Notificación Nro. GADPZCH-SG-022-2024
Zamora, 30 de abril de 2024
Asunto: Notificación de la Resolución Legislativa Nro. GADPZCH-CP-022-2024
Señores PREFECTURA
CONSEJEROS DE ZAMORA CHINCHIPE
Presentes
De mí consideración:
De conformidad con lo prescrito en los Arts. 4 y 28 de la Ordenanza que Regula el Procedimiento Parlamentario del Consejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, para su conocimiento y fines pertinentes me permito notificar a usted(s) la Resolución Legislativa Nro. GADPZCH-CP-022-2024, expedida por el Pleno de Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en sesión ordinaria celebrada el 30 de abril de 2024, cuyo contenido se explica en el texto adjunto.
Resolución que pongo en su conocimiento para los fines pertinentes.
Atentamente,
Dr. Luis Balladares Villavicencio
SECRETARIO GENERAL
Anexo: Lo indicado.
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nro. GADPZCH-CP-022-2024
EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO PROVINCIAL DE ZAMORA CHINCHIPE
CERTIFICA:
Que, el Consejo Provincial de Zamora Chinchipe, en Sesión ordinaria celebrada el 30 de abril de 2024, dentro del octavo punto (Incorporado) en el Orden del Día: “Análisis y resolución sobre la paralización de los trabajos de construcción y ejecución del IV EJE VIAL, tramo Bellavista – Zumba – La Balsa” ,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 41 letras c) y e) del COOTAD, señala como funciones del gobierno autónomo descentralizado provincial: a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial provincial, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas provinciales en el marco de sus competencias constitucionales y legales; y, e) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y, en dicho marco prestar los servicios públicos, construir la obra pública provincial, fomentar las actividades provinciales productivas, así como las de vialidad, gestión ambiental, riego, desarrollo agropecuario y otras que le sean expresamente delegadas o descentralizadas, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad;
Que, el artículo 42 letra b) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, señala como competencia exclusiva del gobierno autónomo descentralizado provincial: “Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas”;
Que, el artículo 47, letra c) del COOTAD, señala que al Consejo Provincial le corresponde: c) Expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado provincial, para regular temas institucionales específicos;
Que, el artículo 28 de la Ordenanza que Regula el Procedimiento Parlamentario del Consejo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, señala que los Acuerdos y/o Resoluciones que adopte el órgano legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Zamora Chinchipe, se aprobarán en un solo debate con el voto favorable de la mayoría simple, y surtirán efectos desde que sean comunicados al interesado directamente o por cualquier medio de comunicación disponible; y,
Luego de varias deliberaciones, por unanimidad,
RESOLVIÓ:
EXHORTAR AL GOBIERNO NACIONAL PARA QUE A TRVÉS DE LOS MINISTERIOS DE FINANZAS Y DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS, SE ASIGNEN LOS RECURSOS ECONÓMICOS NECESARIOS PARA LA CULMINACIÓN DEL IV EJE VIAL, TRAMO BELLAVISTA – ZUMBA – LA BALSA, OBRA DE TRASCENDENTAL
IMPORTANCIA PARA EL DESARROLLO DE NUESTRA PROVINCIA Y DE LA REGIÓN SUR DEL PAÍS, ASÍ COMO PARA EL FORTALECIMIENTO Y HERMANAMIENTO ENTRE LOS PUEBLOS DEL SUR DEL ECUADOR Y NORTE DEL PERÚ.
Zamora, 30 de abril de 2024
Copia: Prefectura Consejeros de Zamora Chinchipe Archivo.
Dr. Luis Balladares Villavicencio SECRETARIO GENERAL