Requisitos de acceso para el mercado de los estados unidos, ecuador y canadá

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PROMPERÚ Seminario: “Requisitos de acceso para el mercado de los Estados Unidos, Ecuador y Canadá”


REQUISITOS GENERALES Servicios al exportador Requisitos generales para el ingreso de todos los productos a estos 3 mercados:


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Documentación

Documentos requeridos por la Aduana Peruana: -DUA – DAM (Declaración Única de Aduanas) -AWB / BL -Guía de remisión -Factura Comercial Definitiva Documentos requeridos según el lugar de destino: -Certificado de Origen

Documentos exigidos según el tipo de Producto: -Registro Sanitario -Certificado Fitosanitario -Certificado Zoo-Sanitario -Especies protegidas (ex INRENA) -INC -Relaciones exteriores


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Estados Unidos

Barreras al Comercio: Estados Unidos ha introducido a lo largo de los años una variedad de leyes, normas y regulaciones que afectan a la importación de productos agrícolas y alimentarios. Las principales limitantes de acceso a mercado son: • Sanitarias y Fitosanitarias • Cuotas y Picos Arancelarios • Aranceles • Requisitos de Inocuidad, Etiquetado y Trazabilidad de Alimentos y Ley de Bioterrorismo • Medidas Antidumping


Sanitarias y Fitosanitarias Servicios al exportador La aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias tienen como objetivo evitar el ingreso al país de las plagas y/o enfermedades animales y vegetales dependiendo del riesgo que presentan. USDA ha establecido y publicado un procedimiento para evaluar el riesgo que representa la importación de productos animales y vegetales.

La toma de decisiones para concluir este proceso y autorizar el acceso es extremadamente lento (hasta varios años) y susceptible de influencias políticas.


Cuotas y Picos Arancelarios Servicios al exportador Restricciones que impone Estados Unidos mediante contingentes arancelarios a la importación de: azúcar de caña, de remolacha y productos que contengan azúcar (incluyendo la leche condensada, aderezos de ensalada, dulces, chocolates, productos de cacao y café tostado), productos lácteos (incluyendo manteca, queso, leche en polvo descremada, cremas y helados), carnes bovinas, maní y productos de maní, algodón y tabaco. Los aranceles para los productos importados dentro de los contingentes arancelarios alcanzan en promedio al 10% y por encima del nivel de la cuota se debe pagar aranceles prohibitivos, que promedian alrededor del 55% (y picos arancelarios de hasta 350%). La administración de la cuota varia dependiendo del productos.

VENTAJA: TLC


Requisitos de Inocuidad, Etiquetado, Trazabilidad de Alimentos y Ley de Bioterrorismo. Servicios al exportador

Estados Unidos también mantiene un gran número de normas y reglas que gobiernan la higiene e inocuidad de los alimentos importados que cada vez son más exigentes. Por ejemplo, el uso del sistema HACCP (Análisis de Riesgos en Puntos de Control Críticos) hoy aceptado internacionalmente y obligatorio para los frigoríficos que quieren exportar carnes rojas, productos de pesca y jugos a los Estados Unidos, fue exigido inicialmente a su propia industria por problemas internos de los Estados Unidos (brotes epidémicos de E. coli, salmonelosis, etc.).


Servicios al exportador Regulaciones del FDA para exportar Alimentos a EEUU

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Servicios al exportador Punto de Quiebre

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Servicios al exportador FDA – Nuevas Regulaciones

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Servicios al exportador Ley de Bioterrorismo Ley de Seguridad de la Salud PĂşblica y respuesta ante el Bioterrorismo

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Servicios al exportador Titulo III •Detención Administrativa (Sec303) •Registro de Instalaciones Alimenticias (Sec305) (Registro de Food Facility . Número de FDA) •Establecimiento y Mantenimiento de Registros (Sec306) •Notificación Previa de Alimentos Importados (Sec307) (Prior Notice)

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Servicios al exportador Bioterrorismo

โ ขBIOTERRORISMO: Empleo criminal de agentes patรณgenos contra una poblaciรณn con el propรณsito de generar enfermedad, muerte, pรกnico y terror.

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Servicios al exportador Alimentos Regulados Alimentos: Definición en la sec. 201 (f) de la Ley Federal de Alimentos, Medicamentos y Cosméticos, se aplica: (1) Artículos utilizados como comida o bebida para el hombre u otros animales, (2) goma de mascar, y (3) Artículos utilizados como componentes de cualquiera de esos artículos".

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Servicios al exportador Alimentos Regulados • Pescados y mariscos

• Carnes, embutidos • Huevos • Cereales, granos y

• Leche y derivados • Frutas y vegetales frescos o secos menestras • Productos de panadería • Golosinas y confitería • Alimentos en conserva • Bebidas alcohólicas • Refrescos • Aditivos alimentarios • Alimento para animales domésticos (inclusive mascotas) • Café, té, infusiones • Suplementos *TODOS AQUELLOS QUE FINALMENTE VAYAN A SER CONSUMIDOS EN EE.UU


Alimentos Regulados


Servicios al exportador Food Facility

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Servicios al exportador Food Facility

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Prior Notice Es la notificaci贸n electr贸nica enviada al FDA indicando que un art铆culo alimentario, va a ser importado u ofrecido en los Estados Unidos. Los prior notices deben ser enviados antes de que los art铆culos de los alimentos crucen la frontera de los EE.UU.


Servicios al exportador Prior Notice - Timing La Notificación Previa del FDA deberá enviarse entre 5 días y: •Ocho Horas Antes, si arribara a EE.UU por vía marítima. •Cuatro Horas Antes, si arribara por vía aérea o férrea. • Dos horas antes, si ingresara por vía terrestre

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Prior Notice El lanzamiento de prior notices del FDA será de carácter obligatorio para los siguientes productos, además de las exportaciones comerciales: •Muestras comerciales y regalos. •Alimentos que transitan a través de EE.UU hacia otro país. •Alimentos enviados por correo o servicio de Courier.

•Alimentos enviados para análisis de calidad.


Servicios al exportador Prior Notice Envíos exentos de notificación previa: •Muestras de alimentos para análisis fisicoquímicos destructivos o que los imposibilita para un posterior consumo •Alimentos para consumo personal de los viajeros.

•Alimentos preparados en casa de un viajero o familiares y transportados en el equipaje para obsequiar en EE.UU

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Prior Notice Personas con legitimidad para realizar el lanzamiento de los prior notices: •Cualquiera de las partes que tenga conocimiento de la información requerida por la FDA (Puede ser el exportador, el importador, el transportista, el agente o inclusive un tercero designado por las partes)

• Es responsabilidad del exportador asegurarse que este trámite se realice.


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ECUADOR

Si deseamos conocer los organismos de control y requisitos que se exigen, podemos consultarlo en la Aduana del Ecuador mediante el siguiente enlace: http://sice1.aduana.gob.ec/ied/arancel/index.jsp

Colocar la partida arancelaria de su producto a 8 dígitos. Por ejemplo, para productos textiles van visualizar que es necesario contar con un certificado de conformidad controlado por el Instituto Ecuatoriano de Normalización, además su cliente debe contar con un Registro de Importador controlado por el Ministerio de Industrias y Productividad de dicho país.


Alimentos frescos y procesados Servicios al exportador Instituto Ecuatoriano de Normalización – INEN Es el organismo oficial de la República del Ecuador para la normalización, la certificación y la metrología. Los estándares nacionales son desarrollados por el Instituto Ecuatoriano de Normalización. Las funciones principales requieren de los siguientes campos científico-tecnológicos: Metrología, Normalización Técnica, Reglamentación, Calidad y Protección al Consumidor. Para cumplir con estas funciones las actividades del INEN se apoyan en los Laboratorios de: Verificación Analítica; Verificación Física; Recipientes a Presión; y, Envase y Embalaje.


Alimentos frescos y procesados Servicios al exportador Cabe destacar que las Normas del INEN han sido clasificadas como: NTE INEN Obligatorias y NTE INEN Voluntarias Las Normas Técnicas Obligatorias regulan a los productos como la leche, quesos, conservas de atún, conservas de vegetales, bebidas alcohólicas, entre otros; y las Normas Técnicas Voluntarias a los textiles, cacao, alimentos para animales, entre otros. La lista completa de estas normas se encuentran en: http://www.inen.gov.ec.


Alimentos frescos y procesados Servicios al exportador Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro – Agrocalidad

La Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro - Agrocalidad es una entidad del Ministerio de Agricultura y es el responsable de administrar los controles sanitarios y fitosanitarios en Ecuador. Esta entidad se rige por los “estándares sanitarios andinos” establecidos bajo la Comunidad Andina de Naciones. Agrocalidad requiere además certificaciones para cada producto que acredite que el producto cumple con los análisis de riesgo y que el país de origen o área de producción está libre de enfermedades o epidemias. Ministerio de Salud Pública Es el organismo que se encarga de regular el ingreso de los alimentos procesados y aditivos alimentarios, los cosméticos, los productos higiénicos o perfumes, los productos naturales procesados y los plaguicidas de uso doméstico industrial o agrícola.


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Instituciones

Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical Es una entidad del Ministerio de Salud que se encarga de desarrollar acciones con enfoque epidemiológico de prevención y control, procurando la innovación tecnológica que privilegie el mejoramiento de la salud, la garantía al consumidor, el fortalecimiento de la ciencia y el desarrollo institucional. Adicionalmente se encarga de brindar el Registro Sanitario para la importación de alimentos del exterior.


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Instituciones

Procedimiento y requerimientos administrativos para la exportación a Ecuador La gestión de las importaciones corre a cargo de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, organismo autónomo dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Los importadores deben registrarse en el Banco Central a través de instituciones bancarias aprobadas para obtener las licencias de importación. Las licencias de importación afectan únicamente a las importaciones que se realicen para consumo. Se entiende por trámite de licencias de importación, a los procedimientos administrativos tales como: autorización previa, registros y/o permisos sanitarios y fitosanitarios, registros y/o certificados de inscripción y otros procedimientos administrativos semejantes, como condición previa para efectuar el embarque hacia el territorio ecuatoriano.


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CANADA

Entidades que regulan el ingreso de alimentos frescos y procesados a Canadá: Canadá Health Canadá (Ministerio de Salud de Canadá) Canadian Food Inspection Agency – CFIA (Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos) Plant Protection Division (La División de Protección Vegetal) de la CFIA Pest Management Regulatory Agency – PMRA (Agencia Reguladora del Manejo de Plagas) del Health Canada Canadá Border Services Agency – CBSA (La Agencia de Servicios Fronterizos de Canadá)


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CANADA

Procedimiento de Importación y requerimientos administrativos para la exportación a Canadá: Las importaciones y exportaciones de Canadá deben cumplir con los requerimientos de la Ley de Permisos para la Exportación e Importación. Esta ley regula los permisos y licencias que deberán gestionar los exportadores e importadores canadienses para sus operaciones de comercio exterior. Para acceder a esta Ley deberá visitar la web del Dep. de Justicia de Canadá: http://laws.justice.gc.ca/en/E-19/index.html Canadá aplica un régimen administrativo de Permisos de Importación y el International Import Certificate (IIC), para Productos Controlados - Import Control List (ICL), comotextiles y prendas de vestir, productos de acero, armas y municiones productos agropecuarios como carnes de aves, cerdo, lácteos, huevos, y algunos alimentos procesados como embutidos, helados. El comprador debe obtener el permiso de importación de la Oficina de Controles de Importaciones y Exportaciones (Export and Import Controls Bureau EICB) del Ministerio de Asuntos Exteriores y Comercio Internacional de Canadá, los cuales se realizan por embarque y tienen validez por 30 días. Se puede acceder al ICL y IIC a través de: http://www.international.gc.ca/controlscontroles/about-a_propos/impor/importingimportation.aspx


FRUTAS Y VEGETALES FRESCOS Servicios al exportador Todo importador canadiense que desee ingresar al país productos frescos, debe ser previamente autorizado por la Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos. Las cajas o cajones en donde vengan empacadas las frutas y vegetales, deben ser identificados con el nombre del producto, cantidad, país de origen y el nombre y la dirección del empaquetador. Si la importación consta de un producto que se produce en Canadá, el importador debe indicar el grado y suministrar la información exigida por otros reglamentos que rigen la importación. Todas las importaciones deben satisfacer las exigencias canadienses con respecto a herbicidas y fungicidas.


INDUSTRIA FRIGORÍFICA Y DE CARNE Servicios al exportador La importación de carne fresca y congelada, sus derivados procedentes de casi todos los países, está prohibida por razones sanitarias y de salud. Solamente aquellos productos que se originan en plantas procesadoras extranjeras cuyas normas han sido aprobadas por las autoridades del Departamento de Agricultura de Canadá, pueden ingresar a este país. Todos los envases y contenedores para el envío de cargamentos de carne con destino a Canadá deben estar etiquetados de acuerdo a las exigencias establecidas por la Ley de inspección de las carnes. La Agencia Canadiense de Inspección de Alimentos administra los reglamentos relacionados con el etiquetado de productos cárnicos. Por otra parte, si se recibe la autorización para enviar productos de carne a Canadá, se debe obtener también un certificado de origen de acuerdo a la Ley de Enfermedades de Animales, así como un certificado de inspección de acuerdo a la Ley de inspección de las carnes.


MARISCOS Y PESCADOS Servicios al exportador Los procesos de etiquetado, empaquetado y comercialización de los productos provenientes de la industria pesquera están cuidadosamente reglamentados. El Departamento de Pesca y Océanos, cuenta con una Nota de Entendimiento de varios países por medio de la cual los departamentos gubernamentales responsables de las exportaciones pesqueras pueden otorgar un "estado de privilegio" a productores de aquellos países cuyas plantas han sido aprobadas por autoridades del Departamento de Pesca y Océanos. Los importadores canadienses de productos pesqueros deben obtener licencias de importación y notificar al Departamento de Pesca y Océanos acerca del tipo, calidad y origen de las importaciones pesqueras antes de su llegada al puerto de entrada.


BEBIDAS ALCOHÓLICAS Servicios al exportador Cada gobierno provincial controla la importación, comercialización, distribución y venta de bebidas alcohólicas dentro de su propia jurisdicción. De acuerdo a la Ley de Alimentos y Drogas y a la Ley de Empaquetado y Etiquetado de Productos para el Consumidor, el importador debe declarar el nombre común, la cantidad, el grado alcohólico, el nombre y dirección del negociante y la lista de ingredientes en la etiqueta. Para los vinos y coñac o brandy, se debe indicar claramente el país de origen. El vino sólo puede ser vendido en envases de medida estándar.


ESPECIES EN VÍAS DE EXTINCIÓN Servicios al exportador Canadá es un país firmante de la Convención sobre Intercambio Internacional de Especies de la Flora y la Fauna Salvajes en vías de Extinción (CIIEVE o CITES); la cual controla estrictamente, la importación de muchas especies de animales y de los productos derivados de los mismos. Estos incluyen cocodrilos, caimanes y lagartos de Indias; tortugas de mar; simios y monos; loros o pericos; y todas las serpientes o víboras de gran tamaño entre otras.

Para introducir especies de este tipo el importador necesita un permiso de exportación de la Convención otorgado por el gobierno del país de origen, así como un permiso de importación emitido por Canadá.


COSMÉTICOS Y DROGAS Servicios al exportador La Ley de alimentos y drogas regula lo relacionado con estos productos. Industry Canada es la entidad responsable de las normas básicas de etiquetado de drogas y cosméticos. La División de Protección de la Salud del Departamento de Salud Pública regula la declaración de ingredientes en etiquetas usadas para drogas y productos cosméticos y también determina el criterio que debe ser satisfecho para clasificar productos como drogas o cosméticos de acuerdo a los términos de la ley canadiense.


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Etiquetado

Para todo bien o producto alimenticio o no - alimenticio preempacado, cuyo destino es la venta en cualquier parte de Canadá, se exige etiquetado en Inglés y Francés. Existen excepciones a esta regla para algunos productos especializados. También pueden quedar exonerados del etiquetado bilingüe aquellos productos que se introducen al Canadá a título de ensayo, para los cuales el Departamento de Industria Canadiense puede otorgar, previa solicitud, un permiso especial el cual exonera al exportador del etiquetado bilingüe por el término de hasta un año. Quebec ha fijado sus propias reglas para regir el uso del idioma en las etiquetas de los productos que se van a vender en esa provincia. Todos los productos deben ser etiquetados en francés y si se incluyen dos lenguas en el etiquetado, el etiquetado en francés debe ser por lo menos, de similar tamaño al del otro idioma presente en la etiqueta. Quebec también exige que los certificados de garantía, catálogos y las instrucciones para el uso de los productos estén en francés.


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MUCHAS GRACIAS ISRAEL SANGUINETI A isanguineti@soluzioniinternational.com


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