Igualdad de género en el ámbito sindical y la negociación colectiva. Felipe Ossandón Saball
Una mirada a la presencia femenina en el mundo sindical.
25
Evoluciรณn de tasas de sindicalizaciรณn. 1990-2010
20
15
10
5
0 1990 1991 1992 1993 1994 1995 N/E 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Fuerza de Trabajo Ocupada/ afiliada
Fuerza de Trabajo sindicalizable/afiliada sind dependientes
โ ข La tasa de sindicalizaciรณn se ha mantenido estable, bajo el 15% desde la recuperaciรณn de la democracia.
12000
Sindicatos activos por tipo. 1991-2014 10000
8000
6000
4000
2000
0 1991 1992 1993 1994 1995 N/E 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Empresa/establecimiento
Interempresa
Independiente
Transitorio
Otro
total
• Sin embargo, el número de organizaciones sindicales ha crecido, lo que se debe principalmente al crecimiento de los sindicatos empresa y, en mucho menor medida a un crecimiento de los sindicatos interempresa
1200000
Trabajadores afiliados a sindicatos activos por tipo 1990-2014. 1000000
800000
600000
400000
200000
0
1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Empresa/establecimiento
Interempresa
Independiente
Transitorio
Otro
total
• De la misma forma, el crecimiento de la cantidad de trabajadores afiliados a organizaciones sindicales, se verifica principalmente en sindicatos empresa.
Trabajadores afiliados a sindicatos activos por actividad económica. 1990-2010. 250000
200000 Agricultura Minería Industria
150000
Electricidad Construcción Comercio Transporte
100000
Est. Financieros Servicios Otras 50000
0 1990 1991 1992 1993 1994 1995 N/E 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010
700000
Afiliados a sindicatos activos por sexo y por actividad econĂłmica. 2002-2010 600000
500000
400000
300000
200000
100000
0 hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres 2002
2002
Agricultura
2003
MinerĂa
2003
2004
Industria
2004
2005
Electricidad
2005
2006
ConstrucciĂłn
2006
Comercio
2007
2007
Transporte
2008
2008
2009
Est. Financieros
2009
Servicios
2010
Otras
2010
โ ข Si observamos el comportamiento de la afiliaciรณn, por rama de actividad y sexo del afiliado, vemos un crecimiento de la participaciรณn de mujeres, en รกreas como el comercio y los servicios.
700000
Afiliados a sindicatos activos por sexo. 2002.2014 618610
600000 562172 531238 500000
522271
497272
515114
532661
580795
585384
593203
630512 610485
537651
400000 355258 321993 300000
329737
299162 239079
200000
121658
138269
158080
161254
171045
256260
273187
186955
100000
0
2002
2003
2004
2005
2006
2007 Hombres
2008
2009
Mujeres
2010
2011
2012
2013
2014
• Si observamos el comportamiento de la afiliación, por sexo del afiliado, observamos una tendencia al crecimiento la cantidad de hombres y mujeres, aunque en un mayor ritmo en las segundas, especialmente a partir de la dÊcada del 2000.
90,0
80,0
80,3
79,3
Porcentaje de hombres y mujeres afiliados a sindicatos en relaciรณn al total de afiliados 2002.2014 76,8
76,2
75,7
74,2 70,2
70,0
69,4
68,2
66,5
65,8
64,9
64,0
33,5
34,2
35,1
36,0
60,0
50,0
40,0
30,0
20,0
30,6
29,8
19,7
20,7
23,2
23,8
24,3
31,8
25,8
10,0
0,0 2002
2003
2004
2005
2006
2007
Hombres
2008
2009
Mujeres
2010
2011
2012
2013
2014
• Si observamos el porcentaje de hombres y mujeres afiliados a sindicatos, observamos una tendencia creciente a la confluencia de la presencia de ambos sexos en el mundo sindical.
250000 Trabajadores involucrados en instrumentos colectivos firmados , por sexo. 19932014 200000
207089
202757 196239193649199165 178087
170815 168242 161863
150000
167425168610 150714
145568147752 138345
128686 119259
128567 122244 121972 115347
124655 121041 114957112664
101301
100000
88986
84708 76568
50000
55944 48137
58478
57417 48226
54225
46688 39862
58926
53646 45953
44850
65242
49539
36684
0 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 hombres
mujeres
Porcentaje de hombres y mujeres en los instrumentos colectivos firmados. 1993-2014 90,0
80,0
81,1
77,0 74,6
75,3
70,0
75,4
75,7
73,4
72,0
72,2
72,0 66,3
71,6
70,3
69,5
72,2
62,2
63,1
70,1
66,7
66,6
60,0
63,2
61,9
36,8
38,1
50,0
40,0
30,0
25,4
24,7
29,7
28,4
30,5
18,9
23,0
24,3
36,9
37,8
33,7 27,8
26,6
24,6
29,9
27,8
28,0 20,0
33,3
33,4
28,0
10,0
0,0 1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
hombres
2004
2005
mujeres
2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
• Si observamos la cantidad de hombres mujeres adscritos a instrumentos colectivos vemos dos fases: • Entre 1990 y 2003 caracterizada por la baja en la cantidad de hombres y una estabilidad en la cantidad de mujeres • Desde 2003 en adelante, con un crecimiento conjunto de ambos sexos.
• Sin embargo, el aumento de la presencia femenina en los instrumentos es constante.
El mecanismo de cuotas en las directivas sindicales.
Normas Código del Trabajo, artículo 231, inciso tercero. SINDICATOS
El estatuto deberá incorporar un mecanismo destinado a resguardar que el directorio esté integrado por directoras en una proporción no inferior a un tercio del total de sus integrantes con derecho al fuero y a las demás prerrogativas que establece este Código, o por la proporción de directoras que corresponda al porcentaje de afiliación de trabajadoras en el total de afiliados, en el caso de ser menor.
Normas Código del Trabajo, artículo 272, inciso segundo. FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES
Los estatutos de las federaciones y confederaciones deberán incorporar un mecanismo destinado a resguardar que sus directorios estén integrados por un número de directoras no inferior a un tercio del total de sus integrantes con derecho al fuero, horas de trabajo sindical y licencia del artículo 274, o por el número de directoras que corresponda al porcentaje de dirigentas que puedan ser electas de conformidad al artículo 273, en caso de ser menor.
Normas Dictamen DT Ord 1306/0031.
Establece la proporciรณn de mujeres en el Directorio 1.- Se divide la cantidad de socias por el total de socios y socias del sindicato (en Federaciones, la operaciรณn se realiza dividiendo directoras de las org. afiliadas sobre el total de directores y directoras de las org. Afiliadas). Eso genera un Factor de Participaciรณn Femenina. Tope factor 0,33 2.- Se multiplica el factor por el total de integrantes del Directorio. El resultado que tenga decimal 5 o + se aproxima al entero superior. Esa es la cantidad de mujeres que deben incorporarse al Directorio
Normas Dictamen DT Ord 1306/0031.
Ejemplos con un tercio o mĂĄs de mujeres afiliadas (Factor 0,33) Directorio
Cuota mĂnima de mujeres
3
1
5
2
7
2
9
3
11
4
En caso de directorios de 1, no se aplica cuota
Mecanismo de aplicación ¿Cómo asegurar la presencia de dicha cantidad de mujeres?
Dos pasos: 1.- Si la elección regular incorpora la cantidad requerida o más, no se aplica corrección. 2.- Si la elección regular no incorpora la cantidad requerida, se reemplaza al hombre menos votado por la mujer más votada y así sucesivamente.
Los estatutos deben estar reformados antes del 1 de abril de 2018
La representaciรณn de las mujeres en la mesa negociadora.
Código del Trabajo, artículo 330, inciso tercero. Cuando no hay mujeres en la directiva, debe integrarse una mujer a la comisión negociadora
.- Opera cuando hay afiliación femenina en el sindicato. .- La trabajadora se incorpora de pleno derecho a la negociación y goza de fuero hasta 90 días tras la firma del instrumento. .- En la pequeña y mediana empresa reemplaza a un director. .- Debe elegirse conforme establezcan los estatutos. Si estos nada dicen, deben elegirse en asamblea.
Dictamen DT Ord 1306/0031 Precisa el mecanismo de elección
.- Señala que en caso que los estatutos no señalen mecanismo, será electa en asamblea de las mujeres del sindicato, por votación universal.
Nuevas materias en la negociaciรณn colectiva.
Código del Trabajo, artículo 306, inciso segundo. Materias de la negociación colectiva
Las negociaciones podrán incluir acuerdos para la conciliación del trabajo con las responsabilidades familiares, el ejercicio de la corresponsabilidad parental, planes de igualdad de oportunidades y equidad de género en la empresa, acciones positivas para corregir situaciones de desigualdad, acuerdos para la capacitación y reconversión productiva de los trabajadores, constitución y mantenimiento de servicios de bienestar, mecanismos de soluciónde controversias, entre otros.
¿Qué efectos tiene esta cláusula?
Esta cláusula es declarativa. No obliga a las partes, sin embargo es una oportunidad para generar instituciones y fijar temas de tratamiento común: Ej: .- Brecha salarial. .- Brecha en materia de capacitación. .- Trayectorias laborales. .- Conciliación de vida laboral y familiar. .- Mecanismos de detección y sanción del acoso.