de algunos analistas”, precisó.
EN MARZO DE ESTE AÑO
El Índice de Precios Productor registra un aumento de 1,35% • Redacción Central
El Índice de Precios Productor (IPP) registró en marzo de este año un aumento de 1,35% respecto a febrero. El Instituto Nacional de Estadística (INE) informó que la variación acumulada a marzo fue positiva de 1,08%.
El aumento de 1,35% se explica principalmente por la variación positiva de los precios en los grupos agrícolas, servicios, industria manufacturera, otros minerales y gas natural. Los productos con mayor incidencia porcentual positiva en marzo fueron soya, quinua, oro metálico refinado, cebada, oca y papa.
En tanto que los productos con mayor incidencia negativa fueron arroz con cáscara, carnes frescas de pollo, castaña con cáscara, ganado porcino, alfalfa y avena berza. El Índice de Precios Productor (IPP) es un indicadores que mide mensualmente la variación de los precios de bienes producidos y vendidos por productores del país.
La inflación en el país, dijo, está absolutamente controlada con las políticas aplicadas por el Gobierno nacional. Bolivia tiene un tipo de cambio fijo respecto al dólar establecido hace más de 10 años, que es un sistema de cambio fijo, en Bolivia se compran y venden dólares libremente, dijo. Apuntó a que es la aplicación del Modelo Económico
Social Comunitario Productivo, el cual comprende la realidad del pueblo boliviano. Los recursos de la nacionalización de los hidrocarburos han permitido seguir una política de apreciación del boliviano que ha contribuido a la baja inflación. La población tiene confianza en la fortaleza de la moneda boliviana frente a las monedas de países vecinos que muestran fragilidad.
// FOTO: ABI
La aplicación del Modelo Económico Social Comunitario Productivo, junto a las políticas sociales, permitió estabilizar la economía del país y registrar la inflación más baja de la región.
CON LA APLICACIÓN DEL MODELO ECONÓMICO DEL GOBIERNO
// INFOGRAFÍA: YURI ROJAS
• Redacción Central
Producción de soya en el departamento de Santa Cruz.
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Economía // FOTO: ABI
EL PRESIDENTE ARCE DESTACA LOS LOGROS
YLB cumple cinco años industrializando el litio
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías trabaja para que el esfuerzo dé resultados lo antes posible. El presidente del Estado, Luis Arce, informó que Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) cumple cinco años liderando la industrialización del metal blando y destacó que esta empresa estatal generó Bs 130 millones al primer trimestre de esta gestión. “Hoy nuestra empresa Yacimientos de Litio Bolivianos cumple cinco años liderando la industrialización de los recursos evaporíticos y, sobre todo, de nuestro litio. Estamos tendiendo la mejor ruta para hacer realidad ese sueño. Al 1er trimestre generamos ingresos por Bs 130
millones (sic)”, se lee en su cuenta en Facebook. Ayer en la tarde se desarrolló un acto especial de aniversario, en el cual el Ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina, declaró: “Aquí no venimos solamente a felicitar y a conmemorar el aniversario de nuestra empresa estratégica YLB, sino que también celebramos mejores días para las regiones donde están estos recursos importantes —en Potosí y Oruro—. Por ello es importante que el compromiso para el desarrollo sea conjunto, donde el esfuerzo sumado al trabajo den resultados lo antes posible”. Sostuvo que “durante 2019 y 2020 se paralizaron proyectos y se intentó avanzar hacia un proceso
de privatización y destrucción de un proyecto que había sido construido por el pueblo boliviano y nuestro Gobierno”, pero que se restituyó la producción en esta gestión. Por su parte, el viceministro de Altas Tecnologías Energéticas, Álvaro Arnez, resaltó que en cinco años la empresa estatal tiene como principal objetivo la industrialización del litio a escala piloto e industrial. Mediante sus plantas piloto, instaladas en el departamento de Potosí, la empresa estatal actualmente provee baterías de litio boliviano a las empresas Quantum, para sus autos eléctricos, y a la compañía Quipus, para sus computadoras portátiles (laptops), señaló. // FOTO: YLB
• REdacción Central
Las baterías producidas por YLB ya se usan para autos.
Producción de urea en la planta de Bulo Bulo.
PARA LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
Garantizan producción regular de fertilizantes • Redacción Central
El Estado diversificó la producción de fertilizantes con el aprovechamiento de los recursos naturales para potenciar el agro y garantizar la seguridad alimentaria en el país. Bolivia dio pasos importantes para generar valor agregado a sus recursos naturales. Hemos industrializado el gas para producir urea, hemos industrializado nuestros recursos evaporíticos para producir cloruro de potasio, dos de los fertilizantes más utilizados en el mundo, informó el ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina Dijo que estos fertilizantes tienen precios diferenciados, a menor costo, para los productores locales respecto a los precios de mercado internacional. “Esta medida se aplica precisamente con el fin de apoyar y reducir los costos de producción para evitar el incremento de precios, situación que afectaría directamente a las familias bolivianas”, manifestó Molina. Fruto de esa política, dijo, Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) inauguró tiendas en Uyuni, Cochabamba y Santa Cruz, donde se comercializa y capaci-
Bolivia dio pasos importantes para generar valor agregado a sus recursos naturales. Hemos industrializado el gas para producir urea”. Franklin Molina Ministro de Hidrocarburos ta a productores para el uso de cloruro de potasio. En 2021 se logró un récord de producción de este fertilizante con 51.400 toneladas métricas (TM). Para esta gestión se prevé producir unas 80.000 TM. Por otra parte, la producción de urea creció sostenidamente desde la reactivación de la Plata de Amoniaco y Urea (PAU) en septiembre de 2021, luego de que fuera paralizada y gravemente afectada por el Gobierno de facto en 2020.
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Economía SE APRUEBA EL DECRETO PARA LOS RECURSOS
El Gobierno ratificó ayer que el financiamiento para el desarrollo del Censo de Población y Vivienda 2022 está “plenamente” garantizado. Establece un monto total de $us 68 millones, lo que confirma el desarrollo programado para el 16 de noviembre de este año. El gabinete ministerial aprobó ayer un decreto para encaminar el financiamiento de $us 26,4 millones del BID y una vez suscrito el contrato de préstamo, se remitirá el proyecto de ley a la Asamblea Legislativa. Ya la semana pasada se remitió a esa instancia el proyecto de ley de financiamiento de $us 40 millones de Fonplata, anteriormente aprobado el 6 de abril con el DS 4694. El presupuesto censal tiene financiamiento de
EL FINANCIAMIENTO para el Censo 2022 está “plenamente” garantizado con un monto total de $us 68 millones.
El Gobierno ratifica que el Censo tiene el financiamiento asegurado En 2021, el Ejecutivo declaró al evento como una prioridad nacional. Se garantiza el 16 de noviembre como fecha de su concreción. Fonplata por $us 40 millones y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) por $us 26,4 millones, créditos que tienen un plazo de 15 a 20 años de vigencia, con cinco años de gracia y tasas concesionales enmarcadas en los márgenes del nivel de endeudamiento del Estado, informó el viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo, Marcelo Laura. Se cuenta con recursos del Tesoro General de la Nación (TGN) por $us 1,6 millones En este marco, no hay motivo alguno para que algunos opinadores sigan afirmando que el Censo no tiene presupuesto asegurado. El Gobierno nacional adquirió los créditos de dos instancias altamente prestigiosas y fiables y con tasas enmarcadas en los márgenes del nivel de endeudamiento del Estado. Salvo que en la Asamblea se demore o boicotee la aprobación de los proyectos de ley de financiamiento, todo sigue el curso normal para cumplir con el cronograma.
// FOTO: ABI
• Redacción Central
El viceministro de Inversión Pública, Marcelo Laura, en conferencia de prensa, ayer.
Laura aclaró que el tema de la inclusión de la pregunta sobre la religión en la boleta censal está siendo analizada por una comisión que convocará a organizaciones religiosas para evaluar el concepto de religión. Afirmó que desde el año pasado se está trabando ar-
duamente para garantizar el proceso censal, a través del Instituto Nacional de Estadística (INE), de manera transparente y técnica. “En 2021 se aprobó el primer decreto supremo que declara al Censo como prioridad nacional, hasta ahora son cuatro los
decretos que se han emitido para reforzar y fortalecer el proceso. Estas normativas establecen parámetros importantes para que las instituciones del nivel central del Estado puedan colaborar en una serie de tareas vinculadas al Censo”, apuntó.
// FOTO:ABI
CON EL PROPÓSITO DE EVITAR LA ESPECULACIÓN
Se garantiza la provisión de maíz y no debe subir el precio de la carne de pollo • Redacción Central
Emapa asegura la provisión de maíz a productores .
La Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa) acopiará 100.000 toneladas de granos de maíz, lo que garantiza el compromiso del Gobierno para el abastecimiento a productores pecuarios, por lo que la carne de pollo no debe sufrir ningún incremento de precio.
El gerente de Emapa, Franklin Flores, hizo ayer una inspección rápida y de sorpresa a los silos de Cuatro Cañadas y constató que el trabajo de acopio de maíz es normal y garantizado, hecho que desmiente las apreciaciones de la Asociación de Avicultores de Santa Cruz sobre un posible incremento en el precio del pollo ante la falta de maíz. Las declaraciones del presidente de ADA, Omar Castro, ten-
drían un transfondo político y de desinformación, toda vez que con varios sectores agropecuarios el Gobierno nacional arribó a acuerdos importantes para garantizar la provisión de maíz. Desde Cochabamba, la Cámara Agropecuaria informó que no existe razón alguna para que el precio de la carne de pollo suba, porque el Gobierno ya comprometió 100 mil toneladas de maíz para los sectores avícola, porcinocultor y lechero.
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Seguridad LA VÍCTIMA TENÍA SOLO 13 AÑOS
Encarcelan a presunto feminicida de una menor
// FOTO: ARCHIVO
// FOTO: RRSS
El presunto feminicida de Pamela cuando fue aprehendido en Argentina.
DETERMINÓ LA JUSTICIA ARGENTINA
Extradición del feminicida de Pamela es procedente La joven fue asesinada en marzo en Potosí. Efectivos de la Policía están en el vecino país para trasladar al sindicado.
• Redacción Central
Se confirmó ayer que la justicia de la República de Argentina declaró procedente la extradición de O. J. F. M., presunto feminicida de Pamela R. S., quien fue asesinada en marzo, en Potosí, informó el comandante de la Policía Boliviana, Jhonny Aguilera. “Se ha declarado procedente la extradición del señor Oswil J. F. M., requerido por el Estado boliviano. En este momento, las autoridades del nivel central están efectuando todas las gestiones para que el talento humano de la Policía pueda trasladarse hasta allá”, informó Aguilera. En entrevista con radio Panamericana, confirmó que una comisión de los efectivos del verde olivo se transportará hasta el vecino país para trasladar al sindicado por el femicidio de Pamela. Además de recoger las pertenencias
con las que el hombre fue aprehendido. Asimismo, el jefe policial informó que el acusado admitió el crimen y aceptó ser extraditado. Según las investigaciones preliminares, este hecho se suscitó en marzo de este año. Efectivos del orden realizaron el levantamiento del cuerpo decapitado de la víctima. Tras las indagaciones, detectaron contradicciones en las declaraciones de la progenitora del sindicado, por lo que se presumía que la mujer conocía del hecho y habría ayudado a fugar a su hijo. El Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) estableció tras la autopsia, que la causa de muerte de la mujer fue por “shock hipovolémico hemorrágico, sección vascular completa a nivel cervical, traumatismo cervical por decapitación”. Al respecto, el Ministro de Gobierno manifestó: “Informamos al pueblo boliviano, que la justicia argentina decla-
ró procedente la extradición del señor Oswil Josué Fhullco Montenegro, presunto feminicida de Pamela R.S en Potosí suscitado el 7 de marzo”. Una comisión de nuestra Policía Boliviana viajará a Argentina para traer al sindicado” prosiguió la autoridad, en una publicación realizada en su cuenta de Twitter.
Eduardo del Castillo
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DE MARZO OCURRIÓ EL feminicidio. El sindicado fugó al vecino país de Argentina con complicidad de su progenitora.
• Redacción Central
Determinan la detención preventiva de Yver M.L. en El Palmar, siendo que se encontraron pruebas necesarias para identificarlo como el presunto autor del feminicidio de una niña de 13 años en la comunidad Sachapera, municipio de Yacuiba, Tarija. “Dentro de los primeros actos investigativos se solicitó que se realice la autopsia médico legal de la víctima, se tomaron declaraciones de la madre de la menor y del principal sospechoso, además del registro del lugar donde fue encontrado el cuerpo, entre otros actos investigativos que coadyuvarán a esclarecer el caso”, dijo la fiscal departamental de Tarija, Sandra Gutiérrez. El hecho se registró el 26 de abril. La madre de la menor, al ver que su hija no retornaba de su colegio, salió a buscarla y el chófer del bus escolar le dijo que alrededor de las 17:30, la menor se quedó en la puerta del puesto de uno de los comunarios. Una vez en el lugar, la progenitora se acercó al cuarto de Yver M. L., para preguntar por su hija, pero el sujeto no respondió, la mujer continuó insistiendo hasta que
el hombre entreabrió la puerta y, con una actitud sospechosa, le dijo que vio a la menor bajando la quebrada que se encontraba a unos metros. La progenitora se comunicó con un familiar para que diera parte a la Policía de la desaparición de su hija; cuando los efectivos policiales le preguntaron a Yver sobre el paradero de la menor, él les mostró la quebrada y volvió entrar a su cuarto, minutos después la víctima fue encontrada en ese lugar semidesnuda, con una soga en el cuello y sin signos vitales; en la escena del hecho también se encontraron huellas compatibles con las zapatillas de Yver.
Estudios en la investigación El resultado del examen de reconocimiento de cadáver y toma de muestras, determinó que la causa de la muerte es asfixia mecánica por estrangulamiento a lazo. Las investigaciones continúan y se prevé realizar pericias en planimetría, fotografía forense, laboratorios médicos, entre otros para esclarecer este hecho.
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Seguridad En lo que va del año, el Régimen Penitenciario reportó que se efectuaron 121 requisas en los 46 centros de privación de libertad en el país. En las mismas se decomisaron 1.355 celulares.
Se realizaron 121 requisas en centros de privación de libertad El Director de Régimen Penitenciario aseguró que se pretende realizar más de 700 operativos las cárceles durante todo este año. Los elementos que fueron secuestrados al interior de los penales en los primeros cuatro meses del año.
La autoridad recordó que la semana pasada se incautó en el penal de Palmasola un centenar de bebidas alcohólicas. Limpias dijo que hasta culminar este gestión, pretenden realizar más de 700 operativos en las cárceles del país. CÁMARAS DE SEGURIDAD Para luchar contra los actos ilícitos en los centros penitenciarios, Régimen Penitenciario instala cámaras para facilitar el apoyo de la seguridad interna y externa del penal de Villa Bush, en el departamento de Pando.
1.355 CELULARES fueron incautados de los 46 centros penitenciarios del país.
// FOTO: APG
De acuerdo con el director de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, en enero se registraron 28 requisas, en febrero 51, en marzo 26 y en abril 16, que en total suman las 121 requisas. “La administración penitenciaria viene realizando controles y requisas en los 46 centros penitenciarios del país, 20 en las ciudades capitales y 26 provinciales”, aseguró Limpias en rueda de prensa. La autoridad precisó que en los diferentes tipos de operativos (requisas, megaoperartivos, requisas generales, selectivas y rutinarias) desde enero hasta abril se logró secuestrar 1.355 celulares, 394 cargadores de dispositivos móviles y 94 artefactos electrónicos. “Los celulares entran a través de los alimentos, incluso de niños y no se descarta que a través de malos servidores que tenemos controlando las puertas de los penales”, indicó la autoridad, tras detallar que hay 30 policías observados. Además se sustrajeron armas cortopunzantes, sustancias controladas y bebidas alcohólicas.
DURANTE ESTE AÑO
// FOTO: MINISTERIO DE GOBIERNO
• Redacción Central
TRAS DENUNCIA DE FAMILIARES
Denuncian cuatro casos de extorsión en el penal de San Pedro • Redacción Central
El director de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, informó que se sorprendió a cuatro privados de libertad que extorsionaban a otros reclusos dentro del penal de San Pedro en la ciudad de La Paz; serán removidos a Chonchocoro.
El traslado de tres privados de libertad al penal de máxima seguridad de Chonchocoro.
Según la autoridad, las cuatro denuncias se llegan a conocer
luego de que los familiares de las víctimas reportaran sus denuncias ante la administración penitenciaria y la línea 76746428. “Estos privados de libertad estarían involucrados en extorsiones, amenazas y vulneraciones a las familias”, aseguró Limpias en conferencia de prensa. La autoridad precisó que los reos involucrados en las extorsiones, fueron sorprendidos infraganti por personal de inteligencia de la Policía cuando, a través de sus celula-
res estaban hostigando a otros reclusos del penal. Por otro lado, Limpias aseguró que los cuatro involucrados fueron removidos al penal de máxima seguridad de Chonchocoro, en las próximas horas. “Uno de ellos ya está en Chonchocoro desde marzo”, agregó. Por último, sentenció que la administración penitenciaria no permitirá casos de extorsión, de actos ilegales o de organizaciones criminales que operen al interior de las 46 cárceles en el país.
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Seguridad // FOTO: ARCHIVO
CONTINÚA LA INVESTIGACIÓN
Aprehenden al padre de los niños que fueron envenenados Según la madre de los pequeños, la deuda por asistencia familiar de Juan Carlos P. asciende a Bs 12.300. // FOTO: RRSS
• Redacción Central
Tras un operativo policial, se aprendió ayer a Juan Carlos P. y Ana Q., presuntos autores del doble infanticidio en la comunidad Copacabana, provincia Inquisivi del departamento de La Paz. De acuerdo con el fiscal departamental de La Paz, Williams Alave, al momento de su encuentro con efectivos de las fuerzas del orden, ambos se encontraban en la comunidad de Inquisivi. “Juan Carlos P., sería el posible autor del infanticidio (sería el responsable de haber dejado los alimentos contaminados); asimismo se logró detener a la señora Ana Q., que es su pareja. A la fecha, la Policía los está trasladando ante el fiscal”, aseguró en conferencia de prensa. La autoridad señaló que la primera hipótesis colectada por el Ministerio Público, es que el progenitor de los niños pretendía evitar la cancelación de la asistencia familiar, que según la madre de los infantes, Leonor Calle, asciende a Bs 12.300. “Él (Juan Carlos P., estaba caminando por aquí, hay testigos que lo han visto. Los mató por no pagar pensiones, me debía 12.300 bolivianos y hasta hoy tenía para pagar, tenía que depositar al banco”, declaró la progenitora. Desde el martes pasado, los comunarios realizan el velorio de los menores y evitan que se les realice la necropsia medicolegal. Razón por lo cual las autoridades judiciales continúan una negociación con los lugareños. El Instituto de Investiga-
Un grupo de mujeres protesta en contra de los feminicidios en Bolivia.
LA PAZ ENCABEZA LA LISTA
Registran 30 feminicidios en lo que va de este año • ABI
Ana Q y Juan Carlos P., al momento de su aprehensión y arresto, respectivamente.
ciones Forenses (IDIF) realizará las pericias toxicológicas. El pasado 24 de abril se registró la muerte por el envenenamiento de una niña de dos años y su hermano de nueve años de edad. Ambos habrían ingerido bolsas de yogurt, de leche y mandarinas contaminadas que encontraron en la puerta de
su vivienda. “La mamá estaba realizando las labores de ganado a cierta distancia del lugar de la casa y ve a los niños revolcándose en la cama”, contó el Fiscal Departamental de La Paz. El caso se encuentra en la jurisdicción de Inquisivi, donde se desarrollará el proceso respectivo.
Otros niños fueron afectados Leonor Calle, madre de los niños envenados, contó a la red F10 que otros tres niños han sido afectados por los alimentos envenenados. Los pequeños acudieron al lugar de los hechos junto a sus papás y habrían ingerido el yogurt y mandarinas intó-
xicadas que después les generaron malestares estomacales. “Mi hermanita menor tiene 13 años y había alzado un yogurt, me dijo que era agrio. Había tomado la mitad y la otra mitad lo había hechado”, contó.
De enero hasta la fecha, en Bolivia se registraron 30 feminicidios y el departamento con mayores casos es La Paz, informó el director nacional de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (Felcv), Cnl. Mario Edwin Medina. “En realidad, en las últimas 24 horas, en el país han ocurrido dos hechos de feminicidio, uno aquí en Cochabamba y otro en Yacuiba, con lo que sumarían un total de 30 hechos”, dijo a los periodistas. Medina indicó que, en el mismo periodo de 2021, en los nueve departamentos del país, se contabilizó un total de 37 feminicidios, número mayor a lo registrado en los primeros cuatro meses del presente año. El domingo, la representante de Servicios Legales Integrales Municipales (SLIM) de Cercado en el departamento de Cochabamba, Tatiana Herrera, informó que un sujeto confesó que asesinó a su pareja, una mujer de 33 años, quien dejó en la orfandad a cinco niños. El agresor fue identificado como Ángel B.S., de 33 años, quien fue sentenciado a 30
En las últimas 24 horas han ocurrido dos hechos de feminicidio, uno aquí en Cochabamba y otro en Yacuiba, con lo que sumarían 30 hechos” Mario Edwin Medina Director de la FELCV años de cárcel sin derecho a indulto por el feminicidio de su pareja Jhovana C.C., de 33 años, quien murió por golpes en la cabeza con un palo de picota, según la Fiscalía. La fundadora del colectivo “Mujeres de Fuego”, Ángela Nogales, lamentó que la víctima dejara en la orfandad a cinco niños. Asimismo, identificó al machismo, el excesivo consumo de bebidas alcohólicas y los celos como los principales detonantes en estos casos de extrema violencia.
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// FOTO: ABI
Regiones DE ENERO DE 2022 A LA FECHA
Senasag decomisó 387 t de productos ilegales • Redacción Central
Mediante el Plan Soberanía, el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag) decomisó 387 toneladas (t) de productos ilegales de enero de este año a la fecha.
Javier Suárez Director del Senasag que los productos nacionales estén siendo llevados a otros países sin la debida autorización, con eso estamos cumpliendo con el sector productivo y la población boliviana para poder apoyar a nuestra producción nacional” indicó. Finalmente, la Autoridad Sanitaria insistió que serán estrictos al momento de revisar todo lo que ingresa y sale del territorio nacional en una lucha frontal contra este flagelo, por lo que dispusieron que todos estos productos sean puestos a disposición de la Aduana Nacional.
// FOTO: SENASAG
Del total de productos decomisados, 282 corresponden a soya, dos a carne bovina, 90 de frejol y 13 de productos varios, entre ellos pescado y otros productos que no contaban con registro sanitario y documentación de respaldo. Los trabajos de controles se intensifican en las fronteras como parte del Plan Soberanía para evitar la salida de productos sin la documentación necesaria a los países vecinos, esto a solicitud del sector productivo ante la escasez de algunos granos a nivel nacional, manifestó el director nacional del Senasag, Javier Suárez. “Nuestros técnicos e inspectores del Senasag, en coordinación con la Policía boliviana, la Aduana Nacional y el Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando, han desplazado brigadas técnicas a fronteras con países vecinos para evitar
Hemos desplazado brigadas técnicas a fronteras con países vecinos para evitar que los productos nacionales estén siendo llevados a otros países sin la debida autorización”.
Uno de los operativos del Senasag.
El ministro Edgar Montaño, en conferencia de prensa.
EL GOBIERNO LOGRÓ UN ACUERDO
Transporte internacional levanta las medidas El sector tiene dos años más para renovar sus motorizados, cumpliendo resoluciones de la CAN.
• ABI
Luego de sostener un diálogo abierto con representantes del transporte internacional se acordó ampliar el plazo para la renovación de vehículos por dos años más, por lo que se suspenden las medidas de presión y bloqueos efectuados ayer en las calles de la ciudad de La Paz. “Después de haber sostenido una reunión con los representantes del transporte internacional, que cubren la ruta a Perú y Chile, hemos llegado a un acuerdo. Hemos decidido flexibilizar por dos años más la renovación de sus unidades de transporte (buses); la sustentación técnica y social precisamente se basó en el Covid-19, que afectó a todos los sectores. Cabe recalcar que nuestro Gobierno no ha cerrado las fronteras, sino tomó medidas sanitarias para que la población se sienta segura y evitar la propagación del virus en Bolivia”, dijo.
Explicó que una resolución emitida por la Comunidad Andina de Naciones (CAN) establece que “podrán habilitarse y utilizarse en el transporte internacional omnibuses o autobuses que no excedan los siete años de fabricación”, mientras la Resolución 328 fija 10 años. Enfatizó que los buses que cubren la ruta BoliviaArgentina y viceversa ya cumplen con la Resolución 328, es decir, que sus unidades móviles son nuevas y que no sobrepasan los 10 años de antigüedad. “La primera frontera que se abrió fue con Argentina, hemos hechos todos los trabajos correspondientes a través de Cancillería para que los transportistas que cubren esa ruta lo hagan sin ningún problema porque renovaron sus motorizados”, afirmó. El Ministro de Obras Públicas anunció que el 1 de mayo se restablecerá la apertura de fronteras con Chile, factor que era de preocupación para ese sector. “Nosotros vamos a co-
laborar en todos los temas administrativos para que no tengan problemas a la hora de reanudar actividades, ya sea a Chile o Perú”, ponderó. CONVENIO Según la autoridad, se suscribió un acuerdo de tres puntos: el primero hace referencia a la ampliación del plazo de los documentos habilitantes para la prestación del servicio de transporte internacional terrestre de pasajeros por dos años, plazo máximo improrrogable en las diferentes rutas internacionales. El segundo refiere a que el Ministerio de Obras Públicas recalca la apertura al diálogo y la coordinación para mejorar el servicio de transporte de pasajeros en rutas internacionales. Tercero, los representantes del sector de transporte internacional levantan las medidas de presión a la firma del documento y se comprometen a resolver, de manera pacífica, todas las controversias mediante el diálogo y la negociación.
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Salud El Gobierno recordó que, junto a los dirigentes de la Central Obrera Boliviana (COB), se instaló una mesa especial para atender de manera directa a sectores movilizados, siendo este el mejor espacio para solucionar cualquier demanda o conflicto que tenga algún sector, no las calles o la suspensión de servicios de salud a la población boliviana. “Se ha instalado con la Central Obrera Boliviana una mesa especial para atender a los movilizados; en ese sentido nosotros creemos que el mejor espacio para encontrar soluciones a cualquier tipo de demanda, no son las calles, no es la suspensión de servicios de salud a nuestro pueblo que no tiene nada que ver con este conflicto, es una mesa de diálogo en la cual podamos escuchar las demandas, debatirlas y encontrar soluciones”, expresó el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza. Pacientes en busca de atención en hospitales de Santa Cruz, La Paz y Cochabamba, protestaron durante esta jornada en rechazo a un paro declarado por los dirigentes de los trabajadores en salud y que paralizó en algunos nosocomios la atención de los servicios sanitarios. El Ministro de Salud remarcó que el mandato del pueblo boliviano, con su voto al presidente Luis Arce Catacora, es que se proteja la salud de todos. “Estamos convencidos en que ante la defensa de salud y la vida, nuestra posición va a ser irrenunciable”, dijo Auza.
MÉDICOS SUSPENDIERON LOS SERVICIOS
Gobierno apuesta por el diálogo para solucionar temas de salud El Gobierno instaló una mesa especial para atender de manera directa a sectores movilizados y evitar que la población se quede sin atención médica. Los servicios de salud se ven disminuidos en desmedro de los pacientes.
// FOTO: DEFENSORÍA DEL PUEBLO
• Redacción Central
La primera autoridad en salud de Bolivia, ayer martes, informó que en lo que se refiere a la jornada laboral, escalafón a la libre afiliación, asignación de ítems tanto para profesionales como trabajadores en salud, el Gobierno nacional respetará lo establecido por el decreto 28909.
72 HORAS DE PARO FUE anunciado por el sector médico, dejando indefensa a la población.
“Existe el derecho a la protesta, a las movilizaciones, pero no se puede permitir que el derecho a la protesta esté por encima del derecho al acceso de la salud de nuestra población boliviana”, enfatizó. Desde puertas del Hospital de Clínicas, la radio Patria Nueva reportó la presencia de muchas personas esperando la
atención de salud por diferentes patologías. Trabajadores en salud cumplen desde ayer un paro de 72 horas, piden ser incluidos en la Ley General del Trabajo; mientras que los pacientes protestan porque la atención se regularizará desde el martes, después del feriado, dejándolos indefensos.
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Edil
MINISTERIO DE DEFENSA
INVITACIÓN
FUE TILDADA DE XENÓFOBA
Copa culpa a extranjeros por la inseguridad en El Alto La autoridad edil pidió al Ministerio de Gobierno y a Migración intervenir esa urbe.
• ABI
La alcaldesa de El Alto, Eva Copa, arremetió contra los ciudadanos extranjeros culpándolos de la inseguridad y delincuencia que vive esa urbe, por lo que pidió que Migración intervenga y los deporte a sus países.
rechos Humanos (CIDH), Paulo Abrāo, quien le recordó a Copa que la xenofobia es una violación a los Derechos Humanos. Copa dijo que El Alto está “pasando momentos de mucha inseguridad y zozobra” por la inseguridad ciudadana y que, si la Policía Boliviana y Migración no intervienen para la deportación de los extranjeros, tendrán que declararse en emergencia. Ante esas aseveraciones, Abrāo reprochó ese extremo con un mensaje en Twitter que señala: “Agitar la bandera de la xenofobia es violar DDHH. Mensajes y políticas públicas que califican a #PersonasMigrantes como delincuentes promueven estigmatización y animadversión de esta población. #Bolivia (sic)”. Abrão es un jurista brasileño experto en derechos humanos. Se desempeñó
como Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana en Derechos humanos (CIDH) entre 2016 y 2020. ¿QUÉ ES LA XENOFOBIA? Sentimiento de odio, repugnancia y hostilidad hacia lo extranjero. Se manifiesta a través de creencias, actitudes y comportamientos hostiles hacia las personas de origen distinto al propio, como el desprecio, la discriminación y las agresiones físicas o verbales. Aunque conceptualmente es diferente al racismo, en la práctica este sistema ideológico y el sentimiento xenófobo suelen ir acompañados.
// FOTO: RRSS
“Hemos solicitado nosotros que Interpol y Migración puedan intervenir en El Alto porque lamentablemente los extranjeros están haciendo lo que quieren en nuestra ciudad (...), lo que nosotros queremos es que los deporten a sus países, llévenselos a sus países”, afirmó Copa a los periodistas. Estas declaraciones desataron críticas tanto de la población como del exsecretario ejecutivo de la Corte Interamericana de De-
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La alcaldesa Eva Copa en contacto con medios de comunicación.
El Ministerio de Defensa tiene el agrado de invitar a la: AUDIENCIA DE RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS INICIAL GESTIÓN 2022 Acto que se llevará a cabo el día 13 de mayo del año en curso a las 15:00, de manera virtual, en estricto cumplimiento de la Constitución Política del Estado, Ley Nº 341 de Participación y Control Social y Ley Nº 974 de Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Estado Plurinacional de Bolivia. Con este particular motivo saludamos a usted muy atentamente. Dr. Edmundo Novillo Aguilar MINISTRO DE DEFENSA La Paz, abril 2022
Transmisión por
y
Registro y consultas en: www.mindef.gob.bo
Ingresa
INVITACIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República, actual Contraloría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 23215, se invita a las siguientes personas:
Informe Preliminar de Auditoría Nº GB/EP01/G21–R1 GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE RIBERALTA
NOMBRES Y APELLIDOS • Pablo Ronal Toledo Cortez • Daniel Yamil Rojas la Fuente Para que se apersonen a la Contraloría General del Estado en la ciudad de Trinidad, en sus oficinas ubicadas en la calle Nicolás Suárez 517 (Gerencia Departamental del Beni), a objeto de notificarse con el Informe Preliminar de Auditoría Nº GB/EP01/G21 R1 emergente de la Auditoría Especial realizada en el Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta. Se dispone de un término de tres días para el recojo del Informe Preliminar, plazo que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación. Trinidad, 28 de abril de 2022
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Educación La recuperación del derecho a la educación se consolidó este año con la reapertura de las unidades educativas luego de dos años de pandemia, logrando el 99% de presencialidad a nivel nacional. El ministro de Educación, Edgar Pary, resaltó ayer las políticas educativas implementadas por el Gobierno nacional para lograr la calidad educativa en Bolivia, esto durante la Rendición Pública de Cuentas Inicial 2022 de esa cartera de Estado. “En la gestión 2022 consolidamos la recuperación del derecho a la educación con el retorno a las clases presenc ia les, después de dos años de pandemia y de la nefasta clausura del año escolar de 2020. Este año nuestro Gobierno volvió a abrir las unidades educativas para el pueblo boliviano”, dijo Pary. La autoridad, en compañía de los viceministros de Educación Regular, Educación Alternativa y Especial, Educación Superior de Formación Profesional, de Ciencia y Tecnología, además de directores generales, destacó que luego de la recuperación de la democracia en el
RENDICIÓN PÚBLICA DE CUENTAS INICIAL 2022
La calidad educativa se logró por las políticas implementadas en el país En esta gestión se matricularon 2.963.231 estudiantes a nivel nacional. También se distribuyeron 2.776.003 textos para educación regular. país en noviembre de 2020 y del derecho a la educación en 2021, el Gobierno consolidó el retorno a la modalidad presencial en esta gestión. Destacó que este año se matricularon 2.963.231 estudiantes a nivel nacional, 350.943 niñas y niños de nivel inicial (11,8%); 1.401.458 en educación primaria (47,3%); 1.210.830 en educación secundaria (40,9%). A nivel nacional, informó Pary, se distribuyeron 2.776.003 textos educativos de aprendizaje para estudiantes del Subsistema de Educación Regular y 370.255 libros para centros de educación especial y centros de educación alternativa. AUDIOVISUALES Este año también se tuvo la producción audiovisual de las radioclases y teleclases, a través de medios de comunicación de alcance nacional, con quienes
// FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
• Redacción Central
Estudiantes de primaria muestran los textos de aprendizaje entregados por el Gobierno.
se firmó convenios interinstitucionales para la difusión gratuita de los programas educativos. Se transmitieron 110 teleclases y 112 radioclases para estudiantes de nivel inicial; 330 teleclases y 336 radioclases para primaria, además de 349 teleclases y 401 radioclases para secundaria.
Las autoridades ministeriales destacaron que tanto el material impreso como el material audiovisual fue producido por maestros y maestras en servicio activo, lo que demuestra el compromiso de trabajo de los educadores bolivianos con la población estudiantil.
Pary agradeció al magisterio, padres de familia y organizaciones sociales de todo el país por haber trabajado coordinadamente para consolidar la recuperación del derecho a la educación de la población estudiantil y promover esfuerzos para lograr la calidad educativa.
// FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
NO SE APLICARÁ EL MODELO PISA
Gobierno desmiente privatización de la enseñanza en Bolivia • Redacción Central
El gobierno del presidente Luis Arce promueve la calidad educativa en el marco de la Ley 070 Avelino Siñani-Elizardo Pérez que garantiza el derecho a la educación gratuita.
El ministro de Educación, Edgar Pary, muestra la Ley 070 Avelino Siñani-Elizardo Pérez.
En ese marco, el ministro de Educación, Edgar Pary, descartó privatizar la educación
en Bolivia, luego de declaraciones vertidas por actores políticos sobre el Programa Internacional de Evaluación para los Alumnos (PISA), y afirmó que se trabaja por mejorar la calidad educativa con políticas de incentivo y formación técnica e inclusiva. “Bolivia nunca ingresó a la evaluación PISA ni en la época neoliberal, son versiones erróneas que estuvieron expresando algunos actores políticos y opinadores; lamentamos mu-
cho que lo tomen desde un punto de vista político. Nosotros trabajamos en una línea de educación inclusiva y técnica que responda a las necesidades de nuestro país”, dijo en Bolivia TV. Aseveró que desde el Gobierno nacional no se tiene proyectado aplicar el modelo PISA para medir la calidad educativa, ya que las medidas estandarizadas que utiliza ese sistema no se aplican en el contexto nacional.
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Sociedad // FOTO: ARCHIVO
SE ANALIZARÁ EL PEDIDO DE REVOCATORIA
Fejuve La Paz pone a Arias en la cuerda floja
Los vecinos de la urbe paceña están en emergencia ante la desatención del burgomaestre.
Los trabajadores tendrán su día de descanso.
DETERMINACIÓN DEL EJECUTIVO
Trasladan al lunes el feriado por el 1 de mayo • Redacción Central
El 1 de mayo es una jornada en la que se conmemoran reivindicaciones sociales y laborales de los trabajadores y se recuerda a los mártires de Chicago (Estados Unidos), quienes ofrendaron sus vidas para lograr las ocho horas laborales. El Ministerio de Trabajo, mediante el comunicado 014/2022, dispuso que el feriado nacional por el Día del Trabajo sea trasladado al lunes 2 de mayo, con la suspensión de actividades públicas y privadas en todo el territorio nacional. “A través de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional se recuerda a la población en general que el 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajo, constituyéndose en feriado nacional; considerando que el presente año dicho feriado recae en domingo, el mismo se compensa con el día siguiente hábil”, se lee en parte del comunicado. La determinación se da en cumplimiento del parágrafo II del artículo único de la Ley
274 de 10 de septiembre de 2012, concordante con el artículo 3 del Decreto Supremo 2750 del 1 de mayo de 2016. Esta determinación es de cumplimiento obligatorio, conforme lo establece el artículo 48 de la Constitución Política del Estado. Cada 1 de mayo se celebra el Día del Trabajo en todos los países. La historia cuenta que los obreros vienen luchando por mejores condiciones laborales desde la revolución industrial, época donde fueron reemplazados por la era industrial.
El futuro del alcalde paceño Iván Arias se definirá el 6 de mayo en el cabildo convocado por la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) de La Paz, por incumplir sus promesas de campaña y por dejar en completo abandono a la población paceña. El presidente de la Fejuve de La Paz, Justino Apaza, dijo que esa decisión fue asumida en una reunión que se hizo entre los presidentes de los macrodistritos paceños. “En este cabildo se consultará a la población. Ahí se sabrá si vamos a pedir la revocatoria o no para el alcalde Iván Arias”, dijo en una entrevista con el canal estatal Bolivia TV. Apaza informó que en esa reunión se evaluó la gestión de la autoridad edil que, a su juicio, en un año de gestión
no ejecutó proyectos de impacto para beneficio de la población paceña. Asimismo, dijo que Arias incumplió varias promesas de su plan de gobierno, entre ellas el doble Presupuesto Operativo Anual (POA) para cada barrio. También indicó que la Fejuve La Paz observó el descuido en el mantenimiento de las unidades educativas, que perjudicó el retorno a las clases presenciales de los estudiantes. EMERGENCIA La Fejuve se declaró en estado de emergencia y rechazó los Bs 175 millones que aprobó Arias para un préstamo crediticio del Banco Bisa, supuestamente para la ejecución de obras que no tienen diseño final. “Estamos decepcionados, los proyectos y las obras no se han hecho en las unidades educativas, no están adecuadas y también la salud, no
hay atención. Estamos huérfanos de una autoridad municipal”, manifestó el dirigente. Apaza denunció que el burgomaestre pretende dividir a las juntas vecinales con grupos afines y otros que manejan el control social para evitar una fiscalización transparente al trabajo que desarrollan las autoridades municipales. Lamentó también la poca voluntad de atención que tiene Arias para reunirse con ese sector, pues se enviaron varias cartas que nunca fueron respondidas.
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DE MAYO, la Fejuve de La Paz hará un cabildo para evaluar la gestión de Arias y decidir si pedirán la destitución del burgomaestre.
// FOTO: AHORA EL PUEBLO
• Redacción Central
1 DE MAYO se conmemora el Día del Trabajo y se recuerdan las reivindicaciones sociales y laborales de los obreros. Una casa afectada por las filtraciones de agua y no recibió ayuda de la Alcaldía.
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Golpe de Estado II • Redacción Central
Parte de los testigos que presentó Jeanine Añez, exsenadora de Demócratas, en el caso Golpe de Estado II, afirmaron ayer que se autoproclamó como presidenta de la Cámara Alta en una sesión sin quórum.
SOLO 15 DE 45 DE SUS CONVOCADOS DECLARARON
Testigos de Añez: no hubo quórum en la sesión donde se autoproclamó PRUEBAS evidencian que Jeanine Añez asumió la presidencia de forma inconstitucional en noviembre de 2019.
La exministra Teresa Morales, convocada por la Fiscalía, acudió a declarar el lunes.
sión constitucional”. El 12 de noviembre de 2019, algunos senadores de oposición se reunieron en el pleno de la Cámara Alta y sesionaron, pese a la inasistencia de la bancada mayoritaria del MAS, al igual que junto a diputados en Asamblea Legislativa. En este episodio, Añez se autonombró titular de la Cámara de Senadores e inmediatamente asumió la Presidencia de Bolivia, violando los artículos 161, 169 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE). DECLARACIONES La ronda de las declaraciones de testigos está en desarrollo en el proceso denominado Golpe de Estado II y hasta el momento declararon 15 de los 45 testigos que la exlegisladora presentó ante el Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción de La Paz, instancia que sigue el proceso, informó el abogado defensor de Añez, Luis Guillén. Al respecto, el diputado de Creemos José Carlos Gutiérrez Vargas aseguró que producto de la toma de declaraciones a los testigos surgieron “contradiccio-
nes”, aunque no pudo explicar en qué consisten estas. “No existen indicios de golpe (de Estado), estas contradicciones continuarán mientras el MAS no se convenza de que jamás hubo golpe y lo que hubo fue una sucesión constitucional, indicó Gutiérrez a los medios de comunicación. REUNIONES En el marco de las declaraciones testificales, se conocie-
// FOTO: GONZALO JALLASI
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Senadores ¿en esta sesión hubo quórum? sí o no”. Entonces, Gonzales responde de manera evasiva que “hubo una sucesión constitucional”. Sin embargo, el fiscal reitera: “La pregunta es ¿si hubo quórum o no hubo quórum el día 12 de noviembre? (fecha en que Añez se autoproclamó)”. “No hubo quórum”, admitió Gonzales, aunque reiteró que “lo que hubo fue una suce-
// FOTO: GONZALO JALLASI
De acuerdo con un video publicado por el portal informativo Detrás de la Verdad, se aprecia que al menos tres de los testigos presentados por Añez, entre ellos la exsenadora Carmen Eva Gonzales, respondieron que el día en que la exlegisladora se autoproclamó no se cumplía con el quórum reglamentario, es decir, había una asistencia mínima de senadores. “En esa sesión donde la señora Jeanine Añez asume la presidencia del Senado ¿existió quórum? sí o no”, se escucha al representante del Ministerio Público, a lo que el testigo, que no es identificado en el video, responde: “No, señor fiscal”. Cuando le tocó el turno de testificar a una segunda persona convocada por Añez, una representante de la Fiscalía le consultó: “Dra. Díaz, ¿usted estuvo presente en la sesión convocada por la senadora Jeanine Añez Chávez?”. A lo que la testigo responde: “Sí”. Nuevamente la fiscal formula: “¿Cuál fue el quórum señalado en esa sesión? Y la consultada indica: “No podría decir cuántos senadores se encontraban presentes, pero no existía quórum”. En el interrogatorio hecho a la exsenadora Carmen Eva Gonzales, el representante del Ministerio Público le pregunta: “En la sesión donde la señora Jeanine Añez Chávez ha asumido la presidencia de la Cámara de
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Golpe de Estado II
// FOTO: ARCHIVO
Jeanine Añez ha sido títere, marioneta de los actores políticos y medios de comunicación que ya se identificaron plenamente. Se demuestra nomás que ella fue utilizada, es por eso que cuando terminó su régimen de facto todos sus ministros y colaboradores se pusieron a buen recaudo”.
ron varias revelaciones sobre la manera de cómo Añez asumió la presidencia luego del golpe de Estado de 2019. La exministra Teresa Morales, una de las convocadas a declarar, confirmó que un grupo de ‘nadies’ (personas que no eran autoridades) decidió, en una reunión privada el 10 de noviembre de 2019, que Añez se autoproclame como presidenta de facto. “En esa reunión estaban
Gabriel Villalba Analista político
embajadores de países extranjeros, la Iglesia, delegados de Carlos Mesa, de Camacho, Waldo Albarracín y Tuto Quiroga (…) el 10 (de noviembre), cuando decidieron que ella (Jeanine Añez) fuera presidenta, no estaba ni Adriana (Salvatierra) ni yo ni Susana (Rivero) ni nadie del MAS (…) No hubo ningún parlamentario, fueron los ‘nadies’ los que decidieron que ella fuera presidenta”, reveló a la prensa.
Las audiencias del caso Golpe de Estado II se desarrollan en el Salón Rosado del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
La exsenadora fue detenida en Beni, la encontraron oculta debajo de una cama.
Añez a los testigos que no declararon: La historia los juzgará La exsenadora Jeanine Añez se dirigió, mediante su cuenta de Twitter, a los testigos que ella convocó y no acudieron a rendir declaración en el marco del proceso judicial denominado Golpe de Estado II. La exlegisladora les dijo que “la Historia los juzgarán (sic)”. Según pudo saber este medio, entre los testigos que no acudieron a testificar a favor de Añez se encuentran el monseñor Aurelio Pesoa Ribera, que en 2019 era el Secretario General de la Conferencia Episcopal de Bolivia (CEB); el exsenador y exministro de facto Óscar Ortiz y la exsenadora de Demócratas Shirley Franco. El abogado defensor de Añez, Luis Guillén, confirmó que dichas personas no declararon, pero aseguró que esto fue porque pidieron testificar de manera virtual y el Tribunal Primero de
Sentencia Anticorrupción de La Paz no se pronunció al respecto. De igual forma, el presidente de la Fundación Jubileo, Juan Carlos Núñez, habría declinado de testificar, aunque Guillén afirmó que él tiene la voluntad de hacerlo, pero tiene reuniones laborales en Cochabamba que le impiden apersonarse al Salón Rosado del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (TDJ), donde se desarrollan las audiencias en este caso. En el mismo mensaje, Añez expresó su agradecimiento a quienes sí acudieron a testificar a su favor, entre ellos la exsenadora Carmen Eva Gonzales y Amílcar Barral, entre otras personas. Guillén detalló que de los 45 testigos convocados por la defensa de la exsenadora Añez, solo 15 rindieron declaración. Jeanine fue utilizada El analista político Gabriel
Villalba observó que la fase de declaración de testigos dejó en evidencia, una vez más, que políticos de derecha utilizaron a Añez para que tome la presidencia del país de manera inconstitucional y que ahora, cuando ella acude a ellos para sostener su defensa, la abandonan. Villalba indicó que pese a esto, es importante que la justicia continúe su labor, emita el fallo en este caso y se sancione a quienes interrumpieron el orden constitucional, para que estos hechos no vuelvan a repetirse. “Jeanine Añez ha sido títere, marioneta de los actores políticos y medios de comunicación, que ya se identificaron plenamente. Se demuestra nomás que ella fue utilizada, es por eso que cuando terminó su régimen de facto, todos sus ministros y colaboradores se pusieron a buen recaudo”, recordó.
Añez fue de las primeras en declarar en el marco de la investigación por la ruptura del orden constitucional.
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Tribuna Bitácora 44
Disney: del conservadurismo al arcoíris Jimmy Iturri
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n los años 70 Ariel Dorfman (argentino-chileno) y Armand Mattelart (belga nacionalizado chileno) escribieron Para leer el pato Donald, donde advertían la “disfuncionalidad” de los personajes de Disney. Pues éstos nunca tenían hijos, no se sabía nada de sus padres, y conocíamos sus relaciones familiares solo mediante sobrinos: Donald tenía a Hugo, Paco y Luis, Mickey a Ferdie y Morty, etc. Pero esas familias no cerraban. Hoy esto se llamaría una familia diversa o no convencional, y nadie las juzga, pero llama la atención que Disney se haya adelantado a los tiempos. Mattelart y Dorfman también denuncian que estas caricaturas reflejaban la realidad, pero no lo hacían inocente ni inconscientemente. Pues según estos autores, la función de los dibujos de Disney sería reforzar y perpetuar la cultura hegemónica capitalista, los roles de género, el racismo contra comunidades nativas y afrodescendientes
entre otros muchos ejemplos. Como sabemos, su creador Walt Disney, era un agente del FBI y un furioso perseguidor de comunistas. Todo eso quedó atrás, pues el negocio siguió creciendo mostrando la realidad que se vivía en EEUU. Y lo hizo en California con Disneylandia y en Florida Como Disneyworld. Ahora resulta que Disneyworld, el mayor parque temático del mundo, sufrirá duras sanciones por desobedecer una ley republicana sin sentido, que dice que no se puede hablar de preferencia sexuales a niños y niñas menores de 9 años. Esta ley es claramente discriminatoria, pues no implica las demostraciones de afecto entre parejas heterosexuales que se ven a cada paso en videos musicales, publicidad en general, los mismos dibujos animados y los libros escolares; y es digna de cualquier gobierno de ultraderecha que busca reprimir a la población de las diversidades sexuales y de género que pueden tener sus propias preferencias y elecciones.
Estas preferencias pueden surgir desde la infancia o no, y ver ejemplos de relaciones saludables fuera del tabú podría ayudar a estos niños a no sentirse excluidos ni juzgados. Además, claro está, la identidad y las preferencias (siempre en el ámbito del consentimiento) son asunto de cada quien. El pensamiento de DeSantis, gobernador republicano y neonazi de Florida, claramente no condice con el de la mayor parte de la población de su Estado. Muchos de ellos progresistas, de pensamiento liberal y que defienden la diversidad. Muchos también que forman parte de la comunidad LGTB. La misma comunidad gay es la que fundó Miami Beach e hizo importantísimas inversiones en esa playa, en esa pequeña isla, que da grandes ganancias al propio Estado de Florida. Creo que esta población será la que brindará su apoyo a Disney y por fin Mickey podrá bailar muy apretadito al pato Donald. Finalmente, ninguno mostró intenciones serias de casarse con Minnie ni con Daisy.
Una historia que no deben olvidar los argentinos, peruanos y bolivianos Manuel Pérez Colque
L
a historia de los tres países y la región está plagada de acontecimientos tan funestos como la ocupación inglesa de las islas Malvinas y la totalidad del archipiélago de Georgias del Sur, Sandwich del Sur y una inmensa área marítima en el Atlántico Sur en cercanías de la Antártida, con las que se pretende tener derechos de exploración y explotación de los recursos naturales en la Antártida en desmedro de los países de la Patria Grande. La guerra de la triple alianza contra el Paraguay fue alentada por el imperio inglés y la ocupación inglesa de Atacama boliviana y Tarapacá peruana donde se apoderaron de inmensas riquezas “usando a Chile como instrumento” como dijo el canciller gringo James Blaine en 1881. Pablo Sepúlveda A., nieto de Salvador Allende dijo el 22 dic 2021 en entrevista con el youtuber argentino Daniel Devita, que las transnacionales angloeuropeas “solo en 30 años, de 1990 a 2020 y solo como utilidades de los concentrados de cobre obtuvieron medio millón de millones de dólares y que en el mismo periodo dieron al gobierno chileno solo 40 mil millones de dólares”. En infodefensa.com el 2do semestre del 2018 se publicó
DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria
Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco
que “La OTAN no contesta aún a la solicitud de M. Bachelet de 2010 para un cambio de categoría de Chile”, lo que prueba que Chile es socio de esa alianza, que según la Red Voltaire de Francia son 116, de los que solo 30 son con voz y voto, más los encubiertos que oficialmente no son de la alianza, pero que operan como tales, entre estos Ucrania, Suecia, Finlandia, Georgia, etc. Los actuales acontecimientos internacionales, como los antecedentes de esta alianza deben obligar a los que no son parte de esta alianza en la región, a leer el libro: “My secret Falklands War” (Mi guerra secreta en las Malvinas) de la misión secreta en Chile del oficial de la fuerza aérea británica (RAF) Sydney Edwards” y que resume “es-us.noticias.yahoo.com, por Alfons Luna en julio 2014 con el título: Militar británico: Sin ayuda de Chile, hubiéramos perdido la guerra de Malvinas porque no hubiéramos podido responder a los ataques aéreos que lanzaban los argentinos si no hubiéramos sabido cuándo iban a producirse. La estación de radares de Punta Arenas, en el sur de Chile, se reveló como una herramienta preciosa para los británicos, porque nos avisaban cuando los cazas argentinos dejaban sus bases en el sur de Argen-
PERIODISTAS Economía. Frank Ibañez Canedo, Jorge Habermann Solano Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Clayton Benavides Arteaga, Luis Fernando Cruz, Gabriela Ramos Seguridad. Wilfran Gonzalo Sánchez, Miriam Zenaida Chavez Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín, Jeovana Bernabé Bracamonte
Corrección. José Maria Paredes Ruiz, José Antonio Orellana Carpio, Ana Peñaranda Cueto Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo
tina” y permitían enviar a los aparatos británicos a su encuentro lejos de la flota británica. Los chilenos aceptaron ayudar en secreto lo que se confirmaría con la desclasificación en 2012 de los documentos británicos de la guerra y a cambio se les daría para siempre el material militar que necesitaran. El enemigo de mi enemigo es mi amigo, uno lucha en una guerra con todo lo que tiene a mano. En 1998, Pinochet fue detenido en Londres y Margaret Thatcher, la primera ministra en la época de la guerra, salió encendidamente en su defensa. Thatcher “sabía lo que los chilenos habían hecho por nosotros, pero no podía decirlo. El motivo por el que ella” defendió a Pinochet con uñas y dientes, era saldar una deuda de honor, porque les debíamos mucho a los chilenos”. Edwards fue condecorado con la Orden del Imperio Británico, pero no en la lista de honores de la guerra de las Malvinas, para preservar el secreto.” Esa deuda de honor y gratitud de los ingleses a los chilenos equivale a la inmensa traición chilena a los tres países vecinos que ayudó a saquear por 200 años y a la región a la que dejó plagada de pobreza, miseria e ignorancia. Por estos y muchos otros antecedentes, los favores de esta alianza a Chile pueden influir en la Corte de La Haya.
COMERCIAL Judith Fernández Paredes Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz Cel. 69491112 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribución. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Calle Potosí, esquina Ayacucho N° 1220. Zona central, La Paz, Teléfono: 2902587
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JUEVES / 28 / 04 / 2022
Editorial Ahora se lavan las manos
Y
el día de presentar testigos llegó, y la envalentonada exdictadora Jeanine Añez esperaba el apoyo de sus aliados en el golpe de Estado de 2019, pero una vez más desaparecieron los amigos. La jornada pasada debían declarar todos los testigos que propuso la defensa de Jeanine Añez, y todos los que participaron coincidieron en que la exsenadora Añez se autoproclamó presidenta del Senado y posteriormente presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia, ya que no había quórum para elegir a la persona que debía designar al o la presidenta del Senado. A medida que pasaban los testigos, la defensa de Añez parecía perdida y no entendía qué estaba pasando, pues ante un juez nadie va a mentir y se olvidaron del famoso vacío de poder que era su argumento para negar el golpe de Estado que generaron y planificaron mediante muchos políticos fracasados que no pudieron llegar al poder por el voto de la población. Si bien muchos testigos llegaron para dar su versión y dijeron la verdad sobre la autoproclamación, otros y otras, especialmente los principales actores del Golpe, ni se asomaron por la Fiscalía, se lavaron las manos y dejaron a su suerte a Jeanine Añez. Ahora los aliados manifiestan que no fueron convocados
como testigos de Jeanine Añez, por lo que prefirieron ni aproximarse por las puertas de la Fiscalía y tampoco emitieron comunicados de apoyo a la exdictadora. Si bien el juicio está marchando, la exsenadora manifiesta que existe de antemano la sentencia porque los operadores de justicia, según ella, pertenecen al poder estatal; sin embargo no admite que estos mismos operadores de justicia fueron los que hicieron encarcelar a los políticos y simpatizantes del Movimiento Al Socialismo. Son ellos los que la están juzgando, puesto que el Gobierno nacional mantiene la independencia de poderes y permite que el caso Golpe II continúe de acuerdo a cronograma. Pero volvamos a la presencia de unos y ausencia de otros que debían testificar a favor de Añez e intentar consolidar el falso discurso de que éste es un juicio político. Este discurso se terminó y se confirmó que éste es un proceso ordinario a la exsenadora de la agrupación Demócratas por haberse autoproclamado presidenta, con lo que vulneró las leyes y el Reglamento de la Cámara de Senadores, lo que permitió que ella se autoproclame y cometa un ilícito. Es bien sabido que sus aliados reclamaban de boca para afuera a favor de la exsenadora, pero a la hora de la verdad se lavaron las manos y abandonan como la única responsable del golpe de Estado.
Todos los que participaron coincidieron en que la exsenadora Añez se autoproclamó presidenta del Senado y posteriormente presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia.
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y en estrictaJHONATHAN aplicación al artículo 86° del Código Tributario Boliviano Nº 2492 se notifica, cita RESOLUCIÓN y emplaza al Sr. EMILIO HERBAS ORELLANA con C.I. Ley 7853233 S.C.; con la EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA de confecha C.I.17 7853233 conemitida la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022 de marzo S.C.; de 2022, por la Gerencia DETERMINATIVA de fecha 17 las de oficinas marzo de emitidaRegional por la Gerencia Regional La Paz de laAN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022 Aduana Nacional, debiendo apersonarse ante de 2022, la Gerencia La Paz RegionalenLa de de la El Aduana Nacional, debiendo ante las oficinas ydeAv. la Ballivian Gerencia Otero Regional ubicada la Paz ciudad Alto Av. del Policía Nº 637 apersonarse entre calle Diego de Portugal y seaLaenPaz un ubicada ciudad El Alto Av. del Policía entre Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en un JUEVES / 28la / 04 / 2022 Publicidad de en 20 días, parade interponer los recursos en Nº los 637 plazos quecalle la ley dispone.-------------------------------------------------20plazo plazo de PERTINENTE 20 días, para interponer recursos en losDETERMINATIVA plazos que la ley dispone.-------------------------------------------------PARTE DE LAlos RESOLUCIÓN AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022.---------www.aduana.gob.bo PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022.---------La Paz, 17 de marzo de 2022.------------------------------------------------------------------------------------------------------Línea gratuita: 800 10 5001 www.aduana.gob.bo La Paz, 17----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------de marzo de 2022.------------------------------------------------------------------------------------------------------VISTOS: EDICTO Línea gratuita: 800 10 5001 EDICTO EDICTO EDICTO VISTOS: NOTIFICACIÓN POR EDICTO Informe AN-GRLGR-UFILR-I-435-2021 de La Orden ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------de Control Diferido 2020CDGRL0000300 de 10/07/2020; EDICTO EDICTO EDICTO (Primera Publicación) (Primera Publicación) EDICTO EDICTO (Segunda Publicación) EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO Informe AN-GRLGR-UFILR-I-435-2021 de ADUANA NACIONAL La Orden deVista Control Diferido 2020CDGRL0000300 de 10/07/2020; EDICTO EDICTO EDICTO (Primera publicación) (Primera Publicación) 19/08/2021; de Cargo AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de 19/08/2021; Informe AN-GRLGR-UFILR-I(Primera Publicación) (Primera Publicación) (Segunda Publicación) (Primera Publicación) (Segunda Publicación) ADUANA NACIONAL EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE de la Aduana Nacional – (Primera Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad yNºen aplicación al artículo 86° Publicación) EL GERENTE REGIONAL LA PAZ LA ADUANA NACIONAL –Martínez Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad yestricta en estricta aplicación al artículo El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Lic. Antonio Claudio Villa, en mérito al art. 5 del Decreto Supremo 27874 de fecha 26 de noviembre de 2004 (Primera publicación) EDICTO (Primera Publicación) 19/08/2021; Vista de Cargo AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de 19/08/2021; Informe AN-GRLGR-UFILR-I(Primera Publicación) (Segunda Publicación) 1173-2021 decon 28/12/2021; Informe Legal AN/GRLPZ/UJ/IL/36/2022 de 17/03/2022; todos los antecedentes cursantes del Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492 se notifica, cita y(Primera emplaza al Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA conaplicación C.I. 7853233 S.C.; con 86 de la Ley NºREGIONAL 2492 del Código Tributario Boliviano, notifica, cita y emplaza con las RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE ABANDONO TÁCITO O EL GERENTE LA PAZ de la Aduana Nacional – Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad y en estricta al artículo 86° Publicación) EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL – Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad y en estricta aplicación al artículo notifica, cita y emplaza los Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria, a las personas que se mencionan a continuación, dentro de los procesos de Ejecución Tributaria (SEGUNDA PUBLICACIÓN) El Gerente Regional La Paz de laLa Aduana Nacional - Lic. AntonioAN/GRLPZ/UJ/IL/36/2022 Claudio Martínez Villa, en 17 mérito al art. 5 del Decreto Supremo Nº 27874 de fecha 26 de noviembre de EDICTO El Gerente Regional Paz de la Aduana Nacional Lic. Antonio Claudio Martinez Villa, de conformidad yde2004 en la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022 de fecha de marzo de 2022, emitida por la Gerencia Regional Paz la 1173-2021 de 28/12/2021; Informe Legal de 17/03/2022; todos los antecedentes cursantes DE HECHO, debiendo apersonarse ante las oficinas de lacita Administración de Aduana Interior La– Paz, ubicada en la Av. 6 de Marzo S/N, Zona La Villa Bolívar del Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492 se notifica, y emplaza al Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 S.C.; con EL GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. DE LA ADUANA NACIONAL LIC. ANTONIO CLAUDIO MARTINEZ VILLA EN MÉRITO AL ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO EL GERENTE REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, 86 de la Ley Nº 2492 del Código Tributario Boliviano, notifica, cita y emplaza con las RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE ABANDONO TÁCITO O en el expediente, y;------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------seguidos a instancia de esta Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------------------------El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional – Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conforminotifica, cita y emplaza con los La Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria, aLic. las personas que se mencionan aen continuación, dentro de los procesos dede Ejecución Tributaria PUBLICACIÓN) Aduana Nacional, debiendo apersonarse ante las oficinas de laY(SEGUNDA Gerencia Regional La Paz ubicada laMartinez ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle El Gerente Regional Paz de la Aduana Nacional Antonio Claudio Martinez Villa, de conformidad y en estric“B” – El Alto (Recinto Aduana Interior La Paz) y sea en un plazo perentorio de 20 días hábiles administrativos, siguientes a la fecha su notificación El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Lic. Antonio Claudio Villa, de conformidad y en la RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022 de fecha 17 de marzo de 2022, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Nº. 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE DE 2004 NOTIFICA, CITA EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. EMILIO La Gerencia Nacional de Fiscalización de la Aduana Nacional, de conformidad y en estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley N° 2492, DE HECHO, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Administración de Aduana Interior La Paz, ubicada en la Av. 6 de Marzo S/N, Zona Villa Bolívar EL GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. DE LA ADUANA NACIONAL LIC. ANTONIO CLAUDIO MARTINEZ VILLA EN MÉRITO AL ART. 5 DEL DECRETO SUPREMO EL GERENTE REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional – en Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& en expediente, seguidos ael instancia estaBallivian Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------------------------de conformidad yy;------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------en estricta aplicación al artículo 86º del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional –General Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de Diego de Portugal yde Av. Otero yLa sea en un plazo de 20 días, para interponer los recursos los plazos que laAlto ley dispone.---------------------------POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------conforme señala el artículo 154 de la DE Ley Nº 1990 de fecha 28/07/1999, Ley de Aduanas, modificado por el artículo 3, IV de la Leycalle Nº Aduana Nacional, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Gerencia Regional Paz ubicada en la ciudad decita El Av. Policía Nº 637 entre dad en estricta aplicación al artículo 86 de la Ley Nº 2492 del Código Tributario Boliviano, notifica, cita El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional Lic. Antonio Claudio Martinez de conformidad yconformien estricQUE SE MENCIONAN AFiscalización CONTINUACIÓN, DENTRO DE LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS A INSTANCIA DE ESTA GERENCIA “B” –y El Alto (Recinto Aduana Interior Paz) yINICIO sea en un plazo perentorio de 20La días hábiles administrativos, siguientes adel laparágrafo fecha de su notificación Nº. 27874 DE FECHA 26 DE NOVIEMBRE 2004 NOTIFICA, CITA Y EMPLAZA CON LOS PROVEÍDOS DE INICIO DEVilla, EJECUCIÓN TRIBUTARIA, A LAS PERSONAS estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, cita y emplaza al Sr. EMILIO La Gerencia Nacional de de la Aduana Nacional, de conformidad yTRIBUTARIA: enpara estricta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley N° 2492, ta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 notifica, y emplaza al Sr. EMILIO CITA, LLAMA Y EMPLAZA a la operadora JIANZHEN LUO con NIT 367056024, para que por sí o mediante apoderado, se apersone a las oficinas de la Gerencia PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE DE EJECUCIÓN -------------------------------------------------------------------------------JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 SC, que tome conocimiento de la presente VISTA DE CARGO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓN DETERMINATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022.--------------------------------------------------------------de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86º del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 615 de 15/12/2014, aADUANA las personas naturales yplazo jurídicas que seLey mencionan a continuación:-------------------------------------------------------------------Diego defecha Portugal yDE Av. Ballivian Otero y al sea en unGUADALUPE de 20 días, para interponer los recursos en los plazos que ley dispone.---------------------------POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------conforme señala el artículo 154 de la Ley Nº 1990 de fecha 28/07/1999, Ley General de Aduanas, modificado por ellapor artículo 3,LP. parágrafo IV de la Leycita Nº notifica, cita yHERBAS emplaza aNacional, la Sra. CUPER QUISPE con C.I. 6848408 la RESOREGIONAL LA PAZ LA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------dad yLLAMA en estricta aplicación artículo 86 de la Nº 2492 del Código Tributario notifica, SE MENCIONAN A CONTINUACIÓN, DENTRO DE PROCESOS DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA SEGUIDOS Ayapersone INSTANCIA DE ESTA GERENCIA El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas Ley; ------------------------ta aplicación del artículo 86° del Código Tributario Boliviano, Ley Nº 2492 emplaza alcuadro: Sr. EMILIO CITA, Y EMPLAZA aRESOLUCIÓN la operadora JIANZHEN LUO con NIT 367056024, para que por sí o de mediante apoderado, se aVISTA lascon oficinas la Gerencia PARTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: -------------------------------------------------------------------------------JHONATHAN ORELLANA con C.I. 7853233 SC, para que tome conocimiento decita laseñala presente DE CARGO La Paz, 17 de marzo de 2022.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional de Fiscalización de la Aduana ubicada en laLOS Av. 20 de Octubre Nº 2038 de la ciudad Lanotifica, Paz, conforme ella siguiente yQUE emplaza con las Resoluciones Administrativas de Abandono Tácito oapersonarse de Hecho, debiendo apersonarse AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 fecha 19 agosto de 2021, debiendo aBoliviano, las oficinas de lade Gerencia JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 SC, para que tome conocimiento de presente VISTA DE &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PERTINENTE DE LA DETERMINATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022.--------------------------------------------------------------615 de PERTINENTE fecha 15/12/2014, a las personas naturales yde jurídicas que sede mencionan a continuación:-------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&notifica, cita y emplaza a la Sra. GUADALUPE CUPER QUISPE con C.I. 6848408 LP. con la RESOREGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------DE PROVEÍDO DEla INICIO DE MONTO ADEUDADO EN por LUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ACEPTACIÓN DE PLAN DE FACILIDADES DE PAGO AN-GRLElNº Gerente Regional La Paz deSUJETO lade Aduana Nacional, en uso de sus conferidas Ley; ------------------------VISTOS: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Paz, 17 de marzo de 2022.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional de Fiscalización de Aduana Nacional, ubicada en laAv. Av. 20 de Octubre Nº 2038 deatribuciones laPaz, ciudad de La Paz, conforme señala el siguiente cuadro: PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIONES DE DECLARATORIA DE ABANDONO TÁCITO OyaDE HECHO: -----------------------yLa con las Resoluciones Administrativas de Abandono Tácito oapersonarse Hecho, debiendo apersonarse AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19 de agosto de 2021, debiendo las oficinas de laEN Gerencia JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 SC, para que tome conocimiento de la presente VISTA DE Nºemplaza NIT / C.I. ORIGEN DEL PIET MONTO ADEUDADO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&RESUELVE: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regional La Paz ubicada en la Ciudad ElADMINISTRATIVAS Alto del Policía Nº 637 entre calle Diego dede Portugal Av. Ballivian Otero yUFV’S sea en PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: ----------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19 de agosto de 2021, debiendo apersonarse a las oficinas ante las oficinas de la Administración de Aduana Interior La ubicada en la Av. 6 de Marzo S/N, Zona EJECUCIÓN TRIBUTARIA PASIVO BOLIVIANOS La Orden de Control Diferido 2020CDGRL0000300 de 10/07/2020; Informe AN-GRLGR-UFILR-I-435-2021 de 19/08/2021; Vista de Cargo Nº DE PROVEÍDO DE INICIO DE SUJETO MONTO ADEUDADO EN LUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ACEPTACIÓN DE PLAN DE FACILIDADES DE PAGO AN-GRLVISTOS: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESUELVE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NOMBRE FECHA DEUDA ADEUDO BASE PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA DE ABANDONO TÁCITO O DE HECHO: -----------------------GR-ULELR-SET-RESADMPFP-91-2021 de fecha 23/12/2021, emitida por la Gerencia Regional La Nº NIT / C.I. ORIGEN DEL PIET MONTO ADEUDADO EN UFV’S RESUELVE: -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regional La Paz ubicada en la Ciudad de El Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian Otero y sea en PARTE PERTINENTE DE LOS PROVEÍDOS DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA: ----------------------------------------------------------------------CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de fecha 19 de agosto de 2021, debiendo apersonarse a las oficinas ante las oficinas de la Administración de Aduana Interior La Paz, ubicada en la Av. 6 de Marzo S/N, Zona un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes.------EJECUCIÓN TRIBUTARIA PASIVO BOLIVIANOS AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de 19/08/2021; Informe AN-GRLGR-UFILR-I-1173-2021 de 28/12/2021; Informe Legal AN/GRLPZ/UJ/IL/36/2022 de PRIMERO.DETERMINAR de oficio las obligaciones aduaneras del Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS La Orden de Control Diferido 2020CDGRL0000300 de 10/07/2020; Informe AN-GRLGR-UFILR-I-435-2021 de 19/08/2021; Vista de de laNºGerencia Regional Paz ubicada laAduana Ciudad de El Alto Av. del Policía Nºen 637 entre calle Diego deRegional Portugal yCargo Av. PRIMERO.Declarar en ABANDONO TÁCITO DEen HECHO, la mercancía descrita el Parte Recepción: -------------------------------------------------RESUELVE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------O RAZÓN C.I. o N.I.T. AONOTIFICAR, PERÍODO, IMPUESTO Y MONTO VISTA DEADEUDADO TRIBUTARIA TRIBUTARIO IMPONIBLE Villa Bolívar “B” –Nacional, ElLaDOCUMENTO Alto (Recinto Interior Laen Paz) ydedeOperador sea un plazo perentorio deHERBAS 20 días NOMBRE FECHA DEUDA ADEUDO BASE GR-ULELR-SET-RESADMPFP-91-2021 de fecha 23/12/2021, emitida por la Gerencia La DE PROVEÍDO DE INICIO SUJETO MONTO MONTO ADEUDADO EN JOSE UFV´s 143.Paz de la Aduana debiendo apersonarse ante las oficinas de la Gerencia Regional La Paz 17/03/2022; todos los antecedentes cursantes en el expediente, y;-------------------------------------------------------------------------------------------------------un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes.------AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021 de 19/08/2021; Informe AN-GRLGR-UFILR-I-1173-2021 28/12/2021; Informe Legal AN/GRLPZ/UJ/IL/36/2022 de PRIMERO.DETERMINAR de oficio las obligaciones aduaneras del EMILIO JHONATHAN &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&NIT / la C.I. ORIGEN Nº de la Gerencia Regional Paz ubicada Ciudad de El diferencia Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego deADEUDADO y00/100 Av. PRIMERO.Declarar en ABANDONO TÁCITO DEen HECHO, mercancía descrita enPIET elde Parte Recepción: -------------------------------------------------DECLARACION JURADA Bs. 339.CARGO UFV UFV BS OSOCIAL RAZÓN C.I. o-SET-PIET-560/2021 N.I.T. DOCUMENTO AONOTIFICAR, PERÍODO, IMPUESTO YDEL MONTO VISTA DEADEUDADO TRIBUTARIO IMPONIBLE Villa Bolívar “B” –C.I ElLa Alto (Recinto Aduana Interior La Paz) ydesea en un plazo de 20 días ORELLANA con 7853233 S.C, concepto de valor, seguro yTRIBUTARIA flete, afectando aPortugal los Tributos Ballivian Otero yantecedentes sea en un plazo perentorio efecha improrrogable de treinta (30) días para formular yperentorio presentar los descargos DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA PASIVO EN BOLIVIANOS UFV’S AN-GRLGR DE MANUEL CUARENTA Yde TRES Nº DE PROVEÍDO DE INICIO SUJETO MONTO MONTO EN POR TANTO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------hábiles administrativos, siguientes apor lala de su notificación conforme señala el(CIENTO artículo 154 la Ley JOSE UFV´s 143.PARTE DE FECHA DE Paz de la Aduana Nacional, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Gerencia Regional La Paz 17/03/2022; todos los cursantes en elAv. expediente, y;-------------------------------------------------------------------------------------------------------1N° 06908793 DUI 2018/241/C-241/C-8044 (TRESCIENTOS TREINTA Y &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&NIT / C.I. ORIGEN DEL PIET Nº ubicada en la ciudad de El Alto del Policía Nº 637 entre calle Diego de Portugal y Av. Ballivian DECLARACION JURADA Bs. 339.SOCIAL CARGO UFV UFV BS CONSIGNATARIO RESOLUCIÓN DE ABANDONO PARTE PERTINENTE DE LA VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.-----------------------------FECHA 28/09/2021 LOCONI UNIDADES DE FOMENTO A LA ORELLANA con C.I 7853233 S.C, por concepto de diferencia de valor, seguro y flete, afectando a los Tributos Ballivian Otero y sea en un plazo perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos DE EJECUCIÓN PASIVO EN(GA), BOLIVIANOS UFV’S AN-GRLGR -SET-PIET-560/2021 MANUEL CUARENTA Y TRES El Gerente Regional La TRIBUTARIA Paz de la Aduana Nacional, en usofecha de sus atribuciones conferidas por Ley;00/100 ----------------------------------------------------------------RECEPCION Nº RESOLUCIÓN POR TANTO: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------hábiles administrativos, siguientes a 06908793 la de su notificación conforme señala el(CIENTO artículo 154 de la Ley que estime convenientes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------PARTE DEVISTA FECHA DE00/100 DE 19 DE MAYO DE 2018 NUEVE BOLIVIANOS) Aduaneros del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Gravamen Arancelario Impuesto al parágrafo Consumo Especifico 1N°1990 DUI 2018/241/C-241/C-8044 (TRESCIENTOS TREINTA DE CARGO: ubicada en la ciudad deDE El2021------------------------------------------------------------------------------------------------Alto Av. del Policía Nº 637 entre calle Diego deY Portugal yVIVIENDA) Av. Ballivian CONSIGNATARIO RESOLUCIÓN DE ABANDONO QUINTANA Nº de fecha 28/07/1999, Ley General de Aduanas, modificado por artículo 3, IV PARTE PERTINENTE DE LA VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.-----------------------------FECHA 28/09/2021 LOCONI UNIDADES DE FOMENTO Ade LA la Bs. el 2,564.RESUELVE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Otero y sea en un plazo de 20 días, para interponer los recursos en los plazos que la ley dispone.---El Alto – La Paz, 19 de agosto de El Gerente Regional La Paz de la Aduana Nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley;00/100 ----------------------------------------------------------------RECEPCION Nº RESOLUCIÓN que estime convenientes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------DE 19 DE MAYO DE 2018 NUEVE BOLIVIANOS) Aduaneros del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Gravamen Arancelario (GA), Impuesto al Consumo Especifico UFV´s 1,082.VISTA DE CARGO: 201 2003 174831 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AN-GNFGC-VISCAR-89-2021. QUINTANA VIVIENDA) 1990 de fecha Ley General dedelRESOLUCION Aduanas, modificado por el artículo 3,laparágrafo IVS.C, de la (ICE) esea intereses en laoficio tramitación de lapara Declaración ÚnicaJURADA de Importación (DUI) 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, PRIMERO.DETERMINAR de las obligaciones aduaneras Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 por Bs. 2,564.1 LATIN AMERICA TRADING ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/243/2022 18/04/2022 RESUELVE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Otero en un plazo de 20 días, interponer los recursos en los plazos que ley dispone.---El Alto –y615 La Paz, 19 de28/07/1999, agosto de 2021------------------------------------------------------------------------------------------------LUCIO DECLARACION JURADA Ley Nº de fecha 15/12/2014, a las personas naturales que se mencionan a continuación.--------------I.Nº GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN: ---------------------------------------MARIO DECLARACION Bs. 426.UFV´s 180.(CIENTO OCHENTA (DOS MIL DE FECHA 31/12/2003 UFV´s 1,082.PARTE PERTINENTE DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ACEPTACIÓN DE PLAN DE 201 2003 174831 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AN-GRLGR -SET-PIET-570/2021 C.I. AN-GNFGC-VISCAR-89-2021. ALCANCE: 49 DUI de la gestión 2018: 1) 2018/711/C-55899, 2) 2018/711/CAN-GRLGR -SET-PIET-561/2021 DE 9347516 (ICE) e intereses en la tramitación de la Declaración Única de Importación (DUI) 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, concepto de diferencia de valor, seguro y flete, afectando a los Tributos Aduaneros del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Gravamen Arancelario (GA), (MIL OCHENTA YFOMENTO DOS 00/100 PRIMERO.DETERMINAR de oficio las obligaciones aduaneras del Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, por LATIN AMERICA TRADING RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/243/2022 18/04/2022 PARTE PERTINENTE DEDE LA VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.------------------------VILCANQUI 12 1por DUI 2016/241/C-37066 DE LUCIO DECLARACION JURADA GALARZA DUI 2017/241/C-14065 DE VEINTISEIS 00/100 UNIDADES DE A Ley Nº 615 de fecha 15/12/2014, aafectando las personas naturales que se mencionan a 2017/201/C-41695 continuación.--------------I.FACILIDADES GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN: ---------------------------------------MARIO JURADA Bs. 426.UFV´s 180.-DE (CIENTO OCHENTA el monto que asciende aintereses UFV´s.2.062,37 (Dos mil sesenta y(CUATROCIENTOS dos 37/100 Unidades de Fomento de Vivienda) QUINIENTOS SESENTA (DOS MIL DE FECHA 31/12/2003 PARTE PERTINENTE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE ACEPTACIÓN PLAN DE DE FECHA 13/10/2021 AN-GRLGR -SET-PIET-570/2021 40146892 Gerencia Regional La Paz-------------------------------------------------------------------------------------------------------------FECHA 28/09/2021 CB ALCANCE: de la gestión 2018: 1) DECLARACION 2018/711/C-55899, 2)2017 2018/711/CAN-GRLGR -SET-PIET-561/2021 DE49 9347516 Impuesto al Consumo Especifico (ICE) e AN-GRLGR-ULELR-SET-RESADMPFP-91-2021.---------------------------en4)la tramitación de la Declaración Única de Importación (DUI) de DE 14/11/2017, por &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&concepto de diferencia de valor, seguro yDUI flete, aC.I. los Tributos Aduaneros del Impuesto al Valor Agregado (IVA), Gravamen Arancelario (GA), DE PAGO UNIDADES FOMENTO AAel (MIL OCHENTA YFOMENTO DOS 00/100 55901, 3) 2018/711/C-55902, 2018/711/C-56248, 5) 2018/711/C-56501, 6) 201 2004 2888 PARTE PERTINENTE DE LA VISTA DE CARGO AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021.------------------------CERON 08 DE AGOSTO DE 00/100 BOLIVIANOS) LA VIVIENDA) VILCANQUI CHURA 1 DUI 2016/241/C-37066 DE 16/12/2016 2 GALARZA DUI 2017/241/C-14065 DE (CUATROCIENTOS VEINTISEIS 00/100 UNIDADES DE por el monto que asciende a UFV´s.2.062,37 (Dos mil sesenta y dos 37/100 Unidades de Fomento de Vivienda) QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO 00/100 2 LOS AMIGOS DEL LIBRO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/212/2022 11/04/2022 El Alto –DE La Paz, 19 de agosto 2021------------------------------------------------------------------------------------------FECHA 13/10/2021 40146892 Gerencia Regional La Paz-------------------------------------------------------------------------------------------------------------FECHA 28/09/2021 CB monto quealasciende UFV´s.2.062,37 (Dos mil sesenta ytramitación dos 37/100 Unidades de Fomento de Vivienda) equivalente aconcepto Bs.4,886.00 (Cuatro mil ochocientos Impuesto Consumo Especifico (ICE) ede intereses la2018/711/C-56248, de la5)Declaración Única de Importación (DUI) 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, porAel DE FECHA 12/01/2004 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&FACILIDADES DE PAGO AN-GRLGR-ULELR-SET-RESADMPFP-91-2021.---------------------------UNIDADES DE FOMENTO LA VIVIENDA) 55901, 3) 2018/711/C-55902, 4) 2018/711/C-56501, 6) 201 2004 2888 equivalente aadiciembre Bs.4,886.00 (Cuatro milen ochocientos ochenta y seis 00/100 Bolivianos), por de Tributo Omitido, II. GIRADA CONTRA: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------CERON DE AGOSTO DE 2017 00/100 BOLIVIANOS) LA VIVIENDA) 2018/711/C-58786, 7) 2018/711/C-58831, 8)08 2018/711/C-58920, 9) 2018/711/ CHURA 16/12/2016 El Alto, 23 de de 2021-------------------------------------------------------------------------------Y CUATRO 00/100 2 LOS AMIGOS DEL LIBRO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/212/2022 11/04/2022 BOLIVIANOS) PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA El Alto – La Paz, 19 de agosto de 2021------------------------------------------------------------------------------------------ochenta y seis 00/100 Bolivianos), por concepto de Tributo Omitido, Mantenimiento de Valor e Intereses, calculados al 19/08/2021, conforme el siguiente monto que asciende a UFV´s.2.062,37 (Dos mil sesenta y dos 37/100 Unidades de Fomento de Vivienda) equivalente a Bs.4,886.00 (Cuatro mil ochocientos DE FECHA 12/01/2004 LA VIVIENDA) equivalente a Bs.4,886.00 (Cuatro mil ochocientos ochenta y seis 00/100 Bolivianos), por concepto de Tributo Omitido, GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE ORIGEN: -----------------------------------------II. GIRADA CONTRA: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las 2018/711/C-58786, 7) 2018/711/C-58831, 8) 2018/711/C-58920, 9) 2018/711/ C-60019, 10) 2018/711/C-60027, 11) 2018/711/C-60056, 12) 2018/711/CEl Alto, 23 de diciembre de 2021-------------------------------------------------------------------------------EMILIO J.PERTINENTE HERBAS ORELLANA --------------------------------------------------------------------------------------------------BOLIVIANOS) 201 2005Bolivianos), 74781 PARTE DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DECLARATORIA de Valor e Intereses, alLey 19/08/2021, conforme el siguiente detalle: -------------------------------detalle: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ochenta y el seis 00/100 por concepto decalculados Tributo Omitido, Mantenimiento deDE Valor e Intereses, calculados alDE 19/08/2021, conforme elsusiguiente VISTOS: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------3seMantenimiento NOVARA S.R.L. RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/213/2022 11/04/2022 GERENTE REGIONAL O ADMINISTRACIÓN ADUANERA ORIGEN: -----------------------------------------(…) dará inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en contra las DE ABANDONO TÁCITO O DE HECHO: -----------------------------------------------------------------medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, Bs. 1,832.C-60019, 10) 2018/711/C-60027, 11) 2018/711/C-60056, 12) 2018/711/CDE FECHA 10/05/2005 EMILIO J. HERBAS ORELLANA --------------------------------------------------------------------------------------------------201 2005 74781 Gerencia Regional La Paz--------------------------------------------------------------------------------------------------------SOSIMO UFV´s 773.(SETECIENTOS 60811, 13) 2018/711/C-60831, 14) 2018/711/C-60848, 15) 2018/711/C-61249, Mantenimiento de Valor eDeuda Intereses, calculados alLey 19/08/2021, conforme el siguiente detalle: -------------------------------detalle: --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------III. NUMERO DE10/05/2005 IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: ------------------------------------------------------------------------Resumen Previa de la2492, Tributaria alpagos 19/08/2021--------------------------------------------------------------------------------------------------C.I. VISTOS: ---------------------------------------------------------------------------------------------------------3Resumen NOVARA S.R.L. RESOLUCION AN/GRLPZ/ILP/RESADM/213/2022 11/04/2022 DECLARACION JURADA DE ABANDONO TÁCITO O DE HECHO: -----------------------------------------------------------------medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la hubiese 2492, elADMINISTRATIVA total de (s) la deuda tributaria, que02/12/2019; deberá ser actualizada aTRES la fecha de pago, Liquidación Previa de la Deuda Tributaria alhasta 19/08/2021----------------------------------------------------------Bs. conforme loLiquidación señala el Art. 47 de la Ley reconociendo los que realizado elpago (los) sujeto pasivo (s), 1,832.por lo se les comunica que el deberán apersonarse DE FECHA La Resolución que resuelve el Recurso Jerárquico AGIT-RJ-1369/2019 de Proveído Gerencia Regional La Paz--------------------------------------------------------------------------------------------------------SOSIMO UFV´s 773.60811, 13) 2018/711/C-60831, 14) 2018/711/C-60848, 15) 2018/711/C-61249, AN-GRLGR -SET-PIET-572/2021 CRISOL SETENTA Y(SETECIENTOS 00/100 III. NUMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: ------------------------------------------------------------------------Resumen Liquidación Previa de la Deuda Tributaria al 19/08/2021--------------------------------------------------------------------------------------------------16) 2018/711/C-61818, 17) 2018/711/C-61819, 18) 2018/711/C-61858, C.I. RESUELVE:---------------------------------------------------------------------------------------------------(MIL OCHOCIENTOS 201 2008 204689 ROSENDO LOAYZA ESCOI. GIRADA CONTRA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------DECLARACION JURADA 2 DUI 2018/241/C-19490 DE 7853233 SC ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Resumen Liquidación Previa de la Deuda Tributaria al 19/08/2021----------------------------------------------------------conforme loDE señala el Art. 47 de la Ley 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo que se les comunica que deberán apersonarse aCI la Supervisoría de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Ciudad de El Alto 11252725 La Resolución que resuelve el Recurso Jerárquico AGIT-RJ-1369/2019 de 02/12/2019; el Proveído 4 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/226/2022 13/04/2022 AN-GRLGR -SET-PIET-572/2021 CRISOL SETENTA Y TRES 00/100 FECHA 14/10/2021 HINOSTROZA UNIDADES DE FOMENTO A 16) 2018/711/C-61860, 2018/711/C-61818, 17)LOAYZA 2018/711/C-61819, 18) 2018/711/C-61858, RESUELVE:---------------------------------------------------------------------------------------------------(MIL OCHOCIENTOS TREINTA DOS 00/100 DE201 FECHA 15/07/2008 BAR con C.I. 2453969 de Inicio de Ejecución Tributaria AN-GRLGR-SET-PIET-231/2020 de 09/06/2020; la nota presen204689 ROSENDO ESCOI.la2laSupervisoría GIRADA CONTRA: --------------------------------------------------------------------------------------------------------19) 20) 2018/711/C-61862, DUI 2018/241/C-19490 DEy Sella: SC ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------30/11/2018 Tributo Omitido Intereses del Deuda Tributaria aCI de 2008 Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de21) la 2018/711/C-62595, GERENCIA REGIONAL LA PAZ de laYAduana Nacional, ubicada en la Ciudad de El Alto 11252725 47853233 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/226/2022 13/04/2022 en Av. del Policía S/N entre Calle Diego de Portugal y Ballivian Otero Zona Ciudad Satélite.-Firma Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL L.P. PRIMERO.Declarar en ABANDONO TÁCITO O DE HECHO, la mercancía descrita en el Parte de EMILIO J. HERBAS ORELLANA ---------------------------------------------------------------------------------------------IX. CONSIDERANDO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------DE FECHA 14/10/2021 HINOSTROZA UNIDADES DE FOMENTO A PARIACHI LA VIVIENDA) TREINTA Y DOS 00/100 DE FECHA 15/07/2008 BAR con C.I. 2453969 de Inicio de Ejecución Tributaria AN-GRLGR-SET-PIET-231/2020 de 09/06/2020; la nota presen19) 2018/711/C-61860, 20) 2018/711/C-61862, 21) 2018/711/C-62595, BOLIVIANOS) 30/11/2018 Tributo Omitido Intereses del Deuda Tributaria 22) 2018/711/C-62597, 23) 24) 2018/711/C-62645, en la Av. del Policía S/N entre Calle Diego depor Portugal y2018/711/C-62598, Ballivian Otero Zona Ciudad Satélite.-Firma yFecha Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas, GERENTE REGIONAL Valor FOB L.P. Valor CIF acalidad laen de Tributo Omitido PRIMERO.Declarar en ABANDONO TÁCITO O DE HECHO, la mercancía descrita en el Parte de EMILIO J. HERBAS ORELLANA ---------------------------------------------------------------------------------------------tada en fecha 20/12/2021 ANTONIO SALCEDO KOCH de Representante Legal del LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------IX. CONSIDERANDO.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------201 2004 4861 PARIACHI LA VIVIENDA) (TO+1) BOLIVIANOS) 9.1 u Omisión que se Atribuye al Presunto Autor. -------------------------------------------------------------------------5Acto ST. MARTIN LTDA. Valor RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/210/2022 08/04/2022 III. NUMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: -------------------------------------------------------------------Tipo deKOCH 22) 2018/711/C-62648, 2018/711/C-62597, 23) 2018/711/C-62598, 24) 2018/711/C-62645, Recepción: ------------------------------------------------------------------------------------------------------Valor CIF acalidad Fecha DUIpor laen Fecha de Tributo Omitido tada en fecha 20/12/2021 ANTONIO SALCEDO Representante Legal del 25) 26) 2018/711/C-63521, 27) LA PAZ a.i. -u ADUANA NACIONAL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------201 2004 4861 DE FECHA 12/01/2004 (TO+1) noFOB no &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&actualizado al 9.1 Omisión que se Atribuye al Presunto Autor. -------------------------------------------------------------------------(…) se dará elestablece inicio a la------------------------------------------------------------------------------------------------------ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su2018/711/C-64893, legal notificación con elVencimiento presente proveído, ade partir dellos cualtributos seel aplicarán en su 08/04/2022 contra lasalmedidas 5Acto ST. MARTIN LTDA. RESOLUCION AN/GRLPZ/ILP/RESADM/210/2022 actualizada III. NUMERO DE IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: -------------------------------------------------------------------operador ADESCO AGENCIA DESPACHANTE DE ADUANA con NIT 21458014: Informe Técnico Tipo deADMINISTRATIVA Recepción: Fecha DUI Tributo 25) 2018/711/C-62648, 26) 2018/711/C-63521, 27) 2018/711/C-64893, 9.1.1 Se la presunta comisión de Contravención Tributaria por Omisión de Pago de correspondientes DE FECHA 12/01/2004 no no &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&CI 7853233 SC -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Vencimiento actualizado al 28) 2018/711/C-64894, 29) 2018/711/C-64895, 30) 2018/711/C-65213, DOCUMENTO (1) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO----------------------------------------------------------------JIANZHEN N (…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las medidas actualizada al declarado declarado operador ADESCO AGENCIA DESPACHANTE DE ADUANA con NIT 21458014: el Informe Técnico coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 deContravención la Ley 2492, hasta elTributaria pago total de lapor deuda que deberá ser a65.151,83 la fecha de pago, conforme lo 201 2005 174090 Tributo 24/09/2021 34.326,18 264.553 367056024 9.1.1 Se establece la presunta comisión de Omisión delos Pago deactualizada los tributos correspondientes Aduanero CI 7853233 SC -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------28) 2018/711/C-64894, 29) 2018/711/C-64895, 30) 2018/711/C-65213, DOCUMENTO PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LAhasta NOTIFICACIÓN POR EDICTO----------------------------------------------------------------JIANZHEN AN-GRLGR-ULELR-SET-I-618-2021 de fecha ytributaria, todos antecedentes del presente 6LUO VIDRIERIA UNIVERSAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/214/2022 11/04/2022 N PARTE DE FECHA DESC,lo A, 23 de Noviembre de 2021. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------declarado declarado a(1) la DUI IM4 de 14/11/2017, contra el operador EMILIO J. HERBAS ORELLANA con CI coactivas correspondientes, conforme establece elpagos Art. 110 de la Ley 2492, el 21/12/2021; pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada la fecha de 7853233 pago, conforme 31) 2018/711/C-67409, 32) 2018/711/C-67411, 33) 2018/711/C-68125, 34) 2005 174090 DE FECHA 05/12/2005 señala el Art. 47201 de la2017/201/C-41695 Ley 2492, reconociendo los que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo24/09/2021 que se les comunica que deberána65.151,83 apersonarse a la Supervisoría IX. CONSIDERANDO.---------------------------------------------------------------------------------------------------------34.326,18 264.553 367056024 ADUANERO (DUI) N° CONSIGNATARIO RESOLUCION DE ABANDONO Aduanero 17/11/2017 19/08/2021 19/08/2021 AN-GRLGR-ULELR-SET-I-618-2021 de fecha 21/12/2021; y todos los antecedentes del presente 6 VIDRIERIA UNIVERSAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/214/2022 11/04/2022 PARTE DE FECHA DE A, 23 de Noviembre de 2021. aproceso.----------------------------------------------------------------------------------------------------------la DUI IM4 2017/201/C-41695 deCONSIGNATARIO 14/11/2017, contra el operador EMILIO J.lo HERBAS ORELLANA con CI 7853233 SC, 31) 2018/711/C-67409, 32) 33) 2018/711/C-68125, LUO (…) conforme a los administrativos del proceso, en contra deREGIONAL JOSE MANUEL LOCONI QUINTANA con C.I. 06908793, procédase a en su notificación por DE FECHA 05/12/2005 señala el Art. 47 laantecedentes Ley 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por que se les comunica que deberán apersonarse ala laAv. Supervisoría RECEPCION Nº-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RESOLUCION IX. CONSIDERANDO.---------------------------------------------------------------------------------------------------------ADUANERO (DUI) 2018/711/C-68126, 35) 2018/711/C-68270, 36) 2018/711/C-68960, 37) de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA LA PAZ de34) la Aduana Nacional, ubicada en la Ciudad de El Alto del Policía N° RESOLUCION DE ABANDONO conducta tipificada en el art. 160 num. 3, y2018/711/C-67411, sancionado en el art. 165, del CTB; hecho que incide directamente en los Tributos 17/11/2017 19/08/2021 19/08/2021 9.1 Acto ua de Omisión que seBallivian Atribuye al Presunto Autor. --------------------------------------------------------------------201 2004 3774 (…) conforme los antecedentes administrativos del proceso, endecontra demenos JOSE MANUEL LOCONI QUINTANA con C.I. 06908793, procédase aórgano su notificación por RECEPCION Nº RESOLUCION EDICTO publicados en dos (2)2018/711/C-68961, oportunidades con un intervalo por lo tres (3) días corridos entre la primera y segunda publicación, en un de prensa de 2018/711/C-68126, 35) 2018/711/C-68270, 36) 2018/711/C-68960, 37) de Ejecución Tributaria dependiente de la Unidad Legal de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Ciudad de El Alto en la Av. del Policía proceso.----------------------------------------------------------------------------------------------------------conducta tipificada en el art. 160 num. 3, y sancionado en el art. 165, del CTB; hecho que incide directamente en los Tributos 7 EDMOND TONDU/BIC LINES RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/208/2022 08/04/2022 Nº 637 entre Calle Diego de Portugal y Otero Zona Ciudad Satélite.----------------------------------------------------------------------------------------------------------Bs. Bs. UFV's Bs. UFV's Bs. UFV's 38)un 2018/711/C-68962, 39) 2018/711/C-69134, 40) alBs. 9.1 Acto ucorrespondientes Omisión que seBallivian Atribuye alde Presunto Autor. --------------------------------------------------------------------201 2004 3774 201 2018 380227 Aduaneros al Gravamen Arancelario (GA), Impuestos Valor (IVA) edeImpuesto al Consumo EsDE FECHA 12/01/2004 POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------EDICTO publicados en dos (2)presunta oportunidades con intervalo de por lo menos tres (3)ADUANA días corridos entre laAgregado primera yPago segunda publicación, en un órgano deUFV's prensa de circulación nacional y sea con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-560/2021 fecha 28/09/2021, emitido por la 7 EDMOND TONDU/BIC LINES RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/208/2022 08/04/2022 Nº 637 entre Calle Diego de Portugal y Otero Zona Ciudad Satélite.----------------------------------------------------------------------------------------------------------Bs. Bs. Bs. UFV's Bs. UFV's Bs. 9.1.1 Se establece la comisión Contravención Tributaria por Omisión de de los tributos correspondien2018/711/C-68961, 38) 2018/711/C-68962, 39) 2018/711/C-69134, 40) RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.NACIONAL. ----------------------------------------------------------------201 2018 380227 Aduaneros correspondientes al Gravamen Arancelario (GA), Impuestos al Valor Agregado (IVA) edeImpuesto al Consumo Es-la DE FECHA 12/01/2004 POR TANTO: ----------------------------------------------------------------------------------------------------2018/711/C-69135, 41) 2018/711/C-69137, 42)QUIROGA 2018/711/C-70620, 43) circulación nacional y sea con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-560/2021 fecha 28/09/2021, emitido por 1 DE FECHA GROVER RODOLFO ROJAS 18/06/2021 . 9.1.1 Se establece la presunta comisión de Contravención Tributaria por Omisión de Pago de los tributos correspondienpecifico, al haberse determinado: un Valor FOB de sustitución al valor declarado, en aplicación al Método del Último Recurso RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.ADUANA NACIONAL. ----------------------------------------------------------------Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492.---------------------------------------------554,40 294.00 El Gerente Regional La Paz a.i. de la Aduana Nacional, en uso de sus facultades legales.------------1,236.00 1.530.00 645.81 201 2003 2459 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2018/711/C-69135, 41) 2018/711/C-69137, 42) 2018/711/C-70620, 43) 118 Gerente DE FECHA - GROVER RODOLFO ROJAS QUIROGA 18/06/2021 tes ay Sella: laRegional DUI IM4 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, contra ela.i.de operador EMILIO J.sus HERBAS ORELLANA con CI 7853233 ELITE MOTORS S.R.L. RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/209/2022 08/04/2022 .establece 2018/711/C-70888, 44) 2018/711/C-70891, 45) 2018/711/C-73381, pecifico, al haberse determinado: un Valor FOB de sustitución al-GA valor declarado, en al124.10 Método del Último Recurso La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme en el artículo 86°AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-882-2021 del46) Código Tributario –aplicación Ley N° 554,40 El Regional Larom. Paz a.i. de la Aduana Nacional, en uso dede facultades legales.------------GA 1,236.00 124.10 1.530.00 645.81 201 2003 2459 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Firma Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ ADUANA NACIONAL-----------------------------------------------------------------17/10/2018 DE FECHA 13/01/2003 AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-882-2021 (1) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO fecha 18294.00 de2492.---------------------------------------------Octubre de 2021. ------------------------------–Gerencia Criterios Razonables y al II art. 43 del DS N° 28963 06/12/2006, de USD 18,930.00 (dieciocho mil novecientos tes a la DUI IM4 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, contra el operador EMILIO J. HERBAS ORELLANA con CI 7853233 8 ELITE MOTORS S.R.L. RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/209/2022 08/04/2022 2018/711/C-70888, 44) 2018/711/C-70891, 45) 2018/711/C-73381, 46) RESUELVE: -----------------------------------------------------------------------------------------------------1 Firma yconducta Sella: Antonio Claudio Martínez Villa -160 GERENTE REGIONAL PAZ a.i. ADUANA NACIONAL-----------------------------------------------------------------17/10/2018 DE FECHA 13/01/2003 2018/711/C-73385, 47) 2018/711/C-73410, 48)LA 2018/711/C-73803, 49) 12,367.00 2,032.00 911,44 483.00 14/11/2017 5.666.00 1M4 2017/201/C-41695 203.87 2,515.00 1.061.58 (1) PARTE PERTINENTE DEL DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 18 de Octubre de 2021. directamente ------------------------------–SC, Criterios Razonables yAUTO ala el rom. II art. 43Valor del DS N° 28963 de-IVA 06/12/2006, deCTB; USD 18,930.00 (dieciocho mil novecientos tipificada en art. num. 3,CHURA y FOB sancionado en el art. 165, del que incide en los &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (…) notifíquese mediante EDICTO LUCIO VILCANQUI con C.I. 40146892 con el PROVEÍDO DEhecho INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA ANRESUELVE: -----------------------------------------------------------------------------------------------------2018/711/C-73385, 47) 2018/711/C-73410, 48) 2018/711/C-73803, 49) EMPRESA CONSTRUCTO201 2018 366391 treinta 00/100 dólares estadunidenses); un no declarado USD 814.11 (ochocientos catorce 11/100 dólares estadu12,367.00 2,032.00 911,44 483.00 14/11/2017 5.666.00 1M4 2017/201/C-41695 IVA 203.87 2,515.00 1.061.58 SC, conducta tipificada en el art. 160 num. 3, y sancionado en el art. 165, del CTB; hecho que incide directamente en los &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& (…) notifíquese mediante EDICTO a LUCIO VILCANQUI CHURA con C.I. 40146892 con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN2018/711/C-73804. 201 2005 145178 PRIMERO.ACEPTAR Y CONCEDER EL PLAN DE FACILIDADES DE PAGO en favor del operador &&RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA GRLGR-SET-PIET-570/2021 de fecha 13RA de Octubreun de 2021, emitida por la declarado SupervisoriaADMINISTRATIVA de Ejecución Tributaria deValor la Gerencia Regional11/100 La Paz de la Aduana Nacional EMPRESA CONSTRUCTO201 2018 366391 treinta 00/100 dólares estadunidenses); Valor FOB no USD 814.11 (ochocientos catorce dólares estadu9 ETIENNE S.A. CONTIENRESOLUCION AN/GRLPZ/ILP/RESADM/215/2022 11/04/2022 Tributos Aduaneros correspondientes al Gravamen Arancelario (GA), Impuestos al Agregado (IVA) e Impuesto al 2018/711/C-73804. 201 2005 145178 PRIMERO.ACEPTAR YCódigo CONCEDER EL2492.----------------------------------------------------------------------------------------------------------PLAN DE FACILIDADES DE PAGO en favor del operador &&2PARTE DE FECHA -86º EDGAR CALLEJAS MACHACA DE FECHA nidenses); un Valor de Seguro no declarado USD 16.28 (Dieciséis 28/100 dólares estadunidenses); un Valor de Flete no RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA GRLGR-SET-PIET-570/2021 de fecha de Octubre de 2021, emitida por la Supervisoria de Ejecución Tributaria de la161.00 Gerencia Regional La Paz de 14/09/2021 la Aduana Nacional ¡CE 680.00 28103 67.96 841.00 354.98 (2) PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO----------------------------------------------------------------Gestión fiscalizada: 2018 9 RA ETIENNE S.A. CONTIENRESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/215/2022 11/04/2022 Tributos Aduaneros correspondientes Gravamen Arancelario (GA), Impuestos al Valor Agregado (IVA) e Impuesto al sea conforme establece el26/08/2005 artículo del13 Tributario – de Ley Nº NE S.A. conal NIT 1007157027 AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1230-2021 ADESCO AGENCIA DESPACHANTE DE ADUANA con NIT 21458014, en SESENTA (60) CUOTAS 2 DE FECHA EDGAR CALLEJAS MACHACA 14/09/2021 DE FECHA 26/08/2005 nidenses); un Valor de Seguro no declarado de USD 16.28 (Dieciséis 28/100 dólares estadunidenses); un Valor de Flete no 680.00 28103 67.96en aplicación 841.00 354.98 (2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE PARA LA POR EDICTO----------------------------------------------------------------Gestión fiscalizada: 2018 Consumo Especifico, al haberse determinado: Valor de sustitución al valor declarado, al Método Método sea conforme establece el 946.50 artículo 86º del Villa, Código Tributario – Ley Nº 2492.----------------------------------------------------------------------------------------------------------04/10/2018 NEINSTRUCCIÓN S.A. con NITREGIONAL 1007157027 A, 23 de Noviembre de Claudio 2021. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1230-2021 ADESCO AGENCIA DESPACHANTE DE ADUANA con NIT 21458014, en SESENTA (60) CUOTAS Firma y Sella: Antonio Martínez GERENTE LANOTIFICACIÓN PAZFOB a.i. dólares -¡CE ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------declarado de USD (novecientos cuarenta yun seis 50/100 estadunidenses); y161.00 un Valor CIF no declarado de USD TRIBUTO OMITIDO: Consumo Especifico, al haberse determinado: un Valor FOB de sustitución al valor declarado, en aplicación al 04/10/2018 A, 23 de Noviembre de 2021. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------201 2004 4768 FABRICA DE PALMITOS Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------declarado de USD 946.50 (novecientos cuarenta y seis 50/100 dólares estadunidenses); y un Valor CIF no declarado de USD MENSUALES, en mérito al pago del 10% (diez por ciento) como Cuota Inicial en la suma de Bs. TRIBUTO OMITIDO: (…) conforme a los antecedentes administrativos del proceso, en contra de MARIO GALARZA CERON con C.I. 9347516 CB, procédase a su notificación por EDICTO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TOTAL DE LA DEUDA TRIBUTARIA 938.00 395.93 4,886.00 2,062.37 3,948.00 1,770.85 10 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/244/2022 18/04/2022 del Último Recurso – Criterios Razonables y al rom. II art. 43 del DS N° 28963 de 06/12/2006, de USD 18,930.00 (diecioGravamen Arancelario (GA) 11.566,07 UFV. 201 2004 4768 FABRICA DE PALMITOS 1,776.87 (un mil setecientos setenta y seis 87/100 dólares estadunidenses). En consecuencia, se generó una presunta Deuda 201 2013 280035 MENSUALES, en mérito al pago del 10% por como Cuota Inicial en la suma de Bs. DE FECHA 12/01/2004 ICHILO (…) conforme a los antecedentes del proceso, en de(diez MARIO GALARZA CERON con C.I. 9347516 CB, a su notificación EDICTO &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&TOTAL DE LA DEUDA TRIBUTARIA 3,948.00 938.00 395.93 4,886.00 2,062.37 10 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/244/2022 18/04/2022 del Último Recurso –Impuesto Criterios Razonables alcontra rom. II art. 43 delciento) DS N° 28963 de 06/12/2006, de 18,930.00 (diecioGravamen Arancelario 11.566,07 UFV. publicados en dos (2) oportunidades con un de por loy menos tres (3) días corridos entre la primera y1,770.85 segunda publicación, en órgano de prensa depor circulación -administrativos GERMAN MAMANI FELIX RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA (2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DEintervalo INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 18 dela Octubre deunUSD 2021. ------------------------------1,776.87 (un mil setecientos setenta y(GA) seis 87/100 dólares En consecuencia, seprocédase generó una presunta Deuda 201 2013 280035 16.588,00.(Dieciséis Mil Quinientos Ochenta yyestadunidenses). Ocho 00/100 Bolivianos), Garantía en Efectivo por DE FECHA 12/01/2004 ICHILO al Valor Agregado (IVA) 19.009,55 UFV. cho mil novecientos treinta 00/100 dólares estadunidenses); un Valor FOB no declarado USD 814.11 (ochocientos catorce publicados en dos (2) oportunidades con un intervalo de por lo menos tres (3) días corridos entre la primera y segunda publicación, en un órgano de prensa de circulación 3 DE FECHA 16/09/2021 GERMAN MAMANI FELIX RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA (2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO de fecha 18 de Octubre de 2021. ------------------------------Tributaria (DT) actualizada al 19/08/2021, suma que asciende a Bs. 4,886.00 (cuatro mil ochocientos ochenta y seis 00/100 16.588,00.(Dieciséis Mil Quinientos Ochenta Ocho 00/100 Bolivianos), la Garantía en Efectivo por SEGUNDO.CALIFICAR la conducta del Operador EMILIO JHONATHAN ORELLANA con C.I nacional y sea con el2004 PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-561/2021 de fecha 28/09/2021, emitido por lacatorce Gerencia (…) notifíquese mediante EDICTO a SOSIMO CRISOL HINOSTROZA PARIACHI con C.I. 11252725 L.P. con elHERBAS PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN Impuesto al Valor Agregado (IVA) 19.009,55 UFV. 201 5457 JORGE ENRIQUE SCHMIDT HAMEL AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1257-2021 cho mil novecientos treinta 00/100 dólares estadunidenses); un Valor FOB no declarado USD 814.11 (ochocientos SEGUNDO.CALIFICAR la conducta del Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, como “OMISIÓN DE PAGO”, por 3 DE FECHA 16/09/2021 Tributaria (DT) actualizada al 19/08/2021, suma que asciende a Bs. 4,886.00 (cuatro mil ochocientos ochenta y seis 00/100 11 FULL CARGO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/239/2022 18/04/2022 CONTRAVENCIÓN ADUANERA: 250 UFV SEGUNDO.CALIFICAR la conducta del Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I nacional y sea con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-561/2021 de fecha 28/09/2021, emitido por la Gerencia la suma de 16.588,00.(Dieciséis Mil Quinientos Ochenta Ocho 00/100 Bolivianos), el Informe (…) notifíquese mediante EDICTO a SOSIMO CRISOL HINOSTROZA PARIACHI con C.I. 11252725 L.P. con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN 201 2004 5457 14/06/2013 JORGE ENRIQUE SCHMIDT HAMEL AN-GRLGR-LAPLI-RESADM-1257-2021 SEGUNDO.CALIFICAR laCONTRAVENCIÓN conducta del Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, como “OMISIÓN DE PAGO”, por DE FECHA 12/01/2004 Regional Ladólares Paz de laBs. Aduana Nacional, sea conforme establece en elsesenta artículo 86° del Código Tributario –y Ley N° 2492.--------------------------------------------------------TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-572/2021 de fecha 14/10/2021, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dos mil y dos 37/100 unidades de fomento a la vivienda), por concepto de 11/100 estadunidenses); un Valor de Seguro no declarado de USD 16.28 (Dieciséis 28/100 dólares estaduniden117853233 FULL CARGO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/239/2022 18/04/2022 ADUANERA: 250 UFV adecuarse a lo establecido por el artículo 165º de la Ley N° 2492 de 02/08/2003 – CTB, correspondiendo SANCIONAR al mismo con una multa igual alel la suma de Bs. 16.588,00.(Dieciséis Mil Quinientos Ochenta y Ocho 00/100 Bolivianos), el Informe 14/06/2013 S.C, como “OMISIÓN DE PAGO”, por adecuarse a lo establecido por el 165º de la Ley N° 2492 de DE FECHA 12/01/2004 Regional Ladólares Paz de la Aduana Nacional, sea conforme en 2492 elsesenta artículo 86° del Código Tributario – 16.28 Ley N° 2492.--------------------------------------------------------TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-572/2021 deestablece fecha 14/10/2021, emitida por la Gerencia Regional La Paz deartículo la Aduana Nacional, sea conforme establece bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dos mil y dos 37/100 unidades de fomento a la vivienda), por concepto de 11/100 estadunidenses); un Valor de Seguro no declarado de USD (Dieciséis 28/100 dólares estadunidenadecuarse a lo establecido por el artículo 165º de la Ley N° de 02/08/2003 – CTB, correspondiendo SANCIONAR al mismo con una multa igual al Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL-----------------------------------------------------------------artículo 86º del Código Tributario – Ley Nº 2492. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Técnico AN-GRLGR-ULELR-SET-I-618/2021 de fecha 21/12/2021 y demás requisitos presentados 7853233 S.C, como “OMISIÓN DE PAGO”, por adecuarse a lo establecido por el artículo 165º de la Ley N° 2492 de 100% del tributo omitido establecida en UFV´s.1.770,85 milTributos setecientos setenta 85/100 Unidades deICE) dedólares Vivienda),estadunidenses); monto calculado a la fecha diferencia de valor, flete yno seguro, a(Un los Aduaneros (GA, IVA eeseis ee Intereses.---------------------------Cuando corresponda: ses); un Valor de Flete declarado de USD 946.50 cuarenta yymulta 50/100 y- DUI un Firma Sella: Antonio Claudio Martínez Villa -afectando GERENTE REGIONAL LA(novecientos PAZ a.i. -ADUANA ADUANA NACIONAL-----------------------------------------------------------------artículo 86º del Código Tributario Ley Nº 2492. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Técnico AN-GRLGR-ULELR-SET-I-618/2021 de fecha 21/12/2021 yFomento demás requisitos presentados 100% tributo omitido establecida en UFV´s.1.770,85 milTributos setecientos setenta 85/100 Unidades Fomento de Vivienda), monto calculado a la fecha diferencia de valor, flete y–no seguro, afectando a(Un los Aduaneros (GA, IVA Intereses.---------------------------Firma yydel Sella: Antonio Claudio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL PAZ a.i. -mismo NACIONAL.-----------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& 02/08/2003 – CTB, correspondiendo SANCIONAR al con una igual al 100% del tributo omitido Cuando corresponda: ses); un Valor de Flete declarado de USD 946.50 (novecientos cuarenta seis 50/100 dólares estadunidenses); y un de vencimiento de las obligaciones tributarias que fueron sujetas aLA control, por concepto de GA, IVA edeICE) ICE, por la Declaración Única de Importación 201 2006 9221 HERMANAS CARMELITAS SEGUNDO.Conforme al artículo 154º de la Ley General de Aduanas (Ley 1990) modificado por la Ley conforme el Art. 55 de la Ley Nº 2492 – Código Tributario Boliviano, Art. 24 de Reglamento al CódiFirma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa, GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------------------------------Conforme lo establecido en el parágrafo I del artículo 98º del Código Tributario Boliviano, una vez notificada la Vista de Cargo, el sujeto pasivo o tercero responsable tiene un plazo &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& 02/08/2003 – CTB, correspondiendo SANCIONAR al mismo con una multa igual al 100% del tributo omitido 9.1.2 Se establece una multa por Omisión de Pago a la fecha de vencimiento de la DUI IM4 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, de vencimiento de las obligaciones tributarias que fueron sujetas a control, por concepto de GA, IVAAN/GRLPZ/ILP/RESADM/225/2022 e ICE, por la Declaración Única de En Importación DUI 12 RESOLUCION ADMINISTRATIVA 12/04/2022 Valor de USD 1,776.87 (un mil setenta yyUnidades seis dólares estadunidenses). consecuen201 2006 HERMANAS CARMELITAS &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&2017/201/C-41695 de 14/11/2017.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO.Conforme alartículo artículo 154º deCódigo la Ley General de Aduanas (Ley 1990) modificado por laun-Ley conforme eldeclarado Art. 55 de la Ley Nº 2492 – Tributario Boliviano, Art. de Reglamento al CódiConforme lo establece establecido en el9221 parágrafo IUSD del 98º mil del Código Tributario Boliviano, una vez notificada la87/100 Vista de Cargo, el 24 sujeto pasivo o tercero responsable tiene plazo 9.1.2 SeCIF una multa por Omisión de Pago asetecientos la fecha de vencimiento de la DUI IM4 2017/201/C-41695 de 14/11/2017, DEno FECHA 17/01/2006 DEL SAGRADO CORAZON 12establecida RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/225/2022 Valor no declarado de 1,776.87 (un mil setecientos setenta seis 87/100 dólares estadunidenses). En consecuen&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&en UFV´s.1.770,85 (Un setenta 85/100 de Fomento de Vivienda), monto calculado &&2017/201/C-41695 de 14/11/2017.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------perentorio eCIF improrrogable deES treinta (30) días para formular ysetecientos presentar los descargos que estime convenientes oMES alternativamente, interponer los recursos en12/04/2022 los plazos que la DE FECHA 17/01/2006 DEL SAGRADO CORAZON por UFVs 1,770.85 (un mil setecientos setenta 85/100 unidades de fomento a la vivienda); sujeta a lo previsto en los arts. EL PRESENTE EDICTO LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTE DÍAS DEL DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. -go Tributario Boliviano-Decreto Supremo Nº 27310 y el Art. 5 del Procedimiento para la Concesión TERCERO.INTIMAR al Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, al pago de los importes determinados en las dispoPRESENTE EDICTO LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL 615 de 15/12/2014 y Resolución de Directorio No. RD-01-015-16 de 22/09/2016, el sujeto pasivo podrá establecida en UFV´s.1.770,85 (Un mil setecientos setenta 85/100 Unidades de Fomento de Vivienda), monto calculado cia, se generó una presunta Deuda Tributaria (DT) actualizada al 19/08/2021, suma que asciende a Bs. 4,886.00 (cuatro perentorio e improrrogable de treinta (30) días para formular y presentar los descargos que estime convenientes o alternativamente, interponer los recursos en los plazos que la por UFVs 1,770.85 (un mil setecientos setenta 85/100 unidades de fomento a la vivienda); sujeta a lo previsto en los arts. EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. -go Tributario Boliviano-Decreto Supremo Nº 27310 y el Art. 5 del Procedimiento para la Concesión TERCERO.INTIMAR al Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, al pago de los importes determinados en las dispoPRESENTE EDICTO LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL 615 de 15/12/2014 y Resolución de Directorio No. RD-01-015-16 de 22/09/2016, el sujeto pasivo podrá cia, se generó una presunta Deuda Tributaria (DT) actualizada al 19/08/2021, suma que asciende a Bs. 4,886.00 (cuatro Ley lo dispone. siciones yde segunda deCLAUDIO la presente Resolución Determinativa, importes que serán conforme a lo previsto en elde artículo 47º de la Ley N° FIRMA Yprimera SELLA: ANTONIO MARTINEZ VILLA –tributarias GERENTE REGIONAL LAcalculados PAZ a.i. a– ADUANA NACIONAL. ------------------------------------VEINTIUNO.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------la fecha vencimiento de las obligaciones que fueron sujetas control, por concepto GA, IVA ICE, 156 157 del CTB, modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016.-----------------------------------------------------------------del Plan de Facilidades de Pago aprobado mediante la Resolución de Directorio RD 01-025-15 de Ley loa dispone. siciones yde segunda deCLAUDIO laypresente Resolución Determinativa, importes que serán calculados lo sesenta previsto en eldos artículo 47º de la N° FIRMA Yprimera SELLA: ANTONIO MARTINEZ VILLA –tributarias GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. a– conforme ADUANA NACIONAL. ------------------------------------VEINTIUNO.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------201 2003 102030 realizar el levante, dentro un plazo de veinte (20) días hábiles administrativos, a la fecha de ayy(CTB) la fecha vencimiento de las obligaciones que fueron sujetas control, por concepto de GA, IVA ee Ley ICE, mil ochocientos ochenta seis 00/100 bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dos mil y 37/100 unidades 156 157 del CTB, modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016.-----------------------------------------------------------------2492 modificado por la Ley Nº 812, artículo 42aprobado del Decreto Supremo Nº 27310 –LA RCTB modificado por ela D.S. Nº siguientes 2993 de 23/11/2016 Reglamento ACMV del Plan de Facilidades de Pago mediante la Resolución de Directorio RD 01-025-15 de FIRMA Y SELLA LIC. ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ VILLA GERENTE REGIONAL PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------13 HOSPITAL DEL NIÑO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/224/2022 12/04/2022 201 2003 102030 realizar el levante, dentro un plazo de veinte (20) días hábiles administrativos, siguientes a la fecha de mil ochocientos ochenta y seis 00/100 bolivianos) equivalente a UFVs 2,062.37 (dos mil sesenta y dos 37/100 unidades 2492 (CTB) modificado por la Ley Nºde 812, artículo 42DEL del Decreto Supremo Nº 27310 –LA RCTB modificado por el D.S. Nº 2993 de 23/11/2016 Reglamento ACMV DE FECHA 18/09/2003 X. CONSIDERANDO ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------FIRMA Y SELLA ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ VILLA - GERENTE REGIONAL a.i. ADUANA NACIONAL.-----------------------------------------HOSPITAL NIÑO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/224/2022 12/04/2022 por Declaración Única Importación --Declaración DUI 2017/201/C-41695 de 14/11/2017.--------------------------------------------a la13 Ley Nºla de 30/06/2016.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------05/11/2015, según el siguiente detalle:------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jncm DE FECHA 18/09/2003 ACMV X. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------de fomento aaLIC. la vivienda), por concepto de diferencia de valor, flete yyPAZ seguro, afectando aa los Tributos Aduaneros (GA, por la812 Declaración Única de Importación DUI 2017/201/C-41695 de 14/11/2017.--------------------------------------------su notificación con la Resolución de de Abandono, estando obligados a pagar los tributos a la CONSIDERANDO Ley Nº 812 de 30/06/2016.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------05/11/2015, según el siguiente detalle:------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jncm ACMV El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los 30 días del mes de septiembre del año 2021. de fomento la vivienda), por concepto de diferencia de valor, flete seguro, afectando los Tributos Aduaneros (GA, su notificación con la Resolución de Declaración de Abandono, estando obligados a pagar los tributos CUARTO.COMUNICAR al Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, que acuerdo a la Ley N° 812 de 30/06/2016 que 10.1. Pago. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------HR DESLF2021-1088 201 2004 5441 INSUMOS PARA LA JEVC/SVCA/RECQ/jjvn El presente Edicto es librado en la ciudad de La Paz, a los 30 días del mes de septiembre del año 2021. TERCERO.INTIMAR al Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, al pago CUARTO.COMUNICAR al02/08/2003 Operadoral EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, que acuerdo a la Ley7853233 N° 812numerales de S.C, 30/06/2016 que 10.1. Pago. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------HR DESLF2021-1088 14 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/211/2022 08/04/2022 201 2004 5441 INSUMOS PARA LAy JEVC/SVCA/RECQ/jjvn IVA e ICE) e Intereses.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------TERCERO.INTIMAR Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I al pago modifica la Ley N° 2492 de – CTB, podrá acogerse al beneficio de reducción de sanciones conforme lo establecido en los 2 y 3 del aduaneros, multas, recargos, almacenaje demás gastos a que hubiere lugar.------------------------------DE FECHA 12/01/2004 MINERIA DESLF2021-1088/2 14 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/211/2022 08/04/2022 H.R.: DESFL2021-938/2 IVA e156° ICE) e Intereses.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------El operador EMILIO HERBAS ORELLANA con CI 7853233 SC pagar la presunta Deuda Tributaria y la laimportes presunta modifica la Ley N° 2492 deJ. 02/08/2003 – CTB, podrá al beneficio de reducción delasanciones conforme lo establecido en los numerales 2 y 3 del aduaneros, recargos, almacenaje yPago demás adeberá que hubiere lugar.------------------------------DE 12/01/2004 MINERIA DESLF2021-1088/2 H.R.: DESFL2021-938/2 artículo deFECHA lamultas, precitada Ley correspondiente adisposiciones la acogerse Multa por Omisión degastos Pago, antes de ejecutoria de laResolución presente resolución.---------------------------El operador EMILIO J. HERBAS ORELLANA con CI 7853233 SC deberá pagar la presunta Deuda Tributaria y presunta de los importes determinados en las primera y segunda de la presente Determinativa, 9.1.2 Se establece una multa por Omisión de a la fecha de vencimiento de la DUI IM4 2017/201/C-41695 de artículo 156° de la precitada Ley correspondiente a la Multa por Omisión de Pago, antes de la ejecutoria de la presente resolución.---------------------------depor los importes determinados en las disposiciones primera yOperador segunda dea.i. la presente Resolución Determinativa, importes Monto Firma yyEn Sella: Susana E. Ríos Barragán ––determinación, ADMINISTRADOR ––N° GERENCIA REGIONAL LA PAZ201 2003 174563 9.1.2 Se establece una multa por Omisión de Pago a laCTB fecha de vencimiento de la 30/06/2016, DUIacto IM4 2017/201/C-41695 de multa Omisión de Pago, conforme establece el art. 47 del modificado Ley 812 de pudiendo beneficiarse QUINTO.caso de no estar de acuerdo con la presente el podrá impugnar el presente administrativo dentro del plazo Monto Firma Sella: Susana E. Ríos Barragán ADMINISTRADOR a.i. GERENCIA REGIONAL LA PAZ15que JONATAN CASTRO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/241/2022 18/04/2022 201 2003 174563 multa por Omisión de Pago, conforme establece el art. 47 del CTB modificado Ley N° 812 de 30/06/2016, pudiendo beneficiarse DETALLE (Descripción) QUINTO.En caso de no estar de acuerdo con la presente determinación, el Operador podrá impugnar el presente acto administrativo dentro del plazo calculados conforme aa mil lo previsto en artículo 47º de la Ley N° 2492 (CTB) por la Ley Nºdías 812, DE días FECHA 31/12/2003 15que serán JONATAN CASTRO RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/241/2022 18/04/2022 14/11/2017, por UFVs 1,770.85 (un setecientos setenta 85/100 unidades de fomento aa la vivienda); sujeta lo(20) previsto DETALLE (Descripción) de quince (15) de acuerdo aaylo establecido el del artículo 174 la Ley N° de 28/08/1992 dentro el plazo plazo de la veinte (20) de serán calculados conforme loen previsto en22el el artículo 47ºde la N° 2492 (CTB) modificado por Ley Nº 812, DE FECHA 31/12/2003 UFVs del arrepentimiento eficaz reducción de sanciones. ------------------------------------------------------------------------------14/11/2017, por UFVs 1,770.85 (un mil setecientos setenta de fomento laoomodificado vivienda); sujeta aa lo previsto Aduana Nacional.------------------------------------------------------------------------------------------------de quince (15) días de acuerdo lola establecido en el numeral numeral del artículo85/100 174 dede launidades LeyLey N° 1340 1340 de 28/08/1992 dentro el de veinte días de UFVs del arrepentimiento eficaz y la reducción de sanciones. ------------------------------------------------------------------------------Aduana Nacional.------------------------------------------------------------------------------------------------acuerdo a lo establecido en el artículo 143º de la Ley N° 2492 de 02/08/2003, computables a partir de su legal notificación con la presente Resolución, bajo AMAREX CARGOS S.A./ 42 del Decreto Supremo 27310 ––Sanciones. RCTB modificado por el D.S. Nº 2993 23/11/2016 Reglamento la Ley Ley en los 156 yyAntonio 157 del CTB, modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016.-----------------------------------------------acuerdo aarts. establecido en el artículo 143º deNº la Ley N°de 2492 de 02/08/2003, computables partir de su legal de notificación con la Reglamento presente Resolución, bajo 10.2. Arrepentimiento Eficaz ooCIA. Reducción -------------------------------------------------------------------------AMAREX CARGOS S.A./ 201 2004 4241 artículo 42 del Decreto Supremo Nº 27310 RCTB modificado por ela2492 D.S. Nº 2993 de 23/11/2016 aa la en16artículo los arts. 156 157 del CTB, modificados por la Ley N° 812 de 30/06/2016.-----------------------------------------------alternativa iniciarse la Ejecución Tributaria, conforme prevé el artículo de Ley de – CTB.----------------------------------------Firma yylode Sella: Claudio Martínez Villa ––108º ADMINISTRADOR a.i. GERENCIA REGIONAL 10.2. Arrepentimiento Eficaz Reducción de Sanciones. -------------------------------------------------------------------------201 2004 IND. AZUCARERA SAN RESOLUCION AN/GRLPZ/ILP/RESADM/245/2022 13/04/2022 alternativa de iniciarse la 4241 Ejecución Tributaria, conforme prevé el artículo 108º de la laADMINISTRATIVA Ley N° N° 2492 de 02/08/2003 02/08/2003 –– CTB.----------------------------------------Firma Sella: Antonio Claudio Martínez Villa ADMINISTRADOR a.i. – GERENCIA REGIONAL 16 CIA. IND. AZUCARERA SAN RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/245/2022 13/04/2022 DE FECHA 12/01/2004 X. CONSIDERANDO ----------------------------------------------------------------------------------------------------------812 de 30/06/2016.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese yy cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Las sanciones pecuniarias por de pago, establecidas en la Vista de pueden beneficiarse con con el el arrearreDE FECHA 12/01/2004 AURELIO X. Nº CONSIDERANDO ----------------------------------------------------------------------------------------------------------Nº 812 de 30/06/2016.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Las sanciones pecuniarias por omisión omisión de pago,REGIONAL establecidas ena.i. la-presente presente Vista de Cargo, Cargo, pueden beneficiarse AURELIO LA PAZ-Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------Fecha de Cálculo (Pago cuota Firma yy Sella: Antonio Claudio Martínez Villa –– GERENTE LA PAZ GERENCIA REGIONAL LA PAZ -- Aduana Nacional. ----------------------------------------LA PAZ-Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------Fecha de Cálculo (Pago cuota 10.1. Pago. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Sella: Antonio Claudio Martínez Villa GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. GERENCIA REGIONAL LA PAZ Aduana Nacional. pentimiento eficaz establecido en el art. 157 del CTB modificado por la Ley N° 812 de 30/06/2016 o la reducción de sanciones, CUARTO.COMUNICAR al Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA C.I 7853233 S.C, que que 17/12/2021 201 2009 431527 10.1. Pago. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------pentimiento eficaz establecido en ––el art. 157 del CTB modificado porADMINISTRATIVA la REGIONAL Ley N° 812 de 30/06/2016 ocon la reducción de sanciones, Firma y Sella: Jorge E. Vildoso Cardenas DE UNIDAD LEGAL a.i. -- GERENCIA LA PAZ ------------------------------CUARTO.COMUNICAR alJEFE Operador EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I 7853233 S.C, 17/12/2021 201 2009 431527 17 E&M DENT S.A. AN/GRLPZ/ILP/RESADM/219/2022 11/04/2022 Firma Jorge E. Vildoso Cardenas JEFE DE UNIDAD LEGALRESOLUCION a.i.acuerdo GERENCIA REGIONAL LA PAZ -- Aduana Aduana Nacional. Nacional. ------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Inicial) 17 y Sella: E&M DENT S.A. RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/219/2022 11/04/2022 DE FECHA 24/12/2009 &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&establecidas en el art. 156 del mencionado cuerpo legal, de a lo siguiente: ------------------------------------------------Inicial) &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&DE FECHA 24/12/2009 establecidas art. 156812 delde mencionado cuerpo legal, dela acuerdo a2492 lo siguiente: ------------------------------------------------acuerdo aaenla N° 30/06/2016 que modifica Ley de –– CTB, podrá acogerse al al beneficio beneficio &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&acuerdo laelLey Ley N° 812 de 30/06/2016 que modifica la Ley N° N° 2492 de 02/08/2003 02/08/2003 CTB, podrá acogerse PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-------------------------------------------------------------------PARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR 1. Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria por contravención de omisión de pago, cuando ella sujeto RENE BELIZARIO MITA PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-------------------------------------------------------------------El operador EMILIO J. HERBAS ORELLANA con CI 7853233 SC deberá pagar la presunta Deuda Tributaria lasujeto prePARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR 1. Quedará automáticamente extinguida la sanción pecuniaria por contravención de omisión de pago, cuando RENE BELIZARIO MITAcon CI 7853233 El29 operador EMILIO J. HERBAS ORELLANA SC deberá22 pagar la presunta Deuda Tributaria yyel pre201 2004 104938 de reducción de sanciones conforme lo establecido en los numerales y 3 del artículo 156° de la precitada Ley A, de marzo de 2022-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------201 2004 104938 18 QUISBERT con C.I. 2735227 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/217/2022 11/04/2022 de reducción de sanciones conforme lo establecido en los numerales y 3 del artículo 156° de la precitada Ley A, 29 de marzo de 2022-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------18 QUISBERT con C.I. 2735227 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/217/2022 11/04/2022 pasivo o tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el décimo (10) día de notificada la Vista de Cargo. DE FECHA 11/06/2004 EDICTO. -------------------------------------------------------------------------------------------------------sunta multa por de Pago, conforme establece el 47 del CTB modificado Ley N° 812 dela 30/06/2016, pudiendo pasivo oOmisión tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el décimo (10) día de notificada la Vista de Cargo. VISTOS: (…) notifíquese EDICTOS al EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 S.C., con la30/06/2016, RESOLUCIÓN DETERMIDE FECHA 11/06/2004 Deuda Sujeta a Mantenimiento de Valor EDICTO. -------------------------------------------------------------------------------------------------------O.R. sunta multa por Omisión de Pago, conforme establece el art. art. 47ejecutoria del CTB modificado Ley N° 812 de pudiendo VISTOS: (…) notifíquese EDICTOS al Sr. Sr. EMILIO JHONATHAN HERBAS ORELLANA con C.I. 7853233 S.C., con RESOLUCIÓN DETERMIDeuda Sujeta amediante Mantenimiento de Valor O.R. correspondiente amediante la Multa por Omisión de Pago, antes de la de la presente resolución.---------------------------A Corresponde a la Multa 100% T.O. 31,915 correspondiente a la Multa por Omisión de Pago, antes de la ejecutoria de la presente resolución.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022 de fecha 17/03/2022, emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme en el artíartíA Corresponde a la Multa 100% T.O. 31,915 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NATIVA AN-GRLPZ-UJ-RESDET-28-2022 de fecha 17/03/2022, emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme en el beneficiarse del arrepentimiento eficaz y la reducción de sanciones. -----------------------------------------------------------(…) procédase a su notificación por EDICTOS a: GROVER RODOLFO ROJAS QUIROGA, (MV) beneficiarse del arrepentimiento eficaz y la reducción de sanciones. -----------------------------------------------------------RENE BELIZARIO MITA (…) procédase a su notificación por EDICTOS a: GROVER RODOLFO ROJAS QUIROGA, (MV) culo 86º del Código Tributario – Ley Nº 2492. -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------RENE BELIZARIO MITA QUINTO.En caso de no estar de acuerdo con la presente determinación, el Operador podrá impugnar el presente acto 201 2004 104431 culo 86º delEl Código Tributario –de Leyno Nº 2492. de -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------2. pago de la tributaria después del día la notificación la Vista de Cargo Auto Inicial hasta QUINTO.En caso estar acuerdo con la presente determinación, elcon Operador podrá impugnar el--------------------presente acto 201 2004 104431 QUISBERT con 2735227 RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/216/2022 11/04/2022 2.19 El pago de la deuda deuda tributaria después del décimo décimo día de de la notificación con la LA Vista de Cargo oo Auto Inicial yy hasta 19 yy Sella: QUISBERT con C.I. C.I. 2735227 RESOLUCION AN/GRLPZ/ILP/RESADM/216/2022 11/04/2022 Firma Antonio Claudio Martínez Villa –– GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. GERENCIA REGIONAL PAZ -- Aduana Nacional. EDGAR MACHACA, GERMAN FELIX y JORGE ENRIQUE DE FECHA 14/06/2004 Firma Sella: Antonio Claudio Martínez Villa GERENTE REGIONAL LAMAMANI PAZ a.i. --ADMINISTRATIVA GERENCIA REGIONAL LA PAZ Aduana Nacional. --------------------SCHMIDT DECALLEJAS FECHA 14/06/2004 O.R. antes de la notificación con la Resolución Determinativa o Sancionatoria determinará la reducción de la sanción administrativo dentro del plazo de quince (15) días de acuerdo a lo establecido en el numeral 2 del artículo 174 de la O.R. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&antes de la notificación con Resolución Determinativa oa Sancionatoria la 2reducción de la administrativo dentro del plazo delaquince (15) días de acuerdo lo establecido determinará en el numeral del artículo 174sanción de la &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&10.2. Arrepentimiento Eficaz o Reducción de Sanciones. --------------------------------------------------------------------HAMEL.---------------------------------------------------------------------------------------------------------EL PRESENTE EDICTO ES EN CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTINUEVE MES DE MARZO AÑO DOS MIL VEINTIDOS. VEINTIDOS. Corresponde alDEL Tributo Omitido aplicable en el ochenta (80%) por ciento. 201 2004 4852 EL 20 PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL -----------------------------------------------------------------------------------ALTO A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL DEL DOS MIL más LeyACMV N° 1340 de 28/08/1992 oyLA dentro el plazo de (20)endías de DIAS acuerdo a lode establecido enAÑO el beneficiarse artículo 143ºcon de la lael aplicable en elLIBRADO ochenta (80%) por ciento. -----------------------------------------------------------------------------------201 2004 4852 en el artículo 143º de H.B. RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/192/2022 04/04/2022 Deuda Sujeta a Intereses MV Bveinte 20 sanciones H.B. FULLER FULLER RESOLUCION ADMINISTRATIVA AN/GRLPZ/ILP/RESADM/192/2022 04/04/2022 Las pecuniarias por omisión de pago, establecidas la presente Vista Cargo, pueden GRLPZ: DE FECHA 12/01/2004 37,987 GRLPZ: ACMV DE FECHA 12/01/2004 Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa – ADMINISTRADOR a.i. – GERENCIA REGIONAL 3. El pago de la Deuda Tributaria efectuado después de notificada la Resolución Determinativa o Sancionatoria hasta intereses GRLPZ/UJ: Jevc/acab Ley N° 2492 de 02/08/2003, computables a partir de sumodificado legal notificación con N° la presente Resolución,o bajo GRLPZ/UJ: Jevc/acab alternativa arrepentimiento establecido en el art. de 157 del CTB porRegional lalaLey 812 de 30/06/2016 lade de antes de eficaz la al presentación del Recurso Alzada ante la Autoridad de de Impugnación SEGUNDO.Conforme artículo 154º de la Ley General de Aduanas (Ley 1990) modificado por Ley 615 15/12/2014 y Resolución Resolución dereducción Directorio No. H.R.: UFILR2021-263 LA PAZ-Aduana Nacional.-------------------------------------------------------------------------------------Tributaria, determinará SEGUNDO.Conforme al artículo 154º de la Ley General de Aduanas (Ley 1990) modificado por la Ley 615 de 15/12/2014 y Directorio No. H.R.: UFILR2021-263 de iniciarse la Ejecución Tributaria, conforme prevé el artículo 108º de la Ley N° 2492 de 02/08/2003 – CTB.-----------sanciones, establecidas en el art. 156 del mencionado cuerpo legal, de acuerdo a lo siguiente: -------------------------------RD-01-015-16 de el pasivo realizar el de plazo siguientes a a la la fecha fecha RD-01-015-16 de 22/09/2016, 22/09/2016, el sujeto sujeto pasivo podrá realizarpor el levante, levante, dentro de un un plazo de de veinte veinte (20) (20) días días hábiles hábiles administrativos, administrativos, siguientes la reducción de la sanción en podrá el sesenta cientodentro (60%). -----------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&de su notificación con de estando obligados a multas, recargos, recargos, almacenaje almacenaje Total Deuda C (c= a + b) de su notificación con la la Resolución Resolución de Declaración Declaración de de Abandono, Abandono, estando obligados a pagar pagar los los tributos tributos aduaneros, aduaneros, multas, yy Regístrese, notifíquese y cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------------69,902 El pagogastos de laaa que Deuda Tributaria efectuado después de la interposición del Recurso de Alzada y antes de la presentación del demás hubiere lugar. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------demás gastos que hubiere EL PRESENTE EDICTO ES Martínez LIBRADO LA pecuniaria CIUDAD DE EL ALTO, EL DIA UNO DEL y Wilma Sella: Antonio Claudio Villa ––sanción GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i.reducción -de GERENCIA 1.Firma Quedará automáticamente extinguida laEN por contravención omisión Firma yy Sella: Tejerina – ADMINISTRADOR GERENCIA REGIONAL LAdeterminará PAZ – Aduana Nacional. ---------------------------------------Recurso Jerárquico ante la Autoridad General de a.i. Impugnación Tributaria, la de la en elMES cuaREGIONAL LA desanción pago, cuando el Firma Sella: Wilma Cardozo Cardozo &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.---------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&sujeto pasivo o tercero responsable pague la deuda tributaria hasta el -----------------------------------------------------------décimo (10) día de notificada la 6,991 renta por (40%).------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PAZ -ciento Aduana Nacional. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Vista de Cuota Inicial 10% (Corresponde al 10% pagado) PARTE PERTINENTE DE LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO. PARTE PERTINENTE DE LOS AUTOS DE INSTRUCCIÓN PARAD FIRMA Y SELLA ANTONIO CLAUDIO MARTÍNEZ VILLA – GERENTE Firma y Sella: Jorge Eduardo Vildoso Cárdenas-GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. ADUANA NACIONAL.-------------REGIONAL LA PAZ Cargo. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) procédase por Vildoso EDICTOS a: LATIN AMERICA TRADING, LOS AMIGOS DEL LIBRO, S.R.L., ROSENDO (…)Firma procédase a su su notificación notificación LOAYZA ESCOBAR y aSella: Jorge E. Cardenas – JEFE DE UNIDAD LEGAL a.i. NOVARA - GERENCIA REGIONAL LA PAZ con C.I. 2453969, ST. MARTIN LTDA., VIDRIERIA UNIVERSAL, EDMOND TONDU/BIC LINES, ELITE MOTORS S.R.L., EMPRESA CONSTRUCTORA con C.I. 2453969, ST.de MARTIN Firma y Sella: Kattia Margort Oblitas Avine-JEFE UNIDAD DE FISCALIZACIÓN-GERENCIA REGIONAL LA PAZa.i. – ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------2. El pago la deuda tributaria después del décimo día de la notificación con la Vista de Cargo o Auto Inicial y hasAduana Nacional. ETIENNE S.A. CONTIENNE S.A. con NIT 1007157027, FABRICAEDE PALMITOS ICHILO, FULL BELIZARIO MITA QUISBERT ETIENNE S.A. CONTIENNE con C.I. Saldo a Pagar enla-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Cuotas (Resta e =o Sancionatoria cd) CARGO, RENE 62,911 ADUANA NACIONAL.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------JEVC/SVCA/RECQ/jmv JEVC/SVCA/RECQ/jmv ta antes de conSAGRADO la Resolución Determinativa 2735227 O.R., HERMANAS CARMELITAS DEL CORAZON, HOSPITAL DEL NIÑO, INSUMOSdeterminará PARA LA MINERIA, JONATANde CASTRO, la reducción la san2735227 O.R., HERMANAS notificación &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&& AMAREX CARGOS S.A./CIA. IND. AZUCARERA SAN AURELIO, E&M DENT S.A., RENE BELIZARIO MITA QUISBERT con C.I. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&AMAREX CARGOS S.A./CIA. 2735227 O.R. y H.B. FULLER. HR.: LAPLI2021-6903 HR.: ción aplicable en elMARTINEZ ochenta (80%) por ciento.REGIONAL -------------------------------------------------------------------------Firma ANTONIO VILLA – GERENTE LA PAZ AN-GRLGR-UFILR-VISCAR-13-2021------------a.i. – ADUANA NACIONAL. -----------------------------------------Firma yy Sella: Sella: ANTONIO CLAUDIO CLAUDIO PARTE PERTINENTE DEL ANEXO 1 DE LA VISTA DE CARGO (Número de cuotas solicitada por el o Sancionatoria has3. El pago de la Deuda Tributaria efectuado después de notificada la Resolución Determinativa &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&Numero de Cuotas F A LOS DIECINUEVE DIAS 60-EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO, DEL MES DE ABRIL DEL EL PRESENTE EDICTO ES AÑO DOSTributaria, MIL VEINTIDOS. operador) ta antes de la presentación del Recurso de Alzada ante la Autoridad Regional de Impugnación deterdel Valor FOB FIRMA Y Y SELLA: SELLA: ANTONIO ANTONIO CLAUDIO MARTINEZ VILLADeterminación FIRMA – GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. – ADUANA NACIONAL. -------------------------------------GRLPZ: ACMV ACMV minará la reducción de la sanción en el sesenta por ciento (60%). ----------------------------------------------------GRLPZ: GRLPZ/UJ: Jevc/acab/jmv GRLPZ/UJ: Jevc/acab/jmv Porcentaje de Valor FOB unitario declarado (USD) Datos determinados por fiscalización Adj.: Lo Lo señalado señalado Adj.: Cuota Mensual sujeta a MV (cuota fija) G (g=e/f) Cc.: Archivo Cc.: Archivo variación 479 (%) Valor FOBdeunitario depreciado (USD) Fuente Fjs: 102 102 (ciento (ciento dos) Fjs: dos) de la presentación del El pago de la Deuda Tributaria efectuado después la interposición del Recurso de Alzada y antes H.R: GRLPZ/ILP2022/2896 GRLPZ/ILP2022/2896 H.R: GRLPZ/ILP2022/2729 GRLPZ/ILP2022/2729 18,115.89 18,930.00 Página web de la AN 4.30 Recurso Jerárquico ante la Autoridad General de Impugnación Tributaria, determinará la reducción de la sanción en el
EDICTO EDICTO (Segunda Publicación)
EDICTO
EL GERENTE REGIONAL LA PAZ DE LA ADUANA NACIONAL – Lic. Antonio Claudio Martínez Villa, de conformidad y en estricta aplicación al artículo 86° del Código Tributario Boliviano Ley Nº 2492 se notifica, cita y emplaza con las RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA (Primera Publicación) DE ABANDONO TÁCITO O DE HECHO, debiendo apersonarse ante las oficinas de la Administración de Aduana Aeropuerto El Alto ubicada en la avenida héroes del kilómetro 7, Aeropuerto Internacional El Alto y sea en un plazo de 20 días hábiles a partir de su legal notificación conforme al artículo 154 de REGIONAL la Ley 1990 de General de Aduanas), en el artículo IV dede laconformidad Ley N°615 deyfecha 15/12/2014, a lasalpersonas naturales y jurídicas queBoliviano se puntualiza a continuación.-------------------------------------------------------------------------------------------------EL GERENTE LA28/07/1999 PAZ DE LA (Ley ADUANA NACIONAL – Lic.modificado Antonio Claudio Martínez3,Villa, en estricta aplicación artículo 86° del Código Tributario Ley Nº 2492 se notifica, cita y emplaza con las RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA &DE && & & & & & & &TÁCITO & & & &O&DE & &HECHO, & & & & &debiendo & & & & &apersonarse & & & & & & &ante &&& &&&&& & & & & & & & & de & &Aduana & & & &Aeropuerto & & & & & & El && & &ubicada & & & & en & &la&avenida & & & & héroes & & & &del & &kilómetro & & & & &7,&Aeropuerto & & & & & & Internacional &&&&&&&& & &y&sea & &en && & & &de & &20&días & & &hábiles & & & &a & &&& && & & notificación & & & & & & &conforme & & & & &alABANDONO las&oficinas de&la&Administración Alto El&Alto un&plazo partir de&su legal PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIÓNES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA DE ABANDONO TÁCITO O DE HECHO---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------artículo 154 de la Ley 1990 de 28/07/1999 (Ley General de Aduanas), modificado en el artículo 3, IV de la Ley N°615 de fecha 15/12/2014, a las personas naturales y jurídicas que se puntualiza a continuación.-------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&MR. MARIO CARLOS FECHA ROSA GAMBOA VLADIMIR ROCABADO PARTE PERTINENTE DE LAS RESOLUCIÓNES ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA TÁCITO O DE 6729135431 HECHO---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------FECHADE DE DE ABANDONO 4142 PRM-2021-211-186255 1952 25/11/2021 83 83 PRM-2021-211-203077 3454037753 ROCABADO 2061 14/12/2021 NRO PARTE DE DE RECEPCIÓN CONSIGNATARIO RESOLUCIÓN PRM-2021-211-194270 2490604992 VALERIA 2006 06/12/2021 PRM-2021-211-203077 3454037753 VLADIMIR 2061 14/12/2021 NRO PARTE RECEPCIÓN CONSIGNATARIO RESOLUCIÓN GUZMAN ORTIZ RESOLUCIÓN CHAVEZ RESOLUCIÓN
NRO 1
PARTE DE RECEPCIÓN 211 2021 19671 6975339722
FECHA DE CONSIGNATARIO FEDERACION BOLIVIANA RESOLUCIÓN RESOLUCIÓN 1518 23/08/2021 FEDERACION DE BASQUETBOL BOLIVIANA DE 1518 23/08/2021 FEDERACION BOLIVIANA BASQUETBOL 1518 23/08/2021 DE BASQUETBOL IMPALA ORURO 1514 23/08/2021
1
211 2021 19671 6975339722
22
3
211 2112021 2021 19671 19671 7593822456 7593822456
211 2021 12872 137764662737
IMPALA IMPALA ORURO ORURO VERONICA INES
33
211 2112021 2021 12872 12872 137764662737
VERONICA VERONICA INES INES JOSE LUISORTIZ SILES PEREDO ORTIZ PEREDO
211 211 2021 2021 10510 10510 785116244027
JOSE SILES JOSELUIS LUIS SILES LIMBERT CARVAJAL CORDOVA CORDOVA
1 2
4
44
5
211 2021 19671 6975339722 211 2021 19671 7593822456
211 2021 10510 785116244027 211 2021 8643 784066397680
55
211 211 2021 2021 8643 8643 784066397680
66
2112021 2021 8761 8761 784496355221 211
77
211 2021 2021 5078 5078 783416646975 211
6
7
211 2021 8761 784496355221
211 2021 5078 783416646975
8
211 2020 115965 399717371775
88
2112020 2020 115965 115965 399717371775 211
9
211 2020 115526 399745348295
99 10
2112020 2020 115526 115526 399745348295 211
10 10
11
2112019 2019 391138 391138 778073470216 778073470216 211 211 2019 385804 778008817704
11 11
211 2019 2019 385804 385804 778008817704 778008817704 211
211 2019 391138 778073470216
PEREDO ORTIZ CORDOVA
QUISPE LIMBERT CARVAJAL CARVAJAL LIMBERT IGLESIA QUISPE BIBLICA QUISPE MONTE DE SION IGLESIA BIBLICA MONTE IGLESIA BIBLICA CARLA MONTE DE SION DE LORENA SION TORRICO CARLA LORENA LORENA CARLA ANA MARIA MAMANI TORRICO TORRICO LLANOS ANA MARIA MARIA MAMANI ANA FERNANDO LLANOSRIOS LLANOS MORENO FERNANDO RIOS RIOS FERNANDO MS MIRIAM CLAURE DE MORENO MORENO QUIROGA MS DE MSMIRIAM MIRIAMCLAURE CLAURE DEQUIROGA QUIROGA AMALIA REYES
1514 1514
1226
23/08/2021 23/08/2021 01/07/2021
1226
01/07/2021 01/07/2021 14/06/2021
1100
1100 1023
14/06/2021 14/06/2021 02/06/2021
1023
981
02/06/2021 02/06/2021 22/05/2021
981
818
22/05/2021 22/05/2021 05/05/2021
818
319
05/05/2021 05/05/2021 01/03/2021
319 298
01/03/2021 01/03/2021 01/03/2021
298 192
01/03/2021 01/03/2021 04/02/2020
192 192 189
04/02/2020 04/02/2020 04/02/2020
VALERIA ROSA GAMBOA
42 PRM-2021-211-1942702490604992 2490604992 VALERIA ROSA ROCHA SALVA4243 PRM-2021-211-194270 CHAVEZ PRM-2021-211-184162 901-12630170 YOVANA GAMBOA CHAVEZ TIERRA
ROCHA SALVA43 PRM-2021-211-184162 901-12630170 YOVANA YOVANA ROCHA TIERRA 4344 PRM-2021-211-184162 PRM-2021-211-183600901-12630170 901-12633961 ILANIT MEIER PACELLO SALVATIERRA 44 PRM-2021-211-183600 901-12633961 PRM-2021-211-183600 901-12633961 45 PRM-2021-211-183612 901-12633972
44
45 PRM-2021-211-183612 901-12633972 PRM-2021-211-183612 901-12633972 46 PRM-2021-211-185937 1060538706
45
ILANIT MEIER PACELLO ILANIT MEIER SANDRA DOLORES PACELLO PACELLO DEMEIER SANDRA DOLORES SANDRA DOLORES PACELLO DEMEIER PACELLO STANLEYDEMEIER MEDINA
46 PRM-2021-211-185937 1060538706 STANLEY MEDINA 4647 PRM-2021-211-185937 1060538706 JORGE STANLEY MEDINA PRM-2021-211-194284 282145382171 STANLEY MEDINA 47
PRM-2021-211-194284 282145382171 JORGE STANLEY MEDINA JORGE STANLEY CELLE PROLOGACIAN MEDINA DE GUZMAN CELLE PROLOGACIAN 48 PRM-2021-211-151396 6885798522 CELLE PROLOGACIAN JAVIER JOAN RODRIGUZMAN DE 4849 PRM-2021-211-151396 6885798522 PRM-2021-211-145950 281473578853 GUZMAN DE GUEZ RAMIREZ JAVIER JOAN RODRI49 PRM-2021-211-145950 281473578853 MARIA JAVIER JOAN NANCY ARGUEGUEZ RAMIREZ 4950 PRM-2021-211-145950 281473578853 PRM-2021-211-151469 9353983015 RODRIGUEZ RAMIREZ DAS ARANCIBIA MARIA NANCY ARGUEMARIA NANCY 50 PRM-2021-211-151469 9353983015 PRM-2021-211-160001 DAS ARANCIBIA 5051 PRM-2021-211-151469 9353983015 ARGUEDAS SANTIAGO LUIS 1ZA363830443708236 ARANCIBIA PRM-2021-211-160001 51 SANTIAGO LUIS PRM-2021-211-160001 EMMERSON 1ZA363830443708236 5152 PRM-2021-211-157257 SANTIAGO LUIS 281805387518 VICTORIES 1ZA363830443708236 ZAMORA CUELLA EMMERSON 52 PRM-2021-211-157257 281805387518 VICTORIES VICTORIES ZAMORA CUELLA JAVIER ALEJANDRO 5253 PRM-2021-211-157257 ZAMORA PRM-2021-211-154145281805387518 282297412524 EMMERSON ESPEJO POMA CUELLA JAVIER ALEJANDRO 53 PRM-2021-211-154145 282297412524 ESPEJO POMA JAVIER ALEJANDRO 5354 PRM-2021-211-154145 PRM-2021-211-153460282297412524 281876661530 MERCEDES IRIARTE ESPEJO POMA 4748 PRM-2021-211-194284 PRM-2021-211-151396282145382171 6885798522
2006
2006 1943
1943
1943 1940
1940 1941
1940
25/11/2021 25/11/2021 25/11/2021
1947 1947 2009
25/11/2021 25/11/2021 06/12/2021
2009
06/12/2021 18/10/2021
1718 1710
1718
18/10/2021 18/10/2021
1710 1719
1710
18/10/2021 18/10/2021
1719 1719 1805
18/10/2021 18/10/2021 08/11/2021
1805 1805 1773
08/11/2021 08/11/2021 26/10/2021
1773 1773 1766
26/10/2021 26/10/2021
1766 1765
1766
26/10/2021 26/10/2021
1765 1765 1764
26/10/2021 26/10/2021
04/02/2020 04/02/2020 08/10/2021
12 12
2112021 202123681 23681 355V38KL7LK 355V38KL7LK 211
SUPPLEMENT FIRST SUPPLEMENT FIRST SUSAN GABRIELA
1694 1694
1688
08/10/2021 08/10/2021 08/10/2021
13 13
2112021 2021 23030 23030 281125920837 281125920837 211
1688 1688 1659
08/10/2021 08/10/2021 27/09/2021
2112021 2021 23011 23011 8274558946 8274558946 RENEPEREZ PEREZ AGUILAR 211 RENE AGUILAR 15 211 2021 22617 Z327W090495071375 JUAN CARLOS SALAZAR
1659 1659 1657
27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021
JUAN CARLOS 15 211 2112021 2021 22617 22617 Z327W090495071375 Z327W090495071375 JUAN CARLOS SALAZAR 15 SALAZAR 16 211 2021 19671 2393559243 JORGE LORA
1657 1657 1655
27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021
16 16
17
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JORGE LORA JORGE LORA ANDREJ GAJIC
1655 1655 1651
27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021
17 17 18
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1651 1651 1650
27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021
18 19 19 19 20 20 20 21 21 21 22 22
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ANDREJ GAJIC GAJIC O.ANDREJ WILLY CLAVIJO NAVARRO O. WILLY CLAVIJO O. WILLY CLAVIJO NAVARRO NAVARRO JUANA LU. T.G JUANA LU. T.G JUANA LU. T.G ADALID CONTRERAS BASPINERO ADALID CONTRERAS ADALID CONTRERAS BASPINERO LUIS BASPINERO GABRIEL VALDEZ PAZ VALDEZ LUIS GABRIEL LUIS GABRIEL PAZ VALDEZ PAZ JORGE LORA JORGE LORA
1650 1650 1649 1649 1649 1624 1624 1624 1622 1622 1622 1620 1620
27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021 27/09/2021 20/09/2021 20/09/2021 20/09/2021 20/09/2021 20/09/2021 20/09/2021 20/09/2021 20/09/2021
23 23
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1618 1618
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1598 1598
13/09/2021 13/09/2021
1697 1697
08/10/2021 08/10/2021
1761 1761
26/10/2021 26/10/2021
1689 1689
08/10/2021 08/10/2021
1597 1597
13/09/2021 13/09/2021
1585 1585
13/09/2021 13/09/2021
PRM-2021-211-195314 6859521701 PRM-2021-211-195314 6859521701
RENE MOLLO RENE MOLLO RENE IVETH ELIA MOLLO ANTEZANA IVETHZAMBRANA ELIA ANTEZANA IVETHZAMBRANA ELIA ANTEZANA KATYA ALMENDRAS ZAMBRANA KATYAVILLCA ALMENDRAS KATYA VILLCA ALMENDRAS VILLCA PABLO LOPEZ PABLO LOPEZ
2017 2017
06/12/2021 06/12/2021
71
PRM-2021-211-162837 6270919373
FERNANDA RODRIGO QUIROGA
1809
PRM-2021-211-194271 6429752674 PRM-2021-211-194271 6429752674
ERICK VALENZUELA ERICK VALENZUELA
2007 2007
06/12/2021 06/12/2021
72
PRM-2021-211-202858 4384663850
2052
ANGEL MARCA 32 PRM-2021-211-194286 283692382144 MIGUEL ANGEL MARCA MENDOZA 32 PRM-2021-211-194286 283692382144 MIGUEL MENDOZA MIGUEL ANGEL
LUCIA,MONTANO HURTADO FERNANDA HURTADO LUCIA,MONTANO FABIOLA CLAVIJO HURTADO
2011 2011
06/12/2021 06/12/2021
PRM-2021-211-2142355964142251 5964142251 7373 PRM-2021-211-214235
FABIOLA CLAVIJO MEDRANO MEDRANO
33 PRM-2021-211-194287 283494587458 JUAN CARLOS ROCHA 33 PRM-2021-211-194287 283494587458 JUAN CARLOS ROCHA
2012 2012
06/12/2021 06/12/2021
74
ANGEL MARCA 34 PRM-2021-211-194288 283646626280 MIGUEL ANGEL MARCA MENDOZA 34 PRM-2021-211-194288 283646626280 MIGUEL MENDOZA MIGUEL ANGEL
2013 2013
06/12/2021 06/12/2021
75
2004 2004 2004
13
211 2021 23030 281125920837 211 2021 23011 8274558946
FERNANDEZ MA SUSAN GABRIELA GABRIELA SUSAN FERNANDEZ MA FERNANDEZ MA RENE PEREZ AGUILAR
14 14
18
22
211 2021 20031 5354547914
211 2021 22321 3521698084
23
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24
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24 24
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25
26 26
26
27 27
211 2021 21797 5358223570 211 2021 21797 5358223570
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211 2021 17583 4057875006
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28
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29
30 30
30
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31
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32 PRM-2021-211-194286 283692382144
JORGE LORA
COMERCIAL DAZA COMERCIAL DAZA COMERCIAL DAZA LUIS GABRIEL VALDEZ PAZ VALDEZ LUIS GABRIEL LUIS GABRIEL PAZ VALDEZ CRISTIANPAZ ALEJANDRO CASTILLOALEJANDRO MCHICAD CRISTIAN CRISTIAN CASTILLOALEJANDRO MCHICAD CASTILLO NAZANIN MCHICAD SEPEHRI NAZANIN SEPEHRI NAZANIN SEPEHRI
PABLO LOPEZ
ERICK VALENZUELA
MARCA MENDOZA
33 PRM-2021-211-194287 283494587458 JUAN CARLOS ROCHA
34 PRM-2021-211-194288 283646626280
1620 1618
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2007 2011
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20/09/2021
20/09/2021 13/09/2021 08/10/2021 26/10/2021
08/10/2021
13/09/2021 13/09/2021 06/12/2021
06/12/2021
06/12/2021 06/12/2021
06/12/2021
58
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64
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71
72 72 73
76 76
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2005 2005
36
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CLAUDIA PASTEN EDWIN LAMB ZULETA EDWIN LAMB ZULETA CI3964285 CI3964285
MACKENZIE REYNOLDS
2000 2000
06/12/2021 06/12/2021
37 38
PRM-2021-211-192877 5366540616 PRM-2021-211-189300 4571994954
MACKENZIE
PRM-2021-211-189300 4571994954
CASAREYNOLDS GRANDE HOTEL CASA GRANDE HOTEL
2000 1959 1959
06/12/2021 25/11/2021 25/11/2021
79
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PRM-2021-211-189300 4571994954 PRM-2021-211-192816 1241242973
CASA HOTEL CASA GRANDE GRANDE HOTEL
1959 1998 1998
25/11/2021 06/12/2021 06/12/2021
80
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1998 1948 1948
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81
37 37
38 39
39 40
40
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PRM-2021-211-192816 1241242973
EDWIN LAMB ZULETA CI3964285 MACKENZIE REYNOLDS
CASA GRANDE HOTEL
MR. MARIO CARLOS GUZMAN ORTIZ
41 PRM-2021-211-185947 PRM-2021-211-186255282174429982 6729135431 MR. MARIO CARLOS 40 LAMITUBE LTD. GUZMAN ORTIZ 41 PRM-2021-211-186255 6729135431 PADMA
2005
1952 1948 1952
06/12/2021 06/12/2021
06/12/2021
25/11/2021 25/11/2021 25/11/2021
PRM-2021-211-162837 6270919373
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74 PRM-2021-211-213529 6283952371 74 PRM-2021-211-213529 6283952371 PRM-2021-211-213529 6283952371 75 PRM-2021-211-202847 8522257262 75 PRM-2021-211-202847 8522257262
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36 36
PRM-2021-211-172765 5274377463
70
35 35
06/12/2021
ALEYDA FERNANDEZ SURYA
SURYA RODRIGO LUIS RAMA6465 PRM-2021-211-172765 SURYA PRM-2021-211-1729015274377463 7435358792 LLO CORNEJO RODRIGO LUIS RAMA65 PRM-2021-211-172901 7435358792 LLO CORNEJO RODRIGO MARIA ELENALUIS RIVERA 6566 PRM-2021-211-172901 PRM-2021-211-1782617435358792 3638007446 RAMALLO CORNEJO RODRIGUEZ MARIA ELENA RIVERA 66 PRM-2021-211-178261 3638007446 RODRIGUEZ MARIA ELENA RIVERA ESCUELA LIBERTAD 6667 PRM-2021-211-178261 PRM-2021-211-1786483638007446 5978730122 RODRIGUEZ ESCUELA LIBERTAD 67 PRM-2021-211-178648 5978730122 EDWIN BLADIMIR GABA ESCUELA LIBERTAD 6768 PRM-2021-211-178648 5978730122 PRM-2021-211-203217 507117445140 MORA GABA EDWIN BLADIMIR 68 PRM-2021-211-203217 507117445140 MORA EDWIN BLADIMIR NELSON ZAMORA 6869 PRM-2021-211-203217 PRM-2021-211-154771507117445140 3748969523 GABA MORA RODRIQUEZ NELSON ZAMORA 69 PRM-2021-211-154771 3748969523 RODRIQUEZ VENEZIA CRAFTS NELSON ZAMORA 6970 PRM-2021-211-154771 3748969523 PRM-2021-211-164614 774426531060 LEATHER GOODS LTD RODRIQUEZ VENEZIA CRAFTS 70 PRM-2021-211-164614 774426531060 LEATHER GOODS LTD
35
06/12/2021 06/12/2021
NASTASSIA BEDEKER
DIA ROMMUEL DE MULTIME59 PRM-2021-211-165759 9939083674 JEFATURA JEFATURA DE DIA ROMMUEL NANCY DAENA BENE5960 PRM-2021-211-165759 9939083674 MULTIMEDIA PRM-2021-211-165761 506204356508 DITH ALVAREZ ROMMUEL DAENA BENE60 PRM-2021-211-165761 506204356508 NANCY DITH ALVAREZ NANCY DAENA 6061 PRM-2021-211-165761 506204356508 PRM-2021-211-166778 8291485790 BENEDITH TECNALUM S.R.L. ALVAREZ 61 PRM-2021-211-166778 8291485790 TECNALUM S.R.L. FELIPE RAFAEL FLORES 6162 PRM-2021-211-166778 TECNALUM S.R.L. PRM-2021-211-1683978291485790 7251318093 FELIPE LINARES RAFAEL FLORES 62 PRM-2021-211-168397 7251318093 LINARES FELIPE RAFAEL 6263 PRM-2021-211-168397 PRM-2021-211-1725807251318093 7808102886 ALEYDA FERNANDEZ FLORES LINARES 63 PRM-2021-211-172580 7808102886 ALEYDA FERNANDEZ
MARCA MENDOZA CLAUDIA PASTEN
CLAUDIA PASTEN
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JEFATURA DE MULTIME5859 PRM-2021-211-164738 BEDEKER PRM-2021-211-1657598114428910 9939083674 NASTASSIA
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RODRIGO QUIROGA FERNANDA LUCIA,MONTANO
FABIOLA CLAVIJO MEDRANO
JORGE SANJINES JORGE SANJINES JORGE MARIA DESANJINES LOS ANGELES MARIA DEDIAZ LOS ANGELES DIAZ MARIA DE LOS FERNANDA ANGELES DIAZ FERNANDA LUCIA,MONTANO LUCIA,MONTANO HURTADO FERNANDA HURTADO LUCIA,MONTANO HURTADO PABLO JORDAN
PABLO JORDAN
PABLO JORDAN
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CAMILA ZANNIER CAMILA ZANNIER
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CAMILA ZANNIER
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VENNGAGE VENNGAGE
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JOSE JURADO JOSE JURADO
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JOSE JURADO
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14
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AMALIAREYES REYES AMALIA SUPPLEMENT FIRST
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113 PRM-2021-211-293946 287048243310
114 114
FILAC FILAC FILAC MONICA DANIELA 115 PRM-2021-211-229866 9181606346 MONICA DANIELA APAZA SILVESTRE 115 PRM-2021-211-229866 9181606346 MONICA APAZADANIELA SILVESTRE 115 PRM-2021-211-229866 9181606346 APAZA SILVESTRE DELMAS APPARELS 116 PRM-2021-211-244341 775062270453 DELMAS PVTAPPARELS LTD 116 PRM-2021-211-244341 775062270453 APPARELS LTD 116 PRM-2021-211-244341 775062270453 DELMASPVT 114
117 117
117
PRM-2022-211-2768 288122000711 PRM-2022-211-2768 288122000711
PRM-2022-211-2768 288122000711
PRM-2021-211-258273 3151981350 PRM-2021-211-258273 3151981350
PRM-2021-211-258273 3151981350
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ALESSANDRA ORTIZ
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DAVOR VARGAS
119 PRM-2021-211-224981 6750160966 ALESSANDRA ORTIZ ALESSANDRA ORTIZ ZARATE 119119PRM-2021-211-224981 6750160966 PRM-2021-211-224981 6750160966 ZARATE ZARATE
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DAVOR VARGAS DAVOR VARGAS
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PVT LTD
FARMACOS E INSUMOS 118 PRM-2021-211-224633 6885798802 FARMACOS E INSUMOS PHARMA 118 PRM-2021-211-224633 6885798802 FARMACOS E 118 PRM-2021-211-224633 6885798802 PHARMA INSUMOS PHARMA
143 143 83 83
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21/03/2022
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PRM-2021-211-225558 9551926366 120120 9551926366 120PRM-2021-211-225558 PRM-2021-211-225558 9551926366
CARLOS LOZA ID CARLOS LOZA IDID CARLOS LOZA 1162396 1162396
90 9090
24/01/2022 24/01/2022 24/01/2022
121121 PRM-2021-211-251712 2861FXKLDM7 PRM-2021-211-251712 2861FXKLDM7
JOSE FABBRI JOSE FABBRI
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HOSE
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JOSE FABBRI
CLAUDIA CALDERON CALDERON PRM-2021-211-246571 7096705490 CLAUDIA CLAUDIA CALDERON 122122 7096705490 MERMA 122PRM-2021-211-246571 PRM-2021-211-246571 7096705490 MERMA MERMA
129
31/01/2022
(*) abandonadas de de forma forma tácita tácita o o de de hecho, hecho, la la facultad facultad (*) SEGUNDO.SEGUNDO.- Conforme Conforme al al artículo artículo 154 154 de de la la Ley Ley 1990 1990 de de 28.07.1999 28.07.1999 (Ley (Ley General General de de Aduanas), Aduanas), modificado modificado en en el el artículo artículo 3, 3, parágrafo parágrafo IV IV de de la la Ley Ley Nº Nº 615 615 de de 15.12.2014, 15.12.2014, se se concede concede a a “Los “Los propietarios propietarios o o consignatarios consignatarios de de mercancías mercancías abandonadas de multas, recargos, recargos, almacenaje almacenaje yy demás demás gastos gastos aa que que hubiera hubiera de pedir pedir el el levante levante dentro dentro de de un un plazo plazo de de veinte veinte (20) (20) días días hábiles hábiles administrativos, administrativos, siguientes siguientes aa la la fecha fecha en en que que se se haya haya notificado notificado con con la la resolución resolución de de declaratoria declaratoria de de abandono, abandono, estando estando obligados obligados a a pagar pagar los los tributos tributos aduaneros, aduaneros, multas, lugar, lugar, los los cuales cuales serán serán establecidos establecidos conforme conforme aa Reglamento.”------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Reglamento.”------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(*) SEGUNDO. CONCEDER el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos la facultad de a solicitar el levante a los consignatarios o propietarios de mercancías abandonadas de forma tácita o de hecho, computable a partir del día siguiente a pagar los tributos aduaneros, multas, recargos, (*) SEGUNDO. CONCEDER el plazo de veinte (20) días hábiles administrativos la facultad de a solicitar el levante a los consignatarios o propietarios de mercancías abandonadas de forma tácita o de hecho, computable a partir del día siguiente a pagar los tributos aduaneros, multas, recargos, almacenaje a la la Ley Ley General General de de Aduanas Aduanas (D.S. (D.S. 25870), 25870), modificado modificado almacenaje yy demás demás gastos, gastos, en en sujeción sujeción al al artículo artículo 154 154 de de la la Ley Ley 1990 1990 de de 28/07/1999 28/07/1999 (Ley (Ley General General de de Aduanas), Aduanas), modificado modificado en en el el Articulo Articulo 3, 3, parágrafo parágrafo IV IV de de la la Ley Ley Nº Nº 615 615 de de 15/12/2014, 15/12/2014, concordante concordante con con el el Articulo Articulo 275 275 del del Reglamento Reglamento a por por Decreto Decreto Supremo Supremo 2275 2275 de de fecha fecha 25/02/2015 25/02/2015 yy el el Articulo Articulo 67 67 del del Reglamento Reglamento para para el el Régimen Régimen de de Deposito Deposito de de Aduana Aduana aprobado aprobado por por la la Resolución Resolución de de Directorio Directorio Nº Nº RD RD 01-012-21 01-012-21 de de 31/05/2021.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------31/05/2021.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese y cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Regístrese, notifíquese y cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Firma yy Sella Sella Franz Franz Eduardo Eduardo Crovo Crovo Flores Flores -- ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ -- Aduana Aduana Nacional--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Firma yy Sella Sella Franz Franz Juan Juan Carlos Carlos Flores Flores Rodas Rodas -- ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ -- Aduana Aduana Nacional---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Firma yy Sella Sella Maureen Maureen Morayma Morayma Paz Paz Butrón Butrón -- ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ -- Aduana Aduana Nacional-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Firma yy Sella Sella Marcos Marcos Jonathan Jonathan Lima Lima Nuñez Nuñez -- ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ -- Aduana Aduana Nacional--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&PARTE PARTE PERTINENTE PERTINENTE DEL DEL AUTO AUTO DE DE INSTRUCCIÓN INSTRUCCIÓN PARA PARA LA LA NOTIFICACIÓN NOTIFICACIÓN POR POR EDICTO--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EDICTO--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NOTIFÍQUESE MONTE DE DE SION, SION, CARLA CARLA LORENA LORENA TORRICO, TORRICO, ANA ANA MARIA MARIA NOTIFÍQUESE mediante mediante EDICTO EDICTO a: a: FEDERACION FEDERACION BOLIVIANA BOLIVIANA DE DE BASQUETBOL, BASQUETBOL, IMPALA IMPALA ORURO, ORURO, VERONICA VERONICA INES INES PEREDO PEREDO ORTIZ, ORTIZ, JOSE JOSE LUIS LUIS SILES SILES CORDOVA, CORDOVA, LIMBERT LIMBERT CARVAJAL CARVAJAL QUISPE, QUISPE, IGLESIA IGLESIA BIBLICA BIBLICA MONTE MAMANI LORA, ANDREJ ANDREJ GAJIC, GAJIC, O. O. WILLY WILLY CLAVIJO CLAVIJO NAVARRO, NAVARRO, MAMANI LLANOS, LLANOS, FERNANDO FERNANDO RIOS RIOS MORENO, MORENO, MS MS MIRIAM MIRIAM CLAURE CLAURE DE DE QUIROGA, QUIROGA, AMALIA AMALIA REYES, REYES, SUPPLEMENT SUPPLEMENT FIRST, FIRST, SUSAN SUSAN GABRIELA GABRIELA FERNANDEZ FERNANDEZ MA, MA, RENE RENE PEREZ PEREZ AGUILAR, AGUILAR, JUAN JUAN CARLOS CARLOS SALAZAR, SALAZAR, JORGE JORGE LORA, JUANA MOLLO, IVETH IVETH ELIA ELIA ANTEZANA ANTEZANA ZAMBRANA, ZAMBRANA, KATYA KATYA JUANA LU. LU. T.G, T.G, ADALID ADALID CONTRERAS CONTRERAS BASPINERO, BASPINERO, LUIS LUIS GABRIEL GABRIEL VALDEZ VALDEZ PAZ, PAZ, JORGE JORGE LORA, LORA, COMERCIAL COMERCIAL DAZA, DAZA, LUIS LUIS GABRIEL GABRIEL VALDEZ VALDEZ PAZ, PAZ, CRISTIAN CRISTIAN ALEJANDRO ALEJANDRO CASTILLO CASTILLO MCHICAD, MCHICAD, NAZANIN NAZANIN SEPEHRI, SEPEHRI, RENE RENE MOLLO, ALMENDRAS MACKENZIE REYNOLDS, REYNOLDS, CASA CASA GRANDE GRANDE HOTEL, HOTEL, CASA CASA ALMENDRAS VILLCA, VILLCA, PABLO PABLO LOPEZ, LOPEZ, ERICK ERICK VALENZUELA, VALENZUELA, MIGUEL MIGUEL ANGEL ANGEL MARCA MARCA MENDOZA, MENDOZA, JUAN JUAN CARLOS CARLOS ROCHA, ROCHA, MIGUEL MIGUEL ANGEL ANGEL MARCA MARCA MENDOZA, MENDOZA, CLAUDIA CLAUDIA PASTEN, PASTEN, EDWIN EDWIN LAMB LAMB ZULETA ZULETA CI3964285, CI3964285, MACKENZIE GRANDE STANLEY MEDINA, MEDINA, JORGE JORGE STANLEY STANLEY MEDINA, MEDINA, CELLE CELLE GRANDE HOTEL, HOTEL, PADMA PADMA LAMITUBE LAMITUBE LTD., LTD., MR. MR. MARIO MARIO CARLOS CARLOS GUZMAN GUZMAN ORTIZ, ORTIZ, VALERIA VALERIA ROSA ROSA GAMBOA GAMBOA CHAVEZ, CHAVEZ, YOVANA YOVANA ROCHA ROCHA SALVATIERRA, SALVATIERRA, ILANIT ILANIT MEIER MEIER PACELLO, PACELLO, SANDRA SANDRA DOLORES DOLORES PACELLO PACELLO DEMEIER, DEMEIER, STANLEY PROLOGACIAN IRIARTE, MILTON MILTON IVAN IVAN LOZADA LOZADA APAZA, APAZA, JUAN JUAN PROLOGACIAN GUZMAN GUZMAN DE, DE, JAVIER JAVIER JOAN JOAN RODRIGUEZ RODRIGUEZ RAMIREZ, RAMIREZ, MARIA MARIA NANCY NANCY ARGUEDAS ARGUEDAS ARANCIBIA, ARANCIBIA, SANTIAGO SANTIAGO LUIS, LUIS, VICTORIES VICTORIES EMMERSON EMMERSON ZAMORA ZAMORA CUELLA, CUELLA, JAVIER JAVIER ALEJANDRO ALEJANDRO ESPEJO ESPEJO POMA, POMA, MERCEDES MERCEDES IRIARTE, JOSE JOSEOMONTE OMONTE RAMOS, RAMOS, GERMAN GERMAN NICOLAS NICOLAS BASPINEIRO BASPINEIRO BELLIDO, BELLIDO, NASTASSIA NASTASSIA BEDEKER, BEDEKER, JEFATURA JEFATURA DE DE MULTIMEDIA MULTIMEDIA ROMMUEL, ROMMUEL, NANCY DAENA BENEDITH ALVAREZ, TECNALUM S.R.L., FELIPE RAFAEL FLORES LINARES, ALEYDA FERNANDEZ, SURYA, RODRIGO LUIS RAMALLO RAMALLO CORNEJO, CORNEJO, MARIA MARIA ELENA ELENA RIVERA RIVERA RODRIGUEZ, RODRIGUEZ, ESCUELA ESCUELA LIBERTAD, LIBERTAD, EDWIN EDWIN BLADIMIR BLADIMIR GABA GABA MORA, MORA, NELSON NELSON ZAMORA RODRIQUEZ, VENEZIA CRAFTS LEATHER GOODS LTD, RODRIGO QUIROGA, FERNANDA LUCIA,MONTANO HURTADO, FABIOLA CLAVIJO MEDRANO, MEDRANO, JORGE JORGE SANJINES, SANJINES, MARIA MARIA DE DE LOS LOS ANGELES ANGELES DIAZ, DIAZ, FERNANDA FERNANDA LUCIA,MONTANO LUCIA,MONTANO HURTADO, HURTADO, PABLO PABLO JORDAN, JORDAN, MONTAHA TRADING, CAMILA ZANNIER, VENNGAGE, YASMIR KOZINER AZIM, JOSE JURADO, VLADIMIR ROCABADO, CRAIG RIEGLER, XITBOL LA PAZ PAZBOLIVIA, BOLIVIA,SUELEN SUELEN ALMEIDA, ALMEIDA, DIRECTOR DIRECTOR GENERAL GENERAL DE DE SISTEMA SISTEMA PENITENCIARIO-JUAN PENITENCIARIO-JUAN CARLOS CARLOS LIMPIAS, LIMPIAS, KING KING SEJONG SEJONG INSTITUTE LA PAZ, ERICSSON COMPETENCE RESOUREC SDN, ANGEL ZANNIER, JOSE JURADO, YAREMYS JUANA EGIDO ARIAS, DIRECCION GENERAL GENERAL DE DE ASUNTOS ASUNTOS JURIDICOS, JURIDICOS, LEONARDO LEONARDO FAVIO FAVIO RADA RADA CARRASCO-AVENIDA CARRASCO-AVENIDA SAAVEDRA, SAAVEDRA, LATINMALLS.COM LATINMALLS.COM LLC, LLC, LATINMALLS.COM LLC, PATRICIA CHULVER, JOHNNY SAAVEDRA, ADELA VARGAS ROJAS, CARLA NICOL YURJA HUANCA, ANDREA NINO DE G, ADOLFO ADOLFO BANDERA BANDERA SALAZAR, SALAZAR, OLIVIA OLIVIA ARLETTE ARLETTE MIRANDA MIRANDA LEON, LEON, JOVITA JOVITA ELIANA ELIANA CHOQUE CHOQUE MORALES, MORALES, ELVIS ELVIS ALENCAR ALENCAR MONTANO MENDOZA, KAMILA IAH HEL OSINAGA VILLARROEL, ERWIN GONZALEZ MENESES, FRANCISCO RENJEL, MR MARIO CARLOS GUZMAN ORTIZ, ORTIZ, JAVIER JAVIER TITO, TITO, TUSNELDA TUSNELDA SILVIA SILVIA TELLEZ TELLEZ SAAVEDRA, SAAVEDRA, TELEFONIA TELEFONIA BONAIRIANO BONAIRIANO N.V., N.V., HIDRAULIC HIDRAULIC IRON IRON HOSE, HOSE, FILAC, FILAC, MONICA DANIELA APAZA SILVESTRE, DELMAS APPARELS PVT LTD, DAVOR VARGAS, FARMACOS E INSUMOS PHARMA, ALESSANDRA ORTIZ ZARATE, ZARATE, CARLOS CARLOS LOZA LOZA ID ID 1162396, 1162396, JOSE JOSE FABBRI FABBRI yy CLAUDIA CLAUDIA CALDERON CALDERON MERMA MERMA con con las las RESOLUCIONES RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS ADMINISTRATIVAS DE DECLARATORIA DE ABANDONO TACITO O DE HECHO, sea conforme lo establece el Artículo 86 de la Ley N° 2492 – Código Tributario Boliviano. Firma Firma yy Sella Sella Franz Franz Eduardo Eduardo Crovo Crovo Flores Flores –– ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ -- Aduana Aduana Nacional-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Firma yy Sella Sella Maureen Maureen Morayma Morayma Paz Paz Butrón Butrón -- ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ -- Aduana Aduana Nacional-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nacional-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma Firma yy Sella Sella Marcos Marcos Jonathan Jonathan Lima Lima Nuñez Nuñez -- ADMINISTRADOR ADMINISTRADOR -- GERENCIA GERENCIA REGIONAL REGIONAL LA LA PAZ PAZ - Aduana Nacional--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE PRESENTE EDICTO EDICTO ES ES LIBRADO LIBRADO EN EN LA LA CIUDAD CIUDAD DE DE EL EL ALTO ALTO AA LOS LOS VEINTE VEINTE DIAS DIAS DEL DEL MES MES DE DE ABRIL ABRIL DEL DEL AÑO AÑO DOS DOS MIL MIL VEINTIDOS-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EL GRLPZ: ACMV ACMV GRLPZ: GRLPZ/UJ: Jevc/acab/jjvn Jevc/acab/jjvn GRLPZ/UJ: H.R.: GRLPZ/AEA2022/815 GRLPZ/AEA2022/815 H.R.:
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EDICTO RESOLUCIÓN Nº RD-01-009-22 (Primera publicación) La Paz, 22 ABR 2022
Colombia: Petro mantiene el liderazgo en encuestas El líder izquierdista Gustavo Petro sigue encabezando las encuestas rumbo a las elecciones presidenciales de Colombia, aunque todavía no con una intención de voto suficiente para ganar en primera vuelta. A un mes de los comicios, el candidato de la derecha Federico Gutiérrez avanza como el segundo favorito y confía en achicar la diferencia gracias a las alianzas que está logrando y a la intensificación de la campaña presencial en todo el país. El 29 de mayo, 38,8 millones de colombianos están convocados a elegir presidente y vicepresidente entre una lista de ocho fórmulas. Para ganar ese día se necesita obtener el 50% más uno de los votos. De lo contrario, los dos primeros lugares se enfrentarán en una segunda vuelta prevista para el 19 de junio. Quien salga victorioso asumirá el 7 de agosto y se convertirá en el sucesor de Iván Duque. Petro, un economista de 62 años que fue alcalde de Bogotá, senador y candidato presidencial en 2010 y 2018, se erigió como favorito en todos los sondeos desde que comenzaron las precam-
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A UN MES DE LAS PRESIDENCIALES
• RT
JUEVES / 28 / 04 / 2022
ESTUDIO CELAG Gustavo Petro encabeza las preferencias electorales con un 43 % de los votos a menos de 40 días de los comicios presidenciales. El candidato del Pacto Histórico se sitúa 21 puntos por encima de Federico Gutiérrez, que obtiene una intención de voto del 22 %. El actual presidente, Iván Duque, registra una imagen negativa del 83 %. La falta de empleo y los salarios son el principal problema económico; los colombianos consideran que estaría bien subirle los impuestos a los más ricos. pañas y se postuló por la coalición Pacto Histórico. Hoy, los sondeos lo ubican con preferencias que van del 34% al 46,2%. Su compañera a la vicepresidencia es Francia Márquez, una abogada y activista ambiental afrocolombiana de 39 años, que se convirtió en la sorpresa de las elecciones internas de aspirantes presidenciales que se realizaron el 13 de marzo y en las que fue la tercera candidata más votada, solo detrás del propio Petro y de Gutiérrez.
EL GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. DE LA ADUANA NACIONAL - Lic. AntonioPública Claudio Martínez Villa en mérito al art. 5 del Decreto Supremo Nº.Reglamento 27874 de VISTOS Y CONSIDERANDO: y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral (SIPFE), fecha 26 de noviembre de 2004 notifica, cita y emplaza con los Proveídos de Inicio de Ejecución Tributaria, a las personas que se mencionan a continuación, Básico de La Preinversión y Aduana la normativa vigente; en este sentido, da la conformidad para su dentro del proceso de Ejecución Tributaria seguido a instancia de la Gerencia Regional Paz de la Nacional.----------------------------------------Que el Parágrafo II del Artículo 321 de la Constitución Política del Estado, señala que la aprobación en las instancias correspondientes. &&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&determinación del gasto y de la inversión pública tendrá lugar por medio de mecanismos PARTE PERTINENTE PROVEÍDOS INICIOestatal. DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA-----------------------------------------------------------------------------de participación ciudadanaDE y deLOS planificación técnicaDE y ejecutiva Que por Informe AN/GG/UCCIP/I/116/2022 de 17/03/2022, la Unidad de Control de Concesiones e Inversión Pública, señala que en el marco de lo establecido en el Artículo Que conforme Artículo 2DE de la Ley Nº 777 de 21/01/2016, Ley del Sistema de Nº DE el PROVEÍDO MONTO EN MONTO ADEUDADO 8 Previsión, Revisión delADEUDADO Reglamento Específico de Inversión Pública de Nº INICIO DE EJECUCIÓN SUJETO / C.I.del Estado ORIGEN DEL PIET y Actualización Planificación Integral del Estado - SPIE, el Sistema PASIVO de Planificación NIT Integral BOLIVIANOS ENRD UFV’S la Aduana Nacional aprobado mediante Resolución de Directorio N° 02-004-20 de TRIBUTARIA y sus subsistemas, es el conjunto organizado y articulado de normas, subsistemas, 11/03/2020, se realizó el ajuste y la actualización del Reglamento Específico de Inversión procesos, metodologías, mecanismos y procedimientos para la planificación integral UFV´s 29,407.Pública de la Aduana Nacional. Bs. 69,754.(VEINTINUEVE MIL de largo, mediano y corto plazo del Estado Plurinacional, que permita alcanzar los AN-GRLGR-SETDECLARACIÓN JURADA (SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS objetivos del Vivir Bien a través del desarrollo integral en armonía y equilibrio con la Que el citado Informe concluye que: “Se procedió al ajuste y la actualización del JAHUER SARIAN 1 PIET-616/2021 3611809 CB. DUI 2011/234/C-7443 SETECIENTOS SIETE 00/100 UNIDAMadre Tierra, para la25/11/2021 construcción deCARRASCO una sociedadTERCEROS justa, equitativa y solidaria, con Reglamento Específico de Inversión PúblicaYdeCUATRO la Aduana Nacional,DES considerando las DE FECHA DEla31 DE DICIEMBRE DE 2011 CINCUENTA DE participación de todos los niveles gubernativos del Estado, de acuerdo a lo establecido en funciones generales de las áreas00/100 que intervienen en los Proyectos de Inversión Pública BOLIVIANOS) FOMENTO A LA dicha Ley. Por su parte el Parágrafo II del citado Artículo 2 de la Ley N° 777, prevé que para asegurar su funcionamiento del Sistema Nacional de Inversión Pública el bito VIVIENDA) el Sistema de Planificación Integral del Estado, está conformado por los subsistemas de interno de su competencia. Conforme lo expuesto en la Nota MPD/VIPFE/DGPP/UP-NE AUTO PARTES PYA S/N Planificación, Inversión Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral y 0218/2022, el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo comunica NIPPONBRASS S/N Seguimiento y Evaluación Integral de Planes. que “(...) de acuerdo al informe MDP/VIPFE/DGPP/UP-INF 0060/2022, dicho HERMINIA MACHICADO S/N documento guarda compatibilidad con las Normas Básicas del Subsistema de Inversión Que el Artículo 17 de la Ley N° 1178 de 20/07/1990, establece que los sistemas Pública y Financiamiento Externo para el Desarrollo Integral (SIPFE), Reglamento ROJAS las estrategias S/N y políticas nacionales de Planificación e Inversión MAXIMA Pública definirán UFV´s 694.704.- para Básico de Preinversión y la normativa vigente; en este sentido seda la conformidad OLGA MONZON S/N gubernamentales que serán ejecutadas mediante los sistemas de Administración y (SEISCIENTOS BS. 1.651,770.- (UN suRESOLUCIÓN aprobación en las instancias correspondientes”. EMPRESA DE NOVENTA Y CUATRO Control que regula dicha Ley. SANCIONATORIA MILLÓN SEISCIENTOS TRANSPORTES PAOLA 124394376 MIL Que la Gerencia Nacional Jurídica mediante Informe de 2 el Artículo AN-GRLGR-SETAN-GRLGR-CHALF-RESCINCUENTA Y UN MIL AN/GNJ/DAL/I/208/2022 Que 18 de la citada Ley deSOLEDAD Administración y Control Gubernamentales, VILLCA CUATRO 25/03/2022, concluye que: “En virtud a los argumentos las consideraciones legales PIET-67/2022 SAN-1-2022 SETECIENTOS SETENTA y SETECIENTOS APALAde Programación de Operaciones, prevé: “Para el funcionamiento anual de los sistemas 00/100 UNIDADES DE DE FECHA 11/03/2022 DE 17expuestas, DE ENERO DE 2022 00/100 BOLIVIANOS) habiendo efectuado una revisión de los antecedentes, con base en el Informe FOMENTO A LA ZAPATA S/N los sistemas Organización Administrativa, Presupuesto RENE y Tesorería y Crédito Público, AN/GG/UCCIP/I/116/2022 de 17/03/2022, la Unidad de ControlVIVIENDA) de Concesiones e nacionales de Planificación e InversiónRODRIGO Pública compatibilizarán eS/N integrarán los PEREZ Inversión Pública, se concluye que el Reglamento Específico de Inversión Pública de la objetivos y planes estratégicos de cada entidad y losQUISPE proyectos de inversión pública que RUBEN 100949253 Aduana Nacional, propuesto, no contraviene y se ajusta a la normativa vigente, siendo deberán ejecutar, con los planes de mediano MAMANI y largo plazo, la política monetaria, los necesaria su aprobación”. ingresos alcanzados y el financiamiento disponible, el carácter VIRGILIO manteniéndose FLORES S/N unitario e integral de la formulación del presupuesto, de la tesorería y del crédito público “. CONSIDERANDO: WILBMER BERAZAIN S/N
Que conforme los Incisos a) y e) del Artículo 20 de la mencionada Ley N° 1178, todos los Que en el marco de lo dispuesto por el Artículo 37, Inciso e) deUFV´s la Ley226.N° 1990 de sistemas serán regidos por órganos rectores, que tienen la atribución de emitir las normasDECLARACIÓN 28/07/1999, Ley General de Aduanas, es atribución del Directorio (DOSCENTOS de la Aduana Nacional AN-GRLGR-SETJURADA BS. 535.(QUINIENTOS SANDRA ELVIRA GUILVEINTISEIS 00/100 PIET-596-2021 3913513 S.C. DUI 2017/241/C-24427 DE 23 DEfacilitar TREINTA Y CINCO 00/100 y 3reglamentos básicos para cada sistema y compatibilizar o evaluar, según corresponda, el dictar resoluciones para y simplificar las operaciones aduaneras, estableciendo LEN TORRICO UNIDADES DE DE FECHA 11/11/2021 DICIEMBRE DE 2017que se requieran BOLIVIANOS) las disposiciones específicas que elaborará cada entidad. los procedimientos para tal efecto. FOMENTO A LA Que el Artículo 27 de la Ley N° 1178 de 20/07/1990, prevé que cada entidad del sector CARLOS BERNARDO público elaborará en el marco de las normas básicas dictadas por 9.736.945-3 los órganos rectores, HUANCA FLORES los reglamentos específicos para el funcionamiento de los Sistemas de Administración EMPRESA DE y Control Interno regulados por esta Ley TRANSPORTE y los sistemas de Planificación e Inversión Pública. INTERNACIONAL
VIVIENDA)
Que el Artículo 33, Inciso a) del Reglamento a la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000, establece que le corresponde al Directorio de la Aduana Nacional dictar las normas reglamentarias y adoptar las decisiones generales que permitan a la Aduana Nacional cumplir con119,898.las funciones, UFV´s competencias y facultades que le asigna la Ley. (CIENTO RESOLUCIÓN
BS. 284,544 (DOSCIEN-
DIECINUEVE MIL
NIT 3343458016.
RESOLUCION DETERMINATIVA AN-GRLGR-ULELR-RESDET-162-2021 DE 09/11/2021
BS. 673,823 (SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS 00/100 BOLIVIANOS)
TJ
2016/241/C-33607 DE 15/11/2016
BS. 1.026.(MIL VEINTISEIS 00/100 BOLIVIANOS)
UFV´s 283,612.(DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DOCE 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA) UFV´s 433 (CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA)
CARLOS BERNARDO
TOS OCHENTA Y CUATRO AN-GRLGRQue las Normas Básicas del Sistema Nacional Inversión Pública, aprobadas por SANCIONATORIA POR TANTO: EN HUANCAdeFLORES, 9.736.945-3 OCHOCIENTOS 4 MIL QUINIENTOS CUAPIET-653/2021 SET-Suprema Resolución N° 216768 de 18/06/1996, son el conjunto de normas, instrumentos CONTRABANDO REPRESENTADA NOVENTA OCHO El Directorio de la Aduana Nacional, uso de las atribuciones conferidas Y por Ley; AN-GRLGR-CHALF-RESRENTA en Y CUARTO 00/100 00/100 DE FECHAcomunes 22/12/2021 y procedimientos para todas LEGALMENTE las entidades delPOR sector público, mediante las UNIDADES DE SAN-15-2021 DE 10/11/2021 BOLIVIANOS) BERNARDO FOMENTO A LA cuales se relacionan y coordinan entreCARLOS sí para formular, evaluar, priorizar, financiar y RESUELVE: HUANCA VIVIENDA) ejecutar los proyectos de inversión pública que, enFLORES el marco del desarrollo nacional, PRIMERO.- APROBAR el Reglamento Específico de Inversión Pública de la Aduana A. GILBERTO departamental y municipal, constituyan JUAN las opciones más convenientes desde el punto Nacional, que en Anexo forma parte indivisible de la presente Resolución de Directorio. 14.105087-7 TAPIA de vista económico social. SEGUNDO PACO S/N SEGUNDO.- El Reglamento aprobado en el Literal Primero de la presente Resolución, UFV´s 393,347.Que el Artículo 4 del Reglamento Básico de Operaciones del Sistema Nacional de entrará en vigencia a partir de su publicación. (TRESCIENTOS Inversión Pública aprobado mediante Resolución Ministerial N° 528 de 12/06/1997, NOVENTA TRES MILde Resolución de Directorio N° RDY02-004-20 desarrolla los aspectos que deben considerarse para la elaboración de reglamentos TERCERO.- Se deja sin efecto la BS.934,896 C.I. 4926713 AN-GRLGR-SETRESOLUCION DETERMINATIVA (NOVECIENTOS TRESCIENTOS 11/03/2020, así como toda disposición contraria TREINTA de igual o inferior jerarquía. JOSE L.P. específicos para la implementación del SNIP enBERNABE todas las entidades del sector público 5 PIET-35/2022 AN-GRLGR-ULELR-RESY CUATRO MIL CUARENTA Y SIETE QUISBERT CHAVEZ y en su DE Artículo 5 prevé: “Una vez que los Reglamentos EspecíficosNIT cuenten conDET-166-2021 el La Gerencia FECHA 21/02/2022 DE Nacional 12/11/2021 OCHOCIENTOS NOVENTA de Normas queda encargada de la ejecución y00/100 cumplimiento de dictamen y/o aprobación de la instancia correspondiente, deben ser4926713012 enviados al órgano la presente Resolución. SEIS 00/100 BOLIVIANOS) UNIDADES DE FOMENTO A LA Rector del SNIP para su compatibilización y evaluación de acuerdo a lo establecido en VIVIENDA) Regístrese, notifíquese y cúmplase. el Art. 20 de la Ley 1178 de Administración, Fiscalización y Control Gubernamental “.
Que mediante Resolución de Directorio N° RD 02-004-20 de 11/03/2020, se aprobó el C.I. 3343458 ReglamentoAN-GRLGR-SETEspecífico de Inversión Pública de laRODRIGUEZ Aduana Nacional. L.P. JULIANA 6
PIET-10/2022
CONSIDERANDO: DE 04/02/2022
LOZA
Que por Nota CITE: MPD/VIPFE/DGPP/UP-NE 0218/2022 de 14/03/2022, emitida por Marcelo Laura Guarachi, Viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo del Ministerio de Planificación del Desarrollo, se refiere que el Reglamento Específico AN-GRLGR-SETremitido guarda compatibilidad con las PAOLA Normas YOVANNA Básicas del Subsistema de InversiónDECLARACIÓN JURADA C.I. 12883365 7
PIET-595/2021 DE 11/11/2021
ROJAS DELGADO
(…) se dará el inicio a la ejecución tributaria del mencionado título al tercer día de su legal notificación con el presente proveído, a partir del cual se aplicarán en su contra las medidas coactivas correspondientes, conforme establece el Art. 110 de la Ley N° 2492, hasta el pago total de la deuda tributaria, que deberá ser actualizada a la fecha de pago, conforme lo señala el Art. 47 de la Ley N° 2492, reconociendo los pagos que hubiese realizado el (los) sujeto (s) pasivo (s), por lo que se les comunica que deberán apersonarse al Área de Cobranza Coactiva dependiente de Unidad Jurídica de la GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, ubicada en la Av. del Policía Nº 637, entre Calle Diego de Portugal y Ballivián Otero, Zona Ciudad Satélite.----------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&(1) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------A, Jueves 27 de Diciembre de 2021-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a: JAHUER SARIAN CARRASCO TERCEROS con C.I. 3611809, con Proveído De Inicio De Ejecución Tributaria AN-GRLGR-SET-PIET-616/2021 de fecha 25/11/2021, emitido por GERENCIA REGIONAL LA PAZ de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° de la Ley Nº 2492 - Código Tributario Boliviano.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: William Rojas Munguia – GERENTE REGIONAL COCHABAMBA - Aduana Nacional-----------------------------------------------------------------(2) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO------------------------------------------------------------------A, 30 de marzo de 2022--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTOS a los Sres.: AUTO PARTES PYA, NIPPONBRASS, HERMINIA MACHICADO, MÁXIMA ROJAS, OLGA MONZÓN, EMPRESA DE TRANSPORTE PAOLA SOLEDAD VILLCA APALA, RENE ZAPATA, RUBÉN QUISPE MAMANI, RODRIGO PEREZ, VIRGILIO FLORES, WILBMER BERAZAIN, con lo siguiente: PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-67/2022 de fecha 11/03/2022, emitido por Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492. -------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------(3) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------A, 22 de diciembre de 2021.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a SANDRA ELVIRA GUILLEN TORRICO con C.I. 3913513 SC. con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-596/2021 de fecha 11 de noviembre de 2021, emitido por la Supervisoría de Ejecución tributaria de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492. -------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------(4) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------A, 05 de abril de 2022----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a los señores: CARLOS BERNARDO HUANCA FLORES con C.I. 9.736.945-3, a la EMPRESA DE TRANSPORTE INTERNACIONAL CARLOS BERNARDO HUANCA FLORES representada legalmente por CARLOS BERNARDO HUANCA FLORES con C.I. 9.736.945-3, JUAN A. GILBERTO TAPIA con C.I. 14.105087-7 y SEGUNDO PACO con CI. NO CONSIGNA, con el PROVEÍDO DE INICIO DE EJECUCIÓN TRIBUTARIA AN-GRLGR-SET-PIET-653/2021 de fecha 22 de diciembre de 2021, emitida por el Área de Cobranza Coactiva de la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece en el artículo 86° del Código Tributario – Ley N° 2492.----------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------(5) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------A, 23 de marzo de 2022.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTOS al Sr. JOSE BERNABE QUISBERT CHAVEZ con C.I. 4926713 L.P. y NIT 4926713012, con el Proveído De Inicio De Ejecución Tributaria AN-GRLGR-SET-PIET-35/2022 de 21/02/2022 (Fs.1), emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86 del Código Tributario - Ley N° 2492.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------(6) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------A, 23 de Marzo de 2022.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTOS a la Sra. JULIANA RODRIGUEZ LOZA con C.I. 3343458 L.P., y NIT 3343458016, con el Proveído De Inicio De Ejecución Tributaria AN-GRLGR-SET-PIET-10/2022 de 04/02/2022 (Fs.1), emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme establece el artículo 86 del Código Tributario - Ley N° 2492.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------(7) PARTE PERTINENTE DEL AUTO DE INSTRUCCIÓN PARA LA NOTIFICACIÓN POR EDICTO-----------------------------------------------------------------A, 22 de Marzo de 2022.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------(…) notifíquese mediante EDICTO a la Sra. Paola Yovanna Rojas Delgado con C.I. 12883365 TJ. con el Proveído De Inicio De Ejecución Tributaria AN-GRLGR-SET-PIET-595/2021 de 11/11/2021, emitido por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional, sea conforme lo establecido por el artículo 86 parágrafo II del Código Tributario - Ley N° 2492.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Firma y Sella: Antonio Claudio Martínez Villa - GERENTE REGIONAL LA PAZ a.i. - GERENCIA REGIONAL LA PAZ - Aduana Nacional---------------------&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE EL ALTO A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS------GRLPZ: ACMV GRLPZ/UJ: Jevc/acab/jjvn H.R.: PATLZ2021-374/3/1
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JUEVES / 28 / 04 / 2022
Orbe 3.354 niños fueron evacuados de Donetsk y Lugansk a su territorio, con lo que la cifra total desde el comienzo de la operación militar subió a más de un millón, informó el jefe del Centro Nacional de Gestión de Defensa de Rusia, Mijaíl Mizíntsev.
“Pese a los obstáculos planteados por Kiev, en las últimas 24 horas, sin la participación de las autoridades ucranianas, 16.480 personas, entre ellas 3.354 niños, fueron evacuadas de zonas peligrosas de Ucrania y de las re-
POR OPERACIÓN MILITAR
Rusia evacuó a más de un millón de personas de Ucrania desde febrero Más de 5,3 millones de ucranianos buscaron refugio en los países vecinos, a lo que se suman unos 7,7 millones de desplazados. públicas populares de Donetsk y Lugansk a Rusia, y un total de 1.002.429 personas, entre ellas 183.168 menores, fueron evacuadas desde el inicio de la operación militar especial”, dijo Mizíntsev.
Precisó que más de 130.000 automóviles entraron en Rusia desde Ucrania, de ellos 1.848 en las últimas 24 horas. Al mismo tiempo, denunció que los “nacionalistas ucranianos” siguen manteniendo como
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VISTOS Y CONSIDERANDO:
RESOLUCIÓN Nº RA-PE-01-008-22 La Paz, 26 ABR 2022
Que el Código Tributario Boliviano, aprobado mediante Ley Nº 2492 de 02/08/2003 en su Artículo 66 dispone: “La Administración Tributaria tiene las siguientes facultades específicas: 1. Control, comprobación, verificación, fiscalización e investigación; 2. Determinación de tributos; 3. Recaudación; 4. Cálculo de la deuda tributaria; 5. Ejecución de medidas precautorias, previa autorización de la autoridad competente establecida en este Código; 6. Ejecución tributaria; 7. Concesión de prórrogas y facilidades de pago; 8. Revisión extraordinaria de actos administrativos conforme a lo establecido en el Artículo 145° del presente Código; 9. Sanción de contravenciones, que no constituyan delitos; 10. Designación de sustitutos y responsables subsidiarios, en los términos dispuestos por este Código; 11. Aplicar los montos mínimos establecidos mediante reglamento a partir de los cuales las operaciones de devolución impositiva deban ser respaldadas por los contribuyentes y/o responsables a través de documentos bancarios como cheques, tarjetas de crédito y cualquier otro medio fehaciente de pago establecido legalmente. La ausencia del respaldo hará presumir la inexistencia de la transacción; 12. Prevenir y reprimir los ilícitos tributarios dentro del ámbito de su competencia, asimismo constituirse en el órgano técnico de investigación de delitos tributarios y promover como víctima los procesos penales tributarios; 13. Otras facultades asignadas por las disposiciones legales especiales. Sin perjuicio de lo expresado en los numerales anteriores, en materia aduanera, la Administración Tributaria tiene las siguientes facultades: 1. Controlar, vigilar y fiscalizar el paso de mercancías por las fronteras, puertos y aeropuertos del país, con facultades de inspección, revisión y control de mercancías, medios y unidades de transporte; 2. Intervenir en el tráfico internacional para la recaudación de los tributos aduaneros y otros que determinen las leyes; 3. Administrar los regímenes y operaciones aduaneras; Que el referido Código establece en su Artículo 105 que: “La Administración Tributaria está facultada para recaudar las deudas tributarias en todo momento, ya sea a instancia del sujeto pasivo o tercero responsable, o ejerciendo su facultad de ejecución tributaria.” Que el Reglamento a la Ley General de Aduanas aprobado mediante Decreto Supremo N° 25870 de 11/08/2000, en su Artículo 29 prevé que constituyen ingresos propios de la Aduana Nacional los recursos generados por: f) El producto de subastas públicas que realizase de las mercancías en el porcentaje legal establecido, o de los bienes de su patrimonio.” Que el Reglamento a la Ley General de Aduanas indica en su Artículo 21 que: “La Aduana Nacional está facultada para establecer y modificar los formularios para la declaración de los regímenes aduaneros y demás mecanismos de liquidación y pago de tributos aduaneros, de acuerdo a los principios de simplificación y facilitación de las operaciones de comercio exterior. Estos documentos no constituyen valores fiscales” Que la Resolución de Directorio N° RD 03-003-22 de 04/02/2022, aprueba el Reglamento para el Servicio de Recaudación de Tributos Aduaneros y otros Entidad Bancaria Pública, con Código G-R-DAO-R4, Versión 1. Que la Resolución de Directorio N° RD 01-022-21 de 31/08/2021, aprueba el “Reglamento de Cobranza Coactiva de la Aduana Nacional”, emitido en cumplimiento al Parágrafo del Artículo 110 de la Ley N° 2492, Código Tributario Boliviano, que tiene como uno de los objetivos específicos reglamentar la disposición mediante remate en subasta pública o adjudicación directa, de los bienes embargados con anotación definitiva en los registros públicos secuestrados, aceptados en garantía mediante prenda o hipoteca, o lo recibido en dación de pago, Resolución que en su numeral cuarto de la parte dispositiva deja sin efecto la Resolución de Directorio N° RD 01-006-20 de 11/03/2020. Que el referido Reglamento de Cobranza Coactiva en su Artículo 44, Parágrafo I, establece: “I En el remate en Subasta Pública, únicamente podrán participar aquellas personas naturales o jurídicas que cumplan los requisitos exigidos y que hayan efectuado previamente el depósito de garantía que deberá comprender el veinte por ciento (20%) del precio base del bien ofertado mediante lote, al código de concepto de pago habilitado al efecto, ante cualquier sucursal, agencia y/o ventanilla de cobranza de la entidad financiera autorizada, depósito que habilita al postor a la realización de ofertas por el lote en el que desee participar.” Que la Resolución de Directorio N° RD 01-010-18 de 29/05/2018, en su numeral segundo implementa el Sistema de Recaudación MODBNK (formulario biselanio y plataforma de pagos). Que la Resolución de Presidencia N° RA-PE 01-03-16 de 12/10/2016 modificó y suprimió los códigos de conceptos de pago vigentes y en numeral cuarto de la misma Resolución se aprobó la clasificación de los códigos de conceptos de pago tributarios (momento tributario de Autodeterminación, Determinación, Ejecución y facilidades de Pago y no Tributarios de carácter operativo y administrativo). Que mediante la Resolución de Directorio N° RD 01-013-03 de 13/06/03, la Aduana Nacional aprobó la clasificación de los conceptos de pago
correspondientes a ingresos propios e ingresos del Tesoro General de la Nación (TGN) recaudados por la Aduana Nacional. Que el Numeral Segundo de la referida Resolución señala: “La adición, modificación o supresión en la clasificación de conceptos de pago en forma posterior a la presente resolución, será aprobada por la Presidencia Ejecutiva mediante Resolución Administrativa.” CONSIDERANDO: Que mediante Comunicación Interna AN-GNJGC-DGLJC-CI-660-2020 de 29/06/2020 la Gerencia Nacional Jurídica solicito a la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas, la apertura de una Libreta en la Cuenta Única del Tesoro, para operativizar el “Reglamento de Remate en Subasta Pública y Adjudicación Directa de Bienes, por Ejecución Tributaria” aprobado mediante Resolución de Directorio RD 01-006-20 de 11/03/2020. Que el Informe AN/GNJ/DGL/I/121/2022 de 15/03/2022 emitido por la Gerencia Nacional Jurídica hace referencia a la aplicación del “Reglamento de Remate en Subasta Pública y Adjudicación Directa de Bienes, por Ejecución Tributaria” respecto al depósito de garantía por parte de los postores que participan en los remates en subasta pública que llevan adelante las Gerencias Regionales, argumentando que la Gerencia Nacional de Servicio de Operadores y Recaudaciones, proceda a la creación de los códigos de concepto de pago, únicamente para el pago de la garantía (20%) de las adjudicaciones que se den en las subastas públicas por ejecución tributaria, y el inicio de las gestiones en los sistemas de recaudación en coordinación con la Gerencia Nacional de Tecnología de Información y aprobación de los códigos mediante Resolución de Presidencia. Que mediante Nota AN/GNAF/N/800/2022 de 17/03/2022 la Gerencia Nacional de Administración y Finanzas comunica el número de cuenta corriente habilitada para tal efecto, solicitando a la Gerencia Nacional de Servicios a Operadores y Recaudaciones complemente con el Código de recaudación correspondiente.
CUENTA
DENOMINACIÓN
BANCO
1-21473892
“Aduana Nacional-Subastas”
Banco Unión S.A.
rehenes a 90 extranjeros. El presidente de Rusia, Vladímir Putin, ordenó el 24 de febrero lanzar una “operación militar especial” en Ucrania para “proteger a las personas que a lo largo de ocho años sufren genocidio por parte del régimen de Kiev”. Uno de los objetivos funda menta les de esa operación, según Putin, consiste en “desmilitarizar y desnazificar” Ucrania, y llevar a los tribunales a los “responsables de los crímenes sangrientos cometidos contra los habitantes pacíficos de Donbás”. El Ministerio de Defensa ruso aseguró que los ata-
ques militares no están dirigidos contra instalaciones civiles, sino que buscan inutilizar la infraestructura bélica ucraniana. El 29 de marzo, el organismo castrense dio por cumplido el objetivo esencial de la primera fase de la operación que era mermar la capacidad bélica de Ucrania y declaró que se enfocará en adelante en la “liberación de Donbás”. Del 24 de febrero al 26 de abril, las hostilidades en Ucrania causaron la muerte de 2.787 civiles y dejaron heridos a 3.152, pero el balance real es más alto, indican los datos de la ONU. // FOTO: SPUTNIK MUNDO
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Que el Informe Técnico AN/GNSOR/DAOR/I/62/2022 de 30/03/2022 emitido por la Gerencia Nacional de Servicio a Operadores y Recaudaciones señala: “En virtud de los argumentos expuestos por la Gerencia Nacional Jurídica mediante informe AN/GNJ/DGL/I/121/2022 de 15/03/2021, así como del análisis técnico efectuado en el presente informe, se concluye lo siguiente: Es procedente y viable la adición en las paramétricas de los sistemas de recaudación el código de concepto de pago 303 “GARANTÍA 20% REMATES POR EJECUCIÓN TRIBUTARIA” asociada a la cuenta corriente fiscal N° 1-21473892 denominada “Aduana Nacional-Subastas. Que con base a lo señalado en el Informe AN/GNJ/DAL/I/238/2022 de 05/04/2022 se concluye que la adición en las paramétricas de los sistemas de recaudación el código de concepto de pago 303 “Garantía 20% Remates por Ejecución Tributaria” asociada a la cuenta corriente fiscal N° 1-21473892 denominada “Aduana Nacional-Subastas”, es procedente y viable, considerando que se ajusta a la normativa vigente”. CONSIDERANDO: Que conforme dispone el Artículo 39, Inciso h) del Ley General de Aduanas, es atribución de la Presidencia Ejecutiva de la Aduana Nacional, dictar resoluciones en el ámbito de su competencia, para la buena marcha de la Institución. POR TANTO: La Presidencia Ejecutiva de la Aduana nacional, en uso de sus atribuciones conferidas por Ley; RESUELVE: ÚNICO.- APROBAR la adición en las paramétricas de los sistemas de recaudación el código de concepto de pago 303 “Garantía 20% Remates por Ejecución Tributaria” asociada a la cuenta corriente fiscal N° 1-21473892 denominada “Aduana Nacional-Subastas”. Las Gerencias Regionales y Administradoras Aduaneras, quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Refugiados en un campo de evacuación.
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Últimas // FOTO: ABI
EN EL CASO PUBLICIDAD FANTASMA
Juez otorga detención domiciliaria a Costas Junto al exgobernador fueron cautelados Roly Aguilera y Manuel Saavedra, de Demócratas.
El líder indígena ajusticiado en Pocoata.
LÍDER INDÍGENA
Arce rinde homenaje a Dámaso Katari • ABI
El presidente Luis Arce rindió su homenaje al líder indígena Dámaso Katari, quien abrió el camino para acabar con la opresión y saqueo colonial en el país, después de ser asesinado por soldados realistas en 1781, una vez traicionado y entregado por el cura de Pocoata, en Potosí. “Rendimos homenaje al líder indígena Dámaso Katari, asesinado por los realistas en 1781, tras ser traicionado y entregado por el cura de Pocoata. Su rebelión, realizada junto a su hermano Nicolás, abrió el camino para acabar con la opresión y el saqueo colonial. ¡Honor y gloria!”, escribió el mandatario en sus redes sociales. En los meses de febrero y marzo de 1781 también se producían levantamientos indígenas en otros frentes, especialmente en el sur de la Audiencia. En Chayanta, una cadena de levantamientos sucedió a la muerte de Tomás Katari, que culminaron en el cerco a la ciudad de La Paz. Dámaso Katari, hermano de Tomás, se ubicó en los cerros de la Punilla el 14
Rendimos homenaje al líder indígena Dámaso Katari, asesinado por los realistas en 1781, tras ser traicionado y entregado por el cura de Pocoata”.
El juez tercero anticorrupción Roberto Parada determinó otorgar detención domiciliaria al exgobernador Rubén Costas, además de Roly Aguilera y Manuel Saavedra, imputados por el caso Publicidad Fantasma. La audiencia cautelar para los tres investigados duró más de seis horas. El juez asumió esta determinación para los tres acusados, quienes también fueron arraigados, deben pagar una fianza de Bs 10.000 cada uno y presentarse cada viernes en la Fiscalía. El abogado patrocinante de Manuel Saavedra, Luis Fernando Roca, explicó en el programa Que no me pierda que la autoridad jurisdiccional prohibió a los imputados comunicarse con los otros investigados, además de or-
denar la anotación preventiva de los tres acusados. Manuel Saavedra deberá ofrecer una disculpa pública en favor de la fiscal Rosmery Barrientos. Costas, Aguilera y Saavedra son investigados por el supuesto desvío de recursos de la Gobernación cruceña, asignados a la lucha contra el Covid-19, para financiar la campaña política del partido Demócratas. El caso es denominado Publicidad Fantasma. La abogada de Costas y Aguilera, Grushenka Patroni, precisó que sus defendidos no contarán con escolta policial y que no pueden brindar declaraciones a los medios de prensa. La representación de la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la Gobernación de Santa Cruz y la Fiscalía anunciaron que apelarán el fallo, pues ellos esperaban que el juez otorgue prisión preventiva a los acusados.
En su intervención, Costas aseguró que no tiene miedo de ir a la cárcel y que asumirá su defensa en cualquier instancia. Sobre los cargos que se le imputan negó haberlos cometido.
700 MIL DÓLARES fueron presuntamente desviados de las arcas de la Gobernación de Santa Cruz a la campaña de Demócratas.
// FOTO: DETRÁS DE LA VERDAD
• Redacción Central
Luis Arce Catacora Presidente de Bolivia
de febrero. Al mando de 7.000 indios, reclamó que se ejecutase lo que Tomás Katari había conseguido en Buenos Aires, según el texto Sublevación de Indios y Rebelión Criolla, del investigador Fernando Cajías de la Vega. El 20 de febrero, las tropas defensoras de la ciudad, comandadas por Ignacio Flores, lograron derrotar a los rebeldes. Éstos, a los cuatro días, intentaron un nuevo ataque, pero también fueron vencidos.
Costas, Aguilera y Saavedra en la audiencia de medidas cautelares.
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EN LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE EL ALTO
Concurso de murales muestra el talento de los artistas Estudiantes de la UPEA participaron del certamen que se organizó en conmemoración a los 11 años de la carrera de Artes Plásticas. • REDACCIÓN CENTRAL
Los muros de la Universidad Pública de El Alto (UPEA) se llenaron de colores y mensajes diversos por el Concurso de Murales organizado por la institución. Los ganadores representaron en sus obras temáticas variadas como la discriminación, las conquistas sociales, las diversidades sexuales, entre otras. La directora de la carrera de Artes Plásticas de la Universidad Pública de El Alto, Claribel Arandia, informó que en el concurso participaron alrededor de 65 estudiantes divididos en 13 grupos. Arandia expresó su satisfacción por cultivar el talento de los jóvenes en la ciudad más alta de Bolivia. “Para mí es una alegría servir a las nuevas generaciones. Los chicos de El Alto son guerreros artistas”, sostuvo. ONCE AÑOS DE LA CARRERA El concurso de murales se organiza en el marco del festejo por los 11 años de la carrera de Artes Pláticas de la Universidad Pública de El Alto. El evento está organizado por estudiantes y docentes. El certamen es una actividad maratónica en la que los estudiantes forman grupos y plasman sus
ideas en uno de los muros de la institución educativa. “Se trabaja en el lugar en el transcurso del día. La premiación se desarrollará hoy”, agregó. Se premiará a las dos categorías y además se otorgarán tres menciones; la temática es libre. “Esperamos incentivar la creatividad de los estudiantes con relación a los mensajes que quieren dar a sus murales”, dijo. LAS TEMÁTICAS Uno de los murales ganadores hecho por los estudiantes Andrés Rojas, Gabriela Sillo, Darley Paredes, Ariel Castro y Marco Copa, titulado ‘Valientes no violentos’, muestra a un hombre rom-
piendo la cadena y viendo hacia arriba. “Significa que los alteños nunca nos vamos a rendir y siempre vamos a estar ahí. Tal y como pasó en 2003 y en 2019, quizá algunos cometieron el error de saquear, pero no solo son así, el verdadero pueblo de El Alto es valiente”, expresó. El mural que presentaron tiene dos metros de alto y tres de ancho. Rojas contó que la idea surgió entre todos los compañeros de su grupo y trata de mostrar que la ciudad de El Alto no es violenta, sino tiene gente valiente. Estrella Rivas, una de las participantes de la categoría ‘B’, contó que cursa el octavo semestre de la carrera de Artes Plásticas, en la especialidad de pintura. El mural que hizo, junto a sus compañeros de curso, tiene las proporciones y las estructuras requeridas, su diseño está basado en las tradiciones andinas. “En nuestro mural se puede observar la wiphala y los pinceles que representan a nuestros artistas y que está relacionado con la carrera de Artes Plásticas”, contó Rivas.
LOS GANADORES DEL CONCURSO DE MURALES CATEGORÍA A Andrés Rojas Tinta Gabriela Sillo Darley Paredes Choque Ariel Castro Marco Copa CATEGORÍA B Leonel Apaza Maribel Calle Estrella Rivas Gabriel Colque Rogelio Portillo
Es un gusto cultivar el talento de los jóvenes. Para mí es una alegría servir a las nuevas generaciones. Los chicos son guerreros artistas”. Claribel Arandia Directora de la carrera de Artes Plásticas de la UPEA
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POR STREAMING
Scorsese lanza servicio gratuito de películas A partir del 9 de mayo se dará comienzo a la difusión de clásicos del cine disponibles en una nueva plataforma. • AGENCIAS
Siguiendo esta línea de actuación desde la asociación se anunció que a partir del 9 de mayo se dará comienzo a un nuevo servicio de streaming, completamente gratuito, a través del cual se podrá disfrutar de títulos clásicos del cine restaurados por grandes directores, como el propio Martin Scorsese. Los films se podrán ver libremente durante 24 horas, comenzarán a una hora establecida y contarán con presentaciones y conversaciones en vivo con cineastas y archivistas que brindarán una mirada interna al proceso de restauración. “Estamos deseando hacer llegar al gran público todas estos clásicos del cine restaurados. Muchas de las películas se van a poder ver gracias a restauraciones que apenas se conocen y además van a estar acompañadas de entrevistas a mí mismo y otros directores que contarán por qué estos títulos son importantes y por qué son cruciales para su conservación”. Aseguraba en un comunicado recogido por la agencia de noticias ‘Deadline’ el propio Martin Scorsese, que actualmente está trabajando en su próxima gran película, Killers of the Flower Moon, sobre el brutal asesinato de una tribu de indios americanos en la década
El autor junto a su texto.
// FOTO: SMCT
Además de ser uno de los mejores directores de cine de su generación, Martin Scorsese también es un gran amante de la profesión a la que se dedica y lo demostró, a través de su fundación The Film Fundation, que se dedica a preservar grandes títulos de la cinematografía. Esas obras ahora serán exhibidas en un nuevo servicio streaming gratuito ‘Restoration Screening Room’ y estará dedicado a clásicos de la historia de la cinematografía.
TIENE 11 AÑOS
de 1920 que dio comienzo a una importante investigación por parte del FBI. PRIMERA PELÍCULA La primera película que estará disponible es I Know Where I’m Going de 1945 dirigida por Michael Powell y Emeric Pressburger, y protagonizada por Wendy Hiller y Roger Livesey. Los siguientes debutarán el segundo lunes de cada mes. Entre estos se encuentran La Strada de 1954 de Federico Fellini; Detour de Edgar G. Ulmer de 1945, The Chase de Arthur D. Ripley de 1946; One-Eyed Jacks (1961, dirigida por Marlon Brando); Moulin Rouge (John Houston, 1952); y Lost Lost Lost (1976, de Jonas Mekas). La fundación de Scorsese restauró más de 945 películas, también se asoció con la plataforma Mubi (plataforma de cine arte que tiene 7 millones de abonados) para mostrar películas restauradas de otras partes del mundo.
Artistas condecorados en la gestión 2021.
Jonathan Orellana presenta su primer libro de cuentos • REDACCIÓN CENTRAL
Con solamente diez años, Jonathan Orellana Ortiz publicó su primer libro titulado Mis pequeños cuentos. El texto aborda la problemática ambiental y la discriminación.
Jonathan inició en la lectura desde muy pequeño. El primer libro que leyó fue El Principito, del escritor Antoine de Saint-Exupery, cuento que narra la historia de un pequeño príncipe que parte de su asteroide a una travesía por el universo, en la cual descubre la extraña forma en que los adultos ven la vida y comprende el valor del amor y la amistad que lo llevó a imaginar sus propios mundos. La madre de Jonathan, Tamara Ortiz, contó que su pequeño siempre tuvo inclinación por la lectura y por las letras. El niño escribió su primer libro a los diez años y estudia en el colegio Madre Vicenta Uboldi de la ciudad de Santa Cruz. “El quiso hacer su libro así, con el vocabulario, la sopita de letras y el cuestionario, para que los niños puedan hacer esa actividad”, relató su mamá. En la ciudad de Santa Cruz, el texto se puede encontrar en la librería Ateneo a un costo de Bs 35. Las personas que quieran adquirir el libro en otros departamentos pueden comunicarse al celular 71096441. “Vi a muchas personas botar basura, no cuidan el medio ambiente, incluso los animales en la basura, entonces quise transmitir esas enseñanzas en una de mis historias” contó el niño, que aseguró que quiere dedicarse al mundo de la literatura. El cuento de los tres reinos y El cuento de los tres amuletos son las dos narraciones que están presentes en su primer libro que, además, contiene crucigramas, preguntas e ilustraciones que dinamizan la lectura, pensada principalmente para los niños de su edad.
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EL 14 Y 15 DE MAYO
Sabores y colores integrarán a Bolivia en el Cocinarte 2022 En la actividad participarán estudiantes de Gastronomía de todos los departamentos, además de invitados de ocho países. • REDACCIÓN CENTRAL
El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, junto a representantes de la gastronomía boliviana, lanzaron el Cocinarte 2022, evento que reunirá a más de 400 estudiantes que se dedican al arte culinario. Este 14 y 15 de mayo se llevará adelante el evento internacional Cocinarte La Paz 2022, en el Hotel Presidente y en el Centro Espiritual de Tiwanaku. La actividad reunirá a representantes de ocho países que demostrarán su identidad gastronómica. Juan Carlos Cordero, viceministro de Interculturalidad, remarcó que desde la institución se está dando otra mirada y enfoque a la concepción de cultura. “Ahora con la gestión de la hermana Sabina Orellana, la identidad, cultura, tradición de nuestros pueblos junto a su vestimenta ritmos, colores y sabores son valoradas”, manifestó el Viceministro. El presidente de la Asociación Boliviana de Chefs, Pedro Cadena, informó que alrededor de medio millón de personas en Bolivia se dedican al rubro, aunque explicó que su asociación no
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adelante se llevará de mayo rnacional te in El 14 y 15 o ic m l gastronó n el Hote e , 2 2 el evento La Paz 20 y el o rn ie b o Cocinarte de de g te de la se u. Asistirán Presiden e Tiwanak d s. al u it ir sp E cho paíse o o tr e n d e C tantes represen
tiene un registro oficial de cuántos son exactamente los profesionales en esta área. En la segunda versión participarán estudiantes de Gastronomía y además contará con la presencia de varias delegaciones de otros departamentos. “También están llegando de otros países a conocer nuestra gastronomía. El 14 tenemos talleres de cocina en vivo en el Hotel Presidente y el 15 tenemos un recorrido turístico por las ruinas de Tiwanaku, porque la gastronomía también es cultura”, dijo Cadena. Los invitados especiales serán estudiantes de Perú, Ecuador, Perú y Chile, quienes compartirán sus experiencias en torno a sus respectivos países. La cocina de creación y tradicional será parte de la temática que se abordará en las charlas y conferencias. El evento se celebrará los dos días desde las 08.00 hasta las 20.00. “Será un espacio de aprendizaje sobre la gastronomía en Bolivia y Latinoamérica. En los dos eventos habrá clases magistrales, hacer la invitación a todos los gastronómicos para que puedan estar presentes en este evento que congregará a todos los departamentos de Bolivia”, dijo.
SE INTERPRETARÁN OBRAS MAESTRAS
Coro Impera invita a Concierto Sinfónico Coral • REDACCIÓN CENTRAL
// FOTO: CORO IMPERA
El Coro Impera invita a toda la población boliviana a participar en un Concierto Sinfónico Coral bajo la batuta del maestro Sebastiano De Filippi, quien se graduó en la Real Academia de Música de Londrés. El evento se celebrará el 6 de mayo a partir de las 19.00 en el Salón de Honor del Automóvil Club Boliviano. El Coro Impera es un grupo musical que interpreta música desde 2010. La institución participó en varios festivales internacionales en Brasil, Perú y Chile. Su repertorio incluye el género barroco y moderno. Sebastiano De Filippi, quien se graduó en la Real Academia de Mú-
sica de Londres, dirigió las orquestas Sinfónica Nacional, Filarmónica de Buenos Aires, Nacional de Música Argentina y otras de Buenos Aires, La Plata, Mendoza, Rosario, Mar del Plata, Viedma y Avellaneda. En el recital se podrán escuchar algunas obras maestras como Vocalise Op. 34 N°14 de Rachmaninov, Suite Holberg Op 40 compuesta por Grieg, Ave Verum Corpus KV618 de Mozart, y la famosa obra sinfónico coral Gloria RV 589 Re Mayor de Antonio Vivaldi. Además del concierto, el público podrá deleitarse con los destacados solistas como Mariel de La Riva, Vivan Lineo y Guzmán-Valdez. La puesta en escena tiene previsto contar con 36 músicos.
Deportivo
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Liga de Campeones
Liverpool gana con jerarquía y da un paso a la final • Agencias
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uego de lo que significó el inolvidable espectáculo que entregaron Manchester City y Real Madrid en Inglaterra, la Champions League tuvo su segunda semifinal con el duelo que animaron en Anfield Liverpool y Villarreal. El show que se vivió en las tribunas con el tradicional You’ll Never Walk Alone representó una muestra de lo que se vivió en el territorio británico desde que los protagonistas salieron a la cancha. En los primeros movimientos se percibió la propuesta de cada entrenador. Jürgen Klopp apostó por un ataque directo para capitalizar la velocidad de
Sadio Mané, la fortaleza de Luis Díaz y el talento de Mohamed Salah. En cambio, Unai Emery, entendiendo de las diferencias en la jerarquía de los intérpretes, se inclinó por un juego mezquino, con una numerosa línea defensiva para salir de contra a través de la visión de Giovani Lo Celso y el vértigo de Samuel Chukwueze. Durante el primer cuarto de hora, el conjunto local gestó dos claras acciones para ponerse en ventaja mediante las intervenciones de Sané, pero el senegalés no logró resolver ante la presión de Gerónimo Rulli y el elenco español se salvó por fortuna. La falta de precisión del africano fue el factor determinante que evitó la llegada del tanto inglés. El equilibrio de Fabinho, los intentos de media distancia de la es-
trella egipcia, las proyecciones de Trent Alexander-Arnold y la permanente presencia peligrosa de Sané fueron los argumentos más sólidos para que el Liverpool se ponga en ventaja. Sin embargo, el rival apeló al sacrificio grupal para mantener el cero. El liderazgo de Raúl Albiol fue una de las razones del orden colectivo que mantuvo el Villarreal durante los primeros 45 minutos. Incluso, antes de la llegada del descanso Thiago Alcántara estrelló un disparo contra el poste que paralizó los corazones españoles. En el complemento no se modificó la esencia del pleito. Y el Liverpool tuvo su premio gracias a una desgracia ajena. Un centro de Jordan Henderson que se desvió en Pervis Estupiñán descolocó a Gerónimo Rulli y la pelota se coló por el segundo palo. De la manera menos pensada, el dueño de casa logró quebrar el cerrojo español. El golpe le dejó la mandíbula floja al Villarreal. Y los de Klopp capitalizaron el desconcierto amarillo. Por lo tanto, unos instantes después Salah se asoció con Mané y el senegalés tocó con la punta de su botín para festejar el 2 a 0. Por más que todavía faltaba disputarse la revancha, a partir de ese momento comenzó a percibirse una sensación de que la serie ya estaba liquidada.
No obstante del título obtenido en la Ligue 1, la temporada del PSG ha sido decepcionante. La dolorosa eliminación en la Champions League generó un caos interno en el que ni siquiera los fanáticos pudieron disfrutar de la conquista obtenida en el torneo doméstico. Uno de los principales apuntados por la floja campaña es Neymar. Es que el astro brasileño, quien tiene contrato con la entidad francesa hasta 2025, sólo ha disputado 19 partidos en la temporada y sus problemas físicos lo han alejado de las canchas durante 15 compromisos. La producción irregular del delantero motivó a que Al-Khelaifi, propietario de la institución, ponga a la venta a la estrella internacional. Aunque para desprenderse de Ney, el equipo que desee contratarlo deberá abonar una cifra cercana a los 95 millones de dólares, informó la cadena Sky Sports. Neymar fue uno de los futbolistas más maltratados por la afición en el último tiempo. El brasileño fue consultado sobre los insultos y silbidos que recibió durante su última presentación que coronó al equipo de Pochettino en la Ligue 1. Fiel a su estilo, en un tono de alegría, el delantero respondió que pese a las críticas seguirá vistiendo la camiseta del club parisino: “Tengo contrato por tres años más y estoy acá. Yo me quedaré, o paran con los silbidos o tendrán que buscar más aire”. La venta de Ney estaría organizada bajo una presunta limpieza que desean hacer las autoridades de la institución de cara a la próxima temporada. Según informó el prestigioso diario L’Equipe, los mandatarios tienen en mente “reorganizar la plantilla” liberando espacio salarial y haciendo caja con la venta de algunas de sus figuras. El rotativo apunta también a otros cuatro nombres: Julian Draxler, Leandro Paredes, Layvin Kurzawa y Thilo Kehrer.
// FOTO: 20 MINUTOS
// FOTOS: @LIGA DE CAMPEONES
PSG le pone precio a Neymar
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Atletas bolivianos buscan marcas mínimas para pruebas internacionales • Ahora El Pueblo
Los atletas bolivianos con grandes perspectivas de representar al país en competencias de alto nivel buscarán las marcas mínimas en torneos internacionales. La primera parada será en la Maratón y Media Maratón de Lima, Perú, que se correrá el domingo. La competición se iniciará a las 07.30 (hora boliviana). Para la prueba de maratón la convocatoria es para competir en 5, 10, 15, 20, 25, 30, 35 y 40 kilómetros (km); mientras que para Media Maratón es para 5, 10 y 15 km. La representación boliviana está encabezada por la entrenadora orureña Nemia Coca, a quien acompañan los atletas Vidal
Basco (ganador de la Corrida 10K de Cipolleti, en Argentina), Daniel Toroya (medalla de oro en el Sudamericano Indoor Cochabamba) y Mario Flores. La nómina se completa con Ana María Marza, Carla Rosales y Sofía Luizaga. La representación nacional ya se encuentra en la sede del campeonato. “Son atletas de élite que buscan marcas, la preparación es intensa y cada uno está comprometido con su objetivo”, dijo la entrenadora Coca. Los bolivianos viajaron con anticipación a la sede de la prueba con el propósito de ultimar detalles de su preparación y ambientarse al lugar. “Los atletas quieren clasificar a los Bolivarianos, al Mundial de Media Maratón, por ejemplo, ya que para
este año está planificado competir en varios campeonatos internacionales”, añadió. Para las marcas, de acuerdo con la convocatoria, los atletas tienen que cumplir con la totalidad del recorrido, pasando por todos y cada uno de los puestos de control, de manera que los jueces puedan leer el número del atleta. “En el caso que no exista un registro electrónico de partida, llegada o en los puntos de control en la ruta, el atleta tendrá la obligación de demostrar su pasada por el lugar y el momento que lo hizo”, subrayó. RUTA La ruta del campeonato fue certificada por la World Athletics y Aims; mientras que
E
l sábado se llevará adelante el Tupiza Skyrunning, segunda fecha del Campeonato Nacional de Carreras por Montaña 2022, con la presencia de unos 120 deportistas, entre ellos el destacado fondista orureño Héctor Garibay. El Skyrunning (corriendo al cielo) es una serie de carreras a campo traviesa que se desarrolla en diferentes tipos de climas, en algunas ocasiones con nieve, vientos helados, en la noche, altas temperaturas y gran altitud sobre caminos de tierra y empedrados que tienen un desnivel de al menos 2.000 metros. “Vamos a tener unos 120 corredores, así que estamos contentos por ver la competencia que tendrá tres diferentes distancias: 35, 23 y 10 kilómetros”, explicó Paolo Choque, director de Skyrunning Bolivia. Se espera la presencia de atletas de varias partes del país y uno de los
que ya confirmó es Garibay, primer boliviano en ganar la Maratón de Buenos Aires el año pasado, medallista de plata en el Sudamericano de Maratón en Paraguay en 2021, tercero en la Carrera Internacional de San Silvestre de Brasil en la gestión anterior y decimo-
quinto en la Maratón de Sevilla, de esta temporada, que lo clasificó al Mundial de Atletismo. “Estaré con el Club Hennay Runners en el Skyrunning este 30 de abril, una carrera por montaña en la joya bella de Bolivia”, anunció el orureño a través de un video.
la organización afina los detalles de la prueba porque que se espera la participación de más de un centenar de atletas, damas y varones, de la categoría Absoluta. ANTIDOPAJE La organización se reserva el derecho de hacer los controles antidopaje a cualquier participante, mujer o varón que finalice la carrera. “En el caso de encontrarse un resultado adverso (positivo) en el examen antidopaje de la muestra A, se le comunicará a través del correo electrónico que el atleta consignó en el momento de inscribirse, desde ese momento el o la atleta tendrá 30 días calendario para solicitar la apertura de la muestra B”, puntualizó.
180 deportistas van al Nacional de Acuatlón
Competencia de Skyrunning se correrá en Tupiza con más de 120 participantes
// FOTO: RRSS
// FOTO: JORDY UGARTE
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Con la participación de 180 deportistas, mañana arranca el Campeonato Nacional de Acuatlón en todas las categorías, damas y varones. Las pruebas se desarrollarán en la Piscina Olímpica de Alto Obrajes y las inmediaciones del escenario de La Paz. Las delegaciones de Oruro, Sucre, Cochabamba, Beni, Santa Cruz y la paceña serán parte del evento que supervisará la Federación Boliviana de Triatlón, en coordinación con la Asociación Departamental. Las categorías habilitadas para el certamen incluyen deportistas desde los cinco años hasta más de 70. En la modalidad de Triatlón Sprint (Élite) se correrán 3 kilómetros, natación 750 y 2 km de carrera. La competencia es puntuable para eventos internacionales. Se estima que será una linda carrera por el nivel de preparación de los participantes.
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Rosana Gómez será la DT de las selecciones nacionales femeninas • Ahora El Pueblo
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a argentina Rosana Gómez (foto) será la nueva entrenadora de las selecciones nacionales femeninas. La profesional llegará la próxima semana al país para finiquitar su vinculación. La directora de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), Danitza Soliz, informó que la próxima semana arribará al país el equipo de profesionales que asumirá la dirección técnica de los equi-
pos femeninos de Bolivia. Sobre Gómez, dijo que no está facultada a revelar el nombre, pero aseguró que las negociaciones están bien encaminadas y las encara el presidente de la FBF, Fernando Costa. Después de la presentación del cuerpo técnico, Soliz se reunirá con la DT para planificar el trabajo que desarrollará con la Selección femenina que participará en la Copa América, que se jugará en Colombisa, del 8 al 30 de julio. “El tema ya está definido, pero fal-
ta firmar el contrato, por lo que esperaremos la llegada del cuerpo técnico y después será presentado por el Comité Ejecutivo de la Federación”, señaló Soliz. Indicó que tiene listo el plan de trabajo que se implementará, aunque puede sufrir alguna modificación de acuerdo a lo que sugiera la profesional. La preparación del equipo nacional se hará en Santa Cruz, donde se programaron microciclos y concentraciones cerradas.
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Proyecto Bolivia 2022 tiene el objetivo de aportar a la Verde Los jugadores que fueron formados en las escuelas de Proyecto Bolivia 2022 y transferidos a equipos del exterior están listos para aportar a la Selección nacional, manifestó el empresario español Jordy Chaparro (foto). Bolivia 2022 comenzó a dar frutos después de siete años de trabajo ininterrumpido encabezado por el empresario español —junto a un numeroso equipo de trabajo—, quien en contacto con programas deportivos paceños explicó que el histórico pase de Miguel Terceros Acuña al Santos de Brasil no es el primero ni será el único. Subrayó que ya hubo otros fichajes de jugadores bolivianos
en España y Brasil, para citar dos países. Anunció que a corto plazo (tres meses a más tardar) dejarán el país otros tres futbolistas con atractivos contratos, que se enrolarán a reconocidos clubes en el ámbito internacional. El proyecto es parte de la Fundación Gol Bolivia, que desde su aparición ya pasaron por sus escuelas de fútbol más de seis mil niños y jóvenes en busca de ser parte del ambicioso plan que tiene como objetivo formar nuevos talentos para el país, aportar jugadores a las distintas categorías de la Selección nacional y capacitar técnicos que trabajen con las divisiones menores.
La búsqueda de nuevos talentos se hizo en todo el país, pero el centro de operaciones está en Santa Cruz, donde cuenta con un moderno Centro de Alto Rendimiento para los jugadores con todas las comodidades. La política del Bolivia 2022 es que los beneficiados no sólo pueden mostrar tu talento en el campo de juego, sino en los estudios. Para Chaparro, es importante que la Federación de Fútbol comience a trabajar con las divisiones menores si se requieren buenos resultados, ya que en otros países trabajan con anticipación para ser parte de los torneos sudamericanos de las distintas categorías.
El torneo se jugará en dos fases, la primera por series y en la segunda se enfrentarán los seis clasificados (tres de cada serie) hasta llegar a la final. DT DE LA ABSOLUTA Por otro lado, la dirigente dio cuenta que Costa continúa con las negociaciones con el nuevo cuerpo técnico de la Selección absoluta. “Cuando se filtraron los nombres, las conversaciones dieron pasos atrás, es por eso que este detalle se mantiene en reserva”, remarcó.
// FOTO: FÉMINA FÚTBOL
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“Poveda tiene que ir, porque no tenemos otra alternativa. José Escobar está con mucho dolor pero estará en la banca de suplentes y Luis Cárdenas está suspendido por expulsión”, justificó el DT. Las otras bajas serán las de Cristian Chávez, Edermir Rodríguez y Ramiro Ballivián, que están en proceso de recuperación. Por su lado, el equipo brasileño jugará con la misión de sumar de a tres para asegurar su clasificación a la próxima instancia del certamen. Arbitrará el compromiso el colombiano Carlos Ortega, asistido por sus compatriotas Jhon León y Dionisio Ruiz.
// FOTO: WILSTERMANN
Wilstermann enfrentará al equipo brasileño del Sao Paulo con la principal novedad de que el Aviador hará debutar al joven arquero de 18 años Bruno Poveda, así lo confirmó el entrenador Sergio Migliaccio. El Rojo irá al encuentro con la obligación de ganar porque otro resultado lo dejará fuera de la Copa Sudamericana. El partido se disputará hoy en el estadio Félix Capriles desde las 18.15. La decisión del técnico argentino está basada en las ausencias del arquero colombiano José Escobar, quien sufre una pubalgia, y la de Luis Cárdenas, quien purga una sanción por expulsión.
// FOTO: ALWAYS READY
El joven arquero de Wilster debuta en la Sudamericana
Always disputa el liderato de su grupo ante el Cali • Ahora El Pueblo
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Oriente enfrenta a Junior sin margen de error Oriente Petrolero buscará su primera victoria en la Copa Sudamericana hoy frente a Junior de Colombia, en partido que se disputará en el estadio ‘Tahuichi’ Aguilera a partir de las 20.30. El equipo verdolaga es último en la tabla de posiciones del Grupo H por lo que sus posibilidades de avanzar a la próxima fase son remotas. Sin embargo, el DT Erwin Sánchez dice que están en las mismas condiciones todos los equipos. “Nuestras probabilidades son las mismas
que tienen todos los equipos, lo lindo del fútbol es que no hay lógica, que todos comenzamos de cero. No siempre el que hace bien las cosas es el que sale vencedor, pero trabajaremos con todas las fuerzas que tengamos para hacer un buen papel”. El cuadro colombiano, segundo en la tabla con 4 unidades, tratará de sumar los puntos para dar el salto a la punta. Será árbitro del encuentro el chileno Piero Maza, colaborado desde las bandas por Manuel Marín y Juan Serrano.
lways Ready jugará contra Deportivo Cali con la misión de triunfar y asumir el liderato del Grupo E de la Copa Libertadores. El partido se jugará hoy en el estadio Hernando Siles desde las 22.00. El triunfo de Corinthians sobre Boca Junior (2-0) es un resultado que lo dejó con posibilidades de tomar la punta ante un rival que llega con la necesidad de sumar. El plantel de la banda roja puede cerrar la primera rueda con seis puntos, misma cantidad que tiene Corinthians. El técnico Eduardo Villegas no contará con el delantero Rodrigo Ramallo, quien ha sido sancionado con la suspensión de tres partidos por la expulsión que sufrió en el partido contra Boca Juniors (0-2) en su última presentación copera, por una patada involuntaria que le dio al jugador Frank Fabra. El duelo se jugó en el estadio la Bombonera. Será el segundo partido en condición de local del representativo alteño, que en el debut venció al brasileño Corinthians (2-0), triunfo que le dio tranquilidad al entrenador Villegas. Los jugadores quieren ganar y hacer olvidar el mal momento que atraviesan en el campeonato local.
Deportivo Cali está con la misma posibilidad que Always Ready: puede pasar a ser uno de los punteros en caso de ganar en La Paz. Con esa chance, el elenco colombiano saldrá a buscar
el triunfo por disposición del entrenador Rafael Dudamel. Arbitrará el duelo el ecuatoriano Augusto Aragón, asistido por sus compatriotas Christian Lescano y Byron Romero.
DT: Eduardo Villegas
Arnaldo Giménez
Marc Enoumba
Álex Rambal
Sergio Adrián
Nelson Cabrera
Jonathan Borja
Gustavo Torres
Jorge Flores
Mauricio Cortés
Gustavo Cristaldo
Marcos Riquelme
Augusto Aragón (Ecuador)
Teófilo Gutiérrez
Christian Mafla
Ángelo Rodríguez Edgard Camargo
Jhon Vásquez Aldair Gutiérrez
Jimmy Congo Kevin Velasco
Guillermo Burdiso
Jorge Marsiglia
Guillermo De Amores DT: Rafael Dudamel
Deportivo
JUEVES / 28 / 04 / 2022
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FOTOS: JORGE MAMANI
Con bronca por el empate ante Caracas, la hinchada del Tigre pidió a gritos la salida del técnico argentino Cristian Díaz.
La hinchada del Tigre gritó: ¡Fuera Díaz... fuera Díaz...! • Redacción Central
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El goleador del equipo venezolano Samson festeja su gol con un baile.
L
o que parecía que iba a ser una fiesta terminó siendo una noche amarga para los hinchas de The Strongest, con el empate 1-1 frente al Caracas FC. Con la bronca contenida por el resultado pidieron la salida del entrenador Cristian Díaz al grito de ¡Fuera Díaz... Fuera Díaz! MÁS EXTRANJEROS: el cuadro atigrado alineó ayer a solamente cuatro jugadores nacidos en Bolivia, el resto fueron extranjeros. Los nacionales fueron Guillermo Viscarra (arquero), Eduardo Demiquel (defensor), Fernando Saucedo (mediocampista) y Henry Vaca (delantero). FALTA DE DEFINICIÓN: en 10 minutos, el equipo de Caracas FC tuvo dos claras oportunidades de gol. Los jugadores del equipo llanero no estuvieron finos en la definición. Al minuto dos, remató mal Sam-
son, quien fue el más incisivo con remates de media distancia. PÚBLICO: el público respondió al llamado de los dirigentes del club atigrado. Aproximadamente 15 mil personas pintaron las tribunas de amarillo y negro. También estuvo una reducida pero bullanguera barra del plantel venezolano. PRIMERA AMARILLA: el jugador de Caracas FC Edson Castillo (por juego brusco) fue el primer jugador que fue amonestado por el árbitro ecuatoriano Guillermo Guerrero. ARRASCAITA DIO UN SUSTO: el mediocampista del Tigre Jaime Arrascaita sufrió un mareo en el minuto 96 producto de un manotazo que le propinó un jugador rival. El futbolista estuvo tendido por varios minutos en el piso, después fue reanimado y volvió al campo de juego, pero no estaba en sus cabales. Al final del cotejo, el cuerpo médico recomendó su traslado a un centro médico.
El momento en que Jaime Arrascaita es trasladado en camilla para ser atendido fuera del campo de juego. El gol de Martín Prost que alegró pero no fue suficiente.
JUEVES / 28 / 04 / 2022
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Deportivo • Ahora El Pueblo
T
he Strongest desperdició la mejor oportunidad para sumar tres puntos que le hubieran alentado a clasificar a la próxima ronda de la Copa Libertadores al empatar 1-1 con Caracas FC, en partido que se jugó ayer en el estadio Hernando Siles. El Tigre pagó caro su ineficacia para definir las varias jugadas de generó en el partido. Dio un paso en falso y la posibilidad de avanzar a la siguiente ronda se redujo a lo mínimo. Fue un partido bien jugado, a buen ritmo, con rápidas transiciones de defensa a ataque y situaciones de gol sobre ambas porterías, que le dieron un toque de emotividad al compromiso. Desde el inicio, los dos equipos se dieron modos para generar peligro sobre el arco rival. El Tigre con buen toque de balón y pase en profundidad, con Rodrigo Amaral y Henry Vaca como los encargados de armar jugadas de riesgo y provocar situaciones de gol con remates de media distancia. El cuadro llanero planteó un sistema defensivo y de contragolpe para inquietar el arco de Guillermo Viscarra, pero les faltó puntería a sus delanteros para definir las oportunidades. Ambos equipos tuvieron opciones para inaugurar el marcador, pero erraron en la definición. La visita desperdició dos claras ocasiones (a los 17 y 18 minutos) para ponerse en ventaja. En una Kwaku Bonsu Osei y en otra Saúl Guarirapa se apresuraron en rematar sin dirección. El cuadro atigrado también tuvo lo suyo a través de Amaral, quien disparó y el golero Alain Baroja salvó la caída de su arco, hasta que, a los 34 minutos, Fernando Saucedo levantó un centro pasado que cabeceó Enrique Triverio al centro y Martín Prost empujó el balón al fondo del arco para el 1-0. En el complemento se mantuvo la intensidad y la presión del Tigre sobre el rival, que repitió la fórmula de la defensa con dos líneas de cuatro de la mitad para atrás y buscó el gol de contragolpe. La propuesta duró los primeros 20 minutos, después bajó el volumen de juego por el desgaste físico de los protagonistas. A los 51’, Prost se comió un gol en la puerta del arco al rematar débil luego del pase de Saucedo. En los siguientes minutos, el cuadro atigrado fue dominador de las acciones y el haber perdonado varias situaciones de gol le costó caro porque a los 84’ Samson Akinyoola con un disparo rasante y esquinado marcó el 1-1 definitivo. Un empate con sabor a derrota para el Tigre y a triunfo para el elenco venezolano.
El Tigre paga caro su ineficacia para definir 1-1 The Strongest
Caracas FC
13.Guillermo Viscarra 48.Yvo Calleros 22.Gonzalo Castillo 29.Luis Demiquel 34.Gabriel Esparza 21.Fernando Saucedo 27.Luciano Ursino (47.Juan Cascini) 20.Rodrigo Amaral 10.Henry Vaca (30.Jaime Arrascaita) 9.Martín Prost 11.Enrique Triverio (18.Jair Reinoso)
1.Alain Baroja 2.Eduardo Fereira 13.Carlos Rivero 6.Rubert Quijada 5.Daniel Rivillo 8.Edson Castillo (7.Miguel Celis) 17.Carlos Suárez (21.Vicente Rodríguez) 19.Kwaku Bonsu 16.Saúl Guarirapa 32.Bryant Ortega (22.Manuel Sulbarán) 9.Samson Akinyoola
DT: Cristian Díaz
DT:Francesco Stifano
Gol: Martín Prost 34’.
Gol: Samson Akinyoola 83’.
Ciudad: La Paz Estadio: Hernando Siles Árbitro: Guillermo Guerrero (Ecuador) Asistentes: Christian Lescano y Byron Romero Público: 15 mil personas aproximadamente