Proyecto de constitución

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Proyecto de constitución INTRODUCCION El proyecto PAIS VIABLE difunde el siguiente modelo de constitución con el propósito de presentar a los pueblos del mundo una opción aplicable como modelo de reordenamiento en la administración de la cosa pública y así puedan liberarse de sus miserias y desesperación provocadas por monarquías, democracia de oportunistas y dictaduras de derecha e izquierda. En estos sistemas de gobierno se recurre a la demagogia generalizada, mantenimiento de la ignorancia y control de las informaciones para obligar algunos pueblos a soportar las consecuencias que provocan la corrupción e ineptitud de sus respectivas clases políticas gobernantes.

En todo el mundo los dueños de empresas y familias exitosas se distinguen por el respeto estricto reservado a políticas administrativas racionales que permiten obtener buenos resultados que nunca se derrochan ni se dilapidan mediante prácticas corruptas. En el caso de los pueblos que no están organizados solo existen como multitud o manada y por ende no existen como dueño capaz de aplicar políticas racionales que arrojen resultados positivos. Cuando los pueblos no están organizados surgen políticos astutos para disfrazar la ineptitud y corrupción y a la vez son muy capacitados para aprovecharse de la indiferencia de los pueblos e imponer administraciones públicas expoliadoras. La presente propuesta de institucionalidad consiste simplemente en plantear la necesidad de que los pueblos existan como persona jurídica capaz de regir su destino poniendo en ejecución las mejores ideas planteadas por las personas más distinguidas sin permitir injerencias externas adversas ni soluciones basadas en las engañosas teorías políticas y económicas que en la mayoría de los casos solo han servido para provocar derramamientos de sangre y más miseria.

Durante la época de la esclavitud y la edad media los gobernantes surgían de guerras o por descendencia sin que importara para nada la capacidad administrativa ni moral que en términos generales es lo mismo que ocurre actualmente y es por esa razón que se plantea la opción de que los pueblos se organicen en forma de ASAMBLEAS O CONSEJOS para tomar decisiones por mayoría absoluta de votos lo que sería perfectamente operable por vía de internet con más eficiencia que la vieja práctica de congresistas reunidos en salones.

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FORMACION DE ASAMBLEAS O CONSEJOS

Num.1) Las sociedades están integradas por grupos de profesionales de distintas ramas también por comerciantes, industriales, agricultores, ganaderos, profesores, deportistas, amas de


casa, obreros, artistas etc. Y para que se formen las ASAMBLEAS O CONSEJOS se necesita que surjan promotores que se dediquen a convencer a cada grupo para que elijan un representante de ASAMBLEA O CONSEJO que actuarían por consenso como la persona jurídica de los pueblos con capacidad de asumir control absoluto de la soberanía territorial y administrativa tal y como se establece en varias constituciones.

Num.2) Los pueblos asumen el control directo de sus respectivas SOBERANIAS disponiendo que el conjunto de (ASAMBLEAS O CONSEJOS) se denominaría CONGRESO NACIONAL y actuando por mayoría absoluta de votos serian la autoridad superior de cada país con poder exclusivo para aprobar o modificar constituciones, leyes, concesiones, endeudamiento público, venta de propiedades públicas, aprobación de políticas económicas comunes, presupuestos de ingresos y gastos, aprobación de acuerdos, participación en guerras, establecer controles en instituciones públicas y privadas incluyendo provincias o estados que se corrompan así como cualquier decisión de relevancia que pueda afectar la estabilidad económica, política y social de un país.

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NORMAS PARA INTEGRAR ASAMBLEAS

Núm. 3) Las funciones de los(as) miembros de CONSEJO O ASAMBLEAS se desempeñarían de manera honorifica aunque podrían recibir dietas y para garantizar que los países permanezcan administrados por personas idóneas se establecen los siguientes requisitos para que alguien pueda ser miembros de asambleas. A

Prueba de sacrificios para lograr capacitación

B

Moral incuestionable, avalada por integración familiar y testimonio de vecinos.

C

Capacidad y eficiencia probada en administración de proyectos económicos o sociales.

D Evidencias escritas y testimonios que sirvan como pruebas de sus preocupaciones sociales.

Num.4 Cada provincia o estado tendría disponible una cantidad de puntos de acuerdo a su población que podría ser un voto o punto por cada 50mil habitantes económicamente activos NO SUBJUDISES que se asumirían como positivos o negativos de acuerdo a la votación registrada por mayoría absoluta de votos en cada una de las asambleas o consejos.

núm. 5 Los funcionarios elegidos por el pueblo en cada división territorial sería un (a) gobernador y un legislador que podría tomar decisiones de acuerdo a las instrucciones de sus respectivas asambleas o consejos y a nivel nacional se elige un presidente(a). Si el presidente(a)


se viere incapacitado para desempeñar sus funciones de manera definitiva sería sustituido por el candidato ganador del segundo lugar. Las personas elegibles para ocupar cargos electivos deben ser videntes y tener al menos una extremidad superior.

Núm. 6 Cada 4 años se analizaría la posibilidad de sustituir funcionarios electos cuando exista garantía de que los nuevos aspirantes a funcionario se desempeñarían mejor pero sin dejar vacantes a los ejecutivos eficientes para que se garantice continuidad en el proceso de desarrollo.

Núm. 7 Para fines de conocimiento y puesta en práctica las decisiones del pueblo actuando como CONGRESO NACIONAL se recurre a las redes sociales (Facebook y correo electrónico) para enviar los proyectos a los miembros de (asambleas o consejos) El legislador y especialistas en cada caso harían presentaciones públicas con sus recomendaciones a cada proyecto por medios de comunicación masiva a una hora predeterminada para que sirva de orientación publica y así los pueblos puedan tomar decisiones atinadas. De manera preliminar el pueblo emite sus votos por internet y luego el congresista local con sus asistentes recolecta los votos escritos y sellados de acuerdo a las normas que se establezcan.

núm. 8 Los miembros(as) de ASAMBLEAS O CONSEJOS se reunirían de manera extraordinaria para trazar la política general que debe regir el destino de cada país o para tomar decisiones en casos de emergencia y luego se reuniría de manera ordinaria cada dos años para evaluar resultados, redefinir estrategias y aprobar nuevos planes.

Num.9 Los legisladores representantes de Asambleas se constituyen en CONGRESO DE REPRESENTANTES y actuarían de acuerdo a las instrucciones indicadas por sus respectivas ASAMBLEAS PROVINCIALES .

Núm. 10 La soberanía de cada nación le corresponde a sus respectivos pueblos la cual se ejerce actuando de manera directa vía CONGRESO NACIONAL con el auxilio de 3 poderes independientes que son PODER EJECUTIVO, PODER JUDICIAL Y CONGRESO DE REPRESENTANES PROVINCIALES.

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GARANTIA AL DERECHO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Num.11 Para garantizar el derecho a ELEGR Y SER ELEGIDO a ricos y pobres que califiquen para ocupar cargos en igualdad de condiciones se dispondría que los aspirantes a GOBERNADOR/A Y SENADOR/A presenten sus perfiles personales y propuestas de gestión ante sus respectivas ASAMBLEAS PROVINCIALES en donde serían evaluados por cada miembro de asamblea en una escala de 1 a 10. Luego los tres que logren mayor sumatoria de puntos serían los candidatos que


competirían ante el pueblo en campañas proselitistas reguladas e iguales financiadas con fondos públicos. En el caso de los/as PRESIDENTES DE LA REPUBLICA se agotaría un proceso igual pero a nivel nacional: este proceso además de ser justo y menos costoso garantiza que los pueblos quedarían administrados por las personas que reúnan las mejores condiciones y en caso de incurrir en algún error el pueblo se reserva el derecho de revocar el mandato.

Núm. 12 Bajo el criterio de que los cargos públicos le pertenecen a los PUEBLOS se prosigue con el plan de garantizar igualdad de oportunidades por lo que el CONGRESO NACIONAL establecería que en las provincias los cargos de directores de departamentos tales como salud, educación, agricultura, deportes, seguridad, medio ambiente, jueces, fiscales, etc. se ganen por mayoría de puntos logrados ante las ASAMBLEAS PROVINCIALES y que luego se constituyan en el COMITÉ EJECUTIVO DE LA GOBERNACION PROVINCIAL en sustitución de las salas capitulares. Otros cargos inferiores podrían designarse por concurso ante el COMITÉ EJECUTIVO PROVINCIAL.

Núm. 13 Para profundizar en el derecho a igualdad de oportunidades y garantizar que la administración publica este al servicio exclusivo de los intereses comunes, los pueblos actuando vía sus respectivos CONGRESOS NACIONALES establece que el CONGRESO DE REPRESENTATES PROVINCIALES nombre por concurso los ministros, directores generales, superintendentes, miembros de junta monetaria, gobernador de banco central, contralor general y procurador general. Núm. 14 En el proceso de reingeniería propuesto a las administraciones públicas dominarían los criterios de eficiencia y racionalidad sin discriminar a ninguna persona por cuestiones de raza, creencias religiosas, filosofías políticas, pero exigiendo que las posiciones de trabajo se ocupen por concurso y se mantengan según desempeño. Núm. 15 Los encargados de departamentos de las instituciones públicas locales serian nombrados por sus respectivos Comités Ejecutivos y los demás empleados serian nombrados por los consejos de las instituciones que estarían integrados por los encargados de departamentos.

Núm. 16 Se considerara como delito la falsificación de documentos e informaciones con la intención de ganar concursos u ocupar cargos.

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FORMACION DE SISTEMA JUDICIAL INDEPENDIENTE

Núm. 17 Para lograr el objetivo de que la justicia sea totalmente independiente el CONGRESO NACIONAL invitaría a concursar a los profesionales que se consideren capacitados de acuerdo a las cualidades pre establecidas y luego escogería 7 jueces para SUPREMA CORTE DE JUSTICIA que debe quedar integrada por 4 expertos de derecho Y 3 expertos en ingeniería, medicina y economía. La elección se haría mediante el sistema establecido en el numeral 11.


Núm. 18 Los jueces de la suprema corte de justicia serian inamovibles por un periodo preestablecido pero el CONGRESO NACIONAL podría destituirlo en cualquier momento por incurrir en faltas que afecten la confiabilidad 0 Por cometer faltas reñidas con la ley y la moral.

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ATRIBUCIONES DE JUECES SUPREMA CORTE JUSTICIA

Núm. 19 Los jueces de la suprema corte podrían destituir a cualquier funcionario nombrado por concurso y suspender en funciones a cualquier funcionario electo hasta que el CONGRESO NACIONAL confirme o rechace la decisión.

Núm. 20 laborables.

Velar para que los casos de delitos flagrantes se juzguen en las primeras 48

Núm. 21 Velar para que ningún caso documentado correctamente pase más de 90 días para ser juzgado en primera instancia.

Núm. 22 Se permitirá apelaciones gratuitas ante 3 jueces de primera instancia a sentencias solo en los casos que se pruebe de manera irrefutable la comisión de errores. Núm. 23 Se establece por ley que los funcionarios judiciales y policiales enfrentaran castigos por violar tecnicismos legales, contaminación de evidencias o por distorsionar expedientes pero nunca dejara libre de culpas a violadores de las leyes.

Núm. 24 La suprema corte de justicia promulgara las leyes después de comprobar que no existe contradicciones ni duplicidad con otras leyes y además confirma los acuerdos y contratos.

Núm. 25 La suprema corte de justicia juzgara en un plazo de 72 horas cualquier violación constitucional y sentara jurisprudencia en cada caso imponiendo prisión, multas, destitución o declaración de no culpabilidad.


Tema V1

DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA

Núm. 26 Los pueblos actuando vía sus respectivos CONGRESOS NACIONALES establecen el derecho a ejecución presupuestaria independiente según la sumatoria que corresponda a todas las instituciones y según porcentaje de la población en cada una de las divisiones políticas (estados, provincias, departamentos). Los presupuestos se administrarían de acuerdo a la política trazada por sus respectivas asambleas. Núm. 27 Se establece que el presupuesto nacional básico seria la sumatoria de los presupuestos básicos locales. Los excedentes presupuestarios se usarían como reserva y para invertir en obras comunes de acuerdo al orden de prioridad establecido por el CONGRESO NACIONAL.

Núm. 28 Los gobernadores tomarían decisiones consensuadas por el COMITÉ EJECUTIVO integrado por los directores de departamento excepto jueces, fiscales y directores de recaudaciones fiscales.

Núm. 29 No se permitirían déficit fiscales provocados por inversiones y compras no prioritarias o sobrevaluadas, gastos parasitarios, clientelismo político o cualquier otra forma de expoliación social.

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REQUISITOS PARA ACEPTAR CANDIDATURAS A LA PRESIDENCIA

Núm. 30 Cumplir con las cualidades establecidas para ser miembros de asambleas establecidas en el núm. Núm. 31 Debe ser persona reconocida por su capacidad para coordinar eficientemente la administración de los recursos necesarios en la ejecución de un proyecto económico.

Núm. 32 Todos los aspirantes a ocupar cargos electivos se someterán a un examen médico mediante el cual se determine que por razones de salud o discapacidad no quedaría impedido para ejercer las funciones inherentes al cargo.


Núm. 33 Debe ser persona reconocido(a) como capaz de mantenerse ecuánime lidiando con poderes y recursos financieros.

Núm. 34 Demostrar públicamente su capacidad de comunicación y además demostrar que es capaz de elaborar y defender técnicamente el proyecto de nación que proponga soluciones viables a los desafíos planteados por el pueblo vía congreso nacional.

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FUNCIONES DE LOS(LAS) PRESIDENTES

Núm. 35 En las elecciones el pueblo elige al presidente(a) por mayoría absoluta de votos junto a su proyecto de nación y por ende surge la obligación de Ejecutarlo.

Núm. 36 Si fuere necesario introducir modificaciones al proyecto de nación es obligatorio contar con previa aprobación del CONGRESO DE REPRESENTANTES PROVINCIALES.

Núm. 37 Los presidentes(as) previa aprobación del organismo competente pueden realizar inversiones, crear instituciones públicas y nombrar los asistentes indispensables para dinamizar la ejecución de su proyecto de nación. Núm. 38 Las decisiones y planes de los presidentes(as) deben estar avaladas por el CONSEJO DE MINISTROS integrados por todos los ministros ´. Núm. 39 Los presidentes(as) dispondrán de un fondo preestablecido para realizar gastos corrientes y enfrentar casos de emergencia.

Núm. 40 Los presidentes (as) podrían invertir o asumir compromisos hasta US5, 0 millones contando con la aprobación del CONSEJO DE MINISTROS. Gastos e inversiones comprendidas entre us 5.0 y 25.0 millones requiere la aprobación del CONGRESO DE REPRESENTANTES Y Los casos superiores a US25, 0 millones requerirá la aprobación del CONGRESO NACIONAL.

Núm. 41 Los presidentes(as) dirigen la política internacional de acuerdo a los principios trazados por el CONGREESO DE REPRESENTANTES pero los pueblos no asumirán compromisos por sus posturas personales.


Núm. 42 En caso de que surja la necesidad de reemplazar un presidente(a) se juramentara como sustituto al ganador (a) del 2do lugar en elecciones anteriores.

Núm. 43 Los presidentes podrán destinar al menos un 10% de los beneficios logrados por sus administraciones para incentivar el trabajo eficiente de funcionarios y empleados públicos civiles y militares.

Núm. 44 Por causas de deficiencia o conducta inadecuada los presidentes(as) podrán recomendar ante la institución competente la destitución de cualquier funcionario nombrado por concurso.

Núm. 45 Los presidentes coordinaran esfuerzos con todas las instituciones pertinentes para evitar que monopolios, agiotistas y componendas externas impongan costos y gastos parasitarios que impidan la satisfacción de las necesidades básicas con el salario mínimo, también que provoquen costos parasitarios a los sectores productivos que le impida competir con productores de otros países o que puedan provocar déficit fiscales al sector público por las mismas causas.

Tema 1X

SISTEMA DE SEGURIDAD

Núm. 46 El sistema de seguridad nacional estará integrado por las fuerzas armadas y cuerpos de policías provinciales. Núm. 47 Considerando que no funciona adecuadamente el mando centralizado de la seguridad nacional se determina que los directores de seguridad locales (provincias, estados o departamentos) serán nombrados vía concurso por sus respectivas ASAMBLEAS. Núm. 48 El congreso de representantes locales nombrara por concurso un ministro de seguridad nacional que funcionara en coordinación con los directores(as) de provincias. Núm. 49 Rangos de oficiales superiores se lograran por capacitación y desempeño de acuerdo a la ley del sistema de seguridad y no excederán las cantidades preestablecidas por el CONRESO DE REPRESENTANTES PROVINCIALES. Núm. 50 El uso de la fuerza se reglamentara por ley y será aplicada según instrucciones del presidente(a) de la república, gobernador, jueces, fiscales y También por la autoridad de medio ambiente.


Núm. 51 Los militares y policías que reúnan las condiciones exigidas podrán competir para ocupar cargos en el sector público.

Núm. 52 La institucionalidad planteada en el presente modelo de constitución garantiza la estabilidad política y por tanto los militares y policías pueden elegir pero no pueden promover candidaturas ni ser miembros de ninguna organización política.

Núm. 53 Los militares y policías no asumirán responsabilidades judiciales por las consecuencias ocurridas al enfrentar delincuentes, terroristas y mafiosos revelados en contra de las autoridades y que alteren la paz con armas de fuego y artefactos explosivos.

Tema X

SISTEMA EDUCATIVO

Núm. 54 Su función principal es promover educación integral a los niños Y adultos en términos que les permita aprender a disfrutar de la integración social con elevada calidad de vida.

Núm. 55 Por educación integral se considera que es aprender por vías practicas la actual enseñanza y además como prevenir enfermedades incluyendo las dentales, prevención de accidentes, conocer los derechos, capacitación técnica, aprender a trabajar para ser útiles a la sociedad, aprender a convivir pacíficamente con los demás, someterse a prácticas deportivas y artes etc.

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PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE

Núm. 56 El MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE estará integrado por técnicos(as) de reconocida capacidad en la materia y actuarán de manera exclusiva e independiente auxiliados por militares y policías entrenados para hacer cumplir las leyes promulgadas para proteger el medio ambiente.

Núm. 57 Mientras las ciudades puedan crecer de manera vertical no se permitirán construcciones en tierras fértiles necesarias para garantizar la subsistencia de presentes y futuras generaciones.


Núm. 58 Mediante estudios técnicos es obligatorio clasificar la explotación de los recursos naturales sin dañarlos ni contaminar de acuerdo a las necesidades de subsistencia de los pueblos.

Núm. 59 Los recursos naturales se clasificaran en tierras destinadas a producción agrícola y pecuaria, tierras destinadas a preservar la producción de agua y existencia de vida silvestre.

TEMA X11

CONTROL DE LA CORRUPCION

Núm. 60 Para garantizar manejo transparente de los fondos públicos y así evitar la corrupción, el pueblo actuando vía CONGRESO NACIONAL establecería que el CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA sea escogido/a por concurso( según se establece en núm. II) entre profesionales de prestigio y los contadores de provincia se nombren por concurso ante sus respectivas ASAMBLEAS PROVINCIALES para que así el sistema contable nacional sea independiente en todas las instituciones públicas de acuerdo a lo establecido en la CONSTITUCION. Luego se dispone que los balances de todas las cuentas bancarias en todas las instituciones públicas solo se retiren con las firmas del contador e incumbente y se dispone que el contador solo firme cheques o transferencias cuando se cumpla con las normas de seguridad implantadas por el CONGRESO NACIONAL. Con este sistema de control la contabilidad nacional se podría cuadrar diario por vía de las redes sociales y además sería muy difícil sustraer fondos públicos.

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Control de la delincuencia

Núm. 61 La delincuencia común y de cuello blanco es una desgracia que afecta la paz de los pueblos, el desarrollo, el flujo turístico, incrementa la población de viudas y huérfanos. Para controlar la delincuencia se requiere de inversiones para reeducar a las personas desorientadas y además facilitarle el aprendizaje de oficios que le permita integrarse a la sociedad cuando sea posible, sin embargo se sabe que en algunos casos la reeducación no será fácil y por consiguiente se necesitara imponer acciones como las siguientes:

Núm. 62 Para garantizar respeto absoluto a las disposiciones del pueblo se requiere de policías independientes, bien pagados, vigilados por el pueblo para que nadie los amedrente y así puedan actuar comprometidos solo con el cumplimiento de sus deberes sin privilegios y capacitados para actuar bajo estricto respeto a los derechos humanos. Los policías deben calificar


desde el punto de vista físico en sentido general y estar bien equipados y entrenados para actuar apoyados por los comités de seguridad o juntas de vecinos que deben existir en todos los barrios como auxiliares al servicio de la seguridad nacional.

Núm. 63 Considerando que los vehículos de motor en manos de delincuentes es más peligroso que un arma de fuego, se le prohíbe de manera estricta el derecho de propiedad y de conducir hasta que un juez lo declare rehabilitado después de analizar la recomendación del comité de seguridad donde resida durante un tiempo prudente.

Núm. 64 Para facilitar la localización de delincuentes y garantizar la paz se establece que toda persona antes de mudarse de un lugar a otro debe reunir documentos que avalen su conducta y en caso contrario los vecinos del lugar donde pretenda residir puedan prohibir la mudanza en el entorno, también se prohíbe el derecho a uso de propiedades a cualquier propietario o inquilino que permita residir personas no verificadas en cualquier inmueble.

Tema X1V

CONTROL ARMAS DE FUEGO

Núm. 65 Para que ningún delincuente pueda aparentar que es militar o policía y para controlar a policías y militares delincuentes se prohibirá el porte de armas de fuego a toda persona vestido de civil tal y como ocurre en las sociedades civilizadas. Solo se permitiría el porte de armas a militares y policías en horas de servicio vigilados por un comandante.

Núm. 66 Considerando que los políticos con fines fiscalistas han concedido muchos permisos para porte y tenencia de armas de fuego a elementos desaprensivos peligrosos y por consiguiente el pueblo debe ordenar la revisión total de permisos recurriendo además a consultas entre familiares y vecinos para determinar correctamente quienes realmente califican incluyendo a policías, militares y funcionarios.

Núm. 67 Las personas que trabajan transportando cargas deben contar con un permiso emitido anualmente por el DEPARTAMENTO NACIONAL DE SEGURIDAD donde conste los datos de los medios de transporte que puede conducir y también del conductor que siempre estará debidamente entrenado en capacidad de carga, seguridad vial y tipo de documentación que debe avalar la propiedad de las cargas.

Núm. 68 Para evitar el robo en viviendas se establece que todo propietario antes de mudarse de un lugar a otro debe gestionar un permiso de transporte de mudanza en su junta de vecinos y destacamento de policía local y también un permiso de aceptación emitido por el comité de seguridad donde pretenda mudarse.


Núm. 69 no se permite el transporte de ninguna carga sin la documentación que avale su legitima propiedad.

Tema XV

DERECHOS COMUNES

Núm. 70 Las inversiones públicas en infraestructura se realizarán para fomentar el desarrollo y no se permitirá que la especulación con inmuebles ubicada en zonas aledañas distorsione los objetivos comunes pretendiendo convertir los fondos públicos en riquezas particulares.

Núm. 71 Todos los ciudadanos y residentes pueden recurrir ante cualquier juez para demandar el respeto a sus derechos fundamentales cuando sean violados de manera particular.

Núm. 72 A los servidores públicos civiles y militares nadie podrá exigirle filiación política o religiosa para que puedan servir al pueblo sin discriminar por raza, creencias políticas o religiosas.

Núm. 73 El sistema de protección social contributivo estará administrado por autoridades electas por los contribuyentes del sistema y sus beneficios serán iguales para trabajadores públicos y privados.

Núm. 74 Se considerara como estafa las ventas al sector público que excedan los precios regulares al público y también la ejecución de proyectos que excedan lo márgenes preestablecidos por la ley o algún contrato.

Núm. 75 Las multas o sanciones y recargos serán ejecutables solamente en los términos que un juez competente decida para castigar exclusivamente a la persona física o jurídica hallada culpable.

Núm. 76 Se elaborara un código laboral que propicie la unidad de empleadores y empleados para que puedan enfrentar desafíos comunes tales como reducción del poder


adquisitivo real provocado por monopolios, especulación , corrupción y cualquier elemento deprecatorio que opere para eliminar la posibilidad de satisfacer las necesidades básicas o que provoque desempleo por quiebra de los sectores productivos. Núm. 77 Técnicos elegidos por los trabajadores analizan los costos parasitarios que impidan la satisfacción de necesidades básicas con el salario mínimo y luego se planteara su solución por vía de diálogos o ante el sistema judicial.

Núm. 78 la sostenibilidad fiscal se mantendrá por vía de recaudaciones fiscales directas o por rescate del poder adquisitivo real y racionalización del gasto público.

Núm. 79 Se establece por vía fiscal la diferencia entre dinero sucio y limpio para facilitar los procesos judiciales seguidos a estafadores y traficantes de sustancias prohibidas.

Núm. 80 Los funcionarios públicos civiles y militares no pueden tener vínculos o sostener acuerdos personales con personas interesadas en privilegios ni recibir sus donaciones.

Núm. 81 Se corregirán los acuerdos y contratos corruptos aprobados sin consentimiento de los pueblos.

Núm. 82 El CONGRESO DE REPRESENTANTES PROVINCIALES creara una comisión encargada de evaluar públicamente y aprobar las ofertas de inversión extranjera e interna en un periodo de tiempo predeterminado para cada caso.

Núm. 83 Se institucionalizara la publicidad y aportes a medios de comunicación para garantizar plena libertad para expresar la verdad.

Núm. 84 Para evitar la confusión de niños y adultos inocentes el pueblo establecerá un código moral destinado a inducir buenos modales el cual se difundirá sin tolerar 0posiciones públicas.

Núm. 85 La política migratoria será trazada por el pueblo vía CONGRESO NACIONAL para que ningún funcionario pueda introducir modificaciones ni interpretaciones personales que puedan perjudicar el país.

Núm. 86 Para garantizar un verdadero estado de derecho se establece que las faltas y violaciones a la constitución y leyes cometidas por funcionarios elegidos serian juzgadas por el


CONGRESO DE REPRESENTANTES PROVINCIALES. Los funcionarios nombrados por concursos serian juzgados por la SUPREMA CORTE DE JUSTICIA y los demรกs empleados serian juzgados por jueces de primera instancia.


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