Marco Normativo del Estado de Chile y sus Poderes: ĂŠnfasis en el Poder Ejecutivo MarĂa Luisa Brahm Septiembre 16, 2009
I. UNA MIRADA AL CONGRESO NACIONAL Funci贸n principal: LEGISLAR Origen Iniciativa legislativa Exclusividad Tipos de leyes Urgencias Tramitaci贸n Ley de Presupuesto Actualidad legislativa
Contrapesos del Congreso frente al Presidente Fiscalización: exclusiva de la Cámara de Diputados -
Acuerdos Interpelar Ministros Comisiones investigadoras Acusar constitucionalmente
Atribuciones exclusivas del Senado - Jurado - Contiendas de competencia autoridades políticas o administrativas y tribunales superiores de justicia - Prestar o negar consentimiento actos Presidente: ausentarse país, operaciones de paz
Contrapesos del Congreso frente al Presidente Otras atribuciones del Senado: Aprobar nombramiento propuestos por Presidente: Ministro y fiscales CS Fiscal Nacional Ministros TC Contralor General Consejeros Banco Central TVN (6 de 7) Director Servicio Electoral Consejeros Alta Direcci贸n P煤blica (4 de 5) CNTV (10 de 11) Consejo Transparencia (4)
II. PODER JUDICIAL, OTROS TRIBUNALES Y MINISTERIO PÚBLICO Poder Judicial: funciones - Conocer causas civiles y criminales - Resolverlas - Hacer ejecutar lo juzgado: órdenes directas fuerza pública (imperio) Conformación: - Corte Suprema - Corte de Apelaciones (17) - Juzgados (casi 500)
II. PODER JUDICIAL, OTROS TRIBUNALES Y MINISTERIOS PÚBLICOS Tribunales que no forman parte del Poder Judicial -
TC TRICEL TER Juzgados de Policía Local (315) Tribunales Militares Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
Ministerio Público - Dirige investigación hechos constitutivos delito - Ejerce acción penal pública - Adopta medidas proteger a víctimas y testigos
III. ADMINISTRACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO Administración del Estado -
Ministerios Intendencias Gobernaciones Órganos y servicios públicos Contraloría General de la República Banco Central Fuerzas Armadas Fuerzas de Orden y Seguridad Pública Gobiernos Regionales Municipalidades Empresas públicas creadas por ley
III. ADMINISTRACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO Ministerios: - Subsecretarías - Secretarías Regionales Ministeriales
Servicios públicos: - Direcciones Regionales de Servicios Nacionales - Servicios Regionales
III. ADMINISTRACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO Personal Administración del Estado, año 2008 Dotación Honorarios TOTAL Efectiva Funcionarios públicos no municipales (Gobierno Central, FFAA, EEPP, Ues, otros autónomos)
Funcionarios públicos sector municipal (funcionarios, educación y salud municipal)
Total
662.047
47.342
709.389
181.225
3.400
184.625
843.272
50.742
894.014
Fuente: Cuenta Pública 2008, Contraloría General de la República
III. ADMINISTRACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO Desagregación dotación efectiva de funcionarios públicos no municipales Dotación Efectiva Gobierno Central Total 178.422 Administración Central 163.684 Poder
Fuente: DIPRES 2007 Judicial(*)yIncluye Legislativo (*) Parlamentarios
9.648
III. ADMINISTRACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA De libre designación Ministros Rango Ministro Subsecretarios Rango Subsecretario Intendentes Gobernadores Seremis Embajadores
18 4 26 1 15 52 200 104 420
III. ADMINISTRACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO Jefes servicio excluidos ADP Presidencia de la República Directivos 2º nivel excluidos ADP Directivos Subsecretarías Directivos Intendencias Subtotal
21 156 200 409 100 886 1.306
Alta Dirección Pública: Nivel 1 (81 designados) Nivel 2 (413 designados) Subtotal
Total
(6 en proceso) (112 en proceso)
109 742 851
2.157
Principios de la Administración del Estado 1. Responsabilidad: El Estado responde por daños que causen los órganos en el ejercicio de sus funciones y por la falta de servicio. 2. Eficiencia y Eficacia: Eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública. 3. Coordinación: Cumplir sus cometidos coordinadamente y proponer a la unidad de acción, evitando la duplicación o interferencia de funciones.
Principios de la Administración del Estado 4. Iniciativa: Actuación por propia iniciativa o a petición de parte cuando la ley lo exija expresamente, procurando la simplificación y rapidez de los trámites. 5. Impugnabilidad: Actos administrativos son impugnables recursos legales. 6. Control: Ejercer control jerárquico permanente. 7.
Probidad: Conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
Principios de la Administraci贸n del Estado No se puede: -
Usar informaci贸n reservada o privilegiada Emplear dinero o bienes. Ejecutar actividades, ocupar tiempo o utilizar personal o recursos. Actividad pol铆tica.
8. Transparencia: Permita y promueva el conocimiento de procedimientos, contenidos y fundamentos de las decisiones adoptadas.
Principios de la Administración del Estado Tipos: - Activa: la acción positiva del Estado de poner información a disposición permanente del público sin requerimiento, en sus sitios electrónicos. - Derecho de acceso a la información: derecho a solicitar y recibir información contenida en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, así como a toda información elaborada con presupuesto público, cualquiera sea el formato o soporte en que se contenga, salvo excepciones legales.
Empresas Públicas
Gran número (indeterminado) - 22 creadas por ley. - 85 sociedades en las cuales empresas del Estado, sus sociedades, o instituciones tienen aporte mayoritario. Existe una maraña entre las empresas públicas y las sociedades en las cuales existe participación mayoritaria del Estado. 2 ejemplos: ENAP y Empresa Periodística La Nación S.A.
Empresas Públicas ENAP
ENAP REFINERÍAS S.A. 99.98% ENAP 0.02% CORFO
MANU PERU HOLDING S.A.
PETRO SERVICIO CORP S.A. (ARGENTINA) 99.99% ENAP
ENAP SIPETROL S.A. 99.61% ENAP 0.39% ENAP REFINERIAS S.A.
ENAP SIPETROL (UK) LIMITED
SIPETROL INTERNACIONAL S.A. (URUGUAY)
ENAP SIPETROL ARGENTINA S.A. SOCIEDAD INTERNACIONAL PETROLERA ENAP ECUADOR S.A.
Empresas Públicas EMPRESAS COLIGADAS (donde ENAP o filiales tienen participación) 1.
A&C Pipeline Holding
16.
GNL Chile S.A.
2.
Chilean Traiding Corporation
17.
GNL Quintero S.A.
3.
Cía. de Hidrógeno del Bío-Bío S.A.
18.
Golfo de Guayaquil Petroenap Cía. de Economía Mixta
4.
Cía. Latinoamericana Petrolera S.A.
19.
Innergy Holding S.A.
5.
Electrogas S.A.
20.
Inversiones Electrogas S.A.
6.
Empresa Nacional de Geotermia S.A.
21.
Norgas S.A.
7.
Energía Andina S.A.
22.
Oleoducto Trasandino (Argentina) S.A.
8.
Energía Concón S.A.
23.
Oleoducto Trasandino (Chile) S.A.
9.
Éteres y Alcoholes S.A.
24.
Petropower Energía Ltda.
10.
Forenergy S.A.
25.
Petrosul S.A.
11.
Gas de Chile S.A.
26.
Primax Holding S.A.
12.
Gasoducto del Pacifico (Argentina) S.A.
27.
Primax S.A.
13.
Gasoducto del Pacifico (Cayman) Ltda.
28.
Productora Diesel S.A.
14.
Gasoducto del Pacifico S.A.
29.
Sociedad Nacional de Oleoductos S.A.
15.
Geotérmica del Norte S.A.
30.
Sociedad Nacional Marítima S.A.
Empresas Públicas Puerto Madero Impresores S.A. (2004) Empresa Periodística La Voz S.A. (2001)
Empresa Periodística La Nación S.A.
Vía Directa S.A. (1986) Aula Editores S.A. (2006) El Nortino S.A. (1991)
Diario Oficial Derecho Digital S.A. (2001)
Base de datos del Diario Oficial S.A. (Anfitrión) (1996)
Vía Directa Express (2005)
Empresas Públicas
Sistema de Empresas Públicas (SEP): 28 bajo su dirección: - 15 creadas por ley - 13 sociedades con participación mayoritaria Estado Gobiernos corporativos de empresas públicas: - Incumplimiento promesa - Esfuerzos aislados
El Control de la Administraci贸n del Estado Control pol铆tico Control administrativo Control jurisdiccional Control social
El Control de la Administración del Estado Flujo del sistema de controles
Auditores Externos Opinión Independiente de la Administración
Empresa Privada
Parlamento: Control Político
Contraloría General: Control Legal y Administrativo
Poder Judicial: Control Judicial
Control Social: Consejo Transparencia
Estado: Poder Ejecutivo
Auditoría Interna
Auditoría Interna
Organismos Reguladores
Control político 1. Presidente de la República y Ministros: exclusiva confianza
2. Cámara de Diputados: fiscalización de los actos de gobierno
Control político a. Acuerdos y solicitud antecedentes b. Interpelación Ministros Dejaron los Ministerios por los que fueron interpelados: Belisario Velasco,
Martín Zilic,
Interior
Educación
Soledad Barría, Salud
Francisco Vidal, Vocería
Otras interpelaciones: René Cortázar y Edmundo Pérez Yoma
Control polĂtico c. Comisiones investigadoras 1 de cada 4 informes llega a ser remitido al Poder Ejecutivo 1990 a 2007 20
Remitidos a las autoridades Rechazados en sala
4
Aprobados en sala No fueron votados en sala
43 10 18
Sin informe
57
Con informe No constituidas Total
10 85
Control pol铆tico
d. Acusaciones constitucionales Irregularidades en el Ministerio de Educaci贸n 3. Otros 贸rganos de control pol铆tico: - Consejo Regional - Concejo Municipal
Control político Autoridades removidas por el Tricel PERÍODO ALCALDICIO
ALCALDE
CONCEJAL
1992-1996
6
1
1996-2000
3
2
2000-2004
11
7
2004-2008
9
3
TOTAL
29
13
Fuente: TRICEL Información actualizada al primer semestre 2009
Control administrativo
1. Interno Control órganos que dictaron el acto o su superior. Auditoría Interna General de Gobierno (1997). Alerta temprana. CAIG y red de auditores internos. Proyecto de ley que lo institucionaliza (Boletín 3937, de 2005). El gobierno se ha negado a entregar información vía Ley de Acceso.
Control administrativo 2. Externo: Contraloría General de la República - Control presupuestario y financiero. Uso y destino de bienes y recursos públicos, de deudas y crédito público, pudiendo hacer examen, auditoría y juzgamiento. - Examinar y juzgar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes. Juicios de Cuentas CGR AÑO
Juicios de Cuenta
2008
39
2007
38
2006
45
TOTAL
122
Fuente: Cuenta Pública CGR, 2005-2008
Control administrativo -
Control de juridicidad o legalidad. a. Control preventivo de juridicidad, toma de razón: control jurídico previo, general y obligatorio, de la legalidad y constitucionalidad. Actos Administrativos (A/A) afectos a Toma de Razón y exentos AÑO
Total A/A afectos TR
A/A exentos TR en materia personal
Total A/A
2008
350.602 (61%)
222.584 (39%)
573.906
2007
256.233 (55%)
207.941 (45%)
464.174
2006
253.940 (51%)
240.583 (49%)
494.523
2005
216.521 (47%)
246.553 (53%)
463.074
Fuente: Cuenta Pública CGR, 2005-2008
Control administrativo A/A afectos a registro y conocimiento AĂąo
Documentos afectos conocimiento
Documentos afectos a registro
2008
-
216.503
2007
4.108
199.359
2006
5.152
225.208
2005
2.709
238.100
2004
4.590
264.866
2003
3.227
230.011
2002
2.850
222.737
TOTAL
22.636
1.380.281
Fuente: Cuenta PĂşblica CGR, 2002-2008
Control administrativo b. Potestad dictaminante. Cuando no se ha definido adecuadamente un concepto, o el sentido de la norma no es claro, éste es precisado vía instrucciones. Ej.: intervención electoral. Dictámenes de CGR Año
Emisión Dictámenes e instrucciones jurídicas
Presentaciones a estudiar
2002
15.782
20.370
2003
20.012
23.699
2004
20.477
24.688
2005
23.722
27.898
2006
24.688
28.785
2007
14.620
26.397
2008
20.125
32.423
Total
139.426
184.260
Fuente: Cuenta Pública CGR, 2002-2008
Control administrativo c. Control de reemplazo. Fiscalizaciones selectivas y a posteriori: inspecciones, auditorテュas (integrales), sumarios, registros, etc. Auditorテュas CGR (MAC) Aテ前
Gobierno Central, Universidades y Empresas
2008
679 TOTAL
2007
Municipalidades 479 1.158
693 TOTAL
325 1.018
Fuente: Cuenta Pテコblica CGR, 2007-2008
Control jurisdiccional
1. Control especializado tribunales ordinarios y especiales. Impugnación acto administrativo procedimiento especial “reclamos” o “recursos de ilegalidad”. 2. Control general de Tribunales de Justicia: Recurso de protección Acción de nulidad de derecho público 3. Control Tribunal Constitucional.
Control social 1. Vía instituciones Transparencia 2. Actores privados:
públicas:
Consejo
para
Personas y ONG Medios de comunicación Universidades Centros de Estudios Etc.
la
Control social Reclamos Consejo Transparencia MES
Reclamo Transparencia Activa
Reclamo Transparencia Pasiva
Abril
2
2
Mayo
5
38
Junio
9
107
Julio
5
64
Agosto
6
66
Septiembre
0
28
TOTAL
27
307
Fuente: www.consejotransparencia.cl
Control jurisdiccional Estado procesos de reclamos ante Consejo para la Transparencia MES
Declarados inadmisibles
Rechazados
Acogidos
Pendientes
Abril
2
0
2
0
Mayo
11
5
13
14
Junio
32
2
20
62
Julio
11
2
1
55
Agosto
9
2
0
61
Septiembre
0
0
0
28
TOTAL
65
11
36
220
Fuente: www.consejotransparencia.cl
Control social Control Social: Centro de Estudios Itinerario de la Corrupci贸n, Instituto Libertad Evoluci贸n en el 谩mbito institucional principalmente afectado 350.000.000.000
300.000.000.000
250.000.000.000
200.000.000.000
150.000.000.000
100.000.000.000
50.000.000.000
0 1991
1992
1993
1994
1995
Gobierno Central
1996
1997
1998
Empresas del Estado
1999
Judicial
2000
2001
Legislativo
2002
2003
Municipal
2004
2005
Poder Judicial
2006
Regional
2007
2008
Control social Control Social: Centro Estudios, Instituto Libertad Cumplimiento cuerdos legislativos esc谩ndalos corrupci贸n
Control social Control Social Centro Estudios: Instituto Libertad Evaluaci贸n Mensaje Presidencial 2008 43%
36%
36% 29%
26%
24%
22%
14%
14% 7%
0%
Cumplido.
Insuficiente.
M铆nimo.
Ninguno.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS Inhabilidades: No pueden ingresar: -
Quienes tengan vigente o suscriban contratos de 200 UTM o más.
-
Quienes tengan litigios pendientes.
-
Titulares del 10% o más de los derechos de cualquier sociedad, cuando ésta tenga contratos ascendentes a 200 UTM o más, o litigios pendientes, con el organismo.
-
Parientes de autoridades y de funcionarios directivos del organismo.
-
Condenados por crimen o simple delito.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS Derecho: Derecho a ejercer cualquier profesión, industria u oficio conciliable con su posición, siempre que con ello no se perturbe el fiel y oportuno cumplimiento de sus deberes. Incompatibilidades: - Actividades particulares horario coincida con jornada. - Actividades particulares materias que deban ser analizados, informados o resueltos por ellos o por el organismo.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS Incompatibilidades: - Actividades de ex autoridades o ex funcionarios de una institución fiscalizadora que impliquen relación laboral con entidades del sector privado sujetas a fiscalización de ese organismo (6 meses). - En una misma institución no pueden desempeñarse parientes, cuando entre ellas se produzca relación jerárquica, salvo entre Ministros y funcionarios de su dependencia. - Empleos públicos son incompatibles entre si. - Cargos ADP son de dedicación exclusiva. - Funciones calificadas críticas, cuando se perciba la correspondiente asignación deben ser ejercidas con dedicación exclusiva.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS Compatible: - Actividades docentes, hasta por un máximo de 12 horas semanales. - Honorarios, fuera de la jornada. - Ejercicio dos cargos de miembro consejos de organismos estatales. - Cargos directivos superiores establecimiento educación superior Estado.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS Obligaciones: 1. Declaración de intereses - Dentro de 30 días desde la asunción del cargo. - Deberá contener la individualización de actividades profesionales y económicas en que participe la autoridad o el funcionario. - Obligatorio: Presidente de la República Ministros de Estado y Subsecretarios Intendentes, Gobernadores y Seremis Jefes Superiores de Servicio Embajadores Alcaldes, Concejales, CORES.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS 2. Declaración de patrimonio - Dentro 30 días desde la fecha de asunción del cargo. - Individualización de determinados bienes. - Obligatorio para: a. Quienes declaran de intereses b. Más, los directores que representen al Estado en las empresas a que se refiere el artículo 37º, ley S.A.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS Responsabilidad funcionarios públicos 1. Administrativa: El funcionario que infringe sus obligaciones o deberes funcionarios, es susceptible de la aplicación de una medida disciplinaria, la que debe ser acreditada mediante investigación sumaria o sumario administrativo. Las medidas disciplinarias pueden ser: censura; multa; suspensión del empleo desde 30 días a 3 meses, y destitución. 2. Penal: Cometen delito en el desempeño de sus funciones. Código Penal delitos especiales.
FUNCIONARIOS PÚBLICOS 3. Civil: Consiste en la obligación de los funcionarios públicos de reparar los daños que causen a la Administración o a terceros en el ejercicio de sus funciones. Es competencia de la justicia ordinaria. Se traduce en el pago de indemnizaciones. 4. Política: Afecta a autoridades que pueden ser acusadas constitucionalmente. Resuelve el Senado como jurado y la sanción es la destitución del cargo con la prohibición de desempeñar cargos públicos, sea o no de elección popular, por el término de cinco años.