PERIÓDICO AHORA EL PUEBLO - EDICIÓN 382

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Régimen de facto generó una pérdida de $us 450 millones en la planta de urea P.2

EDICIÓN DIGITAL

PERIÓDICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA • MIÉRCOLES 18 DE MAYO DE 2022 • AÑO 2 • NRO. 382 • PRECIO 3,00 BOLIVIANOS • 40 PÁGINAS • PUBLICACIÓN NACIONAL

ACCIONES DIRECTAS DESDE EL ESTADO

Gobierno junto a pequeños y medianos productores garantizan alimentos para los bolivianos Los sectores organizados del departamento de Santa Cruz fueron convocados a planificar la siembra de maíz 2022-2023. P.3

Cumbre de las Américas en EEUU pierde fuerza, Guatemala decide no asistir

Galería difunde conciencia en contra de la transfobia

Exmagistrado Ceballos ratifica que Añez debe ser juzgada por la vía ordinaria P.10

P.18

RECLAME CON LA EDICIÓN DE HOY

Oposición intenta dar un golpe institucional a la Defensoría del Pueblo

P.7

Vendedores de periódicos celebraron 86 años de apoyo a la difusión de la información

P.16-17

Organizaciones sociales llevarán su voz a Estocolmo+50

P.9

// FOTOS: JORGE MAMANI

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MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

Economía EN OCHO MESES SE REACTIVÓ LA EMPRESA

El régimen de Añez paralizó la planta de urea y causó una pérdida de $us 450 MM Apagaron los equipos como quien desenchufa una plancha. Una infraestructura de esa complejidad tecnológica requiere un paro programado y secuencial. // FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

En el retorno de la democracia, el presidente Arce instruyó volver a operar la planta de urea.

daños que habían provocado. Tardamos entre siete y ocho La paralización abrupmeses en arrancar la planta, ta de la planta de urea en hubo que cambiar un monBulo Bulo, Cochabamba, tón de sistemas, el costo de durante el régimen de fac- las partes que cambiamos asto de Jeanine Añez, ocaciende a 54 millones sionó $us 450 millones de de dólares, pero el pérdida al Estado. daño ocasionado entre pérdidas de mercaEn el gobierno de Evo Mo- do, por sueldos rales Ayma se habían logra- que se tenían do importantes contratos de que pagar por importación y se perdieron, sueldos improporque de un día para el otro ductivos y otros, se dejó de abastecer esos ascienden a los 450 mercados. millones de dólares, es “Una de las primeras ta- decir la mitad del costo de la reas era volver a poner en ope- planta fueron los daños y perración la planta de urea y fue juicios que provocó la dictaduahí que nos enteramos de los ra de Jeanine Añez y sus alia-

dos al haber parado la planta de manera abrupta”, explicó Luis Fernando Vincenti, vocero de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB). Agregó que estos “aventureros incompetentes” que tomaron por asalto el poder del país incluso llegaron a decir que eso no era una fábrica de urea, sino que era una fábrica de cocaína, “hasta ahí llega la ignorancia de esa gente, que refleja nomás el nivel intelectual de esa oposición”, sostuvo. Para ellos todo lo que se ha hecho en el trópico de Cochabamba era enemigo, había que destruirlo, porque sabían que allí radica el corazón de este proceso, entonces al dañar la planta, pretendían hundir el trópico de Cochabamba. “Lo que pasó fue que por su incompetencia profesional apagaron la planta como quien desenchufa una plancha, y una planta de ese nivel de complejidad tecnológica requiere un paro programado secuencial”, informó.

LO DESTACA EL PRESIDENTE EN SU TWITTER

Cifra récord por la venta de urea es el resultado de un trabajo responsable • Redacción Central

El presidente Luis Arce afirmó que la cifra récord que alcanzó Bolivia por la venta de urea a Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Perú es el resultado de una gestión responsable, transparente y comprometida. “De enero a abril de 2022, la venta de urea a Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Perú alcanzó la cifra récord de $us 100 millones. Cuando se trabaja con responsabilidad, compromiso y transparencia, los resultados dan cuenta de nuestra gestión”, escribió en su cuenta en Twitter. Las ventas alcanzadas por la empresa en los últimos cuatro meses llegaron a $us 100 millo-

nes, un nivel máximo alcanzado por la estatal, pero se proyecta llegar a $us 400 millones hasta fin de año, según datos oficiales. MERCADO El mercado nacional de urea está totalmente abastecido a un precio competitivo que ni el contrabando podría rivalizar con el precio boliviano y además con una calidad que no tiene nada que envidiar a ninguna planta del mundo, aseguró Arce. Ésta es una planta nueva que entró en funcionamiento en 2017. “En un periodo de pruebas, plantas de esta calidad no se construyen todos los días en el mundo” agregó. Lo que se tiene en Bulo Bulo es una planta con el mayor nivel tecnológico del mundo, y por lo tanto la calidad de lo que se produce en ella es de lo mejor.

La venta de urea a Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Perú alcanzó la cifra récord de $us 100 millones. Cuando se trabaja con responsabilidad, compromiso y transparencia, los resultados dan cuenta de nuestra gestión”. Luis Arce Catacora Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia

En cuanto a ingresos se espera que hasta el 31 de diciembre de este año se alcance una venta del producto por aproximadamente $us 400 millones y con un altísimo nivel de rentabilidad, incrementado por el conflicto en Ucrania, porque Rusia es el mayor productor de

urea en el mundo y a raíz de las sanciones impuestas por el imperio norteamericano no está pudiendo llegar con su producto a América Latina, es decir esos países necesitan urea y ya no hay quién les provea, entonces Bolivia tiene garantizada la venta de toda su producción.


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Economía

En conferencia de prensa, el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, Remmy Gonzales, manifestó que “no se puede confiar (en los empresarios y productores). Cuando nos piden importación de transgénicos, cuando le echan la culpa a la sequía, simplemente demuestran que el empresariado no nos garantiza la seguridad alimentaria para el país”. “Ya veíamos que se venía esto y por eso inmediatamente el Gobierno tuvo que reaccionar y se creó la empresa agropecuaria del Estado para cubrir los posibles déficits que pueda haber”, añadió. Adelantó que se reunirá con medianos y pequeños productores de las organizaciones sociales, campesinas e interculturales de Santa Cruz y que posteriormente lo hará con la nueva Empresa Boliviana de Producción Agrícola para analizar y evaluar la cantidad de hectáreas que se sembrarán en dicha campaña. Manifestó también que se reunirá con empresarios “comprometidos con la patria”, que quieren trabajar dignamente en el rubro del agro para planificar la producción de alimentos en el país. “Con estas acciones se garantiza el abastecimiento de maíz, pero no tenemos que levantar la guardia ante el agio y especulación del grano, vamos a seguir con los controles para evitar el contrabando y el alza de costos”, dijo. Por su parte, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Marcelo Montenegro, el lunes en la noche, en una entrevista con Bolivia TV, advirtió que si el sector privado no tiene la capacidad de garantizar maíz para el mercado interno, el Estado lo hará como lo hizo en anteriores años mediante la Empresa de Apoyo a la Producción de Alimentos (Emapa).

Gobierno y pequeños productores planifican la siembra de maíz Coordinará también con empresarios “comprometidos con la patria” que quieran trabajar dignamente en la esfera del agro. Una plantación de maíz durante una inspección de autoridades en Santa Cruz.

La autoridad lanzó esa advertencia ante una supuesta crisis alimentaria denunciada por el sector privado sin tomar en cuenta las cosechas de mayo y junio. “Por lo tanto es importante el papel del Estado para garantizar esa provisión de alimentos y lo dije el día de ayer, si el sector privado no tiene la capacidad de garantizar un suministro de producción para la demanda interna, para el consumo interno, pues lo va a hacer el Estado, como lo ha hecho en 2007 y 2008 con Emapa”, dijo. “No caigamos en la mentira de decir que se ha perdido el 80% (de la producción) o que es imposible almacenar maíz, se está recurriendo a una serie de falacias y mentiras para decirle al pueblo boliviano que no hay el maíz suficiente, cuando Bolivia lo puede producir, entonces es la presencia del Estado la que puede ayudar a garantizar la estabilidad económica”, aseguró.

No se puede confiar (en los empresarios y productores). Cuando piden importación de transgénicos, cuando le echan la culpa a la sequía, demuestran que el empresariado no nos garantiza la seguridad alimentaria para el país”. Remmy Gonzales Ministro de Desarrollo Rural

Las tierras orientales están bajo revisión El Gobierno estableció que las mayores cantidades de tierra productiva se ubican en los llanos orientales y es en esa zona en la que se verificará si cumplen la función económica social, como lo establece la Constitución Política del Estado. “Todos sabemos que las mayores cantidades de tierra productiva están en el orien-

te boliviano, pues ahí tenemos que trabajar en la verificación y si no lo hacen, serán revertidas en favor del Estado”, declaró el viceministro de Desarrollo Rural y Tierras, Álvaro Mollinedo, a la Red Patria Nueva “Tenemos que aplicar la Constitución”, remarcó en alusión al artículo 393 de la Carta Maga”.

// FOTO: RRSS

El Gobierno convocó a medianos y pequeños productores de las organizaciones sociales, campesinas e interculturales de Santa Cruz para planificar la siembra de maíz en la campaña de verano 2022-2023 y garantizar la seguridad alimentaria en el país.

EMPRESARIOS NO GARANTIZAN SEGURIDAD ALIMENTARIA

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central


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// FOTO: ASP-B

Economía INICIAN EL PROCESO DE ANÁLISIS

El Gobierno evalúa ocho empresas para extraer litio El 16 de mayo concluyó el plazo estipulado para que las firmas interesadas presenten sus resultados. • Redacción Central

El Gobierno inició el proceso de evaluación de las ocho empresas internacionales interesadas en industrializar el litio boliviano con la tecnología EDL (Extracción Directa de Litio), luego de que éstas presenten los resultados de sus pruebas piloto.

En noviembre de 2021, YLB firmó memorandos de entendimiento y confidencialidad con ocho empresas extranjeras para que hagan pruebas piloto de la tecnología EDL.

ASP-B despacha carga boliviana desde le puerto peruano de Ilo.

INCREMENTO SOSTENIDO

Movimiento de carga por Ilo crece en 135% • Redacción Central

y consolidar el litio como pilar económico del país. Arnez recordó que Bolivia optó por el uso de la tecnología EDL porque permite acelerar el proceso de industrialización de los recursos evaporíticos, tiene menores costos operativos y reduce el impacto ambiental.

// FOTO: AECHIVO

“El 16 de mayo terminó el plazo para que las ocho empresas interesadas presenten sus resultados, ahora se inició la evaluación final y esperamos tener los resultados la primera semana de junio”, informó el viceministro de Altas Tecnologías Energéticas, Álvaro Arnez, en entrevista con el canal estatal Bolivia TV. Dijo que personal de Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB) ya retornaron de los países sede de las firmas interesadas, con la única novedad de que en el caso de China hay una cua-

rentena rígida por el brote de la pandemia. “Lo que se va a evaluar es el hecho de haberles dotado de una salmuera específica de cada uno de los salares que hay en Bolivia; se va a evaluar inclusive la tecnología, efluyentes, impacto al medioambiente, el rendimiento de la separación del litio de los demás metales, y fundamentalmente el escalonamiento que ellos puedan garantizar a partir de una tecnología novedosa que nos permita tener una planta industrial”, explicó. En noviembre de 2021, YLB firmó memorandos de entendimiento y confidencialidad con ocho empresas extranjeras para que hagan pruebas piloto de la tecnología EDL con salmueras de los salares de Uyuni, Pastos Grandes (Potosí) y Coipasa (Oruro), con el fin de consolidar un contrato de asociación con el Estado para comenzar, en 2023, con proyectos de industrialización

Ocho empresas postulan para la extracción directa de litio.

El movimiento de carga boliviana por el puerto peruano de Ilo se intensifica, con el incremento de mercancía despachada de 135% en abril, respecto a marzo de este año, y se prevé un ascenso sostenido del comercio exterior por este astillero en los próximos meses. Por el puerto de Ilo se movilizó mercancía con tránsito a Bolivia en marzo de este año, 11.061 toneladas (t), y en abril 26.015 t de carga de importación, es decir un crecimiento en un mes de 135%, y se generó el movimiento de 1.040 camiones. Estas cifras son el resultado de la reactivación económica boliviana, el incremento de la demanda interna y la intensificación de la gestión logística de recepción y despacho de carga ejecutada por esta empresa pública, informó el gerente ejecutivo de la Administración de Servicios Portuarios Bolivia (ASP-B), Dante Justiniano. Consideró además que este movimiento de carga de importación por Ilo es el reflejo de la reactivación del comercio exterior.

Estas cifras son el resultado de la reactivación económica boliviana, el incremento de la demanda interna y la intensificación de la gestión logística”. Dante Justiniano Gerente de ASP-B “Este movimiento del comercio exterior que involucra a Bolivia sin duda es un buen síntoma de la dinamización de la economía en el país. Se evidencia la intensificación del movimiento de carga por el puerto de Ilo”, manifestó. Señaló que la ASP-B está desarrollando un trabajo arduo de manera colectiva, que permita fortalecer e integrar el comercio exterior en beneficio del importador y exportador.


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Nacional En el marco de la Constitución Política del Estado corresponde la reversión de tierras improductivas al Gobierno, y su redistribución a sectores sociales dedicados al cultivo de productos para garantizar la soberanía alimentaria, coincidieron ayer diputados por el Movimiento Al Socialismo, MAS. El ministro de Desarrollo Rural y Tierras, Remmy Gonzales, dijo que la decisión se asume porque los grandes propietarios de tierra no cumplen con los compromisos asumidos. “Los empresarios a título de producir alimentos, como trigo y maíz, obtuvieron grandes superficies de tierra, pero no cumplieron, por lo que el Gobierno estaría obligado a aplicar la función social y pasar las tierras al Estado”, sostuvo.

Juan José Jáuregui

LA REVERSIÓN ESTÁ establecida en la Ley 1715. Todas las tierras que no tienen alguna actividad agraria.

PARA REDISTRIBUIRLAS A SECTORES SOCIALES

Oficialistas apoyan al Gobierno en reversión de tierras improductivas Los empresarios a título de producir alimentos como trigo y maíz, obtuvieron grandes superficies de tierra, pero no cumplen los requisitos. El diputado Juan José Jáuregui dejó claro que la Ley 1715 de Reforma Agraria y su reglamento, establecen que las tierras que no tienen ninguna actividad agraria, tienen que ser revertidas a dominio del Estado. “Una de las finalidades de la Constitución Política del Estado, con relación al aprovechamiento de la tierra, está vinculada a que tengan un carácter productivo, de no cumplir la función económica social, las tierras deben ser objeto de retorno a dominio del Estado para que sean redistribuidas a personas que tienen la posibilidad de trabajar, porque la tierra es de quien la trabaja”, sostuvo. En esa línea, la oficialista Zuley Mamani aplaudió la decisión del Gobierno, de revertir todas las tierras ociosas que están en manos de un reducido grupo de familias, que acaparan la tenencia de esos predios para negocio, mientras en el occidente y los valles trabajan en surcofundios. “La tierra se ha hecho para trabajar y todo boliviano debe tener acceso a ellas. Las tierras son para producir y no dormir,

// FOTO: ARCHIVO-PÁGINA SIETE

• Redacción Central

En la imagen, un predio en el oriente boliviano sin cultivo y utilizado para ganado.

hay hermanas y hermanos en el occidente que trabajan las tierras en el surcofundio, pero en otras regiones del oriente vemos que las tierras están durmiendo, cuando tendrían que generar el desarrollo de la economía y garantizar la soberanía alimentaria del país”, manifestó.

A su vez, el diputado Renán Cabezas señaló que no es posible que la oposición defienda a pocas familias, que detentan miles de hectáreas de tierras improductivas de engorde que son utilizadas para negocio. “La oposición defiende las tierras que están

en manos de la oligarquía del oriente boliviano. La derecha hace política para apropiarse de los bienes del Estado, por eso defiende la oposición a la oligarquía porque no tienen sentido de Patria, ha eso han venido a la Asamblea, a defender a sus patrones”, precisó.

// FOTO: ARCHIVO

ES EL HÉROE DE LA INDEPENDENCIA CUBANA

Cuba conmemorará la caída en combate de José Julián Martí • Redacción Central

Cada 19 de mayo la Embajada de Cuba en Bolivia conmemora la caída en combate de José Julián Martí Pérez (1895). Para este jueves en coordinación con el Movimiento Boliviano de Solidaridad con Cuba se prevén actividades. El monumento en honor a Julián José Martí, líder de la independencia cubana.

Para las 10.00 se prevé una ofrenda floral y para las 18.00 un conversatorio sobre la lucha de Martí por la independencia de Cuba. Fue un hombre de elevados principios, vocación latinoamericana e internacionalista; con una intachable conducta personal, tanto pública como privada y con cualidades humanas que en ocasiones parecen insuperables.

Un cubano de proyección universal que rebasó las fronteras de la época en la que vivió, para convertirse en el más grande pensador político hispanoamericano del siglo XIX. Autor de una obra imprescindible como fuente de conocimientos y de consulta para todas las generaciones de cubanos y el contenido, estilo y belleza singular de los poemas, epistolario y artículos periodísticos.


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// FOTO: ARCHIVO

Nacional Camacho junto a los expresidentes del Comité Cívico cruceño.

LA DISCORDIA FUE POR LÍMITES

Cuestionan politización de conflicto en Tinguipaya • Redacción Central

El senador Luis Adolfo Flores criticó al bloque opositor por pretender politizar los conflictos ocurridos en Tinguipaya, involucrando al MAS y a dirigentes como Evo Morales, lo cual, en su criterio, es ridículo.

CRITICAN LA FALTA DE OBRAS

Camacho desconoce la autonomía cruceña Legisladores observan la promulgación del Decreto 373 y la propuesta de federalismo. Aprobar el Decreto 373, que vulnera el Estatuto Autonómico, y plantear el federalismo evidencian que el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, desconoce la autonomía departamental.

El diputado Daniel Rojas Montes De Oca, observó que el gobernador Camacho “metió la pata” al promulgar el Decreto 373, con el único objetivo de anular al vicegobernador, Mario Aguilera. “Camacho hizo todo eso para dejar el control de la Gobernación de Santa Cruz en su secretario general y dejarlo anulado a su vicegobernador, que fue elegido legítimamente por voto ciudadano”, precisó. Rojas también se refirió a la propuesta federalista de Camacho, que en su criterio surgió porque el modelo autonómico aprobado por la ciudadanía en el referéndum, no se amolda a los intereses de grupo de las logias. “Por eso recurren al federalismo, a las logias no

les sirve esta autonomía, y en caso de que quieran aplicar su modelo federalista, para centralizar el poder en unos cuantos grupos, las provincias plantearán su propio federalismo regional, porque no queremos estar sometidos a este régimen dictatorial”, aseguró el parlamentario. Sobre las críticas de Demócratas a la gestión de Camacho, Rojas afirmó que este partido en su momento apoyo al actual gobernador en sus aprestos golpistas, pero ahora, cuando se trata de disputarse las cuotas de poder en Santa Cruz “se están comiendo entre ellos; lo único que les interesa es su grupo logiero y esto repercute en una mala gestión”. Por su parte, la diputada Tania Paniagua, aseguró que Camacho ejerce un autoritarismo vergonzoso en Santa Cruz y que ese modelo no es la autonomía que la población eligió, pues lo que se había planteado a la gente es un mejor aprovechamiento de los recursos de la región para la ejecución de obras que

coadyuven al crecimiento del departamento. “Ahora Camacho nos sale con que no tiene recursos para obras y la gente se queda postergada. Sin embargo, el presupuesto de la Gobernación de Santa Cruz es uno de los más altos del país, pero no entendemos por qué el Gobernador asume esta actitud contra la gente”, manifestó.

Eduardo del Castillo Ministro de Gobierno

hecho y que debe ser convocado a declarar ante la Fiscalía. Al respecto, el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, confirmó el fallecimiento de dos personas producto del enfrentamiento por límites, protagonizado el domingo por dos ayllus en el municipio de Tinguipaya, Potosí. “Debemos manifestar que se debe por un conflicto de límites que existe en el lugar, ya hubo enfrentamientos en el pasado”, aclaró. // FOTO: ARCHIVO

• Redacción central

El Senador indicó que antes de buscar culpables se debe dejar al Ministerio Público investigar estos hechos, para que esta instancia defina lo ocurrido en el enfrentamiento entre pobladores del municipio de Tinguipaya, que dejó dos personas fallecidas. “Es ridículo lo que menciona la oposición, si yo discuto con una persona, por ejemplo, con un defensor del señor Camacho, por un tema ideológico. Si yo me agarro a golpes con esa persona entonces ¿hay que pedir que venga Camacho, cuando no tiene nada que ver? ¿es correcto?”, se preguntó. Flores se refirió a las declaraciones del diputado de Comunidad Ciudadana, CC, Alberto Astorga, que no dudó en apuntar contra el presidente del MAS, Evo Morales por las muertes en Tinguipaya, asegurando que está detrás de este

Ya hubo enfrentamientos en el pasado que lamentablemente, hace un par de días, se han reanudado y que estos serían los móviles que han enfrentado a estos dos grupos”.

1 AÑO CUMPLIÓ Luis Fernando Camacho como gobernador de Santa Cruz, pero su desempeño es criticado por la falta de obras. El día del enfrentamiento hubo una inauguración en Tinguipaya.


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Nacional

// FOTO: JORGE MAMANI

La diputada opositora de CC, Andrea Barrientos, emite su voto en la elección del Defensor o Defensora del Pueblo.

PLANTEAN CONSULTAR AL TCP SOBRE LA DESIGNACIÓN

Oposición busca concretar un golpe a la institucionalidad de la Defensoría

No se compromete con la institucionalidad El vocero presidencial, Jorge Ritcher afirmó que la actitud asumida por la bancada de Creemos, evidencia que esa agrupación política no tiene ningún compromiso con la institucionalidad de la Defensoría del Pueblo ni con la democracia. “El tema de los consensos es una construcción de acuerdos y asumir un compromiso con la institucionalidad del Defensor del Pueblo. Si se los convoca (a la oposición) a una reunión (ellos) asisten y salen a decir cosas que no tienen relación. Creemos no tiene compromiso con la institucionalidad del país”, advirtió. Ritcher afirmó que se tiene que insistir con el diálogo, pese a las contradicciones de la oposición.

Al menos tres normativas establecen la obligatoriedad para que Nadia Cruz amplíe su interinato en la institución. • Redacción Central

El diputado por el MAS, Juan José Jáuregui, advirtió que las bancadas de Creemos y de Comunidad Ciudadana, CC, en el Legislativo, buscan concretar un “golpe” a la institucionalidad de la Defensoría del Pueblo, evitando que se canalice la elección de esta autoridad mediante el consenso. El oficialista señaló que un sector radical y ortodoxo en la bancada de Creemos quiere provocar un golpe de Estado a la institucionalidad de la Defensoría del Pueblo, mediante el bloqueo a la elección del nuevo titular de esta entidad, en el pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional, ALP. “Un sector de Creemos tiene la intención de generar un golpe de Estado institucional a la Defensoría del Pueblo. Pretenden descabezar esta institución, haciendo observacio-

nes al proceso de selección y designación, en base a criterios arbitrarios e irregulares”, alertó el legislador. Jáuregui, cuestionó el pedido de Creemos para que Nadia Cruz abandone su cargo antes de que se haya elegido a un titular en la ALP, pues de hacerlo, vulnera la Ley 870 del Defensor del Pueblo, el artículo 218 de la Constitución Política del Estado, CPE, e incluso el artículo 156 del Código Penal, relativo al abandono del cargo. “¿Cuál va ser la salida si la oposición sigue bloqueando (la elección)? ¿Descabezar la Defensoría? ¿Dejarla sin un responsable? La norma es clara, la Constitución establece los parámetros para la selección del nuevo Defensor y los hemos cumplido”, afirmó. En esta línea, el senador por el MAS, Luis Adolfo Flores coincidió con la crítica de su colega de partido y aseguró que el MAS continuará intentando dialogar con la oposición.

¿Cuál va ser la salida si la oposición sigue bloqueando (la elección)? ¿Descabezar la Defensoría? ¿Dejarla sin un responsable? La norma es clara, la CPE establece los parámetros para la selección del nuevo Defensor y los hemos cumplido”. Juan José Jáuregui Diputado por el MAS.

El legislador alertó que la oposición pretende “que el caos gobierne el país”, sin embargo, abrió la posibilidad que el Ministerio de Justicia consulte al Tribunal Constitucional Plurinacional, TCP, otras posibilidades de elección o designación de ese cargo. “El diálogo está abierto sobre lo que se avanzó, la oposición aprobó estas reglas del juego y también dio curso a que algunos postulantes sean alejados porque no cumplían ciertos requisitos. No debe primar el informalismo o la chacota en la Asamblea”, afirmó. El lunes, luego de la tercera votación para elegir al titular de la Defensoría del Pueblo, el presidente nato de la Asamblea Legislativa Plurinacional, David Choquehuanca, convocó a una reunión de jefes de bancada para consensuar los caminos que permitan garantizar los dos tercios en la elección de la nueva autoridad. Creemos decidió abandonar el encuentro.

PORFIRIO MACHADO DECLINA A ASPIRANTE DE DEFENSOR DEL PUEBLO El abogado Porfirio Machado anunció su declinación como postulante a Defensor del Pueblo. Dijo que asumió esa decisión a fin de “allanar el camino” para la designación de esa autoridad, ya que a la fecha no se logró los 2/3 requeridos en la Asamblea Legislativa. “He decidido declinar mi postulación al cargo del Defensor del Pueblo, agradeciendo de antemano a toda mi Bolivia amada, con la seguridad de allanar el camino de la designación del próximo Defensor del Pueblo, quien quiera que sea”, declaró a los periodistas.


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EDICTO AUTO

Nacional

Que el parágrafo I del artículo 9 del REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 25950, dispone que constituye una infracción la “realización de actividades y/o prestación y/u ofrecimiento de servicios de telecomunicaciones y/o utilización indebida del espectro electromagnético sin ser titulares o contar con la correspondiente concesión, licencia, registro u otras autorizaciones”. Que el artículo 76 del REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 27172, indica que el Superintendente, ahora Director Ejecutivo de la ATT, podrá iniciar de oficio una investigación cuando considere que pueda existir infracción a las normas legales, reglamentarias o contractuales vigentes. Que el parágrafo I del artículo 77 del REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 27172, estipula que una vez concluida la investigación, en caso de existir indicios de contravención al orden jurídico regulatorio, el Superintendente, ahora Director Ejecutivo de la ATT, formulará cargos contra el presunto responsable. Que mediante Decreto Supremo N° 4326 de 07 de septiembre de 2020 (REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 4326), se aprobó el nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones para el sector de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, norma que en su Disposición Transitoria Primera establece que “Los procesos sancionadores y los recursos de revocatoria y/o jerárquico, en los que se impugnen resoluciones emergentes de procesos sancionadores y que se hallen en trámite al momento de la publicación del presente Decreto Supremo, continuarán rigiéndose por la normativa aplicable al momento de la comisión de la infracción”. POR TANTO: El Director Jurídico de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, conforme a la delegación otorgada por la Máxima Autoridad Ejecutiva a través de Resolución Administrativa Interna ATT-DJ-RAI LP 90/2021 de 18 de noviembre de 2021 y publicada el 28 de noviembre de 2021 en el periódico Ahora el Pueblo; DISPONE: PRIMERO.- FORMULAR CARGOS en contra de “SONIDO OKEY”, por la presunta comisión de la infracción “realización de actividades y/o prestación y/u ofrecimiento de servicios de telecomunicaciones y/o utilización indebida del espectro electromagnético sin ser titulares o contar con la correspondiente concesión, licencia, registro u otras autorizaciones”, tipificada en el parágrafo I del artículo 9 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio aprobado por Decreto Supremo N° 25950 de 20 de octubre de 2000, al encontrarse el 12 de febrero de 2020 haciendo uso no autorizado por la ATT de la frecuencia de 99,9 MHz del espectro radioeléctrico de la localidad de Challapata del departamento de Oruro. SEGUNDO.- OTORGAR a “SONIDO OKEY”, el plazo de diez (10) días hábiles administrativos, computables a partir del día siguiente a la notificación con el presente Auto, para que conteste los cargos formulados acompañando la prueba de que intentare valerse y ofreciendo la restante, de acuerdo a las previsiones del parágrafo II del artículo 77 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial - SIRESE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172 de 15 de septiembre de 2003. TERCERO.- Conforme lo establecido en el parágrafo I del artículo 26 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172 de 15 de septiembre de 2003, “SONIDO OKEY”, deberá fijar domicilio procesal en el primer escrito o acto que intervenga y constituirlo dentro del radio urbano del Ente Regulador o de la oficina Regional que corresponda, bajo apercibimiento de tenerse por domicilio la Secretaria de la Oficina Regional Cochabamba. CUARTO.- “SONIDO OKEY”, a tiempo de presentar documentación relacionada con la presente formulación de cargos ante la ATT, deberá solicitar se adjunte a la Hoja de Ruta I-LP-4296/2021; asimismo, acreditando -si corresponde- la representación legal de acuerdo al artículo 13 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo. Notifíquese a “SONIDO OKEY”, en el domicilio ubicado en la Calle Bolívar s/n entre Calle Bautista y Calle innominada, casi frente a la Alcaldía Municipal de la localidad de Challapata del departamento de Oruro (coordenadas geográficas 18° 54’ 06,6”S 66° 46’ 33,3”O, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial - SIRESE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172 de 15 de septiembre de 2003. Regístrese y archívese. Marcio Gutiérrez Fernández DIRECTOR JURÍDICO AUTORIDAD DE REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN DE TELECOMUNICACIONES Y TRANSPORTES

// FOTO: ARCHIVO-PRESIDENCIA

La Paz, 28 de abril de 2022 REF.: FORMULACIÓN DE CARGOS EN CONTRA DE “SONIDO OKEY”, POR LA PRESUNTA COMISIÓN DE LA INFRACCIÓN “REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y/O PRESTACIÓN Y/U OFRECIMIENTO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y/O UTILIZACIÓN INDEBIDA DEL ESPECTRO ELECTROMAGNÉTICO SIN SER TITULARES O CONTAR CON LA CORRESPONDIENTE CONCESIÓN, LICENCIA, REGISTRO U OTRAS AUTORIZACIONES”. VISTOS: El Informe Técnico ATT-OFR CB-INF TEC CB 88/2020 de 21 de febrero de 2020 (INFORME TÉCNICO) emitido por la Dirección de Fiscalización y Control de la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT); la normativa vigente aplicable y, todo lo que se tuvo presente y convino ver; CONSIDERANDO 1: RELACIÓN DE HECHOS. – Que mediante Nota sin cite presentada el 06 de enero de 2020 ante este Ente Regulador por María del Carmen Torrez Cruz, Representante Legal de Radio ASTRO DJ, pone en conocimiento de este Ente Regulador que existen medios de comunicación ilegales en la localidad de Challapata provincia Eduardo Abaroa, que afectan su economía y además de causar interferencia, entre las radios ilegales que denuncio se encuentra “SONIDO OKEY”, de propiedad de Alexander Saavedra. Que el personal técnico de la Dirección de Fiscalización y Control de la ATT en el INFORME TÉCNICO en base al Acta de Inspección Técnica Administrativa ATT-DFC-RLP-AMCE CBBAORU N° 000414/2020 de 12 de febrero de 2020, señaló que efectuado el monitoreo a “SONIDO OKEY” se evidenció que la misma emitía señales de audio en la frecuencia 99,9 MHz del espectro radioeléctrico de la localidad de Challapata del departamento de Oruro, sin contar con la respectiva autorización otorgada por este Ente Regulador. Que en ese sentido, conforme a tales antecedentes se establece que “SONIDO OKEY”, al encontrarse el 12 de febrero de 2020 haciendo uso no autorizado de la frecuencia de 99,9 MHz del espectro radioeléctrico de la localidad de Challapata del departamento de Oruro, estaría haciendo uso del espectro radioeléctrico sin contar con la correspondiente licencia o autorización por este Ente Regulador, lo cual constituiría una prestación ilegal, incurriendo el mismo presuntamente en la infracción de: : “realización de actividades y/o prestación y/u ofrecimiento de servicios de telecomunicaciones y/o utilización indebida del espectro electromagnético sin ser titulares o contar con la correspondiente concesión, licencia, registro u otras autorizaciones”, tipificada en el parágrafo I del artículo 9 del Reglamento de Sanciones y Procedimientos Especiales por Infracciones al Marco Jurídico Regulatorio aprobado por Decreto Supremo N° 25950 de 20 de octubre de 2000 (REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 25950). Que como resultado de las diligencias preliminares antes citadas y en virtud al artículo 77 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial - SIRESE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172 de 15 de septiembre de 2003 (REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DS 27172), concordante con el artículo 81 de la Ley Nº 2341, de 23 de abril de 2002, de Procedimiento Administrativo (LEY 2341), existen indicios suficientes de la presunta comisión de la infracción administrativa, por tanto, corresponde formular cargos en contra de “SONIDO OKEY”. Que el parágrafo II del artículo 8 de la Ley N° 164 de 8 de agosto de 2011, General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación (LEY 164), establece que la administración, asignación, autorización, control, fiscalización y supervisión del uso de las frecuencias electromagnéticas en redes de telecomunicaciones, radiodifusión y otras en el territorio nacional, corresponde al nivel central del Estado a través de la ATT, de acuerdo con el Plan Nacional de Frecuencias. Que el parágrafo II del artículo 9 de la LEY 164 dispone que, para hacer uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, se requiere de una licencia, por lo que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo cuerpo legal, se considerarán ilegales las emisiones o transmisiones de ondas electromagnéticas que no hayan sido debidamente autorizadas o que se realicen fuera de los parámetros técnicos fijados en la otorgación de licencia. Que artículo 14 de la LEY 164, indica las atribuciones de la ATT en lo que se refiere a telecomunicaciones, tecnología de información y comunicación y servicio postal, estableciendo la atribución de: “1. Cumplir y hacer cumplir la Ley y sus reglamentos, asegurando la correcta aplicación de sus principios, políticas y objetivos (…) 6. Otorgar, modificar y renovar autorizaciones y disponer la caducidad o revocatoria de las mismas, dentro del marco de la Ley y reglamentos correspondientes; 7. Regular, autorizar, controlar, fiscalizar y coordinar el uso del espectro radioeléctrico y realizar la comprobación técnica de las emisiones electromagnéticas en el territorio del Estado Plurinacional.” Que de acuerdo al artículo 92 de la señalada Ley, constituyen infracciones dentro el marco regulatorio las transgresiones a las disposiciones contenidas en la presente Ley y sus reglamentos, contratos y otras normas aplicables al sector de telecomunicaciones y tecnologías de información y comunicación.

La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, en conferencia de prensa.

ASEGURÓ QUE EL “DESUBICADO” ES ÉL

Prada a Camacho: Haga obras y pinte del color que quiera La Ministra de la Presidencia dijo que Santa Cruz necesita de autoridades que estén a la altura del pueblo cruceño. • Redacción Central

La ministra de la Presidencia, María Nela Prada, emplazó ayer el gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, a realizar y entregar obras con el color que quiera en favor del pueblo cruceño, en lugar de cuestionar la gestión del presidente Luis Alberto Arce Catacora. La exigencia se conoció después de que Camacho, en su cuenta de Twitter, aludió al Jefe de Estado sindicándolo de hacer “politiquería” con la entrega de proyectos. “El que queda como desubicado es usted (Luis Fernando Camacho) cuando estando aplazado en su gestión, señala a nuestro Presidente Constitucional del Estado Plurinacional de Bolivia, Luis Arce, quien está respondiendo a la confianza que el pueblo le dio en las urnas con gestión, con obras, con reconstrucción económi-

ca y productiva, con un Plan de Desarrollo Económico y Social para nuestro país, un plan que está en marcha y que tiene grandes proyectos para Santa Cruz”, sostuvo. En esa línea, la Ministra de la Presidencia preguntó: ¿Usted, cómo está respondiendo a los votos del pueblo cruceño? ¿Con su plan de los insultos? En una coyuntura en la que no tiene proyectos estructurales para resolver los problemas de las familias cruceñas y que intenta sobrevivir políticamente desde su odio al Movimiento Al Socialismo-Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos (MAS-IPSP). “Necesitamos con urgencia construir un modelo cruceño de desarrollo integral que articule lo económico y productivo con lo social, cultural y ambiental, que impulse todas nuestras potencialidades como departamento desde la pluralidad que nos caracteriza. ¿Y usted qué está haciendo?”, manifestó. “Santa Cruz ne-

cesita de autoridades que estén a la altura del pueblo cruceño. Así que póngase a trabajar y deje de utilizar al MAS-IPSP para buscar protagonismo político ante su nula gestión”, concluyó la ministra María Nela Prada. En ese contexto, el titular de la cartera de Gobierno, Eduardo del Castillo, expresó su extrañeza porque Camacho se moleste con la entrega de obras al pueblo cruceño por el presidente Luis Alberto Arce Catacora y no se haya indignado cuando su aliada del régimen de facto Jeanine Añez pintaba hospitales con el color de su partido para inaugurarlos. “Dos cosas llaman la atención del señor (Luis) Fernando Camacho: una, que ahora se indigne tanto por el color de las obras, cuando su aliada, Jeanine Añez, no inauguraba hospitales en la peor parte de la pandemia por cambiarle del color azul al verde mientras él guardaba silencio”, escribió en su cuenta de Twitter.


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Gestión TRES PROPUESTAS EN DEFENSA DE LA MADRE TIERRA

Las organizaciones sociales llevarán su voz a Estocolmo+50 Se establecieron mesas de trabajo para dialogar y debatir las posturas que se llevarán al encuentro en Suecia el 2 y 3 de junio. // FOTO: JORGE MAMANI

• Redacción Central

Tres posturas llevarán las organizaciones sociales al encuentro de Estocolmo+50 el 2 y 3 de junio que se desarrollará en Suecia para garantizar el cuidado de la Madre Tierra.

La organizaciones sociales dialogaron y debatieron las posturas que llevarán a Suecia.

La Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia a través de la Dirección General de Geopolítica del Vivir Bien y Política Exterior, realizó el “Diálogo Nacional de las Organizaciones Sociales hacia Estocolmo 50+”, del que se obtuvieron los insumos que son la voz del pueblo. “Nos han entregado nuestros hermanos de las organizaciones sociales las conclusiones para que los representantes que van a estar allá lleven propuestas, pero todos los días tenemos que

tomar conciencia y trabajar cómo salvamos nuestro planeta, porque todos hemos coincidido que no estamos bien, que nuestro planeta está en riesgo”, dijo el vicepresidente del Estado Plurinacional, David Choquehuanca. La primera mesa de trabajo analizó: Las reflexiones para construir en el mundo la mirada del Vivir Bien en armonía con la Madre Tierra. El resultado fue que el antropoceno y el capitalismo han impuesto un sistema que está dando una muerte paulatina y con mucho sufrimiento y dolor a la Pachamama. En la segunda se trataron los aportes realizados desde Bolivia hacia un planeta más saludable, con prosperidad y

felicidad para todas y todos. En sus conclusiones indicaron que las organizaciones sociales tienen un papel fundamental en la construcción del Vivir Bien en armonía con la Madre Tierra, porque se basa en el proceso de descolonización y despatriarcalización, para que nadie sea superior a nadie. La tercera mesa se enfocó en las medidas y medios de implementación para profundizar la dimensión ambiental del Vivir Bien. Donde se identificó que es necesario eliminar a nivel global las brechas sociales, económicas y tecnológicas entre los países desarrollados y los países en desarrollo. El Vicepresidente recordó que años atrás desde Bolivia, con el expresidente Evo Morales, se llevó una propuesta a las Naciones Unidas, con la que se logró que la Madre Tierra pase de ser objeto de derechos a ser sujeto de derechos. Al su turno, el ministro de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional, Rogelio Mayta, indicó que a Suecia se llevará sobretodo dos cosas, el pliego de peticiones a la Comunidad Internacional, y también esperanza.

// FOTO: MINISTERIO DE SALUD

NO SE RETIRARÁ NINGÚN EQUIPAMIENTO MÉDICO

Piden a la Gobernación de Santa Cruz no politizar el tema de salud • Redacción Central

Ante cualquier posibilidad de retirar algún equipamiento médico del departamento de Santa Cruz, el ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, desmintió esas declaraciones de parte de algunas autoridades de la Gobernación cruceña. El Ministro pidió a las autoridades de ese departamento no politizar la salud; por el contrario instó a que trabajen en elevar las coberturas de vacu-

nación anticovid para proteger la vida de su población. “Sí, existe equipamiento médico que llegó a Santa Cruz y sabemos que ya está en esa región y no lo vamos a retirar, se va a quedar. En vez de estar aprovechando la mínima oportunidad de este señor (Fernando Pacheco) para salir a los medios y hacer política con la salud, le decimos que su departamento tiene el 57.3% de cobertura de vacunación y en su momento se estaba pensando retirar el uso de barbijos”, sentenció la autoridad. En pasados días, el secretario departamental de Salud y

Desarrollo Humano, de la Gobernación de Santa Cruz, Fernando Pacheco, denunció ante los medios indicando que se iban a retirar equipos médicos instalados en el hospital Japonés para ser llevados a otros departamentos, aspecto que Auza desmintió categóricamente. El Ministro se mostró sorprendido por estas declaraciones y explicó que se trataría de una donación de la agencia de cooperación JICA que llegó a la capital oriental, pero existen pasos que no se cumplieron en el proceso de ese préstamo reembolsable o no reembolsable que recibe el país.

El ministro de Salud, Jeyson Auza, en entrevista con la prensa.


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Seguridad El exmagistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional, TCP, Orlando Ceballos exigió ayer que la exsenadora Jeanine Añez y sus colaboradores sean juzgados por la vía ordinaria y no mediante un juicio de responsabilidades, como solicita la defensa. Bajo esa lógica Ceballos aseguró que a Añez le corresponde un juicio ordinario, porque los delitos por los que se la investiga en los casos Golpe de Estado I y Golpe de Estado II los cometió cuando era senadora. “A ellos (Añez y colaboradores) no les correponde un juicio de responsabilidades, a ellos les corresponde un juicio ordinario. A Añez (le corresponde un juicio ordinario) porque la vulneración de las normas, el hecho de autoproclamarse presidenta del Senado y despúes Presidenta del Estado lo hizo en calidad de senadora”, manifestó el exmagistrado. Precisó que un juicio de responsabilidades “juzga hechos cometidos en el ejercicio del cargo de Presidente, por eso le corresponde un juicio ordinario”, agregó Ceballos a los medios de comunicación. En su criterio, un juicio de responsabilidades le permite a Añez y a sus colaboradores “más posibilidades para que esto nunca concluya y se imponga la impunidad”.

CASO GOLPE DE ESTADO II

Exmagistrado del TCP exige que Añez sea juzgada por la vía ordinaria De acuerdo con la exautoridad judicial, los delitos por los cuales es investigada la acusada responden al accionar que asumió como exsenadora y no como Presidenta.

GOLPE DE ESTADO II El 29 de abril durante una audiencia, se conoció que la defensa de Añez activó una acción de inconstitucionalidad contra los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes, ACCIÓN DILATORIA alegando que su sentencia no El abogado constitucio- puede dejarse a interpretanalista Israel Quino refor- ción de un fiscal o un juez y zó la petición del exmaque es atribución del TCP. gistrado Ceballos, El 4 de mayo el al indicar que la Tribunal de Sentencia de La Paz acción inconstitucional presuspendió, temporalmente, la sentada por audiencia del la defensa juicio oral conde Añez para tra la exsenadoque sea juzgada, mediante ra hasta que el un juicio de resTCP se pronuncie Orlando Ceballos ponsabilidades en sobre la estrategia jurídica presentada. el caso Golpe de Estado En el caso Golpe de Estado II, debe ser rechazada por el Tribunal Constitucional II, se investigan las acciones Plurinacional, porque Añez de Añez cuando era la segunes “juzgada en condición de da vicepresidenta de la Cáexsenadora”. Asimismo, indi- mara Alta en 2019, para asuca que esta petición es “total- mir la Presidencia del Estado mente dilatoria”. de forma irregular.

Jeanine Añez tras salir de una de sus audiencias.

// FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

A Añez (le corresponde un juicio ordinario) porque la vulneración de las normas, el hecho de autoproclamarse Presidenta del Senado y despúes Presidenta del Estado lo hizo en calidad de senadora”. Orlando Ceballos Exmagistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP)

Exdiputada Patty pide celeridad en el caso Golpe de Estado I La exdiputada por el Movimiento Al Socialismo, MAS, Lidia Patty pidió celeridad en las investigaciones por el caso Golpe de Estado I y así dar justicia a las víctimas y familiares de las masacres de noviembre de 2019. “No podemos dejar que se quede en la impunidad, tiene que ser investigado todo (…) Merecemos respeto como bolivianos; voy a continuar con este proceso hasta el final. Tiene que haber justicia para nuestros hermanos”, manifestó la exautoridad. En referencia a la ampliación de la detención preventiva, solicitada ayer por el Ministerio Público, para que Añez permanezca tres meses más en el penal de Miraflores, Patty aseguró que la determinación es justificable porque aún quedan muchos ac-

tos investigativos por realizar. “Ellos han pedido cesación a la detención preventiva, pero hay muchos actos investigativos, los testigos que hemos presentado tienen que notificarse y venir a declarar (…) La señora Jeanine Añez sabe bien las cosas que ha hecho”, aseveró Patty. En ese sentido, señaló que espera que una vez culminado este lapso de tiempo, la Fiscalía oficialice la denuncia formal contra Añez en el caso Golpe de Estado I. En noviembre de 2020, Patty presentó una denuncia penal contra Añez, exjefes militares y policiales acusándoles por los delitos de terrorismo y conspiración, en los sucesos que provocaron la renuncia del expresidente Evo Morales en 2019.


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Seguridad // FOTO: APG

LOS DUEÑOS HUYERON

Incineran dos fábricas de cocaína en el altiplano Consideran que los laboratorios operaban desde hace un año y producían entre 60 y 100 kilos por día.

Sergio H. fue aprehendido por efectivos policiales.

FEMINICIDIO EN QUILLACOLLO

Jhenny murió degollada cuando dormía • Redacción Central

La madrugada de ayer, Jhenny V.L. (de 21 años) perdió la vida a manos de su pareja Sergio H. (de 29 años), quien le cortó el cuello cuando dormía y en presencia de sus dos hijos. El hecho se registró en el municipio de Quillacollo, Cochabamba. El fiscal Edson Orellana contó que el dueño de la vivienda alertó a la Policía sobre una pelea que sostuvo la pareja, cerca de las 03.00 del martes. Cuando los efectivos llegaron al lugar, la mujer se encontraba sin signos vitales y recostada en la cama; el agresor estaba sentado cerca de ella. Según la investigación preliminar, el hombre agarró un cuchillo de cocina y redujo a su pareja para provocarle 13 heridas, una de ellas de aproximadamente 25 centímetros en el cuello, que le causó la muerte. El hombre confesó el crimen. La familia de Jenny V.L. denunció que ella constantemente era víctima de violencia por parte de su pareja, la pasada semana le habría roto la nariz en otra pelea. “El equipo multidiscipli-

Fiscalía realizó el procesamiento de la escena del crimen, la autopsia y la intervención psicológica a los dos hijos de la víctima”.

Tras un rastrillaje, efectivos de la FELCN desbarataron dos fábricas de cocaína y procedieron a la incineración de la producción y químicos en la comunidad Mollebamba, municipio Papel Pampa del departamento de La Paz. El viceministro de Defensa Social y Sustancias Controladas, Jaime Mamani, señaló que las dos fábricas estaban camufladas al interior de una vivienda precaria, de adobe y ladrillo. “Una investigación minuciosa y un rastrillaje pudo dar con dos fábricas activas de cocaína. Al interior de este inmueble se pudo encontrar precursores químicos para la producción de pasta base de cocaína”, aseguró la autoridad. Las dos fábricas de pasta base de cocaína se encontraban activas desde hace un año y tenían la capacidad de producir entre 60 y 100 kilos de cocaína por día.

“La coca molida nos ayuda a determinar que estas dos fábricas estaban activas hace un año aproximadamente”, manifestó el viceministro. Por otro lado, detalló que personal de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCN) encontró cocaína en estado húmedo en cinco amarros de tela, dos bolsas de carbonato de sodio, una moledora de coca, gasolina, uniformes, entre otros elementos, que coadyuvarán en la investigación del caso. También se encontraron seis vehículos indocumentados, entre ellos un tractor y tres motocicletas, además de un arma de fuego Mauser calibre 7.65. LOS DUEÑOS HUYERON Se corroboró que durante el operativo no se aprehendió a ninguna persona. “Al ver a personal de la FELCN, la organización criminal se dio a la fuga, lo que corresponde ahora es seguir con la investigación”. “La FELCN viene realizando un trabajo de investigación,

inteligencia y rastrillaje en todos los departamentos para poder identificar fábricas de producción de cocaína, laboratorios y pistas clandestinas, este trabajo va a continuar”, sentenció el viceministro. Desde el 1 de enero hasta el 13 de mayo, la FELCN efectuó 3.584 operativos antinarcóticos en todo el país. DATOS DEL CASO Se encontraron dos laboratorios de cocaína en la comunidad Mollebamba del departamento de La Paz. Por la coca molida, se presume que las dos fábricas de pasta base de cocaína se encontraban activas desde hace un año. Los laboratorios producían entre 60 y 100 kilos de cocaína por día. La FELCN también encontró seis vehículos indocumentados y tres motocicletas.

// FOTO: FELCN

• Redacción Central

Nuria Gonzales Fiscal Departamental de Cochabamba

nario de la Fiscalía realizó el procesamiento de la escena del crimen, la autopsia y la intervención psicológica a los dos hijos de la víctima, además de otras pericias que permitirán llegar a la verdad material del caso”, dijo la fiscal departamental de Cochabamba, Nuria Gonzales. Jenny deja dos hijos en la orfandad, de dos y cinco años.

La incineración de la producción de cocaína se realizó el lunes por la noche.


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// FOTO: MINISTERIO DE GOBIERNO

Seguridad ENTREGA DE SABLES, ESPADAS Y PISTOLAS

Arce pide a egresados de las FFAA no repetir errores El Jefe de Estado recordó 2019, cuando “malos militares” mancharon la dignidad de esa entidad.

• Redacción Central

El presidente Luis Arce pidió ayer a los oficiales subalternos y sargentos egresados de las Fuerzas Armadas no repetir los errores que cometieron sus antecesores durante la ruptura institucional que vivió el país en 2019 y durante las dictaduras.

plimento de la Constitución Política del Estado”. A su turno, el Ministro de Defensa enfatizó que tras indagar en el mercado se logró adquirir tanto las armas cortas modernas, de procedencia italiana, así como los sables y espadas, de fabricación alemana, de forma directa con los fabricantes y de mejor calidad y a precios económicos.

2019 OCURRIERON LAS MASACRES de Senkata y Senkata, donde algunos efectivos de las FFAA se amotinaron.

// FOTO: PRESIDENCIA

“Esta generación de oficiales, al mismo tiempo no puede repetir los errores de sus antecesores”, enfatizó el mandatario, quien recordó que en los años 60, 70 y 80 las Fuerzas Armadas fueron utilizadas por doctrinas del Gobierno de Estados Unidos, esto durante el acto de egreso de la pro-

moción de oficiales militares 2021, desarrollado en predios del Estado Mayor, en la ciudad de La Paz. El mandatario entregó sables, espadas y pistolas a los uniformados. También rememoró que, en 2019, “malos militares” de esa entidad castrense mancharon la dignidad y el honor marcial de esa entidad, al apuntar sus armas en contra de su propio pueblo tras la ruptura institucional. En ese marco consideró que los flamantes uniformados “habrán de guiar su conducta por las máximas de la vida castrense, como es la lealtad, disciplina, entrega y honestidad, virtudes que ejercitarán diariamente, (…) pensando solo en el engrandecimiento de nuestro país, en estricto cum-

El presidente Luis Arce entregó sables, espadas y pistolas a oficiales subalternos y sargentos de las FFAA.

Festival para concientizar sobre la seguridad ciudadana y presentar a Dino, la nueva mascota de la Policía.

CAMPAÑA JUNTO A DINO

Refuerzan la seguridad ciudadana en El Alto • ABI

Alrededor de 20 mil estudiantes de diferentes unidades educativas de la ciudad de El Alto participan del festival de Seguridad Ciudadana “Dinofest”, organizado por la fuerza del orden con el objetivo de concienciar a los colegiales sobre los hechos delictivos para prevenir. “Estamos trabajando en un elemento que nos hacía falta, que es la prevención, estamos lanzando un nuevo personaje que se llama Dino, que va a enseñar a los niños a decir no a las drogas, no la violencia, no al secuestro y sobre todo no al silencio”, indicó el ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo. “Tenemos un objetivo común, lograr nuestros ideales, la salud, educación y desarrollo, están en sus manos, ustedes jóvenes que permiten compartir hoy día, demuestran esta cohesión que tiene que existir entre la población y su Policía”, manifestó al respecto el comandante de la Policía Boliviana, general Jhonny Aguilera. En esta actividad, desarrollada en el estadio de Villa Ingenio, participaron también autoridades del Gobierno central y municipal.

Hacemos la entrega de este convenio por la seguridad ciudadana para la ciudad de El Alto, para entregar el equipamiento lo antes posible”. Eduardo del Castillo Ministro de Gobierno SEGURIDAD PARA EL ALTO Durante el festival, Del Castillo hizo la entrega de un convenio a la alcaldesa Eva Copa mediante el que comprometió la entrega de equipos tecnológicos. “A nombre de nuestro presidente Luis Arce Catacora, a nombre de nuestro vicepresidente David Choquehuanca, quiero hacerle la entrega de un convenio a la Alcaldesa de El Alto para que el Gobierno nacional pueda entregarle equipos tecnológicos por una suma de 40 millones de bolivianos”, indicó la autoridad.


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Covid-19 Los Servicios Departamentales de Salud (Sedes) deben reportar y presentar las pruebas Covid-19 tomadas en sus regiones para que sean analizadas mediante secuenciación genómica en el Instituto Nacional de Laboratorios de Salud (Inlasa). El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, indicó ayer que se quiere identificar las variantes del coronavirus que están circulando en cada departamento y advirtió que los Sedes que incumplan con el pedido de entregar las pruebas serán sancionados. “Decirles a los departamentos que en el tiempo establecido se deben presentar las muestras hasta nuestro Inlasa, hay algunos que están incumpliendo y si no se corrige eso vamos a poner en evidencia a cada uno de los departamentos, además de las sanciones respectivas”, sostuvo la autoridad a la prensa. Auza informó el lunes que un estudio genómico detectó la circulación en el país de la BA.2, una variante de la ómicron y que fue detectada en los departamentos de Santa Cruz, Cochabamba y La Paz. Remarcó que por el momento la variante predominante en Bolivia es la ómicron, su subvariante B1 y ahora la subvariante BA.2; en ese sentido, previno que en adelante la misma pueda convertirse en una variante sobresaliente por su mayor capacidad de contagio, por ello pidió a la población redoblar las medidas de bioseguridad para evitar su expansión.

PARA IDENTIFICAR LAS VARIANTES EN EL PAÍS

Sedes serán sancionados si no entregan pruebas Covid al Inlasa En La Paz, Cochabamba y Santa Cruz se registró la nueva cepa. El Ministerio de Salud recomendó mantener las medidas de bioseguridad. Un trabajador en salud toma una prueba de antígeno nasal para detectar Covid-19.

// FOTO: JORGE MAMANI

• Redacción Central

Indicó que las estrategias de vigilancia epidemiológica activa, mitigación y contención siguen siendo las mismas y existe el control de parte de esa cartera de Estado para evitar que se presente un incremento de casos en el país, empero recordó que esa tarea depende también de la población que debe continuar con el

3 DEPARTAMENTOS registraron la variante BA.2 de la ómicrom mediante un estudio genómico.

uso de barbijo, distanciamiento social, lavado frecuente de manos y sobre todo la vacunación contra el coronavirus. Explicó que los síntomas clínicos de la BA.2 son fiebre, dolor de cabeza, congestión y problemas estomacales, intestinales en algunos casos, aspecto que no varía en gran medida con la delta u ómicron.

No está claro dónde se originó, pero se detectó por primera vez en noviembre entre las secuencias cargadas en la base de datos desde Filipinas. Al igual que con las variantes anteriores, expertos sostienen que las vacunas seguirán siendo eficaces para evitar la enfermedad grave, las hospitalizaciones y la muerte.


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Salud

// FOTO: GONZALO JALLASI

El ministro de Salud, Jeyson Auza, muestra uno de los equipos que fueron entregados.

EN EL DÍA MUNDIAL DE LA HIPERTENSIÓN

790

Centros de salud reciben equipos para detección de enfermedades

MIL BOLIVIANOS se invirtieron en los equipos médicos que fueron entregados a Oruro, Tarija, La Paz y Santa Cruz.

• Redacción Central

Al conmemorarse el Día Mundial de la Hipertensión, el Gobierno nacional en un trabajo conjunto con la Organización Panamericana de la Salud – Organización Mundial de la Salud (OPS/OMS) dotó de equipos médicos destinados al control y detección temprana de enfermedades graves. El presidente del Estado, Luis Arce, resaltó ayer la entrega de equipamiento de prevención de males cardiovasculares para los establecimientos de salud en Oruro, Santa Cruz, Tarija y La Paz. “En el Día Mundial de la Hipertensión entregamos tensiómetros, tallímetros, tabletas, balanzas, cardiochecks y otros con valor de Bs 790 mil a 70 establecimientos de salud”, escribió a través de su cuenta

// FOTO: GONZALO JALLASI

El presidente Luis Arce informó que el material entregado a cuatro establecimientos tiene el objetivo de prevenir males cardiovasculares. Twitter @LuchoXBolivia. El Jefe de Estado indicó que los equipos médicos tienen el objetivo de prevenir males cardiovasculares y combatir enfermedades, a fin de evitar el sufrimiento de los bolivianos; resaltó que la salud es la prioridad del Gobierno.

ENFERMEDAD SILENCIOSA

El ministro de Salud y Deportes, Jeyson Auza, dijo que la hipertensión es una enfermedad silenciosa que si no es tratada a tiempo puede tener consecuencias graves y hasta terminales en el paciente. “Debo poner en evidencia el trabajo que se está haciendo desde la Dirección de Epidemiología y desde la Unidad de Enfermedades no Transmisibles, nosotros estamos entregando a los municipios beneficiarios instrumentos que servirán para este control y así evitar tener pa-

Los equipos que fueron distribuidos a 70 centros de salud.

tologías que más adelante significan mayores consecuencias”, expuso la autoridad. La OPS/OMS lidera la iniciativa Hearts (Corazones) de la que Bolivia es signataria y en una primera fase según aná-

lisis técnico epidemiológico encabezado por el Ministerio de Salud, 70 establecimientos de Salud de los municipios de Oruro (Urbano), Yacuiba (Tarija), Viacha (La Paz), Vallegrande y San Ignacio (Santa Cruz)

fueron elegidos para la entrega de ese equipamiento. Auza detalló que se entregaron 70 balanzas con tallímetro, 70 tensiómetros, 180 cardiocheck (medidor de glucosa), 70 tabletas, 70 estetoscopios, balanzas de pie, además de material informativo, educativo y otros. En esa línea, la representante de la OPS/OMS, Alma Morales, informó que actualmente esa iniciativa está en 22 países en 1.380 establecimientos de los cuales Bolivia forma parte desde 2021. “Hasta el 29 de marzo ya se capacitó a 900 personas certificadas para el manejo de esta iniciativa (Hearts)”, sostuvo. El alcalde del municipio de Valle Grande, Ignacio Morón, a tiempo de agradecer a nombre de todas las alcaldías beneficiarias, resaltó la iniciativa que permite proteger de mejor manera a su población de enfermedades no transmisibles.


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Laboral POR SU DÍA NACIONAL AMPARADOS EN LA LEY 782

Trabajadores fabriles tendrán asueto con goce de haberes En mayo de 1950 se cumplió una huelga laboral indefinida en la zona de Villa Victoria y el Bosquecillo de Pura Pura la cual fue masacrada. // FOTO: ARCHIVO

• Redacción Central

Trabajadores en una fábrica de calzados.

“El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a Trabajadores fabriles del través de la Dirección país celebrarán su aniverGeneral de Trabajo, sario hoy con la suspenHigiene y Segurisión de actividades por dis- dad Ocupacional, posición del Ministerio de dispone asueto Trabajo, según establece el con suspensión comunicado 016/2022. de actividades para dicho sector, con el fin de que Esta disposición se basa en puedan participar en la Ley 782 de 18 de febrero los actos culturales, dede 2016 que, establece el 18 portivos y sociales programade mayo de cada año como el dos”, señala el documento. “Día Nacional de la TrabajadoEl asueto no deberá ser ra y el Trabajador Fabril”. considerado, bajo ninguna

Que e Pa ág a o 11 A u o 31 de De e o Sup emo N 1436 d pone que a mp emen a ón é n a ega adm n a a a ado a de S ema de n o ma ón de Come a a ón de

SOL C SOLSOL CTUD TUD SOLICITUD Combu b e e á eg amen ada med an e Re o u ón Adm n a a em da po a Agen a SOLICITUD CCTUD SOL TUD SOLICITUD SOLICITUD Na ona de H d o a bu o DE EXPRES ONES DE NTERES DE EXPRES ONES DE NTERES DE EXPRESIONES DE INTERES NOT F CAC ÓN POR ED CTO DE EXPRESIONES DE INTERES NOT F CAC ÓN POR ED CTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO RESOLUC ÓN ADM N STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N0113 0193 2022 RESOLUC ÓN ADM N STRAT VA RAR ANH D UG N N 2022 DE EXPRES ONES DE NTERES DE EXPRES ONES DE NTERES RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0193/2022 RESOLUC ÓN ADM NN STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N 0010 2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0113/2022 DE EXPRESIONES DE INTERES RESOLUC ÓN ADM STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N 0010 2022 DE EXPRESIONES DE INTERES RESOLUC ÓN ADM N STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N° 0001 2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0010/2022 RESOLUC ON ADM N STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N 0204 2021 RESOLUC ÓN ADM N STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N° 0001 2022 Que e Pa ág a o V A u o 32 de De e o Sup emo N 1436 de e m na que a E a one de RESOLUC ÓN ADM N STRAT VA RAN ANH DJ UGJN N 0009 2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0010/2022 RESOLUC ON ADM N STRAT VA RAR ANH DJ UGJN N 0204 2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0001/2022 RESOLUC ÓN ADM N STRAT VA RAR ANH D UG N N 0117 2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0001/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0265/2022 RESOLUCION ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N°0204/2021 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0265/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0117/2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN N° 0265/2022 La20 Paz 06 de ab de 2022 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA RAR-ANH-DJ-UGJN 0265/2022 La Paz 06 de ene oode de 2022 La Paz 02 de ma zo de 2022 La Paz, 06 de abril de 2022 La Paz 06 de ene oo de 2022 Se o pa a a en a de ombu b e a pe ona púb a o p ada debe án ump on a La Paz, 06 de enero de 2022 La Paz 03 de ene de 2022 La Paz de d c embre de 2021 Paz, 02 de marzo de 2022 A NN H mde m La Paz, 06 de enero de 2022 La Paz 03 de ene de 2022 La Paz 20 de d cN° embre 2021 La Pazlegalmente 10 mayo de 2022 A H mLa m VV STOS La Paz, 03 de enero de 2022 La Paz, 20 de diciembre de 2021 V STOS La Paz, 09 de mayo de 2022 La Agencia Nacional dede Hidrocarburos, solicita aa empresas establecidas a presentar sus STOS La Paz 07 de ma zo de 2022 V La Paz, 03 de enero de 2022 La Paz, 20 de diciembre de 2021 La Agencia Nacional Hidrocarburos, solicita empresas legalmente establecidas a presentar sus La Paz, 09 de mayo de 2022 VISTOS: V STOS VISTOS: La Paz, 09 de mayo de 2022 VISTOS: Reg amen a ón em da po a Agen a Na ona de H d o a bu o En a o de n ump m en o La Paz, 07 de marzo de 2022 VISTOS: La Paz, 09 de mayo de 2022 VISTOS:

VISTOS: VISTOS: Agen aparticipar ona de H dsiguientes oH bu oos ade acontratación: e edo ado e ab een da a aNo pBáe emas en uu expresiones de interés para de los siguientes procesos dede contratación: La Agenc a Nac ona de bu acue oomen es ab as Agen aNa Na ona de H dH odadaoca bu o oos ade aemp emp a aega men eeec eec ab een da pBáenaeaBá VISTOS: expresiones de interés para participar de los procesos La Agenc a Nac ona de oca bu acue aega es ab as No mas Bá VNacional STOS V STOS V STOS Agencia Nacional de Hidrocarburos, ao legalmente establecidas ado presentar La Agencia Nacional de Hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en Normas V STOS Agencia de Hidrocarburos, solicita aempresas empresas legalmente establecidas ado presentar sus án u e a a a an one adm n a a d pue a en d ha eg amen a ón La Agencia Nacional de Hidrocarburos, de acuerdo a lo establecido en las VISTOS: La Le N 264 de de upa osolicita de de SDE Na de Segu dad Clas udadana Pa asus una VISTOS: VISTOS: eVISTOS: pcas enN one de n e eéUPTC pa a pa pa oDE gu en eona pAC o eON de on aeaSABS a VISTOS: OB E O Ade CON RA ON E nN ode me NF DRE UPTC 0008 2022 de 05 ene o de 2022 eos e eaen eactualización aaeNormas ua a ón ena p e one de n31 éde a pa pa de oema gu en e2022, pAC o e ocos de on ae E m NF DRE Pde sVISTOS: S sNF ema de Adm n2012 ssiguientes ac ón de B enes y Se voN NB ap obado me OB Ede O A CON E o me DRE UPTC 0008 2022 de 05 de ene o 2022 e aSABS aaón aón ua a dep pme e secas de S s0008/2022 ema Adm n ssiguientes ac ón de B enes yde Se vcaactualización NB obado expresiones de interés para participar de procesos de contratación: El Informe INF-DRE-UPTC 0146/2022 de 05 de mayo de referente la del precio de la No. OBJETO DE LA CONTRATACION El Informe INF-DRE-UPTC de 05 de enero de 2022, referente del preE n o me NF – DRE UPTC 0062 2022 de 02 de ma o de 2022 e ab p egasolina oap de aón o expresiones de interés para participar de los procesos de contratación: El Informe INF-DRE-UPTC 0110/2022 de 04 de abril de 2022, referente a(NB-SABS), la del Precio sicas del Sistema de Administración de Bienes Servicios (NB-SABS), aprobado meV STOS No. OBJETO DE LA CONTRATACION V da Segu aón u Reg amen olos ap obado po ey De e o eRA Sup emo 1436 de 14 de d emb edel de -Pga El Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de 05 de enero de 2022, referente ala laactualización actualización del pre El Informe INF-DRE-UPTC 0147/2022 de 05 de mayo de 2022, referente aen lae actuali sicas delINF-DRE-UPTC Sistema de Administración de Bienes y Servicios aprobado meVISTOS: VISTOS: Informe INF-DRE-UPTC 0146/2022 de 05 de mayo de 2022, referente a la actualización del precio de la El Informe INF – DRE UPTC 0062/2022 de 02 de marzo de 2022, establece el precio de la o de a ga o na on o ana e meno a 92 e u an de a me a de e ano anh d o on Ga o na SERV C O DE SOPOR E Y AC UA AC ÓN DE VERS ONES Que e Pa ág a o A u o 33 de De e o Sup emo N 1436 e a a que e M n e o de Go C m O m E A G B La Re o u Adm n a a RAR ANH DRC N 0042 2019 de 2 de ab de 2019 e n me VISTOS: El Informe 0147/2022 de 05 de mayo de 2022, referente a la actualización del Precio del o de a ga o na on o ana e meno a 92 e u an e de a me a de e ano anh d o on Ga o na SERV C O DE SOPOR E Y AC UA AC ÓN DE VERS ONES d an e Dec e o Sup emo N 0181 A cu o 43 nc so y a cu o 49 nc so d mod ficado La Re oSERVICIO u ón Adm n aé aN RAR ANH DRC N 0042 2019 de 2 de ab de 2019 eeco nficado me gasolina con octanaje menor aa92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Base 81 en e pe a n eNF na ona dUPTC e92, oY n e na ona pa ade ma o de 2022 e n oGasolina me NF DRE UPTC dAdministrativa an e Dec eaN° o Sup emo 0181 A cu o 43 nc so yde aGasolina cu o 49 nc so d mod E n o me – DRE 0002 2022 de 03 de ene ocon de 2022 es ab ece e pB ec naplie cio de lacon gasolina con octanaje menor a resultante de la mezcla de etanol anhidro con Gasolina SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES No OBJETO DE LA CONTRATAC ON Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base – abril C m O m E A G m La Resolución RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 2 de abril de 2019, el Informe 2012 Le N 836 de 27 de ep emb e de 2016 que mod a a Le N 264 de 31 de u o de 2012 E n o me NF – DRE UPTC 0002 2022 de 03 de ene o de 2022 es ab ece e p o n e cio de la gasolina con octanaje menor 92, resultante de la mezcla de etanol anhidro con Gasolina DE SOPORTE ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES diante Decreto Supremo 0181, Artículo 43 inciso j) y artículo 49 inciso d), modificado No OBJETO DE LA CONTRATAC ON ORAC E GES ÓN La Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril de 2019, el Informe gasolina octanaje menor 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro Base 81 en apli1 Ba e 81 en ap a ón de a Re o u ón M n e a N 015 2019 28 de ene o de 2019 Ene o 2022 especial internacional y diésel oíl internacional, para marzo de 2022; el Informe INF DRE UPTC diante Decreto Supremo N° 0181, Artículo 43 inciso j) y artículo 49 inciso d), modificado El Informe INF – DRE UPTC 0002/2022 de 03 de enero de 2022, establece el precio interORAC E GES ÓN bUPTC e no NF DDT UAET 0115 2021 de 16 nov emb eo de 2021 po eenero ua a D eene ón de Da oedes Té n aaa a Po a Bo ana a Agen a Na ona de H d o a bu o d pond án de una one ón No. OBJETO DE LA 1 en Líquido Combustible con Octanaje 92, resultante mezcla de Etanol Anhidro Gasolina Base – mayo Ba e 81 en ap a de ón de a Re o u ón M nua e a N 015 de de oón de 2019 Ene o 2022 ElBase Informe INF – DRE -la UPTC 0002/2022 de 03 enero de 2022, establece el precio interNF DDT UAET 0115 2021 de 16 de nov emb eo 2021 po eZAC ua–28 a D de Da2022. oedes Té n cación de la Resolución Ministerial N° 015-2019 de 28 enero de 2019 mayo 2022. No. OBJETO DE LA CONTRATACION ORACLE -DGR-1160/2021 GESTIÓN 2022 Las notas YPFB/PRS/GRGD-2094 ySup GRGD-508 DGR-267/2022 presentadas por la po enotas pa ág aResolución o A cu o2022 2de Dec eCONTRATACION emo N 956 se no fica us que 0063 2022 de 02 ma oenc de po e eade ede ab e2019 e p econ o de Fue nONES e2022. na ona pa Base 81 aplicación de Ministerial N° 015-2019 de 28 de de 2019, Enero nac GNV yaDRE su d e a de pla ec ode pa ene o de 2022 e ne o me DRE Las YPFB/PRS/GRGD-2094 DGR-1160/2021 y–e28 GRGD-508 DGR-267/2022 presentadas ORACLE -de GESTIÓN de 2022 po e pa ág o A oaC 2 de Dec e Sup emo N 956 se eede no fica us que INF-DDT-UAET 0115/2021 de 16 noviembre 2021, por el cual la Dirección de Distritos Técnica SERV C O DE SOPORTE Y ACTUAL ÓN DE VERS 81 en aplicación de la Resolución Ministerial N° 015-2019 de de enero de 2019, Enero nac ona GNV yde su d e enc de p ec o04 pa a ene o de 2022 e nNa o me NF DRE UPTC E nona o me NF UPTC 0071 2022 de de ma o de 2022 e eINF-DRD-URGN en e a aNF a-ONES ua a empresa ón de INF-DDT-UAET 0115/2021 16 noviembre de 2021, por el cual la Dirección de Distritos Técnica cación la Resolución Ministerial N° 015-2019 de 28 de enero de 2019 mayo de 2022. Las notas YPFB/PRS/GRGD-2094 ySupremo GRGD-508 DGR-267/2022 presentadas por la empresa por el parágrafo III, Articulo 2DGR-1160/2021 del Decreto N° 956 se le notifica ustedes que SERV O DE SOPORTE Y ACTUAL ZAC ÓN DE VERS e om enda de ade n e e oen acu RAR ANH DRC N 0042 2019 de 2 de ab de 2019 0063/2022 de 02 marzo de 2022, el cual se establece el precio del Jet Fuel Internacional, para en nea oda a n o ma ón gene ada po e S ema de n o ma ón de Come A nacional GNV su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF -a UPTC Las notas YPFB/PRS/GRGD-2094 DGR-1160/2021 y2022 GRGD-508 DGR-267/2022 presentadas La No DT C U 0045 2022 de 23 03 2022 ncua o me Té nw o NF DDT UCSCN 0077 2022 de de 2022 por elde parágrafo Articulo 2ode del Supremo N° 956 se le notifica ustedes que 1a ey om enda de a0071/2022 e epor oen a RAR ANH DRC N 0042 2019 de 2 de ab de 2019 Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB; el Informe Técnico de SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES w AYPFB; N nacional GNV yde su diferencial de precio, para enero de 2022; el Informe INF DRE UPTC El Informe INF-DRE-UPTC de 04 de marzo de 2022, referente aos la actualización del ma o de 2022 eD nn me NF DRE UPTC 0064 2022 de 02 de ma op de 2022 a é0061/2022 de ua e pa a ompa 1 an e e ncump m en o p azo de en de os ems ad ud cados aano DAD es á SERVICIO DE SOPORTE Y ACTUALIZACIÓN DE VERSIONES 0003 2022 de 03 de ene oDecreto de 2022 po e se es ab ece os ec os de gaso na recomienda dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2marzo de abril de 2019, y; por la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – el-DRE Informe Técnico INFORACLE GEST 2022 Las técnicas podrán ser recabadas en la página web de la Nacional an esin eIII, ncump m o e p azo de en ega de os ems ad ud cados aENT DAD es 1de 0003 2022 de 03 de ene oe de 2022 po e cua es ab ece p ec os de a-ENT gaso espe P eel o de Combu ben eInforme qu do on O eega 92 ese u an eÓN de a me ade de Ea Anh dna oespe on recomienda dejar efecto la RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de 2 de abril de y; H www CONS DERANDO CONS DERANDO Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos – YPFB; el Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022 de ORACLE GEST ÓN 2022 Lasespecificaciones técnicas podrán ser recabadas en página web de la Agencia Nacional de aNF aá ón de Combu b e marzo 2022; Informe INF-DRE-UPTC 0064/2022 de 02 de de 2022, través del cual 1 ante el incumplimiento en el plazo de entrega de los Ítems adjudicados, la ENTIDAD está 28 03 2022 n oser me DT CL U D 0030 2022 de 29 03 2022 nde oprecios me Té n2019, oade DAF UF 0063 2022 H www CONS DERANDO CONSIDERANDO: 0003/2022 de 03 de enero de 2022, por el cual se establece los de gasolina espepor laespecificaciones empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos –Agencia YPFB; elsusc Informe Técnico INF25 de abril de 2022; el INF-DRE-UPTC 0135/2022 26 de abril de 2022; sus ORACLE -ana GESTIÓN 2022 ante el incumplimiento en el plazo de entrega de los Ítems adjudicados, la ENTIDAD está e ab e e e ma gen m no aal apo ela a ondo de on e ón pa a ma o 2022 eantecedentes, nse o me CONS DERANDO 0003/2022 de 03 de enero de 2022, por el cual se establece los precios de la gasolina espePrecio del Combustible Líquido con Octanaje 92, resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Hidrocarburos www.anh.gob.bo o solicitadas al correo electrónico: CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: p oced endo a a Reso uc ón de as Ó denes de Comp a a y a co espond en elaoeo ORACLE GESTIÓN 2022 c a n e nac ona y d ése o n e nac ona as como sus d e enc a es de p ec os pa a ene @ m m m DRD-URGN 0061/2022 de 25 de abril de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0135/2022 de 26 Hidrocarburos www.anh.gob.bo o ser solicitadas correo electrónico: CONSIDERANDO: p oced endo a a Reso uc ón de as Ó denes de Comp a susc a y a co espond en CONSIDERANDO: CONS DERANDO c a n e nac ona y d ése o n e nac ona as como sus d e enc a es de p ec os pa a ene Ga oey03 na Ba ecualquier –one o 2022 25 de abrileldemargen 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0135/2022 de 26 de abril sus antecedentes, @ m m pág establece minorista yinternacional, aporte al fondo de conversión, para marzo de 2022; el Informe INF - e de 29 2022 nMa ovigente me Lega UG N 0209 2022 de 31 de ma ode deo2022; 2022 dm po one ega ela CONSIDERANDO: CONS DERANDO La pe a é n a pod án e e abada en a na web de a Agen a Na ona de procediendo a la Resolución de las Órdenes de Compra suscrita y al correspondiente normativa aplicable y todo lo demás que se tuvo presente. cial internacional diésel oíl así como sus diferenciales de precios, para enero infocontrataciones@anh.gob.bo, consulta o información comunicarse al número telefónico DRE UPTC 0065 2022 de 02 de ma o de 2022 eña a e p e n e na ona de GNV d en a DRD-URGN 0061/2022 de 25 de abril de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0135/2022 de 26 Que e D S N 1436 de 14 de d emb e de 2012 Reg amen o a a Le 264 de 31 de u o de 2012 La e pe a one é n a pod án e e abada en a pág na web de a Agen a Na ona de procediendo a la Resolución de las Órdenes de Compra suscrita y al correspondiente CONSIDERANDO: cial internacional y diésel oíl internacional, así como sus diferenciales de precios, para enero Gasolina Base –d2022 Marzo 2022. eg s2022 o2823. en e S COES orecabadas seña ala epágina sosaplicable gu en e03 o infocontrataciones@anh.gob.bo, consulta ome información comunicarse al número telefónico de ocualquier me NF DRE UPTC 0004 2022 de 03 de ene o de 2022 seña aestablece: ppec de abril de 2022; sus antecedentes, normativa vigente yde todo loNacional demás que tuvo Q Ao Ccon Po E m CONSIDERANDO: Las especificaciones técnicas podrán ser en web de la Agencia Nacional de eg en S COES con me o seña a enpágina gu en ecuad cuad o normativa aplicable vigente y-uena todo lo demás que se tuvo presente. de n oe365 me NF DRE 0004 2022 de de ene oGNV de 2022 seña aeese ecoema o Na ona de Segu adm n ae an omarzo aUPTC e egu a o ap ab ee Que el 365 de la Constitución Política del Estado, promulgada 09 febrero de 2009, DRE -especificaciones UPTC 0065/2022 de 02 de de 2022, señala el precio internacional del y diferencial H aArtículo bu o www anh gob bo oo eue ola ada a e e ey ón oella 2434000 internos 2818 yde Las técnicas podrán ser recabadas en la de Agencia Q A C PaUPTC E m de pdo es ne econforme ona pa ma o de 2022 ooode me Lega NF D UG N09 N 0133 2022 registro en el SICOES logob señala el siguiente cuadro: de 2022; el Informe -anh 0004/2022 03 de enero de 2022, señala elón precio de S dad C udadana eña a La Agen a Na ona de H d o a bu o Que e A owww de alo Con ón Po a de Eeo ado pde omu gada e 09 de eb etuvo oáde 2009 H o aoINF bu o bo oene o ada a eo eweb ón 2434000 internos 2818 yue 2823. de abril de 2022; sus antecedentes, laaapa normativa aplicable vigente lo demás que se Que el Artículo 365 la Constitución Política del Estado promulgada el 09 febrero de 2009, establece: de eaon n eu-DRE nac ona a o de 2022 eo n o me NF DRE UPTC 0005 2022 de registro en el SICOES conforme señala el siguiente U m m m03 de 2022; el Informe INF DRE -de UPTC 0004/2022 de 03 enero de 2022, señala el precio Que Con un ón Po a de E ado ude ALegal u 365 e me ab e eo Una n au ade Que e u o@anh 365 Con u ón Po aa de E ado ptodo omu gada de eb eo oyde de 2009 Que el Artículo 365 de la Constitución Política del Estado, promulgada el 09 febrero de 2009, establece: presente. Hidrocarburos www.anh.gob.bo o ser solicitadas al correo electrónico: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica económide e ue e nac ona pa a ene o de 2022 eo n o NF DRE UPTC 0005 2022 03 CONS DERANDO Que el Artículo 365 de la Constitución Política del Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, establece: Que a Con ón Po a de E ado en u A ucuadro: on 365 ede ab eomun e Una neauy u ón au áequ qu ade de de precio internacional, para marzo de 2022; el Informe INF-DJ-UGJN Nº 0133/2022. n owww.anh.gob.bo a aA one gob bo ua qu een on u oo ma ón ae e núme ea ón o CONSIDERANDO: Que, el Artículo 365 de la Constitución Política del Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, U mn m m Hidrocarburos oenero ser solicitadas al correo electrónico: R R Ny eg a á o eh u o au omo o e que e en uen e en e o o na ona pa a a a gna ón e ab e e Una n u ón au á qu a de de e ho púb on au onom a de ge ón adm n a n o on a a one @anh gob bo ua qu e on u a o ma ón omun a a núme o e e ón o del jet fuel internacional, para de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0005/2022, de 03 “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica económiCONS DERANDO Que la Constitución Política del Estado, en su Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de Que, el Artículo 365 la Constitución Política del Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, M m presente. de ho púb o on au onom a de ge ón adm n a a é n a e onóm a ba o a u ón de R R N de ene o de 2022 a avés de cua se es ab ece e ma gen m no s a y apo e a ondo de e ab e e Una n u ón au á qu a de de e ho púb o on au onom a de ge ón adm n a a NUMERO DE CAUSA m “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica económidel jet fuel“Una internacional, para enero de 2022; el Informe INF-DRE-UPTC 0005/2022, Los interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Estado, en Artículo 365 establece: “Una institución autárquica de infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta oserá información alal número telefónico ca, bajo la del Ministerio del ramo, responsable de regular, supervisar fiscalizar CONSIDERANDO: 2434000 n e no 2818 2823 de e ho púb o on au onom asu de ge ón adm acomunicarse a ée de n acontrolar, eno onóm ay ba ode u ondo ón de “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica yapo económide ene o de 2022 a avés de cua se es ab ece eDE ma gen m sadministrativa, a yyMON ea a03 deque a de Au o den a ón – TAG que pe m á a ome a a ón de ombu b e NUMERO DE CAUSA m M m AN Los interesados presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica RA ÓN SOC A ECHA DE MON OO REPRESENestablece: institución autárquica de derecho público, con autonomía gestión administrativa, infocontrataciones@anh.gob.bo, cualquier consulta comunicarse número telefónico CONS é deberán n asDERANDO etuición onóm a ba o a u ón de M ninformación e oNn de amo áORDEN e pon ab e de aydel on o oade de alas E 2434000 n e no 2818 2823 ca, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar fiscalizar AN derecho público, autonomía de gestión administrativa, yamo económica, bajo la RA ÓN Adel ECHA m REPRESENNoegu DE DE A de enero de 2022, a través del se establece el margen minorista aporte al fondo de ANH A O E CeC m E C establece: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de gestión M n e o de amo e áviernes e pon ab e de a on o ae upe ay aestablece: atuición aegu a dade NUMERO DE CAUSAL yca, económica) hasta horas 16:00 del día 29 de octubre de 2021 por ventanilla de écon n a eSOC onóm aecual ba o a u ón de M n etécnica o de áúnica e pon ab ela de egu a on ade conve ón pa a ene o de 2022 bajo la tuición del Ministerio ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidro2434000 internos 2818 y 2823. derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica y económica, bajo tuición del N ORDEN DE DE A de enero de 2022, a través del cual se establece el margen minorista y aporte al fondo de ANH A O N E m E C EGA SUSCR PC ÓN BS Que a Con u ón Po a de E ado en u a u o 365 ab e e Una n u ón au á CONSIDERANDO: M n e o de amo á e pon ab e de egu a on o a upe a a a a a dade NUMERO DE CAUSAL y económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre de 2021 por ventanilla única de ca, bajo la tuición del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar TANTE RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO Que, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su artículo 365 “Una institución m conve s ón pa a ene o de 2022 CONSIDERANDO: Que e A u o 365 de a Con u ón Po a de E ado p omu gada e 09 de eb e o de 2009 técnica ydel bajo tuición Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, 2434000 internos 2818 yresponsable 2823. EGA upe a atuición a Av. adel ade dade de oda asupervisar adena p pÓN odu haha aregular, aactividades ndu ahidroade en e PC BS en oda a E a one de Se o de pa Lo eh u o au omo o e debe án on a de COMPRA RESO ÓN @ TANTE RAZÓN SOCIAL FECHA DE MONTO las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco la política estatal de NIT ORDEN DE LA correspondencia de la ANH ubicada en la 20 Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck m Ministerio ramo, de regular, controlar, ya fiscalizar las oda a adena pla odu a ha a a ndu a aramo, ón en e ma oy de aaCOMPRA po a ee“Una andu aDE de oón a UC o técnica yeconómica, económica, bajo la del Ministerio del será responsable de controlar, conversión, para de 2022. upe a aproductiva alaán a a dade de oda aSUSCR adena odu a a ahone ade en e PROP E AR Ondu RESO UC ÓN @ actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en elN marco de la política estatal de carburos conforme con NIT ORDEN LA correspondencia de ANH ubicada en Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Campos, Edificio Csapeck LEGAL SUSCRIPCIÓN BS CONSIDERANDO: del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar fiscalizar las Lo no ede ado debe pon e en ao u peaproductiva e one de e éa pde aactividades a n qu alaenero de epo ho púb oley.” au onom a de ón adm nde é17 n aBS aa ba ooón oda aserá adena p odu a ha aautonomía a ón en e ma de a po e ao aDE de hd abu Que, la Constitución Política del Plurinacional de Bolivia en su artículo 365 establece: las actividades de toda la cadena hasta la industrialización, en el marco de la política estatal mela autárquica derecho con de gestión administrativa, técnica ya económica, bajo la tuición conversión, para enero de 2022. Que el Artículo 365 de la Constitución Política Estado promulgada el 09 de febrero de 2009, PROP E AR O Que A u oeley”. 9 89 a Le de H d a bu o 3058 de 05 2005 einstitución pa ág a oé de e ab e Una nEstado upúblico, ón au áahtoda qu adel de ho púb o au onom ade de ge ón adm n LEGAL supervisar ycorreo fiscalizar las actividades de toda la cadena hasta industrialización, en eldde SUSCRIPCIÓN COMPRA RESOLUCIÓN ma de a a a ade de bu oeconsiderando on o me on anon eoDE oMinisterio asupervisar través del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes Lo ne e ede debe án p e en ao ubu eoge p eEsq. one e éaspectos: popue opue aonóm o one ébu naaoa oa ma ob ga o a on a E que a de Au o den a ón – TAG de a ue do a eg amen a ón a hidrocarburos conforme con la on o me on a toda la productiva hasta la en el marco de laCOMPRA política hidrocarburos yQue, fiscalizar las actividades de la cadena productiva hasta la industrialización, en el PROPIETARIO RESOLUCIÓN ma oDERANDO de aado po aindustrialización, e aGABY de hd de ade oPlurinacional on o me on anBolivia ela o a través del electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, siguientes aspectos: carburos conforme con la ley.” CONS e onóm a ha aeLey ho aasus 16 00 de d e ne 29 de oc ub de 2021 po en an a ún aoa de Los interesados deberán presentar de interés (propuestas/cotizaciones técnica aon ón de M nha oN de amo á04 e pon ab eocontrolar, de egu ade on upe ade aadel aaestablece: o me on a e toda lacadena cadena productiva hasta industrialización, el marco de la política estatal de hidrocarburos del del ramo, será responsable de supervisar ypon fiscalizar lasde actividades de toda hidrocarburos conforme con la ley”. autárquica de derecho con de gestión administrativa, técnica yestatal económica, bajo la tuición PROPIETARIO la Constitución Política del Estado en su artículo 365 A u9 18 de a Le 100 de 04 2011 A u olos 5 de De eade o Sup emo Na ona ón Que los Artículos ypúblico, 89 la de Hidrocarburos N° de 17/05/2005, el2021 parágrafo III establece: “Una institución autárquica de derecho público, con autonomía de administrativa, DERANDO onóm aautonomía ho a 16 00 de daen aregular, ee ne 29 de ocde eo po en an ún de da po a Agen a Na ona de H d o a bu o marco de la política estatal de hidrocarburos conforme la ley.” e em La p me a e que a e á o o gada de Los interesados deberán presentar sus expresiones de interés (propuestas/cotizaciones técnica éCONS nueeMinisterio ao e onóm ala ba o a uexpresiones ón de M ncon e3058 de amo eub áe egestión ab e egu on a Q Nade mada … mC ma N D m C m m GABY conforme con la ley”. marco de la política estatal de hidrocarburos conforme con la ley.” Que la Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio continuidad establece: “…obliga a que o ponden a de a ANH ub en a A 20 de O ub e N o 2685 E q Campo Ed o ape MENDE BECERRA M ENKA CONSIDERANDO: y económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre de 2021 por ventanilla única de a a dade de oda a adena p odu a ha a a ndu a a ón en e ma o de a po a m m N D m C m m Q N m … conforme con la ley”. la cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidrocarburos conforme del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, supervisar y fiscalizar las actividades de toda GABY N 28701 de 01 05 2006 eaM De eel oo28 Sup emo N 29814 de 27 11 2008 u mod aa one etécnica Aga Que, la yLey Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia su artículo 365 Que aENKA Le N 3058 de 17 de ma de 2005 ob eDecreto e1994 pcontinuidad neen p2021 odebidamente de on nu dad eestablece: ab e easatisfacer Artículo 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, Artículo 520 del Supremo de Nacionalización “Una autárquica de derecho con autonomía de gestión administrativa, oabastecimiento einstitución ponden atuición de a ANH ub ada en apúblico, A de O ub N oANH 2685 E q Campo Ed o…ob C ape ANH OC mane a g a u a m ma que debe á man ene e en buen e ado pa a u buen un onam en o m MENDE BECERRA ENKA CONSIDERANDO: y económica) hasta horas 16:00 del día viernes 29 de octubre de por ventanilla única de m técnica económica, bajo la del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, upe a a a a dade de oda a adena p odu a ha a a ndu ón en e Que med an e Le N 1600 de e ha de o ub e de e ea e S ema de Regu a ón Se o Que la N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio de señala: “…obliga a que Incumplimiento 1. Nota dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación GABY M GABY MENDE el de los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren la Que a Le N 3058 de 17 de ma o de 2005 ob e e p n p o de on nu dad e ab e e …ob ga OC m o a a é de o eo e e ón o n o on a a one @anh gob bo on de ando o gu en e a pe o Que la Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga a que Que med an emayo Le N de e ha 28 de o ub de 1994 esus ea ede S 17 ema de Regu aede ón Seen ooo de pé d da de e o o o obo a o e p op e a o de eh u o au omo o debe á a um e m m correspondencia de la ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Esq. Campos, Edificio Csapeck eau a aRESE de hde dMILENKA o a bu oe on o me on ade e MENDEZ BECERRA con la ley”. Que os Aaba cu os 9la y1600 89 de a Ley H d oca bu os NEsq. 3058 05 2005 e pa ág asuIncumplimiento 1. Ley Nota dirigida a la Dirección de Tecnologías de Información ye Comunicación debidamente Que lainstitución Ley N° 3058 de 17 de 2005, sobre el principio de continuidad señala: “…obliga aregular, que el abasla cadena productiva hasta la industrialización, en el marco de la política estatal de hidrocarburos conforme P m m m M ENKA GABY MENDE o 5 de De e o Sup emo N 28932 de 20 11 2006 a D po ón Ad ona Segunda De e que e e m en o de o h d o a bu o o e o de an po e d bu ón egu o a a é de o eo e e ón o n o on a a one @anh gob bo on de ando o gu en a pe o En a N° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 y modificaciones, el Artím m m m m m m m Que, la N° 3058 de 17 de mayo de 2005, sobre el principio de continuidad establece: “…obliga y económica, bajo tuición del Ministerio del ramo, será responsable de controlar, “Una autárquica de derecho público, con autonomía de gestión administrativa, técnica correspondencia de la ANH ubicada en la Av. 20 de Octubre Nro. 2685 Campos, Edificio Csapeck 4916283018 19/11/2021 ANH/OC-156/2021 24.432,16 en el plazo de a S u o ob o e egu a on a upe a oda a a dade u e a a u u firmada. MENDEZ BECERRA MILENKA Que os A cu os 9 y 89 de a Ley de H d oca bu os N 3058 de 17 05 2005 e pa ág a o el abastecimiento de los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren satisfacer la BECERRA ma o de a po a e a a de h d o a bu o on o me on a e supervisar y fiscalizar las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, en el Que mediante Ley Nº 1600, de fecha 28 de octubre de 1994, se crea el Sistema de Regulación SectoP m m m demanda del mercado interno de manera permanente ecrea así como el cumplimiento deuNa los que e1600, aba e m en o28 de oservicios h transporte dsobre ade bu omm e de an po emdade d bu ón egu en MILENKA GABY el abastecimiento de los hidrocarburos yfirmada los de transporte yininterrumpida, distribución, satisfacer la Que, laArtículos Ley N° de 17 de mayo de principio de continuidad establece: “…obliga m3058 m m moalos 4916283018 ANH/OC-156/2021 24.432,16 en el plazo aaa SNº RESE u o ede o e2005, aon on adistribución, upe aoaseguren oda aaseguren am uSectoegu ade a de u firmada. PaMENDEZ Eob m m mel o del correo electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando siguientes aspectos: BECERRA Que mediante Ley de fecha de octubre 1994, se el Sistema Regulación tecimiento de los hidrocarburos yde los servicios de yno satisfacer la demanda de A cu o 18 de a Ley N 100 de 2011 A cu 5 de Dec e o Sup con la ley”. Que los 9 89 de la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005, el parágrafo ocorreo Sup emo 2242 de 07 01 2015 a19/11/2021 Re oo04 u04 ón n a ANH ULGR N 0023 a ey demanda me ado eservicios no de mane aeab pe manen eRAR e ne nS ump da aemo entrega 2. Propuesta Técnica debidamente yegu numerada. o2015 oNa de a epo ón de a e que a V La e a one de e o pa a a en a de ombu b e MILENKA GABY MENDEZ culo 5 del Decreto Nº 28932 de 20/11/2006, la Disposición Adicional Segunda del Decred ón ompe en a eLey A u o 10 de d ha ma e3058 e emanen omo a bu one a enomo e de a que elel abastecimiento de los hidrocarburos y100 los de transporte yomo aseguren PN E m m m mAdm oa através través del electrónico: infocontrataciones@anh.gob.bo, considerando los siguientes aspectos: Que aSupremo Le N 1600 de 28 de ome ub ey de 1994 ea ema de Regu pervisar ytuición las actividades de toda la cadena productiva hasta la industrialización, enea el demanda del mercado interno manera permanente e04 ininterrumpida, así como cumplimiento de los ymarco económica, bajo la del Ministerio del ramo, será responsable de regular, controlar, suSERV C OS de A cu odebidamente 18 de Ley N 04 2011 e A cu odistribución, 5el de Dec e o Sup emo rial (SIRESE), cuyo objetivo es regular, controlar todas las actividades sujetas a su juriscontratos de exportación”. Que los Artículos 9 89 de la de Hidrocarburos N° de 17/05/2005, el parágrafo BECERRA de la política estatal de hidrocarburos conforme con la ley”. a a eyfiscalizar aBECERRA demanda ado nde no de mane a pe ede ecumplimiento n ne e ump da ade ea entrega 2. Propuesta Técnica firmada yde demanda del interno de manera permanente ede ininterrumpida, así como el de los d ón ompe en a ea A u de ha no ma e ab eactividades e a bu a gu enomo e a que abastecimiento de los hidrocarburos ypo los servicios de distribución, aseguren E X Que el artículo de la Ley N° 3058 17 de mayo 2005, Ley Hidrocarburos, señala que la SuperintenSERV C OS del mercado interno de manera e ininterrumpida, así como cumplimiento de los contratos rial (SIRESE), cuyo objetivo es regular, controlar ysupervisar todas las sujetas a su juris3.Artículo Propuesta Económica debidamente ynumerada. numerada. cmercado zac ón N 28701 de 01 05 2006 e Dec e Sup emo 29814 de 27 2008 y de 13 2015 e pa ade o de a10 D ón Ad ona Segunda De eone o Sup emo N 2049 ump m en de od on a e a ón III del 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, el Artículo 5el del Decreto Supremo de Naa pe on a eg amen a ón em da po a Agen a Cump ha eo ump a p e en eo e asupervisar no ma ega etransporte e ola eyN ulas eg amen o11 ael egu EQU PAM EN O EN mdamen mando No a gág da a enorma ón de Te no og aeo de nde op ón Comun ón deb eaona púb a o p ada debe án ump to Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 ón Se o aeo24 Spermanente RESE uofirmada oaD ob e o2006 epo egu ade ade upe aon oda a aacomo satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e así E X contratos de exportación”. marco de la política estatal de hidrocarburos conforme con ley”. dicción y3.Artículo competencia, el Artículo 10 de dicha establece como atribuciones siguientes: “a) Propuesta Económica firmada numerada. caona ona zac ón N 28701 de 01 e Dec Sup N 29814 de 27 11 2008 ysus sus pervisar yde fiscalizar las actividades de toda la productiva hasta la industrialización, en el Que a01 Le N 3058 de 17 ma de 2005 ob eon p oaDecreto de dad eña a …ob ga ump m en de od on a o de ede po a ón ARQU SERVICIOS IIIsatisfacer del 18 de la Ley Nº 100 de 04/04/2011, el Artículo 5n del Supremo de NaCump ha a pde e en e05 eycadena a no ma ega eoN e oma aOC e unu eg amen odade a egu ando contratos exportación”. EQU PAM EN O EN mdamen m No adebidamente go(Agencia da D eo ón de Te no og aooo nininterrumpida, oemo ma ón Comun acomo ón deb e de H d o a bu o En a o de n ump m en o e án u e a a a an one adm n a dencia de Hidrocarburos Nacional de Hidrocarburos -en ANH), es el Ente Regulador de las actividades la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así el E m m exportación”. dicción y competencia, el Artículo 10 de dicha norma establece como atribuciones las siguientes: “a) N ORMA CA Yump ANH FELIX de 02 07 2014 a Re u ón M n e a de M n e de H d o a bu o Ene g a N 188 14 de Q N m m m mod ficac ones e A cu o 5 de Dec e o Sup emo 28932 de 20 11 2006 a D spos c ón Que el artículo 24 de la Ley N° 3058 de 17 mayo 2005, Ley de Hidrocarburos, señala que la SuperintenARQU Na ona SERVICIOS a o e a ap a ón de u p n p o po a ob e mada cionalización N° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 y sus u e a a u u d ón ompe en a en e ua e e uen an a a dade e e da de 13/01/2015, el parágrafo I de la Disposición Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2049 cumplimiento de los contratos exportación”. QU H Que el Artículo 24 de laN Ley N° 3058, señala la Hidrocarburos del Sistema de Regulación Cumplir yLey hacer cumplir la presente las normas legales sectoriales yNde sus E mo m EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento 1. Nota arefinación, la Dirección de Tecnologías de Información yde Comunicación debidamente N ORMA CA Ye OCde FELIX mod ficac ones A cu ode 5Hidrocarburos de em o Sup emo 28932 20 11 2006 D spos cdónpue a en d ha eg amen a ón Q mabu m que edirigida eP m en oaley, de oSBER dTecnologías osobre bu oSuperintendencia o e o an po eReso dasegurando apor egu a o eaba aSegunda ap ala ón de unlas p no pH oaDec po a ob ede marco de la política estatal de hidrocarburos conforme con la2005 ley”. mada m cionalización N° 28701 de 01/05/2006, el Decreto Supremo N° 29814 de 27/11/2008 yadesus E ECOMUN CAC de comercialización de derivados yreglamentos, distribución de gas natural redes. Que la N° 3058 de 17 mayo de 2005, el principio continuidad señala: “…obliga a cumplimiento de los contratos de exportación”. QU SBER Cumplir hacer cumplir la presente ley, legales sectoriales sus reglamentos, asegurando EQUIPAMIENTO EN Incumplimiento m m m Ala Oón V 1.y Hidrocarburos Nota dirigida a de Información yANH Comunicación debidamente 11 09 2014 e De e o Sup emo N 28 01 ayes Re oy ueEnergía ón ma de D e o dencia de (Agencia Nacional de -m ANH), elde Ente Regulador de las actividades Ad ctransporte, ona de Dec ehnormas Sup N 2242 de 07 2015 aNo uc ón Adm n soade aen opue Té adel deb damen eproductos mada nume ada En caso de presentación través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser a24 e o de hTARQUI d oONES aDirección bu om ome éndo aemo ade egu aes one e01 ab da en abu euc pe a m INFORMATICA Y 6025811018 ANH/OC-0147/2021 19.800,00 en el plazo E ECOMUN CAC ONES de 02/07/2014, la Resolución Ministerial Ministerio de Hidrocarburos 188-14 Que a Artículo través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco normativo que Sectorial (SIRESE) Agencia Nacional de Hidrocarburos), el Ente Regulador de las actividades de modificaciones, el Artículo 5 del Decreto Supremo Nº 28932 20/11/2006, Disposición TARQUI la correcta aplicación de sus principios, políticas y27993 objetivos.” firmada. m m m Ad O V C S Que 24 de la Ley N° 3058 de 17 de mayo 2005, Ley de señala que Ad c ona Segunda de Dec o Sup emo N 2242 de 07 01 anatural Reso ón Adm nctarifas Que e A u oULGR 24 de a Le N 3058 eña a a mada Supe enden ay de H o o de S ema de P opue a n ae deb damen ea nume ada QUISBERTH Que el de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de Regulación alaQue eaArtículo acomercialización demanda de me n04/11/2021 e no de mane ande pe manen e eEnte nHidrocarburos, nRegulador: eN° ump da ade ea En de presentación aC través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser Asimismo, en su 25, inciso determina las atribuciones del “Aprobar Ya 6025811018 04/11/2021 ANH/OC-0147/2021 19.800,00 el plazo de modificaciones, el 5(ahora del Decreto Supremo Nº 28932 de 20/11/2006, la Disposición Que acaso través de Ley 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso el marco normativo que m m m A D que elINFORMATICA abastecimiento de los hidrocarburos yf), los servicios de transporte distribución, aseguren la correcta aplicación sus principios, políticas y objetivos.” Se oartículo mpue o Na ona eado N 102100000026 de epa ha 16 de d emb een de 2021 eredes. De e o firmada. debidamente escaneados. Que ael Le N 3058 de eTé ha 17 de ma o de 2005 uestablecer A u o2015 24 En ea Regu ado de eomo msona na P atransporte, E onóm a deb damen e mada nume ada TELECOMUNICACIONES entrega de transporte, refinación, de productos derivados yen distribución de gas por redes. S va RAR ANH N 0023 2015 de 13 01 e ág a de D spos cde ón Ad no ma ealmacenaje, o auopue eartículo eN° A o de a Le N17 3058 eña aentre a2015 Supe nde enden a de H d ogas a bu oO S ema de QUISBERTH transporte, refinación, comercialización de productos derivados ypa distribución natural por AsiES mde permita la producción, comercialización yamada mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, 11/09/2014, el Decreto Supremo Nº 27993 de 28/01/2005, la Resolución de del Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de 07/01/2015, la Resolución Administrati2.la Propuesta Técnica debidamente firmada y(Agencia m m m A Da O Que a Re o u ón Adm n a a RAN ANH D N 11 2019 de 6 de un o de 2019 que ap ueba debidamente escaneados. Que a Le N 3058 e ha de ma oynumerada. de 2005 en unume u oo16 24 En e Regu de eEn na Regu a ón Se oo24 a3058, Sa RESE aho a Agen a Na ona HA dNormativa o aón bu oOrigen e e En eado Regu ado de P opue E onóm a deb damen e07/01/2015, ada TELECOMUNICACIONES la Superintendencia de Hidrocarburos Nacional de Hidrocarburos -entrega ANH), es el Ente Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), es elReglamento.”. Ente Regulador de las actividades de va RAR ANH ULGR N 0023 2015 de 13 01 2015 eRegu ág a o de aDirectorio D spos ca ón Ad cm ona para las actividades reguladas yemo fijar precios conforme ump m en o de on a o de e po a ón ES m m permita producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos de Vegetal, con C – S Que el artículo 24 de la Ley N° 3058 de 17 de mayo de 2005, Ley de Hidrocarburos, señala que que a Supe n enden a de H d o a bu o de S ema de a Se o a S RESE e e e Sup emo N 29629 de 02 07 2008 e De e o Sup emo N 29032 de 02 2007 e De e o Sup emo Adicional Segunda del Decreto Supremo N° 2242 de la Resolución AdministratiQue, el Artículo 24 de la N° señala la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de 2. Propuesta Técnica debidamente firmada numerada. satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el Asimismo, en su artículo 25, inciso f), determina entre las atribuciones del Ente Regulador: “Aprobar tarifas Segunda de Dec e o Sup N 2049 de 02 07 2014 a Reso uc ón M n s e de M n seamen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Combu b e B S SA e a Regu a ón Se o a S RESE aho a Agen a Na ona de H d o a bu o e e En e Regu ado de mismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, encontrándose entre éstas aprobar con la 3. finalidad deaasustituir gradualmente laproductos importación de Insumos y ema Aditivos, ya Diésel Oíl, precautelando Servicio de Impuestos Nacionales Nº 102100000026 de fecha 16 de diciembre de 2021, el Decreto Es dec sfecha ón es áan ampa ada en as ecomendac ones de os nuc o mes de D scon o m Que la Ley N° 3058, de 17 de mayo de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina m Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. C – S va RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 de 13/01/2015, el parágrafo I de la Disposición Adicional e Reg que a Supe n enden a de H d o a bu o de S ema de Regu ón Se o a S RESE e e En a dade de po e e na ón ome a a ón de p odu o de ado d bu ón de Que, el Artículo 24 de la Ley N° 3058, señala la Superintendencia de Hidrocarburos del Sistema de transporte, refinación, comercialización de derivados y distribución de gas natural por redes. AsiES conforme: Que e n o de A u o 10 de a Le N 1600 de S de Regu a ón Se o a — S RE Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados Segunda de Dec e o Sup emo N 2049 de 02 07 2014 a Reso ón M n s e a de M n RMADO C A EXANDER B SMARK BEN E AN E O COMO D REC OR DE ECNO OG AS la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos, y Diésel Oíl, precautelando la Regu ado de a a dade de an po e e na ón ome a a ón de p odu o de ado N 29049 01 03 2007 e ab e en e ma o no ma o ap ab e a a ón de p e o po pa es Es ade dec senergética ón es á2021 ampa ada en as ecomendac ones de os nde o mes de D scon o m Que la Ley N° 3058, fecha 17 de mayo de 2005, en su Artículo 24º (Ente Regulador) determina Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), es el Ente Regulador deCom 3. Propuesta Económica debidamente firmada y numerada. la Superintendencia de Hidrocarburos (Agencia Nacional de Hidrocarburos -aprobado ANH), es el Ente va RAR-ANH-ULGR Nº 0023/2015 de 13/01/2015, el parágrafo Ido de la Disposición Adicional para las actividades y098 fijar precios conforme a Reglamento.”. tarifas para las actividades reguladas yUAD fijar precios conforme al Reglamento. ao areguladas dade de an po edel e na ón ome a aoe09 ón de p odu o ado dDecreto buán ón de cumplimiento de los contratos de exportación”. e H d oca bu os y Ene g a N 188 14 de 11 2014 e Dec e o Sup emo N 27993 ES conforme: la seguridad alimentaria y con soberanía. que la Superintendencia de Hidrocarburos Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) es el Ente Supremo N° 29629 de 02/07/2008, el Decreto Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el Decreto Supremo RMADO C A EXANDER B SMARK BEN E AN E O COMO D REC OR DE ECNO OG AS dad DAF UAD y DAF 081 2021 em dos po e Responsab e y o s ón b e E p e en e Reg amen o e de ap a ón ob ga o a pa a oda a E a one de Se o Regu ado de a a dade de an po e e na ón ome a a ón de p odu o de ado ga na u a po ede A m mo en u A u o 25 de m na a a bu one de En e Regu En a o de p e en a ón a a é de o eo e e ón o umen o men onado debe e Segunda del Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del MinisQue, el artículo 47 del Reglamento de Distribución Gas Natural por Redes por el SupreDE N ORMAC ON Y COMUN CAC ON Regulación Sectorial (SIRESE) (ahora Agencia Nacional de Hidrocarburos), es el Ente Regulador de SE eña a que e En e Regu ado debe ea a o a o que ean ne e a o pa a e ump mismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, encontrándose entre éstas aprobar Q A A N H yALEXANDER distribución de gas natural por redes. Asimismo, en su artículo 25, inciso f), determina entre las e oactividades de H dpde oca bu os y Ene gSistema a N 188 14 de 11 09 2014 e Dec empues oe Regu Sup emo N 27993 Esta decisión está amparada en las recomendaciones de los Informes de Disconformidde bu ón de ga na u asoberanía. po ede en u Acomercialización u25 o 25 Am bu one de En ado eña a seguridad alimentaria energética con Que a a é a Le N 1098 de 15 de ep emb e de 2018 e d pu o e ab e e e ma o no de En eyORMAC Regu ado que la Superintendencia de Hidrocarburos del de Regulación Sectorial (SIRESE) es el Ente las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y distribución de dad DAF UAD 098 2021 y DAF UAD 081 2021 em dos po e Responsab e y o Com s ón ga na u a po ede A m mo en u A u o de e na a a bu one de En e Regu ado En a o de e en a ón a a é de o eo e e ón o o do umen o men onado debe án e Regulador de las de transporte, refinación, de productos derivados Segunda del Decreto Supremo N° 2049 de 02/07/2014, la Resolución Ministerial del Minis28 01 2005 a Reso uc ón No ma va de D ec o o de Se v c o de os Nac ona es DE N ON Y COMUN CAC ON Q A A N H FIRMADO: LIC. BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS Regulador de las actividades de transporte, refinación, comercialización de productos derivados y N° 29049 01/03/2007, establecen el marco normativo a la fijación de por Esta decisión está amparada en las recomendaciones de los Informes de Disconformid bu ón de ga na u po ede A Reglamento. u o 25 bu de En eNº ado eña a pa a o ondu o e de eh u o mo o ado a2021 omo A gna ón de D po o de Au o deb damen e e aneado en on ándo eEnergía en e é aa ap oba ade aen pau aaplicable aa aec dade egu ada aLa p eRegu oparte on ouprecios me a de Recepc ón yEnte de os nprecios o mes Lega es DJ UGJN 0553 2021 yEmpresa DJ UGJN 0538 mo 1996, señala: “(Obligaciones yaA derechos adicionales con el usuario) Laoprecios Distribuidora podrá m en otravés de upe ela pon ab dade tarifas para las actividades fijar conforme al ANH O V mque las actividades de transporte, comercialización de productos derivados yde distribución de terio de Hidrocarburos y N° 188-14 11/09/2014, el Decreto que aN° Supe nreguladas enden a de H d o aelectrónico, bu end á gu en eA a bu one demá a de 28 01 2005 a Reso uc ón No ma va de D o o de Se vSupremo cSupremo mpues ona es atribuciones del Regulador: “Aprobar tarifas para las actividades reguladas yos fijar FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ ANTELO COMO DIRECTOR DE TECNOLOGIAS ma o que m ade a pyUAD odu ón ma ena e an po e ome aone a ón me a27993 de Ad oade de dad DAF UAD 098/2021 ytravés DAF 081/2021 emitidos por el Responsable Comisión Regulador de las actividades transporte, refinación, comercialización de productos derivados yaDec Que aRecepc de Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco normativo gas natural por redes. Asimismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, caso de presentación a del correo los documentos mencionados deberán ser deb damen em e aneado en on ándo eEnergía en e é a ap oba aode a pa a a a dade egu ada a p eseñala o on oden me ao Que, el artículo 47 Reglamento Distribución de Gas Natural por Redes aprobado por el Decreto SupreDE INFORMACION Y COMUNICACION ANH m Ao O V m de ón yrefinación, de os n mes Lega es DJ UGJN 0553 2021 yy/o DJ UGJN 0538 2021 Que parágrafo Idel del Artículo 7 de la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de Hidrocarburos N 102100000026 de 16 12 2021 e Dec e o Sup emo N 29629 de 02 07 2008 eNac e yEn distribución de gas natural por redes. Asimismo, en su artículo 25, inciso f), determina entre las terio de Hidrocarburos y N° 188-14 11/09/2014, el Decreto Nº 27993 distribución de gas natural por redes, yde en su Artículo 25º (Atribuciones del Ente Regulador), que a Supe n enden a H d o a bu o end á a gu en e a bu one La demá u ade Que a través de la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco nora ón E a en ega de n d po o RF D u o a e no og a pa a e a o de eh u o del Ente Regulador. Reg amen o establecer de conformidad al presente Reglamento, las obligaciones y derechos adicionales con el Usuario G D O m M dad DAF UAD 098/2021 y DAF UAD 081/2021 emitidos por el Responsable y/o Comisión em dos po a D ecc ón Ju d ca de a en dad gas natural por redes. Asimismo, en su Artículo 25 determina las atribuciones del Ente Regulador, a bu one que de en de a p e en e Le de a e onom a u d a gen e en e pa que ean En caso de presentación a través del correo electrónico, los documentos mencionados deberán ser DE INFORMACION Y COMUNICACION de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Servicio de Impuestos Nacionales Que el parágrafo I del Artículo 7 de la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de Hidrocarburos – Que ede n olos me Lega NF D UG N Nde 2022 de de ma o29629 de eña a aseñala a oeH aVegetal, one N 102100000026 16 12 2021 Dec e o Sup de 07 Dec e ado o permita laéstas producción, almacenaje, transporte, de Aditivos de Origen conforme a Reglamento.”. distribución de gas natural por redes, y en Artículo (Atribuciones Regulador), O gen Vege aInformes on a na dad de uee0133 uLe25º gcomercialización adua men ebuLa aque mpo aremitidas ón de nAditivos umo Ad oecen debidamente escaneados. encontrándose entre aprobar tarifas para actividades ymezcla fijar precios conforme Que ala Le 3058 de 17 de olas 2005 de H dreguladas o02 aemo oyN e29049 ab ea2022 eDistribuidora que afijar Supe n al en Reg amen oN de Recepción yEnte Legales DJ-UGJN 0553/2021 yEmpresa DJ-UGJN 0538/2021 G D O m M mo N° 1996, señala: “(Obligaciones yde derechos el usuario) podrá – ANH, determinará el precio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales se utilizarán para ser mezem dos po a D ecc ón Ju d ca de acon en dad Sup emo N 29032 de 16 02 2007 Dec e oone Sup emo N de 01 03 2007 es ab que la Superintendencia de Hidrocarburos tendrá las atribuciones: “j. Las facultades ES on o me a bu one que de en de asu padicionales e en e de a e onom adel d gen eal en e2008 pa mo oo que ad an en e o o na ona den a ón po Rad o F e uen a –RF D E de 28/01/2005, la Resolución Normativa de Directorio del Servicio Impuestos Nacionales atribuciones del Regulador: “Aprobar tarifas para actividades y02 precios en el ámbito de sus atribuciones yma competencias, las cuales deberán ser Ente Regulador para H A m m E m mque mativo que permita producción, almacenaje, transporte, comercialización yEnte mezcla de de Que aRecepción través de la Ley N° 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer elLas marco normativo que ne a pa aode e ade uado ump m en oimportación de ualas pon ab dade debidamente escaneados. encontrándose entre éstas aprobar tarifas para las actividades reguladas fijar precios conforme al ANH, determinará el de los Aditivos de Origen nacionales que se utilizarán para ser mezclados de de los Informes Legales DJ-UGJN 0553/2021 yuyereguladas DJ-UGJN 0538/2021 é a gua dan on o dan atendrá on aVegetal dsiguientes po ma a gen edemás o01 e pond endo eean 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo N° 29629 de 02/07/2008, el con la finalidad gradualmente la de Insumos yde Aditivos yde Diésel Oíl, precautelando la Sup emo N 29032 16 02 2007 e Dec e o Sup emo N 29049 03 es ab que la Superintendencia de Hidrocarburos las siguientes atribuciones: “j. facultades ES on o me den de H dal ade bu ode ho Agenda Na ona de H djurídica oos a bu opa En ade an e ANH eDecreto esean En eApo Reglamento. A m m E m m D éen eayaprecio O p1098 eDiésel au e ando a0133/2022 egu dad a men aeec ene gé ade on obe an aab establecer de conformidad presente Reglamento, las obligaciones yno derechos adicionales con el Usuario clados con las Gasolinas opa Oíl, sobre la base de la metodología a ser aprobada por el Ministerio de emitidos la Dirección Jurídica de la yNº atribuciones que deriven de la presente Ley y la economía vigente en el país que ne e a a esustituir ade uado ump m en o up epa pon ab dade una e no óg a que n o po a e u o de a op am en o e e omagné o o e e o á o en a eE ma co no ma vo cab e aentidad ade fien ac ón de po de En Regu ado Que a a é de a Le N 1098 de 15 de ep e de 2018 d pu odemás ee e e2007 eona ma o noecen A O V G D O su Que el Gasolinas Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº de 02 de marzo de 2022, las valoraciones Nº 102100000026 de 16/12/2021, el Decreto Supremo 29629 02/07/2008, el Decreto permita la por producción, almacenaje, transporte, comercialización mezcla de Aditivos de Origen Vegetal, conforme a Reglamento.”. Origen Vegetal, con la finalidad de gradualmente la importación de Insumos yla Aditivos, yma Reglamento. con las o Diésel Oíl, sobre la base de la metodología a ser aprobada por el Ministerio de Hidrocarem aa oalimentaria e pond en esustituir Re o u ón Adm n aemb ayN° ade apo a ón pEnte eel o ny na e ene seguridad yap energética con paprobación”. esen e ED CTO es b ado a cde udad de La Paz aeeseñala os 7apor d as de mes de o emitidos por la Dirección Jurídica de la entidad Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el Decreto Supremo N° 29049 de 01/03/2007, establecen O V G D O ES conforme: Regu ado en ede e o de h ddisposiciones o aón bu osoberanía. yen atribuciones que deriven la presente Ley yde de la economía jurídica vigente en país ye que sean e ma co no ma vo ap e a a fien ac ón de p ec os pa ede de En eas Regu Que a é de a Le Ncab 1098 15 de ep emb epo 2018 d pu oón e ab e eado ede o no Que, el artículo 47 del Reglamento de Distribución de Gas Natural Redes aprobado por elo de e pe o e e omagné o de ad o e uen a pa a den a de mane a UN VOCA el ámbito de sus atribuciones yacon competencias, las cuales deberán ser remitidas al Regulador para Hidrocarburos”. Asimismo el parágrafo II. establece: “El precio del combustible resultante de mezcla del F RMADO L C ALEXANDER B SMARK BEN TEZ ANTELO COMO D RECTOR DE TECNOLOG AS necesarias para el adecuado cumplimiento de sus responsabilidades.” ma o que pe m a p odu a ma ena e an e ome a me a Ad o po ón m m técnicas guardan concordancia las normativas vigentes, correspondiendo por ello Que e A u o 27 de a Le N 2341 e ab e e o gu en e A o Adm n a o Se on de a E p esen e ED CTO es b ado a c udad de La Paz a os 7 d de mes de ene con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos y Diésel Oíl, precautelando la Supremo N° 29032 de 16/02/2007, el Decreto N° 29049 de 01/03/2007, establecen ES conforme: buros”. el parágrafo II. establece: “El precio combustible resultante de la mezcla del Aditivo de Diésel Oíl, precautelando la seguridad alimentaria yuSupremo energética soberanía. m m Enorde año 2022 F RMADO L C ALEXANDER B SMARK BEN ANTELO COMO D RECTOR DE TECNOLOG necesarias para el adecuado cumplimiento de sus o que pe m ade a p odu ón ma ena efijación an po eprecios ome a aareferentes ón me ade de Ad o el marco normativo aplicable a la de precios por parte del Regulador. Que, aAsimismo través de la Ley N° 1098 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco Aditivo de Origen Vegetal con Gasolinas o Diésel Oíl, será actualizado en función los de DE NFORMAC ON Y COMUN CAC ON su aprobación”. Decreto Supremo N° 1996, señala: “(Obligaciones yocon derechos adicionales con el usuario) EmQue e pa ág a o10 de A ula o 7 de aaedel presponsabilidades.” eab Le ea ab eEnte eón La a Na ona dLa ootros aaAS Que u o 27 de afijación Le N 2341 e o gu en ee A ode Adm nde oenero Se on de de O gen Vege a on a na dad de ueada gTEZ adua men a mpo a n– umo Ad un ob E m Que, la Resolución RAR-ANH-ULGR N° 0174/2017 de 28 abril de 2017 resolvió entre n o me Lega NF DJ UGJN N 0001 2022 de 03 de ene oaAgen de 2022 conc uye que as aE oma adm n2022 a oAdministrativa oda de aciudad a ón d po ón de de a Adm n am ón Que e ALey u o de aOíl, Le N 3058 de 17 de ma de 2005 de H d oón bu oa e ab elos e-HPúb emitir la correspondiente Resolución Administrativa para la de internacionales. seguridad alimentaria yA energética con soberanía. El presente EDICTO es librado en de La Paz, los días del mes de de año Que el Artículo 7o de la precitada Ley, señala que la Agencia de Hidrocarburos ANH, determinará elea o an ma pe ona o un mo o ado La ANH den o de u a bu one de Con o ea POR TANTO Origen Vegetal con Gasolinas Diésel será actualizado en función aNacional los referentes de los precios internael marco normativo aplicable a la fijación de precios parte del Ente Regulador. Que, ainternacionales través de la N° 1098 de 15 de septiembre de 2018, se dispuso establecer el marco nor Que, el artículo 47 Reglamento Distribución de Gas Natural por Redes aprobado por el mo DE ON Y COMUN CAC ON FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK BENITEZ COMO DIRECTOR de O gen Vege on a“…la na dad de u u gaa men e7 mpo aen ón de nla umo Ad mativo que permita la almacenaje, transporte, comercialización yReglamento, mezcla de precios del barril de petróleo yestructura otros productos yPaz, subproductos que compongan mezcla. E n Lega NF DJ UGJN N 0001 2022 de de ene o de 2022 conc que a adm n aau o oda a a ón d po ón oa de ón de aTECNOLOGIAS Adm n aobligaciones ón Púb D eNFORMAC O p ede e ando a egu dad aANTELO men apor ene gé a on obe an a presa Distribuidora podrá de conformidad al presente las ya e aoNaa oaas a ón de ope a ón on nua de B S SA e ab e do en e p e en e Reg amen o Que el Artículo 27 de la Ley establece siguiente: “(Acto Administrativo). Se considera bu –odel ANH ea2341 m na áde ede puBENITEZ eciudad oloem de o o de O gen aDE na ona eprecio que euye ano án El presente EDICTO es librado en la de La los días del mes de aspectos, laproducción, aprobación de: de Costos de Excedentes enmezcla. instalaciones Internas de de am an e gene a oOrigen pa a da en eadua e o03 de a po e ad nenero a aGas oma p nme pproducción, o que gen aestablecer a dad pe o eAd a e en aDIRECTOR a7aVege an pa a aadm aAditivos dad au va oéo ac ones écn cas gua dan aque con as d spos c ones no ma vas vserá gen es co precio de los Aditivos de Vegetal nacionales se utilizarán ser mezclados con las Gasolinas cionales del barril petróleo yeN° otros productos yaconco subproductos que compongan la Este del año 2022. FIRMADO: LIC. ALEXANDER BISMARK ANTELO COMO DE TECNOLOGIAS mativo que permita la almacenaje, transporte, comercialización ya mezcla de Aditivos DE INFORMACION Y COMUNICACION Decreto Supremo N° 1996, señala: “(Obligaciones ydanc derechos adicionales con elG° usuario) La EmDde éIanu e O plas au ede ando a egu dad ade men aO aa ene gé apara on obe an a Que el parágrafo del Artículo 7 la precitada Ley, establece: “La Agencia Nacional de HidrocarQue Artículo 27 de la Ley N° 2341 establece lo siguiente: “(Acto Administrativo). Se considera de Origen Vegetal, con la finalidad de sustituir gradualmente la importación de Insumos y Aditivos y Este precio será fijado por entidades del sector hidrocarburífero, en el marco de sus atribuciones y la de an e gene a o pa u em da en e e o de a po e ad adm n a a no Que, la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR N° 0174/2017 de 28 de abril de 2017 resolvió entre otros ba o ond one ade uada pa a u un onam en o va o ac ones écn cas gua dan conco danc a con as d spos c ones no ma vas v gen es co El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0001/2022 03 de enero de 2022, concluye que las acto administrativo, toda declaración, disposición o decisión de la Administración Pública, tural Domiciliario y las tarifas Máximas, para las actividades de: 1) Tubería A° ¾” enterrado adicional con mada o d e ona ump endo on o equ o o ma dade e ab e do en a p e en e derechos adicionales con el Usuario en el ámbito de sus atribuciones y competencias, las cuales pa a e me ado on a Ga o na o D é e ob e a ba e de me odo og a a e ap obada on dad de o e o a egu ando a a e demanda de me ado n e ne de mane a del año 2022. espond endo po e o em a co espond en e Reso uc ón Adm n s a va Regu a o a pa a Que el Artículo 7 de la precitada Ley, señala que la Agencia Nacional de Hidrocarburos – ANH, determinará el POR TANTO: Diésel Oíl, sobre base lasustituir metodología amarco ser aprobada por el denormativa Hidrocarburos. E D eDERANDO otoda Esector eestablecer ulaprecio oona a de de a Agen a yel Na de oReglamento, aoMinisterio bu o 2022, de gnado med an e Re o eu en ón fijado por las entidades del hidrocarburífero, en de atribuciones y la vigente”. CONS DE INFORMACION Y COMUNICACION de Origen Vegetal, con la finalidad de gradualmente laH importación de yba Aditivos yab El Informe Legal INF-DJ-UGJN Nº 0001/2022 de 03 de enero de acto administrativo, disposición oaona decisión de la Administración Pública, Diésel precautelando la alimentaria energética con mada o d epo endo o od ma dade en a normativa vigente”. presa Distribuidora podrá de conformidad aladm presente las obligaciones CONS DERANDO buros –Oíl, ANH, determinará el de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán Que eM A u o a po eem ada Le eña que asus Agen Na ona de H bu o3) – ANH de aspectos, la aprobación de: “…la estructura de de Excedentes en instalaciones de Nade alcance general oN particular, emitida en ejercicio de la potestad administrativa, Le que p odu e u d o ob eon e nadicional ado Eon ga oInsumos oeconcluye edab gee edo eque enoruombu eQue eeaeaRe o u ón Adm n a a RA ANH D UL A N 124 2019 de 25 de u o de 2019 que Reposición de Cemento; 2) Tubería A°G° ¾ enterrado Reposición de Cemento; Tubería espond endo eo a co espond en e Reso uc ón Adm n s va Regu ay pode aA°G° valoraciones técnicas concordancia con las disposiciones normativas vigentes, cope manen eguardan e27240 ndeclaración, n7 ede da deberán remitidas al Ente Regulador para su aprobación”. po eema nser oeseguridad de Hump d19 aump bu oCostos A m mo eequ pa ág asoberanía. oasin eob ab e eInternas Ea poa oGas de bpa precio de los Aditivos de Origen Vegetal nacionales que se utilizarán para ser mezclados con las Gasolinas olas a fi ac ón de p ec os n e nac ona es Sup de 11 2020 en u o de a a u ade e da po Le de S ema Re Diésel Oíl, precautelando la seguridad alimentaria y energética con soberanía. Que e A u o 7 de a p e ada Le eña a que a Agen a Na ona de H d o a bu o – ANH de de alcance general ocumpliendo particular, emitida en ejercicio de la potestad norLe que pde odu e ede ua d oámbito orequisitos ob eResolución e adm nN° ado EG° ob ga oéa e gpa b eaestablecieron eepara u ua ab ado e ado malas na e p ela oela de Ad O gen Vege asobre na ona eestablecidos e oadministrativa, uoD án me valoraciones guardan con las disposiciones normativas copQ ee ume eg mo tural Domiciliario yu tarifas las actividades de: 1) Tubería A° ¾” adicional con ¾” Empotrado yooProcedimiento 4) aérea de A°G° ¾ 22 metros…”. mada o mezclados discrecional, con los y formalidades la presente derechos adicionales con el Usuario en el de sus yHidrocarburos. competencias, las para ser con las Gasolinas oTubería Diésel Oíl, sobre laatribuciones base de la metodología aprobada atécnicas fi ac ón de p ec npara e nac ona es rrespondiendo por ello emitir correspondiente Administrativa Regulatoria Que través de Ley Administrativo 2341 de 23 de abril de 2002, se lase e Manua pa a a Adm n a ón Ope a ón de S ema de n o ma ón de Come e an eáSe de aMáximas, aconcordancia de Ad ode de O gen Vege aana on Ga oque na eser O eacuales áe a Diésel Oíl, sobre la base la metodología ser aprobada por el Ministerio El Director Ejecutivo a.i. de Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución M H EE m m m gu oadicional a S os RESE N 1600 28 10 1994 Le de d oeenterrado aap oen Nvigentes, 3058 de 17 05 2005 CONSIDERANDO: ueba CONS DERANDO m na á ejurídicos p eme de oecon oadministrado. de O gen Vege a ona eH que ebu u obada a án pa epara me ado Qon M H m m m p eea7 ume eg mo mada o discrecional, cumpliendo los requisitos y formalidades establecidos en la CONSIDERANDO: aón Ga o na o D écorrespondiente Oenterrado eede aaprobación”. ba de me odo og aHidrocarburos a po e M e ap o de Que, Artículo de la precitada Ley, señala que la Agencia de – ANH, deLey, que produce efectos sobre el Es obligatorio, exigible, ejecutable se Reposición de Cemento; 2) Tubería A°G° ¾Ad adicional sin Reposición de Cemento; 3) Tubería rrespondiendo por ello emitir la Resolución Administrativa Regulatoria deberán ser remitidas al Ente para su por el el Ministerio de Hidrocarburos”. Asimismo el parágrafo II.aNacional establece: “El precio del combustible normas que laAdministrativa actividad administrativa el procedimiento administrativo del sector público. la fijación de precios internacionales. m m m R en un ón aregulan o ede en eN de oelob p o nyee na ona eed de de pe ó eo opresente oeyA°G° pnse odu Que, la Resolución RAR-ANH-ULGR N° 0174/2017 28 de abril 2017 no a gen eRegulador nomb eOde de E ado Bo ano Suprema N° 27240 de 19/11/2020, en uso las facultades conferidas por la Ley del Sistema de RePOR TANTO a ón Combu b e B S SA e ab e e E Manua e de ap a ón ob ga o a pa a oda mede mba m R on aa Ga o2341 na oade D éOrigen eseñala ob esobre anacionales ba e aNacional me odo og a aexigible, eade obada po n enaooón de - resolvió el Artículo 7 de la precitada Ley, que la Agencia de Hidrocarburos ANH, de H d oma bu oo Que eLey A u 59 DS 27113 eg amen o de de p o en on2002, adm nap a o–e eña a E Ley, produce efectos jurídicos sobre administrado. Es obligatorio, ejecutable yM terminará el precio de los Aditivos Vegetal que se para mezclados Que, mediante notas YPFB/PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021 youtilizarán GRGD-508 DGR-267/2022, la gerencia de presume legítimo.” ¾” Empotrado adicional yN 4) Tubería aérea de ¾ 22 metros…”. Que aotros Le N 23 de abA°G° de 2002 de P o ed m en om Adm oen eser ab ela que o laQue, fijación de precios internacionales. M m R M N Que aque través de la de Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de se establecieron las POR TANTO resultante de la mezcla del Aditivo de Origen Vegetal con Gasolinas Diésel Oíl, será actualizado ubp odu o que ompongan a me a E e p e o e á ado po a dade de e o h d o a D e one D e one D a e Un dade on a dade nhe en e a S ema egún entre aspectos, la aprobación de: “…la estructura de Costos de Excedentes en instalaciones Que al efecto, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías en cumplimiento de lo determinado en antes gulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28/10/1994, la Ley de Hidrocarburos N° 3058 de 17/05/2005 N R M deleoo aaGas bu Que A uc)o 59 de DS 27113 eg oadm deon pcomo oser m en oedeterminado adm n el au oadministrativa, eña E oentre nun ón terminará el precio los Aditivos de Origen Vegetal nacionales se utilizarán para mezclados Po ode ón La dependiente auem oNde dad adm n a de oaed med an de a a ser ónBolivianos un a edo aa–de Que al que efecto, elHRe Ministerio de Hidrocarburos Energías enam cumplimiento de lo en la presume legítimo.” Redes de yo Ductos de empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales YPFB, recon las Gasolinas Diésel Oíl, la base de metodología aque aprobada por Ministerio de Que inciso del Artículo 4 la determina principio de la actividad aM o adm nE ae osobre e án pa ala eyLey, óamen gano o ompe en e on en eN m m m mantes la administrativa yaycitada el procedimiento administrativo del sector público. RESUELVE ompe citada Ley, yyaregulan conforme a de dirigir políticas gubernamentales del sector, mediante Resolución en función los referentes los precios internacionales del barril de petróleo ymediante otros productos yTubería Que, la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR N° 0174/2017 28 de abril de 2017 resolvió ynormas normativa vigente, nombre del Estado Boliviano. aDbu eactividad osu en ma de bu one a no ma ade gen e Internas de Gas Natural Domiciliario las tarifas Máximas, para las actividades de: 1)ede A°en a e ab e da en e Manua de O gan a ón Fun one S ema de n o ma ón E ec o ecu a de aÚn Agenc a Nac ona de H d oca bu os des gnado med an e Re POR TANTO: mde m m m Po Re o ón La au ou dad adm n a a de o o med an e de a a ón un a e a de o un ad pod ea oatribución a ovo aosobre oo pa ade men e un a o adm n a o po o e en e a momen o de u Que a D po ón Ad ona a de De e o Sup emo N 3672 de 26 de ep emb de 2018 citada Ley, conforme a su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, Resolución con las Gasolinas oaá Diésel Oíl, la base de la metodología a ser aprobada por el Ministerio mitió en el marco del artículo 47 del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Redes del D.S. 1996, así Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del DS N° 27113, reglamento del procedimiento administrativo, señala: (Extinción otros, el siguiente: “c) Principio sometimiento pleno a la Ley: La Administración Pública regirá sus actos Que, mediante notas YPFB/PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021 y GRGD-508 DGR-267/2022, la gerencia de a u a a a o d pue en e o denam en o u d o Lo a o e án p opo ona e ade uado mReposición Easerá A G B m 185-18 de Come a a ón de Combu b e B S SA S ema que ene po ob e o me o a a upe Ministerial N° 130-18 de 19 de octubre de 2018, modificada a través de Resolución Ministerial N° de E D ec o E ecu vo a de a Agenc Nac ona de H d oca bu os des gnado med an e Re POR TANTO: m E A G B m subproductos que compongan la mezcla. Este precio fijado por las entidades del sector hidroso uc ón Sup ema N 27240 de 19 11 2020 en uso de as acu ades con e das po a Ley de entre otros aspectos, la aprobación de: “…la estructura de Costos de Excedentes en instalaciones G° ¾” enterrado adicional con de Cemento; 2) Tubería A°G° ¾ enterrado adicional sin ad pod á e o a o a o pa a men e un a o adm n a o po o e en e a momen o de u Que a D po ón Ad ona Ún a de De e o Sup emo N 3672 de 26 de ep emb e de 2018 em ón o po a one de opo un dad pa a a me o a a ón de n e é púb o omp o p e é que o a pe o de a dad egu dad an po e a ma enam en o ome a a ón de Ministerial N°c)PR 130-18 de 19eF4N° de octubre 2018, modificada de Resolución Ministerial N° 185-18 como de ladependiente Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR N° 0174/2017 su:E“Propuesta para lavolunactualización de Hidrocarburos. Que el Artículo 59 del DS 27113, reglamento procedimiento administrativo, señala: (Extinción con sometimiento pleno aela (…)”. Por Revocación). I. La autoridad de oficio, declaración unilateral oMERO ne p o po oley denam en o11 u dFpara o amediante m m ma con Redes de Gas yaso Ductos la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos YPFB, re-eG Que el inciso del Artículo de la citada Ley, como principio de la actividad entre AR oadministrativa, gu en epa P edel o na etravés de a Ga o na pe n1) e–Tubería na ona D é an ee a a ón que e e e a ANH ob e a E a one de Se o e pe o a a 31 de diciembre de 2018, aprobar los lineamientos determinar el precio del combustible líquido m m m uc ón Sup ema Nde 27240 de 19 2020 en uso de as acu ede das po Ley de RESUELVE: S sel ema de Regu ac ón Sec oadetermina aón S RESE N 1600 28 10 1994 adel de H d oca bu os CONS DERANDO em ón odispuso po aede one de opo un pa aEmpotrado ao me olas a a ón de n e é púb oaaA°G° omp o me do No p oadel e o a de ode o adeterminar ode adm nel aades e ab e que adqu eón pdel etotal éartículo que ode pe oaInstalaciones de egu dad an po e a ma enam en oLey ome aDoméstica”, ón Reposición de Cemento; Tubería A°G° ¾” adicional y administrativa, 4) Tubería aérea de ¾ on o a carburífero, en marco de sus atribuciones ydad la normativa vigente”. a ga o na ba e emp eada a udad me ade on evicios E ano Anh dRedes o eo án eg amen ado po ede Internas de Gas Natural Domiciliario y3) las tarifas Máximas, para actividades de: A° El Director Ejecutivo a.i. la Agencia Nacional Hidrocarburos, designado mediante Rede 31 deel diciembre de 2018, dispuso aprobar los lineamientos para precio combustible costos de en Internas (Acero Galvanizado) de Gas Natural Categoría Por Revocación). I. La autoridad administrativa, oficio, mediante declaración unilateral de voluntad, podrá revocar oexcedentes parcialmente un acto administrativo por existentes al momento de su Que, la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, B mitió en marco 47 Reglamento de Distribución de Gas Natural por del D.S. 1996, así otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno aRESE la Ley: La Administración Pública regirá sus actos O n e na ona Ga Na uSec ad Veh uede a nde e na ona u oEs enado pond en ee D e en a ye a ea ome a a ón de ombu b e a a é de a mp emen a ón de he am en a e no óg a con octanaje 92, resultante de la mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base así como su actualización, G BRegu Que a Le N 466 de 26 de emb de 2013 de a Emp e a Púb a en u d po ón na S s ema de ac ón o a S N 1600 de 28 10 1994 a Ley de H d oca bu os e a a dad de on o m dad a o e ab e do en e p e en e Reg amen o La on a en ón de e me do No p o ede a e o a ón de o o de o a o adm a o ab e que adqu e an N 3058 de 17 05 2005 y no ma va v gen e a nomb e de Bo v ano a ga o na ba e emp eada pa a u me a on e E ano Anh d o e án eg amen ado po e M n e o de H d o a bu o med an e Re u ón M n e a El Director Ejecutivo a.i. de la Agencia Nacional Hidrocarburos, designado mediante Resobre 22 metros…”. remitiendo al efecto la información respectiva. líquido con octanaje 92, resultante de la mezcla del Etanol Anhidro con Gasolina Base así como su actualsolución Suprema N° 27240 de 19/11/2020, en uso de las facultades conferidas por la Ley del CONSIDERANDO: G° ¾” enterrado adicional con Reposición de Cemento; 2) Tubería A°G° ¾ enterrado adicional sin tad, podrá revocar total o parcialmente un acto administrativo por vicios existentes al momento de su Que, la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, emisión o por razones de oportunidad para la mejor satisfacción del interés público comproprevé que los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento y para comercialización de como de la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR N° 0174/2017 su: “Propuesta la actualización de ap ado po oda a E a one de Se oGasolina aón noa ep naEspecial ona aEs med o de an po een on p ade aede con sometimiento pleno aob la ley (…)”. on a a na dad de p e au e a e aba e m en o Veh u o Mo o ado E odo aque eh u o por otra parte, reglamentar los aspectos de comercialización relacionados al combustible final y a la Gasolina ép ma e ab e e que pa a e ump m en o de o d pue o en e a u o 365 de a Con u ón e ón ga á a a au o dad em o a de a ega o a a upe o e á qu a e o a o e e a a dad de on o m dad a o e ab e do en e e en e Reg amen o La on a ón PRIMERO.FIJAR los siguientes Precios Finales de la Internacional, el Diésel N 3058 de 17 05 2005 y no ma va v gen e nomb e de ado Bo v ano M n e o de H d o a bu o med an e Re o u M n e a Que aa empleadas een elaInstalaciones o ean M na 19/11/2020, eM oaspectos de H dN ocon alos bu Ene gdea Gas en ump m en opúblico depor oadquieran de eLey melde nado ización, por otra parte, reglamentar los de comercialización relacionados al combustible final y deendoa ua o o má ueda n u endo maqu na a de on u ón maqu na a ag ope ua a solución N° 27240 de en uso de las facultades conferidas lacomprodel Q R m RM Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 desatisfacción 28/10/1994, la Ley de Hidrocarburos CONSIDERANDO: emisión oSuprema por razones de oportunidad para la mejor del interés metido. II.yque No procede revocación de oficio de administrativos estables que prevé los aspectos de calidad, seguridad, transporte, almacenamiento yón comercialización Reposición de Cemento; 3) Tubería A°G° ¾” Empotrado adicional y serán 4) Tubería aérea de A°G° ¾ las gasolinas base su mezcla eldaactos Etanol Anhidro, reglamentados por costos de excedentes (Acero Categoría Doméstica”, um ón e Q m Rado M N me RM Base. ARESUELVE omediante 60 oga aM epara m mo ue ega que apo La ogube aupe ea ágada d pue po ma Po de E Le aestablecido Agen ona de H ode bu o –3672 ANH en aoa ammed econformidad ón ob á aon aeoInternas au oaInternacional dad em oGalvanizado) de aad o ega o CU ae aqueda o áaS qu aem aaesta e e oada e Que aDisposición e ene eamediante n osu de H po d o acon bu oactos en ump m en oNatural de oestables de e de m nado en an Oíl Internacional, Gas Natural Vehicular ydpone sus correspondientes Diferenciales, ser CONSIDERANDO: Que Adicional Única Decreto Supremo N° de 26 de septiembre de 2018, quela a la Gasolina Base. an eula ada me aNa udel a bu ón de g aserán namen ede de e m ѱѱ ART O MERO m Que, notas YPFB/PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021 yPR GRGD-508 DGR-267/2022, Sistema de Regulación (SIRESE) N° 1600 28/10/1994, la Ley Hidrocarburos esta calidad de lo en el presente Reglamento. de metido. No procede la revocación de oficio de los administrativos que adquieran N° 3058 de 17/05/2005 yonnSectorial normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. las gasolinas base empleadas mezcla el Etanol Anhidro, reglamentados por eloprevé Ministerio de Hidrocarburos Ministerial. sobre 22II. metros…”. remitiendo al efecto lao información respectiva. bu ema n m e de apa dad que u e ua qu e a e de mo o a e p o ón o om CONSIDERANDO: ART CU O PR MERO Sde m au o dad que d de óón am o emp on eLa econtravención u ompe en a o po a am one no aadm ém oeMaa u dam aaeaResolución ne edel aHepo a pa a ump m en ode de a bu one de egu a ón A ua o epara mo ue ega do pone que am La e o aeo ón á do po a m no ma oocalidad, me a u de dde ge po ala gube namen a de erevocarlo.”, med an e os Re u Que a eautoridad enRedes M n obu d o aec bu en ump en ocomercialización de de eD m nado aesta an eFiscales ada aplicados por todas las Estaciones de Servicio a aque medios de transporte placa de los aspectos de seguridad, transporte, almacenamiento yujerárquica las gasolinas RESUELVE ѱ A R M N Pnivel onacional F n e nac ona eacon enc ade P ec an ema Re oupe uon ón nѱ e 130 18 19 de oae ub e 2018 mod ada apue éen de Re obu uobase ón restricción obligará la60 emisora acto ilegal ona superior aeRM el esta calidad de conformidad amediante lo establecido en el presente Reglamento. La contravención gerencia de de Gas yN Ductos dependiente de la empresa Yacimientos Petrolíferos N° 3058 dede 17/05/2005 y normativa vigente, a nombre del Estado Boliviano. Ministerio Hidrocarburos Resolución Ministerial. m A R M N Que al efecto, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías en cumplimiento de lo determinado en la nd ada a pa de h d o a bu o P oduc o Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de 02 de agosto de 2021, se modifica la 185-18, en lo au o dad adm n a a upe o ompe en e on o ón a a ón de oda a a dade de u o p odu o au o dad adm n a a que d ó e a o emp e que on e e u ompe en a o poeo ón ón M n e a N 015 19 de 28 de ene o de 2019 d pu o eg amen a a me odo og a pa a de no ma on osu ade u31 a bu ón dec gdel po ala gube namen a e en de epor o med an eaeona Re uea n dema a ón de empleadas para mezcla con el Etanol Anhidro, serán reglamentados por el Ministerio de Hidrocarburos Que, en atención ame la de ladel empresa YPFB, se emitió el Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022 circulación extranjera: msolicitud Rde M Ndeterminado m Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de 02 de agosto de 2021, se modifica la RM 185-18, lo Bs L Bs Leen PR MERO F JAR os s gu en es P os F na es de a Gaso na Espec a n nac Artículo 60 inciso a) el mismo cuerpo legal, dispone que “a) La revocación será dispuesta la misma M n e a N 185 18 de d emb e de 2018 d pu o ap oba o neam en o pa a de m na restricción obligará a la autoridad emisora acto ilegal o a superior jerárquica a revocarlo.”, el Que, al efecto el Ministerio de Hidrocarburos, en cumplimiento de lo la antes citada Bolivianos – YPFB, remitió en el marco artículo 47 del Reglamento de Distribución de Gas m R M N m CONSIDERANDO: Que la Disposición Adicional Única del Decreto Supremo N° 3672 de 26 de septiembre de 2018, prevé que RESUELVE: antes citadaaLey, y dad conforme aNFparámetro su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, medique respecta la descripción del que indica: “ARTÍCULO Se modifica lame descripQue, mediante notas YPFB/PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021 yPRIMERO.GRGD-508 DGR-267/2022, la au oón adm n2022 aona a19 upe oque ompe en e2019 m na ón ae ua aMinisterial. ón de pѱ, eFue o de oque ombu bVALIDACIÓN e na e Gaso edeuSe an eón de ala ala de E ano mediante Resolución M n a 015 de 28 de ene o de d pu o eg amen a a me odo og a pa a a de e de 25 de abril de que concluye: “…corresponde la los ítems que forman parte de las CONS DERANDO ѱ m m que respecta a la descripción del parámetro ѱ, indica: “ARTÍCULO PRIMERO.modifica descripD ése O n e nac Je n e nac ona y sus co espond en es D e enc a es a se PR MERO F JAR os s gu en es P ec os F na es de a na Espec a n e nac ona e Que e n o de a Le N 396 de 26 de ago o de 2013 de Mod a a P e upue o autoridad administrativa que dictó el acto, siempre conserve su competencia, o por Ga o na E pe a n e na ona 8 68 4 94 Artículo 60 inciso a) el mismo cuerpo legal, dispone que “a) La revocación será dispuesta por la misma eAnh pel edMinisterio de ombu b e qu19 dopolíticas on ocumplimiento ana eombu 92 eResolución uYacimientos e de aAdministrativa me de EaResoluano Anh d na o eon ѱna =transporte, FBa mandeterminado norma, conforme aooestablecido su atribución de dirigir gubernamentales del mediante Que, aly de efecto de Hidrocarburos, en de lo ena la antes citada Natural por Redes del D.S. 1996, así de lacomercialización Resolución RAR-ANH-ULGR los aspectos de calidad, seguridad, almacenamiento yla de las gasolinas base CONS DERANDO RESUELVE: ción del parámetro “ѱ” en la ecuación (2) del Anexo deode Ministerial N° 130-18 de 19 Precio Final Internacional Diferencial Precios ante Resolución Ministerial N° de octubre de 2018, modificada través de Resolución on Ga o130-18 a omo ocomo aserá pe de ome ónan de o ombu bde emde gerencia Redes de Gas Ductos dependiente de la empresa Petrolíferos Fiscales na ón ay ua a ón de pdeterminado ede o de oD eve na easector, eMinisterial u emetros de me a Ee ano actividades, asimismo, el costo aplicado adicional aa los 22 lineales conforme m E ción del parámetro “ѱ” establecido en la (2) Anexo la Resolución N° 130-18 Gene ana de E ado Ge ón –ea 2013 eña adel aque D po ón F No ena de a Le N 1356 de 28 Producto autoridad superior competente.” ap cados po odas as Es ac ones de Se vreglamentar c8conserve nac ona med os de anspo Dm O n e nac ona Je Fue ereglamentados nac ona ybn sus co espond D edeterenc a acon m Do autoridad administrativa que dictó el acto, siempre su competencia, o por la ción Ministerial N° 015-19 de 28 de enero deaua 2019 dispuso la metodología para la Ga ola a omo uecuación a ón o185-18 aa pa ena eg amen aexcedentes oen aes pe de ome aese med an e n o me Té n o NF DDT UCSCN 0077 2022 de 28 de ma o de 2022 em do D e emezcla O n eelGa na ona 88 5o 16 -ees norma, yadministrativa conforme ade su atribución de dirigir políticas del sector, mediante Resolu empleadas para su con el Etanol Anhidro, serán por el Ministerio de Hidrocarburos Que, atención aése de la empresa YPFB, sela emitió el Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022 N° 0174/2017 su: para actualización de costos de en Instalaciones de octubre de 2018, modificado por la Resolución Ministerial N° de 31 de de 2018, con CONS DERANDO (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) PRIMERO.FIJAR los siguientes Precios Finales la Gasolina Especial a ga oBa na ba e77 emp eada pa un me ape on E ano Anh d odiciembre Que al efecto Ministerio de yde Energías, en cumplimiento deInternacional, lo en laQue antes establece artículo del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Redes aprobado mediante D.S. R m m m R A m Anh dsolicitud omodificado on o“Propuesta na Ba eHidrocarburos omo o gubernamentales apo oo de ome aen adiciembre ón de o ombu bel na Ministerial N° 185-18 31 de diciembre de 2018, dispuso aprobar los lineamientos para determinar Bolivianos – YPFB, remitió en el marco artículo 47 del Reglamento de Distribución de Gas 19 deen octubre de por la Resolución Ministerial N° 185-18 de 31 de de 2018, con d emb e de 2020 de P eEs oa Gene a de ado 2021 que u umab odeterminado 10 pa ág a o R m m ma R Aremitiendo p aca de cel cu ac ón an edel a autoridad administrativa superior competente.” ap cados po odas as ac ones de Se vE con n ve nac ona a med os de anspo e minación yInternacional, actualización de precios de los combustibles finales resultantes la mezcla de Etanol Que a Re u ón Adm n aupue abpa RAR ANH N 0042 2019 de 2a de de 2019 d po pu ocon Un ón de R e go Con nu dad de Nego o depend en e de a aE2018, ón eque aoo14 aex ombu eGas na abase aDRC Ga o na Ba e mediante Resolución Ministerial. ción Ministerial 015-19 de 28 enero de 2019 la metodología para la deter -el de 25 de abril de 2022 concluye: “…corresponde ladispuso de los0,001 ítems forman parte de las siguiente texto: “ѱ =N° Factor de heterogeneidad tendrá un valor de para combustibles finales Internas (Acero Galvanizado) de Natural Categoría Doméstica”, al efecto la in-dad de Con o Supe citada norma, yonado conforme a su atribución de dirigir políticas gubernamentales del sector, mediante Resolución Diésel Oíl Jet Fuel internacional yaVALIDACIÓN sus correspondientes Diferenciales, aep ser Nº 1996 de de mayo de 2014: PRIMERO.FIJAR los siguientes Precios Finales de la Gasolina Especial Internacional, a“ѱ ga na ba ede emp eada acomo u me areglamentar E ano Anh ddde ooque Gasolina Especial Internacional 8,68 4,94 el precio del combustible líquido con octanaje 92, resultante de la mezcla del Etanol Anhidro con el siguiente texto: = Factor de heterogeneidad tendrá como base un valor de 0,001 para combustibles Natural por Redes del D.S. 1996, así como de la Resolución Administrativa RAR-ANH-ULGR e ab e e que o mon o e audado po Agen a Na ona de H a bu o po on o CONSIDERANDO: PR MERO n015-19 u a a ex Ende alos one de Se o de Combu b22 eR L qu do de Ga Na ue015 a oVeh u yoo de D ptodas aca de crespectiva. cu ac ón an e a D pu ede o Té n a on u e e om enda que 4 1 Se on de a ne e a a a a ua Anhidro con Gasolinas Base, así como los aspectos de comercialización de los combustibles finales minación y actualización de precios combustibles finales resultantes de la mezcla de Etanol Que a Re o u ón Adm a a RAR ANH DRC N 0042 2019 de 2 de ab de 2019 d actividades, asimismo, el costo determinado será aplicado adicional a los metros lineales conforme con mezcla de etanol anhidro octanaje 92. Dicho factor podrá ser establecido en cada periodo por el Ente Ministerial N° de 28 de enero de 2019 dispuso reglamentar la metodología para la determinación Que e nume a de A u o 3 de Ane o ap obado med an e Re o u ón M n e N 19 formación D e en a P P e o F na n e na ona Q A A m M N aplicados por las Estaciones de Servicio a nivel nacional a medios de transporte con Oíl Internacional, Jet Fuel internacional yde sus correspondientes Diferenciales, ser finales con mezcla etanol anhidro octanaje Dicho factor podrá ser establecido en periodo de ade a77 de e ho mu a oactualización oyyaspectos e92. u o Etanol e pe ooe m ede ánde an easpectos doqu a acada Cuen aen Ún aapor de Q A su A Rlos M N Gasolina Base así como su actualización, por otra parte, reglamentar de comercialDiesel Oíl Internacional 8,88 5,16 P odu oeuade N° 0174/2017 su: “Propuesta para la de costos excedentes en Instalaciones P e F na D e a aQue GNV que ha a ha 31 de d emb e a p en e ge ón p e en en un n o me e abo ado CONSIDERANDO: a ón de Reg amen o B S SA en a ua gen a pa a op m a o me an mo de upe ón yDiésel las base empleadas para mezcla con Anhidro. Que algasolinas efecto el Ministerio de Hidrocarburos Energías, en cumplimiento de lo determinado en la antes PR MERO n u a E a one de Se o de Combu b e L do de Ga Na u a Veh u actualización de precios de los combustibles finales resultantes la mezcla de Etanol Anhidro con Gasolinas establece el artículo del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Redes aprobado mediante D.S. Regulador conforme a condiciones del mercado mediante Resolución Administrativa”. Anhidro con Gasolinas Base, así como los de comercialización de los combustibles finales 28 de ene o 2019 eña a que E e á ado pub ado ha a e qu n o d a háb de ada me med an e Re o ón M n e a N 117 2021 de 02 de ago o de 2021 e mod a a RM 185 C ma onivel O m 19E de mamNcon Bobado m DE TABLA ACTIVIDADES EXCEDENTES Que eal nume ade de Aónede ua odo 3a de Ane ap an e Re o ude MPnuB 015 el Ente Regulador conforme condiciones del mercado mediante Resolución Administrativa”. placa circulación extranjera: C 3. m O2 Te oGNV Gene aea de a aplicados por todas las Estaciones Servicio nacional ade medios de transporte Que la de Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de abril dispuso: ización relacionados combustible final Base. p oo ona áNa ey a ond one emed de odo oón2019 oe a aen ón P odu omed nde e na ona eedo onE a a ón e e do po e En e Regu ado pa a on o ope ado e demá a o e Internas (Acero Galvanizado) Gas Natural Categoría Doméstica”, remitiendo al laame incitada norma, yE su atribución dea dirigir políticas gubernamentales del sector, Resolución P eAnhidro. oepub Foaen na Defecto en aconforme que ha aa e de d emb e a p e ge ón p e en noPR ode eada ado Base, así como los aspectos de los combustibles finales yqu las gasolinas base empleadas po e ea Regu ado an e la Re o u de Adm n aado ap ando o een ab eun en eMERO pE eabo eo Nºy1996 de 14po de mayo 2014: AeEn G B31 m las gasolinas base empleadas para su mezcla con Etanol 18 en olas que eema pe aea aha de pGasolina ón pa áme ѱaado que nd aGas ART Se 28 de ene oVeh de 2019 eña acomercialización que E eón áde ado aa emediante nma oCULO d amháb de Ga Na ude aEstaciones ude CONSIDERANDO: A GP Ba EuE Rme “PRIMERO.Instruir a de Servicio de Combustibles yen de Natural Vehicude Se om de e am en o ade med ón deLíquidos e 2 ha má ada placa de circulación extranjera: B L Bde Ldispuso: no oen uón ado en a ope a ón de S ema men onado 4 2 Se on de a ne e a a a n o po a 3 10 1 44 Que la Resolución Administrativa RAR-ANH-DRC-N° 0042/2019 de de abril de 2019 Ministerial N° 015-19 de 28 de enero de 2019 dispuso reglamentar la metodología para la determinación y po p o e ona e de á ea e e do a a ond one e ado de odo o u o de a a odu o n e na ona P e o para su mezcla con Etanol Anhidro. Que, el numeral III del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 015-19 de formación respectiva. Diferencial Precio Precio Final Internacional Ane o E end á gen a ha a a e ha u a ua a ón R R A m m m Que el parágrafo III. del Artículo 3 del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 CONS DERANDO mod a a de p ón de pa áme o ѱ e ab e do en a e ua ón 2 de Ane o de a Re o u ón po e En e Regu ado med an e Re o u ón Adm n a a ap ando o e ab e do en e p e en e nN°eIII. ma ona R A do maprobado m m Que el parágrafo del Artículo delab Anexo mediante Resolución Ministerial N° 130-18 de 19 a de Producto on o na dan alos on o3e eCombustible en oresultantes amen o de Con u ón Ope a ón de E one Actividad Unidad Precio Final Diferencial larGNV, que hasta fecha 31 de diciembre de la presente gestión, presenten un informe elaborado 3 02 3de de a en e p e en e n o me m ma que on em “PRIMERO.Instruir las Estaciones de Servicio Combustibles Líquidos yen de Natural Vehicude Se oN ema de a e am en a med ón de e92, aGas má ma u ón o de en a nue a gu a de a gna ón de B LResolución Bde Leada actualización de precios de combustibles finales la mezcla de Etanol Anhidro Gasolinas 28Que, de enero de que: “El será fijado yReg publicado hasta elaón quinto día hábil cada mes Que mediante Resolución Ministerial Nº 117-2021 de de agosto de 2021, se modifica la RM 185de octubre de 2018, señala el precio Líquido con Octanaje de la mezcla de )DE (Bs./m )con (Bs./m TABLA 3. ACTIVIDADES EXCEDENTES el numeral III del Artículo 3n del aprobado mediante Ministerial N° 015-19 Ane oárea, E end áade gen a ha aInternacional aLíquido e31 ha de ude amod ua M n2019, aseñala 130 18 de 19 de ode ub eode de 2018 ado po aresultante Re oMinisterial ulaTécnico ón M n aede N de 185 18 octubre de 2018, el precio del Combustible con Octanaje 92, resultante de mezcla del EtaQue, en atención solicitud la empresa se emitió el Informe INF-DRD-URGN Que eoe a ua o 49 a Le de de u oYPFB, de 2012 Le Na ona de Segu dad C udada Se de Combu be e LAnexo qu do Na u a Veh ua a GNV egún o e de por profesionales del referido a las condiciones yaprobado estados de los circuitos de la Estación Producto Precios Ga o na pe a na ona 8el 4ponda 94 ppu an o eque m en o pa a on o egu ado u ua o de a ue do a a o un u a a ua 4 3 Que el numeral III. del Artículo 3do Anexo mediante Resolución N° 015-19 28 de onseñala o dan on ola ab eN en oGa amen o68 de Con u119 ón Ope a ón de E a dua one Precio Final Diferencial SEGUNDO F AR aResolución gu en e264 ade uo au de EHD de Fue A nde e na ona on gu en emen e larGNV, que hasta fecha 31 diciembre la gestión, presenten un informe elaborado CONS DERANDO Base, así como los aspectos de comercialización de los combustibles finales las gasolinas base empleadas Que po eE o men eserá a a é de Re opresente ón no eѱ aetodos N 045 01 de ab de 2019 ode por el Ente Regulador mediante Administrativa aplicando lo establecido en el presente Etanol Anhidro con Gasolina Base, fijado ydel quinto día hábil cada mes por el Ente 18, en loenero que respecta aBase, la descripción del parámetro ѱ, que PRIMERO.Se 28 de de 2019, señala que: “El fijado yReg publicado hasta el quinto día hábil de cada mes Gas Natural Vehicular CONSIDERANDO: CONS DERANDO de 31 de dde emb ede de 2018 on epublicado gu en ehasta eM =día Fa oy“ARTÍCULO de he ede ogene dad end áona omo ba e one e pe nol Anhidro con Gasolina será fijado yserá publicado hasta el quinto hábil cada mes por elpor Ente Regna mod ado po ede po aserá 836 de 27 de ep emb eeindica: de 2016 eña a La Agen aP Na be áP e ade ua ado anua men e SEGUNDO n uel a a EP a one de Se o de Combu b ede 0061/2022 de 25 abril de 2022 que concluye: “…corresponde lacada VALIDACIÓN de los ítems de Servicio, sistemas aterramiento yLe la medición de la resistencia máxima cada circuito, en (Bs./Lt.) (Bs./Lt.) La un a p opue a po a DT C pa a a d n a un dade o gan a ona e enero de 2019, señala: “El fijado y publicado hasta quinto día hábil de mes el Ente Regulador 3,10 1,44 Se o Combu b e L qu do Ga Na u a Veh u a GNV egún o e ponda e ua e e o P e Te m na e P e o Má mo F na de Fue A 1 n e na ona por profesionales del área, referido a las condiciones y estados de todos los circuitos de la Estación Producto Internacional Precios para su mezcla con Etanol Anhidro. ap oba a me odo og a de á u o pa a a de e m na ón de e o E – Re ne a e o P e – Te Ga o na E pe a n na ona 8 68 4 94 Instalación de Tubería A°G° ¾” en elevación. m Anexo. El tendrá vigencia hasta la fecha de su actualización”. Regulador mediante Resolución Administrativa, el mismo tendrá vigencia hasta la fecha de su actualización. en oo na men eulas aamp aActividad é de oadm u tendrá ón M ná ecosto N 045 19 de 01 de ab de 2019 d De puahoaoamod a ón de Manua pa a a Adm n a ón Ope a ón de S ema de n o ma ón modifica la descripción del parámetro “ѱ” en la ecuación (2) del Anexo de laEl Resolución por elmediante Ente Regulador mediante Resolución aplicando lo establecido en el presente Internacional ulador Administrativa, elestablecido que vigencia la fecha de su actualización. 1Resolución Lcon qu de Ga Na Veh u a GNV a pla e en aSaaaón de un n oo me e emp un a 0parte 001 pa a eRe na e on me aahasta de e ano anh dserá o de oado ana eadicional 92 de H deo opo ade ANH aAdministrativa á(Bs./Lt.) naestablecido a un ema none ma ón Come aen concordancia lo establecido en los Reglamentos de y Operación de Estaciones de N° Unidad que forman de asimismo, el determinado aplicado DQue e Ode e ona 8 88 16 mediante Resolución Administrativa aplicando loConstrucción en el presente Anexo. tendrá hasta be ádo e a ua anua men em SEGUNDO n uNN EP a Se depo Combu be Q Pombu A m m na de aabu Ga oado na Ba eactividades, a emismo ubsu ada pa uresistencia me on Ede ano Anh dcada oabo u5circuito, ao185-18 aevigencia a eP epa a de Servicio, sistemas aterramiento yemen la medición de máxima de (Bs./Lt.) Q P m A m ap oba me odo og a de á u o pa a a de e m na ón de e o E – Re ne a P o – Te Anexo. El tendrá vigencia hasta la fecha de actualización”. Ministerial N° 130-18 de 19 de octubre de 2018, modificado por la Resolución Ministerial N° e pe a ada on pe ona p o e ona e e do a a ond one de n ae u u a n eg dad a ón de Combu b e B S SA a a é de a n a a ón ap a ón de Te no og a de Au o a o pod á e e ab e do en ada pe odo po e En e Regu ado on o me a ond one de Que, en atención a la solicitud de la empresa YPFB, se emitió el Informe Técnico INF-DRD-URGN Servicio de Especial Combustibles Líquidos ya Gas Natural Vehicular-GNV, según corresponda, elDistribución dela fecha de su actualización”. de 100 a a ón de Combu b e B S SA debe án e e a uada de mane a on un a on mm m m los 22 metros lineales conforme establece el 77 del Reglamento de de Gas Lcon qu do de Na ulos a eReglamentos Veh uMinisterial a GNV a pA e en am de un nde oAnh me e abo ado po emp eCome Gasolina Internacional a3na uo de EHD e Jet Fue ne na ona eabril B 4Estaciones 90 Lcual Cua éIII. n a de aGa dad den e an aaaprobado a IEHD de a8,68 Ga o na Eartículo pe a Que elposteriormente numeral Artículo del Anexo mediante Ministerial N° 015-19 de concordancia lo de Construcción y Operación de deo SEGUNDO.FIJAR la alícuota del Fuel A-1 Internacional y4,94 consiguientemente D edel eaestablecido O n ona 88 16 CONSIDERANDO: Que, asiguiente través de Resolución N° 045-19 01 de de dispuso m m m m na de a La Ga na Ba em ude ada aa u18 me aónla on E ano d2019, o un5 aa 28 a de a e90 aa un onam en oecon de ao uL uo a eua n aResolución one me án aTe an aCombustibles aecomo ha 31 CONSIDERANDO: den ón po Rad aAdm RF Ddel o a no og aade D ha no og enha de 31 deactualizado diciembre de 2018, el texto: “ѱ =pa Factor de heterogeneidad tendrá me ado med an eo2022 Re oepo uuen ón aeNº berá ser anualmente. SEGUNDO.Instruir a las de Servicio de 2pe Instalación de Tubería A°G° ¾” a Dde e ón Gene a de Regu a ón de Come a a ón Rede de Ga Na u a omo amb én 0061/2022 de 25 de abril de que concluye: “…corresponde VALIDACIÓN de los ítems e aTubería ada on pe ona o enempotrada. ona eeEstaciones do aInternacional: ond one de n ae u– abase uáe aden eg dad Bo ano Natural por Redes aprobado mediante D.S. de 14 de mayo de 2014: enero de 2019, señala: “El será fijado ysiguiente publicado el quinto día hábil de cada mes por el Ente Regulador Servicio de Combustibles Líquidos y Gas Natural Vehicular-GNV, corresponda, el cual el Precio Pre-Terminal el Precio Máximo Final Jet Fuel A-1 aprobar la metodología cálculo la determinación Precio Ex – Refinería y Precio Pre TerEspecial Internacional 4,94 Instalación A°G° ¾” elevación. mdispuso éde npara dpara een an a apenhasta de a8,68 Ga odel E045-19 pe d emb ea de a pa edad en ón uana debe ána e1996 aado ua ado qu nquena men e on éndo e Que, posteriormente través de Ministerial N° de 01 de abril de 2019, dispuso oda aAdministrativa eyade aactividades, one de e oResolución a edel ope eaesegún egu ado po Agen a Na ona Que posteriormente a través de Ministerial N° 045-19 de 01 de abril de 2019, aprobar la 1Gasolina Líquidos yde de Gas Natural VehicularGNV, la presentación de informe elaborado por empresas un valor 0,001 combustibles finales con mezcla de anhidro de octanaje 92. Dicho a Q A m unLey onam en oser de aeResolución e Administrativo u una a eN° nlas a apresente me án a a a05 ha 31 deD e ón de Regu a ón de De e ho Po o que e om enda em e p e en e n o me E P e oaplicando Pge Te m de eona Ade 1un nm na ona e deaan B 7adicional L eeua eha 05on 100 CONS DERANDO D e en aaS P em oetanol Fone na que parte de las asimismo, el costo determinado será aplicado Diesel Oíl Internacional 8,88 5,16 mediante Resolución lo establecido en el Anexo. El tendrá vigencia hasta berá ser actualizado anualmente. SEGUNDO.Instruir aFue Estaciones de Servicio de Combustibles Que aforman través de la de Procedimiento 2341 23 de abril de 2002, se establecen las Q Aa m m m minal de la Gasolina Base a utilizada para su mezcla con Etanol Anhidro, cuyas características en un a o adm n o e a á e gene a Que a través de la Ley de Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 de abril de 2002, se establecieron las Instalación de Tubería A°G° ¾” enterrada (sin reposición de cemento). m de H d o a bu o on um do e de ombu b e donde ea ap ab e pa a e on o de u o de aprobar la metodología de cálculo para la determinación del Precio Ex – Refinería y Precio Pre – Ter metodología de cálculo para la determinación del Precio Ex – Refinería y Precio Pre – Terminal de la Gasolina P m A m PP a a 18 D ee ón u d a pa a a e abo a ón de a o adm n a o o e pond en e pa a a a especializadas con personal profesional referido ael las condiciones de infraestructura, integridad dyGas emb e ág de pen eano en ge em ua debe á e a ua ado qu nquena men enempresas éndo factor podrá ser establecido cada periodo por Ente conforme aucondiciones Bo po L uón oyola Que elaNatural pa aaP de A 3el de Ane on77 ap obado med an eelaborado Re o5,16 ón adelNu 130 oeon odu oe e Regulador ona 3alícuota la fecha de actualización”. P m m Aodel m P normas que regulan actividad administrativa el procedimiento administrativo sector público. los 22 a. metros lineales conforme establece artículo del Reglamento de Distribución de Gas Líquidos y su de VehicularGNV, presentación de un informe por TABLA 3. ACTIVIDADES EXCEDENTES La del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,90/Lt. 90/100 técnicas de calidad difieran ao las la Gasolina Especial. CONS DERANDO P ena oEtanol na DMpo ee en Diesel Oíl Internacional 8,88 ome aactividad a hade dutilizada osu a bu opara e oAnhidro, aCombu eFDE que a áqu ado átécnicas o(Cuatro dfecha oa de normas que regulan administrativa yaed procedimiento administrativo del sector público. m Base am ser utilizada Etanol de calidad minal de la Gasolina Base ser su con cuyas características m uae ade a ón de Reg amen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Combu b e ymercado funcionamiento de las estructuras instalaciones ycaracterísticas sanitarias hasta 31 en un oa adm nde ona emezcla eel gene Que ala éub de apara Le de Pa … oá m en o nANH acuyas obe N 2341 de 23 de ab de 2002 ean Eón P e o¾” Fciviles, de econ Aa nmecánicas e na ona de Binfraestructura, 7gna 32 S ee 32 100 Bo B m de de o ea de 2018 eña eFue pa1996 eemezcla oa1uAdm de eAnhidro, L on O ana 92 ede u difieran mediante Resolución Administrativa”. m … 2 Instalación Tubería A°G° empotrada. especializadas y19 con personal profesional referido las condiciones de Bolivianos por Litro). Natural por Redes aprobado mediante Nº de 14 mayo de 2014: Que e nm o me NF UAET 0115 2021 de 16 de nov emb e de 2021 eL ab eeBeP que eeano e P odu o n e na ona em Au ode den apo ón aDDT odo mo oD.S. ado e en ede e oa o a na ona econstituyéndose e en pa ointegridad e oenS beaen las Gasolina técnicas calidad difieran aEspecial. las de la Gasolina Especial. B SA on o me a p opue a eña ada en no a DT C U D 0045 2022 de Tubería A°G° ¾”que enterrada (con reposición de cemento) m diciembre dede la presente gestión, el cual ser actualizado ede eInstalación aestructuras no ma que egu an aom aun dad adm n e p opo m oBaprobar adm o eS de o Que posteriormente alaoon través Resolución Ministerial N° 045-19 de 01 de de 2019, dispuso abdel me a de Ede ano Anh don odeberá Ga o na Ba emecánicas eoquinquenalmente.”, ám ado pub ado ha e qu ne31 oo dala aoone háb de Que el inciso c) Artículo 4é de la citada Ley, determina como principio de la actividad administrativa, entre yQue funcionamiento de las civiles, instalaciones y sanitarias fecha de 4Precio a ne eArtículo dad de oL obo adel eLey, oon ePrecio onam en deV oEabril ud Diferencial o e ed éhasta oae de a de b. El Pre-Terminal Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 7,05/Lt. (Siete 05/100 CONSIDERANDO: Final Que a a de a Le de P o ed en o Adm n a o N 2341 de 23 de ab de 2002 e B m aé eo u a a o o um do e de ombu b e o po o án de u el inciso c) del 4 de la citada determina como principio de la actividad administrativa, entre N° Actividad Unidad CONS DERANDO Que eo npara opo me NF DDT UAET 0115 2021 de 16 de nov emb eaPre de 2021 e ab e1 e29 que Sen b en e o aae en un acto administrativo e carácter general. e o púb o Ga Na u a Veh u a n e na ona 2 95 Instalación de Tubería A°G° ¾” enterrada (sin reposición de cemento). m CONS DERANDO metodología de cálculo la determinación del Precio Ex – Refinería y Precio – Terminal de la Gasolina otros, el siguiente: “c) Principio de sometimiento pleno a la Ley: La Administración Pública regirá sus actos ada me e En e Regu ado med an e Re o u ón Adm n a a e m mo que end á gen e ema de a e am en o a med ón de a e en má ma de ada u o on diciembre de la presente gestión, el cual deberá ser actualizado quinquenalmente.”, constituyéndose Que med an e n o me DT C U D 0030 2022 de 29 de ma o de 2022 em do po a Un dad de bene eIII. eadel on aob no ma que egu an ao a dad n de a eude p oombu ed m en osus n aa aone o de Bolivianos por Litro). Que Artículo 3al del Anexo aprobado mediante Resolución Ministerial 130-18 Precio 3 elelparágrafo paProducto en ón ga osometimiento a3. egún oInternacional eo ponda pa apadm e aba e eaomen en o bo eaN° Vadm Toda CONSIDERANDO: otros, siguiente: “c) Principio de pleno a la Ley: La Administración Pública regirá actos TABLA ACTIVIDADES DE EXCEDENTES e dad de o obo a e o e un onam en o o e é de a e de Que, en consideración Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022, se emitió el Informe INF-DRE-UPTC CONSIDERANDO: Precio Final Diferencial TERCERO Lo p e o ado en A u o e eden a án en gen a pa de a e o 3 3 Base ade utilizada su mezcla Etanol Anhidro, cuyas características técnicas de calidad difieran a ado con sometimiento pleno a la (…)”. dan ama on aha no ma ageneral. eña ada u ona up adeEn e2341 en do de a oUPTC ue do aresultante aná ngen en un acto administrativo e carácter ha aoNa eFinal de uabril a ua ade ón ede o púb o Que, a través de lapara Ley Procedimiento Administrativo N° de abril de 2002, se estac.ser El Precio del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 7,32/Lt. (Siete 32/100 Bolivianos (Bs./m (Bs./m )“Si Ga aley Veh ucon a e na ona 2de 95 29 ne o gene ada po anuam Agen a Na Hde d oee am bu o23 pOctanaje ade mp emen a ea ón de 19 octubre 2018, señala el precio del Combustible Líquido con 92, de con pleno la ley (…)”. Q D R E m mm NF DRE mno ema de ae en ode a noviembre med ón a ede en aodu má ma u en on o e a De a o o de S ema n o má o depend en e de a D e o de Te no og a de 0135/2022 de de 2022 que señala: “Del análisis efectuado la de Regulación Que elsometimiento Informe INF-DDT-UAET 0115/2021 16 de 2021 establece que bien existe Que e nau de A 4 de a Le de na omo ppor n Precio p o ae a1 dad adm Producto Internacional 00 00 hoón ade de d aa ue ma oaada de)aond 2022 Q D R Ede m NF DRE UPTC de Tubería A°G° ¾” en elevación. mcons las de la Gasolina Especial. SEGUNDO Fque JAR aede seactividad gu en e ae cuo de EHD de Je Fue ADirección 1oo nada nac ymayo o eLitro). ponde ao26 ao03 ón one engan que ne ee ade amen eá de eona aoa bu da nnEcoo de ma e om enda que Según o eque do med an e UAET Instalación de Tubería A°G° ¾” enterrada (con reposición de cemento) m 1corroborar Que laInstalación Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0146/2022 05 de blecieron las normas que regulan la administrativa yepublicado el procedimiento administrativo del por de ema e á ompa da en on eYacimientos M nEn e oe Petrolíferos de Gob ede no na C m O 3o 3 d la del Etanol Anhidro con Base, será fijado ysome hasta el quinto hábil de dan on a ada uPP up en de a ue do adía aná ea no ón Comun a ón on u e nómica, base ao lama solicitud presentada por Fiscales –on YPFB con nota 4mezcla aen aemen en eaede o eGasolina gu eon cnea P(Bs./m nc p de m en o p eno a Ley La nnac aado ón la necesidad de el correcto funcionamiento los circuitos eléctrico de las estaciones de C m O Que, a través de la Ley Procedimiento Administrativo N° 2341 de 23 abril de 2002, se esta - eadm )a (Bs./m )“Si ea ada po ooeno ope ado e en dena ando que on oMáx ana odo que a aaBolivianos no ma aAdm gen eona N° Actividad Unidad CONSIDERANDO: gu P ec oe P eeña Te m y ede P ec ode mo Festablece na Je Fue A 1 n ea 0327 2021 UAET 0001 2022 UCSCN 0068 2022 e em ó a p opue a pa a a a ua a Que el Informe 0115/2021 de 16 de noviembre de 2021 que bien existe Que eRegulador de A u oG 4en a2,95 ada Le eme m omo pde ncircuito p o de ae a dad na 2022, el acápite pertinente concluye: “En cumplimiento aompa lo establecido en la Ley N° 1098 de sepCONS DERANDO sector público. noINF-DDT-UAET uen one púb aa ompe en e de on ao na dad de ncada oeña ma ón pa a me o ade e15 m En A G B m Gas Natural Vehicular Internacional 1,29 CONSIDERANDO: SEGUNDO F JAR a s gu e a cuo a de EHD de Je Fue A 1 n nac ona y cons e ponde a que a a ón de e a ond one engan que ne e a amen e e bu da PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021, referente a la Actualización de Costos de excedentes a ser pagados por cada mes por el Ente mediante Resolución Administrativa, el mismo que tendrá vigencia m E A B Púb a eg á u o on ome m en p eno a a e … servicio, sistemas de aterramiento y la medición de la resistencia máxima de en concoro d Apo ondo d CUARTO F AR e Ma gen M no a de GNV en 1 0247 B m blecieron las normas que regulan la actividad administrativa y el procedimiento administrativo del deben e ea ada po agu Agen aema Na ona de Hentrarán d o a bu o ooelpo e e INF-DRE-UPTC o estaciones no endo an m bua b ón e CONSIDERANDO: ón de eg amen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Combu b e B S SA tiembre de 2018, y la aplicación de la metodología determinada mediante Resolución Ministerial N° 015-19, a a en e o o e en e c P nc p o de some m en p eno a a Ley La Adm la necesidad de corroborar el correcto funcionamiento de los circuitos eléctrico de las de Que, en consideración al Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022, se emitió Informe E m m N m R M un onam en o de men onado que e a á u e o a eg amen a ón TERCERO.Los precios fijados en los Artículos precedentes en vigencia a partir de las cero 2 Instalación de Tubería A°G° ¾” empotrada. ea ada po o ope ado e on de ando que on o me a o que eña a a no ma a gen e e a los Usuarios en Instalaciones Internas de Gas Natural Categoría Doméstica y el informe técnico emitido por la gu en emen e e P ec o P e Te m na y e P ec o Máx mo F na de Je Fue A 1 n e nac ona E mactualización. N m alupe Rada no dancia con laseCon normativas señaladas ut supra. Ende ese sentido, y ade análisis realizado ón AInternacional Cáope m hasta la fecha de sector público. aPúb úsu ma am o ado eB omando en uen a que aacuerdo a nac de ón ea podeo op o Gas Natural Vehicular 2,95 1,29 aM a po un dad o gan a ona pa a e Manua pa a a Adm n a ón Que lala Dirección de Regulación Económica a través del INF-DRE-UPTC 0147/2022 de de mayo Resolución Ministerial N° 042-19 ytravés Resolución N° aprobadas el05 Ministerio Hidroaabril La a cuo ade de EHD Je Fue A n e es de Bs 4de 24 L a eg un ade ode on ome m en oresistencia pMinisterial eno aH e … servicio, sistemas yla la medición de la máxima de cada en concorN M H Em 0135/2022 de Que 26 de de 2022 que señala: “Del análisis efectuado por la Dirección de Regulación EcoQue, el inciso c) del Artículo 4 de citada Ley, determina como principio de lade actividad adminis(00:00) horas del día jueves de marzo de 2022. Que Dirección Regulación del INF-DRE-UPTC 0110/2022 abril aede aaterramiento éág de aEconómica Le Pelevación. oacondiciones ed m en oInforme Adm nada aa oub N 2341 de 23 de ab 2002 eCua e a deben e ea ada po a Agen aDRD-URGN Na ona de d1 o a045-19 bu oa oona po ecircuito epor ode no bu b un e one e pe de Tubería A°G° ¾” en Dirección de Regulación Derechos 0061/2022 (…), se concluye lo siguiente: N M H CONS DERANDO SEGUNDO.FIJAR la siguiente alícuota del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional yE consicorrespondería que la verificación estas tengan que ser atribuidas Que Pa aseñaladas o100 V A o 30 de De eInforme ocálculo Sup emo N 1436 de 14 dactualización emb ede de 2012 ecarburos, ado e en a e03 apa de eno ase ón e án o en upe one a04 a nendo ay aam one 12022, Que laInstalación Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0146/2022 de 05 de mayo de Ope a ón de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Combu b e B S SA pa a u en el informe realizó para lanecesariamente determinación y92, del precio de referente ala la actualización del Precio del Combustible Líquido con 92, resultante de la m m E 24 Bo vuut anos po L oel Instalación de Tubería ¾” enterrada (sin reposición de cemento). dancia con las supra. ese sentido, ya acuerdo alupe análisis realizado no nómica, en base solicitud presentada por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos –Agen YPFB con nota trativa, entre otros, el siguiente: “c) Principio de pleno a la Ley: La Administración de 2022, referente a la actualización del del Combustible Líquido con Octanaje resultante de la e a ú aPre-Terminal oapresente ope ado ehPrecio omando en uen ade que ade a aOctanaje de ón ea ada po o op m E b enormativas e on a no ma egu an aEn asometimiento dad adm nA a ade eLey pona ola ed m en o nona ofinal de R gam pub qu realizadas los operadores, considerando que conforme aFue loen que señala la normativa vigente, estas 3m ama La aeec cuo a de EHD de Je 1ona n e nac es de Bs 24 Cua oa ón egún o e ab e do en o ob e o de Manua de O gan a ón Fun one guientemente el Precio yA°G° el Precio Máximo Final del Jet Fuel Internacional: Con u endo eque pon ab dad de a 2022, Agen acomo Na H dde oN° aA-1 bu o den o4 de uL un o Reg amen ocon aque Le 264 de S– ema Na ona Segu dad C udadana La aadm Na -ya Que,en el inciso c) del Artículo 4N de la citada Ley, determina principio actividad adminis 2022, elpor acápite pertinente concluye: “En cumplimiento aJe lo establecido en la 1098 de 15 de sepon de del combustible líquido resultante de la mezcla de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como CONSIDERANDO: mezcla de Etanol Anhidro Gasolina Base mayo de el acápite 3. correspondiente concluye: m B C 3Jet CONS DERANDO SEGUNDO.FIJAR la siguiente alícuota del IEHD del Fuel A-1 Internacional y consib E P o P e Te m na de Fue A 1 n e nac ona es de Bs 6 39 L Se s correspondería que la verificación de estas condiciones tengan que necesariamente ser atribuidas PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021, referente a la Actualización de Costos de excedentes a ser pagados por Pública regirá sus actos con sometimiento pleno a la ley (…)”. mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base – abril de 2022, en el acápite 3. correspondiente concluye: e ado e en a e apa de eno a ón e án o en ada a ub a upe one a a n a a one m m B C  Determinar los precios unitarios máximos por actividad de los Costos de Excedentes en CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs/m y el valor de Aporte al Fondo de Que e Regu aanos Epo onóm a ú med an n la oterceros, me NF 0008 2022 de 05 eotros, ola púb o24 deben ser realizadas por la Agencia Nacional de no siendo atribuible ne ea aD a egu ón Con o Supe ón Fmediante aoepor ada ón aaeala de ome a ón m de H da oel asiguiente: bu oón+. pade opo ona aón aconcluye ndeterminada oHidrocarburos ma ón eque po Ma nDRE edade oUPTC de+ es Gob e no aa (Tres 100 Bo vanos L oque: tiembre deentre 2018, yade aplicación de la metodología Resolución Ministerial N° 015-19, pa a o a DGRCR a DT C n en on a mped men o pa a u a ua a ón po pa e de a DT C Especial Por lo tanto, se El precio de 3,74 Bs/Lt con “c) Principio de sometimiento pleno Ley: La Administración “En cumplimiento lo establecido en la Ley N° 1098 de 15 de septiembre de las Resoluciones MinBGasolina m m VA m RM 2trativa, Instalación A°G° ¾” 39 Bo v po L o realizadas los operadores, considerando que conforme aDoméstica loana que señala la normativa vigente, estas los Usuarios en Instalaciones Internas de Gas Natural Categoría y Gasolina el2018, técnico emitido lamed guientemente el Precio Pre-Terminal yN° Precio Máximo Final del Jet Fuel Con u endo que een eamempotrada. pon ab dad de aGalvanizado) Agen Na ona de H drealizadas o aA-1 o opor de um un B m VA E mEn RM Instalación de Tubería ¾” enterrada (con reposición de cemento) “En cumplimiento a lo establecido la Ley 1098 de 15 de septiembre de 2018, yyaEspecial las Resoluciones MinInstalaciones Internas (Acero a pagados por los Usuarios de Gas Natude ene o de 2022 e a áp eel pe nen eE on um em ump m en e ab eo en Le NSe Conversión (AFC) en 0,0205 Bs/m3. Con oa m La oTubería ón Adm a RAN ANH 0009 2019 ue ogada ea uo5bu oInternacional: epden ado oón ade an esta última apor los operadores, tomando en cuenta que las tarifas de supervisión por los opEn dade Te o100 a Au ónoma a Po a pa apo ón de a oBs 4Re buN° E P ec o P eA°G° Te m na de Je Fue Aeab 1aser einforme nac ona es de 6 39 L65 s e e om enda em e p e en e do umen o a a D e ón u d a pa a que e e u e 74/100 Bolivianos por Litro), mismo que incluye IVA. En cumplimiento al artículo parágrafo III de laasaRM 015Po oe que Resolución Ministerial 042-19 yne Resolución Ministerial N° 045-19 aprobadas por el Ministerio de HidroLa alícuota del del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,24/Lt. m W T Pública regirá sus actos con sometimiento pleno aHidrocarburos la ley isteriales de N° 130-18, 185-18 yCategoría 117-21 aprobadas por el Ministerio de Hidrocarburos Energías, se aplicó Que apor e ón Regu a ón E0061/2022 onóm aBo an nm oan me NF DRE UPTC 0008 2022 de 05 Que aa.través de laueea Ley Procedimiento Administrativo N° de 23 de abril de 2002, se estadeben ser realizadas la Agencia Nacional de onac por terceros, siendo atribuible W E P ec oón na de Je Fue A 1med e ona de Bs 6nada L(Cuatro Se 100 ne aD a egu a Con o Supe ón F2341 a ame ón alo asiguiente: dade de ome a ón Dirección Regulación de Derechos DRD-URGN (…), se concluye isteriales de N° 130-18, 185-18 yIEHD 117-21 por el Ministerio de Hidrocarburos yyno Energías, se aplicó ral Doméstica a las empresas instaladoras, aa65 los 22 metros lineales CONSIDERANDO: 1098 de de ep emb eaprobadas de 2018 a ap a(…)”. de ainformación odo og apo e m med an edel Re o Re ode ón Adm n ade aF RARR ANH D ULSR Nón 0190 190 mo e ua e de a n un ona eradores en las etapas están orientadas a cubrir supervisiones a las instalaciones.” ombu b15 ede Que nde orenovación de A u o 4 de adel ada Le de enlas m na omo pes noadicionales pde o de a dad adm nLe a one que o e pondan en a o de a a ua a ón de a no ma a que Reg amen a e 19, se aclara que para la realización cálculo, se utilizó la oficial del precio del crudo West a a 39 100 Bo v anos po L o carburos, en el presente informe se realizó el cálculo para la determinación y actualización del precio final m WT S&P G P m S la metodología para el cálculo del precio del combustible con octanaje 92, concluyéndose: El precio del 24/100 Bolivianos por Litro). Instalación Tubería A°G° ¾” enterrada (sin reposición de cemento). m de ene o de 2022 en e a áp e pe nen e on u e En ump m en o a o e ab e do en a N T m WT S&P G P m La Re o u ón Adm n a a RAN ANH 0009 2019 ue ab ogada po e u o e o a o a med an esta última a los operadores, tomando en cuenta que las tarifas de supervisión realizadas por los open marco del Decreto N° 1996 deprocedimiento 14 de mayo de 2014, de acuerdo al la3 metodología cálculo precio del combustible octanaje 92, concluyéndose: El precio del Bo vdel anos po Lam oapor blecieron las normas regulan la actividad administrativa ymHidrocarburos elen administrativo del upara ón M narchívese. e N 015 19 Re oRAR uSupremo ón M ncon ePlatts aN N 042 19 Re uomendando ón M nC edepartamento aaem Nón 045 19 dad aalícuota ael Re o uE ón Adm n ANH DRC 0042 2019 eo ecomo asiguiente eBVO aSM oae a n e E e no e n e no Regístrese, publíquese yque Que, en consideración al Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022, el Informe INF-DREDO ng G m nael D nde m n n…………… …………………… D R OR CU a. La del IEHD del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 4,24/Lt. (Cuatro Concluyendo que: “es responsabilidad de la Agencia Nacional de dentro de sus funcioTexas Intermediate (WTI) publicada S&P Global y para el precio del azúcar en el de a en e o o e gu en e P n p o de ome o p eno a a Le La Adm n Púb SA C m O A m P del combustible líquido resultante la mezcla de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado P ec o F na de Je Fue A 1 n e nac ona es de Bs 6 65 L Se s 65 100 combustible líquido con octanaje 92, resultante de la mezcla de etanol anhidro es 4,50 Bs/Lt (Cuatro 50/100 CONSIDERANDO: 1098 de 15 de ep emb ede 2018 a ap aEne ónaglas de aen me odo og apo m nada med an eáCO Re o b. El Precio Pre-Terminal del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 6,39/Lt. (Seis Que ág a A uunitarios de De eamezcla Sup emo N 1436 de de den emb de 2012 Reg ae S C m O A4,50 m Pede Re oede uPa ón Adm apor aen RARR Dm ULSR N 190 oefectuado eoeeExcedentes uaR de a05 n Dun eradores en las etapas de renovación están orientadas aeel cubrir supervisiones ade instalaciones.” detalle: combustible con octanaje 92, resultante de la de etanol anhidro es Bs/Lt (Cuatro 50/100 Dirección Determinar los precios máximos por de los Costos de en ap obada po eoneM nSupervisión eo o31 H daANH ode bu o a“Del e14 pmo eDRC e nlas me eC ea óUR uona ode Que, la Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 adm n aD o oo pond ede pa ao2022 n eactividad o RAR ANH N 2019 sector público. DO Abg Ado o un …………………………………… …………… D OR nes realizar lalíquido regulación, yE Fiscalización aa0190 las actividades de comercialización, UPTC 0135/2022 de 26 de abril señala: análisis por la Dirección 24/100 Bolivianos Litro). Santa se utilizó la información remitida por Observatorio Agroambiental y0042 Productivo dependiente T m m R A m eg u oBo on ome m en ooaNa pode eno ap e … Gasolina Especial +. Por loaLe tanto, se concluye que: El de la Gasolina Especial +Re es 3,74 Bs/Lt (Tres con Bolivianos por Litro), mismo que IVA. En cumplimiento al artículo parágrafo III de la RM 130-18, se vR anos po LaGalvanizado) ude ón M nControl, e aincluye N 015 19 Re uprecio M n ena N 19 uán n a N 19 M D R Tón Eal m mM R men amismo aresponsabilidad N 264 de S ema ona de Segu C5042 udadana ab ede eón que e Sfuncioema dad aCruz ade Re o uA°G° ón Adm nde RAR ANH DRC N 0042 2019 e omendando e a045 e adel o an e n o me Té n o DAF UF 0063 2022 em do po a Un dad de F nan a depen 39/100 Bolivianos por Litro). Concluyendo que: la Agencia Nacional de Hidrocarburos dentro de sus Bolivianos por Litro), que incluye IVA. En cumplimiento artículo 5 la RM 130-18, Instalación Tubería ¾” (con reposición de cemento) m pa aáo“es aen m na ón aenterrada a ón de ea oser de ombu b eeUsuarios qu do e u an eeNatude a pa me ade Que med Instalaciones Internas (Acero asentido, pagados por los de Gas TERCERO Los p ec os fiua en os A cu os pdad eceden aoIII en vla genc aem a de enero de 2022, el pertinente concluye: “En cumplimiento aparágrafo loes establecido en la Ley N° Es Conforme. La Administrativa RAN-ANH fue abrogada por recurso revocatoria mediante Ministerio deeacápite Desarrollo Rural yados Tierras”. En ese recomiendan laen emisión la Resolución AdminisRegulación Económica, base la presentada por Yacimientos Petrolíferos Fiscales 4Resolución b. El Precio Pre-Terminal Jet Fuel A-1 de Bs. (Seis 74/100 Bolivianos por Litro), mismo incluye IVA. En cumplimiento al artículo parágrafo III de RM aclara que para la realización del cálculo utilizó información oficial del precio del crudo del West Texas A m ap po nJet een o0009/2019 de da ode asolicitud bu o Ene glas a en e en eNde npe ode me ea óa an ePrecio ene omo ob oque ea adel aH upe ón on o a5pes a ón a6,39/Lt. ome a015Que, la 15 Dirección de Regulación Económica, mediante Informe INF-DRE-UPTC 0008/2022 de adm a o eM pond en ease pa ala ade n e eInternacional oa a RAR ANH DRC 0042 2019 de enobada ano anh d4oeeo on ga olas na ba e 81 denom nado omo Ga oe na E aadministra+e Po o05 se aclara que para la realización del cálculo utilizó la información oficial del precio del crudo del West doáenuede eode a D e o de Adm n a ón F nan a on u e e om enda que Po odo o e c. El Precio Final del Fuel A-1 Internacional es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 nes realizar la regulación, Control, Supervisión yN° Fiscalización actividades de comercialización, ral Categoría Doméstica ase empresas instaladoras, adicionales a los 22 metros lineales 1098 de de septiembre de 2018, y la aplicación la metodología determinada mediante Resoas ce o 00 00 ho as de d ma es 04 de ene o de 2022 Resolución Administrativa RARR-ANH-DJ ULSR 0190/190, motivo por el cual se deja sin funcionatrativa correspondiente. Que el inciso c) del Artículo de la citada Ley, determina como principio de la actividad Bolivianos – YPFB con nota PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021, referente a la Actualización 19, se aclara que para la realización del cálculo, se utilizó la información oficial del precio del crudo del West 39/100 Bolivianos por Litro). Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts yau para el azúcar en el departamento de CONS DERANDO pa a a de eacápite m a ua ón de p eprecio oede na de beMinisterial eon qu do een uvoUnidad an eon de me ón de ombu bna eep ón aec odo eh uaN° ona omo oy042-19 que debe á de alo orevocatoria ma obdepartamento ga aano eUnitario N° Actividad Que e nen oque me ega DJ –S&P UGJN 0573 2021 de 20 de dombu emb deacuerdo eña aSanta que Deo ooa TERCERO Los os ados en os A cu os pprecio eceden es en a2021 án en genc apo aa pa de e on u e que e e a ne e dad de mod a e REGLAMENTO DEL S STEMA de enero de 2022, el pertinente concluye: “En cumplimiento aT establecido la Ley N° on uAdministrativa e015-19, E p opor de afi Ga o E pe a + 3del 74 B Lon ede 74 100 Bo L Texas Intermediate (WTI) publicada Global Platts para el del azúcar en el pue La Resolución Administrativa RAN-ANH 0009/2019 fue abrogada por recurso mediante en el marco del Decreto Supremo 1996 de 14 mayo 2014, de al siguiente Bolivianos por Litro). lución Ministerial N° Resolución Ministerial N° y Resolución N° 045-19 lidad a la Resolución RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, y recomendando se emita el acto POR TANTO Que, en consideración al Informe Técnico INF-DRD-URGN 0061/2022, el Informe INF-DREFDO: Ing. Germán Daniel Jiménez Terán…………….......................……………………...DIRECTOR EJECUTIVO a.i. Costos de excedentes aS&P pagados por los Usuarios Internas de Natural Texas Intermediate (WTI) publicada por Global Platts para el ua precio del azúcar en departamento de tiva, entre otros, el “c) Principio de sometimiento pleno laen Ley: La Administración POR TANTO Cruz, se utilizó la información remitida por Observatorio Agroambiental y Productivo dependiente del de esiguiente: ano anh doden o on ga oe na ba eel 81 denom omo Ga oona ERM pe aela19 +dependiPo an o ón e E que ado de Au den ael ón — TAG o o04 gado po Agen a Na de H do o bu oeMinc. El Precio Final del Jet Fuel A-1 Internacional es de Bs. 6,65/Lt. (Seis 65/100 de a o ado ede a que oy po eene en uInstalaciones momen ose hmediante ne ePública a aGas - aem 1098 de 15 de septiembre 2018, yser la aplicación de metodología determinada Reso m mo que neRARR-ANH-DJ ude eHidrocarburos VA En ump m en a ala u 5aoaAgroambiental pa ág a o de ael 015 aoae que as ce o Luna……………………………………................…………….DIRECTOR 00 00 ho as de d aundamen ma de de 2022 DE NFORMAC ÓN DE COMERC AL ZAC ÓN DE COMBUST BLES B S SA u a p opue a de Santa Cruz, se utilizó laF información remitida por Observatorio yna Productivo Resolución Administrativa ULSR N° 0190/190, motivo por el cual deja sin funcionadetalle: POR TANTO: aprobadas por el Ministerio yno Energías, en ellaonado presente informe se realizó cálculo CUARTO JAR eremitida Ma gen M ses aolo de GNV en 1 0247 Bs m yoda ee va o de Apo aaBs administrativo correspondiente para dejar sin efecto la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019. FDO: Abg. Adolfo Soria JURÍDICO a.i. UPTC 0135/2022 de 26 de abril de 2022 señala: “Del análisis efectuado por la Dirección de Santa Cruz se utilizó la información por el Observatorio Agroambiental y Productivo dependiente del Que e n o me ega DJ – UGJN 0573 2021 de 20 de d emb e de 2021 eña a que De o Categoría Doméstica (…), se concluye siguiente: isterio de Desarrollo Rural y Tierras”. En ese sentido, recomienda emisión de la Resolución Administrativa de a RAR ANH DRC N 0042 2019 a no ene a de a ua men e e que b en e e o regirá sus actos con sometimiento pleno a la ley (…)”. on u e que E p e o de a Ga o na E pe a + e 3 74 B L T e on 74 100 Bo ano po L o Que aInstalación DAdministrativa e ónón de Regu aA ón E asentido, érecomienda de oa me NF DRE UPTC 0071 2022 dea04 Bolivianos por Litro). pa ade a ea a de áylos uA°G° oArtículos e0 uonóm óprecedentes aBs nacombustible om3 ón oynlíquido de pe omde udo de We lución Ministerial N° 015-19, Resolución Ministerial N° 042-19 y entrarán Resolución Ministerial N° 045-19 ente del Ministerio Desarrollo Rural Tierras”. En ese la resultante emisión de laemita Resolución lidad alaladeterminación Resolución RAR-ANH-DRC N° 0042/2019”, recomendando se el acto de Tubería ¾” enN Elevación ELos D1e E N Hama Rpartir STe món para y actualización precio final del de la mezcla Fondo Conve ón AFC en 0205 TERCERO.fijados en en vigencia a E D Ee A Houa RaO S de aprecios ode ede den aodel que e undamen oón po epor ueque momen o hm o ne em aeaana a130,00 Ministerio de Económica, Desarrollo Rural ybase Tierras”. En recomiendan lao emisión Resolución AdminisRegulación la solicitud presentada Yacimientos Petrolíferos Fiscales correspondiente. que ne e aen espara ade me an mo de a en eág en de que d ha ón mo que u eHidrocarburos En ump m en o a aeP uel pa ode RM 015 ede nm eel med aEjecutivo WT pub ada po S&P G oba aam a eEspecial pa e omla de aeoPor ú alo en e19 depa amen o ma oado de 2022 e ea en egen aese ade asentido, ua aa de P e5pa o de Combu bmediante L qu on 92 Administrativa correspondiente. Precio por Ministerio yno Energías, en presente informe se el cálculo CUARTO Fnaeo JAR eVA Ma M s la de GNV 1en 0247 Bs m yoda eerealizó va odo de Apo eaem aaae que administrativo correspondiente dejar sin efecto RAR-ANH-DRC N° 0042/2019. El Director a.i., la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado Resolución Suprema Nde m deaprobadas etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como Gasolina tanto, seWe 2 Instalación de Tubería A°G° ¾” m 158,00 las cero (00:00) horas del día martes enero de m de apo RAR 0042 2019 a ene aaeoen de a ua e e+. elos que b en eoae o trativa correspondiente. o au uen de o egu ado med an aon on a de pe e2022 pe aen ado a ua men pa aan aa ea a ón á ude o eAnh uEmpotrada óno aBs n2022. om3 ma ón o de pa oActualización deconferidas udo Te Bolivianos – SYPFB con nota PRS/GRGD-2094 DRG-1160/2021, referente la de N Determinar los unitarios máximos por actividad de Costos de de San C u19 eDRC unoviembre ó0573/2021 aActividad n04 om ma ón em da po Ob ede aa omen oona Ag oamb en a Pde odu de CONSIDERANDO: e ede de me aN de E ano dN oeprecedentes Ga naón Ba ey2021 –atribuciones Ma o e“De aha áp eeLey 3oExceN° 27240 de 2020, en uso de las facultades por la del para determinación yANH actualización del precio final del combustible líquido resultante de la mezcla m R S Sprecios RESE N m N° Unidad Unitario Que el la informe legal DJ –alaaR UGJN de 20 de diciembre señala que: lo Fondo de Conve sede ón AFC en 0 0205 TERCERO.Los precios fijados en los Artículos entrarán en vigencia a partir de concluye que: El precio de Gasolina Especial + es 3,74 Bs/Lt (Tres con 74/100 Bolivianos por Litro), S m S S RESE N N Reg s ese pub quese y a ch vese que e ne e o e a o me an mo de a e am en o e eque m en o de que d e a no puede ump e o deb do a que e eg o de p o e ona e po pa e de a ANH ha do POR TANTO: 3 Instalación de Tubería A°G° ¾” Enterrada (sin reposición de cemento) m 185,00 npond e en med aque eM WT pub ada po G oba P amomento pa aGalvanizado) eaEspecial pLe e do onecesaria de aLey úde a en e depa amen o pend ea de npagados emartes o de De a omS&P oenero Ru a Te e a28 En een ese en e+. om endan a que em ón de aón Costos de excedentes ser por los Usuarios en Instalaciones Internas de Gas Natural dentes en Instalaciones Internas (Acero a ser pagados por los POR TANTO: Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de de octubre de 1994, la N° 3058 de 17 de mayo m m E B e en e on u e En ump en o a o ab e do N 1098 15 de ep emb e de de etanol anhidro con gasolina base 81, denominado como Gasolina Por lo tanto, se desarrollado se evidencia el fundamento por el cual, en su hizo la emisión Bs 3 mismo que incluye IVA. En cumplimiento al artículo 5 parágrafo III de la RM 015-19, se aclara las cero (00:00) horas del día 04 de de 2022. m m m E B oado aoSan po uen de o ado med an e ada on aeDaOb óny de pe ona eAporte pe a aal ado ab ua men de nyMargen e eAdm oaUGJN po a ó e oaoA°G° anombre o ma a¾” de a20 RAN ANH 009 2019 no eoamb endo a po dad de e POR TANTO: el valor de CUARTO.FIJAR el de GNV en 1,0247 Bs./m de aDJ C u–se eMinorista u a o ón em po18 ede ade o cemento) o Ag en P odu Re uRegulación nde a aegu e en edel de 2005, normativa vigente, del Estado Boliviano; 4El Instalación Tubería Enterrada (con reposición m Que informe legal 0573/2021 de de diciembre 2021 señala que: “De lo Usuarios de Gas Natural Categoría Doméstica a las empresas instaladoras, Categoría Doméstica (…), lo siguiente: de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya tiene validez actualmente, vez que si bien es cierto concluye que: precio de la Gasolina Especial + es 3,74 Bs/Lt (Tres 74/100 Bolivianos por Litro), 2018 aón Re o uconcluye one M nna eapond aHidrocarburos, e de N 130 185 18 117 21 ap obada po e04 M213,00 nhao ede o Que lael Dirección de través Informe INF-DRE-UPTC 0071/2022 de Reg s ese pub quese yno ch para la realización del cálculo, se la información oficial precio del crudo del West Texas no ump eEconómica eutilizó o deb do avese que e eg oadel de p con otoda eamediante ona edo po pa eA de a ANH que ppuede o e ona e a ed ado po ANH ea ene designado e one eña ada ma gen de ede odo Es Con o me 1 Instalación de Tubería A°G° ¾” en Elevación m 130,00 El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional de Resolución Suprema pend en e de M n e o de De a o o Ru a T a En e e en e om endan a em ón a Fondo de Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. RESUELVE El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución Sudesarrollado se evidencia que el fundamento por elPrecio cual, en su momento se hizo necesaria la emisión adicionales a los 22 metros lineales en el marco del Decreto Supremo N° 1996 de 14 que es necesario verificar los mecanismos de aterramiento, el requerimiento de que dicha verificación 3ala mismo que incluye IVA. En cumplimiento al artículo 5 parágrafo III de RM 015-19, se aclara que de H d o a bu o Ene g a e ap ó a me odo og a pa e á u o de p e o de ombu b e RESUELVE Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts y para el precio del azúcar en el departamento de marzo de 2022, referente a la actualización del del Combustible Líquido con Octanaje 92, de ado n e e o po a e o a o a de a RAN ANH D 009 2019 no e endo a po b dad de a a u ade de on o a upe a egu a a a n u en a p ena po e ad po pa e de (…)” CUARTO.FIJAR el Margen Minorista de GNV en 1,0247 Bs./m y el valor de Aporte al El Director Ejecutivo a.i., de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, designado mediante Resolución Suprema N° de 19RESUELVE: de noviembre den2020, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por por la Ley del Re o ude ón Adm a Empotrada a no o la etiene pond en e alfacultades POR TANTO 227240 Instalación de A°G° ¾” 158,00 prema 27240 de 19 noviembre de 2020, en de las yaAgroambiental conferidas la de la RAR-ANH-DRC N° 0042/2019, ya validez actualmente, toda vez que si bien es cierto corra por cuenta de los regulados mediante contratación de especializado, actualmente de mayo de 2014, de acuerdo siguiente detalle: para la realización del cálculo, se la información oficial del precio del crudo del West Texas on oegu ana e 92 on ueutilizó éndo e Euso pInforme eel oObservatorio de ombu batribuciones epa do on ana ela 92 eLey umean eacto N° Determinar los precios unitarios máximos por actividad Costos de Excede Santa Cruz se la información yo Productivo deen e de adop a aremitida med da que ean ne e– aMarzo ade e los arecomendó am ond one ado que putilizó oTubería eado ona e a ed ado po apor ANH ea en ade e aqu one eña ada A ma gen de e Es Con o me Que, previas estas consideraciones, el INF-DRE-UPTC 0135/2022 la emisión del resultante de la mezcla de Etanol Anhidro con Gasolina Base 2022, en el acápite 3. corFDO ng Ge mán Dan méne Te án………………………………… D RECTOR E ECUT VO adeo N° 27240 de 19 de noviembre de 2020, en uso de las facultades ypersonal atribuciones conferidas por Ley del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28 de octubre 1994, la Ley N° 3058 de 17 de mayo Fondo de Conversión (AFC) en 0,0205 Bs./m3. PR MERO DETERM NAR C m O del Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE) N° 1600 de 28 de octubre de 1994, la Ley N° 3058 de 17 de Regístrese, publíquese y archívese. que es necesario verificar los mecanismos de aterramiento, el requerimiento de que dicha verificación no puede cumplirse, ello debido ade el registro de profesionales por parte de la ANH ha sido PR MERO DETERM NAR C(Acero m O 3 Instalación de A°G° ¾” Enterrada (sin reposición de cemento) 185,00 Intermediate (WTI) publicada por S&P Global Platts yEn para precio del azúcar en el departamento de odo o u o ade E a one de Se osentido, ema aser e15 am en a med ón de ae a aAbg uTubería de on oLuna………………………………………………… aB egu a ese ad100 n u a ppagados ena epor ad po panude de pendiente del Ministerio de Desarrollo Rural Tierras”. recomiendan la emisión de la a me aSectorial de eeque ano da eInternas 4ynueva 50 L Cua oel 50 ano po Lm opo m mo que administrativo apruebe: de los precios unitarios máximos actividad los dentes en Instalaciones Galvanizado) aen por los FDO Ado o So aque D RECTOR UR Dm CO aeuón Sistema de Regulación (SIRESE) N° 1600 de 28 de de 1994, lade N° 3058 de 17 de mayo de 2005, y2005, normativa vigente, a del Estado Boliviano; respondiente concluye: “En cumplimiento aRAN-ANH-DJ lo establecido en la Ley N° 1098 de de septiembre de E D e oade E unombre oanh aa aupe Agen aestructura Na ona de H oa aBo bu oLey gnado med an eBolivianos Re o TANTO en 3,74 Bs/Lt. (Tres con 74/100 por PRIMERO.DETERMINAR elo“…la precio de la Gasolina Especial+ E A G B B LLoctubre C Bde mayo de yPOR normativa vigente, nombre corra por cuenta de los regulados mediante la contratación de personal especializado, actualmente E A G B B C dejado sin efecto por la revocatoria de 009/2019, existiendo een enegu a má ma de ada udel o Estado a pe o Observatorio que e deben epa momen o one dede em ón de Santa Cruz se utilizó la información remitida por elBoliviano; dea- Unitario e ado de adop a ala med da que ean ne e a no aAgroambiental a oBeado alaay posibilidad aProductivo ond Precio e ado

circunstancia como permiso, a cuenta de vacación o de otra índole y no podrán hacer descuentos por ningún motivo a los trabajadores. La historia señala que el 18 de mayo de 1950 se cumplió una huelga laboral indefinida, encabezada por los trabajadores fabriles liderados por la Unión Fabril. Ellos demandaban garantía para las actividades sindicales, reivindicaciones salariales y sociales, además de un mejor trato empresarial, revisión de la política laboral adoptada por el Gobierno de ese entonces y la reincorporación de 200 trabajadores a la fábrica de vidrios. El Gobierno de Mamerto Urriolagoitia ordenó reprimir la huelga, provocando la masacre de aproximadamente 100 obreros en la zona de Villa Victoria y el Bosquecillo de Pura Pura en La Paz.

ue e abo ada en e ma o de a No ma Bá a de o S ema de Adm n a ón Con o pa a da ump m en o a a u o 27 de a Le 1178 no e en uen a n ngún ób e pa a u ám e o e pond en e Po o que e e om enda on de a ap oba e gu en e n o me Té n o que u a a a ua a ón de REGLAMENTO DEL S STEMA DE NFORMAC ÓN DE COMERC AL ZAC ÓN DE COMBUST BLES B S SA de mane a que e m mo ea em do a on de a ón de D e ón u d a pa a p o egu e ám e o e pond en e on o me no ma a gen e Que med an e n o me Lega UG N 0313 2022 de 10 de ma o de 2022 em do po a Un dad de Ge ón u d a No ma a Regu a o a depend en e de a D e ón u d a e on u e e om enda que En e a ón a o de a o o de ma o no ma o de aná e e uado p e eden emen e no e en ob e a one de o den ega pa a a em ón de a Re o u ón Adm n a a que ap ueba e Reg amen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Combu b e B –S SA en a en ón a a e omenda one é n a e ab e da med an e n o me Té n o NF DDT UCSCN 0077 2022 de 28 03 2022 n o me DT C U D 0030 2022 de 29 03 2022 n o me Té n o DAF UF 0063 2022 de 29 03 2022 Po o que e om enda ap oba a Re o u ón Adm n a a de nue o Reg amen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Com bu b e B –S SA pa a o ua e ad un a e p o e o de a Re o u ón Adm n a o POR TANTO E D e o E e u o a de a Agen a Na ona de H d o a bu o de gnado med an e Re o u ón Sup ema N 27240 de 19 11 2020 en u o de a a u ade a bu one on e da po a Le de S ema de Regu a ón Se o a S RESE N 1600 de 28 10 1994 a Le N 3058 de 17 05 2005 no ma a gen e a nomb e de E ado Bo ano RESUELVE PR MERO Se ap ueba e Reg amen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Combu b e B S SA que en Ane o o ma pa e n eg an e e nd b e de a p e en e Re o u ón Adm n a a ompue o po o ho 8 ap u o e n nue e 29 a uo SEGUNDO La ANH e p op e a a de Equ pam en o B S SA do ado e n a ado en a E a one de Se o du an e a e apa de mp emen a ón de B S SA debe án e de ue o una e on u da u da ú TERCERO La E a one de Se o p e e a án e Equ pam en o B S SA de p op edad de a ANH n a ado en u n ae u u a no ea a án a one que pongan en e go o p o du an daño a m mo La E a one de Se o debe án n o ma med an e o eo e e ón o a a ANH en un p a o no ma o a e n ua o 24 ho a ua qu e daño o ma un onam en o en o equ po de p op edad de a ANH Lo equ po de p op edad de a ANH que u e on e daño debe án e de n a ado n u endo u a e o o en egado po a E a ón de Se o a a ANH en e p a o má mo de ua en a o ho 48 ho a p e a au o a ón de a ANH V En a o que a a egu ado a no ub a a epo ón de equ pam en o B S SA de p op edad de a ANH a e a ón de e o epond á o epa a a e daño o pé d da de Equ pam en o B S SA CUARTO La E a one de Se o e án e pon ab e de a a e go o p odu an daño a Equ pam en o B S SA

one que pongan en

Cuando e equ pam en o B S SA de p op edad de a ANH u a a gún daño o pé d da o ope ado e debe án adqu e n a a equ po de u p op edad ump endo m n mamen e a ond one é n a p o ed m en o e ab e do po a ANH QU NTO La Rea gna ón de a Ta e a RF D a Re a ón o A ua a ón de o da o a o ado a o D po o de Au o den a ón RF D ng e a a en gen a una e e ap ueba a Re o u ón Adm n a a que ap uebe a ab a de e o de a ope a ón SEXTO Se de a n e e o a Re o u ón Adm n a a RAN ANH D N 11 2019 de 6 de un o de 2019 que ap ueba e Reg amen o de S ema de n o ma ón de Come a a ón de Com bu b e B S SA oda no ma on a a a a p e en e e o u ón Reg

e e pub que e

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E Con o me FDO ng Ge man Dan e méne Te án D RECTOR E ECUT VO a AGENC A NAC ONAL DE H DROCARBUROS FDO Abg A be o Ga ón R o Rod gue D RECTOR UR D CO a AGENC A NAC ONAL DE H DROCARBUROS Puede acceder al texto completo de la presente Resolución Administrativa, escaneando el siguiente código QR. RMAN


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Sociedad • Redacción Central

Quienes venden periódicos tienen una sacrificada labor. Antes del alba deben estar en los puntos de distribución de los diarios para recogerlos y llevarlos a sus fuentes laborales y así iniciar la venta desde muy temprano.

CON UNA MISA EN EL MAUSOLEO DEL CEMENTERIO

Vendedores de periódicos celebraro años de apoyo a la difusión informa

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DE MAYO DE 1936 nació el Sindicato de Vendedores de Periódicos de La Paz. Hoy cuenta con más de 200 asociados y sus dependientes.

La visita al mausoleo que fue remozado esta gestión.

nillitas no regresaron a sus hogares dejando viudas y huérfanos. Ante esa necesidad de salir adelante, heredando el oficio de quienes reparten periódicos, nació un Sindicato de Suplementarios de periódicos. En 2014 se declaró al 17 de mayo de cada año como Día Nacional del Canillita Boliviano en homenaje al primer Sindicato de Vendedores de Periódicos de Bolivia fundado en 1936. Desde los años 20, hasta casi la década de los 60, los canillitas eran conocidos como suplementarios. Fueron por largo tiempo una suerte de pregoneros que leían en voz alta los titulares por calles, plazas e iglesias para vender los suplementos o pasquines. La difusión de la información fue un pilar importante en el gobierno de Sucre. Alguna vez el héroe de la independencia y presidente boliviano ordenó a los batallones colombianos Bogotá, Voltijeros y Pichincha vender el Cóndor en las calles de la Capital de la República a un real el ejemplar. Lo hizo en enero de 1826, cuando en una edición se pu-

blicaba la proclama de despedida de Simón Bolívar y anunciaba su marcha hacia Lima, según rescata la ABI. De esa manera se convirtieron en asiduos lectores que tienen en la retina eventos tan importantes e inolvidables como la noticia de la clasificación de la elección de fútbol al mundial, la muerte de Ernesto Che Guevara o el lanzamiento del Satélite Túpac Katari. // FOTO: JORGE MAMANI

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fines de la república de la nueva Bolivia, pero ¿quiénes iban a repartir la producción? los canillitas”, dijo Mario Heredia Gonzales, vendedor de periódicos desde los seis años. Gonzales explicó que a lo largo de la historia del país, al menos fueron 100 mil periódicos que nacieron en el país y luego se cerraron. En 1936, después de la campaña de la Guerra del Chaco muchos ca-

// FOTO: AHORA EL PUEBLO

s esta labor invisible que se repite a diario, sin descanso, sin vacaciones, sin seguro y sin el reconocimiento de la sociedad. Es por eso que el presidente Luis Arce envió un afectuoso abrazo a los vendedores de periódicos, quienes ayer celebraron su día, y destacó la labor social que cumplen en beneficio del pueblo. “En el Día Nacional del Canillita enviamos un afectuoso abrazo a nuestras hermanas y hermanos canillitas, que todos los días inician su jornada laboral desde muy temprano para mantener informada a la población. Valoramos su labor social en beneficio de la sociedad, felicidades”, escribió el mandatario en sus redes sociales. Los canillitas son quienes intermedian la venta de periódicos y lo hacen desde 1826, luego de que el mariscal Antonio José de Sucre fundó uno de los periódicos más importantes del país: el Cóndor de Bolivia, que circuló desde el 29 de octubre de 1825 hasta abril de 1828. “Entre 1824 y 1825 no había periódicos, solo pasquines y el primer periodista designado por el libertador Simón Bolívar ha sido el mariscal Antonio José de Sucre, con la misión de que llegue a todos los con-


Una vendedora de periódicos lee las noticias publicadas en este matutino.

En el Día Nacional del Canillita enviamos un afectuoso abrazo a nuestras hermanas y hermanos canillitas, que todos los días inician su jornada laboral desde muy temprano para mantener informada a la población”.

Desde muy temprano, los canillitas recogen los periódicos de diferentes puntos de la ciudad para venderlos a la población.

Luis Arce Presidente de Bolivia

“El internet nos quitó la venta, estamos luchando contra ese fenómeno porque el periódico está por salir y en internet ya se dio a conocer la noticia, pero mucha gente no pierde el hábito de la lectura y con eso nos ayudan bastante”, dijo el vendedor de periódicos. La pandemia perjudicó al sector, pero no es la primera crisis que vivieron.

Una vendedora ofrece Ahora El Pueblo a sus lectores.

La oferta de periódicos es diversa en todo el país.

// FOTO: ARCHIVO

Ayer, efectuaron la tradicional misa por los 86 años de vida del Sindicato de Vendedores de Periódicos de La Paz en el mausoleo que fue construido el 1966 en el Cementerio General de La Paz y refaccionado esta gestión. Muchos asistieron al evento y recordaron los momentos que marcaron la vida de quienes ofrecen las noticias a voz en cuello.

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// FOTO: ARCHIVO

La fiesta tradicional fue cambiada por una misa en la que se pidió salud para los vendedores de periódicos.

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// FOTO: GONZALO JALLASI

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Sociedad

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Asistentes visitan la la muestra “No más transfobia”.

ACTIVISMO POR LOS DERECHOS HUMANOS

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“No más transfobia”, fotografías que retratan violencia cotidiana

DE MAYO, Día Internacional contra la transfobia, homofobia y bifobia. Se conmemora la eliminación de la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales por parte de la OMS.

• Redacción Central

Una serie de fotografías representan la violencia, los insultos y el estigma que sufren las personas trans en Bolivia. La exposición inaugurada ayer busca sensibilizar a la sociedad sobre las condiciones en las que vive esta población cotidianamente. El 17 de mayo se conmemora el día en que la homosexualidad se eliminó de la lista de enfermedades mentales de la Organización Mundial de la Salud. “Pero también es el día en que la diversidad sexual pasa de ser un perjuicio a un aporte a la humanidad”, dijo la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, en su discurso de apertura en la exposición. La muestra, que se exhibió en el hotel Stannum de La

Paz, fue efectuada por la Organización de Trasvestis, Transgéneros y Transexuales Femeninas de Bolivia (Otraf), cuyos miembros fueron retratados por los fotógrafos Noemí Gonzales y Juan Carlos Usnayo. “El concepto de esta exposición de fotos es reflejar a través del arte, la violencia a la cual nos enfrentamos la población trans: violencia psicológica, sexual, física, que incluso llega a hechos de transfeminicidio o crímenes de odio. ¿Por qué mostramos imágenes tan fuertes? porque esa es la cruda realidad”, explica Luna Sharlotte Humérez, presidenta nacional de Otraf. Ser retratada tampoco fue una experiencia completamente agradable; por el contrario, la activista narra que incluso el simulacro de vivir ese tipo de violencia la hizo sentirse mal, pero que la experiencia valió la pena, para poder representar una reali-

// FOTO: JORGE MAMANI

La exposición inaugurada ayer, busca sensibilizar a la sociedad sobre las condiciones de vida de la población trans en Bolivia.

Diana Málaga, Luna Humérez y Gabriela Alcón, en la inauguración de la muestra.

dad que muchas de sus compañeras viven todos los días. Ana Lucía Flores, otra de las mujeres trans que posó para las fotografías y que es parte de Otraf, narra que las imágenes que más le conmueven son aque-

llas que tratan sobre los estigmas que la sociedad les impone. “La prostitución es uno de los más grandes. La gente asume que somos prostitutas sin conocernos y es peor, porque en Bolivia no hay un cupo la-

boral para las mujeres transexuales, es por eso que recurrimos a ese trabajo, que es como cualquier otro”, dijo Flores. Además de la exposición, a la que asistieron diputadas, autoridades y diplomáticos, se hizo la presentación de un spot, en el que se pretende sensibilizar a la sociedad sobre la importancia del respeto a los derechos básicos de la población trans. Este busca educar sobre la importancia de esta fecha y visibilizar a la comunidad trans y LGTBIQ+ (lesbianas, gays, trans, bi, intersexuales, queers y otros). “La presencia de autoridades en esta presentación y de la difusión de este spot nos ayuda a que la gente nos escuche y nos reconozca. Se está vizibilizando nuestra lucha, con un mensaje que hemos elaborado nosotras y esperamos que se difunda”, dijo Luna Sharlotte Humérez.


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Editorial Camacho, sin obras para Santa Cruz

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n los últimos 16 años, excepto en la etapa de la dictadura de Jeanine Añez, los bolivianos se acostumbraron a ver el inicio de obras y su inauguración en todos los rincones del país. Lamentablemente, en la actualidad, Luis Fernando Camacho no sabe cómo salir del problema en el que se encuentra por la cantidad de promesas que ofreció a Santa Cruz y que no las puede cumplir, así como no les cumplió a los policías que se amotinaron en 2019 para interrumpir la democracia boliviana. El Gobernador de Santa Cruz hasta ahora sólo se dedicó a viajar a varias ciudades del país intentando dividir a los bolivianos con un falso discurso de federalismo, del cual conoce poco o nada, o de mostrar un supuesto modelo económico exitoso de Santa Cruz, cuando en realidad sabemos que ese modelo es de acaparamiento y no de distribución equitativa de los recursos que se generan en el país. El Gobernador de Santa Cruz, tildado de dictador por sus propios correligionarios que se alejaron de él, en una actitud desesperada, intenta minimizar las obras que el presidente Luis Arce Catacora entrega en el departamento de Santa Cruz, mientras él no puede concretizar una sola obra construida en su gestión. El Gobierno nacional, entre 2021 y 2022, dotó de unidades educativas, hospitales, carreteras al departamento cruceño; en

tanto que la autoridad departamental no tiene obras que entregar. Con esto Camacho demuestra poca eficiencia en su gestión que comenzó el 3 de mayo del pasado año. La autoridad que en 2019 ingresó al Palacio con su Biblia para iniciar un régimen de facto que se cargó 38 muertos dijo, después durante su campaña electoral, que Santa Cruz cambiaría con él hacia el crecimiento departamental, lo que hasta ahora no ocurre; al contrario, nos encontramos con una región estancada, sin obras para el desarrollo y observamos a políticos más preocupados por sus empresas y sus ambiciones políticas que empiezan a dañar las estructuras autonómicas. En un año Santa Cruz se dio cuenta de que su crecimiento está en base a todo el trabajo que desarrolla el Ejecutivo nacional y no a sus autoridades departamentales, quienes no están llevando a cabo sus ofertas para su plan de gobierno departamental, promesas falsas con las cuales lograron la confianza de los cruceños. Si bien la región oriental sigue siendo un polo de desarrollo económico, no es por la capacidad de su Gobernador. El departamento empieza a mostrar más grietas entre pobres y ricos, lo que está determinando que la calidad de vida en esa zona de país sufra un retroceso y sea relegada por otras regiones del país. Si Camacho no hace obras, si no endereza el timón de su gestión, será la etapa más nefasta para la historia de Santa Cruz.

En un año Santa Cruz se dio cuenta de que su crecimiento está en base a todo el trabajo que desarrolla el Ejecutivo nacional y no a sus autoridades departamentales.

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Tribuna Sandino en la calle de las Brujas Gabriel Villalba Pérez

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uenta la historia que cuando Ernesto “Che” Guevara llegó a Bolivia, allá por el año 1967, no solo se alojó con una identidad falsa en el hotel Copacabana y comió en Elis de El Prado, sino que también visitó los principales barrios de comercio popular de nuestra ciudad de La Paz, quedando encantado con la cultura boliviana. Dejó constancia de su visita adquiriendo una clásica cachucha propia del sindicalista boliviano de la época. Pasando del plano de la anécdota histórica al plano de la especulación, con otro personaje de igual importancia cultural en la historia de la liberación global de los pueblos, Augusto César Sandino, nos preguntamos: ¿Qué hubiera hecho Sandino en Bolivia? Me lo imagino llegando también de encubierto a Bolivia, como lo hizo en su tiempo Ernesto “Che” Guevara. Imagino a Sandino paseándose por la calle de Las Brujas de esta ciudad, comprarse un

poco de suerte líquida antiimperialista para la revolución global de resistencia al imperialismo norteamericano, que se gestaba desde cada rincón de nuestra gran patria grande. Me lo imagino recibido por los ayllus, quienes le regalarían ponchos antibalas de color rojo y negro. Rojo por la libertad y la sangre derramada en la lucha por la revolución. Y negro por el luto guardado en conmemoración de todos los revolucionarios muertos en las guerras mundiales contra la explotación del capital. En esta historia, Sandino habría elevado una mesa con yatiri combativo de la época. Dejando de lado esta travesura literaria en el campo de especulación añorada. Lo cierto es que Sandino alumbró más allá de sus fronteras. Entre 1927 y 1933, dirigiendo la resistencia nicaragüense contra el ejército de ocupación estadounidense en Nicaragua, aleccionó a los pueblos libres del mundo a luchar por su independencia contra la doctrina Monroe. El ejér-

cito guerrillero liderado por Sandino logró expulsar a las tropas de marines gringos, quienes salieron huyendo de Nicaragua. Sandino también nos enseñó que tras crear la Guardia Nacional que Estados Unidos de Norteamérica, jamás perdonará ninguna derrota ya que Sandino, nuestro General de Hombres Libres, fue traicionado y asesinado por encargo de la embajada gringa. Hoy conmemoramos su permanente intransigencia contra el imperialismo norteamericano, recordando su 127 aniversario de natalicio que nos alimenta de libertad y refuerza nuestro antiimperialismo en los tiempos de mayor flaqueza. Los hombres libres de este lado del sur global agradecen la vida, obra y lucha por la liberación de nuestra América, que no es la América gringa que nos vende la industria cultural hollywoodense. Sandino vive en cada lucha y en cada revolucionario. Gabriel Villalba es abogado y analista político.

Autonomías, dirigencias y revolución cultural permanente Gabriel Campero

E

n noviembre del 2021, muy amablemente, este medio de prensa escrito me permitía sacar un artículo titulado “El pitismo estatal y la revolución permanente” que realizaba un análisis sobre la presencia de traidores en el Proceso de Cambio, después de recuperar la democracia y de cómo se estaban camuflando en entidades del Estado y consiguiendo puestos laborales, causando de esta manera malestar en las bases y en otros militantes firmes, que ahora veían cómo aquel que los vendió en el golpe del 2019 continuaba trabajando en su institución o peor aún , había conseguido un mejor puesto y por ende mejor salario. Han sido días con muchas noticias en diferentes aspectos, entre ellos están lo suscitado con las autonomías en las universidades y sus eternos dirigentes, los cuales han deformado la consigna de la autonomía y han convertido las casas de Estudios Superiores en un botín de malos dirigentes y administrativos, lo cual nos llevó a replantear nuevamente a toda la po-

DIRECTOR Marco Antonio Santivañez Soria

Ahora EL PUEBLO - Digital Melina Valencia Achá Milenka Parisaca Carrasco

blación: cuál es la verdadera finalidad de la autonomía universitaria? e incluso a analizar que debe existir límites para la misma, ya que esta funciona con recursos de todos los bolivianos. Retomando el primer párrafo, también días atrás veíamos como colocaban en un cargo jurídico de la Caja Nacional de Salud a una persona que se dio el lujo de denunciar al compañero Evo Morales y al hermano presidente Lucho Arce, lo cual no duro mucho (por suerte), pero sucedió y por tanto deja un terrible precedente de lo poco a nulo de verificación de antecedentes de las personas que ingresan a esos espacios laborales. A esta altura muchos se preguntarán, ¿qué tiene que ver la autonomía y el ”pitismo” incrustado en espacios del Estado?, bueno, acá va el análisis: es imperante ver en las entidades que funcionan con recursos de los trabajadores y del pueblo boliviano y que tienen un componente estatal (miembros del nivel central en sus directorios, etc.) deben ser controladas de manera eficiente, es muy conocido que los sindicatos médicos no han apoyado al pueblo en la gran

PERIODISTAS Economía. Frank Ibañez Canedo, Jorge Habermann Solano Sociedad. Williams Ramírez Urquiza, Angela Marquez Aguilar Política. Clayton Benavides Arteaga, Luis Fernando Cruz, Gabriela Ramos Seguridad. Miriam Zenaida Chavez Cultura. Estéfani Huiza Fernández Deportes. Reynaldo Gutiérrez Marín, Jeovana Bernabé Bracamonte

Corrección. José Maria Paredes Ruiz, José Antonio Orellana Carpio, Ana Peñaranda Cueto Fotografía. Gonzalo Jallasi Huanca, Jorge Mamani Karita Diagramación. Iván Laime Sarsuri, Gabriel Omar Mamani Condo Infografía. Yuri Rojas Monteagudo

cantidad de nuevas medidas de mejora en la atención y que usualmente hacen presión para retirar o colocar personal a su antojo en esos espacios; al igual que con la autonomía hay que evaluar seriamente la “revolución cultural permanente” (ausencia de dirigentes formados social y éticamente), la incrustación de pititas avalados por malos dirigentes y que impulsan que personas como la señalada anteriormente de la Caja Nacional ingresen a espacios laborales. Al igual que en las autonomías, un sindicalismo sin una finalidad social es equivalente a corrupción y mal manejo de recursos. Es momento de evaluar muy seriamente, las dirigencias en espacios “sociales” que durante el golpe fueron bastiones de la derecha e impulsar a que las dirigencias de sectores tan “sociales” no estén en manos de personas reaccionarias. La educación y la salud son derechos, no pueden estar a cargo de personas que traicionan los valores éticos revolucionarios y qu,e por ende dan mala imagen al sindicalismo, a la autonomía y por ende a la política.

COMERCIAL Judith Fernández Paredes Cel. 78822442 Eunice Ramírez Cruz Cel. 69491112 Tel. 2902587 Int. 119 – 124 - 123 Distribución. Ricardo Kantuta - Cel. 71274178 Calle Potosí, esquina Ayacucho N° 1220. Zona central, La Paz, Teléfono: 2902587

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Desde la ALP se rinde homenaje al Primer Grito Libertario de la región

POR CONTRAPARTE DE OBRAS

Chuquisaca debe Bs 7,7 millones a Obras Públicas • ABI

La gobernación de Chuquisaca, encabezada por Damián Condori, debe Bs 7,7 millones al Ministerio de Obras Públicas de contraparte para la ejecución de obras, entre ellas, peajes y el tramo carretero Muyupampa – Ipatí, informó ayer el titular de esa cartera de Estado, Édgar Montaño. “Estamos hablando de más de 3.811.000 bolivianos solamente en el tema de las casetas (de peajes). Ahora si vamos a las planillas de avance de obra de la carretera Muyupampa – Ipatí, el señor gobernador de Chuquisaca nos debe 3.971.373 bolivianos”, dijo en una rueda de prensa. Respecto al caso de la construcción del tramo Muyupampa-Ipatí, la autoridad explicó que el gobernador chuquisaqueño se niega a poner su contraparte para la conclusión de esa importante obra carretera. “Nos dice que con el pago de las planillas no se van a acabar de construir las obras, ¿cómo es eso, señor gobernador?, ¿por eso es que no paga usted las planillas?, ¿por eso es que usted está retrasando las obras de Chuquisaca?”, cuestionó.

El Gobierno va a pintar todos los departamentos de obras, para el beneficio del pueblo boliviano, porque el ciudadano boliviano está esperando infraestructuras” Édgar Montaño Ministro de Obras Públicas En ese contexto, exhortó a Condori a designar los recursos económicos que a la gobernación de Chuquisaca le corresponde, como establecen los convenios intergubernativos para la ejecución de obras. Por otra parte, el Ministro indicó que es similar el caso de la gobernación de Santa Cruz, a cargo de Fernando Camacho. A la fecha, esta entidad, adeuda más de Bs 4,1 millones como contraparte para la conclusión del tramo Muyupampa-Ipatí.

El Ministro de Obras Públicas en conferencia de prensa.

DESDE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

Homenajean los 213 años del Primer Grito Libertario El Vicepresidente destacó la lucha por la libertad y por el fuego que nunca se apaga. • Redacción Central

El vicepresidente David Choquehuanca instó ayer a repetir el grito de libertad que se dio hace 213 años desde Chuquisaca, en contra del colonialismo y cualquier otro sistema de opresión al pueblo. En ocasión del homenaje al Primer Grito Libertario de América, acto realizado por la Bancada del Movimiento Al Socialismo, MAS, de Chuquisaca en el Patio Histórico de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Choquehuanca destacó la lucha de los chuquisaqueños contra el colonialismo y afirmó que en la actualidad las autoridades continúan luchando para alcanzar la libertad. “El grito de hace 213 años de nuestros hermanos de Chuquisaca ha sido contra la humillación, la esclavitud y la división. Nuestros diputados, senadores, alcaldes y mallkus seguimos luchando contra el odio, la mentira y el engaño para alcanzar la

verdadera libertad, ese grito de libertad que se reaviva todos los días y no nos van a apagar porque somos jenecherú, es decir, fuego que nunca se apaga”, afirmó la autoridad. El Vicepresidente manifestó que la igualdad no es posible sin la libertad, por eso es necesario desterrar el colonialismo que dividió al Abya Yala. “Sin libertad no vamos a encontrar la igualdad y sin ella no hay justicia, soberanía, ni respeto. Hoy, nuevamente, nos toca dar un grito pero con identidad propia, porque un día vamos a volver a nuestro Abya Yala, donde no habían himnos ni fronteras”, dijo. Remarcó que sin la libertad no se encontrará la igualdad, justicia, soberanía y respeto y lo que se pretende es ello, respeto. Dijo que los pueblos nunca se han rendido y no se van a rendir ya que son milenarios; “nuestra cultura es indestructible, nunca hemos dejado de luchar contra la esclavitud para alcanzar nuestra verdadera libertad y hoy continua-

mos esa lucha en cada una de nuestras comunidades”, enfatizó la autoridad. El presidente de Diputados, Freddy Mamani, destacó, por su parte, que la gesta libertaria se originó en Chuquisaca, “un pueblo luchador y trabajador”. “Chuquisaca se levanta gracias al esfuerzo de todos sus habitantes”, comentó durante el acto principal.

213 AÑOS DEL PRIMER GRITO Libertario se celebrará este 25 de mayo, cuando los chuquisaqueños estén de fiesta.

// FOTO: VICEPRESIDENCIA

País


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Orbe CON AUTORIZACIÓN DE WASHINGTON

Venezuela confirma inicio de operaciones petroleras de EEUU Las autoridades de la República Bolivariana esperan que la medida sea el camino para el levantamiento absoluto de las sanciones ilícitas. La vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, confirmó la decisión del Gobierno de Estados Unidos (EEUU) que autoriza a empresas petroleras de ese país y de Europa a negociar y reiniciar sus operaciones con Caracas.

Empresa estatal venezolana.

Estados Unidos anunció ayer que flexibilizará de manera limitada algunas sanciones contra Venezuela con el fin de promover el diálogo entre el gobierno de Nicolás Maduro y la oposición apoyada por Washington, dijo un alto funcionario estadounidense a los periodistas.

LA MEDIDA ESTÁ EN VIGENCIA

Presidente Boric decreta estado de emergencia en el sur de Chile • Sputnik Mundo

Con el objetivo de mitigar los hechos de violencia en La Araucanía y el Biobío (sur) a través de un proceso de militarización, el presidente de Chile, Gabriel Boric, presentó ayer un decreto para establecer un estado de excepción constitucional de emergencia en esas regiones. “El gobierno del presidente Gabriel Boric ingresó a Contraloría un decreto que aplica estado de excepción de Emergencia en La Araucanía y el Biobío”, informó el diario La Tercera. Una vez que la determinación pasó el filtro de forma de

la Contraloría, la medida rige por los próximos 15 días con la posibilidad de extensión por otras dos semanas más. Pasado ese plazo, si el Gobierno desea continuar extendiendo la militarización necesitará la aprobación del Congreso Nacional. El estado de emergencia le entrega atribuciones especiales al Ejecutivo para desplegar a las Fuerzas Armadas en una zona específica del país, con el fin de apoyar a la Policía en labores de seguridad y control del orden público. Desde hace décadas se vienen registrando en el sur de Chile, específicamente en la zona de La Araucanía y el Biobío, ataques incendiarios contra maquinaria forestal, empresas de áridos, iglesias y otros inmuebles.

ANTECEDENTES DE “Venezuela aspira a que estas DIÁLOGO decisiones de los Estados Unidos Desde marzo comenzó un de América inicien el camino para el levantamiento absoluto acercamiento entre EEUU y de las sanciones ilícitas que afec- Venezuela. Ese mes, una deletan a todo nuestro pueblo”, ase- gación estadounidense fue recibida en Caracas por guró la vicepresidenta el presidente MaduRodríguez mediante ro, quien califisus cuentas de recó la reunión de des sociales. “respetuosa, corAludiendo al dial” y “muy diproceso de replomática”. cuperación económica del país Tras ello, Venezuela liberó a en medio de las dos presos estadousanciones coerciDelcy Rodríguez nidenses que se entivas y unilaterales, contraban encarcelados: Rodríguez acotó que las autoridades del Ejecutivo se- Gustavo Cárdenas, condenado guirán impulsando políticas por peculado doloso propio y con esfuerzo propio y al mismo concierto de funcionario con tiempo denunciando los im- contratista, y Jorge Fernández,

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DÍAS ES EL TIEMPO del estado de excepción que puede extenderse con la aprobación del Congreso Nacional. // FOTO: LA TERCERA

// FOTO: RRSS

• Agencias

pactos que el bloqueo ha traído a los venezolanos. “El Gobierno Bolivariano de Venezuela, apegado a sus profundos valores democráticos, seguirá promoviendo de manera incansable el diálogo fecundo en formato nacional e internacional”, sentenció la vicepresidenta. Con el levantamiento de la medida, la empresa Chevron y Petróleos de Venezuela SA (PDVSA) podrán entablar procesos de diálogo y negociación.

Hemos tomado razón del decreto que declara Estado de Excepción Constitucional en la región de La Araucanía y las provincias de Arauco y el Bío Bío”. Contraloría General Fiscalizadora Superior Presencia militar en la zona macrosur.


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Orbe

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EDICTO

// FOTO: DE EL PAÍS DE ESPAÑA

La Autoridad de Fiscalización de Empresas - AEMP, en ejercicio de sus funciones y atribuciones establecidas en el artículo 25 de la Ley Nº2427, artículo 44 del Decreto Supremo Nº0071, artículo 6 de la Ley N°685 y demás normativa, conforme a las disposiciones del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado mediante Decreto Supremo Nº27175, en el marco de la Ley Nº2341 de Procedimiento Administrativo, cita y emplaza al Sujeto Regulado:

376719027

00410242

RICARDO JAVIER BARRIGA ZAMORA

11/2022

206/2022

2

SCUISI S.R.L.

375784020

00408906

HELEN EDITH LIZONDO PEREYRA y/o WILLY ARNOLD BENAVIDES SANABRIA

019/2022

210/2022

3

JIANGSU SISHENG CONSTRUCCIÓN S.R.L. con sigla (JSC S.R.L.)

353460027

384590

LIBAO CHEN

020/2022

205/2022

021/2022

207/2022

4 “INMATRA S.R.L.”

292944023

156709

GONZALO ABEL SALDAÑA DEL POZO, MARIA LORETA DEL POZO VIUDA DE SALDAÑA

EMPRESA 5 CONSTRUCTORA TZADDIK S.R.L.

293984021

173084

JUAN JOSE JIMENEZ ALIAGA

023/2022

208/2022

6

330304025

362820

MIGUEL ANGEL GOLFIN TERRON

024/2022

209/2022

El presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei, anunció ayer que no participará en la Cumbre de las Américas, a celebrarse del 6 al 10 de junio en la ciudad estadounidense de Los Ángeles, debido a que cree que no lo invitarán. “No me van a invitar a la Cumbre; de todos modos, yo mandé a decir que no voy a ir (...) mientras yo sea Presidente, a este país se le respeta”, declaró Giammattei en el marco de la inauguración de una carpa cultural que instaló la Embajada de México en la municipalidad guatemalteca de Palencia. El anuncio de Giammattei fue realizado después de que Washington criticó la reelección por cuatro años más de la actual fiscal general de Guatemala, María Consuelo Porras, quien es señalada por EEUU como “actor corrupto y antidemocrático” e incluida desde septiembre de 2021 en la llamada ‘Lista Engel’, presuntamente por obstaculizar la persecución penal en casos de corrupción. El lunes 16 de marzo, el Departamento de Estado de

A efectos de apersonarse y notificarse con el Auto de Formulación de Cargos señalado en el cuadro precedente, a través del cual se identifica que presuntamente habría incurrido en la infracción tipificada en el inciso a), parágrafo I del artículo 15 del Reglamento de Sanciones e Infracciones Comerciales aprobado por Resolución Administrativa RAI/AEMP/N°052/2011 de 16 de agosto de 20111, toda vez que no habría actualizado su Matrícula de Comercio correspondiente a la gestión 2020, hasta el 31 de agosto de 2021, plazo fatal y perentorio establecido en el artículo primero de la Resolución Ministerial MDPyEP/ DESPACHO Nº 249.2018 de 07 de diciembre de 2018.

Toda vez que se desconoce el domicilio comercial actual de los mismos y si éstos se encuentran o no en sede municipal de la Autoridad de Fiscalización de Empresas, conforme así lo establece los Informes respectivos, también señalados en el cuadro que antecede, a los efectos de garantizar su Derecho a la Defensa, consagrado en el parágrafo II del artículo 119 de la Constitución Política del Estado y conforme dispone el parágrafo III del artículo 21 de la Ley Nº2341 del Procedimiento Administrativo, se le reconoce un plazo adicional de cinco (5) días hábiles administrativos. Vencido el plazo otorgado, no habiéndose presentado los Sujetos Regulados, en el marco del parágrafo III del artículo 27 del Reglamento a la Ley del Procedimiento Administrativo para el SIREFI aprobado por el Decreto Supremo 27175, la notificación se tendrá por practicada.

CONVOCATORIA - ANPE ADUANA NACIONAL LICITACIÓN N° AN-GNAF-DABS-ANPE-18-2022 SEGUNDA CONVOCATORIA Se convoca públicamente a presentar propuestas para el proceso detallado a continuación, para lo cual los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES, de acuerdo a la siguiente información:

Objeto de la contratación : CUCE : Tipo de convocatoria : La contratación se formalizará : mediante: Método de Selección y : Adjudicación Precio Referencial : Encargado de atender consultas : Teléfono : Correo Electrónico para consultas : Presentación de Propuestas : Electrónicas

EEUU designó a Porras bajo la Sección 7031(c) de la Ley de Asignaciones de Programas Relacionados y Operaciones Extranjeras, que implica que la fiscal y su esposo Gilberto de Jesús Porres de Paz “no son elegibles para ingresar” al territorio estadounidense. Según el Departamento de Estado, Porras habría ordenado a los fiscales del Ministerio Público ignorar las investigaciones anticorrupción para proteger a sus aliados políticos y obtener favores políticos indebidos.

MADIMEL S.R.L.

En tal sentido, los Sujetos Regulados referidos en el cuadro anterior, deberán en el término de cinco (5) días hábiles administrativos, computables a partir de la publicación del presente edicto, y en el marco de lo dispuesto en el parágrafo II del artículo 27 del Decreto Supremo Nº27175, hacerse presente ante las oficinas de la AEMP, ubicadas en la Calle Batallón Colorados Nº24 Edificio El Cóndor, Piso 11, Zona Central de la ciudad de La Paz, para ser notificados con los Autos de Formulación de Cargos.

• RT

Los presidentes de México, Bolivia, Argentina, Chile y otros del Caricom rechazaron la decisión de Washington de excluir a Cuba, Venezuela y Nicaragua de la Cumbre de las Américas.

INFORME DE NOTIFICACIÓN AEMP/DTFVCOC/N°

ECOPAVITEC S.R.L.

DECISIÓN DEL PRESIDENTE

Guatemala no asistirá a Cumbre de las Américas

AUTO DE FORMULACIÓN DE CARGOS N° AEMP/DTFVCOC/ AFC/PC/

1

El mandatario guatemalteco Alejandro Giammattei.

EMPRESA MATRÍCULA MATRÍCULA PROPIETARIO Y/O UNIPERSONAL/ DE DE COMERCIO REPRESENTANTE SOCIEDAD COMERCIO (SEPREC) Nº LEGAL COMERCIAL (ANTERIOR)

Acto de Apertura de Propuestas : (Fecha, Hora y Dirección)

“ADQUISICIÓN DE COMPUTADORAS DE ESCRITORIO Y PORTÁTILES POTENCIADAS PARA LA ADUANA NACIONAL” 22-0283-00-1201401-2-1 CONVOCATORIA NACIONAL Contrato Precio Evaluado Más Bajo (SUBASTA ELÉCTRONICA) Bs199.800,00.- (Ciento Noventa y Nueve Mil Ochocientos 00/100 bolivianos) Guido Rilmar Quispe Tarqui 2128008 Int. 1317 gquispe@aduana.gob.bo Presentación de Propuestas electrónicas Mediante el RUPE Fecha: 19 de mayo de 2022 Hasta Hrs.: 15:00 (fecha y hora límite) Fecha: 19 de mayo de 2022 Hrs.: 15:42 APERTURA DE PROPUESTAS Lugar: Av. 20 de octubre Nº 2038, Edificio de la Oficina Central de la AN, Piso 6 , Departamento de Administración de Bienes y Servicios (Auditorio) APERTURA DE PROPUESTAS DE MANERA VIRTUAL Unirse a la reunión Webex meeting: https://aduana.webex.com/aduana-sp/j. php?MTID=mbf08856a6933dee0312a6307959bb1ff • Número de reunión: 2532 281 2122 Contraseña: 2022 www.aduana.gob.bo - Línea gratuita: 800 10 5001


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Últimas // FOTO: RRSS

EN 10 DÍAS SE OFICIALIZARÁ

Víctimas del golpe acuerdan fideicomiso Durante la tarde de ayer se trabajó el préstamo bancario que solo falta reglamentarse. • Redacción Central

El ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima, dirigió ayer la reunión con 15 representantes de las víctimas de las masacres, represión, persecución y tortura para hacer seguimiento a los acuerdos y media docena de actas de entendimiento que fueron suscritos para lograr una reparación integral recomendada por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI).

“cuellos de botella” en el proceso de atención de “algunas cosas menores”. “Hemos sostenido reuniones con autoridades del Gobierno e ingresamos a un cuarto intermedio hasta mañana miércoles, pero la vigilia continúa. Mañana, a las 09.00, vamos a retomar el diálogo con los ministros de Estado”, dijo Roberto Jucumari Vela, presidente de la Asociación de Víctimas de Huayllani. Hoy se reanudará el trabajo con los pendientes, como la dotación del subsidio alimentario y la rendición de cuentas de los festivales de recaudación de fondos que se hicieron a nombre de las víctimas donde se colectó más de Bs 400 mil.

0,5% ES EL FIDEICOMISO logrado ayer por el sector en beneficio de las víctimas del golpe de Estado.

// FOTO: MINISTERIOO DE JUSTICIA

Los asistentes hicieron conocer sus reclamos y asumieron el compromiso de revisar los puntos de los acuerdos que consideran pendientes con autoridades de cada sector. En la tarde, desde las 14.00, se revisaron los alcances y formas de implementación del fideicomiso de Bs 8 millones aprobados en diciembre del año pasado. “Se ha hecho una agenda de trabajo y trabajamos casi toda la tarde sobre el fi-

deicomiso que es el préstamo bancario al 0,5% y lo que faltaba era el reglamento que fue aprobado”, aseveró el representante de los movilizados en la ciudad de El Alto, David Inca. La presidenta de la Asociación de Fallecidos de Senkata, Gloria Quisbert, pidió que se elabore “la lista final de fallecidos y heridos”, y solicitó a Inca “que no discrimine” entre las víctimas “que marchan y las que no”. El ministro Lima destacó que se ha establecido una metodología de trabajo y pidió a los representantes acelerar la instalación de la Mesa 3 que tiene a su cargo la aprobación de una norma que permita canalizar todos los beneficios para los afectados. El representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), Antonio Menéndez, asistió al encuentro y destacó la participación de las víctimas para la “construcción del marco jurídico” que permita resolver los

El ministro Iván Lima Magne, en la reunión con los 15 representantes de las víctimas de las masacres.

Un hombre perdió la libertad por el delito de violación.

SE DEMOSTRÓ EL DELITO

Pedófilo de Cobija recibe 20 años de cárcel • Redacción Central

En audiencia de juicio oral, el Ministerio Público demostró con pruebas contundentes que Denis C.V., de 18 años, es autor del delito de violación cometido en contra de una niña de 10 años en el municipio de Cobija, por ello el Tribunal de Sentencia N° 2 dictó condena de 20 años de privación de libertad a cumplirse en el penal de Villa Busch.

“Durante la audiencia, la Fiscal asignada al caso presentó todas las pruebas colectadas durante la etapa preparatoria como la entrevista informativa de la madre de la víctima, inspección ocular del lugar de los hechos, informe médico forense elaborado por el Instituto de Investigaciones Forenses que demuestra la existencia del hecho delictivo, el anticipo de prueba de la niña quien relató cómo ocurrieron los hechos, entre otros elementos probatorios que demuestran, de manera contundente, que el sujeto es autor del delito investigado, por ello los miembros del Tribunal

Se demuestra la existencia del hecho delictivo, el anticipo de prueba de la niña quien relató cómo ocurrieron los hechos, entre otros elementos probatorios”. Marco Peñaranda Fiscal determinaron la sentencia”, sostuvo el fiscal departamental de Pando, Marco Peñaranda. Por su parte, la fiscal asignada al caso, Patricia Romero, informó que el hecho se registró la madrugada del 3 de diciembre de 2021 en el domicilio de la niña donde la madre de la menor escuchó ruidos en su cuarto y cuando quiso ingresar se percató de que la puerta estaba bajo llave, en ese momento llamó a su hija, pero la menor no respondió. Cuando la mujer forcejeó la puerta, el sujeto salió por la ventana junto a su hija.


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SUS OBRAS EMBELLECEN CALLES Y AVENIDAS

Los murales-grafitis de Alvin reflejan la identidad nacional Imágenes de la chola paceña, el cóndor y personajes icónicos de Bolivia son inmortalizados en muros de la ciudad de La Paz. • REDACCIÓN CENTRAL

El rostro de la mujer aymara, la diversidad de colores que usa en su vestimenta y los animales de la fauna paceña son plasmados en los murales-grafitis de Alvin Huayllas. Su obra muestra la identidad nacional que embellece calles y avenidas. El artista inició su carrera hace siete años de forma autodidacta. Al principio se especializó en dibujo y pintura, después experimentó con el muralismo. Con la técnica encontró la forma de aplicar su otra pasión, el grafiti. Los trabajos de Huayllas se caracterizan por mostrar la cotidianidad, pero desde la visión de las caseritas del mercado, los agachaditos, mujeres de pollera cargando sus q’epis (bultos) son parte de las temáticas que utiliza para reflejar la identidad cultural del país. “Además, me gusta agregar en mis obras la temática ambiental y animal

porque creo que son dos causas justas y con la que todos debemos contribuir según nuestras posibilidades”, dijo. TRABAJO EN EQUIPO El artista Alvin Huayllas trabaja, la mayoría de sus obras, junto a su esposa, la también artista Val Kolosh. “Debemos cambiar de mentalidad para cuidar y evitar la extinción de especies en nuestro municipio y en toda Bolivia”, aconsejó el artista. Huayllas explicó que su obra se clasifica dentro del arte urbano; para ello, el artista estableció una unión del grafiti con el muralismo. “Lo que presento en mis trabajos es una obra artística, pero con un toque moderno. Creo que es esa mezcla entre arte urbano, muralismo y grafiti lo que llama la atención en la mayoría de las personas”, sostuvo.

Alvin contó que gracias a su trabajo mucha gente lo busca para plasmar algún mensaje en su muros. El artista considera que reflejar la identidad cultural es prioritario para su trabajo pues para él “las historias que se cuentan, mediante el arte, pueden repercutir en la sociedad y quizá transformarla. Los personajes paceños también son parte de la identidad cultural”, agregó. Huayllas contó que se encuentra trabajando en un proyecto con la Embajada de Colombia y Turquía, además continúa elaborando murales a pedido para empresas e instituciones.

La obra que hago es un intermedio entre grafiti y muralismo”. Alvin Huallyas Artista


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DE 18 ARTISTAS DE IBEROAMÉRICA

La CAF reabre su museo con muestra pictórica La exposición titulada ‘Líneas de fuga’ se desarrolla en simultáneo en Uruguay, Bolivia y Venezuela. • REDACCIÓN CENTRAL

El Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) reinicia la actividad expositiva en Latinoamérica con una muestra colectiva titulada ‘Líneas de fuga’, que reúne a 18 artistas y por primera vez será exhibida en simultáneo en sus tres galerías ubicadas en Caracas (Venezuela), La Paz (Bolivia) y Montevideo (Uruguay) en modo presencial-virtual. La muestra paceña está en la galería Artespacio.

// FOTO: CAF

“Considerado como el cuarto pilar del desarrollo sostenible, la cultura junto al arte, las industrias creativas y la economía naranja cada vez tienen mayor peso dentro de las sociedades latinoamericanas y se constituyen en un eje fundamental para la generación de valor, empleo y desarrollo en nuestra región”, sostuvo el presidente de la CAF, Sergio Díaz. SOBRE LAS OBRAS La curadora y guía Lorena Gonzales (venezolana) explicó que la exposición titulada ‘Líneas de fuga’ examina la disolución de fronteras que la era virtual posterior a la pandemia implantó en el mundo para sortear la desconexión. “Cada exposición plantea cuestionamientos sobre las posibilidades reales de participación y crecimiento de los individuos en nuestras sociedades en vías de desarrollo”, agregó. La primera estación de este itinerario fue inaugurada el 12 de mayo en la ciudad de Montevideo. En la muestra presencial estuvieron presentes los artistas Marco Maggi (Uruguay), Augusto Ballardo (Perú), Claudia del Fierro (Chile), Claudia Casarino (Paraguay), Isabel Cisneros (Venezuela) y Nydia Negromonte (Brasil). Los seis creadores exploran en las dimensiones y posibilidades

IMPOR

TANTE H oy e s el Día In Muse o ternacio s y C AF nal de lo lo celeb s inaugu rará c o ración d n la e la exp d e fuga osición ’, q ‘Líneas público ue estará abie r t a a to a par tir do de m ayo e n la Gale l viernes 20 d e ría C AF 11.30 a e n h o ra 16.30. rio de O fre c e esp e cia re m o s l guiada u n a v y en pr ar tistas esencia isita . de

de la puesta en escena para generar grandes instalaciones museográficas concebidas como trayecto ante el espectador, sostuvo la curadora de la muestra. La exposición en Bolivia se inaugurará el 18 de mayo en la galería Artespacio, situada en la sede de la CAF en La Paz, ubicada sobre la avenida Arce N° 2915, en la zona San Jorge. La muestra está compuesta por trabajos elaborados en pintura, escultura, video, fotografía, gráfica y collage. Los artistas que participan son Raquel Schwartz (Bolivia), Ana Elena Garuz (Panamá), Aglae Cortés (México), Paola Spalleti (Argentina) y Rodrigo Echeverri (Colombia). “Los artistas confrontan a nivel formal sus propias posibilidades de representación y abren un campo intrínseco de relaciones al discurso de una materia que desde la intimidad del relato cotidiano se enaltece, no solo para resignificarse a sí misma, sino para develar las infinitas cualidades representativas de una historia personal que se posiciona frente a la historia colectiva”, agregó la curadora.

DE 15.00 A 23.00

Sucre habilita 19 repositorios para celebrar su día • REDACCIÓN CENTRAL

El Parque Cretácico, el Museo del Chocolate, la Casa de la Libertad, el Museo de la Recoleta y otros repositorios estarán abiertos hoy desde las 15.00 hasta las 23.00 para celebrar el Día Internacional del Museo que se festeja cada 18 de mayo. El coordinador del Museo de Etnografía y Folklore (Sucre), Vincent Nicolás, informó que en el departamento existen 19 repositorios los cuales abrirán sus puertas a todos sus visitantes. “La invitación es para que la población pueda visitar nuestros museos en el transcurso de ese horario, que es inhabitual para los usuarios”, dijo. El ingreso será gratuito para los niños menores de 12 años y tendrá un costo de Bs 5 para adultos. En la actividad también participarán los repositorios eclesiásticos, universitarios y los que son parte de la Fundación Cultural del Banco Central de Bolivia. APERTURA DEL MUSEO DEL CHOCOLATE Nicolás informó que el Museo del Chocolate, después de dos años, reabrirá sus puertas al público hoy. En 2018, la fábrica de chocolates Para Ti abrió el primer museo del chocolate en el país. El repositorio ofrece a sus visitantes apreciar la transformación del cacao en chocolate a través de grandes ventanales, la producción está resguardada por razones de inocuidad y para ofrecer un buen producto a los bolivianos. Durante el recorrido por el Museo del Chocolate Para Ti se muestra al visitante el proceso de elaboración del chocolate, desde los inicios como grano de cacao hasta su transformación en un delicioso producto. Además se expone maquinaria, fotografías, esculturas, entre otros objetos relacionados.


MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

• REDACCIÓN CENTRAL

La multifacética artista Jésica Velarde se define como una mujer trans y rebelde. Su pasión por el arte inició desde pequeña, cuando solía ver a su padre dibujar bocetos. Incursionó en el cine, teatro y la escritura, su talento y carisma la llevaron a uno de los escenarios más importantes del mundo y tiene planeado filmar un largometraje.

Fotos: Extraído del Facebook de Jésica Velarde

Jésica grabó su primer cortometraje cuando cumplió quince años, gracias a ello y otros trabajos similares obtuvo una beca para estudiar cine en una institución de La Habana, Cuba. Esa experiencia marcó su carrera, aprendió sobre la cultura de ese país, además conoció a personas de varios

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ESCRITORA, MÚSICA, ACTRIZ Y DIRECTORA

Jésica Velarde, la artista que rompe esquemas con su talento Se define como una mujer trans, rebelde y libre; acaba de participar en una lectura dramatizada en Madrid, España y planea su ópera prima. lugares del mundo con quienes compartió ideas y luchas. “El aprendizaje con otras culturas es muy enriquecedor, fue una experiencia única”, contó. Velarde agregó que aún se encuentra en la búsqueda Soy de un guión para fil-

mar su primer largometraje, que deberá ser una historia de la que pueda sentirse orgullosa y realizada como cineasta.

artista rebelde, mujer trans y me gusta la libertad”.

SU TRABAJO EN LA LITERATURA Entre su obra artística destacan sus poemas, cuentos y novelas que todavía no se publicaron, sin embargo no descarta su pronta difusión. Velarde describe a su poesía como ‘experimental’, parte de su obra fue publicada en el libro ‘Iberoamericanas/80

poetas contemporáneas’ que reúne los versos de ochenta poetas de diversos países de América Latina, Portugal y España. El texto invita a conocer su mirada acerca de la experiencia de existir como mujeres. El proyecto surgió como una iniciativa de la plataforma literaria Liberoamérica. “Cada texto que escribo tiene temáticas diferentes, sin embargo creo que, como todo artista, reflejo mi experiencia personal”, agregó. Jésica tiene un programa cultural en radio Deseo denominado ‘Las intransigentes’, gracias a ello recibió la invitación del escritor Paul Preciado para participar de una lectura dramatizada en España.

‘EL MONSTRUO QUE OS HABLA’ El filósofo y escritor de nacionalidad española Paul B. Preciado reconocido en el mundo por su activismo subió a las tablas, hace tres semanas, la lectura dramatizada de su texto ‘Yo soy el monstruo que os habla’ que se presentó en el Centro de Cultura Contemporánea Conde Duque (Madrid, España). Jésica fue invitada por Preciado para leer una parte del monólogo, el evento fue un éxito, se agotaron las entradas para todas las funciones disponibles.

PARA REVALORIZAR SABORES ANCESTRALES

• REDACCIÓN CENTRAL

La llaqwa o llajwa boliviana es símbolo cultural gastronómico que representa la historia e identidad de los pueblos. Por ello el Ministerio de Culturas lanza el primer concurso ‘La Fiesta de las Llaqwas, Llaqwart 2022’, que se celebrará en los nueve departamentos del país, con una serie de actividades dirigidas a recuperar la práctica de la elaboración de la salsa picante. La ministra de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, Sabina Orellana, lanzó en un acto celebrado en Sucre, Chuquisaca el concurso de llaqwas (llajuas) que está abierto a todo el país. “Nuestro país tiene una riqueza enorme en cuanto

a las variedades de picantes, pero no sabemos preparar, el preparado es todo un arte”, sostuvo. Orellana informó que el certamen se extenderá a varias categorías, entre ellas cuento, poesía, pintura, recetarios, entre otros. La Ministra informó que la entrega de premios se hará en septiembre en la ciudad de Cochabamba, agregó que será un trabajo arduo puesto que el concurso está abierto a todo público. El concurso tendrá dos fases; departamental y nacional, se premiarán a tres ganadores nacionales por categoría. Las inscripciones de los interesados pueden hacerse mediante la página web del Ministerio de Culturas www.minculturas.gob.bo.

FOTO// RRSS

Culturas invita a participar de la primera versión de la fiesta de la ‘Llaqwa 2022’


MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

www.ahoraelpueblo.bo // FOTO: semana.com

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Messi compra el 35% del Inter Miami • Agencias

L

ionel Messi todavía no ha decidido su futuro cuando acabe su contrato con el Paris Saint-Germain (PSG) a mediados de 2023, aunque no es real que vaya a jugar para el Inter Miami de Estados Unidos luego de comprar el 35% de sus acciones, afirmó ayer el entorno del rosarino a la prensa española. El diario deportivo español Sport informó que los familiares de Messi

desmintieron esa noticia y señalaron que el exjugador del Barcelona no ha definido su futuro ni tiene un plan a corto plazo que no sea seguir en el PSG. El rosarino va a cumplir su contrato y luego decidirá. El plan de ir a jugar a la MLS es una opción para Messi pero al día de hoy, según fuentes de su entorno, el rosarino no se ha comprometido con nadie, ni hay un contrato ya redactado para firmar en agosto. El jugador argentino de 34 años

va a finalizar una temporada 2021/22 agridulce, ya que en el Parque de los Príncipes no ha tenido una adaptación para nada sencilla en lo profesional y el PSG falló en su objetivo de conquistar la UEFA Champions League al caer en octavos de final ante Real Madrid. En la capital francesa se vio un Messi que tuvo que esforzarse para adaptarse al nuevo país y terminó abucheado en algunas ocasiones. Su compromiso con el PSG está garantizado hasta después del Mundial

de Catar 2022 pero luego es probable que Leo Messi decida finalizar su relación con el poderoso equipo francés y adquirir un porcentaje de un equipo de la MLS para hacer su desembarco en una liga que ha crecido a pasos agigantados, que se presenta como una buena opción para la continuidad de su memorable trayectoria deportiva. El Inter de Miami, en donde juega el argentino Gonzalo Higuaín, tiene como presidente y uno de sus fundadores al exjugador David Beckham.

// FOTO: SPORT

Ciclista eritreo se lastima un ojo al descorchar el champán

El ciclista Girmay se frota el ojo luego del corchazo.

Esta semana ocurrió un hecho singular en el Giro de Italia después de la victoria del Biniam Girmay en la décima etapa de la prueba. El ciclista nacido en Eritrea hizo historia al convertirse en el primer africano negro en ganar una etapa de la carrera europea, pero fue noticia además por el inédito accidente que sufrió. El joven de 22 años fue golpeado por el corcho en la cara cuando estaba descorchando una botella de champán para festejar. La escena quedó registrada por las cámaras que captaron el momento exacto

en el que el objeto golpea en su ojo izquierdo y el ciclista queda frotándose y tapándose la zona, mientras es ovacionado por los presentes. Un corcho de champán puede volar a una velocidad de hasta 80 kph cuando sale de una botella y Girmay parecía profundamente agitado cuando lo llevaron en ambulancia rumbo a un hospital. El ciclista había colocado la botella en el suelo y se inclinó sobre ella mientras desataba la atadura antes de que el corcho saliera volando y lo golpeara.

El eritreo de 22 años había demostrado ser demasiado fuerte para el as neerlandés Mathieu van der Poel, quien levantó las manos en señal de resignación después de una larga lucha por la línea en Jesi. El europeo abrazó al ganador en la línea después de darle un pulgar hacia arriba mientras observaba a su rival correr hacia la victoria. El director deportivo de Intermarche, Valerio Piva, dijo que la victoria fue algo histórico para el ciclismo: “Es un gran momento, otro continente entra en escena”, dijo.


Deportivo

29 // FOTOS: FEDERACIÓN DE BICICROSS

MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

Dos aspectos de la inspección de la pista de bicicross de Sucre.

Copab recomienda mejorar la pista de bicicross de Sucre • Ahora El Pueblo

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a Confederación Panamericana de Bicicross (Copab) inspeccionó la pista de bicicross de Sucre, donde se tiene previsto organizar la Copa Latinoamericana de BMX entre el 16 y 17 de noviembre de este año y los Juegos Bolivarianos de la Juventud en abril de 2023. A la conclusión del reconocimiento, el presidente de la entidad panamericana, Héctor Ciappino, recomendó a las autoridades de la Federación Boliviana

de este deporte hacer trabajos para mejorar en algunos puntos el escenario. “Los trabajos tienen que ser en el asfalto, hay sectores en los que se tiene que priorizar la tarea, aunque no es en toda la pista. Entiendo que eso depende del municipio y esperemos que los apoyen, por lo demás son detalles”, declaró Ciappino luego de la inspección. La verificación del escenario deportivo se hizo ayer conjuntamente con los dirigentes de la Federación, entre ellos el titular Marco Antonio Aparicio.

La pista está ubicada en la zona Garcilazo, dentro de los predios de la Villa Bolivariana, las mejoras tienen que estar listas hasta el 30 de julio, cuando se desarrollará una segunda inspección a cargo de la Copab. “La sede del campeonato fue designada para el año 2019, la fecha se canceló por los problemas políticos en Bolivia, después reprogramamos para 2020 pero llegó la pandemia. Ante estos inconvenientes, la Confederación está respetando el calendario, por lo

Los tenistas Mathew Careaga, Juan Bedregal, Alexander Bobiere y Pablo Arana avanzaron en el cuadro principal de la categoría U-16 del torneo internacional de tenis Chuquiago Junior Copa Bupa, que se juega en las canchas del Club Alemán. Ayer jugaron los de las categorías U-14 y U-16. Los bolivianos tuvieron una jornada destacada y siguen en la pelea por los primeros puestos con el fin de sumar puntos para el ranking de la Cosat. Los ganadores: Careaga venció a Carlos García por 6/4 y 6/1; Bedregal a Joshua Bonfiglio por 6/0 y 6/2; Bobieri a Rodrigo Arroyo por 6/1 y 6/0; Arana a Leonardo Suárez por 6/0 y 6/3; todos bolivianos. Mientras que el brasileño Caio Dourado le ganó al boliviano Fabio Espinosa por 6/0; y 6/1 y Joao Pedro Didoni (Brasil) sometió a José Manuel Eyzaguerre (Bolivia) por 6/0 y 6/0, de la categoría U-16. En la U-14, la boliviana Martina Avilés le ganó a Colette Cabrera, de

// FOTOS: CLUB ALEMÁN

Tenistas nacionales van camino al título

Tenista boliviana Zoe Ascarrunz.

Joao Pedro Didoni, tenista brasileño.

Canadá por 6/0 y 6/0; Luz Belén Andrade a María Rivera por 6/1, 3/6 y 7/5; María Prado a Natalia Caballero por 7/5 y 6/1, de Bolivia. La mexicana Hanne Estrada venció a la boliviana Rebeca Pinell por 6/3 y 6/0. En otros choques entre bolivianas, ganó Martina Valdivia a Raquel Viscarra por 6/1 y 6/1; Zoe Ascarrunz sometió a Ariana Segovia por 7/5 y 6/3;

Christian Antezana le ganó a Víctor Hugo Medrano por 6/4 y 6/0. Diego Sánchez le ganó a André Toro por 6/4 y 6/4; Alejandro Hada derrotó a Julián Salinas por 7/6 y 6/2; Santiago Avilés venció a Cristopher Cuiza por 7/6 y 6/2. Hugo Justiniano sometió a Santiago Valdez por 6/1 y 6/2. Hoy se juegan partidos de la U-18.

que Bolivia se mantiene como sede”, añadió el argentino. Por su lado, Aparicio mencionó que existe expectativa para que se desarrolle el Latinoamericano en la capital del Estado, ello dependerá de los arreglos que sugirió la Confederación. “Tenemos el tiempo para que la Asociación ponga a punto el escenario y se lleve a cabo la competencia”, dijo. Añadió que otra de las alternativas como sede es la pista de BMX en Cochabamba, que también fue inspeccionada.

Más de 100 pilotos en el circuito Óscar Crespo Más de 100 pilotos confirmaron su participación en la tradicional competencia nacional de automovilismo Circuito Óscar Crespo, que se correrá este fin de semana en Sucre. La fiesta del deporte tuerca se iniciará mañana con la inspección técnica de las máquinas y el viernes se correrán las vueltas de clasificación en la ruta entre Yotalilla y Yotala. Entre los inscritos están pilotos de Potosí (la delegación más numerosa con 23 competidores en total), Tarija, La Paz, Oruro, Pando, Santa Cruz y Sucre. También se anotaron cinco binomios de Perú, que arribarán mañana. Miguel Dulón y su navegante Christian Cardozo y Maximiliano Huanca de la categoría R1B, de Pando, aseguraron su participación. Por La Paz se inscribieron Sebastián Trigo/Rolando Enríquez, Kevin Vásquez/Víctor Alanoca, Jhonny Mamani/Steve Canqui, Ali Eid Jr./Marco Careaga y Nicolás Mitru.


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Bolívar y The Strongest son candidatos a ganar el torneo Apertura.

La final del torneo Apertura se jugará el 12 de junio • Ahora El Pueblo

E

l director de la Comisión de Competiciones de la Federación Boliviana de Futbol (FBF), Klaus Von Landwüst, informó que la final del campeonato Apertura de la División Profesional se jugará el domingo 12 de junio en una sede única, que será definida de acuerdo a qué clubes clasificarán a la final. Si dos equipos de ciudades diferentes se clasifican a la final única,

ambos deberán ponerse de acuerdo para elegir la sede neutral para disputar el partido decisivo; si son dos de la misma ciudad, el cotejo se disputará en la sede de ambos. “El 28 y 29 de mayo empezarán los cuartos de final, donde los terceros y cuartos de cada grupo iniciarán de locales. El miércoles 1 de junio se jugarán los partidos de vuelta. El 5 de junio se jugará la ida de las semifinales y el 8 de junio la revancha, el 12 de junio se jugará la gran final”, dijo el dirigente federativo.

En cuanto a la forma de juego de las semifinales, explicó que si chocan dos equipos de la misma posición en sus respectivos grupos (1A-1B) (2A2B), se conversará con los clasificados y se sorteará quién comienza de visitante y quién cierra de local. Enfatizó en que hay gol diferencia en todas las instancias (cuartos de final, semifinal), en caso de empate en goles la definición será vía penales; no hay gol de visitante. Con relación al tema de tarjetas amarillas, aseguró que no se borran durante todo el torneo. Comentó que el torneo por series fue un acierto de la dirigencia. “El campeonato boliviano es por lo general de definiciones apretadas y el Apertura está a la altura. El Grupo A tiene a sus cuatro clasificados y en el B hay cuatro equipos en busca de una plaza”, subrayó. Sobre el campeonato Clausura adelantó que se iniciará el 19 de junio y finalizará el 9 de noviembre, dos semanas antes de la inauguración del Mundial Catar 2022. En lo que respecta a la Copa Bolivia, sostuvo: “En la Copa Bolivia se unen los equipos de la División Aficionado y División Profesional el 7 de julio para disputar los partidos de ida del certamen y el 14 de julio los partidos de vuelta”. Recordó que el campeón del Apertura será premiado con la clasificación a la Copa Libertadores 2023 como Bolivia 1 y el subcampeón a la Copa Sudamericana como Bolivia 1.

Estadio alteño contará con iluminación artificial La Alcaldía de El Alto, a través de la Dirección Municipal de Deportes, anunció que el estadio de Villa Ingenio, ubicado en el Distrito 7 de la urbe alteña, contará con el sistema de iluminación artificial. Los trabajos de instalación se iniciarán el martes 1 de junio y se tiene previsto inaugurar en octubre. El escenario inaugurado en 2017 tiene capacidad para 25 mil personas cómodamente sentadas. Es el principal campo deportivo de El Alto donde juega en condición de local el equipo de Always Ready. Desde que comenzó a recibir partidos del torneo de la División Profesional, la ilusión de los aficionados alteños al fútbol es observar compromisos de torneos internacionales, sueño que se cumplirá este año. El cuadro millonario intentó en dos ocasiones jugar sus encuentros de la Copa Libertadores en el escenario en hortario nocturno, pero la Conmebol observó la falta de iluminación artificial y por esa causa tuvo que sortear sus cotejos en el estadio Hernando Siles. El director de Deportes de la Alcaldía alteña, Miguel Rimba, informó que se presupuestaron 7,2 millones de bolivianos para la instalación de la iluminación artificial. “Dentro de 10 días se aprueba el segundo proyecto reformulado, tenemos aprobado el presupuesto”, dijo. Aseguró que el escenario reunirá todas las condiciones técnicas que exige la Conmebol, además se harán trabajos de mejoramiento dentro del campo de juego en cuanto al césped sintético y en las afueras se trabajará en poner a punto las vías de conexión. También se harán refacciones en las casamatas con una inversión aproximada de 60 mil bolivianos.

Klaus Von Landwüst, director de Competiciones de la FBF. El estadio alteño instalará iluminación artificial.

// FOTO: ARCHIVO

MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

// FOTOS: BOLÍVAR Y APG

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'Inde' visita al Táchira

I

ndependiente visitará a Deportivo Táchira de Venezuela, en partido del Grupo A de la Copa Libertadores. El cotejo se disputará hoy en el estadio Pueblo Nuevo de San Cristóbal desde las 20.00. El equipo capitalino llega al

encuentro después de sufrir una goleada (0-5) frente a Palmeiras, en su última presentación copera, y su objetivo es reivindicarse con un buen resultado, que le permita alentar una remota esperanza de clasificación a la próxima fase. Volverá a contar con su capitán, el mediocampista ve-

Los de Táchira esperan repetir el triunfo.

nezolano Mijail Avilés, quien se perdió por suspensión el choque contra el Verdão. En contrapartida, pierde por la misma razón al delantero argentino Jonatan Cristaldo. Su técnico Marcelo Robledo tampoco podrá estar en el banquillo, después de haber sido expulsado ante Palmeiras. En tanto, el cuadro local, después de haber perdido un partido clave contra el Emelec, tendrá la oportunidad de reivindicarse y revalidar sus aspiraciones de avanzar a la próxima fase de la Copa. Táchira recuperó a una pieza fundamental en defensa: el lateral derecho Pablo Camacho, quien cumplió la suspensión de un partido por tarjetas amarillas. Será árbitro del compromiso el paraguayo Carlos Benítez, asistido por sus compatriotas Eduardo Britos y Luis Onieva.

Oriente Petrolero cometió errores en la zona defensiva y dejó una mala impresión en su visita al estadio Metropolitano Roberto Meléndez, de Barranquilla, donde Junior resolvió el compromiso con un triunfo por 2-0, en la penúltima fecha del Grupo H de la Copa Sudamericana. El cuadro verdolaga va camino a cerrar la peor campaña en este torneo. El plantel dirigido por Erwin Sánchez sigue cargando un cero en la tabla de su serie. Sin chances de pelear por la clasificación a los octavos de final, el cuadro boliviano caminó en el estadio de Barranquilla sin motivación para limpiar su imagen. La sensación era diferente en el lado del club colombiano, que pasó a tomar el liderato, con diez puntos, de manera momentánea. Ahora está atento al resultado del encuentro entre Unión (ocho) y Fluminense (siete), que se jugará mañana en Santa Fe. Una falla en la entrega de un pase de Daniel Rojas en zona de-

fensiva provocó una jugada de peligro que fue frenada con una falta de Leandro Zazpe sobre Omar Albornoz dentro del área. Borja convirtió el penal en el 1-0, a los 23 minutos. La marcación por los costados fue un dolor de cabeza para Sánchez. A los 28', Gabriel Fuentes hizo una cortina ante un centro de Albornoz y Borja apareció para empujar la pelota hacia las redes para anotar el 2-0. En una de las últimas intervenciones de Borja (66'), el arquero Wilson Quiñónez salvó su pórtico con una atajada que tapó la boca de la afición colombiana. El elenco local ya no tendría una oportunidad tan clara para ampliar la cuenta. La reacción del cuadro cruceño recién llegó en los minutos finales del complemento. Esta tardía respuesta le dio ocasiones de descontar con un cabezazo desviado de Ferddy Roca. Este entusiasmo fue insuficiente para corregir las fallas.

Una incidencia del encuentro en Barranquilla.

Always quiere sorprender a Cali

Práctica de Always en Cali.

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Oriente se aplaza ante Junior en Barranquilla

Jugadores de Inde confían en sacar un resultado positivo.

• Ahora El Pueblo

MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

// FOTOS: GOL CARACOL

// FOTOS: INDEPENDIENTE Y ARCHIVO

Deportivo

Always Ready espera sacar un resultado positivo en el partido de mañana frente al elenco colombiano de Deportivo Cali, que se jugará en el estadio deportivo Cali a partir de las 22.00, por el Grupo E de la Copa Libertadores. Las posibilidades de avanzar a la siguiente instancia del certamen copero son mínimas, pese a ello los jugadores se ilusionan y esperan sorprender a Cali, que se encuentra un peldaño más arriba en la tabla de posiciones, ya que el equipo caleño tiene cinco unidades y el elenco millonario está con cuatro puntos.

“Para nosotros cada partido es una final”, expresó el delantero Marcos Riquelme, jugador de Always, y añadió: “Tenemos un partido importante por la Copa Libertadores, trataremos de sacar un buen resultado, estamos más vivos que nunca”. El representativo alteño arribó ayer al mediodía a Cali después de un largo viaje. En la tarde se entrenó, a puertas cerradas, en un campo cercano al hotel donde está hospedado y mañana hará el reconocimiento del campo de juego donde se jugará el cotejo. Una acción intrascendente del compromiso.


MIÉRCOLES / 18 / 05 / 2022

www.ahoraelpueblo.bo // FOTOS: THE STRONGEST Y CONMEBOL

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Deportivo • Ahora El Pueblo

T

he Strongest empató con Caracas FC 0-0 y sigue con chances de avanzar a la próxima instancia de la Copa Libertadores. El partido del Grupo B se disputó ayer en el Estadio Olímpico de la capital venezolana. El Tigre estuvo cerca de sumar los tres puntos que lo hubieran posicionado en una situación expectable pero no estuvo acertado en la definición de las jugadas de gol que generó en el segundo tiempo, porque en el periodo inicial se defendió. Además el árbitro argentino Darío Herrera le anuló un gol legítimo y no sancionó un penal por una infracción dentro el área en contra de Gabriel Esparza. Con el punto ganado, el cuadro atigrado comparte la segunda colocación con el equipo llanero, cada uno con seis unidades (adelante por mejor gol diferencia), detrás de Libertad (7), que hoy visita a Atlético Paranaense. En el primer tiempo el cuadro gualdinegro planteó un juego defensivo, con orden, y apeló al contragolpe para intentar lastimar el arco contrario. El rival en medio de la presión y el desorden buscó llegar al arco de Guillermo Viscarra con remates de media distancia y pelotazos al área, sector donde la zaga del Tigre cumplió por arriba y por abajo. La primera sensación clara de gol la generó Luciano Ursino a los 18 minutos, con un disparo que controló el golero Alain Baroja. Después las emociones pasaron desapercibidas porque el fútbol se centralizó en la mitad del campo de juego. En el complemento, el Tigre arriesgó más y adelantó sus líneas con Esparza, que fue inquietante por el lado izquierdo y para frenar sus rápidas corridas los rivales apelaron a la falta. En el minuto 91, Eduardo Ferreira derribó al tucumano dentro el área y el árbitro no sancionó la infracción. Antes, a los 71 minutos, Ursino aprovechó un rebote dentro al área del equipo venezolano y definió, pero el árbitro entendió que Bautista Cascini obstruyó al golero Baroja y anuló la conquista. En la recta final, el conjunto llanero dispuso de una oportunidad para abrir el marcador. Samson Akinyoola remató y el golero Viscarra le ahogó el grito de gol. The Strongest enfrentará en la última fecha a Libertad y está obligado a ganar para dar el paso a la próxima ronda, sino pelar por clasificar a la Copa Sudamericana.

Caracas FC 0 - The Strongest 0

Empate para seguir soñando 0-0 Caracas FC

The Strongest

1. Alaín Baroja 2. Eduardo Ferreira 13. Carlos Rivero 4. Diego Osio 5. Daniel Rivillo 17. Carlos Suárez 21. Vicente Rodríguez (7. Miguel Celis) 19. Kwaku Bonsu 32. Bryant Ortega (22. Manuel Sulbarán) 16. Saúl Guarirapa (15. Ade Oguns) 9. Samson Akinyoola

13. Guillermo Viscarra 14. Diego Wayar 22. Gonzalo Castillo (2. Ismael Benegas) 5. Adrián Jusino 4. Juan Aponte 48. Yvo Calleros 21. Fernando Saucedo 27. Luciano Ursino 47. Juan Cascini 34. Gabriel Esparza (30. Jaime Arrascaita) 9. Martín Prost (20. Rodrigo Amaral)

DT: Francesco Stifano

DT: Cristian Díaz

GOL:

GOL:

Ciudad: Caracas Estadio: Olímpico Árbitro: Darío Herrera (Argentina) Asistentes: Gabriel Chade y Mariana de Almeida Público: 10 mil personas, aproximadamente


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