Paraíso de Cartago, 7 de junio de 2014
Licenciada Marlene Acuña González Alcaldesa Municipal, Municipalidad de Paraíso Estimada Señora: Los abajo firmantes, todos vecinos de Paraíso, distrito centro y Llanos de Santa lucía, nos dirigimos a usted con el debido respeto para solicitarle, proceda a separar de sus cargos a los mandos del acueducto municipal, esto debido a que el Concejo Municipal aprobó facultarla a usted para que proceda con las gestiones pertinentes a fin de realizar auditorías externas, tanto en el campo técnico como económico. Esta petitoria ante usted la basamos en la pérdida de confianza sobre la función del Ingeniero Jaime Astúa Granados, quien tiene el mando de este departamento y de hecho eso incluye a sus asistentes más cercanos. La fundamentación para tales medidas que ponemos en su conocimiento son las siguientes: 1- ACTUACIONES EN RELACION CON EL CONVENIO MUNICIPALIDAD DE PARAISO – EMPRESA SEVEN DAYS GROUP. El Ingeniero Astúa fue quien más propició el llamado Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Paraíso y la empresa Seven Day`s Group S. A. para fortalecer las operaciones del acueducto municipal, pero que la principal razón del convenio era otorgar la viabilidad de agua por parte de la Municipalidad de Paraíso para que la Municipalidad de Cartago le otorgara, a esta empresa, permisos de construcción de varios proyectos urbanísticos ubicados en Dulce Nombre de Cartago, como consta en el acta de la sesión 32, artículo 30 de octubre del 2010 del Concejo Municipalidad de Cantón Central de Cartago.
2- ACTUACIONES EN RELACIÓN CON EL PRÉSTAMO DE 275 MILLONES PARA LOS ESTUDIOS DEL PROYECTO DE RÍO NARANJO. En el acta de la sesión municipal No.145, art. 1 del 8 de marzo del 2012, el Concejo Municipal de Paraíso, por unanimidad, en firme y con carácter de definitivamente aprobado se acuerda: se conoce, se inserta y se aprueba el informe AU 12-11 “Resultados del estudio sobre el proceso de licitación pública No. 2009 LN 00002 Servicios de pre-inversión acueducto Río Naranjo” y en la página 18 de esa acta textualmente dice: “Tercer pago: Este se realizará contra presentación de recibido de SETENA del estudio de impacto ambiental y el D1 del proyecto, estudios registrales de las propiedades afectadas por el paso de las líneas de agua, avalado por el superior municipal, estudio financiero del proyecto, la campaña de publicidad y la presentación de la resolución de SETENA sobre la viabilidad ambiental del proyecto. Según oficio AMPINT 404-2010 del 16 de diciembre del 2010, el encargado del acueducto Ingeniero Jaime Astúa Granados, solicita realizar el pago por haber recibido a completa satisfacción el informe final, el resumen ejecutivo, estudios registrales y campaña de publicidad, solicita la retención del 10% hasta que se entregue la aprobación de SETENA. Dicho pago es realizado según nómina de pago No.329-2010 aprobada por el Concejo Municipal en la sesión No. 52 del 21 de diciembre del 2010. Como se puede observar el encargado del acueducto, Ing. Jaime Astúa Granados dio por recibidos a satisfacción los productos entregados por la Constructora Barveña, por lo tanto deberá la administración proceder con los técnicos en la materia y el encargado del acueducto a realizar un estudio que permita determinar si efectivamente lo recibido fue lo contratado.” Pero en el artículo No. 5 del acta de la sesión No. 101 de la sesión del Concejo Municipal de Paraíso se encuentra un informe denominado “Informe sobre el proyecto Río Naranjo”, realizado
por Rafael Méndez a solicitud del entonces Alcalde Jorge Rodríguez Araya, y que textualmente dice: “ II TRAMITOLOGIA Esta fase es justamente la que presenta serias inconsistencias de trámites, dado que en la revisión del expediente No. 5275-11SETENA, correspondiente al proyecto Río naranjo se observa: a)Que no fue sino hasta el día 29 de junio del 2011 que fue presentada como declaración jurada en la plataforma de servicios de la SETENA por el Señor Marvin Solano Zúñiga, en calidad de Alcalde Municipal de Paraíso, el formulario D1 que inicia el proceso ante esta institución, describiendo en la casilla 28 del formulario el resumen del proyecto como “ lavado de autos a mano y venta de accesorios para automóvil”, lo cual por supuesto no coincide con el resto de la información anotada en la D1, existiendo la advertencia de la SETENA, en el mismo formulario, de que el aporte de información falsa o errónea genera responsabilidades y consecuencias en las decisiones de aquella institución.” En Junio del 2011, no era Marvin Solano el Alcalde Municipal de Paraíso. En sus puntos d, e, f de ese informe dice textualmente: “d) Que no aparece constancia de la existencia y correspondiente recibido del Estudio de Impacto Ambiental, documento técnico solicitado por la SETENA y comprometido por la empresa adjudicataria. e)Que tampoco aparece en el expediente, los estudios registrales de las propiedades afectadas por el paso de las líneas de agua, las cuales no serían necesarias dado que se eligió la ruta por vías públicas. f)Igualmente no consta resolución alguna de la SETENA sobre la viabilidad ambiental del proyecto.”
Se deduce que el encargado del acueducto autoriza el pago sin que se hubiera ni siquiera iniciado el trámite de viabilidad ambiental en SETENA. Este caso está en investigación penal en la fiscalía Adjunta de Cartago (exp 13-002059-0345-PE) presentado por un vecino debido a que las autoridades municipales no actuaron. 3- ACTUACIONES EN RELACIÓN CON SALIDA DE MATERIALES DE LA BODEGA MUNICIPAL HACIA EL PROYECTO URBANÍSTICO LAS TORRES. En el informe AI-062 del 17 de Julio del 2013 se detalla una lista de materiales bastante grande que salieron de la bodega del acueducto municipal ubicada en el plantel municipal hacia el proyecto urbanístico Torres del Paraíso, sin que hasta la fecha se haya aclarado la realidad de ese traslado. 4-En el informe de Auditoría Interna AI-040 del 28 de mayo del 2014 y que se refiere a tres proyectos urbanísticos denunciados por irregularidades, la Auditora Municipal apoyada en un informe técnico del CFIA determina que el acueducto municipal comete la irregularidad de colocar servicios de agua en lotes que están frente a servidumbres, cuando lo que corresponde en estos casos es colocar los servicios en vía pública. Sobre este tema la Auditoría le recomienda a usted, según el punto c de las recomendaciones: c-Emitir una directriz al encargado de acueducto para que de cumplimiento a lo establecido en el artículo No. 5 del Reglamento para el control de Fraccionamientos y urbanizaciones de la Municipalidad de Paraíso, sobre lo relacionado a la instalación de servicios municipales. Para el cumplimiento de esta recomendación se otorga un plazo de un mes. Ver comentario del punto 3 de este informe. Deducimos que el departamento de acueductos favorece a los desarrolladores de proyectos en detrimento de los recursos de la institución.
5- ACTUACIONES EN RELACIÓN CON LA RECEPCIÓN DEL POZO CONTIGUO AL TAQUE MUCAP. Según oficio ALC-INT ACUE 08-2014 del 1 de abril del 2014, usted solicita al Ingeniero Astúa información sobre la recepción del pozo contiguo al tanque MUCAP. El 8 de abril 2014, el ingeniero le responde mediante oficio ACUE-INT-DA23-2014 indicándole “ La infraestructura como tal del pozo cumple con lo establecido en el documento AMPINT-ENC-100-2012” pero el departamento de Aguas del MINAE, ante consulta hecha a finales de abril del 2014 indica que en el No. de seguimiento 1359-1809-0913 que es la solicitud de perforación presentada por la Municipalidad de Paraíso el último documento presentado es el AP-0650-13 de SENARA del 5 de diciembre del 2013 e indica que la solicitud de perforación 15909-P, no cumple con los requisitos solicitados según decreto 35884-MINAET. Este pozo, que, según el ingeniero Astúa, cumple con lo establecido, fue perforado sin el debido permiso de las autoridades competentes, la solicitud que presenta la Municipalidad de Paraíso es para perforar en el lote municipal donde se ubica el tanque MUCAP y el pozo fue perforado en la propiedad contigua, propiedad, que para que la Municipalidad reciba el pozo, debería traspasarse a su nombre y aún así mediante oficio ACUEINT-DA-32-2014, el Ing. Astúa recomienda el recibimiento de dicho pozo. Ante tal panorama y con las auditorías externas pendientes esperamos tome las acciones que como máxima autoridad del cantón le corresponden, máxime que se planea dar una solución al problema del agua mediante empréstitos, la sociedad civil quisiéramos que reinara un ambiente de confianza en esos funcionarios que deben emitir las recomendaciones y tomar las decisiones en la institución que usted representa. Con la mayor consideración hacia usted y su cargo, se despiden de usted muy atentamente: