Nueve aprehendidos en la intervención a Aduana de Oruro P.16-17
EDICIÓN DIGITAL
PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • SÁBADO 7 DE MAYO DE 2022 • AÑO 2 • NRO. 371 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • 40 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL
PRODUCTORES PRETENDEN ALARMAR A LA POBLACIÓN
Gobierno garantiza abastecimiento de maíz pese a ocultamiento y especulación El Viceministro de Producción Industrial dijo que esconden el producto en bodegas para lograr el incremento de precios de la carne de cerdo y de pollo.
Explosión en el hotel Saratoga de La Habana P.22
Parlamentarios piden juicio contra Tuto Quiroga, Mesa, Doria Medina, Camacho y Pumari
Cabildo cuestiona gestión de Arias y rechaza crédito de Bs 175 millones
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RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY
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// FOTO: GONZALO JALLASI
El uso del barbijo es obligatorio hasta que el 80% tenga el esquema completo
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Economía
HAY DENUNCIAS DE LOS PRODUCTORES ANTE EL GOBIERNO
Intermediarios ocultan el maíz y generan especulación y alarma en la población • Redacción Central
El viceministro de Producción Industrial a Mediana y Gran Escala, Luis Joshua Siles, denunció que se tienen datos sobre el ocultamiento del grano de maíz en bodegas, lo que genera escasez, especulación y alarma en la población, aunque se cuenta con medidas estratégicas para garantizar el abastecimiento interno. “No puede ser que haya gente que lucre con la alimentación de los bolivianos, no vamos a permitir esto”, declaró el Viceministro (en el programa Con aire fresco, de Patria Nueva). Anunció además que se desplegarán operativos de control en centros de abasto, centros de almacenamiento de grano de maíz en coordinación con el Viceministerio de Defensa de los Derechos del Usuario y del Consumidor y con el Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando.
Hay denuncias de los productores en el sentido de que existen intermediarios que están ocultando el maíz. Hay gente que sólo está pensando en sus bolsillos y está ocultando el maíz y está incrementando en demasía el precio de la carne (de pollo) y eso no puede ser, dijo el funcionario en una entrevista con La Razón radio. Expuso que el Estado Plurinacional de Bolivia cuenta con una economía fuerte de-
bido a dos aristas aplicadas por el Gobierno central. La primera medida responde al fortalecimiento de la moneda (boliviano), una segunda decisión consiste en la intervención de empresas estatales en la economía del pueblo boliviano, que genera una medida macro para la estabilidad, además del acopio del grano de maíz porque forma parte de la reserva estratégica de los bolivianos.
65 BOLIVIANOS es el precio con el que Emapa comercializa el quintal de maíz.
Los empresarios pueden importar maíz El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, manifestó que la importación de maíz no está prohibida, sólo se deben cumplir las medidas fitosanitarias. Dijo que desde hace varios años los empresarios privados importan el producto, el año pasado compraron de Argentina 24 mil toneladas, y en lo que va del año ya trajeron 2 mil. Pidió a la Asociación de Productores de Oleaginosas y Trigo (Ana-
po) y a la Cámara Agropecuaria del Oriente (CAO) ponerse de acuerdo para la provisión de maíz, tomando en cuenta que enviaron notas: una solicitando que no se importe el producto y otra que se libere la importación, respectivamente. “Anapo pide que no se importe maíz, sin embargo, la CAO pide que se libere la importación, en ese sentido nosotros pedimos que se pongan de acuerdo los asociados para ver cómo podemos garantizar el abas-
tecimiento del maíz a la población boliviana. Nosotros como Gobierno nacional y por la información que tenemos registrada de importación en Aduana, prácticamente este año, por ejemplo, hasta el mes de abril, han estado importando cerca de 2.000 toneladas el sector privado; en ese esfuerzo, quiero decir que la importación del maíz no está prohibida siempre y cuando cumplan con las medidas fitosanitarias y otros requisitos que exige Senasag”, explicó.
Detalló que también el Estado subvenciona el combustibles, desarrolla capacitación técnica a los productores, se dota con créditos sin interés, Emapa adquiere el maíz esta gestión en un precio de Bs 100 el quintal y entrega al sector porcinocultor a Bs 65, además se dota con la cascarilla de soya. Instó a la población a no dejarse engañar en el momento de adquirir carne de pollo o de cerdo porque no hay razo-
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nes para el agio y la especulación en los precios. Por su parte, el ministro de Desarrollo Productivo, Néstor Huanca, exhortó a la población a no dejarse sorprender ante el posible incremento de precio de la carne de pollo y de cerdo, tomando en cuenta que el Gobierno nacional garantiza el abastecimiento de maíz para la venta de esos productos. “Quiero ratificar y comunicar a la población boliviana, a las amas de casa que consumen estos productos, no tener mayores preocupaciones y no dejarse sorprender por las versiones que buscan confundir a la población boliviana, en el sentido de que el precio de la carne de pollo y cerdo estaría subiendo. En este momento, el mercado está prácticamente abastecido”, aseguró. Destacó que el Gobierno nacional en reguardo de la seguridad y de la soberanía alimentaria cumple con la provisión de maíz al sector pecuario nacional, en este caso al sector avícola, porcinocultor y lechero, para la provisión de estos alimentos a precio justo a la población.
100 MIL TONELADAS de maíz serán acopiadas por Emapa para la gestión 2022.
El ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural, Néstor Huanca, informó ayer que la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa) acelera el proceso de acopio de maíz para garantizar el abastecimiento de ese grano para el sector pecuario para la producción de alimentos a precio justo. “Estamos avanzando en este proceso de acopio y abastecimiento del maíz a través de la estatal Emapa. Queremos ratificar el esfuerzo necesario que tenemos que hacer como Gobierno nacional para acopiar suficiente maíz para abastecer este producto a nuestros hermanos pecuarios, avicultores y porc i no c u ltore s”, dijo la autoridad en una conferencia de prensa. Sostuvo que Emapa hace un “acopio acelerado”, dijo que hasta el momento alcanzó a una provisión de 18.396 toneladas, en la última semana. “Hasta el próximo viernes nosotros tenemos estimado que vamos a llegar a acopiar alrededor de 30.000 toneladas, eso en los silos de San Julián, Cabezas y Cuatro Cañadas”, precisó. Aseguró que Emapa está abasteciendo de maíz a pequeños y medianos productores, tomando en cuenta
que desde los silos están saliendo entre 30 a 40 camiones de maíz para dirigirse a Cochabamba, Tarija, Chuquisaca y Santa Cruz, entre otras regiones del país “para abastecer con maíz que Emapa está acopiando”. Indicó que Emapa desarrolla varios esfuerzos para abastecer de maíz a los sectores productivos avícola y porcinocultor para que garanticen la producción de carne de pollo y cerdo a precio justo. “Como Gobierno nacional, a diferencia del año pasado, hemos establecido un precio de acopio de Bs 100 el quintal para la presente gestión, cuando el año pasado comprábamos el quintal en Bs 69. Imagínense, éste es un gran incentivo para que nuestros productores agropecuarios tengan la posibilidad de vender el maíz que han producido en esta campaña a la estatal Emapa”, sostuvo. Dijo que la proyección de Emapa en esta campaña agrícola es acopiar más de 100.000 toneladas de maíz, además indicó que se prevé que en esta gestión la empresa estatal pueda sembrar 10.000 hectáreas para cosechar alrededor de 40.000 toneladas de ese grano.
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Gobierno anuncia control contra el agio
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Se insta a la población a no dejarse engañar en el momento de adquirir carne de pollo o de cerdo porque no hay razones para el agio y especulación en los precios”.
Aceleran el acopio para la provisión a los pecuarios
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El Gobierno ejecutará operativos de control para evitar que intermediarios y personas inescrupulosas oculten el maíz y lo comercialicen a un precio mayor, con el fin de que en los centros de abasto no se genere especulación ni agio en el costo de la carne de pollo, cerdo, leche y huevo. “Este trabajo será coordinado con el Viceministerio de Lucha contra el Contrabando y el Viceministerio de Defensa del Consumidor porque no se puede permitir que se atente contra el bolsillo de las amas de casa, informó el viceministro de Producción Industrial a Mediana y Gran Escala, Luis Siles, a medios televisivos. “No se pude aceptar que gente inescrupulosa lucre con la alimentación de los bolivianos, como Estado estamos haciendo un gran sacrificio
subvencionando la reserva estratégica. Lo que haremos es inspeccionar desde el fin de semana para evitar esta situación”, afirmó el Viceministro. Siles manifestó que los avicultores entregan a los mayoristas el producto (pollo) a Bs 11,60 y en los mercados se comercializa a Bs 14 o Bs 15, hecho que no se puede permitir. Similar situación pasa en los lugares de producción, como en Santa Cruz, donde se oculta el maíz. Siles recomendó a la población boliviana no dejarse sorprender por este tipo de incrementos injustificados, toda vez que el Gobierno está haciendo su trabajo de garantizar la provisión del maíz en todo el país para que la carne de pollo y cerdo sea adquirida a precios justos y no elevados.
Las acciones del Ejecutivo para la reserva y entrega de maíz El Gobierno, a través de Emapa, acopia 100 mil toneladas de maíz y se prevé llegar a las 120 mil toneladas.
el sector pecuario de Adepor, Amupor, ADA y productores independientes para asegurar la provisión de maíz.
Emapa compra a los productores a un precio de Bs 100 el quintal y lo vende a Bs 65.
Se convino con pequeños y medianos productores incrementar por mes la provisión de maíz de 30 toneladas a 45 toneladas para el sector porcinocultor y hasta 58 toneladas a los avicultores.
El Gobierno subvenciona el precio del quintal de maíz para favorecer a los productores pecuarios y evitar el agio y la especulación de precios de los alimentos principales para la canasta familiar, como carne de pollo y leche. Se organizaron reuniones con
Se garantizó la provisión de maíz a más de 93 productores y de acuerdo a la demanda se amplía esto a otros grandes productores.
Emapa despacha de sus depósitos más de 40 camiones al día. No está prohibida la importación de maíz, pero el requisito es contar con el trámite ante el Senasag. Se anuncia la construcción de nuevos silos para incrementar la capacidad. Se está sembrando maíz y trigo para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria de las bolivianas y bolivianos. En 2021 se había sembrado maíz en una superficie
aproximada de 400.000 hectáreas y se estaría cosechando alrededor de un millón de toneladas. En la gestión 2021 se atendió a 228 productores del sector avícola y ahora a 461; en el sector porcino a 54 en 2021 y 100 este año; en el sector bovino a 166 productores y este año a 429. En total, Emapa atiende a 900 productores, y de ellos 500 son nuevos. En 2021, el sector pecuario demandó la provisión de 80 mil toneladas.
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Nacional
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En la imagen, los actores políticos de la oposición que articularon la ruptura del orden constitucional en noviembre de 2019.
FUERON PARTE DE LA RUPTURA CONSTITUCIONAL
Corresponde juicio a Tuto Quiroga, Mesa, Doria Medina y Albarracín • Redacción Central
Corresponde un juicio contra los líderes políticos de oposición Carlos Mesa de Comunidad Ciudadana; Jorge Tuto Quiroga de Acción Democrática Nacionalista; Samuel Doria Medina de Unidad Nacional; a los cívicos Luis Fernando Camacho, Marco Antonio Pumari y el exrector de la UMSA, Waldo Albarracín, entre otros, por su participación en el plan para la ruptura del orden constitucional en noviembre de 2019. El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Juan José Jáuregui, explicó que la sentencia condenatoria contra la exsenadora por los Demócratas, Jeanine Añez, viabilizará la apertura de procesos contra quienes fue-
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Con la sentencia a Añez se pondrá fin a la rúbrica por el pacto del silencio de todos quienes participaron en las acciones que ocurrieron hasta el 12 de noviembre de 2019. ron parte de la articulación milimétrica de todas las acciones asumidas por la derecha golpista hasta antes de la tardenoche del 12 de noviembre de 2019, porque se vulneró la normativa y la Constitución Política del Estado. PARTICIPANTES Recordó que previo al golpe de Estado, desde el 8 hasta el 12 de noviembre, con el motín de la Policía Boliviana, la sugerencia de renuncia a Evo Morales a la Presidencia por el Alto Mando de las Fuerzas Armadas, y las reuniones de Mesa, Tuto Quiroga, Doria Medina, Albarracín, entre otros, a convocatoria de los jerarcas de la Iglesia Católica en instalaciones de la Universidad Católica Boliviana son pruebas contundentes. “Hubo una planificación previa, una coordinación milimétrica entre los actores cívi-
La senadora por los Demócratas, Jeanine Añez, se autoproclama como presidente.
cos, muchos mandos superiores de la Policía Boliviana y de las Fuerzas Armadas, injerencia de la embajada de Ecuador, de Argentina, la participación de jerarcas de la Iglesia Católica en una coyuntura en la que
los medios posicionaban la comisión de un presunto fraude, desconociendo la voluntad del pueblo”, sostuvo. ARTICULACIÓN El diputado oficialista dijo
que está demostrada la tesis de que todos ellos fueron parte de la articulación y planificación del golpe de Estado hasta antes del 12 de noviembre. “No se ha cumplido la sucesión constitucional y bajo esa realidad corresponde la apertura de otros procesos para los elementos ajenos a esa estructura, que en su momento constituyeron Añez, Mesa, Tuto Quiroga, Doria Medina y Albarracín. Existen otros elementos colaterales y tienen que abrirse las investigaciones con relación a la asunción del gobierno de manera irregular”, precisó. PACTO DEL SILENCIO El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja aseguró que, con la sentencia contra Añez, se pondrá fin a la rúbrica de todos quienes participaron en las acciones que ocurrieron hasta antes del 12 de noviembre de 2019, porque se confirma la tesis de que el golpe de Estado fue planificado y financiado por agentes internos y externos. “Lo que va a suceder con el caso Jeanine Añez en las próximas horas o días, con la sentencia, es que ese pacto de silencio que en algún momento se rubricó por los que participaron en el golpe de Estado de 2019 vaya gradualmente derrumbándose y cayéndose a pedazos, porque van a haber mayores elementos”, manifestó.
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Nacional // FOTO: DIPUTADOS
LA ASAMBLEA ESTÁ EN CUARTO INTERMEDIO
Defensor será elegido por consenso y no por cuoteo El Conade ya dio línea a Creemos y CC al pedir su voto por Evelin Cossío para que asuma el cargo. • Redacción central
El pleno de la Cámara de Diputados en votación.
A FAVOR DE LA CIUDAD DE SUCRE
Aprueban transferencia de terrenos para hospital e IDIF • Redacción Central
La Cámara de Diputados aprobó ayer tres proyectos de ley en favor de la ciudad de Sucre para la transferencia de lotes de terrenos donde se construirá un hospital de Tercer Nivel y un edificio para el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF). Ambas normas fueron remitidas al Senado para su consideración. La iniciativa legal establece la transferencia gratuita de un predio de 10.692 metros cuadrados para la construcción de un hospital para la Caja Nacional de Salud (CNS). La otra norma ordena la cesión de dos lotes de terreno para el Ministerio Público, a fin de que se construya una edificación para el Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), en la zona de Lajas Tambo. “Uno de estos proyectos de ley beneficiará a los trabajadores de salud y, sobre todo, a la población que realmente ha sufrido con la llegada del Covid-19. Decir a la Caja Nacional, ojalá con esta infraestructura mejore la atención con calidad y calidez a la po-
La aprobación se efectuó por unanimidad y establece la transferencia gratuita de un predio de 10.692 metros cuadrados para la construcción de un hospital para la Caja Nacional de Salud (CNS). blación. Agradecer a la comisión que ha agilizado estos proyectos. Definitivamente es un regalo del Legislativo (para Sucre)”, manifestó el diputado Gustavo Vega (MAS). La diputada Estefanía Morales (MAS) destacó la entrega de terrenos para el IDIF pues permitirá a las víctimas de violencia, violaciones y feminicidios acceder a una justicia “oportuna, transparente y eficaz”, a partir de investigaciones científicas y objetivas.
Legisladores del Movimiento Al socialismo (MAS) afirmaron ayer que apelarán al consenso para elegir al nuevo Defensor o Defensora del Pueblo y que no se prestarán a ninguna intención de cuoteo de Comunidad Ciudadana y Creemos para ese propósito. La posición fue asumida después de que legisladores de la oposición y del denominado Comité Nacional de Defensa de la Democracia (Conade), a través de los medios de comunicación, expresaron su preferencia por la candidata Evelin Cossío. En ese contexto, el diputado oficialista Juan José Jáuregui afirmó que se insistirá en el diálogo con el bloque democrático de la oposición para enfocarse en la trayectoria y perfil académico de los siete aspirantes para elegir
al nuevo Defensor o Defensora del Pueblo. “Vamos a seguir pretendiendo instalar los espacios de diálogo, no con sectores radicales sino democráticos que estén empeñados en cumplir la Constitución Política del Estado”, acotó. La posición contrasta con lo expuesto por el presidente del Conade, Manuel Morales, quien pidió a CC y Creemos elegir a Evelin Cossío como Defensora del Pueblo, porque defendió a Franklin Gutiérrez y a otros dirigentes cocaleros opositores al gobierno de Evo Morales. Asimismo, el presidente de la Comisión Mixta de Constitución, senador Rubén Gutiérrez, abogó por el consenso y aseguró que el proceso de elección del nuevo titular de la Defensoría del Pueblo está encaminado. El legislador remarcó que, para el efecto, tanto diputados como senadores aguardan la nueva convocatoria del presidente nato de la Asamblea
Legislativa Plurinacional, David Choquehuanca Céspedes, quien decretó un cuarto intermedio, luego de que en dos rondas de votación ninguno de los siete postulantes en carrera alcanzó los dos tercios de votos.
7 POSTULANTES a Defensor del Pueblo están en carrera. La ALP definirá a uno de ellos para el cargo, siempre que reúna 2/3 de votos.
Parlamentarios hacen el escrutinio de los votos en la elección del nuevo Defensor del Pueblo.
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Nacional La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, aseguró ayer que la administración del presidente Luis Alberto Arce Catacora no negociará jamás la demanda de justicia por el asesinato de 38 personas durante el régimen de facto de Jeanine Añez y sus aliados, en noviembre de 2019. En breve contacto con la prensa, la titular de esa cartera de Estado consultada por la posición del Gobierno sobre la propuesta del exministro de facto, Arturo Murillo, señaló que el compromiso es cumplir con el mandato del soberano en noviembre de 2020, de memoria, verdad y justicia con las familias de los asesinados en El Pedregal, Sacaba, Senkata, Montero y Betanzos. “Acá no hay canjes ni negociaciones con delincuentes que han masacrado a nuestro pueblo, la justicia es la justicia; lo que corresponde es que nosotros como Gobierno pidamos justicia, en este camino tenemos ese mandato”, sostuvo. Prada cuestionó el ofrecimiento del exministro de facto, a quien dijo que se le olvidó las masacres, de las que él es coautor por el luto y dolor en 38 familias bolivianas, víctimas de estos luctuosos he-
SE CUMPLIRÁ CON LAS RECOMENDACIONES DEL GIEI
Bolivia no negociará jamás la demanda de justicia por las masacres de 2019 La Ministra de la Presidencia descartó cualquier posibilidad de intercambiar presos o evaluar cualquier ofrecimiento de reos que se encuentran prófugos. chos, producto de la represión militar y policial, por orden de Jeanine Añez y sus aliados. La Ministra de la Presidencia recordó que Bolivia inició los procesos correspondientes, que están siguiendo su curso, y expresó su esperanza de que la justicia actúe como corresponde contra los responsables y autores intelectuales y materiales por la violación de los derechos humanos, ejecuciones extrajudiciales, encarcelamientos ilegales y persecución política, entre otros. En reiteradas oportunidades el Gobierno ha ratificado su compromiso de cumplir con las recomendaciones hechas por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes, sobre las violaciones de los derechos humanos en el país entre el 1 de septiembre y 31 de diciembre de 2019.
// FOTO: MINISTERIO DE TRABAJO
• Redacción central
MURILLO AGUARDA SU JUICIO EN ESTADOS UNIDOS El exministro de facto, Arturo Murillo, guarda detención en Estados Unidos, por lavado de dinero proveniente de la compra con sobreprecio de gases lacrimógenos en Bolivia. Su juicio fue suspendido hasta el 23 de noviembre de 2022. La audiencia debía realizarse este 23 de mayo, sin embargo, la Corte del Distrito Sur de la Florida determinó su postergación. Murillo se encuentra recluido en el Centro de Detención Federal (FDC) en Miami, EEUU. La titular del Ministerio de la Presidencia en conferencia de prensa realizada ayer.
// FOTO: SENADO
ESTE PROCESO DEBE NACER EN LA MISMA INSTITUCIÓN
Presidente del Senado sugiere reestructurar la Policía Boliviana • Redacción Central
Los recientes hechos delincuenciales que implican a efectivos de la Policía Boliviana en narcotráfico y robo de vehículos, motivaron al presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, a pedir la reestructuración total de esa institución.
El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, en contacto con periodistas de Cochabamba.
Debido a estos hechos, la Policía determinó la intervención de unidades como la Fuerza Especial de Lucha contra el Narcotráfico (Felcn) y la Direc-
ción Nacional de Prevención de Robo de Vehículos (Diprove). “Necesitamos una reestructuración total de la Policía que salga de las entrañas mismas de esta institución. (…) La Policía es parte de Estado y debe servir al pueblo como tal, con propuestas que nazcan desde la misma Policía”, declaró. Rodríguez remarcó que, ni la Asamblea, ni el Ejecutivo u otra institución deben impone “algún plan estratégico para cambiar la Policía, para acomodar al servicio de alguna instancia del Gobierno”. En ese marco, el titular de la Cámara Alta reportó sobre
2 ESCÁNDALOS de hechos irregulares afectaron a la Policía en lo que va del año.
la presentación de varias peticiones de informe escrito, dirigidas al Ministerio de Gobierno, para conocer en detalle qué es lo que estaría pasando al interior de la Policía Boliviana, en referencia a los últimos casos conocidos.
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EN REUNIÓN AMPLIADA
Bolivia y Venezuela fortalecen agenda bilateral Se abordaron temas comerciales, de relación económica, así como el Decenio Internacional de las Lenguas.
Autoridades de la República de Argentina en un acto oficial en la ciudad de El Alto.
COORDINÓ ACCIONES CON LA CANCILLERÍA
Concluye visita oficial de Secretario de Malvinas • Redacción Central
Después de una apretada jornada de actividades en las ciudades de La Paz y El Alto, el secretario de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Guillermo Carmona, concluyó su visita oficial a Bolivia en el marco de la búsqueda de apoyo para que Inglaterra devuelva ese territorio usurpado a la República de Argentina. Acompañado del embajador de ese país en Bolivia, Ariel Basteiro, participó de la inauguración del Mural Malvinas Argentinas en el patio de la Embajada de la Argentina en Bolivia con la participación del cuerpo diplomático, las agregadurías militares, de Defensa, de la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval y la unidad educativa República Argentina. Posteriormente, Carmona y el embajador Basteiro sostuvieron una reunión con la Bancada Parlamentaria Supraestatal del Estado Plurinacional de Bolivia, que entregó una “Declaración de homenaje y reconocimiento al pueblo argentino y a sus héroes, al conmemorar los 40 años de la Guerra de las Malvinas”. Asimismo, Carmona presentó una placa conmemora-
Uno de los grandes logros ha sido conseguir el apoyo de la gran mayoría de los Estados del mundo que exige que se cumpla con el derecho internacional”.
Representantes de los gobiernos de Bolivia y Venezuela definieron acuerdos bilaterales para afianzar la agenda en temas comunes, como el fortalecimiento de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América-Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP), entre otros. El ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia, Rogelio Mayta, y su homólogo de Venezuela, Félix Plasencia, por separado, explicaron los alcances del trabajo realizado en reunión ampliada por sus equipos técnicos, denominado acuerdos bilaterales para afianzar la agenda en temas comunes para ambos países, entre ellos el Decenio Internacional de las Lenguas y la sexta Conferencia Latinoamericana y Caribeña de Saneamiento.
“Se reafirma el lazo de amistad profundo, cálido entre el pueblo venezolano y el pueblo boliviano, entre nuestros gobiernos, entre nuestros Estados. Hemos trabajado una agenda que ya la veníamos desarrollando anteriormente, que toca diversos ámbitos”, sostuvo Plasencia. A su vez, el ministro Mayta explicó que se abordaron temas como el fortalecimiento del ALBA-TCP y del Banco del ALBA por ser estructuras fundamentales para ambos países. “Hemos hablado también de temas comerciales, de nuestra relación económica Bolivia–Venezuela; otras temáticas que son importantes para nuestros países, en este caso, el Decenio Internacional de las Lenguas, que ha sido un tema muy importante para nosotros y hemos encontrado el apoyo de Venezuela en este proceso del Decenio de las Lenguas que procura pre-
servar, resguardar y promover nuestras lenguas nativas para evitar que puedan desaparecer”, manifestó. Dijo que en la reunión también se abordaron temas como el derecho al agua, la sexta Conferencia Latinoamericana y Caribeña de Saneamiento (Latinosan), que se llevará a cabo en Cochabamba, y la activación de la segunda Reunión del Mecanismo de Consultas Consulares y Migratorias Bolivia-Venezuela. A su turno, el canciller de Venezuela, Félix Plasencia, expresó que a partir de este encuentro se concretará la celebración de la III Comisión Mixta Bolivia-Venezuela, a desarrollarse en los próximos meses. “Ahí, los asuntos fundamentales son los que conciernen al interés que es el foco de nuestro trabajo: los ciudadanos, las mujeres y los hombres de nuestros países”, afirmó Plasencia. // FOTO: JORGE MAMANI
• Redacción Central
Guillermo Carmona Secretario de Malvinas tiva en honor de los caídos en el conflicto de 1982 en la plazoleta Islas Malvinas Argentinas, ubicada en la ciudad de El Alto, para luego visitar la unidad educativa Eva Perón, fundada y donada a Bolivia el 7 de mayo de 1955 por el expresidente Juan Domingo Perón, y que celebró su 67 aniversario. Después, Basteiro y Carmona se reunieron con el canciller Rogelio Mayta. Finalmente, participaron de un seminario en el Paraninfo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA).
Conferencia de prensa conjunta de los cancilleres de Bolivia y de Venezuela.
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Regiones El ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, Édgar Montaño, exhortó ayer al gobernador de Tarija, Óscar Montes, a pagar la deuda de Bs 11,5 millones por la construcción de la piscina y el velódromo. “Responsablemente, el gobernador nos debe pagar las deudas que tiene por la construcción de la piscina y el velódromo, más de 11 millones de bolivianos”, indicó el ministro. En entrevista con Bolivia TV aseveró que el pago de esta deuda servirá para la construcción de nuevas carreteras. El Gobierno nacional invirtió en la construcción de diferentes proyectos carreteros, en los que la gobernación tiene deudas como contraparte de las mismas. “Es la segunda vez que vengo a insistir con el pago de la deuda a la Gobernación de Tarija (…) monto que asciende a más de Bs 11,5 millones, además que se generó un interés por mora equivalente a Bs 149.503 aproximadamente; son 1.942 días de retraso e incumplimiento de pago”, reprochó. Cuestionó que, tras un año de gestión, la primera autoridad departamental
POR LA PISCINA OLÍMPICA Y UN VELÓDROMO
Instan al Gobernador de Tarija que pague su deuda de Bs 11,5 millones El Ministro de Obras Públicas realizó una serie de inspecciones a distintas obras que se entregaron en favor de los pobladores de esa región. no haya inaugurado obras de utilidad para la población tarijeña. Asimismo, anunció esta inspección porque se conoce que están en funcionamiento sin mantenimiento ni inauguración. En una reciente entrega de fibra óptica, la autoridad señaló que ante los daños ocasionados por desastres naturales, en el departamento de Tarija, el Gobierno va a brindar ayuda a los damnificados.
1.942 DÍAS DE RETRASO E incumplimiento de pagos es lo que tienen las obras en el departamento de Tarija.
La Piscina Olímpica que se encuentra en la ciudad de Tarija.
// FOTO: REDACCIÓN CENTRAL
• Redacción Central
// FOTO: MINISTERIO DE DESARROLLO RURAL
LA INVERSIÓN ES DE BS 1,9 MILLONES
Gobierno entrega siete puentes para el desarrollo de Buena Vista • Redacción Central
Con el objetivo de mejorar las condiciones de transporte, el municipio cruceño de Buena Vista recibió ayer siete puentes para mejorar la transitabilidad en esa región, obras que superaron la inversión de Bs 1,9 millones.
Momento de la inauguración de los puentes en Buena Vista, Santa Cruz.
En la inauguración de obras, el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, Remmy Gonzales, aclaró que el desarrollo rural se define como un proceso de crecimiento integrado, donde
convergen el bienestar social (salud educación), económico (infraestructura productiva), destinados a mejorar las condiciones de vida de los habitantes rurales, a la par de los centros más poblados. Del evento también participó la directora del Fondo de Desarrollo Indígena, Rossío López, además de autoridades municipales y representantes de organizaciones sociales, quienes destacaron las obras que permitirán impulsar la producción agropecuaria de la zona y reducir los costos de transporte para la comercialización de sus productos.
1.248 PERSONAS DEL MUNICIPIO de Buena Vista se beneficiarán con los siete puentes
“Cuando uno ve resultados, uno dice valió la pena canalizar recursos, implementar proyectos, para que el hermano campesino pueda producir y mejorar sus ingresos, (…) y el excedente es para poder comercializar a un precio justo”, dijo Gonzales.
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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 39 y 40 del Reglamento para el Ejercicio de las Atribuciones de la Contraloría General de la República, actual Contraloría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 23215, se invita a las siguientes personas:
calles Almirante Grau y L. de Fuentes); avenida Circunvalación (entre avenida Belén y calle Cobija); calle Cobija (entre avenida Circunvalación y calle Azurduy de Padilla) y calles adyacentes de la urbanización Alto de la Alianza. RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 14:00 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las viviendas Barrio Minero parte de los Manzanos 69, 80 y 81; calle Antonio Quijarro (entre avenida Tiahuanaco y calle Colquiri); avenida Tiahuanaco (entre avenida Satélite y calle Antonio Quijarro); calles: Oruro (entre calles Antonio Quijarro y Mariano Zubieta), Luis María Sola (entre calles Antonio Quijarro y Colquiri) y calles Adyacentes de la zona 12 de Octubre. Calles: Colquiri (entre calles 2 y Mariano Zubieta) y calles adyacentes de la zona Santiago I. RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 14:30 hasta horas 17:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica parte de Ciudad Satélite plan 405; calles: 22-A (entre calles Escalona y Agüero y D. de Portugal), Vicente Lecuna (entre calles 18-A y 22-A), Juan Matienzo (entre calles 19-A y 22-A) y calles adyacentes. SISTEMA NUEVO MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Dejando sin suministro de energía eléctrica POR EL LAPSO DE 15 MINUTOS, EN DOS OCASIONES; LA PRIMERA CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 09:30 Y 10:00, LA SEGUNDA, CUALQUIER MOMENTO ENTRE HORAS 15:20 Y 15:50 a las poblaciones: Huarina, Utavi, Cuyahuani, Isla Cojata, Copancara y Wiscantia del municipio Huarina provincia Omasuyos. Comunidades: Kilahuaranca, Corpaputo, V. Asunción de Corpaputo, Khoani de Corpaputo, Cohuani y Kenamarini del municipio Achacachi, provincia Omasuyos. Comunidades: Sojata, Pajcha Peñas, Peñas, Challapata, Huancuyo, Kerani, Corapata Kerani, Huancallani, Chojñapata, Japupampa, Purapurani, Chachacomani, Sorapujro, Coroyo, Kellhuani, Alto Cruz Pampa, Isquillani, Tuquia, Alto Peñas, Cruzani, Alto Peñas Zona Bajo, Alto Peñas Zona Pata, Alto Peñas Zona Parque, Alto Peñas Zona Hichucota, Alto Peñas Zona Layuni, Alto Peñas Zona Laurawani, Jaullihuaya, Suriquiña, urbanización Los Rosarios de Suriquiña, Palcoco, Corqueamaya, Palcoco Litoral, Viruyo, Condoriri, Machacamarca, Catacora, Yaurichambi, Yaurichambi B, Unión Catavi, Pariri, Chirapaca, Batallas, Karhuiza, Cullucachi, Cullucachi, Putea, población Batallas, Villa Kollo, Huancane del municipio Batallas, provincia Los Andes. Comunidades: Esquivel, Oquetiti, Caviña, Huanocollo y Chiarpata del municipio Pucarani, provincia Los Andes. Comunidades: Puerto Pérez, Pampa Chililaya, Llanquichapi, Puerto Pérez, Toqueriri, Cachilaya, Cutusuma, Chijipata Baja, Chijipata Alta, Marquirivi, Khanapata, Karapata Baja, Karapata Alta, Belén yayes, Aygachi, Kenakahua Baja, Kenakahua Alta, Cohachijo, Cumana, Cohana, Pajchiri 2, Pajchiri,Cascachi, Sucuta, Patapatani, Cuyavi, Jajachi, Tirasca, Quehuaya, Isla Pariti, Isla Sicuya, Isla Suriqui, Cuyampaya, Paco Chachacoma y Supicachi del municipio Puerto Pérez, provincia Los Andes. Antenas: Entel, Tigo y Viva de los municipios mencionados, provincias Omasuyos y Los Andes. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:00 hasta horas 12:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la comunidad Tutuacaja del municipio Sorata, provincia Larecaja. SISTEMA NORTE REEMPLAZO DE POSTES Y MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 08:00 hasta horas 13:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Chayanta I, Chayanta II, Chayanta III, Charcas I, Charcas II Segunda Faja, Charcas III y Peñas del municipio Palos Blancos, provincia Sud Yungas. AMPLIACIÓN DE LA RED ELÉCTRICA Desde horas 11:00 hasta horas 12:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Bella Altura y Buena Vista del municipio San Buenaventura, provincia Abel Iturralde. REEMPLAZO DE POSTES Desde horas 13:30 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Polo Polo y Charobamba del municipio Coroico, provincia Nor Yungas. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 15:00 hasta horas 16:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: Costanera (entre calle Antofagasta y avenida Amazónico) de la zona Buen Retiro de San Buenaventura, municipio San Buenaventura, provincia Abel Iturralde. DÍA: MIÉRCOLES 11 DE MAYO DE 2022 CIUDAD DE LA PAZ MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:00 hasta horas 16:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la urbanización Vista Linda, calles: Jardínes, Olivos, 27 Prolongación, 2, T, T-1, T-2, T-3, T-4, L, calles y Pasajes Adyacentes de la zona Los Olivos. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:15 hasta horas 13:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la urbanización San Pedro comunidad Siete Lagunas, avenida Principal, calles y pasajes adyacentes. RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 13:00 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la calle Apolo (entre calles Mendoza y final Apolo), calles y pasajes adyacentes de la zona Unión Huaychani. VIACHA MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:30 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la calles: Independencia (entre calles Iturralde y Pisagua), Macario Pinilla (entre calles Junín y antes Tiquina); predios del regimiento Max Toledo y adyacentes. SISTEMA NORTE MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:00 hasta horas 14:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la avenida La Paz y calle Graneros, población Irupana, municipio Irupana provincia Sud Yungas. DÍA: JUEVES 12 DE MAYO DE 2022 SISTEMA NORTE MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 10:00 hasta horas 14:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la calle Teniente García y pasaje Julio Pérez de la población Irupana, municipio Irupana provincia Sud Yungas.
www.delapaz.bo POR NORMAS DE SEGURIDAD LAS INSTALACIONES DEBEN CONSIDARARSE ENERGIZADAS PERMANENTEMENTE. EL SUMINISTRO PODRÁ SER RESTABLECIDO SIN PREVIO AVISO.
Empresa supervisada y regulada por la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN)
15.40 x 29.50 3x7 Relaciones Públicas y Comunicación La Paz, 6 de mayo de 2022
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INVITACIÓN
AVISO DE CORTES PROGRAMADOS DÍA: LUNES 9 DE MAYO DE 2022 CIUDAD DE LA PAZ REEMPLAZO Y REUBICACIÓN DE POSTE Desde horas 09:00 hasta horas 11:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: F. Cerrano (entre calles 11 y C. Rodríguez), Rodríguez (entre calles Retamas y Eucaliptus), Retamas (entre calles Rodríguez y Rodas), Rodas (entre calles Retamas y Eucaliptus), Eucaliptus (entre calles Rodríguez y Rodas), calles y pasajes adyacentes de la zona Unión Alto Tejar. REEMPLAZO DE CRUCETAS Desde horas 09:15 hasta horas 13:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las avenidas: San Lorenzo (entre calle Kellhu y avenida Primavera), Circunvalación (entre calles 5 y Kiswara); calles: 3 de Mayo (entre calle 9 de Abril y avenida San Lorenzo), 25 de Julio (entre calle 3 de Mayo y avenida Circunvalación), 23 de Marzo (entre avenidas Circunvalación y San Lorenzo), 2 de Febrero (entre avenidas Circunvalación y San Lorenzo), 16 de Julio (entre avenida San Lorenzo y calle 21 de Septiembre), 21 de Septiembre (entre calles 3 de Mayo y esquina 21 de Septiembre); avenida Kellwani (entre calles Abel Iturralde y 13); calles: 10 (entre calles Abel Iturralde y 13), 9 (entre calles Abel Iturralde y 2); avenida Las Lomas (entre calles 12 y Los Andes); calles: 12 (entre avenidas Las Lomas y Circunvalación), 11 (entre avenidas Las Lomas y Circunvalación); avenida Ballivian (entre avenida San Lorenzo y calle 11); calles: 8 (entre avenida Ballivian y calle 12), 7 (entre avenidas San Lorenzo y Circunvalación), 6 (entre avenidas San Lorenzo y Circunvalación), 5 (entre avenidas San Lorenzo y Circunvalación), 4 (entre avenida San Lorenzo y calle Muñecas), 3 (entre avenida San Lorenzo y calle Muñecas), 2 (entre avenida San Lorenzo y pasaje Palca), calles y pasajes adyacentes de la urbanización San Martín. SISTEMA NUEVO MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:00 hasta horas 10:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las comunidades: Uricachi Chico y Uricachi Grande del municipio Santiago de Huata, provincia Omasuyos. INSTALACIÓN DE POSTE Y MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 11:00 hasta horas 13:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la comunidad Quenaquetara del municipio Achacachi, provincia Omasuyos. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 15:00 hasta horas 16:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la comunidad Cala Cala del municipio Achacachi, provincia Omasuyos. DÍA: MARTES 10 DE MAYO DE 2022 CIUDAD DE LA PAZ RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 09:00 hasta horas 11:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la calle 7 y callejones adyacentes de la zona Corazón de Jesús. REEMPLAZO DE CRUCETAS E INSTALACIÓN DE PARARRAYOS Desde horas 09:00 hasta horas 12:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: 2 (entre calles C y 1), 3 (entre calles prolongación 3 y 4), C (entre calles 3 y 2), Prolongación 3, calles y pasajes adyacentes de la zona Ciudadela Ferroviaria. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 09:30 hasta horas 15:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la avenidas: Chorolque (entre avenidas Entre Ríos y Nataniel Aguirre), Nardín Rivas (entre avenidas Chorolque y José María Achá), José María Achá (entre avenidas Nardín Rivas y Juan Granier) y callejones adyacentes de la zona Los Andes. REEMPLAZO DE POSTES Y RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 12:30 hasta horas 15:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica al pasaje Samuel Oropeza, calles y pasajes adyacentes de la zona Villa Copacabana. REEMPLAZO DE POSTES Y CRUCETAS Desde horas 12:30 hasta horas 17:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la zona Pura Pura Alto Sector 2, a la zona Panticirca, a la urbanización San Juan de Kupichico, a la urbanización 23 de Marzo, a la zona urbanización San Antonio Norte, calles y pasajes adyacentes. MEJORAS EN LA RED ELÉCTRICA Desde horas 13:00 hasta horas 17:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a los predios de la Unidad Educativa Juan Lechín Oquendo; calles: 3 (entre final calle 3 y calle G), 4 (entre final calle 4 y callejón B), 2 (entre final calle 2 y calle G), 1 (entre calles A y G), 5 (entre calle F y callejón B), F (entre calles 2 y 5), D (entre calles 5 y 2), C (entre calles 5 y 3), A (entre calles 5 y 1), G (entre calles 5 y 4); calles y pasajes adyacentes de la zona Santiago de Lacaya Alto. REEMPLAZO DE POSTES Y RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 13:30 hasta horas 16:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la avenida Regimiento Castrillo (entre calles Luis A. Palacios y Jazmines); calles: Jazmines (entre avenida Regimiento Castrillo y calle Las Orquídeas), Nelly Lobo; Pasaje Trifón Arenas; calles y pasajes adyacentes de la zona Unión Frontera. CIUDAD DE EL ALTO INSTALACIÓN DE EQUIPO DE MEDICIÓN Desde horas 07:30 hasta horas 09:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica de forma parcial a los predios de del Centro Comercial Gran Plaza, ubicado en la calle Alfredo Sanjinés (casi esquina avenida del Policía) de la zona Villa Tejada Alpacoma. REEMPLAZO DE POSTES Y RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 08:30 hasta horas 11:30 Dejando sin suministro de energía eléctrica a la avenida Vicente Juariste Eguino; calles: Nicanor Aranzaes (entre calles Sebastián Figueroa y Miguel Lino Loayza), Gerónimo Calderón (entre calles José Jiménez Pintado y José Ramos de Loayza), Bustillos, José Manuel Pando (entre calles José Ramos de Loayza y Miguel Lino Loayza), Miguel Liro Loayza (entre calle José Manuel Pando y avenida Vicente Juariste Eguino), José V. Ochoa, José Ramos Loayza (entre calles José Manuel Pando y Nicanor Aranzaes), Cayetano Vega (entre calle Gerónimo Calderon y avenida Vicente Juariste Eguino), José Jiménez Pintado (entre calles Gerónimo Calderon y Nicanor Aranzaes) y calles adyacentes de la urbanización Pedro Domingo Murillo. RENOVACIÓN DE CABLES Desde horas 12:30 hasta horas 14:00 Dejando sin suministro de energía eléctrica a las calles: Panamericana, Héroes del Pacifico, Narciso Campero, Almirante Grau (entre avenidas Belén y Circunvalación), L. de Fuentes, Azurduy de Padilla (entre avenida Belén y calle Cobija ); avenida Belén (entre avenida Circunvalación y calle L. de Fuentes); calles: Chaco, Colorados (entre
SÁBADO / 7 / 05 / 2022
Informe Preliminar de Auditoría Nº GB/EP04/M20–R1 GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE SAN BORJA Nombres y Apellidos
Nombres y Apellidos
1.-Rolando Germán Soto Chávez, 2.-Roció Faviola Quispe Casillo,
3.-Daniela Rosa Mayta Tamares, 4.-Vitonio Ysita Arteaga,
Para que se apersonen a la Contraloría General del Estado en la ciudad de Trinidad, en sus oficinas ubicadas en la calle Nicolás Suárez 517 (Gerencia Departamental del Beni), a objeto de notificarse con el Informe Preliminar de Auditoría Nº GB/EP04/M20 R1 emergente de la Auditoría Especial realizada en el Gobierno Autónomo Municipal de San Borja. Se dispone de un término de tres días para el recojo del Informe Preliminar, plazo que comenzará a correr al día siguiente hábil de la presente publicación. Trinidad, 06 de mayo de 2022.
SOLICITUD SOLICITUD SOLICITUD SOLICITUD DE DE INTERES DEEXPRESIONES EXPRESIONES DEPOR INTERES NOTIFICACIÓN EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN 0193/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°N° 0113/2022 DE EXPRESIONES DE INTERES DE EXPRESIONES DE INTERES RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0010/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0001/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0010/2022 0001/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0117/2022 La20 Paz, 06 de06 abril de 2022 La Paz, de enero de 2022 La Paz, 02 de marzo de 2022 La Paz, 06 de enero de 2022 La Paz, 03 de enero de 2022 La Paz, de diciembre de 2021 La Agencia Nacional dede Hidrocarburos, solicita aa empresas legalmente establecidas a presentar sus La Paz, 03 de enero de 2022 LaLa Paz, 20 de diciembre de 2021 La Agencia Nacional Hidrocarburos, solicita empresas legalmente establecidas a presentar sus VISTOS: VISTOS: Paz, 07 de marzo de 2022 VISTOS: VISTOS: VISTOS: expresiones de interés para participar de los siguientes procesos de contratación: VISTOS: expresiones de interés para participar de los siguientes de contratación: Agencia Nacional de solicita aprocesos legalmente establecidas a aNormas presentar sus La Agencia Nacional de de acuerdo a loloestablecido en BáAgencia Nacional deHidrocarburos, Hidrocarburos, solicita aempresas empresas legalmente establecidas presentar sus La Agencia Nacional deHidrocarburos, Hidrocarburos, de acuerdo a establecido enlas las Normas BáVISTOS: VISTOS: VISTOS: VISTOS: expresiones de interés para participar de los siguientes procesos de contratación: No. OBJETO DE LA CONTRATACION El Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero de 2022, referente a la actualización del pre -la expresiones de interés para participar de los siguientes procesos de El Informe INF-DRE-UPTC 0110/2022 de05 04 de abril de 2022, 2022, referente a(NB-SABS), laactualización actualización delprecio del sicas del Sistema de Administración de Bienes y yde Servicios (NB-SABS), aprobado No. OBJETO DE LA CONTRATACION El Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero 2022, referente a el la precio actualización delmepresicas delINF-DRE-UPTC Sistema Administración de Bienes Servicios aprobado meInforme INF-DRE-UPTC 0146/2022 de de mayo de referente acontratación: del de El Informe INF – DRE -de UPTC 0062/2022 de 02 de marzo de 2022, establece de laPrecio gasolina VISTOS: El Informe 0147/2022 de de mayo de 2022, referente ala laabril actualización del Precio del cio de lacon gasolina con octanaje menor a05 92, resultante dede lade mezcla de etanol anhidro con Gasolina SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla Etanol Anhidro con Gasolina Base – abril La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de de 2019, el Informe cio de la gasolina con octanaje menor a 92, resultante la mezcla de etanol anhidro con Gasolina SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES diante Decreto Supremo N° 0181, Artículo 43 inciso j) y artículo 49 inciso d), modificado La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril de 2019, el Informe gasolina octanaje menor a 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base 81 en apli1 especial internacional y diésel oíl internacional, para marzo de 2022; el Informe INF DRE UPTC diante Decreto Supremo N° 0181, Artículo 43 inciso j) y artículo 49 inciso d), modificado El Informe ––DRE - -UPTC 0002/2022 de 03 de enero de 2022, establece elel precio No. OBJETO DE LA CONTRATACION 1 enINF Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de el Etanol Anhidro conde Gasolina Base – intermayo ElBase Informe INF DRE UPTC 0002/2022 de 03 de enero de 2022, establece precio interNo. OBJETO DE LA CONTRATACION ORACLE GESTIÓN 2022 Base 81 aplicación de la Resolución Ministerial N° 015-2019 de 28 de enero 2019, Enero 2022. ORACLE GESTIÓN 2022 de 2022 INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16 de noviembre de 2021, por cual la Dirección de Distritos Técnica 81 aplicación de la Ministerial N° 015-2019 de de enero de 2019, EneroUPTC 2022. INF-DDT-UAET deResolución 16 noviembre de 2021, por el cual la Dirección de cación laen Resolución Ministerial 015-2019 de 28 de enero de 2019 –28 mayo de 2022. por elelde parágrafo III, Articulo 2N° del Decreto Supremo N° 956 se le notifica aDistritos que 0063/2022 de 02 marzo de 2022, por el se establece el precio del Jet Fuel Internacional, nacional GNV y0115/2021 su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF -austedes de 2022 por parágrafo III, Articulo 2de del Decreto Supremo N° 956 se le notifica ustedes que SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES nacional GNV yde su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF -DRE DRE-Técnica - para UPTC El Informe INF-DRE-UPTC 0071/2022 decual 04 de marzo de 2022, referente a2019, la actualización del SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° de 2marzo de abril de 2019, y; Las técnicas podrán ser en web de Agencia Nacional 1de recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril deVERSIONES y; Lasespecificaciones especificaciones técnicas podrán serrecabadas recabadas enla0042/2019 lapágina página web dela la Agencia Nacional de marzo 2022; el INF-DRE-UPTC 0064/2022 de 02 de deDE 2022, ade través del cual se 1 ante el incumplimiento en el plazo de entrega de Ítems adjudicados, la ENTIDAD está 0003/2022 de 03 de de 2022, por el se establece los precios de gasolina espeORACLE - GESTIÓN 2022 ante el incumplimiento el plazo de entrega de los Ítems adjudicados, la está 0003/2022 de 03Informe deenero enero de 2022, elcual cual se establece los precios de laENTIDAD gasolina espePrecio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Hidrocarburos www.anh.gob.bo oen ser solicitadas alpor correo electrónico: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ORACLE -los GESTIÓN 2022 Hidrocarburos www.anh.gob.bo o ser solicitadas correo electrónico: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: establece el margen minorista yinternacional, aporte al al fondo de conversión, para marzo de 2022; el Informe INF CONSIDERANDO: procediendo a la Resolución de las Órdenes de Compra suscrita y al correspondiente cial internacional y diésel oíl así como sus diferenciales de precios, para enero infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta o información comunicarse al número telefónico procediendo a la Resolución de las Órdenes de Compra suscrita y al correspondiente CONSIDERANDO: cial internacional y diésel oíl internacional, así como sus diferenciales de precios, para enero Gasolina Base – Marzo 2022. infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta o información comunicarse al número telefónico CONSIDERANDO: Las especificaciones técnicas podrán ser recabadas en la página web de la Agencia Nacional de DRE UPTC 0065/2022 de 02 de marzo de 2022, señala el precio internacional del GNV y diferencial 2434000 internos 2818 y 2823. Las especificaciones técnicas podrán ser recabadas en la página web de la Agencia Nacional de registro en elInforme SICOES conforme loloseñala elel siguiente cuadro: de 2022; el -conforme - -UPTC 0004/2022 de 03 de de 2022, elelprecio 2434000 internos 2818 y INF 2823. Que el Artículo Artículo 365 de laINF Constitución Política delEstado, Estado promulgada elenero 09 de febrero deseñala 2009, establece: establece: registro en el SICOES señala siguiente cuadro: de 2022; elInforme -DRE DRE UPTC 0004/2022 de 03 deenero 2022, señala precio Que el 365 de la Constitución Política del promulgada el 09 febrero de 2009, Hidrocarburos www.anh.gob.bo o oser solicitadas al correo electrónico: Que el Artículo 365 de la Política del Estado promulgada el 09 de deelde febrero de 2009,de establece: de precio internacional, para marzo de 2022; y el Informe Legal INF-DJ-UGJN Que, el Artículo 365 deConstitución la Constitución Política del Estado promulgada 09 Nº de 0133/2022. febrero 2009, Hidrocarburos www.anh.gob.bo ser solicitadas al correo electrónico:
del jet fuel internacional, enero de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0005/2022, de 03 “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica económiQue la Constitución Política del Estado, en su Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de Que, el Artículo 365 dede lapara Constitución Política del Estado promulgada el 09 febrero de 2009, “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica yytelefónico económidel jet fuel internacional, para enero de 2022; Informe INF-DRE-UPTC 0005/2022, de 03 Los interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Estado, en su Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oel comunicarse alde número “Una institución autárquica derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica económiLos interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica REPRESENestablece: “Una institución autárquica dede derecho público, con autonomía dede gestión administrativa, infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oinformación información comunicarse alde número telefónico ca, bajo la tuición delMinisterio Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar yytuición fiscalizar derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica yventanilla económica, bajo la tuición del REPRESENde enero de 2022, a del cual se establece el margen minorista y aporte al fondo de establece: “Una institución autárquica derecho público, con autonomía gestión administrativa, NUMERO DE CAUSAL yca, hasta horas 16:00 del día viernes 29 de de 2021 por bajo la tuición del del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y la fiscalizar las 2434000 2818 ytravés derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica yventanilla económica, bajo del de enero de 2022, a través del cual se establece el margen minorista y aporte al fondo de NUMERO DEúnica yeconómica) económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 deoctubre octubre de 2021 por única de ca, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar yCAUSAL fiscalizar TANTE RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO CONSIDERANDO: técnica yinternos económica, bajo laTANTE tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, 2434000 internos 2818 y2823. 2823. RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de NIT ORDEN DE DE LA correspondencia de lala ANH ubicada entuición la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar yEdificio fiscalizar las actividades de técnica y económica, bajo la del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, conversión, para enero de 2022. actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidroNIT ORDEN DE DE LA correspondencia de ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Csapeck LEGAL SUSCRIPCIÓN BS Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de las actividades de toda lalas cadena productiva hastalaladel industrialización, en el marco de laBS política estatal de conversión, para enero de 2022. Que el Artículo 365 de la Constitución Política Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, LEGAL supervisar y fiscalizar actividades de toda cadena productiva hasta la industrialización, en el SUSCRIPCIÓN COMPRA RESOLUCIÓN ohidrocarburos a través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: conforme con la ley”. toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidrocarburos y fiscalizar las actividades deexpresiones toda la cadena productiva hasta laestatal industrialización, en el PROPIETARIO COMPRA RESOLUCIÓN osupervisar a través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, los siguientes aspectos: carburos conforme con la ley.” Los interesados deberán presentar sus de interés (propuestas/cotizaciones técnica toda lainteresados cadena productiva hasta la industrialización, en considerando el marco de la política de hidrocarburos hidrocarburos conforme con la ley”. PROPIETARIO Que los Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo III del establece: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, marco de la política estatal de hidrocarburos conforme con la ley.” Los deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica conforme con ley”. marco de lalapolítica estatal de hidrocarburos conforme con la ley.”de 2021 por ventanilla única de CONSIDERANDO: ytécnica hasta 16:00 del día viernes 29 de conforme con la ley”. GABY Artículo 18 de la Leyhoras Nº 100 de 04/04/2011, el Artículo 5octubre del Decreto Nacionalización CONSIDERANDO: yeconómica) económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre de Supremo 2021 por ventanilla única de yLey económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable dede regular, controlar, Que la Ley N°3058 3058 de de mayo de sobre el principio de continuidad señala: “…obliga a que que Incumplimiento Nota dirigida a la17 Dirección Tecnologías de Información y de Comunicación debidamente GABY Que N° de 17 de mayo de 2005, sobre elOctubre principio continuidad establece: “…obliga correspondencia de ANH ubicada en la2005, Av. 20 de 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck MENDEZ BECERRA MILENKA Nota dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información yANH/OC-156/2021 Comunicación debidamente Que lala1.Ley N° 3058 dela 17 de mayo dede 2005, sobre el principio deNro. continuidad “…obliga aIncumplimiento que elaabasN° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 yseñala: sus modificaciones, el ArtíQue, la1.laLey N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga correspondencia de la ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Edificio Csapeck 4916283018 19/11/2021 24.432,16 en el plazo deel firmada. MENDEZ MILENKA el abastecimiento de los hidrocarburos y4916283018 los servicios de transporte y distribución, distribución, aseguren satisfacer la supervisar yBECERRA fiscalizar las actividades de toda lasobre cadena productiva hasta laCampos, industrialización, en Que mediante Ley Nº 1600, de fecha 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación SectoMILENKA GABY MENDEZ el abastecimiento de los hidrocarburos yfirmada los servicios de transporte yde aseguren la Que, Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, el principio continuidad establece: “…obliga 19/11/2021 ANH/OC-156/2021 24.432,16 en el plazo de firmada. o a través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: Que mediante Ley Nº 1600, de fecha 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación Sectotecimiento de los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren satisfacer la demanda Que los Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, elsatisfacer parágrafo entrega 2. Propuesta Técnica debidamente y numerada. MILENKA GABY MENDEZ culo 5 los del Decreto Supremo Nº 28932 de 20/11/2006, lacon Disposición Adicional Segunda del Decrea que elelabastecimiento de los hidrocarburos ynumerada. los servicios de transporte yy distribución, aseguren oa(SIRESE), aque través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: demanda del mercado interno de manera permanente eservicios ininterrumpida, así como el cumplimiento de los rial cuyo objetivo es regular, controlar y supervisar todas las actividades sujetas a su jurisQue Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo BECERRA marco de la política estatal de hidrocarburos conforme la ley”. entrega 2. Propuesta Técnica debidamente firmada y demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el cumplimiento de los abastecimiento de los hidrocarburos y los de transporte distribución, aseguren del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como cumplimiento de los contratos de rial (SIRESE), cuyo objetivo es regular, controlar y supervisar todas las actividades sujetas a su juris3.Artículo Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. BECERRA III del 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, elel Artículo 5el del Decreto Supremo de Nato Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el contratos de exportación”. dicción y competencia, el Artículo 10 de dicha norma establece como atribuciones las siguientes: “a) 3. Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. SERVICIOS III del Artículo 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, Artículo 5 del Decreto Supremo de Nacontratos de exportación”. satisfacer la de demanda del interno manera permanente e Decreto ininterrumpida, asíN° como el exportación”. dicción yhacer competencia, Artículo 10Disposición de dicha norma establece como atribuciones las Incumplimiento siguientes: “a) FELIX cionalización N° 28701 de 01/05/2006, elelde Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 y de 13/01/2015, el parágrafo Imercado de la Adicional Segunda Supremo 2049 cumplimiento los contratos exportación”. Cumplir cumplir lael presente ley, lasde normas legales sectoriales ydel sus reglamentos, asegurando EQUIPAMIENTO EN 1.ySERVICIOS Nota dirigida a la Dirección Tecnologías Información Comunicación debidamente FELIX cionalización N° 28701 de 01/05/2006, Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 ysus sus Que la Ley N° 3058 de 17 mayo de 2005, sobre el de principio de de continuidad señala: “…obliga a cumplimiento de los contratos de exportación”. TARQUI Cumplir hacer cumplir la presente ley, las legales sectoriales yy20/11/2006, sus asegurando EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento 1.y aplicación Nota dirigida a la Dirección denormas Tecnologías de Información y deberán Comunicación debidamente En caso de presentación aN° través del correo electrónico, documentos mencionados ser la INFORMATICA Yel 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 19.800,00 en el plazo de de 02/07/2014, la Resolución Ministerial Ministerio de Hidrocarburos yreglamentos, Energía 188-14 de Que a Artículo través de la Ley 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco normativo que modificaciones, 5 Decreto Supremo Nº 28932 Disposición TARQUI la correcta de sus principios, políticas ylos objetivos.” firmada. QUISBERTH Que el 24 laArtículo Ley N° 3058, señala ladel Superintendencia de Hidrocarburos Sistema de Regulación En de aplicación presentación ade través del correo electrónico, documentos mencionados deberán ser N° Yel 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 19.800,00 en el plazoque de modificaciones, Artículo 5del del Decreto Supremo Nº 28932 dede 20/11/2006, la Disposición Que acaso través de la de Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco normativo que elINFORMATICA abastecimiento los hidrocarburos ycomercialización los servicios de transporte ydeldistribución, aseguren la correcta de sus principios, políticas ylos objetivos.” firmada. debidamente escaneados. TELECOMUNICACIONES entrega QUISBERTH permita la producción, almacenaje, transporte, y mezcla Aditivos de Origen Vegetal, 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrati2. Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. debidamente escaneados. TELECOMUNICACIONES entrega Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional decomercialización Hidrocarburos), esmezcla el Ente Regulador deOrigen las actividades de permita la producción, almacenaje, transporte, y de Aditivos de Vegetal, con C – S Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución AdministratiQue, el Artículo 24 de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de 2. Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el con la 3. finalidad de sustituir gradualmente laproductos importación de Insumos y Aditivos, ygas Diésel Oíl, precautelando Servicio de Impuestos Nacionales Nº 102100000026 deel fecha 16 de de 2021, el Decreto Que la Ley N° 3058, fecha 17 de mayo de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. C – S va RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 de 13/01/2015, parágrafo Idiciembre de la Disposición Adicional Que, el Artículo 24de de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de del Sistema transporte, refinación, comercialización de derivados yparágrafo distribución de natural por redes. AsiES conforme: la finalidad de sustituir gradualmente ladebidamente importación de Insumos y Aditivos, yde Diésel Oíl, precautelando la Que la Ley N° 3058, de fecha 17 de mayo de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional Hidrocarburos), es el Ente Regulador dede 3. Propuesta Económica firmada y numerada. va Nº 0023/2015 de 13/01/2015, el IHidrocarburos laes Disposición Adicional cumplimiento de losdecontratos de exportación”. ES conforme: la seguridad alimentaria ydetermina energética soberanía. que laRAR-ANH-ULGR Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es el Ente Supremo N° 02/07/2008, elcon Decreto Supremo N°de 29032 delos 16/02/2007, el Decreto Supremo Segunda del Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del MinisRegulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), el Ente Regulador de mismo, enalimentaria su 29629 Artículo las atribuciones del Ente Regulador, encontrándose entre éstas aprobar Esta está amparada en las recomendaciones de Informes de Disconformiseguridad y25 energética con soberanía. que ladecisión Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es el Ente las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados yde distribución de Segunda del Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Ministerial del27993 MinisFIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y N° 29049 01/03/2007, establecen ellas marco normativo aplicable alos la fijación de precios por parte Esta decisión está amparada en recomendaciones deResolución Informes Disconformitarifas para las actividades reguladas yUAD fijar precios conforme al Reglamento. las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y distribución de terio de Hidrocarburos y Energía N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS dad DAF UAD 098/2021 y DAF 081/2021 emitidos por el Responsable y/o Comisión Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y gas natural por redes. Asimismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, En caso de presentación a través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser DE INFORMACION Y COMUNICACION Que parágrafo Iredes. del Artículo 7DAF de Ley,25 establece: “La Agencia Nacional de y/o Hidrocarburos terio de Hidrocarburos y N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 distribución de gas natural por yprecitada en su Artículo 25º (Atribuciones del Ente Regulador), señala Que aelDAF través de la Ley N° 1098 delala 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco nordel Ente Regulador. dad UAD yEnergía UAD 081/2021 emitidos por el Responsable Comisión gas natural por Asimismo, en Artículo determina las atribuciones del Regulador, En caso de presentación aInformes través del correo electrónico, documentos mencionados deberán ser DE INFORMACION Y Resolución COMUNICACION de 28/01/2005, Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales Que el parágrafo Ila del Artículo 7redes, de precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional deEnte Hidrocarburos – distribución de gas natural por redes, ysu en su Artículo 25º los (Atribuciones del Regulador), debidamente escaneados. encontrándose entre éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas fijar precios conforme al de Recepción y098/2021 de los Legales DJ-UGJN 0553/2021 yyde DJ-UGJN 0538/2021 – ANH, determinará elResolución precio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán para serseñala mezque la Superintendencia de Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones: “j.yEnte Las demás facultades de 28/01/2005, la de Directorio del Servicio Impuestos Nacionales mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, mezcla de Aditivos de Que aRecepción través de escaneados. lael Ley N° 1098 deAditivos 15Normativa detarifas septiembre de 2018, secomercialización dispuso establecer elLas marco normativo que debidamente encontrándose entre éstas aprobar para las actividades reguladas y02/07/2008, fijar precios conforme al ANH, determinará precio de los de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán para ser mezclados de y de los Informes Legales DJ-UGJN 0553/2021 y DJ-UGJN 0538/2021 Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo N° 29629 de el Decreto que la Superintendencia de Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones: “j. demás facultades Reglamento. clados con las Gasolinas o Diésel Oíl, sobre la base de la metodología a ser aprobada por el Ministerio de emitidos laLegal Dirección de la entidad ycon atribuciones que deriven de Jurídica la presente Ley ygradualmente de lade economía jurídica vigente en el las país que seany Que el Gasolinas Informe INF-DJ-UGJN Nº 0133/2022 02 deala marzo de 2022, señala valoraciones Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo 29629 de 02/07/2008, elque Decreto permita la por producción, almacenaje, transporte, comercialización yN° mezcla de Aditivos Origen Vegetal, Origen Vegetal, con la finalidad de importación de ylayestablecen Aditivos, Reglamento. las o Diésel Oíl, sobre la sustituir base de ser aprobada por elInsumos Ministerio de Hidrocaremitidos por la Dirección Jurídica de lala entidad Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el Decreto Supremo N° 29049 de 01/03/2007, ES conforme: yHidrocarburos”. atribuciones que deriven lacon presente Ley ymetodología de la economía jurídica vigente ende el de país ymezcla Asimismo elde parágrafo II. establece: “El precio del combustible resultante del necesarias para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades.” técnicas guardan concordancia las disposiciones normativas vigentes, correspondiendo por sean ello con laconforme: finalidad de sustituir gradualmente laalimentaria importación de Insumos ycon yde Diésel Oíl, precautelando Supremo N° 29032 deN° 16/02/2007, el Decreto N° 29049 01/03/2007, establecen ES buros”. Asimismo el II. establece: “El precio del combustible resultante de la mezcla Aditivo de Diésel Oíl, precautelando la1098 seguridad ySupremo energética soberanía. necesarias para el adecuado cumplimiento de responsabilidades.” el marco normativo acon la fijación desus precios por parte del Ente Regulador. -la Que, a través de laparágrafo Ley de 15 de septiembre de 2018, seAditivos dispuso establecer el del marco norlos Aditivo de Origen Vegetal con Gasolinas ola Diésel Oíl, será actualizado en función adel los mes referentes de emitir la correspondiente Resolución Administrativa para la fijación de precios internacionales. seguridad alimentaria yaplicable energética soberanía. El presente EDICTO es librado en ciudad de La Paz, a los 7 días de enero Origen Vegetal con Gasolinas o Diésel Oíl, será actualizado en función a los referentes de los precios internael marco normativo aplicable a la fijación de precios por parte del Ente Regulador. Que, a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco norFIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos precios internacionales barril de petróleo y ciudad otros productos yPaz, subproductos compongan la mezcla. Que el Artículo 27 de ladel Ley N° 2341 establece lo siguiente: “(Acto Se considera El presente EDICTO es librado en laBENITEZ de La que a Administrativo). los 7 que días del mes deAditivos enero cionales del barril de petróleo y otros productos y subproductos compongan la mezcla. Este precio será del año 2022. FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de DE INFORMACION Y COMUNICACION Que el parágrafo I la del Artículo 72341 de laestablece precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de HidrocarQue Artículo 27 de lalaLey N° lo siguiente: Administrativo). Se considera de Origen Vegetal, con finalidad de sustituir gradualmente la“(Acto importación dede Insumos y Aditivos yel Este precio será fijado por las entidades del sector hidrocarburífero, en marco sus atribuciones la El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0001/2022 de 03 de enero de 2022, concluye que ylas acto administrativo, toda declaración, disposición o decisión deel la Administración Pública, del año 2022. Que el Artículo 7 de precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos –Insumos ANH, determinará POR TANTO: fijado por las entidades del sector hidrocarburífero, en marco de sus atribuciones y la normativa vigente”. DE INFORMACION Y COMUNICACION de Origen Vegetal, con lalael finalidad de sustituir gradualmente lacon importación de y utilizarán Aditivos y El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0001/2022 de 03 de enero de 2022, concluye que acto administrativo, declaración, disposición oOrigen decisión de lanormativas Administración Pública, Diésel precautelando seguridad alimentaria yelse energética soberanía. normativa vigente”. buros –Oíl, ANH, determinará precio de los Aditivos de Vegetal nacionales quelas seGasolinas de alcance general otoda particular, emitida enque ejercicio de la potestad administrativa, norvaloraciones técnicas guardan concordancia con las disposiciones vigentes, coprecio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales utilizarán para ser mezclados con olas Diésel Oíl, precautelando la seguridad alimentaria y energética de alcance general ocumpliendo particular, emitida en ejercicio de con la soberanía. administrativa, norvaloraciones técnicas guardan concordancia con las normativas vigentes, comada o mezclados discrecional, con los y formalidades la presente para ser con las Gasolinas oNacional Oíl, sobre ladisposiciones base de lapotestad metodología aenser aprobada rrespondiendo por ello emitir la correspondiente Resolución Administrativa Regulatoria para Diésel Oíl, sobre la base de la la metodología aDiésel ser requisitos aprobada por el Ministerio deestablecidos Hidrocarburos. El Director Ejecutivo a.i. de Agencia de Hidrocarburos, designado mediante Resolución CONSIDERANDO: mada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la presente CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7 de la precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, de Ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable y se rrespondiendo por ello emitir la correspondiente Resolución Administrativa Regulatoria para por el Ministerio de Hidrocarburos”. Asimismo el parágrafo II. establece: “El precio del combustible la fijación de27240 precios internacionales. Suprema N° de 19/11/2020, en uso deel las facultades conferidas por la Leypara del Sistema de Reel Artículo 7efectos de lainternacionales. precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, Ley, produce jurídicos sobre administrado. obligatorio, exigible, ejecutable ydese terminará el precio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales que ser mezclados presume legítimo.” laQue, fijación de precios Que aque través de lamezcla Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 deEs 23 dese abril delo2002, seserá establecieron las resultante de del Aditivo de Origen Vegetal con Gasolinas outilizarán Diésel Oíl, actualizado Que al el de Hidrocarburos y Vegetal Energías en de determinado en la antes antes gulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, lanacionales Ley de Hidrocarburos 3058 de 17/05/2005 terminará el la precio de los Aditivos de Origen se utilizarán para ser mezclados Que alefecto, efecto, elMinisterio Ministerio de Hidrocarburos Energías en cumplimiento cumplimiento de lo N° determinado en la presume legítimo.” con las Gasolinas o Diésel Oíl, sobre la base la metodología aque serde aprobada por el Ministerio dey que laa actividad administrativa yypolíticas elde procedimiento del sector público. citada Ley, yyaregulan conforme su atribución de gubernamentales sector, mediante Resolución en función los referentes de los precios internacionales deladministrativo barril petróleo ymediante otros productos ynormas normativa vigente, nombre del Estado POR TANTO: citada Ley,Gasolinas conforme a suN° atribución de dirigir dirigir políticas gubernamentales del sector, Resolución con las oaDS Diésel Oíl, sobre la Boliviano. base de laprocedimiento metodología aadministrativo, serdel aprobada por el Ministerio de Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del 27113, reglamento del señala: (Extinción Ministerial N° dede19 octubre de 2018, modificada a través depor Resolución Ministerial N° N° 185-18 de POR TANTO: subproductos que compongan laadministrativa, mezcla. Este precio será fijado las entidades del sector hidroMinisterial N°130-18 19de de octubre de 2018, modificada amediante través de Resolución Ministerial 185-18 Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del N° 27113, reglamento deloficio, procedimiento administrativo, señala: (Extinción Por Revocación). I.2018, La DS autoridad de declaración unilateral de volunQue el inciso c)130-18 del Artículo 4de de laaprobar citada Ley, determina como principio de la administrativa, entre 31 de diciembre de dispuso los Nacional lineamientos para determinar el actividad precio del combustible líquido RESUELVE: carburífero, en el total marco de sus atribuciones yadministrativo lalineamientos normativa vigente”. El Director Ejecutivo a.i. la Agencia de Hidrocarburos, mediante Rede 31 desiguiente: diciembre 2018, dispuso aprobar los para determinar elPública precio del combustible Por Revocación). I.dePrincipio La administrativa, de mediante declaración unilateral de2018, voluntad, podrá revocar o autoridad parcialmente un acto por3672 vicios existentes al momento de suy Que, la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° de 26designado de septiembre de otros, el “c) sometimiento pleno a oficio, lade Ley: La Administración regirá sus actos con octanaje 92, resultante de de lade mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base así como su actualización, El Director Ejecutivo a.i. la Agencia Nacional Hidrocarburos, designado mediante Relíquido con octanaje 92, resultante de la mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base así como su actualsolución Suprema N° 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades conferidas por la Ley del tad, podrá revocar total o parcialmente un acto administrativo por vicios existentes al momento de Que, la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, emisión o por razones de oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comproprevé que los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento y comercialización desu con sometimiento pleno asiguientes lalos leyaspectos (…)”. Precios por otra parte, reglamentar de comercialización relacionados al combustible final ypor a laella Gasolina PRIMERO.FIJAR los Finales de la Gasolina Especial Internacional, Diésel ización, por otra parte, reglamentar los aspectos de comercialización relacionados combustible final y solución N°la 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades Ley del Sistema de Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, laconferidas Ley de Hidrocarburos CONSIDERANDO: emisión oSuprema por razones de calidad, oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comprometido. II.yque NoRegulación procede revocación de oficio de los administrativos estables que adquieran prevé los aspectos de seguridad, transporte, almacenamiento y al comercialización las gasolinas base empleadas para su mezcla con elactos Etanol Anhidro, serán reglamentados por elde Base. Oíl Internacional, Gasempleadas Natural Vehicular Internacional yEtanol sus correspondientes Diferenciales, aesta ser a la Gasolina Base. Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, la Ley de Hidrocarburos esta calidad de conformidad a lo establecido en el presente Reglamento. La contravención de metido. II. No procede la revocación de oficio de los actos administrativos estables que adquieran N° 3058 de 17/05/2005 y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. las gasolinas base para su mezcla con el Anhidro, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos mediante Resolución Ministerial. CONSIDERANDO: aplicados por todas Estaciones de Servicio a nivel nacional asuperior medios jerárquica deLa transporte con placa de restricción obligará a las la autoridad del acto ilegal oen a del la aRM revocarlo.”, el esta calidad de conformidad amediante lo emisora establecido en elMinisterial. presente Reglamento. contravención deen esta N° 3058 dede 17/05/2005 y de normativa vigente, a nombre Estado Boliviano. Ministerio Hidrocarburos Resolución Que al efecto, el Ministerio Hidrocarburos y Energías cumplimiento de lo determinado la Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de 02 de agosto de 2021, se modifica la 185-18, en lo circulación extranjera: Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de 02 de agosto de 2021, se modifica la RM 185-18, en lo Artículo 60 inciso a)Ministerio elconforme cuerpo legal, dispone que “a) La será dispuesta por la misma restricción obligará amismo la autoridad emisora del acto ilegal o revocación a de la superior jerárquica a sector, revocarlo.”, el Que, al efecto eldescripción de en cumplimiento degubernamentales loPRIMERO.determinado la antes citada Que la Disposición Única Decreto Supremo N° 3672 26 de septiembre de 2018, prevé que RESUELVE: antes citada yAdicional aHidrocarburos, sudel atribución de dirigir políticas del medique respecta aLey, del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO Se en modifica la descripque respecta alalacalidad, descripción del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO PRIMERO.Se modifica descripautoridad administrativa que dictó eltransporte, acto, siempre que competencia, olaResolu por la Artículo inciso a)Ministerio mismo cuerpo legal, dispone que “a) La dispuesta la misma norma, conforme aelestablecido su atribución de dirigir políticas gubernamentales delserá sector, -19 Que, aly60 efecto el de Hidrocarburos, en cumplimiento de lo su determinado en N° la por antes citada los aspectos de seguridad, almacenamiento yrevocación demediante las gasolinas base RESUELVE: ción del parámetro “ѱ” en la ecuación (2) del Anexo dede lacomercialización Resolución Ministerial 130-18 de Precio Final Internacional Diferencial Precios ante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 de octubre deconserve 2018, modificada aMinisterial través de Resolución ción del parámetro “ѱ” establecido en la ecuación (2) del Anexo la Resolución N° 130-18 de Producto autoridad administrativa superior competente.” autoridad administrativa que dictó elenero acto, siempre que conserve su competencia, o por la ción Ministerial N° 015-19 de 28 de de 2019 dispuso reglamentar la metodología para la deter norma, y conforme a su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, mediante Resoluempleadas para su mezcla con el Etanol Anhidro, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos de octubre de 2018, modificado por la Resolución Ministerial N° 185-18 de 31 de diciembre de 2018, con (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) PRIMERO.FIJAR los siguientes Precios Finales de la Gasolina Especial Internacional, el Ministerial N° 185-18 de 31 deprecios diciembre de combustibles 2018, Ministerial dispusofinales aprobar losde lineamientos parade determinar 19 de octubre de 2018, modificado por la Resolución N° 185-18 31metodología de diciembre con autoridad administrativa superior competente.” minación yInternacional, actualización de de lostendrá resultantes de lacombustibles mezcla de2018, Etanol mediante Resolución Ministerial. ción Ministerial 015-19 dede28 de de 2019 dispuso reglamentar la para la detersiguiente texto: “ѱ =N° Factor de heterogeneidad como base un valor de 0,001 para finales Diésel Oíl Jet Fuel internacional y sus Diferenciales, acon serel PRIMERO.FIJAR siguientes Precios Finales decorrespondientes la de Gasolina Especial Internacional, Gasolina Especial Internacional 8,68 4,94 el precio del combustible líquido conenero octanaje 92, resultante la mezcla del Etanol Anhidro el siguiente texto: “ѱ = los Factor heterogeneidad tendrá como base un valor 0,001 para combustibles CONSIDERANDO: Anhidro con Gasolinas Base, así como loslos aspectos depodrá comercialización dede los combustibles finales minación y actualización de precios de combustibles finales resultantes de la mezcla de Etanol con mezcla de etanol anhidro octanaje 92. Dicho factor ser establecido en cada periodo por el Ente aplicados por todas las Estaciones de Servicio a nivel nacional a medios de transporte con Oíl Internacional, Jet Fuel internacional y en sus correspondientes Diferenciales, apor ser finales con mezcla de etanol anhidro de su octanaje 92.con Dicho factor podrá ser establecido en cada periodo Gasolina Base así como su actualización, por otra parte, reglamentar de comercialDiesel Oíl Internacional 8,88 5,16 CONSIDERANDO: yDiésel lasalgasolinas base empleadas para mezcla Etanol Anhidro. Que efecto elGasolinas Ministerio de Hidrocarburos Energías, cumplimiento delos lo aspectos determinado en lafinales antes Regulador conforme a condiciones delcomo mercado mediante Resolución Administrativa”. Anhidro con Base, así losyyServicio aspectos de comercialización de los combustibles el Ente Regulador conforme condiciones del mediante Resolución Administrativa”. placa circulación extranjera: aplicados por todas las Estaciones de a nivel nacional ade medios de2019 transporte con Que la de Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2del abril mediante de dispuso: ización relacionados al combustible final ymezcla amercado lapolíticas Gasolina Base. citada norma, y conforme a sua atribución desu dirigir gubernamentales sector, Resolución y las gasolinas base empleadas para con Etanol Anhidro. “PRIMERO.Instruir a lasextranjera: Estaciones de Servicio deInternacional Combustibles Líquidos yMinisterial de Gasla Natural Vehicuplaca de circulación Que la Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril de 2019 dispuso: Ministerial N° 015-19 de 28 de enero de 2019 dispuso reglamentar la metodología para determinación y Que, el numeral III del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución N° 015-19 de Diferencial Precio Precio Final Que el parágrafo III. del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 Que el parágrafo III. del Artículo 3diciembre del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 de Producto Precio Final larGNV, que hasta fecha 31 de de la presente gestión, presenten un informe elaborado 3 02 de 3de “PRIMERO.Instruir a las Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos yDiferencial de Gas Natural Vehicuactualización de precios de los combustibles finales resultantes de la mezcla Etanol Anhidro Gasolinas 28Que, de enero de 2019, señala que: será fijado yde publicado hasta el de quinto día hábil cada Que mediante Resolución Ministerial 117-2021 agosto de 2021, se modifica la RM 185de octubre de 2018, señala el precio delNº Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de ) con (Bs./m )con (Bs./m el numeral III del 3 “El Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 015-19 de octubre de 2018, señala elArtículo precio del Líquido Octanaje 92, deinforme labase mezcla delmes Etapor profesionales del área, referido aCombustible las condiciones yFinal estados de todos los circuitos de laempleadas Estación Producto Internacional Precios Precio Diferencial larGNV, que hasta fecha 31 de diciembre la gestión, presenten un elaborado Base, así como los aspectos de comercialización de lospresente combustibles finales yresultante las gasolinas por el Ente Regulador mediante Resolución Administrativa aplicando lo establecido en el presente Etanol Anhidro con Gasolina Base, será fijado y de publicado hasta el quinto día hábil de cada mes por elRegEnte 18, en lo que respecta a la descripción del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO PRIMERO.Se 28 de enero de 2019, señala que: “El será fijado y publicado hasta el quinto día hábil de cada mes Gas Natural Vehicular nol Anhidro con Gasolina Base, será fijado y publicado hasta el quinto día hábil de cada mes por el Ente de Servicio, sistemas de aterramiento y lade medición la resistencia máxima de cada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) 3,10 de 1,44 por profesionales del área, referido a las condiciones y estados de todos los circuitos de la presente Estación Producto Precios para suelmezcla con Etanol Anhidro. Anexo. El tendrá vigencia hasta la fecha su actualización”. Regulador Resolución Administrativa, elInternacional mismo tendrá vigencia hasta la de suen actualización. modifica lamediante descripción del parámetro en la ecuación (2)Operación Anexo desu la Resolución por Ente Regulador mediante Administrativa aplicando lodel establecido el Internacional ulador mediante Resolución Administrativa, elestablecido mismo que vigencia hasta la fecha fecha de actualización. concordancia con lo establecido en Resolución los “ѱ” Reglamentos detendrá Construcción y Estaciones de deAnexo. Servicio, sistemas de19 aterramiento y la de la resistencia máxima dedecada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) tendrá vigencia hasta lay fecha demedición su actualización”. Ministerial N° 130-18 de de octubre de 2018, modificado por la según Resolución Ministerial 185-18 Servicio deElEspecial Combustibles Líquidos Gas Natural Vehicular-GNV, corresponda, elN° cual deGasolina Internacional 8,68 4,94 Que el numeral III. del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 015-19 de 28 de concordancia con lo establecido en los Reglamentos de Construcción y Operación de Estaciones de SEGUNDO.FIJAR la siguiente alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional y consiguientemente CONSIDERANDO: Que, posteriormente a través de Resolución Ministerial N° 045-19 de 01 de abril de 2019, dispuso CONSIDERANDO: de 31 deactualizado diciembre de 2018, con elMáximo siguiente texto: “ѱ =Fuel Factor de heterogeneidad tendrá como base berá ser anualmente. SEGUNDO.Instruir a las Estaciones de Servicio de Combustibles enero de 2019, señala: “El será fijado y publicado hasta el quinto día hábil de cada mes por el Ente Regulador Servicio de Combustibles Líquidos y Gas Natural Vehicular-GNV, según corresponda, el cual deel Precio Pre-Terminal y el Precio Final del Jet A-1 Internacional: aprobar la metodología de cálculo para la determinación del Precio Ex – Refinería y Precio Pre – Ter Gasolina Especial Internacional 8,68 4,94 Que, posteriormente acombustibles través deaplicando Resolución Ministerial N° 045-19 de 01 elaborado deEl abril depor 2019, Líquidos yde de Gas Natural VehicularGNV, la establecido presentación de un informe empresas un valor 0,001 para finales con mezcla de etanol anhidro de octanaje 92.dispuso Dicho Diesel Oíl Internacional 8,88 5,16 mediante Resolución Administrativa lo en el presente Anexo. tendrá vigencia hasta berá actualizado anualmente. SEGUNDO.Instruir a2341 las Estaciones de Servicio de Combustibles Que aaser través de la Ley de Procedimiento Administrativo N°2341 de abril de 2002, se establecen las minal de la Base ser utilizada su mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características Que través de lacon Ley de Procedimiento Administrativo N° de 2323dede abril de 2002, se establecieron las aprobar la Gasolina metodología deacálculo para lapara determinación del Precio Ex –conforme Refinería Precio Pre – Terespecializadas yGas personal profesional referido ael las condiciones de infraestructura, factor podrá ser establecido en cada periodo por Ente Regulador ay condiciones del la fecha de actualización”. normas que regulan laNatural actividad administrativa yyla elelpresentación procedimiento administrativo del sector público. Líquidos y su de GNV, de un elaborado porintegridad empresas a. La alícuota delVehicularIEHD del Jet Fuel A-1 Internacional esinforme de Bs. 4,90/Lt. (Cuatro 90/100 técnicas de calidad difieran aa las de la Gasolina Especial. Diesel Oíl Internacional 5,16 normas que regulan la actividad administrativa procedimiento administrativo del sector público. minal de la Gasolina Base ser utilizada para su8,88 mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características ymercado funcionamiento de las estructuras civiles, instalaciones mecánicas y sanitarias hasta fecha 31 de mediante Resolución Administrativa”. especializadas y con personal profesional referido a las condiciones de infraestructura, integridad Bolivianos por Litro). técnicas de calidad difieran a las de la Gasolina Especial. diciembre de la presente gestión, el cual deberá ser actualizado quinquenalmente.”, constituyéndose Que posteriormente a través Ministerial N°Final 045-19 de 01 de deDiferencial 2019, dispuso aprobar la Que el c)El Artículo 44de de la Ley, determina como principio de la actividad administrativa, entre yQue funcionamiento de las estructuras civiles, instalaciones mecánicas y sanitarias hasta fecha 31 de b.inciso Precio Pre-Terminal del Jet Fuel A-1 Internacional esabril de Bs. 7,05/Lt. (Siete 05/100 CONSIDERANDO: Precio elinciso c)del del Artículo deResolución lacitada citada Ley, determina como principio de la actividad administrativa, entre en un acto administrativo egestión, carácter metodología de para laLitro). determinación delInternacional Precio –Ley: Refinería y Precio Pre –Pública Terminal de la Gasolina otros, elelparágrafo siguiente: “c) de pleno la La Pública regirá sus actos diciembre de lacálculo presente cual deberá seraEx quinquenalmente.”, constituyéndose Bolivianos por Que el III. del Artículo 3elgeneral. del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N°sus 130-18 Producto Precio otros, siguiente: “c)Principio Principio desometimiento sometimiento pleno aactualizado la Ley: La Administración Administración regirá actos CONSIDERANDO: Precio Final Diferencial 3 3 Base ade utilizada para su mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características técnicas de calidad difieran a con sometimiento pleno aFinal lade (…)”. en un acto administrativo eley carácter general. Que, a través de la Ley Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de 2002, se esta c.ser El Precio del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 7,32/Lt. (Siete 32/100 Bolivianos (Bs./m ) (Bs./m ) de 19 octubre de 2018, señala el precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de con sometimiento pleno a la ley (…)”. Que el Informe INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16 de noviembre de 2021 establece que “Si bien existe Producto Internacional Precio las de la Gasolina Especial. blecieron las normas que de regulan la actividad administrativa el procedimiento administrativo del por Litro). 3 los circuitos 3 día hábil la mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base, seráde fijado y ypublicado hasta el quinto de la necesidad de corroborar el correcto funcionamiento eléctrico de las estaciones de Que, a través de la Ley Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de 2002, se esta(Bs./m ) (Bs./m ) CONSIDERANDO: Que Informe 0115/2021 de 16de de de 2021 establece que “Sien bien existe sector público. Gasel Natural Vehicular Internacional 2,95 CONSIDERANDO: cada mes por elINF-DDT-UAET Ente Regulador mediante Resolución Administrativa, el de mismo que tendrá vigencia servicio, sistemas de aterramiento y lalamedición lanoviembre resistencia cada1,29 circuito concorlas normas que el regulan actividad administrativa ymáxima el procedimiento administrativo del CONSIDERANDO: la blecieron necesidad de corroborar correcto funcionamiento de losentrarán circuitos de las estaciones de TERCERO.precios fijados en losutArtículos precedentes eneléctrico vigencia a partir de las cero dancia lasLos normativas señaladas supra. En ese sentido, y de acuerdo al análisis realizado no hasta la fecha de su actualización. sector público. Gas Natural Vehicular Internacional 2,95 1,29 Que lalacon Dirección de Regulación Económica ade través del INF-DRE-UPTC 0147/2022 de 05 de mayo servicio, sistemas de aterramiento ylaalícuota la medición laInforme resistencia máxima de cada circuito en concorQue, el inciso c) del Artículo dede citada Ley, determina como principio de la actividad adminis -y (00:00) horas del día jueves 034 de marzo 2022. Que Dirección de Regulación Económica acondiciones través del Informe INF-DRE-UPTC 0110/2022 de 04 de abril SEGUNDO.FIJAR la siguiente delde IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional ymayo consicorrespondería que la verificación estas tengan que necesariamente ser atribuidas Que la Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0146/2022 de 05 de de 2022, referente a la actualización del Precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la dancia con las normativas señaladas utPrecio supra. En ese sentido, ypleno de acuerdo al análisis realizado no trativa, entre otros, siguiente: “c)del Principio de sometimiento a lanormativa Ley: La de 2022, referente a el la actualización del Combustible Líquido con Octanaje 92,Administración resultante dede la realizadas por los operadores, considerando que conforme a lo que señala la vigente, estas guientemente el Precio Pre-Terminal y el Precio Máximo Final del Jet Fuel A-1 Internacional: Que,en el inciso c)Anhidro del Artículo 4 dedelaalícuota citada Ley, determina como principio de la 1098 actividad adminis2022, elEtanol acápite pertinente concluye: “En cumplimiento a (…)”. lo establecido en la N° deatribuidas 15concluye: de sep-y CONSIDERANDO: mezcla de Anhidro Gasolina Base –condiciones de 2022, en el acápite 3. Ley correspondiente concluye: 3Jet SEGUNDO.FIJAR lacon siguiente del IEHD del Fuel A-1 Internacional y consicorrespondería que la verificación estas tengan necesariamente ser Pública regirá sus actos con sometimiento pleno aHidrocarburos la ley mezcla de Etanol con Gasolina Base –mayo abril de 2022, en el acápite 3. correspondiente CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs/m yoque el valor de Aporte al Fondo de deben ser realizadas por la Agencia Nacional de por terceros, no siendo atribuible tiembre de 2018, y la aplicación de la metodología determinada mediante Resolución Ministerial N° 015-19, trativa, entre otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno a la Ley: La Administración “En cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, y las Resoluciones Minrealizadas los considerando que conforme a lo de que señala la normativa vigente, estas guientemente el Precio Pre-Terminal yN°el1098 Precio Máximo Final del Jet Fuel Internacional: “En cumplimiento aoperadores, lo establecido en la en Leycuenta de las 15 de septiembre de 2018, y las A-1 Resoluciones MinConversión (AFC) en 0,0205 Bs/m3. esta última apor los operadores, tomando que supervisión realizadas por se los opResolución Ministerial N° 042-19 y Resolución Ministerial N°tarifas 045-19 aprobadas por el yyno Ministerio HidroLa alícuota del del Jet Fuel A-1 Internacional esdede Bs. 4,24/Lt. (Cuatro Pública regirá sus actos con sometimiento pleno aHidrocarburos la ley (…)”. isteriales de N° 130-18, 185-18 yyIEHD 117-21 aprobadas por el de Energías, aplicó Que aa.través de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de abril de 2002, de se estadeben ser realizadas por la Agencia Nacional de o Hidrocarburos por23 terceros, siendo atribuible isteriales de N° 130-18, 185-18 117-21 aprobadas por elaMinisterio Ministerio Hidrocarburos Energías, se aplicó CONSIDERANDO: eradores en las etapas de renovación están cubrir lasdesupervisiones a las instalaciones.” carburos, en el presente informe sepor realizó elorientadas cálculo paralas la determinación actualización delEl 24/100 Bolivianos la para elel del precio del combustible con octanaje 92, concluyéndose: Elprecio precio del esta última aque: los operadores, tomando en que tarifas de supervisión realizadas por losfinal oplametodología metodología para cálculo del precio del combustible con octanaje 92,y concluyéndose: precio del blecieron las normas que regulan la Litro). actividad administrativa y Hidrocarburos elgasolina procedimiento administrativo del Regístrese, publíquese ycálculo archívese. a. La alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,24/Lt. (Cuatro Concluyendo “es responsabilidad de lacuenta Agencia Nacional de dentro de sus funciodel combustible líquido resultante de la mezcla de etanol anhidro con base 81, denominado como combustible líquido con octanaje 92, resultante de la mezcla de etanol anhidro es 4,50 Bs/Lt (Cuatro 50/100 CONSIDERANDO: b. El Precio Pre-Terminal del Jet Fuel A-1 Internacional es4,50 dedeBs/Lt Bs. (Seis eradores en las etapas de renovación están orientadas aInforme cubrir supervisiones acomercialización, las6,39/Lt. instalaciones.” combustible conRegulación octanaje 92,Supervisión resultante demediante la mezcla de etanol anhidro es (Cuatro 50/100 Que, la Dirección de Económica, INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 sector público. nes realizar lalíquido regulación, yEl Fiscalización a las las actividades 24/100 Bolivianos por Litro). Gasolina Especial +.“es Por lo Control, tanto, se concluye que: precio de la Gasolina + es 3,74 (Tres con Bolivianos por Litro), mismo que incluye IVA. En cumplimiento al al artículo 5Especial parágrafo III dede laBs/Lt RM 130-18, se 39/100 Bolivianos por Litro). Concluyendo que: responsabilidad de la Agencia Nacional de Hidrocarburos dentro de sus funcioBolivianos por Litro), mismo que incluye IVA. En cumplimiento artículo 5 parágrafo III la RM 130-18, de enero de 2022, en el acápite pertinente concluye: “En cumplimiento a lo establecido en la Ley N° Es Conforme. La Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fueA-1 abrogada por recurso revocatoria mediante b. El Precio Pre-Terminal del Jet Fuel Internacional decrudo Bs. 6,39/Lt. (Seis 74/100 Bolivianos por Litro), mismo que incluye IVA. En cumplimiento allas artículo 5 es parágrafo IIIcrudo de West la RM 015aclara que para la realización del cálculo se utilizó la información oficial del precio del del Texas Que, la 15 Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 se aclara que para laArtículo realización del cálculo se utilizó la información oficial del precio del del West c. Elc) Precio Final del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 nes realizar la regulación, Control, Supervisión yN° Fiscalización aprincipio actividades dedeja comercialización, 1098 de de septiembre de 2018, ycálculo, la aplicación de lainformación metodología determinada mediante Reso Resolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR 0190/190, motivo por el cual se sin funcionaQue el inciso del 4 de ladel citada Ley, como de la actividad administra19, se aclara que para laBolivianos realización sedetermina utilizó lael oficial precio del del West 39/100 por Litro). Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y para precio del azúcar en el departamento deLey Santa de enero de 2022, en el acápite pertinente concluye: “En cumplimiento adel lo establecido en la N° Texas Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y042-19 para el precio del azúcar en elcrudo departamento La Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fue abrogada por recurso revocatoria mediante Bolivianos por Litro). lución Ministerial N° 015-19, Resolución Ministerial N° y Resolución Ministerial N° 045-19 lidad a la Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, y recomendando se emita el acto FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………….......................……………………...DIRECTOR EJECUTIVO a.i. Texas Intermediate (WTI) publicada porpor S&P Global Platts yAgroambiental para el precio del azúcar en eldeja departamento de tiva, entre otros, elPrecio siguiente: “c)del Principio de sometimiento pleno aAgroambiental la yLey: La Administración Pública Cruz, se utilizó la información remitida el Observatorio Productivo dependiente del Minc. Else Jet Fuel A-1 es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 1098 de 15 de de 2018, yremitida la aplicación de laen metodología determinada mediante Resode Santa Cruz, utilizó laFinal información por elInternacional Observatorio yse Productivo dependiResolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR N° motivo por el cual se sin aprobadas por elseptiembre Ministerio de Hidrocarburos Energías, ellapresente informe realizó el funcionacálculo administrativo correspondiente para dejar sin efecto la0190/190, RAR-ANH-DRC N° FDO: Abg. Adolfo Soria Luna……………………………………................…………….DIRECTOR JURÍDICO a.i. Santa Cruz se utilizó la información remitida por ely Observatorio Agroambiental y0042/2019. Productivo dependiente del isterio Desarrollo Rural y Tierras”. En recomienda emisión de la Resolución Administrativa regirá actos con sometimiento pleno asentido, la ley (…)”. Bolivianos por Litro). lución Ministerial N° 015-19, Resolución Ministerial N° 042-19 y entrarán Resolución Ministerial N°partir 045-19 ente del Ministerio de Desarrollo Rural yese Tierras”. En ese sentido, recomienda la emisión de laemita Resolución lidad ade ladeterminación Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, ylíquido recomendando se el acto para lasus y actualización del precio final del combustible resultante de la mezcla TERCERO.Los precios fijados en los Artículos precedentes en a de Ministerio de Desarrollo Rural yde Tierras”. En ese sentido, recomiendan la emisión de lavigencia Resolución Adminiscorrespondiente. Administrativa correspondiente. aprobadas por el Ministerio Hidrocarburos y Energías, en el presente informe se realizó el cálculo administrativo correspondiente para dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019. de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como Gasolina Especial +. Por lo tanto, se las cero (00:00) horas del día martes 04 de enero de 2022. trativa correspondiente. CONSIDERANDO: para determinación y actualización del final del combustible líquido depor la“De mezcla Que el la informe legal DJde –lafijados UGJN 0573/2021 20 deBs/Lt diciembre de 2021resultante señala que: lode TERCERO.Los precios enEspecial los precio Artículos precedentes entrarán en vigencia a partir concluye que: El precio Gasolina +de es 3,74 (Tres con 74/100 Bolivianos Litro), POR TANTO: POR TANTO: decero etanol anhidro con En gasolina base 81, como Gasolina Especial +. Por lo desarrollado se evidencia que el fundamento por elenero cual, en su momento hizo necesaria la tanto, emisión mismo que incluye IVA. aldenominado artículo 5 parágrafo III de3 ylase RM 015-19, se aclara quese las (00:00) horas delcumplimiento día martes 04 de de 2022. POR TANTO: CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs./m el74/100 valor desiAporte alcierto Que informe DJ –laUGJN 0573/2021 de 20 diciembre de 2021 señala que: “De de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya nola tiene validez actualmente, toda vez que es concluye que: Ellegal precio de Gasolina Especial + es 3,74 Bs/Lt (Tres con Bolivianos por Litro), Que lael Dirección de Regulación Económica a través delde Informe INF-DRE-UPTC 0071/2022 de 04lo para lade realización del cálculo, se utilizó información oficial del precio del crudo delbien West Texas El Director Ejecutivo a.i., de laque Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución Fondo Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional deelPrecio Hidrocarburos, designado mediante Resolución Sudesarrollado se evidencia el fundamento por cual, en su momento seRM hizo necesaria laSuprema emisión que es necesario verificar los mecanismos de elel requerimiento de que dicha verificación mismo que incluye IVA. EnAgencia cumplimiento alaterramiento, artículo 5para parágrafo III del de3 mediante la 015-19, se aclara que Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y precio azúcar en el departamento de marzo de 2022, referente a la actualización del del Combustible Líquido con Octanaje 92, CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs./m y el valor de Aporte al El Director Ejecutivo a.i., de la Nacional de Hidrocarburos, designado Resolución Suprema N° 27240 de 19 de noviembre de 2020, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley del prema N° 27240 deutilizó 19 de noviembre de 2020, en uso de las facultades yAgroambiental atribuciones conferidas por la Ley de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya no tiene validez actualmente, toda vez que si bien es cierto corra por cuenta de los regulados mediante la contratación de personal especializado, actualmente para la realización del cálculo, se utilizó la información oficial del precio del crudo del West Texas de Santa Cruz se la información remitida por el Observatorio y Productivo de resultante de mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base Marzo 2022, en eldicha acápite 3.17 corN° 27240 de 19laRegulación de noviembre de 2020, enN°uso de las28 facultades y –de atribuciones conferidas por lade Ley del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) 1600 de de octubre 1994, la Ley 3058 de verificación 17 de mayo Fondo de Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. del Sistema de Sectorial 1600 de 28 de octubre de 1994, laN° Ley N° 3058 de Regístrese, publíquese y archívese. que es necesario verificar los mecanismos de aterramiento, elel requerimiento de que no puede cumplirse, ello debido a (SIRESE) que el registro de profesionales por parte de la ANH ha sido Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts yEn para precio del azúcar en elseptiembre departamento pendiente del Ministerio de Desarrollo Rural yN° Tierras”. ese sentido, recomiendan la emisión de la Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28 de octubre de 1994, la Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano; respondiente concluye: “En cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 1098 de 15 de de mayo de y normativa vigente, amediante nombre del Boliviano; corra por cuenta deutilizó los regulados laEstado contratación de personal especializado, actualmente dejado siny2005, efecto por la revocatoria de la RAN-ANH-DJ 009/2019, no existiendo lay posibilidad de de Santa Cruz se la información remitida por el Observatorio Agroambiental Productivo deResolución Administrativa correspondiente. de 2005, normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano; 2018, y lascumplirse, Resoluciones Ministeriales deelrealicen N° 130-18, 185-18 y 117-21 aprobadas el Ministerio Regístrese, publíquese y Desarrollo archívese. no puede ello de debido a ANH queRural registro profesionales por parte Al depor la ANH haello, sido que profesionales acreditados por la lasdeverificaciones señaladas. margen de Es Conforme. pendiente del Ministerio y Tierras”. En ese sentido, recomiendan la emisión de la RESUELVE: de Hidrocarburos y Energías, se aplicó la el cálculo del precio del combustible RESUELVE: dejado sin efecto por la revocatoria deregular la metodología RAN-ANH-DJ 009/2019, existiendo la por posibilidad de las facultades de controlar, supervisar, y fiscalizar,para incluyen la no plena potestad, parte del Resolución Administrativa correspondiente. POR TANTO: RESUELVE: con octanaje 92, concluyéndose: El precio del combustible líquido con octanaje 92, resultante de ente regulador de adoptar las medidas que sean necesarias para verificar las condiciones y estados que profesionales acreditados por la ANH realicen las verificaciones señaladas. Al margen de ello, Es Conforme. FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………...DIRECTOR EJECUTIVO a.i. PRIMERO.DETERMINAR elelEstaciones precio del Combustible Líquido con Octanaje 92 resultante de la la mezcla mezcla de PRIMERO.DETERMINAR precio del Combustible Líquido con Octanaje 92 resultante de de de todos los circuitos de las de Servicio, sistemas de aterramiento y la medición de la las facultades de controlar, supervisar, regular y fiscalizar, incluyen la plena potestad, por parte del la mezcla de etanol anhidro es 4,50 Bs/Lt (Cuatro 50/100 Bolivianos por Litro), mismo que incluye FDO: Abg. Adolfo Soria Luna………………………………………………….DIRECTOR JURÍDICO a.i.por ElPOR Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante TANTO: PRIMERO.DETERMINAR elBase precio de4,50 la Gasolina Especial+ en50/100 3,74 Bs/Lt. (Tres con 74/100 Bolivianos Etanol Anhidro con Gasolina en Bs/Lt. (Cuatro con Bolivianos por Litro), elResolución cual incluye Etanol Anhidro con Gasolina Base 4,50 Bs/Lt. con 50/100 Bolivianos por Litro), el cual incluye resistencia máxima de circuito, aspectos que selauso deben ser valorados al momento de la yemisión ente regulador de adoptar las medidas que sean necesarias para verificar condiciones estados IVA. En cumplimiento al19artículo 5enparágrafo III (Cuatro de RM se aclara que paraEJECUTIVO la realización FDO: Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………...DIRECTOR a.i. Suprema N° 27240 decada de noviembre de 2020, en de130-18, las facultades ylas atribuciones conferidas Litro), elIng. cual incluye IVA. IVA. IVA. de autorización de construcción y Agencia licencia de operación respectiva, en solicitud de renovación de circuitos de las de Servicio, sistemas deyde aterramiento y la medición de FDO: Abg. Adolfo Soria Luna………………………………………………….DIRECTOR JURÍDICO a.i.la del cálculo se utilizó laa.i., información oficial del precio del crudo del West Texas Intermediate por la Leylos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 28cada de octubre de 1994, la(WTI) Ley Eltodos Director Ejecutivo de Estaciones lalo Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución de la licencia de operación, para cual la normativa vigente prevé la tasa regulatoria correspondiente, resistencia máxima de cada circuito, aspectos que en se deben ser valorados al momento de la emisión SEGUNDO.El precio aprobado a través de la Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia hasta la N° 3058 de 17 de mayo de 2005, y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano; publicada por S&P Global Platts y para el precio del azúcar en el departamento de Santa Cruz, SEGUNDO.El precio aprobado a través de la Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia hasta la fecha Suprema N° 27240 de 19 de noviembre de 2020, uso de las facultades y atribuciones conferidas SEGUNDO.El precio aprobado dede la operación Disposición Resolutiva Primera, tendrá no pudiéndose trasladar funcionesayytravés atribuciones del ente regulador alyregulado, por lo vigencia que alrenovación nohasta existirla de autorización de construcción licencia respectiva, cada solicitud fecha de su actualización. de su actualización. por la del Sistema Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 deen de octubre dede 1994, la Ley se utilizó latécnico información remitida ella Observatorio Agroambiental y28 Productivo dependiente del fecha deLey su actualización. justificativo algunode para lalopor existencia de dichos informes la N° 0042/2019, de la 3058 licencia de operación, cual normativa vigente prevédel la RAR-ANH-DRC tasa regulatoria correspondiente, RESUELVE: N° de mayo depara 2005, y normativa vigente, anace nombre Estado Boliviano; Ministerio de 17 Desarrollo Rural y Tierras”. En ese sentido, recomienda la emisión la Resolución debe ser dejada sin efecto. El acto que a la vida mediante lade emisión de existir una no pudiéndose trasladar funciones yadministrativo, atribuciones del ente regulador al regulado, por lo que al no Regístrese, publíquese y Regístrese, publíquese y archívese. Regístrese, publíquese y archívese. Administrativa correspondiente. manifestación de la voluntad de la administración que la informes emite, culmina su existenciaN° mediante la justificativo técnico alguno para la existencia de dichos la RAR-ANH-DRC 0042/2019, PRIMERO.DETERMINAR el que precio de la Gasolina en 3,74 Bs/Lt. (Trespor 74/100 Bolivia RESUELVE: extinción, ladejada doctrina, la administrativo, extinción es elEspecial+ “…retiro campo jurídico debe serLitro), sin entiende efecto. El acto que nacedel a la vida mediante la circunstancias emisión FDO. GÉRMAN DANIEL TERÁN…………………………….DIRECTOR EJECUTIVO a.i. FDO. GÉRMAN DANIEL JIMÉNEZ TERÁN…………………………….DIRECTOR EJECUTIVO a.i. a.i. de una nos por el incluye IVA. FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………….DIRECTOR EJECUTIVO no consideradas nicual advertidas al momento de emisión (Marienhoff. Tratado de Derechola POR TANTO: manifestación de la voluntad de la administración quedelamismo” emite, culmina su existencia mediante FDO. ALBERTO GASTÓN RODRÍGUEZ……………….………DIRECTOR JURÍDICO a.i. FDO. ALBERTO GASTÓN RÍOS RODRÍGUEZ……………….………DIRECTOR JURÍDICO a.i. FDO: Dr. Adolfo Magberentiende Soria Luna…………………… JURIDICO a.i. PRIMERO.DETERMINAR elBuenos precio la Gasolina en 3,74 Bs/Lt. (Tres 74/100 BoliviaAdministrativo. Abeledo Perrot. Aires. 1993. T.Especial+ II. p.565), los Arts. 57 al 61 por del DS N° 27113 extinción, la doctrina, que la de extinción es…………………….DIRECTOR el “…retiro del campo jurídico circunstancias SEGUNDO.El el precio aprobado a través la Disposición Resolutiva Primera, vigencia por incluye IVA. regulan las Litro), condiciones y de causales paraNacional lade extinción del acto administrativo, el tendrá Artículo dicha nonos consideradas nicual advertidas al momento de emisión de mismo” (Marienhoff. Tratado59 dedeDerecho El Director Ejecutivo a.i., la Agencia deI. Hidrocarburos, designado mediante Resolución norma señala: (EXTINCION PORBuenos REVOCACION). La autoridad administrativa, de oficio, mediante Administrativo. Abeledo Perrot. Aires. 1993. T. II. p.565), los Arts. 57 al 61 del DS N° 27113 Suprema N° 27240 19 de noviembre dede 2020, en ouso de las facultades yadministrativo atribuciones conferidas hasta la fecha de sude actualización. SEGUNDO.El precio aprobado a través la Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia declaración unilateral de voluntad, podrá revocar total parcialmente un acto por vicios regulan lasdel condiciones causales para la extinción del acto administrativo, el Artículo 59 deladicha por la Ley Sistemade deysu Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28para de octubre de satisfacción 1994, Ley existentes al momento emisión o por razones deautoridad oportunidad la mejor norma señala: (EXTINCION POR REVOCACION). I. La administrativa, de oficio, mediante Regístrese, publíquese y archívese. N° 3058ladefecha 17 de de 2005, y normativa vigente, a 60. nombre deldel Estado Boliviano; del interés público comprometido.”, … asimismo, el Art. Inc. a) N° 27113 determina que hasta demayo su de actualización. declaración unilateral voluntad, podrá revocar total o parcialmente unDS acto administrativo por vicios laexistentes competencia para revocar de oficio un acto corresponde a la autoridad administrativa que dictó el al momento de su emisión o por razones de oportunidad para la mejor satisfacción acto, siemprepúblico quepublíquese conserve su competencia.”, recomendando sindel efecto la 27113 RAR-ANH-DRC Regístrese, y archívese. RESUELVE: del interés comprometido.”, … asimismo, el Art. 60. dejar Inc. a) DS N° determina N° que 0042/2019. la competencia para revocar de oficio un acto corresponde a la autoridad administrativa que dictó FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………… DIRECTOR EJECUTIVO a.i. el PRIMERO.DETERMINAR elLuna…………………… precio del Combustible Líquido consinOctanaje resultantea.i. de la acto, siempre que conserve su competencia.”, recomendando dejar efecto la92 RAR-ANH-DRC N° FDO: Dr. Adolfo Magber Soria …………………….DIRECTOR JURIDICO Que mediante Resolución Suprema N° 27240 de 19 noviembre de 2020, se designó al Ing. Germán 0042/2019. mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base en 4,50 Bs/Lt. (Cuatro con de 50/100 Bolivianos por FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………… DIRECTOR EJECUTIVO a.i. Daniel Jiménez Terán como Director Ejecutivo Interino de la Agencia Nacional Hidrocarburos. Litro), el cual incluye IVA. FDO: Dr. Adolfo Magber Soria Luna…………………… …………………….DIRECTOR JURIDICO a.i. QueTANTO: mediante Resolución Suprema N° 27240 de 19 noviembre de 2020, se designó al Ing. Germán POR Daniel Jiménez Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos. SEGUNDO.El Terán preciocomo aprobado a través de Interino la Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia Elhasta Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Hidrocarburos a nombre del Estado Boliviano y la fecha de sua.i. actualización. POR TANTO: en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley del Sistema de Regulación Sectorial Nº 1600 de 28/10/1994, Ley de Hidrocarburos Nº 3058 de 17/05/2005 y demás normas legales sectoriales Regístrese, publíquese archívese. El Director Ejecutivo a.i.y de la Agencia Nacional de Hidrocarburos a nombre del Estado Boliviano y aplicables; en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley del Sistema de Regulación Sectorial Nº 1600 FDO: Ing. Germán Jiménez Terán………………………………….DIRECTOR EJECUTIVO a.i. de 28/10/1994, LeyDaniel de Hidrocarburos Nº 3058 de 17/05/2005 y demás normas legales sectoriales RESUELVE: aplicables; FDO: Dr. Adolfo Magber Soria Luna…………………… …………………….DIRECTOR JURIDICO a.i. ÚNICO.- DEJAR SIN EFECTO la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019 de 2 de Abril de 2019. RESUELVE: ÚNICO.- DEJAR SIN EFECTO la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019 de 2 de Abril de 2019. Regístrese, publíquese y archívese. Regístrese, publíquese y archívese.
Es conforme:
Es Director conforme:Ejecutivo a.i. Firmado: Ing. German Daniel Jiménez Teran.
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Seguridad SE APREHENDIERON A 2 PERSONAS
Agentes antidrogas y personal del Ministerio Público hallaron al interior de un helicóptero, que se había desplomado, siete yutes con cocaína en el municipio de San Ignacio de Velasco, Santa Cruz. Hay dos personas aprehendidas.
El hecho se registró el jueves a las 18:00, tras denuncia de los comunarios. Se aguarda un informe oficial por parte de las autoridades. Los comunarios de la comunidad San Simón reportaron la caída a tierra del helicóptero.
En la parte trasera de la aeronave se hallaron siete bolsas de yute con paquetes en forma de ladrillo que contenían cocaína. Aún no se relizó la cuantificación de la droga, pero se estima que sobrepasa los 500 kilogramos. Se presume que el destino de la droga era Brasil. Las dos personas sorprendidas en la aeronave están aprehendidas. “No existe comunicación en el lugar. Por la inaccesibilidad del terreno estamos esperando un informe oficial de la Felcc”, declaró Holguín ante los medios de comunicación.
500 KILOGRAMOS de cocaína contendrían los siete yutes que se secuestraron en el interior de la aeronave.
// FOTO: ARCHIVO
De acuerdo el comandante de la Policía de Santa Cruz, Erick Holguín, personal de la Unidad Móvil de Patrullaje Rural, Umopar, se encuentra desde el jueves en la comunidad San Simón, distante a 100 kilómetros de San Ignacio de Velasco, para cuantificar la cantidad de droga y otros elementos. Contó que tras una llamada telefónica, los comunarios alertaron a efectivos sobre la precipitación de la aeronave, el jueves a las 18:00, en una propiedad privada, ubicada en una zona con lodo. Según los testimonios, el helicóptero sobrevoló la zona a poca altura y luego se escuchó un fuerte golpe entre la maleza. Asimismo, confirmaron que en el interior habían dos personas heridas, que serían el piloto y el copiloto. El informe preliminar de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) da cuenta que en la comunidad San Simón, se ubicó al helicóptero con daños materiales de consideración.
Se desploma helicóptero con droga en San Ignacio de Velasco
// FOTO: RRSS
• Redacción Central
ACCIDENTE LABORAL
Tres mineros mueren al interior de una mina en la localidad de Poopó • Redacción Central
En las últimas horas, se reportó la muerte de tres mineros al interior de la mina San Francisco en la localidad de Poopó, del departamento de Oruro. Sus restos son velados en la comunidad.
La mina San Francisco en la localidad de Poopó.
El director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de Oruro, Yerko Rejas, informó que este he-
cho se produjo como accidente laboral. El caso fue atendido por personal policial de Huanuni, tras recibir el llamado del efectivo que trabaja en la seguridad del centro minero. “Personal policial de Huanuni se constituye en la localidad de Poopó y evidencia que hay tres personas que habían fallecido en la mina”, indicó el jefe policial. Precisó que dos de los infortunados fallecieron aplastados por el mineral. “Los dos
primeros sufrieron aplastamiento y mueren por asfixia mecánica en accidente laboral”, señaló. La tercera persona falleció por intoxicación, luego de inhalar monóxido de carbono por la explosión de gases al interior de la mina. Rejas manifestó que los cuerpos sin vida de los mineros fueron rescatados por la Policía. Posteriormente fueron trasladados por las familias hasta la comunidad, para el velorio correspondiente.
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Seguridad // FOTO: FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
EL HECHO SE REGISTRÓ EN LA PAZ
Aprehenden a mujer por la muerte de su amiga La investigación preliminar señala que la víctima presenta signos de violencia en el rostro y el cuerpo.
La modalidad presencial de la capacitación se desarrolla en la Fiscalía.
EN DOS MODALIDADES
Capacitan en investigación financiera a fiscales y policías • Redacción Central
Para dirigir un investigación financiera, 22 fiscales de materia y cinco policías a nivel nacional son capacitados en el curso “Investigación financiera y recuperación de activos en delitos medioambientales”, por la Escuela de Fiscales del Estado. Moisés Palma, director de la fiscalía especializada en delitos de narcotráfico, medioambiente, pérdida de dominio, financiamiento del terrorismo y legitimación de ganancias ilícitas, informó que la actividad academíca se desarrolla desde el 4 y concluirá el 8 de mayo. La capacitación se realiza en dos fases: fase virtual mediante la plataforma virtual de la Escuela de Fiscales del Estado, y la fase presencial, que se lleva acabo en la Fiscalía Departamental de Santa Cruz. En esta oportunidad, 22 fiscales de materia y cinco investigadores de la Policía Forestal y de Protección al Medio Ambiente (Pofoma) de los nueve departamentos del país son instruidos. “La actividad académica pretende lograr que los participantes sean capaces de dirigir una
Se pretende lograr que los participantes puedan dirigir una investigación financiera y de cooperación internacional judicial para recuperar activos vinculados a delitos”.
Tras el hallazgo de un cadáver en la zona de Ovejuyo, una mujer fue aprehendida ayer como la presunta responsable de la muerte de Gladys, su amiga, con quién horas antes había compartido bebidas alcohólicas en su domicilio. De acuerdo con el director departamental de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc) de La Paz, Rolando Rojas, la víctima es una mujer de 27 años de edad y que trabajaba como personal de limpieza; falleció el jueves a las 22:00 aproximadamente. Personal de la Felcc de la zona Sur hizo el levantamiento legal del cadáver, luego de que la principal sospechosa de su muerte llamara a la Policía. “El cadáver ha sido recogido y llevado a la morgue para su autopsia legal, para ver cuál ha sido la causa de la muerte. El caso está
en etapa de investigación”, aseguró el jefe policial a los medios de comunicación. Según relatan los familiares de Gladys, ella salió de su domicilio el jueves por la tarde asegurando que iba a cobrar un dinero que le adeudaban, sin embargo no retornó más. “Como avance investigativo se ha procedido aprehender a la persona con la cual la víctima habría estado compartiendo bebidas alcohólicas, toda vez que se encontró signos de violencia en el rostro y cuerpo del cadáver”, señaló Rojas. El esposo de Gladys, quien prefirió guardar su identidad, contó que la última persona que vio con vida a su pareja fue su amiga. “Hay audios que nos ha enviado en los que dice: ‘estoy tomando con mi nueva mejor amiga’. Presumimos que han peleado (...) Yo sé que ella quería venirse a la casa porque no sabe llegar borracha”, contó. Además, aseguró que en la habitación donde
se encontró el cadáver de Gladys, habían cabellos de su esposa por doquier; dejó en la orfandad a dos niños. La amiga de Gladys, de la que se desconoce el nombre, es investigada por el delito de homicidio. Permanece en celdas policiales a la espera de la audiencia de medidas cautelares que definirá su situación procesal.
El cadáver ha sido recogido y llevado a la morgue para la autopsia legal. El caso está en etapa de investigación”. Rolando Rojas Director Departamental de la Felcc
// FOTO: ARCHIVO
• Redacción Central
Moíses Palma Director de Fiscalía Especializada investigación financiera y de cooperación internacional judicial, para recuperar activos vinculados a delitos contra el medio ambiente o delitos de lavado de activos”, manifestó Palma. La capacitación se realiza en el marco del memorándum de entendimiento para la lucha contra delitos de tráfico de especies protegidas en Bolivia, suscrito entre el Ministerio Público y Basel Institute on Governance.
Imagen referencial del levantamiento de un cadáver.
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Seguridad Dos personas, presuntamente involucradas con la comercialización de vehículos robados de Chile, fueron identificadas y ahora están siendo buscadas por la Policía Boliviana, informó ayer el jefe nacional de la Dirección Prevención de Robo de Vehículos (Diprove), coronel Héctor Pereira. “Tenemos a dos personas que están siendo buscadas, ellas ya han sido plenamente identificadas, las unidades investigativas ya se encuentran en proceso”, afirmó el jefe policial. En contacto con Unitel, detalló que las unidades policiales de investigación identificaron el domicilio de ambos involucrados; sin embargo, no lograron encontrarlos. “Se están tomando los recaudos corres-
Rolando Téllez
// FOTO: RRSS
EL EXSUBDIRECTOR DE Diprove de Santa Cruz, declaró ayer ante la Fiscalía cruceña por el caso.
INVESTIGACIONES DE DIPROVE
Identifican a dos involucrados en el comercio de vehículos robados La casa de uno de ellos fue ubicada en Yapacaní, departamento de Santa Cruz, donde se encontró otro auto hurtado. pondientes para aprehenderlos”, recalcó. La casa de un involucrado está en Yapacaní, Santa Cruz, en la cual se encontró otro motorizado reportado como robado. Esta investigación se da luego de que un medio chileno denunciara supuestos nexos de jefes policiales con la venta de vehículos robados. La Fiscalía cruceña inició una investigación a los presuntos implicados, un exjefe del verde olivo ya está con detención preventiva en Palmasola. Pereira aseveró que se hace un seguimiento al vehículo que se muestra en el reporte chileno, y afirmó que ya se cuenta con imágenes de dónde este auto había cargado combustible. Mientras tanto, en Santa Cruz, declaró el coronel Rolando Téllez en calidad de testigo y rechazó tener conocimiento sobre estas actividades, luego evitó dar declaraciones a los periodistas que esperaban su salida de la Fiscalía cruceña.
// FOTO: ARCHIVO
• ABI / Redacción Central
Actualmente, se realizan investigaciones al interior de Diprove.
LA VÍCTIMA TENÍA 14 PUÑALADAS EN EL CUERPO
Investigan un nuevo caso de feminicidio en Cochabamba • Redacción Central
La Fiscalía Departamental de Cochabamba investiga un nuevo caso de feminicidio ocurrido el 5 de mayo; es el séptimo durante este año, que se registró esta vez en el municipio de Cercado.
La víctima fue identificada como Laura C.B. de 32 años de edad y su cuerpo sin vida se encontraba en inmediaciones de la laguna Alalay con 14 puñaladas. En este caso, se presume que el autor es un hombre, quien será investigado. “El equipo multidisciplinario de la Fiscalía Especializada de Delitos Contra la Vida se trasladó al lugar de los hechos y colectó todas las evidencias que permitirán esclarecer este
caso; entre ellas ropa de la mujer como una gorra que pertenecería a su agresor, también se realizó el levantamiento legal del cuerpo de la víctima”, dijo la fiscal departamental, Nuria Gonzales. El hecho se registró el 5 de mayo. La víctima y un hombre, con quien aparentemente tendría una relación de afectividad, discutieron y luego éste la apuñaló 14 veces en el cuerpo y la dejó que se desangre.
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Covid-19 Los medicamentos serán distribuidos a los municipios para que sus hospitales y centros de salud, cuenten con el stock suficiente para atender a sus pobladores de manera gratuita ante una posible nueva ola del Covid-19. El presidente Luis Arce Catacora afirmó ayer, en sus redes sociales, que el Gobierno entregó los fármacos, equipos e insumos médicos con un valor de Bs 46,9 millones, a hospitales y centros médicos del Beni. “Trabajamos por la salud de nuestro pueblo. Beneficiamos a los habitantes de las provincias Cercado, Iténez, Ballivián, Mamoré, Marbán, Moxos, Vaca Díez y Yacuma”, escribió el Jefe de Estado en su cuenta de Twitter @LuchoXBolivia. En ese sentido, el viceministro de Gestión del Sistema Sanitario, Álvaro Terrazas, explicó que los medicamentos servirán para que los centros de salud cuenten con el stock suficiente para atender a los benianos, ante una posible nueva ola del Covid-19. El Viceministro explicó que de los Bs 46,9 millones que fueron utilizados para la compra de los insumos y medicamentos, alrededor de Bs 2,5 millones están destinados para cada municipio.
RECONOCIMIENTO
La oportunidad también fue aprovechada para entregar reconocimientos a las bri-
CON UNA INVERSIÓN DE BS 46,9 MILLONES
Beni recibe medicamentos para prevenir una posible nueva ola El viceministro Álvaro Terrazas indicó que la salud de los bolivianos no puede ser atendida solo eventualmente, sino, debe ser de forma cotidiana. gadas médicas de los programas Bono Juana Azurduy, Telesalud, Safci Mi Salud y Salud oral, que realizaron más de 320 atenciones médicas en diferentes especialidades a pobladores del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro-Sécure (Tipnis). “Reconocemos a las y los profesionales de las brigadas móviles del Ministerio de Salud y Deportes que llevaron atención médica, Bono Juana Azurduy, Subsidio Prenatal y carnetización, junto al Segip (Servicio General de Identificación Personal), a las comunidades del Territorio Indígena del Parque Nacional Isiboro Sécure Tipnis”, escribió el presidente Arce en su Twitter. En esa misma línea, Terrazas indicó que la salud no puede ser de atención eventual, tiene que ser de forma cotidiana y esa es una labor que el Gobierno va ejecutando. Por su parte, el representante de la Subcentral Tipnis, Rogelio Noto, calificó de positivo el ingreso de las brigadas a co-
Autoridades nacionales y subnacionales participaron de la entrega de los medicamentos.
// FOTO: MINISTERIO DE SALUD
• Redacción Central
2,5 MILLONES DE BOLIVIANOS fueron destinados para cada municipio beniano.
munidades de ese territorio indígena porque los comunarios recibieron atención médica, además que 66 niños menores de dos años y mujeres en estado de gestación recibieron el pago del Bono Juana Azurduy y el Subsidio Universal Prenatal. “Hoy nos llega el apoyo y ayuda del Gobierno gracias
a la estrecha coordinación que tenemos y queremos que eso no se pierda porque los alcaldes del Beni necesitamos mucho más apoyo”, dijo a su vez la alcaldesa del municipio de Loreto y presidente de la Asociación de Municipios del Beni, Amdebeni, Yaskara Moreno.
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Sociedad RECORDANDO SU NATALICIO
la reconstrucción económica productiva de la Patria; sin embargo, a la fecha no se concluyó la lucha por la despatriarcalización, que es un desafío para la construcción de un Estado. A su turno, la Ministra de Trabajo resaltó que Barrios entendía que era una lucha de unidad, no solo de hombres mineros si no de mujeres también, ya que ambos son considerados como la clase trabajadora. “Ella ofreció su cuerpo y su vida para reivindicar la lucha discriminación y opresión”, social, por eso para nosotras señaló Prada. es un ejemplo de compromiso Domitila Barrios de Chun- de vida y lucha”, afirmó Navia. gara nació el 7 de mayo de 1937 En esa línea, la secretaria de en Llallagua, zona minera de Relaciones de la Federación SinPotosí, fue una de las primeras dical de Trabajadores Mineros de mujeres líderes de los moBolivia (Fstmb), Ninfa Cayo, vimientos mineros. rememoró el 24 de juBarrios, en nio de 1967 cuando 1963, ingresó el presidente René al Comité de Barrientos envió Amas de Casa un contingente de Siglo XX militar a Catavi y (Potosí). DesLlallagua para rede allí, junto primir a mineros a otras mineparapetados conDomitila Barrios ras enfrentó a las tra la explotación y fuerzas represivas de abusos de los grandes Víctor Paz, René Barrienempresarios; luego de la matos y Hugo Banzer Suárez. tanza Domitila fue apresada y Prada indicó que la mu- torturada. Estos hechos se conojer es el pilar fundamental de cen como la Masacre de San Juan.
Mujeres rescatan el legado dejado por Domitila Barrios
La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, indicó que la dirigente minera enseñó a las féminas que la lucha debe ser hermanada. // FOTO: JORGE MAMANI
• Redacción Central
Mujeres de diferentes organizaciones sindicales, además de las ministras de la Presidencia, María Nela Prada y de Trabajo, Verónica Navia, recordaron ayer el nacimiento de la destacada minera quien luchó contra las dictaduras militares.
Las ministras de la Presidencia y Trabajo rinden homenaje a Domitila Barrios.
“Fue una gran mujer minera que posicionó, como pocas, la lucha de mujeres a nivel mundial, de la que aprendimos a batallar hermanadas, porque nos enseñó que la vida está tejida con el pueblo, por las causas de liberación, dignidad, soberanía,
PARA NO PERJUDICAR EL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES
• Redacción Central
Esta gestión no se ampliará el descanso pedagógico; la determinación preliminar busca evitar perjuicios en el proceso de enseñanza y aprendizaje de los estudiantes. El ministro de Educación, Édgar Pary Chambi, informó que las vacaciones de invierno solo serán dos semanas, las cuales están establecidas en el artículo 20 de la Resolución Ministerial 001/2022. “El descanso pedagógico está establecido para el 4 de julio y tiene una duración de 14 días. No habrá ninguna prolongación”, enfatizó la autoridad. En caso de reportarse contagios masivos en unidades educa-
tivas o regiones del país, la autoridad adelantó que se activarán la modalidad de educación virtual para la reanudación de las actividades educativas para el retorno de las vacaciones. La medida se sustenta en el artículo 21 de la Resolución Ministerial 001/2022 que estipula el cumplimiento del calendario escolar, por lo que las direcciones departamentales y distritales de educación, unidades educativas, juntas escolares y padres de familia son corresponsables de que se cumplan los 200 días habiles del calendario escolar. En cuanto a las tareas para ese periodo, el ministro Pary ratificó que la norma señala, en el numeral II del artículo 20: “Se prohíbe proporcionar tareas a las o los estudiantes durante el descanso pedagógico”.
200
DÍAS HÁBILES de clases tienen que cumplir los escolares, para garantizar la calidad educativa. // FOTO: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Educación anuncia que no se ampliará el descanso pedagógico En caso de que hubieran contagios en alguna unidad educativa, activaremos de manera inmediata la modalidad a distancia, para no perjudicar el aprendizaje de nuestros estudiantes”. Edgar Pary Ministro de Educación
Autoridades de educación en conferencia de prensa.
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// FOTO: GONZALO JALLASI
Sociedad DESPUÉS DE 794 DÍAS DE INICIADO
Con retraso entregan hoy viaducto Belisario Salinas La alcaldía multará a la constructora con Bs 105 mil. La obra tiene Bs 2,4 millones de recargo.
En la plaza San Francisco se efectuó el cabildo.
CONSENSUARON UNA RESOLUCIÓN
Cabildo de la Fejuve cuestiona a Iván Arias • Redacción Central
Un multitudinario cabildo de paceños cuestionó ayer la gestión de gobierno del alcalde Iván Arias, quien dejó en completo abandono a los paceños. A la convocatoria, en la plaza San Francisco, asistieron dirigentes de los 23 distritos de La Paz y más de 650 dirigentes de juntas vecinales, y junto a miles de ciudadanos emitieron una resolución. Los atropellos de la Alcaldía, el intento de dividir a las juntas vecinales y el rechazo al crédito de Bs 175 millones gestionados para atender algunas demandas de la Alcaldía generaron molestia en los vecinos de esta ciudad. El presidente de la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) de La Paz, Justino Apaza, dijo que todos los vecinos coincidieron en que Arias solamente se dedica a hacer política y dividir al sector, además de dejar más endeudada a esa urbe con relación a lo que se registró durante la gestión del exalcalde Luis Revilla. “Ha sacado resoluciones en contra del pueblo, ahí está el préstamo de 175 millones
El préstamo de 175 millones (de bolivianos) no ha sido consensuado, (Arias) incumplió varias de sus promesas electorales”. Justino Apaza Presidente Fejuve (de bolivianos) que no ha sido consensuado, incumplió varias de sus promesas electorales, entre ellas el doble Presupuesto Operativo Anual para cada barrio”, dijo. Recordó que en un año de gestión no se entregaron o presentaron obras para el desarrollo de la ciudad, entre varios otros reclamos. En ese marco, Apaza afirmó que el cabildo estableció que de no ser atendidas las demandas de la población, se impulsará el revocatorio al mandato de Arias.
Por día de retraso en la entrega del viaducto Belisario Salinas, la empresa tarijeña El Ceibo será multada con Bs 15 mil. La obra finalizada será entregada hoy a las 19.00 y se habilitará el domingo. El contrato para la construcción del viaducto se firmó el 15 de abril de 2019, con un monto inicial Bs 18.752.171,76 y el plazo de ejecución era de 343 días calendario a partir de la orden de proceder que fue dada el 4 de marzo de 2020. Pasaron dos años, dos meses y tres días, haciendo un total de 794 días. “La empresa tenía que entregarnos el 30 (de abril), se ha retrasado en obras de arte que se llaman, le estamos aplicando cada día 15 mil bolivianos por retraso, son sanciones. La empresa tenía que entregar con todas estas obras de arte el 30 y desde el 1 de mayo corren las multas”, informó Arias en el programa Que No Me Pierda, de la Red Uno.
La obra debía ser entregada el 10 de febrero de 2021; tiene un retraso efectivo de un año, dos meses y 26 días, en total 451 días. La primera minuta de contrato modificatorio fue el 5 de febrero de 2021 cuando se incrementó 235 días calendario al plazo de entrega de 578 días y se aumentó el pago en Bs 964.970,33 haciendo un total de Bs 19.717.142,09. El 30 de abril de 2021 se disminuyó el monto de Bs 19.717.142,09 en 1,36, el nuevo monto fue de Bs 19.717.140,73 y se mantuvo el plazo del 2 de febrero de 2021. El 8 de septiembre de 2021 el plazo fue incrementado nuevamente en 59 días calendario, haciendo un total de 637 días calendario y Bs 299.853,81 de incremento en el pago, haciendo un total de Bs 20.016.994,54. El 28 de noviembre de 2021, el plazo de 637 días se incrementó nuevamente 20 días calendario más, el nue-
vo plazo fue de 657 días calendario y el monto de Bs 20.016.994,54 también se incrementó en 609.419, el nuevo monto fue de Bs 20.626.414,20. Otra modificación se hizo el 20 de diciembre de 2021, el plazo se incrementó 100 días más, haciendo un total de 757; se incrementó Bs 609.891,49 haciendo un total de Bs 21.236.305,69 es decir un 13,25% del monto del contrato principal. Finalmente, los paceños deberán pagar Bs 2.484.134 de recargo sobre el precio inicial y la multa a la empresa será solo de Bs 105 mil. Una vez que se inaugure el viaducto, entre 90 segundos a dos minutos demandará circular desde Miraflores hasta Sopocachi a través del mismo, a diferencia de los 10 minutos que se tardaba anteriormente en ese tramo, según el secretario municipal de Infraestructura Pública, Boris Bacarreza. // FOTO: GONZALO JALLASI
• Redacción Central
Obreros dan los últimos toques a la salida del viaducto.
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Economía • Redacción Central
La Aduana Nacional informó ayer que determinó la intervención de la Gerencia en Oruro y la destitución de nueve funcionarios implicados en el desmantelamiento de vehículos incautados.
SIN PRECEDENTES “La Aduana es un lugar donde tiene que trabajar gente sana, gente que no tengan precedentes, que no tenga hechos de corrupción (...) ésas son las labores en cuanto a transparencia que ha realizado la Aduana”, afirmó. Sobre la destitución de los funcionarios que formaban parte del Grupo de Reacción Inmediata Aduanero (GRIA), sostuvo que “la Aduana Nacional no va a socapar ni proteger a ningún funcionario que sea sorprendido en un hecho ilícito”. FISCALÍA El jueves, autoridades de la Fiscalía y la Policía lograron capturar a nueve personas involucradas en un presunto desmantelamiento de vehículos incautados por el GRIA dependiente de la Aduana Regional de Oruro, antes de su correspondiente registro y control. Además de ser desvinculados de la institución, los nueve exfuncionarios deberán enfrentar una querella interpuesta por la Aduana Nacional por los delitos de Sustracción de prenda aduanera, delito de peculado y delito de uso indebido de influencias y un proceso sumario por no haber cumplido el reglamento que dispone el traslado de la mercancía comisada dentro de las siguientes 24 horas,
SE INICIA LA INVESTIGACIÓN
Aduana interviene regional de Orur nueve funcionarios son aprehendid
en este caso, los vehículos ilegales a los recintos aduaneros correspondientes. TRANSPARENCIA “En el marco de la transparencia de sus funciones y que no se protege a nadie, la Aduana se ha constituido en parte querellante. Hemos presentado la querella esta mañana (ayer) a las 08.14 en la Fiscalía”, reveló.
9 FUNCIONARIOS implicados en el desmantelamiento de vehículos incautados fueron destituidos de la Aduana.
Indicó además que se seguirá un proceso administrativo en su contra con el objetivo de recuperar el dinero. COLABORACIÓN Agregó que la institución va a brindar toda la colaboración e información necesaria para esclarecer el caso a las instancias que correspondan y que las puertas de la Aduana en todo el país esLa presidenta de la Aduana durante la conferencia de prensa, ayer.
// FOTO: ADUANA
A partir de este viernes y como medida de seguridad, la Gerencia Regional queda intervenida en sus siete instalaciones de la ciudad de Oruro, con personal de la Oficina Central de la ciudad de La Paz; se desarrollará una investigación para esclarecer los hechos ocurridos y mientras ésta dure, las personas que están ejerciendo cargos van a pausar sus funciones, dijo la presidenta de la institución, Karina Serrudo, en una conferencia de prensa en la ciudad de Oruro.
tán abiertas para cualquier investigación. “Pedimos a la prensa y a la población que denuncien para que puedan coadyuvarnos en esta lucha contra la corrupción”. TRANSPARENCIA La Aduana está llevando un proceso de transparentación de toda la gestión para lograr los números que hasta ahora registra. En cuatro meses ha habido una recaudación histórica con más de Bs 5 mil millones por recaudación de tributos de importaciones y exportaciones y también un récord en comisos de mercancía de contrabando, se superó a anteriores gestiones con más de Bs 215 millones en mercancía comisada hasta ahora. Esto se ha logrado a través de un trabajo arduo y esforzado de los 1.700 servidoras y servidores públicos de la Aduana Nacional que desarrollan un trabajo comprometido y transparente, que va más allá de las ocho horas los siete días de la semana, recalcó la presidenta de la institución.
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La Policía presentó a las personas implicadas en el desmantelamiento de vehículos incautados.
La Aduana está llevando un proceso de transparentación de toda la gestión para lograr los números que hasta ahora registra. En cuatro meses ha habido una recaudación histórica con más de Bs 5 mil millones por tributos de importaciones y exportaciones.
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Incautan cuatro barcazas en Puerto Quijarro El personal de la Aduana Nacional comisó cuatro barcazas tipo tanque que fueron abandonadas a orillas del canal Tamengo, en el municipio de Puerto Quijarro del departamento de Santa Cruz. Las embarcaciones fueron valoradas en 5.428.800 bolivianos, informó el gerente regional de Santa Cruz, José Luis Mollinedo. Estas barcazas (tanqueras) se caracterizan por ser una especie de plataformas flotantes cuya estructura está hecha de acero y en su mayoría sirven para transportar líquidos. Las cuatro fueron halladas el 29 de abril por agentes del Control Operativo Estratégico (COE), la Capitanía Mayor Quijarro y el Quinto Distrito Naval, que en una inspección de rutina interceptaron cada una de las barcazas, en las cuales flameaban banderas de Brasil. “Como pueden ver, es un esfuerzo conjunto entre la Aduana, Capitanía de Puerto y Naval que han desplegado más de 20 funcionarios por tres días y en base a este trabajo de inteligencia se identificaron estas embarcaciones. Sólo es una muestra del trabajo que está haciendo el Gobierno nacional en contra del contrabando”, sostuvo Mollinedo. La primera barcaza de 60 metros no portaba mercadería en sus ambientes, la segunda tiene un peso de 800 toneladas y fue valorada en Bs 1.322.400, la tercera tiene
Después de una inspección, los agentes corroboraron que las barcazas no tienen el permiso de operaciones en Bolivia ni la habilitación de registro de la Aduana Nacional.
Inspección en una de las barcazas retenidas.
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// FOTOS: ADUANA
// FOTO: POLICÍA BOLIVIANA
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El operativo aduanero en el canal Tamengo.
BARCAZAS fueron incautadas por la Aduana a orillas del canal Tamengo en el municipio de Puerto Quijarro.
Barcaza incautada en el canal Tamengo.
una maga de 16,60 metros; finalmente, la cuarta barcaza con matrícula 03000 también mide 60 metros. Después de una inspección, los agentes corroboraron que las barcazas carecen del permiso de operaciones en Bolivia, al igual que la habilitación de registró de la Aduana Nacional, por tanto se procedió a su incautación, de acuerdo a normativa. Del 1 de enero al 30 de abril, la Aduana Nacional incautó mercadería ilegal estimada en más de Bs 205,3 millones mediante 3.477 operativos estratégicos desarrollados en todo el país. Se incautaron vehículos, automóviles, tractores y sus partes, valorados en más Bs 126 millones; prendas y accesorios de vestir en más de Bs 8,5 millones; aparatos electrónicos y material eléctrico equivalentes en Bs 11 millones; semillas y frutos oleaginosos en Bs 6,9 millones, entre otros artículos. En cuanto al departamento de Santa Cruz, en estos cuatro meses se ejecutaron favorablemente 550 operativos de control, como resultado se llegó a la suma de más de Bs 35 millones en mercancía comisada.
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Tribuna El grotesco montaje del canal Caracol contra Petro Luis Alfonso Mena S.
A
l canal colombiano de televisión Caracol lo acompañará por el resto de sus días, como una mancha indeleble, la infamia cometida el jueves 21 de abril, en su emisión del mediodía, horario ‘prime time’, contra la verdad, la audiencia y los cánones más elementales del verdadero periodismo, que empiezan con el rigor y la seriedad. Ese día, Noticias Caracol dio a conocer un “informe” presentado como si fuera en directo por su corresponsal en España, que contenía una “noticia” que nunca ocurrió, falsa, inventada, fabricada contra el candidato presidencial Gustavo Petro. En el marco de su interés nada disimulado por desprestigiar al líder de todas las encuestas de opinión pública en Colombia, Caracol dio pábulo al despacho de su corresponsal en Madrid, al parecer sin ninguna verificación previa de coordinadores de emisión, de jefes de redacción y, menos, del director del noticiero. La periodista apareció “informando” sobre una supuesta declaración de Hugo ‘el Pollo’ Carvajal, un exoficial que estuvo hace años vinculado a la seguridad del Estado venezolano, preso ahora en Madrid, y en la que, según la corresponsal, este individuo había hecho señalamientos contra Petro, declaraciones que nunca ocurrieron. En momentos en que miles de colombianos almorzaban con los televisores en frente, como se suele hacer en Colombia al mediodía, la corresponsal fingía la “noticia”, mostrando plena seguridad de lo que decía, con pelos y señales, e indicando que el prófugo de la justicia venezolana había reafirmado el jueves sindicaciones de meses atrás, nunca demostradas, sobre supuesta financiación del gobierno bolivariano a líderes progresistas de toda América Latina, entre ellos Petro. (Ver video con “noticia” y rectificación de Caracol, anexo). La “noticia” daba por realizada una comparecencia de Carvajal en la Audiencia Nacional Española y ante la magistrada uribista Cristina Lombana, quien había viajado exclusivamente a Madrid, delegada por la Corte Suprema de Justicia de Colombia, en plena campaña electoral, para indagarlo sobre la fementida acusación. No era un secreto el interés de Caracol y, en general, de todos los medios afines al régimen de Iván Duque y defensores del sistema socioeconómico imperante, en el sentido de que se produjera el señalamiento, en el marco de una estrategia general de la actual guerra sucia contra Petro. Buscan entramparlo jurídicamente, pues la financiación extranjera de campañas presi-
DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria
Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco
denciales viola la ley colombiana, y procuran sacarlo así de la lid electoral. El régimen y sus medios quieren a Petro fuera de competencia para que Federico Gutiérrez gane por W. Es lo que se llama ‘lawfare’, o guerra jurídica. Así lo vienen reclamando hace rato los godos Enrique Gómez (candidato con menos del uno por ciento de las preferencias en las encuestas y nieto del tristemente célebre dictador conservador Laureano Gómez) y Andrés Pastrana (hijo de Misael Pastrana, impuesto en elecciones fraudulentas manipuladas a su favor por el liberal Carlos Lleras Restrepo, en las elecciones del 19 de abril de 1970). Pero la estrategia de Caracol no contaba con que la audiencia no se había cumplido, con que Carvajal, por lo tanto, no había declarado aún y, mucho menos, con que nunca dijo lo que aseguró, con total cinismo, el canal de noticias a través de su corresponsal, en un “falso directo o falso vivo”, como se le suele llamar en el argot del periodismo televisivo a esta clase de reportes. Para dar sensación de “certeza”, la periodista en España citaba fuentes y daba nombres de las personas ante las cuales habría declarado Carvajal, e incluía la presencia en la nunca realizada reunión del jueves 21 de abril del abogado de Petro. La falsedad de la “noticia” fue de tal magnitud que, ante la alerta lanzada por los abogados de Petro, el canal tuvo que salir a los pocos minutos a rectificar el despacho de su reportera y a reconocer que no era cierto. “EXCUSAS” A MEDIAS Pero la historia va más allá, porque la audiencia que se imaginó la afiebrada corresponsal de Caracol en Madrid, seguramente para quedar bien con sus jefes, a sabiendas de los intereses de estos, solo se cumplió 24 horas después de que se la inventara el canal del grupo industrial Santo Domingo. Por fin el viernes 22 de abril se llevó a cabo la audiencia, con malas noticias para Caracol y demás medios del ‘statu quo’ colombiano, pues en ella Carvajal no dijo absolutamente nada contra Petro, se negó rotundamente a declarar en su contra y adujo que esperaba su extradición a Estados Unidos. Solo después de todo esto, con absoluto cálculo, pues seguramente esperaban una “tabla de salvación” para disfrazar su fenomenal acto de manipulación con una declaración contra Petro de Carvajal, el director de Noticias Caracol salió al aire para ofrecer “disculpas”, a medias, porque no tuvo el gesto de ofrecerlas con nombre propio al
PERIODISTAS Economía. Frank Ibañez Canedo, Jorge Habermann Solano Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Clayton Benavides Arteaga, Luis Fernando Cruz, Gabriela Ramos Seguridad. Wilfran Gonzalo Sánchez, Miriam Zenaida Chavez Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín, Jeovana Bernabé Bracamonte
Corrección. José Maria Paredes Ruiz, José Antonio Orellana Carpio, Ana Peñaranda Cueto Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo
principal afectado por el montaje: Gustavo Petro. (Ver video de presentación de “disculpas” de Caracol, anexo). Como ocurre regularmente, frente esta vulneración de la ética en el periodismo, no ha habido ningún pronunciamiento de medios tradicionales, gremios periodísticos o entidades como la Fundación para la Libertad de Prensa, Flip, tan presta siempre a salir en defensa de los medios del régimen ante la menor queja de éstos. Por el contrario, saltaron los áulicos de siempre, no a cuestionar la ligereza y falta de seriedad de Caracol, sino a trinar su supuesta “valentía y sinceridad” por rectificar. ¡Qué tal esto! Era lo mínimo que debía hacer, por lo menos para guardar las apariencias. Es la solidaridad de cuerpo al estilo de la existente entre los militares, pase lo que pase, bueno o malo, lo cual es un pésimo precedente para el derecho de los colombianos a estar bien informados. INTERROGANTES QUE FLOTAN Pero quedan flotando muchos interrogantes: ¿Cuántas veces más han mentido así no solo Caracol, sino RCN, Blu Radio, La FM, Semana, El Tiempo, El Colombiano, El Heraldo, El País y muchos otros medios de las élites en el poder, sin que se hayan disparado las alarmas que obligaron a la inmediata rectificación ocurrida en esta oportunidad? ¿Si no hubieran estado super atentos los abogados de Petro, quienes fueron los que reclamaron de inmediato ante Caracol, este medio habría rectificado, o se habría quedado callado, como hacen tantas veces para dejar que el tiempo “borre” las huellas de las falsas noticias? ¿Quedará “solucionado” todo con la rectificación y las “excusas” de Caracol, o este hecho, que es solo uno entre muchas expresiones del desprestigio del periodismo hegemónico en Colombia, generará el debate tan necesario sobre la ética en el ejercicio de la profesión en nuestro país? ¿Luego de la mentira difundida en horario ‘prime time’ vista por miles y miles de personas que se quedaron solo con el contenido del montaje, quedará resarcido el daño con la rectificación? O, simplemente, ¿miente, miente, que de la mentira algo queda? Ojalá se abra el debate. No podemos seguir dejando que pasen de soslayo éste y otros atentados a la ética periodística y a la verdad, y que los dueños de la mentira y la manipulación sigan posando de “transparentes y sinceros”.
COMERCIAL Judith Fernández Paredes Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz Cel. 69491112 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribución. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Calle Potosí, esquina Ayacucho N° 1220. Zona central, La Paz, Teléfono: 2902587
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SÁBADO / 7 / 05 / 2022
Editorial
S
Dilatar la elección del Defensor o Defensora sin propósito alguno
on burdas las estrategias de la oposición política en la Asamblea Legislativa Plurinacional para tratar de dilatar la elección a Defensor o Defensora del Pueblo, de la cual ellos mismos fueron partícipes; y ¿con qué propósito? Pues ninguno. Desde el inicio del proceso, participaron en la elección asambleístas de oposición y oficialismo, hasta que quedaron siete postulantes. La nueva autoridad de la Defensoría debe reunir dos tercios de votos de la Asamblea para ser elegida. Sin embargo, ahora, con el fin de hacer show mediático, la oposición sale ante la prensa para decir que el proceso no fue bien organizado y que debiera volver a reiniciar la etapa de preselección, dejando atrás todo el trabajo logrado hasta ahora. Anoche, luego de una larga sesión, se hicieron dos votaciones y en ninguna de ellas los candidatos alcanzaron los dos tercios. Se habló de llegar a consensos, pero la oposición, con tal de dar la contra, no quiere dialogar ni analizar el caso. Las instrucciones obedecen y reflejan el comportamiento de sus líderes políticos, de Comunidad Ciudadana, Carlos Mesa, y de Creemos, Luis Fernando Camacho, ambos reconocidos por ser políticos fracasados que buscan desprestigiar la gestión gubernamental, con el fin de estancar proyectos o iniciativas que, si bien van en bien de la población, el objetivo es generar corriente de opinión en contra, sin importar el daño que causen. Pese a que el proceso fue transparente, la senadora y jefa de bancada de Creemos, Centa Rek, propuso ayer que se haga un nuevo proceso de selección, es decir empezar de cero todo el trabajo sin tomar en cuenta el mérito que alcanzaron estos siete candidatos.
Sin embargo, en el momento de analizar las propuestas de los candidatos y trabajar para elegir al más capacitado o capacitada al cargo, algunos asambleístas de oposición se dedican a ver imágenes de mujeres desnudas en plena sesión, pero para trabajar no muestran el mismo interés. Frente a las declaraciones de Rek, surgen otras como la del postulante Ramiro Leonardo Iquise Pally, quien no obtuvo votos y ahora asegura que las organizaciones sociales le pidieron dinero para ser elegido como Defensor, sin sustentar sus acusaciones. “El señor Iquise debería ser un poco más serio y formalizar la denuncia, porque estamos viendo que está pretendiendo articular una campaña de desprestigio, una campaña que pretende quitarle méritos a todo el proceso y todo el mérito que han desarrollado 13 asambleístas, en una convocatoria pública donde se presentaron 198 postulantes”, dijo al respecto el diputado Juan José Jáuregui. Durante el tiempo que lleva la oposición en la Asamblea no presentó propuestas, no hicieron sugerencias productivas y no trabajaron por sus regiones, solamente se dedicaron a dar la contra a todas las iniciativas que se elaboran sin importar que sean de provecho para los bolivianos. Queda esperar que este tiempo, hasta que se reanude la sesión, la oposición política que trabaja en la Asamblea deje de lado sus intereses y alguna vez trate de pensar en el bien de la población boliviana que espera contar ya con una Defensora o Defensor del Pueblo que defienda sus intereses y trabaje por el bien común.
Algunos asambleístas de oposición se dedican a ver imágenes de mujeres desnudas en plena sesión, pero para trabajar no muestran el mismo interés.
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Orbe GOBIERNOS Y ORGANIZACIONES EXPRESARON SU APOYO
Solidaridad con el pueblo de Cuba tras la explosión en el hotel Saratoga El Cuerpo de Bomberos y de la Policía realizan labores de búsqueda y rescate de al menos 12 personas desaparecidas entre los escombros.
Tweet Marcelo Ebrard
Condiciones en las que quedó el Hotel Saratoga luego de la explosión que cobró la vida de más de una veintena de personas.
@m_ebrard Secretario de Relaciones Exteriores de México
Lamento la explosión del hotel Saratoga en La Habana, Cuba. Nuestra solidaridad a víctimas y afectados así como al pueblo de ese entrañable pueblo hermano. La gira prevista sigue su curso conforme a lo previsto.
// FOTO: @DIAZCANELB
Tweet
• Agencias
Expresiones de solidaridad con el pueblo de Cuba inundaron las redes sociales, tras la explosión en el hotel Saratoga frente al Capitolio de La Habana que dejó un saldo de al menos 22 fallecidos, 60 heridos y más de 10 desaparecidos, hasta ayer. La explosión ocurrió a las 11.00 (hora local) aproximadamente en que los primeros pisos del emblemático edificio quedaron completamente destruidos. “No ha sido una bomba ni un atentado, es un lamentable accidente”, aseguró el presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel, quien personalmente se acercó hasta el lugar junto al primer ministro, Manuel Marrero, y el presidente de la Asamblea Nacional, Esteban Lazo. Díaz-Canel acudió también a los hospitales donde fueron trasladados los heridos. “Nuestros hospitales están en función de todos los lesionados”, aseguró.
Las primeras investigaciones apuntan a que el suceso ocurrió por un escape de gas. Según la viceministra de Turismo, Mayra Álvarez García, el hotel “estaba cerrado y preparándose para reiniciar sus operaciones” el 10 de mayo. El primer secretario del Partido en La Habana, Luis Antonio Torres Iríbar, relató que varios niños de la escuela Concepción Arena, que se encuentra cerca del hotel, fueron evacuados rápidamente hacia el Capitolio, sede de la Asamblea Nacional del Poder Popular. Ninguno de los menores resultó herido. El templo bautista El Calvario, sede de las oficinas de la Convención Bautista Occidental y colindante con el Hotel Saratoga, también sufrió daños, además de varios vehículos. LAS VÍCTIMAS La mayor parte de los fallecidos y heridos son trabajadores de la instalación, quienes hacían preparativos para abrir servicios al público.
UN LUJOSO HOTEL El lujoso Hotel Saratoga, construido en 1880 y que funciona como hotel desde 1933, es famoso por acoger a artistas como Madonna o Beyoncé, entre otras celebridades. El hotel de cinco estrellas, que cuenta con 96 habitaciones, está situado en el Paseo del Prado, una de las principales avenidas de la ciudad. APOYO DE LOS GOBIERNOS DE LA REGIÓN “Enviamos nuestras condolencias a las familias de las víctimas y todo nuestro apoyo. Fuerza #Cuba”, expresó el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia mediante sus cuentas de Twitter. De la misma manera
1880
se expresaron los gobiernos de México, Perú, Argentina, Venzuela, Nicaragua y la República libanesa, entre otros. Mediante comunicados en las redes sociales, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) también expresó su apoyo a Cuba con la disposición de enviar equipos de tarea de rescate de Cascos Blancos. Asimismo, el secretario Ejecutivo de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América-Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA-TCP), Sacha Llorenti, manifestó: “Nos sumamos al dolor por la irreparable pérdida de vidas y deseamos el pronto restablecimiento de las personas heridas”. Cuba no está sola.
ES EL AÑO DE construcción del edificio, inicialmente para almacenes, luego fue remodelado y transformado en hotel en 1933 y reinaugurado en 2005.
Nicolás Maduro @NicolasMaduro Presidente de la República de Venezuela
Expreso mi solidaridad con el pueblo cubano y el Presidente @DiazCanelB por el lamentable accidente ocurrido en el Hotel Saratoga, en La Habana. Nuestro abrazo a los familiares de las víctimas, deseamos la pronta recuperación de las y los heridos. #FuerzaCuba ¡Estamos Contigo!
Tweet Luis Arce
@LuchoXBolivia Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia Nuestra solidaridad con el hermano Presidente @DiazCanelB y con el pueblo cubano por la explosión ocurrida en el Hotel Saratoga, que dejó fallecidos y decenas de heridos. Enviamos nuestras condolencias a las familias de las víctimas y todo nuestro apoyo. Fuerza #Cuba
RESUELVE:
RESOLUCIÓN AETN-INTERNA Nº 019/2022 La Paz, 20 de abril de 2022
PRIMERA.- Delegar el ejercicio de competencias del Director Ejecutivo de Autoridad de Delegación del ejercicio (AETN), de competencias del Director Ejecutivo dede la Fiscalización de ElectricidadTRÁMITE: y Tecnología Nuclear al Jefe de Control www.ahoraelpueblo.bo / 7 / 05(AETN). / 2022 Autoridad de Fiscalización de Electricidad y SÁBADO Operaciones, Calidad y Protección al Consumidor – Tecnología Área Nuclear 3 (UOCP3), para la sustanciación de Procesos deSÍNTESIS Control de Calidad, Reclamaciones Administrativas hasta RESOLUTIVA: Delegar el ejercicio de competencias del Director Ejecutivo de Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), al Jefe de su correspondiente Archivo la de Obrados, así como el conocimiento y resolución de Control de Operaciones, Calidad y RESOLUCIÓN Protección al Consumidor – Área 3 (UOCP3), para la AETN-INTERNA Nº 019/2022 Recursos de Revocatoria interpuestos por los de usuarios y consumidores contra lasy sustanciación de los Procesos Control de Calidad, Reclamaciones La Paz, 20 deAdministrativas abril de 2022 su correspondiente Archivo de Obrados, así como de los Recursos de Revocatoria https://srvdocs.aetn.gob.bo/ae/resolucion/2022/AETN-R-0251-27-22-A.pdf sanciones impuestas por las Empresas Distribuidoras del servicio de energía eléctrica. interpuestos contra las sanciones impuestas por las Empresas Distribuidoras del servicio
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Orbe
TRÁMITE: Delegación de energía eléctrica. del ejercicio de competencias del Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN).
// FOTO: @GOBIERNOMX
SEGUNDA.- Disponer que SÍNTESIS los actos administrativos dictados por delegación hagan RESOLUTIVA: Delegar el ejercicio de competencias del Director Ejecutivo de la AuRESUELVE: toridad de FiscalizaciónAdministrativa de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), al Jefe de Controlpor de expresa mención a la presente Resolución y se considerarán dictadas Operaciones, Calidad y Protección al Consumidor – Área 3 (UOCP3), para la sustanciación de Los presidentes de los Estados Unidos los Procesos de Control de Calidad, Reclamaciones Administrativas y su correspondiente ArDirector de Fiscalización Electricidad y Tecnología Nuclear PRIMERA.Delegar el ejercicio dede competencias del Director Ejecutivo de Autoridad de Mexicanos y de lael República de ElEjecutivo Salvador. de la Autoridad chivo Resolución de Obrados, AETN 252 así como de los Recursos de Revocatoria interpuestos contra las sanciones Fiscalización deEmpresas Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), al Jefe de Control de impuestas por las Distribuidoras del servicio de energía eléctrica. (AETN). RESOLUCIÓN AETN Nº 251/2022 Operaciones, Calidad y Protección al Consumidor – Área 3 (UOCP3), para la
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TRÁMITE N° 2022-47388-29-0-0-0-DPT RESUELVE: 29/04/2022 https://srvdocs.aetn.gob.bo/ae/resolucion/2022/AETN-R-0252-27-22-A.pdf CIAE N° 0000-0000-0000-0000 sustanciación de Procesos de Control viernes de Calidad, Reclamaciones Administrativas hasta La 26 de abril de 2022 su Paz, correspondiente Archivo de Obrados, así como el conocimiento y resolución de
PRIMERA.- Delegar el ejercicio de competencias del Director Ejecutivo de Autoridad de FiscaliTERCERA.- La presente Resolución Administrativa se (AETN), mantendrá vigente y surtirá sus AETN Nº 252/2022 zación de Electricidad y Tecnología NuclearRESOLUCIÓN al Jefe de Control de Operaciones, Calidad Recursos de Revocatoria interpuestos por los usuarios y consumidores contra las TRAMITE N° 2022-47403-28-0-0-0-DPT y Protección al Consumidor – Área 3 (UOCP3), para la sustanciación de Procesos de Control efectos aún en caso de suplencia del Director Ejecutivo delegante; no podrá ser sanciones impuestas por las Empresas Distribuidoras del servicio de energía eléctrica. CIAE N° 0000-0000-0000-0000 de Calidad, Reclamaciones Administrativas hasta su correspondiente Archivo de Obrados, así LaRevocatoria Paz, 28 de interpuestos abril de 2022por los usuarios y como el conocimiento y resolución de Recursos de subdelegada y será revocada mediante Resolución Administrativa expresa que consumidores las sanciones por las Empresas Distribuidoras del servicio de SEGUNDA.-contra Disponer que los impuestas actos administrativos dictados por delegación hagan Empresa Eléctrica ENDE GUARACACHI S.A. (ENDE GUARACACHI S.A.). TRÁMITE: Aprobación de Precios de Nodo de Energía y Potencia, Fórmulas de Indexación, Peajes energía eléctrica. igualmente será publicada en un órgano de prensa de amplia circulación nacional. expresa mención a la presente Resolución Administrativa y se considerarán dictadas por Unitarios de Instalaciones de Transmisión del Sistema Troncal de Interconexión (STI) y Factores de Adaptabilidad para Generadoras con Fuentes de Energías Alternativas, correspondientes al periodo mayo 2022 – octubre 2022.
el Director Ejecutivo de los la Autoridad Electricidad y Tecnología Nuclear CUARTA.- Aprobar los Factores de Adaptabilidad deadministrativos Fadde = Fiscalización 3,20686 para lade “Planta Solar FotovolSEGUNDA.Disponer que actos dictados por delegación hagan expresa men0 taica Oruro”, ción de(AETN). Fad =presente 3,08812 para la “PlantaAdministrativa Solar Fotovoltaica - Segundadictadas Etapa”, de Fad a la Resolución y seOruro considerarán por el0 Director Ejecutivo 0 AETN 252/2022de Fad = 4,92457 RESOLUCIÓN para el “Parque Eólico Warnes”, = 3,60644 para el “Parque Eólico San Julián” y de la Autoridad deNº Fiscalización de 0Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN). TRAMITE N° el 2022-47403-28-0-0-0-DPT Fad0 = 3,51448 para “Parque Eólico El Dorado” de propiedad de la Empresa Nacional de ElectriCIAE N° 0000-0000-0000-0000 TERCERA.La presente Resolución Administrativa se mantendrá y efectos surtirá sus TERCERA.La presente Resolución Administrativa se mantendrá vigente y vigente surtirá sus aún cidad (ENDE). La Paz, 28 de abril de 2022
CUARTA.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en un órgano de prensa de ampliaenefectos circulación nacional para delegante; fines pertinentes, en apego a ser lo caso de aún suplencia del Director Ejecutivo del no podrá ser subdelegada será revocada en caso de suplencia Director Ejecutivo delegante; yno podrá mediante Resolución Administrativa expresa que igualmente seráNuclear publicada en un órgano de prenQUINTA.Disponer que la Autoridad de Fiscalización demediante Electricidad y de Tecnología (AETN) dispuesto en el artículo 34 de la Ley N° 2341 de 23 de abril 2002, de Procedimiento subdelegada y será revocada Resolución Administrativa expresa que de amplia circulación nacional. proceda con sa la publicación de la presente Resolución por una sola vez en un órgano de prensa de igualmente será publicada enenun órgano24 dedelprensa de amplia circulación circulación nacional de acuerdo a lo establecido el artículo Reglamento de Precios y Tarifas nacional. Administrativo. CUARTA.la publicación dedela02presente Administrativa (RPT) aprobado medianteDisponer Decreto Supremo N° 26094 de marzoResolución de 2001, concordante con el en un órgano de
SÍNTESIS RESOLUTIVA: Aprobar los Precios de Nodo de Energía y Potencia, Potencia Desplazada, Reserva Fría y Compensación por Ubicación y Peajes Unitarios por uso de las instalaciones de Transmisión en el Sistema Troncal de Interconexión (STI), con sus correspondientes Fórmulas de Indexación, para su aplicación en el período mayo 2022 - octubre 2022, conforme al Anexo de la presente Resolución; aprobar el Factor de Adaptabilidad de Fad0 = 3,21603 para el “Parque Eólico Qollpana Fase II” de propiedad de la Empresa Eléctrica ENDE CORANI S.A.; aprobar los Factores de Adaptabilidad de Fad0 = 6,06915 para la “Planta Solar Yunchará – Tarija”, de Fad = 3,51098 para la “Planta Solar Uyuni – Potosí”, ambas de propiedad ENDE GUARACACHI S.A.; aprobar los Factores de Adaptabilidad de Fad0 = 3,20686 para la “Planta Solar Fotovoltaica Oruro”, de Fad0 = 3,08812 para la “Planta Solar Fotovoltaica Oruro - Segunda Etapa”, de Fad0 = 4,92457 para el “Parque Eólico Warnes”, de Fad0 = 3,60644 para el “Parque Eólico San Julián” y Fad0 = 3,51448 para el “Parque Eólico El Dorado” de propiedad de ENDE.
de circulación nacional finesabril pertinentes, en apego amediante lo dispuesto en el artículo inciso d) del prensa artículohttps://srvdocs.aetn.gob.bo/ae/resolucion/2022/AETN-R-0251-27-22-A.pdf 51 amplia del Decreto Supremo N° 0071para de 09 de 2009 modificado Disponer dede presente Resolución Administrativa en un 34CUARTA.deN° la 3892 Ley N° 23lade depublicación abril de 2002, delaProcedimiento Decreto Supremo de 2341 1° de de mayo 2019, y con el artículo 34 de la Ley Administrativo. N° 2341 de 23 de órgano de prensa de amplia circulación nacional para fines pertinentes, en apego a lo abril de 2002 de Procedimiento Administrativo.
Regístrese, comuníquese yRegístrese, archívese. y archívese. dispuesto comuníquese en el artículo 34 de la Ley N° 2341 de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Regístrese, comuníquese, archívese. Administrativo.
Regístrese, comuníquese y archívese.
(Firma del Director)
POR TANTO:
El Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), conforme a la Resolución Suprema N° 27288 de 30 de noviembre de 2020, en uso de las funciones y atribuciones conferidas por la Ley N° 1604 de Electricidad de 21 de diciembre de 1994, el Decreto Supremo N° 0071 de 09 de abril de 2009, modificado mediante Decreto Supremo N° 3892 de 1° de mayo de 2019 y demás disposiciones legales en vigencia;
(Firma del Director)
Es conforme:
(Firma del Director) (Firma del Director)
RESUELVE:
DURANTE SU GIRA OFICIAL
PRIMERA.- Aprobar los Precios de Nodo de Energía y Potencia, Potencia Desplazada, Reserva Fría y Compensación por Ubicación y Peajes Unitarios por uso de las instalaciones de Transmisión en el Sistema Troncal de Interconexión (STI), con sus correspondientes Fórmulas de Indexación, para su aplicación en el período mayo 2022 - octubre 2022, conforme al Anexo de la presente Resolución.
AMLO critica a EEUU por nula ayuda a Centroamérica
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SEGUNDA.- Aprobar el Factor de Adaptabilidad de Fad0 = 3,21603 para el “Parque Eólico Qollpana Fase II” de propiedad de la Empresa Eléctrica ENDE CORANI S.A.
TERCERA.- Aprobar los Factores de Adaptabilidad de Fad0 = 6,06915 para la “Planta Solar Yunchará – Tarija”, de Fad = 3,51098 para la “Planta Solar Uyuni – Potosí”, ambas de propiedad de la
Es conforme:
Es conforme:
SOLICITUD SOLICITUD SOLICITUD SOLICITUD
IRF
DE EXPRESIONES DE INTERES DE EXPRESIONES DE INTERES NOTIFICACIÓN POR EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN 0193/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°N° 0113/2022 ACCEDA AADMINISTRATIVA LA RESOLUCIÓN MEDIANTE EL ENLACE QR DE EXPRESIONES DE INTERES DE EXPRESIONES DE INTERES RESOLUCIÓN RAR-ANH-DJ-UGJN N° RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0010/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0001/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0010/2022 0001/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0117/2022 La20 Paz, 06 de06 abril de 2022 La Paz, de enero de 2022 La Paz, 02 de marzo de 2022 La Paz, 06 de enero de 2022 La Paz, 03 de enero de 2022 La Paz, de diciembre de 2021 La Agencia Nacional dede Hidrocarburos, solicita aa empresas legalmente establecidas a presentar sus La Paz, 03 de enero de 2022 LaLa Paz, 20 de diciembre de 2021 La Agencia Nacional Hidrocarburos, solicita empresas legalmente establecidas a presentar sus VISTOS: VISTOS: Paz, 07 de marzo de 2022 VISTOS:
VISTOS: expresiones de interés para participar dede los siguientes procesos dede contratación: VISTOS: expresiones de interés para participar los siguientes contratación: Agencia Nacional de solicita aprocesos legalmente establecidas a aNormas presentar sus La Agencia Nacional de de acuerdo a loloestablecido en BáAgencia Nacional deHidrocarburos, Hidrocarburos, solicita aempresas empresas legalmente establecidas presentar sus La Agencia Nacional deHidrocarburos, Hidrocarburos, de acuerdo a establecido enlas las Normas BáVISTOS: VISTOS: VISTOS: VISTOS: expresiones de participar de los siguientes procesos de No. OBJETO DE LA CONTRATACION El Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero 2022, referente del expresiones deinterés interés para participar de los siguientes procesos decontratación: contratación: El INF-DRE-UPTC 0110/2022 de 04 de abril de 2022, referente a la a actualización del Precio del sicas del Sistema depara Administración de Bienes yde Servicios (NB-SABS), aprobado meNo. OBJETO DE LA CONTRATACION ElInforme Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero de 2022, referente alalaactualización actualización delpre pre-
delINF-DRE-UPTC Sistema Administración de Bienes yde Servicios meElsicas Informe INF – DRE -de UPTC 0062/2022 de 02 de marzo 2022, establece el precioaprobado de laPrecio gasolina VISTOS: El Informe 0147/2022 de mayo de 2022, referente a(NB-SABS), laabril actualización del del ANEXO A LA RESOLUCIÓN AETN Nº 252/2022 cio de laDecreto gasolina con menor a05 resultante de mezcla etanol anhidro Gasolina SERVICIO DE SOPORTE Yde ACTUALIZACIÓN VERSIONES Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de43 la mezcla Etanol con Gasolina Base –interabril La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 2 de de de 2019, el Informe cio la gasolina con menor a92, 92, resultante delade mezcla de etanol anhidro con SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES diante Supremo N° 0181, Artículo inciso j)laDE y artículo 49 inciso d), modificado La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2Anhidro de abril de 2019, elGasolina 1deDecreto especial internacional yoctanaje diésel oíl internacional, para marzo de 2022; el Informe INF -con DRE - Informe UPTC diante Supremo N° 0181, Artículo 43 inciso j) yde artículo 49 inciso d), modificado El Informe INF – DRE -octanaje UPTC 0002/2022 de 03 de enero de 2022, establece el precio No. OBJETO DE LA CONTRATACION
PRECIOS DE NODO DE ENERGÍA PERÍODO: MAYO 2022 - OCTUBRE 2022
1. PRECIOS DE NODO DE ENERGÍA PARA TRES BLOQUES PRECIO DE NODO DE ENERGÍA en Bs/MWh Periodo: 01 de mayo 2022 - 31 de octubre de 2022 BLOQUE BLOQUE BLOQUE PONDERADO BAJO MEDIO ALTO
El mandatario mexicano tachó de “inexplicable” la política de Washington contra algunos países. EMPRESAS CONSUMIDORAS
CRE
• RT
NODO
GUARACACHI
GCH-069
120,376
123,896
125,536
123,352
URUBÓ
URU-069
121,152
125,904
127,400
125,248
ARBOLEDA
ARB-115
118,944
121,472
124,360
121,800
WARNES
WAR-115
118,560
120,912
123,048
120,808
BRECHAS 115
BRE-115
118,552
120,968
123,208
120,896
BRECHAS 069
BRE-069
120,448
124,504
125,968
TRONCOS
TRN-115
119,008
121,400
123,752
121,408
TRONCOS (MISIONES)
TRN-115
118,968
121,376
123,592
121,344
URUBÓ
URU-115
119,360
121,912
124,264
121,872
rasa, pero ya se aprobaron más de 30.000 millones de dólares para apoyar la guerra a Ucrania. Llevamos cuatro años, desde que estaba el presidente Donald Trump, planteando que se nos apoye con 4.000 millones de dólares, y hasta el día de hoy nada, absolutamente nada”, indicó López Obrador. Sin embargo, el presidente comentó que seguirán insistiendo respetuosamente en la necesidad de colaboración con Estados Unidos. Reiteró que “más allá del fenómeno migratorio”, el continente americano debe seguir adelante hacia una integración económica y comercial sin exclusiones, al margen de diferencias ideológicas. “Ya basta de las hegemonías, ya basta de la política que se ha impuesto por más de dos siglos en nuestra América. Necesitamos la unidad, necesitamos el respeto a las soberanías de todos los países. Que se respete la soberanía de Guatemala, que se respete la soberanía de México”, dijo López Obrador. Por último, detalló que “tenemos por delante la taYAPACANI
SAN JULIAN
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, criticó ayer en un discurso con su homólogo guatemalteco, Alejandro Giammattei Falla, que Estados Unidos haya decidido apoyar más a Ucrania en su conflicto con Rusia en lugar de contribuir al desarrollo de los países que integran la región de Centroamérica. “Me parece, lo digo sinceramente, inexplicable que en Washington, en el Capitolio, se haya retrasado tanto la aprobación de los 4.000 millones de dólares que ofrecieron invertir para la generación de bienestar en los países centroamericanos”, a pesar de que tanto el presidente estadounidense, Joe Biden, como la vicepresidenta, Kamala Harris, “han estado haciendo gestiones para ello”, argumentó el mandatario mexicano. “Son cosas distintas. No se debe de comparar a tabla
DELAPAZ
ELFEC
ENDE DEORURO
SEPSA
YAP-230 SJU-115
BELGICA
BEL-230
GUARAYOS
GUA-230
CAMIRI
SUC-115
KENKO
KEN-115
CHUSPIPATA
CHS-115
CARANAVI
CRN-115
CUMBRE
CUM-115
123,888
rea inmediata de impulsar la paz y el bienestar de nuestras naciones, y la colaboración fraterna entre ellas”, añadiendo que los ríos Usumacinta y Suchiate no sean murallas y que recobren la condición de arterias de comercio, cultura y fraternidad que tuvieron cuando los olmecas y los mayas, nuestros antepasados, navegaban por sus aguas. 119,848 118,632
121,696
121,064
124,296
123,448
121,888
120,992
118,672
120,856
123,096
120,824
119,328
121,776
124,104
121,760
131,136
132,288
137,312
133,160
125,728
127,776
132,080
128,464
122,216
123,232
126,384
123,856
123,120
124,400
127,976
125,056
124,368
126,360
130,672
127,192
124,360
126,520
130,824
127,048
127,896
128,272
132,032
129,200
123,752
125,968
129,552
126,392
125,304
126,224
131,128
127,272
124,112
125,224
128,360
125,776
124,120
125,280
128,496
125,856
127,160
128,416
132,256
129,152
123,504 123,080
124,248 123,312
127,528 126,688
124,936 124,160
123,000
124,000
127,120
124,568
121,304
121,936
124,568
122,464
121,704
122,736
125,544
123,248
120,696
121,880
124,408
122,232
122,104
123,064
125,968
123,616
125,912
126,760
131,680
127,832
129,200
130,224
135,128
131,184
124,816
125,600
130,096
126,312
128,104
128,800
132,696
129,408
129,344
130,296
134,576
130,904
132,040
132,864
137,976
133,792
POT-115
131,848
132,624
137,952
PUNUTUMA 69
PUN-069
126,648
126,256
129,744
127,192
TELAMAYU
TEL-069
127,808
127,592
131,592
128,656
PORTUGALETE
POR-069
127,688
127,480
131,272
128,488
CHILCOBIJA
CHL-069
126,792
126,424
129,896
127,400
TORRE HUAYCO
THU-069
125,112
124,464
127,224
125,328
DON DIEGO OCURI SACACA
DDI-069 OCU-115
131,688 130,544
132,464 131,496
138,032 137,264
133,688 133,024
SAC-115
127,656
128,824
133,888
130,232
KARACHIPAMPA
KAR-069
132,240
132,992
138,152
133,872
LITIO 230
LIT-230
127,144
126,040
132,024
127,928
PALCA
PCA-115
MAZOCRUZ
MAZ-230
SAN BUENAVENTURA
SBU-115
VINTO
VIN-069
AROCAGUA
ARO-115
VALLE HERMOSO
VHE-115
IRPA IRPA
IRP-115
PARACAYA QOLLPANA SANTIVAÑEZ
PAY-115 QOL-115
SAN JOSÉ
SJO-115
CHIMORÉ
CHI-230
CARRASCO
CAR-230
VILLA TUNARI
VTU-230
VINTO
VIN-069
CATAVI
CAT-069
VINTO
VIN-115
JERUYO
JER-115
LUCIANITA 115
LUC-115
POTOSÍ 69
POT-069
POTOSÍ 115
LA PLATA
SAN-115
PLA-115
131,672
132,408
137,616
133,800
133,568
LITIO 115
LIT-115
126,576
125,912
128,784
126,848
CESSA
ARANJUEZ
ARJ-069
143,584
141,648
142,192
142,224
ENDE DEL BENI
ENDE
SETAR
SUCRE 069
SUC-069
MARIACA
MAR-069
141,992 0,000
139,896 0,000
139,984 0,000
140,512 0,000
SUCRE 115
SUC-115
128,256
128,920
133,632
130,104
TRINIDAD
TRI-115
119,512
122,040
124,432
122,064
SAN BORJA
SBO-115
122,400
124,600
128,128
125,008
MOXOS
MOX-115
120,920
123,368
126,360
123,600
YUCUMO
YUC-115
122,976
124,784
128,360
125,256
SAN BUENAVENTURA
SBU-115
123,432
125,520
129,472
PARAÍSO
PRA-115
120,168
123,400
126,304
123,368
LAS CARRERAS
LCA-230
124,480
123,968
126,448
124,696
UYUNI
UYU-230
126,696
125,872
129,728
127,168
PUNUTUMA 69
PUN-069
126,344
126,048
129,256
126,832
ECEBOL POTOSI TARIJA YAGUACUA
EPO-115 TAJ-115
130,472 123,656
131,160 123,168
135,864 125,344
131,944 123,848
YAG-069
121,456
120,864
122,240
121,368
Manuel López Obrador
2
126,072
BERMEJO
TAJ-115
125,144
125,080
127,192
125,640
EMDEECRUZ
WARNES 115
WAR-115
118,344
120,736
122,688
120,664
SAN CRISTOBAL
LITIO 230
LIT-230
126,728
126,040
129,136
126,888
COBOCE
IRPA IRPA
IRP-115
126,448
127,512
131,168
127,936
EMVINTO
VINTO
VIN-069
126,056
126,784
131,288
127,512
LAS LOMAS
LOMAS
ARB-230
119,664
121,600
123,216
121,312
YLB (ENDE)
SALAR
SAL-115
127,472
126,720
129,944
127,608
DÍAS MARATÓNICOS consiste la gira de López Obrador para visitar Guatemala, El Salvador, Honduras y Belice. Luego llegará a Cuba, el domingo.
1 en Líquido Combustible Octanaje 92,0002/2022 resultante de laDE mezcla de el Etanol Anhidro conde Gasolina Base – mayo ElBase Informe INF – con DRE UPTC de 03 de enero de 2022, establece el precio interNo. OBJETO LA CONTRATACION ORACLE - GESTIÓN 2022 Base 81 aplicación de Resolución Ministerial N° 015-2019 de 2828 de enero 2019, Enero 2022. ORACLE - GESTIÓN 2022 de 2022 INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16 noviembre de 2021, por cual la Dirección de Distritos Técnica 81 en aplicación de-la la Resolución Ministerial N° 015-2019 de de enero de 2019, Enero 2022. INF-DDT-UAET de 16 noviembre de 2021, por el cual la Dirección de por elel parágrafo III, Articulo 2de del Decreto Supremo N° 956 se le notifica aDistritos que 0063/2022 de 02 marzo de 2022, por el se establece el precio del Jet Fuel Internacional, para nacional GNV y0115/2021 su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF -austedes de 2022 por parágrafo III, Articulo 2de del Decreto Supremo N° 956 se le notifica ustedes que SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES nacional GNV yde su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF -DRE DRE-Técnica -UPTC UPTC El Informe INF-DRE-UPTC 0071/2022 decual 04 de marzo de 2022, referente a2019, la actualización del SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° de 2marzo de abril de 2019, y; Las técnicas podrán ser en web de Agencia Nacional 1de recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril deVERSIONES y; Lasespecificaciones especificaciones técnicas podrán serrecabadas recabadas enla0042/2019 lapágina página web dela la Agencia Nacional de marzo 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0064/2022 de 02 de deDE 2022, ade través del cual se 1 ante el incumplimiento en el plazo de entrega de los Ítems adjudicados, la ENTIDAD está 0003/2022 de 03 de enero de 2022, por el cual se establece los precios de gasolina espeORACLE - GESTIÓN 2022 ante el incumplimiento en el plazo de entrega de los Ítems adjudicados, la ENTIDAD está 0003/2022 de 03 de enero de 2022, por el cual se establece los precios de la gasolina espePrecio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Hidrocarburos www.anh.gob.bo o ser solicitadas al correo electrónico: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ORACLE GESTIÓN 2022 Hidrocarburos www.anh.gob.bo o ser solicitadas correode electrónico: CONSIDERANDO: establece el margen minorista yinternacional, aporte al al fondo conversión, para marzo de 2022; el Informe INF CONSIDERANDO: procediendo a–ala Resolución de las Órdenes de Compra suscrita ytelefónico alprecios, correspondiente cial internacional yy diésel oíl así como sus diferenciales de para enero infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta o comunicarse alsuscrita telefónico procediendo la Resolución de las Órdenes de Compra y al correspondiente CONSIDERANDO: cial internacional diésel oíl internacional, así como sus diferenciales de precios, para enero Gasolina Base Marzo 2022. infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oinformación información comunicarse alnúmero número CONSIDERANDO: Las especificaciones técnicas podrán ser recabadas en la página web de la Agencia Nacional de DRE -especificaciones UPTC 0065/2022 de 02 depodrán marzo de0004/2022 2022, señala el 03 precio internacional del GNV yNacional diferencial 2434000 internos 2818 yde 2823. Las técnicas ser recabadas en la03 página web de la Agencia de registro en el SICOES conforme lo señala el siguiente cuadro: de 2022; el Informe INF DRE UPTC de de enero de 2022, señala el precio 2434000 internos 2818 y 2823. Que el Artículo 365 la Constitución Política del Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, establece: registro en el SICOES conforme lo señala el siguiente cuadro: de 2022; el Informe INF DRE UPTC 0004/2022 de de enero de 2022, señala el precio Hidrocarburos www.anh.gob.bo o oser solicitadas alal correo electrónico: Que elinstitución Artículo 365 de la Constitución Política del Estado promulgada el 09 deelel febrero de 2009, establece: de precio internacional, para marzo de 2022; yArtículo el Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0133/2022. Que, el Artículo 365 dede la Constitución Política del Estado promulgada 09 dede febrero 2009, Hidrocarburos www.anh.gob.bo ser solicitadas correo electrónico: del jet fuel internacional, enero de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0005/2022, de 03 “Una autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica yde económiQue la Constitución Política del Estado, en su 365 establece: “Una institución autárquica de Que, el Artículo 365 lapara Constitución Política del Estado promulgada 09 febrero de 2009, del jet fuel internacional, para enero de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0005/2022, de 03 Los interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Estado, en su Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oDE comunicarse alal número telefónico PRECIO DE NODO ENERGÍA en Bs/MWh “Una institución autárquica de autárquica derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y telefónico económiLos interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica REPRESENestablece: “Una institución dede derecho público, con autonomía dede gestión administrativa, infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oinformación información comunicarse número ca, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo la tuición del REPRESENde enero de 2022, a través del cual se establece el margen minorista y aporte al fondo de establece: “Una institución autárquica derecho público, con autonomía gestión administrativa, NUMERO DE CAUSAL y económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre de 2021 por ventanilla única de Periodo: 01 de mayo 2022 31 de octubre de 2022 2434000 internos 2818 y 2823. derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo la tuición del de enero de 2022, a del cual se el margen minorista ysupervisar aporte al fondo de NUMERO DE única y bajo económica) hasta horas 16:00 del díaramo, viernes 29establece de FECHA octubre de 2021 por ventanilla de ca, la tuición del Ministerio del será responsable de regular, controlar, yCAUSAL fiscalizar TANTE RAZÓN SOCIAL DE MONTO CONSIDERANDO: EMPRESAS técnica ydel bajo laTANTE tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, 2434000 internos 2818 ytravés 2823. RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de NIT ORDEN DE DE LA correspondencia de lala ANH ubicada entuición la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck Ministerio ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar yEdificio fiscalizar las actividades técnica yeconómica, económica, bajo la del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, NODO conversión, para enero de 2022. BLOQUE NIT ORDEN DE DE LAde correspondencia de ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Csapeck LEGAL SUSCRIPCIÓN BS Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de conversión, para enero de 2022. CONSUMIDORAS las Que el Artículo 365 de la Constitución Política del Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, BLOQUE BLOQUE BLOQUE BLOQUE LEGAL supervisar y fiscalizar las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el SUSCRIPCIÓN BS COMPRA RESOLUCIÓN o a través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: hidrocarburos conforme con la ley”. toda hasta lalaindustrialización, marco de la política estatal de hidrocarburos PONDERADO HORA DE yproductiva fiscalizar las actividades deexpresiones toda la en cadena productiva hasta laaspectos: industrialización, en el PROPIETARIO COMPRA RESOLUCIÓN osupervisar ala través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, los siguientes Los interesados deberán presentar sus de interés (propuestas/cotizaciones técnica toda lacadena cadena productiva hasta industrialización, enelconsiderando el marco de la política de hidrocarburos BAJO MEDIO INTERMEDIO SEMIPUNTA hidrocarburos conforme con la ley”. PROPIETARIO Que los Artículos 9deberán y estatal 89 de lahidrocarburos Ley de Hidrocarburos N° 3058 dePUNTA 17/05/2005, el parágrafo III del establece: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de estatal gestión administrativa, marco de la política estatal de conforme con la ley.” Los interesados presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica conforme con la ley”. marco de la política de hidrocarburos conforme con la ley.” CONSIDERANDO: ytécnica hasta horas 16:00 del día viernes 29 de por única de conforme con ley”. GABY Artículo 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, el Artículo 5octubre del Decreto Supremo de Nacionalización CONSIDERANDO: yeconómica) económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29de de octubre de2021 2021 por ventanilla única de económica, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable deventanilla regular, controlar, Que la y Ley N° la 3058 de de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad señala: “…obliga a que CRE GUARACACHI 120,376 125,184 126,840 127,344 123,352 GCH-069 Incumplimiento Nota dirigida a la17 Dirección Tecnologías de Información y Comunicación debidamente GABY correspondencia de la17 ANH ubicada en la124,368 Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck MENDEZ BECERRA MILENKA Nota dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información yANH/OC-156/2021 Comunicación debidamente Que la1.Ley N° 3058 de de mayo dede2005, sobre el principio de continuidad “…obliga aIncumplimiento que el abasN° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 yseñala: sus modificaciones, el ArtíQue, la1.laLey N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga correspondencia de la ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Edificio Csapeck 4916283018 19/11/2021 24.432,16 en el plazo deel firmada. URUBÓ 121,152 126,352 126,936 128,728 125,248 URU-069 MENDEZ MILENKA el abastecimiento de los hidrocarburos y4916283018 los servicios de transporte y 128,960 distribución, aseguren satisfacer la supervisar yBECERRA fiscalizar las actividades de toda lasobre cadena productiva hasta laCampos, industrialización, en Que mediante Ley Nº 1600, de 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación SectoMILENKA GABY MENDEZ Que, Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, el principio de continuidad establece: “…obliga 19/11/2021 ANH/OC-156/2021 24.432,16 en el plazo de firmada. o del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: Que mediante Ley Nº de fecha 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación Sectotecimiento de los hidrocarburos yfecha los servicios de transporte yDisposición distribución, aseguren satisfacer la demanda Que los Artículos 9 y1600, 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, elel parágrafo entrega 2. Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. MILENKA GABY MENDEZ culo 5 del Decreto Supremo Nº 28932 de 20/11/2006, lacon Adicional Segunda del DecreARBOLEDA 118,944 121,672 124,264 126,472 126,664 121,800 ARB-115 a que el abastecimiento de los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren oaa(SIRESE), através través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el cumplimiento de los rial cuyo objetivo es regular, controlar y supervisar todas las actividades sujetas a su jurisQue los Artículos 9 y 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, parágrafo BECERRA marco de la política estatal de hidrocarburos conforme la ley”. entrega 2. Propuesta Técnica debidamente firmada y numerada. que el abastecimiento dees los hidrocarburos servicios de transporte y distribución, aseguren del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como cumplimiento de los contratos de rial (SIRESE), cuyo objetivo regular, controlar ylos supervisar todas las actividades sujetas a su juris3.Artículo Propuesta Económica debidamente firmada yynumerada. BECERRA III del 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, elel Artículo 5el del Decreto Supremo de NaWARNES 118,560 121,240 122,872 124,536 125,112 120,808 las WAR-115 to Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 satisfacer la demanda del mercado interno de permanente e ininterrumpida, así como elNacontratos de exportación”. dicción y3.Artículo competencia, ella Artículo 10 de dicha norma establece como atribuciones siguientes: “a) Propuesta Económica debidamente firmada ymanera numerada. IIIsatisfacer delSERVICIOS 18 de Ley Nº 100 de 04/04/2011, Artículo 5 del Decreto Supremo de la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el exportación”. dicción y competencia, el Artículo 10 de dicha norma establece como atribuciones las siguientes: “a) FELIX BRECHAS 115 118,552 121,288 123,056 124,744 125,352 120,896 BRE-115 cionalización N° 28701 de elelDecreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 de 13/01/2015, el parágrafo I01/05/2006, de la Disposición Adicional Segunda Decreto Supremo N° y 2049 cumplimiento de los contratos exportación”. Cumplir hacer cumplir la17 presente ley, lasde normas legales sectoriales ydel sus reglamentos, asegurando EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento 1.ySERVICIOS Nota dirigida a la Dirección Tecnologías Información Comunicación debidamente FELIX cionalización N° 28701 de 01/05/2006, Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 ysus sus Que la Ley N° 3058 de mayo de 2005, sobre el de principio de127,504 continuidad señala: “…obliga a cumplimiento de los contratos de exportación”. TARQUI Cumplir y aplicación hacer cumplir la presente ley, las normas legales sectoriales yy20/11/2006, sus asegurando EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento BRECHAS 069 120,448 124,968 125,560 127,184 123,888 BRE-069 1. dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información y deberán Comunicación debidamente En caso de presentación aN° través del correo electrónico, documentos mencionados ser la INFORMATICA Yel 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 19.800,00 en el plazo de de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del Ministerio de Hidrocarburos yreglamentos, Energía 188-14 de Que aINFORMATICA través deNota la Ley 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el19.800,00 marco normativo que modificaciones, Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 28932 de Disposición TARQUI la correcta de sus principios, políticas ylos objetivos.” firmada. QUISBERTH En caso de aplicación presentación ade través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser N° Y 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 en el plazoque de modificaciones, el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 28932 de 20/11/2006, la Disposición Que a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco normativo TRONCOS 119,008 121,704 123,632 125,320 125,880 121,408 TRN-115 que el abastecimiento los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren la correcta de sus principios, políticas y objetivos.” firmada. debidamente escaneados. TELECOMUNICACIONES entrega QUISBERTH permita la Segunda producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos de Vegetal, 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 defirmada 28/01/2005, la Resolución Normativa deOrigen Directorio del Adicional del Decreto Supremo N° 2242 de 125,152 07/01/2015, la Resolución Administrati2.la(MISIONES) Propuesta Técnica debidamente y numerada. debidamente TELECOMUNICACIONES entrega TRONCOS 118,968 121,672 123,408 125,720 121,344 TRN-115 permita producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, con C – Sescaneados. Adicional Segunda del Decreto Supremo N°firmada 2242 de 07/01/2015, lala Resolución AdministratiQue, el 24 de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de Hidrocarburos delprecautelando Sistema de 2.Artículo Propuesta Técnica debidamente firmada ydeel numerada. satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente ede ininterrumpida, así como el con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos, y Diésel Oíl, Servicio de Impuestos Nacionales Nº 102100000026 fecha 16 de diciembre de 2021, el Decreto Que la Ley N° 3058, de fecha 17 de mayo de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina 3. Propuesta Económica debidamente y numerada. C – S va RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 de 13/01/2015, parágrafo I Disposición Adicional Que, el Artículo 24 de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de ES conforme: URUBÓ 119,360 122,232de Nacional 124,048 125,968 126,528 121,872 URU-115 la finalidad deN° sustituir gradualmente ladebidamente importación de Insumos y Aditivos, Diésel Oíl, precautelando Que la Ley 3058, de fecha 17 de mayo 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Hidrocarburos), es el Ente Regulador dela 3. Propuesta Económica firmada y numerada. va Nº 0023/2015 de 13/01/2015, el parágrafo I yde la Disposición Adicional cumplimiento de los contratos de exportación”. ES conforme: la seguridad alimentaria ySupremo energética soberanía. que laRAR-ANH-ULGR Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es elMinisEnte Supremo N° de 02/07/2008, elcon Decreto Supremo N°de 29032 delos 16/02/2007, el Decreto Supremo Segunda del29629 Decreto N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del YAPACANI 119,848 121,928 124,256 126,136 126,328 121,888 Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), es el Ente Regulador de YAP-230 Esta está en las recomendaciones de Informes de Disconformiseguridad alimentaria y amparada energética con soberanía. que ladecisión Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es elparte Ente las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados yde distribución de Segunda del Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Ministerial del27993 MinisFIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y N° 29049 01/03/2007, establecen ellas marco normativo aplicable alos la fijación de precios por Esta decisión está amparada en recomendaciones deResolución Informes DisconformiSAN JULIAN 118,632 121,400 123,288 125,152 125,664 120,992 SJU-115 las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados yy/o distribución de terio de Hidrocarburos y N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS dad DAF UAD 098/2021 yEnergía DAF UAD 081/2021 emitidos por el Responsable Comisión Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y gas natural por redes. Asimismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, En caso de presentación apor través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser DE INFORMACION Y COMUNICACION Que el parágrafo I del Artículo 7 de la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de Hidrocarburos terio de Hidrocarburos y Energía N° 188-14 de 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 distribución de gas natural redes, y en su Artículo 25º (Atribuciones del Ente Regulador), señala Que a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco nordel Ente Regulador. BELGICA 118,672 121,160 123,000 124,608 125,096 120,824 BEL-230 dad DAF UAD 098/2021 ytravés UAD 081/2021 emitidos por el Responsable y/o Comisión gas natural por redes. Asimismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Regulador, En caso de presentación aInformes del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser DE INFORMACION Y Resolución COMUNICACION de 28/01/2005, Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales Que el parágrafo Ila del Artículo 7 DAF de laAditivos precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional deEnte Hidrocarburos – distribución de gas natural por redes, y en su Artículo 25º (Atribuciones del Ente Regulador), señala debidamente escaneados. encontrándose entre éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas y fijar precios conforme al de Recepción y de los Legales DJ-UGJN 0553/2021 y DJ-UGJN 0538/2021 – ANH, determinará el precio de los de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán para ser mezque la28/01/2005, Superintendencia de Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones: “j. Las demás facultades GUARAYOS 119,328 122,080 123,928 125,744 126,240 121,760 GUA-230 de la Resolución Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos de debidamente escaneados. encontrándose entre éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas y fijar precios conforme al ANH, determinará el precio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán para ser mezclados de Recepción y de los Informes Legales DJ-UGJN 0553/2021 y DJ-UGJN 0538/2021 Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo N° 29629 de 02/07/2008, el Decreto que la Superintendencia Hidrocarburos tendrá las siguientes atribuciones: “j.en Las demás facultades Reglamento. clados con lasque Gasolinas ode Diésel Oíl, sobre la entidad base de la02 metodología a ser aprobada por elvaloraciones Ministerio de CAMIRI 131,136 132,448 137,640 140,712 140,800 133,160 SUC-115 emitidos por la Dirección Jurídica de la ycon atribuciones deriven de la presente Ley y de la economía jurídica vigente el país y que sean Que el Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0133/2022 de de marzo de 2022, señala las Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo N° 29629 de 02/07/2008, el Decreto Origen Vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos, y Reglamento. las Gasolinas o Diésel Oíl, sobre la base de adel ser aprobada por el Ministerio de Hidrocaremitidos por la Dirección Jurídica de lalasus entidad Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el128,016 Decreto Supremo N°combustible 29049 01/03/2007, ES conforme: yHidrocarburos”. atribuciones que deriven lacon presente Ley ymetodología de la economía jurídica vigente en el de país ymezcla que DELAPAZ KENKO 125,728 132,088 134,848 134,912de 128,464 KEN-115 Asimismo elde parágrafo II. establece: “El precio resultante laestablecen del necesarias para el adecuado cumplimiento de responsabilidades.” técnicas guardan concordancia las disposiciones normativas vigentes, correspondiendo por sean ello Supremo N° 29032 deN° 16/02/2007, el Decreto N° 29049 deestablecer 01/03/2007, establecen ES conforme: buros”. el parágrafo II. establece: “El precio del combustible resultante de la mezcla Aditivo de Diésel Oíl, precautelando la1098 seguridad alimentaria ySupremo energética con soberanía. necesarias para elVegetal adecuado cumplimiento de responsabilidades.” el marco normativo aplicable a de la fijación desus precios por parte del Ente Regulador. CHUSPIPATA 122,216 123,384 126,184 128,264 128,336 123,856 Que, aAsimismo través de la Ley 15 de septiembre de 2018, se el del marco norlos CHS-115 Aditivo de Origen con Gasolinas ola Diésel Oíl, será actualizado en función adel los mes referentes de emitir la correspondiente Resolución Administrativa para la fijación de precios internacionales. El presente EDICTO es librado en ciudad de La Paz, aa dispuso los 7 días de enero Origen Vegetal con o Diésel Oíl, será actualizado en función los referentes de los precios internael marco normativo aplicable a de la fijación de precios por parte del Ente Que, ainternacionales través deGasolinas lala Ley N° 1098 15124,584 de de 2018, se dispuso establecer el norCARANAVI 123,120 127,808 130,168 130,312 125,056 FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS CRN-115 mativo que permita producción, almacenaje, transporte, comercialización yRegulador. mezcla demarco Aditivos precios del barril de petróleo yseptiembre otros productos yPaz, subproductos que compongan la mezcla. Que el Artículo 27 de la Ley N° 2341 establece lo siguiente: “(Acto Administrativo). Se considera El presente EDICTO es librado en la ciudad de La a los 7 días del mes de enero cionales del barril de petróleo y otros productos y subproductos que compongan la mezcla. Este precio será del año 2022. FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS mativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización y sus mezcla de Aditivos CUMBRE 124,368 126,568 130,632 133,288 133,368 127,192 CUM-115 DE INFORMACION Y COMUNICACION Que el parágrafo I del Artículo 7 de la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de HidrocarQue Artículo 27 de la Ley N° 2341 establece lo siguiente: “(Acto Administrativo). Se considera de Origen Vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos y Este precio será fijado por las entidades del sector hidrocarburífero, en el marco de atribuciones y la El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0001/2022 de 03 de enero de 2022, concluye que las acto administrativo, toda declaración, disposición o decisión de la Administración Pública, del año 2022. POR TANTO: fijado por las entidades del sector hidrocarburífero, en marco dede sus atribuciones y la normativa vigente”. DE INFORMACION Y COMUNICACION PALCA 124,360 126,816 130,848 133,440 133,648 127,048 PCA-115 de Origen Vegetal, con lalael finalidad de sustituir importación de Insumos Aditivos y El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nºalimentaria 0001/2022 de 03 enero de 2022, concluye que las acto administrativo, declaración, disposición oOrigen decisión de lanormativas Administración Pública, Diésel precautelando seguridad yelenergética soberanía. normativa vigente”. buros –Oíl, ANH, determinará precio de los Aditivos de Vegetal nacionales quevigentes, sey utilizarán de alcance general otoda particular, emitida en gradualmente ejercicio delacon la potestad administrativa, norvaloraciones técnicas guardan concordancia con las disposiciones coMAZOCRUZ 127,896 128,312 132,160 134,424 con 134,552 129,200 MAZ-230 Diésel Oíl, precautelando la seguridad alimentaria y energética soberanía. de alcance general o particular, emitida en ejercicio de la potestad administrativa, norvaloraciones técnicas guardan concordancia con las disposiciones normativas vigentes, comada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la presente para ser mezclados con las Gasolinas o Diésel Oíl, sobre la base de la metodología a ser aprobada rrespondiendo porSBU-115 ello emitir la correspondiente Resolución Administrativa Regulatoria para El Director Ejecutivo a.i. de la 123,752 Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución SAN BUENAVENTURA 126,232 129,448 131,944 132,184 126,392 CONSIDERANDO: mada o discrecional, cumpliendo con los requisitos y formalidades establecidos en la presente CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7 de la precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, de Ley, que produce efectos jurídicos el las administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable se rrespondiendo por ello emitir lasobre correspondiente Resolución Administrativa para por el Ministerio de Hidrocarburos”. Asimismo el131,328 parágrafo II. establece: “El precio del combustible VINTO 125,304 126,352 133,792 134,064 127,272 la fijación de27240 precios internacionales. Suprema N° de 19/11/2020, en uso de facultades conferidas por Ley delRegulatoria Sistema deyReel Artículo 7VIN-069 delos lainternacionales. precitada Ley, señala que lanacionales Agencia Nacional de la Hidrocarburos – ANH, Ley, que produce efectos jurídicos sobre el administrado. Es obligatorio, exigible, ejecutable ydese terminará el precio de Aditivos de Origen Vegetal que se outilizarán para ser mezclados presume legítimo.” laQue, fijación de precios ELFEC AROCAGUA 124,112 125,360 128,680 130,016 129,872 125,776 ARO-115 resultante de mezcla del Aditivo de Origen Vegetal con Gasolinas Diésel Oíl, será actualizado Que alalefecto, el de Hidrocarburos yy Vegetal Energías en cumplimiento de lo determinado en la antes antes gulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, lanacionales Ley de Hidrocarburos N° 3058 17/05/2005 terminará el la precio los Aditivos de Origen se utilizarán para ser mezclados Que efecto, elMinisterio Ministerio de Hidrocarburos Energías en 130,160 cumplimiento de lo125,856 determinado en la presume legítimo.” con las Gasolinas o de Diésel Oíl, sobre la base de la metodología aque ser aprobada por elde Ministerio dey VALLE HERMOSO 124,120 125,424 128,744 130,128 VHE-115 citada Ley, y conforme a su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, mediante Resolución en función a los referentes de los precios internacionales del barril de petróleo y otros productos ycitada normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. POR TANTO: Ley,Gasolinas y conforme a suN° atribución de 128,608 dirigir políticas gubernamentales sector, mediante Resolución con las oDS Diésel Oíl, sobre la base de laprocedimiento metodología aadministrativo, serdel aprobada por el Ministerio de Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del 27113, reglamento del señala: (Extinción IRPA IRPA 127,160 132,384 133,960 134,168 129,152 IRP-115 Ministerial N° 130-18 de 19 de octubre de 2018, modificada a través de Resolución Ministerial N° 185-18 de POR TANTO: subproductos que compongan laadministrativa, mezcla. Este modificada precio será129,248 fijado las entidades del sector hidroMinisterial N° 130-18 deDS 19 N° de 27113, octubre de 2018, amediante travéspor de Resolución Ministerial N° 185-18 Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del reglamento deloficio, procedimiento administrativo, señala: (Extinción PARACAYA 123,504 124,360 127,624 129,168 124,936 PAY-115 Por Revocación). I.2018, La autoridad de declaración unilateral de volun31 de diciembre dispuso aprobar los Nacional lineamientos para determinar el precio del combustible líquido RESUELVE: carburífero, en de el total marco dede sus atribuciones yadministrativo lalineamientos normativa vigente”. El Director Ejecutivo a.i. laÚnica Agencia de Hidrocarburos, mediante Rede 31 deDisposición diciembre 2018, dispuso aprobar los para determinar el septiembre precio del combustible QOLLPANA 123,080 123,344 126,768 128,616 128,336 124,160 QOL-115 Por Revocación). I.deAdicional La administrativa, de oficio, mediante declaración unilateral de2018, voluntad, podrá revocar o autoridad parcialmente un acto por3672 vicios existentes momento de suy Que, la del Decreto Supremo N° de 26designado de de con octanaje 92, resultante de de la123,000 mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base así comoal su actualización, ElQue, Director Ejecutivo a.i. laÚnica Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Relíquido con octanaje 92,Adicional resultante de laseguridad, mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base así como su actualSANTIVAÑEZ 124,128 127,296 128,984 128,864 124,568 SAN-115 solución N° 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades conferidas por la Ley del tad, podrá revocar total olos parcialmente un acto administrativo por vicios existentes al momento de su laoSuprema Disposición del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, emisión por razones de oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comproprevé que los aspectos de calidad, transporte, almacenamiento y comercialización de por otra parte, reglamentar aspectos de comercialización relacionados al combustible final y a la Gasolina PRIMERO.FIJAR los siguientes Finales de la Gasolina Especial Internacional, ella Diésel SAN JOSÉ 121,304 122,016 124,680 126,152 126,160 122,464 SJO-115 ización, yque por otra parte, reglamentar los aspectos de comercialización relacionados al combustible final y solución Suprema N°la 27240 dePrecios 19/11/2020, en uso de las facultades conferidas por Ley del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, la Ley de Hidrocarburos CONSIDERANDO: emisión o por razones de oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comprometido. II. No procede revocación de oficio de los actos administrativos estables que adquieran prevé los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento y comercialización las gasolinas base empleadas para su mezcla con el Etanol Anhidro, serán reglamentados por elde Base. Oíl Internacional, Gas Natural Vehicular Internacional y sus correspondientes Diferenciales, a ser CHIMORÉ 121,704 122,872 125,528 127,168 127,232 123,248 CHI-230 a la Gasolina Base. Sistema de Regulación N° 1600 de 28/10/1994, Ley de que Hidrocarburos esta calidad de conformidad amediante lo establecido en de el presente Reglamento. Lalacontravención de por estael metido. II. No procede lay Sectorial revocación de oficio los administrativos estables adquieran N° 3058 de 17/05/2005 normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. las gasolinas base empleadas para(SIRESE) su mezcla con elactos Etanol Anhidro, serán reglamentados Ministerio de Hidrocarburos Resolución Ministerial. CARRASCO 120,696 122,032 124,408 126,024 126,136 122,232 CAR-230 aplicados por todas las Estaciones de Servicio a nivel nacional asuperior medios jerárquica deLa transporte con placa de restricción obligará a la autoridad emisora del acto ilegal o a la a revocarlo.”, el esta calidad de conformidad a lo establecido en el presente Reglamento. contravención de esta N° 3058 de 17/05/2005 y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. Ministerio de Hidrocarburos mediante Resolución Ministerial. Que al efecto, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías en cumplimiento de lo determinado en la Que Resolución 117-2021 de 02 de agosto 2021, se modifica la RM RM 185-18, 185-18, en en lo lo VILLAmediante TUNARI 122,104Nº 123,192 125,976 127,640de 127,672 123,616 la VTU-230 Ministerial circulación extranjera: Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de 02 de“a) agosto 2021, se modifica Artículo 60 inciso elconforme cuerpo legal, dispone que La será dispuesta por la descripmisma restricción obligará amismo la autoridad emisora del acto ilegal o revocación a de lagubernamentales superior jerárquica a sector, revocarlo.”, el Que, al efecto ela)Ministerio de en cumplimiento lo134,480 determinado la antes citada antes citada yVIN-069 aHidrocarburos, su atribución de dirigir políticas del medique respecta aLey, del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO PRIMERO.Se en modifica la ENDE DEORURO RESUELVE: VINTO 125,912 126,872 131,912 134,368 de 127,832 que respecta alaladescripción descripción del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO PRIMERO.Se modifica descripautoridad administrativa que dictó elde acto, siempre que conserve competencia, olaResolu por Artículo inciso a) mismo cuerpo legal, dispone que “a) La revocación dispuesta la misma norma, conforme aelestablecido su atribución dirigir políticas gubernamentales delserá sector, mediante -19 Que, aly60 efecto el Ministerio de Hidrocarburos, en cumplimiento de lo su determinado en N° la por antes citada CATAVI 129,200 130,368 135,408 138,128 131,184 CAT-069 RESUELVE: ción del parámetro “ѱ” en la ecuación del Anexo dede la la Resolución Ministerial 130-18 dela Precio Final Internacional Diferencial Precios ante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 de(2) octubre de137,984 2018, modificada aMinisterial través de Resolución ción del parámetro “ѱ” establecido en la ecuación (2) del Anexo Resolución N° 130-18 de Producto autoridad administrativa superior competente.” autoridad administrativa que dictó el acto, siempre que conserve su competencia, o por la ción Ministerial N° 015-19 de 28 de enero de 2019 dispuso reglamentar la metodología para la deter norma, y conforme a su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, mediante ResoluVINTO 124,816 125,720 130,584 133,360 133,120 126,312 VIN-115 de octubre de 2018, modificado por la Resolución Ministerial 185-18 de de 31 de de diciembre dede 2018, con (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) PRIMERO.FIJAR los siguientes Precios Finales deN°aprobar laN° Gasolina Especial Internacional, el Ministerial N° 185-18 de 31 deprecios diciembre de combustibles 2018, dispuso los lineamientos para determinar 19 de octubre de 2018, modificado por la Resolución Ministerial 185-18 31 diciembre con autoridad administrativa superior competente.” minación yInternacional, actualización de de lostendrá finales resultantes de lacombustibles mezcla de2018, Etanol JERUYO 128,104 128,920 133,152 135,200 135,496 129,408 JER-115 ción Ministerial 015-19 dede 28 de de 2019 dispuso reglamentar la metodología para la detersiguiente texto: “ѱ =N° Factor de heterogeneidad como base un valor de 0,001 para finales Diésel Oíl Jet Fuel internacional y sus correspondientes Diferenciales, acon serel PRIMERO.FIJAR siguientes Precios Finales de la de Gasolina Especial Internacional, Gasolina Especial Internacional 8,68 4,94 el precio del combustible líquido conenero octanaje 92, resultante la mezcla del Etanol Anhidro el siguiente texto: “ѱ = los Factor heterogeneidad tendrá como base un valor delos 0,001 para combustibles CONSIDERANDO: LUCIANITA 115 129,344 130,456 135,112 137,248 137,576 deen 130,904 LUC-115 Anhidro con Gasolinas Base, así como los aspectos de comercialización combustibles finales minación y actualización de precios de los combustibles finales resultantes de la mezcla de Etanol con mezcla de etanol anhidro octanaje 92. Dicho factor podrá ser establecido cada periodo por el Ente aplicados por todas las su Estaciones de Servicio a nacional medios de transporte con Diésel Oíl Internacional, Jet Fuel internacional ynivel sus correspondientes Diferenciales, ser finales con mezcla de etanol anhidro de su octanaje 92.con Dicho factor podrá 141,504 ser aestablecido en cada periodoa por Gasolina Base así como actualización, por otra parte, reglamentar los aspectos de comercialDiesel Oíl Internacional 8,88 5,16 SEPSA 69 132,040 132,992 138,344 141,320 POT-069 CONSIDERANDO: yPOTOSÍ las gasolinas base empleadas para mezcla Etanol Anhidro. Regulador conforme a condiciones delcomo mercado mediante Resolución Administrativa”. Anhidro con Base, así losyServicio aspectos de comercialización de133,792 los combustibles finales el Ente Regulador conforme a condiciones del mediante Resolución Administrativa”. placa circulación extranjera: aplicados porGasolinas todas las Estaciones de a nivel nacional medios de2019 transporte con POTOSÍ 115 131,848RAR-ANH-DRC-N° 132,728 138,144 141,032 141,288 133,800 POT-115 Que la de Resolución Administrativa 0042/2019 de 2ade abril de dispuso: ización relacionados al combustible final ymezcla amercado la Gasolina Base. y las gasolinas base empleadas para su con Etanol Anhidro. PUNUTUMA 69circulación 126,648 RAR-ANH-DRC-N° 126,192 129,976 131,936 131,912 127,192 PUN-069 “PRIMERO.Instruir a las Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos y de Gas Natural Vehicuplaca de extranjera: Que la Resolución Administrativa 0042/2019 de 2 de abril de 2019 dispuso: Que, el numeral III del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 015-19 de Diferencial Precio Precio Final Internacional Que elelparágrafo III. del Artículo delAnexo Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial 130-18 de de 19 Que parágrafo III.TEL-069 del Artículo 33diciembre del aprobado mediante Resolución Ministerial N° N° 130-18 de 19 TELAMAYU 127,808 127,560 131,792 133,944 134,144 128,656 Producto Precio Final Diferencial larGNV, que hasta fecha 31 de de la presente gestión, presenten un(Bs./m informe elaborado 3 02 de 3de la “PRIMERO.Instruir a las Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos y128,488 de Gas Natural Vehicu28 de enero de 2019, señala que: será fijado yde publicado hasta el quinto día hábil Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 agosto de 2021, se modifica RM 185de octubre de 2018, señala el precio Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de lacada mezcla de ) con )N° (Bs./m Que, el III del 3 “El del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial 015-19 de PORTUGALETE 127,688 127,448 131,432 133,536 133,768 POR-069 octubre denumeral 2018, señala elArtículo precio del Combustible Líquido Octanaje 92, resultante deinforme lade mezcla delmes Etapor profesionales del área, referido a las condiciones yFinal estados de todos los circuitos la por Estación Producto Internacional Precios Precio Diferencial larGNV, que hasta fecha 31 de diciembre la presente gestión, presenten un elaborado por el Ente Regulador mediante Resolución Administrativa aplicando establecido en el presente Etanol Anhidro con Gasolina Base, será fijado y de publicado hasta el quinto día hábil de cada mes elRegEnte 18, en loenero que respecta aBase, la descripción del parámetro ѱ, que indica: “ARTÍCULO PRIMERO.Se 28 de de 2019, que: “El fijado y de publicado hasta ello quinto día hábil de cada mes Gas Natural Vehicular CHILCOBIJA 126,792 126,376 130,064 127,400 CHL-069señala nol Anhidro con Gasolina será fijado yserá publicado hasta el131,920 quinto día132,176 hábil de cada mes por ella Ente de Servicio, sistemas de aterramiento y la medición la resistencia máxima de cada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) 3,10 1,44 por profesionales del área, referido a las condiciones y estados de todos los circuitos de Estación Producto Internacional Precios Anexo. El tendrá vigencia hasta la fecha de su actualización”. Regulador Resolución Administrativa, el Administrativa mismo tendrá vigencia hasta la fecha de suen actualización. TORRE HUAYCO 125,112 124,376 127,264 129,032 129,168 modifica lamediante descripción del parámetro en la ecuación (2)Operación Anexo desu laactualización. Resolución por el Ente Regulador mediante aplicando lodel establecido el presente Internacional ulador mediante Resolución Administrativa, elestablecido mismo que vigencia hasta la 125,328 fecha de concordancia con loTHU-069 establecido en Resolución los “ѱ” Reglamentos detendrá Construcción y Estaciones de de Servicio, sistemas de19 aterramiento y la de la resistencia dedecada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) DON DIEGO ElN° 131,688 132,600 140,968 141,240máxima 133,688 DDI-069 Anexo. tendrá vigencia hasta lay fecha demedición su 138,048 actualización”. Ministerial 130-18 de de octubre de 2018, modificado por la según Resolución Ministerial 185-18 Servicio de Especial Combustibles Líquidos Gas Natural Vehicular-GNV, corresponda, elN° cual deGasolina Internacional 8,68 concordancia con OCU-115 lola establecido en los Reglamentos de N° Construcción y Operación Estaciones de SEGUNDO.FIJAR alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional y4,94 consiguientemente CONSIDERANDO: Que, posteriormente asiguiente través de Resolución Ministerial 045-19 de 01 de133,024 abril dede2019, dispuso OCURI 130,544 131,640 137,080 139,856 140,144 CONSIDERANDO: de 31 de diciembre de 2018, con el siguiente texto: “ѱ = Factor de heterogeneidad tendrá como base berá ser actualizado anualmente. SEGUNDO.Instruir a las Estaciones de Servicio de Combustibles Servicio de Combustibles Líquidos y Gas Natural Vehicular-GNV, según corresponda, el cual SACACA 127,656 129,016 133,648 135,824 135,992 130,232y SAC-115 el Precio Pre-Terminal yade eltravés Precio Máximo Final del Jet Fuel A-1 Internacional: aprobar la metodología cálculo para la determinación del Precio Ex – Refinería Precio Pre – TerdeGasolina Especial Internacional 8,68 4,94 Que, posteriormente de Resolución Ministerial N° 045-19 de 01 de abril de 2019, dispuso Líquidos yde de Gas Natural VehicularGNV, la presentación de un informe elaborado por empresas un valor 0,001 para combustibles finales con mezcla de etanol anhidro de octanaje 92. Dicho Diesel Oíl Internacional 8,88 5,16 KARACHIPAMPA 132,240 133,104 138,960 141,288 141,624 133,872 KAR-069 berá actualizado anualmente. SEGUNDO.Instruir a2341 las Estaciones de Servicio de Combustibles Que aaser través de la Ley de Procedimiento Administrativo N°2341 de de abril de 2002, se establecen las minal de la Base ser utilizada su mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características Que través de lacon Ley de Procedimiento Administrativo N° de 2323de abril de 2002, se establecieron las aprobar la Gasolina metodología deacálculo para lapara determinación del Precio Ex –conforme Refinería Precio Pre – Terespecializadas yGas personal profesional referido ael las condiciones de infraestructura, factor podrá ser establecido en cada periodo por Ente Regulador ay condiciones del LITIO 230a. 127,144 125,888 133,160 133,800 134,536 127,928 LIT-230 normas que laNatural actividad administrativa yyla elelpresentación procedimiento administrativo del sector público. Líquidos y regulan de GNV, de un informe elaborado porintegridad empresas La alícuota delVehicularIEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,90/Lt. (Cuatro 90/100 técnicas de calidad difieran aa las de la Gasolina Especial. Diesel Oíl Internacional 5,16 normas que regulan la administrativa procedimiento administrativo del sector público. la Gasolina Base ser utilizada para su8,88 mezcla con Etanol cuyas características ymercado funcionamiento de lasactividad estructuras civiles, instalaciones mecánicas y Anhidro, sanitarias hasta fecha 31 de LAminal PLATA de 131,672 132,512 137,840 140,544 140,872 133,568 PLA-115 mediante Resolución Administrativa”. especializadas y con personal profesional referido a las condiciones de infraestructura, integridad Bolivianos por Litro). técnicas difieran a126,576 las laLey, Gasolina Especial. diciembre dede lacalidad presente gestión, el de cual deberá ser actualizado LITIO 125,808 128,624 130,664 quinquenalmente.”, 130,848 126,848 constituyéndose LIT-115 Que el115 c) Artículo 44de la como principio de la actividad administrativa, entre yQue funcionamiento de las estructuras civiles, instalaciones mecánicas sanitarias hasta fecha 31 de b.inciso El Precio Pre-Terminal del Jetdetermina Fuel A-1 Internacional es y de Bs. 7,05/Lt. (Siete 05/100 CONSIDERANDO: Precio Final Diferencial elinciso c)del del Artículo de143,584 lacitada citada Ley, determina principio143,184 de la actividad CESSA ARANJUEZ 141,416 141,904como 143,064 142,224administrativa, entre ARJ-069 en un acto administrativo egestión, carácter otros, elelparágrafo siguiente: “c) Principio de pleno la Ley: La Pública regirá sus actos diciembre deBolivianos laProducto presente cual deberá seraaactualizado quinquenalmente.”, constituyéndose por Litro). Que el III. del Artículo 3elgeneral. del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N°sus 130-18 Precio otros, “c) Principio desometimiento sometimiento pleno la Ley: La Administración Administración Pública regirá actos SUCRE 069 siguiente: 141,992 139,560 Internacional 139,760 140,712 140,664 140,512 SUC-069 CONSIDERANDO: Diferencial Precio Final 3 3 con sometimiento pleno a la ley (…)”. en un acto administrativo e carácter general. Que, a través de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de 2002, se esta c. El Precio Final del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 7,32/Lt. (Siete 32/100 Bolivianos (Bs./m ) (Bs./m ) de 19 de octubre de 2018, señala el precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de con sometimiento pleno a la ley (…)”. MARIACA 0,000 0,000 0,000de 2021 0,000 0,000 MAR-069 Que el Informe INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16Internacional de 0,000 noviembre establece que “Si bien existe Precio Producto blecieron las normas que de regulan la actividad administrativa el procedimiento administrativo del por Litro). SUCRE 115 del 128,256 129,016 133,568 136,264 SUC-115 3 los 3 día hábil mezcla Etanol con Gasolina Base, seráde fijado y ypublicado el quinto de lala necesidad de corroborar el correcto funcionamiento circuitos de las estaciones de Que, a través de laAnhidro Ley Procedimiento Administrativo N° 2341 deeléctrico 23hasta de130,104 abril de 2002, se existe esta) 136,024 (Bs./m )“Si bien (Bs./m Que el Informe 0115/2021 de 16de de que sector público. ENDE DEL BENI CONSIDERANDO: TRINIDAD 119,512 122,360 124,264 125,928 de 2021 126,560 establece 122,064 TRI-115 Internacional Gas Natural Vehicular 2,95 1,29 CONSIDERANDO: cada mes por elINF-DDT-UAET Ente Regulador mediante Resolución Administrativa, el de mismo que tendrá servicio, sistemas de aterramiento y lalamedición lanoviembre resistencia cada circuito en vigencia concorblecieron las normas que el regulan actividad administrativa ymáxima el130,664 procedimiento administrativo del la necesidad de corroborar correcto funcionamiento de los circuitos eléctrico de las estaciones de SAN BORJA 122,400 124,896 127,960 130,368 125,008 SBO-115 TERCERO.Los precios fijados en losutArtículos precedentes entrarán en vigencia a partir de las cero dancia con las normativas señaladas supra. En ese sentido, y de acuerdo al análisis realizado no hasta la fecha de su actualización. sector público. Gas Natural Vehicular Internacional 2,95 1,29 Que lalael Dirección de Regulación Económica ade través del INF-DRE-UPTC 0147/2022 de 05 mayo MOXOS 123,680 126,160 128,168 128,688 123,600 MOX-115 servicio, sistemas de aterramiento ylaalícuota la medición de laInforme resistencia máxima de cada circuito en concorQue, inciso c) del Artículo 4 dede citada Ley, determina como principio de la actividad adminis (00:00) horas del día jueves 03120,920 de marzo 2022. Que Dirección de Regulación Económica acondiciones través del Informe INF-DRE-UPTC 0110/2022 de 04 de abril SEGUNDO.FIJAR la siguiente del128,232 IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional yde consicorrespondería que la verificación estas tengan que necesariamente ser atribuidas YUCUMO 122,976 125,032 130,728 130,896 125,256 YUC-115 de 2022, referente aa la actualización del Precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de y la dancia con las normativas señaladas ut supra. En ese sentido, y de acuerdo al análisis realizado no trativa, entre otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno a la Ley: La Administración de 2022, referente la actualización del Precio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la realizadas por los operadores, considerando conforme a loen que señala la vigente, guientemente el Precio Pre-Terminal y el–que Precio Máximo Final del Jet Fuel Internacional: Que, elregirá inciso c) del Artículo 4 dedelaalícuota citada Ley, determina como principio de laA-1 actividad adminisSAN BUENAVENTURA 123,432 125,800 129,320 131,912 132,200 126,072 SBU-115 CONSIDERANDO: mezcla de Etanol Anhidro Gasolina Base de 2022, el acápite 3. normativa correspondiente concluye: 3Jet SEGUNDO.FIJAR lacon siguiente del IEHD del Fuel A-1 Internacional yestas consicorrespondería que la verificación estas condiciones tengan necesariamente ser atribuidas y Pública sus actos con sometimiento pleno aHidrocarburos la ley (…)”. mezcla Etanol Anhidro con Gasolina Base –mayo abril de 2022, en el acápite 3. correspondiente concluye: CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs/m yoque el valor de Aporte al Fondo de deben serde realizadas por la Agencia Nacional de por terceros, siendo atribuible PARAÍSO 120,168 123,808 125,992 128,376 128,984 123,368 PRA-115 trativa, entre otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno a la Ley: La Administración “En cumplimiento aaoperadores, lo establecido en la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, y no lasA-1 Resoluciones Minrealizadas por los considerando que conforme a lo de que señala la normativa vigente, estas guientemente el Precio Pre-Terminal y el Precio Máximo Final del Jet Fuel Internacional: “En cumplimiento lo establecido en la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, y las Resoluciones MinConversión (AFC) en 0,0205 Bs/m3. esta última a los operadores, tomando en cuenta que las tarifas supervisión realizadas por los opENDE LAS CARRERAS 123,888 126,480 128,184 de Hidrocarburos 124,696 La alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional esdede Bs. 4,24/Lt. (Cuatro Pública regirá sus actos con sometimiento pleno aHidrocarburos la ley (…)”. isteriales de N° 130-18, 185-18 yy124,480 117-21 aprobadas por el yde Energías, se aplicó Que aa.través de laLCA-230 Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de abril 2002, atribuible se estadeben ser realizadas por la Agencia Nacional de o 128,320 por23 terceros, siendo isteriales de N° 130-18, 185-18 117-21están aprobadas por el Ministerio Ministerio Hidrocarburos Energías, se aplicó CONSIDERANDO: eradores en las etapas de renovación orientadas lasdesupervisiones ayno las instalaciones.” UYUNI 126,696 125,760 129,824 a cubrir 131,680 131,928 127,168 UYU-230 24/100 Bolivianos por Litro). la metodología para el cálculo del precio del combustible con octanaje 92, concluyéndose: El precio del esta última aque: los operadores, en que lascon tarifas de supervisión realizadas por losdel opla metodología para elresponsabilidad cálculo del precio del combustible octanaje 92, concluyéndose: El precio del blecieron normas regulan la de actividad administrativa el procedimiento administrativo PUN-069 Regístrese, publíquese yque archívese. PUNUTUMA 126,344 126,024 129,888 131,832 132,000 126,832 a.69las La alícuota deltomando IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,24/Lt. (Cuatro Concluyendo “es lacuenta Agencia Nacional dey Hidrocarburos dentro de sus funciocombustible líquido con octanaje 92, resultante de laFuel mezcla de etanol anhidro es 4,50 Bs/Lt (Cuatro 50/100 CONSIDERANDO: b. El Precio Pre-Terminal del Jet A-1 Internacional es4,50 de Bs. (Seis eradores en las etapas de renovación están orientadas aInforme cubrir supervisiones acomercialización, las6,39/Lt. instalaciones.” combustible conRegulación octanaje 92,Supervisión resultante demediante mezcla de etanol anhidro es Bs/Lt (Cuatro 50/100 ECEBOL POTOSI 130,472 131,280 135,952 139,856 139,736 131,944 EPO-115 Que, la Dirección de Económica, INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 sector público. nes realizar lalíquido regulación, Control, y la Fiscalización a las las actividades de 24/100 Bolivianos por Litro). Bolivianos por Litro), mismo que incluye IVA. Enconcluye: cumplimiento al al artículo 5 parágrafo III dede la RM 130-18, se 39/100 Bolivianos por Litro). SETAR TARIJA 123,656 123,104 125,256 126,896 127,072 123,848 Concluyendo que: “es responsabilidad de la Agencia Nacional de Hidrocarburos dentro de sus funcioTAJ-115 Bolivianos por Litro), mismo que incluye IVA. En cumplimiento artículo 5 III la 130-18, de enero de 2022, en el acápite pertinente “En cumplimiento aparágrafo lo es establecido enRM la Ley N° Es Conforme. La Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fue abrogada por recurso revocatoria mediante b. El Precio Pre-Terminal del Jet Fuel A-1 Internacional de Bs. 6,39/Lt. (Seis aclara que para la realización del cálculo se utilizó la información oficial del precio del crudo del West Texas Que, la 15 Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 deWest 05 YAGUACUA 120,776 122,032 123,416 a las 123,552 121,368 YAG-069 se aclara que para laArtículo realización del cálculo seA-1 utilizó la información oficial del precio del crudo del c. Elc) Precio Final del Jet Fuel Internacional es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 nes realizar la regulación, Control, Supervisión yN° Fiscalización actividades dedeja comercialización, 1098 de de septiembre de 2018, y la aplicación de la metodología determinada mediante Reso Resolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR 0190/190, motivo por el cual se sin funcionaQue el inciso del 4 121,456 de lapertinente citada Ley, determina como principio de la actividad administra39/100 Bolivianos por Litro). Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y para el precio del azúcar en el departamento deLey Santa BERMEJO 125,144 125,072 126,840 129,112 129,152 125,640 TAJ-115 de enero de 2022, en el acápite concluye: “En cumplimiento a lo establecido en la N° Texas Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y para el precio del azúcar en el departamento La Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fue abrogada por recurso revocatoria mediante Bolivianos por Litro). lución N° 015-19, Resolución Ministerial 042-19 yaResolución Ministerial N° 045-19 lidad aentre laMinisterial Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC N°N° 0042/2019”, y recomendando se EJECUTIVO emita el acto FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………….......................……………………...DIRECTOR a.i. tiva, otros, elPrecio siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno la La Administración Pública Cruz, se utilizó la información remitida por el Observatorio Agroambiental yLey: Productivo dependiente del MinEMDEECRUZ WARNES 115 118,344 120,960 122,696 124,400 124,840 120,664 WAR-115 c. Else del Jet Fuel es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 1098 de 15 de de 2018, yremitida la aplicación de laen metodología determinada mediante Resode Santa Cruz, utilizó laFinal información por elInternacional Observatorio Agroambiental yse Productivo dependiResolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR N° motivo por el cual se deja sin aprobadas por elseptiembre Ministerio de Hidrocarburos yA-1 Energías, ellapresente informe realizó el funcionacálculo administrativo correspondiente para dejar sin efecto la0190/190, RAR-ANH-DRC N° 0042/2019. FDO: Abg. Adolfo Soria Luna……………………………………................…………….DIRECTOR JURÍDICO a.i. Desarrollo Rural y Tierras”. En recomienda emisión de la Resolución Administrativa SAN CRISTOBAL isterio LITIO 230 126,728 125,928 129,472 131,376 131,552 LIT-230 regirá actos con sometimiento pleno asentido, la ley (…)”. Bolivianos por Litro). lución Ministerial N° Resolución Ministerial N° 042-19 y entrarán Resolución Ministerial N°partir 045-19 ente del Ministerio de Desarrollo Rural yese Tierras”. En ese sentido, recomienda la 126,888 emisión de laemita Resolución lidad ade ladeterminación Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, ylíquido recomendando se el acto para lasus y015-19, actualización del precio final del combustible resultante de la mezcla TERCERO.Los precios fijados Artículos precedentes en vigencia a de COBOCE IRPA IRPA 126,448en los 127,688 131,712 133,608 133,512 127,936 IRP-115 correspondiente. Administrativa correspondiente. aprobadas por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías, en el presente informe se realizó el cálculo administrativo correspondiente para la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019. de etanol anhidro con gasolina basedejar 81, denominado como Gasolina Especial las cero (00:00) horas del día martes 04sin deefecto enero 2022. EMVINTO VINTO 126,056 126,904 131,832 de 134,288 134,368 127,512+. Por lo tanto, se VIN-069 CONSIDERANDO: para determinación y actualización del final del combustible líquido resultante depor la“De mezcla Que el la informe legal DJde –lafijados UGJN 20 deBs/Lt diciembre de 2021 señala que: lode TERCERO.Los precios enEspecial los precio Artículos precedentes entrarán en vigencia a partir concluye que: El precio Gasolina +de es 3,74 (Tres125,848 con 74/100 Bolivianos Litro), LAS LOMAS LOMAS 119,664 0573/2021 121,832 123,800 125,384 121,312 ARB-230 POR TANTO: POR TANTO: de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como Gasolina Especial +. Por lo tanto, desarrollado se evidencia que el fundamento por el cual, en su momento se hizo necesaria la emisión mismo que incluyeSAL-115 IVA. En al artículo 5 parágrafo III 132,416 de3 ylaelRM 015-19, se aclara quese las cero (00:00) horas delcumplimiento día martes 04 de enero de132,248 2022. YLB (ENDE) SALAR 127,472 126,592 130,336 127,608 CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs./m valor desiAporte alcierto Que informe DJ –laUGJN 0573/2021 de 20 diciembre de74/100 2021 señala que: “De de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya nola tiene validez actualmente, toda vez que es concluye que: Ellegal precio de Gasolina Especial + es 3,74 Bs/Lt (Tres con Bolivianos por Litro), Que lael Dirección de Regulación Económica a través delde Informe INF-DRE-UPTC 0071/2022 de 04lo para lade realización del cálculo, se utilizó información oficial del precio del crudo delbien West Texas El Director Ejecutivo a.i., de laque Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución Fondo Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional deelPrecio Hidrocarburos, designado mediante Resolución Sudesarrollado se evidencia el fundamento por cual, en su momento seRM hizo necesaria laSuprema emisión que es necesario verificar los mecanismos de aterramiento, el requerimiento de que dicha verificación 3 la mismo que incluye IVA. En cumplimiento al artículo 5 parágrafo III de 015-19, se aclara que Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y para el precio del azúcar en el departamento de marzo de 2022, referente a la actualización del del Combustible Líquido con Octanaje 92, CUARTO.FIJAR elde Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs./m yespecializado, el valor desiAporte allacierto N° 27240 de 19 de de 2020, en no uso de las facultades atribuciones conferidas por por laesLey del prema N° 27240 denoviembre 19 noviembre de 2020, en uso de facultades yAgroambiental atribuciones conferidas Ley de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya tiene validez actualmente, toda vez que bien corra por cuenta de los regulados mediante la contratación de ypersonal actualmente para la realización del cálculo, se utilizó lacon información oficial del precio del crudo del West Texas de Santa Cruz se utilizó la información remitida por ellas Observatorio y Productivo de resultante de la mezcla de Etanol Anhidro Gasolina Base – Marzo 2022, en el acápite 3. corSistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28 de octubre de 1994, la Ley N° 3058 de 17 de mayo Fondo de Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. del Sistema de Regulación Sectorial 1600 deyEn 28 de octubre de 1994, Ley N° 3058 dede 17 de Regístrese, publíquese y archívese. que es necesario verificar los mecanismos de aterramiento, elel requerimiento delaque dicha verificación no puede cumplirse, ello debido a (SIRESE) que el registro de profesionales por parte de la ANH ha sido Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts para precio del azúcar ende elseptiembre departamento pendiente del Ministerio de Desarrollo Rural yN° Tierras”. ese recomiendan la emisión la de 2005, y2005, normativa vigente, acumplimiento nombre del Estado Boliviano; respondiente concluye: “En aRAN-ANH-DJ lo establecido ende lasentido, Ley N° 1098 de 15 de mayo de y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano; corra por cuenta de los regulados mediante la contratación personal especializado, actualmente dejado sin efecto por la revocatoria de la 009/2019, no existiendo la posibilidad de de Santa Cruz se utilizó la informaciónde remitida por el185-18 Observatorio Agroambiental y Productivo deResolución Administrativa correspondiente. 2018, y las Resoluciones Ministeriales N° 130-18, y 117-21 aprobadas por el Ministerio Regístrese, publíquese y archívese. nopendiente puede cumplirse, ello de debido a ANH queRural el registro profesionales por parte Al demargen la ANHde haello, sido que profesionales acreditados por la realicen lasdeverificaciones señaladas. Es Conforme. del Ministerio Desarrollo y Tierras”. En ese sentido, recomiendan la emisión de la RESUELVE: de Hidrocarburos y Energías, se aplicó la el cálculo del precio del combustible RESUELVE: dejado sin efecto por la revocatoria deregular la metodología RAN-ANH-DJ 009/2019, existiendo la por posibilidad de las facultades de controlar, supervisar, y fiscalizar,para incluyen la no plena potestad, parte del Resolución Administrativa correspondiente. POR TANTO: con octanaje 92, concluyéndose: del combustible líquido con octanaje 92, resultante de ente de adoptar las medidas que sean necesarias para verificar las condiciones y estados que profesionales acreditados porEl laprecio ANH realicen las verificaciones señaladas. Al margen de ello, Es regulador Conforme. FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………...DIRECTOR EJECUTIVO a.i. PRIMERO.DETERMINAR el precio del Combustible Líquido con Octanaje 92 resultante de la mezcla de PRIMERO.DETERMINAR el precio del Combustible Líquido con Octanaje 92 resultante de la mezcla de de todos los circuitos deLuna………………………………………………….DIRECTOR las Estaciones de (Cuatro Servicio, sistemas de aterramiento ymismo laJURÍDICO medición de las facultades de Soria controlar, supervisar, regular yde fiscalizar, incluyen lapor plena potestad, parte del la mezcla de etanol anhidro esAgencia 4,50 Bs/Lt 50/100 Bolivianos Litro), que incluye FDO: Abg. Adolfo a.i.la ElPOR Director Ejecutivo a.i., deBase la Nacional Hidrocarburos, designado mediante Resolución TANTO: Etanol Anhidro con Gasolina en 4,50 Bs/Lt. (Cuatro con 50/100 Bolivianos por Litro), elpor cual incluye Etanol Anhidro con Gasolina Base 4,50 Bs/Lt. con130-18, 50/100 Bolivianos por Litro), el cual incluye resistencia máxima de circuito, aspectos que selauso deben valorados al momento de la yemisión ente regulador de adoptar las medidas que sean necesarias para verificar condiciones estados IVA. En cumplimiento al19artículo 5enparágrafo III (Cuatro de RM se aclara que paraEJECUTIVO la realización FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………...DIRECTOR a.i. Suprema N° 27240 decada de noviembre de 2020, en de ser las facultades ylas atribuciones conferidas IVA. IVA. de autorización de construcción y Agencia licencia de operación respectiva, en solicitud de renovación de todos circuitos de las Estaciones de Servicio, sistemas deyde aterramiento y la medición de FDO: Abg. Adolfo Soria Luna………………………………………………….DIRECTOR JURÍDICO a.i.la del cálculo se utilizó laa.i., información oficial del precio del crudo del West Texas Intermediate por la Leylos del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 28cada de octubre de 1994, la(WTI) Ley El Director Ejecutivo de la Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución de la licencia de operación, para lo cual la normativa vigente prevé la tasa regulatoria correspondiente, resistencia máxima de cada circuito, aspectos que se deben ser valorados al momento de la emisión N° 3058 de 17 de mayo de 2005, y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano; publicada S&P Global Platts yatribuciones para elDisposición delResolutiva azúcar el Primera, departamento de hasta Santa SEGUNDO.ElElprecio aprobado anoviembre través de la Primera, tendrá vigencia laCruz, fecha Supremapor N° 27240 de 19 de de 2020, uso de lasen facultades y tendrá atribuciones conferidas SEGUNDO.precio aprobado ayytravés de laprecio Disposición Resolutiva no pudiéndose trasladar funciones del en ente regulador alyregulado, por lo vigencia que alrenovación nohasta existirla de autorización de construcción licencia de operación respectiva, cada solicitud de su actualización. por la del Sistema Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 deen de octubre dede 1994, la Ley se utilizó latécnico información remitida ella Observatorio Agroambiental y28 Productivo dependiente del fecha deLey su actualización. justificativo algunode para lalopor existencia de dichos informes la N° 0042/2019, de la 3058 licencia operación, cual normativa vigente prevédel la RAR-ANH-DRC tasa regulatoria correspondiente, RESUELVE: N° de de 17 de mayo depara 2005, yadministrativo, normativa vigente, anace nombre Estado Boliviano; Ministerio Desarrollo Rural y Tierras”. En ese sentido, recomienda la emisión de la Resolución debe ser dejada sin efecto. El acto que a la vida mediante la emisión de una no pudiéndose trasladar funciones y atribuciones del ente regulador al regulado, por lo que al no existir Regístrese, publíquese yyarchívese. Regístrese, publíquese archívese. Administrativa correspondiente. manifestación de la voluntad de la administración que la emite, culmina su existencia mediante la justificativo técnico alguno para la existencia de dichos informes la RAR-ANH-DRC N° Bolivia 0042/2019, PRIMERO.DETERMINAR el que precio de la Gasolina en 3,74 Bs/Lt. (Trespor 74/100 RESUELVE: extinción, ladejada doctrina, la administrativo, extinción es elEspecial+ “…retiro campo jurídico debe serLitro), sin entiende efecto. El acto que nacedel a la vida mediante la circunstancias emisión FDO. GÉRMAN DANIEL JIMÉNEZ TERÁN…………………………….DIRECTOR EJECUTIVO a.i. a.i. de una nos por el cual incluye IVA. FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………….DIRECTOR EJECUTIVO no consideradas ni advertidas al momento de emisión de mismo” (Marienhoff. Tratado de Derecho POR TANTO: manifestación de la voluntad de la administración que la emite, culmina su existencia mediante FDO. ALBERTO GASTÓN RÍOSLuna…………………… JURÍDICO a.i. a.i.Bolivia- la FDO: Dr. Adolfo Magberentiende Soria JURIDICO PRIMERO.DETERMINAR elRODRÍGUEZ……………….………DIRECTOR precio la Gasolina en 3,74 Bs/Lt. (Tres 74/100 Administrativo. Abeledo Perrot. Buenos Aires. 1993. T.Especial+ II. p.565), los Arts. 57 al 61 por del DS N° 27113 extinción, la doctrina, que la de extinción es…………………….DIRECTOR el “…retiro del campo jurídico circunstancias SEGUNDO.El el precio aprobado a través la Disposición Resolutiva Primera, vigencia por incluye IVA. regulan las Litro), condiciones y de causales paraNacional lade extinción del acto administrativo, el tendrá Artículo dicha nonos consideradas nicual advertidas al momento de emisión de mismo” (Marienhoff. Tratado59 dedeDerecho El Director Ejecutivo a.i., la Agencia de Hidrocarburos, designado mediante Resolución norma señala: (EXTINCION POR REVOCACION). I. La autoridad administrativa, de oficio, mediante Administrativo. Abeledo Perrot. Buenos de Aires. 1993. T. II. los Arts.y57 al 61 del DS N° 27113 Suprema N° 27240 19 de noviembre 2020, en ouso dep.565), las facultades atribuciones conferidas hasta la fecha de sude actualización. SEGUNDO.El precio aprobado a través de la total Disposición Resolutiva Primera, tendrá vigencia declaración unilateral de voluntad, podrá revocar parcialmente un acto administrativo por vicios regulan las condiciones y causales para la extinción del acto administrativo, el Artículo 59 de por la Leyaldel Sistemade desu Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28para de octubre de satisfacción 1994, ladicha Ley existentes momento emisión o por razones deautoridad oportunidad la mejor norma señala: (EXTINCION POR I. La de oficio, mediante Regístrese, publíquese y archívese. N° 3058 17 de de 2005, y REVOCACION). normativa vigente, a 60. nombre deladministrativa, Estado Boliviano; del interés público comprometido.”, … asimismo, el Art. Inc. a) del N° 27113 determina que hasta ladefecha demayo su de actualización. declaración unilateral voluntad, podrá revocar total o parcialmente unDS acto administrativo por vicios laexistentes competencia para revocar oficio un oacto la autoridad administrativa dictó el al momento de sudeemisión porcorresponde razones deaoportunidad para la mejor que satisfacción acto, siemprepúblico quepublíquese conserve su competencia.”, recomendando sindel efecto la 27113 RAR-ANH-DRC Regístrese, y archívese. RESUELVE: del interés comprometido.”, … asimismo, el Art. 60. dejar Inc. a) DS N° determina N° que 0042/2019. la competencia para revocar de oficio un acto corresponde a la autoridad administrativa que dictó FDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………………………………… DIRECTOR EJECUTIVO a.i. el
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SÁBADO / 7 / 05 / 2022
Últimas El Consejo Nacional Estratégico para Emergencias Sanitarias definió ayer los parámetros de cobertura de vacunación, para que los gobiernos subnacionales flexibilicen sus medidas de bioseguridad contra el Covid-19 en sus regiones, en el marco de la preservación de la salud de las y los bolivianos. En conferencia de prensa el ministro de Salud, Jeyson Auza, explicó que después de una minuciosa evaluación se analizó que sin bien en el país se ha reducido en 135 veces el pico más alto de la pandemia, gracias a la estrategia integral de la administración del presidente Luis Alberto Arce Catacora, reduciendo la tasa de letalidad del 6,2% al 0,7% no debe generarse la falsa percepción de que ya no existe riesgo. Señaló que el Consejo Nacional Estratégico para
LA VACUNACIÓN gratuita en el país permitió bajar en 135 veces el pico más alto de la pandemia por el Covid-19 .
PARA LOS ÁMBITOS TERRITORIALES AUTÓNOMOS
Consejo Nacional fija parámetros para flexibilizar medidas contra el Covid-19 En tanto no se cumpla con las disposiciones, ninguna entidad territorial podrá aminorar las medidas de bioseguridad. Emergencias Sanitarias concluyó en que, el Ministerio de Salud definirá la flexibilización de las medidas de seguridad vigentes en los departamentos que cumplan con los parámetros establecidos: Que el 80% de cobertura de vacunación con el esquema de dos dosis o unidosis se alcance en la entidad territorial autónoma; así como el 50% de vacunación con el esquema de tercera dosis o de refuerzo, y cuando los niveles de alerta temprana se encuentren en riesgo inicial. “En tanto el órgano rector (Ministerio de Salud) analice los parámetros antes señalados y se emita la normativa que permita su flexibilización, ninguna entidad territorial autónoma podrá flexibilizar las medidas de bioseguridad”, sostuvo el Ministro de Educación y Deportes. En las pasadas horas, los municipios de Sucre y Santa Cruz plantearon normas que eliminan el uso del barbijo en ambientes abiertos, poniendo en riesgo la salud de su población porque no ha desaparecido el virus en el territorio nacional.
// FOTO: MIN.DE SALUD Y DEPORTES
• Redacción Central
El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, en conferencia de prensa.
// FOTO: VÍAS BOLIVIA
EN EL PUNTO DE CONTROL PUESTO MÉNDEZ
Vías Bolivia inicia sus operaciones en tramo Montero-Portachuelo • Redacción Central
La Administradora de Rodaje y Pesaje Vías Bolivia inició ayer sus operaciones de pesaje en el punto de control Puesto Méndez, del departamento de Santa Cruz, tramo Montero–Portachuelo, con tecnología de última generación.
En la imagen, un vehículo de alto tonelaje pasa por el punto de control.
El director general ejecutivo de esa entidad, Emilio Zurita, expresó su complacencia por la inauguración de la obra por mandato del presidente del Estado, Luis Alberto Arce Catacora, instalando hasta la fecha 10 balanzas; ocho multiplataforma y dos dinámicas. En Puesto Méndez se cuenta con una balanza dinámica, una tecnología de última generación, la cual permite que el vehículo no tenga la necesidad de
estacionarse en la balanza, ya que la fiscalización en el control de pesos y dimensiones se realiza en pleno movimiento. Tiene un sistema automático de medición de dimensiones en alto, largo y ancho vehicular; contempla también un sistema de evasión, la cual permite identificar a vehículos que evadan el proceso de control, haciendo uso de cámaras de vigilancia con reconocimiento de placas y captura de imágenes.
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SÁBADO / 7 / 05 / 2022
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Últimas // FOTO: CANCILLERÍA
POR EL DÍA DEL PERIODISTA EN BOLIVIA
Alcón entrega certificados a comunicadores en San Julián Destacó la importancia de la prensa alternativa y de los trabajadores comunitarios de este gremio.
La primera reunión de organización del evento.
COORDINA EL VICECANCILLER MAMANI
Cumbre para transformar la educación en el país • Redacción Central
El viceministro de Relaciones Exteriores, Freddy Mamani, fue designado autoridad nacional convocante de la Cumbre para la Transformación de la Educación, dando inicio a las actividades de coordinación y organización del proceso preparatorio. De esta primera reunión participaron representantes de organismos internaciones y autoridades bolivianas como el Sistema de las Naciones Unidas en Bolivia (SNU), la Organización de las Naciones Unidas para la Cultura, las Ciencias y la Educación en Quito-Ecuador (Unesco), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). También estuvieron representantes del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y El Caribe (FILAC); el representante permanente de Bolivia ante las Naciones Unidas, Diego Pary; el Ministerio de Culturas y el Viceministerio de Educación Regular. Todos destacaron el liderazgo y el rol principal del Es-
El secretario general de las Naciones Unidas, António Guterres, convocó a la Cumbre para la Transformación de la Educación, en el marco del 77 período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas. tado Plurinacional de Bolivia en el proceso preparatorio de la Cumbre para la Transformación de la Educación y comprometieron su apoyo. El evento definió cinco vías de acción, entre ellas, escuelas inclusivas, equitativas, seguras y saludables; profesores de enseñanza y la profesión docente; aprendizaje de habilidades para la vida, el trabajo y el desarrollo sostenible; aprendizaje y transformación digital; financiamiento de la educación.
La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, entregó ayer certificados de competencia a periodistas de la región de la Chiquitania, en un acto que se realizó en el municipio de San Julián, en el departamento de Santa Cruz. La autoridad realzó la importancia de los medios de comunicación alternativos y de los trabajadores de la prensa comunitarios, para garantizar a la población el derecho a una información veraz y oportuna. “El presidente Luis Arce, el vicepresidente David Choquehuanca, el Gobierno en su conjunto y todos los que hemos vivido el golpe de Estado sabemos cuán importantes son los medios de comunicación que nos garanticen el derecho a la información, el derecho que
tenemos todos los bolivianos de comunicarnos. Y ahora más que nunca, porque todo eso nos fue arrebatado durante el régimen de facto”, sostuvo la autoridad en San Julián. Alcón enfatizó en la necesidad de fortalecer los medios alternativos y de que el Estado trabaje de la mano con los periodistas de las radios, canales y medios digitales originarios. “Una tarea muy importante es trabajar en la comunicación alternativa y originaria, como ocurrió durante el régimen de facto, cuando buscábamos canales para articularnos y su rol fue fundamental en el proceso de recuperación de la democracia. Por eso vamos a seguir trabajando por el reconocimiento de nuestros trabajadores que no están en las universidades, pero que tienen la experiencia y están día a día junto al pueblo”, finalizó. Cada 10 de mayo en Bolivia se conmemora el Día del Periodista, tras al decreto del
entonces presidente Germán Busch en 1993, en memoria del periodista Cirilo Barragán, que fue ejecutado por orden de Mariano Melgarejo el 10 de mayo de 1865, por criticar desde sus escritos al régimen militar.
10 DE MAYO DE CADA AÑO en Bolivia se celebra el Día del Periodista, por el Decreto N°1938 firmado por el presidente Germán Busch.
// FOTO: PRESIDENCIA
• ABI
La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, junto a una periodista chiquitana.
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SÁBADO/ 7 / 05 / 2022
Chan Chan: evidencias policromáticas en Huaca Takaynamo sugieren su importancia ceremonial
E
l inicio de la tercera etapa de los trabajos del proyecto Recuperación de la Huaca Takaynamo del Complejo Arqueológico Chan Chan, ubicado en el distrito de La Esperanza, provincia de Trujillo, La Libertad, Perú, han reforzado la hipótesis de que este conjunto arquitectónico hecho de adobe exhibió muros policromados y tuvo uso ceremonial. Sinthya Cueva García, arqueóloga y directora del Programa de Investigación Arqueológica, Conservación y Puesta en Valor del Complejo Arqueológico Chan Chan, informó que desde que en el 2020 se inició la intervención del sitio, se han hallado alrededor de 2.000 fragmentos policromados, lo cual refuerza la teoría que este conjunto tuvo una función ceremonial e importante entre los 800 a 900 años después de Cristo para la sociedad Chimú. Como parte de los trabajos de investigación se ha logrado recuperar decoración mural asociada a escenarios marinos, y que registran la superficie pintada por los colores azul, blanco, amarillo, verde, negro y rojo.
// FOTOS: ANDINA
Redacción Central
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MIÉRCOLES / 20 / 04 / 2022
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PARA REACTIVAR SU ECONOMÍA
Nación Yampara exhibe su cultura en el Musef de Sucre La feria agrícola, gastronómica, artesanal y cultural reúne la producción de los habitantes de la comunidad Pisili. • REDACCIÓN CENTRAL
El Museo de Etnografía y Folklore (Musef) de Sucre organiza una feria cultural sobre la cultura Yampara que pretende reactivar su economía. La actividad se celebrará hasta el día de hoy en las instalaciones del repositorio. La nación Yampara está ubicada en la provincia Yamparáez, del departamento de Chuquisaca. El lugar está rodeado por comunidades de tejedores, es uno de los centros de atracción más importante por sus danzas, música, vestimentas y tradiciones que mantienen vigente. Para fortalecer su cultura y atraer al turismo, el Musef organizó una exhibición que muestra las fortalezas de sus habitantes en el ámbito del tejido, artesanías, gastronomía y la producción de alimentos. FERIA AGRÍCOLA, GASTRONÓMICA, ARTESANAL Y CULTURAL El coordinador regional del Musef-Sucre, Vincent Nicolás, informó que la feria tiene el objetivo de potenciar el trabajo cultural y productivo de la nación Yampara. “Tenemos stands donde se pueden apreciar gastronomía y tejidos. Además estamos organizando un curso para las personas que quieran inic ia rse
al arte de tejer”, informó Vincet. El coordinador contó que la cultura yampara es una de las naciones indígenas que todavía conserva sus tradiciones en sus tejidos y gastronomía. “Los esperamos, estaremos hoy hasta las 2.00 de la tarde, hay productos de todo precio y desde los Bs 10, el ingreso es libre”, agregó. Todos los productos que se exponen son agroecológicos. La comunidad produce maiz, papa, oca, trigo y los famosos ‘hongos de Tarabuco’, que están presentes en una variedad de platillos de la gastronomía boliviana, recalcó el coordinador de esa institución. LA CULTURA YAMPARA El productor y artesano Juan Guarayo contó que el suyu yampara está formado por siete pueblos indígenas, sin embargo lamentó que su población disminuyó de forma alarmante. “Somos unos tres mil habitantes, pero estamos en ese trabajo de reconstituirnos”, agregó. El artesano resaltó que su cultura resistió a la invasión inca, en la época colonial republican a
y aún permanecen de pie ante los avasallamientos. Además rescató el hecho que, hasta ahora, no perdieron sus tradiciones, tejidos y gastronomía. “Ahora nosotros queremos hacer renacer nuestra cultura mediante estas actividades”, contó. La exposición tiene cuatro características especiales entre ellas está el aspecto artesanal, gastronómico, cultural y productivo. “Nuestro lema es Nación Yampara está reactivando la economía, abriendo las puertas para los pueblos indígenas y rompiendo las rocas para satisfacer a los pueblos indígenas. Agradecemos al coordinador del Musef por otorgarnos un espacio”, acotó. EL PUJLLAY Y EL AYARICHI El pujllay y el ayarichi son formas musicales y coreográficas de la cultura yampara. EL pujllay se practica en la época de las lluvias y el ayarichi en la temporada seca. El pujllay lo ejecutan hombres en el transcurso de un ritual del mismo nombre que celebra la renovación de la vida y la abundancia traída por la época de las lluvias. Los sonidos, bailes y atuendos evocan al ‘Tata Pujllay’, ente demoníaco y fecundo que posee una energía desbordante. El pujllay y el ayarichi contribuyen a la unidad de las comunidades de cultura yampara en la medida en que constituyen un medio privilegiado de comunicación con la naturaleza.
“Somos unos tres mil habitantes en la nación Yampara, pero estamos en ese trabajo, el de reconstituirnos”. Juan Guarayo Artesano
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• REDACCIÓN CENTRAL
La obra ¿Qué es el mar?, escrita por el artista y narrador Guide Davidan Choquetanga, se estrenará hoy en el centro cultural La cueva del cuentacuentos, en el marco del Festival Internacional de Teatro (Fitaz). El evento es apto para toda la familia y empezará a las 20.30. ¿Te has preguntando qué es el mar? ¿un lugar lleno de agua? ¿un lugar de aventuras, de melancolías, de alegrías, de esperanzas, de piratas? Con base en esas preguntas, Dani, un niño curioso que escuchó las historias más increíbles que pasan en el mar, se embarca en una aventura increíble junto a sus hermanos para ir a conocer ese lugar mágico, lejano y extraño. Al final descubren que el mar es algo que todos llevamos dentro, explica la reseña de la obra.
EN LA CUEVA DEL CUENTACUENTOS
Festival Internacional de Teatro estrena la obra ‘¿Qué es el mar?’ La narración fue galardonada en los Premios Eduardo Abaroa 2021, en la categoría Artes escénicas; cuenta la necesidad de conocer el Pacífico. SOBRE LA OBRA “Es una obra que habla sobre la necesidad de conocer el mar”, dijo el autor. La historia cuenta cómo dos niños escuchan que más allá de las montañas existe algo que se llama mar. Sin emba rgo, ‘mar’ es solo una palabra para ellos. Los pequeños solo conocen el lago, pero no lo que hay más allá; al oír las historias sobre su inmensidad inician una aventura para llegar hasta el lugar, explicó el autor. Choquetanga contó que la obra nació como una experiencia familiar.
ESTRENO El narrador y creador de la obra Guide Choquetanga Gonzales obtuvo el Premio Nacional Eduardo Abaroa 2021, en la categoría artes escénicas, especialidad Cuentacuentos por la narración que evoca al mar. El autor trabaja desde 2008 con historias para público infantil, juvenil y adulto, además es director del Festival Internacional de Cuentacuentos en las Nubes, que se celebra en la ciudad de El Alto y que va por su quinta versión. Choquetanga estrenará su narración en el centro cultural La cueva del cuentacuentos, ubicado en Miraflores, esquina Illimani (a la vuelta del Seduca).
“Cuando éramos niños nos contaron sobre el mar y siempre soñábamos con conocerlo, es una obra que está dedicada a mis hermanos, a esa infancia que pasamos juntos en medio de aventuras y risas mientras jugábamos”, agregó. La particularidad de los narradores de historias es que hacemos todo el trabajo, “hacemos de escritores, actores, directores y productores”, añadió. La obra está trabajada con va- rios elementos, barcos, luces, música y los libros pop up que son ilustraciones en 3D. “Será una aventura increíble para conocer ese lugar mágico”, dijo.
EN EL CENTRO CULTURAL EFÍMERA
Vadik Barrón celebra hoy 15 años de su primer disco ‘Astronauta’ • REDACCIÓN CENTRAL
El músico y escritor boliviano Vadik Barrón celebra hoy 15 años de su primer disco como solista titulado Astronauta en el centro cultural Efímera. El cantautor destacó que su primer álbum fue clave para su desarrollo profesional. Para Barrón, Astronauta es una declaración de principios en el sentido que muestra las influencias diversas de la música que escucha. “El disco tiene elementos de pop, rock, electrónica, canción de autor, trova, folklore. Es un disco ecléctico y eso hace que tenga personalidad y me marcó como autor”, dijo. El artista contó que componer sigue siendo para él misterioso ya que si bien
tiene herramientas musicales y técnicas para tocar un instrumento, en la mayoría de los casos está ligado a una emoción e inspiración. “Tengo canciones que tienen que ver con el amor, con la sociedad, hay mucha crítica social, con los viajes y en general son canciones que hablan de la vida”. El espectáculo en Efímera será un show íntimo en el que se interpretarán las canciones del álbum Astronauta en formato acústico. SOBRE EL AUTOR La música del cantautor boliviano Vadik Barrón combina la tradición de la música popular latinoamericana con los recursos sonoros y estéticos del rock y el pop para lograr una canción de autor ecléctica e intimista. Vadik escribe su propia música y desde hace más de 20 años
se ha presentado en escenarios de Bolivia. El músico se encuentra trabajando en un nuevo disco titulado Valle, que prevé lanzarlo a mediados de junio de este año. El disco está producido por el cantautor Mauricio Canedo y músicos cochabambinos.
“Hace unas semanas lanzamos Karma. El disco trata sobre el nuevo contexto vivencial”, agregó. Barrón tiene, hasta el momento, 11 libros publicados, su último texto Cuatro caminos obtuvo el premio municipal de poesía Edmundo Camargo.
AGENDA
Cultural
SÁBADO / 7 / 05 / 2022
ANIME COLISEO DON BOSCO
DANZ A CASA CULTURAL COMPA-TRONO
FIESTA VINILO Y PIZZA
Cultura japonesa (Domingo)
CIUDAD SATÉLITE (Talleres de danza)
DANNY SAYS
El evento Anime’s Space 2022 será en el coliseo Don Bosco de la ciudad de La Paz; entre las actividades que se desarrollarán están: concurso de emoji, coreografías, cosplay, concurso Asian Dance. Además se contará con la presentación internacional del actor de doblaje Iván Bástidas. Referencia: 75867699.
Hoy empiezan los talleres de danza aérea en telas a cargo de Caroline Aldunante, experimentada educadora y talentosa bailarina. Desde los cinco años. Las clases son los sábados de 15.00 a 17.00. Ciudad Satélite, plan 50 A- Calle de la Cultura 17-B- El Alto. Contactos al 7056608464041103-79545530.
Este sábado en DANNY SAYS habrá una fiesta de música en vinilo para todos los gustos. En el repertorio están cumbia antigua, salsa, garacha, mambo, rock, nueva ola, ska, reggae, funk, disco, new wave, entre otros géneros musicales. El lugar se encuentra ubicado entre la calle Murillo y Tarija #1014. Referencia al celular 77778007.
CINE
FESTIVAL DE TEATRO (FITAZ) SÁBADO
‘DOCTOR STRANGE Y EL MULTIVERSO DE LA LOCURA’
17.30
Viaja a lo desconocido con el Doctor Strange, quien, con la ayuda de tanto antiguos como nuevos aliados místicos, recorre las complejas y peligrosas realidades alternativas del multiverso para enfrentarse a un nuevo y misterioso adversario. (Cinemateca, Multicine, Cine Center y Cinebol)
‘PALMASOLA’ El evento se celebrará en la Cinemateca Boliviana los días 7 y 8 de mayo. La producción suizo-boliviana dirigida por Christoph Frick cuenta la realidad del centro penitenciario boliviano.
19.30
‘RATAS’ La obra teatral dirigida por Freddy Chipana aborda el tema de la dictadura y los desaparecidos políticos. Se exhibirá en el Teatro Municipal Alberto Saavedra Pérez.
‘KARNAWAL’
Cabra es un adolescente rebelde que vive con su madre en el norte de Argentina, en la frontera con Bolivia. Sueña con convertirse en bailarín profesional de Malambo. Mientras se prepara para la competencia más importante de su vida, recibe la inesperada visita de su padre. Todos los días solo en la Cinemateca Boliviana (excepto 7 y 10 de mayo). Bs 30
21.00
‘ESCUCHANDO RADIOHEAD TE ESCUPO MI CORAZÓN’ El teatro Feroz (Bolivia) presenta la obra que fue elaborada por cinco directores de distintas nacionalidades y de diferentes áreas artísticas. Se presenta en Casa Grito.
‘EL PEQUEÑO NINJA’
Animación. Cuenta la historia de Alex, el pequeño ninja a cuadros que se embarca en una frenética búsqueda del villano Phillip Eppermint, quien evadió una sentencia de prisión en Tailandia. (Cine Center, Cinebol y Multicine)
(Música en vinilo para gustos variados)
‘TORNADO’
Cuatro familias en una ciudad de Heartland se ponen a prueba en un solo día cuando golpea un tornado, obligando a cruzar caminos y redefiniendo el significado de supervivencia. (Multicine, Cine Center y Cinebol)
‘SONIC 2’
En la trama, Sonic une fuerzas con Tails para evitar que el Dr. Robotnik y Knuckles encuentren una poderosa esmeralda que tiene el poder de crear y destruir civilizaciones. (Cinebol, Multicine, Cine Center y Cinebol)
‘EL LORAX’
Ted y Audrey son dos adolescentes normales de Theedville, la ciudad perfecta, donde todo es pulcro, ordenado y sintético. Theedville está controlada por el multimillonario señor O’Hare. Solo en la Cinemateca en ‘La mejor peli del mundo para Chicos’. Sábado 7 a las 15.30. Bs 30
DOMINGO 17.30
‘STILL MEDEA’ La obra de Diego Aramburo presenta la figura y mitos alrededor de Medea. Estará en el Teatro Municipal Alberto Saavedra Pérez.
LUNES
17.30
‘WAJTACHA’ La obra se difundirá en el espacio alternativo El Bunker. Avenida Uruguay 491. Wajtacha es un viaje al interior de la Tierra. Referencia 640708778.
FIESTA PUNTO CLAVE
(Bajo Fianza) Este domingo a las 20.00 en el Karaoke Club Punto Clave se presenta el grupo musical Bajo Fianza. El lugar se encuentra en la avenida 16 de Julio, subsuelo. Referencia y reservas: 7051962765150711.
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SÁBADO / 7 / 05 / 2022
Byron Castillo le responde a Chile: “Míranos por TV, llorón”
El equipo inglés es el que más dinero ganó, hasta ahora, en esta temporada.
Liverpool y Real Madrid son los más ganadores • Agencias
E
l Liverpool de Inglaterra acumula algo de 115 millones de euros (121,2 millones de dólares) en premios por haber llegado a la final de la Liga de Campeones, seguido por el Real Madrid, el otro finalista, con 105 (110,7 millones de dólares), los dos clubes que más dinero ganaron en la Champions 2022. Según el periódico español Mundo Deportivo, ambos equipos ahora lucharán en la final del 28 de mayo en París para obtener los 4,5 millones de euros ($us 4,7 dólares) que recibirá el campeón más el bono extra de otros 3,5 mi-
llones de euros (3,7 millones de dólares) por asegurarse la final de la Supercopa de Europa, ante el Rangers de Escocia o Eintracht Frankfurt de Alemania, que jugarán la final de la Liga de Europa. Sin embargo, el Real Madrid y el Liverpool no son los únicos que han ganado dinero con la Liga de Campeones. Otros muchos clubes, en mayor o menor medida, han sacado buenos beneficios. De hecho, los equipos españoles Real Madrid, Villarreal, Atlético de Madrid, Barcelona y Sevilla han acumulado la astronómica cifra de 326 millones de euros ($us 343,7 millones). Para la edición 2021/22, la UEFA aumentó los premios a repartir entre todos los clubes partici-
El club español es el segundo club que más plata ganó en 2022.
pantes un cuatro por ciento hasta los 2.032 millones de euros. El organismo presidido por Aleksander Ceferin otorga sus premios por diferentes conceptos. El primero y más jugoso responde a los méritos deportivos. Sólo por acceder a la fase de grupos, cada uno de los 32 equipos recibió 15.600.000 de euros. Dentro de esa primera etapa, cada victoria supuso 2.800.000 euros por club, mientras que un empate dejó unos ingresos de 930.000. Por alcanzar los octavos de final, la cantidad a recibir llegaba a los 9.600.000 euros; por los cuartos, 10.600.000 y por las semifinales 12.500.000. El segundo concepto responde al coeficiente UEFA, una clasificación en cada competición según el coeficiente de la última década de los clubes participantes. A mayor coeficiente, más puntos. Y, cada punto, con un máximo de 32, otorga 1.100.000 euros a cada club. El tercer concepto, aún no cuantificado, corresponde al ‘market pool’, es decir al dinero de las televisaciones en las competiciones UEFA. La Liga de Campeones tiene 291 millones de euros a repartir entre los equipos en función del peso de cada mercado.
El jugador Byron Castillo, a través de su cuenta oficial de Instagram no se quedó callado y le respondió de manera directa a Chile, en torno a la denuncia que presentó contra Ecuador ante la FIFA argumentando que el jugador es colombiano. El objetivo chileno es abrirse una puerta para asistir a Catar 2022. Ante esta situación las dos federaciones mediante comunicados públicos hicieron conocer su postura respecto al tema. Sin embargo, la Federación Ecuatoriana de Fútbol no fue la única en pronunciarse sobre el caso, sino que el futbolista involucrado hizo conocer su posición en las redes sociales. “Por TV”, escribió en una publicación que compartió con una serie de fotos y videos celebrando la clasificación a Catar. Pero lo más fuerte llegó desde sus stories, donde replicó una serie de memes de otras cuentas dirigidos a la Roja y también mensajes picantes. “Míranos por TV”, “Nosotros a Qatar y esos hp a verlos por TV” y “míranos por TV llorón”, fueron algunos de los comentarios de otros perfiles que Castillo decidió replicar desde su cuenta. Los cuatro boletos directos que entrega la Eliminatoria Sudamericana quedaron en manos de Brasil (45), Argentina (39), Uruguay (28) y Ecuador (26), mientras que Perú (24) se ubicó en el repechaje que disputará en junio contra el vencedor de Emiratos Árabes Unidos-Australia. El argumento de Chile es que Castillo jugó ocho partidos de la eliminatoria y dos fueron ante Chile: empate 0-0 en Quito y victoria 2-0 como visitante en Santiago. Cinco puntos que, en caso de que se los dieran a la selección chilena, la haría escalar hasta las 24 unidades.
// FOTO: NEW JERSEY
// FOTOS: @liverpool &@realmadrid
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El esgrimista que le dio otra alegría al país.
SÁBADO / 7 / 05 / 2022
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La orureña que sacó cara por el atletismo boliviano.
Juegos Suramericanos de la Juventud
Plata y bronce para Bolivia • Ahora El Pueblo
Marco Rojas en esgrima y Jhoselyn Cuizara en marcha ganaron medalla de plata y bronce para Bolivia en los III Juegos Suramericanos de la Juventud que se desarrollan en Rosario, Argentina. Rojas se colgó la de plata en la prueba de espada Individual. En la final cayó contra el panameño Isaac Dorati por 15 a 4, en un combate exigente y con superioridad del deportista centroamericano. En tanto, la orureña Jhoselyn Cuizara logró la primera medalla en atletismo.
La deportista participó en la prueba de 5 mil metros marcha y finalizó en el tercer puesto con un registro de 24 minutos, 45 segundos y 9 centésimas. La ganadora fue Ruby Segura (Colombia) con 23’48”00, seguida por la ecuatoriana Karen Litardo con 24’22”30. La joven nacional de 17 años (cumplirá 18 el 13 de este mes), al final de la competencia dedicó el logro entre lágrimas a su mamá, a quien a la distancia le agradeció su apoyo y prometió seguir adelante convencida de que con esfuerzo y trabajo puede llegar lejos.
“Agradecer a Dios, a todos los que me apoyaron, gracias”, declaró la atleta, quien estudia en el colegio Donato Vásquez, de Oruro, entre el llanto recordó a su padre fallecido. “Gracias a mis entrenadores soy disciplinada”. De la prueba indicó que fue dura y es consciente de que con más preparación puede alcanzar mejores niveles. “Soy feliz de representar a mi país. Mamita, quiero decirte que te quiero mucho, perdón por hacerte renegar a pesar de estar sola sigues adelante, me voy a esforzar más para que te sientas orgullosa”, enfatizó.
Equipo nacional participará en los I Juegos de Deportes Sobre Ruedas // FOTO: GUILLERMO CRESPO
// FOTOs: COB Y FAB
Deportivo
L
a representación boliviana participará en cuatro de las ocho modalidades convocadas para los I Juegos Sudamericanos de Deportes Sobre Ruedas, que se disputarán del 26 de mayo al 17 junio, en San Juan, Argentina. El equipo nacional estará integrado por más de 10 deportistas. El campeonato que es parte del calendario de la Confederación Sudamericana de Patinaje es válido para el ranking internacional. Una parte de los seleccionados trabaja en La Paz y otro grupo se encuentra en Rosario, Argentina, como parte del equipo boliviano que compite en los Juegos Suramericanos de la Juventud. Araceli Morales y Guillermo Crespo, además de Alejandro Salguero, César Condori, Nadyr Arandia, Keiko Condori son los deportistas que trabajan en las distintas modalidades.
La preparación se desarrolla en el escenario de Alto Obrajes, de La Paz. “Parte del equipo boliviano está en Rosario, en los siguientes días conoceremos la totalidad de la delegación”, informó Juan Manuel Lima, delegado nacional del Roller Freestyle en la Federación Boliviana de Patinaje. Los Juegos se debían desarrollar el pasado año, pero la pandemia obligó a reprogramar en dos ocasiones. Las modalidades son Downhill, Hockey Sobre Patines, Hockey en Línea, Patinaje Artístico y Velocidad, Descenso de Montaña, Inline Freestyle y Skateboarding. Para la ocasión se espera la presencia de 4 mil personas entre atletas, entrenadores, dirigentes y jefes de delegaciones. La representación boliviana intervendrá en Patinaje Artístico y Velocidad, Descenso de Montaña e Inline Freestyle.
FUTSAL La selección de futsal clasificó a la semifinal de los Juegos, ayer venció a Venezuela por 4 a 3, en un choque difícil en el que tuvo que remontar el marcador, segundos antes de que finalice el encuentro. Hoy, a las 08.30 Bolivia jugará contra Argentina, que le ganó a Curazao 11-2. Los Juegos finalizarán mañana, día en que el seleccionado boliviano de hockey enfrentará a Chile por la medalla de bronce. Bolivia hasta ayer sumó siete medallas en el evento. Una de oro, tres de plata y tres de bronce.
Club Carl-AZ al Sudamericano de baloncesto El actual campeón de la Liga Boliviana de Básquetbol rama femenina, Carl A-Z, representará al país en la Liga Sudamericana de Clubes, que se disputará en Santiago del Estero, Argentina, del 12 al 14 de mayo. El quinteto orureño intensificó sus entrenamientos porque la idea es cumplir una buena campaña y bajo esa premisa es que se reforzó con las bolivianas Romina Rodríguez, Nicol Rojas y las norteamericanas Caterrion Thompson y Alexus Jhonson. El torneo se jugará bajo el sistema de todos contra todo y Carl-AZ integra el Grupo C junto a los equipos de Quimsa (Argentina), Club Malvin (Uruguay) y Félix Pérez (Paraguay) En el certamen participarán 12 equipos divididos en tres series. El plantel orureño antes del viaje jugará partidos de preparación. La partida está programada para la próxima semana.
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SÁBADO / 7 / 05 / 2022
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Guabirá remonta y derrota a Royal Pari • Ahora El Pueblo
D
espués de ir perdiendo en gran parte del partido, Guabirá remontó un marcador adverso y derrotó 3-1 a Royal
Pari, en el inicio de la fecha 13 del torneo Apertura que se jugó ayer en el estadio ‘Tahuichi’ Aguilera de Santa Cruz. El equipo inmobiliario ingresó al terreno con el cartel de favorito pero se topó con
El festejo de los jugadores de Guabirá.
CAMPEONATO APERTURA 2022 Club
PJ
PG
PE
PP
GF
The Strongest
12
6
4
2
12
6
1
5
3 Nacional Potosí 12
5
3
4 Oriente P.
12
5
3
5 Aurora
12
4
6 Universitario
12
4
7 Real Santa Cruz 12 8 Guabirá
13
SERIE A 1
2 Palmaflor
GC
GD
PTS
19
9
+10
22
12
16
-4
19
4
23
18
+5
18
4
16
14
+2
18
4
4
14
13
+1
16
3
5
15
16
-1
15
3
3
6
15
18
-3
12
3
3
7
13
21
-8
12
SERIE B Bolívar
12
9
1
2
35
6
+29
28
2 Blooming
12
6
3
3
20
24
-4
21
3 Royal Pari
1
13
5
4
4
28
22
+6
19
4 Real Tomayapo 12
3
5
4
11
20
-9
14
5 Wilstermann
12
3
4
5
13
15
-2
13
6 Always Ready
12
3
4
5
15
19
-4
13
7 Independiente 12
3
4
5
16
22
-6
13
8 ‘U’ de Vinto
3
3
6
13
25
-12
12
12
un rival que en el complemento fue efectivo en la definición. El primer gol fue anotado por Gilbert Álvarez, a los 34 minutos, con un remate luego de una asistencia de Joel Amoroso. Después hizo poco para ampliar la cuenta. En el complemento Guabirá volvió con otra actitud, presionó sobre el arco contrario y a los 48 minutos llegó la igualdad por intermedio de Enrique Hurtado, quien aprovechó un rebote del arquero Jorge Araúz. Luis Leal marcó a los 56' el 2-1 con un derechazo de tiro libre. El envión anímico fue capitalizado por Fran Supayabe, quien anotó el 3-1 a los 60'. Pari intentó acortar la diferencia pero por el nivel de juego que expuso el cotejo estaba sentenciado.
Independiente y Universitario se volverán a ver las caras en el clásico chuquisaqueño que se jugará hoy en el estadio Patria de Sucre desde las 19.00, por la fecha 13 del campeonato Apertura del fútbol profesional boliviano. Por el momento, ambos equipos están fuera de la zona de clasificación a la próxima ronda, por lo que se enfrentarán con la obligación de ganar para aspirar a alcanzar el objetivo, aunque está difícil por el puntaje que tienen acumulados los clubes que están arriba en la tabla de posiciones en los dos grupos. Inde, que será local a efectos de recaudación, ocupa la séptima casilla en la tabla del Grupo B con 13 puntos; mientras que el elenco estudiantil es sexto en la serie A con 15 unidades. El técnico del actual campeón nacional, Marcelo Robledo, sentirá la baja de los jugadores Diego Giménez, Alejandro Bejarano y Jhasmani Campos. El equipo capitalino llega abatido al compromiso después de la humillante caída que sufrió el martes al perder frente a Palmeiras de Brasil (0-5) por la Copa Libertadores. El rival, Universitario, estrenará técnico. Adrián Romero debutará al frente del elenco docto con la misión de sumar los pri-
meros tres puntos bajo su mando. Romero reemplaza en la función a Jhonny Serrudo. “Esperemos afrontar el desafío y lograr un buen resultado”, dijo Romero. El duelo será arbitrado por el chuquisaqueño Dilio Rodríguez asistido por Edwar Saavedra y William Medina. OTROS DOS PARTIDOS Para hoy se programaron otros dos partidos. En el estadio IV Centenario de Tarija, el plantel de Real Tomayapo recibirá la visita de Nacional Potosí desde las 15.00. Los dos elencos están en zona de clasificación y quieren asegurar su pase. El paceño Gaad Flores dirigirá el encuentro colaborado desde las bandas por Ariel Quino y Miguel Villanueva. En el otro encuentro de la jornada, Universitario de Vinto y Palmaflor jugarán en el estadio Félix Capriles desde las 17.15. El equipo provinciano es último de la serie B con 12 puntos; en tanto que el equipo dirigido por Humberto Viviani es segundo de la serie A con 19, a tres puntos del líder The Strongest, con 22. Será árbitro el cochabambino Carlos García, cooperado desde los costados por Ariel Guizada y Alfredo Gutiérrez. // FOTO: INDEPENDIENTE
// FOTOS: MARKA REGISTRADA
Inde y la 'U' juegan el clásico chuquisaqueño
Miranda y Suárez, los goleadores El delantero de Bolívar Bruno Miranda y el ofensivo Facundo Suárez de Oriente Petrolero lideran la tabla de goleadores del Apertura, cada uno con siete conquistas. Ambos pueden aumentar su cuota mañana. En la segunda colocación se encuentra en solitario Andrés Chávez del club Wilstermann, con seis anotaciones.
El entusiasmo de los jugadores de Independiente.
SÁBADO / 7 / 05 / 2022
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El Celeste en la charla técnica previa a la práctica de ayer, en Ananta.
La Academia con todo su potencial • Ahora El Pueblo
B
olívar alineará a todo su potencial en el clásico paceño de mañana frente a The Strongest, en partido de la fecha 13 del torneo Apertura de la División Profesional. El técnico Antonio Zago dispone de todo su arsenal para armar un plantel que responda con victoria. En la práctica de fútbol que cumplió ayer el cuadro celeste en la cancha del Centro de Alto Rendimiento
de Ananta, el estratega brasileño paró el mismo equipo que jugó frente a Always Ready (club al que le ganó 2-1) en su última presentación. Eso implica que Francisco Da Costa aún no irá desde el inicio y que la responsabilidad de hacer goles está encargada a Bruno Miranda y Bruno Savio, con Patricio Rodríguez como ‘armador’ de las jugadas ofensivas. Sobre esa posibilidad, el brasileño Savio señaló: “El profesor hará lo que es mejor para el equipo. Todos queremos jugar y si él quiere, yo estaré en
otra posición y no pasa nada. Quiero ayudar al equipo”. Con relación al Sub-20, el DT dijo que tiene definido que ocupará esa plaza, pero no reveló su nombre. “Tenemos definido al Sub-20, pero esperaremos hasta el domingo. No me gusta hablar de los jugadores individualmente, lo más importante es el grupo, lo que hacemos en la semana, tenemos a todos a disposición y el que esté en mejores condiciones jugará”, mencionó. Las bajas son las de Carlos Melgar,
quien se recupera de una fractura en la clavícula derecha, y de Kevin Salvatierra, quien también está en proceso de recuperación. Bolívar será local a efectos de recaudación y anunció que de las 30 mil entradas que puso a la venta se comercializaron aproximadamente 7.000 vía online, por lo que entre hoy y mañana se pondrán a disposición de los hinchas 20.000 localidades, con la siguiente escala de precios: curvas 50 bolivianos, recta 80, preferencia 100 y butaca 200 bolivianos.
// FOTO: THE STRONGEST
El Tigre prepara un sistema de juego con tres delanteros
El defensor Adrián Jusino será titular en el equipo atigrado.
The Strongest encarará el clásico de mañana frente a su tradicional adversario, Bolívar, con un planteamiento ofensivo, en el estadio Hernando Siles. En la práctica de fútbol de ayer, el cuadro atigrado en la cancha del estadio Rafael Mendoza de Achumani, el entrenador Cristian Díaz paró un sistema de juego con tres delanteros de punta, Martín Prost, Enrique Triverio y el Sub20 José Flores. El cuadro atigrado llega envalentonado al compromiso después de la golea-
da que le propinó a media semana al elenco brasileño del Atlético Paranaense (5-0) por la fase de grupos de la Copa Libertadores. El equipo que jugó el encuentro mantendrá la base con la inclusión de Flores, jugador menor de 20 años, por una cuestión de reglamento. La otra variante se dará en la última línea con Saúl Torres, que irá por banda derecha en vez de Diego Wayar, quien volverá a su labor de contención en el medio campo. Si no hay cambios de úl-
timo momento, el onceno estará integrado por Guillermo Viscarra en el arco; Torres, Gonzalo Castillo, Adrián Jusino y Juan Pablo Aponte en la defensa; Luciano Ursino, Diego Wayar y Fernando Saucedo en el medio campo y adelante Flores, Prost y Triverio. Con repaso de jugadas a balón parado y remates al arco, el Tigre cerrará hoy sus aprestos en el estadio de Achumani. En la noche, los jugadores convocados para el encuentro se concentrarán en instalaciones del Complejo.
// FOTO: BOLÍVAR
Deportivo
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SÁBADO / 7 / 05 / 2022
Deportivo
El brasileño Antonio Zago.
El argentino Cristian Díaz.
Zago y Díaz apuestan a ganar
L
os entrenadores de Bolívar, el brasileño Antonio Zago, y de The Strongest, el argentino Cristian Díaz, ya tienen listos a sus equipos (sin revelar quiénes lo conforman) para el clásico paceño de mañana, por la fecha 13 del torneo Apertura de la División Profesional. El encuentro entre los archirrivales se disputará en el estadio Hernando Siles desde las 13.00. Para calentar el ambiente previo al compromiso, los dos técnicos apuestan a ganar porque tienen confianza en la jerarquía y capacidad de sus jugadores para desarrollar un buen juego que les permita llegar al gol. “Un clásico hay que ganarlo, pero si lo hacemos intentando jugar fútbol es mejor y más importante para todos. No haciendo tiempo, sino intentando jugar, hacer las cosas como deben ser”, dijo el entrenador brasileño. Pidió que no se ensucie el juego con faltas y amaños para perder tiempo. “Que sea un gran partido, que los equipos salgan a la cancha para jugar fútbol, que los hinchas puedan disfrutar de un buen espectáculo. Quien juegue mejor y aproveche mejor las oportunidades, saldrá victorioso y espero que seamos nosotros”, subrayó. Sobre el equipo titular que alineará, admitió que ya lo tiene definido pero que lo dará a conocer el domingo horas antes del duelo. Sobre el rival aseguró que “es un buen equipo, con buenos jugadores, que pueden definir el juego en cualquier momento”. Celebró la ausencia de Rodrigo Amaral, a quien calificó como “un jugador desequilibrante”. “Si no va a jugar, bien por nosotros porque es un futbolis-
ta que marca la diferencia y cuando tiene la pelota arremete con potencia y bien. Esperemos que ni juegue”, resaltó. En cuanto al entrenador del equipo rival, Cristian Díaz, dijo que no es su amigo. “Si alguna vez nos encontramos fue en la cancha por las circunstancias del partido, después no hablamos más”, enfatizó. Por su lado, el técnico del Tigre afirmó que hay la obligación de sumar de a tres puntos para meterse en la zona de clasificación a los cuartos de final del campeonato. Lamentó que no tenga el equipo completo, porque dos piezas importantes de su estructura titular como Rodrigo Amaral e Ismael Benegas están lesionados,
pero los que jueguen lo harán con la misma responsabilidad y profesionalidad. “Es importante estar en la punta en nuestra serie, con muchas dificultades por la seguidilla de partidos. Sin hacer una comparación odiosa, a veces nos fijamos en los equipos que no están jugando la Copa, pero más allá de eso las cosas nos están saliendo bien y encararemos el partido con la responsabilidad de seguir haciendo lo mismo”, mencionó. El entrenador que gane el clásico sacará el pecho porque preparó mejor a su equipo; mientras que el perdedor se sumirá en la disyuntiva de cómo cobrar revancha en el próximo duelo.
// FOTOS: BOLÍVAR Y THE STRONGEST
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