Elcompliance como lwwamienta d,e preu eltcifiru de ilicito s a
ruticompetitiuos
En una reciente sentencia del Tribunal de Defensa de Ia Libre Competencia (diciem-
la trampa que se podria emplear para ob-
bre del ano 2017) se conden6 a una de las requeridas al pago de una multa equir-alente a US$ 18 millones y se le impuso la obligaci6n de adoptar un programa de cumplimiento, euâ‚Ź sâ‚Ź ajuste a las exigencias impuestas en la sentencia del mismo tribunal, como mecanismo de prevenci6n
El compliance es Ia herramienta
tener el beneficio. miis efectiva para prevenir ilicitos anticompetitivos en la industria de la construcci6n y la actividad inmobiliaria, lo que no solo le
da legitimidad social y sustentabilidad
de eventuales futuros ilicitos. En una economia de libre mercado, don-
de el espacio para la creatividad de la
ci6n o alteraci6n de procesos de licita-
mente humana no debe tener m6s limites que el de respetar la legalidad vigente, se produce una permanente tensi6n entre el imperativo de crear, crecer y ganar que anima al mundo empresarial, y la necesidad de asegurar el derecho para que todos los que actrian en una misma industria lo hagan en igualdad de condiciones, sin que las acciones y decisiones de unos se vean limitadas, entorpecidas o dificultadas por la acci6n de los otros. La legitimidad social del sistema econ6mico y de la ganancia y utilidad que percibe el empresario, deriva precisamente de la certeza y convicci6n que se instala en la sociedad de que son el resultado de su capacidad innovadora, de su creatividad y de la eficiencia para enfrentar el proceso productivo, y no del abuso, del engafio y
ci6n, sea por la via de asignaci6n de zonas
de mercado, de acordar un ganador por turno, de retiro de propuestas, de subcontrataci6n de perdedores, de presentacidn de posturas fuera de rango o con defectos t6cnicos, o suscripci6n de contratos o cl6usulas de distribuci6n exclusiva, o promociones u ofertas con publicidad comparativa, engaflosa o inductiva a error, todos ilicitos anticompetitivos, pueden afectar claramente el desarrollo financiero de Ia empresa. Acuerdos de integraci6n o de participaci6n en consorcios, o en joint ventures o en fondos de inversi6n, o participaci6n en empresas competidoras o de directivos en cargos ejecutivos o relevantes en empresas competidoras, pueden llegar a ser sancionados severamente como infracci6n a Ia institucionalidad de
El compliance le da legitimidad socialy sustentabilidad a la empresa y le permite evitar los altos costos derivados de la infracci6n a dicha normativa.
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a
la empresa, sino que tambi6n le permite a esta evitar los altos costos derivados de la infracci6n a tal normativa. Conductas como Ia afectaci6n, desvia-
defensa de la competencia, si no quedan sometidos a estrictos procesos de control.
La norma vigente establece sanciones para la infracci6n de tales ilicitos, que van desde el presidio (tres a cinco aflos de c6rcel), inhabilidades para ejercer cargos de director y gerente, prohibiciones para contratar con el Estado y/o adjudicarse concesiones otorgadas por este, a multas que pueden llegar hasta 60.000 UTA o e1
doble del beneficio econ6mico obtenido o el 30% de las ventas del producto o servicio asociado a la infracci6n. La implementaci6n al interior de la empresa de procedimientos de inducci6n y
preparaci6n de directivos y ejecutivos, de mecanismos de control, de manuales de operaci6n, de protocolos de ejecuci6n canales de denuncia an6nima, entre otros, no solo ayudan a minimizar los riesgos de incurrir en tales ilicitos, evitando exponer a la empresa a las altisimas y gravosas sanciones con que tales infrac-
y
ciones se sancionan, sino que adem6s le
permiten cuidar su imagen y reputaci6n corporativa, hoy un activo de inconmensurable valor.
Implementar politicas de compliance al interior de la empresa, por donde se Ie mire, es una decisi6n que solo trae ventajas y beneficios.
Francisco Pfetfer Urquiaga
Abogado, Socio de Estudio Juridico Pfeffer y Asocrados Profesor Derecho fconomico Facultad de Derecho Universidad de Chile
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