PERIÓDICO AHORA EL PUEBLO - EDICIÓN 363

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Militares deben explicar por qué obedecieron a civiles en 2019

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EDICIÓN DIGITAL

PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • VIERNES 29 DE ABRIL DE 2022 • AÑO 2 • NRO. 363 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • 48 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL

POR NO CONTAR CON NINGÚN TIPO DE PRODUCCIÓN

Tierras de Branco Marinkovic serán revertidas al Estado El INRA revertirá 300 mil hectáreas en Santa Cruz, entre las que se encuentran las del exministro de Economía del gobierno de facto. P.3

Presidente Arce emitirá el decreto supremo de incremento salarial en Oruro

INE y FAM socializarán el Censo en cada rincón del país

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Periodista de Bolivia TV fue agredido por abogado de excívico riberalteño

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Always se aplazó en el Siles RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY

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// FOTOS: JORGE MAMANI

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Nacional ARREMETIDA CONTRA EXGOBERNADOR

Camacho busca el poder regional tras la pérdida de un liderazgo nacional Los líderes de las lógias Toborochi y de los Caballeros del Oriente se disputan el poder político y económico cruceño.

Los diputados Jorge Saucedo y Marioly Morón, de la agrupación Creemos, manifestaron que la justicia debe decida enviar a la cárcel a Rubén Costas por el caso Publicidad Fantasma. Ambos exigieron a Costas que devuelva los Bs 700 mil que supuestamente desvió de fondos de la Gobernación cruceña para su campaña política subnacional. Además, Morón calificó de “traidor” a Costas por mentirle y robarle a los cruceños, pues según su acusación se gastó el dinero de la pandemia. De esta manera ambos parlamentarios cierran filas entorno al gobernador Luis Fernando Camacho, quien se enfrenta a Rubén Costas y a los Demócratas.

// FOTO: ARCHIVO

El frontis de la Gobernación, objeto de la pugna política entre Rubén Costas y Luis Fernando Camacho.

Creemos pide cárcel para Rubén Costas

• Redacción Central

El gobernador Luis Fernando Camacho es consciente que perdió la oportunidad de un liderazgo nacional, y por ello se enfrenta y ataca a su antecesor, Rubén Costas, a quien le disputa el poder regional del departamento de Santa Cruz. El concejal cruceño Rolando Pacheco y el analista político Hugo Siles, por separado, aseguraron que la disputa entre ambos políticos tiene que ver con un enfrentamiento entre las logias Toborochi y Caballeros del Oriente, cuyo objetivo es el liderazgo cruceño, toda vez, que perdieron la opción de un proyecto nacional. “Para proyectar el poder nacional, obviamente que Ca-

macho no tiene posibilidades, entonces está disputando (con Costas) el poder regional, el poder local y el nicho electoral de la derecha, de cara a las elecciones subnacionales de 2025”, observó Siles. El analista indicó que para Camacho es importante sacar del camino a Costas, pues solo de ese modo podrá hacerse con el control político de esa región. Desde la Gobernación de Santa Cruz, administrada por Camacho, se promueve la investigación del caso Publicidad Fantasma, sobre un presunto desvío de Bs 700 mil, de fondos de la Gobernación para la lucha contra el Covid-19, a la campaña política de Demócratas. En este contexto, Siles destacó el papel que juegan las lo-

3 MILITANTES DE Demócratas son procesados por el caso Publicidad Fantasma: Rubén Costas, Roly Aguilera y Manuel Saavedra.

700

MIL BOLIVIANOS es el monto presuntamente desviado de arcas de la Gobernación hacia la campaña política de Demócratas.

gias cruceñas, que también se quieren perder la mamadeven enfrascadas en esta dispu- ra de la Gobernación, de CRE, ta, toda vez que ambos políti- Saguapac y Cotas”. cos pertenecerían a los Tobo“A estas logias no les imrochi (Camacho) y Caballeros porta el pueblo cruceño, solo del Oriente (Costas). cuidan sus intereses, quie“La gente del gobernador nes pagan los platos rotos son Camacho está proyectando los ciudadanos que trabajan y una mayor estadía en el sacan adelante este depoder departamenpartamento, y hastal y por eso exista ahora no tienen te una pugna de obras ni proyecpoder (...) por su tos para la reparte la gente gión”, manifestó. de Demócratas, En este senque estuvo más tido, Pacheco de 10 años en el observó las depoder, pretende ficiencias de gesHugo Siles volver a la Gobertión de Camacho, nación”, explicó. quien se comprometió Por su parte, el concejal a construir carreteras durante cruceño por el Movimiento Al su campaña política pero hasSocialismo (MAS), Rolando Pa- ta ahora “no plantó ni un árcheco, coincidió con Siles, y bol”, pues solo atiende sus inaseguró que “estas logias no tereses de grupo.


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Nacional El Gobierno anunció la reversión de al menos 27 mil hectáreas (ha) de tierras ilegales en Laguna Corazón y en el municipio de San José de Chiquitos, Santa Cruz, a la familia de Branko Marinkovic, quien fue ministro de Economía durante el gobierno de facto de Jeanine Añez.

Gobierno revertirá tierras de Branko Marinkovic en Santa Cruz El régimen de Jeanine Añez lo benefició con esos predios e intentó legalizarlos; el caso está en el Tribunal Agroambiental. mo 7.000 ha. El resto vuelve al dominio del Estado boliviano y, dependiendo del uso mayor del suelo, se definirá la categoría de tierra fiscal disponible o tierra fiscal no disponible. En ese marco, de las 7.274 ha que le corresponde a la familia del exministro de Economía del régimen de facto, 2.274 ha están en Laguna Corazón y 5.000 ha en Tierras Bajas del Norte. En el primer caso, ubicado en Laguna Corazón, del municipio Ascensión de Guarayos, el saneamiento data del 2000 y hasta 2019 (en 19 años) el INRA se man-

300

Funcionarios del Instituto Nacional de Reforma Agraria inspeccionan tierras fiscales.

MIL HECTÁREAS de tierras ilegales serán revertidas al Estado, confirmó el ministro Reymi Gonzales.

tuvo en reconocer 2.274 ha, pero en el régimen de facto se intentó sanear 12.481 ha con un daño al Estado de 10.207 ha.

// FOTO: ABI

El ministro de Desarrollo Rural, Remmy Gonzales, informó que Marinkovic es propietario, junto a otros empresarios cruceños, de 300 mil ha de tierra que serán revertidas en caso de no evidenciar algún tipo de producción. “Son tierras mal habidas, él (Marinkovic) sabe que no ha cumplido con los procedimientos; esta situación está en los estrados correspondientes del Tribunal Agroambiental, están apelando, pero cada vez se van cayendo por su peso, porque cuando no se cumple con los procedimientos que están establecidos por Ley, esas tierras tienen que volver al Estado”, sostuvo. De acuerdo con información recolectada, la familia de Marinkovic solo debía recibir 7.274 ha de tierras, de las 34.320 ha que le concedió el gobierno de facto de Jeanine Añez, por lo que 27.046 ha serán revertidas al Estado. Según la norma, cada beneficiario debe recibir máxi-

SE ESTIMA AL MENOS 27 MIL HECTÁREAS

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

cer sólo 5.000 ha según la Constitución Política del Estado; sin embargo, durante el gobierno de Añez (en solo un año) se pretendió legalizar 21.839 ha.

ADVIRTIÓ SOBRE EL DAÑO AL MEDIO AMBIENTE

Conamaq pide construir un mundo plurinacional ante el Foro Indígena • ABI

La representación boliviana, encabezada por el Jiliri Apu Mallku de Consejo de Naciones de los Ayllus y Markas del Qullasuyo (Conamaq), Ramiro Cucho, pidió ayer en el Foro Permanente de Cuestiones Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) construir un mundo plurinacional.

El representante de los pueblos indígenas de Bolivia en el Foro internacional.

Respecto al predio ubicado en el municipio San José de Chiquitos, el saneamiento data de 1998 y hasta 2019 (en 21 años) el INRA se mantuvo en recono-

En la ocasión, destacó los avances y logros alcanzados sobre los derechos indígenas en los últimos años, gracias a la lucha de los antepasados, que no permitieron su extinción en el mundo y celebró que otros países tomen ese rumbo. “Celebramos que otros pueblos y otros países estén logrando importantes avances en reconocer la plurinacionalidad y el reconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas originarios, es tiempo de que unidos impulsemos un mundo

plurinacional”, dijo el líder indígena del occidente boliviano. El Jiliri Apu Mallku del Conamaq remarcó que la “diversidad de culturas, de lenguas y pensamientos es parte de la riqueza de la humanidad” y resaltó los avances en ese campo en el Estado boliviano desde hace más de 14 años. En ese marco, llamó a fortalecer las acciones de defensa de la Madre Tierra que –en su juicio– está “sufriendo por el consumismo y la excesiva ambición de acumulación de riqueza”.


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Nacional • Redacción Central

El Alto Mando de las Fuerzas Armadas (FFAA) se insubordina en 2019 y pide la renuncia del presidente Evo Morales.

JORGE TUTO QUIROGA ORDENÓ A COMANDANTE DE LA FAB

Militares deben explicar por qué obedecieron a civiles en 2019 El exministro de Defensa Javier Zavaleta aseguró que en la entidad castrense no se hace nada sin una orden oficial de la cadena de mando. Presidencia transporten al líder del Comité Cívico Luis Fernando Camacho y al cívico de Potosí Marco Antonio Pumari, entre otros, porque en la entidad castrense nada se hace sin una orden oficial. “La orden ha tenido que darla el comandante de la FAB o el comandante (Williams) Kaliman y ellos (militares) son quienes tienen que aclarar de quiénes recibieron la orden. Un comandante que se debe a la institucionalidad del Estado no puede prestarse a las órdenes de un civil”, sostuvo. “Lo que se tiene que aclarar es quién da las órdenes a las FFAA porque se utiliza el helicóptero bajo la tuición del Ministerio de la Presidencia para el traslado de Jeanine Añez de El Alto hasta el Colegio Militar. También se utilizan los vehículos del Ministerio de la Presidencia para el traslado de Camacho y otros”, añadió el exministro de Defensa.

El comandante Terceros tiene que decir en este proceso que me amenazaron, me obligaron, me chantajearon, me pagaron, o por qué él tomó esas decisiones coordinando con gente que no tenía ningún mando político”. Javier Zavaleta Exministro de Defensa

// FOTO: PLURINACIONAL NOTICIAS

En entrevista con el programa Con aire fresco, de la red Patria Nueva-Illimani, el exministro de Defensa Javier Zavaleta, desde su experiencia, consideró que desde el 10 de noviembre de 2019 hubo acciones de insubordinación por el Alto Mando Militar de las Fuerzas Armadas (FFAA). Además de que la tripulación del avión presidencial y oficiales de la FAB comunicaron al presidente Evo Morales, al vicepresidente Álvaro García Linera y al ministro de Defensa Javier Zavaleta que ya no recibían órdenes de ellos. Asimismo, Zavaleta dijo que aún como Ministro de Defensa pidió en ese entonces al comandante de la FFAA, general Gonzalo Terceros, que autorice el aterrizaje del avión militar de México en el Aeropuerto de Chimoré para que recoja a Morales, García Linera y otros, y que la respuesta fue “que él (Gonzalo Terceros) no estaba al mando de esa situación, sino otros”. También, la conferencia de prensa del Alto Mando Militar el 10 de noviembre de 2019, en la que sugieren la renuncia de Evo Morales, se constituye en una grave falta porque todo pronunciamiento de la entidad castrense debe contar con la autorización de una de las entidades de la cadena de mando (Presidente, Vicepresidente, Ministerio de Defensa). Así también, se debe investigar quién ordenó que el helicóptero de las FFAA traslade a la entonces senadora por los demócratas Jeanine Añez desde El Alto hasta el Colegio Militar de la zona Sur, quién instruyó que los vehículos oficiales de la

// FOTO: ARCHIVO

Los efectivos militares procesados por el caso Golpe de Estado II deben explicar de quién recibieron órdenes entre el 10 y 12 de noviembre de 2019 para insubordinarse contra la cadena de mando de ese entonces, el presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García Linera y el ministro de Defensa Javier Zavaleta.


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Nacional El pleno de la Comisión Mixta de Constitución aprobó ayer el informe conclusivo del proceso de selección de postulantes para el Defensor o Defensora del Pueblo y lo envió a la presidencia de la Asamblea Legislativa para que convoque a sesión que designará a la nueva autoridad por dos tercios de voto de los presentes. El presidente de esa instancia legislativa, senador Rubén Gutiérrez, indicó que con este paso se encamina el proceso a la fase final, que es la designación del nuevo Defensor o Defensora. Los aspirantes que están en carrera son: Pedro Francisco Callisaya Aro, abogado, de La Paz; Claudia Andrea Calvo Campos, administradora de Empresas, de Chuquisaca; Luisa Antonia Chipana Ubaras, abogada, de Cochabamba; Evelín Patricia Cossío Márquez, abogada, de La Paz; Rubén Julio Estrada Candia,

6 AÑOS es el mandato definido para el Defensor o Defensora del Pueblo que será electo y designado por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

LA SESIÓN DE SELECCIÓN SERÁ ENTRE EL 3 Y 6 DE MAYO

Defensor: Comisión aprueba informe y lo remite a la Asamblea Legislativa La sesión conjunta de las cámaras de Senadores y de Diputados designará a la nueva autoridad por dos tercios de votos de los presentes. Estos son los siete postulantes a la Defensoría del Pueblo. El pleno de la ALP elegirá de ellos a la nueva autoridad.

// FOTO: PRENSA SENADO

• Redacción Central

abogado, de La Paz; Ramiro Leonardo Iquise Pally, abogado, de Potosí; y Porfirio Machado Gisbert, abogado, de La Paz. “Son los siete postulantes que están en la fase final de la Asamblea, en esta instancia se va a designar

al Defensor o Defensora del Pueblo. De acuerdo con el cronograma, la sesión se convocará entre el 3 y 6 de mayo”, explicó el senador oficialista. Gutiérrez recordó que el trabajo desarrollado por la Comi-

sión Mixta de Constitución se enmarca en la Constitución Política del Estado y la Ley 870, por lo cual aseguró que este proceso es transparente, legal y legítimo. A la convocatoria para registrar postulantes se presentaron

198 personas, de las cuales 72 pasaron la fase de verificación de requisitos. De estos 66 superaron la fase de impugnaciones y luego 16 pasaron la etapa meritocrática. Siete postulantes superaron las entrevistas.

// FOTO: CREDITO DE FOTO

LA GRAN MARCHA SE REALIZARÁ EN LA AVENIDA CÍVICA

Presidente Luis Arce entregará en Oruro el decreto de aumento salarial • Redacción Central

Los actos centrales por el 1 de mayo, Día Internacional del Trabajo, se llevarán a cabo el domingo en la ciudad de Oruro, ocasión en la que el presidente Luis Arce presentará el decreto de aumento salarial del 4% al mínimo nacional y 3% al haber básico.

En la imagen, una multitudinaria marcha liderada por dirigentes de la COB.

La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, explicó que

en coordinación con dirigentes de la Centra Obrera Boliviana (COB) se definió que las actividades oficiales por la celebración del Día Internacional del Trabajo se desarrollarán en la capital orureña. “Se está trabajando en las normativas y, entre ellas, presentar oficialmente el decreto del incremento salarial del 4% (al mínimo nacional), como lo ha anunciado el Presidente”, sostuvo en declaraciones a la red Abya Yala. Sobre los 16 años de la nacionalización de los hidrocar-

buros, Alcón expresó su complacencia porque marcó el inicio del Modelo Económico Social Comunitario Productivo que establece la redistribución de esos recursos con el pueblo boliviano. A su vez, el secretario ejecutivo de la Central Obrera Departamental (COD) de Oruro, Elías Colque, confirmó que el domingo se realizará la gran marcha desde del monumento Jacha Flores, avenida 6 de Agosto, hasta la avenida Cívica liderada por el presidente Arce Catacora.


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Seguridad // FOTO: ARCHIVO

DESTACAN USO DE PLATAFORMAS DIGITALES

Fiscalía gestiona recursos para programas y proyectos La institución resaltó los avances alcanzados para mejorar la atención a la población boliviana.

• Redacción Central

El Ministerio Público llevó a cabo ayer la Segunda Mesa de Cooperantes con el propósito de gestionar recursos que permitan impulsar los programas y proyectos institucionales en beneficio de la población.

Fiscal por Resultados, con Fiscalías Especializadas que ejercen la acción penal pública bajo criterios de priorización; en los últimos tres años se ha logrado una descongestión sostenida de casos. También hemos logrado imponer la modalidad tecnológica, a través del desarrollo y consolidación del Sistema JL”, manifestó Lanchipa.

Se han dado pasos importantes en la consolidación de la carrera fiscal a través de la institucionalización de nuestros fiscales de Materia”.

Juan Lanchipa Fiscal General del Estado

// FOTO: FISCALIA

“Esta importante Mesa de Cooperantes reafirma nuestro compromiso de trabajo conjunto y nos alienta a alcanzar las aspiraciones institucionales, estoy seguro que, a partir del diálogo, se materializarán y crearán nuevos escenarios de coordinación y cooperación interinstitucional orientadas a brindar un mejor servicio al alcance de todos los ciudadanos”, sostuvo el fiscal general del Estado, Juan Lanchipa. La autoridad ponderó que, durante el desarrollo de los proyectos realizados con el apoyo de la cooperación internacional, el Ministerio Público se caracterizó por el cumplimiento puntual

y oportuno de sus compromisos, mostrado solvencia y responsabilidad en la ejecución de los proyectos como el caso de la Cooperación Suiza para el Desarrollo, Cosude, con la que se llevó adelante el proyecto Fortalecimiento de las Capacidades del Ministerio Público para la Aplicación de la Conciliación Penal en Sede Fiscal, en el que se ejecutó el 100% de las acciones programadas, al igual que el proyecto encarado con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (Aecid), Visión Mundial, Unfpa, entre otros cooperantes. A partir del 2018, el Ministerio Público realizó cambios estructurales como la implementación del Modelo de Gestión Fiscal por Resultados; institucionalización fiscal; desarrollo e implementación del sistema de Justicia Libre (JL) que ha posicionado a la Fiscalía como pionera en el uso de las tecnologías a nivel nacional. “Hemos consolidado un nuevo Modelo de Gestión

Trabajo realizado en la Segunda Mesa de Cooperantes.

Ruben Costas (der.) junto a Roly Aguilera (izq.)

FISCALÍA PIDE DETENCIÓN PREVENTIVA

Apelarán decisión en caso Publicidad Fantasma • ABI

El Tribunal Tercero de Anticorrupción determinó la detención domiciliaria del exgobernador cruceño, Rubén Costas; del excandidato a la alcaldía cruceña, Roly Aguilera; y del concejal Manuel Saavedra, investigados en el caso “Publicidad Fantasma”; sin embargo, la Fiscalía apelará esta decisión y mantiene su pedido de detención preventiva. “El Ministerio Público no se encuentra conforme ya que uno de los imputados (…) tiene dos riesgos procesales y se merecía la detención preventiva”, afirmó la fiscal Rose Mary Barrientos, en declaraciones difundidas por Bolivia TV. El juez anticorrupción Roberto Parada determinó que los tres investigados por el supuesto desvío de recursos de la Gobernación cruceña para financiar la campaña política del partido Demócratas, estén con detención domiciliaria. Además, ordenó su arraigo, el pago de fianza de Bs 10.000 a cada uno y su presentación ante la Fiscalía para firmar un acta cada viernes.

El Ministerio Público no se encuentra conforme ya que uno de los imputados (…) tiene dos riesgos procesales y se merecía la detención preventiva Rose Mary Fiscal

El secretario de Justicia de la Gobernación cruceña, Efraín Suárez, denunció el pasado 20 de diciembre que en la gestión de Costas presuntamente se destinó un presupuesto público de la prevención contra el Covid-19 superior a Bs 700 mil para apoyar la candidatura de Aguilera a la Alcaldía de la capital oriental. En su intervención, Costas aseguró que no tiene miedo de ir a la cárcel y que asumirá su defensa en cualquier instancia.


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Seguridad El presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz, Rómulo Calvo, fue imputado formalmente por la Fiscalía de Santa Cruz por presunta incitación al racismo y el ultraje a símbolos nacionales. El jurista Marcelo Aliaga informó ayer que se solicitará una prohibición para que el imputado no participe en actos protocolares, en donde se encuentren autoridades nacionales. “Han imputado al señor Rómulo Calvo por los delitos de incitación al racismo y discriminación, y ultraje a los símbolos patrios (…) Nosotros nos vamos a adherir esta solicitud y vamos a aumentar una medida previsoria a la libertad que sea la prohibición de acercarse a todos los actos protocolares nacionales”, dijo el jurista en declaraciones al canal estatal Bolivia TV. Recordó que esa imputación corresponde a los incidentes ocurridos en los actos protocolares por la efeméride cruceña en 2021, cuando las autoridades departamentales negaron la palabra al vicepresidente David Choquehuanca, quien se desempeñaba

TAMBIÉN POR ULTRAJE A SÍMBOLOS NACIONALES

Imputan formalmente a Calvo por incitación al racismo Solicitaron que el presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz no participe más de actos protocolares junto a autoridades nacionales. como primera autoridad del Estado, entre otros hechos ocurridos en esa jornada. La denuncia también hace mención al representante del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu (Conamaq), Iver Gin Valenzuela, quien fue humillado y vejado por ciudadanos que se encontraban presentes. Culminado el acto, los ciudadanos Lizeth D. F. y Keila F. G. retiraron de la plaza principal la bandera de la Whipala, alegando que este Símbolo Patrio representa a los masistas y no a Bolivia. La denuncia fue presentada por los legisladores del MAS: María Muñoz Rodríguez, Hernán Hinojosa Rojas, Estefanía Morales Laura, Ninoska Liliana Morales Flores y Rolando Américo Enríquez Cuéllar.

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

HECHOS OCURRIDOS EN OCTUBRE DE 2021 Durante los prolegómenos de lo que sería el “whipalazo” convocado en la capital cruceña, el cívico Rómulo Calvo expresó a los medios de comunicación: “Un trapo no hace nada, un trapo no nos representa, a nosotros lo que nos representa es nuestra fortaleza, nuestro trabajo, nuestro esfuerzo, nuestra constancia, nuestra fe en Dios y el poder buscar unidad para Bolivia”. El Ministerio Público solicitará en audiencia cautelar la aplicación de medidas sustitutivas. El presidente del Comité Cívico Pro Santa Cruz, Romulo Calvo (izq.), junto a Luis Fernando Camacho.

// FOTO: SENADO

INICIATIVA DE UNA SENADORA

Proponen el cambio del 50% de los jueces en todo el país • Redacción Central

La presidenta de la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Senadores, Virginia Velasco, propuso el cambio del 50% de los jueces del país.

Conferencia luego del trabajo de fiscalización en juzgados de Cochabamba.

“Debemos trabajar en la reingeniería del sistema judicial que empieza con la destitución de malos administradores de justicia, porque toda investigación empieza con un juez, un fiscal y un investiga-

dor policial”, manifestó la legisladora, después de fiscalizar los juzgados del Tribunal Departamental de Justicia de la ciudad de Cochabamba. “No solamente vamos a recibir denuncias en Cochabamba; la próxima semana vamos a estar en Villamontes, vamos estar en Santa Cruz y en los demás departamentos. Tenemos 1.138 jueces y pedimos que se destituyan al 50 por ciento por constituirse en malos administradores de justicia”, inistió. Velasco señaló que el propósito de estas audiencias públicas son contribuir a la reforma y transparencia del sistema judi-

50 DENUNCIAS TIENE UNA una juez en Cochabamba por mala administración judicial.

cial, acordada entre los órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial y las organizaciones sociales, tras los casos de violaciones y feminicidios contra mujeres en todo el territorio nacional, sobre todo en Cochabamba, La Paz y Santa Cruz.


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Seguridad LA JOVEN FUE ASESINADA EN MARZ0

Feminicida de Pamela será extraditado en 10 días

// FOTO: RRSS

• Redacción Central

Muchas niñas y niños son captados mediante las redes sociales.

TRAS JUGAR FREE FIRE

Hallan a niña víctima de trata y tráfico en Arequipa El Ministro de Gobierno indicó que una pareja fue aprehendida por la tenencia de la menor de edad en el vecino país. En un operativo policial conjunto entre Bolivia y Perú, se logró encontrar ayer, en la ciudad de Arequipa, a Nicol de 11 años, quien fue reportada como desparecida el 26 de abril, informó el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo.

La autoridad precisó que la menor de edad fue captada por un sujeto a través de redes sociales y el juego en línea free fire logrando que se traslade al Perú. Fue víctima de trata y tráfico de personas. “Hemos resuelto este caso en 48 horas. Nicol toma contacto con personas de nacionalidad extranjera del Perú, esto en atención de que tenía acceso ilimitado a las redes sociales de Tik Tok, Facebook y la plataforma virtual, denominada free fire”, contó Del Castillo en conferencia de prensa. La investigación señala que la niña tomó contacto con un usuario, que usaba

el denominativo de Marco Condori6.12. Se pudo corroborar una comunicación constante entre ambos usuarios, quienes al concluir sus conversaciones borraban los registros. “Ella recibía mensajes amorosos por parte del señor Marco Condori a través de tres dispositivos móviles (...) Este caso es una captación por seducción y este proceso de captación de orden digital de la menor es un delito”, aseguró el comandante de la Policía, Jhonny Aguilera. El titular de Gobierno contó que el 27 de abril, la niña se contactó con uno de sus familiares desde Arequipa, mediante un número telefónico registrado en el páis vecino. En la comunicación solicitó se le realice un giro monetario, a través de una cuenta de Wester Union. De inmediato, la Policía Boliviana realizó una serie de investigaciones y coordina acciones con la Policía del Perú. En el país vecino se aprehendió a la pareja, un hombre y una mujer, que tenía en su poder a Nicol.

La menor de edad se encuentra a buen recaudo por la Policía en Arequipa. Sus familiares se trasladaron al vecino país por Desaguadero para lograr el retorno a su hogar. La investigación permitirá esclarecer los pormenores del hecho, que en esta ocasión terminó sin mayores daños personales.

“Las cámaras permiten establecer que el individuo (Oswil Josué F.M.), acompañado de una mochila salió ilegalmente de nuestras fronteras; será extraditado como máximo en 10 días y como mínimo 72 horas”, informó el jefe policial en conferencia de prensa. Precisó que el 27 de abril, la justicia de la República de Argentina determinó procedente la extradición del presunto feminicida. “La audiencia que debía efectuarse el 29 de abril (hoy) se realizó el lunes. En la audiencia este individuo admitió su responsabilidad (...) No quería ser deportado, ya que arguyó que existía un riesgo para su vida”, señaló Aguilera. La muerte de Pamela Rocha se registró el pasado 7 de marzo a las 15.50. Tras una pelea en su departamento, Oswil Josué F.M. la degolló y luego la

Él salió ilegalmente de nuestras fronteras, será extraditado como máximo en 10 días y como mínimo en 72 horas”. JHONNY AGUILERA Comandante de la Policía

decapitó. Segundos antes, llegó al inmueble la mamá del sujeto y pidió que cuidara de su hijo. Su suegra no la defendió. La víctima dejó un niño en la orfandad. “Hay elementos probatorios y contundentes que se materializan en la presencia de su hijo. Al igual que la coparticipación de su madre”, detalló el jefe policial. El 25 de marzo la Cancillería boliviana, a través de un exhorto suplicatorio, solicitó formalmente su extraditación. // FOTO: GENDARMERÍA DE ARGENTINA

• Redacción Central

Oswil Josué F.M., presunto feminicida de Pamela Rocha, quien fue decapitada en Potosí en marzo pasado, será extraditado de Argentina en un plazo máximo de 10 días, informó el comandante de la Policía, Jhonny Aguilera.

Eduardo del Castillo

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HORAS demoró la Policía en dar con el paradero de Nicol.A.H., en Arequipa, Perú.

Oswil Josué F.M. en manos de la justicia argentina.


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Sociedad SE ASIGNARÁ ÍTEMS PARA CRECIMIENTO VEGETATIVO

• Redacción Central

En conferencia de prensa, el ministro de Salud, Jeyson Auza, explicó que luego de una prolongada reunión con dirigentes de la Confederación de Trabajadores en Salud Pública se consensuó iniciar los procesos de institucionalización, así como la asignación de 2.430 ítems para cobertura del crecimiento vegetativo y superar las dificultades en la seguridad social a corto plazo. “Después de sendas reuniones y de muchos momentos de tensión hemos podido llegar a acuerdos responsables con los trabajadores en salud pública y todo el pliego

de peticiones que tenía que ver con la Comisión Social y con el sector salud en específico”, sostuvo. Explicó que se estableció iniciar con los procesos de institucionalización, respetar las obligaciones y derechos del trabajador en salud pública establecido en el decreto supremo, así como la reposición de al menos 2.430 ítems, a diferencia de otras gestiones donde no se tomaba en cuenta el crecimiento vegetativo. “Damos por resuelta la problemática en salud, que se ha estado manifestando por algunos paros y bloqueos en este día específicamente; a partir del día de mañana (hoy) todos los servicios de salud deben funcionar con total normali-

dad, hemos llegado a acuerdos y a compromisos con la Confederación de Trabajadores en Salud Pública, en coordinación con nuestra Central Obrera Boliviana”, manifestó. Añadió que junto a la COB se planteó una desafío muy grande, referido a superar las dificultades en la seguridad social a corto plazo y que para ello se ha planteado hacer reuniones departamentales como nacionales para reestructurar y transformar la seguridad social a corto plazo. “Queda bastante por avanzar, pero hemos establecido el compromiso de seguir en esto que nos permita realizar transformaciones de verdad en la seguridad social a corto plazo”, precisó.

// FOTO: ARCHIVO

Gobierno y los trabajadores en salud acuerdan avanzar en institucionalización

Después de una intensa jornada de diálogo, el Gobierno y los trabajadores en salud acordaron ayer trabajar en el proceso de institucionalización, la dotación de ítems y abordar un plan para superar las dificultades del seguro social.

En la imagen, profesionales médicos en una sala de emergencia.

Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA AJAMD-LP/DD/RES-ADM/358/2022 La Paz, 26 de abril de 2022 VISTOS: La Ley N° 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014; la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002; el Decreto Supremo N° 27113 de 23 de julio de 2003; Reglamento Interno contra la Explotación Ilegal de Recursos Minerales, aprobado mediante Resolución Administrativa AJAM/ DJU/RES-ADM/26/2021 de 24 de septiembre de 2021, Reglamento de Otorgación y Extinción de Derechos Mineros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 023 de 30 de enero de 2015 y modificado por Resolución Ministerial N° 96/2020 de 14 de abril de 2020 y todo lo que convino ver y tener presente: CONSIDERANDO I: (ÁMBITO DE COMPETENCIA) Que, el Artículo 348 de la Constitución Política del Estado (CPE) de 07 de febrero de 2009 determina que los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país; asimismo, dicho mandato constitucional delegó al Estado la administración de esos recursos en función del interés colectivo, conforme lo dispone el Artículo 349 de dicha Norma Constitucional. Que, el Parágrafo I del Artículo 369 establece que el Estado es el responsable de las riquezas mineralógicas que se encuentren en el suelo y subsuelo, cualquiera sea su origen y que su aplicación será regulada por la ley; además, reconoce como actores productivos a la industria minera estatal, industria minera privada y sociedades cooperativas, tal como lo describe el Parágrafo II del citado Artículo. Que, respecto a la otorgación de derechos mineros en toda la cadena productiva, el Parágrafo I del Artículo 370 del Texto Constitucional determina que los mismos serán dados a través de la suscripción de “(…) contratos mineros con personas individuales y colectivas, previo cumplimiento de las normas establecidas en la ley”. Que, el Parágrafo II del Artículo 372 de la Norma Fundamental, establece que “La dirección y administración superiores de la industria minera estarán a cargo de una entidad autárquica con las atribuciones que determine la Ley”. Que, en concordancia con la CPE, el Parágrafo I del Artículo 39 de la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia - LEY DE MINERÍA del 28 de mayo de 2014, determina que “La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), como entidad autárquica bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, técnica, económica y financiera, es la encargada de la dirección, administración superior, control y fiscalización de la actividad minera en todo el territorio del Estado (…)”.

Que, el Parágrafo IV del referido Artículo 39 de la LEY DE MINERIA determina que “Para el cumplimiento de sus funciones, la AJAM contará con autoridades departamentales y/o regionales, cuyas máximas autoridades tendrán el rango de Directoras o Directores Departamentales o Regionales”. En ese orden, el Artículo 44 señala que “(…) cada Directora o Director Departamental o Regional, ejercerá jurisdicción administrativa y competencia en el respectivo departamento o región del país y en las zonas contiguas de otros departamentos o regiones en los casos previstos en la (…)” LEY DE MINERÍA y reglamentos. Que, mediante Resolución Suprema Nº 27695 de 30 de marzo de 2022 se designó a Carlos Andrés Pérez Balderrama, como Director Regional de la Dirección Regional Tupiza - Tarija de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM. Que, mediante Resolución Administrativa AJAM/ DJU/RES-ADM/13/2022 de 20 de abril de 2022, la Dirección Ejecutiva Nacional de la AJAM, designa en Suplencia Legal al Director Regional Tupiza - Tarija como Director Departamental La Paz en Suplencia Legal de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera. CONSIDERANDO II: (ANTECEDENTES) Que, conforme el mandato constitucional y las competencias y atribuciones conferidas por ley, es la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM la entidad encargada de la dirección, administración superior, control y fiscalización de la actividad minera en todo el territorio del Estado Boliviano. Es así que en los Incisos r), t), u), y x) del Artículo 40 de la Ley N° 535, se ha establecido como atribución de la AJAM; recibir y procesar las solicitudes de autorización administrativa respecto de derechos de paso y uso en áreas superficiales, conocer, otorgar o rechazar amparos administrativos mineros; conocer y resolver las denuncias de propase; y promover y/o interponer acciones legales en contra de quienes realicen explotación ilegal en áreas libres. Procesos que requieren de inspección técnica administrativa in situ. Que, de la misma forma, el inciso h) del citado 40 de la LEY DE MINERÍA, determina que es atribución de esta entidad ¨Suscribir a nombre del Estado los contratos administrativos mineros¨ ahora bien el Parágrafo III del Artículo 207 del mismo cuerpo legal, ha previsto la aplicación de la consulta previa en las solicitudes de nuevos Contratos Administrativos Mineros (CAM) en áreas libres. En ese sentido, el Artículo 208 de la LEY DE MINERÍA establece que la AJAM es la autoridad com-

petente para la realización de la consulta previa, determinación que concuerda con el Parágrafo I del Artículo 35 del Reglamento de Otorgación y Extinción de Derechos Mineros, aprobado por el Ministerio de Minería y Metalurgia mediante Resolución Ministerial N° 023/2015 de 30 de enero de 2015, por el cual se establece que la Dirección Departamental debe efectuar las reuniones deliberativas de acuerdo con el procedimiento en el citado Artículo. Que, al existir recargada labor administrativa en la Dirección Departamental La Paz y con el objetivo de dar continuidad a los tramites de Adecuación de Derechos Mineros, Otorgación de Derechos Mineros, Extinción de Derechos Mineros, Amparos Administrativos, denuncias de Minería Ilegal, denuncias de propase etc., el suscrito Director Departamental en suplencia legal, considera viable delegar al Jefe de Otorgación de Derechos Mineros y al Jefe de Análisis Legal y Procedimientos de la Departamental La Paz la facultad de firmar providencias de mero trámite que no determinen el fondo del procedimiento, notas externas e internas, informes y certificaciones; en el marco de lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002, aplicable por la supletoriedad prevista en el Artículo 60 de la Ley No. 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014. CONSIDERANDO III: (NORMATIVA APLICABLE) De la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo de 23 de abril de 2002 Que, el Parágrafo I del Artículo 7 establece que: “Las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, por causa justificada, mediante resolución expresa, motivada y pública. Esta delegación se efectuará únicamente dentro de la entidad pública a su cargo”. Que, el Parágrafo II del citado Artículo señala que: “El delegante y delegado serán responsables solidarios por el resultado y desempeño de las funciones, deberes y atribuciones emergentes del ejercicio de la delegación, conforme a la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales de 20 de julio de 1990 y disposiciones reglamentarias”. Que, el Parágrafo III del referido Artículo establece que: “En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a: a) Las facultades que la Constitución Política del Estado confiere a los poderes públicos; b) La potestad reglamentaria; c) La resolución de recursos jerárquicos, en el órgano administrativo que haya dictado el acto objeto del recurso; d) Las competencias que se ejercen por delegación”.

Que, el Parágrafo IV del mencionado Artículo establece que: “Las resoluciones administrativas dictadas por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral II de este artículo”. Que, el Parágrafo V del precitado Artículo señala que: “La delegación es libremente revocada, en cualquier tiempo, por el órgano que la haya conferido sin que ello afecte ni pueda afectar los actos dictados antes de la revocación”. Que, finalmente el Parágrafo VI del referido Artículo Indica que: “La delegación de competencia y su revocación surtirán efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional”. Del Decreto Supremo Nº 27113 del Reglamento al Procedimiento Administrativo de 23 de julio de 2003. Que, conforme se encuentra establecido en el Inciso b) del Artículo 62, la autoridad administrativa tiene el deber y facultad de “Avocar y delegar competencias”. CONSIDERANDO IV: (ANÁLISIS) Que, en atención a las atribuciones de la Dirección Departamental La Paz debe recibir y procesar las diferentes solicitudes de los Actores Productivos Mineros en diferentes tramites sustanciados en cumplimiento del Artículo 40 concordante con el Artículo 44 de la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014 y sus reglamentos específicos. Que, la Dirección Departamental La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera – AJAM, cuenta con un número considerable de trámites que se encuentran en sustanciación, y en cumplimiento de los plazos administrativos previstos en el Reglamento de Otorgación y Extinción de Derechos Mineros, el Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros y demás reglamentos específicos de la Entidad, corresponde su atención con celeridad. Sobre Inspecciones Técnicas Administrativas Que así mismo, de acuerdo con los establecido en la Ley de Minería y el Reglamento Interno para la realización de Acciones Contra la Explotación de Minería Ilegal, aprobado mediante Resolución Administrativa AJAM/DJU/RES-ADM/26/2021 de 24 de septiembre de 2021, efectúa inspecciones técnicas administrativas in situ a finde verificar los hechos y situaciones denunciadas. Que en razón al tiempo y distancia de cada área objeto de inspección dentro de los citados trámites, esta Autoridad Departamental se ve imposibilitada de asistir personalmente a cada una de las inspec-

ciones programadas, situación que podría afectar la oportunidad y plazos de los procesos. Que por las consideraciones expuestas y los fundamentos jurídicos y materiales se puede establecer que las inspecciones técnicas administrativas deben ser presididas por el Director Departamental de La Paz, u otro personal dependiente del mismo, por lo que corresponde DELEGAR a la Jefatura de Análisis y Procedimientos, así como a los Analistas, Técnicos – Legales y personal dependiente de la Departamental La Paz, la facultad de presidir las inspecciones técnicas administrativas en los procesos, derechos de paso y uso en áreas superficiales, amparos administrativos mineros, denuncias de propase y denuncias de explotación minera ilegal. Sobre la Consulta Previa Que, en atención a las atribuciones de la Dirección Departamental La Paz debe recibir y procesar las diferentes solicitudes de los Actores Productivos Mineros en diferentes tramites sustanciados en cumplimiento del Artículo 40 concordante con el Artículo 44 de la Ley N° 535 de Minería y Metalurgia de 28 de mayo de 2014 y sus reglamentos específicos. La Dirección Departamental La Paz, cuanta con un número considerable de trámites que se encuentran en la etapa de procedimiento de Consulta Previa. Que así mismo, de acuerdo con los establecidos en la LEY DE MINERIA y el Reglamento de Otorgación y Extinción de Derechos Mineros aprobado mediante Resolución Ministerial N° 023 de 30 de enero de 2015, efectúa reuniones de deliberación dentro del Procedimiento de Consulta Previa Que por las consideraciones expuestas y los fundamentos jurídicos y materiales se puede establecer que las reuniones de deliberación deben ser presididas por el Director Departamental de La Paz, u otro personal dependiente del mismo, por lo que corresponde DELEGAR a la Jefatura de Otorgación de Derechos Mineros, asi como a los Analistas, Técnicos – Legales y personal dependiente de la Departamental La Paz, designado al efecto, la facultad de presidir las reuniones de deliberación, observando el procedimiento establecido en el Articulo 213 de la Ley N°535 y el Artículo 35 del Reglamento de Otorgación y Extinción de Derechos Mineros.

POR TANTO: El Director Departamental La Paz en Suplencia Legal de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM, en virtud a la jurisdicción y competencia que ejerce por mandato legal. RESUELVE: PRIMERO.- DELEGAR al Jefe de Análisis Legal y Procedimientos de la Departamental La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera AJAM, la facultad de firmar providencias de mero trámite, notas externas e internas, informes y certificaciones, así como a los Analistas y Técnicos Legales, la facultad de presidir y dirigir las inspecciones técnicas administrativas, a realizarse dentro los procesos de derechos de paso y uso en áreas superficiales, amparos administrativos minero, actos administrativos de Restitución de Derechos al Actor Productivo Minero, denuncias de propase y denuncias de explotación minera ilegal. SEGUNDO.- DELEGAR al Jefe de Otorgación de Derechos Mineros de la Departamental La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM, la facultad de firmar providencias de mero trámite, notas externas e internas, informes y certificaciones, así como a los Analistas y Técnicos Legales, la facultad de presidir y dirigir las reuniones deliberativas, quienes deberán dar cumplimiento al procedimiento establecido e el Artículo 213 de la Ley N° 535 y el Artículo 35 del Reglamento de Otorgación y Extinción de Derechos Mineros. TERCERO.- INSTRUIR a los servidores públicos designados a organizar, gestionar y ejecutar las diligencias necesarias dentro del procedimiento de Consulta Previa bajo la supervisión de la Jefatura Otorgación de Derechos Mineros de la Departamental La Paz de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM CUARTO.- INSTRUIR a la Jefatura Otorgación de Derechos Mineros, por única vez, viabilice la publicación de la presente Resolución Administrativa, en un órgano de prensa de amplia circulación nacional, de conformidad al Artículo 34 de la Ley N° 2341 de Procedimiento Administrativo. Regístrese, comuníquese y archívese

Que finalmente en un marco de eficacia, economía, simplicidad y celeridad es menester instruir a los servidores públicos designados a organizar, gestionar y ejecutar las diligencias necesarias dentro del procedimiento de Consulta Previa, bajo la supervisión de la Jefatura de Otorgación de Derechos Mineros de la Dirección de La Paz de la AJAM.

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Sociedad La reunión internacional de Estocolmo+50 tiene el objetivo de compartir experiencias e iniciativas para el cuidado ambiental y protección del planeta, contemplando también una recuperación sostenible tras la pandemia del Covid-19. El vicepresidente David Choquehuanca confirmó ayer que Bolivia participará en el encuentro mundial, que se desarrollará el 2 y 3 de junio. “Después de 50 años, Suecia va a acoger una reunión de presidentes, de representantes de Estados, de gobiernos, para discutir qué hemos hecho los humanos durante 50 años para cuidar a nuestra Madre Tierra y a nuestro medioambiente”, dijo la autoridad en un acto en la Vicepresidencia. Explicó que, en ese evento, se discutirá y reflexionará sobre la salud de la Madre Tierra, sus derechos, cuidados y otros aspectos. La autoridad manifestó su preocupación sobre la desaparición de los nevados y la reducción de los glaciares no solo en Bolivia, sino también en el resto del mundo a consecuencia de la contaminación ambiental y el capitalismo.

SE DESARROLLARÁ EL 2 Y 3 DE JUNIO DE ESTE AÑO

Bolivia asistirá al encuentro internacional de Estocolmo+50 En el evento mundial se discutirá y reflexionará sobre la salud de la Madre Tierra, sus derechos, cuidados y otros aspectos. La Vicepresidencia, la Embajada de Suecia en Bolivia y Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) hicieron el lanzamiento oficial del proceso de consulta nacional rumbo a Estocolmo+50. Se prevé la realización de diferentes actividades, como el diálogo con jóvenes, con organizaciones sociales y una encuesta en línea. Estas actividades permitirán conocer las perspectivas rumbo al encuentro mundial. En esa línea, el embajador de Suecia en Bolivia, Nicolas Weeks, sostuvo que el cambio climático, la pérdida de la biodiversidad y la contaminación son los temas más importantes que se tratarán en dicho evento, ya que si no se toman acciones para mitigar estos problemas los mismos tendrán un efecto directo en las futuras generaciones del planeta.

// FOTO: VICEPRESIDENCIA

• Redacción Central

La Vicepresidencia, la Embajada de Suecia en Bolivia y el PNUD hicieron el lanzamiento oficial del proceso de consulta nacional.

// FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN

CON UNA INVERSIÓN DE BS 368.335

Unidades educativas de los Yungas de La Paz reciben kits de laboratorios • Redacción Central

Un total de 6.570 estudiantes de secundaria se beneficiaron con la entrega del material de laboratorio para las asignaturas de Química, Física, Biología y Geografía.

Estudiantes de los Yungas se beneficiaron con los kits de laboratorio.

El Ministerio de Educación destinó una inversión de 368.335 bolivianos para la compra de kits de laboratorio para 18 unidades educativas de las provincias Nor Yungas y Sud Yungas, en el departamento de La Paz. Microscopios, maquetas anatómicas del esqueleto humano, guías de laboratorio, guardapolvos, kits de mecánica y óptica, kits de electricidad, material para laboratorios

de química, accesorios de seguridad, maquetas del planetario para laboratorios de geografía y telescopios refractores para astronomía son parte del material entregado a los establecimientos educativos. La entrega de todo el equipamiento beneficia a los municipios de Coroico, Coripata, Chulumani, La Asunta, Irupana, Cajuata y Licoma, de las provincias Nor Yungas y Sud Yungas, respectivamente.


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Tecnologías Yésica Quispe, de Patacamaya, es una niña que presentó el proyecto de riego automatizado, que tiene el objetivo de ayudar a las comunidades productoras que carecen de agua, ya que las lluvias son escasas y sus sembradíos son afectados. La niña participó en los primeros proyectos que lanzó la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic). La participante, en el momento de desarrollar su propuesta, pensó en las necesidades de la población, que debe tomarse el trabajo de regar parcelas extensas para que su producción no muera. El presidente Luis Arce, en sus redes sociales, destacó el avance en soberanía tecnológica y en digitalización, en el marco de la conmemoración al Día Internacional de las Niñas en las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), “Vía @AgeticBolivia creamos el Programa de Reducción de Brechas Digitales de Género para capacitar en uso de hardware y software a 3 mil niñas, niños, adolescentes y mujeres”, escribió el mandatario. La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, señaló ayer que el proyecto beneficiará a un total de 2.160 niñas y adolescentes para que sean capacitadas en cursos de programación y electrónica, orientada a la robótica. “El presidente Luis Arce estableció como prioridad de Estado cerrar brechas no solamente a nivel económico y social, sino en brechas de géne-

LANZAN PROGRAMA DE REDUCCIÓN DE BRECHAS DE GÉNERO

Gobierno incentiva a las niñas a ingresar al área de la tecnología

La Ministra de la Presidencia resaltó la promoción de esos espacios y pidió que las instituciones, la comunidad y la familia apoyen los proyectos. La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, con uno de los robots creados por las niñas.

// FOTOS: JORGE MAMANI

• Redacción Central

ro. En el caso de la despatriarcalización abarca lo estructural, revertir las desigualdades instaladas por un sistema que dio más oportunidades a los hombres”, indicó. Agregó que de manera inconsciente desde la familia se marca el camino que deben seguir las mujeres y los hombres,

Yésica presenta el sistema de riego que creó para ayudar a las comunidades.

EL PROGRAMA ESTÁ COMPUESTO POR CINCO PROYECTOS RobóTICas V2. Campamentos Científicos. Generación de Contenido Audiovisual e Impreso. Estudio de las Brechas Digitales de Género en Bolivia.

Robots creados por niñas y adolescentes en los proyectos anteriores.

Estrategia de fortalecimiento para la reducción de la brecha digital de género en el sistema educativo plurinacional.

desde los colores y la entrega de obsequios, algo que ya no debería ocurrir. La Ministra destacó que se promuevan espacios y que las instituciones, la comunidad y la familia apoyen a las niñas, adolescentes y mujeres con talento en el área tecnológica. La Agetic, con el apoyo de Unicef, impul-

sará a que los participantes del proyecto desarrollen diversos proyectos tecnológicos. En el acto participaron el viceministro de Ciencia y Tecnología, Julio Gómez; el director general ejecutivo de Agetic, Vladimir Terán, y el representante de la Unicef en Bolivia, Rafael Ramírez.


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// FOTO: JORGE MAMABNI

Salud EN LA CIUDAD DE SUCRE

SUS viabiliza el segundo trasplante renal gratuito El paciente de 42 años será intervenido en el Centro Quirúrgico Dr. Ernesto Valverde B. Un hombre de 42 años se beneficiará con un trasplante renal gratuito en la ciudad de Sucre. Esta es la segunda operación que se viabiliza mediante el Sistema Único de Salud (SUS) y el Ministerio de Salud y Deportes.

“Este hospital se está transformando en un centro de referencia gracias al Ministerio de Salud y Deportes, todo esto está garantizado por el SUS; en definitiva va a tener toda la cobertura en los costos”, informó el director del Servicio Departamental de Salud (Sedes), Juan José Fernández, según la ABI. En entrevista con Bolivia TV, el galeno reconoció el apoyo del Gobierno central para que este recinto hospitalario Centro Quirúrgico Dr. Ernesto Valverde B cuente con recursos humanos, infraestructura e instrumental quirúrgico, que recientemente fue donado y es valuado en aproximadamente Bs 400.000.

Detalló que el trasplante cuesta entre Bs 170 mil y Bs 200 mil por paciente, y que ahora beneficiará de manera gratuita a un hombre de 42 años, quien hace cinco años presentó problemas de insuficiencia renal. Indicó que la donante es una mujer de 60 años y se concluyó con todos los trámites de protocolo para que este procedimiento quirúrgico se realice el 4 de mayo. Alrededor de 30 profesiona-

les médicos se preparan para este segundo trasplante de riñón en Chuquisaca. En septiembre del año pasado, una cirugía le devolvió la esperanza a un joven de 24 años, quien recibió el riñón de su hermano de 25. En esa ocasión ambos hermanos salieron del quirófano con signos vitales estables y los especialistas solo esperaban que el organismo del receptor asimile favorablemente el nuevo órgano. // FOTO: CORREO DEL SUR

• Redacción central/

La operación de una persona en un centro de salud de tercer nivel.

Sector salud pidió la renuncia del gobernador Santos Quispe.

PROTESTAS CONTRA EL GOBERNADOR

Trabajadores de salud piden pago de refrigerio • Redacción Central

Los trabajadores de salud de La Paz protagonizaron ayer el segundo día de movilizaciones exigiendo al gobernador que cumpla la Ley 1393, sobre el pago de refrigerio, y que respete la estabilidad laboral mediante una institucionalización. Cientos de personas partieron desde el Hospital de Clínicas, en Miraflores, en dirección a la Gobernación de La Paz, con carteles y exigiendo la renuncia del gobernador Santos Quispe, lamentando que no escuche las peticiones de ese sector.

Uno de los representantes indicó que el Gobernador les ofreció pagarles Bs 1 al día por concepto de refrigerio, lo cual fue rechazado por ese sector. De acuerdo a la Ley N° 1393 Ley de Modificaciones al Presupuesto General del Estado - gestión 202, en su Artículo 4 sobre el pago de refrigerio en los servicios departamentales de salud, indica que: “Las entidades territoriales autónomas asignarán recursos para el pago de refrigerio a los trabajadores y profesionales del sector salud, independientemente de la fuente de financiamiento”. Los trabajadores intentaron ingresar a la plaza Murillo de manera violenta, por lo que tuvo que intervenir la Policía en la calle Comercio y Colón. Los movilizados trataron de tirar las barras metálicas de seguridad.


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SOLICITUD SOLICITUD SOLICITUD SOLICITUD DE EXPRESIONES DE INTERES DE EXPRESIONES DE INTERES NOTIFICACIÓN POR EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0191/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0113/2022 DE EXPRESIONES DE INTERES RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN Nº 0131/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0193/2022 DE EXPRESIONES DE INTERES RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0010/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0001/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0010/2022 0001/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0117/2022 La Paz, 16 de marzo de 2022 La Paz, 06 de06 abril de 2022 La Paz, 06 de abril de 2022 La Paz, de enero de 2022 La Paz, 02 de marzo de 2022 La Paz, 06 de enero de 2022 La Paz, 03 de enero de 2022 La Paz, 20 de diciembre de 2021 La Agencia Nacional de Hidrocarburos, solicita a empresas legalmente establecidas a presentar sus VISTOS: VISTOS: La Paz, 03 de enero de 2022 La Paz, 20 de diciembre de 2021 La Agencia Nacional de Hidrocarburos, solicita a empresas legalmente establecidas a presentar sus VISTOS: VISTOS: La Paz, 07 de marzo de 2022 VISTOS: VISTOS:

Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA INTERNA AJAM/DJU/RES/ADM/INT/44/2022 La Paz, 25 de marzo de 2022 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 235 de la Constitución Política del Estado dispone: “Son obligaciones de las servidoras y los servidores públicos: 1. Cumplir la Constitución y las Leyes. 2. Cumplir con sus responsabilidades, de acuerdo con los principios de la función pública. (..)”. Que, el artículo 36 de la Ley N° 535, de Minería y Metalurgia señala que la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera — AJAM se encuentra en el Nivel de Administración Superior, Fiscalización y Control de las Actividades Mineras y Registro Minero, siendo que de forma concordante el artículo 39 de dicho cuerpo legal señala: “I. La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera - AJAM, como entidad autárquica bajo tuición del Ministerio de Minería y Metalurgia, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, técnica, económica y financiera, es la encargada de la dirección, administración superior, control y fiscalización de la actividad minera en todo el territorio del Estado... III La Máxima Autoridad Ejecutiva - MAE, con rango de Directora Ejecutiva Nacional o Director Ejecutivo Nacional, que ejercerá la representación institucional... “ Que, el artículo 6 de la Ley 2027 refiere que aquellas personas que, con carácter eventual o para la prestación de servicios específicos o especializados, se vinculen contractualmente con una entidad pública, tendrán la regulación de sus derechos y obligaciones en el respectivo contrato y ordenamiento legal aplicable, aspecto concordante con las previsiones del artículo 60 de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal aprobado mediante Decreto Supremo N° 26115; por su parte, el inciso k) del artículo 32 de las referidas Normas Básicas, establecen como una forma de terminación de la relación laboral, la rescisión del contrato de trabajo del personal eventual.

Que, el artículo 7 de la Ley N° 2341 prevé que las autoridades administrativas podrán delegar el ejercicio de su competencia para conocer determinados asuntos administrativos, surtiendo efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional. Que, el inciso b) del artículo 62 del Decreto Supremo N° 27113 determina dentro de las facultades de la autoridad administrativa, el delegar competencias. Que, el clasificador presupuestario para la gestión 2022, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 268 de 28 de julio de 2021, emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, determina la partida presupuestaria 12000 “Empleados No Permanentes” correspondiente a los gastos para remunerar los servicios prestados a personas sujetas a contrato en forma transitoria o eventual, para misiones específicas, programas y proyectos de inversión; considerando para el efecto, la equivalencia de funciones y la escala salarial, de acuerdo a normativa vigente.

POR TANTO: La Directora Ejecutiva Nacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera, en ejercicio de las atribuciones, RESUELVE: PRIMERO. DELEGAR al Servidor Público de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera, Abg. Fernando Pérez Zegarra, la función de suscribir contratos para la incorporación de personal eventual, así como la suscripción de resolución de contratos con los mismos. SEGUNDO. La presente delegación surtirá efecto a partir de la fecha de su publicación en un órgano de prensa de circulación nacional, a cargo de la Dirección Administrativa Financiera. TERCERO. La Dirección Administrativa Financiera queda encargada del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

Que, conforme lo establecido en el punto 12.1 Manual de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Administrativa Interna AJAM/DJU/RES/ADM/INT/25/2022 de 25 de febrero de 2022, es función de la Directora Ejecutiva Nacional: “7... c) Dirigir a la AJAM en todas sus actividades administrativas ...”.

expresiones de interés para participar dede los siguientes procesos dede contratación: expresiones de interés para participar los siguientes contratación: Agencia Nacional de solicita aprocesos legalmente establecidas a aNormas presentar sus La Agencia Nacional de de acuerdo a loloestablecido en BáAgencia Nacional deHidrocarburos, Hidrocarburos, solicita aempresas empresas legalmente establecidas presentar sus La Agencia Nacional deHidrocarburos, Hidrocarburos, de acuerdo a establecido enlas las Normas BáVISTOS: VISTOS: VISTOS: VISTOS: Informe Técnico INF-TECDDTUCSCN 0006/2022, de 04dede enero dereferente 2022. El Informe INF-DRE-UPTC 0109/2022 de 04 de abril 2022, referente alalaa actualización delPrecio precio de expresiones de interés para participar de los siguientes procesos de contratación: No. OBJETO DE LA CONTRATACION El Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero 2022, del expresiones de interés para participar de los siguientes procesos de contratación: sicas del Sistema de Administración de Bienes yde Servicios (NB-SABS), aprobado meNo. OBJETO DE LA CONTRATACION El Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero 2022, referente alael laactualización actualización delpre preEl Informe INF-DRE-UPTC 0110/2022 de 04 de abril de 2022. 2022, referente a(NB-SABS), actualización del del sicas del Sistema Administración de Bienes yde Servicios aprobado meEl Informe INF –octanaje DRE -de UPTC 0062/2022 de 02 de marzo de 2022, establece precio de la gasolina VISTOS: Informe Legal DJUGJN N° 0155/2022, de 16 de marzo de lacio gasolina con menor a0181, 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base 81 en cio de la gasolina con octanaje menor a 92, resultante de la mezcla de etanol anhidro con Gasolina SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril de 2019, el Informe de la gasolina con octanaje menor a 92, resultante de la mezcla de etanol anhidro con Gasolina SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES Combustible Líquido Octanaje 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base – abril diante Decreto Supremo N° Artículo 43 inciso j) y artículo 49 inciso d), modificado La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril de 2019, el Informe 1 especial internacional y -diésel oíl0002/2022 internacional, para marzo deyde 2022; el–Informe INF el - el DRE - UPTC diante Supremo N° 0181, Artículo 43 inciso j) artículo 49 inciso d), modificado El Informe INF ––DRE UPTC de 03 de enero 2022, establece precio interNo. OBJETO DE LA CONTRATACION 1 Decreto El Informe INF DRE UPTC 0002/2022 de 03 de enero de 2022, establece precio interaplicación de la Resolución Ministerial N° 015-2019 de 28 de enero de 2019 abril de 2022. No. OBJETO DE LA CONTRATACION ORACLE GESTIÓN 2022 Base 81 en aplicación de la Resolución Ministerial N° 015-2019 de 28 de enero de 2019, Enero 2022. ORACLE GESTIÓN 2022 INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16 de noviembre de 2021, por el cual la Dirección de Distritos Técnica de 2022 Base 81 en aplicación de la Ministerial N° 015-2019 de 28 de enero de 2019, EneroUPTC 2022. INF-DDT-UAET deResolución 16 noviembre de 2021, por el cual la Dirección de por elelparágrafo III, Articulo 2de del Decreto Supremo N° 956 se le notifica aDistritos que 0063/2022 de 02 marzo de 2022, por el se establece el precio del Jet Fuel Internacional, nacional GNV y0115/2021 su diferencial precio, para enero de 2022; el Informe INF -austedes por parágrafo III, Articulo 2de del Decreto Supremo N° 956 se le notifica ustedes que CONSIDERANDO: SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES nacional GNV yde su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF -DRE DRE-Técnica - para UPTC El Informe INF-DRE-UPTC 0071/2022 decual 04 de marzo de 2022, referente a2019, la actualización del SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° de 2marzo de abril de 2019, y; Las técnicas podrán ser en web de Agencia Nacional 1de recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril deVERSIONES y; Lasespecificaciones especificaciones técnicas podrán serrecabadas recabadas enla0042/2019 lapágina página web dela la Agencia Nacional de marzo 2022; el INF-DRE-UPTC 0064/2022 de 02 de deDE 2022, ade través del cual se 1 ante el incumplimiento en el plazo de entrega de Ítems adjudicados, la ENTIDAD está 0003/2022 de 03 de de 2022, por el se establece los precios de gasolina espeCONSIDERANDO: ORACLE - GESTIÓN 2022 ante el incumplimiento el plazo de entrega de los Ítems adjudicados, la está 0003/2022 de 03Informe deenero enero de 2022, elcual cual se establece los precios de laENTIDAD gasolina espePrecio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Hidrocarburos www.anh.gob.bo oen ser solicitadas alpor correo electrónico: CONSIDERANDO: ORACLE -los GESTIÓN 2022 CONSIDERANDO: Hidrocarburos www.anh.gob.bo o ser solicitadas correo electrónico: CONSIDERANDO: establece el margen minorista yinternacional, aporte alsual fondo de conversión, para marzo de 2022; el Informe INF Que, la Constitución Política del Estado, en Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de derecho procediendo a la Resolución de las Órdenes de Compra suscrita y al correspondiente cial internacional y diésel oíl así como sus diferenciales de precios, para enero infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta o información comunicarse al número telefónico procediendo a la Resolución de las Órdenes de Compra suscrita y al correspondiente CONSIDERANDO: cial internacional y diésel oílde internacional, así como sus diferenciales de precios, para enero Gasolina Base – Marzo 2022. infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta o información comunicarse al número telefónico CONSIDERANDO: Las especificaciones técnicas podrán ser recabadas en la página web de la Agencia Nacional de DRE UPTC 0065/2022 de 02 marzo de 2022, señala el precio internacional del GNV y diferencial 2434000 internos 2818 y 2823. público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, Las técnicas podrán ser recabadas en la03 página web de la Agencia Nacional de Que elArtículo Artículo 365 de laConstitución Constitución delEstado promulgada el 09 de febrero de 2009, registro en elInforme SICOES conforme loPolítica señala elEstado, siguiente cuadro: de 2022; el -conforme DRE - -UPTC 0004/2022 de 03 de de 2022, elelestablprecio 2434000 internos 2818 y INF 2823. Que elespecificaciones 365 de laINF Política del promulgada elenero 09 de febrero deseñala 2009, establece: registro en elwww.anh.gob.bo SICOES lo señala el siguiente cuadro: de 2022; elInforme -controlar, DRE UPTC 0004/2022 de deenero de 2022, señala precio Hidrocarburos ode ser solicitadas correo electrónico: de precio internacional, para marzo de 2022; yArtículo el Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0133/2022. será responsable de regular, supervisar yalautonomía fiscalizar las actividades de toda la0005/2022, cadena Que, el Artículo 365 de la Constitución Política del Estado promulgada elel 09 de febrero de 2009, Hidrocarburos www.anh.gob.bo oenero ser solicitadas al correo electrónico: ece: “Una institución autárquica derecho público, con autonomía deadministrativa, gestión administrativa, técnica y del jet fuel internacional, de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC de 03 Que la Constitución Política del Estado, en su 365 establece: “Una institución autárquica de Que, el Artículo 365 de lapara Constitución Política del Estado promulgada 09 febrero de 2009, “Una institución autárquica de derecho público, con de gestión técnica yproductiva económidel jet fuel internacional, para enero de 2022; INF-DRE-UPTC 0005/2022, de Los interesados deberán presentar sus expresiones de (propuestas/cotizaciones técnica CONSIDERANDO: Que la Política del Estado, en su Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oel comunicarse alde número telefónico Los interesados deberán presentar sus expresiones deinterés interés (propuestas/cotizaciones técnica hasta la Constitución industrialización, en el marco de lade política estatal deInforme hidrocarburos conforme con la ley”. REPRESENestablece: “Una institución autárquica derecho público, con autonomía de gestión administrativa, infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oinformación información comunicarse alde número telefónico económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable deeconómica, regular, controlar, supervisar y03 derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica yventanilla bajo lala tuición del ca, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será de regular, controlar, supervisar ytuición fiscalizar REPRESENde enero de 2022, a través del cual se establece el margen minorista y aporte al fondo de establece: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, NUMERO DE CAUSAL yderecho económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 deresponsable octubre de 2021 por única 2434000 internos 2818 y 2823. público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo del de enero de 2022, a través del cual se establece el margen minorista y aporte al fondo de NUMERO DE CAUSAL y económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre de 2021 por ventanilla única de TANTE RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO CONSIDERANDO: técnica ydel económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable regular, 2434000 internos 2818 yde 2823. fiscalizar las actividades toda la cadena productiva hasta la industrialización, ende el marco decontrolar, la LA política TANTE RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO NIT ORDEN DE DE correspondencia de la ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck Ministerio ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de técnica y económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, conversión, para enero de 2022. NIT ORDEN DE DE LA elde correspondencia de la del ANH ubicada en la Av. de de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio LEGAL del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar yoctubre fiscalizar las actividades conversión, para enero de 2022. Que el Artículo 365 deSistema la Constitución Política del Estado promulgada ellaestatal 09Csapeck deBS febrero de 2009, Que, lacadena Ley N° 1600, de Regulación Sectorial –elSIRESE, de 28 de de 1994 enRESOLUCIÓN su Artículo LEGAL supervisar ycorreo las actividades laSUSCRIPCIÓN cadena productiva hasta en BS COMPRA RESOLUCIÓN oMinisterio asupervisar través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: estatal de hidrocarburos conforme con la20 ley.” toda la productiva hasta la industrialización, en marco de la política de hidrocarburos hidrocarburos conforme con la ley”. yfiscalizar fiscalizar las actividades detoda toda laSUSCRIPCIÓN cadena productiva hasta laindustrialización, industrialización, en el PROPIETARIO COMPRA o a través del electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: Los interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidrocarburos PROPIETARIO 2, párrafo segundo señala: “La Superintendencia General y las Superintendencias Sectoriales, como órganos Que los Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo III del establece: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, marco de lalapolítica estatal de conforme con ley.” Los interesados deberán presentar sus expresiones delala interés técnica conforme con lapolítica ley”. marco de estatal dehidrocarburos hidrocarburos conforme con ley.”de(propuestas/cotizaciones CONSIDERANDO: ytécnica hasta horas 16:00 del día viernes 29 de 2021 por ventanilla única de conforme con la ley”. GABY autárquicos, son personas jurídicas de derecho público, con jurisdicción autonomía de gestión Artículo 18 de la Leyde Nº 100 de 04/04/2011, el Artículo 5octubre del Decreto Supremo de Nacionalización CONSIDERANDO: yeconómica) económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre denacional, 2021 por ventanilla única de Que la Ley 3058 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga yLey económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, Que la N° de 17 de mayo de sobre el principio de continuidad señala: “…obliga a que Incumplimiento 1. Nota dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación debidamente GABY correspondencia de ANH ubicada en la2005, Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Csapeck MENDEZ BECERRA MILENKA Incumplimiento Nota dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información yANH/OC-156/2021 Comunicación debidamente técnica, administrativa yde económica”. Asimismo de acuerdo alde inciso k)2685 Artículo 10, la Edificio Agencia Nacional N° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 27/11/2008 y sus modificaciones, el en ArtíQue, la1.la Ley N° 3058 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga correspondencia de la ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. Esq. Edificio Csapeck el abastecimiento dela1600, los hidrocarburos los servicios de transporte ydel distribución, aseguren satisfacer la 4916283018 19/11/2021 24.432,16 en el plazo deel firmada. MENDEZ MILENKA el abastecimiento de los hidrocarburos yy los servicios de transporte supervisar yBECERRA fiscalizar las actividades de toda la cadena productiva hasta laCampos, industrialización, Que mediante Ley Nº de fecha 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación SectoMILENKA GABY MENDEZ Que, Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga 4916283018 19/11/2021 ANH/OC-156/2021 24.432,16 en el plazo de firmada. o a través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: Que mediante Ley Nº 1600, de fecha 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación SectoQue los Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo entrega Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. de seobjetivo encuentra facultada para realizar losservicios actos que sean necesarios para el cumplimiento de MILENKA GABY MENDEZ culo 52. del Decreto Supremo Nº 28932 de 20/11/2006, lacon Disposición Adicional del Decrea que elelabastecimiento de los hidrocarburos ynumerada. los de transporte y ydistribución, aseguren oa(SIRESE), aHidrocarburos través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: demanda del mercado interno de manera permanente ininterrumpida, así los demanda del mercado interno de manera permanente ee ininterrumpida, así como elSegunda cumplimiento de rial cuyo es regular, controlar y supervisar todas las actividades sujetas a su jurisQue los Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo BECERRA marco de la política estatal de hidrocarburos conforme la ley”. entrega 2. Propuesta Técnica debidamente firmada y que abastecimiento de los hidrocarburos y los servicios de transporte distribución, aseguren rial (SIRESE), cuyo objetivo es regular, controlar y supervisar todas las actividades sujetas a su juris3.Artículo Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. BECERRA III del 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, el Artículo 5 del Decreto Supremo de Nasus responsabilidades. to Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el contratos de exportación”. contratos de exportación”. dicción y competencia, el Artículo 10 de dicha norma establece como atribuciones las siguientes: “a) 3. Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. IIIsatisfacer delSERVICIOS Artículo 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, elpermanente Artículo 5 atribuciones del Decreto las Supremo de Nala de demanda del interno manera e Decreto ininterrumpida, asíN° como el dicción yhacer competencia, Artículo 10Disposición de dicha norma establece como siguientes: “a) FELIX cionalización N° 28701 de 01/05/2006, elelde Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 y sus de 13/01/2015, el parágrafo Imercado de la Adicional Segunda Supremo 2049 cumplimiento los contratos exportación”. Cumplir cumplir lael presente ley, lasde normas legales sectoriales ydel sus reglamentos, asegurando EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento 1.ySERVICIOS Nota dirigida a la Dirección Tecnologías de Información Comunicación debidamente FELIX cionalización N° 28701 de 01/05/2006, Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 yde sus Que la Ley N° 3058 de 17 mayo de 2005, sobre el2005, principio de continuidad señala: “…obliga a cumplimiento de los de exportación”. TARQUI Cumplir y aplicación hacer cumplir la presente ley, las normas legales sectoriales yy20/11/2006, sus asegurando EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento 1. Nota dirigida a la Dirección de de Información yactividades Comunicación debidamente Que, Ley N° 3058 de Hidrocarburos, de 17 de mayo de establece las hidrocarburíferas En caso de presentación a través del correo electrónico, documentos mencionados deberán serSistema INFORMATICA Yel 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 19.800,00 en el de plazo de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del Ministerio de Hidrocarburos yreglamentos, Energía 188-14 de Que eltravés Artículo 24 de lacontratos Ley N° 3058, señala laTecnologías Superintendencia de Hidrocarburos del Regumodificaciones, Artículo 5 Decreto Supremo Nº 28932 de laN° Disposición Que ala de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el19.800,00 marco normativo que TARQUI la correcta sus principios, políticas ylos objetivos.” firmada. QUISBERTH En caso de a presentación ade través del correo electrónico, documentos mencionados deberán ser Yelde 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 en el plazo de modificaciones, Artículo 5del del Decreto Supremo Nº 28932 de 20/11/2006, la Disposición que elINFORMATICA abastecimiento los hidrocarburos ycomercialización los servicios de transporte y distribución, aseguren la correcta aplicación de sus principios, políticas ylos objetivos.” firmada. debidamente escaneados. TELECOMUNICACIONES entrega de acuerdo la Constitución Política del Estado y determina los principios, las normas y los procedimientos QUISBERTH permita la producción, almacenaje, transporte, y mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, lación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), es el Ente Regulador de las activi11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrati2. Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. debidamente escaneados. TELECOMUNICACIONES entrega C – S Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución AdministratiQue, el Artículo 24 de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de 2. Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el fundamentales que rigen en todo el territorio nacional para el sector hidrocarburos, que en su Artículo 24, con la 3. finalidad de sustituir gradualmente laseñala importación de Insumos y Aditivos, y Diésel precautelando dades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados yde distribución de gas natural por Servicio de Impuestos Nacionales Nºmayo 102100000026 deel fecha 16 de de Oíl, 2021, el Decreto Que la Ley N° fecha 17 de de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. C – S3058, va RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 de 13/01/2015, parágrafo Idiciembre la Disposición Adicional Que, el Artículo 24de de la Ley N° 3058, la Superintendencia de del Sistema ES conforme: Que la Ley N° 3058, de fecha 17 de mayo de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional Hidrocarburos), es el Ente Regulador dede 3. Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. va Nº 0023/2015 de 13/01/2015, el parágrafo IHidrocarburos de laes Disposición Adicional establece: “ La Superintendencia Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es elMinisEnte cumplimiento de los contratos de exportación”. ES conforme: la seguridad alimentaria ySupremo energética con soberanía. redes. Asimismo, ende su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, encontrándose entre que laRAR-ANH-ULGR Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es el Ente Supremo N° 29629 02/07/2008, el Decreto Supremo N°de 29032 delos 16/02/2007, el Decreto Supremo Segunda del Decreto N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), el Ente Regulador de Esta está amparada en las recomendaciones de Informes de Disconformique ladecisión Superintendencia de del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es elparte Ente las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados yde distribución de Regulador dedel las actividades deHidrocarburos transporte, refinación, productos derivados yderivados distribución Segunda Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del27993 MinisFIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas ycomercialización fijar precios conforme al Reglamento. Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos y N° 29049 01/03/2007, establecen ellas marco normativo aplicable alos la fijación de precios por Esta decisión está amparada en recomendaciones dede Informes Disconformilas actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y distribución de terio de Hidrocarburos y Energía N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS dad DAF UAD 098/2021 y DAF UAD 081/2021 emitidos por el Responsable y/o Comisión Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y gas natural por redes. Asimismo, en Artículo 25 determina las atribuciones Ente Regulador, En caso de presentación través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser de gas natural por asiapor mismo establece en:Artículo “el Artículo 25. (Atribuciones del Entedel Regulador). Además DE INFORMACION Y COMUNICACION Que elDAF parágrafo Iredes” del Artículo 7DAF de la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de Hidrocarburos terio de Hidrocarburos y N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 distribución de gas natural redes, ysu en su 25º (Atribuciones del Ente Regulador), señala Que a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco nordel Ente Regulador. dad UAD 098/2021 yEnergía UAD 081/2021 emitidos por el Responsable y/o Comisión gas natural por redes. Asimismo, en Artículo 25 determina lasla atribuciones del Ente Regulador, En caso de presentación aInformes través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser DE INFORMACION Yen COMUNICACION de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales distribución de gas natural por redes, ysu en su Artículo 25º (Atribuciones del Ente Regulador), señala debidamente escaneados. encontrándose entre éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas y fijar precios conforme al de las establecidas la Ley Nº 1600, de 28 de octubre de 1994, y en presente Ley, la Superintendencia de Recepción y de los Legales DJ-UGJN 0553/2021 y DJ-UGJN 0538/2021 – ANH, determinará el precio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán para ser mezQue a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco normativo que que la Superintendencia de Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones: “j. Las demás facultades de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización yfijar mezcla de conforme Aditivos de debidamente escaneados. encontrándose entre éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas y02/07/2008, precios al de Recepción y de los Informes Legales DJ-UGJN 0553/2021 y DJ-UGJN 0538/2021 Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo N° 29629 de el Decreto que la Superintendencia de Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones: “j. Las demás facultades Reglamento. de Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones específicas: (…) h) Requerir de las personas individuales clados con las Gasolinas o Diésel Oíl, sobre la base de la metodología a ser aprobada por el Ministerio de laLegal Dirección de la entidad yemitidos atribuciones que deriven de Jurídica la presente Ley ycomercialización de lade economía vigente en elde país que seany permita lapor producción, almacenaje, yjurídica mezcla dede Aditivos Origen Vegetal, Que el Informe INF-DJ-UGJN Nºel 0133/2022 02 de la marzo de 2022, señala las valoraciones Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo N° 29629 02/07/2008, elque Decreto Origen Vegetal, con la finalidad detransporte, sustituir importación de Insumos ylayestablecen Aditivos, Reglamento. emitidos por la Dirección Jurídica de lagradualmente entidad Supremo N° 29032 de 16/02/2007, Supremo N° 29049 de 01/03/2007, ES conforme: yHidrocarburos”. atribuciones que deriven de lacon presente Ley y de la economía jurídica vigente el país ymezcla colectivas que realizan actividades hidrocarburíferas, información, datos, contratos yenotros que considere Asimismo elgradualmente parágrafo II. disposiciones establece: “El precio del combustible resultante de del necesarias para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades.” con la Oíl, finalidad de sustituir laDecreto importación de Insumos yvigentes, Aditivos ycorrespondiendo Diésel Oíl, precautelando técnicas guardan concordancia las normativas por sean ello Supremo N° 29032 deN° 16/02/2007, el Decreto N° 29049 deestablecer 01/03/2007, establecen ES conforme: Diésel precautelando la seguridad alimentaria ySupremo energética con soberanía. necesarias para adecuado cumplimiento de el normativo aplicable a de la fijación dej)sus precios por parte del Ente Regulador. Que, ade través de la Ley 1098 15 de septiembre de 2018, se dispuso elderiven marco norlos necesarios para elelVegetal ejercicio de sus atribuciones. Lasresponsabilidades.” demás facultades yprecios atribuciones de la Aditivo Origen con Gasolinas osoberanía. Diésel Oíl, será actualizado en función adel losque referentes de lamarco seguridad alimentaria yes energética con emitir la correspondiente Resolución Administrativa para la fijación de internacionales. El presente EDICTO librado en la ciudad de La Paz, a los 7 días mes de enero el marco normativo aplicable a la fijación de precios por parte del Ente Regulador. Que, a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco norFIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS presente Ley ypermita de la economía jurídica vigente en el país y que sean necesarias para el yadecuado mativo que producción, almacenaje, comercialización mezcla deconsidera Aditivos precios internacionales barril de petróleo y ciudad otros productos yPaz, subproductos que compongan la mezcla. Que el Artículo 27 dela ladel Ley N° 2341 establece lo transporte, siguiente: “(Acto Administrativo). Secumplimiento El presente EDICTO es librado en la de La a los 7 días del mes de enero del año 2022. FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización yde mezcla de Aditivos DE INFORMACION Y COMUNICACION Que el parágrafo I del Artículo 7 de la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de HidrocarQue Artículo 27 de la Ley N° 2341 establece lo siguiente: “(Acto Administrativo). Se considera Este precio será fijado por las entidades del sector hidrocarburífero, en el marco de sus atribuciones y la de sus responsabilidades. k) Aplicar sanciones económicas y técnicas administrativas acuerdo a normas de Origen Vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos y El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0001/2022 de 03 de enero de 2022, concluye que las acto administrativo, toda declaración, disposición o decisión de la Administración Pública, Que el Artículo 7 de la precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, determidel año 2022. POR TANTO: DE INFORMACION Y COMUNICACION de Origen Vegetal, con lalael finalidad de sustituir gradualmente lacon importación deadministrativa, Insumos Aditivos y vigente”. El Informe Legal Nºalimentaria 0001/2022 de 03 de enero de 2022, concluye que las acto administrativo, declaración, disposición oOrigen decisión de lanormativas Administración Pública, ynormativa Reglamentos.” Diésel precautelando seguridad y energética soberanía. buros –Oíl, ANH, determinará precio de los Aditivos de Vegetal nacionales quevigentes, sey utilizarán de alcance general otoda particular, emitida ennacionales ejercicio de la potestad nornará el precio de losINF-DJ-UGJN Aditivos de Origen Vegetal que se utilizarán para ser mezclados con las valoraciones técnicas guardan concordancia con las disposiciones coDiésel Oíl, precautelando la alimentaria y aenergética soberanía. de alcance general ocumpliendo particular, emitida en ejercicio de con lapor administrativa, norvaloraciones técnicas guardan concordancia con las disposiciones normativas vigentes, comada o mezclados discrecional, con los requisitos y formalidades establecidos en la presente para ser con las Gasolinas oNacional Diésel Oíl, sobre la base de lapotestad metodología ser aprobada Gasolinas oEjecutivo Diésel sobre laseguridad base de la metodología ser aprobada el Ministerio dea Hidrocarburos. rrespondiendo porOíl, ello emitir la correspondiente Resolución Administrativa Regulatoria para El Director a.i. de la Agencia de Hidrocarburos, designado mediante Resolución CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 466 de fecha 26 de diciembre de 2013 de la Empresa Pública, en su Disposición Final Séptima mada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la presente Que, el Artículo 7 de la precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, de Ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable y se rrespondiendo por ello emitir la correspondiente Resolución Administrativa Regulatoria para por el Ministerio de de Hidrocarburos”. Asimismo elfacultades parágrafo conferidas II. establece: “El Ley precio combustible la fijación de27240 precios internacionales. Suprema N° 19/11/2020, en uso deen las por del del Sistema de ReQue, el Artículo delos lainternacionales. precitada Ley, señala que lanacionales Agencia Nacional de la Hidrocarburos –Estado, ANH, señala: “Para el cumplimiento de lo de dispuesto el Artículo 365 de la23Constitución Política del lase Ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable ydeterminará el precio de Aditivos Origen Vegetal que se para ser mezclados presume legítimo.” Que a través deprecios la7(SIRESE) Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de deoutilizarán abril de 2002, se establecieron la fijación de resultante de mezcla del Aditivo de Origen Vegetal con Gasolinas Diésel Oíl, será actualizado gulación Sectorial N° 1600 de 28/10/1994, lanacionales Ley de Hidrocarburos N° 3058 17/05/2005 Que al efecto, elregulan Ministerio de Hidrocarburos y Vegetal Energías ende cumplimiento lotécnico determinado en la antes terminará el la precio de los Aditivos de Origen se de utilizarán para ser mezclados Agencia Nacional deoHidrocarburos –administrativa ANH queda encargada emitir normativa jurídico necesaria presume legítimo.” con las Gasolinas Diésel Oíl, sobre la base de aque ser por elde Ministerio dey las normas que la actividad yla el metodología procedimiento administrativo del sector público. en función los referentes de los precios internacionales del supervisión barril deaprobada petróleo ymediante otros productos ypara normativa nombre del Estado POR TANTO: citada Ley, yavigente, conforme aDiésel su atribución de dirigir políticas gubernamentales del Resolución con las Gasolinas oade Oíl, sobre ladeBoliviano. base de laprocedimiento metodología aadministrativo, ser aprobada por el Ministerio de elArtículo cumplimiento sus atribuciones regulación, control, ysector, fiscalización de todas las Hidrocarburos. Que el 59 del DS N° 27113, reglamento del señala: (Extinción POR TANTO: subproductos que la mezcla. Este modificada precio será fijado las entidades del sector hidroMinisterial N° 130-18 de 19 4 de octubre deLey, 2018, través por dede Resolución Ministerial N° 185-18 actividades delc) circuito productivo”. Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del DS N° reglamento deloficio, procedimiento administrativo, señala: (Extinción Por Revocación). I. compongan La autoridad de declaración de volunQue el inciso del Artículo de27113, la administrativa, citada determina comoamediante principio la actividadunilateral administrativa, entre RESUELVE: de 31 de diciembre 2018, dispuso aprobar los para determinar elPública precio del combustible carburífero, en el marco dede sus atribuciones yadministrativo lalineamientos normativa vigente”. El Director Ejecutivo a.i. la Agencia Nacional de Hidrocarburos, mediante RePor Revocación). I.deAdicional La administrativa, de oficio, mediante declaración unilateral de2018, voluntad, podrá revocar total o autoridad parcialmente un acto por vicios existentes al momento de su Que, la Disposición Única del Decreto Supremo N° 3672 de 26designado de septiembre de otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno a la Ley: La Administración regirá sus actos líquido con octanaje 92,Supremo resultante de laseguridad, mezcla del Anhidro con Gasolina Base así como su actualEl Director Ejecutivo de laÚnica Agencia Nacional Hidrocarburos, designado mediante Resolución N° 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades conferidas por la Ley del Que, mediante Decreto Nº 1996 de de mayo dede 2014, se aprueba el Reglamento de Distribución tad, podrá revocar total ode parcialmente un14 acto administrativo por vicios existentes al momento de su Que, laoSuprema Disposición Adicional del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, emisión por razones de oportunidad para laEtanol mejor satisfacción del interés público comproprevé que los aspectos calidad, transporte, almacenamiento y comercialización de con sometimiento pleno aa.i. la ley (…)”. PRIMERO.FIJAR los siguientes Finales de la Gasolina Especial Internacional, ella Diésel ización, por otra parte, reglamentar los aspectos de comercialización relacionados combustible final y solución N°la 27240 dePrecios 19/11/2020, en uso de las facultades por Ley del de Gas Natural por Redes quecalidad, dispone en el Articulo 65 (REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN). La Sistema de Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, laconferidas Ley de Hidrocarburos CONSIDERANDO: emisión oSuprema por razones de oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comprometido. II.yque NoRegulación procede revocación de oficio de los administrativos estables que adquieran prevé los aspectos de seguridad, transporte, almacenamiento y al comercialización de las gasolinas base empleadas para su mezcla con elactos Etanol Anhidro, serán reglamentados por el Oíl Internacional, Gasdeberá Natural Vehicular Internacional yEtanol sus correspondientes Diferenciales, aesta ser aMinisterio la Gasolina Base. Empresa Distribuidora proporcionar al Ente Regulador de manera periódica, en el formato y plazos Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, la Ley de Hidrocarburos esta calidad de conformidad a lo establecido en el presente Reglamento. La contravención de metido. II. No procede la revocación de oficio de los actos administrativos estables que adquieran N° 3058 de 17/05/2005 y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. las gasolinas base empleadas para su mezcla con el Anhidro, serán reglamentados por el de Hidrocarburos mediante Resolución Ministerial. CONSIDERANDO: aplicados por todas las Estaciones de Servicio a nivel nacional a medios de transporte con placa de establecidos por elconformidad Ente la siguiente -oLos volúmenes de Gas Natural recepcionados restricción obligará a lamencionado, autoridad delinformación: acto ilegal a del la superior jerárquica a revocarlo.”, el esta calidad de amediante lo emisora establecido en elMinisterial. presente Reglamento. La contravención deenesta N° 3058 de 17/05/2005 y normativa vigente, a nombre Estado Boliviano. Ministerio de Hidrocarburos Resolución Que al efecto, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías en cumplimiento de lo determinado la mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de 02 de“a) agosto 2021, modifica la RM 185-18, en lo circulación extranjera: yQue comercializados, diferenciados por categoría de Usuarios. - se Número deen Usuarios por cada Artículo 60 inciso el cuerpo legal, dispone que La será dispuesta por la misma restricción obligará amismo laúltimos autoridad emisora del acto ilegal o revocación a de la superior jerárquica a revocarlo.”, el Que, efecto ela)Ministerio de en cumplimiento degubernamentales loPRIMERO.determinado la antes citada Que laal Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, prevé que RESUELVE: antes citada Ley, yestos conforme aHidrocarburos, su atribución de dirigir políticas del sector, medique respecta a la descripción del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO Se modifica descripcategoría, número de eelinfraestructura de Distribución decomercialización Gas pordispuesta Redes construida y en autoridad administrativa que dictó acto, siempre que su competencia, olaResolu por la Artículo 60 inciso a)Ministerio elsu mismo cuerpo legal, dispone que “a) La por la misma norma, conforme ainstalaciones atribución de dirigir políticas delserá sector, Que, alyparámetro efecto el de Hidrocarburos, en cumplimiento de loNatural determinado en de la antes citada los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento yrevocación demediante las gasolinas base RESUELVE: Precio Final Diferencial Precios ante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 de octubre deconserve 2018, modificada aMinisterial través Resolución ción del “ѱ” establecido en la ecuación (2)Internacional delgubernamentales Anexo de la Resolución N° 130-18 de operación por Área Geográfica de Distribución. Producto autoridad administrativa superior competente.” autoridad administrativa que dictó el acto, siempre que conserve su competencia, o por la ción Ministerial N° 015-19 de 28 de enero de 2019 dispuso reglamentar la metodología para la deter norma, y conforme a su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, mediante Resoluempleadas para su mezcla con el Etanol Anhidro, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) PRIMERO.FIJAR siguientes Precios Finales de aprobar laN°Gasolina Especial Internacional, el 19 de octubre de 2018,los modificado por la Resolución Ministerial 185-18 31 de diciembre 2018, con Ministerial N° 185-18 de 31 deprecios diciembre de combustibles 2018, dispuso losde lineamientos parade determinar autoridad administrativa superior competente.” minación yInternacional, actualización de de los de finales resultantes de la mezcla de la Etanol ción Ministerial N° 015-19 dede28 de 2019 dispuso reglamentar lade metodología para determediante Resolución el siguiente texto: “ѱInternacional =Ministerial. Factor heterogeneidad tendrá como base un valor 0,001 para combustibles Diésel Oíldel Jet Fuel internacional y sus correspondientes Diferenciales, acon ser PRIMERO.FIJAR los siguientes Precios Finales de la Gasolina Especial Internacional, Gasolina Especial 8,68 4,94 el precio combustible líquido conenero octanaje 92, resultante de la mezcla del Etanol Anhidro Que, mediante Resolución Administrativa RA-ANH-DJ-UGJN Nº 0039/2022 de 23 de febrero de de 2022, se el CONSIDERANDO: Anhidro con Gasolinas Base, así como los aspectos de comercialización de los combustibles finales minación y actualización de precios de los combustibles finales resultantes de la mezcla Etanol finales con mezcla de etanol anhidro de octanaje 92. Dicho factor podrá ser establecido en cada periodo por aplicados por todas las su Estaciones de Servicio nacional a medios de transporte Oíl Internacional, Jet para Fuella internacional ynivel sus correspondientes Diferenciales, acon ser Gasolina Base como actualización, por otraa parte, reglamentar los de comercialaprueba la Estructura Organizacional Agencia Nacional de Hidrocarburos. Diesel Oíl Internacional 8,88 5,16 CONSIDERANDO: yDiésel las gasolinas base empleadas su mezcla con Etanol Anhidro. Que al efecto elasí Ministerio de Hidrocarburos yaspectos Energías, cumplimiento de loaspectos determinado en lafinales antes Anhidro con Base, así de como losyServicio deen comercialización de los combustibles el Ente Regulador conforme a condiciones del mercado mediante Resolución placa circulación extranjera: aplicados porGasolinas todas las de a nivel nacional medios de2019 transporte con Que la de Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2aAdministrativa”. de abril de dispuso: ización relacionados al combustible final ymezcla adirigir la Gasolina Base. citada norma, y conforme a Estaciones su atribución políticas gubernamentales del sector, mediante Resoy las gasolinas base empleadas para sude con Etanol Anhidro. Que, la Resolución Administrativa Nº 0141/2021, de 25 de agosto dede 2021, aprueba el “PRIMERO.Instruir a lasextranjera: Estaciones de Servicio deInternacional Combustibles Líquidos yMinisterial de Gas Natural Vehicuplaca de circulación Que la Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 dela 2Ministerial de abril 2019 dispuso: Que, elparágrafo numeral III del Artículo 3RA-ANH-DJ-UGJN del Anexo aprobado mediante Resolución N° 015-19 de Diferencial Precio Precio Final lución Ministerial N° 015-19 de 28 de enero de 2019 dispuso reglamentar metodología para la determiQue el III. del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución N° 130-18 de 19 de Producto “SISTEMA OCTANO VOLÚMENES PARA LAde ACTIVIDAD DISTRIBUCIÓN NATURAL POR Precio Final larGNV, hasta fecha 31 de diciembre la presente presenten unGAS informe elaborado 3 02 DE 3de la “PRIMERO.Instruir a las Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos yDiferencial de Gas Natural Vehicu28 de enero de 2019, señala que: será fijado yde publicado hasta el quinto día hábil mes Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 degestión, agosto de 2021, se modifica RM 185) con (Bs./m )N°cada (Bs./m nación yque actualización de precios los combustibles finales resultantes de la DE mezcla de Etanol Anhidro Que, el numeral III área, del 3de“El del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial 015-19 de octubre de 2018, señala elArtículo precio del Combustible Líquido Octanaje 92, resultante de lade mezcla del EtaREDES”. por profesionales del referido a las condiciones yFinal estados todos los circuitos la presente Estación Producto Internacional Precios Precio Diferencial larGNV, que hasta fecha 31 de diciembre la presente gestión, presenten un informe elaborado por el Ente Regulador mediante Resolución Administrativa aplicando establecido en el con Gasolinas Base, así como los aspectos de de comercialización dede los finales y de las gasolinas 18, en loenero que respecta a la descripción del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO PRIMERO.Se nol Anhidro con Gasolina Base, será fijado publicado hasta el quinto díacombustibles hábil de cada mes por el cada Ente Reg28 de de 2019, señala que: “Ely yserá fijado y de publicado hasta ello quinto día hábil mes Gas Natural Vehicular de Servicio, sistemas de aterramiento lade medición la resistencia máxima de cada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) 3,10 1,44 por profesionales del área, referido a las condiciones y estados de todos los circuitos de la Estación Producto Internacional Precios Anexo. El tendrá vigencia hasta la fecha su actualización”. base empleadas para su mezcla con Etanol Anhidro. ulador mediante Resolución Administrativa, elestablecido mismo que tendrá vigencia hasta la Anexo fecha de modifica la descripción del parámetro “ѱ” en la ecuación (2)Operación desu laactualización. Resolución por el Ente Regulador mediante Resolución Administrativa aplicando lodel establecido en el presente Internacional CONSIDERANDO: concordancia con lo establecido en los Reglamentos de Construcción y de Estaciones de deAnexo. Servicio, sistemas de19 aterramiento y la de la resistencia máxima de cada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) tendrá vigencia hasta lay fecha demedición su actualización”. Ministerial N° 130-18 de de octubre de 2018, modificado por la según Resolución Ministerial 185-18 Servicio deElEspecial Combustibles Líquidos Gas Natural Vehicular-GNV, corresponda, elN° cual deGasolina Internacional 8,68 concordancia con establecido en los Reglamentos de N° Construcción y Ministerial Operación Estaciones de SEGUNDO.FIJAR la alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional y4,94 consiguientemente Que, asiguiente través Resolución Ministerial 045-19 de 01 de abril de 2019, dispuso Que elposteriormente numeral III. lo del Artículo 3de del Anexo aprobado mediante Resolución N°de015-19 de 28 de CONSIDERANDO: de 31 diciembre de 2018, con el siguiente texto: “ѱ =Fuel Factor de heterogeneidad tendrá como base Que, elde Informe Técnico INF-TEC0006/2022, de fecha 04/01/2022, manifiesta propuesta berá ser actualizado anualmente. SEGUNDO.Instruir a las Estaciones Servicio decomo Combustibles Servicio de Combustibles Líquidos yUCSCN Gas Natural Vehicular-GNV, según corresponda, el cual deel Precio Pre-Terminal y eltravés Precio Máximo del8,68 Jet A-1 Internacional: aprobar la metodología de cálculo para la determinación del Precio Ex –de Refinería y Precio Pre – enero de 2019, señala que: “El DDTserá fijado yFinal publicado hasta el quinto día hábil deabril cada mes por elTer Ente Gasolina Especial Internacional 4,94 Que, posteriormente a de Resolución Ministerial N° 045-19 de 01 de de 2019, dispuso Líquidos y de Gas Natural VehicularGNV, la presentación de un informe elaborado por empresas de mejora que: “(…) para el control y análisis de los reportes enviados por los operadores de la actividad un valor de 0,001 para combustibles finales con mezcla de etanol anhidro de octanaje 92. Dicho Diesel Oíl Internacional 8,88 5,16 berá actualizado anualmente. SEGUNDO.Instruir alolas Estaciones Servicio de Combustibles minal de la Gasolina Base serAdministrativa utilizada su mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características Que aser través de la LeyResolución de Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 deEx abril depresente 2002, se establecieron las Regulador aplicando establecido en–de el Anexo. El tendrá aprobar lamediante metodología deacálculo para lapara determinación del Precio Refinería Precio Pre – Terespecializadas yGas con personal profesional referido ael las condiciones de infraestructura, de Distribuidoras de Gas Natural por Redes, se la necesidad implementar Sistema Octano factor podrá ser establecido en cada periodo por Ente Regulador conforme ayelcondiciones del Líquidos y la de Natural GNV, de un informe elaborado porintegridad empresas a. La del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional esde de Bs. 4,90/Lt. (Cuatro 90/100 normas que regulan la actividad administrativa ylaidentifica elpresentación procedimiento administrativo del sector público. técnicas de calidad difieran aactualización”. las de la Gasolina Especial. vigencia hasta laalícuota fecha de suVehicularDiesel Oíl Internacional 8,88 5,16 minal de Gasolina Base a ser utilizada mezcla con Etanol cuyas ymercado funcionamiento laspersonal estructuras civiles, para instalaciones y Anhidro, sanitarias hastacaracterísticas fecha 31 de Volúmenes Para la Actividad de Distribución desu Gas por Redes los siguientes mediante Resolución Administrativa”. especializadas yde con profesional referido a Natural lasmecánicas condiciones deconsiderando infraestructura, integridad Bolivianos por Litro). técnicasde dela calidad difieran a las de la deberá Gasolina Especial. diciembre presente gestión, el cual ser actualizado quinquenalmente.”, constituyéndose aspectos: La aplicación del Sistema Octano Volúmenes Para la Actividad de Distribución de Gas Natural yQue funcionamiento de estructuras civiles, instalaciones mecánicas sanitarias hasta fecha 31 de elposteriormente inciso c) Artículo 4 de citada Ley, determina como principio la actividad administrativa, entre b. El del Precio Pre-Terminal del Jet Fuel A-1Final Internacional es de Bs.de 7,05/Lt. (Siete 05/100 Que alas través delaResolución Ministerial N° 045-19 de 01de dey 2019, dispuso aprobar CONSIDERANDO: Precio Diferencial en unRedes acto administrativo egestión, carácter por debe ser de cumplimiento obligatorio para operadores de laabril actividad deconstituyéndose Distribuidoras otros, elparágrafo siguiente: “c) Principio de pleno alos la Ley: Administración Pública actos diciembre de laProducto presente cual deberá serPrecio actualizado quinquenalmente.”, laCONSIDERANDO: metodología de cálculo para la sometimiento determinación del ExLa – Refinería y Precio Pre –regirá Terminal de la Bolivianos por Litro). Que el III. del Artículo 3elgeneral. del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N°sus 130-18 Internacional Precio Diferencial Precio Final de Gas Natural por Redes, cumplimiento al Artículo 65, de fecha 14/05/2014 3 del Decreto Supremo 1996 3 con sometimiento pleno a la ley (…)”. en un acto administrativo een carácter general. Gasolina Base a ser utilizada para su mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características técnicas de calidad Que, a través de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de 2002, se esta c. El Precio Final del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 7,32/Lt. (Siete 32/100 Bolivianos (Bs./m ) (Bs./m ) de 19 de octubre de 2018, señala el precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de Que Informe INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16Internacional de noviembre de 2021 jurada), establece que “Si bienOctano existe Producto - Laelcarga y remisión de la información de reportes mensuales (declaración enPrecio el Sistema difieran las de la Especial. blecieron las normas que de regulan la actividad administrativa el procedimiento administrativo del por Litro). 3 los circuitos 3 día hábil mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base, será fijado hasta el quinto de lala necesidad de corroborar el correcto funcionamiento de de las estaciones de Volúmenes Para laGasolina Actividad de0115/2021 Distribución de Gas Natural por Redes, en abril cumplimiento ase la existe RAQue, aatravés de la Ley Procedimiento Administrativo 2341 deeléctrico 23 de de 2002, esta) N°y ypublicado (Bs./m )“Si bien (Bs./m CONSIDERANDO: Que el Informe INF-DDT-UAET de 16 de de 2021 establece que sector público. Gas Natural Vehicular Internacional 2,95 cada mes por elNº Ente Regulador mediante Resolución ellos mismo que tendrá servicio, sistemas de aterramiento y la25/08/2021, de lanoviembre resistencia de cada1,29 circuito en vigencia concorANH-DJ-UGJN 0141/2021 de fecha debe serAdministrativa, realizada según formatos ylas formas incluidos blecieron las normas que el regulan lamedición actividad administrativa ymáxima el procedimiento administrativo del la necesidad de corroborar correcto funcionamiento de los circuitos eléctrico de estaciones de CONSIDERANDO: TERCERO.Los precios fijados en los Artículos precedentes entrarán en vigencia a partir de las cero dancia con las normativas señaladas ut supra. En ese sentido,INF-DRE-UPTC yde de Distribución acuerdo al análisis no en lalafuncionalidad del sistema -Económica Losy operadores de lalaInforme Actividad de Gasrealizado Natural por hasta laNatural fecha de su actualización. sector público. Gas Vehicular Internacional 2,95 1,29 Que Dirección de Regulación a través del 0110/2022 de 04 de abril servicio, sistemas de aterramiento la medición de resistencia máxima de cada circuito en concorQue, elhoras incisodel c)efectuar del Artículo dede laalícuota citada Ley, determina como principio de laremitir actividad adminis -y (00:00) día jueves 034las de marzo decondiciones 2022. SEGUNDO.FIJAR la siguiente del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional y consicorrespondería que la verificación estas tengan que necesariamente ser atribuidas Redes, deberán todas adecuaciones en sus sistemas informáticos para la información de 2022, referente a la actualización del Precio del Combustible Líquido con Octanaje 92,Administración resultante de la dancia con las normativas señaladas ut supra. En ese sentido, y de acuerdo al análisis realizado no Que la Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0109/2022 de 04 de abril trativa, entre otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno a la Ley: La realizadas por los operadores, considerando que conforme a lo que señala la normativa vigente, estas guientemente el Precio Pre-Terminal y el en Precio Máximo Final del Jet Fuel A-1 Internacional: del movimiento de volúmenes comercializados, formas y formatos dispuestos por lalaAgencia Nacional de Que, el inciso c)Anhidro del Artículo 4 concluye: dedelaalícuota citada Ley, determina como principio de actividad adminismezcla deen Etanol con Gasolina Base – abril de 2022, el acápite 3. correspondiente concluye: CONSIDERANDO: 3Jet SEGUNDO.FIJAR lala siguiente del IEHD del Fuel A-1 Internacional y 15 consicorrespondería que la verificación estas condiciones tengan necesariamente ser atribuidas de 2022, elademás acápite pertinente “En cumplimiento aen lo establecido en la Leyal N° 1098 de dey Pública sus actos con sometimiento pleno a la ley yoque el valor de Aporte Fondo de CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs/m deben serregirá realizadas por Agencia Nacional de Hidrocarburos por terceros, siendo atribuible Hidrocarburos, de otorgar las facilidades requeridas a(…)”. este Ente Regulador sobre información para trativa, entre otros, Principio de pleno a la Ley: La Administración “En cumplimiento aoperadores, lo establecido en“c) lade Ley N° desometimiento 15 de septiembre de 2018, y no lasla Resoluciones Minrealizadas por considerando que conforme alínea lo de que señala la normativa vigente, estas septiembre de los 2018, yel lasiguiente: aplicación lacuenta determinada mediante Resolución Ministerial N° guientemente el Precio Pre-Terminal ymetodología el1098 Precio Máximo Final del Jet Fuel A-1 Internacional: Conversión (AFC) en 0,0205 Bs/m3. esta última a los operadores, tomando en que las tarifas supervisión realizadas por los opel cumplimiento de las tareas institucionales La interacción en será realizada mediante mecanismos La alícuota del del Jet Fuel A-1 Internacional es Bs. 4,24/Lt. (Cuatro isteriales de N° 130-18, 185-18 yIEHD 117-21 aprobadas el ley Ministerio de yno Energías, se aplicó Pública regirá sus actos con sometimiento pleno aHidrocarburos la (…)”. Que aa.través de la (Servicios Ley de Procedimiento Administrativo N°la2341 de 23 dede abril de 2002, se estadeben ser realizadas por la Agencia Nacional depor o Hidrocarburos por terceros, siendo atribuible 015-19, Resolución Ministerial N° 042-19 y Resolución Ministerial N° 045-19 aprobadas por el Ministerio de CONSIDERANDO: eradores en las etapas de renovación están orientadas a cubrir las supervisiones alos las instalaciones.” de interoperabilidad Web) definidos ycombustible dispuestos por ANH, a92, efecto que operadores de del la laHidrocarburos, metodología para cálculo delpor precio delcuenta con octanaje concluyéndose: El por precio 24/100 Bolivianos Litro). esta última aque: los tomando en que laspara tarifas de supervisión realizadas los openoperadores, el el presente informe realizó el cálculo la y sus actualización precio blecieron normas regulan la se actividad administrativa elanhidro procedimiento administrativo del Regístrese, publíquese yque archívese. a. las La alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,24/Lt. (Cuatro Concluyendo “es responsabilidad de lapor Agencia Nacional deydeterminación Hidrocarburos dentro de sus funcioActividad de Distribución de Gas Natural Redes, deberán adecuar e integrar sistemas adel la ANH, combustible líquido con octanaje 92, resultante de la mezcla de etanol es Bs/Lt (Cuatro 50/100 CONSIDERANDO: b. El Precio Pre-Terminal del Jet Fuel A-1 Internacional es4,50 de Bs. 6,39/Lt. (Seis eradores en las etapas de renovación están orientadas aInforme cubrir las supervisiones acomercialización, las instalaciones.” final del combustible líquido resultante de la mezcla de etanol anhidro conAdministrativa gasolina base 81, denominado Que, la Dirección de Regulación Económica, mediante INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 sector público. nes realizar la regulación, Control, Supervisión y Fiscalización a las actividades de 24/100 Bolivianos por Litro). en el plazo de 1 año calendario a partir de la publicación de la Resolución (los mecanismos Bolivianos por Litro), mismo queloincluye IVA. En cumplimiento al artículo 5 parágrafo III de+la RM 130-18, 39/100 Bolivianos por Litro). Concluyendo que: “es responsabilidad de la Agencia Nacional de Hidrocarburos dentro de sus funciocomo Gasolina Especial +. Por tanto, se concluye que: El precio de la Gasolina Especial es 3,74 Bs/Lt de enero de 2022, en el acápite pertinente concluye: “En cumplimiento a lo establecido en la Ley N° EsJet Conforme. Lade Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fue abrogada por revocatoria mediante interoperabilidad – de Servicios Web encuentran disponibles aInternacional partir INF-DRE-UPTC de larecurso fecha) teniendo un plazo de 30 b. El Precio Pre-Terminal delse Fuel A-1 es de Bs. 6,39/Lt. (Seis se aclara que para la realización delse cálculo utilizó la información oficial del precio del crudo del West Que, la 15 Dirección Regulación Económica, mediante Informe 0008/2022 de 05 c. Elc) Precio Final del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 nes realizar la regulación, Control, Supervisión yN° Fiscalización acumplimiento las actividades de comercialización, (Tres con 74/100 Bolivianos por Litro), que incluye En al artículo 5 administraparágrafo -III 1098 de de septiembre de 2018, ymismo la aplicación de laIVA. metodología determinada mediante Reso Resolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR 0190/190, motivo por el cual se deja funcionadías para presentar el cronograma de integración - determina El cargado masivo en formato CSV (valores separados Que el inciso del Artículo 4 de lapertinente citada Ley, como la actividad Texas Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts yabrogada para elprincipio precio del azúcar en el sin departamento 39/100 Bolivianos por Litro). de enero de 2022, en el acápite concluye: “En cumplimiento ade lo establecido en la N° La Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fue recurso revocatoria mediante de la RM 015-19, se aclara que para la realización del cálculo, se utilizó la información oficial del del Bolivianos por Litro). lución Ministerial N° 015-19, Resolución Ministerial N° 042-19 yaAgroambiental Resolución Ministerial N°precio 045-19 lidad acomas) la Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, ypor recomendando se EJECUTIVO emita elLey acto FDO: Ing. Germán Jiménez Terán…………….......................……………………...DIRECTOR a.i. por estará disponible de manera inmediata a el laInternacional publicación de presente resolución; mientras los de Santa Cruz, seDaniel utilizó la información remitida por Observatorio y Productivo dependitiva, entre otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno la Ley: La Administración Pública c. El Precio Final del Jet Fuel A-1 es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 1098 de 15 de septiembre de 2018, y la aplicación de la metodología determinada mediante ResoResolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR N° 0190/190, motivo por el cual se deja sin funcionacrudo del West Texas Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y para el precio del azúcar en el aprobadas por elActividad Ministerio deDistribución Hidrocarburos yGas Energías, en el Redes presente se realizó el cálculo administrativo correspondiente para dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC N°informe 0042/2019. FDO: Abg. Adolfo Soria Luna……………………………………................…………….DIRECTOR JURÍDICO a.i. operadores de la de de Natural por efectúan su integración mediante ente del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras”. En ese sentido, recomienda la emisión de la Resolución regirá sus actos con sometimiento pleno a la ley (…)”. Bolivianos por lución Ministerial N° Resolución Ministerial N° 042-19 y entrarán Resolución Ministerial N° 045-19 lidad alaladeterminación Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, ylíquido recomendando el acto departamento dede Santa Cruz seLitro). utilizó ladel información remitida por el Observatorio Agroambiental ypartir Producpara y015-19, actualización precio final del combustible resultante deemita la mezcla TERCERO.Los precios fijados en los Artículos precedentes en vigencia a de los mecanismos interoperabilidad (Servicios Web). Una vez culminado el plazo para la se adecuación de Administrativa correspondiente. aprobadas por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías, en el presente informe se realizó el cálculo administrativo correspondiente para dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019. tivo dependiente del Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras”. En ese sentido, recomiendan la emisión de de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como Gasolina Especial +. Por lo tanto, se las (00:00) horas del díaregulados, martes 04 de enero 2022. los cero sistemas informáticos de los se utilizará de de manera directa los Servicios Web de intercambiola CONSIDERANDO: para la determinación ypartir actualización del final del combustible líquido resultante depor la“De mezcla Resolución Administrativa correspondiente. Que elTANTO: informe legal DJ –lafijados UGJN 20 deBs/Lt diciembre de 2021 señala que: lode TERCERO.Los precios en los precio Artículos precedentes entrarán en vigencia a partir concluye que: El precio Gasolina Especial +de es 3,74 (Tres con 74/100 Bolivianos Litro), de información en línea ade del día0573/2021 siguiente hábil de cumplido el plazo de integración informática - Los POR de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como Gasolina Especial +. Por lo se desarrollado se evidencia que el fundamento por el cual, en su momento hizo necesaria la tanto, emisión mismo que incluye IVA. En cumplimiento al artículo 5 parágrafo III de3 ylase RM 015-19, se aclara que las cero (00:00) horas del día martes 04 de enero de 2022. reportes mensuales, consolidados automáticamente por el Bs./m Sistema Octano Volúmenes Para la CUARTO.FIJAR elserán Margen Minorista de GNV en 1,0247 el valor desiAporte al Que informe DJ UGJN 0573/2021 de 20 de diciembre de 2021 señala que: “De de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya no tiene validez actualmente, toda vez que bien es cierto concluye que: Ellegal precio de la Gasolina Especial + es 3,74 Bs/Lt (Tres 74/100 Bolivianos por Litro), POR TANTO: Que lael Dirección de Regulación Económica a través delel Informe INF-DRE-UPTC de 04lo para la realización del cálculo, se utilizó laBs./m3. información oficial del precio del crudo del West Texas El Director Ejecutivo a.i., de Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución SuActividad de Distribución de–la Gas Natural por Redes hasta siguiente díacon de la revisión y0071/2022 registro realizada Fondo de Conversión (AFC) en 0,0205 desarrollado se evidencia que el fundamento por cual, en su momento seRM hizo necesaria la emisión que es necesario verificar los mecanismos dede aterramiento, eldetalle: requerimiento de que dicha verificación mismo incluye IVA. En al artículo 5para parágrafo III de3 yla 015-19, se aclara Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y el precio del azúcar en eldedepartamento de marzo de 2022, referente acumplimiento laMinorista actualización del Precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, prema N° que 27240 de 19 deMargen noviembre de de 2020, en uso de las facultades atribuciones conferidas por la que Ley por el operador, debiendo ser reportados acuerdo alelsiguiente -yReporte mensual movimiento de CUARTO.FIJAR el GNV en 1,0247 Bs./m el valor de Aporte al de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya nolacon tiene toda vez que si bien es cierto corra por cuenta de los regulados mediante la contratación delos personal especializado, actualmente Elpara Director Ejecutivo a.i., de la debe Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución Sulade realización del cálculo, se utilizó información oficial del precio del del West de Santa Cruz se utilizó la información remitida por elde Observatorio Agroambiental ydías Productivo de del Sistema dela Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 28actualmente, de octubre de(15) 1994, lacrudo Ley N° 3058 de 17 de volúmenes comercializados, que ser registrado envalidez el plazo de primeros calendario de resultante de mezcla de Etanol Anhidro Gasolina Base –quince Marzo 2022, en el acápite 3.Texas corFondo Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. Regístrese, publíquese y archívese. que es verificar los mecanismos de elelrequerimiento de que dicha verificación no puede cumplirse, ello debido aa que el registro delas profesionales por de la ANH ha prema N° 27240 de 19 de“En noviembre de 2020, en uso de facultades yN° atribuciones conferidas por lasido Ley Intermediate publicada por S&P Global Platts yEn para precio del azúcar ende elseptiembre departamento pendiente del Ministerio de Desarrollo Rural y aterramiento, Tierras”. ese sentido, recomiendan la emisión de la mayo denecesario 2005, y(WTI) normativa vigente, nombre del Estado Boliviano; cada mes, de manera obligatoria, teniendo este carácter de declaración jurada - Laparte Declaración Jurada deberá respondiente concluye: cumplimiento aRAN-ANH-DJ lo en la Ley 1098 dela15 de corra por cuenta deutilizó los regulados mediante laestablecido contratación personal especializado, actualmente dejado sin efecto por la revocatoria dedigital) laremitida 009/2019, no laN° posibilidad del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28 dede octubre de existiendo 1994, Ley 3058 de 17de de de Santa Cruz se la información por el Observatorio Agroambiental y Productivo deResolución Administrativa correspondiente. ser firmada y cargada digitalmente (firma en el sistema conforme lo establecido en los lineamientos de 2018, ydelas Resoluciones Ministeriales deelrealicen N° 130-18, 185-18 y 117-21 aprobadas por el Ministerio Regístrese, publíquese y archívese. no puede cumplirse, ello debido a que registro de profesionales por parte de la ANH ha sido que profesionales acreditados por la ANH las verificaciones señaladas. Al margen de ello, Es Conforme. mayo 2005, y normativa vigente, nombre del Estado Boliviano; pendiente MinisterioElde Desarrollo Rural y Tierras”. En Declaración ese sentido,deberá recomiendan la emisión de la RESUELVE: la Ley 164 deldel 08/08/2011. documento físico impreso de dicha permanecer en custodia de Hidrocarburos y Energías, se aplicó la para el cálculo del precio del combustible dejado sin efecto por revocatoria deregular la metodología RAN-ANH-DJ 009/2019, existiendo la por posibilidad de las facultades de controlar, supervisar, y fiscalizar, incluyen la no plena potestad, parte del Resolución Administrativa correspondiente. POR de los TANTO: operadores de la la Actividad de Distribución Gas Natural por Redes por un lapso de 48 meses. La con octanaje 92, concluyéndose: El precio deldecombustible líquido con octanaje 92, resultante de ente regulador de medidas que sean necesarias para las condiciones estados que profesionales acreditados porserá la ANH realicen las verificaciones señaladas. Al margen de ello, Es Conforme. RESUELVE: FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………...DIRECTOR EJECUTIVO a.i. PRIMERO.DETERMINAR el precio del Combustible Líquido con Octanaje 92 resultante de laydigitales mezcla de implementación deadoptar la Firmalas Digital de carácter obligatorio en laverificar remisión de documentos a de todos los circuitos de las Estaciones de Servicio, sistemas de aterramiento y la medición de las facultades de controlar, supervisar, regular y fiscalizar, incluyen la plena potestad, por parte del la mezcla etanol esAgencia 4,50 Bs/Lt por Litro), mismo que incluye FDO: Abg. Adolfo JURÍDICO a.i.la Etanol Anhidro conSoria Gasolina en 4,50 Bs/Lt. (Cuatro con Bolivianos 50/100 Bolivianos por elResolución cual incluye ElPOR Director Ejecutivo a.i., deBase la Nacional de50/100 Hidrocarburos, designado mediante TANTO: partir de lade vigencia deanhidro la Luna………………………………………………….DIRECTOR presente resolución -(Cuatro El incumplimiento de lo estipulado en laLitro), presente resolución resistencia máxima de circuito, aspectos que sela deben ser valorados al momento de laaprobado ente regulador de adoptar las medidas sean necesarias para verificar condiciones yemisión estados en 3,74 Bs/Lt. (Tres con 74/100 Bolivianos PRIMERO.DETERMINAR el precio laque Gasolina Especial+ IVA. En cumplimiento al 5 parágrafo III de RM se Gas aclara que para la conferidas realización IVA. FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………...DIRECTOR EJECUTIVO a.i. Suprema N° 27240 decada 19artículo noviembre de 2020, en uso de130-18, las facultades ylas atribuciones será sancionado conforme elde Capitulo Xde del Reglamento de Distribución de Natural por Redes de autorización de construcción y licencia de operación respectiva, y en cada solicitud de renovación de todos los circuitos de las Estaciones de Servicio, sistemas de aterramiento y la medición de por Litro), el cual incluye IVA. FDO: Abg. Adolfo Soria Luna………………………………………………….DIRECTOR JURÍDICO a.i.la del se utilizó laa.i., información oficial del precio del crudo deldeWest Texas Intermediate mediante Decreto Supremo N° de fecha 14/05/2014.” por la Ley del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 28 de octubre de 1994, la(WTI) Ley Elcálculo Director Ejecutivo de1996 laloAgencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución de la 3058 licencia de operación, para la normativa prevéen la tasa regulatoria correspondiente, resistencia máxima de cada circuito, aspectos quevigente se deben valorados al momento la hasta emisión SEGUNDO.El27240 precio aprobado a cual de Disposición Resolutiva Primera, vigencia la N° de 17 de mayo de ytravés normativa vigente, nombre Estado Boliviano; publicada por S&P Global Platts yatribuciones para ellaprecio delauso azúcar el departamento de de Santa Cruz, Suprema N° de 19 2005, de noviembre de 2020, en de ser lasdel facultades y tendrá atribuciones conferidas no pudiéndose trasladar funciones y del ente regulador al regulado, por lo que al no existir de autorización de construcción y licencia de operación respectiva, y en cada solicitud de renovación fecha de su actualización. SEGUNDO.El precio aprobado a través de la Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia hasta la Que, el Informe Técnico concluye que: “Existe laAgroambiental necesidad dedeimplementar eldependiente Sistema por la referido Ley del Sistema Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de octubre de 0042/2019, 1994,Octano la Ley se utilizó la información remitida ella Observatorio y28 Productivo del justificativo algunode para lalopor existencia de Natural dichos informes la N° de la 3058 licencia de para cual normativa vigente prevédel la tasa regulatoria correspondiente, fecha de sutécnico actualización. Volúmenes para laoperación, actividad de Distribución de Gas por Redes, enRAR-ANH-DRC cumplimiento alde Resuelve Tercero RESUELVE: N° 17 de mayo de 2005, y normativa vigente, a nombre Estado Boliviano; Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras”. En ese sentido, recomienda la emisión la Resolución debe dejada sin efecto. El acto que nace a la vida mediante la lo emisión de existir una no pudiéndose trasladar funciones ente regulador al regulado, por que aprueba al no Regístrese, publíquese y archívese. de laser Resolución Administrativa R.Ayadministrativo, –atribuciones ANH - DJ- del UGJN Nº 0141/2021, de 25/08/2021 que el Administrativa correspondiente. manifestación de la voluntad de la administración que laDE emite, culmina suDE existencia mediante la justificativo técnico alguno para laPARA existencia de dichos informes la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, Regístrese, publíquese y archívese. “SISTEMA OCTANO VOLÚMENES LAGasolina ACTIVIDAD DISTRIBUCIÓN GAS NATURAL POR PRIMERO.DETERMINAR el que precio de la en 3,74 Bs/Lt. (Tres 74/100 Bolivia RESUELVE: extinción, laSU doctrina, entiende la administrativo, extinción espropone elEspecial+ “…retiro del campo jurídico por FDO: Ing. Germán Daniel Terán…………………………………….DIRECTOR EJECUTIVO debe ser dejada sin efecto. El acto que nace a la vida mediante la circunstancias emisión de una FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………….DIRECTOR EJECUTIVO REDES YLitro), MANUAL DEJiménez USUARIO”, por tanto se considerar los puntos detallados en a.i. ela.i. análisis nos por el cual incluye IVA. no consideradas ni la advertidas al de por emisión delamismo” (Marienhoff. Tratado de Derecho FDO: Dr. Magber Soria Luna…………………… …………………….DIRECTOR JURIDICO a.i. POR TANTO: manifestación de voluntad demomento la administración que emite, culmina su existencia mediante FDO: Dr.Adolfo Adolfo Magber Soria Luna…………………… …………………….DIRECTOR JURIDICO a.i. del presente informe. Toda la información remitida las Empresas Distribuidoras de (Tres Gas Natural por Redes,la PRIMERO.DETERMINAR elBuenos precio la Gasolina en 3,74 Bs/Lt. 74/100 BoliviaAdministrativo. Abeledo Perrot. Aires. 1993. T.Especial+ II. p.565), los Arts. 57 al 61 por del DScarácter N° 27113 extinción, la doctrina, entiende que la de extinción es el “…retiro del campo jurídico circunstancias al Sistema Octano Volúmenes para la través Actividad de Distribución de Gas Natural por Redes, tienen de SEGUNDO.El el precio aprobado a la Disposición Resolutiva Primera, vigencia nos por cual incluye IVA. regulan las Litro), condiciones y de causales para lade extinción del acto administrativo, el tendrá Artículo 59 dicha no consideradas ni advertidas al momento deNº emisión de mismo” (Marienhoff. Tratado dedeDerecho El Director Ejecutivo a.i., la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución declaración jurada, en amparo al Decreto Supremo 1996 de fecha 14/05/2014, aspecto que se encuentra en norma señala: (EXTINCION PORBuenos REVOCACION). I. La autoridad administrativa, de oficio, mediante Administrativo. Abeledo Perrot. Aires. 1993. T. II. p.565), los Arts. 57 al 61 del DS N° 27113 concordancia con las funciones de lapodrá Dirección de Distritos Técnica, aprobadas conyadministrativo Resolución Administrativa Suprema N° 27240 19 de noviembre dede 2020, en ouso de las facultades atribuciones conferidas hasta la fecha de sude actualización. SEGUNDO.El precio aprobado a través la Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia declaración unilateral de voluntad, revocar total parcialmente un acto por vicios regulan lasdel condiciones causales para la extinción acto administrativo, elser Artículo 59y de RA-ANH-DJ-UGJ N° 0184/2021, de fecha La del Declaración Jurada deberá cargada firmada por la Ley Sistema deysu Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28para de octubre de satisfacción 1994, ladicha Ley existentes al momento de emisión o26/10/2021. por razones deautoridad oportunidad la mejor norma señala: (EXTINCION POR REVOCACION). I.losLa de oficio, mediante digitalmente en de el sistema lo en lineamientos de la Ley 164 deldetermina 08/08/2011.” Regístrese, publíquese y archívese. N° 3058 17 mayo deconforme 2005, ypodrá normativa vigente, aparcialmente nombre deladministrativa, Estado Boliviano; del interés público comprometido.”, …establecido asimismo, el Art. 60. Inc. a) del N° 27113 quey hasta ladefecha de su de actualización. declaración unilateral revocar total oJurídica, unDS acto administrativo por vicios recomienda: “(…) Remitir el voluntad, presente informe a la Dirección para que realice el análisis legal y través laexistentes competencia para revocar de oficio un acto corresponde a la autoridad administrativa que dictó el momento de suse emisión o por razones de oportunidad para que la mejor de lasiempre Unidadalque emita la Resolución Administrativa Regulatoria apruebesatisfacción e instruya acto, quecorresponda conserve su competencia.”, recomendando dejar sindel efecto la 27113 RAR-ANH-DRC N° publíquese RESUELVE: del público … asimismo, Art. 60. Inc. a) determina que a Regístrese, losinterés operadores de lacomprometido.”, Actividad y dearchívese. Distribución de GaselNatural por Redes, el DS uso N° y aplicación del Sistema 0042/2019. la competencia para revocar oficio un acto corresponde a la autoridad administrativa que dictó FDO: Ing. Germán Daniel Terán…………………………………… DIRECTOR EJECUTIVO a.i. el Informático desarrollado paraJiménez el de propósito.”. PRIMERO.DETERMINAR elLuna…………………… precio del Combustible Líquido consinOctanaje resultantea.i. de la acto, siempre que conserve su competencia.”, recomendando dejar efecto la92 RAR-ANH-DRC N° FDO: Dr. Adolfo Magber Soria …………………….DIRECTOR JURIDICO Que mediante Resolución Suprema N° 27240 de 19 noviembre de 2020, se designó al Ing. Germán 0042/2019. mezcla de Etanol Anhidro con Base Bs/Lt. (Cuatro con“En 50/100 Bolivianos por Que, el Informe Legal DJUGJN N°Gasolina 0155/2022, deInterino 16en de4,50 marzo de 2022, concluye: mérito de lo expuesto FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………… DIRECTOR EJECUTIVO a.i. Daniel Jiménez Terán como Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. y conforme lo establecido en la normativa legal sujeta a análisis en el presente informe y lo establecido en Litro), el cual incluye IVA. FDO: Dr. Adolfo Magber Soria Luna…………………… …………………….DIRECTOR JURIDICO a.i. Que mediante Resolución N° 27240 de 19de noviembre dese 2020, se designó al Ing. Germán el Informe Técnico INF-TEC- Suprema DDT- UCSCN 0006/2022, 04/01/2022, recomienda aprobar el presente POR TANTO: Daniel Terán como Director Ejecutivo Interino deala Nacional de Hidrocarburos. InformeJiménez Legal yEl emitir la Resolución Administrativa losAgencia operadores dePrimera, la Actividad de Distribución SEGUNDO.precio aprobado a través deque la instruya Disposición Resolutiva tendrá vigencia de Gas Natural por Redes, el uso y aplicación del SISTEMA OCTANO VOLÚMENES PARA LA ACTIVIDAD Elhasta Director Ejecutivo a.i. de la Agencia Nacional de Hidrocarburos a nombre del Estado Boliviano y la fecha de suDE actualización. POR TANTO: DE DISTRIBUCIÓN GAS NATURAL PORpor REDES SU Sistema MANUALde DERegulación USUARIO, Sectorial aprobado mediante en ejercicio de las atribuciones conferidas la LeyY del Nº 1600 Resolución Administrativa R.A-ANH-DJ-UGJN Nº 0141/2021, de 25/08/2021.” de 28/10/1994, Ley de Hidrocarburos Nº 3058 de 17/05/2005 y demás normas legales sectoriales Regístrese, publíquese y de archívese. El Director Ejecutivo a.i. la Agencia Nacional de Hidrocarburos a nombre del Estado Boliviano y aplicables; CONSIDERANDO: en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley del Sistema de Regulación Sectorial Nº 1600 FDO: Ing. Germán Jiménez Terán………………………………….DIRECTOR EJECUTIVO a.i. de 28/10/1994, LeyDaniel de Hidrocarburos Nº 3058 de 17/05/2005 y demás normas legales sectoriales RESUELVE: Que, mediante Resolución N° 27240 de 19 de noviembre de 2020, se designó al Ing. German Daniel aplicables; FDO: Dr. Adolfo Magber Suprema Soria Luna…………………… …………………….DIRECTOR JURIDICO a.i. Jiménez DEJAR Terán como Ejecutivo interino de la Agencia Nacionalde de2Hidrocarburos. ÚNICO.SINDirector EFECTO la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019 de Abril de 2019. RESUELVE: POR TANTO: ÚNICO.- DEJAR SIN EFECTO la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019 de 2 de Abril de 2019. Regístrese, publíquese y archívese. El Director Ejecutivo Interino de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por Ley. Es conforme: Regístrese, publíquese y archívese. RESUELVE: Es Director conforme:Ejecutivo a.i. Firmado: Ing. German Daniel Jiménez Teran. PRIMERO.Instruir a losMagber operadores de Luna. la Actividad de Distribución Firmado: Abog. Adolfo Soria Director Jurídico de Gas Natural por Redes, el uso y aplicación del SISTEMA OCTANO VOLÚMENES PARA LA ACTIVIDAD DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL Ing. PORGerman REDES YDaniel SU MANUAL DETeran. USUARIO, aprobado mediante Firmado: Jiménez Director Ejecutivo a.i.Resolución Administrativa R.AANH-DJ-UGJN Nº Adolfo 0141/2021, de 25/08/2021. Firmado: Abog. Magber Soria Luna. Director Jurídico

SEGUNDO.- Instruir a los operadores de la Actividad de Distribución de Gas Natural por Redes, el registro de movimiento de producto de manera obligatoria, en el plazo de los quince (15) primeros días calendario de cada mes, teniendo en cuenta que el registro tiene el carácter de declaración jurada. TERCERO.- Instruir a los operadores de la Actividad de Distribución de Gas Natural por Redes que la Declaración Jurada deberá ser firmada y cargada digitalmente (con firma digital) en el sistema en los formatos y formas definidos en el sistema, conforme lo establecido en la Ley 164 del 08/08/2011. La implementación de la Firma Digital será de carácter obligatorio en la remisión de documentos digitales a partir de la vigencia de la presente resolución. CUARTO.- Los reportes mensuales, serán consolidados automáticamente por el Sistema Octano Volúmenes Para la Actividad de Distribución de Gas Natural por Redes hasta el siguiente día de la revisión y registró realizada por el operador. QUINTO.- Los operadores de la Actividad de Distribución de Gas Natural por Redes, deberán adecuar e integrar sus sistemas a la ANH con la finalidad de operativizar la interacción en línea mediante mecanismos de interoperabilidad (Servicios Web) definidos y dispuestos por la ANH, a tal efecto se les otorga el plazo de 1 año calendario a partir de la publicación de la presente Resolución Administrativa.

Que, mediante Resolución Suprema N° 27407 de 13 de enero de 2021, se designa a Brenda Lafuente Fernández, como Directora Ejecutiva Nacional de la AJAM.

SEXTO.- El cargado masivo en formato CSV (valores separados por comas) estará disponible de manera inmediata a la publicación de la presente resolución; mientras los operadores de la Actividad de Distribución de Gas Natural por Redes efectúan su integración mediante los mecanismos de interoperabilidad (Servicios Web). Regístrese, publíquese y archívese.

Que, a los efectos de dinamizar los trámites administrativos correspondientes a la contratación de personal eventual, así como la terminación del vínculo laboral, resulta pertinente la delegación de la suscripción de contratos y resoluciones de contrato.

Fdo. M.Sc. Adolfo Magber Soria Luna Director Jurídico a.i.

www.autoridadminera.gob.bo

Fdo. Ing. German Daniel Jimenez Terán Director Ejecutivo a.i.

Es conforme,


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www.ahoraelpueblo.bo

VIERNES / 29 / 04 / 2022

Economía El Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Federación de Asociaciones Municipales (FAM) acordaron ayer el desarrollo de reuniones previas para concretar una agenda de visitas a cada uno de los 341 municipios del país y socializar los avances del Censo 2022. “Se sostuvo una reunión entre el director ejecutivo del INE y los presidentes de todas las asociaciones de municipios, en la que se acordó llevar adelante un proceso de reuniones para socializar en cada uno de los departamentos los avances del Censo con todos los alcaldes del territorio nacional”, explicó Rodrigo Puerta, director ejecutivo de la FAM. La socialización se hará en todos los municipios de

Rodrigo Puerta

DIRECTOR EJECUTIVO de la FAM garantiza la socialización del censo en los 341 municipios del país.

A PARTIR DE LA PRÓXIMA SEMANA

El INE acuerda con la FAM socializar el Censo en todos los municipios del país Se va a informar el avance, además de generar “un espacio” para resolver posibles dudas, básicamente será un proceso de coordinación. los nueve departamentos para un proceso de coordinación en función del Censo. Se va a informar el avance y tener “un espacio para resolver posibles dudas, pero básicamente será un proceso de coordinación. “Hemos coordinado una agenda tentativa y estas reuniones de información y coordinación con los municipios del país se iniciarían la próxima semana (…) En el lapso de 20 días habríamos culminado todas ellas,”, informó. Por su parte, Humberto Arandia, director del INE, explicó ante la FAM cuán importante es desarrollar un proceso participativo para el Censo, puesto que entre los actores más importantes están los municipios. “Todo el proceso de socialización —en los nueve departamentos— con las 341 entidades autónomas va a ser coordinado de manera conjunta con la FAM a la cabeza de su presidente y de su director ejecutivo, haciendo un proceso inclusivo de carácter generalizado”, dijo.

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

Todas las preguntas de cualquier boleta censal tienen que basarse en estándares internacionales

Todas las preguntas de cualquier boleta, añadió, tienen que basarse en estándares internacionales que permitan la respuesta de de-

sarrollo sostenible. “La boleta censal no es un instrumento para una encuesta, para obtener variables que interesen a grupos específicos o

intereses políticos, es un instrumento de carácter ético para obtener datos útiles para la concreción de políticas públicas”, puntualizó.

// FOTO: APG

LA AUTORIDAD DE OBRAS PÚBLICAS LO POSESIONÓ

José Antonio Baldelomar es el nuevo viceministro de Transportes • Redacción Central

José Antonio Baldelomar Serrano fue posesionado ayer como nuevo viceministro de Transportes, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.

El ministro Montaño felicita a José Antonio Baldelomar por su nuevo cargo.

“Hermano José, el día de hoy (jueves) te damos el impulso, te damos una responsabilidad

grande para que Bolivia siga construyendo su economía (…) Es una oportunidad para que en este tiempo pueda realizar sus destrezas, su profesionalismo, su amor por la patria, en defensa de la democracia”, afirmó el ministro Édgar Montaño durante el acto de posesión. Montaño dio la bienvenida a la nueva autoridad y recalcó que es “una gran oportunidad” para aportar al país. “Bienvenido al equipo de re-

constructores de la democracia (…) Tenemos grandes retos que cada uno de nosotros estamos asumiendo responsablemente día a día, conocemos de su trayectoria y esperamos de su máximo esfuerzo para el progreso de nuestra patria”, agregó la autoridad. El nuevo viceministro de Trasportes, José Antonio Baldelomar Serrano, agradeció la confianza y se comprometió a trabajar para llevar una gestión transparente en favor del sector.


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Economía // FOTO: ABI

ANTE LA DESINFORMACIÓN

YPFB desmiente incremento de tarifas de gas en el chaco Se aclara que no hay ningún aumento de 300%, como señalan dirigentes cívicos en su afán de perjudicar. • Redacción Central

La estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) ratificó ayer que las tarifas del consumo de redes de gas a domicilio en la Región Autónoma del Gran Chaco se mantienen en Bs 8 como mínimo y oscilan dependiendo del consumo; situación que desmiente un supuesto incremento de 300%, como señalan dirigentes cívicos en su afán de desinformar a la población.

Emapa acopia granos de maíz hasta las 100 mil toneladas.

PARA GARANTIZAR LA PROVISIÓN

Empresa Emapa acopia maíz “día y noche” • Redacción Central

Desde la planta de Cuatro Cañadas, en el departamento de Santa Cruz, el responsable de este complejo indicó que la estatal Emapa recibe a los camiones con cargas de maíz las 24 horas y que el abastecimiento de este grano es normal a los productores pecuarios. GARANTÍA “Se está trabajando todo el mes de abril, 24/7, día y noche. Todos los días están llegando los camiones. Lo ha declarado ya nuestro gerente general (Franklin Flores), que se garantiza el abastecimiento para todos los productores”, dijo en contacto con Bolivia TV. La semana pasada, el ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, informó que Emapa

Se está trabajando todo el mes de abril, 24/7, día y noche. Todos los días están llegando los camiones”.

“Las tarifas de gas natural para todo el país están establecidas y enmarcadas en resoluciones administrativas de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) que como ente regulador aprobó para el servicio de distribución de gas natural”, afirmó Hugo Cruz, responsable de Redes de Gas de la Región Autóno-

a Bs 17,65; y cuando el consumo supera los 1,324 MPCS, la tarifa es de Bs 22,22. Cruz agregó que estos datos pueden ser corroborados de manera sencilla en los avisos de cobranza y facturas que son entregados a los usuarios para evidenciar el correcto cobro que hace YPFB, que mantiene los precios de la gestión 2015.

YPFB RATIFICA que las tarifas del consumo de redes de gas a domicilio en la Región Autónoma del Gran Chaco se mantienen en Bs 8 como mínimo.

// FOTO: ABI

La Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa) acopia maíz en sus silos “día y noche” para garantizar el abastecimiento de 100.000 toneladas (t) al sector pecuario y mantener estables los precios de las carnes de pollo, cerdo, huevo y leche.

ma del Gran Chaco, citado en un boletín de prensa. Esta situación no es diferente en la Región Autónoma del Gran Chaco, donde YPFB aplica la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR No. 0122/2015, que está vigente desde el 23 de marzo de 2015, tiempo en el cual YPFB no operaba en la región. “Con este antecedente, es pertinente desmentir la mala información en el Región Autónoma del Gran Chaco, que genera especulaciones sobre un supuesto incremento en la tarifa del gas natural a la categoría doméstica”, señaló el ejecutivo de la estatal petrolera. Ante especulaciones, se aclara que el gas natural por redes para la categoría doméstica tiene los siguientes precios: el consumo de 0 a 0,441 miles de pies cúbicos estándar (MPCS) la tarifa fija es de Bs 8; de 0,441 a 0,882 MPCS llega a Bs 17,07; de 0,882 a 1,324 MPCS alcanza

Franklin Flores Emapa

garantiza este año 211.500 t de trigo y 100.000 t de maíz para la seguridad alimentaria de las familias bolivianas. ACOPIO Mediante el acopio de trigo y maíz, la empresa garantiza la producción de harina, carnes de pollo y cerdo, huevo, leche a precio y peso justo en el mercado nacional. La tonelada de ese primer grano la compra a $us 390 y el quintal (qq) del segundo lo adquiere a Bs 100.

Una beneficiaria de la categoría doméstica de gas.


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Economía • Redacción Central

El incremento al mínimo nacional y al haber básico fue fijado responsablemente y sin poner en riesgo la sostenibilidad económica y la estabilidad social del país. Para incrementar el salario a los trabajadores bolivianos este año se analizó el contexto nacional e internacional; en el caso del primero, se consideraron los resultados de las políticas y de las medidas aplicadas desde noviembre de 2020 en el país. “Considerando estos aspectos, de manera responsable, sin poner en riesgo la sostenibilidad económica, sin poner en riesgo la estabilidad social que tenemos en el país, se ha determinado un incremento al salario”, afirmó ayer el viceministro de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, Zenón Mamani, en contacto con Patria Nueva. Indicó que se fijó un incremento salarial de 3% para el haber básico y 4% al mínimo nacional. El incremento del 4% al mínimo nacional significa que el salario sube de Bs 2.164 a Bs 2.250 desde el 1 de mayo y tiene carácter retroactivo, como en gestiones anteriores. Mientras que el aumento del 3% al haber básico sólo se aplicará a los sectores públicos de salud y educación. “Mucha gente se preguntará ¿por qué primero para estos sectores? (…) En 2020 y 2021, el sector salud ha estado de cara al pueblo y éste es un mecanismo de reposición del poder adquisitivo y un incentivo; también el sector educación (que) ha sido golpeado y paralizado”, sostuvo. Enfatizó en que se fijó un incremento salarial para salud y

UNA MEDIDA RESPONSABLE

El incremento salarial no pone en riesgo la sostenibilidad económica Nosotros hemos hecho como Gobierno nacional los cálculos y creemos que eso es lo razonable también en términos de justicia social”. Marcelo Montenegro Ministro de Economía

educación, considerando que los otros sectores públicos como la Policía, las Fuerzas Armadas, los ministerios, la Asamblea Legislativa, entre otros, deben seguir empujando la reactivación económica, en el marco de la política de austeridad. “En cambio, para el caso del sector privado, el empleador tiene que negociar sobre esta base del 3 por ciento; y negociará el empleador con sus trabajadores el incremento salarial”, dijo. Agregó que los municipios, go-

bernaciones y universidades, que tienen un carácter autonómico, definirán con sus trabajadores el incremento previa evaluación de su situación financiera, sin poner en riesgo sus inversiones. El diputado Omar Yujra sostuvo: “Saludamos esta medida de incremento salarial (…) creemos que es positiva porque genera un circulo virtuoso ya que se le da al trabajador mayores ingresos y una mayor capacidad de compra, no solamente en términos de reposición de la perdi-

da de poder adquisitivo —que es el tema de la inflación—, sino un porcentaje adicional que le representa al trabajador más dinero en el bolsillo y por tanto va a poder consumir mayores productos y este consumo de bienes y servicios permitirá un beneficio a la empresa privada, ya que va a vender más y va a tener más ingresos (…) por esto es que decimos que es un círculo virtuoso”. Sostuvo que habrá un mayor dinamismo en la economía, mayores ingresos para el traba-

Se trabajará en favor del desarrollo agr

Representantes de la COB y del Ministerio de Desarrollo Rural, ayer.

A partir del establecimiento de mesas productivas sectoriales entre el Gobierno y la Central Obrera Boliviana se concretó la firma de un acta donde se puntualizan acuerdos para fortalecer el trabajo coordinado en bien del desarrollo rural agropecuario del país. Se llegó a puntos de acuerdo donde se establece en primera instancia que se efectuará un ajuste al proyecto para justificar la construcción y localización del Centro Internacional de la Quinua.

Se determina que la elaboración de programas integrales establecidos por esta cartera de Estado debe ser consensuada con las organizaciones productivas para garantizar la sostenibilidad y posterior presentación para la gestión del financiamiento ante el Tesoro General de la Nación (TGN), estableciendo como plazo de presentación agosto de 2022. Para la atención y desarrollo de las cooperativas agro-

pecuaria deberá normati y Decret El M ayuda m la inver vés de lo que apr cursos ductivo mienda las orga vas para cio de lo


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ropecuario

as en el territorio, se tomar en cuenta las ivas vigentes (Ley 356 to Supremo 1995). MDRyT hará llegar una memoria a la COB de rsión efectuada a traos decretos supremos rueban y asignan repara programas proos. Además se recoa la coordinación con anizaciones productia el diseño y benefios programas.

// FOTO: ASUSS

jador, mayor liquidez y que las empresas puedan ganar más. No olvidemos que las utilidades de las empresas los últimos años se multiplicaron por más de cuatro veces (…) Todo esto ha generado también un efecto de redistribución en el país y ha permitido reducir la desigualdad, lo que está en el marco del Modelo Económico Social Comunitario Productivo, que se implementa desde 2006. Se debe tomar en cuenta que el salario mínimo nacional

Mesa de trabajo entre la ASUSS y la COB.

de este año, que es de Bs 2.250, en relación a 2005, cuando apenas llegaba a Bs 440, representa un incremento de más del 411%, lo que demuestra que se la ha dado un énfasis e importancia muy relevante a los ingresos de los trabajadores. La política salarial no sólo comprende un incremento por encima de la tasa de inflación para beneficio del trabajador, también toma en cuenta la sostenibilidad, la responsabilidad con la política fiscal, que no perjudique el empleo, que no perjudique los ingresos, que no merme la inversión en el país, destacó. “Cuando retornamos al Gobierno, en 2020, recibimos una economía quebrada y en recesión, con una tasa de desempleo cerca al 12%, una tasa de déficit fiscal de menos 12% y un decrecimiento de la economía de menos 11%, que prácticamente nos llevó al abismo (…) por lo que ante estas cifras hicimos un recorte en materia de gasto corriente, recortamos el presupuesto entre 15% y 20% y esos recursos los llevamos a la inversión publica, lo que nos ha permitido que el país vuelva a crecer. Entonces la política de austeridad está clara, no se están incrementando sueldos a las autoridades y se da prioridad a la salud y educación y sobre todo a los trabajadores, que es lo que nos interesa. En ese marco vamos a continuar trabajando porque es el camino para volver a la senda del crecimiento”, manifestó. Remarcó que, a “diferencia de lo que están diciendo algunos opinadores y la misma empresa privada, sobre que esta medida generaría inflación, debemos recordar que en 2013, incluso cuando lanzamos el segundo aguinaldo, venían las mismas visones agoreras (…) nos decían que se iban a cerrar empresas, que el

Se firma acuerdo en el sector salud El Ministerio de Salud y Deportes y la Comisión Social de la Central Obrera Boliviana (COB) firmaron ayer un acuerdo de más de 20 puntos que principalmente están enfocados en la mejora del sistema de salud y la seguridad social a corto plazo en el país, orientados a mejorar la atención de la población boliviana. “Hemos llegado a acuerdos tanto con los trabajadores en salud como con los trabajadores de Fensegural y todos los que

forman parte de la Comisión Social y estos puntos serán honrados y cumplidos. Saludamos la participación de nuestros dirigentes de la Comisión Social”, dijo el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza. Boris Villa, secretario de Seguridad Social de la COB, ponderó el rol que desempeñó la ASUSS en la solución de conflictos con respecto a las demandas de los trabajadores de la seguridad social. Resaltó además la predisposición de la ASUSS para llegar a

principios de entendimiento en los conflictos internos de la Caja Nacional de Salud (CNS). José Patiño, máxima autoridad de la ASUSS, informó que a la cabeza de la COB y del ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza Pinto, se terminó la labor de las mesas de trabajo que se conformaron para analizar los puntos del pliego petitorio de la COB que corresponden al sector salud, de esa manera se dan por concluidos los conflictos en el sector.

Firma de acuerdo entre la COB y el Ministro de Salud, ayer.

// FOTO: MIN. DE SALUD

// FOTO: PRESIDENCIA

Economía

desempleo va a subir, que no habría inversión, pero demostramos con resultados positivos que la aplicación de ese tipo de políticas salariales de redistribución del ingreso para mejorar las condiciones de vida, disminución de las desigualdades en la familia trabajadora hemos tenido mayor incremento de empresas, de inversión, una tasa baja de desempleo en la región (…) y bueno, estamos nuevamente encaminados en aquello y creemos que no nos equivocamos en el modelo económico”.

Montenegro: Esto es lo que la economía nacional puede soportar El ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, al referirse a la medida de incremento salarial, sostuvo: “Creemos que esto es lo que la economía nacional puede soportar (…) lo que puede aguantar y lo hacemos en términos de la justicia social que el programa del presidente Luis Arce, al ser candidato, lo propuso. Siempre en el Gobierno del MAS ha habido un incremento salarial”. “En 2020 no fue repuesto el poder de compra y en 2021 tampoco, son dos gestiones que no se ha hecho esta reposición, entonces se hace la reposición al poder de compra tanto del salario mínimo nacional como del haber básico y hay un incremento en términos residuales de mejora del salario del trabajador”, manifestó. Al referirse a las críticas del sector de los empresa-

rios, dijo: “Un aspecto que lo veo en algunos empresarios, no en todos (…) hay una dualidad, hay una incoherencia. Cuando hubo el problema de la Ley 386, el año pasado, el paro cívico, el presidente de los empresarios privados de Cochabamba se sumó al paro, no le importaba si afectaba a las ventas, la producción o las utilidades, entonces parece que para esas cosas hay financiamiento, hay plata, pero para éstas (incremento salarial) no hay. Entonces esa dualidad debe ser motivo de reflexión (…) tenemos que ser coherentes” “Nosotros hemos hecho como Gobierno nacional los cálculos y creemos que eso es lo razonable y también en términos de justicia social (…) lo que se tiene que haber repuesto por tener dos años sin incremento al haber básico y salario mínimo nacional”, agregó.


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Regiones EL HECHO OCURRIÓ EN RIBERALTA

Abogado del cívico Müller agrede a periodistas del canal Bolivia TV La Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia repudió el actuar que tuvo, además de agresión y amenazas contra los periodistas. // FOTO: CAPTURA BOLIVIA TV

• Redacción Central

Un equipo de prensa del canal estatal Bolivia TV fue agredido en Riberalta por Rolando Ferrufino, abogado defensor del dirigente cívico de esa ciudad Katriel Müller, mientras esperaban para realizar la cobertura de la reconstrucción de los hechos de violencia suscitados en noviembre de 2021 en ese municipio.

Momento de la agresión en contra de los periodistas de Bolivia TV.

Müller, quien es acusado de participar de los hechos violentos suscitados en noviembre de 2021 durante las movilizaciones en contra de la Ley 1386, actualmente afronta un proceso por la presunta comisión de delitos de lesiones graves y leves, asociación delictuosa, instigación pública a delinquir o estorbar en el ejercicio de la función pública.

El abogado penalista José Freddy Hazán repudió el hecho porque se coarta el derecho a la libertad de expresión impidiendo el trabajo de los medios de comunicación y recordó que en estos casos es el juez quien debe emitir una resolución para prohibir la grabación de la causa.

PRONUNCIAMIENTO Ante estas agresiones, la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Boli“El abogado defensor del via emitió un pronunciamiencívico, de manera prepotente, to mediante el cual “repudia de primeramente me dice que no manera contundente el acto de por el hecho de que sea perio- agresión y amenazas contra el dista yo iba a hacer lo que me equipo de prensa de Bolivia TV daba la gana. Le respondí: ‘No (BTV) Riberalta, acción cobarde te estoy grabando, estoy con que tiene como protagonista a la cámara en la mano, pero no un ‘profesional abogado’, cuanestoy grabando’, entonces, él do el compañero cumplía su laseguía insistiendo que yo es- bor de cobertura informativa taba grabando”, relató en la reconstrucción de Ademar Suárez, calos hechos violentos marógrafo de Bosuscitados en nolivia TV. viembre de 2020, “Le dice al en inmediaciopolicía —prones del mercado sigue su relacentral de la ciuto— que está dad de Riberalta ahí cerca tam- Beni”. bién, que lo La CSTPB tamRolando Ferrufino acompaña y que bién pidió la acción está cerca de mi perinmediata de la Policía, sona, y el policía me dice el Ministerio de Gobierno y el que me retire del lugar por- Ministerio Público para aplicar que me va a hacer arrestar y las sanciones correspondientes por último me iba a quitar y la intervención del Colegio de mi cámara, mi instrumento Abogados de Riberalta ante el de trabajo”. accionar de Ferrufino.

SE SUSPENDEN LAS MEDIDAS DE PRESIÓN EN LA PAZ

• Redacción Central

Tras varias horas de diálogo, el Gobierno nacional y la Gobernación de La Paz firmaron anoche un compromiso que garantiza la construcción del proyecto vial Botijlaca – Caquiaviri, finalizando así bloqueos protagonizados por comunarios en el centro de la urbe paceña. El ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Édgar Montaño, infor-

mó que el acuerdo indica que la Gobernación de La Paz garantiza el 15% de contraparte local y el Gobierno nacional el 85% para la construcción de la carretera Viacha - Charaña Tramo I: Botijlaca - Caquiaviri. “La Gobernación de La Paz acepta dar el 15% de contraparte local del costo total del proyecto, los hermanos de la provincia Pacajes garantizan que no cobrarán los costos por el derecho de vía y en caso de incumplimiento los costos serán asumidos por la Gobernación de La Paz”, indicó en conferencia de prensa.

La carretera cuenta con estudio a diseño final, falta el financiamiento y para iniciar necesitamos el convenio intergubernativo, que ahora se va a plasmar con esta acta de compromiso. Ahora, con el documento firmado, se da pie a que se pueda buscar el financiamiento, agregó la autoridad. Poco antes del encuentro, Montaño pidió al gobernador de La Paz, Santos Quispe, no confundir a las organizaciones sociales a las que dice que no existen recursos. “Es totalmente incorrecto y mentirosa esa aseveración”, dijo en una rueda de prensa.

// FOTO: OBRAS PÚBLICAS

Garantizan construcción de la carretera Botijlaca-Caquiaviri

El ministro Édgar Montaño con pobladores de Pacajes.


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Editorial

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Testigo tras testigo, se aclara el golpe de Añez

esde el inicio de esta semana, el juicio por el caso Golpe de Estado II ingresó en la fase de los testigos, donde tanto los convocados por la parte acusatoria como de los defendidos se aproximaron para brindar sus declaraciones, al menos aquellos que no tienen nada que ocultar. En esta etapa, como se vio a lo largo de la historia de la derecha, nuevamente se ven traiciones entre los que supuestamente eran aliados. Muchos de los que fueron convocados por la exsenadora decidieron no asistir a declarar, dejando sola y cada vez sin argumentos a la que también fue presidenta de facto. “Dios los bendiga y la historia los reconozca por acudir a testificar en este juicio ilegal e injusto, donde las mentiras y los cobardes pretenden condenar a una exmandataria por cumplir su responsabilidad con Bolivia. A los que no se presentaron, Dios y la historia los juzgarán”, publicó la exsenadora en su cuenta de Twitter. Y es que estas traiciones no son de ahora. Su propia hija dijo ya hace meses que traicionaron a su madre, lo que demuestra que entre opositores y dentro de la derecha no existen valores para apoyarse en los malos momentos. Sin embargo, cómo olvidar que disfrutaron cuando estuvieron en el gobierno, robando en las empresas del Estado, aprovechándose de los recursos del Estado y regando soberbia mientras estaban en el poder, un poder adquirido ilegalmente. Con los testigos que van declarando, la historia se hace cada vez más clara. Se conoce que el 10 de noviembre de 2019 ya se había decidido que Añez era la ficha para asumir el poder, incumplien-

do los reglamentos de la Asamblea Legislativa y la propia Constitución Política del Estado. La exministra Teresa Morales reveló que Samuel Doria Medina dijo claramente que si no se aprobaba que alguien de oposición asuma la conducción del país, se aplicaría el Plan B, refiriéndose a la exsenadora Añez. Los mismos testigos que tenían que declarar a favor de Añez aceptaron que no había quórum en el momento en que ésta se autoproclamó presidenta del Senado y posteriormente de Bolivia, sin cumplir procedimientos. Luego, el 11 y 12 de noviembre, se concretó este Plan B y es cuando se da el golpe mortal a la democracia boliviana, después de que los militares “aconsejaron” al entonces presidente Evo Morales renunciar y atentaron incluso en contra de su vida. Como dijo otro de los testigos: "¿Qué pruebas más se requieren para hablar de un golpe de Estado?", cuando fueron los militares quienes se amotinaron y pusieron la banda presidencial a Añez, un trabajo que debiera ser solamente de la Asamblea Legislativa Plurinacional. Los testimonios suman pruebas para comprobar que Añez incumplió los reglamentos y asumió irregularmente el poder, pero también, a medida que testifican, van restando apoyo a Añez, quien se ve cada vez más acorralada. Queda mucho hilo por tirar en esta historia, ya que Añez, si bien fue un instrumento de la derecha, no actuó sola y este juicio aclarará quiénes más estuvieron involucrados en los hechos de 2019.

Queda mucho hilo por tirar en esta historia, ya que Añez, si bien fue un instrumento de la derecha, no actuó sola y este juicio aclarará quiénes más estuvieron involucrados en los hechos de 2019.

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Tribuna La crisis alimentaria y nuestra Planta de Urea Danny Roca Jiménez

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l conflicto bélico entre Rusia y Ucrania sigue tensionando al mundo, no solo por la amenaza de uso de armas de destrucción masiva y crisis energética, sino también por la crisis alimentaria, ya que ambos países son conocidos como el granero de Europa. La restricción en la comercialización de fertilizantes obliga a que los productores lo obtengan a precios altos, incluso alcanzando los $us 1.000 la tonelada, por lo que tienen la necesidad de utilizar los mismos en productos priorizados, impactando de esta forma en su calidad y cantidad, generando así una contracción de la oferta de alimentos y un incremento de sus precios. Rusia es un país productor y exportador de diferentes materias primas, entre las que tenemos el petróleo y el gas, además de fertilizantes que concentran aproximadamente el 17% de la producción a nivel mundial, y parte de esta producción tiene como mercado destino los países de América Latina. Es así que la Balanza Comercial entre Brasil y Rusia la gestión 2021 fue deficitaria, es decir, las importaciones fueron mayores a las exportaciones y justamente esto se debió a la gran dependencia de fertilizantes que tiene Brasil.

En el caso boliviano, haciendo una retrospectiva del comportamiento del mercado de la urea, tenemos que la importación de urea alcanzó la gestión 2017 a 19,2 mil toneladas, de las cuales las provenientes de Rusia fueron 7.000 toneladas, luego de la puesta en marcha de la Planta de Urea, la importación total de las gestiones 2018 y 2019 alcanzaron a 6,8 y 3,5 mil toneladas, respectivamente; durante la gestión 2020 y casi nueve meses de 2021, la planta no estuvo en operación, por lo que la importación volvió a recuperar los niveles anteriores, gestión 2020, 19,2 mil toneladas (lo proveniente de Rusia fue 14 mil toneladas) y en 2021, 24 mil toneladas (la importación de Rusia 11 mil toneladas). En 2021, durante el gobierno del presidente Luis Arce, se hicieron todos los esfuerzos necesarios para poner en marcha nuevamente la planta, es así que en septiembre de 2021 volvió a funcionar, empezó a producir de nuevo, por lo que sustituyó las importaciones y se volvió a exportar, recuperando así los mercados perdidos durante la gestión 2020. ¿Pero qué está ocurriendo la gestión 2022 en Bolivia?, la producción de la Planta de Urea está asegurando la provisión de este fertilizante al mercado in-

terno, evitando que nuestros productores locales se enfrenten a precios volátiles y elevados, situación que apoya la seguridad y soberanía alimentaria del país, frente a la crisis alimentaria que amenaza al mundo. Asimismo, debido a la capacidad de producción de la planta que asciende aproximadamente a 2.100 TM/día, no solo se puede atender el mercado interno, sino también se tiene excedentes que están siendo exportados, situación que incrementa la generación de ingresos económicos y obtención de divisas. Por estos motivos, es importante asegurar mercados externos donde se pueda comercializar la urea, sean estos Brasil, Argentina, Uruguay, Paraguay, Perú, entre otros. Por tanto, la producción de urea boliviana evita que nuestra economía sufra las presiones externas de precios elevados y escasez, pero también brinda oportunidades en la generación de ingresos y divisas vía la exportación, lo que lo constituye en factor fundamental que coadyuvará con los objetivos macroeconómicos trazados por el Estado boliviano, alcanzar un crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) por encima del 5% para la gestión presente.

La crisis de la hegemonía del dólar Edwin Ulises Espinoza (*)

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ay un tipo de memes bastante común en el internet de estos tiempos. Un supuesto ignorante en economía dice que: “Si al país le hace falta dinero, la solución es imprimirlo”. Suponen los entendidos en economía, o más bien, los que creen ser entendidos, que eso es una idea tonta, digna de burlas. Pero, resulta que eso es precisamente lo que Estados Unidos lleva haciendo desde los “tratados” de Bretton Woods. Estados Unidos financia las operaciones de su gigantesco estado endeudándose con el mundo entero y luego imprimiendo dólares para pagar esas deudas, en un mecanismo de apropiación de riqueza ajena al cual solo los estadounidenses tienen derecho. Por esa razón, Estados Unidos se puede dar el lujo de tener el mayor déficit presupuestario del planeta (cerca de 3 millones de millones en 2020), la mayor deuda (aprox. $us 28 millones de millones), y el mayor déficit comercial ($us 651.000 millones), pues todo lo cubre con dólares salidos de una imprenta. Esto no es ninguna teoría conspirativa, el mismísimo presidente de la Reserva Federal estadounidense, Alan Greenspan, lo admitió en 2011. En palabras textuales de Greenspan: “Estados Unidos puede pagar cualquier deuda que tenga porque siempre podemos imprimir dinero”. Entonces, cabe preguntarse, ¿por qué aquella sobre impresión de dólares no genera inflación en Estados Unidos? ¿Por qué el valor del dólar estadounidense no cae hasta el infierno como el del sobre impreso bolívar venezolano? Pues la respuesta no es

DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria

Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco

otra que la posición de poder y privilegio que Estados Unidos exigió para sí al mundo al final de la Segunda Guerra Mundial. Estados Unidos es el único país del planeta que puede comprar sin necesidad de antes producir riqueza. Esto tiene sus bemoles que deben ser explicados, pues el mecanismo es más complejo que la simple impresión de billetes. Primero, tengamos en cuenta que todo lo que es demandado (deseado) tiene valor. Por tanto, Estados Unidos se encarga de que sus dólares sobre impresos sean obligatoriamente demandados por el mundo, para que tengan valor. Pero, para esto, necesita de la participación de los países subdesarrollados, pues estos con sus recursos naturales respaldan el valor del dólar. Desde luego, también necesita de los países desarrollados, pues estos con sus exportaciones de bienes industriales ponen en circulación los dólares impresos. Expliquemos estos dos aspectos: 1.- Los países subdesarrollados, pero ricos en recursos naturales (como el petróleo), sostienen el valor del dólar al respaldarlo con esos recursos. Entendamos este punto observando la siguiente secuencia: a) La reserva federal estadounidense imprime dólares y estos son prestados al Gobierno estadounidense. b) El Gobierno estadounidense, con estos dólares, sostiene su gigantesco aparato estatal, político y militar, paga a proveedores y empleados locales y realiza compras en el exterior.

PERIODISTAS Economía. Frank Ibañez Canedo, Jorge Habermann Solano Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Clayton Benavides Arteaga, Luis Fernando Cruz, Gabriela Ramos Seguridad. Wilfran Gonzalo Sánchez, Miriam Zenaida Chavez Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín, Jeovana Bernabé Bracamonte

Corrección. José Maria Paredes Ruiz, José Antonio Orellana Carpio, Ana Peñaranda Cueto Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo

2.- Los países industrializados están obligados a hacer circular los dólares que reciben por sus exportaciones Cuando ya los dólares impresos están circulando por el mundo, se activan mecanismos de reciclado que describimos en los siguientes puntos: a) Desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, Estados Unidos obliga a sus derrotados, Japón y Alemania, a adquirir sus bonos de deuda; expropiándolos así de una parte de sus excedentes económicos. Recordemos que, tanto Alemania como Japón, desplazaron a Estados Unidos como mayores exportadores del planeta, hace ya bastantes años. Como la moneda mundial es el dólar, Japón y Alemania acumulan enormes cantidades de dólares en reservas debido a sus enormes exportaciones. Pero luego, esos dólares terminan regresando a Estados Unidos, pues este entrega papeles de deuda a alemanes y japoneses y estos dan a cambio sus dólares. b) Estados Unidos tiene un gigantesco déficit comercial con China ($us 355.300 millones a 2021) que, se supondría, es una mala noticia para la economía estadounidense. Pero, si nos fijamos bien, ese déficit permite a EEUU imprimir aún más dólares, pues estos terminan en la economía China al recibirlos a cambio de lo que exporta a EEUU, generando así la necesaria demanda para los dólares sobreofertados, dándoles valor y evitando en consecuencia la inflación del dólar y, finalmente, posibilitando la continuación del modelo de dinero gratis para Estados Unidos *Economista. Profesor en Universidad de Guayaquil.

COMERCIAL Judith Fernández Paredes Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz Cel. 69491112 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribución. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Calle Potosí, esquina Ayacucho N° 1220. Zona central, La Paz, Teléfono: 2902587

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Orbe El expresidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva no tuvo las garantías legales durante los procesos penales en su contra por corrupción, los cuales fueron finalmente cancelados por parcialidad, ratificó el Comité de Derechos Humanos de la ONU. De acuerdo con esta comisión, se violaron las libertades de Lula a ser juzgado por un tribunal imparcial, así como su privacidad y sus derechos políticos, recuperados recientemente después de que las sentencias fueran anuladas. “Si bien los Estados tienen el deber de investigar y enjuiciar los actos de corrupción y de mantener informada a la población, especialmente cuando se trata de un exjefe de Estado, tales acciones deben llevarse a cabo de ma-

LULA DA SILVA lanzará su precandidatura presidencial el 7 de mayo, en un acto oficial del Partido de los Trabajadores (PT).

EN SU JUICIO NO SE RESPETÓ EL DEBIDO PROCESO

ONU ratifica que se vulneraron los derechos legales de Lula da Silva Aunque se anuló su condena “no fue suficiente” para reparar el daño causado. Se violó su derecho a la libertad, privacidad, juicio justo y otros. nera justa y respetar las garantías del debido proceso”, remarcó Arif Bulkan, miembro del comité, informó la agencia Europa Press. Lula, que parte como favorito para las elecciones de octubre de este año, fue investigado en 2016 dentro de la macrocausa Lava Jato, que destapó una trama de corrupción dentro del seno de la estatal Petrobras y varias constructoras privadas, entre ellas Odebrecht. El juez encargado de la causa fue Sergio Moro, que posteriormente se convirtió en Ministro de Justicia del actual presidente de Brasil, Jair Bolsonaro. Durante la investigación, Moro aprobó una solicitud del fiscal para intervenir los teléfonos de Lula, así como los de su familia y su abogado, y después filtró el contenido a la prensa, a la que informó también de una orden de detención contra él para interrogarlo antes de avisar al propio expresidente. “La conducta y otros actos públicos del entonces juez Moro violaron el derecho de Lula a ser juzgado por un tribunal im-

// FOTO: EL PAÍS DE ESPAÑA

• Télam / Agencias

El expresidente de Brasil junto a sus seguidores después de salir de prisión, en noviembre de 2019.

parcial, y las acciones y declaraciones del exjuez Moro y de los procuradores violaron el derecho de Lula a la presunción de inocencia”, añadió el informe, consignó la agencia Sputnik. ANTECEDENTES Moro condenó a Lula a nueve años de cárcel por presuntos delitos de corrupción en julio de

2017, y al año siguiente, en enero, una corte de apelación aumentó la pena a 12 años. En abril de 2018, Lula empezó a cumplir la condena de prisión cuando aún había recursos pendientes, y pocos meses después el Tribunal Superior Electoral anuló su candidatura a las elecciones presidenciales de octubre de ese año, para las que

partía como favorito, y en las que se impuso Bolsonaro. Sin embargo, ya en 2021 el Tribunal Supremo anuló la sentencia debido a la falta de competencias del tribunal de Curitiba que llevó el proceso, así como por la parcialidad en la que incurrió Moro, quien dirigió incluso la actuación de los fiscales durante la causa.

// FOTO: LA REPÚBLICA

LA NUEVA CARTA MAGNA INCLUIRÁ A PUEBLOS INDÍGENAS

Pedro Castillo: El Congreso no debe temer al cambio de la Constitución • Sputnik Mundo

El presidente de Perú, Pedro Castillo, afirmó que los miembros del Congreso no deben temer al proyecto de ley presentado por el Ejecutivo para cambiar de Constitución. “Muchos congresistas nos han llamado para responder positivamente a este proyecto que

hemos hecho llegar al Congreso de la República, para ver de qué manera en octubre próximo los ciudadanos ejercen su derecho a una consulta popular y no hay por qué tenerle temor”, dijo el mandatario en un acto público desde Ayacucho. El 25 de abril, el Ejecutivo presentó un proyecto de ley al Congreso para que se consulte a la población, en un referéndum que se realizaría en octubre, si desea que se convoque a una Asamblea

Constituyente para que redacte una nueva Constitución. Según el Ejecutivo, la eventual nueva carta magna sería inclusiva y participativa para los pueblos originarios. “No hay que tenerle temor para consultar al pueblo peruano, a los agricultores, a los afroperuanos, a los asháninkas, a las comunidades nativas, todos tenemos que ser tratados iguales. Que se escuche la voz del Perú profundo”, dijo Castillo.

El presidente de Perú durante su balance de gestión.


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VIERNES / 29 / 04 / 2022

A UN AÑO DEL PARO NACIONAL

Protestas regresan a las calles de Colombia

// FOTO: TELESUR

Orbe

Desde el 28 de abril hasta el 1 de mayo se llevarán a cabo 60 actividades, entre concentraciones y eventos. • RT

Los colombianos conmemoraron ayer el primer aniversario de las movilizaciones antigubernamentales nacionales, conocidas como paro nacional, que pusieron bajo la mirada internacional las denuncias de violación de los derechos humanos por parte de los agentes antidisturbios.

zación del proyecto y la salida del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla. Estas movilizaciones dieron pie a la exigencia de otras demandas como el acceso gratuito a la educación universitaria pública, la creación de una renta básica mensual para millones de familias afectadas por la crisis económica generada por la pandemia y la presencia integral del Estado en las regiones donde operan grupos armados ilegales.

63 MUERTES EN 2021 en las protestas, de las cuales 28 serían homicidios a manos de la fuerza pública, 10 habrían sido cometidos por “actores no estatales”, según la ONU.

// FOTO: TOMADE DE RT

Un año después no hay una cifra conclusiva sobre el número de fallecidos entre abril y junio de 2021, lapso del mayor número de movilizaciones. La versión oficial dice que fueron 29, pero las ONG apuntan a 80 personas asesinadas en ese contexto. Varias organizaciones sociales, estudiantiles, campesinas, indígenas y gremiales anunciaron que desde este 28 de abril hasta el 1 de mayo lle-

varán a cabo 60 actividades que contemplan concentraciones, manifestaciones, eventos culturales y ambientales en las ciudades de Bogotá, Medellín, Bucaramanga, Popayán y Cali, la capital del departamento del Valle del Cauca, que fue epicentro del descontento popular y de la represión policial durante el paro nacional. Previo a estas movilizaciones se registraron disturbios en la Universidad Nacional de Bogotá. Según un comunicado de las autoridades de la institución, 30 hombres de un grupo armado ingresaron al lugar y tomaron por la fuerza un edificio de aulas y manipularon explosivos. Tras estos hechos, cuatro personas resultaron heridas. El también llamado estallido social de 2021 comenzó en abril de ese año como una protesta en contra de una fallida reforma fiscal impulsada por el gobierno de Iván Duque, que dejó como saldo la parali-

Protestas en Bogotá el 29 de abril.

El presidente estadounidense, Joe Biden.

MÁS SANCIONES A EMPRESAS RUSAS

Biden pide 30.000 MM al Congreso para Ucrania • Telesur

El presidente de EEUU, Joe Biden, solicitó al Congreso este jueves que autorice más de 30.000 millones de dólares en lo que llama asistencia adicional de seguridad, economía y humanitaria para Ucrania.

La Casa Blanca dice que necesita que el Congreso apruebe un poco más de 20.000 millones de dólares en lo que denominan la asistencia de seguridad para Ucrania, incluidos 5.000 millones para armas y otra ayuda militar, unos 6.000 millones para la Iniciativa de Asistencia de Seguridad de Ucrania y otros 4.000 millones para el programa de financiamiento militar extranjero del Departamento de Estado. Durante su intervención este jueves, el presidente Biden se defendió y dijo: “No estamos atacando a Rusia”. No obstante, reconoció la ayuda militar concreta, la cual calificó de “gigantesca” que EEUU brindó a Kiev y describió las distintas formas. Por otra parte, Biden está pidiendo al Congreso que apruebe 8.500 millones de dólares más en asistencia económica para Ucrania y 3.000 millones más en asistencia humanitaria

La solicitud de financiamiento del Presidente es lo que creemos que se necesita para permitir el éxito de Ucrania durante los próximos cinco meses de esta guerra”. Funcionario Casa Blanca y fondos para la seguridad alimentaria, ya que la solicitud masiva es lo que la administración Biden dice que es necesario para ayudar al ejército de Ucrania frente a Rusia. “La solicitud de financiamiento del Presidente es lo que creemos que se necesita para permitir el éxito de Ucrania durante los próximos cinco meses de esta guerra”, había adelantado un funcionario de la Casa Blanca en declaraciones al periódico The Hill, especializado en temas legislativos.


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Últimas

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VIERNES / 29 / 04 / 2022 EDICTO DE NOTIFICACIÓN CONMINA AL PAGO DE MULTAS

// FOTO: ARCHIVO

La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes-ATT, en cumplimiento a lo dispuesto por el parágrafo VI del artículo 33 de la Ley N° 2341 y el artículo 42 del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 27113, pone en conocimiento de las personas jurídicas citadas a continuación, que al no haber sido impugnados los Actos Administrativos por los que se dispone la sanción de multa, estando los mismos firmes en sede administrativa, y ante el intento de notificación con la conminatoria de pago, sin que ésta haya podido ser efectuada; esta Autoridad CONMINA a los operadores y no regulados, a que, dentro de tercer día hábil después de publicado el presente edicto, PAGUEN los montos a continuación señalados, debiendo para tal efecto apersonarse ante la ATT para gestionar el pago, bajo advertencia de que de no hacer efectivo el mismo, se iniciará el proceso de Cobro Coactivo ante la autoridad judicial competente. FECHA DE NOTIFICACIÓN

MONTO

07/12/2020

UFV 1.750.(Multa)

13/12/2021

UFV 1.000.(Multa)

Juan Carlos ATT-DJ-RAR-TL LP 46/2022 Uzquiano 08/02/2022 Requena

16/02/2022

RADIO CENTRO EDUCATIVO INTEGRACIÓN

Jonny David Mamani Valle

ATT-DJ-RA S-TL LP 62/2021 19/08/2021

Bs1.846.758,93.(TFR) Bs1.715.890,45.(PRONTIS)

30/09/2021

Bs2.088.(Multa)

RADIO MÓVIL PALMA VERDE

Reynaldo Sarmiento Arnez

ATT-DJ-RA S-TL LP 42/2021 23/07/2021

30/09/2021

Bs10.440.(Multa)

EMPRESA COOPERATIVA DE TRANSPORTE “TRANS SUAREZ LTDA” SINDICATO DE TRANSPORTES DE PASAJEROS A NIVEL DEPARTAMENTAL Y NACIONAL “LA VELOZ DEL VALLE” INNOVATEL S.R.L.

REP. LEGAL ---

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RESOLUCIÓN SANCIONATORIA ATT-DJ-RA ODE-TR LP 265/2020 30/11/2020 ATT-DJ-RA S-TR LP 206/2021 06/12/2021

De conformidad con lo dispuesto por el parágrafo II del artículo 21 de la Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo, los términos y plazos comienzan a correr a partir del día siguiente hábil de la notificación y concluyen al final de la última hora del día de su vencimiento.

El Ministro de Salud estrecha la mano a David Santalla.

RECIBE ATENCIÓN DEL GOBIERNO

La salud de Santalla es estable, pero delicada • Redacción Central

El ministro de Salud, Jeyson Auza, afirmó que la salud del artista y comediante boliviano David Santalla, es estable tras sufrir complicaciones cardiacas y que por el momento no requiere de la asistencia de la Unidad de Terapia Intensiva. El informe fue proporcionado a los medios de comunicación, tras una visita de respaldo y preocupación del Gobierno nacional. “Tenemos que informar a la población boliviana que, gracias a la fortaleza de David Santalla, gracias al trabajo de nuestros profesionales, al trabajo integral que se ha realizado la salud de David Santalla está estable”, sostuvo. El comediante boliviano fue internado hace un par de días aquejado por problemas cardiacos, hipertensión, además que continúa enfrentando el cáncer que padece hace años. El Ministro de Salud reportó que por el momento, Santalla no necesita de terapia intensiva; sin embargo, requiere de mucho cuidado además de la

Gracias al trabajo de nuestros profesionales, al trabajo integral que se ha realizado, la salud de David Santalla está estable”. Jeyson Auza Ministro de Salud atención de los galenos, se verificó que se le suministre toda la atención y medicamentos que el Sistema Único de Salud le otorga gratuitamente. “Hemos venido a garantizar que todo el flujo de asistencia del SUS se cumpla; contentos porque David Santalla por el momento no necesite terapia intensiva, pero debemos informar que en caso que lo requiera él será trasladado al Hospital de convenio del SUS, Nuestra Señora de La Paz ,para recibir la atención que requiera”, complementó.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

El Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado El Ministerio de Relaciones del Estado Plurinacional Plurinacional de BoliviaExteriores expresa sus condolencias al de Viceministro Bolivia expresa sus condolencias al Viceministro de Comercio Exterior e Integración, de Comercio Exterior e Integración, Benjamínde Blanco Benjamín Blanco Ferri por el fallecimiento su padre:Ferri, por el sensible fallecimiento de su padre:

Benjamín Juan Juan Carlos Carlos Blanco Benjamín Blanco Quintanilla Quintanilla Q.E.P.D Con profundo pesar, la Cancillería de Bolivia, envía su Condeseo profundo pesar, la Cancillería de Bolivia, envía su deseo de paz y fortaleza a la familia doliente. de paz y fortaleza a la familia doliente. La Paz, 28de abril de 2022

La Paz, 28 de abril de 2022


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VIERNES / 29 / 04 / 2022

Tradicional Bazar de Pascua en Moscú, Rusia

L

a Pascua en Rusia invita a conocer sus antiguas tradiciones, como los huevos pintados a mano, durante el evento anual Bazar de Pascua de Nuestra Señora de Kazan, que este año se llevó a cabo el sábado 23 de abril en Moscú. Cientos de ciudadanos y turistas experimentan esta antigua celebración y prueban alimentos rusos como pierogi y borscht, pasteles, kulichi; también se deleitan con la artesanía popular rusa y la joyería.

// FOTOS: ANDINA

Redacción Central


VIERNES / 29 / 04 / 2022

PELÍCULA BOLIVIANA

‘El gran movimiento’ es favorita en Festival de cine de Argentina

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EX HI BI CIÓ N

n El festival exhibirá El Gra 30 a las Movimiento el sábado ral San 18.10 en el Centro Cultu Martín-Sala 1. todos los En La Paz se proyecta liviana. Bo ca ate em Cin la días en

Alrededor de 300 cortos y largos se exhiben en la 23 versión de la edición del Buenos Aires Internacional de Cine Independiente. • REDACCIÓN CENTRAL

El gran movimiento, segundo largometraje del realizador boliviano Kiro Russo, es una de las películas favoritas de la 23 versión de la edición del Buenos Aires Internacional de Cine Independiente (Bafici), que culmina este 1 de mayo. El Bafici es uno de los festivales de cine más importante de América Latina. Todos los años reúne las películas más destacadas de innovadores cineastas nacionales e internacionales y consolidado como una de las grandes propuestas culturales. La película El gran movimiento del realizador bolviano Kiro Russo se estrenará en el festival este 30 de abril y ya es uno de los filmes más recomendados por la prensa especializada argentina. El crítico de cine y periodista argentino Diego Rojas recomendó a la película boliviana por la alta calidad y galardones que recibió la cinta. “Lo novedoso del cine de Kiro Russo, con El gran movimiento da pie a la segunda parte de una trilogía minera, es el modo de narrar

y filmar al proletariado de las minas, alejado del cliché o del panfleto, sin que esto reduzca la fuerza política de la propuesta ni evada la concreción de una estética, por momentos, alucinada. Es un must del Bafici”, escribió en un artículo para el periódico Infobae. El periodista argentino Diego Brodersen también recomendó el filme boliviano en un artículo que escribió para Página 12. “A pesar de que esto recién empieza, puede anticiparse que El gran movimiento será uno de los puntos más altos de la competencia internacional baficesca”, añadió. El filme reencuentra a Elder y a dos de sus colegas tiempo después del cierre de la mina, recién llegados a La Paz luego de una extensa caminata y siempre en busca de algún trabajo. “A diferencia de Viejo calavera, rodada en un soporte digital prístino, el nuevo trabajo de Russo regala imágenes filmadas en 16mm, cuyo grano y colores imposibles de imitar en HD le aportan a la historia una cualidad única, por momentos alucinógena. Es una apuesta arriesgada, que pasa de un segmento observacional duro a un número musical de aires ochenteros”, agregó.

EN COCHABAMBA

Festival ‘Kuyuy’ busca reactivar la danza contemporánea • REDACCIÓN CENTRAL ‘Kuyuy’, que significa movimiento en quechua, es el festival de danza contemporánea que busca reactivar las artes vivas en Cochabamba. Este evento, conformado por presentaciones de compañías, proyección de video-danzas, conversatorios, talleres y otros ejercicios corporales, estará activado del jueves 05 al domingo 15 de mayo en varios espacios de la ciudad de Cochabamba.

La organizadora de ‘Kuyuy’, Malala Sanz, comenta que el objetivo es reactivar la movida artística local, nacional e internacional mediante la activación de espacios para presentaciones, conversatorios y encuentros de gestoras de estas disciplinas. “La idea también es generar una fuerza co-

lectiva para ver como con gestoras, creadoras y bailarinas se puede dar más movilidad a las artes vivas después del periodo de pandemia”, explica Sanz. La inauguración del festival se hará el martes 3 de mayo en ambientes de la Gobernación, ubicado en la plaza principal, con una pequeña muestra de las obras agendadas. Las actividades serán variadas durante los días de feria. Las muestras artísticas se desarrollarán en ambientes del proyecto mARTadero, para las personas que deseen acceder a abonos, existe la posibilidad de pagar Bs 70 por el acceso a dos obras y Bs 200 por el pase libre a todas las actividades del festival. Para reservas y compra de entradas, los interesados pueden comunicarse al número 78312002.


VIERNES / 29 / 04 / 2022

• REDACCIÓN CENTRAL

Los investigadores Carlos Ángel Huallpara Loza y Juan Carlos Patón develaron detalles ocultos sobre la Batalla de Guaqui y su importancia para la Revolución de Charcas. Los resultados de su trabajo fueron plasmados en los libros Antología de documentos sobre la Batalla de Guaqui y La Batalla de Guaqui: Antecedentes y repercusiones de una lucha por la idea de la libertad. Huallpara recordó que la Batalla de Guaqui representa la lucha de un proyecto por el cual las fuerzas auxiliares al mando de Juan José Castelli buscaron establecer una política sobre la base de la libertad para todos. “Fue Castelli quien habló de la igualdad entre todos los pueblos indígenas y de la participación activa de todos los americanos, ya que ellos son también dueños de su tierra”, dijo.

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EN DOS LIBROS

Investigación revela detalles inéditos de la Batalla de Guaqui Los textos narran los antecedentes y repercusiones de una lucha por la idea de la libertad y su relación con la Revolución de Charcas. La derrota de Guaqui significó el avance arrollador del ejército realista de Goyeneche en el norte peruano, el cual logró ocupar las provincias del norte buscando entrar a Buenos Aires y pacificar la capital virreinal, siendo detenido por Belgrano en la Batalla de Tucumán en 1812, agregó. DOS LIBROS Patón manifestó que el primer tomo del libro narra la reseña histórica de la investigación y el otro es una antología de datos importantes. “Hay un compromiso de la Embajada de Argentina de imprimir al menos 1.000 libros para su distribución gratuita en las unidades educativas y la población, si bien esto no está concretado esperamos que así se haga”, expresó Patón. El municipio de Guaqui está dividido en dos zonas, la A y la B de las 16 comunidades. “Este texto hace referencia al tema administrativo y el otro es hacia los hechos acontecidos”, añadió. Patón contó que con la investigación también se pretende formar un desarrollo local, turístico y cultural para formar rutas en las comunidades.

Fotos: Municipio de Guaqui

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SOBRE EL MUNICIPIO El municipio de Guaqui fue creado el 13 de noviembre de 1912. Tiene una extensión de 183 km2. Su geografía está compuesta por serranías y llanuras. El clima es frío. Tiene una población aproximada de 7.278 habitantes. Los atractivos turísticos más relevantes son la Iglesia Apóstol Santiago de Guaqui, el Museo del lago Titicaca-Guaqui y otros. Entre las actividades turísticas destaca el turismo cultural.

ESTE DOMINGO

• AGENCIAS

Después de un largo recorrido por festivales internacionales y de haber cosechado varios premios, la película Chaco, ópera prima de Diego Mondaca, se podrá ver en televisión abierta este 1 de Mayo por Bolivia TV a las 20.00. De esta manera, la película, que participó en los festivales de Rotterdam (IFFR), Bogotá (BIFF), Gijón (FICX), el de la American Film Institute (AFI) y de la Universidad Autónoma de Méxi-

co (Ficunam), se estrenará por primera vez en televisión. Chaco toma como punto de partida un hecho histórico: la guerra que enfrentó a Bolivia con Paraguay entre 1932 y 1935, conocida como la Guerra del Chaco. El filme se ubica en 1934 y cuenta la historia de un grupo de soldados bolivianos, en su mayoría aymaras y quechuas, que estaban bajo el mando del capitán Hans Kundt, un militar retirado del ejército alemán. Chaco es una coproducción entre Bolivia y Argentina de Color_Monster, Pasto Cine y Murillo Films que recibió

la ayuda de Ibermedia en esa modalidad en la Convocatoria 2016. La cinta ganó el premio a Mejor Película en el Festival de Cine de Gijón 2020 y fue nominada al Premio Futuro Brillante para la Mejor Primera Película en el Festival Internacional de Cine de Róterdam en 2020. La cinta, dirigida por Diego Mondaca, escrita en colaboración con César Díaz y Pilar Palomero, se estrenó el 29 de noviembre de 2020 en Bolivia y tuvo como actores principales a Mauricio Toledo, Raimundo Ramos, Fabián Arenillas y Fausto Castellón, entre otros.

FOTO// RRSS

Bolivia TV estrena la película boliviana ‘Chaco’ en homenaje al 1 de Mayo


AGENDA

Cultural

VIERNES / 29 / 04 / 2022

JAZZ PLAZA SAN FRANCISCO

ENTRETENIMIENTO CUENTACUENTOS

CONCIERTO

EN TONO PÚRPURA ( Relatos para adultos)

Porque abril es el mes de la celebración mundial del Jazz, en Bolivia se conmemora esta fiesta con grandes conciertos en varios departamentos. Este sábado 30 de abril será el mayor festejo en la plaza San Francisco desde las 17.00 hasta las 22.00. (Entrada liberada de costo)

El narrador oral Tincho Céspedes explora el intenso y diverso mundo de lo erótico. Con cuentos de Roland Topor y del propio narrador. Hoy y mañana a las 19.30 en el centro cultural El Gallinero, ubicado en la calle Juan Manuel Cáceres, N° 2136, entre las calles Jaimes Freyre y Jaime Zudañes, en la zona de Tembladerani, La Paz.

(Celebración Día Internacional del Jazz)

LA DANZA COMO LAS MATEMÁTICAS (Documental)

Hoy en el Día Internacional de la Danza se presentará el fragmento de un espectáculo de danza y la proyección del documental sobre los 30 años del Taller Experimental de Danza de la Universidad Católica Boliviana, bajo la dirección de Norma Quintana. El evento se desarrollará a partir de las 20.00 en el Patio del Centro Cultural de España, La Paz.

TEATRO NUNA

‘BODA SIN FIN’

JAVICHO SORIA

Zazie —de veintitantos años, soltera por pasión— no puede impedir la boda de su mejor amigo, al menos no la primera vez; pero entonces se da cuenta de que está atrapada en un bucle temporal y revive el día de la boda una y otra vez. Cinemateca Boliviana (Viernes de Cine Alemán 19.00. Precio Bs 20).

Es un espectáculo de comedia que junta las rutinas de Javicho Soria que sobrevivieron estos 10 años de hacer humor, con el comediante que contra todo pronóstico sigue entre nosotros y las personas que aguantan la pandemia como campeonas. Este sábado y domingo a partir de las 19.30.

‘LAS NIÑAS’

PERFORMANCE

El filme con el que la boliviana Daniela Cajías hizo historia llega a las salas. Celia, una niña de 11 años, conoce a Brisa, una compañera recién llegada de Barcelona, ella la empuja hacia una nueva etapa en su vida: la adolescencia. Todos los días 17.00. Bs 30. Cinemateca, Multicine y Cine Center.

CASA CULTURAL COMPA TR0NO

FUSIÓN TEATRAL

(Rock y teatro) Este sábado 30 de abril, por primera vez se fusionará el rock con el teatro en la casa cultural Compa Trono. El evento empezará a las 19.00, el lugar se encuentra ubicado a pocos pasos del mercado de Ciudad Satélite. Ref: 64041103.

‘EL GRAN MOVIMIENTO’

Una sinfonía de la ciudad en las alturas, la enfermedad de un trabajador, la pesadilla y su redención. Todos los días 15.00, 17.00 y 19.00. Bs 30. Cinemateca Boliviana.

En esta cinta veremos cómo el mundo mágico enfrenta una gran crisis, debido a que el poderoso mago oscuro Gellert Grindelwald entró en acción para apoderarse del mundo mágico. Cinemateca, Multicine y Cine Center.

CENTRO CULTURAL ESPAÑA

HUMOR

CINE

‘ANIMALES FANTÁSTICOS 3’

DANZA

JACH’A AKHULLI ‘EL PEQUEÑO NINJA’

Animación. Cuenta la historia de Álex, el pequeño ninja a cuadros al embarcarse en una frenética búsqueda del villano Phillip Eppermint, quien ha evadido una sentencia de prisión en Tailandia. (Cine Center, Cinebol y Multicine)

‘TORNADO’

Cuatro familias en una ciudad de Heartland se ponen a prueba en un solo día cuando golpea un tornado, obligando a cruzar caminos y redefiniendo el significado de supervivencia. (Multicine y Cine Center)

‘SONIC 2’

En la trama, Sonic une fuerzas con Tails para evitar que el Dr. Robotnik y Knuckles encuentren una poderosa esmeralda que tiene el poder de crear y destruir civilizaciones. (Cinebol, Multicine y Cine Center)

MUSEF

CENTRO CULTURAL DE ESPAÑA

(Conversatorio sobre sabiduría ancestral) El Akhulli será hoy a las 15.00 en el Auditorio del Museo de Etnografía y Folklore, calle Ingavi N° 916, esquina Jenaro Sanjinés; será transmitido en vivo por su página de Facebook: Ayllu Pacha Ajayu para todo el mundo. Entre los invitados estarán los especialista David Mendoza, Carla Lozano, Manuel Alvarado y Luis Gómez Limachi.

LITERATURA CENTRO CULTURAL BRASIL

LITERATURA DE RUBÉN FONSECA

(Reunión de análisis) Encuentro para los amantes de la literatura urbana en los cuentos del escritor Rubén Fonseca. El evento se desarrollará el sábado 30 de abril; más información e inscripciones en el enlace: https:// www.clubdelecturalapaz.com/l/cuentos-fonseca/


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// FOTO:SPORT

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Pochettino asegura que él y Mbappé se quedarán en el PSG • Ahora El Pueblo

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n la conferencia de prensa previa al partido de hoy ante Estrasburgo, el técnico Mauricio Pochettino consultado por las chances que tienen de quedarse tanto él como la joven figura del equipo Kylian Mbappé para la próxima temporada, con un gesto serio y amable, el santafesino respondió: “Hoy, un cien por ciento en ambos casos”.

“Es lo que realmente percibo y lo que siento. En esto del fútbol no sabemos lo que puede pasar. A la pregunta respondo lo que siento”, agregó. Pochettino atendió a los medios de comunicación de Francia luego de unos días convulsionados ya que pese a la obtención del título de la Ligue 1 se originaron muchos rumores en torno al futuro del equipo. Uno de los tantos era que el despido de Pochettino era “inminente” y que incluso el club ya estaba al tanto

de la indemnización (15,8 millones de dólares) que debería pagar si rescinde el contrato que todavía tiene un año más de vigencia. Las versiones sobre la continuidad del goleador Kylian Mbappé también son infinitas cuando restan dos meses para la finalización del contrato. En este sentido, Pochettino, además de presagiar la renovación del talentoso delantero francés, señaló que todo el equipo lo ayudará a terminar como el artillero del equipo.

// FOTO: RPP

Cristiano Ronaldo salva de otra caída al Manchester United Manchester United y Chelsea empataron 1-1 ayer en un duelo adelantado de la fecha 37 de la Premier League. El empate, que le sirve más al conjunto visitante, dejó al local aún con posibilidades matemáticas de clasificarse a la próxima Champions League, aunque ya no depende de sí mismo. Cristiano Ronaldo volvió a ser vital para su equipo. El cuadro londinense se puso en ventaja en Old Trafford en el complemento gracias al gol de Marcos Alonso y parecía que se quedaría con los tres puntos. Es que los Blues jugaban mejor, dominaban la pelota y prácticamente no sufrían atrás. Sin embargo,

un mal control en la salida le permitió a Nemanja Matic recuperar el balón en zona de peligro y lanzar un pase aéreo perfecto para la filtración del artillero portugués. Con la calidad que lo distingue, el delantero de 37 años dominó con su pierna derecha para matar el pique del esférico y desenfundó un potente remate que Édouard Mendy no pudo contener. En esa zona CR7 es letal y no perdonó al gritar el 1 a 1. El cuadro dirigido por Ralf Ragnick no tuvo una gran actuación pero al menos pudo sumar ante su gente en una jornada marcada por las protestas de los ultras del United, que ingresaron a las

gradas cuando ya iban 20 minutos de juego, en señal de protesta hacia los actuales dueños de la institución. Sobre el final se dio el debut del argentino Alejandro Garnacho, que ingresó en tiempo adicionado por Elanga. Con el empate, el equipo de Manchester quedó sexto en la tabla, en zona de clasificación a la Conference League, con 55 unidades y un partido más que el Tottenham, que tiene 58, y Arsenal, que marcha cuarto con 60 puntos. Los Gunners por ahora están quedándose con el boleto a la próxima Champions League, junto con Chelsea, 66, Liverpool, 79 y el líder City, con 80.

“Tras el logro colectivo, están los logros individuales. Todo el equipo apoyará para que Kylian termine goleador”, expresó. Mbappé tiene 22 goles y como competidores en la tabla de goleadores tiene a Martin Terrier, de Rennes, con 21 y con 20 a Wissam Ben Yedder, de Mónaco. El París Saint Germain abrirá la fecha 35 de la Ligue 1 del fútbol galo como visitante de Estrasburgo, uno de los cuatro partidos que restan para completar la temporada.


Deportivo

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// FOTOS: JEOVANA BERNABÉ

VIERNES / 29 / 04 / 2022

Áñez y Núñez ganan las primeras medallas de plata para Bolivia • Ahora El Pueblo

Los deportistas bolivianos María Celeste Áñez y Esteban Núñez sumaron las dos primeras medallas de plata en los III Juegos Sudamericanos de la Juventud Rosario 2022. Áñez ganó en taekwondo y Núñez lo hizo en natación. La taekwondista perdió en la final ante la brasileña María Eduarda Casagrande con una puntuación final de 13-0. “Vamos por más”, dijo Áñéz, quien practica ese deporte desde los cuatro años.

“Mis entrenamientos son exigentes”, añadió la deportista cruceña de 18 años. Sobre sus proyecciones afirmó: “Di lo mejor de mí, éste es el comienzo, seguiré entrenando, buscaré la medalla de oro y quiero llegar a los Juegos de París”. La segunda presea para Bolivia fue ganada por el nadador Esteban Núñez, quien subió al podio luego de llegar segundo en la prueba de 200 metros combinados, con un tiempo de 2 minutos, 8 segundos y 24 centésimas, la misma marca con la que viajó. El primer puesto fue para el brasile-

ño Stephan de Freitas con un registro de 02’04”93. En el tercer casillero se ubicó el brasileño Guilherme Gustavo Kanzler con 02’08”66. El boliviano de 18 años no ocultó su emoción a la hora de recibir el galardón y mostró la tricolor en señal de orgullo. Desde enero, el bañista radica en Estados Unidos, donde inició su trabajo con la intención de clasificar a los Juegos Olímpicos París 2024. “La meta son los Juegos Olímpicos, sé que el trabajo es arduo y con los pies en la tierra se puede lograr”, dijo el medallis-

Dellien cae ante Gasquet en el Estoril Open

La Copa Federación de Deportes Ecuestres se iniciará en Cochabamba

// FOTO: COB

E

l picadero del municipio cochabambino de Tarata será escenario de la primera Copa Federación de Deportes Ecuestres, que se iniciará el sábado 7 de mayo, con la participación de 20 binomios, que demostrarán sus habilidades en la prueba de Adiestramiento. El campeonato es parte del calendario hípico nacional, que se iniciará en Cochabamba el sábado 7 de mayo, al día siguiente se celebrará en Santa Cruz y una semana después en La Paz. La Federación Boliviana de Deportes Ecuestres (FBDE) una vez conocidos los resultados acumulativos enviará los premios a los vencedores. Las categorías convocadas son Futuros Campeones, Escuela Mayor y Menor, Fomento Deportivo, Preinfantil, Caballeros Novicios, Quinta, Infantil, Caballeros Serie I, Cuarta, Caballeros jóvenes II, Tercera, Segunda, Primera e Intermedia I.

“Las pruebas se desarrollarán de acuerdo a lo que estipula la convocatoria de la Federación para este concurso, los reglamentos vigentes de la FEI y las correcciones a la fecha”, dice la convocatoria. La Federación subrayó que cada Asociación se hará cargo de la or-

ganización sin restricciones, pero respetando la actual normativa. DEPARTAMENTAL Mañana, en el Centro Ecuestre Tunari Cochabamba, se desarrollará la segunda competencia departamental de adiestramiento en todas las categorías.

ta, quien practica este deporte desde los cuatro años. SELECCIÓN Una parte de la delegación boliviana ya comenzó su participación en los Juegos Sudamericanos, el otro grupo emprenderá viaje el lunes encabezado por la entrenadora Nemia Coca, quien está esperanzada de cosechar un buen número de preseas. Por su lado, el presidente de la Odesur, Camilo Pérez, calificó de positivo el inicio de los Juegos, destacó el nivel de competencia de los atletas de los países.

A pesar de dar una dura batalla, Hugo Dellien no pudo ayer con el francés Richard Gasquet al perder por 7-6 (5) y 6-2 en los octavos de final del Estoril Open, torneo de categoría ATP 250 en Portugal. El Estadio Millennium del Club de Tenis de Estoril recibió el primer encuentro entre ambos dentro del circuito profesional. El francés partía como favorito no sólo por tener un ligero mejor ranking que el boliviano (80° contra 85°), sino por su gran experiencia dentro del tenis, ya que en su mejor época llegó a ser el número siete del mundo. Fue un duelo parejo, en especial en el primer set en el que ambos se quebraron a dos saques. Por ello llegaron al tie break (muerte súbita) en el que ganó Gasquet, quien en la segunda cancha mostró su poderío para salir airoso del partido que se disputó por 2 horas y 10 minutos.


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VIERNES / 29 / 04 / 2022

// FOTOS: APG

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Guabirá y Nacional abren la fecha 12 del Apertura

// FOTO: GUABIRÁ

Guabirá y Nacional Potosí abrirán la fecha 12 del torneo Apertura de la División Profesional. El partido se disputará en el estadio Gilberto Parada, de Montero, desde las 15.00. Con nueve puntos en la tabla de posiciones de la serie A, el equipo montereño buscará sumar de a tres para salir de la última colocación. El cuadro local no contará con el delantero Kevin Mina, quien fue sometido a una intervención quirúrgica de la fractura que sufrió en la nariz en ocasión del partido contra Aurora el 17 de abril. En cambio, el entrenador de Guabirá, Mauricio Soria, podrá disponer del volante Diego Hoyos, quien ya cumplió con la sanción de un partido de suspensión por expulsión. El elenco rojo llega al compromiso con buen ánimo después del empate 0-0 con Oriente Petrolero en su última presentación. Entretanto, el rival que ya se encuentra en la ciudad de Santa Cruz encarará el duelo con plantilla completa, porque no tiene jugadores lesionados ni suspendidos. El plantel potosino, que comparte el tercer lugar del Grupo A con Universitario de Sucre y Oriente, cada uno con 15 unidades, enfrentará el encuentro con la misión de ganar para seguir en la zona de clasificación a los cuartos de final del torneo Apertura. El entrenador argentino Flavio Robatto no dio pistas de si hará o no cambios en el equipo titular con relación al onceno que presentó en la derrota ante Real Santa Cruz (2-3). Será árbitro del compromiso el chuquisaqueño Dilio Rodríguez, asistido desde las bandas por Williams Medina y Ceferino Bejarano.

Oriente Petrolero fracasa en la Copa Sudamericana • Redacción Central

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riente Petrolero perdió ante Junior de Barranquilla por 1-3 y quedó fuera de toda aspiración en la Copa Sudamericana. El partido del Grupo H se disputó anoche en el estadio ‘Tahuichi’ Aguilera de Santa Cruz. El equipo verdolaga sumó su tercera derrota consecutiva en el certamen copero, en los que jugó con altibajos y con jugadores de poca experiencia en este tipo de lides, que pesó a la hora de definir un compromiso. A pesar de que Orien-

te Petrolero mostró un fútbol vertical y explosivo, fue insuficiente para festejar su primer triunfo en el torneo, donde Junior (con siete puntos), Unión de Santa Fe (con cinco) y Fluminense (con cuatro) siguen en la pugna por el boleto a los octavos de final. En pocos minutos, Junior mostró la superioridad de sus delanteros ante los zagueros del elenco cruceño. A los 27’, Yesus Cabrera disparó de primera con ángulo cerrado ante una buena respuesta del arquero Wilson Quiñónez, quien impidió la caída de su arco. El elenco colombiano tuvo a su merced a la defensa del elenco albiverde hasta que llevó la pelota al costado izquierdo

con Omar Albornoz, quien hizo una diagonal corta y definió con un zurdazo impecable a los 36 minutos (1-0). El 1-1 llegó a los 51 minutos, a través de una jugada de pizarrón en un tiro libre indirecto y que finalizó con un disparo dentro del área de Luciano Guaycochea para vencer al guardameta Sebastián Viera, quien hasta esa jugada les ganó el duelo a los delanteros de local con sus buenas atajadas. El elenco de Barranquilla tenía una visión ofensiva y movía la pelota por todo el frente de ataque. En cambio, el equipo de Erwin Sánchez sin el espacio suficiente probó con remates desde fuera del área, con Daniel Rojas y Carlos Roca, que exigieron a Viera, pero su mayor problema fue la marcación. El segundo gol de Junior fue convertido a los 66’ por obra de Albornoz, que recogió un rebote de Quiñónez, luego de un zurdazo de Fredy Hinestroza, en primera instancia pifió el balón, pero se repuso y amplió la diferencia (2-1). El equipo albiverde siguió con la pisada en el acelerador, sin medir sus revoluciones y su atrevimiento fue devuelto con el 1-3, a los 97’, con gol de Hinestroza, quien definió con un remate de zurda desde fuera del área que hizo picar la pelota y descolocar a Quiñónez.


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VIERNES / 29 / 04 / 2022

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Wilstermann se estrelló en casa 1-3 Wilstermann

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ilstermann perdió ente Sao Paulo 1-3 en el estadio Félix Capriles, donde quedó fuera de la pelea por avanzar de ronda en la Copa Sudamericana. Tres partidos, dos derrotas y un empate que dejan como saldo preliminar una triste y pálida actuación en el certamen copero. Era el duelo a ganar para alentar remotas esperanzas, pero el bajo nivel de juego que expuso y con jugadores que no interpretaron la idea que propuso el entrenador se terminó por derrumbar la ilusión. Faltan tres partidos por jugar pero con esta caída el cuadro aviador selló su suerte de manera prematura porque ni el cambio de técnico fue la solución para mejorar el rendimiento individual y grupal, que también trasciende en el torneo local. El marcador se abrió con gol de Igor Gomes, a los 22 minutos, con una definición dentro del área, anticipándose a la reacción de los defensores, quienes no pudieron darle seguridad al arquero Bruno Poveda, de 18 años, cuyo debut internacional quedó marcado con una amarga derrota. Adolorido por el tanto en contra, el local reaccionó y en medio del desorden se fue con todo

33. Bruno Poveda 2. Maximiliano Ortiz 3. Santiago Echeverría 16. Ronny Montero 5. Robson Dos Santos (4. Francisco Rodríguez) 14. José Vargas (6. Carlos Áñez) 15. Cristhian Machado 8. Moisés Villarroel 10. Serginho 24. Humberto Osorio 25. Andrés Chávez (25. Ramiro Ballivián)

1. Tiago Volpi 2. Igor Vinícius 5. Robert Arboleda 16. Leo 6. Reinaldo 8. Luan (20. Andrés Colorado) 26. Igor Gomes 12. Alisson 21. Gabriel Sara (17. Marquinhos) 23. Eder 11. Luciano (7. Emiliano Rigoni)

DT:Sergio Migliaccio

DT: Rogério Ceni

GOL: Humberto Osorio 31’ (penal).

GOLES: Igor Gomes 23’, Reinaldo 64’ (penal) y Marquinhos 85’.

Ciudad: Cochabamba Estadio: Félix Capriles Árbitro: Carlos Ortega (Colombia) Asistentes: Jhon León y Dionisio Ruiz Público: 20 mil personas, aproximadamente

// FOTOS: APG

• Ahora El Pueblo

adelante en busca de la igualdad, que llegó a los 30 minutos de tiro penal, a través de Humberto Osorio, quien fue derribado dentro el área brasileña por Robert Arboleda y el árbitro colombiano Carlos Ortega sancionó la pena máxima. El cuadro visitante se reagrupó con éxito, recuperó el dominio de la pelota y las ocasiones de gol volvieron, pero el palo evitó a los 56’ el segundo tanto de la visita luego de un disparo de Emiliano Rigoni. La fortuna le dio la espalda al Rojo, porque el árbitro sancionó un penal a favor de Sao Paulo, a los 63’, que Reinaldo cambió para el 2-1. Bajo presión, el local caminó acompañado de inseguridades. A los 83’, el palo salvó a Wilstermann. Las líneas estaban fracturadas en su intento por igualar la cuenta, lo que aprovechó la visita, que con Marquinhos hizo temblar el arco. Dos minutos después de la acción, Marquinhos se tomó revancha y marcó el 3-1 definitivo. Con el gol quedó resuelto el partido como el futuro de los dos planteles.

Sao Paulo


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www.ahoraelpueblo.bo // FOTOS: JORGE MAMANI

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Deportivo • Ahora El Pueblo

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lways Ready resignó dos valiosas unidades en casa al empatar 2-2 con el equipo colombiano de Deportivo Cali, en partido del grupo E de la Copa Libertadores que se jugó anoche en el estadio Hernando Siles. El cuadro millonario amargó su noche al no poder sostener una ventaja de dos goles ante un rival, que mostró calidad y jerarquía. Estuvo cerca de llevarse un triunfo. El representativo alteño desde el arranque del cotejo buscó marcar la diferencia. Con buen fútbol, toques rápidos y velocidad dominó gran parte de la primera etapa. Con remates de media distancia y llegadas por las bandas inquietó el arco del elenco colombiano, que se defendió y apeló al contragolpe para generar peligro sobre el arco de Arnaldo Giménez. A los cinco minutos de iniciado el duelo, Marcos Riquelme puso en alerta al rival con un disparo alto en la puerta del arco. Bajo la batuta de Juan Carlos Arce, por derecha, y Gustavo Cristaldo, por izquierda, se armaron acciones ofensivas que crearon zozobra en la última línea de la visita. A los 22 minutos, Cristaldo sacó un zurdazo que pegó en el poste izquierdo del golero Guillermo De Amores. La agresividad no cesó y a los 35 minutos, Marcos Riquelme, de tiro penal, puso en ventaja a Always Ready. Jonathan Borja es derribado por Guillermo Burdisso y el árbitro Augusto Aragón sancionó la pena máxima. La reacción no tardó, Kevin Velasco remató y ‘Pipo’ Giménez (39’) salvó la caída de su arco. Always volvió al ataque y a los 42 minutos, en una espléndida jugada individual, Juan Carlos Arce se abrió un espacio y con un zapatazo marcó el 2-0. En tiempo de descuento (49’), Velasco descontó para Deportivo Cali de tiro penal, después que Sergio Adrián tocó fortuitamente la pelota con la mano dentro el área del local. En el complemento se volteó el libreto y fue el equipo colombiano el que generó las más claras situaciones de gol. A los 54’, Burdisso aprovechó una floja marca de la defensa del local y cacheteó la pelota que se escurrió de las manos de ‘Pipo’ Giménez para el tanto de la igualdad. La necesidad de ganar obligó a Always a buscar con todo el tanto del desnivel, que no llegó porque las acciones ofensivas estuvieron marcadas por el desorden y la desesperación. La visita tuvo en gran parte del periodo el control del balón y llegó con facilidad al arco del local, pero adoleció de puntería y definición para salir airosa del cotejo.

Always bajó la guardia y perdió dos puntos 2-2 Always Ready

Deportivo Cali

13. Arnaldo Giménez 4. Marc Enoumba 21. Alex Rambal 26. Nelson Cabrera 19. Jorge Enrique Flores 3. Alejandro Chumacero 17. Juan Carlos Arce 25. Jonathan Borja (23. Elkin Blanco) 10. Gustavo Cristaldo (16. Gustavo Torres) 29. Sergio Adrián 9. Marcos Riquelme

12. Guillermo de Amores 17. Aldair Gutiérrez 3. Guillermo Burdisso 4. José Caldera 32. Christian Mafla 7. Jhon Vásquez (18. Oscar Segura) 6. Edgard Camargo 24. Carlos Robles 23. Jimmy Congo (20. Teófilo Gutiérrez) 21. Kevin Velasco 9. Ángelo Rodríguez (13. Santiago Mosquera)

DT: Eduardo Villegas

DT: Rafael Dudamel

GOLES: Marcos Riquelme 34’ (penal) y Juan Carlos Arce 42’.

GOL: Kevin Velasco 49` y Guillermo Burdisso, 53’ .

Ciudad: La Paz Estadio: Hernando Siles Árbitro: Augusto Aragón (Ecuador) Asistentes: Christian Lescano y Byron Romero Público: 15 mil personas, aproximadamente.


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