Presentación felipe ossandón san felipe mayo 2017

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Igualdad de género en el ámbito sindical y la negociación colectiva. Felipe Ossandón Saball


Una mirada a la presencia femenina en el mundo sindical.


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Evoluciรณn de tasas de sindicalizaciรณn. 1990-2010

20

15

10

5

0 1990 1991 1992 1993 1994 1995 N/E 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Fuerza de Trabajo Ocupada/ afiliada

Fuerza de Trabajo sindicalizable/afiliada sind dependientes


โ ข La tasa de sindicalizaciรณn se ha mantenido estable, bajo el 15% desde la recuperaciรณn de la democracia.


12000

Sindicatos activos por tipo. 1991-2014 10000

8000

6000

4000

2000

0 1991 1992 1993 1994 1995 N/E 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Empresa/establecimiento

Interempresa

Independiente

Transitorio

Otro

total


• Sin embargo, el número de organizaciones sindicales ha crecido, lo que se debe principalmente al crecimiento de los sindicatos empresa y, en mucho menor medida a un crecimiento de los sindicatos interempresa


1200000

Trabajadores afiliados a sindicatos activos por tipo 1990-2014. 1000000

800000

600000

400000

200000

0

1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 Empresa/establecimiento

Interempresa

Independiente

Transitorio

Otro

total


• De la misma forma, el crecimiento de la cantidad de trabajadores afiliados a organizaciones sindicales, se verifica principalmente en sindicatos empresa.


Trabajadores afiliados a sindicatos activos por actividad económica. 1990-2010. 250000

200000 Agricultura Minería Industria

150000

Electricidad Construcción Comercio Transporte

100000

Est. Financieros Servicios Otras 50000

0 1990 1991 1992 1993 1994 1995 N/E 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010


700000

Afiliados a sindicatos activos por sexo y por actividad econĂłmica. 2002-2010 600000

500000

400000

300000

200000

100000

0 hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres hombres mujeres 2002

2002

Agricultura

2003

MinerĂ­a

2003

2004

Industria

2004

2005

Electricidad

2005

2006

ConstrucciĂłn

2006

Comercio

2007

2007

Transporte

2008

2008

2009

Est. Financieros

2009

Servicios

2010

Otras

2010


โ ข Si observamos el comportamiento de la afiliaciรณn, por rama de actividad y sexo del afiliado, vemos un crecimiento de la participaciรณn de mujeres, en รกreas como el comercio y los servicios.


700000

Afiliados a sindicatos activos por sexo. 2002.2014 618610

600000 562172 531238 500000

522271

497272

515114

532661

580795

585384

593203

630512 610485

537651

400000 355258 321993 300000

329737

299162 239079

200000

121658

138269

158080

161254

171045

256260

273187

186955

100000

0

2002

2003

2004

2005

2006

2007 Hombres

2008

2009

Mujeres

2010

2011

2012

2013

2014


• Si observamos el comportamiento de la afiliación, por sexo del afiliado, observamos una tendencia al crecimiento la cantidad de hombres y mujeres, aunque en un mayor ritmo en las segundas, especialmente a partir de la dÊcada del 2000.


90,0

80,0

80,3

79,3

Porcentaje de hombres y mujeres afiliados a sindicatos en relaciรณn al total de afiliados 2002.2014 76,8

76,2

75,7

74,2 70,2

70,0

69,4

68,2

66,5

65,8

64,9

64,0

33,5

34,2

35,1

36,0

60,0

50,0

40,0

30,0

20,0

30,6

29,8

19,7

20,7

23,2

23,8

24,3

31,8

25,8

10,0

0,0 2002

2003

2004

2005

2006

2007

Hombres

2008

2009

Mujeres

2010

2011

2012

2013

2014


• Si observamos el porcentaje de hombres y mujeres afiliados a sindicatos, observamos una tendencia creciente a la confluencia de la presencia de ambos sexos en el mundo sindical.


250000 Trabajadores involucrados en instrumentos colectivos firmados , por sexo. 19932014 200000

207089

202757 196239193649199165 178087

170815 168242 161863

150000

167425168610 150714

145568147752 138345

128686 119259

128567 122244 121972 115347

124655 121041 114957112664

101301

100000

88986

84708 76568

50000

55944 48137

58478

57417 48226

54225

46688 39862

58926

53646 45953

44850

65242

49539

36684

0 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 hombres

mujeres


Porcentaje de hombres y mujeres en los instrumentos colectivos firmados. 1993-2014 90,0

80,0

81,1

77,0 74,6

75,3

70,0

75,4

75,7

73,4

72,0

72,2

72,0 66,3

71,6

70,3

69,5

72,2

62,2

63,1

70,1

66,7

66,6

60,0

63,2

61,9

36,8

38,1

50,0

40,0

30,0

25,4

24,7

29,7

28,4

30,5

18,9

23,0

24,3

36,9

37,8

33,7 27,8

26,6

24,6

29,9

27,8

28,0 20,0

33,3

33,4

28,0

10,0

0,0 1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

hombres

2004

2005

mujeres

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014


• Si observamos la cantidad de hombres mujeres adscritos a instrumentos colectivos vemos dos fases: • Entre 1990 y 2003 caracterizada por la baja en la cantidad de hombres y una estabilidad en la cantidad de mujeres • Desde 2003 en adelante, con un crecimiento conjunto de ambos sexos.

• Sin embargo, el aumento de la presencia femenina en los instrumentos es constante.


El mecanismo de cuotas en las directivas sindicales.


Normas Código del Trabajo, artículo 231, inciso tercero. SINDICATOS

El estatuto deberá incorporar un mecanismo destinado a resguardar que el directorio esté integrado por directoras en una proporción no inferior a un tercio del total de sus integrantes con derecho al fuero y a las demás prerrogativas que establece este Código, o por la proporción de directoras que corresponda al porcentaje de afiliación de trabajadoras en el total de afiliados, en el caso de ser menor.


Normas Código del Trabajo, artículo 272, inciso segundo. FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES

Los estatutos de las federaciones y confederaciones deberán incorporar un mecanismo destinado a resguardar que sus directorios estén integrados por un número de directoras no inferior a un tercio del total de sus integrantes con derecho al fuero, horas de trabajo sindical y licencia del artículo 274, o por el número de directoras que corresponda al porcentaje de dirigentas que puedan ser electas de conformidad al artículo 273, en caso de ser menor.


Normas Dictamen DT Ord 1306/0031.

Establece la proporciรณn de mujeres en el Directorio 1.- Se divide la cantidad de socias por el total de socios y socias del sindicato (en Federaciones, la operaciรณn se realiza dividiendo directoras de las org. afiliadas sobre el total de directores y directoras de las org. Afiliadas). Eso genera un Factor de Participaciรณn Femenina. Tope factor 0,33 2.- Se multiplica el factor por el total de integrantes del Directorio. El resultado que tenga decimal 5 o + se aproxima al entero superior. Esa es la cantidad de mujeres que deben incorporarse al Directorio


Normas Dictamen DT Ord 1306/0031.

Ejemplos con un tercio o mĂĄs de mujeres afiliadas (Factor 0,33) Directorio

Cuota mĂ­nima de mujeres

3

1

5

2

7

2

9

3

11

4

En caso de directorios de 1, no se aplica cuota


Mecanismo de aplicación ¿Cómo asegurar la presencia de dicha cantidad de mujeres?

Dos pasos: 1.- Si la elección regular incorpora la cantidad requerida o más, no se aplica corrección. 2.- Si la elección regular no incorpora la cantidad requerida, se reemplaza al hombre menos votado por la mujer más votada y así sucesivamente.

Los estatutos deben estar reformados antes del 1 de abril de 2018


La representaciรณn de las mujeres en la mesa negociadora.


Código del Trabajo, artículo 330, inciso tercero. Cuando no hay mujeres en la directiva, debe integrarse una mujer a la comisión negociadora

.- Opera cuando hay afiliación femenina en el sindicato. .- La trabajadora se incorpora de pleno derecho a la negociación y goza de fuero hasta 90 días tras la firma del instrumento. .- En la pequeña y mediana empresa reemplaza a un director. .- Debe elegirse conforme establezcan los estatutos. Si estos nada dicen, deben elegirse en asamblea.


Dictamen DT Ord 1306/0031 Precisa el mecanismo de elección

.- Señala que en caso que los estatutos no señalen mecanismo, será electa en asamblea de las mujeres del sindicato, por votación universal.


Nuevas materias en la negociaciรณn colectiva.


Código del Trabajo, artículo 306, inciso segundo. Materias de la negociación colectiva

Las negociaciones podrán incluir acuerdos para la conciliación del trabajo con las responsabilidades familiares, el ejercicio de la corresponsabilidad parental, planes de igualdad de oportunidades y equidad de género en la empresa, acciones positivas para corregir situaciones de desigualdad, acuerdos para la capacitación y reconversión productiva de los trabajadores, constitución y mantenimiento de servicios de bienestar, mecanismos de soluciónde controversias, entre otros.


¿Qué efectos tiene esta cláusula?

Esta cláusula es declarativa. No obliga a las partes, sin embargo es una oportunidad para generar instituciones y fijar temas de tratamiento común: Ej: .- Brecha salarial. .- Brecha en materia de capacitación. .- Trayectorias laborales. .- Conciliación de vida laboral y familiar. .- Mecanismos de detección y sanción del acoso.


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